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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 1 GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN PERIÓDICO OFICIAL Se publica los días Lunes, Miércoles y Viernes sin perjuicio de que se ordene su publicación cualquier otro día. Las Leyes, Decretos, Reglamentos, Acuerdos y demás disposiciones oficiales de carácter general, surtirán efectos jurídicos y obligan por el sólo hecho de aparecer publicados en este Periódico. TOMO CXLII Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 NÚM. 57 SUMARIO H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN ACUERDO NÚM. 200.- POR EL QUE LA LXX LEGISLATURA AL CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN HACE SUYA LA INICIATIVA PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSÉ ISABEL MESA ELIZONDO, MEDIANTE LA CUAL SE PROPONE REFORMAR POR MODIFICACIÓN AL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN RELACIÓN CON LA REELECCIÓN DE LOS DIPUTADOS LOCALES, MISMA QUE SE REMITE AL CONGRESO DE LA UNIÓN PARA SU CONOCIMIENTO Y TRÁMITE LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE…………………... 3-4 PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN DECRETO PARA SOMETER A PROCEDIMIENTO DE DISOLUCIÓN LA COPROPIEDAD RURAL “URRUTIAS”, DEL MUNICIPIO DE SALINAS VICTORIA, NUEVO LEÓN…………………………………. 5-9 SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO DIRECCIÓN DE ASUNTOS AGRARIOS CONVOCATORIA.- SE CONVOCA A LOS COPROPIETARIOS Y A CUANTAS PERSONAS SE CREAN CON DERECHOS EN LA COPROPIEDAD RURAL DENOMINADA “CONDE DE PENALVA PORCIÓN 34” DEL MUNICIPIO DE LOS ALDAMAS, N.L., A UNA ASAMBLEA QUE SE LLEVARÁ A CABO A LAS 10:00-DIEZ HORAS DEL DÍA 29-VEINTINUEVE DE MAYO DEL AÑO 2005-DOS MIL CINCO, EN EL SALÓN DE ACTOS DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE LOS ALDAMAS, N.L…….. 10 CONSEJO DE DESARROLLO SOCIAL COMITÉ TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A LOS ADULTOS MAYORES REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A LOS ADULTOS MAYORES….. 11-17 INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DE NUEVO LEÓN REFORMAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN INTERNA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN…………………. 18-21 Visite la Página del PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO: http://general.nl.gob.mx/PortalTransparencia/ListadoPeriodicoGeneral/

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 1

GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN

PERIÓDICO OFICIAL Se publica los días Lunes, Miércoles y Viernes sin perjuicio de que se ordene su publicación

cualquier otro día. Las Leyes, Decretos, Reglamentos, Acuerdos y demás disposiciones oficiales de carácter general, surtirán efectos jurídicos y obligan por el sólo hecho

de aparecer publicados en este Periódico.

TOMO CXLII Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 NÚM. 57

SUMARIO

H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN ACUERDO NÚM. 200.- POR EL QUE LA LXX LEGISLATURA AL CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN HACE SUYA LA INICIATIVA PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSÉ ISABEL MESA ELIZONDO, MEDIANTE LA CUAL SE PROPONE REFORMAR POR MODIFICACIÓN AL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 116 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN RELACIÓN CON LA REELECCIÓN DE LOS DIPUTADOS LOCALES, MISMA QUE SE REMITE AL CONGRESO DE LA UNIÓN PARA SU CONOCIMIENTO Y TRÁMITE LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE…………………... 3-4

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN DECRETO PARA SOMETER A PROCEDIMIENTO DE DISOLUCIÓN LA COPROPIEDAD RURAL “URRUTIAS”, DEL MUNICIPIO DE SALINAS VICTORIA, NUEVO LEÓN…………………………………. 5-9

SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO DIRECCIÓN DE ASUNTOS AGRARIOS

CONVOCATORIA.- SE CONVOCA A LOS COPROPIETARIOS Y A CUANTAS PERSONAS SE CREAN CON DERECHOS EN LA COPROPIEDAD RURAL DENOMINADA “CONDE DE PENALVA PORCIÓN 34” DEL MUNICIPIO DE LOS ALDAMAS, N.L., A UNA ASAMBLEA QUE SE LLEVARÁ A CABO A LAS 10:00-DIEZ HORAS DEL DÍA 29-VEINTINUEVE DE MAYO DEL AÑO 2005-DOS MIL CINCO, EN EL SALÓN DE ACTOS DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE LOS ALDAMAS, N.L…….. 10

CONSEJO DE DESARROLLO SOCIAL COMITÉ TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A LOS ADULTOS MAYORES

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A LOS ADULTOS MAYORES….. 11-17

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DE NUEVO LEÓN

REFORMAS AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN INTERNA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN…………………. 18-21 Visite la Página del PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO: http://general.nl.gob.mx/PortalTransparencia/ListadoPeriodicoGeneral/

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 2

AVISOS JUDICIALES Y GENERALES.................................................................................... 22-64 AVISO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL MEDIANTE REEMBOLSO DE PRINCIPAL AFORE, S.A. DE C.V. 2ª. PUBLICACIÓN DE 3 SOLICITADAS………………………………………………………………….. 22 LICITACIÓN PÚBLICA MÚLTIPLE.- No. DE LICITACIÓN LP-F-IV/02/05, 03/05 Y 04/05 DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE APODACA, N.L.,…………………………………………………………….. 23 LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL.- CONVOCATORIA: 001 No. DE CONCURSO 48059001-001-05 Y 002-05 DEL MUSEO DE HISTORIA MEXICANA ……………………………………………………………... 24-25 AVISO NOTARIAL.- NOTARÍA PÚBLICA No. 94 JUICIO HEREDITARIO ADMINISTRATIVO A BIENES DE LEODEGARIO RODRÍGUEZ LÓPEZ……………………………………………………………. 26 ACUERDO DE FUSIÓN DE GRUPO LA FE, S.A. DE C.V…………………………………………………… 27-30 ACUERDO DE FUSIÓN DE CORPORATIVO LA FORTALEZA, S.A. DE C.V………………………..…… 31-34 CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL.- SA-DA/12/2005 DEL AYUNTAMIENTO DE MONTERREY, N.L………………………………………………………………………………………………… 35-36 AVISO DE DISMINUCIÓN DE CAPITAL SOCIAL EN SU PARTE VARIABLE DE FRACCIONADORA VILLA MONTAÑA, S.A. DE C.V…………………………………………………………………………………. 37-39 AVISO DE FUSIÓN DE LA EMPRESA PRECISIÓN MECÁNICA NACIONAL, S.A. DE C.V. (FUSIONANTE), COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS DEL CHEF, S.A. DE C.V., PROEZA SERVICIOS INTEGRALES, S.A. DE C.V. Y ACERTEK, S.A. DE C.V. (FUSIONADAS)…………………. 40-41 DICTAMEN SOBRE VERACIDAD, SUFICIENCIA Y RAZONABILIDAD DEL BALANCE GENERAL Y DE LOS ESTADOS DE RESULTADOS DE FACTOR BANORTE, S.A. DE C.V., ORGANIZACIÓN AUXILIAR DEL CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANORTE……………………………………………… 42-47 DICTAMEN SOBRE VERACIDAD, SUFICIENCIA Y RAZONABILIDAD DEL BALANCE GENERAL Y DE LOS ESTADOS DE RESULTADOS DE ARRENDADORA BANORTE, S.A. DE C.V., ORGANIZACIÓN AUXILIAR DEL CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANORTE………………………… 48-53 JUZGADO MIXTO DEL DÉCIMO PRIMER DISTRITO JUDICIAL GALEANA, N.L., EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 48/2005-F………………………………………………………………... 54 JUZGADO SEXTO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 1957/2004……………………………………………………………….. 55 JUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 287/2003………………………………………………………………………………………….. 56 JUZGADO SEXTO DE JURISDICCIÓN CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 1ER. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 0803/2004……………………... 57-58 JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 3ER. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 392/94……………………………………………………………….. 59 EDICTO DE LA TESORERÍA MUNICIPAL DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, N.L., 2ª. PUBLICACIÓN DE 2 SOLICITADAS……………………………………………………………………………. 60 JUZGADO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL DÉCIMO DISTRITO JUDICIAL MONTEMORELOS, N.L., 2º. EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 31/2005……………………... 61 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL VILLALDAMA, N.L., 2º. EDICTO NÚMERO DE EXPEDIENTE 143/2005……………………………………………………. 62 JUZGADO SEXTO DE JURISDICCIÓN CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL MONTERREY, N.L., 2º. EDICTO EXPEDIENTE JUDICIAL NÚMERO 63/2002…………………………… 63-64

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 3 EL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, LXX LEGISLATURA, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONCEDE EL ARTÍCULO 63, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EXPIDE EL SIGUIENTE:

ACUERDO

NÚM…… 200

Artículo Primero.- La LXX Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, en ejercicio de las atribuciones conferidas a este Poder Legislativo por el Artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, hace suya la iniciativa presentada por el Diputado José Isabel Meza Elizondo, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de esta LXX Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, mediante la cual se propone reformar por modificación al segundo párrafo de la fracción II del Artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la reelección de los diputados locales, misma que se remite al Congreso de la Unión para su conocimiento y trámite legislativo correspondiente, en los siguientes términos:

“DECRETO Artículo Único.- Se reforma por modificación el segundo párrafo de la

fracción II del Artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 116. ..................................................................................................... .......................................................................................................................... I. ....................................................................................................................... II.- ..................................................................................................................... Los diputados a las legislaturas de los Estados podrán ser reelectos por un

período inmediato, sin embargo, deberán dejar pasar un período adicional para poder contender nuevamente por el mismo cargo. Los diputados suplentes podrán encontrarse exentos de esta restricción si no hubieren estado en ejercicio, pero los diputados propietarios no podrán ser electos con el carácter de suplentes para un período inmediato al de su reelección.

.......................................................................................................................... III a VII. .............................................................................................................

T R A N S I T O R I O

Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el

Diario Oficial de la Federación.”

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 4 Artículo Segundo.- Envíese al Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial

del Estado.

Por lo tanto envíese al Ejecutivo del Estado y publíquese en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el Salón de Sesiones del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su capital, a los once días del mes de mayo de dos mil cinco.

PRESIDENTE:

DIP. ROGELIO ALEJANDRO PÉREZ ARRAMBIDE RÚBRICA

DIP. SECRETARIA DIP. SECRETARIO:

ROSAURA GUTIÉRREZ DUARTE JOSÉ ÁNGEL NIÑO PÉREZ RÚBRICA RÚBRICA

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 5 JOSÉ NATIVIDAD GONZÁLEZ PARÁS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 85 FRACCIONES X Y XXVIII, 87, 88 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN; 2, 4, 8, 18 FRACCIÓN I, 21 FRACCIONES XXIV Y XXVIII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO; 1, 2 FRACCIÓN I, 3 FRACCIONES I Y II, 4 FRACCIÓN I Y 15 DE LA LEY DE COPROPIEDADES RURALES, HE TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

D E C R E T O

PARA SOMETER A PROCEDIMIENTO DE DISOLUCIÓN LA COPROPIEDAD RURAL “URRUTIAS”, DEL MUNICIPIO DE SALINAS VICTORIA, NUEVO LEÓN.

A N T E C E D E N T E S

PRIMERO. Conforme al acta de fecha 13 de julio de 1931, pasada ante la fe del Lic. Andrés M. Garza, Alcalde Segundo Judicial de la Villa de Salinas Victoria, N.L., en funciones de Notario Público, en la que se hacen constar las diligencias de apeo, deslinde, planificación y subdivisión del agostadero de la copropiedad rural “Gomas y Mendiola”, se desprende que el Lote No. 51 se aplicó como “Urrutias”, por una superficie de 1,055-98-68.00 hectáreas, correspondiente a un derecho de $20.705625 pesos troncales, en las partidas y a los copropietarios siguientes: No. 6 Martiniano Treviño herederos $1.28; No. 67 Alejandro y Nicolasa Urrutia herederos $7.48; No. 91 Petra Garza Chica herederos $0.55; No. 110 Crescencio Moreno herederos $ 0.25; No. 161 Leonardo Treviño herederos $3.645; No. 162 Jesús Treviño herederos $0.475; No. 163 José Ma. Garza herederos $1.50; No. 196 Fabián y Hermenegildo Urrutia $0.25; No. 198 Marcelo Garza y hermanos $1.00; No. 205 Francisco Treviño Urrutia $0.42; No. 216 Pablo Treviño $1.125; parte de la 126 Andrés Morales $1.69; No. 160 Jerónimo Urrutia herederos $0.725, y No. 286 Telésfora Villarreal herederos $0.315625; dando origen a su vez a la copropiedad rural “Urrutias”. Dicho documento consta en copia certificada el 4 de agosto de 2003, por el Lic. Tomás Díaz Argüello, entonces Director del Archivo General de Notarías en el Estado.

SEGUNDO. El 7 de febrero de 2005, el C. Vicente Urrutia Valdez y 12 personas más, quienes se consideran con derechos dentro de la copropiedad rural “Urrutias”, en Salinas Victoria, N.L., solicitaron por escrito ante este Ejecutivo Estatal, que dicha copropiedad se sujete al procedimiento de disolución.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 6

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que la Constitución Política del Estado de Nuevo León, en su artículo 85 fracciones X y XXVIII, establece como facultad del Ejecutivo la de cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones del Congreso del Estado, así como ordenar y reglamentar en lo administrativo lo necesario para su ejecución, correspondiendo al Ejecutivo ejercer las demás atribuciones que le confieran la propia Constitución y las leyes.

SEGUNDO. Que el artículo 21 fracción XXIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, establece la facultad de la Secretaría General de Gobierno de atender los asuntos relacionados con las copropiedades rurales.

TERCERO: Que en la materia, una de las leyes a que se refiere el precepto

constitucional invocado en el considerando primero es la Ley de Copropiedades Rurales del Estado de Nuevo León, en especial sus artículos 1, 2 fracción I, 3 fracciones I y II, 4 fracción I y 15; señalando que la ley tiene entre sus objetivos regular la disolución de las copropiedades rurales existentes en el Estado; asimismo declara de utilidad pública los procesos de disolución de las copropiedades rurales en el Estado, mismos que comprenderán las diligencias de apeo y deslinde, de reconocimiento de derechos, de planificación, división y otorgamiento de los títulos de propiedad. De igual manera establece como autoridades competentes encargadas de su aplicación al Titular del Ejecutivo del Estado y al Titular de la Dirección de Asuntos Agrarios. Al efecto, la precitada Ley define como copropiedad rural la extensión territorial que permanezca en estado de indivisión, cualquiera que sea el título o derecho en que se origine o la denominación que se le dé, incluida la de comunidad, en la que el número de copropietarios sea mayor de diez, sea dudoso o desconocido y el disfrute o uso se haga en forma copartícipe; y por último, faculta al Titular del Ejecutivo del Estado, para determinar por medio del Decreto respectivo, la copropiedad sujeta al procedimiento de disolución.

CUARTO: Que como se infiere del capítulo de antecedentes, son de aplicarse las disposiciones legales invocadas en el considerando anterior, toda vez que se trata de una extensión territorial que si bien proviene del procedimiento de disolución de la copropiedad rural “Gomas y Mendiola”, del Municipio de Salinas Victoria, N.L., al aplicarse proindiviso dentro de la misma como “Urrutias”, se originó a su vez una copropiedad rural distinta, la que permanece en estado de indivisión, cuyo origen se establece en los mismos y conforme a ellos el número de copropietarios es mayor de diez, su disfrute y uso se hace en forma copartícipe, por lo tanto es procedente someterla a procedimiento de disolución.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 7

Por lo anteriormente expuesto y fundado, el Ejecutivo del Estado en ejercicio de

sus facultades:

R E S U E L V E

PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 fracciones X y XXVIII, de la Constitución Política del Estado y 15 de la Ley de Copropiedades Rurales del Estado de Nuevo León, se decreta sujetar al procedimiento de disolución la copropiedad rural “Urrutias”, del Municipio de Salinas Victoria, N.L., procedimiento que se seguirá según lo dispone la propia Ley.

SEGUNDO: Para el cumplimiento de lo anterior, se faculta al Titular de la Dirección de Asuntos Agrarios, para que en los términos de los artículos 3 fracción II, 16, 21, 22 y demás aplicables de la Ley de Copropiedades Rurales del Estado de Nuevo León, dirija las operaciones relativas al procedimiento de disolución de la copropiedad rural señalada en el resolutivo anterior.

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO ÚNICO: El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el Despacho del Poder Ejecutivo del Estado, en Monterrey, Nuevo León, a los 14-catorce días del mes de abril del año 2005-dos mil cinco.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 8

EL C. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

JOSÉ NATIVIDAD GONZÁLEZ PARÁS RÚBRICA

EL C. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

NAPOLEÓN CANTÚ CERNA RÚBRICA

DECRETO PARA SOMETER A PROCEDIMIENTO DE DISOLUCIÓN LA COPROPIEDAD RURAL “URRUTIAS”, DEL MUNICIPIO DE SALINAS VICTORIA, NUEVO LEÓN.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 9

C O N V O C A T O R I A

Con fundamento en los artículos 1, 2 fracción I, 3 fracción II, 21, 22, 23, 24, 33, 34, 35, 36, 37, 38 y 42 de la Ley de Copropiedades Rurales en vigor, se convoca a los copropietarios y a cuantas personas se crean con derechos en la Copropiedad Rural denominada “Conde de Penalva Porción 34”, del Municipio de Los Aldamas, N.L., a una Asamblea que se llevará a cabo a las 10:00-diez horas del día 29-veintinueve de mayo del año 2005-dos mil cinco, en el Salón de Actos de la Presidencia Municipal de Los Aldamas, N.L., misma que será sometida al siguiente:

ORDEN DEL DÍA

I.- Lista de Asistencia. II.- Iniciación del término de 60 días naturales para la presentación de títulos a la Comisión Revisora de Títulos o al Titular de la Dirección de

Asuntos Agrarios para que sean estudiados y en su caso considerados en la aplicación de los derechos que correspondan. IV- Asuntos generales. Lo que se publica en esta forma y por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado, en uno de los de mayor circulación de la entidad y en la Tabla de Avisos de la Presidencia Municipal de Los Aldamas, N.L.; en la inteligencia de que la última publicación de la convocatoria deberá realizarse a más tardar quince días naturales antes de la fecha señalada para la Asamblea, lo anterior en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley de Copropiedades Rurales. Se cita a Segunda Convocatoria para el caso de no reunirse en la primera el quórum legal requerido, para las 10:00-diez horas del día 5-cinco de junio del presente año 2005-dos mil cinco, en el Salón de Actos de la Presidencia Municipal de Los Aldamas, N.L. Se exhorta a los asistentes a presentarse con identificación con fotografía, preferentemente Credencial de Elector. Monterrey, Nuevo León, a 11 de mayo de 2005.EL C. DIRECTOR DE ASUNTOS AGRARIOS EN EL ESTADO. LIC. ARNOLDO RAMOS SALAZAR. Rúbrica

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 10

C O N V O C A T O R I A

Con fundamento en los artículos 1, 2 fracción I, 3 fracción II, 21, 22, 23, 24, 33, 34, 35, 36, 37, 38 y 42 de la Ley de Copropiedades Rurales en vigor, se convoca a los copropietarios y a cuantas personas se crean con derechos en la Copropiedad Rural denominada “Conde de Penalva Porción 34”, del Municipio de Los Aldamas, N.L., a una Asamblea que se llevará a cabo a las 10:00-diez horas del día 29-veintinueve de mayo del año 2005-dos mil cinco, en el Salón de Actos de la Presidencia Municipal de Los Aldamas, N.L., misma que será sometida al siguiente:

ORDEN DEL DÍA

I.- Lista de Asistencia. II.- Iniciación del término de 60 días naturales para la presentación de títulos a la Comisión Revisora de Títulos o al Titular de la Dirección de

Asuntos Agrarios para que sean estudiados y en su caso considerados en la aplicación de los derechos que correspondan. IV- Asuntos generales. Lo que se publica en esta forma y por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado, en uno de los de mayor circulación de la entidad y en la Tabla de Avisos de la Presidencia Municipal de Los Aldamas, N.L.; en la inteligencia de que la última publicación de la convocatoria deberá realizarse a más tardar quince días naturales antes de la fecha señalada para la Asamblea, lo anterior en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley de Copropiedades Rurales. Se cita a Segunda Convocatoria para el caso de no reunirse en la primera el quórum legal requerido, para las 10:00-diez horas del día 5-cinco de junio del presente año 2005-dos mil cinco, en el Salón de Actos de la Presidencia Municipal de Los Aldamas, N.L. Se exhorta a los asistentes a presentarse con identificación con fotografía, preferentemente Credencial de Elector. Monterrey, Nuevo León, a 11 de mayo de 2005.EL C. DIRECTOR DE ASUNTOS AGRARIOS EN EL ESTADO. LIC. ARNOLDO RAMOS SALAZAR. Rúbrica

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 11 DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 27 FRACCIÓN VI Y 29 FRACCION V DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN, Y EN CUMPLIMIENTO AL ACUERDO TOMADO POR LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A LOS ADULTOS MAYORES, EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 13 DE ABRIL DEL 2005, DONDE SE ACORDO EXPEDIR EL SIGUIENTE:

REGLAMENTO INTERIOR DEL COMITÉ TÉCNICO PARA LA ATENCIÓN A LOS ADULTOS MAYORES.

DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento Interior tiene por objeto regular la estructura orgánica y de operación del Comité Técnico para la Atención a los Adultos Mayores. Artículo 2º.- Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

I. Comité: El Comité Técnico para la Atención a los Adultos Mayores. II. Ley: La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Nuevo León. III. Pleno: Los integrantes del Comité reunidos en sesión oficial. IV. Presidente del Comité Técnico: El Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León. V. Secretario Técnico del Comité Técnico: El Presidente Ejecutivo del Consejo de Desarrollo Social.

VI. Vocales: Los Titulares de dependencias, entidades públicas y apoderados de las organizaciones de la sociedad civil, precisados en la fracción III del artículo 23 de la Ley.

Artículo 3º.- Las ausencias del Presidente del Comité Técnico serán suplidas por el representante que

éste designe; cuando la representación del Presidente del Comité, recaiga en alguno de los Vocales Titulares mencionados en el inciso h) de la fracción III, del artículo 23 de la Ley, el cargo tendrá la denominación de Presidente Ciudadano.

Artículo 4º.- El representante del Presidente del Comité Técnico en ausencia de éste, y en su caso el Presidente Ciudadano, ejercerá las funciones enunciadas en el artículo 28 de la ley, así como las previstas por el presente Reglamento para dicho cargo.

Artículo 5º.- Los Vocales representantes de las organizaciones de la sociedad civil, durarán en su

encargo un año, periodo que concluirá el día 4 de octubre de cada año; el Secretario Técnico informará al Presidente del Comité Técnico, la fecha del término del encargo de dichos Vocales, así como el inicio del procedimiento para la renovación o refrendo de la invitación de integración al Comité.

Artículo 6º.- Sólo podrá sustituirse a los Vocales comprendidos en el inciso h) de la fracción III del artículo 23 de la Ley, por renuncia, fallecimiento, incapacidad permanente, inasistencias o faltas graves. En tal caso, los vocales substitutos concluirán el período respecto del cual fueron designados los integrantes que fueron substituidos.

En caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad permanente de alguno de los Vocales, el Secretario Técnico informará de ello al Presidente a fin de que éste resuelva lo conducente.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 12 Artículo 7º.- Se considerará que un Vocal incurre en inasistencias cuando sin justificación deja de asistir

a más de cuatro sesiones ordinarias seguidas, habiéndosele notificado la prevención respectiva. Para los efectos de este párrafo, el Presidente o el Secretario Técnico informarán al Vocal que ha dejado de asistir a más de cuatro sesiones ordinarias seguidas y lo prevendrán para que en caso de no asistir a la siguiente sesión ordinaria, se procederá a su remoción. Si el Vocal no asiste a la siguiente sesión ordinaria sin causa justificada, el Presidente resolverá lo conducente.

Artículo 8º.- Se consideran faltas graves que ameriten la substitución de uno o varios Vocales del Comité, las siguientes:

I. Ser condenado por delito doloso que merezca pena corporal; y II. Violar sistemáticamente lo dispuesto en la Ley o en el presente Reglamento.

Artículo 9º.- Para la remoción de un Vocal por faltas graves se deberá seguir el siguiente procedimiento:

I. La propuesta de remoción sólo podrá ser presentada ante el Pleno por cualesquiera de los

integrantes del Comité, ello por escrito, con los elementos que considere adecuados para fundar su propuesta;

II. El Pleno, analizará la propuesta de remoción en la sesión ordinaria o extraordinaria siguiente a la recepción de la misma, y en esa sesión acordará el inicio del procedimiento de remoción o su desechamiento;

III. El Vocal de quien se trate la propuesta de remoción, será citado por el Presidente o por el Secretario Técnico a comparecer ante el Pleno, en sesión ordinaria o extraordinaria, con por lo menos quince días hábiles de anticipación, para que exponga los argumentos y aporte los elementos que considere a su favor.

Para tales efectos, conjuntamente con la cita, se le proporcionará copia de la propuesta de

remoción y se pondrán a su disposición los elementos que hayan sido presentados para fundar la propuesta de remoción.

Si el Vocal cuya remoción se proponga no acude o no expone argumentos a su favor, se le considerará en desacuerdo con la propuesta de remoción.

IV. Una vez expuestos los argumentos y aportados los elementos de prueba por el Vocal cuya remoción se proponga o, en su defecto, una vez que se le tenga en desacuerdo conforme al último párrafo de la fracción III de este artículo, en esa sesión o a más tardar en la siguiente, con base en los elementos que consten en el expediente, el Comité emitirá su opinión, a fin de que el titular del Poder Ejecutivo del Estado resuelva lo conducente.

Artículo 10.- En las sesiones del Comité, en donde se requiera la toma de acuerdos, el voto a ejercer se

emitirá por quien en la sesión ejerza el cargo de Presidente, Secretario Técnico o Vocal. A las sesiones del Comité podrán asistir sus integrantes y representantes, pero sólo uno de ellos expresará el sentido del voto por la Dependencia, Entidad Pública u Organización de la Sociedad Civil que en su caso representen. Artículo 11.- Las ausencias temporales del Presidente y de su representante en las sesiones, serán suplidas por el Secretario Técnico, de donde, el representante de éste asumirá en la Sesión las funciones que la Ley determina en su artículo 29.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 13 Artículo 12.- Las ausencias temporales del Secretario Técnico y de su representante a las sesiones del Comité, serán suplidas por el vocal que señale el Presidente al inicio de la sesión. Las ausencias temporales del Secretario Técnico en relación con el resto de sus atribuciones, serán suplidas por el servidor público que aquel designe. Artículo 13.- El Secretario Técnico pondrá a consideración del Presidente un listado de por lo menos seis organizaciones de la sociedad civil, e información sobre sus programas de trabajo, y logros más destacados en la atención a los adultos mayores, a fin de que, si lo estima conveniente, realice la invitación para la debida integración del Comité.

DE LAS SESIONES DEL COMITÉ TÉCNICO Artículo 14.- Para el cumplimiento de las funciones dispuestas en la Ley, el Comité sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente tantas veces sea necesario y así lo disponga el Presidente o el Secretario Técnico, o en su caso, lo soliciten la mayoría de los Vocales.

En las sesiones extraordinarias sólo podrán ser tratados aquellos asuntos para los cuales fue convocado el Comité. Tratándose de sesiones ordinarias, cualquiera de los integrantes del Pleno podrá solicitar la incorporación de los asuntos que considere convenientes, e igualmente podrá solicitar que se sometan a votación.

El domicilio del Consejo, para efectos de sus sesiones, será aquel que disponga su Presidente, y que así se haga saber en la correspondiente convocatoria. Artículo 15.- La convocatoria para sesión, deberá contener el día, hora y lugar en que se deba celebrar, la mención de ser ordinaria o extraordinaria, el orden del día, y cuando se estime conveniente, acompañará los documentos y anexos necesarios. El Comité podrá aprobar el calendario anual de sesiones ordinarias. De no ser así, al término de cada sesión se citará a los presentes a la siguiente reunión, enviando invitación a los integrantes que no hubiesen asistido. Artículo 16.- Los acuerdos que se tomen en una Sesión, requerirán para su validez de la asistencia de por lo menos la mayoría de los integrantes del Comité. En caso de que la sesión convocada no pudiere llevarse a cabo por falta de quórum, deberá celebrarse ésta, en segunda convocatoria, a más tardar en cinco días hábiles siguientes. Artículo 17.- De toda sesión se levantará un acta la que contendrá por lo menos, el orden del día de la sesión, tipo de sesión, lista de asistencia, el sentido de la deliberación en los asuntos tratados, y los acuerdos aprobados o alcanzados. Artículo 18.- Las sesiones iniciarán con la toma de asistencia de los integrantes del Comité, y la precisión de quienes ostentan los cargos de Presidente y Secretario Técnico en la sesión.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 14 Una vez instalada la sesión, serán discutidos y en su caso votados los asuntos contenidos en el orden

del día, excepto cuando con base a las consideraciones fundadas, el propio Pleno acuerde posponer la discusión o votación de algún asunto en particular. Conforme al orden del día dispuesto, el Secretario Técnico desarrollará la sesión exponiendo las propuestas sobre los asuntos a tratar, realizado lo cual el Presidente moderará los debates a fin de tomar el acuerdo que corresponda. Artículo 19.- Las resoluciones se tomarán por mayoría de votos de los integrantes del Comité presentes; en caso de empate el Presidente o quien lo substituya, tendrá voto de calidad.

DE LOS GRUPOS DE TRABAJO Artículo 20.- Cuando se requiera para la emisión de propuestas, estudios u opiniones, la participación de un Grupo de Trabajo, el Pleno procederá a integrar al grupo que tendrá la encomienda de emitir la propuesta, estudio u opinión que dará a conocer el Presidente para la consideración del Pleno y resolución en su caso.

Artículo 21.- El Comité para el cumplimiento de sus funciones previstas en la Ley, podrá operar a través de Grupos de Trabajo, los cuales en el desarrollo de sus encomiendas, tendrán las siguientes atribuciones:

I. Acopiar la información necesaria para proponer al Pleno, la realización de investigaciones y estudios que contribuyan en la mejora de la planeación y programación de las medidas y acciones que eleven la calidad de vida de las personas adultas mayores;

II. Proponer al Pleno, la unificación de criterios en el otorgamiento de servicios y atención social a los adultos mayores;

III. Asesorar al Pleno en el análisis y evaluación de programas para las personas adultas mayores; IV. Asesorar al Pleno para la preparación y redacción de propuestas de lineamientos y mecanismos de

ejecución a través de indicadores de medición de cobertura e impacto de programas y acciones realizadas respecto de las personas adultas mayores;

V. Proponer al Pleno, programas alternativos para la organización, operación, supervisión y evaluación de los servicios que se presten a los adultos mayores con base en criterios de equidad y eficiencia;

VI. Proponer al Pleno, la elaboración de planes, proyectos y programas que tiendan a brindar el apoyo integral a los adultos mayores;

VII. Presentar ante el Pleno, propuestas para que al interior de las dependencias y entidades públicas estatales y organizaciones de la sociedad civil, con responsabilidad o participación en la atención a los adultos mayores, se cumplan y observen las recomendaciones de los acuerdos del Pleno;

VIII. Proponer medios o sistemas de control, seguimiento y evaluación en los programas para la correcta aplicación de los recursos públicos que se destinen a la atención de los adultos mayores;

IX. Coadyuvar con las autoridades competentes, para la evaluación y seguimiento de los programas que se implementen para dar cumplimiento al objeto de la Ley;

X. Presentar al Pleno propuestas para que dentro de los programas anuales de las dependencias y entidades públicas estatales, se contemplen acciones que propicien la participación ciudadana en actividades y proyectos dirigidos a la plena integración a la vida económica, política, social y cultural de las personas adultas mayores.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 15 XI. Presentar al Pleno propuestas para que las Dependencias y Entidades Públicas Estatales, incorporen

dentro de sus programas anuales, acciones para la difusión a través de publicaciones y distribución de material informativo sobre la situación de las personas adultas mayores.

XII. Presentar propuestas que propicien la coordinación de los programas de atención a las personas adultas mayores, llevados por instituciones públicas y privadas en la Entidad;

XIII. Promover que las instituciones públicas y privadas con programas de atención a las personas adultas mayores, lleven un padrón de personas beneficiadas. Artículo 22.- Cada integrante de los Grupos de Trabajo, cuando su calidad sea la de suplente,

informará al titular de su dependencia, entidad pública estatal u organización de la sociedad civil, sobre las acciones, proyectos y programas en que intervenga, y lo asesorará y proveerá de información sobre los temas que se traten en cada una de las sesiones del Comité.

DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ TÉCNICO Artículo 23.- El Presidente, además de las atribuciones que tiene encomendadas en la Ley, tendrá las siguientes funciones:

I. Declarar la existencia del quórum legal, Iniciar y levantar la sesión, además de declarar recesos, cuando sea necesario;

II. Instruir al Secretario Técnico sobre la formulación del orden del día de las sesiones y convocatoria a las mismas;

III. En la dirección y moderación de los debates, determinar el orden de participación de los integrantes del Comité, tomando las medidas necesarias para el adecuado funcionamiento de las sesiones;

IV. Consultar a los integrantes del Pleno si los temas del orden del día han sido suficientemente discutidos;

V. Someter a votación los acuerdos y resoluciones del Pleno; VI. Solicitar al vocal titular la designación de un nuevo representante, cuando éste debiendo ejercer su

cargo de representación acumule tres inasistencias a las sesiones en un período de un año, ya sean ordinarias o extraordinarias; y

VII. Las demás que le otorgue el Comité o se le confieran en otras disposiciones legales aplicables.

DEL SECRETARIO TÉCNICO Artículo 24.- El Secretario Técnico recabará en el primer trimestre de cada año, de las siguientes autoridades estatales, los programas que fueren planeados para la atención de los Adultos Mayores:

I. Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado de Nuevo León. II. Secretaría de Salud del Estado de Nuevo León. III. Secretaría de Educación del Estado de Nuevo León. IV. Consejo de Relaciones Laborales y Productividad. V. Instituto Estatal de las Mujeres.

VI. Dirección de Radio Nuevo León. VII. Dirección de Televisión Estatal.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 16

Artículo 25.- El Secretario Técnico, además de las obligaciones dispuestas por el artículo 29 de la Ley, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Pasar lista de asistencia de los integrantes del Comité; II. Tomar la votación de quienes conforman el Pleno con derecho a voto y dar a conocer el resultado; III. Preparar las propuestas estudios u opiniones que se someterán a consideración del Pleno; IV. Elaborar los informes que le sean solicitados; V. Establecer con los Municipios, mecanismos de coordinación y comunicación para promover y

fomentar las resoluciones del Comité en materia de atención a las adultos mayores, en el ámbito de competencia de aquellos;

VI. Difundir para propiciar, entre las instituciones públicas y privadas las acciones que la administración pública emprenda para la atención integral de las personas adultas mayores;

VII. Recibir y compilar la información sobre los programas y acciones emprendidas por las dependencias de la administración pública en materia de atención a los adultos mayores;

VIII. Analizar y ordenar la información que proporcionada al Comité se turnará a los Grupos de Trabajo; IX. Dar cuenta al Pleno de la correspondencia recibida; X. Rendir al Pleno los informes de evaluación periódica, acerca de las acciones ejecutadas para el

cumplimiento de los programas, acciones y proyectos que se aprueben por el Ejecutivo del Estado, en materia de atención a los adultos mayores;

XI. Ejecutar los acuerdos del Pleno y proveer en la esfera operativa lo necesario para su cumplimiento; XII. Llevar el archivo del Comité, en el cual se incluya el registro de las actas, acuerdos y resoluciones

aprobadas; XIII. Dar fe de lo actuado en las sesiones, legalizando los documentos del Comité, certificando copias con

su firma y expidiéndolas cuando sean solicitadas; XIV. Dar cuenta al Pleno de cuando se den cambios de titulares o representantes de alguna vocalía; XV. Informar al Presidente, cuando algún representante de Vocal tenga tres inasistencias, a efecto de que

se solicite una nueva designación.

DE LOS VOCALES Artículo 26.- Los Vocales integrantes del Comité tendrán las siguientes obligaciones:

I. Asistir puntualmente a las sesiones del Comité, participar y votar en dichas sesiones; II. Integrar el quórum para resolver colegiadamente los asuntos del Pleno; III. Participar en los Grupos de Trabajo a los que sean asignados; IV. Presentar las propuestas en base a los proyectos, programas o acciones llevados por su

representada en materia de atención a los adultos mayores; V. Refrendar su participación en las sesiones mediante su firma en las actas correspondientes;

VI. Presentar oficio de designación de representación, ya cuando asistan por primera o única vez, o su participación sea para ejercerla dentro del periodo de designación en el Comité como integrante del mismo; y

VII. Las demás que se les encomienden en otras disposiciones legales aplicables.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 17

TRANSITORIO ARTICULO ÚNICO. El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Dado en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, el día 15 de Abril de 2005.

LA C. PRESIDENTA EJECUTIVA DEL CONSEJO DE DESARROLLO SOCIAL Y

SECRETARIA TÉCNICA DEL COMITÉ TÉCNICO

PARA LA ATENCIÓN A LOS ADULTOS MAYORES

ALEJANDRA RANGEL HINOJOSA RÚBRICA

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 18

EXPOSICION DE MOTIVOS

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE NUEVO LEON

ISSSTELEON EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS

TRABAJADORES DEL ESTADO DE NUEVO LEON, EN LA LV QUINCUAGÉSIMA QUINTA

SESION ORDINARIA DE FECHA 27 DE ENERO DEL 2005, EN CUMPLIMIENTO A LO

ORDENADO POR LOS ARTICULOS 121 FRACCIÓN IX, X Y 128 FRACCIÓNES VII, X y XVIII

DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS

TRABAJADORES DEL ESTADO DE NUEVO LEON, Y

C O N S I D E R A N D O: PRIMERO:- Que según lo establecido por el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado la Oficialía Mayor de Gobierno es la dependencia encargada de otorgar apoyo administrativo en relación a los recursos humanos, materiales y servicios generales que requieran las Dependencias del Gobierno del Estado. SEGUNDO:- Que entre las facultades de esa Oficialía Mayor esta la de vigilar el debido cumplimiento de la normatividad aplicable en materia de administración, así como la de dictar normas y criterios para la adquisición de bienes, su uso y destino, conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 19 TERCERO:- Que de acuerdo con el mismo numeral corresponde a tal Oficialía apoyar a las Dependencias en la programación de la adquisición de sus bienes, servicios y recursos materiales, misma disposición que es congruente con el artículo 1 y 2 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios para la Administración Pública del Estado; y, toda vez que con motivo de la reestructuración de la Administración Pública del Estado dicha Oficialía Mayor de Gobierno asumió la competencia de los asuntos que correspondían a la Secretaria de Administración, en términos del artículo Séptimo Transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública, es por ello que es a la propia Oficialía a quien corresponde instrumentar operativamente las acciones necesarias para el cumplimiento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios para la Administración Pública del Estado, ello con el propósito de regular el funcionamiento de la administración y optimizar los recursos económicos de las Dependencias y Organismos Públicos Descentralizados con lo cual se da cumplimiento al artículo 134 Constitucional. CUARTO:- Tomando en cuenta que los Organismos Públicos Descentralizados, Empresas de participación Estatal y Fideicomisos Públicos forman parte integrante del Ejecutivo del Estado, según lo dispuesto por el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, por lo que, si bien los Organismos Públicos Descentralizados son entes con patrimonio y personalidad jurídica propios, deben observar fielmente las disposiciones legales que regulan los procedimientos de las adquisiciones, por lo anterior y a efecto de dar cabal cumplimiento a lo ordenado por el C. Gobernador Constitucional Licenciado José Natividad González Páras, por conducto del Oficial Mayor de Gobierno Contador Público Alfredo G. Garza de la Garza, según oficio Número OMG/002/2005 de fecha 12 de Enero del 2005 y suscrito por el citado Oficial Mayor de Gobierno, se acuerda modificar el Reglamento de Organización Interna del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León, exclusivamente por lo que respecta a los artículos 127, 132, 136 y 137, para quedar redactados en lo subsecuente como sigue:

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 20

“Artículo 127.- El Comité para el Control de Operaciones Patrimoniales será presidido por el Titular de la Oficialía Mayor de Gobierno, quien se auxiliará de un Secretario Técnico, que será el Coordinador de Contratos y Servicios del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León.”

“Artículo 132.- El Comité para el Control de Operaciones Patrimoniales estará integrado por: I.- El Titular de la Oficialía Mayor de Gobierno, quien fungirá como Presidente, pudiendo delegar esta función en algún otro servidor público de la Oficialía Mayor de Gobierno; II.- Director General; III.- Director de Administración; IV.- Director de Planeación y Finanzas; V.- Director de Prestaciones Sociales y Económicas; VI.- Director de Servicios Médicos; VII.- Director de Servicios Médicos Subrogados; VIII.- Director Jurídico; IX.- Titular de la Contraloría Interna; X.- Coordinador de Contratos y Servicios, quien fungirá como Secretario Técnico; XI.- Jefe de Adquisiciones. XII.- Representante de la Contraloría Interna del Gobierno del Estado; y XIII.- Titular del área que va a adquirir el servicio

“Artículo 136.- Cuando la naturaleza de algún asunto a tratar requiera de una reunión extraordinaria el Secretario Técnico del Comité deberá convocar a los miembros del Comité cuando menos con veinticuatro horas de anticipación”

“Artículo 137.- El quórum necesario para las sesiones será la mayoría de los integrantes. En caso de no haber quórum se convocará a una nueva sesión que deberá ser dentro de los tres días hábiles siguientes, la cuál se efectuará con los integrantes que concurran y se autorizarán los acuerdos tomados en ella. En caso de ausencia del Presidente o su suplente, la sesión la presidirá el funcionario que se elija por los presentes”.

A los 27 veintisiete días del mes de Enero del 2005 dos mil cinco, así lo acuerdan y firman los integrantes del H. Consejo Directivo del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 21 MIEMBROS DEL H. CONSEJO DIRECTIVO

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 22 PRINCIPAL AFORE S.A. DE C.V.

AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL MEDIANTE REEMBOLSO

DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO CON EL ARTÍCULO 9 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES Y POR LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO DE LOS ESTATUTOS SOCIALES DE LA EMPRESA DENOMINADA PRINCIPAL AFORE S.A. DE C.V., SE HACE DEL CONOCIMIENTO GENERAL, POR ESTE CONDUCTO QUE EN LAS RESOLUCIONES EXTRAORDINARIAS DE ACCIONISTAS DE LA REFERIDA SOCIEDAD, QUE SE CELEBRARON EL PASADO 21 DE ABRIL DE 2005; SE ACORDÓ REEEMBOLSAR EN EFECTIVO, LA CANTIDAD DE $500,000,000.02 , PRECIO DE REEMBOLSO DE 1.40 PESOS POR CADA ACCION, RESPECTO DE LA APORTACION OTORGADA POR PRINCIPAL INTERNATIONAL, INC. CORRESPONDIENTES A 357,142,858 ACCIONES CON VALOR NOMINAL DE UN PESO MISMAS QUE SE CANCELAN A PARTIR DEL 15 DE JULIO DE 2005, PLAZO CONVENIDO POR MI REPRESENTADA CON EL ACCIONISTA, PARA QUE SURTA EFECTOS LA DISMINUCION AL CAPITAL Y PAGO DEL REEMBOLSO; UNA VEZ QUE SURTA EFECTOS EL REEMBOLSO EL CAPITAL DE PRINCIPAL AFORE S.A. DE C.V. EN SU PARTE VARIABLE SERÁ INTEGRADO POR LA CANTIDAD DE 758,518,204 ACCIONES LO ANTERIOR SE DECLARA PARA QUE SURTA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES. MONTERREY, N.L. A 2 DE MAYO DE 2005. ATENTAMENTE ANA MARGARITA GARZA VILLARREAL DELEGADA ESPECIAL PRINCIPAL AFORE S.A. DE C.V. RÚBRICA. Orden No. 591.- 2-13-25

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 23 PRESIDENCIA MUNICIPAL DE APODACA, N.L.

SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO, OBRAS PÚBLICAS Y ECOLOGÍA

LICITACIÓN PÚBLICA MULTIPLE De conformidad con lo establecido en los Artículos 28 y 29 de la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de N.L., Se Convoca a las personas Físicas o Morales a participar en la licitación Pública

Municipal para la adjudicación de Contrato de Obra Pública que a continuación se describe:

No de Licitación Costo de las Bases

Fecha límite para Adquirir Bases e

Inscripción Visita al lugar de la Obra Junta de Aclaraciones

Presentación de Proposiciones y Apertura

Técnica Acto de Apertura Económica

LP-F-IV-/02/05 $1,500.00 23-MAYO-05

13:00 HRS. 23-MAYO-05 10:00

HRS. 24-MAYO-05 10:00 HRS.

01-JUNIO-05 10:00 HRS.

02-JUNIO-05 10:00 HRS.

LP-F-IV-/03/05 $1,500.00 23-MAYO-05

13:00 HRS. 23-MAYO-05 10:00

HRS. 24-MAYO-05 11:00 HRS.

01-JUNIO-05 11:00 HRS.

02-JUNIO-05 11:00 HRS.

LP-F-IV-/04/05 $1,500.00 23-MAYO-05

13:00 HRS. 23-MAYO-05 10:00

HRS. 24-MAYO-05 12:00 HRS.

01-JUNIO-05 12:00 HRS.

02-JUNIO-05 12:00 HRS.

No de Licitación Descripción General de la Obra Fecha de Inicio Aprox. Fecha de Terminación Aprox. Capital Contable Requerido

LP-F-IV-/02/05 Construcción de Unidad Deportiva, en la Col. Villas de San

Carlos. 07-JUNIO-05

29-SEPTIEMBRE-05 $500,000.00

LP-F-IV-/03/05 Construcción de Centro Odontológico, en la Col. Praderas de

Apodaca. 07-JUNIO-05

14-OCTUBRE-05 $400,000.00

LP-F-IV-/04/05 Construcción de Centro Odontológico, en la Col. Roberto

Espinoza. 07-JUNIO-05

14-OCTUBRE-05 $400,000.00

La obra será financiada con Recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios Fondo IV, Ramo 33. Las bases de la Licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en la Dirección de Normatividad y Control Financiero de Obras Públicas, ubicada en Abasolo No. 103, Centro de Apodaca, N.L., en el horario de 9:00 a 13:00 horas. La forma de pago es en efectivo, con cheque certificado o de caja a favor de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal de Apodaca, N.L. y se recibirá en las cajas de Tesorería en el horario de 9:00 a 13:00 horas. La visita al lugar de la obra se realizará partiendo de las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología. La junta de aclaraciones, la presentación de las propuestas, su Apertura Técnica y su Apertura Económica, se llevarán a cabo el día y la hora indicados para la licitación en: La sala de juntas de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología. El idioma en que se deberán presentar las proposiciones será: Español La moneda en que deberá cotizarse las proposiciones será: Moneda Nacional Se otorgará un anticipo del 30 % (10 % para el inicio de la obra y 20 % para la compra de materiales de construcción, adquisición de equipo de instalación permanente y demás insumos necesarios). Se podrá Subcontratar parte de la Obra previa autorización de la Dependencia . A) REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS INTERESADOS: 1. Solicitud escrita, firmada por el concursante o su representante legal, manifestando su interés en participar. 2.- Testimonio de acta constitutiva y sus modificaciones, tratándose de personas morales o identificación con fotografía y copia del acta de nacimiento, en caso de persona física, en ambos casos deberá anexarse copia de la cédula de identificación fiscal. 3. - Acreditación de los poderes suficientes. 4. - Registro actualizado de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción. 5. - Declaración escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en los supuestos de los artículos 44 y 111 de la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de N.L. 6. - Estado financiero al 31 de Diciembre del 2004, auditado o declaración anual correspondiente al último ejercicio Fiscal, así como copia de la Cédula profesional del Contador Público que audita. 7. - Documentación que compruebe su capacidad Técnica y experiencia en Obras similares a la indicada en la licitación (Curriculum de la Empresa). 8. - Copia de la Cédula profesional y Curriculum del representante técnico. 9. - Listado de maquinaria y equipo, indicando ubicación. 10. - Copia del registro del I.M.S.S., INFONAVIT y del registro de alta de la S.H.C.P. De la documentación solicitada, los interesados entregarán copia presentando original que avale. B) ENTREGA DE DOCUMENTOS: 1. La Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología, Por conducto de la Dirección de Normatividad y Control Financiero de Obras Públicas, con base en la información presentada por los interesados previa revisión, notificará la resolución a su solicitud. 2. - Los interesados inscritos, previo pago correspondiente, podrán recoger las bases y la documentación para la licitación en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología, Dirección de Normatividad y Control Financiero de Obras Públicas, ubicada en Abasolo 103 Centro de Apodaca, N.L. Los criterios generales para adjudicación de contrato serán: Con base en el análisis comparativo de las proposiciones admitidas y en el presupuesto de la obra, se adjudicará el contrato a la persona que de entre los proponentes: A) Reúna las condiciones Legales, Técnicas y Económicas requeridas; B) Garantice satisfactoriamente el cumplimiento del contrato. C) Cuente con la experiencia requerida para la ejecución de los trabajos. D) En igualdad de condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, se dará prioridad a los contratistas locales. Si una vez considerados los criterios anteriores resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea más bajo. Las condiciones de pago son: Por unidad de Obra terminada a través de estimaciones de periodos máximos de 15 días. Los plazos de esta convocatoria se fundamentan en lo Dispuesto en el Articulo 36 de La Ley vigente de Obras Públicas para el Estado y Municipios de N.L.

CD. APODACA, N.L. A 13 DE MAYO DEL 2005

RUBRICA C.P. JOSE ANTONIO ELIZONDO GARZA

PRESIDENTE MUNICIPAL DE APODACA, N.L.

RUBRICA C.P. JESÚS HÉCTOR GARZA VILLARREAL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO,

OBRAS PÚBLICAS Y ECOLOGÍA Orden No. -648.-13

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 24

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEON MUSEO DE HISTORIA MEXICANA ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO

LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL

Convocatoria: 001 El Gobierno del Estado de Nuevo León, a través del MUSEO DE HISTORIA MEXICANA, en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 5, 21, 23, 25, 26 y demás relativos de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios para la Administración Pública del Estado de Nuevo León, y 8°, inciso d), de la Ley de Egresos del Estado para el año del 2005, CONVOCA a personas físicas y morales a participar en los siguientes concursos:

CONVOCATORIA MÚLTIPLE

No. De Concurso Descripción Fecha límite para

adquirir las Bases

Costo de las Bases

Junta de aclaraciones

Presentación de proposiciones y apertura técnica

Capital Contable mínimo

requerido

48059001-001-05

Suministro de equipo de

audiovisuales de reproducción,

proyección y de control de video y

audio para el Museo que se

ubicará en Palacio de Gobierno.

26/05/2005 $ 2,200.00 Costo en

Compranet: $ 2,000.00

30/05/2005 10:00 horas

06/06/2005 10:00 horas $ 1,500,000.00

48059001-002-05

Suministro de equipo de

Iluminación para el Museo que se

ubicará en Palacio de Gobierno.

26/05/2005 $ 2,200.00 Costo en

Compranet: $ 2,000.00

30/05/2005 15:00 horas

06/06/2005 15:00 horas $ 1,500,000.00

Nota: La descripción de los bienes y servicios y demás especificaciones y condiciones, se señalan dentro de las Bases de los Concursos. I. INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES

• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en Internet: http://compranet.gob.mx, o bien en: Diego de Montemayor Sur Número 444, Colonia Centro, C. P. 64000, Monterrey, Nuevo León, teléfono: (81) 83459898 ext. 195, los días de lunes a viernes; con el siguiente horario: de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas. La forma de pago será mediante cheque certificado o de caja a favor del Museo de Historia Mexicana. En Compranet mediante los recibos que genera el sistema.

Se solicita a los participantes que se inscriban por Compranet, enviar copia del comprobante de pago vía fax al tel. 83458684 o bien a las Oficinas Administrativas del Museo de Historia Mexicana ubicadas en Diego de Montemayor Sur Número 444, Colonia Centro, C. P. 64000, Monterrey, Nuevo León, antes de la celebración de la junta de aclaraciones.

La Convocante, procederá a la inscripción de los participantes, previo pago del costo de las Bases. La Convocante, con base en el análisis comparativo de las propuestas admitidas y en sus propios presupuestos y programa base, emitirá un dictamen que servirá como fundamento para el fallo, mediante el cual se adjudicará el contrato a los participantes que reúnan las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Convocante y que garanticen satisfactoriamente su cumplimiento.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 25 • El idioma en que deberá presentarse la proposición será: Español. • La moneda en que deberá cotizarse la proposición será: Peso mexicano. • No se otorgará anticipo. • Lugar de entrega de los Bienes: Museo de Historia Mexicana, ubicado en Diego Montemayor Sur, No. 444, en el centro de Monterrey N.

L., los días de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 18:00 horas. • El plazo de entrega será de 45 días naturales, a partir de que se emita el Acta del Fallo correspondiente. • El pago correspondiente a los bienes y servicios, se efectuará en moneda nacional, dentro de los 20 días naturales a su aceptación. • Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán

ser negociadas.

MONTERREY, NUEVO LEÓN, A 13 DE MAYO DEL 2005.

C. P. ALEJANDRO GARZA SALCE GERENTE ADMINISTRATIVO

MUSEO DE HISTORIA MEXICANA

RÚBRICA Orden No. -649.-13

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 26

AVISO NOTARIAL SE HA DENUNCIADO ANTE ESTA NOTARIA PUBLICA NUMERO 94 NOVENTA Y CUATRO, JUICIO HEREDITARIO ADMINISTRATIVO A BIENES DE LEODEGARIO RODRIGUEZ LOPEZ, PROMOVIDO POR MARIA GUADALUPE DELGADO QUINTERO, MARIA GUADALUPE RODRIGUEZ DELGADO, DOMITILA RODRIGUEZ DELGADO, ALMA DELIA RODRIGUEZ DELGADO, SALOMON RODRIGUEZ DELGADO, LUISA RODRIGUEZ DELGADO. SE CONVOCA A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO A LA HERENCIA COMPAREZCAN A DEDUCIR SUS DERECHOS DENTRO DE LOS 30 TREINTA DIAS SIGUIENTES CONTADOS A PARTIR DE ESTA PUBLICACIÓN. SE PUBLICA ESTE AVISO EN LOS TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 780, 781, 782, 783, 784 Y DEMAS RELATIVOS DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO.

LIC. ALMA AZUCENA UREÑA FRAUSTO. NOTARIO PUBLICO No. 94.

RÚBRICA Orden No. -646.-13

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 27

RÚBRICA Orden No. -638.-13 Orden No. -639.-13

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 28

GRUPO LA FE, S.A. DE C.V. Balances Generales (Pesos de poder adquisitivo constante al 31 de diciembre de 2004)

Al 31 de diciembre de 2004 2003

ACTIVO CIRCULANTE

Efectivo y equivalentes............................................................................................................................................ $ 34,590 $ 14,380 Compañías relacionadas a corto plazo (Nota 4) .................................................................................................... 16,098,342 78,063,621 Otras cuentas por cobrar ........................................................................................................................................ 224,553 6,309,362 Impuestos por recuperar ......................................................................................................................................... 3,933,182 2,819,550

Total del activo circulante........................................................................................................................... 20,290,667 87,206,913

INVERSIÓN EN COMPAÑIAS SUBSIDIARIAS (Nota 5) ....................................................................................... 200,430,443 159,168,339

COMPAÑIAS RELACIONADAS A LARGO PLAZO (Nota 4) ................................................................................. 161,114,408 42,072,246

OTRAS CUENTAS POR COBRAR A LARGO PLAZO…………. 10,209,976 -

MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA, NETO (Nota 6) ......................................................................................... 16,461 20,437

CREDITO MERCANTIL, NETO DE AMORTIZACIÓN ACUMULADA POR $ 244,145 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 ...............................................................................................................................................

4,648,078

4,879,511

TOTAL DEL ACTIVO................................................................................................................................. $ 396,710,033 $ 293,347,446

PASIVO Y CAPITAL CONTABLE PASIVO CIRCULANTE

Otras cuentas y gastos acumulados por pagar ...................................................................................................... $ 7,121,316 12,091,581 Compañías relacionadas (Nota 4) .......................................................................................................................... 12,301,737 53,848,069

Total del pasivo circulante ......................................................................................................................... 19,423,053 65,939,650

Compañías relacionadas a largo plazo (Nota 4) .................................................................................................... 110,165,985 -

TOTAL DEL PASIVO ................................................................................................................................ 129,589,038 65,939,650 CAPITAL CONTABLE (Nota 8)

Capital social ........................................................................................................................................................... 125,082,998 125,082,998 Aportación para futuros aumentos de capital ......................................................................................................... 164,580 164,580 Resultados acumulados.......................................................................................................................................... 78,750,922 62,497,428 Resultado del ejercicio ............................................................................................................................................ 39,713,199 16,253,494 Efecto acumulado de impuesto sobre la renta diferido .......................................................................................... 23,409,296 23,409,296

Total del capital contable .............................................................................................................................. 267,120,995 227,407,796

Pasivos contingentes (Nota 9) ..................................................................................................................................... - -

TOTAL DEL PASIVO Y DEL CAPITAL CONTABLE.............

$

396,710,033 $ 293,347,446 Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 29 GRUPO LA FE, S.A. DE C.V. Estados de Resultados (Pesos de poder adquisitivo constante al 31 de diciembre de 2004)

Del 1 de enero al 31 de diciembre de

2004 2003 Participación en subsidiarias (Notas 1 y 5) ............................................................................................................. $ 41,295,550 $ 19,926,045 Gastos de administración ......................................................................................................................................... (1,183,001) (1,212,029)

Utilidad bruta .............................................................................................................................. 40,112,549 18,714,016

Resultado integral de financiamiento:

Fluctuación cambiaria, neta ............................................................................................................................. 2,258,282 ( 611,464) Efecto monetario desfavorable ........................................................................................................................ (3,102,782) (2,727,471)

Total resultado integral de financiamiento ................................................................................... ( 844,500) (3,338,935) Otros productos (Nota 4).......................................................................................................................................... 445,150 878,413

UTILIDAD NETA .........................................................................................................................$ 39,713,199 $ 16,253,494

Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros

GRUPO LA FE, S.A. DE C.V. Estados de Cambios en la Situación Financiera (Pesos de poder adquisitivo constante al 31 de diciembre de 2004)

Años terminados el 31 de diciembre de

2004 2003 Actividades de operación:

Utilidad (Pérdida) neta .................................................................................................................................... $ 39,713,199 $ 16,253,494 Más cargos (menos créditos) a resultados que no requieren (proporcionan) recursos: Depreciación y amortización ........................................................................................................................... 492,267 266,270 Participación en subsidiarias .......................................................................................................................... (41,295,550) (19,926,046)

( 1,090,084) (3,406,282)

Financiamiento neto (inversión neta) de operación: Impuestos por recuperar ................................................................................................................................. (1,113,632) (1,357,588) Otras cuentas por cobrar ................................................................................................................................. 6,084,809 2,253,961 Compañías relacionadas a corto plazo, neto ................................................................................................. 20,418,947 (6,140,300) Otras cuentas y gastos acumulados por pagar............................................................................................... (4,970,265) 11,872,130

Recursos generados por actividades de operación ............................................................................ 19,329,775 3,221,921 Actividades de financiamiento:

Crédito mercantil .............................................................................................................................................. (256,858) 204,247 Otras cuentas por cobrar a largo plazo ........................................................................................................... (10,209,976) - Compañías relacionadas a largo plazo ........................................................................................................... (8,876,177) (3,664,951)

Recursos (utilizados en) generados por actividades de financiamiento ............................................. (19,343,011)

(3,460,704)

Actividades de inversión:

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 30 Inversión en compañías subsidiarias – Recursos generados por (utilizados en) actividades de inversión...

33,446

142,340

Aumento (Disminución) del efectivo y equivalentes .................................................................................................... 20,210 (96,443) Efectivo y equivalentes:

Al inicio del año .................................................................................................................................... 14,380 110,823 Al final del año...................................................................................................................................... $ 34,590 $ 14,380

Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 31

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 32

CORPORATIVO LA FORTALEZA, S.A. DE C.V. Balances Generales (Pesos de poder adquisitivo constante al 31 de diciembre de 2004)

Al 31 de diciembre de

2004 2003

ACTIVO CIRCULANTE

Compañías relacionadas (Nota 4) ........................................................................................................................................ $ 27,453,549 $ 29,172,920

Impuestos por recuperar........................................................................................................................................................ 1,079,252 769,240

Total del activo circulante..................................................................................................................................... 28,532,801

29,942,160 INVERSIÓN EN COMPAÑÍA SUBSIDIARIA (Nota 5) ........................................................................................................... 267,120,995 168,532,250

CREDITO MERCANTIL, NETO DE AMORTIZACION POR

$1,845,104 Y $ 964,390 AL 31 DE DICIEMBRE DE

2004 y 2003 ............................................................................................................................................. 35,097,153 12,222,407

TOTAL DEL ACTIVO ................................................................................................................................ $ 330,750,949 $ 210,696,817

PASIVO Y CAPITAL CONTABLE

PASIVO CIRCULANTE

Compañías relacionadas (Nota 4) ........................................................................................................................................ $ 257,802 $ 251,952

Pasivos acumulados .............................................................................................................................................................. 187,365 -

Total del pasivo circulante.................................................................................................................................... 445,167 251,952

Exceso del valor en libros sobre el costo de las acciones de compañía subsidiaria (Nota 6).........................................

26,023,689

41,061,478

COMPAÑIAS RELACIONADAS LARGO PLAZO (Nota 4)................................................................................................ 152,424,426 71,275,771

TOTAL DEL PASIVO......................................................................................................................................... 178,893,282 112,589,201

CAPITAL CONTABLE (Nota 8)

Capital social........................................................................................................................................................................... 51,872,869 51,872,869

Capital social suscrito no exhibido ........................................................................................................................................ (57,804) (57,804)

Resultados acumulados......................................................................................................................................................... 46,292,551 23,245,335

Resultado del ejercicio ........................................................................................................................................................... 53,750,051 23,047,216

Total del capital contable...................................................................................................................................... 151,857,667 98,107,616

Pasivos contingentes (Nota 9)................................................................................................................................................... - -

TOTAL DEL PASIVO Y DEL CAPITAL CONTABLE ..................................................................................................... $ 330,750,949 $ 210,696,817

Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 33 CORPORATIVO LA FORTALEZA, S.A. DE C.V. Estados de Resultados (Pesos de poder adquisitivo constante al 31 de diciembre de 2004)

Años terminados el 31 de diciembre de

2004 2003 Participación en subsidiaria (Nota 5)......................................................................................................................................... $ 39,713,199 $ 12,074,025

Gastos de administración........................................................................................................................................................... (55,799) (66,364)

Utilidad de operación................................................................................................................................. 39,657,400 12,007,661

Resultado integral de financiamiento:

Gastos por intereses.......................................................................................................................................................... (2,280,924) (5,049,254)

Gastos por intereses.......................................................................................................................................................... (11,247) -

Efecto monetario favorable................................................................................................................................................ 4,253,684 3,119,830

Total del resultado integral de financiamiento ........................................................................................... 1,961,513 (1,929,424)

Otros ingresos (Nota 6) .............................................................................................................................................................. 12,131,138 12,968,979

Utilidad neta ................................................................................................................................................ $ 53,750,051 $ 23,047,216

Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros.

Page 34: 057 POE XCONTENIDO 13 DE MAYO DE 2005 - Nuevo León · 2015. 6. 22. · PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 6 C O N S I D E R A N D O PRIMERO

PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 34 CORPORATIVO LA FORTALEZA, S.A. DE C.V.

Estados de Cambios en la Situación Financiera (Pesos de poder adquisitivo constante al 31 de diciembre de 2004)

Años terminados el 31 de diciembre de

2004 2003

Actividades de operación: Utilidad neta .............................................................................................................................................................................

$ 53,750,051 $ 23,047,216

Mas cargos a resultados que no requieren recursos:

Amortización, neta.............................................................................................................................................................Depreciación

(12,131,138) (12,968,979)

Participación en resultados de subsidiaria ...................................................................................................................... (39,713,199) (12,074,025)

Recursos generados (utilizados en) por la operación ....................................................................................... 1,905,714 (1,995,788)

(Inversión neta) financiamiento neto de operación:

Impuestos por recuperar................................................................................................................................................... (310,012) (756,772)

Compañías relacionadas, neto......................................................................................................................................... 1,725,221 (29,180,411)

Pasivos acumulados ......................................................................................................................................................... 187,365 (162,439)

Recursos generados por (utilizados en) actividades de de operación...................................................................................................................................................... 3,508,288 (32,095,410)

Actividades de financiamiento:

Compañías relacionadas largo plazo..................................................................................................................................... 81,148,655 55,704,008 Recursos generados por actividades de financiamiento ..................................................................................... 81,148,655 55,704,008

Actividades de inversión:

Inversión en acciones.............................................................................................................................................................. (58,875,546) (13,168,917)

Crédito mercantil y exceso del vr. contable sobre el costo de las

acciones de compañía subsidiaria, neto................................................................................................................ (25,781,397) (10,439,681)

Recursos utilizados en actividades de inversión.................................................................................................. (84,656,943) (23,608,598)

Aumento del efectivo y equivalentes .................................................................................................................. - -

Ef ti i l t

Al inicio del año........................................................................................................................................................................ - -

Al final del año ......................................................................................................................................................................... $ - $ - Las notas adjuntas son parte de estos estados financieros.

RÚBRICA

Orden No. -640.-13 Orden No. -641.-13

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 35

Ayuntamiento de Monterrey

Gobierno Municipal 2003-2006

CONVOCATORIA DE LICITACION PUBLICA NACIONAL

SA-DA/12/2005

La Dirección de Adquisiciones de la Secretaría de Administración, de conformidad con la fracción XXXIII del artículo 18 del Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Monterrey, a solicitud de la Secretaría de administración, en cumplimiento de los artículos 20, 21 y 22 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey; convoca, a las personas físicas y morales, a participar en la licitacion de carácter nacional SA-DA/12/2005, referente a la adjudicación del contrato de suministro de vales de despensasque a continuación se describen:

No. de licitación ca

ntid

ad

unidad de

medida

descripción de los bienes

fecha límite de

inscripción

Junta de

Aclaraciones

Acto de

PresentaciónY Apertura dePropuestas

costo de

las bases

sa

-da/1

2/200

5

1

lote

vales de despensa

20 de mayo de

2005 a las 16:00 horas

17 de mayo de2005, a las 10:0

horas

30 de mayo

del 2005, a las10:00 horas

$1,500.00

M.N.

Las especificaciones y características de los bienes y servicios, así como las condiciones para su adjudicación, se encuentran dentro de las Bases. la adquisicion resultante en esta licitacion, será ejecutada, con recursos propios de la Hacienda Pública municipal.

A).- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS INTERESADOS.

1.-Presentar copia del registro actualizado del Padrón de Proveedores del Municipio de Monterrey o inscribirse en el mismo. B).- SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y ADQUISICIÓN DE LAS BASES. 1.- El documento que contiene las Bases para la Licitación estará a disposición de los interesados para su consulta o compra a partir del día de su publicación, en las oficinas de la Dirección de Adquisiciones, en el segundo piso de la sede del Gobierno Municipal de Monterrey, sita en las calles de Ocampo y Zaragoza sin número, extremo sur de la gran plaza, en el centro de la ciudad, de lunes a viernes en días hábiles, en horario de 8:00 a 16:00 horas. 2.- Los interesados en participar en la licitación deberán adquirir las Bases, en las oficinas de la Dirección de Adquisiciones, previo pago de la cantidad establecida. Dicho pago será hecho en efectivo o cheque certificado expedido a nombre de la Tesorería Municipal de Monterrey, Nuevo León. 3.- La Inscripción al presente concurso, previo pago de las Bases, se llevará cabo en la misma Dirección de Adquisiciones, en los días y horarios que se señalan en el punto 1 de este inciso.

C). SOBRE LA JUNTA DE ACLARACIONES Y EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS. 1.- La Junta de Aclaraciones de las Bases de la presente licitación se efectuará en la fecha y hora señaladas, en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones, ubicada en el segundo piso, de esta Presidencia Municipal de Monterrey, sita en el cruce de las calles de Zaragoza y Ocampo en el centro de la ciudad de Monterrey.

2.- El Acto de Presentación y Apertura de Propuestas se celebrará en la fecha y hora indicada en esta Convocatoria, en la Sala de Juntas de la Dirección de Adquisiciones, ubicada en el segundo piso, de esta Presidencia Municipal de Monterrey, sita en el cruce de las calles de Zaragoza y Ocampo, en el centro de esta Ciudad.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 36 3.- El idioma en que se deberán presentar las propuestas será el idioma español. 4.- Ninguna de las condiciones contenidas en las Bases de la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas. 5.- No se recibirán o en caso contrario se desecharan las propuestas, ni se celebrará contrato alguno con persona física o moral, que se encuentren estipuladas dentro de cualquiera de los supuestos del artículo 43 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey. D).- DE LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS, FORMA DE PAGO Y ANTICIPOS

1.- Los bienes y servicios a suministrar, en caso de salir adjudicado, se deberán entregar, conforme a las necesidades solicitadas por la convocante mediante su respectiva orden de compra y se deberán proporcionar según las necesidades de la Secretaría de Administración.

2.- El periodo de pago será a 45 días naturales posteriores a la fecha de entrega de las facturas ante la Dirección de Egresos, en moneda nacional, el cual podrá ser exigible conforme a lo establecido en el Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Gobierno Municipal de Monterrey.

3.-No se otorgará anticipo alguno.

E).- DE LA ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS.

1.- Esta licitación se adjudicara por lote. La presente Convocatoria contiene la información mínima indispensable que deberán conocer las personas físicas o morales interesadas en participar, el resto de las mismas se encuentran en las bases de la presente licitación.

Monterrey, N. L. a 13 de mayo del 2005

C. Roberto Carlos Noriega Garza Director de Adquisiciones

RÚBRICA Orden No. -660.-13

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 37

AA VV II SS OO

Se comunica que los accionistas de FRACCIONADORA VILLA MONTAÑA, S.A. DE C.V. celebraron las siguientes Asambleas Generales Ordinarias: 1. Asamblea General Ordinaria del 8 de Septiembre del 2004 a las 10:00 horas, en la cual tomaron las siguientes:

R E S O L U C I O N E S PRIMERA: Se resuelve disminuir el capital de la sociedad en su parte variable en la cantidad de $2’000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), para quedar dicha parte variable en la suma de $15’066,000.00 (QUINCE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), por lo que tal disminución causará efectos entre los socios a partir de la fecha de esta Asamblea por tratarse de una disminución de capital que afecta a todos por igual, quedando a salvo el derecho de terceros contratantes con la sociedad, debiendo cumplirse al efecto con la publicación a que se refiere el ARTICULO 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. SEGUNDA: Se resuelve amortizar vía reembolso la cantidad de 20,000 acciones Serie “B”, a las cuales les corresponde un valor total de reembolso de $2’000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.), tomándose dicha cantidad de la cuenta denominada “Capital Social”, a razón de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.) por acción. TERCERA: Como consecuencia de lo anterior se le entregará a partir de esta fecha al accionista señora Margarita Garza Sada de Fernández, la cantidad de $1’996,000.00 (UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100M.N.), contra la entrega de los títulos que amparan la cantidad de 19,960 acciones Serie “B” que son objeto de amortización, correspondiéndoles un valor de reembolso por acción de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.). CUARTA: Así mismo, se le entregará a partir de esta fecha al accionista Ing. Mauricio Fernández Garza, la cantidad de $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), contra la entrega de los títulos que amparan la cantidad de 40 acciones Serie “B” que son objeto de amortización, correspondiéndoles un valor de reembolso por acción de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.). QUINTA: Se resuelve autorizar al Consejo de Administración para que lleve a cabo las anotaciones contables correspondientes y así mismo en el Registro de Acciones de la sociedad y en el Registro de Aumentos y Disminuciones de Capital en los términos del ARTICULO 219 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. SEXTA: Se resuelve que en virtud de la disminución del capital social, el mismo quede en la suma de $15’116,000.00 (QUINCE MILLONES CIENTO DIECISEIS MIL PESOS 00/100 M.N.) de los cuales corresponden $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) a la parte mínima fija; y el resto, o sea la cantidad de $15’066,000.00 (QUINCE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), corresponden a la parte variable, por lo que la estructura del capital social de FRACCIONADORA VILLA MONTAÑA, S.A. DE C.V., es la siguiente:

CAPITAL SOCIAL

ACCIONISTAS

PARTE FIJA ACCIONES SERIE “A”

PARTE VARIABLE

ACCIONES SERIE “B”

IMPORTE

SRA. MARGARITA GARZA SADA DE FERNANDEZ

499 150,363 $15´086,200.00

ING. MAURICIO FERNANDEZ GARZA 1 297 29,800.00 TOTAL: 500

=== 150,660 ======

$15’116,000.00 ============

SEPTIMA: Cancélense en su oportunidad los títulos que amparan las 20,000 acciones que han sido amortizadas vía reembolso, y emítanse nuevos títulos que amparen las acciones que integran el actual capital social, y en consecuencia los mismos deberán ser firmados por la persona o personas que resulten autorizadas por la Ley o los Estatutos Sociales que rigen a esta sociedad.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 38 OCTAVA: Se resuelve autorizar al Secretario de este Consejo de Administración para que lleve a cabo las publicaciones de los avisos correspondientes en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, por 3 veces con intervalo de 10 días, lo anterior de conformidad con lo establecido por el Artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. 2. Asamblea General Ordinaria del 21 de Diciembre del 2004 a las 10:00 horas, en la cual tomaron las siguientes:

R E S O L U C I O N E S PRIMERA: Se resuelve disminuir el capital de la sociedad en su parte variable en la cantidad de $1’900,000.00 (UN MILLON NOVECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), para quedar dicha parte variable en la suma de $13’366,000.00 (TRECE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), por lo que tal disminución causará efectos entre los socios a partir de la fecha de esta Asamblea por tratarse de una disminución de capital que afecta a todos por igual, quedando a salvo el derecho de terceros contratantes con la sociedad, debiendo cumplirse al efecto con la publicación a que se refiere el ARTICULO 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. SEGUNDA: Se resuelve amortizar vía reembolso la cantidad de 19,000 acciones Serie “B”, a las cuales les corresponde un valor total de reembolso de $1’900,000.00 (UN MILLON NOVECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), tomándose dicha cantidad de la cuenta denominada “Capital Social”, a razón de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.) por acción. TERCERA: Como consecuencia de lo anterior se le entregará a partir de esta fecha al accionista señora Margarita Garza Sada de Fernández, la cantidad de $1’896,200.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100M.N.), contra la entrega de los títulos que amparan la cantidad de 18,962 acciones Serie “B” que son objeto de amortización, correspondiéndoles un valor de reembolso por acción de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.). CUARTA: Así mismo, se le entregará a partir de esta fecha al accionista Ing. Mauricio Fernández Garza, la cantidad de $3,800.00 (TRES MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), contra la entrega de los títulos que amparan la cantidad de 38 acciones Serie “B” que son objeto de amortización, correspondiéndoles un valor de reembolso por acción de $100.00 (CIEN PESOS 00/100 M.N.). QUINTA: Se resuelve autorizar al Consejo de Administración para que lleve a cabo las anotaciones contables correspondientes y así mismo en el Registro de Acciones de la sociedad y en el Registro de Aumentos y Disminuciones de Capital en los términos del ARTICULO 219 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. SEXTA: Se resuelve que en virtud de la disminución del capital social, el mismo quede en la suma de $13’416,000.00 (TRECE MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL PESOS 00/100 M.N.) de los cuales corresponden $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) a la parte mínima fija; y el resto, o sea la cantidad de $13’366,000.00 (TRECE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), corresponden a la parte variable, por lo que la estructura del capital social de FRACCIONADORA VILLA MONTAÑA, S.A. DE C.V., es la siguiente:

CAPITAL SOCIAL

ACCIONISTAS

PARTE FIJA ACCIONES SERIE “A”

PARTE VARIABLE

ACCIONES SERIE “B”

IMPORTE

SRA. MARGARITA GARZA SADA DE FERNANDEZ

499 133,397 $13´389,600.00

ING. MAURICIO FERNANDEZ GARZA 1 263 26,400.00 TOTAL: 500

=== 133,660 ======

$13’416,000.00 ============

SEPTIMA: Cancélense en su oportunidad los títulos que amparan las 19,000 acciones que han sido amortizadas vía reembolso, y emítanse nuevos títulos que amparen las acciones que integran el actual capital social, y en consecuencia los mismos deberán ser firmados por la persona o personas que resulten autorizadas por la Ley o los Estatutos Sociales que rigen a esta sociedad.

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 39 OCTAVA: Se resuelve autorizar al Secretario de este Consejo de Administración para que lleve a cabo las publicaciones de los avisos correspondientes en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, por 3 veces con intervalo de 10 días, lo anterior de conformidad con lo establecido por el Artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. NOVENA: Se ratifican las resoluciones tomadas por las asambleas celebradas con anterioridad en relación a todos y cada uno de los aumentos y/o disminuciones del capital social efectuados y aprobados en las mismas, en los términos del Artículo 7º de los Estatutos Sociales vigentes, independientemente del domicilio social donde se hubiesen llevado a cabo las asambleas que tomaron dichas resoluciones. Lo anterior se lleva a cabo para todos los efectos legales a que hubiere lugar, debiendo llevarse a cabo esta publicación por tres veces con intervalos de diez días de conformidad con lo establecido por el ARTICULO 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

San Pedro Garza García, Nuevo León, a 12 de Mayo del 2005

LIC. AURORA GARZA DE LA GARZA Delegado Especial de la

Asamblea General Ordinaria de Accionistas de FRACCIONADORA VILLA MONTAÑA, S.A. DE C.V.

RÚBRICA

Orden No. -652.-13

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 40

Aviso de Fusión Por resolución de las Asambleas de Accionistas de Precisión Mecánica Nacional, S.A. de C.V. (“Fusionante”), Comercializadora de Alimentos del Chef, S.A. de C.V., Proeza Servicios Integrales, S.A. de C.V. y Acertek, S.A. de C.V. celebradas el día 3 de Mayo del año 2005, dichas sociedades acordaron fusionarse de conformidad con las siguientes bases: Primera: La Fusionante subsistirá en tal carácter y Comercializadora de Alimentos del Chef, S.A. de C.V., Proeza Servicios Integrales, S.A. de C.V. y Acertek, S.A. de C.V. (las “Fusionadas”), se extinguirán. Segunda: Las acciones de las Fusionadas se cancelarán al consumarse la Fusión y los accionistas recibirán acciones de la Fusionante en la misma proporción de su antigua participación. Tercera: La Fusión se llevará a conforme a los Balances Generales de cada sociedad elaborados para esos efectos al 1 de Marzo de 2005. Cuarta: Al consumarse la Fusión el capital social de Precisión Mecánica Nacional S.A. de C.V., quedará establecido en la suma de $63,066,230 (Sesenta y Tres Millones Sesenta y Seis Mil Doscientos Treinta Pesos 00/100 M.N.) Quinta: El patrimonio de las Fusionadas pasará a formar parte de la Fusionante a título universal y los pasivos de aquéllas serán liquidados por la Fusionante en el momento en el que cada uno deba vencer de conformidad con lo originalmente pactado en cada caso, salvo los pasivos de los acreedores que no hayan manifestado su conformidad, los que serán liquidados de inmediato en caso de que se requiera su pago anticipado. Sexta: La Fusionante conservará la misma denominación y reformara su artículo sexto de sus estatutos sociales. Séptima: Las Asambleas de cada Sociedad otorgaron su aprobación respecto al convenio de Fusión. Octava: La Fusión surtirá plenos efectos legales el día 16 de Mayo del año 2005, siempre que con anterioridad se haya inscrito la protocolización del presente convenio en el Registro Público del Comercio y se hayan publicado los avisos de Ley. El presente aviso y los Balances Generales son publicados en cumplimiento al artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y el texto íntegro de los acuerdos y sus anexos podrán consultarse en el Registro Público del Comercio o en el domicilio social de cualquiera de las sociedades.

Monterrey, Nuevo León, a 03 de Mayo de 2005.

A t e n t a m e n t e.- Lic. Isidro Eduardo Quintero Mas

Delegado Especial de la Fusionante y Fusionadas

RÚBRICA

Orden No. -654.-13 Orden No. -655.-13

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 41

Balance General aprobado por las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Sociedades, COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS DEL CHEF, S.A. DE C.V., PROEZA SERVICIOS INTEGRALES S.A. DE C.V. y ACERTEK, S.A. DE C.V. en su carácter de FUSIONADAS con PRECISIÓN MECÁNICA NACIONAL, S.A. DE C.V., en su carácter de FUSIONANTE, elaborado al 1 de Marzo del año 2005 para efectos de la Fusión. Sociedades Fusionadas Sociedad Fusionante

COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS DEL CHEF, S.A. DE C.V.

ACERTEK S.A. DE C.V. PROEZA

SERVICIOS INTEGRALES S.A. DE C.V.

PRECISIÓN MECÁNICA NACIONAL S.A. DE C.V.

Activo

Circulante Efectivo 20,910.25 413.78 269.26 14,704,267.74 Cuentas y Documentos por Cobrar

- - - 2,797,837.88

Impuestos por Acreditar 29,089.75 - - 3,742,287.37

Inventarios - - - -

Otros Circulantes - - - -

Total Circulante 50,000.00 413.78 269.26 21,244,392.99

Otros Activos L. P. - - - 20,000.00

Activo Fijo y Diferido - - - 101,466,249.53

Activo Total 50,000.00 413.78 269.26 122,730,642.52

Pasivo

Circulante

Financiero C. P. - - - -

Proveedores - - 1,237.00 59,407.18

Otros Pasivos Sin Costo - - - 14,068,160.04

Pasivo Corto Plazo - - 1,237.00 14,127,567.22

Largo Plazo - - - -

Financiero L. P. - - - -

Otros Sin Costo L. P. - - - 12,719,773.25

Pasivo Total - - 1,237.00 26,847,340.47

Capital Contable

Capital Social 50,000.00 50,000.00 50,000.00 113,638,103.57

Prima en Emisión de Acciones - - 2,315.75 30,216,578.46

Reserva Legal - - - - Utilidad (Pérdida) Ejercicios Anteriores

- -51,331.18 -38,527.67 25,957,157.21

Utilidad del Ejercicio - -3,271.13 - 2,013,545.71 Exceso e Insuficiencia Act. de Capital

- 5,016.09 -14,755.82 - 75,942,082.90

Participación en Compañías Subsidiarias

- - - -

Capital Contable Total 50,000.00 413.78 - 967.74 95,883,302.05

Pasivo y Capital Contable 50,000.00 413.78 269.26 122,730,642.52 A t e n t a m e n t e.-

Acertek, S.A. de C. V. Proeza Servicios Integrales, S.A. de C. V.

Precisión Mecánica Nacional , S.A. de C. V. Comercializadora de Alimentos del Chef, S.A. de C. V.

C. P. José Juan Cano Valdez C. P. Enrique Rigal López

RÚBRICA

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 42

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 43

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 44

A C T I V O P A S I V O Y C A P I T A L

DISPONIBILIDADES $4,035 PRESTAMOS BANCARIOS Y DE OTROS ORGANISMOS

CARTERA DE FACTORAJE VIGENTE De corto plazo $2,794,983Cartera de factoraje al comercio $3,043,983 OTRAS CUENTAS POR PAGAR TOTAL CARTERA FACTORAJE VIGENTE $3,043,983 ISR y PTU por pagar $4,566 CARTERA DE FACTORAJE VENCIDA Acreedores diversos y otras cuentas por pagar $3,656 $8,222Cartera de factoraje al comercio $24,527 TOTAL CARTERA DE FACTORAJE VENCIDA $24,527 TOTAL PASIVO $2,803,205 TOTAL CARTERA DE FACTORAJE $3,068,510 (-) MENOS: CAPITAL CONTABLE ESTIMACION PREVENTIVA PARA RIESGOS CREDITICIOS $38,982 CAPITAL CONTRIBUIDO Capital social $122,627CARTERA DE FACTORAJE (NETO) $3,029,528 OTRAS CUENTAS POR COBRAR (NETO) $2,050 CAPITAL GANADO Reservas de capital $34,782 INMUEBLES, MOBILIARIO Y EQUIPO (NETO) $618 Resultado de ejercicios anteriores $133,454

Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable ($78,841)

IMPUESTOS DIFERIDOS (NETO) $6,453 Resultado neto $40,648 $130,043OTROS ACTIVOS Otros activos, cargos diferidos e intangibles $13,191 TOTAL CAPITAL CONTABLE $252,670 TOTAL ACTIVO $3,055,875 TOTAL PASIVO Y CAPITAL CONTABLE $3,055,875 Otras obligaciones contingentes $9,470,485 " El presente estado de contabilidad,se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para Empresas de Factoraje Financiero,emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas las operaciones efectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales y administrativas aplicables. El monto histórico del capital social asciende a $ 36,092. El presente estado de contabilidad fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben."

Ing. Gerardo Zamora Náñez C.P. Angel Mario Jiménez de León

C.P. Nora Elia Cantú

Suárez C.P. Isaías Velázquez González

Director General Subdirector Administración y

Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoria

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 45

Ingresos por intereses $285,423 Gastos por intereses $164,227 Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) $1,663 MARGEN FINANCIERO $122,859 Estimación preventiva para riesgos crediticios $20,575 MARGEN FINANCIERO AJUSTADO POR RIESGOS CREDITICIOS $102,284 Comisiones y tarifas cobradas $10,374 Comisiones pagadas $7,513 $2,861 INGRESOS (EGRESOS) TOTALES DE LA OPERACIÓN $105,145 Gastos de administración $29,256 RESULTADO DE LA OPERACIÓN $75,889 Otros productos $648 Otros gastos $14,197 ($13,549) RESULTADO ANTES DE ISR Y PTU $62,340 ISR y PTU causados $28,445 ISR y PTU diferidos ($6,753) $21,692 RESULTADO ANTES DE PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS Y ASOCIADAS $40,648 RESULTADO POR OPERACIONES CONTINUAS $40,648 RESULTADO NETO $40,648 "El presente estado de resultados se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para Empresas de Factoraje Financiero emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de mane- ra consistente, encontrándose reflejados todos los ingresos y egresos derivados de las operaciones efectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales y administrativas aplicables. El presente estado de resultados fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben."

Ing. Gerardo Zamora Náñez C.P. Angel Mario Jiménez de León C.P. Nora Elia Cantú

Suárez

Director General Subdirector Administración y

Finanzas Directora deContabilidad

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 46

Actividades de operación

Resultado neto $40,648

Partidas aplicadas a resultados que no generaron o requirieron la utilización de recursos: Estimación preventiva para riesgos crediticios $18,867 Depreciación y amortización $248 Impuestos diferidos ($6,429) $12,686 Aumento o disminución de partidas relacionadas con la operación: Disminución o aumento de cartera de factoraje $309,990 Prestamos bancarios y de otros organismos ($358,455) ($48,465) Recursos generados o utilizados por la operación $4,869 Actividades de financiamiento Pago de dividendos en efectivo ($10,220) Recursos generados o utilizados en actividades de financiamiento ($10,220) Actividades de Inversión Adquisiciones o ventas de activo fijo y de inversiones permanentes en acciones $255

Disminución o aumento en cargos y créditos diferidos ($4,533) Recursos generados o utilizados en actividades de inversión ($4,278) Disminución o aumento de efectivo y equivalentes ($1,073) Efectivo y equivalentes al principio del período $5,108 Efectivo y equivalentes al final del período $4,035 El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para empresas de Factoraje Financiero, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52,53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales y administrativas aplicables. El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.” Ing. Gerardo Zamora Nañez C.P. Angel Mario Jiménez de León C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P.Isaías Velázquez González

Director General Subdirector Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 47

Capital contribuido Capital ganado Concepto Capital social Reservas de Resultado de Exceso o Resultado Total

capital ejercicios anteriores insuficiencia capital en la neto contable

actualización del capital contable

Saldo al 31 de Diciembre de 2003 $119,257 $31,064 $113,585 ($78,841) $37,177 $222,242 MOVIMIENTOS INHERENTES A LAS DECISIONES DE LOS ACCIONISTAS Suscripción de acciones Capitalizacion de utilidades $37,177 ($37,177) $0 Aumento de capital social $3,370 ($3,370) $0 Constitución de reservas $3,718 ($3,718) $0 Pago de dividendos ($10,220) ($10,220) Total $122,627 $34,782 $133,454 ($78,841) $0 $212,022 MOVIMIENTOS INHERENTES AL RECONOCIMIENTO DE LA UTILIDAD INTEGRAL Utilidad integral - Resultado neto $40,648 $40,648 - Resultado por valuación de títulos disponibles para la venta - Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable - Resultado por tenencia de activos no monetarios - Ajustes por obligaciones laborales al retiro Total $40,648 $40,648 Saldo al 31 de Diciembre de 2004 $122,627 $34,782 $133,454 ($78,841) $40,648 $252,670 "El presente estado de variaciones en el capital contable se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para Empresas de Factoraje Financiero emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizaciones Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejados todos los movimientos en las cuentas de capital contable derivados de las operaciones efectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas practicas y a las disposiciones legales y administrativas aplicables. El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben."

Ing. Gerardo Zamora Náñez C.P.Angel Mario Jiménez de León

C.P. Nora Elia Cantú Suárez

C.P. Isaías Velázquez González

Director General

Subdirector Administración y

Finanzas Directora de Contabilidad Director

Ejecutivo de Auditoría

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 48

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 49

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 50

A C T I V O P A S I V O Y C A P I T A L DISPONIBILIDADES $42,832 PRESTAMOS BANCARIOS Y DE OTROS ORGANISMOS CARTERA DE ARRENDAMIENTO VIGENTE De corto plazo $765,180 Cartera de arrendamiento al comercio $1,447,185 De largo plazo $1,138,334 $1,903,514Cartera de arrendamiento por bienes de consumo $569 Cartera de arrendamiento a entidades financieras $190,028 Cartera de arrendamiento a entidades gubernamentales $40,440 TOTAL CARTERA DE ARRENDAMIENTO VIGENTE $1,678,222 OTRAS CUENTAS POR PAGAR ISR y PTU por pagar $1 CARTERA DE ARRENDAMIENTO VENCIDA Acreedores diversos y otras cuentas por pagar $111,843 $111,844 Cartera de arrendamiento al comercio $13,944 TOTAL CARTERA DE ARRENDAMIENTO VENCIDA $13,944 TOTAL CARTERA DE ARRENDAMIENTO $1,692,166 TOTAL PASIVO $2,015,358 (-) MENOS: CAPITAL CONTABLE ESTIMACION PREVENTIVA PARA RIESGOS CREDITICIOS $19,931 CAPITAL CONTRIBUIDO CARTERA DE ARRENDAMIENTO (NETO) $1,672,235 Capital social $146,253 CAPITAL GANADO OTRAS CUENTAS POR COBRAR (NETO) $39,115 Reservas de capital $48,385 Resultado de ejercicios anteriores $138,574

Exceso o insuficiencia en la actualización

INMUEBLES, MOBILIARIO Y EQUIPO (NETO) $451,685 del capital contable ($182,376) Resultado neto $40,746 $45,329 OTROS ACTIVOS Otros activos, cargos diferidos e intangibles $1,073 TOTAL CAPITAL CONTABLE $191,582

TOTAL ACTIVO $2,206,940 TOTAL PASIVO Y CAPITAL CONTABLE $2,206,940

C U E N T A S D E

O R D E N

Obligaciones contingentes $2,862,463

El presente estado de contabilidad, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para Arrendadoras Financieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas las operaciones efectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales y administrativas aplicables. El monto histórico del capital social asciende a $ 36,092 . El presente estado de contabilidad fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo suscriben.” Ing. Gerardo Zamora Nañez C.P. Angel Mario Jiménez de León C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Subdirector Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 51

Ingresos por intereses $290,541 Gastos por intereses $121,621 Resultado por posición monetaria neto (margen financiero) ($13,511) MARGEN FINANCIERO $155,409 Estimación preventiva para riesgos crediticios $15,119 MARGEN FINANCIERO AJUSTADO POR RIESGOS CREDITICIOS $140,290 Comisiones y tarifas cobradas $8,074 Comisiones pagadas $239 $7,835 INGRESOS (EGRESOS ) TOTALES DE LA OPERACIÓN $148,125 Gastos de administración $122,197 RESULTADO DE LA OPERACIÓN $25,928 Otros productos $16,598 Otros gastos $1,748 $14,850 RESULTADO ANTES DE ISR Y PTU $40,778 ISR y PTU causados $32 $32 RESULTADO ANTES DE PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS Y ASOCIADAS $40,746 RESULTADO POR OPERACIONES CONTINUAS $40,746 RESULTADO NETO $40,746

“ E l p r e s e n t e e s t a d o d e r e s u l t a d o s s e f o r m u l ó d e c o n f o r m i d a d c o n l o s C r i t e r i o s d e C o n t a b i l i d a d p a r a A r r e n d a d o r a s F i n a n c i e r a s , e m i t i d o s p o r l a C o m i s i ó n N a c i o n a l B a n c a r i a y d e V a l o r e s c o n f u n d a m e n t o e n l o d i s p u e s t o p o r l o s a r t í c u l o s 5 2 , 5 3 y 8 4 , f r a c c i ó n V I , d e l a L e y G e n e r a l d e O r g a n i z a c i o n e s y A c t i v i d a d e s A u x i l i a r e s d e l C r é d i t o , d e o b s e r v a n c i a g e n e r a l y o b l i g a t o r i a , a p l i c a d o s d e m a n e r a c o n s i s t e n t e , e n c o n t r á n d o s e r e f l e j a d o s t o d o s l o s i n g r e s o s y e g r e s o s d e r i v a d o s d e l a s o p e r a c i o n e s e f e c t u a d a s p o r l a s o c i e d a d h a s t a l a f e c h a a r r i b a m e n c i o n a d a , l a s c u a l e s s e r e a l i z a r o n y v a l u a r o n c o n a p e g o a s a n a s p r á c t i c a s y a l a s d i s p o s i c i o n e s l e g a l e s y a d m i n i s t r a t i v a s a p l i c a b l e s . E l p r e s e n t e e s t a d o d e r e s u l t a d o s f u e a p r o b a d o p o r e l c o n s e j o d e a d m i n i s t r a c i ó n b a j o l a r e s p o n s a b i l i d a d d e l o s f u n c i o n a r i o s q u e l o s u s c r i b e n . ”

I n g . G e r a r d o Z a m o r a N a ñ e z C . P . A n g e l M a r i o J i m é n e z d e L e ó n C . P . N o r a E l i a C a n t ú S u á r e z C . P . I s a í a s V e l á z q u e z G o n z á l e z D i r e c t o r G e n e r a l S u b d i r e c t o r A d m i n i s t r a c i ó n y F i n a n z a s D i r e c t o r a d e C o n t a b i l i d a d D i r e c t o r E j e c u t i v o d e A u d i t o r í a

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 52

Actividades de operación

Resultado neto $40,746

Partidas aplicadas a resultados que no generaron o requirieron la utilización de recursos:

Estimacion preventiva para riesgos crediticios ($8,334)

Depreciación y amortización $69,449 DIF. ENTRE 3130 del mes anterior vs el actual

$61,115

Aumento o disminución de partidas relacionadas con la operación:

Disminución o aumento de cartera de arrendamiento ($416,758)

Préstamos bancarios y de otros organismos $452,095

$35,337

Recursos generados o utilizados por la operación $137,198

Actividades de Financiamiento

Pago de dividendos ($40,884)

Recursos generados o utilizados por la actividad de financiamiento ($40,884)

Actividades de inversión

Adquisiciones o ventas de activo fijo y de inversiones permanentes en acciones $100,509

Disminución o aumento en cargos y créditos diferidos ($44,612) MAS DEPRECIACIONES

Recursos generados o utilizados en actividades de inversión $55,897

Disminución o aumento de efectivo y equivalentes $40,417

Efectivo y equivalentes al principio del período $2,415 1103 DIC.98

Efectivo y equivalentes al final del período $42,832 checa vs 1103 del mes

RÚBRICA

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84,fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados demanera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por lasociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales yadministrativas aplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84,fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados demanera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por lasociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales yadministrativas aplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84,fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados demanera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por lasociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales yadministrativas aplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84,fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados demanera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por lasociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales yadministrativas aplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84,fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados demanera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por lasociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales yadministrativas aplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84,fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados demanera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por lasociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales yadministrativas aplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84,fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados demanera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por lasociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales yadministrativas aplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84,fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados demanera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por lasociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales yadministrativas aplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84,fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados demanera consistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por lasociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales yadministrativas aplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

“El presente estado de cambios en la situación financiera, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasFinancieras, emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracciónVI, de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, de observancia general y obligatoria, aplicados de maneraconsistente, encontrándose reflejados todos los orígenes y aplicaciones de efectivo derivados de las operaciones efectuadas por la sociedadhasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales y administrativasaplicables.

El presente estado de cambios en la situación financiera fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de losfuncionarios que lo suscriben.”

Ing. Gerardo Zamora Nañez C.P. Angel Mario Jiménez de León C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Velázquez González Director General Subdirector Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejecutivo de Auditoría

Page 53: 057 POE XCONTENIDO 13 DE MAYO DE 2005 - Nuevo León · 2015. 6. 22. · PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 6 C O N S I D E R A N D O PRIMERO

PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 53 Capital contribuido Capital ganado

Concepto Capital social Reservas de Resultado

de Exceso o Resultado Total

capital ejercicios anteriores insuficiencia capital

en la neto contable actualización del capital contable

Saldo al 31 de Diciembre de 2003 $144,604 $47,197 $170,414 ($182,376) $11,881 $191,720 MOVIMIENTOS INHERENTES A LAS DECISIONES DE LOS ACCIONISTAS Suscripcion de acciones Capitalización de utilidades $11,881 ($11,881) $0 Aumento de capital social $1,649 ($1,649) $0 Constitucion de reservas $1,188 ($1,188) $0 Pago de dividendos ($40,884) ($40,884) Total $146,253 $48,385 $138,574 ($182,376) $0 $150,836 MOVIMIENTOS INHERENTES AL RECONOCIMIENTO DE LA UTILIDAD INTEGRAL Utilidad integral - Resultado neto $40,746 $40,746 - Resultado por valuacion de titulos disponibles para la venta - Exceso o insuficiencia en la actualización del capital contable - Resultado por tenencia de activos no monetarios - Ajustes por obligaciones laborales al retiro Total $40,746 $40,746 Saldo al 31 de Diciembre de 2004 $146,253 $48,385 $138,574 ($182,376) $40,746 $191,582

Ing. Gerardo

Zamora Náñez

Sr. Ramiro Rangel Solís

Director General

Director

Ejecutivo de Contabilidad

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasNacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizacionde observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposicione

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionari

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad D

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasNacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizacionde observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposicione

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionari

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad D

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasNacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizacionde observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposicione

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionari

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad D

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasNacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizacionde observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposicione

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionari

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad D

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasNacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizacionde observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposicione

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionari

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad D

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasNacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizacionde observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposicione

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionari

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad D

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasNacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizacionde observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposicione

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionari

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad D

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasNacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizacionde observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposicione

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionari

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad D

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para ArrendadorasNacional Bancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizacionde observancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposicione

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionari

Ing. Gerardo Zamora Nañez Ing. José Angel Amaro Jaime C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Director Administración y Finanzas Directora de Contabilidad D

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para Arrendadoras FinancBancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizaciones yobservancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capitaefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones l

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionarios

Ing. Gerardo Zamora Nañez C.P. Angel Mario Jiménez de León C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P Director General Subdirector Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Dir

“El presente estado de variaciones en el capital contable, se formuló de conformidad con los Criterios de Contabilidad para Arrendadoras Financieras, emitBancaria y de Valores con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52, 53 y 84, fracción VI, de la Ley General de Organizaciones y Actividaobservancia general y obligatoria, aplicados de manera consistente, encontrándose reflejadas todos los movimientos en la cuentas de capital contableefectuadas por la sociedad hasta la fecha arriba mencionada, las cuales se realizaron y valuaron con apego a sanas prácticas y a las disposiciones legales y a

El presente estado de variaciones en el capital contable fue aprobado por el consejo de administración bajo la responsabilidad de los funcionarios que lo su

Ing. Gerardo Zamora Nañez C.P. Angel Mario Jiménez de León C.P. Nora Elia Cantú Suárez C.P. Isaías Ve Director General Subdirector Administración y Finanzas Directora de Contabilidad Director Ejec

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 54

EDICTO

Con fecha 15-quince de Marzo del 200S-dos mil cinco., se radicó en éste Juzgado bajo el EXPEDIENTE JUDICIAL NUMERO: 48/200S-F, relativo al JUICIO SUCESORIO DE INTESTADO A BIENES DE JUAN SÁNCHEZ DELGADO, MARIA DE JESÚS DIAZ BAZALDUA y ANGELA BAZALDUA DIAZ, quienes fallecieron el primero de los mencionados el día 09- nueve de Enero de 1993-mil novecientos noventa y tres., el segundo el día l2-doce de Marzo de 1991-mil novecientos noventa y uno y el último el día 01-primero de noviembre de 1932-mil novecientos treinta y dos; cuyo Juicio es tramitado por MARIA ANTONIA SÁNCHEZ DIAZ, ordenándose publicar por una sola vez el presente edicto, en el Boletín Judicial, Periódico Oficial del Estado y Diario el Porvenir que se edita en la Ciudad de Monterrey., Nuevo León, mediante el cual se convoque a todas aquéllas personas que se consideren con derecho a la masa hereditaria., a fin de que acudan a deducirlo al local de este Juzgado, dentro del término de 30- treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación del edicto ordenado. De acuerdo con lo establecido por el Artículo 879 BIS del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado.- DOY FE.-

“SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCION” GALEANA N.L. A 03 DE MARZO DEL 2005

LA C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DECIMO PRIMER

DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO

LIC. ADRIANA GONZALEZ TIJERINA RÚBRICA

Orden No. -647.-13-16-18

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 55

Edicto No 33961

A LA C. ROSALINDA RODRÍGUEZ GARZA. CON DOMICILIO. IGNORADO. En fecha 16- dieciséis de Marzo del año 2005-dos mil cinco, en el Juzgado Sexto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, se admitió a tramite el JUICIO SUCESORIO TESTAMENTARIO A BIENES DE ENRIQUE RODRÍGUEZ MÍRELES Y ADELA GARZA ALANIS, bajo el expediente Judicial numero 1957/2004, ordenándose la publicación de un edicto por tres veces consecutivas tanto en el Periódico el “Porvenir” en el “boletín Judicial del Estado” y en el “Periódico Oficial”, todos que se editan en la entidad, haciendo de su conocimiento la tramitación del Juicio Sucesorio antes referido, a fin dentro de que en el termino de tres días que refiere el numeral 67 de la Ley Adjetiva de la Materia, manifieste lo que a sus intereses legales convengan, en la inteligencia de que la notificación hecha de esta manera surtirá sus efectos a los 10-diez días contados a partir del dia siguiente al de la ultima publicación del edicto ordenado, quedando en la Secretaria de este Juzgado copias simples del escrito inicial de denuncia y demás documentos acompañados para que se imponga de ellos. Previniéndosele de igual forma, para el efecto de que dentro del termino aludido en líneas anteriores, señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, en cualquiera de los Municipios de Apodaca, General escobedo, Monterrey, San Nicolas de los Garza, San Pedro Garza Garcia y Santa Catarina,Nuevo León, ya que en el caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por la tabla de avisos de este Juzgado, acorde con lo previsto por el articulo 68 de Código procesal en cita. . DOY FE.- Monterrey,Nuevo León a 04 de Abril del 2005. - DOY FE.-

C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE LO FAMILIAR DEL

PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO. RÚBRICA

Orden No. -650.- 13-16-18

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 56

E D I C T O AL C. ISMAEL VELEZ GARCIA. Domicilio: ignorado. Por auto de fecha 17 diecisiete de Marzo del 2003 dos mil tres, se admitió a trámite en el Juzgado Noveno de lo Familiar del Primer Distrito Judicial del Estado, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO bajo el número de expediente 287/2003, promovido por NORMA ALICIA VALDEZ GARCIA en contra de ISMAEL VELEZ GARCIA, ordenándose mediante auto de fecha 20 veinte de Abril del 2005 dos mil cinco, emplazar a la parte demandada por medio de edictos que se publicarán por 3-tres veces consecutivas en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y Periódico El Porvenir los cuales se editan en esta Entidad, a fin de que acuda dentro del término de 9-nueve días a producir su contestación y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Aclaración hecha de que la notificación realizada así surtirá sus efectos a los 10-diez días contados desde el siguiente al de la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado a disposición de la parte reo, las copias de traslado de la demanda, interrogatorio y documentos acompañados, debidamente sellados y rubricados por la Secretaría de éste Juzgado para su debida instrucción. Por otra parte, acorde con lo preceptuado en el artículo 68 del Código Adjetivo Civil, prevéngase a la parte demandada a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, apercibido de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de éste Juzgado. Doy fe.-

Monterrey, Nuevo León, a 25 de Abril del 2005.

El C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR.

LIC. HECTOR ANTONIO GARCIA JUAREZ.

RÚBRICA Orden No. -651.- 13-16-18

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 57

EDICTO No. 34352

A LOS C. C. ALFREDO JAIME MELLADO LEPE y SILVIA RIVERA GUERRA MELLADO, CON DOMICILIO DESCONOCIDO. En fecha siete de Octubre del año dos mil cuatro, se radicó en el Juzgado Sexto de Jurisdicción Concurrente del Primer distrito Judicial en el Estado el Expediente Judicial número 0803/2004 relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por OMAR LOZANO TAPIA en contra de ALFREDO JAIME MELLADO LEPE y SILVIA RIVERA GUERRA DE MELLADO, toda vez que se desconoce el domicilio y paradero de la parte demandada ALFREDO JAIME MELLADO LEPE y SILVIA RIVERA GUERRA DE MELLADO; en fecha dos de Marzo del año en curso se ordenó emplazar por medio de edictos al codemandado ALFREDO JAIME MELLADO LEPE, y en fecha dieciocho de Abril del año en curso se ordenó emplazar por medio de edictos a la codemandada SILVIA RIVERA GUERRA DE MELLADO, debiéndose publicar por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado en la forma y términos a que se contrae el proveído de fecha siete de Octubre del año Dos mil cuatro, quedando en la Secretaria de este Juzgado a disposición de la parte demandada las copias de la demanda y documentos adjuntos a la misma para su debida instrucción, emplazándolos para que dentro del término de 5-cinco días ocurra al local de este Juzgado a producir su contestación, sí para ello tuvieren excepciones legales que hacer valer; debiéndoseles prevenir además para el efecto de que designen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de Monterrey, Nuevo León, apercibiéndoles de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de las reglas de las notificaciones no personales, conforme lo establece el artículo 1069 del Código de Comercio. En la inteligencia de que la notificación hecha de esta manera surtirá sus efectos a los diez días siguientes de la última publicación de los edictos ordenados, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 58 73 del Código de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la materia mercantil. Doy Fe.- EL C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEXTO DE JUSRISDICCIÓN CONCURRENTE DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL.- LIC. ANTONIO FILIBERTO VEGA PEREZ.-RUBRICA. --------------------------------

RÚBRICA

Orden No. -653.- 13-16-18

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 59

EDICTO

AL C. FELIPE RODRÍGUEZ LOERA Y/O J. FELIPE RODRÍGUEZ LOERA Y/O FELIPE RODRÍGUEZ Y/O FELIPE RODRÍGUEZ LOERAS

RÚBRICA

Orden No. 315.-11-13-16

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 60 TESORERÍA MUNICIPAL DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA N.L.

E D I C T O

A TODOS LOS PROPIETARIOS DE VEHÍCULOS QUE FUERON TRASLADADOS A LOS LOTES OFICIALES DEL R. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA NUEVO LEÓN, POR MOTIVO DE INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y/O DAÑOS AL PATRIMONIO MUNICIPAL, Y LOS CUALES SE ENCUENTRAN UBICADOS, AVE. LA JUVENTUD No. 350 Y REPÚBLICA MEXICANA, CARRETERA A MONCLOVA KILÓMETRO 7 EN ESCOBEDO, N.L. Y MEZQUITAL SANTA ROSA No. 120 EN APODACA, N.L. A CARGO DE LA EMPRESA GARAGES Y TALLERES S. DE R.L. DE C.V. CONSIDERANDO: QUE LOS PROPIETARIOS DE AUTOMÓVILES, CAMIONETAS, CAMIONES, REMOLQUES, MOTOCICLETAS QUE FUERON TRASLADADOS A LOS LOTES OFICIALES DEL R. AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE SAN NICOLÁS CUYA DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN SE MENCIONAN EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, A CARGO DE LA EMPRESA GARAGES Y TALLERES S. DE R.L. DE C.V. EN EL PERÍODO COMPRENDIDO DE 12 MESES O MÁS A LA FECHA NO SE HAN PRESENTADO A PAGAR LOS ADEUDOS FISCALES GENERADOS HACIA EL MUNICIPIO DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA NUEVO LEÓN, CON MOTIVO DE INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE TRÁNSITO EN VIGOR Y/O DAÑOS AL PATRIMONIO MUNICIPAL, Y EN VIRTUD DE HABER TRANSCURRIDO EN EXCESO EL TÉRMINO PARA HACERLO, Y NO OBSTANTE EL AVISO PUBLICADO PARA TAL EFECTO EN FECHA 20 DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO EN EL PERIÓDICO EL NORTE Y OTROS, QUE SE EDITAN EN ESTA CIUDAD, CAUSANDO CON ELLO LA SATURACIÓN DE LOS LUGARES DESTINADOS PARA SU CUSTODIA, ESTA TESORERÍA MUNICIPAL HA DETERMINADO: PRIMERO: INICIAR EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, PARA CUYO EFECTO SE CONDENE A LOS PROPIETARIOS DE LOS VEHÍCULOS QUE SE ENCUENTRAN EN LAS CONDICIONES ANTERIORES, UN TÉRMINO NO PRORROGABLE DE 5 DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE A LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO, QUE SE LLEVARÁ A CABO MEDIANTE EDICTOS POR DOS VECES CONSECUTIVAS TANTO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO, COMO EN UN PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA ENTIDAD, A FIN DE QUE ACUDAN A ÉSTA DEPENDENCIA A PAGAR SUS ADEUDOS FISCALES Y RECUPERAR SUS VEHÍCULOS. SEGUNDO: UNA VEZ TRANSCURRIDO EL PLAZO CONCEDIDO EN EL PUNTO ANTERIOR, SIN QUE SE CUMPLA CON EL PAGO DE LOS ADEUDOS, SE CONTINUARÁ EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN, DECLARARÁ EMBARGADOS LOS VEHÍCULOS YA REFERIDOS PARA GARANTIZAR LA CANTIDAD ADEUDADA Y SUS ACCESORIOS A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA NUEVO LEÓN. TERCERO: HECHO LO ANTERIOR SE PROCEDERÁ A SU REMATE EN SUBASTA PÚBLICA, PREVIO AVALÚO QUE SE PRACTICARÁ POR PERITO AUTORIZADO Y CON SU PRODUCTO SE LIQUIDARÁ EL ADEUDO A FAVOR DE ÉSTA DEPENDENCIA. LO ANTERIOR ENCUENTRA SU FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 133 FRACC. IV, 138, 143, 167, 168, 170, 172, 173, 174, 175, 179 Y DEMÁS RELATIVOS DEL CÓDIGO FISCAL VIGENTE EN EL ESTADO. ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMA EL C. TESORERO MUNICIPAL DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA NUEVO LEÓN LIC. JOSÉ ABEL FLORES GARCÍA.

SAN NICOLÁS DE LOS GARZA NUEVO LEÓN A 26 DE ABRIL DE 2005.

LIC. JOSÉ ABEL FLORES GARCÍA C. TESORERO MUNICIPAL DE SAN NICOLÁS DE LOS GARZA N.L.

Orden No. 629.-11-13

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 61 E D I C T O

C. ELVIA CATALINA RODRÍGUEZ DE CARDENAS DOMICILIO IGNORADO En fecha 20 veinte de Enero del año 2005 dos mil cinco, se admitió a tramite en éste H. Juzgado, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE ACCION REIVINDICATORIA DE INMUEBLE promovido por RICARDO JAVIER LEAL GOMEZ, contra de LUIS JAVIER CARDENAS FERNÁNDEZ Y ELVIA CATALINA RODRIGUEZ DE CARDENAS, y por auto de fecha 18 dieciocho de Abril del año en curso, se ordena emplazar a la codemandada ELVIA CATALINA RODRÍGUEZ DE CARDENAS en ésta forma, por tres veces consecutivas en el Boletín Judicial, Periódico Oficial del Estado y el Porvenir de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, así como en los estrados de éste H. Juzgado, emplazándola para que dentro del término de 09 nueve días produzca su contestación, en la inteligencia de que la notificación así hecha, surtirá sus efectos a los diez días contados desde el siguiente al de la última publicación previniéndose a la parte demandada para que señale domicilio en esta ciudad de Montemorelos, Nuevo León, para el efecto de oír y recibir notificaciones, apercibida de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones de carácter personal se le harán por la tabla de avisos que para tal efecto lleva éste H. Juzgado, de conformidad con el articulo 68 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. Quedando a disposición de la codemandada las copias de traslado en la Secretaria de éste H. Juzgado, Juicio el anterior que tramita ante éste Tribunal bajo el expediente número 31/2005. DOY FE.

Montemorelos, N.L. a 26 de Abril del 2005 C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR

DE PRIMERA INSTANCIA DEL DECIMO DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO

RUBRICA LIC. LEONEL ROBERTO BAZALDUA OCAÑAS.

Orden No. 631.-11-13-16

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 62 EDICTO

C. YOLANDA RODRÍGUEZ MONSIVAIS

DOMICILIO IGNORADO

Con fecha 11-once de abril del año en curso, se admitió a trámite ante este Juzgado con el número de

expediente 143/2005, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO, promovido por JOEL SILVA RUBIO, en contra USTED.- Habiéndose ordenado la publicación de un edicto por tres veces

consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado como en el Diario EL Porvenir, que se editan en la

capital de esta entidad, emplazándose a la parte demandada para que dentro del término de 9-nueve días

conteste lo que a sus derechos corresponda, y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere.- En la

inteligencia de que el emplazamiento hecho en esta forma, comenzará a surtir sus efectos a los 10-diez días

contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto ordenado.- Aclaración hecha de que

las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la secretaría de este Juzgado, a

disposición de la parte demandada para que se imponga de ellos.- Así mismo, se apercibe a la parte reo a fin

de que en los términos del artículo 68 del Código Procesal Civil, señale domicilio para oír y recibir

notificaciones dentro del presente juicio en la cabecera del Noveno Distrito Judicial del Estado, ya que en

caso de no hacerlo así conforme al artículo 73 del Ordenamiento Procesal mencionado, las subsecuentes

notificaciones de carácter procesal se les harán por medio de instructivo que se colocará en los estrados este

juzgado.- Doy fe.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

Villaldama, N.L., a 12 de Abril del 2005. EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO

DE PRIMERA INSTANCIA DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL DEL EDO.

LIC. JORGE FELIX GALLEGOS ZÚÑIGA

RUBRICA

Orden No. 632.-11-13-16

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 63

E D I C T O

En fecha 6-seis de Febrero del año 2002-dos mil dos se radico en el Juzgado Décimo

Primero de lo Civil ahora Juzgado Sexto de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito

Judicial en el Estado, el expediente judicial número 63/2002 relativo al Juicio Ejecutivo

Mercantil promovido por Héctor Eduardo Rodríguez Pérez en contra de VITRO

MONTERREY, S.A. DE C.V., Jorge Santibáñez Martínez, Mario Gustavo Santibáñez Ayala

y María Luisa Martínez de Santibáñez. Acto continuo en fecha 12-doce de Abril del año

2004-dos mil cuatro se ajusto la demanda inicial en contra de la Sucesión a bienes de la

codemandada MARIA LUISA MARTINEZ GARZA. Así mismo en fecha treinta y uno de

Mayo y 18-dieciocho de Junio del año 2004-dos mil cuatro se ordeno emplazar a la

codemandada Sucesión a bienes de MARIA LUISA MARTINEZ GARZA por medio de

edictos que se deberán de publicar por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del

Estado, en el Boletín Judicial así como en el Periódico el Norte que se edita en esta Ciudad

quedando en la Secretaría de este Juzgado a disposición de la codemandada antes citada

las copias de la demanda y documentos adjuntos a la misma, debidamente selladas y

requisitadas para que se le corra traslado de ley y se le emplacé para que dentro del

término de 5-cinco días ocurra ante esta Autoridad a hacer pago llana de lo adeudado o a

oponerse a la ejecución si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer, ofreciendo

en el mismo escrito contestatorio las pruebas, relacionándolas con los hechos y

acompañando los documentos en que funda sus excepciones, apercibiéndoles de que si

dejare de cumplir con lo anterior, está autoridad no las admitirá salvo aquellas que sean

supervenientes; debiéndosele prevenir además para el efecto de que designe domicilio para

oír y recibir notificaciones en esta ciudad o en cualquiera de los municipios que establece el

artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la materia

mercantil, apercibiéndole de que en caso de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones

de carácter personal se le harán por medio de las reglas de las notificaciones no

personales, conforme lo establecen lo artículo 1068 y 1069 del Código de Comercio. En la

inteligencia de que la notificación hecha de esta manera surtirá sus efectos a los diez días

siguientes al de la última publicación de los edictos ordenados, lo anterior de conformidad

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PERIÓDICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Viernes 13 de Mayo de 2005 PÁGINA 64 con lo dispuesto por el artículo 1070 del Código de Comercio en relación al diverso 73 del

Código de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente a la materia mercantil.- DOY

FE.-

C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE JURISDICCIÓN CONCURRENTE.-

LIC. ARMIDA QUINTERO CASTAÑEDA

RÚBRICA.-

Orden No. 635.-11-13-16