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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 1 PERIODICO OFICIAL TOMO CXL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 NÚM. 80 SUMARIO SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN LISTA No. 05/03 DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS QUE CUMPLIERON CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR SU MANIFESTACIÓN DE BIENES......................................... 4-6 LISTA No. 06/03 DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS QUE NO CUMPLIERON CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR SU MANIFESTACIÓN DE BIENES O LO HICIERON DE MANERA EXTEMPORÁNEA............................................................................................. 7-14 COMISIÓN ESTATAL ELECTORAL NUEVO LEÓN ACUERDO RELATIVO A LA REMOCIÓN Y DESIGNACIÓN DE CIUDADANOS QUE INTEGRARAN LAS MESAS AUXILIARES DE COMPUTO................................................................................................ 15-20 ACUERDO RELATIVO A LA ACREDITACIÓN DE OBSERVADORES ELECTORALES......................... 21-24 ACUERDO RELATIVO A LA SUSTITUCIÓN Y NUEVA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE ALLENDE, N.L........................................................................................... 25-28 ACUERDO RELATIVO AL NOMBRAMIENTO DE LOS AUXILIARES DE LA COMISIÓN ESTATAL ELECTORAL.............................................................................................................................................. 29-48 ACUERDO RELATIVO A LA SUSTITUCIÓN Y NUEVA INTEGRACIÓN DEL VOCAL DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE AGUALEGUAS, N.L............................................................... 49-52 ACUERDO DE LA COMISIÓN ESPECIAL DICTAMINADORA RELATIVA A LA SOLICITUD DE REMOCIÓN DE LA COMISIONADA CIUDADANA SECRETARIA DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE AGUALEGUAS, N.L....................................................................................................... 53-56 ACUERDO RELATIVO A LA SUSTITUCIÓN DE LOS COMISIONADOS CIUDADANOS SECRETARIO, VOCAL Y SUPLENTE Y LA NUEVA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE BUSTAMANTE, N.L....................................................................................................... 57-59 Visite la Página del PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO: http://general.nl.gob.mx/ListadoPeriodico

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 1

PERIODICO OFICIAL

TOMO CXL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 NÚM. 80

SUMARIO

SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA GENERAL

DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN LISTA No. 05/03 DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS QUE CUMPLIERON CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR SU MANIFESTACIÓN DE BIENES......................................... 4-6 LISTA No. 06/03 DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS QUE NO CUMPLIERON CON LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR SU MANIFESTACIÓN DE BIENES O LO HICIERON DE MANERA EXTEMPORÁNEA............................................................................................. 7-14

COMISIÓN ESTATAL ELECTORAL NUEVO LEÓN ACUERDO RELATIVO A LA REMOCIÓN Y DESIGNACIÓN DE CIUDADANOS QUE INTEGRARAN LAS MESAS AUXILIARES DE COMPUTO................................................................................................ 15-20 ACUERDO RELATIVO A LA ACREDITACIÓN DE OBSERVADORES ELECTORALES......................... 21-24 ACUERDO RELATIVO A LA SUSTITUCIÓN Y NUEVA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE ALLENDE, N.L........................................................................................... 25-28 ACUERDO RELATIVO AL NOMBRAMIENTO DE LOS AUXILIARES DE LA COMISIÓN ESTATAL ELECTORAL.............................................................................................................................................. 29-48 ACUERDO RELATIVO A LA SUSTITUCIÓN Y NUEVA INTEGRACIÓN DEL VOCAL DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE AGUALEGUAS, N.L............................................................... 49-52 ACUERDO DE LA COMISIÓN ESPECIAL DICTAMINADORA RELATIVA A LA SOLICITUD DE REMOCIÓN DE LA COMISIONADA CIUDADANA SECRETARIA DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE AGUALEGUAS, N.L....................................................................................................... 53-56 ACUERDO RELATIVO A LA SUSTITUCIÓN DE LOS COMISIONADOS CIUDADANOS SECRETARIO, VOCAL Y SUPLENTE Y LA NUEVA INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL ELECTORAL DE BUSTAMANTE, N.L....................................................................................................... 57-59 Visite la Página del PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO: http://general.nl.gob.mx/ListadoPeriodico

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 2

R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY, N.L. DECLARATORIA DE INCORPORACIÓN AL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL DE BIEN INMUEBLE UBICADO EN LA MANZANA CIRCUNDADA POR LAS CALLES DE CAPITAN ALBERTO DEL CANTO, CORREGIDORA, MARIANO ESCOBEDO Y MIGUEL HIDALGO EN EL CENTRO DE LA CIUDAD...................................................................................................................................................... 60 CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SA-DA/13/2003............................................. 61-62

R. AYUNTAMIENTO DE SANTA CATARINA, N.L. GLOSARIO DE TERMINOS PARA LA ASIGNACIÓN DE NOMENCLATURA AL REGLAMENTO PARA LA DENOMINACIÓN DE CALLES, AVENIDAS, COLONIAS, PLAZAS PÚBLICAS, PARQUES, JARDINES, GIMNASIOS Y DEMAS BIENES DE USO COMUN Y PÚBLICO DEL PATRIMONIO MUNICIPAL Y NUMERACIÓN DE FINCAS............................................................................................... 63-64 AVISOS JUDICIALES Y GENERALES.................................................................................... 65-88 AVISO NOTARIAL DE LA NOTARÍA PÚBLICA No. 116 MONTERREY, N.L., SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DE LA SEÑORA MARIA EUDOXIA MARTINEZ VILLARREAL 1ª. PUBLICACIÓN DE 2 SOLICITADAS......................................................................................................... 65 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.- CONVOCATORIA: 004 CON LOS NOS. DE LICITACIÓN 48066001-009-03, 010-03, 011-03, 012-03, 013-03, 014-03, 015-03 Y 016-03 DEL COMITÉ DE CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS............................................................................................................ 66-69 CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL.- CONVOCATORIA: 010 CON EL NO. DE LICITACIÓN 48062001-021-03 DE SERVICIOS DE AGUA Y DRENAJE DE MONTERREY, I.P.D.............................. 70 LICITACIONES PÚBLICAS.- PARTICIPANTES GANADORES DE LAS LICITACIONES 48078001-010-03, 011-03 Y 012-03 DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, N.L.............................................................................................................................................................. 71 LICITACIONES PÚBLICAS.- PARTICIPANTES GANADORES DE LAS LICITACIONES 48078001-013-03 Y 014-03 DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, N.L............. 72 AVISO DE FALLO DE LICITACIÓN.- CON LOS NOS. DE LICITACIONES.- CP-GOB-PMS-4DU-04/03, CP-GOB-PMS-4DU-05R/03, CP-GOB-PMS-4DU-06/03 Y CP-GOB-PMS-4DU-07R/03 DEL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN................................................................................. 73 BALANCE GENERAL AL 31 DE MARZO DE 2003 DE CONSTRUCTORA LABRE, S.A. DE C.V........... 74 ESTADO DE RESULTADOS DEL 01/MAR/03 AL 31/MAR/03 DE CONSTRUCTORA LABRE, S.A. DE C.V.............................................................................................................................................................. 75

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 3 AVISO DE FUSIÓN.- SE APRUEBA LA FUSIÓN ENTRE RAYMUNDO CAVAZOS Y CIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE COMO SOCIEDAD FUSIONADA Y QUE DESAPARECE, CON LA EMPRESA COMERCIALIZADORA EL MAGUEY, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE SOCIEDAD FUSIONANTE Y QUE SUBSISTE.......................................................................................... 76-78 AVISO DE FUSIÓN.- SE APRUEBA LA FUSIÓN ENTRE COMERCIALIZADORA EL MAGUEY, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE COMO SOCIEDAD FUSIONANTE Y QUE SUBSISTE CON LA EMPRESA RAYMUNDO CAVAZOS Y CIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE COMO SOCIEDAD FUSIONADA Y QUE DESAPARECE...................................................... 79-81 CONVOCATORIA.- SE CONVOCA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA A LOS ACCIONISTAS DE “GIANT IMAGES DE MÉXICO”, S.A. DE C.V...................................................................................... 82 AVISO DE INCREMENTO DE LA PARTE VARIABLE DEL CAPITAL SOCIAL DE UCAR CARBON MEXICANA, S.A. DE C.V........................................................................................................................... 83 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL VILLALDAMA, N.L., EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 509/2002. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL VILLALDAMA, N.L., EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 264/2003. JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DÉCIMO SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL CHINA, N.L., EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 111/2003...................................................... 84 JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 703/2003. JUZGADO SEXTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 0066/2003................................................................................................................................................... 85 JUZGADO SEXTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 2° EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 1587/2002..................................................................................... 86 JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 367/2002. JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 037/2003................ 87 JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 1986/2002. JUZGADO PRIMERO MENOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE 2040/2002.. 88

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 4

º SECRETARIA DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO

En cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 123 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, se da a conocer la Lista No. 05/03 de Servidores Públicos del Estado y sus Municipios que cumplieron con la obligación de presentar su Manifestación de Bienes.

Servidores públicos que entregaron Manifestación de Bienes por inicio

Área de adscripción: GOBIERNO ESTATAL

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO GONZALEZ GONZALEZ LUIS OFICINA DEL C. GOBERNADOR TITULAR DE PLANEACION SANTOS TORRES MARTIN SUB-SECRETARIA DE GOBIERNO DIRECCION DE ACCION CIVICA

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

GUTIERREZ RAMIREZ RUTH PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO

MENA RODRIGUEZ JOSE CARLOS PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO

UREÑA MORENO JOSE DE JESUS PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

DIRECTOR DE CONTROL DE PROCESOS

SANTOS SIFUENTES BLANCA ANGELICA

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

SECRETARIO DEL MINISTERIO PUBLICO

PODER LEGISLATIVO

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

SANTILLAN CASTAÑEDA MARIA DE LOURDES

H. CONGRESO DEL ESTADO DIPUTADO

GARCIA GUTIERREZ MARIA GUADALUPE

H. CONGRESO DEL ESTADO DIPUTADA LOCAL SUPLENTE EN FUNCIONES

PODER JUDICIAL

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

RIZZI GONZALEZ PATRICIA ORELIA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECRETARIO FEDATARIO ROCHA HERNANDEZ IRMA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECRETARIO DE SALA

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO VILLA SANTOS LAURA ALICIA TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO ACTUARIO

GOMEZ OCHOA MARIA DE LOS ANGELES

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECRETARIO AUXILIAR

ORAGANISMOS PARAESTATALES

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

GARCIA PADILLA FERNANDEZ ALFREDO JOAQUIN

DIF NUEVO LEON DIRECTOR GENERAL

VILLARREAL RAMOS RENE ALBERTO DIF NUEVO LEON DIRECTOR DE ADMINISTRACION Y FINANZAS

GARZA FLORES LUCILA COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DE NUEVO LEON

DIRECTORA DEL PLANTEL CADEREYTA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 5 NIÑO DE RIVERA DAVILA MARCELA COMISION ESTATAL ELECTORAL DIRECTOR ADMINISTRATIVO JIMENEZ FLORES RAFAEL COMISION ESTATAL DE DERECHOS

HUMANOS SECRETARIO EJECUTIVO

MUNICIPIOS

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO

LOZANO CERDA ALEJANDRO CESAR APODACA, N.L. DIRECTOR JURIDICO MELO MONTANTES ALMA GABRIELA APODACA, N.L. DIRECTOR ADMINISTRATIVO

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO

ARAUJO CAVAZOS ANTONIO GARCIA, N.L. DIRECTOR DE COMERCIO

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO CARDENAS HINOJOSA JORGE ALBERTO

GUADALUPE, N.L. DIRECTOR DE PROMOCION DE OBRAS

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO

REYNA VILLARREAL ERASMO SABINAS HIDALGO, N.L. SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO DUEÑAS CASTILLO JUAN ALBERTO SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L. DIRECTOR DE COMERCIO Y

ESPECTACULOS GARZA SAUCEDA JUAN MANUEL SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L. DIRECTOR DE MANTENIMIENTO DE

EDIFICIOS RODRIGUEZ ALVAREZ FRANCISCO ELIAS

SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L. DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS

Servidores Públicos que entregaron Manifestación de Bienes por Conclusión

Área de adscripción: GOBIERNO ESTATAL

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO QUIJANO GUTIERREZ ADOLFO SECRETARIA DE FINANZAS Y

TESORERIA DEL ESTADO SECRETARIA ADMINISTRATIVA

CARMONA BALANDRANO FERNANDO FRANCISCO

SUBSECRETARIA DE FOMENTO Y DESARROLLO AGROPECUARO

DIRECTOR DE PLANEACION TECNICA

Z DE LA ROSA JOSE SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO DIRECTOR DE DESARROLLO POLITICO RODRIGUEZ CHAPA SAMUEL ANGEL SECRETARIA DE EDUCACION DIRECTOR DE PLANEACION

PROGRAMACION Y PRESUPUESTO CUELLAR MIJARES ELIZABETH AMPARO

SECRETARIA DE EDUCACION DIRECTORA GENERAL DE PLANEACION E INVESTIGACION EDUCATIVA

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

SANTOS SIFUENTES BLANCA ANGELICA

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO

UREÑA MORENO JOSE DE JESUS PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

SUBDIRECTOR DE AVERIGUACIONES PREVIAS

PODER LEGISLATIVO

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

VILLANUEVA ARJONA JUAN MANUEL H. CONGRESO DEL ESTADO DIRECTOR DE INFORMATICA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 6

PODER JUDICIAL

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO ROCHA HERNANDEZ IRMA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECRETARIO DEL RAMO CIVIL

ORGANISMOS PARAESTATALES

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

JIMENEZ FLORES RAFAEL COMISION ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS

DIRECTOR DE ORIENTACION Y QUEJAS

MUNICIPIOS

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO

MENDOZA MONTEMAYOR JOSE LUIS APODACA, N.L. CONTRALOR

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO RAMOS JAIME ARMANDO GENERAL ESCOBEDO, N.L. SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y

PARTICIPACION CIUDADANA

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO CASTELAN PALOS ANA MARIA GUADALUPE, N.L. DIRECTOR VIAS PUBLICAS

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO

SALINAS GARZA JULIAN LOS HERRERAS, N.L. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO REYNA VILLARREAL ERASMO HIDALGO, N.L. SUBSECRETARIO DE ECOLOGIA

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO

RODRIGUEZ ALVAREZ FRANCISCO ELIAS

SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L. DIRECTOR DE ADMINISTRACION

MONTERREY, N.L., 19 DE MAYO DE 2003 FECHA DE CORTE: DE 30 DE ABRIL 2003

ATENTAMENTE EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA

GENERAL DEL ESTADO

C.P. RUBÉN ALEJANDRO FLORES OROZCO RUBRICA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 7

SECRETARIA DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO

En cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 123 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, se da a conocer la Lista No. 06/03 De Servidores Públicos del Estado y sus Municipios que no cumplieron con la obligación de presentar su declaración de Bienes o lo hicieron de manera extemporánea.

Servidores Públicos que entregaron declaración de Bienes por inicio

de manera extemporánea

Área de Adscripción: GOBIERNO DEL ESTADO

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO DORIA MATA JOSE MARTIN SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA CANTU MARTINEZ HECTOR RENE SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO DIRECTOR DE LA ACADEMIA ESTATAL

DE POLICIA

PODER JUDICIAL

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO ESTRADA CASTILLO MARICELA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECRETARIO FEDATARIO DE PRIMERA

INSTANCIA

ORGANISMOS PARAESTATALES

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO NICHOLS MARTINEZ GRACIELA FOMENTO METROPOLITANO DE

MONTERREY SECRETARIA TECNICA

DE LA GARZA MORTON ALEJANDRO DIF NUEVO LEON DIRECTOR TECNICO CASTILLO VELIZ ALFONSO DIF NUEVO LEON SUB-DIRECCION DE RECURSOS

MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

MUNICIPIOS

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO

MALDONADO MELCHOR JOSE LUIS GARCIA, N.L. DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO VENTURA HERNANDEZ SALOMON HUALAHUISES, N.L. SECRETARIO DE AYUNTAMIENTO

Servidores Públicos que No entregaron Manifestación de Bienes por Inicio

Área de Adscripción: GOBIERNO ESTATAL

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO CAVAZOS LOZANO MARIA CATALINA

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

SUBDIRECTORA DE ADMINISTRACION

JIMENEZ GUZMAN ENRIQUE ALEJANDRO

SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

ACTUARIO

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 8 GARCIA TORRES JUANA ALICIA SECRETARIA DE DESARROLLO

HUMANO Y DEL TRABAJO SECRETARIO DE JUNTA

MORALES PINTOR JUAN CARLOS SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

SECRETARIO DE JUNTA

SEGUEDA SALAS LILIA MAGDALENA SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

ACTUARIO

ROMERO ALCALA CLAUDIA VERONICA SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

ACTUARIO

OLVERA REYES ANA LUISA SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

ACTUARIO

CARRIER MUÑOZ LILIANA SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

ACTUARIO

QUIROZ SOTO ANGELICA SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO

DIRECTORA

KRAUSE SENNEWALA LOTHOR SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO

DIRECTOR DE DESARROLLO TECNOLOGICO

CARLIN DE LA FUENTE ULISES OFICINA DEL GOBERNADOR DIRECTOR GENERAL JURIDICO RAMOS VAZQUEZ MARCO ANTONIO OFICINA DEL GOBERNADOR DIRECTOR DE COMUNICACIÓN

SOCIAL

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO LEAL GONZALEZ GUSTAVO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO SANCHEZ CRUZ JUANITA ELIZABETH PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO RODRIGUEZ COLLAZO ERIKA DEL CARMEN

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO

VAQUERA GONZALEZ JOSE ROSENDO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO

GONZALEZ RODRIGUEZ JESUS

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL

DURAN GARCES JUANA PATRICIA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL PIERDANT GARCIA CARLOS DAVID PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL RODRIGUEZ RODRIGUEZ MARIO ALBERT PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL PADRON PEREZ JOSE EVERARDO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL MARIN GALINDO J. JAIME PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL RANGEL RAMIREZ MIGUEL ANGEL PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL DEL BOSQUE RODRIGUEZ JORGE OMAR PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL CORTES ALVARADO SERGIO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL LOPEZ NUÑEZ MARIO OBERLIN PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL GARZA CANTU CARLOS JAVIER PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL GONZALEZ CONTRERAS ALBERTO PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL

MELENDEZ NAVA IVAN REYES PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL GARCIA LEAL ROGELIO PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL

GARCIA RIOS JUAN LUIS PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL CERDA TREVIÑO HORACIO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL SANTA CRUZ DOMINGUEZ JOSE DAVID PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL MACIAS AREVALO ANGEL PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL PEREZ DE LEON ANGEL FERNANDO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL VELASCO DIAZ BENITO PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL

LEAL MONARRES FLOR ESTHELA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO A HERNANDEZ NAVARRO EDGA MARIA PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA JEFE DE GRUPO A

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 9 COLLAZO RAMIREZ HECTOR PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA JEFE DE GRUPO A

RANGEL GARCIA JESUS MANUEL PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO A ESCAMILLA REYES EDILBERTO ANTONIO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B REYES ALVARADO VICENTE PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA JEFE DE GRUPO B

FARIAS PUENTE DAVID PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B ROSALES RODRIGUEZ CARLOS HECTOR PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA JEFE DE GRUPO B

TREVIÑO RUIZ LUIS ENRIQUE PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

JEFE DE GRUPO B

TELLEZ SALAZAR SANTOS PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B PEREZ HERNANDEZ ROSA ISELA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B PARDO GARCIA GUSTAVO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B MONTIEL ALVAREZ ANTONIO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B LOPEZ FLORES RODRIGO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B CRUZ VAZQUEZ HECTOR MANUEL PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA JEFE DE GRUPO B

CHAVARRIA MARTINEZ FRANCISCO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

JEFE DE GRUPO B

CERVANTES SANDATE FELIX PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B BOCANEGRA MARTINEZ DAVID PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B ALDAPE OLVERA JOSE GERARDO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE D EGRUPO B AGUILAR SANCHEZ RAFAEL PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B ZAVALA TELLO JOSE ANTONIO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO B MARTINEZ GAMERO ROBERTO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO C LUCIO AGUILAR JORGE ALBERTO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO C CRUZ FARIAS JOSE PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO C BECERRA TELLEZ JUAN PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA JEFE DE GRUPO C

RODRIGUEZ PEREZ EDUARDO ALDONAY PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA JEFE DE GRUPO C MORALES HERNANDEZ FRANCISCO REN PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO MEZA LOPEZ BEATRIZ PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO ORTEGA CARMONA MARIO ALBERTO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO HERNANDEZ MALDONADO TERESITA DEJESUS

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO

ARANDA CONTRERAS JOSE PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO AGUILAR TORRES RUBEN PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA SECRETARIO DEL MINISTERIO PUBLICO BENAVIDES MENDOZA JORGE ARMANDO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA SECRETARIO DEL MINISTERIO PUBLICO VALENZUELA HERNANDEZ OLGA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA SECRETARIO DEL MINISTERIO PUBLICO RODRIGUEZ SALAS HECTOR JAVIER PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA SECRETARIO DEL MINISTERIO PUBLICO TREVIÑO GONZALEZ JAVIER HIRAM PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA SECRETARIO DEL MINISTERIO PUBLICO MORALES BERMUDES JUAN GERARDO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA SECRETARIO DEL MINISTERIO PUBLICO

PODER JUDICIAL

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

ELIZONDO MONSIVAIS SILVIA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIAACTUARIO HERRERA MEDRANO CLAUDIA ERIKA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIAACTUARIO

ROCHA RAMOS MARIA ISABEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIAACTUARIO MEDINA DELGADO MARIA GUADALUPE

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIASECRETARIO FEDATARIO

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 10 GUERRA RAMIREZ HECTOR TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIASECRETARIO FEDATARIO RODRIGUEZ MORENO SHARON TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIASECRETARIO FEDATARIO PEREZ YEVERINO ESMERALDA MARICELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIASECRETARIO FEDATARIO

GARCIA RIOS GERARDO CARLOS TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIASECRETARIO FEDATARIO DAVILA IRACHETA CARLOS ALBERTO

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIASECRETARIO FEDATARIO

MUNICIPIOS

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO FLORES MARTINEZ EDUARDO APODACA, N.L. SECRETARIO DE SEGURIDAD

PUBLICA GONZALEZ GUTIERREZ RAMIRO RAPODACA, N.L. DIRECTOR ADMINISTRATIVO DEL

R. AYUNTAMIENTO RODRIGUEZ VIDALES EMANUEL DE JESUS

APODACA, N.L. DIRECTOR DE INFORMATICA

GONZALEZ CARDENAS SEVERO APODACA, N.L. DIRECTOR DE EDUCACION

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO VILLALON VALDEZ ANSELMO CHINA, N.L. CONTRALOR INTERNO GONZALEZ PEÑA LUIS ANTONIO CHINA, N.L. DIRECTOR JURIDICO LOPEZ LEAL ARMANDO TRINIDAD CHINA, N.L. DIRECTOR DE DESARROLLO

ECONOMICO

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO ALVARADO GONZALEZ NICOLAS GUADALUPE, N.L. SECRETARIO DE DEARROLLO

HUMANO Y SOCIAL

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO GARCIA VERA JOSE GUADALUPE LOS ALDAMAS, N.L. DIRECTOR DE DEPORTES

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO RODRIGUEZ MENDEZ MARTIN SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.LDIRECTOR DELEGACION ALVAREZ ORDAZ JUAN CARLOS SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.LDIRECTOR DE MODERNIZACION

DE ALUMBRADO

Servidores Públicos que entregaron Manifestación de Bienes por Conclusión de manera extemporánea

Área de Adscripción: GOBIERNO ESTATAL

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO GARZA SUAREZ FRANCISCO JAVIER SECRETARIA DE FINANZAS Y

TESORERIA GENERAL DEL ESTADO ASESOR JURIDICO DEL C. SECRETARIO DE FINANZAS

AGUIRRE GARZA RODOLFO CARLOS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO DIRECTOR DE LA ACADEMIA ESTATAL DE POLICIA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 11

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO JONGUITUD ALFARO ROEL PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL

GUTIERREZ MORELOS MARIA DE LOURDES

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO

ORGANISMOS PARAESTATALES

NOMBRE DEPENDENCIA PUSTO MONTEMAYOR LEAL PATRICIA COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y

TECNOLOGICOS DE NUEVO LEON DIRECTORA DEL PLANTEL DE CADEREYTA

MUNICIPIOS

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO

PEÑA AYALA GUADALUPE BENITO JUAREZ, N.L. DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA Y VIALIDAD

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO RODRIGUEZ RUIZ ANTONIO GARCIA, N.L. COORDINADOR DE PARTICIPACION

CIUDADANA

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO LEOS GONZALEZ ALFONSO FRANCO GUADALUPE, N.L. DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE

SEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO LICEA SERRATO JUAN DE DIOS GUADALUPE, N.L. DIRECTOR DE SALUD MUBLICA

MUNICIPAL

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO VENTURA HERNANDEZ SALOMON HUALAHUISES, N.L. ASESOR JURIDICO

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO ASPURU GONZALEZ ALBERTO MAURICIO

MONTERREY, N.L. DIRECTOR DE ADQUISICIONES

MORENO RODRIGUEZ RODOLFO MONTERREY, N.L. DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y PROMOCION DE OBRA

DORIA MATA JOSE MARTIN MONTERREY, N.L. SECRETARIO DE POLICIA PREVENTIVA NOMBRE MUNICIPIO PUESTO MARTINEZ CANTU HUGO RENE SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L. DIRECTOR DE COMERCIO Y

ESPECTACULOS BARRON FAZ JOSE SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L. SUBDIRECTOR DE TRANSITO

NOMBRE MUNICIPIO PUESTO DE LEON VILLARREAL ARNULFO VALLECILLO, N.L. DIRECTOR DE OBRAS PUBLICAS

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 12

Servidores Públicos que no entregaron Manifestación de Bienes por Conclusión

Área de Adscripción: GOBIERNO ESTATAL

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

CASTRO SUI QUI TAIKUNG SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

ACTUARIO

GUILLEN AYALA RODOLFO ELIAS SECRETARIO DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

ACTUARIO

MORALES PINTOR JUAN CARLOS SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

ACTUARIO

RAMOS VAZQUEZ MARCO ANTONIO SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y DEL TRABAJO

DIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO AGUILAR TORRES RUBEN PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO

VALENZUELA HERNANDEZ OLGA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO

RODRIGUEZ SALAS HECTOR JAVIER PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO

TREVIÑO GONZALEZ JAVIER HIRAM PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

DELEGADO DEL MINISTERIO PUBLICO

LEAL MONARRES FLOR ESTHELA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

CEPEDA LICEA JAVIER PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

RODRIGUEZ PEREZ EDUARDO ALDONAY

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

TREVIÑO RUIZ LUIS ENRIQUE PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

PEREZ HERNANDEZ ROSA ISELA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

PARDO GARCIA GUSTAVO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

LOPEZ FLORES RODRIGO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

CHAVARRIA MARTINEZ FRANCISCO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

CERVANTES SANDATE FELIX PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

BOCANEGRA MARTINEZ DAVID PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

ALDAPE OLVERA JOSE GERARDO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

AGUILAR SANCHEZ RAFAEL PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL

HERNANDEZ NAVARRO EDGA MARIA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

COLLAZO RAMIREZ HECTOR PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

RANGEL GARCIA JESUS MANUEL PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

LUCIO AGUILAR JORGE ALBERTO PROCURADURIA GENERAL DE AGENTE MINISTERIAL B

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 13

JUSTICIA BECERRA TELLEZ JUAN PROCURADURIA GENERAL DE

JUSTICIA AGENTE MINISTERIAL B

ESCAMILLA REYES EDILBERTO ANTONIO

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

REYES ALVARADO VICENTE PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

FARIAS PUENTE DAVID PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

ROSALES RODRIGUEZ CARLOS HECTOR

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

TELLEZ SALAZAR SANTOS PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

MONTIEL ALVAREZ ANTONIO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

CRUZ VAZQUEZ HECTOR MANUEL PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

ZAVALA TELLO JOSE ANTONIO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

AGENTE MINISTERIAL B

PODER LEGISLATIVO

NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO

MARTINEZ OVIEDO FRANCISCO JAVIER H. CONGRESO DEL ESTADO DIPUTADO GONZALEZ SOTO SANTIAGO H. CONGRESO DEL ESTADO DIPUTADO HERNANDEZ SANCHEZ JOSE FRANCISCO

H. CONGRESO DEL ESTADO DIPUTADO

PODER JUDICIAL NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO VILLARREAL VILLARREAL JUAN MANUEL

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA JUEZ MENOR

CARLIN DE LA FUENTE ULISES TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECRETARIO FEDATARIO TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NOMBRE DEPENDENCIA PUESTO MELENDEZ GONZALEZ MARGARITA TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO ACTUARIO

MUNICIPIOS NOMBRE MUNICIPIO PUESTO GOMEZ ANAYA IRASEMA AGUALEGUAS, N.L. COORDINADORA ADMINISTRATIVA NOMBRE MUNICIPIO PUESTO GARCIA VILLARREAL JESUS RODRIGO APODACA, N.L. SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO LOZANO GARCIA MATIAS APODACA, N.L. SECRETARIO DE SERVICIOS PUBLICOS FLORES MARTINEZ EDUARDO APODACA, N.L. DIRECTOR JURIDICO GONZALEZ GUTIERREZ RAMIRO R. APODACA, N.L. DIRECTOR OPERATIVO GARZA GUAJARDO GUSTAVO APODACA, N.L. DIRECTOR DE EDUCACION NOMBRE MUNICIPIO PUESTO GARZA QUINTANILLA ADAN CHINA, N.L. DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS GUAJARDO CANTU HUGO CHINA, N.L. DIRECTOR JURIDICO NOMBRE MUNICIPIO PUESTO ALVARADO GONZALEZ NICOLAS GUADALUPE, N.L. DIRECTOR DE PATRIMONIO

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 14 NOMBRE MUNICIPIO PUESTO GARZA CISNEROS OVIDIO LOS ALDAMAS, N.L. SECRETARIO DE ORGANIZACION LEAL GARZA ISMAEL LOS ALDAMAS, N.L. DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA GARCIA PULIDO JUAN LOS ALDAMAS, N.L. SECRETARIO DE SINDICATURA GARCIA VERA ISABEL LOS ALDAMAS, N.L. DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA NOMBRE MUNICIPIO PUESTO SALINAS CANTU ROSA IRENE LOS HERRERAS, N.L. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO MONTERREY, N.L., 19 DE MAYO DE 2003 FECHA DE CORTE: 30 DE ABRIL DE 2003

ATENTAMENTE EL SECRETARIO DE LA CONTRALORÍA

GENERAL DEL ESTADO

C.P. RUBÉN ALEJANDRO FLORES OROZCO RUBRICA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 15

Monterrey, Nuevo León, a 16-dieciséis de junio de 2003-dos mil tres. Vista para resolver la propuesta que presenta al Pleno de este organismo el Comisionado Ciudadano Secretario, señor Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, respecto de la designación de los integrantes de las Mesas Auxiliares de Cómputo que se instalarán en el proceso electoral de 2003-dos mil tres; cuanto más consta, convino y debió verse, y.

RESULTANDO PRIMERO: Que conforme a la Ley Electoral del Estado, en el año 2003-dos mil tres deberán celebrarse en nuestra entidad los comicios electorales, donde se postularán los candidatos a Gobernador, Diputados por el Principio de Mayoría Relativa, así como los integrantes de las planillas para la renovación de los 51-cincuenta y un Ayuntamientos en el Estado de Nuevo León. SEGUNDO: Que la Comisión Estatal Electoral, de acuerdo a sus facultades y obligaciones, deberá designar a los integrantes de las Mesas Auxiliares de Cómputo y removerlos cuando hubiere lugar a ello, tomando en cuenta lo previsto por la Ley Electoral del Estado. TERCERO: Que la Comisión Estatal Electoral, para efecto de llevar a cabo el cabal cumplimiento de lo establecido en nuestra legislación electoral, se emitieron dos convocatorias a la ciudadanía en general, la primera en fecha 24-veinticuatro de marzo y la segunda en fecha 28-veintiocho de abril del presente año, mediante las cuales se les convocaba a participar en la integración de las Mesas Auxiliares de Cómputo, a que se refiere el artículo 93 bis de la Ley Electoral del Estado, mismas que serán integradas en cada municipio de la entidad, por tres ciudadanos y un suplente común, los cuáles llevarán a cabo exclusivamente el cómputo parcial de las elecciones de Diputados y Gobernador, debiéndose de integrar treinta días antes del día de la elección, en la inteligencia de que en los municipios de Monterrey, San Nicolás de los Garza, Guadalupe, Apodaca, General Escobedo, San Pedro Garza García y Santa Catarina, se designarán tantas Mesas Auxiliares de Cómputo como Distritos Electorales contengan.

Evaluadas que fueron las propuestas por parte de los integrantes de esta Comisión Estatal Electoral, para determinar si los candidatos reúnen los requisitos contenidos en el artículo 71 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, a excepción de lo previsto en la fracción V inciso a del mencionado numeral, auxiliándose para tal efecto de la Dirección de Organización y Estadística Electoral, de conformidad con lo establecido por el artículo 89 fracción IV de la Ley Electoral del Estado.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 16 CUARTO: Que en fecha 6-seis de junio de 2003-dos mil tres, el Pleno de este organismo electoral aprobó la designación de los candidatos que integrarán las Mesas Auxiliares de Cómputo en cada municipio de la entidad, los cuales reunieron todos y cada uno de los requisitos contenidos en el artículo 71 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León. QUINTO: Que se recibieron renuncias por escrito de ciudadanos que fueran designados como integrantes de Mesas Auxiliares de Cómputo, por el Pleno de este organismo en fecha a 6-seis de junio de 2003-dos mil tres; en tal virtud, para realizar las remociones respectivas y designar a los nuevos integrantes de las Mesas Auxiliares de Cómputo correspondientes, se toma en consideración las solicitudes presentadas con motivo de las convocatorias emitidas por la Comisión Estatal Electoral, y que cumplan con los requisitos previstos por la Ley Electoral del Estado.

CONSIDERANDO PRIMERO: Que los artículos 42, 43 y 45 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, entre otras disposiciones, en cuanto a la preparación de la elección y la jornada electoral establece que:

• La organización de las elecciones es una función estatal que se ejerce bajo los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, e independencia y se lleva a efecto por un órgano, la Comisión Estatal Electoral, independiente y autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios. La ley determinará las funciones e integración de dicho órgano, mismo que estará formado por ciudadanos del Estado;

• La Ley Electoral del Estado, reglamentaria de la Constitución, regulará y garantizará el desarrollo de los procesos electorales; el ejercicio del sufragio; los derechos, obligaciones, organización y funciones de los partidos, asociaciones políticas y organismos electorales; la preparación, desarrollo, vigilancia, cómputo y calificación de las elecciones; el procedimiento de lo contencioso electoral; y en general las demás disposiciones relativas al proceso electoral.

SEGUNDO: Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley Electoral del Estado, los organismos electorales, tienen entre otros fines, contribuir al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento del sistema de partidos políticos; garantizando el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral, contenidos en la Constitución Política del Estado; además de garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de las obligaciones que les impone esta Ley; así como garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado, así como de los Ayuntamientos de los municipios de la entidad; garantizando que los actos y resoluciones electorales de su competencia, se sujeten al principio de legalidad; asimismo, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y por la imparcialidad de los organismos electorales.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 17 TERCERO: Que en virtud de las renuncias presentadas y de conformidad con lo previsto por los artículos 1, 3, 81 fracción XV, 93 bis, 93 bis I y 93 bis II de la Ley Electoral del Estado, se propone al Pleno de este organismo electoral la sustitución y designación de los ciudadanos que integrarán las Mesas Auxiliares de Cómputo, en los términos siguientes:

Integración actual de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Dr. González Distrito Puesto Nombre Vigésimo segundo Presidente Hilda Corina Garza González Vigésimo segundo Secretario José Guadalupe Visuet Vázquez Vigésimo segundo Vocal Adela Leticia Gutiérrez Garza Vigésimo segundo Suplente María del Rosario Montemayor Martínez Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Dr. González Distrito Puesto Nombre Vigésimo segundo Presidente Hilda Corina Garza González Vigésimo segundo Secretario José Guadalupe Visuet Vázquez Vigésimo segundo Vocal Adela Leticia Gutiérrez Garza Vigésimo segundo Suplente María Elena Limas Carrizales Integración actual de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Pesquería Distrito Puesto Nombre Vigésimo segundo Presidente Ninfa Aracely González Cabrera Vigésimo segundo Secretario Cristina Ríos Elizondo Vigésimo segundo Vocal Guadalupe Ángel Salinas González Vigésimo segundo Suplente Juan Cruz Bautista Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Pesquería Distrito Puesto Nombre Vigésimo segundo Presidente Ninfa Aracely González Cabrera Vigésimo segundo Secretario Cristina Ríos Elizondo Vigésimo segundo Vocal Guadalupe Ángel Salinas González Vigésimo segundo Suplente Arturo Maldonado Balderas Integración actual de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Guadalupe Distrito Puesto Nombre Décimo Cuarto Presidente Marina González Cerda

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 18

Décimo Cuarto Secretario Marco Alejandro Ramírez Martínez Décimo Cuarto Vocal Héctor Eliud Escamilla Silva Décimo Cuarto Suplente María Antonia Miroslava Garza González Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Guadalupe Distrito Puesto Nombre Décimo Cuarto Presidente Marina González Cerda Décimo Cuarto Secretario María de la Luz Estupiñán Herrera Décimo Cuarto Vocal María Guadalupe Rangel Abundis Décimo Cuarto Suplente María Antonia Miroslava Garza González Integración actual de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Los Aldamas Distrito Puesto Nombre Vigésimo Segundo Presidente Micaela Alanís Peña Vigésimo Segundo Secretario María del Carmen García de León Vigésimo Segundo Vocal Flor Esthela García Vera Vigésimo Segundo Suplente Blanca Alicia Carrillo Carrillo Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Los Aldamas Distrito Puesto Nombre Vigésimo Segundo Presidente María del Carmen García de León Vigésimo Segundo Secretario Flor Esthela García Vera Vigésimo Segundo Vocal Matilde Pérez Cortez Vigésimo Segundo Suplente Rafael Soto Pérez Integración actual de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Gral. Treviño Distrito Puesto Nombre Vigésimo Segundo Presidente Virginia Madrigal Carmona Vigésimo Segundo Secretario Lidiola Cadena Franco Vigésimo Segundo Vocal Norma Guadalupe Ramírez Álvarez Vigésimo Segundo Suplente María Nieves Villegas García Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Gral. Treviño Distrito Puesto Nombre Vigésimo Segundo Presidente Virginia Madrigal Carmona Vigésimo Segundo Secretario Lidiola Cadena Franco Vigésimo Segundo Vocal María Nieves Villegas García Vigésimo Segundo Suplente Adriana García Luna Integración actual de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Bustamante Distrito Puesto Nombre

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 19

Vigésimo Primer Presidente José Antonio Hernández González Vigésimo Primer Secretario Rosa Elva Rivera Torres Vigésimo Primer Vocal Zulema Margarita Barajas García Vigésimo Primer Suplente José Alberto Lozano Martínez Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Bustamante Distrito Puesto Nombre Vigésimo Primer Presidente José Antonio Hernández González Vigésimo Primer Secretario Rosa Elva Rivera Torres Vigésimo Primer Vocal Zulema Margarita Barajas García Vigésimo Primer Suplente Isaías Soberano Gómez Integración actual de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Dr. Arroyo Distrito Puesto Nombre Vigésimo Sexto Presidente Leobardo Gutiérrez Mata Vigésimo Sexto Secretario Agoberto Enrique Puente Vigésimo Sexto Vocal Edna Edith Moreno Carranza Vigésimo Sexto Suplente María Esther Barbosa Luna Propuesta de integración de la Mesa Auxiliar de Cómputo de Dr. Arroyo Distrito Puesto Nombre Vigésimo Sexto Presidente Agoberto Enrique Puente Vigésimo Sexto Secretario Edna Edith Moreno Carranza Vigésimo Sexto Vocal María Esther Barbosa Luna Vigésimo Sexto Suplente Juan Raymundo Cortés Moncada

Debiéndose de notificar el presente acuerdo a los partidos políticos acreditados para los efectos legales a que hubiere lugar.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 20

Por lo anteriormente expuesto y fundado, es de resolverse y se resuelve:

PRIMERO: Se aprueba la remoción y designación de los ciudadanos que integrarán las Mesas Auxiliares de Cómputo, en los términos descritos en el considerando cuarto del presente acuerdo. SEGUNDO: Se ordena la publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a los que haya lugar. TERCERO: Notifíquese, dentro del término de Ley, el presente acuerdo a los partidos políticos y coaliciones acreditados, para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO: El presente proyecto de acuerdo se propone por parte del Comisionado Ciudadano Secretario Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación en su caso. Hecho lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Extraordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió con el carácter de Segundo Vocal y Dr. José Gonzalo Mitre Salazar, quien fungió como Tercer Vocal.- Conste. RÚBRICAS

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 21

Monterrey, Nuevo León, a 16-dieciséis de junio de 2003-dos mil tres. El Comisionado Ciudadano Presidente, Lic. José Roble Flores Fernández, da cuenta a los Comisionados Ciudadanos que integran el Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las solicitudes de acreditación de ciudadanos como Observadores Electorales a participar en los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como de los que se lleven a cabo el día de la jornada electoral para las elecciones del 06-seis de julio del año 2003-dos mil tres; cuanto más consta, convino y debió verse, y.

RESULTANDO

PRIMERO: Que de acuerdo a lo establecido por la Constitución Política del Estado de Nuevo León, así como en la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, es derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos participar como Observadores Electorales de los actos de preparación y desarrollo electoral, así como de los que se lleven a cabo el día de la jornada electoral y de los efectuados hasta la declaración de validez de las elecciones, en la forma y términos que establezca la Comisión Estatal Electoral para cada proceso electoral. SEGUNDO: La Comisión Estatal Electoral, en cumplimiento a las disposiciones de la Ley Electoral del Estado, acordó en sesión ordinaria, en fecha 13-trece de junio de 2002-dos mil dos, la determinación de los requisitos exigidos por el artículo 11 de la Ley Electoral del Estado, que deberán atender los ciudadanos mexicanos en la presentación de toda solicitud a realizar para obtener la acreditación como Observador Electoral. TERCERO: Para el efecto del cumplimiento del resultando anterior, el Pleno de la Comisión Estatal Electoral en su sesión extraordinaria de fecha 05-cinco de noviembre de 2002-dos mil dos, aprobó la convocatoria pública dirigida a la ciudadanía para participar como Observador Electoral en el proceso electoral del 2003, donde se elegirán al Gobernador, Ayuntamientos de la entidad y Diputados al H. Congreso del Estado. CUARTO: Que a la fecha, de acuerdo al informe emitido por la Dirección de Capacitación Electoral de este organismo electoral, 31-treinta y un ciudadanos que solicitaron su acreditación como Observador Electoral, han cumplido con todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Ley Electoral del Estado, y.

CONSIDERANDO PRIMERO: Que esta Comisión Estatal Electoral, es competente para conocer y resolver todas aquellas cuestiones relativas a garantizar el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral, contenidos en los artículos 42, 43 y 45 de la Constitución Política de nuestro

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 22 Estado; 1, 11, 65, 66, 68, 81 fracciones I y XXXV y demás relativos de la Ley Electoral del Estado. SEGUNDO: Que conforme a la Ley Electoral del Estado, en el año 2003-dos mil tres deberán celebrarse en nuestra entidad los comicios electorales, donde se postularán los candidatos a Gobernador, Diputados al Congreso del Estado, así como los integrantes de las planillas para la renovación de los 51-cincuenta y un Ayuntamientos en el Estado de Nuevo León. TERCERO: Que en los términos de los artículos 11 fracción III y 12 de la Ley Electoral del Estado, la Comisión Estatal Electoral otorgará la acreditación de Observador Electoral a aquellos ciudadanos que satisfagan los requisitos establecidos en el capítulo “De los Observadores Electorales” y que habiendo solicitado la acreditación, cumplieron con la exhibición de la documentación requerida, y además asistieron al curso de preparación e información impartido por la Dirección de Capacitación Electoral, por lo que se propone aprobar las solicitudes presentadas y acreditar a los ciudadanos siguientes, como Observador Electoral, continuando con el número de observador registrado:

NOMBRE ORGANIZAC

74.- José Refugio Reyna Manzanares Particular 75.- Armando Martínez Carrillo Particular 76.- María Concepción Tamez Garza Particular 77.- Saidaly Arroyo García Particular 78.- Reynaldo Campos Aguilar Particular 79.- María Aurora Leal Cueva Particular 80.- Norma Cecilia de la Cruz Torres Particular 81.- Humberto Moreno García Particular 82.- Manuel Valerio Arzave Particular 83.- Gilberto de la Garza González Particular 84.- Lucio Alberto Luis Ruiz COPARMEX 85.- Yolanda Isabel Ancer Chalita COPARMEX 86.- Bertha Alicia Guerra Elizondo COPARMEX 87.- David Mendoza Torres COPARMEX 88.- Héctor de Jesús Chavarri Gallardo COPARMEX 89.- María Nora Guerra Villarreal COPARMEX 90.- Laura Elena Guerra Villarreal COPARMEX 91. Carlos Javier Benavides González CANACO 92. Francisco Antonio Contreras Garza Jr. CANACO 93. Jesús Aguirre López CANACO 94. Guillermo Arámbula Márquez CANACO 95. Orel Arrambide Villarreal CANACO 96. José Manuel Cardona Monreal CANACO 97. Adriana del Carmen Cruz Torres CANACO 98. Juan Elizondo Treviño CANACO 99. Azael García Morales CANACO 100. Humberto García Marín CANACO 101. Abelardo García Santos CANACO 102. Sergio Juvenal González Salazar CANACO

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 23

103. Joaquín Guadalupe González Villarreal CANACO 104. Humberto Guzmán de la Garza CANACO 105. Alberto Huidobro Llabres CANACO 106. Jesús Félix Minjares Flores CANACO 107. Ubaldo Ortiz de los Santos CANACO 108. Nicolás Reyes Medina CANACO 109. Fernando Rivadeneyra Laborde CANACO 110. Genaro David Rodríguez Valle CANACO 111. José Luis Salas Vázquez CANACO 112. Luis Armando Salazar Cantú CANACO 113. David Taboada Garza CANACO

CUARTO: Los ciudadanos acreditados como Observadores Electorales, podrán ejercer las actividades que señala el artículo 11 de la Ley Electoral del Estado, debiéndose expedir las acreditaciones correspondientes y notificándose a los ciudadanos mencionados en el considerado anterior, para los efectos legales a que hubiere lugar. QUINTO: Los Observadores Electorales debidamente acreditados, que hagan uso indebido de su acreditación o no se ajusten a las disposiciones establecidas en el presente Acuerdo, se harán acreedores a las sanciones que al efecto establece el artículo 290 de la Ley Estatal Electoral, independientemente de las establecidas en el artículo 417 fracción XVII del Código Penal del Estado de Nuevo León. SEXTO: Debiéndose publicar el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos a que hubiere lugar.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y razonado se resuelve: PRIMERO: En los términos de los artículos 11 y 12 de la Ley Electoral del Estado, se aprueban las solicitudes presentadas y se acreditan como Observadores Electorales del proceso electoral del Estado a celebrarse el 06-seis de julio de 2003-dos mil tres, a los ciudadanos descritos en el Considerando Tercero del presente acuerdo, en consecuencia.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 24 SEGUNDO: Los ciudadanos acreditados, podrán ejercer las actividades que señala el artículo 11 de la Ley Electoral del Estado. TERCERO: Expídase las acreditaciones correspondientes, para los efectos legales conducentes. CUARTO: Los Observadores Electorales debidamente acreditados que hagan uso indebido de su acreditación o no se ajusten a las disposiciones establecidas en el presente acuerdo, se harán acreedores a las sanciones que al efecto establece el artículo 290 de la Ley Estatal Electoral, independientemente de las establecidas en el artículo 417 fracción XVII del Código Penal del Estado de Nuevo León. QUINTO: Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a que hubiere lugar. SEXTO: El presente proyecto de acuerdo se propone al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación. Hecho lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Ordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió como Segundo Vocal, y Dr. José Gonzalo Mitre Salazar, quien fungió como Tercer Vocal.- Conste. RÚBRICAS

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 25

Monterrey, Nuevo León, a 16-dieciséis de junio de 2003-dos mil tres. Visto para aprobar por el Pleno de este organismo, los acuerdos emitidos por la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres; cuanto más consta, convino y debió verse, y. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

RESULTANDO PRIMERO: Que en cumplimiento con el artículo 81 fracción XV de la Ley Electoral del Estado, la Comisión Estatal Electoral deberá designar a los integrantes de las Comisiones Municipales Electorales y de las Mesas Auxiliares de Cómputo y removerlos cuando hubiere lugar a ello. SEGUNDO: Para el logro de los objetivos planteados en el resultando anterior, y en ejercicio de sus atribuciones, en fecha 21-veintiuno de octubre de 2002-dos mil dos, el Pleno de la Comisión Estatal Electoral, acordó la integración de la Comisión Especial Dictaminadora, integrada por los Comisionados Ciudadanos Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, Lic. José Roble Flores Fernández, Ing. Juan Francisco Llaguno Farías y como suplente, Dr. José Gonzalo Mitre Salazar; cuyas funciones son las de recibir las propuestas de candidatos, formuladas por la ciudadanía en general, para la integración de las Comisiones Municipales Electorales a instalarse en los 51-cincuenta y un municipios en que se compone el Estado de Nuevo León, además deberá de evaluarlas juntamente con los representantes de los partidos políticos, quienes manifestarán las consideraciones que estimen pertinentes sobre si los candidatos reúnen los requisitos contenidos en el artículo 71 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León; así como, proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello. TERCERO: En virtud de lo anterior, en fecha 5-cinco de noviembre de 2002-dos mil dos, la Comisión Especial Dictaminadora propuso al Pleno de este organismo la integración de las Comisiones Municipales Electorales a instalarse en los 51-cincuenta y un municipios en que se compone nuestro Estado, lo cual fue aprobado en esa misma fecha por unanimidad. CUARTO: De acuerdo al escrito presentado por el C. José Alfredo Flores Martínez, en su carácter de Comisionado Ciudadano Presidente de la Comisión Municipal Electoral de Allende, Nuevo León, donde acompaña documental pública consistente en el acta del registro civil expedida por el C. Oficial Primero de Allende, Nuevo León, se desprende la notificación del fallecimiento de la Comisionada Ciudadana María de Lourdes Orduña Perales, acaecido el día 30-treinta de mayo de 2003-dos mil tres.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 26

En virtud de lo anterior, procede la formulación de los razonamientos siguientes:

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que de acuerdo con el artículo 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, la Comisión Estatal Electoral, es un organismo público de carácter permanente, independiente en sus decisiones y autónomo en su funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya integración fue aprobada por el H. Congreso del Estado, en fecha 26-veintiséis de diciembre de 2001-dos mil uno. SEGUNDO: Que la Comisión Estatal Electoral tiene entre otros fines contribuir al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento del sistema de partidos políticos, garantizando el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral; de igual manera, asegurar que los actos y resoluciones electorales de su competencia se sujeten al principio de legalidad; asimismo, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura democrática; así como la preparación, dirección, organización y vigilancia de los procesos electorales, de conformidad con los artículos 66 fracciones I, IV, V y VI y 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León. TERCERO: Que al crearse por este organismo electoral la Comisión Especial Dictaminadora, que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres, se le asignan entre otras, las facultades y obligaciones de proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello, en consecuencia. CUARTO: Considerando el escrito presentado por el C. José Alfredo Flores Martínez, en su carácter de Comisionado Ciudadano Presidente de ese organismo municipal, al cual acompaña documental pública consistente en el acta del registro civil expedida por el C. Oficial Primero de Allende, Nuevo León, donde se desprende la notificación del fallecimiento de la C. María de Lourdes Orduña Perales, acaecido el día 30-treinta de mayo de 2003-dos mil tres, quien se desempeñaba como Comisionada Municipal Vocal, cargo que le fuera conferido en fecha 5-cinco de noviembre de 2002-dos mil dos; documental pública la anterior que merece valor probatorio pleno de conformidad con lo establecido por los artículos 262 fracción I, 262 bis, fracción I y 267 segundo párrafo de la Ley Estatal Electoral, en tal virtud, la Comisión Especial Dictaminadora, propone al Pleno de este organismo electoral, la sustitución de dicha funcionaria con la persona del Suplente Armando Acosta Silva, quien pasará a desempeñar el cargo de Vocal; sin embargo para designar al Suplente, se deberá emitir una convocatoria en los términos de ley, dirigida a la ciudadanía, en virtud de no contar con reserva integrada para tal efecto; por lo que la nueva conformación de la Comisión Municipal Electoral de Allende, queda en los términos siguientes:

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 27

Allende

Presidente: José Alfredo Flores Martínez Secretario: Alfredo Cano García Vocal: Armando Acosta Silva Suplente: Vacante

Así mismo, una vez aprobada la propuesta anterior, se solicita al Pleno de este organismo la publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a los que haya lugar.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y razonado, es de resolverse y se resuelve:

PRIMERO: Se aprueba la sustitución del C. Armando Acosta Silva y la nueva integración de la Comisión Municipal Electoral de Allende, Nuevo León, propuesta por la Comisión Especial Dictaminadora por las razones y en los términos descritos en el considerando cuarto de la presente resolución. SEGUNDO: Se ordena la publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a los que haya lugar.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 28 TERCERO: Notifíquese, dentro del término de Ley, el presente acuerdo a los partidos políticos acreditados, para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO: El presente acuerdo se propone por parte de la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales, por conducto de la Comisionada Ciudadana Q.F.B Célica Luz Hinojosa Caballero, al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación en su caso. En virtud de lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Extraordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió con el carácter de Segundo Vocal y Dr. José Gonzalo Mitre Salazar quien fungió como Tercer Vocal.- Conste.-RÚBRICAS

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 29

Monterrey, Nuevo León, a 16-dieciséis de junio de 2003-dos mil tres. Visto para aprobar por el Pleno de este organismo, por conducto del Comisionado Ciudadano Secretario, Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, la determinación respecto al nombramiento de los auxiliares absolutamente indispensables para realizar el día de la jornada electoral, las funciones de apoyo administrativo que específicamente les sean encomendadas por la Comisión Estatal Electoral; en cumplimiento a los imperativos establecidos en la Constitución Política del Estado de Nuevo León y la Ley Electoral del Estado; cuanto más consta, convino y debió verse, y.

RESULTANDO

PRIMERO: Que la Constitución Política del Estado en su artículo 43 establece que la organización de las elecciones es una función estatal que se lleva a efecto por un órgano independiente y autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, al que la Ley Electoral del Estado, reglamentaria en materia electoral, ha denominado Comisión Estatal Electoral. SEGUNDO: Que la Ley Electoral del Estado determina las funciones que le competen a la Comisión Estatal Electoral, encargada de la organización de las elecciones con la participación de los partidos políticos, las autoridades del Estado y los ciudadanos; así mismo, regula y garantiza el desarrollo de los procesos electorales; el ejercicio del sufragio; la preparación, desarrollo, vigilancia, cómputo y calificación de las elecciones, y en general, otras disposiciones relativas y aplicables al proceso electoral. TERCERO: Que conforme a la Ley Electoral, el día 6-seis de julio del presente año se celebrarán en nuestra entidad los comicios electorales, donde se renovarán el Poder Ejecutivo y Legislativo del Estado, así como los 51-cincuenta y un Ayuntamientos de la entidad. CUARTO: Que la Comisión Estatal Electoral es el organismo electoral responsable de la preparación, dirección, organización y vigilancia de los procesos electorales ordinarios y extraordinarios para la elección de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos que se realicen en la entidad y tiene las facultades establecidas en la Ley de la materia, entre sus facultades y obligaciones, se encuentra la de nombrar a los auxiliares absolutamente indispensables para realizar el día de la jornada electoral, las funciones de apoyo administrativo que específicamente les sean encomendadas por la Comisión Estatal Electoral.

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que los artículos 42, 43 y 45 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, entre otras disposiciones, en cuanto a la preparación de la elección y la jornada electoral establece que:

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• La organización de las elecciones es una función estatal que se ejerce bajo los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, e independencia y se lleva a efecto por un órgano, la Comisión Estatal Electoral, independiente y autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios. La ley determinará las funciones e integración de dicho órgano, mismo que estará formado por ciudadanos del Estado;

• La Ley Electoral del Estado, reglamentaria de la Constitución, regulará y garantizará el desarrollo de los procesos electorales; el ejercicio del sufragio; los derechos, obligaciones, organización y funciones de los partidos, asociaciones políticas y organismos electorales; la preparación, desarrollo, vigilancia, cómputo y calificación de las elecciones; el procedimiento de lo contencioso electoral; y en general las demás disposiciones relativas al proceso electoral.

SEGUNDO: Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley Electoral del Estado, la Comisión Estatal Electoral, tiene entre otros fines, contribuir al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento del sistema de partidos políticos; garantizando el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral, contenidos en la Constitución Política del Estado; además de garantizar a los ciudadanos el ejercicio de los derechos político-electorales y vigilar el cumplimiento de las obligaciones que les impone esta Ley; así como garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado, así como de los Ayuntamientos de los municipios de la entidad; garantizando que los actos y resoluciones electorales de su competencia, se sujeten al principio de legalidad; asimismo, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y por la imparcialidad de los organismos electorales. TERCERO: Que la jornada electoral es una de las etapas más importantes y trascendentales del proceso electoral, pues en ella se recibe la voluntad popular de los ciudadanos electores respecto a sus candidatos, traducida en la expresión libre y secreta de su voto; por tanto, los paquetes electorales contienen esa manifestación de voluntad que servirá para elegir a los gobernantes de la entidad; por lo que, la recepción de los paquetes deberá sujetarse a una actuación conforme a procedimientos claramente definidos y apegados a la Ley Electoral del Estado, con la vigilancia de los partidos políticos y candidatos. CUARTO: Que de conformidad con la fracción VIII del artículo 81 de la Ley Electoral del Estado, la Comisión Estatal Electoral tiene la obligación de nombrar a los auxiliares absolutamente indispensables para realizar el día de la jornada electoral, las funciones de apoyo administrativo que específicamente les sean encomendadas por la Comisión. En ningún caso podrán sustituir a los funcionarios de las Mesas Directivas de Casillas; los auxiliares se seleccionarán entre los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior registradas en el Estado, mediante el procedimiento de insaculación. Las Instituciones de Educación Superior, deberán facilitar a la Comisión Estatal Electoral la información correspondiente para el cumplimiento de esta función. Los auxiliares deberán cumplir con los mismos requisitos exigidos para ser miembro de la Coordinación Técnica Electoral excepto los dispuestos por las fracciones III y IV del artículo 87. Deberán portar identificación visible con fotografía; QUINTO: En virtud de lo anterior, en fecha 27-veintisiete de noviembre de 2002-dos mil dos, la Comisión Estatal Electoral firmó el Convenio de Colaboración Institucional que en materia de Información, Capacitación e Intercambio Académico y Electoral, con cada una de las siguientes Instituciones de Educación Superior registradas en el Estado, Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL); Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM); Universidad de Monterrey (UDEM); Universidad Regiomontana (UR); Universidad Mexicana del Noreste (UMNE); Arte, A.C.; Centro de Estudios Universitarios (CEU); Facultad Libre de Derecho de Monterrey (FLDM); Universidad Tecnológica de Santa Catarina (UTSC); Universidad de Diseño (CEDIM); y, Universidad Internacional, para seleccionar entre sus estudiantes que cumplirán con la función de auxiliares informativo.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 31 SEXTO: Que conforme a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 81 fracción VIII de la Ley Electoral, las Instituciones de Educación Superior en el Estado facilitaron a la Comisión Estatal Electoral la información necesaria para nombrar de entre sus estudiantes, a los que reúnan los requisitos previstos en el artículo 87 fracciones I, II y V de la Ley Electoral, es decir, ser mexicanos por nacimiento, estar en pleno ejercicio de derechos políticos y no ser ni haber sido en los tres años anteriores a su designación, miembro de algún partido político o asociación política; en tal virtud, se propone nombrar a los estudiantes siguientes, como auxiliares informativos:

NOMBRE UNIVERSIDAD MUNICIPIO Anna Maldonado C. ARTE, A.C. GUADALUPE Elvia María Ramos ARTE, A.C. GUADALUPE Brenda Dalila Rodríguez ARTE, A.C. MONTERREY Clara Villarreal Gutiérrez ARTE, A.C. MONTERREY Daniela Arriaga Zúñiga ARTE, A.C. MONTERREY Daniela Marioon García Ramos ARTE, A.C. MONTERREY Denisse Durán Villarreal ARTE, A.C. MONTERREY Erik Chávez Velázquez ARTE, A.C. MONTERREY Gabriela González Anzaldúa ARTE, A.C. MONTERREY Lucía Moreno Quintana ARTE, A.C. MONTERREY Rocío Arreola Díaz ARTE, A.C. MONTERREY Sandra González Arce ARTE, A.C. MONTERREY Cordelia Elizondo Valdez ARTE, A.C. SAN PEDRO GARZA GARCÍA Lilián María García González ARTE, A.C. SAN PEDRO GARZA GARCÍA Michelle Fernández ARTE, A.C. SAN PEDRO GARZA GARCÍA Mónica Jiménez Fernández ARTE, A.C. SAN PEDRO GARZA GARCÍA Gabriela Yadira Ortegón Fernández CEDIM ANÁHUAC Juan José Castro Dávila CEDIM GUADALUPE Mayra Cristal Celedón Cruz CEDIM GUADALUPE María Sanjuana Guadalupe Dávila Cardozo CEDIM GUADALUPE Israel Enrique García Mckee CEDIM GUADALUPE Miguel Ángel Salgado Cuevas CEDIM GUADALUPE María Olivia Bolaños Magallanes CEDIM MONTERREY Dania Carranza Govea CEDIM MONTERREY Myriam Alejandra Cavazos Hernández CEDIM MONTERREY Luis Carlos Luna Benavides CEDIM MONTERREY Mario Carlos Rodríguez Gómez CEDIM MONTERREY María Fernanda Yánez Sánchez CEDIM MONTERREY Marisol Domínguez González CEDIM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Monserrat Constantino Soto FLDM GUADALUPE Alfonso A. Aguilar García FLDM MONTERREY Anna Karina Santana González FLDM MONTERREY Annethe Rodríguez Lomelí FLDM MONTERREY Cecilia Martínez FLDM MONTERREY Gabriel Domínguez FLDM MONTERREY Gerardo Jacobo Saleh FLDM MONTERREY Jessica González Martínez FLDM MONTERREY José Ramón Villarreal FLDM MONTERREY Luis Acuña Fuentes FLDM MONTERREY Rodrigo Quintanilla Ramírez FLDM MONTERREY

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Rodrigo Aguilar Montemayor FLDM MONTERREY Rogelio E. Martínez FLDM MONTERREY Ángela Gómez López FLDM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Carlos Nájera García FLDM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Rafael J. Muñoz C FLDM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Ana Delia Castaño Garza FLDM SANTA CATARINA Daniel Sánchez Baquedano ITESM APODACA Daniela Jaime Sánchez ITESM APODACA Myriam Morales Flores ITESM APODACA Iván Treviño Torres ITESM APODACA Sol Antonia Ontiveros Larios ITESM GRAL. TERÁN Aída Patiño Macías ITESM GUADALUPE Alejandra Martínez Montiel ITESM GUADALUPE Alma Lizette Garza Cárdenas ITESM GUADALUPE Bertha Alicia Bermúdez Tapia ITESM GUADALUPE Brenda Martínez Cobos ITESM GUADALUPE César Arturo Mercado Mendoza ITESM GUADALUPE Marisol Chapa Montemayor ITESM GUADALUPE Daniel Rodríguez Salazar ITESM GUADALUPE Danya Vera Velázquez ITESM GUADALUPE Walter De La Garza Elizondo ITESM GUADALUPE Diana Guadalupe Martínez Rodríguez ITESM GUADALUPE Emir Armando Hernández Correa ITESM GUADALUPE Judith Guzmán Villarreal ITESM GUADALUPE Juan José Troncoso ITESM GUADALUPE Magdalena Bautista Castillo ITESM GUADALUPE María De Jesús Fuentes Martínez ITESM GUADALUPE Gerardo Alejandro Medina Vargas ITESM GUADALUPE Mario Alberto Méndez Muñoz ITESM GUADALUPE Montserrat Zúñiga Flores ITESM GUADALUPE Anselmo Moreno Ramírez ITESM GUADALUPE Napoleón Gerardo Guzmán Elizondo ITESM GUADALUPE Natalia Kaori Rangel Nakajima ITESM GUADALUPE Enrique Obregón Elizondo ITESM GUADALUPE Raúl Ortega García ITESM GUADALUPE Ricardo Gutiérrez Vélez ITESM GUADALUPE Rocío Araceli Galarza Molina ITESM GUADALUPE Saraith Rodríguez Rodríguez ITESM GUADALUPE Sergio Eliot Rodríguez Wong ITESM GUADALUPE Sunny Arely Villa Juárez ITESM GUADALUPE Celina Villarreal Rangel ITESM LINARES Greta Marcela Flores Flores ITESM MIER Y NORIEGA Abel Morales Gómez ITESM MONTERREY Alberto Treviño Hernández ITESM MONTERREY Alejandro González Villarreal ITESM MONTERREY Alfredo Orendáin Cantú ITESM MONTERREY Diana Del Rosario Araiz Parra ITESM MONTERREY Mario Rubén Aranda Arreaga ITESM MONTERREY

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Jorge Atayde Narro ITESM MONTERREY Bayata Díaz Julián ITESM MONTERREY Benito Arellano García ITESM MONTERREY Bezaleel Galíndez Cota ITESM MONTERREY Mónica Calderón Gaona ITESM MONTERREY Ricardo Cantú Calderón ITESM MONTERREY Cinthia Carreón Ibáñez ITESM MONTERREY Diana Aracely Cisneros Ramírez ITESM MONTERREY Consuelo Tamez Urdiales ITESM MONTERREY Daniela Dávalos Treviño ITESM MONTERREY Daniela Jocelyn Boone Tanajara ITESM MONTERREY David Flores González ITESM MONTERREY Diana Lozano Guzmán ITESM MONTERREY Diana Patricia Leal Salazar ITESM MONTERREY Elia Alicia Durón Granados ITESM MONTERREY Elizabeth Huerta García ITESM MONTERREY Héctor Elizondo Guerra ITESM MONTERREY Elsa Adriana Almaraz Guerra ITESM MONTERREY Erik De León Lozano ITESM MONTERREY Ernesto Ibarra Guajardo ITESM MONTERREY Esther Collado Arredondo ITESM MONTERREY Diego Arcenio Feligrina Del Rivero ITESM MONTERREY Francisco Javier Bassols Flores ITESM MONTERREY Adrián Javier Fuentes Gaona ITESM MONTERREY Gabriel Adrián González Ayala ITESM MONTERREY Delfino Joel Gámez Rosales ITESM MONTERREY Carlos Javier García Manzanero ITESM MONTERREY Karla Marcela García Romero ITESM MONTERREY Alonso García Villarreal ITESM MONTERREY Alheli Alyd Garza Luna ITESM MONTERREY Genaro Garza Ramírez ITESM MONTERREY Gerardo Manuel Perea Lazo ITESM MONTERREY Daniela Ma. Gómez Arizpe ITESM MONTERREY Gonzalo Roberto Deschamps Blanco ITESM MONTERREY Adriana Odette Granados Gutiérrez ITESM MONTERREY Hugo Antonio Guajardo De La Torre ITESM MONTERREY Raúl Guzmán Jaime ITESM MONTERREY Diamantina Hernández Pérez ITESM MONTERREY Raúl Alberto Herrera Rodríguez ITESM MONTERREY Ildegardo Jesús Elizondo Torres ITESM MONTERREY Ileana Martínez Benavides ITESM MONTERREY Ileana Téllez Rosas ITESM MONTERREY Jaime Emmanuel Rodríguez Decanini ITESM MONTERREY Carlos Andrés Jiménez Córdova ITESM MONTERREY José Fernando Linares Valdez ITESM MONTERREY José Francisco Islas Cisneros ITESM MONTERREY José Luis Cantú Venegas ITESM MONTERREY José Reyes Cruz González ITESM MONTERREY

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Juan Antonio Solís Moreno ITESM MONTERREY Juan Manuel Ramos Mejía ITESM MONTERREY Karla Margarita Reinhold López ITESM MONTERREY Laura Alicia Barajas Pedraza ITESM MONTERREY Laura Leticia Garza García ITESM MONTERREY Edith Aurora Laureano Garza ITESM MONTERREY Déborha Ileana Leal Ortiz ITESM MONTERREY José Fernando Linares Valdez ITESM MONTERREY Linda Violeta Carrillo Lucero ITESM MONTERREY Erika Gabriela López Arteaga ITESM MONTERREY Lorena Elizabeth Vargas Ortega ITESM MONTERREY Lourdes Guadalupe Zambrano Orozco ITESM MONTERREY Luis Carlos Hernández Abascal ITESM MONTERREY Lydia Elisa Salinas Longoria ITESM MONTERREY María Eugenia García Fierro ITESM MONTERREY Mario Villarreal Vera ITESM MONTERREY Liliana Martínez Castro ITESM MONTERREY Rodrigo Alonso Martínez Cavazos ITESM MONTERREY Ricardo Eliezek Martínez Sánchez ITESM MONTERREY Nereyda Yaaresi Martínez Treviño ITESM MONTERREY Miguel Martínez Zavala ITESM MONTERREY Rafael Medina Portugal ITESM MONTERREY Melissa Vega Gámez ITESM MONTERREY Perla Méndez Maldonado ITESM MONTERREY Elsa Melina Moeller Castro ITESM MONTERREY Mónica Elizabeth Muñiz Escobedo ITESM MONTERREY Gabriela Morales Ramón ITESM MONTERREY Nancy Pedroche ITESM MONTERREY Javier Marcelo Pacheco Herrera ITESM MONTERREY Salvador Homero Padilla Cano ITESM MONTERREY Patricia Alejandra Chora De La Garza ITESM MONTERREY Ximena Peredo Rodríguez ITESM MONTERREY Carlos Pérez Serrano ITESM MONTERREY Juan Enrique Quintanilla Herrera ITESM MONTERREY Nino Luciano Quintanilla Salinas ITESM MONTERREY Angélica Rangel Elizondo ITESM MONTERREY Raúl Roberto Cárdenas García ITESM MONTERREY Marcela Recéndez Topete ITESM MONTERREY Ricardo César Morales Fuentes ITESM MONTERREY Ana Laura Robledo Hernández ITESM MONTERREY Rocío Gallegos López ITESM MONTERREY Eduardo Rocha Moreno ITESM MONTERREY Rodolfo Alonso Castro Muñoz ITESM MONTERREY Rodrigo Alonso Gutiérrez Barrera ITESM MONTERREY Daniel Rodríguez Camacho ITESM MONTERREY Jenny Rodríguez Medel ITESM MONTERREY Rocío Rodríguez Valles ITESM MONTERREY Rosa Elisa Martínez Martínez ITESM MONTERREY

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Rossina Ramírez Garza ITESM MONTERREY Samantha Hirshell Salazar Limón ITESM MONTERREY Salomón Podolsky Asus ITESM MONTERREY Sandoval Álvarez Diana Montserrat ITESM MONTERREY Sandra Judith Zamora Gutiérrez ITESM MONTERREY Gonzalo Serna Briones ITESM MONTERREY Sindy Nayví Rivera Moreno ITESM MONTERREY Lucinda Magdalena Suárez Sandoval ITESM MONTERREY Sumano Rodríguez José Andrés ITESM MONTERREY Julio César Trejo Robles ITESM MONTERREY Gilberto Guillermo Treviño De León ITESM MONTERREY Francisco Valdéz Martínez ITESM MONTERREY Vanessa Atenea Marines Garza ITESM MONTERREY Patsy Anahí Vanoye García ITESM MONTERREY Marcos Vargas Valdés ITESM MONTERREY Graciela Eunice Vázquez Zamora ITESM MONTERREY Cynthia Graciela Vega García ITESM MONTERREY Verónica Alejandra Chapa García ITESM MONTERREY Andrés Villarreal Senosiain ITESM MONTERREY Yessenia Caballero ITESM MONTERREY Pía Fernanda Canto Garduño ITESM DR. GONZÁLEZ Ángel César Mireles Rodríguez ITESM SABINAS HIDALGO Marco Antonio Baca Ochoa ITESM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Brenda Berenice Pérez Villasana ITESM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Briseide Garduño Arriaga ITESM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Fernando Abraham Mena Blanco ITESM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Marcela Leticia García González ITESM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Nora Denisse Partida González ITESM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Augusto Sánchez González ITESM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Sandra Carolina Chaveznava Guerrero ITESM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Tanhia Denys Hernández Mireles ITESM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alejandra Soltero López ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Alfonso Garza Morales ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Ana Gabriela Garza Vega ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Ana Teresa Carrión Chavarría ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Bianca Loeb Arciniega ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Abraham Campero Del Ángel ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Carlos Villarreal Interial ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Claudia Lucía Martínez Guzmán ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Connie Paola Sánchez Sáinz ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Daniela Isabel Pérez Gavilán García Del Campo ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Elguézabal Rodríguez Elisa ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Rebeca Herminia García Arriaga ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA David Gerardo Gaytán Méndez ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Patricio Gil Ortiz ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Jorge A. Gracia González ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Jorge Luis Garduño Álvarez ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA José Luis Alejandro Benavides Damm ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA

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Luis Andrés López del Bosque ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Marcela Herrera Rodríguez ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Marijose Sánchez Domínguez ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Mauricio Sagaón Martínez ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Edna Yaneth Maysen Quiroz ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Pablo Antonio Gutiérrez Garza ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Raúl Patricio Herrera Rodríguez ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Ricardo Cortázar Fernández ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Roberto Marcelo Galván Flores ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Jorge Roel Sordo ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Manuel Serrano Plowells ITESM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Humberto Bernal García ITESM SANTA CATARINA Gloria Nallely Montemayor Rodríguez ITESM SANTIAGO Laura Elena Alanís Valdéz ITESM SANTIAGO Gilberto Alvarado Cavazos UANL ALLENDE Brenda Lizbeth Cantú Santos UANL ANÁHUAC Laura Idalia López Villarreal UANL ANÁHUAC Karina Garza Ochoa UANL APODACA Juan Ulises Tijerina García UANL APODACA Walter Arux Sena Menchaca UANL APODACA Deisy M. Galindo Callejas UANL CADEREYTA JIMÉNEZ Eduardo Rivera Meza UANL CADEREYTA JIMÉNEZ Hiram Pérez Gallardo UANL CADEREYTA JIMÉNEZ Jean Michel Rodríguez. Hurtado UANL GRAL. BRAVO Judith Guadalupe Aguilar Cisneros UANL GRAL. BRAVO Jorge Barceló Rodríguez UANL GRAL. ESCOBEDO Carlos Contreras Gámez UANL GRAL. ESCOBEDO Wilfredo Delgado Lezo UANL GRAL. ESCOBEDO Rosa V. Domínguez Montelongo UANL GRAL. ESCOBEDO Erika Judith Rodríguez López UANL GRAL. ESCOBEDO Eva Adriana Martínez García UANL GRAL. ESCOBEDO Antonio Martínez Hernández UANL GRAL. ESCOBEDO Mayela Yadira Rubio Ochoa UANL GRAL. ESCOBEDO Alejandra Ontiveros Valdéz UANL GRAL. ESCOBEDO Patricia I. Barreda Esparza UANL GRAL. ESCOBEDO Erica Judith Pérez Quiroz UANL GRAL. ESCOBEDO Ricardo Castañeda Hernández UANL GRAL. ESCOBEDO Alejandra R. Méndez Reyes UANL GUADALUPE Alfonso O. Medina Manzano UANL GUADALUPE Alfonso Reyes Sustaita UANL GUADALUPE Ángel Jonathan Vargas Alanís UANL GUADALUPE Cindylu Figueroa Garza UANL GUADALUPE Chistrian González Esparza UANL GUADALUPE Eder Joel Garza Cruz UANL GUADALUPE Eliud Salvador Caldera Rodríguez UANL GUADALUPE Francisco Gerardo Belmares Castilleja UANL GUADALUPE Francisco Javier Guzmán Flores UANL GUADALUPE Karla Judith García Rojas UANL GUADALUPE

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Georgina Garza López UANL GUADALUPE Gladys Bretado Ortega UANL GUADALUPE Gladyss Cárdenas Zazueta UANL GUADALUPE Nelida Gabriela González Aguirre UANL GUADALUPE Dulce Jasive Gutiérrez Rasgado UANL GUADALUPE Janet E. Herrera Fernández UANL GUADALUPE Jorge Marvin González Ovalle UANL GUADALUPE Karla Jiménez López UANL GUADALUPE Laura Elizabeth González Albedaño UANL GUADALUPE Maria Teresa Herrera Marroquín UANL GUADALUPE Rosa Isela Moreno Tovar UANL GUADALUPE Francisco Moyar Mendoza UANL GUADALUPE Néstor J. Sánchez Ramos UANL GUADALUPE Nora M. González Alvarado UANL GUADALUPE Nubia Selene Rodríguez Chávez UANL GUADALUPE María Teresa Ramírez Tamayo UANL GUADALUPE Reyna Elizabeth Alfaro Torres UANL GUADALUPE Roberto Sandoval Rodríguez UANL GUADALUPE Dora Alicia Rodríguez Padrón UANL GUADALUPE Sandra Patricia Galindo Ramos UANL GUADALUPE Saraí Contreras Cardona UANL GUADALUPE Yolanda Guadalupe Sauceda Ramos UANL GUADALUPE Sergio O. Martínez González UANL GUADALUPE Yajaira Verónica Sánchez Barrientos UANL GUADALUPE Yedid Marllen Rangel Mesta UANL GUADALUPE Rubí Gurrola Ceja UANL JUÁREZ Eleazar Almaráz Morales UANL MONTEMORELOS Abraham T. Ruiz Fuentes UANL MONTERREY Adolfo Rodríguez Alemán UANL MONTERREY Adrián J. Candia Treviño UANL MONTERREY Adriana J. Oyervidez Arizpe UANL MONTERREY Adrián Eduardo Aguilar Martínez UANL MONTERREY Elisa B. Aguilar Meza UANL MONTERREY Alberto Carlos Ortiz Gámez UANL MONTERREY Alejandra Concepción Maldonado Islas UANL MONTERREY Alejandro David Mireles Aguilar UANL MONTERREY Alejandro Ferrer Méndez UANL MONTERREY Alejandro García Garza UANL MONTERREY Alejandro J. Olvera Hernández UANL MONTERREY Alfredo Hinojosa Flores UANL MONTERREY Alma E. Casas Galván UANL MONTERREY Álvaro E. Cordero Franco UANL MONTERREY Ana C. Camarena Castro UANL MONTERREY Andy Rommel Garza González UANL MONTERREY Ángel Gabriel Cotera De Lira UANL MONTERREY Angélica A. Valadez Sámano UANL MONTERREY Erica M. Araiza Berzesa UANL MONTERREY Jaime Alejandro Arjona Tamez UANL MONTERREY

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Araceli Arzola Olvera UANL MONTERREY Flor E. Bernal Morín UANL MONTERREY Blanca A. Garza Escobedo UANL MONTERREY Brenda Lizeth Garza Figueroa UANL MONTERREY Brenda Marcela Pérez López UANL MONTERREY Norma Andrea Briano García UANL MONTERREY Mayra A. Briones Sánchez UANL MONTERREY Carlos E. Elizondo Cantú UANL MONTERREY Cinthia R. Garza Ruíz UANL MONTERREY Claudia T. Garza Fernández UANL MONTERREY Claudia V. Doria Treviño UANL MONTERREY Claudia Yanet Gómez Alonso UANL MONTERREY Lilia Yaneth Coronado Ibarra UANL MONTERREY Candelaria Cuevas Santillana UANL MONTERREY Chelvy J. Sánchez Fuentes UANL MONTERREY Christian Mendoza Chaires UANL MONTERREY Adriana Del Pilar D. UANL MONTERREY Daniel A. Hernández Galván UANL MONTERREY Daniel Luna Almaguer UANL MONTERREY Daniel Velázquez Román UANL MONTERREY David A. Toiber Estrella UANL MONTERREY Sandra Y. Dávila Morales UANL MONTERREY Deyanira Ibarra Alvarado UANL MONTERREY Diana Patricia Cardona García UANL MONTERREY Diana Patricia Contreras Castillo UANL MONTERREY Edgar González Martínez UANL MONTERREY Eduardo Méndez Rosales UANL MONTERREY Elda Iveth Gutiérrez Moreno UANL MONTERREY Elisa Hinojosa García UANL MONTERREY Elizabeth Garza Peña UANL MONTERREY Emilia Ma. López Mercado UANL MONTERREY Erica V. Zamora Castro UANL MONTERREY Erika Judith Rodríguez López UANL MONTERREY Esmeralda B. Tovar Esquivel UANL MONTERREY Esteban Andrés Ibarra Flores UANL MONTERREY Evelia Del Consuelo Garza F. UANL MONTERREY Faustino Zertuche Carranza UANL MONTERREY Fernando Pérez García UANL MONTERREY Flor De Asusena Rivera Ipiña UANL MONTERREY Alondra García Rojas UANL MONTERREY Gerardo Antonio De La Garza Zubiate UANL MONTERREY Blanca Z. Gaytán Vázquez UANL MONTERREY Georgina Sotelo Gallardo UANL MONTERREY Gerardo Antonio De La Garza Zubiate UANL MONTERREY Gilberto Alvarado Cavazos UANL MONTERREY Graciela Rivera Bersoza UANL MONTERREY Guadalupe López Hermosillo UANL MONTERREY Edna Gabriela Guerrero Canseco UANL MONTERREY

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Deyra Melina Guerrero Linares UANL MONTERREY Laura Gutiérrez Almanza UANL MONTERREY Verónica Guzmán Sandoval UANL MONTERREY Hágale L. Estrada Rodríguez UANL MONTERREY Héctor Jonathan Elías Espinosa UANL MONTERREY Helbert A. Alcázar Espinoza UANL MONTERREY Hilda Magdalena Ayala González UANL MONTERREY Hugo Cabello Reyes UANL MONTERREY Iracema Garza Martínez UANL MONTERREY Isaí Verastegui Martínez UANL MONTERREY Jaime A. Camacho Tovar UANL MONTERREY Jesús Enrique Flores Lozano UANL MONTERREY Jesús Salinas Aguirre UANL MONTERREY Johanna Ismelda Rubio Martínez UANL MONTERREY Jorge Daniel Hernández Rangel UANL MONTERREY Jorge García Gallardo UANL MONTERREY Jorge Luis De Hoyos Reséndiz UANL MONTERREY José Angel Rodríguez Saavedra UANL MONTERREY José Echazarreta Silva UANL MONTERREY Juan A. Cruz Aguirre UANL MONTERREY Juan C. Hurtado Casas UANL MONTERREY Juan Cristobal Alanís UANL MONTERREY Julián Arturo Cruz Aguirre UANL MONTERREY Julián Guerrero Manzanares UANL MONTERREY Karen E. Gaytán Montemayor UANL MONTERREY Karina Cristina Trejo Romero UANL MONTERREY Karla Rocío Salinas Malo UANL MONTERREY Laura M. Cadena Flores UANL MONTERREY Liliana Plascencia García UANL MONTERREY Lizeth Cecilia Rodríguez Jaquez UANL MONTERREY Noralba López Carranza UANL MONTERREY Jorge Alberto López Torres UANL MONTERREY Ludwing Araniega Martínez UANL MONTERREY Luis Adrián Cruz Solís UANL MONTERREY M. Alejandro González García UANL MONTERREY Ma. Isabel Esquivel Rivera UANL MONTERREY Marco A. Mendoza Gutiérrez UANL MONTERREY María De Jesús López Hernández UANL MONTERREY Maria del Carmen Gómez Galvan UANL MONTERREY María De Jesús López Hernández UANL MONTERREY Maria del Carmen Gómez Galván UANL MONTERREY María Elizondo Cueva UANL MONTERREY María Eugenia Estrada Robledo UANL MONTERREY María Guadalupe Barbosa Obregón UANL MONTERREY María J. Rodríguez Arroniz UANL MONTERREY Mariana L. García Izaguirre UANL MONTERREY Maricela Ramírez González UANL MONTERREY Marla Elizondo Cueva UANL MONTERREY

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Martín R. López Lozano UANL MONTERREY Perla C. Martínez Feliciano UANL MONTERREY Mary T. Grimaldo García UANL MONTERREY Mayra Acosta Ramírez UANL MONTERREY Mayra González Ramírez UANL MONTERREY Brenda Guadalupe Méndez Quiroz UANL MONTERREY Miriam Guzmán Delgado UANL MONTERREY Laura T. Molina González UANL MONTERREY José Luis Mondragón Martínez UANL MONTERREY Mónica E. Álvarez Torres UANL MONTERREY Mónica Sánchez Medina UANL MONTERREY Myriam A. Rodríguez Herrera UANL MONTERREY Nancy P. Partida Trujillo UANL MONTERREY Nayda Minerva Hernández Hernández UANL MONTERREY Nelida María Lozano Jasso UANL MONTERREY Nelson López Peña UANL MONTERREY Nidia A. García Rodríguez UANL MONTERREY Nilsa Ma. Parás Ochoa UANL MONTERREY Noé Daniel Palomo Soto UANL MONTERREY Nydia Gutiérrez Segovia UANL MONTERREY Olivia Judith Ruiz De León UANL MONTERREY Omar A. Montano Puga UANL MONTERREY Fernando Ortiz Alemán UANL MONTERREY Oswaldo Jiménez Sánchez UANL MONTERREY Oziel Jacobo Estrada Oranday UANL MONTERREY Ma. Cristina Parra De Los Santos UANL MONTERREY Patricia Guadalupe Rodríguez Orozco UANL MONTERREY Perla K. López De La Fuente UANL MONTERREY Perla Milagros Iglesias González UANL MONTERREY Griselda Preciado Vega UANL MONTERREY Rebeca Téllez Pacheco UANL MONTERREY Roberto Carlos Sida Medina UANL MONTERREY Roberto Sandoval Rodríguez UANL MONTERREY Rogelio Garza Garza UANL MONTERREY Rogelio Gerardo Nuncio Saucedo UANL MONTERREY Romelia Janet Velazco Martínez UANL MONTERREY Romero Espinoza Tania Araceli UANL MONTERREY Rosa G. García Bermúdez UANL MONTERREY Rosa I. Aguinaga Gutiérrez UANL MONTERREY Rosa María Robledo Durán UANL MONTERREY Royer Sahave López Lara UANL MONTERREY Rubén Valdez Chávez UANL MONTERREY Laura J. Sada Amaya UANL MONTERREY Denys Magali Sánchez Morales UANL MONTERREY Viridiana Sánchez Robles UANL MONTERREY Damaris Y. Sánchez Serna UANL MONTERREY Sanjuana Verónica Alemán Facundo UANL MONTERREY Sanjuanita Karina García Pérez UANL MONTERREY

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Sara Mayela Galván Estrada UANL MONTERREY Saraí González González UANL MONTERREY Siddhartha Abarca García UANL MONTERREY Neyvi Berenice Ulloa López UANL MONTERREY Rocío G. Valenciano Hábeas UANL MONTERREY Rosalinda Valenzuela Rocha UANL MONTERREY Yuliana De J. Vázquez Cardona UANL MONTERREY Telma Vázquez Rodríguez UANL MONTERREY Vicente Enrique Aguilar Martínez UANL MONTERREY Víctor Daniel Cárdenas Pérez UANL MONTERREY Vita G. Hernández Rodríguez UANL MONTERREY Wendy Buzo Montiel UANL MONTERREY Yendi N. Lumbreras Fernández UANL MONTERREY Jesús Antonio González Villarreal UANL PESQUERÍA Francisco Joel Aguilar Olmos UANL SALINAS VICTORIA Selene Yamilet Acosta Arreazola UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Adán Mauricio Sandoval Juárez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alejandra Ontiveros Valdez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alejandro Gracia Garza UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alfonso Reyes Sustaita UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alicia Cantú Garza UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alicia Garza Cantú UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alicia Rodríguez Martínez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alvear Sánchez Gonzalo Gerardo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Andrés Hernández Valero UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Angélica Guerra Guerra UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Angélica J. Padilla Garza UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Abelardo Daniel Ayala Cavazos UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Paula Xitlali Bernal Muñoz UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Blanca A. Garza Escobedo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Miguel Ángel Blanco Rodríguez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Brenda Anel Galiardo Chávez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Brenda Lisseth Martínez Oyervides UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Mayra A. Calderón Olivares UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Brenda Noemí Castillo Urbano UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA César Alesandro Galicia Cazares UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA César Daniel Rodríguez Salazar UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Claudia A. Aguilar López UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Claudia Herrera Salinas UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Crishna Lizeth Peña Aguilar UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Luis Adrián Cruz Solís UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Damaris Hernández Zúñiga UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Daniel Vázquez Román UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Delia Orozco Gil UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Dewi Iris Ramírez Cepeda UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Dulce Angélica Galván Estrada UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Eder A Rodríguez Almanza UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Edgar Hernán Quintero Fernández UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA

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Eduardo Méndez Rosales UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Eduardo Rivera Eza UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Eleno Tovar Saucedo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Eliud Salvador Caldera Rodríguez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Elva Elena Guzmán Robledo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Erica Mayela Martínez Aguilar UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Erika Castell Villarreal UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Erika Lorena Serna Carvajal UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Cynthia O. Esparza Quintanilla UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Perla Cecilia Espinoza Trejo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Evelia Del Consuelo Garza F. UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Flor Karina García Gervasio UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Francisco A. Cortés Quintanilla UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Francisco Gerardo Belmares C. UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Gabriel Grimaldo Gamez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Judith Lucero García Palacios UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Gladys Bretado Ortega UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Gladys Cardenas Zazueta UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Gloria Castillo Delgadillo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Ana Margarita González Valle UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Graciela Gaytán Rodríguez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Graciela Rivera Bersoza UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Guillermo Pérez Lujano UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Jean Michel Hernández Hurtado UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Johanna Ismelda Rubio Martínez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Jorge Alberto Valadez Castro UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Jorge Alberto Valdez Castro UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA José Guadalupe Bocanegra Cavazos UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Juan Roberto Martell Alanís UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Julio C. De La Rosa Martínez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Karen Gaytán Montemayor UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Karina Bernal Rodríguez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Karina Deyanira Betancourt Juárez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Karla Rocío Salinas Malo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Laura Elena Hernández Tristán UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Laura Elizabeth González Albeldaño UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Laura Yedith Lara Saldaña UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Leonor Vela Leal UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Lorena Maricela Mendoza Guerra UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Ludwig Araniega Martínez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Verónica Lugo Gaytán UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Luis Adrián Cruz Solís UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Ma. De La Luz Lozano Ramos UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Mabel Pérez Álvarez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Manuela Rodríguez Esparza UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Marcela Guerra Luna UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA María De Jesús López Hernández UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA María De Lourdes Garza Garza UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA

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María Del Carmen Moncayo Villarreal UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA María Del Lourdes Morón García UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA María Janeth Meja Coronel UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA María Teresa Herrera Marroquín UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA José Ángel Márquez Alanís UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Martha Emilia Carlín Sosa UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Homero Humberto Martínez Aguirre UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA María Janeth Mejía Coronel UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alejandra Mendoza Avilés UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Nancy P. Partida Trujillo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Erica Fabiola Niño Torres UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Delia Oroso Gil UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Adriana Elda Parada Castaño UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Tania Lizeth Pérez Espinosa UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Perla Cecilia Espinoza Trejo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Reginaldo Vargas Martínez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Ricardo Castañeda Hernández UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Rocío Marlene González Liñán UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA José Raymundo Rodríguez López UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Rogelio Garza Garza UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Rosa María Robledo Durán UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Paloma Sánchez Castillo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Irma Sarita Sánchez García UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Sanjuanita Karina García Pérez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Santiago Amaya Saucedo UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Sofía Patricia Hernández Martínez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Sonia Álvarez Díaz UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Stephany Balderas Flores UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Verónica González Flores UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Viridiana Morales Partida UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Yessica Hinojosa Berrones UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Rubén Edgardo Zapata Martínez UANL SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Francisco Pérez Aguilar UANL SAN PEDRO GARZA GARCÍA Hania A. Gómez Gaona UANL SAN PEDRO GARZA GARCÍA Jesús Arreola Flores UANL SAN PEDRO GARZA GARCÍA María Aleida Azeneth Oviedo Resendez UANL SAN PEDRO GARZA GARCÍA Minerva Josefina Aguilar De León UANL SAN PEDRO GARZA GARCÍA Sandra E. Sánchez Hernández UANL SAN PEDRO GARZA GARCÍA Sandra Mónica Menchaca Castellanos UANL SAN PEDRO GARZA GARCÍA José Luis Velázquez Gómez UANL SAN PEDRO GARZA GARCÍA Adolfo Álvarez Reyna UANL SANTA CATARINA Delia Magdalena Banda López UANL SANTA CATARINA Diana A. Tello Espinoza UANL SANTA CATARINA Edgar Hernán Quintero Fernández UANL SANTA CATARINA Guillermo Pérez Lujano UANL SANTA CATARINA Jaime A. Camacho Tovar UANL SANTA CATARINA Keny E. Rodríguez De León UANL SANTA CATARINA Liliana Romero Hernández UANL SANTA CATARINA

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Juan Enrique Maltos Estrada UANL SANTA CATARINA Mayra Yadira Monsivais Ipiña UANL SANTA CATARINA Marco Antonio Millán Rosales UANL SANTA CATARINA Miriam Guadalupe López Martínez UANL SANTA CATARINA Mayra J. Rodríguez González UANL SANTA CATARINA Liliana Oyervídez González UDEM CADEREYTA JIMÉNEZ Gerónimo Bosch Hernández UDEM DR. ARROYO Alma Berenice Méndez Saenz UDEM GUADALUPE Cristeen Ariann Medellín Pedroza UDEM GUADALUPE Diana Gutiérrez Pedroza UDEM GUADALUPE Héctor German González Rueda UDEM GUADALUPE Javier A Reyes Vega UDEM GUADALUPE Marco Antonio Alday Jiménez UDEM GUADALUPE Norma Cecilia Panszi Varela UDEM GUADALUPE Paola Reichardt UDEM GUADALUPE Rossana Vargas Delgado UDEM GUADALUPE Rubén Omar Martínez Garza UDEM GUADALUPE Carlos Gerardo Pérez Gómez UDEM LINARES Adrián Mauricio Hinojosa Gutierre UDEM MONTERREY Alejandra Gabriela Crispin Villarreal UDEM MONTERREY Alejandra Garza Treviño UDEM MONTERREY Alejandra Hoyo De La Garza UDEM MONTERREY Alejandra M. Suárez Martínez UDEM MONTERREY Alejandro R Garza Marroquín UDEM MONTERREY Alexandra Lillian Garza Fernández UDEM MONTERREY Ana Cecilia Barbosa Moreno UDEM MONTERREY Ana Margarita Zambrano UDEM MONTERREY Andrea Patricia Saldaña Galván UDEM MONTERREY Antonio Reyes García UDEM MONTERREY Beatríz Eddy Martínez UDEM MONTERREY Belinda Elizabeth Zertuche Quintanilla UDEM MONTERREY Belinda Liliana Cruz Lozano UDEM MONTERREY Brenda Isidora Castañón Villalobos UDEM MONTERREY Cecilia Elizondo Licea UDEM MONTERREY Cecilia Ivette Zaragoza Peña UDEM MONTERREY Cesar Alejandro Cantú Martínez UDEM MONTERREY Cristina Acevedo Bejarcino UDEM MONTERREY David Iván Hernández Villa UDEM MONTERREY Denise Saracho UDEM MONTERREY Diana Elia Castillo Palacios UDEM MONTERREY Erika Nohemi Galarza Reyes UDEM MONTERREY Ethel Solís Márquez UDEM MONTERREY Gabriel Mario Zamudio Leal UDEM MONTERREY Gabriela Mariana González Salazar UDEM MONTERREY Gilberto G. Gil Riveroll UDEM MONTERREY Gregorio Fabián Lecea Salinas UDEM MONTERREY Ignacio Pérez Rojas González UDEM MONTERREY Israel Ulay Ramos UDEM MONTERREY

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Jessica Annel González Treviño UDEM MONTERREY Jesús Vicente Treviño Ramírez UDEM MONTERREY Jorge A. Valles Navarro UDEM MONTERREY José Abraham Rodríguez González UDEM MONTERREY José Eloy Elizondo Guerra UDEM MONTERREY José Guillermo Torres UDEM MONTERREY José Luis Carranza UDEM MONTERREY José Rafael Romero Gaytán UDEM MONTERREY Karla Lorena Treviño Garza UDEM MONTERREY Karla Priscila De La Garza Garza UDEM MONTERREY Leslie Claudian García Esquivel UDEM MONTERREY Lilia Gabriela Armenta Laguna UDEM MONTERREY Lizette Cabañez Leal UDEM MONTERREY Lorena De La Garza Hinojosa UDEM MONTERREY Luisana Fabiola Valtierra García UDEM MONTERREY Martha Patricia Gallaga Ferreyra UDEM MONTERREY Melissa Loredo Montoya UDEM MONTERREY Melissa Lozano Villegas UDEM MONTERREY Melissa Vera Islas UDEM MONTERREY Osbel Antonio Guzmán Anaya UDEM MONTERREY Patricia Nohemí Morales Cid. De León UDEM MONTERREY Rafael Montemayor Ordóñez UDEM MONTERREY Rebeca Gallegos López UDEM MONTERREY Rogelio G. Garza M. UDEM MONTERREY Vera Reyes Chávez UDEM MONTERREY Xóchitl Leal Jaramillo UDEM MONTERREY Yanel Adriana Ávalos García UDEM MONTERREY Alberto Eng De Luna UDEM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Jessica Haidé Garza Martínez UDEM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Mauricio Sánchez Arruti UDEM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Teresa Gabriela Triana Lara UDEM SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Alberto Sada Robles UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Aldo Antonio De Anda González UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Alejandra Mandella González Pastor UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Alejandrina Leal UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Alejandro García Y García UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Ana Gabriela Aguirre Curcó UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Ana Paola De La Rosa Saldaña UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Ana Ruth Vargas UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Andrés Rocha Rojas UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Ángel Gerardo Saldaña Salazar UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Bárbara Bermea UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Bárbara De La Rosa UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Bárbara Margain Z UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Beatriz Alejandra Bueno Velázquez UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Bedya Iriseth Maysen Guzmán UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Carlos Guillermo Armenta López UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Cynthia Marcela Benavides Villarreal UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA

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Daniela Eguiluz Lozano UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Daniela María Gutiérrez Maiz UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA David Fuentes UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Eduardo Javier Noriega Pérez UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Elizabeth Ayala Morales UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Enrique Kuri Balderas UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Eric Zaldivar García UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Erika Khoury Gil UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Estefanía Rosas E UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Fernando Cortés Fernández UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Fernando Leal Treviño UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Fernando Villarreal UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Gabriela Castillón Concha UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Gabriela Galván Cárdenas UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Georgina Yáñez Garza UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Gilberto Montero Ramos UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Héctor Armando Garza López UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Hugo Villarreal González UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Javier Carrizales Salazar UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Jessica Alejandra Gómez Garza UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Jorge Bernardo Garza Herrera UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA José Antonio Charles UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA José Raymundo López Cervantes UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Juan Carlos Zurita Santos UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Karla Maritza Martínez Ramón UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Leonardo Nahle UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Lucía Chapa De Los Santos UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Magdalena Sofía Bremer Saldívar UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Manuel Cantú Guerra UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Manuel D. Villamar González UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Marcela Canavati Nader UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Marcelo Frías Cantú UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Marcos Puente Flores UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA María Elena Bueno Vives UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA María Mayela González Cuello UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Mariana Elizondo Alanís UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Marianela Bermudez Pineda UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Mario Antonio Treviño Treviño UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Martha Celia Villarreal González UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Mauricio Glennie Porras UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Mónica García Garza UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Norma Rocha UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Paola Ortiz González UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Paola Pérez Zeevaert UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Paulina De La Vega Williamson UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Paulina Gutiérrez Vizcano UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Perla Villela Ortiz UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Rita Patricia Servin Pérez UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA

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Rodolfo De La Garza UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Rosa Elia Elizondo Leza UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Rosa Ninel Ojeda Elizondo UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Sandra Edith Lozano Tamayo UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Sonia V. Handal Canavati UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Tomas Ortiz Muñoz UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Verónica Saldívar Rendón UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Zady Alfa Melissa Campos C UDEM SAN PEDRO GARZA GARCÍA Ernesto Del Castillo De La Fuente UDEM SANTA CATARINA María Eugenia Madero Garza UDEM SANTA CATARINA Alejandra Estrada Mendoza UDEM ZARAGOZA Francisco Alejandro Puente Ramírez UDEM ZARAGOZA Carla Bezi Moreda UR APODACA Alejandra González UR GUADALUPE Alejandra Huizar UR GUADALUPE Miguel Ángel Vega UR MONTEMORELOS Arturo Escamilla Mendoza UR MONTERREY Astrid Payon UR MONTERREY Carlos Castro Vizcaya UR MONTERREY Carmen Cecilia Núñez Flores UR MONTERREY Claudia Aymeé Terrazas De La Rosa UR MONTERREY Cosijoopiss UR MONTERREY Daniela Garduño Smit UR MONTERREY Eder Villarreal C. UR MONTERREY Fabiola Lorena Terrazas De La Rosa UR MONTERREY Federico Hinojosa Barona UR MONTERREY Fernado Déyle Pérez UR MONTERREY Juan Antonio Villarreal González UR MONTERREY Liki Aguilar Morales UR MONTERREY Luis Antonio Cancel UR MONTERREY Mario Enrique Saldaña Compean UR MONTERREY Nirha Ríos Moncada UR MONTERREY Oscar Mauricio Villarreal Gattás UR MONTERREY Perla C. Vázquez Alvarado UR MONTERREY Roberto Carlos Rodríguez Reyes UR MONTERREY Yessica Othaí Guerrero Guzmán UR MONTERREY Adrián Eduardo Tamez Ochoa UR SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Oscar Adrián Treviño Martínez UR SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Zaida Luz Macarena Salinas UR SAN NICOLÁS DE LOS GARZA Ángel Esteban Trujillo Villalva UR SAN PEDRO GARZA GARCÍA Gamaliela Garza UR SAN PEDRO GARZA GARCÍA Máximo Flores Montemayor UR SAN PEDRO GARZA GARCÍA Sergio Palomares Aguirre UR SAN PEDRO GARZA GARCÍA Cristina M. Puente Rivero UR SANTA CATARINA José Maldonado Beltrán Del Río UR SANTA CATARINA Linda Cristina Montano Esquivel UTSC GARCÍA Jesús Omar Moctezuma Hernández UTSC GUADALUPE Raúl Oviedo Mentado UTSC GUADALUPE

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Reynaldo Macías Flores UTSC LINARES Aurelio Guadalupe Rodríguez Luna UTSC MONTERREY Juan Gonzalo García Garza UTSC MONTERREY Perla Martínez Navarro UTSC MONTERREY Rafael Alejandro Álvarez Martínez UTSC MONTERREY Cruz Gabriel Martínez Guel UTSC SAN PEDRO GARZA GARCÍA Horacio Alejandro Ramírez Armendáriz UTSC SAN PEDRO GARZA GARCÍA Aarón Tadeo Lara Córdova UTSC SANTA CATARINA Adrián Moreno Rodríguez UTSC SANTA CATARINA Beatriz Socorro Osorio Moreno UTSC SANTA CATARINA Carlos Alberto Rosas Aguilar UTSC SANTA CATARINA Elvia Lizeth Quintan Flores UTSC SANTA CATARINA Gerardo Días Torres UTSC SANTA CATARINA Gustavo Alejandro Dávila Martínez UTSC SANTA CATARINA José Guadalupe Ramos Martínez UTSC SANTA CATARINA José Manuel Cisneros Rojero UTSC SANTA CATARINA Miguel Ángel Rivera Silva UTSC SANTA CATARINA Sheilla Argentina González Banda UTSC SANTA CATARINA

Por lo anteriormente expuesto, motivado y fundado, es de resolverse y se resuelve: PRIMERO.- Se aprueba el nombramiento de los auxiliares absolutamente indispensables para realizar el día de la jornada electoral, las funciones de apoyo administrativo que específicamente les sean encomendadas por la Comisión Estatal Electoral, en los términos del considerando sexto del presente acuerdo. SEGUNDO.- Expídanse los nombramientos correspondientes y la identificación con fotografía que deberán portar el día 6-seis de julio del presente. TERCERO.- Notifíquese a las Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León. CUARTO.- Notifíquese el presente acuerdo a los partidos políticos y coaliciones, por conducto de sus representantes acreditados ante esta Comisión Estatal Electoral, para los efectos legales a que haya lugar. QUINTO.- El presente proyecto de acuerdo se propone por conducto del Comisionado Ciudadano Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación en su caso. Hecho lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Extraordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió como Segundo Vocal, y, Dr. José Gonzalo Mitre Salazar, quien fungió como Tercer Vocal.- Conste. RÚBRICAS

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Monterrey, Nuevo León, a 16-dieciséis de junio de 2003-dos mil tres. Visto para aprobar por el Pleno de este organismo, el dictamen emitido por la Comisión Especial Dictaminadora relativa a la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres; cuanto más consta, convino y debió verse, y. - - - -

RESULTANDO

PRIMERO: Que en cumplimiento con el artículo 81 fracción XV de la Ley Electoral del Estado, la Comisión Estatal Electoral deberá designar a los integrantes de las Comisiones Municipales Electorales y de las Mesas Auxiliares de Cómputo y removerlos cuando hubiere lugar a ello. SEGUNDO: Para el logro de los objetivos planteados en el resultando anterior, y en ejercicio de sus atribuciones, en fecha 21-veintiuno de octubre de 2002-dos mil dos, el Pleno de la Comisión Estatal Electoral, acordó la integración de la Comisión Especial Dictaminadora, integrada por los Comisionados Ciudadanos Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, Lic. José Roble Flores Fernández, Ing. Juan Francisco Llaguno Farías y como suplente, Dr. José Gonzalo Mitre Salazar; cuyas funciones son las de recibir las propuestas de candidatos, formuladas por la ciudadanía en general, para la integración de las Comisiones Municipales Electorales a instalarse en los 51-cincuenta y un municipios en que se compone el Estado de Nuevo León, además deberá de evaluarlas juntamente con los representantes de los partidos políticos, quienes manifestarán las consideraciones que estimen pertinentes sobre si los candidatos reúnen los requisitos contenidos en el artículo 71 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León; así como, proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso, las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello. TERCERO: En fecha 29-veintinueve de mayo de 2003-dos mil tres, se recibió escrito presentado por el Rodolfo Rodríguez Cantú, en su carácter de representante del Partido Revolucionario Institucional, ante la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas, en que manifiesta que la Comisionada Ciudadana Municipal Secretario Norma Garza Villarreal, incumple con el requisito exigido por el artículo 3 de la Ley Electoral del Estado de equidad e imparcialidad, por ser esposa del C. José Alberto Barrientos Cantú, quien ocupa un puesto en el área de servicios primarios en la administración municipal actual del municipio de Agualeguas, Nuevo León, emanada del Partido Acción Nacional y además su hermana la C. Mayela Garza Villarreal, labora en la citada administración municipal como Secretaria del Síndico Municipal, Dr. Gaspar Ibarra Villarreal, quien es el actual representante del Partido Acción Nacional ante la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas, Nuevo León, por lo cual es evidente su parcialidad y falta de equidad, todo ello a favor del Partido Acción Nacional, lo anterior sigue manifestando el compareciente es del dominio público en el municipio y si se

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 50 pretende comprobar basta con solicitar el informe correspondiente a la administración actual para corroborarlo. Una vez acordada su recepción se procedió en los términos del artículo 78 bis II del Reglamento de la Comisión Estatal Electoral y de la Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León, a correr el traslado de ley a la C. Garza Villarreal, para que manifestará lo que corresponda a derecho, así como a los partidos políticos para que manifestaran lo que corresponda a derecho. CUARTO: En fecha 9 de junio de 2003, compareció la Comisionada Ciudadana Secretario Norma Garza Villarreal, manifestando entre otras cosas que es falso lo mencionado por el representante del Partido Revolucionario Institucional, pues en ningún momento incumple con los principios rectores de la función electoral consagrados, entre otros dispositivos en el 3 de la Ley Electoral del Estado, por el contrario, su actuar ha sido inspirado en la equidad, independencia, imparcialidad, legalidad, objetividad y certeza, necesarios para el correcto desarrollo del proceso electoral, en esa forma manifiesta como infundada y frívola la aseveración del C. Rodolfo Rodríguez Cantú, mismo que no acompaña prueba alguna, afirmando que existe un incumplimiento en cuanto a los principios de equidad e imparcialidad, sin que de manera alguna lo demuestre, lo anterior en clara violación al artículo 78 bis del Reglamento de la Comisión Estatal Electoral y de la Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León, pues debe acreditar su dicho.

En virtud de lo anterior, procede la formulación de los razonamientos siguientes:

CONSIDERANDO PRIMERO: Que de acuerdo con el artículo 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, la Comisión Estatal Electoral, es un organismo público de carácter permanente, independiente en sus decisiones y autónomo en su funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya integración fue aprobada por el H. Congreso del Estado, en fecha 26-veintiséis de diciembre de 2001-dos mil uno. SEGUNDO: Que la Comisión Estatal Electoral tiene entre otros fines contribuir al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento del sistema de partidos políticos, garantizando el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral; de igual manera, asegurar que los actos y resoluciones electorales de su competencia se sujeten al principio de legalidad; asimismo, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura democrática; así como la preparación, dirección, organización y vigilancia de los procesos electorales, de conformidad con los artículos 66 fracciones I, IV, V y VI y 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León. TERCERO: Que al crearse por este organismo electoral, la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres, se le asignan entre otras, las facultades y obligaciones de proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello, en consecuencia. CUARTO: Ahora bien, los integrantes de la Comisión Especial Dictaminadora, conforme a las constancias existentes en el sumario consideran que el representante del Partido Revolucionario Institucional ante la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas, ocurre a manifestar que: “la Comisionada Ciudadana Municipal Secretario Norma Garza Villarreal, incumple con el requisito

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 51 exigido por el artículo 3 de la Ley Electoral del Estado, toda vez que no cumple con el requisito de equidad e imparcialidad por ser esposa del C. José Alberto Barrientos Cantú, quien ocupa un puesto en el área de servicios primarios en la administración municipal actual del municipio de Agualeguas, Nuevo León, emanada del Partido Acción Nacional y además su hermana la C. Mayela Garza Villarreal, labora en la citada administración municipal como Secretaría del Síndico Municipal, Dr. Gaspar Ibarra Villarreal, quien es el actual representante del Partido Acción Nacional ante la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas, Nuevo León, por lo cual consideran que su parcialidad y falta de equidad favorecería al Partido Acción Nacional, lo anterior resultando así de dominio público en esa entidad.

Visto lo anterior, es de considerarse como improcedentes las aseveraciones expuesta por el C. Rodolfo Rodríguez Cantú, ya que a criterio de los suscritos Comisionados, el mismo basa sus afirmaciones en deducciones que no encuentran sustento jurídico, y al no ofrecer medios de prueba que acrediten que la C. Norma Garza Villarreal en el ejercicio de su cargo haya contrariado los principios de equidad, imparcialidad, independencia y certeza hace imposible que este Organismo Electoral considere su remoción. Ahora bien, no pasa desapercibido que en el escrito petitorio se aduce que lo anterior es de conocimiento público de esa entidad y que la ilegalidad en el ejercicio de la Comisionada Ciudadana Secretaria se acredita con el solo informe girado a la Administración Municipal de Agualeguas N.L., razón la anterior que de igual manera se considera como infundada, pues es de advertirse que aún y cuando sea emitida opinión por parte del órgano Municipal en relación a los nombres y cargos públicos que ocupan las personas mencionadas en su escrito, no es suficiente para acreditar la aseveración que manifiesta el promovente; es decir, no se acredita que los funcionarios Públicos sean familiares de la C. Comisionada Secretaria, razón por la cual de ninguna manera puede considerarse como suficientes y bastantes los datos que arroja el inconformante para así considerar la remoción que pretende. Ahora bien, aunado a lo anterior, es de considerarse que la sola circunstancia de que la Ciudadana Comisionada sea esposa y/o hermana de diversos funcionarios Públicos, de ninguna manera se transgreden los principios que aduce el promovente y que le son estatuidos por el artículo 3 de la Ley Electoral en el Estado, por lo que se desestima la solicitud presentada con la finalidad de cesar de su cargo a la C. Norma Garza Villarreal como Comisionada Secretaria de la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas Nuevo León;

En virtud de lo anterior, que a Juicio de los suscritos Comisionados Ciudadanos que

integramos la presente Comisión Especial no existe causa grave que motive la remoción de la C. Norma Garza Villarreal, reiterándose el hecho de que no se acompañaron medios de prueba alguno por parte del denunciante Rodolfo Rodríguez Cantú que justifique la causa que aduce; y por el contrario, encontramos que conforme al expediente personal de la C. Garza Villarreal, formado con motivo de la integración de la Comisión Municipal de Agualeguas, de entre las que se destaca que la misma desde el proceso de 1997-mil novecientos noventa y siete, 2000-dos mil ha participado con diversos cargos en la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas, desempeñándose acorde a la Ley Electoral del Estado.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y razonado, es de resolverse y se resuelve: PRIMERO: Se declara improcedente la petición formulada por el representante del Partido Revolucionario Institucional de la Comisión Municipal de Agualeguas, el C. Rodolfo Rodríguez Cantú, relativa a la remoción de la C. Norma Garza Villarreal, como Comisionada Ciudadana Municipal de Agualeguas Nuevo León;

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 52 SEGUNDO: Notifíquese a las partes, dentro del término de Ley, el presente acuerdo, así como a los partidos políticos acreditados, para los efectos legales a que haya lugar. TERCERO: El presente acuerdo se propone por parte de la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales, por conducto de la Comisionada Ciudadana Q.F.B Célica Luz Hinojosa Caballero, al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación en su caso. En virtud de lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Extraordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió con el carácter de Segundo Vocal y el Dr. José Gonzalo Mitre Salazar, quien fungió como Tercer Vocal.- Conste. RÚBRICAS-- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Monterrey, Nuevo León, a 16-dieciséis de junio de 2003-dos mil tres. Visto para aprobar por el Pleno de este organismo, el dictamen emitido por la Comisión Especial Dictaminadora relativa a la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres; cuanto más consta, convino y debió verse, y. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

RESULTANDO PRIMERO: Que en cumplimiento con el artículo 81 fracción XV de la Ley Electoral del Estado, la Comisión Estatal Electoral deberá designar a los integrantes de las Comisiones Municipales Electorales y de las Mesas Auxiliares de Cómputo y removerlos cuando hubiere lugar a ello. SEGUNDO: Para el logro de los objetivos planteados en el resultando anterior, y en ejercicio de sus atribuciones, en fecha 21-veintiuno de octubre de 2002-dos mil dos, el Pleno de la Comisión Estatal Electoral, acordó la integración de la Comisión Especial Dictaminadora, integrada por los Comisionados Ciudadanos Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, Lic. José Roble Flores Fernández, Ing. Juan Francisco Llaguno Farías y como suplente, Dr. José Gonzalo Mitre Salazar; cuyas funciones son las de recibir las propuestas de candidatos, formuladas por la ciudadanía en general, para la integración de las Comisiones Municipales Electorales a instalarse en los 51-cincuenta y un municipios en que se compone el Estado de Nuevo León, además deberá de evaluarlas juntamente con los representantes de los partidos políticos, quienes manifestarán las consideraciones que estimen pertinentes sobre si los candidatos reúnen los requisitos contenidos en el artículo 71 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León; así como, proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso, las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello. TERCERO: Con motivo del escrito presentado por el Lic. Raúl Gracia Guzmán, en su carácter de representante del Partido Acción Nacional, ante esta Comisión Estatal Electoral, en la que manifestaba que la Comisionada Ciudadana Municipal Vocal Amelda Villarreal Cadena, incumplía con el requisito exigido por los artículos 71 fracción V, inciso a, y 94 de la Ley Electoral del Estado, toda vez que ésta desempeñó un cargo público, específicamente en el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de dicho municipio hace menos de cinco años, lo que la hace inelegible para esta función electoral. Para demostrar lo aseverado acompañó diversas documentales,

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 54 consistentes en copia fotostática simple de la nómina municipal con fecha 29-veintinueve de enero de 1999-mil novecientos noventa y nueve, donde se puede observar que la C. Amelda Villarreal Cadena desempeña un cargo público, en dicha fecha, así como copia fotostática simple de una póliza de cheque correspondiente a la misma fecha donde se puede constatar que fue elaborado por la C. Amelda Villarreal Cadena en su carácter de empleada de dicho municipio. Una vez acordada la recepción de los documentos, se procedió en los términos del artículo 78 bis II del Reglamento de la Comisión Estatal Electoral y de las Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León, a correr el traslado de ley a la C. Villarreal Cadena, y a los partidos políticos para que manifestaran lo que corresponda a derecho. CUARTO: En fecha 9 de junio de 2003, compareció la Comisionada Ciudadana Vocal Amelda Villarreal Cadena, manifestando que debido a cuestiones personales presentó a esta Comisión Estatal Electoral su renuncia definitiva e irrevocable, para desarrollar las funciones de Comisionada Ciudadana Vocal de la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas.

En virtud de lo anterior, procede la formulación de los razonamientos siguientes:

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que de acuerdo con el artículo 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, la Comisión Estatal Electoral, es un organismo público de carácter permanente, independiente en sus decisiones y autónomo en su funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya integración fue aprobada por el H. Congreso del Estado, en fecha 26-veintiséis de diciembre de 2001-dos mil uno. SEGUNDO: Que la Comisión Estatal Electoral tiene entre otros fines contribuir al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento del sistema de partidos políticos, garantizando el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral; de igual manera, asegurar que los actos y resoluciones electorales de su competencia se sujeten al principio de legalidad; asimismo, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura democrática; así como la preparación, dirección, organización y vigilancia de los procesos electorales, de conformidad con los artículos 66 fracciones I, IV, V y VI y 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León. TERCERO: Que al crearse por este organismo electoral, la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres, se le asignan entre otras, las facultades y obligaciones de proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello, en consecuencia. CUARTO: Los integrantes de la Comisión Especial Dictaminadora, consideran que por ser motivo de estudio preferente y previo al examen de los motivos de queja planteados en el presente procedimiento, se advierte que opera la causal de sobreseimiento prevista en la fracción III del artículo 272 de la Ley Electoral en el

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 55 Estado, ya que mediante el presente procedimiento se solicita la remoción de la Comisionada Ciudadana Vocal por considerarse que exista una causa grave para ello; ahora bien, de las constancias que integran el presente procedimiento se advierte que en fecha 9 de junio de 2003, compareció la Comisionada Ciudadana Vocal Amelda Villarreal Cadena, manifestando que debido a cuestiones personales presenta a esta Comisión Estatal Electoral su renuncia definitiva e irrevocable para desarrollar las funciones de Comisionada Ciudadana Vocal de la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas, cargo que le fuera conferido en fecha 26-veintiséis de mayo de 2003-dos mil tres, en tal virtud, la Comisión Especial Dictaminadora, considera que al presentar el escrito de renuncia la C. Villarreal Cadena, documental privada la anterior que adminiculada con la solicitud de la Comisión Especial Dictaminadora, merece valor probatorio pleno de conformidad con lo establecido por los artículos 262 fracción II, 262 bis, fracción II y 267 tercer párrafo de la Ley Estatal Electoral, ha quedado sin materia el presente procedimiento a que alude el artículo 78 bis II del Reglamento de la Comisión Estatal Electoral y de la Comisiones Municipales Electorales del Estado de Nuevo León, presentado por el Lic. Raúl Gracia Guzmán, en su carácter de representante del Partido Acción Nacional, por lo que, en la especie se surte la causal de Improcedencia prevista en la fracción III del artículo 272 de la Ley Electoral del Estado. En ese orden de ideas, lo procedente es decretarse el sobreseimiento del presente procedimiento de remoción que se propone al Pleno para su aprobación. Por otra parte, de igual forma se propone al Pleno la sustitución de dicha funcionaria con la persona del C. Luis Procopio Flores Quiroga, quien pasará a desempeñar el cargo de Vocal; sin embargo para designar al Suplente, se deberá emitir una convocatoria en los términos de ley, dirigida a la ciudadanía, en virtud de no contar con reserva integrada para tal efecto; por lo que la nueva conformación de la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas, queda en los términos siguientes:

Agualeguas

Presidente: Mirtala Molina Morlet Secretario: Norma Garza Villarreal Vocal: Luis Procopio Flores Suplente: Vacante

Así mismo, una vez aprobada la propuesta anterior, se solicita al Pleno de este organismo la publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a los que haya lugar.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y razonado, es de resolverse y se

resuelve: PRIMERO: Se aprueba el sobreseimiento del Procedimiento de Remoción de la Comisionada Ciudadana Vocal interpuesto por el C. Licenciado Raúl Gracia Guzmán en su carácter de representante del Partido Acción Nacional, por actualizarse la causal prevista en la fracción III del artículo 272 de la Ley Electoral en el Estado; así como la sustitución de la funcionaria y la nueva integración de la Comisión Municipal Electoral de Agualeguas, Nuevo León; propuesta por la Comisión Especial Dictaminadora, por

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 56 las razones y en los términos descritos en el considerando cuarto de la presente resolución. SEGUNDO: Se ordena la publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a los que haya lugar. TERCERO: Notifíquese a las partes, dentro del término de Ley, el presente acuerdo, así como a los partidos políticos acreditados, para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO: El presente acuerdo se propone por parte de la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales, por conducto de la Comisionada Ciudadana Q.F.B Célica Luz Hinojosa Caballero, al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación en su caso. En virtud de lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Extraordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió con el carácter de Segundo Vocal y el Dr. José Gonzalo Mitre Salazar, quien fungió como Tercer Vocal.- Conste. RÚBRICAS-- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 57

Monterrey, Nuevo León, a 16-dieciséis de junio de 2003-dos mil tres. Visto para aprobar por el Pleno de este organismo, los acuerdos emitidos por la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres; cuanto más consta, convino y debió verse, y. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

RESULTANDO PRIMERO: Que en cumplimiento con el artículo 81 fracción XV de la Ley Electoral del Estado, la Comisión Estatal Electoral deberá designar a los integrantes de las Comisiones Municipales Electorales y de las Mesas Auxiliares de Cómputo y removerlos cuando hubiere lugar a ello. SEGUNDO: Para el logro de los objetivos planteados en el resultando anterior, y en ejercicio de sus atribuciones, en fecha 21-veintiuno de octubre de 2002-dos mil dos, el Pleno de la Comisión Estatal Electoral, acordó la integración de la Comisión Especial Dictaminadora, integrada por los Comisionados Ciudadanos Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, Lic. José Roble Flores Fernández, Ing. Juan Francisco Llaguno Farías y como suplente, Dr. José Gonzalo Mitre Salazar; cuyas funciones son las de recibir las propuestas de candidatos formuladas por la ciudadanía en general, para la integración de las Comisiones Municipales Electorales a instalarse en los 51-cincuenta y un municipios en que se compone el Estado de Nuevo León, además deberá de evaluarlas juntamente con los representantes de los partidos políticos, quienes manifestarán las consideraciones que estimen pertinentes sobre si los candidatos reúnen los requisitos contenidos en el artículo 71 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León; así como, proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso, las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello. TERCERO: En virtud de lo anterior, en fecha 5-cinco de noviembre de 2002-dos mil dos, la Comisión Especial Dictaminadora propuso al Pleno de este organismo, la integración de las Comisiones Municipales Electorales a instalarse en los 51-cincuenta y un municipios en que se compone nuestro Estado, lo cual fue aprobado en esa misma fecha por unanimidad. CUARTO: Apareciendo que el Comisionado Ciudadano Secretario Candelario Alemán Hernández, integrante de la Comisión Municipal Electoral de Bustamante, Nuevo León, presentó su renuncia al cargo conferido por motivos personales.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 58

En virtud de lo anterior, procede la formulación de los razonamientos siguientes:

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que de acuerdo con el artículo 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, la Comisión Estatal Electoral, es un organismo público de carácter permanente, independiente en sus decisiones y autónomo en su funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya integración fue aprobada por el H. Congreso del Estado, en fecha 26-veintiséis de diciembre de 2001-dos mil uno. SEGUNDO: Que la Comisión Estatal Electoral tiene entre otros fines contribuir al desarrollo de la vida democrática y al fortalecimiento del sistema de partidos políticos, garantizando el cumplimiento de los principios rectores del proceso electoral; de igual manera, asegurar que los actos y resoluciones electorales de su competencia se sujeten al principio de legalidad; asimismo, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio y coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura democrática; así como la preparación, dirección, organización y vigilancia de los procesos electorales, de conformidad con los artículos 66 fracciones I, IV, V y VI y 68 de la Ley Electoral del Estado de Nuevo León. TERCERO: Que al crearse por este organismo electoral la Comisión Especial Dictaminadora, que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales a instalarse con motivo del proceso electoral a celebrarse en el año 2003-dos mil tres, se le asignan entre otras, las facultades y obligaciones de proponer al Pleno de la Comisión Estatal Electoral, las remociones y en su caso las sustituciones de los Comisionados Ciudadanos Municipales, conforme al procedimiento establecido para ello, en consecuencia. CUARTO: Considerando el escrito presentado por Candelario Alemán Hernández, Comisionado Ciudadano Secretario, integrante de la Comisión Municipal Electoral de Bustamante, Nuevo León, el cual renunció al cargo que le fuera conferido en fecha 5-cinco de noviembre de 2002-dos mil dos, documental privada la anterior que adminiculada con la solicitud de la Comisión Especial Dictaminadora, merece valor probatorio pleno de conformidad con lo establecido por los artículos 262 fracción II, 262 bis, fracción II y 267 tercer párrafo de la Ley Estatal Electoral; en tal virtud, se propone al Pleno de este organismo electoral, la sustitución de Alemán Hernández, con la persona de la C. Sonia Evelia de León Elizaldi, quien pasará a desempeñar el cargo de Secretario, así como con la persona del C. Gaspar García García, quien pasará a desempeñar el cargo de Vocal, y con la reserva integrada para tal efecto, se designa como suplente al ciudadano Rubilio García Sánchez; por lo que la nueva conformación de la Comisión Municipal Electoral de Bustamante, queda en los términos siguientes:

Bustamante

Presidente: Sandra Elena Rodríguez Zapata Secretario: Sonia Evelia de León Elizaldi Vocal: Gaspar García García Suplente: Rubilio García Sánchez

Así mismo, una vez aprobada la propuesta anterior, se solicita al Pleno de este organismo la publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a los que haya lugar.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 59

Por lo anteriormente expuesto, fundado y razonado, es de resolverse y se resuelve: PRIMERO: Se aprueba la sustitución de los Comisionados Ciudadanos Secretario, Vocal y Suplente y la nueva integración de la Comisión Municipal Electoral de Bustamante, Nuevo León, propuesta por la Comisión Especial Dictaminadora por las razones y en los términos descritos en el considerando cuarto de la presente resolución. SEGUNDO: Se ordena la publicación del presente acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, para los efectos legales a los que haya lugar. TERCERO: Notifíquese, dentro del término de Ley, el presente acuerdo a los partidos políticos acreditados, para los efectos legales a que haya lugar. CUARTO: El presente acuerdo se propone por parte de la Comisión Especial Dictaminadora que conoce sobre la integración y funcionamiento de las 51-cincuenta y un Comisiones Municipales Electorales, por conducto de la Comisionada Ciudadana Q.F.B Célica Luz Hinojosa Caballero, al Pleno de este organismo para su revisión y aprobación en su caso. En virtud de lo anterior, se aprueba por unanimidad, firmando para su debida constancia los Comisionados Ciudadanos que integran el quórum de ley de la presente Sesión Extraordinaria, Lic. José Roble Flores Fernández, en su carácter de Presidente; Ing. Juan Francisco Llaguno Farías, en su carácter de Secretario; Q.F.B. Célica Luz Hinojosa Caballero, en su carácter de Primer Vocal; Dr. Pablo Adolfo Longoria Treviño, quien fungió con el carácter de Segundo Vocal y el Dr. José Gonzalo Mitre Salazar, quien fungió como Tercer Vocal.- Conste.- RÚBRICAS

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R. Ayuntamiento de Monterrey Gobierno Municipal 2000 – 2003

El Presidente Municipal de Monterrey, Nuevo León, C. Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 14 fracción I, 27 fracciones II, y X, 146 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León; 2 y 8 fracciones I y IV del Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Monterrey, Nuevo León y tomando en consideración: Que el R. Ayuntamiento de Monterrey, en sesión de fecha 02-dos de abril del año 2003-dos mil tres, en términos de lo dispuesto por el artículo 146 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, acordó emitir, a través del suscrito, la declaratoria de incorporación al dominio público del bien inmueble donde se encuentra ubicada la Plaza de Hidalgo, toda vez que dicho inmueble es de uso común y constituye un monumento histórico de propiedad municipal, por la cual se encuentra dentro de los supuestos establecidos en las fracciones I y IV del artículo 143 del mismo ordenamiento jurídico. De acuerdo a lo anteriormente expuesto, tengo a bien emitir la siguiente:

DECLARATORIA DE INCORPORACIÓN: Se incorpora al dominio público municipal, del bien inmueble, ubicado en la manzana circundada por las calles Capitán Alberto del Canto, Corregidora, Mariano Escobedo y Miguel Hidalgo, en el Centro de esta Ciudad, cuya superficie total es de 3,053.657 metros cuadrados, teniendo las siguientes medidas y colindancias: Del punto 1 al punto 2 con rumbo SE 01°55´54” mide 55.22 metros y colinda con la calle Capitán Alberto del Canto; del punto 2 al punto 3 con rumbo SW 89°03´02” mide 41.56 metros y colinda con propiedad privada; del punto 3 al punto 4 con rumbo SW 89°29’36” mide 5.52 metros y colinda la calle Mariano Escobedo; del punto 4 al punto 5 con rumbo NW 08°57´15” mide 4.18 metros y colinda con la calle Mariano Escobedo; del punto 5 al punto 6 con rumbo NW 21°50´34” mide 4.11 metros y colinda con la calle Mariano Escobedo; del punto 6 al punto 7 con rumbo NW 40°31´12” mide 2.22 metros y colinda con la calle Mariano Escobedo; del punto 7 al punto 8 con rumbo NW 65°03´11” mide 2.07 metros y colinda con la calle Mariano Escobedo; del punto 8 al punto 9 con rumbo SW 88°16´27” mide 2.29 metros y colinda con la calle Mariano Escobedo; del punto 9 al punto 10 con rumbo SW 62°38´38” mide 3.22 metros y colinda con la calle Miguel Hidalgo, del punto 10 al punto 11 con rumbo NW 02°11´30” mide 4.16 metros y colinda con la calle Miguel Hidalgo; del punto 11 al punto 12 con rumbo NW 02°11´30” mide 40.92 metros y colinda con propiedad privada, del punto 12 al punto 13 con rumbo NE 88°04´55” mide 12.00 metros y colinda con la calle Mariano Escobedo; del punto 13 al punto 1 para cerrar el polígono con rumbo NE 88°04´55” mide 45.62 metros y colinda con propiedad privada; contando con una superficie total de 3,053.657 metros cuadrados. El predio descrito se ubica en el centro de esta Ciudad.

Monterrey, Nuevo León, a 28 de abril del 2003

EL C. PRESIDENTE MUNICIPAL

LIC. FELIPE DE JESÚS CANTU RODRÍGUEZ RÚBRICA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 61

Ayuntamiento de Monterrey Gobierno Municipal 2000-2003

CONVOCATORIA DE LICITACION

PUBLICA NACIONAL

SA-DA/13/2003 La Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, de conformidad con la fracción XXXIII del artículo 18 del Reglamento de Administración Pública del Municipio de Monterrey, a solicitud de la Secretaría de vialidad y tránsito, en cumplimiento de los artículos 20, 21 y 22 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey; convoca, a las personas físicas y morales, a participar en la Licitación de carácter nacional SA-DA/13/2003, para la adjudicación del contrato para el suministro de los bienes que a continuación se describen:

No. de licitación ca

ntida

d ap

roxim

ada

unidad de medida

descripción de los bienes

fecha límite de

inscripción

Junta de

Aclaraciones

Acto de

Presentación Y Apertura de Propuestas

costo de

las bases

SA-DA/13/2003

6330

piezas

abasto de material relativo señalamiento vial.

27 de junio del 2003

las 16:00 horas

24 de junio del 2003,

las 11:00 horas

30 de junio del

2003, a las 16:00horas

$1,500.00M.N.

Las especificaciones y características de los bienes, así como las condiciones para su adjudicación, se encuentran dentro de las Bases. La adquisición de los bienes, serán ejecutados con recursos propios de la Hacienda Pública Municipal. A).- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS INTERESADOS.

1.-Presentar copia del registro actualizado del Padrón de Proveedores del Municipio de Monterrey o inscribirse en el mismo.

2.-Presentar escrito de Solicitud de Inscripción para participar en el concurso de licitación pública. B).- SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y ADQUISICIÓN DE LAS BASES. 1.- El documento que contiene las Bases para la Licitación estará a disposición de los interesados para su consulta o compra a partir del día de su publicación, en las oficinas de la Dirección de Adquisiciones, en el segundo piso de la sede del Ayuntamiento de Monterrey, sita en las calles de Ocampo y Zaragoza sin número, extremo sur de la gran plaza, en el centro de la ciudad, de lunes a viernes en días hábiles, en horario de 8:00 a 16:00 horas. 2.- Los interesados en participar en la presente licitacón deberán adquirir las Bases, en las oficinas de la Dirección de Adquisiciones, previo pago de la cantidad establecida. Dicho pago será hecho en efectivo o cheque certificado expedido a nombre de la Tesorería Municipal de Monterrey, Nuevo León. 3.- La Inscripción a la presente licitación, previo pago de las Bases, se llevará cabo en la misma Dirección de Adquisiciones, en los días y horarios que se señalan en el punto 1 de este inciso. C). SOBRE LA JUNTA DE ACLARACIONES Y EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 62

1.- La Junta de Aclaraciones de las Bases de la presente Licitación se efectuará en la fecha y hora señaladas, en la Sala de juntas de la Secretaría de Administración ubicada en el segundo piso de la sede del Ayuntamiento de Monterrey, resolviendo sobre las dudas surgidas. 2.- El Acto de Presentación y Apertura de Propuestas se celebrará en la fecha y hora indicadas en esta Convocatoria, en la Sala de Juntas de la Secretaría de Administración ubicada en el segundo piso de la sede del Ayuntamiento, sita en Zaragoza y Ocampo s/n, en el centro de Monterrey, N. L. 3.- Ninguna de las condiciones contenidas en las Bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. 4.- No se recibirán o en caso contrario se desecharan las propuestas, ni se celebrará contrato alguno con persona física o moral, que se encuentren enclavadas dentro de cualquiera de los supuestos del Artículo 43, del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey.

D).- DEL SUMINISTRO DE LOS BIENES, FORMA DE PAGO Y ANTICIPOS

1.- El suministro de los bienes, en caso de salir adjudicado, se deberán realizar, conforme a las necesidades solicitadas por la convocante mediante su respectiva orden de compra y se deberán proporcionar según las necesidades de la Secretaría de Administración.

2.- El periodo de pago será de 30 días naturales posteriores a la fecha de entrega de las facturas ante la Dirección de Egresos, el cual podrá ser exigible conforme a lo establecido en el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey.

3.-No se otorgará anticipo alguno.

E).- CRITERIOS GENERALES PARA EL FALLO Y LA ADJUDICACIÓN. La Contratante, de conformidad con la reglamentación vigente, en base en análisis comparativos de las propuestas admitidas y dentro de su presupuesto, previo Acuerdo del Comité de Adquisiciones, emitirá el dictamen que servirá como fundamento para el fallo. El fallo favorable para la Adjudicación correspondiente, se otorgará, a quien cumpla las condiciones legales, espacificaciones técnicas y económicas requeridas en las Bases y que después de traducidas las ventajas técnicas en económicas , garantice satisfactoriamente su cumplimiento en el suministro de los bienes requeridos en la presente Convocatoria. Si una vez evaluadas las propuestas, resultare que dos o más satisfacen los requerimientos de las Bases, el contrato se adjudicará a quien presente la oferta más conveniente en términos de precio, calidad, características técnicas, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes. La presente Convocatoria contiene la información mínima indispensable que deberán conocer las personas físicas o morales interesadas en participar, estas adjudicaciones serán otorgadas por partidas.

Monterrey, N. L. A 19 de junio del 2003

Lic. José Luis García Sánchez Director de Adquisiciones

RÚBRICA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 63 EL C. DR. HUMBERTO GONZÁLEZ GARIBALDI, PRESIDENTE MUNICIPAL DE SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN, A TODOS LOS HABITANTES DE ESTE MUNICIPIO, HACE SABER: QUE EL R. AYUNTAMIENTO DE CIUDAD SANTA CATARINA, NUEVO LEÓN, EN SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO No. 12/2003-III CELEBRADA EL DÍA 29 DE ABRIL DEL 2003, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 26 INCISO A), FRACCIÓN VII, 27 FRACCIÓN IV Y DEL 160 AL 168 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACÓN PÚBLICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, APROBÓ AGREGAR UN GLOSARIO DE TÉRMINOS PARA LA ASIGNACIÓN DE NOMENCLATURA AL REGLAMENTO PARA LA DENOMINACIÓN DE CALLES, AVENIDAS, COLONIAS, PLAZAS PÚBLICAS, PARQUES, JARDINES, GIMNASIOS Y DEMÁS BIENES DE USO COMÚN Y PÚBLICO DEL PATRIMONIO MUNICIPAL Y NUMERACIÓN DE FINCAS DEL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA NUEVO LEÓN, MISMO QUE FUE PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL EN FECHA 05 DE JULIO DEL 2002, PARA QUEDAR DE LA FORMA SIGUIENTE:

G L O S A R I O Andador: Espacio Público más reducido que una calle peatonal, exclusivo para peatones, cuyo propósito es el tránsito de personas y la comunicación de predios a cierta distancia. Autopista: Carretera pública o privada especialmente acondicionada para grandes velocidades con calzadas físicamente separadas para sentidos contrarios y sin cruces a nivel con otras vías; exclusivas para vehículos de motor y con accesos, salidas y retornos en puntos especiales. Generalmente tienen carácter regional o interregional y comunican en forma expedita ciudades y/o lugares importantes. Avenida: Vía pública ancha, en ocasiones arbolada, con más afluencia vehicular que la de una calle común y que el separador central no permite la circulación peatonal. Bulevar: Calle pública generalmente ancha y con arboles, debiendo respetar su doble sentido vial. Calzada: Vía pública, ancha, en ocasiones arbolada, con más afluencia vehicular que la de una calle común y que en su separador central tiene un área destinada para la circulación peatonal. Calle: Espacio de uso público limitado por diversos predios edificados o no y cuyas funciones principales son: permitir el tránsito de personas y vehículos, comunicando entre sí los predios que la delimitan, alojando los servicios públicos de infraestructura, posibilitando la circulación hacia otras calles y en consecuencia hacia otros predios más o menos distantes. En zonas habitacionales, este tipo de arterias pueden ser determinadas como de velocidad restringida. . Calle peatonal: Espacio público destinado especialmente a la circulación de peatones fuera de la circulación vehicular, como adición o parte de la vialidad o separadores en el interior de las manzanas. Carretera: Espacio público ancho, pavimentado y dispuesto para tránsito de vehículos. Libramiento: Son espacios públicos pavimentados que unen distintos centros de población o evitan el paso a través del mismo centro. Pasaje: Sitio o lugar público por donde se comunican dos calles, algunas veces cubierto. Paseo: Sitio público y de corta distancia que puede recorrerse peatonalmente. Periférico o Anillo Periférico: Espacio público pavimentado que rodea a un núcleo urbano exclusivo para vehículos de motor que transiten a alta velocidad, con accesos, salidas y retornos en puntos especiales. Privada: Espacio público a manera de calle cerrada en uno de sus extremos longitudinales, debiendo tener un retorno en dicho extremo. Prolongación: Continuación de una calle o avenida pública que en ocasiones sufre modificación o reducción a sus características originales. Viaducto: Obra pública a manera de puente para el paso de una vía férrea o automovilística sobre una hondonada.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 64 Vialidad: Conjunto de las vías o espacios geográficos destinados a la circulación o desplazamiento de vehículos y peatones; distinguiéndose generalmente en el medio urbano como vialidad vehicular, vialidad peatonal y vialidad especial, destinada esta última a la circulación de vehículos especiales. En cuanto a la extensión vehicular considerada puede ser: local, urbana, regional, estatal, nacional, internacional, etc.

T R A N S I T O R I O

UNICO: El presente glosario entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Dado en la Presidencia Municipal de Santa Catarina, N. L., A 23 de Mayo del 2003

DR. HUMBERTO GONZALEZ GARIBALDI PRESIDENTE MUNICIPAL

RÚBRICA

C. TRINIDAD ESCOBEDO AGUILAR SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 65

Orden No. 903.-20-30

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 66

DEPARTAMENTO DE CONCURSOS

Convocatoria: 004 El Gobierno del Estado de Nuevo León, a través del COMITÉ DE CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, en cumplimiento a lo dispuesto en la ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León, convoca a las personas físicas y morales que deseen participar en las licitaciones para la adjudicación de las obras que enseguida se indican:

Licitación Pública Nacional

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite para adquirir

las bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de los trabajos

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Acto de apertura económica

48066001-009-03 $ 1,900.00 Costo en compranet:

$ 1,600.00

02/07/2003 02/07/2003 15:00horas

02/07/2003 09:00 horas

09/07/2003 09:00 horas

15/07/2003 09:00 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio

Plazo de ejecución

Capital contable requerido

1010302 PRIM. NUEVA CREACIÓN 2003-2004, COL. VALLE DE LAS PALMAS 2do sector, APODACA (6 Aulas + 14 Anexos) OT 851

28/07/2003 141 $ 1,100,000.00

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite

para adquirir las bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de los trabajos

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Acto de apertura económica

48066001-010-03 $ 1,900.00 Costo en compranet:

$ 1,600.00

02/07/2003 02/07/2003 15:30horas

02/07/2003 09:00 horas

09/07/2003 10:00 horas

15/07/2003 10:00 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio

Plazo de ejecución

Capital contable requerido

1010302 PRIM. NUEVA CREACIÓN 2003-2004, COL. ALBERTA ESCAMILLA, APODACA (6 Aulas + 15 Anexos) OT 892

28/07/2003 141 $ 1,200,000.00

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite

para adquirir las bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de los trabajos

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Acto de apertura económica

48066001-011-03 $ 1,900.00 Costo en compranet:

$ 1,600.00

02/07/2003 02/07/2003 16:00horas

02/07/2003 09:00 horas

09/07/2003 11:00 horas

15/07/2003 11:00 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio

Plazo de ejecución

Capital contable requerido

1010306 PAQUETE 1026 DE IMPERMEABILIZACIÓN CON PREFABRICADO SBS 4MM, Diversas Localidades de los municipios de Mier y Noriega, Dr. Arroyo, Aramberri, Gral. Terán, Hualahuises, Linares y Santiago, Nuevo León

( 27,989.07 M2 ) OT 1026

28/07/2003 92 $ 820,000.00

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite

para adquirir las bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de los trabajos

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Acto de apertura económica

48066001-012-03 $ 1,900.00 Costo en compranet:

$ 1,600.00

02/07/2003 02/07/2003 16:00horas

02/07/2003 09:00 horas

09/07/2003 12:00 horas

15/07/2003 12:00 horas

Orden No. 915.-20

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN COMITÉ DE CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS

CERTIFICADO ISO 9001 : 2000

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 67 Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio

Plazo de ejecución

Capital contable requerido

1010306 PAQUETE 1029 DE IMPERMEABILIZACIÓN CON PREFABRICADO SBS 4MM, Diversas Localidades del Municipio de Monterrey, Nuevo León

(30,035.42 M2) OT 1029

28/07/2003 92 $ 900,000.00

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite

para adquirir las bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de los trabajos

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Acto de apertura económica

48066001-013-03 $ 1,900.00 Costo en compranet:

$ 1,600.00

02/07/2003 02/07/2003 16:00horas

02/07/2003 09:00 horas

09/07/2003 13:00 horas

15/07/2003 13:00 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio

Plazo de ejecución

Capital contable requerido

1010306 PAQUETE 1030 DE IMPERMEABILIZACIÓN CON PREFABRICADO SBS 4MM, Diversas Localidades del Municipio de Monterrey, Nuevo León,

( 23,808.00 M2 ) OT 1030

28/07/2003 92 $ 700,000.00

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite

para adquirir las bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de los trabajos

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Acto de apertura económica

48066001-014-03 $ 1,900.00 Costo en compranet:

$ 1,600.00

02/07/2003 02/07/2003 16:00horas

02/07/2003 09:00 horas

09/07/2003 15:30 horas

15/07/2003 15:30 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio

Plazo de ejecución

Capital contable requerido

1010306 PAQUETE 1027 DE IMPERMEABILIZACIÓN CON PREFABRICADO SBS 4MM, Diversas Localidades del Estado de Nuevo León,

( 22,472.00 M2 aprox. ) OT 1027

28/07/2003 92 $ 660,000.00

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite

para adquirir las bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de los trabajos

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Acto de apertura económica

48066001-015-03 $ 1,900.00 Costo en compranet:

$ 1,600.00

02/07/2003 02/07/2003 17:00horas

02/07/2003 09:00 horas

09/07/2003 16:30 horas

15/07/2003 16:30 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio

Plazo de ejecución

Capital contable requerido

1010305 PAQUETE 1033 DE REHABILITACIÓN DE ESCUELAS, Diversas Localidades del Estado de Nuevo León,

( 9 PLANTELES EDUCATIVOS ) OT 1033

28/07/2003 92 $ 550,000.00

No. de licitación Costo de las bases Fecha límite

para adquirir las bases

Junta de aclaraciones

Visita al lugar de los trabajos

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Acto de apertura económica

48066001-016-03 $ 1,900.00 Costo en compranet:

$ 1,600.00

02/07/2003 02/07/2003 17:30horas

02/07/2003 09:00 horas

09/07/2003 17:30 horas

15/07/2003 17:30 horas

Clave FSC (CCAOP)

Descripción general de la obra Fecha de inicio

Plazo de ejecución

Capital contable requerido

1010305 PAQUETE 1068 DE REHABILITACIÓN DE ESCUELAS, Diversas Localidades del Estado de Nuevo León,

( Reasignación de Paquete de Rehabilitación ) OT 1068

28/07/2003 92 $ 500,000.00

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 68

*La procedencia de los recursos son: para 48066001-009-03 y 010-03 del Programa Estatal de Obras 2003 del

Nivel Básico, para 48066001-011-03, 012-03, 013-03 y 014-03 del Programa Estatal de Impermeabilización 2003 del Nivel Básico y 48066001-015-03 y 016-03 del Programa Estatal de Rehabilitación 2002 del Nivel Básico.

A).- CONSULTA Y VENTA DE BASES Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://www.compranet.gob.mx, o bien en: la Convocante con domicilio en calle Ave. Lic. Raúl Rangel Frías No. 4700, Colonia Valle de Las Mitras, C. P. 64300, Monterrey, Nuevo León, de lunes a viernes y con el siguiente horario: 9:00 a 14:00 hrs. La forma de pago es: En convocante: mediante ficha de depósito en la cuenta bancaria No. 4330-666 del Banco Nacional de México, sucursal Lincoln, de esta ciudad, a favor del Comité de Construcción de Escuelas, misma que deberá ser presentada en el domicilio de la convocante para su registro correspondiente. En compraNET: mediante los recibos que genera el sistema. ANTICIPOS: En los contratos de las obras mencionadas se pactará la entrega de dos anticipos: uno equivalente al 10%, para el inicio de obra, y otro del 15 %, que se pagará de la siguiente manera: 5% con la firma del contrato, 5% al presentar la(s) obra(s) 15% de avance físico y el 5% restante al presentar la (s) obras (s) un 25% de avance físico, para la compra y producción de materiales de construcción, adquisición de equipos de instalación permanente y demás insumos necesarios, del valor del contrato o, en su caso, de la asignación presupuestal aprobada para el primer ejercicio. B).-DOCUMENTOS Y PODERES QUE DEBERÁN ACREDITARSE: El licitante deberá cubrir los siguientes requisitos y presentar en original y copia simple la siguiente documentación en el domicilio de la convocante para proceder a su registro y otorgará en su caso, las facilidades necesarias a este COMITÉ para comprobar su veracidad: 1.-Solicitud por escrito de la empresa, manifestando su interés en participar en esta licitación, firmada por el administrador o apoderado legal. 2.-En el caso de las personas morales Acta constitutiva y sus modificaciones, debidamente protocolizadas ambas con sello del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, según su naturaleza jurídica, en la que conste que se constituyó conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional. Tratándose de personas físicas, presentar copia del acta de nacimiento certificada, o en su caso, la carta de naturalización respectiva expedida por la autoridad competente, Alta en SHCP, y la documentación con la que demuestre tener su domicilio legal en el territorio nacional. 3.-Cédula de Identificación Fiscal, otorgada por la SHCP. 4.-Documentos notariales que acrediten a la persona que suscriba la proposición como Apoderado o Administrador de la empresa con las facultades legales expresas para comprometerse y contratar en nombre y representación de la misma; la persona antes citada podrá otorgar carta poder simple a otra, para que en su nombre y representación asista a los diferentes actos de la Licitación, acompañando original y copia de identificación oficial con fotografía y firma. 5.- El Capital contable mínimo requerido, el cual se comprobará con base al ultimo estado financiero auditado por Contador Publico Independiente (anexando a los mismos copia de la cédula profesional del Contador Público) o declaración fiscal anual del ejercicio inmediato anterior(2002). En caso de existir aportaciones para futuros aumentos de capital u otras cuentas de capital estas deberán comprobarse con la documentación respectiva. 6.-Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en alguno de los supuestos señalados en el Artículo 44 de la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León. 7.-Formato de datos de Identificación del LICITANTE, (que se incluye al final de las bases de la licitación), debidamente elaborado, en el que el firmante manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para suscribir a nombre de su representada la propuesta correspondiente. 8.- Recibo de pago de las Bases. 9.- Identificación oficial con fotografía y firma. 10.- Comprobante reciente de domicilio. En el caso de que el licitante se registre por medio de CompraNET, deberá reunir los mismos requisitos. C).- EXPERIENCIA TÉCNICA Y CAPACIDAD FINANCIERA La experiencia técnica y capacidad financiera que deberán acreditar los interesados consiste en: experiencia del responsable técnico de la obra en obras similares a las del objeto de esta licitación, acreditada con el curriculum vitae y la cédula profesional. Además se deberá acreditar la experiencia de la empresa mediante la presentación del curriculum, y en su caso, copia de las carátulas de los contratos y/o de las actas de entrega-recepción de los contratos que ha celebrado con otras dependencias o entidades. La capacidad financiera se comprobará con base al ultimo estado financiero auditado por Contador Publico Independiente (anexando a los mismos copia de la cédula profesional del Contador Público) o declaración fiscal anual del ejercicio inmediato anterior (2002). En caso de existir aportaciones para futuros aumentos de capital u otras cuentas de capital estas deberán comprobarse con la documentación respectiva. D).- PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES, APERTURA DE PROPUESTAS TECNICA Y ECONOMICA, VISITA, JUNTA DE ACLARACIONES, MONEDA, IDIOMA, CONDICIONES DE PAGO Y SUBCONTRATOS Los actos de presentación de propuestas y aperturas técnicas y económicas, visita y junta de aclaraciones se efectuarán los días y horas señalados en esta convocatoria, y se llevarán a cabo en la sala TOLTECAS de la Convocante. La visita al lugar de la obra o a los trabajos se realizará partiendo de Ave. Lic. Raúl Rangel Frías 4700, Col. Valle de las Mitras, Monterrey, N. L, C. P. 64300 Monterrey, Nuevo León.

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 69 * La(s) moneda(s) en que deberá(n) cotizarse la(s) proposición(es) será(n): Peso (s) Mexicano. *El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: Español . CONDICIONES DE PAGO Las condiciones de pago son: Los pagos de los trabajos ejecutados se efectuarán mediante estimaciones revisadas y conciliadas que abarquen periodos no mayores de 30 días, las que serán pagadas dentro de los diez días hábiles siguientes a partir de su recepción y aceptación por el Comité de Construcción de Escuelas. E).- CRITERIOS GENERALES DE ADJUDICACION Los criterios generales para la adjudicación del contrato serán: La Dependencia convocante, con base en el análisis comparativo de las proposiciones admitidas y en su propio presupuesto de la obra, emitirá un dictamen que servirá como fundamento para el fallo. En junta pública o por notificación escrita se dará a conocer el fallo mediante el cual se adjudicará el contrato a la persona que, de entre los proponentes: a).- Reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas, b).- Garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato, y c).- Cuente con la experiencia requerida para la ejecución de los trabajos. Si una vez considerados los criterios anteriores resultare que dos o más propuestas son solventes y satisfacen la totalidad de los requerimientos de la Dependencia, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea más bajo.

Monterrey, Nuevo León, a 20 de Junio del 2003. Lic. Rosalinda Reyna Flores

Directora General del Comité de Construcción de Escuelas RUBRICA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 70

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEON SERVICIOS DE AGUA Y DRENAJE DE MONTERREY, I.P.D.

CONVOCATORIA PUBLICA NACIONAL Convocatoria:010

El Gobierno del Estado de Nuevo León, a través de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León, convoca a las personas físicas y morales que tengan interés en participar en las licitación de Obra Pública en base a Contrato a precio unitario y tiempo determinado de la obra que a continuación se describe.

No. de licitación Costo de las bases Visita al lugar de la obra o los trabajos Junta de aclaraciones Presentación de proposiciones y apertura técnica Acto de apertura económica

48062001-021-03 $ 1,400 Costo en compraNET:

$ 1,000

04 / Jul / 2003 10:00 hrs. Oficinas de SADM en Anahuac, N.L.

04 / Jul / 2003 16:00 hrs. Coordinación de Control de Obras

11 / Jul / 2003 16:00 hrs. Coordinación de Control de Obras

16 / Jul / 2003 10:00 hrs. Coordinación de Control de Obras

Clave FSC (CCAOP) Descripción general de la obra

Fecha de inicio Fecha de terminación Capital Contable Requerido en miles de pesos

00000 Suministro e instalación de tubería de polietileno de alta densidad de 20” de diámetro de la Presa Salinillas a Planta Potabilizadora de Anahuac, N.L. del cad. 0+000 al 36+970. 01 / Ago / 2003 28 / Nov / 2003 15,000

LA FECHA LIMITE PARA LA ADQUISICION DE LAS BASES Y DE LA INSCRIPCION EN LA LICITACION SERA HASTA EL DIA 04 DE JULIO DE 2003_A LAS 15:00 HRS. El costo de las obras serán cubierto con recursos propios (Estatal) de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. La descripción detallada de los trabajos a ejecutar para la obra y especificaciones se señalan dentro de las bases de licitación. Los planos se encuentran a su disposición en la Coordinación de Control de Obras mediante la acreditación del pago de las bases. Las bases de licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en: Internet: http//compranet.gob.mx, o bien en la Coordinación de Control de Obras ubicada en Matamoros 1717 Pte. 2º Piso Col. Obispado en Monterrey, N.L., de lunes a viernes en horario de 9:00 a 15:00 hrs. SERVICIOS DE AGUA Y DRENAJE DE MONTERREY, I.P.D. NO ESTA EN CONDICIONES DE RECIBIR PROPUESTAS POR USO DE MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACION ELECTRONICA. La forma de pago es, en convocante, con cheque certificado o de caja a favor de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. en compranet, a través del sistema de pagos por medio del recibo que para tal efecto genera el sistema, el costo de las bases antes mencionada incluyen I.V.A.

El plazo de ejecución de los trabajos será de 120 días naturales con la fecha de inicio señalada. Ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la (s) licitación (es), así como en las proposiciones presentadas por el licitante, podrán ser negociadas. 1.-REQUISITOS QUE DEBERAN CUMPLIR LOS INTERESADOS.

Los interesados deberán presentar la siguiente documentación y otorgarán en su caso, las facilidades necesarias a la convocante para comprobar su veracidad. A).- Solicitud escrita, firmada por el concursante o su representante legal, manifestando su interés en participar. B).- El capital contable minimo requerido, el que se comprobara con base en el Estado Financiero Auditado por Contador Publico independiente o Declaración Fiscal Anual ambos casos al periodo Ene-

Dic 2002. C).- Testimonio del acta constitutiva y sus modificaciones en caso de ser persona moral, o identificación con fotografía en caso de ser persona física, en ambos casos se deberá acompañar

una copia de la cédula de identificación fiscal. D).- Instrumento jurídico idóneo que acredite los poderes necesarios a favor de quien firmara la propuesta técnica y económica y en su caso, el contrato. E).- Declaración escrita y bajo protesta de decir verdad, firmada por el concursante o su representante legal de no encontrarse en alguno de los supuestos señalados en el artículo 44 de la Ley de

Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León. F).- La experiencia técnica que deberán acreditar los interesados consiste en:

La acreditación mediante el curriculum de la empresa y del personal técnico a su servicio que compruebe su capacidad técnica y experiencia en la ejecución de obras similares a la descrita en la licitación y que dispone del equipo mínimo indispensable para la ejecución de la obra.

G).- En su caso, registro actualizado en la Cámara que le corresponda. H).- En el caso de asociación, los requisitos A, B, C, D, E, F y G deberán ser presentados individualmente firmados por las empresas asociadas, así como el contrato simple

de asociación. 2.-VENTA Y ENTREGA DE DOCUMENTOS.

2.1.- La convocante a quienes cumplan con todos y cada uno de los requisitos de la presente convocatoria, se les proporcionarán las bases de la licitación, previo comprobante de pago, en la Coordinación de Control de Obras ubicada en Matamoros 1717 Pte. segundo piso Colonia Obispado en Monterrey, N.L., a partir de la fecha de la convocatoria de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 hrs. hasta el día 04 de Julio de 2003 a las 15:00 hrs.

2.2.- La adjudicación se ajustará a los criterios que establece la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León. 2.3.- El idioma en que deberá de presentar la proposición será el español. 2.4.- Condiciones de pago, por estimaciones que abarquen periodos no mayores de treinta días naturales, por trabajos ejecutados los cuales serán pagados dentro de un plazo no mayor a veinte días

hábiles, apartir del ingreso en tesorería. 2.5.- Las monedas en que deberá cotizarse las proposiciones será: Peso Mexicano.

3.-ANTICIPO. Se otorgará un anticipo del 30% (Treinta por ciento) del valor total del contrato, (10% para inicio de la obra y 20% para la compra y producción de materiales de construcción, adquisición de equipo de instalación permanente), el cual no tendrá derecho a ajuste de costos.

4.-APERTURA DE PROPOSICIONES. La presentación y apertura de proposiciones del concurso, se efectuará en la fecha y hora indicada, en la Coordinación de Control de Obras de SADM ubicada en Matamoros 1717 Pte. 2do. Piso, Colonia Obispado, Monterrey, Nuevo León y será de acuerdo a los Artículos 32, 36 y 50 de la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León. Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. se reserva el derecho de rechazar las proposiciones que no reúnan las condiciones técnicas o económicas establecidas en los paquetes de la documentación.

5.-CRITERIOS GENERALES DE ADJUDICACIÓN. Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D., con base en el análisis comparativo de las proposiciones admitidas y en su propio presupuesto de la obra, elaborará un dictamen que servirá como fundamento para emitir el fallo para adjudicar el contrato a la persona o empresa que de entre los proponentes: A).- Reúna las condiciones legales , técnicas y económicas requeridas por la convocante, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato. B).- Cuente con la experiencia requerida para la ejecución de los trabajos. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes y por lo tanto satisfacen la totalidad de los requerimientos de la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo.

Orden No. 921.-20

MONTERREY, N.L., MEXICO A 20 DE JUNIO DE 2003

SERVICIOS DE AGUA Y DRENAJE DE MONTERREY, I.P.D. DIRECTOR GENERAL

RÚBRICA

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 71

LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L. A TRAVES DE LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, EN CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 39 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE NUEVO LEON, HACE DEL CONOCIMIENTO EN GENERAL DE LOS PARTICIPANTES GANADORES EN LAS SIGUIENTES LICITACIONES PUBLICAS.:

LICITACION 48078001-010-03 48078001-011-03 48078001-012-03

DESCRIPCION DE LA OBRA

CONSTRUCCION DE CANCHA POLIVALENTE

CONSTRUCCION DE ANDADORES

CONSTRUCCION DE SISTEMA DE ALUMBRADO

UBICACION DE LA OBRA CAMELLON CENTRAL DE AV. REPUBLICA MEXICANA COL. LA NOGALERA

CAMELLON CENTRAL DE AV. REPUBLICA MEXICANA COL. LA NOGALERA

CAMELLON CENTRAL DE AV. REPUBLICA MEXICANA COL. LA NOGALERA

PARTICIPANTE GANADOR ARQ. EDYA BARBOSA CANTU INOVACERO, S.A. DE C.V. KARIBU CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V.

MONTO INCLUYE I.V.A. $361,072.68 $1´200,939.89 $424,948.89

INICIO 26 DE MAYO 2003 26 DE MAYO 2003 26 DE MAYO 2003 TERMINACIÓN 19 DE JULIO 2003 08 DE AGOSTO 2003 08 DE AGOSTO 3003

San Nicolás de los Garza, Nuevo León a 20 de Junio del 2003

ING. FERNANDO ALEJANDRO LARRAZABAL BRETON ING. ALBERTO MEDRANO GUERRA Presidente Municipal

San Nicolás de los Garza, N. L. Secretario de Obras Públicas Desarrollo

Urbano y Ecología Presidencia Municipal de San Nicolás de

los Garza, N.L.

Orden No. 917.-20

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 72

LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L. A TRAVES DE LA SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, EN CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 39 DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE NUEVO LEON, HACE DEL CONOCIMIENTO EN GENERAL DE LOS PARTICIPANTES GANADORES EN LAS SIGUIENTES LICITACIONES PUBLICAS.:

LICITACION 48078001-013-03 48078001-014-03

DESCRIPCION DE LA OBRA CONSTRUCCION DE SISTEMA DE RIEGO Y PASTO EN ROLLO

CONSTRUCCION DE JUEGOS INFANTILES

UBICACION DE LA OBRA CAMELLON CENTRAL DE AV. REPUBLICA MEXICANA COL. LA NOGALERA

CAMELLON CENTRAL DE AV. REPUBLICA MEXICANA COL. LA NOGALERA

PARTICIPANTE GANADOR SR. ILDEFONSO GUSTAVO GARZA TREVIÑO ARQ. EDYA BARBOSA CANTU

MONTO INCLUYE I.V.A. $440,070.36 $367,149.07 INICIO 26 DE MAYO 2003 26 DE MAYO 2003 TERMINACIÓN 19 DE JULIO 2003 19 DE JULIO 2003

San Nicolás de los Garza, Nuevo León a 20 de Junio del 2003

ING. FERNANDO ALEJANDRO LARRAZABAL BRETON ING. ALBERTO MEDRANO GUERRA Presidente Municipal

San Nicolás de los Garza, N. L. Secretario de Obras Públicas Desarrollo

Urbano y Ecología Presidencia Municipal de San Nicolás de

los Garza, N.L.

Orden No. 918-20

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 73

MUNICIPIO DE SANTA CATARINA, NUEVO LEON SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

AVISO DE FALLO

En observancia a lo dispuesto en la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León y en lo estipulado en su artículo 39, se hace del conocimiento del fallo de las siguientes licitaciones, las cuales se llevaron a cabo mediante el procedimiento de convocatoria pública según oficio de autorización-aprobación No. 134/03. Contrato Plazo de Unidad de Monto adjudicado Fecha de emisión Localidad Nombre y Domicilio del ejecución medida incluyendo el de fallo y adjudicación Contratista Adjudicado I.V.A. del contrato CP-GOB-PMS- 60 DIAS CONTRATO 2,406,297.90 13/JUNIO/03 CALLE LERDO ING. ROGELIO FCO. JIMÉNEZ ESPINOZA 4DU-O4/03 DE TEJADA CALLE MIGUEL BARRAGÁN No. 2205 COL. TALLERES, MONTERREY, N.L. CP-GOB-PMS- 65 DIAS CONTRATO 6,499,661.18 13/JUNIO/03 CALLE CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS DEL NORESTE, 4DU-05R/03 GALEANA S.A. DE C.V. CALLE BUSTAMANTE No. 808, COL. LOS ALTOS ESCOBEDO, N.L. CP-GOB-PMS- 60 DIAS CONTRATO 2,849,293.97 13/JUNIO/03 COL. BOSQUES CONSTRUCTORA PEÑA PALMA, S.A. DE C.V. 4DU-06/03 DEL PONIENTE AV. 10 DE MAYO No. 210 COL. LIBERTAD, (AGOSTO TRAMO 3) GUADALUPE, N.L. CP-GOB-PMS- 60 DIAS CONTRATO 2,471,490.21 13/JUNIO/03 AV. INDUSTRIALES DESARROLLOS LOCSA, S.A. DE C.V. 4DU-07R/03 DEL PONIENTE CALLE IRAPUATO No. 110 COL. MITRAS CENTRO LADO SUR MONTERREY, N.L. Nombre y domicilio de la dependencia: Secretaría de Obras Públicas, avenida Manuel Ordóñez número 319 Ote., código postal 66350, Santa Catarina, Nuevo León.

CIUDAD SANTA CATARINA, N.L. A 23 DE JUNIO DEL 2003. REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DE CIUDAD SANTA CATARINA, N.L.

RUBRICA C. PRESIDENTE MUNICIPAL DR. HUMBERTO GONZALEZ GARIBALDI

RUBRICA RUBRICA C. SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO C. SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

LIC. TRINIDAD ESCOBEDO AGUILAR ARQ. HERIBERTO MARTINEZ OVIEDO Orden No. 919-20

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 74

--- BALANCE GENERAL AL 31/MAR/2003. ------------------- PASIVO

CIRCULANTE -------------------

CAPITAL

CAPITAL SOCIAL 1,000,000.00

RESULTADO DEL EJERCICIO ANT. -4,302,903.66

RESULTADOS DEL EJERCICIO 3,302,903.66

Monterrey, N.L. a 31 de Marzo del 2003.

firma

____________________________

Lic. Adrián Rafael Laffitte Bretón

Administrador Único

Orden No. 907.-20

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 75

--------------------------ESTADO DE RESULTADOS-------------------------------

01/MAR/03 AL 31/MAR/03

PERIODO ACUMULADO

INGRESOS 3,915,216.70 100.00% 3, 915,216.70 100.00%

3,915,216.70 100.00% 3,915,216.70 100.00%

COSTO POR 612,313.04 15.64% 612,313.04 15.64%

VENTA DE ACTIVOS

612,313.04 15.64% 612,313.04 15.64%

UTILIDAD

BRUTA 3,302,903.66 84.36 3,302,903.66 84.36%

GASTOS ---------------- -----------------

UTILIDAD

DE OPERACIÓN 3,302,903.66 84.36% 3,302,903.66 84.36%

UTILIDAD ANTES

DE IMPUESTOS 3,302,903.66 84.36% 3,302,903.66 84.36%

UTILIDAD

NETA 3,302,903.66 84.36% 3,302,903.66 84.36%

Monterrey, N.L. a 31 de Marzo del 2003.

firma

____________________________

Lic. Adrián Rafael Laffitte Bretón

Administrador Único Orden No. 908.-20

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 76 Orden No. 910.-20 Orden No. 911.-20

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 79 Orden No. 912.-20 Orden No. 913.-20

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CONVOCATORIA

De conformidad al Artículo Décimo Octavo de los Estatutos Sociales de “GIANT IMAGES DE MÉXICO”, S.A. de C.V., se convoca a sus accionistas a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA que tendrá verificativo a las 11:00 horas del día 8 de Julio del 2003, en las oficinas de la sociedad ubicadas en la Carretera Miguel Alemán Kilómetro 16.5-A, en el Municipio de Apodaca, Nuevo León; en el cual se tratará el siguiente:-

O R D E N D E L D I A

I.- Nombramiento o Ratificación en su caso del Órgano de Administración de la Sociedad, así como del Comisario de la misma.

II.- Designación de Apoderados Generales de la empresa y otorgamiento de poderes y facultades.

III.- Nombramiento de Delegado de la Asamblea.

Los accionistas registrados en el Libro respectivo de la Sociedad, podrán asistir personalmente a la asamblea o a través de mandatario, con las formalidades que señalan los estatutos sociales de la empresa.

Apodaca, N.L. a 12 de Junio del 2003

IBET DURAZO VILCHIS

ADMINISTRADOR UNICO Orden No. 914.-20

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UCAR CARBON MEXICANA, S.A. DE C.V. AVISO A LOS ACCIONISTAS En Asamblea General Anual Ordinaria de Accionistas de UCAR Carbón Mexicana, S.A. de C.V. celebrada el 20 de marzo de 2003, se acordó incrementar la parte variable del capital social en $55’840,202.00 M.N., mediante la emisión de 55’840,202 acciones ordinarias, nominativas, sin expresión de valor nominal, de la Serie “B” o de libre suscripción, Clase II, que se ofrecen para suscripción a razón de $1.00 M.N. por acción. Todo accionista tiene derecho de preferencia para suscribir las acciones representativas de dicho aumento, en proporción a las acciones de que sea titular. Para ejercer tal derecho, el accionista interesado deberá estar debidamente inscrito en el Libro de Registro de Acciones de la Sociedad y presentar tanto los títulos de acciones de las que sea propietario, como el monto del valor de suscripción correspondiente, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la publicación de este aviso, en el domicilio de la Sociedad ubicado en Carretera Miguel Alemán Km. 20, No. 600 Oriente, en Apodaca, Nuevo León.

Apodaca, Nuevo León a 10 de junio de 2003

____________________________________ Jorge Barrero Stahl

Secretario del Consejo de Administración Orden No. 922.-20

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Orden No. 906.-20

Orden No. 923.-20

EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Mixto De Primera Instancia delNoveno Distrito Judicial.- Villaldama, N.L Con fecha diez de junio de dos mil tres, se admitieron a trámite lasDILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA, sobre informaciónad- perpetuam, promovidas por JUAN ROBLES ZÚÑIGA YANDREA ZULAICA DE ROBLES, radicándose bajo el número deexpediente_ 264/2003, con el fin de acreditar la posesión comomedio para acreditar el dominio pleno de¡ bien inmueble ubicado enla calle Galeana número 208 en el Centro de Vilialdama, NuevoLeón, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte mide 22.25metros y colinda con la propiedad de la señora Josefa Treviño deZulaica; al Sur mide 22.25 metros y colinda con la propiedad de laseñora Manuela R. De Saavedra; al Oriente mide 6.32 metros ycolinda con la propiedad de la señora Julia Ruiz y al Poniente mide6.32 metros y da frente a la calle Galeana. Lo que se publica en esta forma de conformidad con lo dispuesto enel artículo 2915 del Código Civil vigente en el Estado.

Villaldama N.L. a 17 de Junio del 2003. EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENO DISTRITO

JUDICIAL DEL ESTADO

LIC. JORGE FELIZ GALLEGOS ZUÑIGA

Orden No. 920.-20

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PRIMER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Cuarto de lo Familiar del PrimerDistrito Judicial.- Monterrey, N.L A LA C. GLORIA SILVA MAGALLANES CISNEROS, DOMICILIO: IGNORADO. En fecha 21-Veintiuno de Mayo del 2003-dos mil tres, en elexpediente Judicial número 703/2003, relativo al JUICIOORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO, promovidopor RODOLFO IGNACIO FIERROS GALLEGOS, en contra de laC. GLORIA SILVA MAGALLANES CISNEROS, se ordenó lapublicación de un edicto por 3 tres veces consecutivas tanto en elPeriódico Oficial, Boletín Judicial, así como en el periódico ElPorvenir, que se edita en esta Ciudad, emplazándose a la partedemandada para que dentro del término de 9 nueve días contestelo que a sus derechos corresponda.- En la inteligencia de que elemplazamiento hecho en esta forma, comenzara a surtir susefectos a las 10 diez días contados a partir del día siguiente, al dela última publicación del edicto ordenado; Aclaración hecha de quelas copias simples de la demandada y documentos acompañadosquedan en la secretaria de este Juzgado, a disposición deldemandado para que se imponga de ellos. Así mismo, seapercibe a la parte reo a fin de que en los términos del artículo 68del código procesal civil en vigor señale domicilio para oír y recibirnotificaciones dentro del presente juicio, ya que en caso de nohacerlo así conforme al artículo 73 de ése cuerpo legal, lassubsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán pormedio de los estrados de este Juzgado.-Doy fe.-MONTERREY,NUEVO LEON A 27 DE MAYO DEL 2003.-EL C. SECRETARIODEL JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMERDISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO. C. SECRETARIO. LIC. JESUS MARTINEZ CASTILLO. ________________________________ RUBRICA Orden No. 916.-20-23-25

PRIMER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Sexto de lo Familiar del PrimerDistrito Judicial.- Monterrey, N.L A LA C. NICOLASA DIMAS MENDOZA. CON DOMICILIO: IGNORADO. En fecha 30- treinta de Mayo del año 2003- dos mil tres, se admitióa trámite en este Juzgado Sexto de lo Familiar del Primer DistritoJudicial en el Estado un JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBREDIVORCIO NECESARIO, promovido por MARTIN DE JESUSDOMINGUEZ CASTAÑEDA, bajo el número de expedientenúmero 0066/2003. En virtud de que se ha acreditado eldesconocimiento general del paradero de la demandada confundamento en lo establecido en el artículo 73 del Código deProcedimientos Civiles vigente en el Estado, practíquese elemplazamiento de ley a la parte reo por medio de Edictos que sepubliquen por tres veces consecutivas tanto en el periódico ElPorvenir, en el Boletín Judicial y el Periódico Oficial, todos que seeditan en esta Ciudad, a fin de que dentro del término de 09-nueve días ocurra a producir la contestación si para ello tuviereexcepciones a defensas legales que hacer valer, en la inteligenciade que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectosa los 10- diez días siguientes al de la última Publicación del edictoordenado, quedando en la Secretaría de este Juzgado copiasimple del escrito de demanda y documentos acompañados paraque se imponga de ellos, apercibiéndosele para que señaledomicilio para efecto de oír y recibir notificaciones dentro de lascabeceras del Primer Distrito Judicial en el Estado, en materiafamiliar ya que en caso de no hacerlo así las subsecuentesnotificaciones de carácter personal se le practicarán por la Tablade Avisos de este Juzgado, acorde a la establecido en el numeral68 del Ordenamiento Procesal Civil en vigor.- Monterrey Nuevoleón a 11 de Junio del año 2003.- DOY FE -- - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - ------------------------------------------------------------------------------------------------------------- EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE LO FAMIALIAR DEL PRIMER DISTITO JUDICIAL EN EL ESTADO LIC. JOSE ALFEDO CAVAZOS LOPEZ RUBRICA Orden No. 909.-20-23-25

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SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Sexto de lo Familiar del Primer DistritoJudicial.- Monterrey, N.L AL C. MARCO ANTONIO PÉREZ CASTILLO DOMICILIO: IGNORADO. EN FECHA 20-VEINTE DE MARZO DEL 2003-DOS MIL TRES, SE ADMITIÓ EN ESTE JUZGADO SEXTO DELO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO, BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE1587/2002, EL JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE NULIDAD DE MATRIMONIO PROMOVIDO POR MIREYAFLORES REQUENES EN CONTRA DE MARCO ANTONIO PEREZ CASTILLO, ASI COMO EL OFICIALTERCERO DEL REGISTRO CIVIL DE MONTERREY Y DIRECTOR DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO, ENVIRTUD DE QUE SE HA ACREDITADO POR LA ACCIONANTE EL DESCONOCIMIENTO GENERAL DELPARADERO DEL DEMANDADO MARCO ANTONIO PEREZ CASTILLO CON FUNDAMENTO EN LOESTABLECIDO POR EL NUMERAL 73 DEL ORDENAMIENTO PROCESAL CIVIL EN COMENTO,PRACTÍQUESELE EL EMPLAZAMIENTO DE LEY, POR MEDIO DE EDICTOS QUE SE PUBLIQUEN PORTRES VECES CONSECUTIVAS TANTO EN EL PERIÓDICO EL PORVENIR, EN EL BOLETÍN JUDICIAL DELESTADO Y EN EL PERIÓDICO OFICIAL, TODOS QUE SE EDITAN EN LA ENTIDAD, A FIN DE QUE DENTRODEL TÉRMINO ALUDIDO EN LÍNEAS QUE PRECEDEN, OCURRA PRODUCIR SU CONTESTACIÓN SI PARAELLO TUVIESE EXCEPCIONES O DEFENSAS LEGALES QUE HACEN VALER, EN LA INTELIGENCIA DEQUE LA NOTIFICACIÓN HECHA DE ESTA MANERA SURTIRÁ SUS EFECTOS A LOS 10-DIEZ DÍASCONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL EDICTO ORDENADO,QUEDANDO EN LA SECRETARÍA DE ESTE JUZGADO COPIA SIMPLE DEL ESCRITO INICIAL DE DEMANDAY DEMÁS DOCUMENTOS ACOMPAÑADOS PARA QUE SE IMPONGA DE ELLOS, APERCIBIÉNDOSELEPARA QUE SEÑALE DOMICILIO PARA EL EFECTO DE OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES DENTRO DE LASCABECERAS DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO, EN MATERIA FAMILIAR, YA QUE EN ELCASO DE NO HACERLO ASÍ, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES DE CARÁCTER PERSONAL SE LEHARÁN POR LA TABLA DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, ACORDE CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO68 DEL CÓDIGO PROCESAL EN CITA. MONTERREY, NUEVO LEÓN, A 25 DE MARZO DEL 2003, DOY FE.

RUBRICA.

Orden No. 894.-18-20-23

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TERCER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Segundo de lo Civil del PrimerDistrito Judicial.- Monterrey, N.L

DENTRO DE LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE NUMERO 367/2002, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO MERCANTIL PROMOVIDO POR ARMANDO GARCIA CARRILLO EN CONTRA DE DALIA SERRANO FUENTES DE OSORIA Y ALFONSO OSORIA EUFRACIO, AL EFECTO Y MEDIANTE AUTO DICTADO EN FECHA 02-DOS DE MAYO DEL DOS MIL TRES, ESTA AUTORIDAD ORDENO QUE EN VIRTUD DE QUE POR ELEMENTO DE PRUEBA IDONEO SE DEMOSTRO EL DESCONOCIMIENTO DEL DOMICILIO DE LA PARTE DEMANDA ALFONSO OSORIA EUFRACIO Y DALIA SERRANO FUENTES DE OSORIA, MISMO QUE OBRA EN AUTOS. EN CONSECUENCIA EMPLACESE POR MEDIO DE EDICTOS, PUBLICADOS POR 3-TRES VECES CONSECUTIVAS EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO, EN EL DIARIO EL PORVENIR QUE SE EDITA EN ESTA CIUDAD, A EFECTO DE QUE QUEDE DENTRO DEL TERMINO DE 9-NUEVE DIAS OCURRA ANTE ESTA AUTORIDAD, A PRODUCIR SU CONTESTACION A LA DEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA SI PARA ELLO TUVIERE EXCEPCIONES LEGALES QUE HACER VALER. ATENDIENDO QUE LA NOTIFICACION HECHA DE ESTA MANERA SURTIRA SUS EFECTOS A LOS DIEZ DIAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE REALICE LA ULTIMA PUBLICACION; APERCIBIÉNDOSE A LA DEMANDADA DE QUE EN CASO DE NO COMPARECERCE SE LE HARAN LAS POSTERIORES NOTIFICACIONES DE CARÁCTER PERSONAL EN LA FORMA PREVISTA POR EL ARTICULO 1069 DEL CODIGO DE COMERCIO EN VIGOR EN EL PAIS, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 1070 DEL CODIGO DE COMERCIO EN VIGOR EN EL PAIS.-DOYFE.-. RUBRICAS EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO. LIC. JESSICA VIELMA TORRES

RUBRICA.

Orden No. 889.-16-18-20

TERCER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Noveno de lo Civil del PrimerDistrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. GERENTE O REPRESENTANTE LEGAL DE IMPULSORA EL CANADA, S.A. DE C.V. DOMICILIO IGNORADO. En fecha 14-catorce de Mayo del 2003-dos mil tres, se radicó en este Juzgado Noveno de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado bajo el expediente número 037/2003, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL promovido por FRANCISCO ACEVEDO RAMOS Y LUCIA ACEVEDO AMAYA, por sus propios derechos, en contra de IMPULSORA EL CANADA, S.A. DE C.V. Y EL REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO EN ESTA CIUDAD, y mediante proveído de fecha 03-tres de Junio del 2003-dos mil tres, se ordenó emplazar a la co-demandada IMPULSORA EL CANADA, S.A. DE C.V., mediante edictos que deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial así como en el Periódico el Porvenir, que se edita en ésta Ciudad emplazándoseles para que dentro del término de 9-nueve días ocurra al local de éste Juzgado a producir su contestación a la demanda Instaurada en su contra, si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer; en la Inteligencia de que la notificación hecha de ésta forma surtirá sus efectos a los diez días contados desde el siguiente al de la última publicación del edicto ordenado, quedando copias simples y documentos acompañados a la misma a su disposición en este Juzgado para que se instruyan de ellos. Al efecto, se le previene para que señale domicilio en ésta ciudad lugar del juicio, para los efectos de oír y recibir notificaciones; bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le harán conforme a las reglas establecidas por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles.- DOY FE.- Monterrey, N.L. a 10 de Junio del año 2003.

EL C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO

JUDICIAL EN EL ESTADO.

LIC. CYNTHIA E. RODRÍGUEZ OLIVARES RUBRICA

Orden No. 886.-16-18-20

PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 20 de Junio de 2003 PAGINA 88

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Segundo de lo Familiar delPrimer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L AL C. MAURICIO IVAN AMAYA GALVAN. DOMICILIO IGNORADO. Con fecha diecisiete de febrero del año 2003-dos mil tres, dendel expediente número 1986/2002, relativo al juicio ordinario csobre divorcio necesario que promueve ISELA VERONIRAMIREZ CRUZ en contra de Usted, se ordenó emplazardemandado, señor MAURICIO IVAN AMAYA GALVAN por mede edictos que se publicarán por tres veces consecutivas enPeriódico Oficial del Estado, Boletín Judicial y en el PeriódicoPorvenir, que se edita en esta Ciudad, para que dentro del térmde 9-nueve días ocurra a producir su contestación, en inteligencia de que la notificación deberá surtir sus efectos a diez días siguientes a la última publicación del edicto que ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado las copias simpde la demanda y demás documentos que se acompañen parainstrucción.- Así mismo, prevéngase al demandado a fin de qseñale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquieralos municipios siguientes: Apodaca, General EscobeGuadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San PeGarza García y Santa Catarina, apercibida de que en caso dehacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personalle practicarán por medio de la tabla de avisos, lo anterior conformidad con el artículo 68 del Código de ProcedimienCiviles vigente en el Estado.- DOY FE.- Monterrey, Nuevo Leó21 de Febrero del 2003.- Rúbricas.- C. PRIMER SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO

FAMILIAR. LIC. CLAUDIA VERONICA MEDELLIN GONZALEZ.

Orden No. 888.-16-18-20

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.-Juzgado Primero Menor.-San Nicolás delos Garza, N.L AL C. RUBEN ALEJANDRO ACEVEDO FLORES, CON DOMICILIO DESCONOCIDO, En fecha 28-veintiocho de Noviembre del año 2002-dos mil dos,se admitió a trámite en el local de este Juzgado Menor Letradode San Nicolás de los Garza, Nuevo León, en el expediente2040/2002, en la vía ORDINARIA CIVIL la demanda entabladapor JOSE DE JESÚS DE LA ROSA SOTO en contra de OLGALETICIA DE LA ROSA SOTO Y RUBEN ALEJANDROACEVEDO FLORES, posteriormente y en virtud deldesconocimiento del domicilio del co-demandado el C. RUBENALEJANDRO ACEVEDO FLORES, por auto de fecha 9-nuevede Mayo del año 2003-dos mil tres, se ordenó emplazar a dichoco-demandado por medio de edictos que se publicarán por tresveces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, BoletínJudicial del Estado y el Periódico el Porvenir para que dentrode nueve días ocurra al local de este Juzgado a producir sucontestación si para ello tuviere excepciones legales que hacervaler, contados a partir de su última publicación, en lainteligencia de que la notificación surtirá sus efectos a los diezdías siguientes dela última publicación del edicto, que seordene quedando en la Secretaría de este Juzgado adisposición de dicho co-demandado las copias simples de lademanda y documentos adjuntos a la misma para su debidainstrucción realizada de esa manera, previniéndosele para queseñale un domicilio convencional para los efectos de oír yrecibir notificaciones dentro de esta Ciudad, apercibido de queen caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones quesean de carácter personal se le harán por medio de la tabla deavisos que para tal efecto se lleva en este Juzgado, lo anteriorde conformidad con el artículo 68 del Código deProcedimientos Civiles vigente en el Estado. DOY FE..-RUBRICAS.-San Nicolás delos Garza, Nuevo León, A 11 deJunio del año 2003-dos mil tres.

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO PRIMERO MENOR DE SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N. L.,

LIC. JOSE ALFREDO LOPEZ CAMARILLO.- RUBRICA

Orden No. 887.-16-18-20