01 demanda_titulo_supletorio corregido.docx

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Expediente : Especialista : Cuaderno : PrincipalEscrito : 01Sumilla: Interpongo Demanda de Formacin de Titulo Supletorio

SEOR JUEZ DE PAZ LETRADO DE SAN JUAN BAUTISTA - HUAMANGA Venancia Munaylla Rojas, identificada con D.N.I. N 42893262, con domicilio real en la calle los Tunales N 453, del barrio de los Pericos, del distrito de San Juan Bautista, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. Sealando domicilio procesal en el Jirn 9 de Diciembre N 212, ante usted me presento y digo:I. PETITORIO:Que, al amparo de lo establecido por el artculo 486, inciso 2 y 504 inciso 1 Cdigo Procesal Civil, por convenir a mi derecho, teniendo legtimo inters moral y econmico; con la finalidad de lograr un concreto pronunciamiento del rgano jurisdiccional con respecto a la pretensin incoada; mediante el presente escrito interpongo: DEMANDA DE FORMACIN DE TITULO SUPLETORIO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE LOS TUNALES N 453 DEL BARRIO DE LOS PERICOS DEL DISTRITO DE SAN JUAN BAUTISTA, demanda que la dirijo contra don Renzo Inocente Tupia Fernndez, en calidad de nico heredero de Don Inocente Tupia Gmez por ser el padre de este, el ultimo propietario del inmueble materia de ttulo supletorio, debiendo de sealar como el domicilio real del demandado en el jirn Grau N 345 de esta ciudad; en consecuencia, su despacho en la estacin procesal correspondiente declare FUNDADA la presente demanda en todos sus extremos, con expresa condena de costos y costas del proceso, por los fundamentos que a continuacin expongo:II. FUNDAMENTOS DE HECHO:PRIMERO.- Que, el cuatro de enero del ao 2006, don Inocente Tupia Gmez y la recurrente celebramos un contrato de compraventa privado, a travs del cual me transfiere el dominio de un terreno de 500m2, ubicado en el barrio de Los Pericos de la calle los Tunales N 453 del Distrito de San Juan Bautista - Huamanga, por el precio de TRES CIENTOS MIL NUEVOS SOLES CON 00/CNTIMOS (S/. 300,000.00), pago realizado el mismo da de la compraventa, tal como est consignado en el contrato.SEGUNDO: Que, desde 01 de febrero, me encuentro poseyendo el inmueble, tal como acordamos con el ex-propietario del inmueble, fecha desde la cual eh intentado sanear los documentos del inmueble que vengo poseyendo a travs de todos los medios legales, no pudiendo el vendedor formalizarme dicho contrato, debido a que se encontraba convaleciente y hospitalizado a causa del tratamiento de la enfermedad que padeca; por lo que, acudo ente su despacho con la finalidad de sanear los documentos de mi propiedad. TERCERO.- Que, el inmueble materia de la presente demanda tiene una extensin superficial de 500 m2, y tiene las siguiente colindantes: Por el frente con calle los Tunales (norte - 10 metros lineales) Por el fondo con don Miler Quispe Prez (sur - 10 metro lineales) Por la izquierda con don Policarpio De la Cruz Chvez (este - 50 metros lineales) Por la derecha con don Elberto Ponce Javier (oeste - 50 metros lineales)CUARTO.- Que, no pudiendo inscribir mi terreno en los registros pblicos, acudo ante su despacho, para que a travs de su autoridad, mi persona pueda sanear los documentos de mi propiedad, por haberla adquirido con mis ahorros de varios aos.QUINTO.- Que, por otro lado, mi persona presenta el Certificado de Posesin a travs del cual el extinto don Inocente Tupia Gmez acredita que el inmueble materia de compraventa le perteneca, tambin adjunto el documento de compraventa firmado por ambos, as como un certificado negativo de inscripcin del bien inmueble que vengo poseyendo y otros documentos y testimonios que acreditan que vengo siendo propietario del bien inmueble. SEXTO.- Que, ante lo expuesto en lneas precedentes, formulo la presente demanda de Titulo Supletorio con la finalidad de que, su judicatura se sirva declarar FUNDADA mi demanda de Formacin De Ttulo Supletorio del inmueble antes mencionado.III. FUNDAMENTOS JURDICOS:Que, el Titulo Supletorio es el medio sustitutivo para comprobar el derecho de propiedad, pues si el titular no cuenta con instrumento pblico, entonces el nico elemento que juega a su favor es la posesin. Si bien el art. 2018 del Cdigo Civil ha guardado silencia respeto del plazo de posesin necesario para solicitar los ttulos supletorios, sin embargo, la solucin del problema es sencilla, si recordamos que el art. 1296 del Cdigo de Procedimientos Civiles de 1911, en su versin original, estableca que el propietario sin ttulos deba acreditar la posesin por cuarenta aos, lo que se relaciona con el entonces Cdigo Civil de 1852 que estableca ese plazo para efecto de usucapin extraordinaria. La razn de ello es simple: si el propietario no cuenta con ttulos, entonces la nica salida es la prueba posesora por el lapso extraordinario de la usucapin, pues, por definicin el dominio carece de ttulos. En buena cuenta, el propietario pretende que la posesin ad usucapionem se convierta en Titulo Supletorio. Adems, sustento mi petitorio en lo previsto en las siguientes normas legales:Constitucin Poltica del Per: Artculo 2.- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho: 16. A la propiedad y a la herencia.Cdigo Civil: Artculo 2018, primera inscripcin de dominio. Artculo 949, que establece que la sola obligacin de enajenar un inmueble hace al acreedor propietario de l, salvo disposicin legal diferente o pacto en contrario (que no se dan en este caso) Artculo 1549, segn el cual es obligacin del vendedor perfeccionar transferencia dela propiedad del bienCdigo Procesal Civil: Artculo 486, que precepta en su inciso 2 que se tramita en proceso abreviado, entre otros asuntos contenciosos, el Ttulo Supletorio Artculo 504, que en su inciso 1 prescribe que se tramita como proceso abreviado la demanda que formula el propietario de un bien que carece de elementos que acrediten su derecho, contra su inmediato transferente o los anteriores a ste, o sus respectivos sucesores para obtener el otorgamiento del ttulo de propiedad correspondiente.IV. MONTO DEL PETITORIO:La cuanta de la presente accin, no es cuantificable, por tratarse de una formacin de titulo supletorio.V. VA PROCEDIMENTAL Y JUEZ COMPETENTE:Estando a lo expresamente normado en los artculos 486 inciso 2 y 504 inciso 2, del Cdigo Procesal Civil, la va procesal aplicable al presente caso es la del Proceso Abreviado, siendo competente para conocer el Juez de Paz Letrado.VI. MEDIOS PROBATORIOSEn calidad de medios probatorios ofrezco los siguientes:1. El mrito de contrato privado de compra venta, que acredita mi calidad de propietario de bien inmueble.2. El mrito del plano de localizacin que acreditan y dan a conocer la ubicacin exacta de mi propiedad.3. El mrito de la partida de defuncin de INOCENTE TUPIA GMEZ, que acredita el fallecimiento del vendedor.4. El mrito de certificado de posesin INOCENTE TUPIA GMEZ, que acredita su calidad de vendedor como ex-propietario.5. El mrito de constancia negativa de Inscripcin Registral (SUNARP), que acredita la no existencia de otro dueo de la propiedad que adquir.6. En mrito del recibo de Agua, que acredita mi posesin legitima como propietario del inmueble materia del presente proceso.7. En mrito del recibo de Luz, que acredita mi posesin legitima como propietario del inmueble materia del presente proceso.VII.- Para acreditar en forma fehaciente mi posesin desde que compre el terreno, designo a tres testigos, quienes prestaran su Declaracin Testimonial conforme a la verdad, declaraciones que se tomaran en su juzgado a: Juan Carlos Tapia Palomino con DNI N 42536472, con domicilio real en el Jr. Los Tunales N 205; Marlene Sanabria Quirs, con DNI N 23546271, con domicilio en el Jr. La Cabuya N 330; y Zosimo Quicao Auqui, con DNI N 45637209, con domicilio en el Jr. Los Tunales N 502. VIII. ANEXOS:1-A.- Arancel Judicial por ofrecimiento de pruebas, a fs. 01. 1-B.- Tasa Judicial por derecho de notificacin, a fs. 05.1-C.- La copia de mi DNI, a fs. 01.1-D.- Contrato privado de compra venta, a fs. 01.1-E.- Plano de ubicacin perimtrico del inmueble, a fs. 01. 1-F.- Sobre cerrado de Pliego interrogatorio para el testigo JUAN CARLOS TAPIA PALOMINO, a fs. 01.1-G.- Sobre cerrado de Pliego interrogatorio para la testigo MARLENE SANABRIA QUIRS, a fs. 01.1-H.- Sobre cerrado de Pliego interrogatorio para el testigo ZSIMO QUICAO AUQUI, a fs. 01.1-I.- copia certificada de partida de defuncin de INOCENTE TUPIA GMEZ, a fs. 01.1-J.- La copia certificado de posesin INOCENTE TUPIA GMEZ, a fs. 01.1-K.- Certificado negativo de Inscripcin Registral de bien Inmueble (SUNARP), a fs. 01.1-L.- Recibo de Servicio de Agua Potable del mes de Enero, del 2007, a fs. 01.1-M.- Recibo de energa elctrica del mes de Enero, del 2007, a fs. 01.Por tanto:Srvase Ud. Seor Juez, tener por interpuesta la Demanda de Formacin de Titulo Supletorio, debiendo oportunamente declarar Fundada la demanda a mrito de las pruebas que adjunto.PRIMER OTROS DIGO: Con el objeto de identificar con claridad el inmueble adquirido por la recurrente; solicito a su despacho, se sirva disponer la realizacin de la diligencia de inspeccin judicial en la propiedad materia del presente proceso, con la que acreditare la ubicacin y mi posesin. SEGUNDO OTROS DIGO: Nombro como mi representante judicial al letrado que autoriza el presente escrito, al amparo de los artculos 80 y 74 de C.P.C.; para los cual ratifico mi direccin sealada en la introduccin de esta demanda.Ayacucho, 15 de mayo del 2007.