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'~ CORTES DE CASTILLA Y LEÓN PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES TENSION EN EL EDIFICIO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEON (Expte: PA 3/2014).- Años 2015 -2016 Procedimiento Abierto. Sujeto a Regulación Armonizada. IA

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES

TENSION EN EL EDIFICIO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEON

(Expte: PA 3/2014).- Años 2015-2016

Procedimiento Abierto. Sujeto a Regulación Armonizada.

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

ÍNDICE

I.- DISPOSICIONES GENERALES ...................................................................................... 6

1.- Objeto ....................................................................................................................................2.- Organo de contratación ........................................................................................................3.- Régimen jurídico y Perfil del Contratante ............................................................................4.- Capacidad para contratar .....................................................................................................5.- Presupuesto de licitación ......................................................................................................6.- Existencia de crédito presupuestario ....................................................................................7.- Revisión de precios ...............................................................................................................8.- Duración del contrato. Plazo de ejecución ...........................................................................

II .- ADJUDICACION DEL CONTRATO .......................................................................... 12

9.- Procedimiento de adjudicación .................................................................................................1210.- Valoración de ofertas ...................................................................................1311.- Garantía Provisional ................................................................................................................1512.- Plazo y Presentación Proposiciones .......................................................................................1513.- Contenido Proposiciones .................................................................................................. 1614.- Mesa de Contratación ....................................................................................................... 2115.- Calificación Documentación general ................................................................................ 2116.- Apertura Proposiciones y determinación de la oferta económicamente más ventajosa.........2217.- Documentación a presentar por el licitador con la oferta económicamente más ventajosa...2318.- Constitución de la Garantía Definitiva ...................................................................................2419.- Adjudicación y Notificación ...................................................................................................25

III.-FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ...................................................................... 26

20.- Formalización del contrato .....................................................................................................26

IV.-EJECUCION DE CONTRATO ..................................................................................... 27

21.- Responsable supervisor trabajos objeto del contrato ........................................................ 2722.- Obligaciones del Contratista ............................................................................................. 2723.- Gastos e Impuestos por cuenta del contratista ........................................................................2924.- Abonos al contratista ..............................................................................................................2925.- Cumplimiento de los plazos ...................................................................................................3026.- Ctilmplimiento defectuoso o incumplimiento parcial de la ejecución d~ab~del contrato30

V.-SUBCONTRATACIÓN ~........................................................ ~ .. .. .~.~....... 21

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

27.- Subcontratación ......................................................................................................................31

VI.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ......................................................................... 31

28.- Modificación del contrato ..................29.- Suspensión del contrato ....................

........................................................31

........................................................32

VII.-FINALIZACIÓN DEL CONTRATO .......................................................................... 32

30.- Cumplimiento del contrato .....................................................................................................3231.- Resolución y extinción del contrato ........................................................................................3232.- Plazo de garantía .....................................................................................................................3233.- Devolución o cancelación de la garantía definitiva ................................................................33

ANEXO I Modelo de proposición económica ..................................................................... 34ANEXO II- Compromiso de Confidencialidad ....................................................................... 35

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

CONTRATO DE suministro de energía eléctrica(Arts.9 TRLCSP)

Procedimiento Abierto, sujeto a regulaciónarmonizada- Art. 15.1.b) TRLCSP

Tramitación: ordinaria

EXPTE. N° PA3/2014

CUADRO RESUMEN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVASPARTICULARES

PODER ADJUDICADOR CORTES DE CASTILLA Y LEON.

ORGANO DE CONTRATACION Mesa de las Cortes de Castilla y León

FECHA DE INICIACION DEL Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Castilla y León deEXPEDIENTE 18 de junio de 2014

OBJETO DEL CONTRATO SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA ENMEDIA TENSIÓN EN EL EDIFICIO DE LASCORTES DE CASTILLA Y LEÓN.

Vocabulario Común del Contrato:(Código CPV)

09310000 "electricidad"

RESUPUESTO DE LICITACION(IVA excluido:). Anual

247.933,88 euros

(IVA: 21 %): 52.066,12 euros

SUMA 300.000,00 euros

ALOR ESTIMADO DELCONTRATO

95.867,76 euros

ERFIL DEL CONTRATANTE: http://www.ccvl.es/cros/contratacion/

LAZO DE EJECUCION 1 año

RORROGA nual

VISION DE PRECIOS o habrá revisión de precios.

ORMA DE PAGOPor transferencia, previa presentación de facturasmensuales.

GARANTIR DEFINITIVA 5 %importe de adjudicación sin IVA

PLAZO DE GARANTIR:3 meses

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Las indicadas en los Pliegos de CláusulasCONDICIONES DE EJECUCIÓN Administrativas Particulares y de

Prescripciones Técnicas.NO

ADMISIÓN DE VARIANTES o MEJORAS.

(Art. 147 TRLCSP)Abierto, sujeto a regulación armonizada.

Procedimiento de Adjudicación:

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA

CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN MEDIA

TENSIÓN EN EL EDIFICIO DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN, POR

PROCEDIMIENTO ABIERTO, suieto a regulación armonizada. Expediente PA3/2014.

IDISPOSICIONES GENERALES

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1.1.- El objeto del presente contrato es la realización del suministro de energía eléctrica enmedia tensión en la Sede de las Cortes de Castilla y León, sita en la Plaza de las Cortes deCastilla y León, número 1, 47015 Valladolid, a fin de satisfacer las necesidades de energíaeléctrica para el correcto funcionamiento y desarrollo de las tareas propias de la Cámara. Elsuministro de energía eléctrica requiere la contratación de la energía y del correspondienteacceso a las redes con una compañía comercializadora, en cumplimiento de la Ley 17/2007,que modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre de 1997 (RCL 1997\2821), del SectorEléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeoy del Consejo, de 26 de junio de 2003 (LCEur 2003\2133), sobre normas comunes para elmercado interior de la electricidad.

1.2.- La codificación correspondiente a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos(CPV) es: 09310000-5 "electricidad", según el Reglamento (CE), número 213/2008 de laComisión, por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 2195/2002 del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el VocabularioComún de Contratos (CPV).

1.3.- La ejecución del objeto del contrato deberá adecuarse a las Prescripciones TécnicasParticulares anexas que tendrán carácter contractual.

1.4.- La necesidad administrativa a satisfacer mediante el contrato resultante del presenteprocedimiento es el suministro de energía eléctrica en el mercado liberalizado, para el edificiode las Cortes de Castilla y León, garantizando el mismo de forma interrumpida y continuada através del correspondiente comercializador inscrito y autorizado por la Administración,obteniendo la reducción de coste en el mercado de electricidad. Todo ello para que las Cortes deCastilla y León pueda realizar su funcionamiento de forma eficaz y eficiente.

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

2.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

2.1.- El órgano de contratación que actúa en nombre de las Cortes de Castilla y León es la Mesade las Cortes de Castilla y León, con dirección en Plaza de las Cortes de Castilla y León, n° 147015 Valladolid, pagina Web: http://www.ccyl.es

2.2.- El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, enconsecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca sucumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinarlos efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicteserán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdiccióncompetente.

3.-RÉGIMEN JURÍDICO Y PERFIL DEL CONTRATANTE

3.1.- La contratación a realizar se califica como contrato de suministro de carácteradministrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 19.1 a) del Real DecretoLegislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley deContratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida a dicha ley así comoal Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprobó el Reglamento General de laLey de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante Reglamento General) en lo noderogado por lo anterior, y por las demás normas de derecho administrativo.

Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan lacontratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de Castilla y León,en el marco de sus respectivas competencias; así como las normas reguladoras del sectoreléctrico que sean de aplicación.

3.2.- De acuerdo a lo estipulado en los artículos 13 y 15.1 b) del TRLCSP, es un contrato sujetoa regulación armonizada por lo que habrá de regirse por lo dispuesto en esta norma respecto aeste tipo de contratos y le serán de aplicación los supuestos de nulidad contractual previstos enlos artículos 37 a 39 del citado texto. Las referencias que en el TRLCSP se efectúan a la CajaGeneral de Depósitos, en relación con la presentación de garantías, se entenderán hechas a laCaja de las Cortes de Castilla y León, integrada en el Servicio de Contabilidad, Tesorería yCaja.

3.3.- En caso de discordancia entre el presente Pliego y el resto de los documentos contractuales,prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en el que se contienen losderechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. S t s ; ~•,

3.4.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación y ic.~óii deicá~ltrato, seránresueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondr í~ in a la vía administrativa, y

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser impugnados mediante recursocontencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha Jurisdicción,sin perjuicio de la posibilidad prevista, con carácter potestativo, de la interposición previa delrecurso especial en materia de contratación, a estos efectos previsto en el artículo 40 y siguientesdel TRLCSP.

3.5- Cualquier referencia en las anteriores normas a la Administración Pública se entenderáreferida a las Cortes de Castilla y León.

3.6- Las previsiones establecidas en el TRLCSP en materia del perfil del contratante sonsusceptibles de ser consultadas en la página Web cuya forma de acceso es la siguiente:http://www.ccvl.es/cros/contratacion/ .

4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR

4.1: Podrán licitar y, en su caso, resultar adjudicatarias del contrato con las Cortes de Castilla yLeón las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidadde obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en elartículo 73 del TRLCSP.

Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tengarelación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglasfundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materialessuficientes para la debida ejecución del contrato.

Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditarsu capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionaleso comerciales que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.

Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar medianteinforme expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España dellugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por laempresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en sudefecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a lasque se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad a que se refiere elartículo 55 del TRLCSP, o , en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre

Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, sin perjuicio de lo dispuestoen dicho precepto al señalar que en los contratos sujetos a regulación armonizada seprescindirá de dicho informe en relación con las empresas de Estados signatarios del

Acuerdo anteriormente referido.

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4.2.- Además de los requisitos reseñados, los licitadores deberán acreditar la adecuada solvenciaeconómica, financiera y técnica, a través de los medios de justificación que al amparo de losartículos 74, 75 y 77 del TRLCSP, se reseñan a continuación:

4.2.1.- La solvencia económica y financiera podrá acreditarse por uno o varios de los siguientesmedios:

a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que serefiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en lainvitación a participar en el procedimiento y en los Pliegos del contrato o, en su defecto, alestablecido reglamentariamente.

b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro deindemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio delicitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los Pliegos del contrato o, en sudefecto, al establecido reglamentariamente.

c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicioeconómico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importeigual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en elprocedimiento y en los Pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.

Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referenciassolicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio decualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación.

4.2.2.- La solvencia técnica y profesional deberá acreditarse por uno o varios de lossiguientes medios:

a) Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos anos,indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministrosefectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por. el órganocompetente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatariosea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de estecertificado, mediante una declaración del empresario.

b) Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, delos que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del controlde calidad.

c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas ara garantizar lacalidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. p, s t i ̀ l ,

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d) Control efectuado por la entidad del sector público contra n e, por unorganismo oficial competente del Estado en el cual el empres ° es lec siempre

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que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos ocuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre lacapacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio einvestigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar lacalidad.

e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidadpueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.

~ Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control decalidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productosperfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones onormas.

A los efectos previstos en el párrafo anterior, las certificaciones de clasificación odocumentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europeaa favor de sus propios empresarios constituirán una presunción de aptitud en los términosreseñados en el artículo 84 del TRLCSP.

4.3- Al margen de acreditar su solvencia técnica por los medios antes indicados, loslicitadores deberán asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los mediospersonales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, medios que, deacuerdo en el presente Pliego, deberán detallar en su oferta, y cuya efectiva adscripción seconsidera esencial a los efectos previstos en el artículo 223.E del TRLCSP.

Los medios de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica previstosen el apartado anterior podrán ser sustituidos por los que consten en el certificado deinscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o en elCertificado de Inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma deCastilla y León que el licitador aporte, o por la acreditación de una clasificación suficiente.Para que surta los efectos señalados, el certificado deberá ir acompañado de una declaraciónresponsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstanciasreflejadas en el certificado no han experimentado variación.

4.4.- Los que contraten con las Cortes de Castilla y León podrán hacerlo por sí, o mediante larepresentación de personas debidamente facultadas para ello.

4.5.- Los licitadores deberán solicitar y obtener con carácter previo a la presentación de lamisma, de los Servicios Jurídicos de las Cortes de Castilla y León, acto expreso y formal debastanteo de la documentación que pretendan aportar a los efectos de acreditar su representaciónpara licitar. No obstante, y con carácter excepcional, los documentos acreditativos de larepresentación, podrán ser calificados, en el seno de la Mesa de Contratación, por el Letrado delServicio Jurídico interviniente en la misma, consignándose e a~arr~e yen el acta lamanifestación del Letrado respecto a si la documentación ap es ba f~ para que elrepresentante ejerza las facultades de licitar en relación con ele ~ ie cree

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

4.6.- No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren participado en laelaboración de las especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre quedicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un tratoprivilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.

5.- PRESUPUESTO DE LICITACIÓN

5.1.- El presupuesto mimo de licitación anual, se detalla a continuación:

AnualPresupuesto licitación 247.933,88 €IVA (21 %) 52.066,12 €TOTAL 300.000,00 €

El Valor Estimado del Contrato asciende a la cantidad de 495.867,76 €equivalente alpresupuesto de licitación sin IVA.

5.2.- El anterior presupuesto constituye el gasto que como máximo podrá realizar la Cámara enel ejercicio, no equivalente al gasto final que efectivamente realice, que dependerá de lasconcretas necesidades de suministro a lo largo del año, y de las variaciones que experimentenlos precios debido al tramo de peaje de acceso regulado por el Ministerio de Industria, Energía yTurismo, cuyas variaciones se trasladarán a los precios ofertados. A estos efectos, la Mesa de lasCortes podrá, justificadamente ampliar para el ejercicio el gasto máximo de este contrato.

5.3.- En el presupuesto se entenderán comprendidos, además de los costes que se derivendirectamente de la ejecución, cuantos gastos pueda producir al adjudicatario la realización delpresente contrato como son los generales, de personal, financieros, seguros, transporte ydesplazamiento, tasas, licencias y visados y toda clase de impuestos (excepción hecha del IVA,y del tramo del precio de peaje de acceso regulado por el Ministerio de Industria, Energía yTurismo). Los gastos de publicidad de la licitación deben ser abonados por etilosadjudicatarios/s, ascendiendo el límite de éstos a la cantidad de 2.500 Euros.

6: EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO

Existe crédito, tal como consta en el Documento RC de fecha 26 de junio de 2014 de laSección de Contabilidad con el n°. de apunte previo 920149000021.

7.- REVISIÓN DE PRECIOS

En el presente contrato no habrá revisión de precios.

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8: DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN

El contrato tendrá un plazo mimo de ejecución de un año, a contar desde el día de suformalización, o posterior si así se hace constar en el mismo. Este plazo de ejecución, podráprorrogarse, de mutuo acuerdo, por un año más antes de la expiración del mismo.

No obstante lo anterior, la empresa adjudicataria deberá continuar realizando el suministro ymantener las mismas condiciones del contrato hasta la adjudicación de uno nuevo.

IIADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

9.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

9.1.- El procedimiento de adjudicación será abierto, sujeto a regulación armonizada, deconformidad con lo previsto en los artículos 157, 138, y siguientes del TRLCSP. Lautilización de este procedimiento se justifica en base a lo dispuesto en los artículos 15.1.b) y138.2 del TRLCSP, pudiendo todo empresario interesado presentar una proposición,quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.

El contrato se adjudicará al licitador que presente la oferta económicamente másventajosa y se llevará a cabo atendiendo a un único criterio económico que se indica en lacláusula 10 y en aplicación de los artículos 150 y 161 del TRLCSP, conforme a los términosy requisitos establecidos en dicho texto legal.

9.2.- Para comparar las diferentes ofertas recibidas se utilizará un procedimiento que permitacalcular el importe total del coste estimado en euros que supondrá a las Cortes de Castilla yLeón el contrato anual de suministro de energía eléctrica en función del precio del Kwh y lasenergías consumidas en cada período, el alquiler del equipo de medida y la potenciacontratada.

9.3.- La presentación de la oferta se hará según la tabla que se adjunta en el Anexo I.

9.4.- Si varias empresas licitadoras de las que hubieran empatado en cuanto a la proposiciónmás ventajosa acreditan tener relación laboral con personal con discapacidad en unporcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato ellicitador que disponga de mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en suplantilla.

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10.- VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

Se realizará de acuerdo con los siguientes CRITERIOS EVALUABLESMATEMÁTICAMENTE (100 Puntosl:

Únicamente se valorarán, con hasta un máximo de 100 puntos, criterios económicos.El procedimiento a utilizar será el siguiente:

Cada empresa licitadora ofertará:

-Los precios del Kwh en cada uno de los seis períodos, Pl a P6, en cent.€/Kwh. sinimpuestos.

Períodocent €/Kwh

P1P2P3P4P5

P6

-Los precios del Kw de potencia contratada en cada uno de los seis períodos P1 a P6en cent € /Kw ano sin impuestos.

Períodocent €/Kw año

P1P2P3P4P5P6

Para valorar cada oferta se utilizará una hoja de cálculo que realizará las siguientesoperaciones:

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Término de Energía:

TÉRMINO DE ENERGÍA

Período Kwh cent € /Kwh T.E.Importe (€).P1 138.367 -

P2 147.160 -

P3 65.074 -

P4 121.518 -

P5 165.803 -

P6 452.336 -

T.E. _ -

Siendo T.E.Importe, el resultado de multiplicar el importe eiz cent.€/Kwh por cadaKwh, y dividirlo entre 100.

Término de potencia:

TÉRMINO DE POTENCIAcent € /Kw T.P. Importe 1

PerÍodo Kw año (€j.P1 700 -P2 700 -P3 700 -P4 700 -P5 700 -P6 700 -

T.P. _ -

Siendo T.P. Importe, el resultado de multiplicar Kw por cent. €/Kw año, dividirloentre 100.

Alquiler equipo de medida:

Valoración anual en €

Valoración total OF:Obteniéndose el resultado OF (Valoración de la Oferta) como la suma siguiente:

OF=TE importe+ TP importe+Alquiler anual equipo medida. P s t ~ ~~-<..c, ~ ~~

~~Para cada una de las ofertas presentadas. ~ ~.~~` ,~

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CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Posteriormente se asignará puntuación de manera proporcional a la puntuación obtenidasegún la fórmula siguiente:

~? — C~4~~ ~~ I~1~IC7

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V0= Valoración de la ofertaPMO= Puntuación máxima obtenible (100 puntos).OF= OfertaOM= Menor oferta

11.- GARANTÍA PROVISIONAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 103 del TRLCSP, los licitadores nodeberán constituir garantía provisional.

12.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES

12.1.- Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la formaindicada en los apartados siguientes, en el plazo de 40 días contados a partir del día siguiente ala remisión del anuncio de licitación al DOUE.

12.2.- La presentación podrá realizarse mediante entregas en el Registro de las Cortes deCastilla y León, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro delplazo señalado. También podrá realizarse mediante envío por correo, en cuyo caso el interesadodeberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío ycomunicar en el mismo día al órgano de contratación, por fax, telex o telegrama, la remisión dela proposición. Dicha comunicación podrá también realizarse por correo electrónico, si bien estemedio sólo será válido si existe constancia de su transmisión y recepción, de sus fechas y delcontenido íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y aldestinatario. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición en el casoque fuera recibida fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.

No obstante, transcurridos tres días desde la terminación del plazo, no será admitidaninguna proposición enviada por correo.

12.3.- Los interesados podrán obtener la información relativa a la convocatoria de la licitación,los Pliegos de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas así como la eventualdocumentación complementaria a través del perfil del contratante de las Cortes de Castilla yLeón, en concreto a través del acceso directo, http://www.ccyl.es/cros/contratacion/.

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La información adicional que se solicite sobre los Pliegos y sobre la documentación sedeberá formular al menos con seis días de antelación a la finalización del plazo de presentaciónde las ofertas.

La solicitud se realizará a través de correo electrónico a la dirección: [email protected] a través de faY al número: 983 421 671.

Se procederá a la contestación de las solicitudes de información adicional que pudieranrecibirse mediante correo electrónico. En el caso de que se trate de la resolución de una dudafrecuente o que se estime que su conocimiento por todos los licitadores es necesario paragarantizar los principios de transparencia e igualdad, se publicará en el perfil de contratante delas Cortes de Castilla y León.

No serán atendidas las solicitudes de información adicional que se reciban fuera del plazohabilitado al efecto, o realizadas por procedimiento distinto a los reseñados.

Dada la especial naturaleza de la Institución Parlamentaria, en aquellos casos en los que lainformación solicitada por los potenciales licitadores no pudiera ser publicada por motivos deseguridad, confidencialidad o de cualquier otra índole, las Cortes de Castilla y León podránexigir al demandante de información la aceptación por escrito de un acuerdo de confidencialidadcomo requisito previo a la entrega de la documentación solicitada.

12.4.- Los licitadores quedan expresamente obligados a mantener absoluta confidencialidad yreserva sobre cualquier dato que pudieran conocer con ocasión del procedimiento decontratación, especialmente los de carácter personal, que no podrán copiar o utilizar con finesdistintos de los que figuran en este Pliego, ni ceder a otros, ni a los solos efectos de suconservación. Todo ello de conformidad con lo establecido en la L.O. 15/1999, de 13 dediciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como el Real Decreto 1720/2007de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de su desarrollo.

12.5.- La presentación de las proposiciones supone la aceptación incondicional por elempresario de la totalidad del contenido del presente Pliego y del Pliego de PrescripcionesTécnicas, sin salvedad o reserva alguna.

13.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES

13.1.- Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados, identificados en su exterior conindicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de laempresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponerde ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. G ~ s r ~ ,~ ~.~

13.1.1.- El Registro de las Cortes de Castilla y León dará rec' e pr ~b~ición enel que conste el nombre de licitador, la denominación de la contr irá ió , ~, y ~~,~ora de

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presentación. Asimismo al finalizar el plazo de recepción de proposiciones emitirá uncertificado en el que conste la totalidad de las proposiciones recibidas.

13.1.2.- Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en sutotalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integranfirmada por el licitador, en la que declaxe, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datosaportados. Las Cortes de Castilla y León se reservan la facultad de comprobar en cualquiermomento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia,pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador oadjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de talesdatos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, conpérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades eindemnizaciones que de tal hecho se deriven.

13.1.3.- Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad delos servicios objeto del contrato.

13.1.4: Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto delcontrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas.

13.1.5.- El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios nopodrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unióntemporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la noadmisión de todas las proposiciones por él suscritas.

13.1.6.- El licitador deberá presentar también la documentación técnica en pen-drive oCD con la misma información en PDF. La presentación en este formato no sustituirá a lapresentación en papel. En caso de disconformidad entre la información presentada en PDF y enpapel, tendrá prevalencia esta última.

El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente,cumplirá con los requisitos que se señalan a continuación:

13.2.- SOBRE NÍJMERO 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE N°. 1: DocumentaciónGeneral para la licitación de la contratación del suministro de energía eléctrica en mediatensión en el edificio de las Cortes de Castilla y León". Expte.: PA3/2014. Su contenido seráel siguiente:

13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y larepresentación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma~~ i~rntq:~ .,

13.2.1.1.- Una hoja independiente del resto de laconstar el contenido del sobre, enunciado numéricamente.

se haga

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13.2.1.2.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresariosindividuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución y demodificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigibleconforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar eldocumento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por lasque se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuerapreceptivo.

Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios delAcuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrarmediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de losregistros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.

Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar medianteinforme expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en laque se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogoo, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividadesque constituyen el objeto del contrato.

Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanenteespañola relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresasespañolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, ó en sucaso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de laOrganización Mundial del Comercio.

13.2.1.3.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportardocumento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de susfacultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico de las Cortes de Castilla y León. Laaportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir laaportación de éste. Se aportará igualmente la de la escritura de constitución, y de modificaciónen su caso, de la entidad licitadora.

13.2.1.4.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal,cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres ycircunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, asícomo el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso deresultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de launión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que delcontrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderesmancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.

En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una Unión mporal de ~É'mpresarios,ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF a~ig acá a dicha unión antes

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de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la Unión será coincidente con ladel contrato hasta su extinción.

A los efectos de lo dispuesto en el Artículo 86.3 del RCLCAP las empresaspertenecientes a un mismo grupo (entendiéndose por tales los que se encuentran en alguno delos supuestos del artículo 42 del Código de Comercio) deberán presentar en su caso, declaraciónen la que se contenga la relación de las empresas que se presentan en dicho régimen delicitación.

13.2.2.- Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea,será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente susolvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 delpresente Pliego.

13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable dellicitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, omediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibicionespara contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendoexpresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligacionestributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y estaposibilidad no esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse pordeclaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.

13.2.4.- Dirección, teléfono, faY y una dirección de correo electrónico en la queefectuar las notificaciones.

13.2.5.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de losJuzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de mododirecto o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccionalextranjero que pudiera corresponder al licitante.

13.2.6.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro deContratistas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León le eximirá de aportar ladocumentación que se detalla:

- Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 13.2.1 de este Pliego, siemprey cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado. No obstante, laMesa de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesariapara acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del contrato.

- Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica.

- Declaración responsable a que se refiere la cláusula 13.2.3, salvo en lo que se refiere ala circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obli ~c~ones tributariás y con laSeguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, res ocie lás que ,habrá que

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aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa uorganismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público.

El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Castilla yLeón deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitadormanifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación.

13.2.7.- Los licitadores deberán presentar certificado en original o copia compulsada oautenticada del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores yConsumidorescualificados acreditativa de estar inscrita con carácter definitivo como empresa comercializadoraen el ámbito de la comunidad Autónoma de Castilla y León, e los términos previsto en el RealDecreto 1955/2000 de 1 de diciembre.

13.2.8.- Asimismo, los licitadores deberán incluir en este sobre la documentaciónacreditativa de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en la forma que sedetalla en las cláusulas 4.2.1 y 4.2.2 del presente Pliego.

13.2.9.- A los efectos de acreditar la relación laboral con personas con discapacidad enlos términos establecidos en la cláusula 9.4 del presente Pliego las empresas deberán aportar lasiguiente documentación:

- Declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados yporcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla.

- Si la empresa emplea a cincuenta o más trabajadores y se encuentra en alguno de lossupuestos de excepcionalidad previstos en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de IntegraciónSocial de los Minusválidos, deberá aportar, además, declaración del Servicio Público deEmpleo competente de que la empresa se encuentra en alguno de los citados supuestos deexcepcionalidad.

13.3.- SOBRE NÚMERO 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE N°. 2: Proposicióneconómica para la licitación de la contratación del suministro de energía eléctrica enmedia tensión en el edificio de las Cortes de Castilla y León" (Expte.: PA3/2014).

13.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con loscriterios de adjudicación evaluables matemáticamente aque se refiere la cláusula 10 delpresente Pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectostécnicos de la misma.

13.3.1.1.- Deberá incluirse una relación de los documentos y hoja resumen delcontenido del sobre respecto a los criterios evaluables matemáticamente, que será leídaen el acto público de apertura del sobre número 2. ~ T p ~~

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13.3.1.2.- El contenido de la oferta económica ~f r ' ~~ o ~i~n el modeloanexo al presente Pliego, sin errores o tachaduras que i cul ~ ocer claramente lo

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que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, deproducirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición económica,que no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la cláusula 5 delpresente Pliego, deberá indicarse, como partida independiente, el importe del IVA quedeba ser repercutido.

13.3.1.3.- Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita. ensu totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que laintegran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertoslos datos aportados. Las Cortes de Castilla y León se reservan la facultad de comprobaren cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o biendurante su vigencia, pudiendo realizar la comprobación por sí misma, o mediantepetición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. Lafalsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en sucaso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como laexigencia de las responsabilidades eindemnizaciones que de tal hecho se deriven.

13.4.- Es opcional la presentación de cualquier otra documentación técnica y potestativo para lasCortes de Castilla y León su toma en consideración para la evaluación de las ofertas, que en sucaso se hará siempre dentro de los criterios que servirán de base para la adjudicación, recogidosen la cláusula 10 del presente Pliego.

13.5.- Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad de lossuministros objeto del contrato.

13.6.- Cada licitador podrá presentar solo una proposición en relación con el objeto del contrato,sin que se puedan presentar variantes o alternativas.

14.- MESA DE CONTRATACIÓN

La Mesa de Contratación estará integrada por:

o Presidente: la Presidenta de las Cortes de Castilla y León o persona en quien delegue.

o Vocales: ~ i r a~■ Secretaria Primera de la Mesa de las Cortes. ~ ~'■ Secretaria Segunda de la Mesa de las Cortes. ° ~■ Secretario General-Letrado Mayor o Letrado en quien delegue. `~■ El Interventor de las Cortes. rb ,~ ~~■ El Jefe de Servicio de Gestión Administrativa o ~ ~ ~~~

o Secretario: el Jefe de la Sección de Contratación, Obras, Mantenimiento y Suministros.

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15.- CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL

15.1.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contrataciónprocederá a la calificación de la documentación general contenida en el sobre número 1presentado por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentaciónpresentada, lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de dichanotificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para quelo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustancialeso deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.

15.2.- Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación,a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstoslas aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, asícomo requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento quedeberá ser cumplimentado en el plazo mimo de tres días y siempre antes de la declaración deadmisión de las proposiciones.

16.- APERTURA DE PROPOSICIONES Y DETERMINACION DE LA OFERTAECONOMICAMENTE MÁS VENTAJOSA.

16.1.- La Mesa de Contratación, una vez calificada la documentación del Sobre número 1 yrealizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentoscomplementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizaráen acto público la apertura de las proposiciones de los licitadores admitidos, en el lugar y horaseñalados en el anuncio de licitación, con arreglo al siguiente procedimiento:

16.2.- El día que se fije al efecto, en Acto Público, el Presidente dará cuenta a los asistentes delníunero de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado dela calificación de la documentación general presentada en el sobre número 1, con expresión delos licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a losasistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en elacta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que nohubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación dedefectos u omisiones.

El Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los Sobres número 2 de loslicitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos presentados, así como ala oferta económica.

Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a loslicitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas enrelación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirle s, de la posibilidadde presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratació ~eñ e1Tplázo ;máximo de

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dos días hábiles, sin perjuicio de la posibilidad de la interposición del recurso especial enmateria de contratación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 del TRLCSP.

A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de los Sobres n°. 2, decuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.

16.3.- La Mesa de Contratación, tras solicitar en su caso, los informes técnicos que estimeoportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada queestime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en lacláusula 10 del presente Pliego, acompañada de las Actas de sus reuniones y ladocumentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dichapropuesta no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto mientras el órgano decontratación u órgano en quien delegue no dicte la resolución de adjudicación.

17.- DOCUMEN'PRESENTADO L

EL LICITADOR QUE HAYA

17.1. Los servicios administrativos competentes requerirán al licitador que haya presentado laoferta económicamente más ventajosa, para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contardesde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentaciónjustificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y con laSeguridad Social, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, seentenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediendose en este caso a recabar la mismadocumentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado las ofertas.

17.1.1.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de lasobligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con losartículos 13 y 15 del Reglamento General de la LCAP:

- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta enel mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberáadjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Estadocumentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al objeto del contrato que lesfaculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, debiendo complementarsecon una declaración responsable del licitador de no haberse dado de baja en la matrícula delcitado Impuesto.

- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administracióndel Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.

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- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Castilla y León, por lo que respecta a las obligaciones tributariascon la misma.

El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones odocumentos correspondientes alas obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13del Reglamento General de la LCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaraciónresponsable.

17.1.2.- La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de lasobligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por laautoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta algunaexención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.

17.2.- Las certificaciones a que se refieren las cláusulas anteriores deberán ser expedidas deacuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento General de la LCAP.

17.3.- Los extranjeros, sean personas ~sicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembrosde la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificaciónexpedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse alcorriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo,habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que seacredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijanen el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá dereferirse a los doce últimos meses.

17.4.- El licitador seleccionado deberá aportar, asimismo, los documentos que acrediten laefectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a adscribir a la ejecucióndel contrato.

17.5.- De no cumplimentarse adecuadamente este trámite en el plazo señalado, se entenderáque el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, de acuerdo con lo dispuesto en elartículo 151.2 del TRLCSP, a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por elorden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

18.- CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA

18.1.- El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa, deberáacreditar en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que hubierarecibido el requerimiento, la constitución de la garantía definitiva por im 1 5 por 100 delimporte de adjudicación del contrato, excluido el IVA. G P

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18.2: La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o envalores privados, por contrato de seguro de caución, o por retención de parte del precio, en laforma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de laLCAP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en laTesorería de las Cortes de Castilla y León.

18.3.- Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio,se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique aladjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en elartículo 99.3 del TRLCSP.

18.4.- En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso,las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantíaconstituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.

19.- ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN

19.1.- Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que serefieren las cláusulas 17 y 18, el órgano de contratación, u órgano en quien delegue a estosefectos, deberá dictar acuerdo de adjudicación.

19.2.- La adjudicación que realice el órgano de contratación deberá acomodarse a la propuestade la Mesa de Contratación, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarsede tal propuesta, o que ésta se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyocaso la convocatoria quedará sin efecto.

19.3.- La adjudicación deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las proposicionespresentadas reúna los requisitos exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares,no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación. No obstante, en los términos previstosen el artículo 155 del TRLCSP, las Cortes de Castilla y León, antes de dictar la adjudicación,podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir delprocedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo deindemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitaciónles hubiese efectivamente ocasionado.

19.4.- La adjudicación del contrato deberá ser motivada, se notificará a los candidatos olicitadores y simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante. La notificación deberácontener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidatodescartado interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundadocontra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:

- La relaciónalos candidatos descartados, la exposición rlas que se haya desestimado su candidatura. `~

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- Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, tambiénen forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.

- El nombre del adjudicatario, las características yventajas de la proposición deladjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste conpreferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores, cuyas ofertas hayansido admitidas.

En todo caso, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo enque debe procederse a su formalización, conforme al artículo 156 del TRLCSP.

La notificación se hará por cualquiera de los medios que permitan dejar constancia desu recepción por el adjudicatario. En particular podrá efectuarse por correo electrónico en ladirección que los licitadores hubieran designado al presentar sus proposiciones.

19.5.- Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como lasrechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente.Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que sehayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposiciónde los interesados. Sin en un plazo máximo de dos meses no ha sido retirada, las Cortesprocederán a su destrucción.

IIIFORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

20.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

20.1.- El contrato no podrá ser formalizado sino una vez transcurrido el plazo de 15 días hábilesa contar desde la remisión de la notificación de la adjudicación a los licitadores. Para laformalización, el adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de 5 días hábilesdesde que reciba el requerimiento del órgano de contratación al respecto, el documentoadministrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, y quedeberá ser asimismo suscrito, la oferta del adjudicatario y un ejemplar del Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares y Prescripciones Técnicas.

Cuando el adjudicatario sea una Unión Temporal de empresarios, dentro del mismoplazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitucióncomo tal.

20.2.- El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendotítulo válido para acceder a cualquier registro público. ~ A~=~ ~,

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No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública,corriendo de su cargo los correspondientes gastos, debiendo entregar ante el órgano decontratación dentro de los 15 días siguientes a la formalización de aquélla, la primera copiaautorizada y dos copias simples del citado documento.

20.3.- Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro delplazo indicado, las Cortes de Castilla y León podrán acordar la incautación de la garantía enconcepto de indemnización de daños y perjuicios ocasionados y procederán en la maneraestablecida en el artículo 151.2 para el supuesto de no presentar el licitador seleccionado ladocumentación justificativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con laSeguridad Social y de haber constituido la garantía definitiva.

IVEJECUCIÓN DEL CONTRATO

21.- RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO

21.1.- La Secretaría General-Letrada Mayor, y el Jefe de Servicio de Gestión Administrativa oen quien estos deleguen serán los responsables del mismo, que supervisarán la ejecución,comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursarán alcontratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación, o aquellas propias necesariaspara la adecuada ejecución del contrato.

Son funciones del responsable del contrato, entre otras, las siguientes:

- Velar por el cumplimiento de los suministros exigidos y ofrecidos. Para ello elresponsable tendrá la facultad de inspeccionar y de ser informado del proceso deejecución del suministro que haya de ser prestado como consecuencia del contrato,debiéndose establecer sistemas de coordinación, comunicación, y de control calidadnecesarios para la consecución de los fines del contrato, así como dictar cuantasdisposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.

- Realizar las certificaciones parciales de los suministros prestados.

- Informar y proponer las penalizaciones que fueran de aplicación en el periodo.GASr,~

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22.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA bo ~° fi

22.1.- El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presentePliego de Cláusulas Administrativas Particulares, observando fielmente lo establecido en el

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Pliego de Prescripciones Técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere elresponsable del contrato designado por el órgano de contratación.

22.2.- Cuando el contrato se adjudique a una empresa en virtud del criterio preferencia previstoen la cláusula 9.4 del presente Pliego, el adjudicatario estará obligado a mantener la vigencia delporcentaje de contratos de trabajadores fijos discapacitados durante el tiempo que dure laejecución de la prestación objeto del contrato adjudicado, o, en su caso, durante el plazo degarantía si la ejecución no se realizara en tracto sucesivo. El incumplimiento de tal condiciónserá causa de resolución del contrato adjudicado, debiendo constar en el mismo como tal causade resolución.

22.3.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista según lo dispuestoen el artículo 215 del TRLCSP. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños yperjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceroscomo consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando talesdaños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una ordende la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes.

22.4: El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposicionesvigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendotener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del queostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.

22.5. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tengaacceso con ocasión de la ejecución del contrato, a la que se le hubiese dado el referido carácteren los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Nopodrá ser copiada o utilizada con fines distintos a los correspondientes a la ejecución delcontrato, ni tampoco cede a otros, ni siquiera a efectos de su conservación. Este deber semantendrá con carácter indefinido.

Los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por losempresarios que estos hayan designado como confidencial. A estos efectos, los licitadoresdeberán incorporar en cada uno de los sobres una relación con la documentación a la que hayandado ese carácter.

La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesionalrespecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón dela prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, deconformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal,de 13 de diciembre de 1999.

El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materiade protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tares pára la prestacióndel contrato, en especial las derivadas del deber de secreto, r idiendo la empresa

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adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de susempleados se pudiera incurrir.

El adjudicatario y su personal durante la realización de los trabajos que se presten comoconsecuencia del cumplimiento del contrato, estarán sujetos al estricto cumplimiento de lasnormas de seguridad de las Cortes de Castilla y León en las que se desarrolle su trabajo.

22.5.1.- El adjudicatario se obliga a solicitar, gestionar y obtener cuantas licencias,autorizaciones o permisos sean necesarios para la correcta ejecución del contrato. De estasactuaciones se dará debida cuenta a las Cortes de Castilla y León.

22.6.- El Contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendopúblicos ó notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a suconocimiento con ocasión del mismo.

23.- GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA

23.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitaciónen Boletines Oficiales, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escriturapública.

Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor delcontratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería de lasCortes de Castilla y León.

23.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos deadjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, yarbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta delcontratista, salvo el IVA que deba ser soportado por la Administración, que se indicará comopartida independiente.

Se considerarán también incluidas en la proposición del adjudicatario y en el precio delcontrato todos los gastos que resulten necesarios para la ejecución del contrato, incluidos losposibles desplazamientos.

24.- ABONOS AL CONTRATISTA

24.1.- El pago se realizará contra factura mensual, expedida de acuerdo con la normativavigente, debidamente conformada por la Unidad que reciba el trabajo o, en su caso, por eldesignado como responsable del contrato. Las Cortes de Castilla y León deberán abonar elimporte de las facturas dentro de los plazos legales correspondientes.

24.2.- El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de s~ - '~ " ~l~g~,l~menteestablecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que efectos,

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y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es preciso que se lenotifique fehacientemente aésta última el acuerdo de cesión.

25.- CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS

25.1.- El contratista queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en lostérminos previstos en la cláusula 8 del presente Pliego.

25.2.- Si llegado el final del suministro, el contratista hubiere incurrido en demora, por causaimputable al mismo, las Cortes de Castilla y León podrán optar indistintamente, por laresolución del contrato con pérdida de la garantía constituida o por la imposición de penalidadesdiarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato.

Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del preciodel contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismoo acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.

25.3.- La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que puedan tener derecho lasCortes de Castilla y León por los danos y perjuicios ocasionados por el retraso imputable alcontratista.

25.4.- La constitución_ en mora del contratista no requerirá intimación previa por parte de las

Cortes de Castilla y León.

25.5.- Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al

contratista, las Cortes de Castilla y León podrán a petición de éste o de oficio, conceder laprórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el contratista solicite otro menor, deacuerdo a lo dispuesto en el artículo 213.2 del TRLCSP.

26.- CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LAEJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO

26.1.- El contratista está obligado a cumplir el contrato en los términos reflejados en el Pliego dePrescripciones Técnicas.

26.2.- El incumplimiento de las condiciones del suministro establecidas en dicho Pliego podrádar lugar a la consideración de ejecución defectuosa del contrato y a la a licación de laspenalidades previstas en el artículo 212 del TRLCSP. ~ p s T i ~ ~ ., \

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26.3 -Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 223 y 299 delTRLCSP.

26.4 -. En todo caso, son causas específicas de resolución del contrato por afectar a lasobligaciones esenciales del adjudicatario:

- La ejecución defectuosa del suministro objeto del contrato.

- El incumplimiento por el adjudicatario de los deberes de confidencialidad yseguridadrespecto de los documentos que se le confíen y de los datos que le faciliten las Cortes deCastilla y León.

26.5 - Asimismo será motivo de resolución de contrato la desaparición del adjudicatario delListado de Comercializadoras de Energía Eléctrica de la Comisión Nacional de Energía, encumplimiento de lo previsto en el articulo 45.5, de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, delSector Eléctrico.

26.6 -. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o ainstancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la formareglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP.

26.7 - En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberáindemnizar a la Administración de los danos y perjuicios ocasionados, haciendo efectiva laindemnización en primer término sobre la garantía que se hubiese constituido, sin perjuicio de lasubsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda de lagarantía incautada.

26.8 -. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 224del TRLCSP y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 225 y 300 del TRLCSP así comoen el artículo 110 del RGÍ,CAP.

V. SUBCONTRATACIÓN

27.- SUBCONTRATACIÓN

En la presente contratación no será posible la subcontratación de la ejecución parcial__ deprestaciones objeto del contrato. ~ P ~ r f~ ~ ~

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VI o `~.h~VI.- MODIFICACIÓN DE CONTRATO ~, ~•~

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28- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ~bo~ ~

El contrato podrá ser objeto de modificaciones, debidamente aprobadas por la Administración

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Parlamentaria de acuerdo con lo previsto en los artículos 105 y siguientes del TRLCSP, queserán obligatorias para el contratista cuando supongan aumento, reducción o supresión de lospuntos de suministro, modificación de las potencias contratadas o la sustitución de unossuministros por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, sin que elcontratista tenga derecho alguno, en caso de supresión o reducción de los puntos de suministro,a reclamar indemnización por dichas causas.

29.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

29.1: Si las Cortes de Castilla y León acordasen la suspensión del contrato o aquélla tuvierelugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216.5 del TRLCSP y la cláusula 25.2. delpresente Pliego, se levantará un acta en la que se consignaran las circunstancias que la hanmotivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.

29.2.- Acordada la suspensión, las Cortes de Castilla y León abonaran al contratista, en su caso,los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán con arreglo a lodispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 300 del TRLCSP.

VIIFINALIZACIÓN DEL CONTRATO

30.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

30.1.- El contráto se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado latotalidad de su objeto, de conformidad con lo establecido en este Pliego y en el dePrescripciones Técnicas y a satisfacción de las Cortes de Castilla y León cuya conformidad sehará constar de forma expresa dentro del plazo de tres meses desde la realización del objeto delcontrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 222.2 del TRLCSP.

30.2.- Si los suministros no se hallan en condiciones de ser recibidos, se dejará constanciaexpresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsanelos defectos observados, o proceda a una nueva ejecución de conformidad con lo pactado. Sipese a ello, los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, comoconsecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrárechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a larecuperación del precio satisfecho hasta entonces.

30.3.- Se realizarán recepciones parciales mensuales al efecto de abono de las facturasmensuales. ~ .

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31.- RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO N `~~~ 32~ ~; „

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31.1.- Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución,acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 299 delTRLCSP, dando lugar a los efectos previstos en los artículos 225 y 300 del TRLCSP.

Producirá igualmente la resolución del contrato, el incumplimiento por el contratista dela obligación de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos onotorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento conocasión del mismo, así como la desaparición del adjudicatario del Registro Administrativo deComercializadores.

32.- PLAZO DE GARANTÍA

32.1.- En relación con las prestaciones objeto del presente contrato y en lo que se refiere al plazode garantía, se estará a lo dispuesto con carácter general en el TRLCSP, fijándose ésta en elplazo de tres meses con carácter general.

32.2.- Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos las Cortesde Castilla y León tendrán derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.

Terminado el plazo de garantía sin que las Cortes hayan formalizado objeciones, el contratistaquedará exento de responsabilidad.

33.- DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA

Concluida la vigencia del contrato y cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas delmismo, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, ytranscurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelaciónde aquella.

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ANEXOI

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICAD..............................................................................................................................................

....................................... con D.N.I. n°......................................, mayor de edad, con domicilio en

.................................................................................. enterado del Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares y del de Prescripciones Técnicas que han de regir la contrataciónde Suministro de energía eléctrica en media tensión en el edificio de las Cortes de Castilla yLeón (Expte.:PA3/2014), y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, en nombre......................... ............................................ (propio o de la/s personas o entidades querepresenta especificando en este último caso sus circunstancias), se compromete a ejecutar elcontrato de referencia por los siguientes importes:

PLANTILLA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

ino de energía:PerÍodo cent € /Kwh

P1P2P3P4

P5

P6

Término de potencia:

cent € /KwPeríodo año

P1P2P3P4P5

P6

Alquiler equipo medida: G P S T t ~~._ ̀

Importe anual € ~v ~ ~~,oN ~..

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Todos los valores ofertados serán sin iva, y sin impuesto eléctrico. ~6 ~~A°O ~ ,~

Lugar, fecha y firma del licitador.

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ANEXO II

COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD

D./Da en representación de la mercantil manifiesta su interés enrecibir información complementaria relativa a la siguiente licitación: la contratación de"Suministro de energía eléctrica, en media tensión en el Edificio de las Cortes deCastilla y León. (Expte. PA3/2014)",yen consecuencia se compromete a mantenerabsoluta confidencialidad yreserva sobre cualquier dato, especialmente los de carácterpersonal, que pudiera conocer con ocasión de dicho procedimiento de contratación y de laentrega de la documentación complementaria que, en su caso, se le pueda facilitar, utilizandotodos esos datos y documentación únicamente a los efectos de poder realizar la ofertacorrespondiente a la licitación.

Como muestra del citado compromiso que, en caso de incumplimiento, podrá conllevarla exigencia de las correspondientes responsabilidades en las que se incurra, firma la presenteen a de de 2014

Fdo.

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PROPUESTA DEL SERVICIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Propuesta de aprobación del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y delPliego de Prescripciones Técnicas que regirán en el expediente de contratación para elSuministro de energía eléctrica, en media tensión en el Edificio de las Cortes de Castilla yLeón (Expte. PA3/2014).

Sede de las Cortes de Castilla y León, Valladolid, a 1 de agosto de 2014

Jefe de Servicio de Gestión R~dmi~i

Informe Servicios Jurídicos:

CONF

Fdo.: Juan

Fdo.: Ana MaríaLetrada

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