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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN AL DIAGNÓSTICO NACIONAL DE SUPERVISIÓN PENITENCIARIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014, REALIZADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN AL DIAGNÓSTICO NACIONAL DE SUPERVISIÓN PENITENCIARIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014, REALIZADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. HONORABLE ASAMBLEA. A la Comisión de Derechos Humanos le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con Punto de Acuerdo en relación al Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria correspondiente al año 2014, realizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 85, 86 y 94 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 113, numeral 2, 117, 135, numeral 1 fracción 1, 182, 183, 190 y demás relativos del Reglamento del Seriado de la República, habiendo analizado el contenido de la citada Proposición con Punto de Acuerdo, esta comisión dictaminadora se permite someter a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen al tenor de la siguiente: METODOLOGÍA l. En el capítulo "ANTECEDENTES" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y de la recepción del turno para la elaboración del dictamen de la referida ProposiCión con Punto de Acuerdo. 11. En el capítulo correspondiente a "CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN" se sintetizan tanto los antecedentes, como el alcance y propuesta del Punto de Acuerdo en estudio. 111. En el capítulo "CONSIDERACIONES" la comisión expresa los argumentos · de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan sus decisiones. IV. Finalmente, en el capítulo "PUNTO DE ACUERDO", la comisión emite su decisión respecto de la proposición analizada. Página 1 de 7

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN AL DIAGNÓSTICO NACIONAL DE SUPERVISIÓN PENITENCIARIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014, REALIZADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN AL DIAGNÓSTICO NACIONAL DE SUPERVISIÓN PENITENCIARIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014, REALIZADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

HONORABLE ASAMBLEA.

A la Comisión de Derechos Humanos le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, la proposición con Punto de Acuerdo en relación al Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria correspondiente al año 2014, realizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 85, 86 y 94 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 113, numeral 2, 117, 135, numeral 1 fracción 1, 182, 183, 190 y demás relativos del Reglamento del Seriado de la República, habiendo analizado el contenido de la citada Proposición con Punto de Acuerdo, esta comisión dictaminadora se permite someter a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen al tenor de la siguiente:

METODOLOGÍA

l. En el capítulo "ANTECEDENTES" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y de la recepción del turno para la elaboración del dictamen de la referida ProposiCión con Punto de Acuerdo.

11. En el capítulo correspondiente a "CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN" se sintetizan tanto los antecedentes, como el alcance y propuesta del Punto de Acuerdo en estudio.

111. En el capítulo "CONSIDERACIONES" la comisión expresa los argumentos · de valoración de la propuesta y los motivos que sustentan sus decisiones.

IV. Finalmente, en el capítulo "PUNTO DE ACUERDO", la comisión emite su decisión respecto de la proposición analizada.

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN AL DIAGNÓSTICO NACIONAL DE SUPERVISIÓN PENITENCIARIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014, REALIZADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

ANTECEDENTES

1. Con fecha 24 de septiembre de 2015, la Senadora Angélica de la Peña Gómez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentó ante el Pleno del Senado de la República, la Proposición con Punto de Acuerdo en relación al Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria correspondiente al año 2014, realizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. ·

2. En esa misma fecha mediante el oficio número DGPL-1P1A.-1461, la Mesa Directiva dirigió a la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos, el turno correspondiente de la proposición con Punto de Acuerdo que se describe a continuación.

CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN

La Senadora Angélica de la Peña Gómez refiere que el4 de septiembre de 2015, la CNDH emitió el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2014, conforme a lo establecido en el artículo 6°, Fracción XII, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derecho Humanos, que permite orientar las políticas públicas tendentes a garantizar el respeto de los derechos humanos de los internos en los centros de reclusión en el país, a través de la elaboración de un diagnóstico que examina la situación que impera en el sistema penitenciario nacional.

Refiere que la CNDH trabajó sobre una muestra conformada por los 130 centros estatales penitenciarios más poblados del país varoniles, mixtos y femeniles, en las 32 entidades federativas, cuya población total al momento de aplicar las guías de supervisión fue de 195,329 internos; asimismo, se visitaron 20 centros federales, entre los cuales se encuentran los 5 que conforman el Complejo Penitenciario Islas Marías y el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial (CEFEREPSI), representado un incremento de 23,878 internos más; de igual manera se incluyeron las tres Prisiones Militares, con 838 internos, así la muestra abarcó el 90.06% del total de la población penitenciaria nacional.

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Agrega la Senadora que en el diagnóstico no se reflejan cambios significativos entre los años 2013 y 2014, prevaleciendo el tema de sobrepoblación y la falta de personal de manera constante; añadiendo que una de las problemáticas más importante es el porcentaje mayoritario de población que se encuentra aún en proceso, frente a un porcentaje minoritario de población sentenciada. En los centros estatales, las deficiencias detectadas se refieren a la no separación entre procesados y sentenciados, a la falta de personal capacitado y con un saiario acorde a la actividad que desempeña, así como insuficiente suministro de equipamiento.

Existe deficiencia de acciones para prevenir y atender incidentes, así como la falta de protocolos para ello. Se detectó deficiencia o inexistencia de áreas necesarias para cumplir con los objetivos, tal es el caso de las áreas de ingreso, cocina, comedores, servicio médico, aulas, talleres, de actividades laborales, entre otras. No en todos los casos se prevé la existencia de registros sobre casos de probables violaciones a derechos humanos, así como de un procedimiento para su atención o procedimiento para la remisión de quejas por parte de los internos ante la instancia competente; por su parte, agrega que en los CEFERESOS se detectaron también deficiencias en la prevención de probables violaciones a los derechos humanos, así como inexistencia de procedimientos para la remisión de quejas de los internos ante la CNDH. En mérito de lo expuesto, la Senadora Angélica de la Peña Gómez propone el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- La Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, exhorta al titular del Ejecutivo Federal, en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, a implementar junto con la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, una estrategia nacional que permita reorientar /as políticas públicas tendientes a garantizar el respeto de los derechos humanos de los internos y revertir las fallas estructurales de los centros de reclusión de nuestro país que se desprenden del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, correspondiente al año 2014 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACIÓN AL DIAGNÓSTICO NACIONAL DE SUPERVISIÓN PENITENCIARIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014, REALIZADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.

CONSIDERACIONES

Las y los legisladores integrantes de esta Comisión dictaminadora coinciden con el ánimo de la proposición de mérito en cuanto a la necesidad de garantizar el ejercicio de_ los derechos humanos de quienes están cumpliendo una sentencia condenatoria, así como de quienes siguen Un proceso penal en los distintos centros de reclusión del país, a través de políticas públicas que garanticen el respeto a dichos derechos.

De acuerdo con el párrafo segundo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Sistema Penitenciario deberá organizarse con base en los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad, por lo que es obligación de las autoridades competentes promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con el artículo primero de la Constitución y los instrumentos internacionales en la materia de derechos humanos; en el caso que nos ocupa, uno de estos instrumentos son las Reglas Mínimas para el tratamiento de los reclusos.

En esta tesitura, el ejecutivo federal planteó dentro de una de las cinco metas · nacionales del Plan Nacional de Desarrollo 201'3-2018, el eje "México en Paz" en el que el objetivo es mejorar las condiciones de seguridad promoviendo la transformación institucional y fortaleciendo las capacidades de las fuerzas de seguridad, siguiendo varias líneas de acción entre ellas: "Promover en el Sistema Penitenciario Nacional la reinserción social efectiva". Es importante recordar que el Sistema Penitenciario Nacional está conformado por los centros penitenciarios del ámbito federal y local.

Por su parte, el Programa Nacional de Seguridad Pública 2014-218, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2014, establece que el Gobierno de la República ha planteado desde el comienzo de la administración una nueva Estrategia de Seguridad Pública. En agosto de 2013, el Presidente de la Republica planteó la Política Pública de Seguridad y Procuración de Justicia, sustentada en diez apartados, entre los que se encuentra la transformación del sistema penitenciario.

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Al respecto se menciona como prioridad impostergable garantizar el control y seguridad de los centros penitenciarios del país para evitar fugas y motines; abatir la corrupción ; y romper vínculos de los internos con organizaciones delictivas que operan tanto dentro como fuera de los centros. Asimismo, se plantea el requerimiento de reducir la presión y sobrecupo en los centros penitenciarios estatales y municipales, por medio del traslado de sentenciados del fuero federal y

de internos de alta peligrosidad del fuero común a centros federales; así como a través de la ampliación y modernización de las infraestructura penitenciaria y del establecim.iento de nuevos mecanismos para garantizar el control y seguridad de la operación penitenciaria. Consolidar la profesionalización del personal penitenciario y del especializado en menores de edad es otra de las estrategias del PNSP.

Por último, el Programa Nacional de Seguridad hace énfasis en la implementación de la estrategia de seguridad pública orientada por dos criterios transversales y prioritarios: el respeto y protección de los derechos humanos y la perspectiva de género, sin embargo, de acuerdo con los resultados del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2014 realizado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, existen grandes deficiencias en las condiciones de gobernabilidad de los centros penitenciarios: no se cuentan con manuales de procedimientos para el uso de la fuerza, existe insuficiencia del personal de seguridad y custodia, y se presentan deficiencias durante el proceso de imposición de sanciones disciplinarias.

En ejercicio de sus atribuciones, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos debe supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema de reinserción social del país mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que estos guarden. Dicho diagnóstico debe incluir, además de las evaluaciones que la Comisión considere necesarias, datos estadísticos sobre el número de riñas, motines, desórdenes, abusos y quejas documentadas que sucedan en las prisiones, centros de detención y retención federales y locales.

En cumplimiento de este mandato, a CNDH llevó a cabo visitas y recorridos de supervisión en cada uno de los centros penitenciarios previamente determinados, donde se aplican las Guías de Supervisión Penitenciaria y se realizan entrevistas directas al titular de la prisión, los responsables de las áreas técnicas , el personal de seguridad y custodia y a los internos; lo anterior, con base en los siguientes rubros:

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l. Aspectos que garantizan la integridad física y moral del interno (Capacidad de alojamiento y población existente, distribución y separación de internos en caso de centros mixtos, servicios para la atención y mantenimiento de la salud, supervisión por parte del responsable del Centro, prevención y atención de incidentes violentos, de tortura y/o maltrato).

11. Aspectos que garantizan una estancia digna (existencia de instalaciones suficientes, capacidad de las mismas, condiciones materiales y de "higiene, así como la alimentación).

111. Condiciones de gobernabilidad (normatividad que rige al Centro, personal de seguridad y custodia, sanciones disciplinarias, autogobierno, actividades ilícitas, extorsión y sobornos, así como capacitación del personal penitenciario) .

IV. Reinserción social del interno (integración del expediente jurídico-técnico, clasificación criminológica, separación entre procesados y sentenciados, Consejo Técnico lnterdisciplinario, actividades laborales, de capacitación para el trabajo, educativa y deportiva, beneficios de libertad anticipada y vinculación del interno con la sociedad).

V. Grupos de internos con requerimientos específicos (mujeres, adultos mayores, indígenas, personas con discapacidad, internos con VIH/SIDA, e internos con adicciones).

Las conclusiones del Diagnóstico 2014 de la CNDH reflejan que las políticas públicas desarrolladas no han logrado cumplir cabalmente con el objetivo fundamental que es la reinserción social, pues a pesar de lo planteado en el PND y en el PNSP, el resultado del diagnóstico realizado por ·la CNDH refleja seria deficiencias en el Sistema Penitenciario, no hay un desarrollo de las capacidades laborales, educativas y deportivas que contribuyan a que los internos gocen de una vida diga dentro de los centros penitenciarios.

Es por ello que las y los integrantes de esta Comisión dictaminadora consideran fundamental la participación conjunta de los Poderes de la Unión para desarrollar e implementar políticas públicas penitenciarias tendientes a garantizar el respeto irrestricto a los derechos humanos.

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Lo anterior es fundamental para que los internos lleven una vida digna durante el tiempo de privación de la libertad y se generen las condiciones que eviten su reincidencia, garanticen su reinserción y se contribuya así a la prevención social del delito. Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración de este Honorable Pleno el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO. El Senado de la República exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo Federal, en su carácter de Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Pública, a fortalecer la estrategia nacional y a reorientar las políticas públicas tendientes a garantizar el respeto de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, en aras de revertir las condiciones de los centros de reclusión de nuestro país que se desprenden del Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2014 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

H. Cámara de Senadores, a 09 de diciembre de 2015.

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SEN . ANGÉLICA DE LA PEÑA GóMEZ

PRESIDENTA

SEN. DIVA HADAMIRA GASJÉLUM BAJO

SECRETARIA

SEN. ADRIANA DÁVILA FERNÁNDEZ SECRETARIA

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COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS

A FAVOR EN CONTRA

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SEN. ROSA ADRIANA DíAZ LIZAMA

SECRETARIA

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SEN. MÓNICA TZASNA ARRIOLA GORDILLO

SECRETARIA

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SEN. LAYDA SANSORES SANROMÁN

SECRETARIA

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SEN .. LUCERO SALDAÑA PÉREZ INTEGRANTE

SEN. MIGUEL ÁNGEL CHICO HERRERA

INTEGRANTE

SEN . JESÚS CASILLAS ROMERO INTEGRANTE

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SEN. MARIANA GóMEZ DEL CAMPO GURZA

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SEN. LORENA CUÉLLAR CISNEROS

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SEN. PABLO ESCUDERO MORALES

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SEN. DAVID MONREAL Á VI LA

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