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23
XXII Seminario Internacional de la CNSF Incentivos Fiscales en el Sector Asegurador para su desarrollo Dr. Fernando Solís Soberón Noviembre 25, 2011

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XXII Seminario Internacional de la CNSFIncentivos Fiscales en el Sector Asegurador para su desarrollo

Dr. Fernando Solís Soberón

Noviembre 25, 2011

Page 2: XXII Seminario Internacional de la CNSF Incentivos ... Fernando Solis.pdfXXII Seminario Internacional de la CNSF Incentivos Fiscales en el Sector ... hasta por 15 años México No

Contenido

Antecedentes1 Antecedentes1

Propuesta de esquema fiscal para eldesarrollo del Seguro de Vida

2

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Antecedentes

Sector Asegurador como porcentaje del PIBSector Asegurador como porcentaje del PIB(países seleccionados)

10%

%)

8.0%

7 3%

8%

9%

EUA

Canadamas

/ PI

B (%

7.3%

5%

6%

7%Canada

E ñ

Prim

5.0%

4.1%

3%

4%

5% España

Chile

Brasil

1.8%

2.4%2.0%

1%

2%

3%

México

ColombiaArgentina

2006 2007 2008 2009 2010Año

Fuente: Seguro Iberoamericano FIDES /AMIS y Swiss Re.3

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Antecedentes

Penetración de la industria aseguradoraPenetración de la industria aseguradora

5 0%350

2.3% 2.3% 2.3% 2.2% 2.3% 2.2% 2.3% 2.4% 2.5% 2.7%

2 0%

3.0%

4.0%

5.0%

250

300

350

166 173 166163

193 196

1.8% 1.6%1.9%

1.5% 1.7% 1.6% 1.6% 1.8% 1.8% 2.0%

-1 0%

0.0%

1.0%

2.0%

150

200

US

D

115 109

133105 121 125

145166 166

97 93 84 82

97 114

136

163

-4 0%

-3.0%

-2.0%

-1.0%

50

100

-5.0%

-4.0%

02000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

México: Primas Per Capita Región: Primas Per Capita México: Primas Totales vs PIB Región: Primas Totales vs PIB

Fuente: Análisis del Sector Asegurador Mexicano. Latinoinsurance4

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Antecedentes

México, último lugar en escala de incentivos fiscales para el retiro

Fuente: Antolín, P. y E.R. Whitehouse (2009), “Filling the Pension Gap: Covergage and Value of Voluntary Retirement Savings”, OECD

5

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Tratamiento fiscal internacional del Seguro de Vida (1/3)

País / Concepto

Deducibilidad de primas Indemnización sobre muerte

Acumulación de intereses Diferimiento

Argentina Con límites Exenta No acumulable 5 años posteriores

AustriaCon límites. (Extensivo para esposa y familias con más de 3 hijos)

No acumulable No acumulableSin fecha de caducidad, con un límite del 75% de los ingresos anuales

Puede aplicar impuesto Todas las pérdidas fiscalesBélgica Cumpliendo requisitos

Puede aplicar impuestoa la herencia No especifica

Todas las pérdidas fiscalesdeben ser diferidas sinlímite de tiempo

Brasil NoSe consideraindemnización y no es No acumulable

Sin restriccióntemporal Se limita al 30%Brasil No indemnización y no es

acumulableNo acumulable temporal. Se limita al 30%

del ingreso acumulable

Canadá NoGeneralmente noacumulable

No acumulable10 años para pérdidasentre 2004 y 2005, 20 añospara después de 2005para después de 2005

Chile Con excepcionesNo acumulable al cumplir ciertosrequisitos

No acumulable al cumplir ciertosrequisitos

Sin periodo detiempo definido

Finlandia Con limites No acumulables No acumulables 10 años

6

Francia Limitado a ciertas primasSe acumula alrebasar ciertonivel en euros

No acumulabledurante la vigenciadel contrato

Pérdidas netas de largo plazopor 10 años

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Tratamiento fiscal internacional del Seguro de Vida (2/3)

País / Concepto

Deducibilidad de primas Indemnización sobre muerte

Acumulación de intereses Diferimiento

Limitado a  Puede aplicar impuestof

Restringido aAlemania

tado aciertos montos

uede ap ca puestoa la herencia

No especifica ciertas cantidadesen euros

India Hasta cierto límite No acumulables No acumulables8 años, sujeto a cumplir ciertascondiciones

Irlanda Con ciertos requisitosGeneralmente noacumulables en los nuevos negocios

Sin impuesto para losnuevos negocios

Sin restricciónTemporal

Italia Sin exceder cierto límite. ExentaIngresos de capitaltienen una tasa del

5 años paraimpuestos

12.50% corporativos

Japón Con límites en monto.Aplica impuesto a la herencia

No acumulable7 años de maneraprospectiva

Corea Con límites en monto.Aplica impuesto a la herencia

No acumulable5 años de maneraprospectivap p

Holanda Anual limitado en monto. No acumulable No especifica9 años haciaadelante

Portugal Hasta ciertos límitesAplicanciertosimpuestos

No acumulables No especifica

7

impuestos

TurquíaHasta ciertoslímites

Acumulables luego deexceder ciertos topes

No acumulablesdurante la vigencia de lapóliza

5 añosconsecutivos

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Tratamiento fiscal internacional del Seguro de Vida (3/3)

País / Concepto

Deducibilidad de primas Indemnización sobre muerte

Acumulación de intereses Diferimiento

Rusia SiNo acumulablebajo ciertos

Acumulable alpagar al 10 añosRusia Si bajo ciertos 

requisitospagar al asegurado

10 años

Singapur Con ciertos límitesDiferentes reglasaplican según lasituación

No acumulableIlimitadoprospectivamentecon requisitos

No acumulableSudáfrica

Cumpliendo reglas específicas

No acumulableNo acumulablepara el asegurado

De maneraprospectiva

España NoSujeto alimpuesto a laherencia

No acumulableshasta el pago

15 añosherencia

Suiza Hasta cierto límiteAcumulablescon tasasespeciales

No acumulables No especifica

Gran No

Impuesto a laherencia puede

Exento paraSin límite temporal

BretañaNo herencia puede

aplicarciertos casos

temporalprospectivo

UruguayNo se acumulanlos ingresosPersonales

No se acumulanlos ingresospersonales

No se acumulanlos ingresospersonales

No especifica

Acumulable solo No acumulable Prospectivamente

8

Estados Unidos

Nocu u ab e so o

hasta recuperar la totalidad de la inversión

o acu u ab ecumpliendorequisitos

ospect a e tehasta por 15años

MéxicoNo. (Seguro individual)Si. (Empresas)

Exento con ciertas reglas. Si, en términos reales. Sí, solo en PPR’s.

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Incentivos Fiscales

Impuesto sobre la RentaImpuesto sobre la Renta

Ded

ucci

ónD

educ

ción

DeducciónDeducción

Gastos que permiten disminuir la base gravable sobre la cual se determina el impuesto.

DD DeducciónDeducción

ónónE

xenc

iE

xenc

i

ExenciónExención

Aquellos ingresos que no están sujetos al pago de impuestos.

erim

ient

oer

imie

nto

Ingresos por los cuales no se retiene un impuesto o se efectúa el pago de manera

Dife

Dife DiferimientoDiferimiento

posterior.

9

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Incentivos Fiscales

Impuesto al ConsumoImpuesto al Consumo

Exe

nto

IVA

Exe

nto

IVA

Exento IVAExento IVA

No se cobra el Impuesto al Valor Agregado, no pudiendo acreditarse

EEoo

Exento IVAExento IVA

Tasa

Cer

oTa

sa C

ero

Tasa CeroTasa Cero

Se aplica la tasa cero porciento pudiendo acreditarse.

10

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Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y

t i dretenciones de segurosLey de Impuesto sobre la Renta

Aplicable al interés

Personas Físicas con actividad empresarial

Personas Físicas

Personas Morales

Son acumulables los recursos por los pagos que haga laAseguradora para indemnizar al asegurado por la pérdida de susbienes.

Art 20 frac VIILISR

Serán deducibles las primas de seguro de vida que otorguen a sus trabajadores siempre que se den a la muerte de éste o por invalidez o incapacidad. De igual forma los seguros de gastos médicos en beneficio de los trabajadores

Art 31 frac XIILISR

médicos en beneficio de los trabajadores.

Por las primas que se paguen por los seguros que seencuentren obligados a contratar siempre que no existan

Art 31 frac XIII

S prestamos que se otorguen bajo su vigencia utilizando comogarantía la suma asegurada, las primas pagadas o las reservasmatemáticas.

LISR

11

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Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y

t i dretenciones de segurosLey de Impuesto sobre la Renta

Aplicable al interés

Personas Físicas con actividad empresarial

Personas Físicas

Personas Morales

Pagos por jubilaciones pensiones o retiros siempre que noArt 109 Pagos por jubilaciones, pensiones o retiros siempre que no excedan de 9 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, por el excedente se pagará el impuesto.

Art 109frac IIILISR

Art 109 Los percibidos por reembolsos de gastos médicos, dentales, hospitalarios y de funeral.

Los pagos que efectúen las Aseguradoras respecto al riesgo

Art 109 frac IVLISR

Art 109 Los pagos que efectúen las Aseguradoras respecto al riesgoamparado por pólizas contratadas y siempre que no se trate deseguros relacionados con activos fijos, así mismo en caso de que elriesgo amparado sea la supervivencia del asegurado no se pagaráel impuesto siempre que la indemnización se de cuando éste llegue a

Art 109frac XVIILISR

el impuesto siempre que la indemnización se de cuando éste llegue ala edad de 60 años y además hubieren transcurrido al menos cincoaños desde su contratación.

12

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Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y

t i dretenciones de segurosLey de Impuesto sobre la Renta

Aplicable al interés

Personas Físicas con actividad empresarial

Personas Físicas

Personas Morales

Así mismo las indemnizaciones por concepto del seguro de vida, siempre que se den por muerte, invalidez o incapacidad del asegurado para realizar un trabajo personal siempre que la prima sea pagada por el patrón a sus trabajadores Los beneficiarios tendrán

Art 109frac XVIILISR

pagada por el patrón a sus trabajadores. Los beneficiarios tendrán que ser cónyuge, concubina, ascendiente o descendiente.

Serán deducibles las primas por seguros de gastos médicos siempre que sea el beneficiario el contribuyente, su cónyuge o con quien viva en concubinato, ascendientes y descendientes en línea recta.

Art 176frac VILISR

13

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Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y

t i dretenciones de segurosLey de Impuesto sobre la Renta

Aplicable al interés

Personas Físicas con actividad empresarial

Personas Físicas

Personas Morales

Las cantidades que se recuperen por pérdida de bienes afectos a la actividad.

Art 121frac IIILISR

Primas pagadas por conceptos deducibles en la Ley y que no se obtengan préstamos con garantía de la suma asegurada, primas pagadas por reservas matemáticas.

Art 125 frac VLISR p p g p

Personas físicas con ingresos por arrendamientoPrima por seguro respecto al bien materia del arrendamiento

Art 142frac V Prima por seguro respecto al bien materia del arrendamientoLISR

14

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Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y

t i dretenciones de segurosLey de Impuesto sobre la Renta

Aplicable al interés

Personas Físicas con actividad empresarial

Personas Físicas

Personas Morales

Tratamiento aplicable al interés que se genera en productos de seguros

Se hace una reinversión del interés y se hace una retención al

Art 176frac VLISR

Se hace una reinversión del interés y se hace una retención al pago siempre que se cumpla con lo previsto en la Ley, en retiros anticipados se hace una retención tanto de la inversión como de su interés de un 20%

En los seguros de vida con componente de ahorro la retención por éste último concepto se hará al momento del retiro.

Las modificaciones respecto al tratamiento de éste tipo de interésLas modificaciones respecto al tratamiento de éste tipo de interés proveniente de algún concepto de seguro se hará hasta el 1º de enero del 2013

15

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Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y

t i dretenciones de seguros

Ley de Impuesto al Valor Agregado

Tasa CeroExento IVA

Ley de Impuesto al Valor Agregado

• Seguros contra riesgos agropecuarios

S b l i li i t d d d d édit

Art 15Frac IXLIVA • Seguros que cubran el incumplimiento de deudores de créditos

hipotecarios o con garantía fiduciaria respecto a la ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación

LIVA

• Seguro de garantía financiera por incumplimientos de emisores de valores relacionados con casa habitación

Seguros de vida que cubran riesgo de muerte u otorguen rentas• Seguros de vida que cubran riesgo de muerte u otorguen rentas vitalicias o pensiones así como las comisiones a los agentes que los hayan intermediado.

16

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Tratamiento fiscal respecto de la acumulación de ingresos, deducciones y

t i dretenciones de seguros

Ley de Impuesto al Valor Agregado

Tasa CeroExento IVA

Ley de Impuesto al Valor Agregado

• El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por

residentes en el país por concepto de seguros y reaseguros

Art 29Frac IVInciso e residentes en el país por concepto de seguros y reaseguros.Inciso eLIVA

17

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Incertidumbre y riesgos de la reforma a los intereses devengados

• Existe una Imposibilidad técnica práctica y

reforma a los intereses devengadosAntecedenteAntecedente ImplicacionesImplicaciones

• Existe una Imposibilidad técnica, práctica yoperativa para su aplicación en particularpara el sector asegurador, ya que planteaun nuevo esquema de retención para queaplique a cierto componente de losPropuesta de modificación al cálculo,

retención y entero de los intereses seguros de vida (componente de ahorro delas primas), sin que éste puedaidentificarse legalmente.

• Modifica totalmente el esquema actual

retención y entero de los interesesdevengados que impactan al sectorasegurador versus Bancos y empresasdel sector financiero.

• Modifica totalmente el esquema actualprevisto en la LISR para los seguros desupervivencia que está basado en losprincipios contingentes relacionados con lamutualidad (artículo 158 LISR).

iesg

o ie

sgo Impacto desfavorable al estímulo de ahorro a largo plazo previsto por el

artículo 218, al eliminar los beneficios de diferimiento de impuestos en la

18

Ri

Ri

RiesgoRiesgoparte correspondiente a los intereses.

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Contenido

Antecedentes1 Antecedentes1

Propuesta de esquema fiscal para eldesarrollo del Seguro de Vida

2

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Propuesta de esquema fiscal para el desarrollo del Seguro de Vidag

Deducibilidad de primas de seguro de vida

De:

Las primas de seguro que cubren el fallecimiento de las

A:

Reforma que permita la deducción de las primas de

personas no son deducibles para las personas físicas (en personas morales sí como previsión social).

deducción de las primas de seguro de vida individuales para las personas físicas que cubran el riesgo de fallecimiento.

p )

Incentivar el ahorro a largo plazo.

Ben

efic

ios

Ben

efic

ios

Fomentar el crecimiento, estabilidad y fortalecimiento del sector asegurador y de la economía del país.

20

BB BeneficiosBeneficios Apoyo al Gobierno Federal en el cumplimiento de sus obligaciones de previsión social.

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Propuesta de esquema fiscal para el desarrollo del Seguro de Vidag

Planes Personales de Retiro (PPR)

De:

Se otorga una deducción

A:

Elevar los montos deSe otorga una deducción general para las aportaciones a PPR.

Elevar los montos de deducción que anualmente se pueden establecer.

Limitado en cuanto a monto.

Limitado respecto a las

Crear mecanismos para que las personas que no presenten declaración anual puedan tener acceso a esteLimitado respecto a las

personas que pueden hacer uso de la deducción (personas que presentan declaración anual).

puedan tener acceso a este tipo de incentivos.

21

)

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Propuesta de esquema fiscal para el desarrollo del Seguro de Vidag

Ahorro a largo plazo/planes privados de pensiones

De:

Los estímulos actuales están ligados al diferimiento de

A:

Establecer incentivos de deducción de impuestos parag

impuestos y son limitados en cuanto a su monto (artículo 218 LISR).

deducción de impuestos para planes de seguros ligados a objetivos de ahorro a largo plazo.

Elevar los límites de inversiónLa reforma propuesta los elimina.

Elevar los límites de inversión que pueden estar sujetos al estímulo que se plantea.

Hacer extensivo el estímulo paraHacer extensivo el estímulo para personas que no presentan declaración anual.

Castigar la salida de recursos

22

Castigar la salida de recursos con anterioridad a la llegada de la edad de retiro.

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XXII Seminario Internacional de la CNSFIncentivos Fiscales en el Sector Asegurador para su desarrollo

Dr. Fernando Solís Soberón

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