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TELETRABAJO SU FISCALIZACION Facultades del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL

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Page 1: 091013 Guido Bellini

TELETRABAJO SU FISCALIZACION

Facultades del

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL

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Trabajo a domicilio – Ley 12.713

El “trabajo a domicilio” constituye un antecedente que sirve como experiencia para regular el Teletrabajo.

Competencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

El Teletrabajo es de competencia “Federal” porque es interjurisdiccional. Su producto “navega” a través de varias Jurisdicciones, en el ámbito nacional, e incluso internacional.

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TELETRABAJO Y TRABAJO A DOMICILIO. SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

Actores Sociales:Dador de Trabajo: Elabora mercaderías y encomienda tareas a un trabajador a domicilio.

Trabajo a domicilio:Trabajador a domicilio: efectúa el trabajo bajo la dirección del dador en un lugar elegido por el trabajador.

Empleador: Es quien le encarga la tarea al teletrabajador.

Teletrabajo: Teletrabajador: Es quien realiza un trabajo requerido por el empleador con herramientas informáticas o de las comunicaciones en un lugar elegido por él

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TELETRABAJO Y TRABAJO A DOMICILIO. SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

“El desarrollo de la actividad se realiza fuera del ámbito de

Principal semejanza la empresa o establecimiento y en el lugar elegido por el trabajador”.

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TELETRABAJO Y TRABAJO A DOMICILIO

Principal diferencia a los fines de la inspección:

En el trabajo a domicilio el producto del Trabajador “sale” físicamente a través de la “Puerta” del domicilio.

En el Teletrabajo, el producto del trabajador “sale” en forma “virtual” de su domicilio.

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TELETRABAJO: SU FISCALIZACION

REGISTRO DE EMPLEADORES Y TELETRABAJADORES (para controlar la relación laboral, tanto en cuanto a higiene y seguridad así como en el cumplimiento de convenios)

• Tareas de “seguimiento” Internet

(Control de la Publicidad en la

búsqueda de Teletrabajadores) Medios Masivos

(diarios, etc.)

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TELETRABAJO: SU FISCALIZACION

• DENUNCIAS (del trabajador, anónimas u de otros actores sociales).

• Es requisito indispensable para proceder a la inspección la anuencia del Teletrabajador para ingresar al domicilio (Condición previa para registrarse el trabajador).

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TELETRABAJOR: JORNADA LABORAL

De difícil determinación por la dificultad de

aplicar la normativa laboral vigente. Los

Teletrabajadores no suelen tener un horario

fijo o rígido, eligen cuando y cuanto tiempo

trabajan y la interrupción de su tarea.