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Parlamento Europeo 2019-2024 Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior 2019/2206(INI) 8.7.2020 ENMIENDAS 1 - 290 Proyecto de informe Fabienne Keller (PE648.425v02-00) Aplicación del Reglamento Dublín III (2019/2206(INI)) AM\1209544ES.docx PE654.089v01-00 ES Unida en la diversidad ES

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Parlamento Europeo2019-2024

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior

2019/2206(INI)

8.7.2020

ENMIENDAS1 - 290Proyecto de informeFabienne Keller(PE648.425v02-00)

Aplicación del Reglamento Dublín III(2019/2206(INI))

AM\1209544ES.docx PE654.089v01-00

ES Unida en la diversidad ES

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AM_Com_NonLegReport

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Page 3:  · Web viewConsiderando que en los últimos años se observa una nueva e importante tendencia: el aumento del número de solicitudes presentadas por ciudadanos extracomunitarios

Enmienda 1Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Javier Moreno Sánchez, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónVisto 3

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistos los artículos 1, 2, 3, 4 y 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

— Vistos los artículos 1, 2, 3, 4, 18, 19 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

Or. en

Enmienda 2Damien CarêmePropuesta de ResoluciónVisto 3

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistos los artículos 1, 2, 3, 4 y 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

— Vistos los artículos 1, 2, 3, 4, 18, 19 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

Or. fr

Enmienda 3Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónVisto 3

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistos los artículos 1, 2, 3, 4 y 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

— Vistos los artículos 1, 2, 3, 4, 18, 19 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

Or. en

Enmienda 4Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónVisto 3

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Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistos los artículos 1, 2, 3, 4 y 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

— Vistos los artículos 1, 2, 3, 4, 18, 19 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

Or. en

Enmienda 5Damien CarêmePropuesta de ResoluciónVisto 4

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistos los artículos 2, 3, 5 y 8 del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (CEDH),

— Vistos los artículos 2, 3, 5, 8 y 13 del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (CEDH),

Or. fr

Enmienda 6Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónVisto 4

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistos los artículos 2, 3, 5 y 8 del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (CEDH),

— Vistos los artículos 2, 3, 5, 8 y 13 del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (CEDH),

Or. en

Enmienda 7Pietro Bartolo, Juan Fernando López Aguilar, Birgit Sippel, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Domènec Ruiz Devesa, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Javier Moreno Sánchez, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónVisto 4

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistos los artículos 2, 3, 5 y 8 del — Vistos los artículos 2, 3, 5, 8 y 13

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Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (CEDH),

del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (CEDH),

Or. en

Enmienda 8Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónVisto 4

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistos los artículos 2, 3, 5 y 8 del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (CEDH),

— Vistos los artículos 2, 3, 5, 8 y 13 del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (CEDH),

Or. en

Enmienda 9Damien Carêmeen nombre del Grupo de los Verdes/ALEPropuesta de ResoluciónVisto 6 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

— Visto el Pacto Mundial sobre Refugiados de las Naciones Unidas

Or. fr

Enmienda 10Pietro Bartolo, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Caterina Chinnici, Javier Moreno Sánchez, Isabel Santos, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Giuliano Pisapia, Bettina Vollath, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónVisto 12

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistas las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relacionadas con el Reglamento (UE) n.o 604/2013, en particular en los asuntos Sharifi v. Austria, de 5 de diciembre de 2013 (sentencia de la Sala), Mohammadi v.

— Vistas las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relacionadas con el Reglamento (UE) n.o 604/2013, en particular en los asuntos Sharifi v. Austria, de 5 de diciembre de 2013 (sentencia de la Sala), Mohammadi v.

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ES

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Austria, de 3 de julio de 2014 (sentencia de la Sala), Sharifi y otros v. Italia y Grecia, de 21 de octubre de 2014 (sentencia de la Sala), y Tarakhel v. Suiza, de 4 de noviembre de 2014 (sentencia de la Gran Sala),

Austria, de 3 de julio de 2014 (sentencia de la Sala), Sharifi y otros v. Italia y Grecia, de 21 de octubre de 2014 (sentencia de la Sala), y Tarakhel v. Suiza, de 4 de noviembre de 2014 (sentencia de la Gran Sala), y ECtHR - M.S.S. v. Bélgica y Grecia [GS]; solicitud n.o 30696/09, sentencia de 21 de noviembre de 2011, relacionada con el Reglamento (CE) n.o 343/2003, de 18 de febrero de 2003 (Dublín II)

Or. en

Enmienda 11Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónVisto 12

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vistas las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relacionadas con el Reglamento (UE) n.o 604/2013, en particular en los asuntos Sharifi v. Austria, de 5 de diciembre de 2013 (sentencia de la Sala), Mohammadi v. Austria, de 3 de julio de 2014 (sentencia de la Sala), Sharifi y otros v. Italia y Grecia, de 21 de octubre de 2014 (sentencia de la Sala), y Tarakhel v. Suiza, de 4 de noviembre de 2014 (sentencia de la Gran Sala),

— Vistas las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relacionadas con el Reglamento (UE) n.o 604/2013, en particular en los asuntos Sharifi v. Austria, de 5 de diciembre de 2013 (sentencia de la Sala), Mohammadi v. Austria, de 3 de julio de 2014 (sentencia de la Sala), Sharifi y otros v. Italia y Grecia, de 21 de octubre de 2014 (sentencia de la Sala), Tarakhel v. Suiza, de 4 de noviembre de 2014 (sentencia de la Gran Sala), y M.S.S. v. Bélgica y Grecia, de 21 de noviembre de 2011 (sentencia de la Gran Sala), relacionadas con el Reglamento (CE) n.o 343/2003;

Or. en

Enmienda 12Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónVisto 19 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

— Visto el informe de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo de junio de

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ES

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2020, titulado «Informe anual sobre la situación del asilo en la Unión Europea»,

Or. en

Enmienda 13Pietro Bartolo, Javier Moreno Sánchez, Isabel Santos, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Birgit Sippel, Tudor Ciuhodaru, Caterina Chinnici, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Sylvie Guillaume, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Giuliano Pisapia, Dietmar Köster, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónVisto 27 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vista la Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de abril de 2016, sobre la situación en el Mediterráneo y necesidad de un enfoque integral de la Unión sobre la migración (2015/2095(INI)),

Or. en

Enmienda 14Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Caterina Chinnici, Javier Moreno Sánchez, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Giuliano Pisapia, Isabel Santos, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónVisto 27 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

— Vista la sentencia del TJUE de 2 de abril de 2020 sobre los asuntos acumulados C-715/17, C-718/17 y C-719/17 Comisión v. Polonia, Hungría y la República Checa,

Or. en

Enmienda 15Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónVisto 28 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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— Visto el modelo de migración australiano,

Or. en

Enmienda 16Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónConsiderando -A (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

-A. Considerando que la aplicación del Reglamento de Dublín está estrechamente vinculada a la aplicación de otros expedientes de la política europea de asilo y migración; considerando que estas disposiciones legales y las políticas influyen en la eficacia del Reglamento de Dublín y, por lo tanto, se deben considerar en su evaluación;

Or. en

Enmienda 17Fabienne Keller, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónConsiderando A

Propuesta de Resolución Enmienda

A. Considerando que 2,5 millones de personas solicitaron asilo en la Unión Europea en el periodo 2015-2016, es decir, un número cuatro veces superior al del periodo 2012-2013;

A. Considerando que 1 393 920 solicitantes de asilo solicitaron protección internacional en la UE+ en 2015 y 1 292 740 en 2016, es decir, un aumento cuatro veces superior al de 2012 (373 375) y 2013 (464 515); considerando que el número de solicitudes de protección internacional en la UE+ vuelve a aumentar en 2018 (665 920) y 2019 (738 425); considerando que aproximadamente 17 700 menores no acompañados presentaron una solicitud de protección internacional en 2019; considerando que el 86 % de los menores eran varones y el 90 % tenía una edad de

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14-18 años;

Or. en

Enmienda 18Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando A

Propuesta de Resolución Enmienda

A. Considerando que 2,5 millones de personas solicitaron asilo en la Unión Europea en el periodo 2015-2016, es decir, un número cuatro veces superior al del periodo 2012-2013;

A. Considerando que, en 2015, 1 393 920 solicitantes de asilo solicitaron protección internacional en la UE+; considerando que, en 2016, 1 292 740 solicitantes de asilo solicitaron protección internacional en la UE+; considerando que, en 2017, 735 005 solicitantes de asilo solicitaron protección internacional en la UE+; considerando que, en 2018, 665 920 solicitantes de asilo solicitaron protección internacional en la UE+; considerando que, en 2019, 738 425 solicitantes de asilo solicitaron protección internacional en la UE+;

Or. en

Enmienda 19Damien CarêmePropuesta de ResoluciónConsiderando A

Propuesta de Resolución Enmienda

A. Considerando que 2,5 millones de personas solicitaron asilo en la Unión Europea en el período 2015-2016, es decir, un número cuatro veces superior al del período 2012-2013;

A. Considerando que 676 300 personas, es decir, el 0,13 % de la población total de la UE, solicitaron asilo en la Unión Europea en 2019, es decir, un aumento del 1,2 % en relación con 2018 y una reducción del 420 % en relación con 2015;

Or. fr

Enmienda 20Pietro Bartolo, Javier Moreno Sánchez, Petar Vitanov, Birgit Sippel, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Giuliano Pisapia, Juan Fernando López Aguilar, Domènec Ruiz Devesa, Caterina Chinnici, Isabel

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ES

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Santos, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando A

Propuesta de Resolución Enmienda

A. Considerando que 2,5 millones de personas solicitaron asilo en la Unión Europea en el periodo 2015-2016, es decir, un número cuatro veces superior al del periodo 2012-2013;

A. Considerando que en 2019 se presentaron en la Unión 714 200 solicitudes de asilo;

Or. en

Enmienda 21Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónConsiderando A bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

A bis. Considerando que el aumento del número de procedimientos de Dublín en 2016-2017 en comparación con 2014 está claramente relacionado con los inmigrantes que llegaron a Europa durante la crisis y que se desplazan a sus países de destino, lo que supone una carga administrativa importante para algunos Estados miembros; señala que es consecuencia no solo de la arquitectura del sistema de Dublín, sino, sobre todo, de las diferencias en materia de integración y política social entre los Estados miembros;

Or. pl

Enmienda 22Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónConsiderando A bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

A bis Considerando que en un estudio reciente publicado por Europol se prevé «un aumento de los movimientos de migrantes en situación irregular», lo que

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ES

Page 11:  · Web viewConsiderando que en los últimos años se observa una nueva e importante tendencia: el aumento del número de solicitudes presentadas por ciudadanos extracomunitarios

ejerce una mayor presión sobre las fronteras exteriores de la Unión;

Or. en

Enmienda 23Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónConsiderando A bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

A bis Considerando que, a principios de 2020, seguían existiendo 855 000 solicitudes de asilo pendientes en la UE+;

Or. en

Enmienda 24Caterina Chinnici, Saskia Bricmont, Hilde Vautmans, David LegaPropuesta de ResoluciónConsiderando A bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

A bis Considerando que casi la mitad de las solicitudes de asilo presentadas en la Unión corresponde a menores;

Or. en

Enmienda 25Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando A bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

A bis Considerando que se emitieron 145 000 decisiones sobre solicitudes Dublín en 2019;

Or. en

Enmienda 26Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de Resolución

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Considerando A ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

A ter Considerando que en los últimos años se observa una nueva e importante tendencia: el aumento del número de solicitudes presentadas por ciudadanos extracomunitarios que viajan sin visado o con un visado de corta duración para entrar en el espacio Schengen; considerando que en 2019 el número de solicitudes presentadas por ciudadanos extracomunitarios que viajaban sin visado representó la cuarta parte de todas las solicitudes; considerando que el porcentaje de protección de estos ciudadanos extracomunitarios es a menudo bajo, mientras que el volumen de solicitudes es elevado; considerando que la exención de visado o el visado de corta duración representan también una vía habitual y segura de entrada en la Unión para los ciudadanos extracomunitarios que pueden optar a la protección internacional;

Or. en

Enmienda 27Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónConsiderando A quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

A quater Considerando que, en los últimos años, los principales países de origen de los solicitantes de asilo en la UE+ son Siria, Afganistán e Irak, países devastados por la guerra civil, la violencia y los conflictos; considerando que, en 2019, la cuarta parte de todas las solicitudes de protección internacional en la UE+ correspondió a tres países: Siria, Afganistán y Venezuela;

Or. en

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ES

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Enmienda 28Damien CarêmePropuesta de ResoluciónConsiderando B

Propuesta de Resolución Enmienda

B. Considerando que un tercio de los Estados miembros acogen por sí solos al 90 % de los solicitantes de asilo;

B. Considerando que, como consecuencia de la aplicación del artículo 13 que atribuye la responsabilidad del examen de una solicitud de asilo al Estado miembro de primera entrada, las responsabilidades no están compartidas de manera equitativa entre los Estados miembros de la UE; considerando que un tercio de los Estados miembros acogen al 90 % de los solicitantes de asilo; Considerando que algunos Estados miembros han trasladado más o menos el mismo número de solicitantes de asilo que han recibido de otros Estados miembros, de manera que el efecto distributivo de los traslados de Dublín son muy limitados en la práctica;

Or. fr

Enmienda 29Laura Ferrara, Sabrina PignedoliPropuesta de resoluciónConsiderando B

Propuesta de resolución Enmienda

B. Considerando que un tercio de los Estados miembros acogen por sí solos al 90 % de los solicitantes de asilo;

B. Considerando que la ausencia de un mecanismo de redistribución automático y obligatorio de los solicitantes de protección internacional en el seno de la Unión Europea ha provocado que un tercio de los Estados miembros haya acogido por sí solos al 90 % de los solicitantes de asilo;

Or. it

Enmienda 30Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie Loiseau

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ES

Page 14:  · Web viewConsiderando que en los últimos años se observa una nueva e importante tendencia: el aumento del número de solicitudes presentadas por ciudadanos extracomunitarios

Propuesta de ResoluciónConsiderando B

Propuesta de Resolución Enmienda

B. Considerando que un tercio de los Estados miembros acoge actualmente al 90 % de los solicitantes de asilo;

B. Considerando que un tercio de los Estados miembros acogió al 90 % de los solicitantes de asilo en el periodo 2008-17;

Or. en

Enmienda 31Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando B

Propuesta de Resolución Enmienda

B. Considerando que un tercio de los Estados miembros acoge actualmente al 90 % de los solicitantes de asilo;

(No afecta a la versión española)

Or. en

Enmienda 32Pietro Bartolo, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Giuliano Pisapia, Birgit Sippel, Caterina Chinnici, Isabel Santos, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Javier Moreno Sánchez, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando B bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

B bis Considerando que los criterios para determinar la responsabilidad de un Estado miembro con respecto a una solicitud de asilo incluyen, por orden jerárquico, la unidad familiar, la expedición de permisos de residencia o visados, la entrada o la estancia irregular, y la entrada sin visado; cuando no se aplique ninguno de estos motivos, el Estado miembro en el que se haya presentado por primera vez la solicitud de asilo pasará a ser el Estado miembro responsable en virtud del artículo 3, apartado 2;

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ES

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Or. en

Enmienda 33Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónConsiderando B bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

B bis Considerando que varios Estados miembros de «primera entrada» en el Mediterráneo (Grecia, Italia, Malta, Chipre y España) recibieron una gran parte de las solicitudes presentadas por primera vez, en concreto durante la crisis de 2015-16; considerando que representa una gran carga para los países de primera entrada la determinación del Estado miembro responsable de examinar una solicitud de protección internacional de conformidad con el Reglamento de Dublín;

Or. en

Enmienda 34Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando B bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

B bis Considerando que el Reglamento de Dublín se basa en el supuesto básico de que los solicitantes de asilo tienen los mismos derechos en todos los Estados miembros y que cada solicitud es objeto de un examen justo, independientemente del país de la UE en que se presente; considerando que este supuesto dista mucho de ser una realidad en la UE;

Or. en

Enmienda 35Nadine MoranoPropuesta de ResoluciónConsiderando B bis (nuevo)

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ES

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Propuesta de Resolución Enmienda

B bis. Considerando que, a escala de la Unión, la mayoría de las solicitudes de asilo no están fundamentadas y son rechazadas después de una decisión judicial y definitiva 1 a adoptada en el marco del estado de Derecho;

_________________1 a Fuente EUROSTAT «Decisiones sobre las solicitudes de asilo en la UE 2019», 27 de abril de 2020

Or. fr

Enmienda 36Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónConsiderando B bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

B bis Considerando que algunos Estados miembros, como Italia y Grecia, se vieron gravemente afectados por los flujos migratorios desproporcionados;

Or. en

Enmienda 37Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónConsiderando B ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

B ter. Considerando que, en 2018, Alemania registró el mayor número de solicitudes (184 180 o el 28 % del total), seguida de Francia (120 425 solicitudes o el 19 %), Grecia (66 695 solicitudes o el 11 %), Italia (59 950 solicitudes o el 10 %) y España (52 700 solicitudes o el 9 %).

Or. en

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ES

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Enmienda 38Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónConsiderando B quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

B quater. Considerando que existen diferencias significativas entre los Estados miembros en cuanto al análisis de país de origen seguro;

Or. enEnmienda 39Damien CarêmePropuesta de ResoluciónConsiderando C

Propuesta de Resolución Enmienda

C. Considerando que en la mayoría de las solicitudes de asilo no se respetan los plazos de los procedimientos de Dublín y que los traslados no se llevan a cabo;

C. Considerando que en la mayoría de las solicitudes de asilo, las disposiciones sobre la jerarquía de los criterios, así como los plazos de los procedimientos de Dublín no se aplican correctamente y que los traslados no se llevan a cabo; considerando que, en las situaciones que implican a menores y familias, estas lagunas son especialmente perjudiciales para el interés superior del menor y el derecho de los solicitantes de asilo a la reagrupación familiar;

Or. fr

Enmienda 40Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando C

Propuesta de Resolución Enmienda

C. Considerando que en la mayoría de las solicitudes de asilo no se respetan los plazos de los procedimientos de Dublín y que los traslados no se llevan a cabo;

C. Considerando que en la mayoría de las solicitudes de asilo los criterios jerárquicos de los procedimientos de Dublín no se siguen, que los plazos no se respetan y que los traslados no se llevan a cabo;

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Or. en

Enmienda 41Pietro Bartolo, Juan Fernando López Aguilar, Giuliano Pisapia, Birgit Sippel, Caterina Chinnici, Isabel Santos, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Dietmar Köster, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando C

Propuesta de Resolución Enmienda

C. Considerando que en la mayoría de las solicitudes de asilo no se respetan los plazos de los procedimientos de Dublín y que los traslados no se llevan a cabo;

C. Considerando que en la mayoría de las solicitudes de asilo no se respetan el conjunto de criterios jerárquicos ni los plazos de los procedimientos de Dublín y que los traslados no se llevan a cabo;

Or. en

Enmienda 42Damien CarêmePropuesta de ResoluciónConsiderando B bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C bis considerando que los datos relativos a la aplicación del reglamento de Dublín ponen de manifiesto la incapacidad sistemática de aplicar correctamente las disposiciones familiares y el principio de la primacía del interés superior del menor, lo que da lugar a procedimientos de traslado inútiles y poco razonables; considerando que la aplicación efectiva de los artículos 16 y 17 del Reglamento podrían garantizar la eficacia del derecho de los solicitantes de asilo a la vida familiar y a la unidad familiar;

Or. fr

Enmienda 43Pietro Bartolo, Caterina Chinnici, Isabel Santos, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Dietmar Köster, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Giuliano Pisapia, Birgit Sippel, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Juan Fernando López Aguilar, Franco Roberti

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ES

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Propuesta de ResoluciónConsiderando C bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C bis Considerando que, en los estudios sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, queda patente la falta de consideración sistemática de las disposiciones familiares y la aplicación incorrecta del principio del interés superior del menor, lo que ha dado lugar a procedimientos de traslado innecesarios e ilógicos;

Or. en

Enmienda 44Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando C bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C bis Considerando que, en los estudios sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, queda patente la falta de consideración habitual de las disposiciones familiares y la aplicación incorrecta del principio del interés superior del menor, lo que ha dado lugar a procedimientos de traslado innecesarios e ilógicos;

Or. en

Enmienda 45Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando C ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C ter Considerando que las disposiciones sobre personas dependientes (artículo 16) y las cláusulas discrecionales (artículo 17) se podrían utilizar ampliamente para dar respaldo a la unidad familiar;

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ES

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Or. en

Enmienda 46Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando C ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C ter Considerando que las disposiciones sobre personas dependientes (artículo 16) y las cláusulas discrecionales (artículo 17) se podrían utilizar ampliamente para dar respaldo a la unidad familiar;

Or. en

Enmienda 47Damien CarêmePropuesta de ResoluciónConsiderando C ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C ter. Considerando que los Estados miembros han utilizado muy poco las cláusulas humanitarias y discrecionales previstas en el Reglamento;

Or. fr

Enmienda 48Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando C quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C quater Considerando que los Estados miembros utilizan de una manera desproporcionada el criterio del primer país de entrada irregular, dejando que

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ES

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recaiga la mayor parte de la responsabilidad en los Estados miembros situados en primera línea;

Or. en

Enmienda 49Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando C quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C quater Considerando que la disposición sobre medidas preventivas del Reglamento objeto de examen (artículo 33) nunca se ha utilizado;

Or. en

Enmienda 50Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando C quinquies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C quinquies Considerando que el uso de las cláusulas humanitarias y discrecionales ha sido escaso; considerando que estas cláusulas ofrecen soluciones razonables para las reubicaciones, incluidos los siguientes desembarcos;

Or. en

Enmienda 51Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando C quinquies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C quinquies Considerando que la disposición sobre medidas preventivas del

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ES

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Reglamento objeto de examen (artículo 33) nunca se ha utilizado;

Or. en

Enmienda 52Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando C sexies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C sexies Considerando que se debe evitar la coerción en el contexto de la aplicación del Reglamento objeto de examen por parte de las autoridades nacionales; considerando que la eliminación de la coerción, ya sea para conseguir un traslado o en relación con el internamiento, minimizaría el sufrimiento humano y reduciría considerablemente los costes económicos y operativos de los traslados;

Or. en

Enmienda 53Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando C sexies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C sexies Considerando que el uso de las cláusulas humanitarias y discrecionales ha sido escaso, que ofrecen soluciones razonables para las reubicaciones, incluidos los siguientes desembarcos;

Or. en

Enmienda 54Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando C septies (nuevo)

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ES

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Propuesta de Resolución Enmienda

C septies Considerando que los acuerdos administrativos celebrados entre Alemania y los diferentes Estados miembros plantean problemas jurídicos, como son la privación de las garantías procesales autorizadas en virtud del Reglamento de Dublín, el acceso al procedimiento de asilo posterior al traslado y el respeto de los derechos humanos; considerando que el acuerdo informal por el cual los traslados familiares del sistema de Dublín desde Grecia a Alemania se limitaron a 70 personas al mes durante un determinado periodo de tiempo ha ocasionado un gran sufrimiento humano al retrasar la reagrupación familiar;

Or. en

Enmienda 55Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando C septies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C septies Considerando que la aplicación del Reglamento objeto de examen no aborda eficazmente los movimientos secundarios que se deben en gran medida a las conexiones sociales de los solicitantes de asilo con países específicos, las preocupaciones relacionadas con la protección, las razones sanitarias y las deficiencias sistémicas de los sistemas de asilo donde se presentan las solicitudes;

Or. en

Enmienda 56Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia

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ES

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Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando C octies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C octies Considerando que el artículo 28 del Reglamento de Dublín permite el internamiento como medida excepcional «para garantizar los procedimientos de traslado», cuando exista un «riesgo de fuga significativo» del solicitante; considerando que esta definición sigue siendo poco clara y que la interpretación varía de un Estado miembro a otro;

Or. en

Enmienda 57Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando C octies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C octies Considerando que existe una falta de cumplimiento en lo que respecta a las garantías y amparos procesales para los solicitantes de asilo, especialmente para los menores; considerando que no se facilita una información adecuada de una manera sistemática y coherente;

Or. en

Enmienda 58Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando C nonies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C nonies Considerando que la duración de los procedimientos y la falta de resultados previsibles, a las que se

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ES

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suman las deficientes condiciones de acogida y la precariedad social, repercuten en el bienestar de los solicitantes de asilo que, en muchos casos, han sufrido experiencias traumáticas en sus países y/o en su periplo hasta llegar a la Unión;

Or. en

Enmienda 59Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando C nonies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

C nonies Considerando que el uso del internamiento y los traslados coercitivos plantea serias inquietudes con respecto al derecho de los solicitantes de asilo a la libertad, la dignidad y la integridad física;

Or. en

Enmienda 60Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando D

Propuesta de Resolución Enmienda

D. Considerando que se han producido importantes deficiencias en la aplicación del Reglamento objeto de examen, también durante la crisis de la COVID-19, lo que ha socavado el derecho a la protección internacional y conllevado la violación de derechos fundamentales;

D. Considerando que se han producido importantes deficiencias en la aplicación del Reglamento objeto de examen, también durante la crisis de la COVID-19, lo que ha socavado el derecho a la protección internacional y conllevado la violación de derechos fundamentales; considerando que algunos de los defectos son inherentes al diseño del Reglamento de Dublín y no se pueden solventar únicamente a través de la aplicación;

Or. en

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ES

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Enmienda 61Laura Ferrara, Sabrina PignedoliPropuesta de resoluciónConsiderando D

Propuesta de resolución Enmienda

D. Considerando que se han producido importantes deficiencias en la aplicación del Reglamento objeto de examen, también durante la crisis de la COVID-19, lo que ha socavado el derecho a la protección internacional y conllevado la violación de derechos fundamentales;

D. Considerando que la aplicación del Reglamento objeto de examen ha resultado ser un fracaso debido a la existencia de ciertas normas que se han revelado inadecuadas para afrontar situaciones de gran afluencia, lo que ha dado lugar a un sistema que carga excesivamente la responsabilidad y los gastos sobre unos pocos Estados miembros y que ha lesionado gravemente el derecho a la protección internacional y conllevado la violación de derechos fundamentales;

Or. it

Enmienda 62Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónConsiderando D bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

D bis Considerando que algunos de los defectos son inherentes al diseño del Reglamento y no se pueden solventar únicamente a través de la aplicación;

Or. en

Enmienda 63Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónConsiderando D

Propuesta de Resolución Enmienda

D. Considerando que se han producido D. Considerando que se han producido

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ES

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importantes deficiencias en la aplicación del Reglamento objeto de examen, también durante la crisis de la COVID-19, lo que ha socavado el derecho a la protección internacional y conllevado la violación de derechos fundamentales;

importantes deficiencias en la aplicación del Reglamento objeto de examen durante la crisis migratoria de 2015 y durante la crisis de la COVID-19, lo que ha socavado la confianza entre los Estados miembros y el derecho a la protección internacional, y conllevado la violación de derechos fundamentales;

Or. en

Enmienda 64Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónConsiderando D

Propuesta de Resolución Enmienda

D. Considerando que se han producido importantes deficiencias en la aplicación del Reglamento objeto de examen, también durante la crisis de la COVID-19, lo que ha socavado el derecho a la protección internacional y conllevado la violación de derechos fundamentales;

D. Considerando que la aplicación del Reglamento objeto de examen se ha visto afectada por la crisis de la COVID-19, dado que los Estados miembros tuvieron que hacer frente a una pandemia mundial imprevista;

Or. en

Enmienda 65Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónConsiderando D

Propuesta de Resolución Enmienda

D. Considerando que se han producido importantes deficiencias en la aplicación del Reglamento objeto de examen, también durante la crisis de la COVID-19, lo que ha socavado el derecho a la protección internacional y conllevado la violación de derechos fundamentales;

D. Considerando que se han producido importantes deficiencias en la aplicación del Reglamento objeto de examen, también durante la crisis de la COVID-19, lo que en última instancia ha supuesto una carga desproporcionada para los Estados miembros de primera llegada;

Or. en

Enmienda 66Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando D bis (nuevo)

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ES

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Propuesta de Resolución Enmienda

D bis Considerando que las deficiencias en la aplicación de la Directiva de procedimientos de asilo (2013/32/UE) refundida, la Directiva de acogida (2013/33/UE) refundida y la Directiva de cualificaciones (2011/95/UE) refundida han tenido una repercusión en la aplicación del Reglamento de Dublín; considerando que la Comisión Europea debería reforzar su trabajo para garantizar el cumplimiento de estas Directivas por parte de los Estados miembros, incluso mediante procedimientos de infracción;

Or. en

Enmienda 67Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónConsiderando D bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

D bis Considerando que el mecanismo de solidaridad temporal de Búsqueda y Salvamento en el Mediterráneo establecido por la declaración de Malta, firmada el 23 de septiembre de 2019 por Alemania, Francia, Italia y Malta, tenía una validez mínima de seis meses; considerando que ningún otro Estado miembro se ha adherido a este acuerdo ad hoc;

Or. en

Enmienda 68Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónConsiderando D bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

D bis Considerando que la declaración

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ES

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de Malta resultó un fracaso, dado que la mayoría de los Estados miembros no cumplió sus compromisos de reubicación;

Or. en

Enmienda 69Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónConsiderando D bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

D bis Considerando que una consecuencia no deseada de la política migratoria de la Unión es que las personas que se dedican al tráfico ilegal de personas influyen en la decisión de quién puede acceder al derecho de asilo, privando a los grupos vulnerables de la capacidad de ejercer sus derechos;

Or. en

Enmienda 70Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónConsiderando D bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

D bis Considerando que el modelo australiano ha sido el modelo de asilo más eficaz hasta la fecha para combatir la trata de seres humanos y el abuso de los solicitantes de asilo por parte de los traficantes de personas, y para frenar la muerte trágica de solicitantes de asilo en el mar;

Or. en

Enmienda 71Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónConsiderando D ter (nuevo)

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ES

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Propuesta de Resolución Enmienda

D ter. Considerando que las lagunas de información impiden la evaluación exhaustiva de la aplicación del Reglamento de Dublín; considerando que la información estadística no se facilita con el mismo grado ni frecuencia entre los Estados miembros; considerando que las lagunas de información clave abarcan los motivos de las solicitudes, la duración de los procedimientos, los recursos, las solicitudes retiradas, los traslados fallidos, la apelación, los procesos y el internamiento;

Or. en

Enmienda 72Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando D ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

D ter. Considerando que los movimientos secundarios se deben en gran medida a las conexiones sociales de los solicitantes de asilo con países específicos, las preocupaciones relacionadas con la protección, las razones sanitarias y las deficiencias sistemáticas de los sistemas de asilo donde se presentan las solicitudes;

Or. en

Enmienda 73Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando D quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

D quater Considerando que el uso del internamiento y las medidas coercitivas plantea serias inquietudes con respecto al derecho de los solicitantes de asilo a la libertad, la dignidad y la

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ES

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integridad física;

Or. en

Enmienda 74Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónConsiderando D quinquies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

D quinquies Considerando que, según la Comisión Europea, los costes directos e indirectos de la aplicación del Reglamento objeto de examen ascendieron a aproximadamente 1 000 millones de euros en 2014; Considerando que el EPRS estimó que en 2018 estos costes ascendieron a 2 500-4 900 millones de euros;

Or. en

Enmienda 75Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónEpígrafe 1

Propuesta de Resolución Enmienda

Integrar el principio de solidaridad en la gestión de los solicitantes de asilo

Integrar el principio de solidaridad en el Sistema Europeo Común de Asilo

Or. en

Enmienda 76Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónEpígrafe 1

Propuesta de Resolución Enmienda

Integrar el principio de solidaridad en la gestión de los solicitantes de asilo

Gestión de los solicitantes de asilo

Or. pl

Enmienda 77Patryk Jaki

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ES

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Propuesta de ResoluciónEpígrafe 1

Propuesta de Resolución Enmienda

Integrar el principio de solidaridad en la gestión de los solicitantes de asilo

Gestión de los solicitantes de asilo

Or. pl

Enmienda 78Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónEpígrafe 1

Propuesta de Resolución Enmienda

Integrar el principio de solidaridad en la gestión de los solicitantes de asilo

Integrar el principio de solidaridad en el Reglamento de Dublín

Or. en

Enmienda 79Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

suprimido

Or. en

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ES

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Enmienda 80Patryk JakiPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

suprimido

Or. pl

Enmienda 81Laura Ferrara, Sabrina PignedoliPropuesta de resoluciónApartado 1

Propuesta de resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario modificar profundamente las normas y criterios de asignación de las responsabilidades, superando el principio del país de primera entrada irregular, ampliando la noción de núcleo familiar y añadiendo otros criterios de conexión para determinar la responsabilidad a la hora de examinar una solicitud de protección internacional; considera fundamental crear un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros sobre la base de criterios objetivos tales como, el Producto Interior Bruto, la población y la tasa de desempleo

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ES

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de los diferentes Estados miembros; considera fundamental la reubicación en los diferentes Estados miembros de la Unión de todos aquellos que soliciten protección internacional en la Unión, directamente en el mismo momento en que se produzca el ingreso ilegal al territorio de la Unión y sin realizar evaluaciones previas de ningún tipo; considera para este fin que el único efecto de una evaluación previa es la imposición de cargas excesivas a los Estados miembros de primera entrada y no puede en ningún caso sustituir al examen individual y pormenorizado de una solicitud de protección internacional; que se debe aprobar también un mecanismo de redistribución ad hoc para todos los rescatados en una actividad de búsqueda y salvamento que soliciten protección internacional; considera asimismo, que el sistema de Dublín siempre debe poder garantizar flexibilidad de aplicación, en concreto, evitando fijar normas que comporten la responsabilidad única y permanente de un solo Estado miembro;

Or. it

Enmienda 82Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que el criterio de primera entrada del sistema de Dublín impuso una carga sin precedentes y desproporcionada a los países situados en primera línea en 2015-16 en cuanto al registro y la acogida de los solicitantes de asilo; destaca que la introducción de puntos críticos y el programa de reubicación temporal propuesto por la

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ES

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Comisión en 2015 tenía por objeto reequilibrar la gestión de los solicitantes de asilo al entrar en el territorio de la Unión, como un enfoque pragmático en comparación con la aplicación estricta de los principios del Reglamento de Dublín; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, de conformidad con el artículo 80 del TFEU, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

Or. en

Enmienda 83Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

1. Observa que, en relación con la afluencia masiva de migrantes, algunos Estados miembros se enfrentan a una carga administrativa importante; reconoce la difícil situación migratoria mundial y considera que las medidas para abordarla deben adoptarse inmediatamente junto con toda la comunidad internacional; recuerda, al mismo tiempo, que las agencias de la Unión, como Frontex y la EASO, se establecieron precisamente para equilibrar la carga excesiva que soportan algunos Estados miembros y ayudarles en la aplicación del acervo en materia de asilo y fronteras.

Or. pl

Enmienda 84Emil RadevPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, y principalmente los que están en primera línea que, por su situación geográfica, son siempre los países de primera entrada, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

Or. bg

Enmienda 85Nadine MoranoPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también de los solicitantes mediante la reubicación que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice el fortalecimiento de los medios y las capacidades de los Estados miembros que se encuentran en primera línea;

Or. fr

Enmienda 86Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que debe ayudarse a los Estados miembros evitando que se agrave esta carga mediante la aplicación del modelo australiano;

Or. en

Enmienda 87Terry Reintke, Maria Walsh, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos respetando plenamente el derecho fundamental a la seguridad y la protección de los solicitantes de asilo;

Or. en

Enmienda 88Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en

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ES

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momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

momentos de afluencia; considera que es necesario establecer mecanismos de solidaridad que garanticen un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, si bien señala que un enfoque basado en la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos podría representar un factor de atracción para los migrantes;

Or. en

Enmienda 89Tomas Tobéen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que, por lo tanto, la Unión necesita un mecanismo de solidaridad flexible que garantice un reparto equitativo de las cargas y la responsabilidad entre los Estados miembros a través de diferentes formas de solidaridad;

Or. en

Enmienda 90Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de

1. Estima que el Reglamento de Dublín actual impone una responsabilidad desproporcionada sobre una minoría de Estados, considera que es necesario establecer un mecanismo sostenible de

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ES

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solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

solidaridad que garantice un reparto equitativo de la solidaridad y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la atribución equitativa de los solicitantes;

Or. fr

Enmienda 91Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera que es necesario establecer un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de las cargas y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

1. Estima que el sistema de Dublín asigna una responsabilidad desproporcionada a una minoría de Estados miembros; considera, por lo tanto, que son necesarias normas más justas de asignación de responsabilidades y/o un mecanismo de solidaridad permanente que garantice un reparto equitativo de la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación sobre la base de criterios justos, claros y objetivos;

Or. en

Enmienda 92Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónApartado 1

Propuesta de Resolución Enmienda

1. Estima que el sistema de Dublín impone una carga significativa sobre una minoría de Estados, especialmente en momentos de afluencia; considera, por lo tanto, que la Unión necesita un mecanismo de solidaridad que garantice un reparto equitativo de las cargas y la responsabilidad entre los Estados miembros, también mediante la reubicación de los solicitantes que puedan

1. Considera que la solidaridad no se puede imponer a los Estados miembros, sino que se debe posibilitar mediante un marco jurídico que todos los Estados miembros puedan apoyar; estima que el modelo australiano puede servir de ejemplo para un modelo de asilo de la Unión;

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ES

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optar claramente al asilo sobre la base de criterios objetivos;

Or. en

Enmienda 93Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 1 – punto 1 (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1) Destaca que en la política de migración de la Unión se debe distinguir entre personas que buscan protección y migrantes económicos; señala que solo el 38 % de los solicitantes de asilo en la Unión recibieron asilo en primera instancia; subraya que este dato socava las intenciones del sistema de asilo de la Unión en su conjunto, así como el Reglamento objeto de examen;

Or. en

Enmienda 94Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 1 – punto 1 (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1) Señala que el Reglamento de Dublín, tal como se diseñó y se ha aplicado, no ha garantizado una distribución equitativa de la responsabilidad entre los Estados miembros ni tampoco un acceso rápido a la protección internacional;

Or. en

Enmienda 95Patryk JakiPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 1 – punto 1 (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1) La reubicación de refugiados no puede imponerse a los Estados miembros como obligación. No existe fundamento jurídico ni consenso unánime entre todos los Estados miembros para ello.

Or. pl

Enmienda 96Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 1 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1 bis Coincide en que la crisis migratoria ha puesto de manifiesto las deficiencias del sistema de Dublín, que depende, entre otras cosas, del correcto registro de los migrantes que cruzan ilegalmente las fronteras exteriores de la UE y solicitan protección internacional; subraya, al mismo tiempo, que el Reglamento actual exige, por encima de todo, la plena aplicación de normas que sean claras y tengan en cuenta el vínculo entre el Estado miembro y el solicitante y el papel del Estado miembro en el cruce de la frontera por los migrantes;

Or. pl

Enmienda 97Caterina Chinnici, Saskia Bricmont, Hilde Vautmans, David LegaPropuesta de ResoluciónApartado 1 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1 bis Considera que la reubicación de los menores, especialmente de los menores no acompañados, se debería agilizar y priorizar para garantizar que tengan acceso a la educación, a la atención médica y a un alojamiento

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ES

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adecuado; los menores no acompañados deberían tener acceso a medidas de protección apropiadas, como una tutela eficaz;

Or. en

Enmienda 98Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 1 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1 bis Considera que el Sistema de Dublín, y en particular el criterio del primer país de entrada irregular, supone una carga significativa para una minoría de Estados miembros;

Or. en

Enmienda 99Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 1 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1 ter Recomienda a la Unión que establezca un mecanismo de reubicación automático, permanente y obligatorio que garantice el pleno respeto del principio de solidaridad y reparto equitativo de la responsabilidad, contemplado en el artículo 80 del TFUE; incluso para las personas rescatadas en el mar;

Or. en

Enmienda 100Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 1 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1 ter. Subraya que asumir la responsabilidad de las fronteras exteriores de la UE es esencial para garantizar la seguridad de los ciudadanos de la Unión;

Or. pl

Enmienda 101Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 1 quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1 quater Subraya que el principio de solidaridad debe equilibrarse con el principio de responsabilidad, y que la reforma del sistema de Dublín no puede basarse en la redistribución automática de los solicitantes dentro de la Unión, ya que ello incrementaría aún más la presión sobre los sistemas nacionales de asilo y fomentaría la migración ilegal y la trata y el contrabando de personas; considera, asimismo, que la reubicación obligatoria no es un instrumento eficaz;

Or. pl

Enmienda 102Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 1 quinquies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

1 quinquies Considera necesaria una política migratoria equilibrada y armonizada a escala europea, incluido el asilo, pero que debe basarse en el consenso y en un equilibrio de responsabilidad y solidaridad, en consonancia con las conclusiones del Consejo Europeo de junio de 2018;

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ES

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Or. pl

Enmienda 103Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 2

Propuesta de Resolución Enmienda

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen;

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta, a pesar del funcionamiento deficiente bien documentado del Reglamento de Dublín, el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen considera que este bloqueo puede interpretarse como una violación del principio de cooperación leal entre las instituciones de la UE tal y como se manifiesta en el artículo 13, apartado 2, del TUE, teniendo en cuenta asimismo el hecho de que el Consejo siempre ha buscado un acuerdo unánime cuando la mayoría cualificada era suficiente; recuerda la adopción por el Parlamento Europeo, el 6 de noviembre de 2017, del informe sobre la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (texto refundido) e invita a la Comisión y al Consejo a que se sumen con carácter urgente al llamamiento del Parlamento a favor de una política de distribución de las responsabilidades a escala de la UE sostenible, humanitaria y solidaria, de conformidad con el informe antedicho;

Or. fr

Enmienda 104Laura Ferrara, Sabrina PignedoliPropuesta de resoluciónApartado 2

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ES

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Propuesta de resolución Enmienda

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen;

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen; considera especialmente deplorable el hecho de que en el momento presente, la Unión tenga el mismo compendio de normas que han contribuido a exacerbar las divisiones entre los Estados miembros y que han demostrado ser completamente ineficaces para gestionar una gran afluencia de refugiados, como la que la Unión tuvo que afrontar en 2015-2016;

Or. it

Enmienda 105Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 2

Propuesta de Resolución Enmienda

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen;

2. Subraya la importancia del Enfoque Global de la Migración y la Movilidad, con el fin de establecer un marco para la dimensión exterior de la migración y la política de asilo mediante el refuerzo de la cooperación entre la Unión y terceros países en materia de migración legal y movilidad, la lucha contra la trata de seres humanos, la promoción de la protección internacional y la ampliación de la dimensión exterior de la política de asilo de la Unión y la interacción entre las políticas de migración y desarrollo;

Or. pl

Enmienda 106Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 2

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ES

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Propuesta de Resolución Enmienda

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen;

2. Señala el bloqueo del Consejo del Reglamento objeto de examen;

Or. en

Enmienda 107Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónApartado 2

Propuesta de Resolución Enmienda

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen;

2. Observa el bloqueo del Consejo del Reglamento objeto de examen;

Or. en

Enmienda 108Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 2

Propuesta de Resolución Enmienda

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen;

2. Recuerda su Resolución legislativa adoptada sobre la refundición de Dublín IV adoptada el 6 de noviembre de 2017; lamenta el hecho de que el Consejo no haya adoptado una posición sobre esta refundición y que, por lo tanto, haya bloqueado la reforma del Reglamento objeto de examen;

Or. en

Enmienda 109Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 2

Propuesta de Resolución Enmienda

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen;

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a un Sistema de Asilo Común Europeo armonizado y sostenible; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen;

Or. en

Enmienda 110Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 2

Propuesta de Resolución Enmienda

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; lamenta el bloqueo del Consejo sobre la reforma del Reglamento objeto de examen;

2. Subraya que los acuerdos ad hoc no pueden sustituir a una política armonizada y sostenible a escala europea; solicita una rápida adopción del nuevo pacto sobre asilo y migración;

Or. en

Enmienda 111Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 2 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

2 bis Subraya que las soluciones del Sistema Europeo de Asilo deben garantizar un nivel adecuado de seguridad y deben basarse fundamentalmente en el principio de responsabilidad de los Estados miembros respecto a los sistemas nacionales de asilo; subraya, al mismo tiempo, la necesidad de un enfoque global de la migración, teniendo en cuenta, entre otras cosas, la cuestión del retorno;

Or. pl

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ES

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Enmienda 112Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 2 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

2 bis Reitera su pleno apoyo a la posición adoptada por el Parlamento Europeo sobre la refundición de Dublín IV en el que se proponía un sistema basado en un reparto equitativo de la responsabilidad a través de un mecanismo de reubicación permanente y automático sin umbrales;

Or. en

Enmienda 113Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 2 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

2 ter Acoge con satisfacción las decisiones de reubicación del Consejo de 2015 y 2016 que se adoptaron como una medida de solidaridad urgente; expresa su decepción por el incumplimiento de los compromisos por parte de los Estados miembros con respecto a la solidaridad y el reparto de responsabilidades; lamenta que la Comisión Europea no haya respondido al llamamiento del Parlamento Europeo, expresado en su Resolución de 15 de mayo de 2017, en el que se proponía la ampliación de las medidas de reubicación hasta la adopción del Reglamento de Dublín refundido;

Or. en

Enmienda 114Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 3

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

suprimido

Or. pl

Enmienda 115Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 3

Propuesta de Resolución Enmienda

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

suprimido

Or. fr

Enmienda 116Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 3

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros durante la crisis de 2015 ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19;

Or. en

Enmienda 117Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 3

Propuesta de Resolución Enmienda

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

3. Observa que el mecanismo de alerta temprana, preparación y gestión de crisis establecido en el artículo 33 no se ha aplicado hasta la fecha; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo solidario en la Unión con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo y no obstaculizar las llegadas ni desviar la responsabilidad; subraya que la protección de los derechos fundamentales de los solicitantes de asilo debe seguir siendo el eje central de este mecanismo; observa también que siguen sin aplicarse las disposiciones establecidas en la Directiva de protección temporal;

Or. en

Enmienda 118Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 3

Propuesta de Resolución Enmienda

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; observa que el artículo 33 nunca se ha aplicado en realidad, ni siquiera durante la crisis migratoria de 2015-2016; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

Or. en

Enmienda 119Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 3

Propuesta de Resolución Enmienda

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

3. Observa que el mecanismo de alerta temprana, preparación y gestión de crisis contemplado en el artículo 33 no se ha aplicado hasta la fecha; observa también que las disposiciones establecidas en la Directiva de protección temporal, que tienen por objeto hacer frente a las afluencias masivas de personas que necesitan protección internacional, todavía no se han aplicado;

Or. en

Enmienda 120Charlie WeimersPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 3

Propuesta de Resolución Enmienda

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; subraya que la solidaridad no se puede imponer a los Estados miembros, sino que se debe posibilitar mediante un marco jurídico que todos los Estados miembros puedan apoyar;

Or. en

Enmienda 121Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 3

Propuesta de Resolución Enmienda

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero, para evitar que se generen situaciones de emergencia en los Estados miembros de primera llegada y, si es posible, garantizar la continuidad del ejercicio de derecho de asilo en la Unión;

Or. en

Enmienda 122Nadine MoranoPropuesta de ResoluciónApartado 3

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de asilo en la Unión en las mejores condiciones;

3. Observa que la herramienta de gestión de crisis contemplada en el artículo 33 no ha proporcionado un apoyo eficaz a los Estados miembros ni respondido a las consecuencias de la crisis de la COVID-19; considera que debe ponerse en marcha un mecanismo de gestión de crisis solidario, dotado de un instrumento financiero gestionado por la Comisión, con el fin de garantizar la continuidad de la gestión del asilo en la Unión en las mejores condiciones;

Or. fr

Enmienda 123Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 3 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

3 bis Señala que, según un informe del Tribunal de Cuentas Europeo, la reubicación en el periodo 2015-2017 fue una solución costosa e ineficaz; subraya que la distribución obligatoria de los migrantes entre los Estados miembros como parte de la política migratoria de la Unión no es una solución y que el mecanismo de reubicación solo contribuye a aumentar la presión migratoria y anima a los migrantes a tratar de llegar ilegalmente a la Unión con la ayuda de traficantes de seres humanos, y a que a menudo puedan convertirse en víctimas de la trata de seres humanos, y en este contexto llama la atención sobre el riesgo para la salud y la vida humanas;

Or. pl

Enmienda 124Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel

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ES

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Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 3 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

3 bis Considera que un mecanismo de este tipo debería permitir la participación de organizaciones de la sociedad civil que presten asistencia profesional a las personas que necesiten protección internacional durante la evaluación de su solicitud de asilo, en particular de carácter jurídico;

Or. en

Enmienda 125Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 4

Propuesta de Resolución Enmienda

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

4. Recuerda que los Estados miembros tienen la posibilidad de utilizar con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas; subraya, no obstante, que la cláusula discrecional debe tratarse como una cláusula que permite adoptar medidas en circunstancias excepcionales para las personas que necesitan realmente apoyo, y no como un resquicio en situaciones en las que no existe un acuerdo en la Unión sobre la reubicación de migrantes; recuerda que, de conformidad con el Reglamento objeto de examen, la acogida de los solicitantes en virtud de esta cláusula sigue siendo voluntaria;

Or. pl

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ES

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Enmienda 126Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 4

Propuesta de Resolución Enmienda

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

4. Subraya que la cláusula discrecional del artículo 17, que otorga facultades discrecionales a un Estado miembro para asumir la responsabilidad de una solicitud de asilo, se utiliza con escasa generosidad y solo por parte de algunos Estados miembros; observa que la mayoría de los casos en 2018 corresponde a Alemania, Países Bajos y Francia; pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

Or. en

Enmienda 127Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 4

Propuesta de Resolución Enmienda

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos y en la isla de Lampedusa, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas; observa las protestas pacíficas y expresa solidaridad con la población residente de algunas islas griegas e italianas, que actualmente se enfrentan a una afluencia migratoria masiva;

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ES

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Or. en

Enmienda 128Nadine MoranoPropuesta de ResoluciónApartado 4

Propuesta de Resolución Enmienda

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17;

Or. fr

Enmienda 129Maria WalshPropuesta de ResoluciónApartado 4

Propuesta de Resolución Enmienda

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas con un acceso suficiente a los servicios de salud física y mental;

Or. en

Enmienda 130Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 4

Propuesta de Resolución Enmienda

PE654.089v01-00 56/132 AM\1209544ES.docx

ES

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4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

4. Pide a los Estados miembros que amplíen el uso de la cláusula discrecional del artículo 17 para abordar situaciones problemáticas y circunstancias humanitarias, por ejemplo, para reubicar y proporcionar unas condiciones de acogida dignas a los solicitantes de asilo que actualmente viven en puntos críticos en unas condiciones inhumanas, degradantes, insalubres e inseguras;

Or. en

Enmienda 131Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 4

Propuesta de Resolución Enmienda

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

4. Constata la aplicación muy excepcional del artículo 17, apartado 2, y pide a los Estados miembros que utilicen más la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

Or. fr

Enmienda 132Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 4

Propuesta de Resolución Enmienda

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

4. Pide a los Estados miembros que amplíen el uso de la cláusula discrecional del artículo 17 para abordar situaciones problemáticas, y también como una herramienta para compartir la responsabilidad en situaciones de un gran número de llegadas espontáneas y en el contexto específico de las llegadas por mar y los procedimientos de desembarco;

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ES

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Or. en

Enmienda 133Laura Ferrara, Sabrina PignedoliPropuesta de resoluciónApartado 4

Propuesta de resolución Enmienda

4. Pide a los Estados miembros que utilicen con carácter excepcional la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

4. Pide a los Estados miembros que utilicen la cláusula discrecional del artículo 17, por ejemplo, para reubicar a los solicitantes de asilo de los puntos críticos griegos, actualmente en una situación de tensión extrema, y garantizar unas condiciones de acogida dignas;

Or. it

Enmienda 134Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 4 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

4 bis Considera que las disposiciones sobre la unidad familiar, que son las primeras en la jerarquía de criterios, se deberían aplicar de una manera eficaz, y que las disposiciones relativas a las personas dependientes (artículo 16) y las cláusulas discrecionales (artículo 17) se deberían utilizar de una manera más amplia para apoyar a la unidad familiar;

Or. en

Enmienda 135Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 4 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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4 bis. Insta a los Estados miembros, con el apoyo de la Comisión, a estructurar de manera eficaz las unidades de Dublín y a reforzar sus recursos humanos, a fin de mejorar los procedimientos de Dublín, en particular los relativos a la reagrupación familiar;

Or. fr

Enmienda 136Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 4 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

4 ter A falta de un mecanismo de solidaridad permanente, apoya la ampliación del uso de las cláusulas discrecionales del artículo 17 como una herramienta solidaria para compartir la responsabilidad, en particular en situaciones de un gran número de llegadas espontáneas y en el contexto específico de las llegadas por mar y los procedimientos de desembarco;

Or. en

Enmienda 137Damien Carême, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el

suprimido

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ES

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Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el período de internamiento;

Or. fr

Enmienda 138Terry Reintke, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento;

suprimido

Or. en

Enmienda 139Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de

suprimido

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ES

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internamiento;

Or. en

Enmienda 140Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento;

suprimido

Or. en

Enmienda 141Patryk JakiPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de

suprimido

AM\1209544ES.docx 61/132 PE654.089v01-00

ES

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internamiento;

Or. pl

Enmienda 142Caterina Chinnici, Saskia Bricmont, Hilde Vautmans, David LegaPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento;

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento; subraya que los menores no sean internados con fines de inmigración en línea con la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, de 19 de septiembre de 2016, y pide a los Estados miembros de la Unión que busquen alternativas al internamiento, como lugares comunitarios de acogida de menores;

Or. en

Enmienda 143Emil RadevPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el

PE654.089v01-00 62/132 AM\1209544ES.docx

ES

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Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento;

Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento; subraya en este sentido la necesidad de disponer de recursos financieros y humanos suficientes para aplicar procedimientos de Dublín acelerados;

Or. bg

Enmienda 144Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento;

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados que aumenten la operatividad, la eficiencia y la idoneidad en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento;

Or. en

Enmienda 145Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en la zona sur del Mediterráneo, en los centros de acogida gestionados por la Unión, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado

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ES

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Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento;

responsable y, en su caso, proceder al retorno de los solicitantes de asilo;

Or. en

Enmienda 146Nadine MoranoPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el período de internamiento;

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, recurriendo en caso necesario a procedimientos de internamiento;

Or. fr

Enmienda 147Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 5

Propuesta de Resolución Enmienda

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos de Dublín acelerados en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento;

5. Recomienda la introducción, de conformidad con el Derecho internacional, de procedimientos rápidos en la frontera relacionados con el asilo en los puntos principales de llegada irregular en la Unión, en los centros de acogida europeos, con el fin de tramitar rápidamente las solicitudes de asilo, evaluar su fundamento, determinar el Estado responsable y, en su caso, proceder al retorno, sin necesidad de prolongar innecesariamente el periodo de internamiento;

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ES

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Or. pl

Enmienda 148Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaersen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 5 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

5 bis Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen que, en un futuro sistema de migración de la Unión, la mayoría de las solicitudes de los solicitantes de asilo se presente en las fronteras exteriores de la Unión, o en la zona de tránsito de un Estado miembro, antes de adoptar una decisión sobre la entrada del solicitante; subraya que dicho sistema reforzaría la eficacia de los procedimientos de Dublín;

Or. en

Enmienda 149Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 5 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

5 bis A este respecto, recuerda que la creación de plataformas de desembarco fuera de la Unión para realizar un triaje preciso y registrar las solicitudes de asilo legítimas podría evitar que los migrantes emprendieran travesías peligrosas por el Mediterráneo;

Or. en

Enmienda 150Caterina Chinnici, Saskia Bricmont, Hilde VautmansPropuesta de ResoluciónApartado 5 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

5 bis Subraya que se deberían mejorar

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ES

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los procesos de reagrupación familiar de los menores en proceso de traslado;

Or. en

Enmienda 151Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 6

Propuesta de Resolución Enmienda

6. Subraya el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua distinta de la del país en el que se realicen; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos adecuados;

6. Destaca el apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín;

Or. en

Enmienda 152Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 6

Propuesta de Resolución Enmienda

6. Destaca el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua distinta de la del país en el que se realicen; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos adecuados;

6. Observa el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo que el entrevistador hable en una lengua distinta de la del país en el que se realicen las entrevistas, además de asegurarse de que el solicitante tenga acceso a la interpretación en una lengua que comprenda; destaca la necesidad de que la EASO realice su trabajo operativo con los estándares más

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ES

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elevados y se centre en los intereses de los solicitantes que necesiten protección internacional, incluido el interés superior del menor;

Or. en

Enmienda 153Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 6

Propuesta de Resolución Enmienda

6. Destaca el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua distinta de la del país; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos adecuados;

6. Destaca los numerosos desafíos en relación con la aplicación del Reglamento de Dublín y observa que la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) aporta un apoyo crucial a las autoridades de los Estados miembros para la aplicación de los procedimientos de Dublín; invita a la Comisión y a los Estados miembros a velar por que las entrevistas se realicen en una lengua que entienda el solicitante de asilo; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos adecuados;

Or. fr

Enmienda 154Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónApartado 6

Propuesta de Resolución Enmienda

6. Destaca el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua distinta de la del país; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y

6. Destaca el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua distinta de la del país;

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ES

Page 68:  · Web viewConsiderando que en los últimos años se observa una nueva e importante tendencia: el aumento del número de solicitudes presentadas por ciudadanos extracomunitarios

humanos adecuados;

Or. en

Enmienda 155Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 6

Propuesta de Resolución Enmienda

6. Destaca el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua distinta de la del país; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos adecuados;

6. Destaca el importante apoyo operativo y técnico prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) a los Estados miembros; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO y de la Comisión para aumentar la asistencia a los Estados miembros, especialmente a los que se encuentran en la frontera de la Unión; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos adecuados, que apoye a los Estados miembros en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín;

Or. en

Enmienda 156Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 6

Propuesta de Resolución Enmienda

6. Destaca el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua distinta de la del país; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos

6. Destaca el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de asilo; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua distinta de la del país; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos

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ES

Page 69:  · Web viewConsiderando que en los últimos años se observa una nueva e importante tendencia: el aumento del número de solicitudes presentadas por ciudadanos extracomunitarios

adecuados; adecuados;

Or. pl

Enmienda 157Terry Reintke, Maria Walsh, Erik Marquardt, Olivier ChastelPropuesta de ResoluciónApartado 6

Propuesta de Resolución Enmienda

6. Destaca el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua distinta de la del país en el que se realicen; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos adecuados;

6. Destaca el importante apoyo operativo prestado por la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) en los puntos críticos en lo que se refiere a los procedimientos de Dublín; solicita a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten el trabajo del personal de la EASO, permitiendo las entrevistas en una lengua que entienda el solicitante; pide la creación de una Agencia Europea de Asilo, dotada de recursos financieros y humanos adecuados;

Or. en

Enmienda 158Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 6 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

6 bis Recomienda una organización y una dotación de personal adecuadas de las unidades de Dublín europeas para agilizar la conclusión de los procedimientos relacionados con Dublín, en particular los relativos al establecimiento de vínculos familiares y la aplicación de otros criterios que vinculen a un solicitante de asilo con un Estado miembro determinado;

Or. en

Enmienda 159Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel

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Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 6 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

6 bis Pide a la Comisión que supervise que las entrevistas se realicen en la lengua del solicitante de asilo o en una lengua que se suponga que entiende razonablemente;

Or. en

Enmienda 160Caterina Chinnici, Hilde Vautmans, David LegaPropuesta de ResoluciónApartado 7

Propuesta de Resolución Enmienda

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

pide a los Estados miembros que mejoren la cooperación transfronteriza entre las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley para prevenir el tráfico de menores y su explotación sexual, además de evitar el riesgo de que se fuguen, garantizando una política de tolerancia cero contra los menores desaparecidos en la migración;

Or. en

Enmienda 161Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 7

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

7. Lamenta que los derechos de los solicitantes de asilo, incluido el de la asistencia jurídica, se ignoren con frecuencia al aplicar el Reglamento objeto de examen; recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de las políticas de asilo de la Unión y del proceso de aplicación del Reglamento objeto de examen, incluida la protección de los menores, las víctimas de la trata de seres humanos, las víctimas de la tortura y las personas más vulnerables;

Or. en

Enmienda 162Nadine MoranoPropuesta de ResoluciónApartado 7

Propuesta de Resolución Enmienda

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables; subraya que esta protección de los derechos fundamentales no debe dar lugar a un aumento del tráfico de menores y personas vulnerables;

Or. fr

Enmienda 163Emil RadevPropuesta de ResoluciónApartado 7

Propuesta de Resolución Enmienda

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, incluidos los menores no acompañados, y las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más

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vulnerables;

Or. bg

Enmienda 164Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 7

Propuesta de Resolución Enmienda

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y cualquier otra persona en situación de vulnerabilidad;

Or. fr

Enmienda 165Terry Reintke, Maria Walsh, Erik Marquardt, Olivier ChastelPropuesta de ResoluciónApartado 7

Propuesta de Resolución Enmienda

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables, como las personas LGBTI;

Or. en

Enmienda 166Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 7

Propuesta de Resolución Enmienda

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales se debe tener en cuenta en la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección

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niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

de los menores no acompañados, los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

Or. en

Enmienda 167Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 7

Propuesta de Resolución Enmienda

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y las personas más vulnerables;

7. Recuerda que la protección de los derechos fundamentales debe estar en el eje de la aplicación del Reglamento objeto de examen, en especial la protección de los niños, las víctimas de la trata de seres humanos y otras personas vulnerables;

Or. en

Enmienda 168Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 7 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

7 bis. recuerda que, de conformidad con el artículo 28, el internamiento de los solicitantes de asilo en el marco de los procedimientos de Dublín solo puede imponerse como último recurso, únicamente en la medida en que el internamiento sea conforme con el principio de proporcionalidad y no puedan aplicarse efectivamente otras medidas menos coercitivas para garantizar los procedimientos de traslado y en caso de que exista un riesgo considerable de fuga;

Or. fr

Enmienda 169Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar,

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ES

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Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 7 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

7 bis Recuerda que los solicitantes de asilo tienen derecho a que se les informe plenamente de los procedimientos; lamenta que el nivel de información facilitada a los solicitantes de asilo difiera sistemáticamente de un Estado miembro a otro; insta a los Estados miembros a que garanticen que los menores reciban una información adecuada a su edad y un apoyo específico; subraya que la prestación de asistencia jurídica y de interpretación es fundamental para garantizar el derecho de los solicitantes a la información;

Or. en

Enmienda 170Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 7 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

7 bis Señala el preocupante coste humano para los solicitantes de asilo del Reglamento de Dublín, dado que los traslados al país de primera entrada pueden crear un grave estado de ansiedad a los solicitantes de asilo cuya salud mental se encuentra debilitada por los hechos traumáticos que han experimentado en su país de origen y durante la travesía, acompañados a menudo de las deplorables condiciones de acogida en el Estado miembro de primera entrada;

Or. en

Enmienda 171Terry Reintke, Maria Walsh, Erik MarquardtPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 7 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

7 bis Reitera que, en el estudio de Evaluación del impacto del Reglamento objeto de examen realizado por el EPRS, se observa que la no devolución y los abusos de los derechos humanos son motivos suficientes para suspender un traslado, incluso cuando el país de destino no presente problemas sistémicos;

Or. en

Enmienda 172Emil RadevPropuesta de ResoluciónApartado 7 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

7 bis Considera que debe mantenerse un equilibrio entre los derechos y las responsabilidades de los solicitantes de asilo, sin permitir ningún trato privilegiado hacia los ciudadanos de la Unión;

Or. bg

Enmienda 173Terry Reintke, Maria Walsh, Erik Marquardt, Abir Al-Sahlani, Olivier ChastelPropuesta de ResoluciónApartado 7 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

7 ter Observa con preocupación que las personas LGBTI pueden ser objeto de discriminación y violencia en países considerados «seguros», por lo que sus solicitudes de asilo son totalmente legítimas en estas circunstancias; observa además que los procedimientos acelerados y la lista de «países seguros» no deberían afectar indebidamente a las solicitudes de asilo de los grupos vulnerables, como es el caso de las personas LGBTI; recuerda

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que la aplicación de los procedimientos acelerados y las listas de países seguros debe ser coherente con el principio de no devolución y los derechos fundamentales de las personas más vulnerables;

Or. en

Enmienda 174Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 7 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

7 ter Señala que los traslados de solicitantes de asilo, y en particular de personas vulnerables, menores y familias, pueden dar lugar a la violación de sus derechos humanos; insta a los Estados miembros a que evalúen adecuadamente los riesgos a los que los solicitantes se expondrían en los Estados miembros de destino; subraya, en particular, que los traslados se deben realizar de una manera en la que, en ninguna circunstancia, se exponga a las personas a un riesgo de devolución, independientemente de que el sistema de asilo del país de retorno presente deficiencias sistémicas;

Or. en

Enmienda 175Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 7 quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

7 quater Lamenta que los Estados miembros recurran con demasiada frecuencia al internamiento de los

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solicitantes a la espera de su traslado; insta a los Estados miembros a que realicen esfuerzos concretos para encontrar alternativas válidas al internamiento;

Or. en

Enmienda 176Terry Reintke, Maria Walsh, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 8

Propuesta de Resolución Enmienda

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación de su internamiento;

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior de los menores y que clarifiquen los criterios de su acogida, garantizando que no se les someta al internamiento; pide a los Estados miembros y a la Comisión que clarifiquen el concepto de «riesgo de fuga significativo» en el contexto de Dublín III y la aplicación del internamiento a los grupos vulnerables; pide a los Estados miembros que tengan en cuenta las necesidades específicas de las personas LGBTI internadas y les garanticen una protección frente al trato inhumano o degradante infligido por el personal de los centros y/u otros internados; recuerda que el derecho a la salud de las personas transgénero, es decir, el acceso a la terapia de reemplazo hormonal, se debe mantener durante el internamiento como una medida para evitar una mayor exposición a la discriminación y/o la violencia infligidas por el personal y/u otros internados;

Or. en

Enmienda 177

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Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 8

Propuesta de Resolución Enmienda

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación del internamiento;

8. Señala deficiencias numerosas y sistemáticas en lo que respecta al cumplimiento de la jerarquía de criterios; subraya que la unidad familiar dista mucho de ser el criterio aplicado con mayor frecuencia, si bien se encuentra en el primer lugar de la jerarquía según el capítulo III del Reglamento; observa, por ejemplo, que el criterio de la unidad familiar se aplicó en el 5 % de las peticiones de «acogida» en Francia (de un total de 12 000), en el 3,7 % en Alemania (de un total de 17 500) y en porcentajes incluso inferiores en Bélgica, Suecia y Suiza; subraya, por el contrario, que en 2018 Grecia emitió el 79,3 % de sus peticiones de «acogida» basándose en el criterio de la unidad familiar; destaca también que las solicitudes de reagrupación familiar se aceptan con menor frecuencia (en el 48 % de los casos), en comparación con el porcentaje medio de aceptación de todos los procedimientos (67,6 %); pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios;

Or. en

Enmienda 178Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 8

Propuesta de Resolución Enmienda

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario dar prioridad, de conformidad con el artículo 7, a la aplicación de los

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armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación del internamiento;

artículos 8, 9 y 10 como criterios principales de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo, a fin de garantizar la efectividad de los derechos a la unidad y a la agrupación familiares, y armonizar y flexibilizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que den prioridad siempre y protejan el interés superior del menor y recuerda que, de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y las recomendaciones formuladas por el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, la detención de menores en el marco de las migraciones nunca opera en el interés superior del menor;

Or. fr

Enmienda 179Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 8

Propuesta de Resolución Enmienda

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación de su internamiento;

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera que es necesario posibilitar un mejor uso de las disposiciones de reagrupación familiar, también mediante la armonización del nivel de prueba en todos los Estados miembros con un nivel menos estricto; pide a los Estados miembros y a la Comisión que protejan el interés superior del menor, al que nunca se debería internar por su situación de inmigración familiar; pide que se amplíen las fuentes utilizadas en la supervisión y la identificación de las prácticas ilícitas con el fin de incluir información facilitada por organizaciones internacionales y no gubernamentales siempre que sean fiables, actualizadas y específicas;

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ES

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Or. en

Enmienda 180Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 8

Propuesta de Resolución Enmienda

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación de su internamiento;

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera que es necesario posibilitar un mejor uso de las disposiciones familiares, también mediante la armonización del nivel de prueba en todos los Estados miembros con un nivel menos estricto y más alcanzable; pide a la Comisión y a los Estados miembros que aceleren los procedimientos de reagrupación familiar, también mediante el traslado inmediato a un país en el que el solicitante tenga familia;

Or. en

Enmienda 181Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 8

Propuesta de Resolución Enmienda

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación de su internamiento;

8. Pide a la Comisión que garantice el pleno cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido, con el fin de reducir la carga de las autoridades de los Estados miembros de primera llegada; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación de su internamiento;

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ES

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Or. en

Enmienda 182Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónApartado 8

Propuesta de Resolución Enmienda

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación de su internamiento;

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido, sin ampliar las normas actuales de reagrupación familiar; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación de su internamiento;

Or. en

Enmienda 183Caterina Chinnici, Saskia Bricmont, Hilde VautmansPropuesta de ResoluciónApartado 8

Propuesta de Resolución Enmienda

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados y a la Comisión que protejan el interés superior del menor y que clarifiquen los criterios para la aplicación de su internamiento;

8. Pide a la Comisión que supervise con mayor atención el cumplimiento de la jerarquía de criterios; considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; pide a los Estados miembros y a la Comisión que tengan en cuenta el interés superior de los menores como consideración principal en todas las decisiones que les afecten;

Or. en

Enmienda 184Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 8 bis (nuevo)

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Propuesta de Resolución Enmienda

8 bis Considera necesario precisar las condiciones de aplicación del criterio de reagrupación familiar y armonizar el nivel de prueba exigido; recuerda que el interés superior del menor debe ser la consideración principal en todos los procedimientos de Dublín de acuerdo con el Reglamento; observa el desarrollo de buenas prácticas en determinados Estados miembros, como la intervención de personal especializado en el caso de menores no acompañados o el enfoque multidisciplinario para determinar la edad; no obstante, expresa una profunda preocupación, dado que la asignación de un representante que ayude a los menores no acompañados con respecto a los procedimientos de Dublín, se suele retrasar o no se garantiza en numerosos Estados miembros debido a problemas de tipo práctico; observa también que los representantes de algunos países no están suficientemente informados acerca de los procedimientos de Dublín y que los menores no acompañados carecen de un apoyo adecuado; pide a los Estados miembros y a la Comisión que protejan mejor el interés superior del menor;

Or. en

Enmienda 185Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 8 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 bis Subraya que el derecho de asilo debe consistir en ofrecer una protección segura y servicios básicos, no en elegir de manera independiente el mejor lugar para vivir; las fronteras exteriores deben, por tanto, protegerse de manera todavía más eficaz, y deben introducirse procedimientos para garantizar que los

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ES

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ciudadanos extranjeros que necesitan protección se diferencien lo antes posible de los que solo pretenden utilizar los procedimientos de asilo para entrar en la Unión y trasladarse a otros Estados miembros, y que deben ser devueltos de inmediato a sus países de origen o de tránsito;

Or. pl

Enmienda 186Terry Reintke, Maria Walsh, Erik Marquardt, Abir Al-Sahlani, Olivier ChastelPropuesta de ResoluciónApartado 8 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 bis Pide a los Estados miembros que impartan una formación adecuada al personal dedicado al asilo con respecto a las necesidades de las personas más vulnerables, como las personas LGBTI, y que se aseguren de que las entrevistas se realicen en entornos que favorezcan la divulgación plena de la información crucial para demostrar la validez de la solicitud; observa con preocupación que algunos solicitantes de asilo LGBTI pueden no sentirse cómodos inicialmente al expresar su orientación sexual o identidad de género debido a interacciones negativas previas con las autoridades del país de origen;

Or. en

Enmienda 187Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 8 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 bis Subraya que los traslados del sistema de Dublín se deben realizar de una manera en la que, en ninguna circunstancia, se exponga a las personas a un riesgo de devolución ni a un trato

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inhumano o degradante, independientemente de que el sistema de asilo del país de retorno presente deficiencias sistémicas;

Or. en

Enmienda 188Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 8 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 bis Lamenta que los Estados miembros no contribuyan de una manera proactiva en la identificación y la verificación de los vínculos familiares; desaprueba que la carga de la prueba recaiga casi por completo en los solicitantes;

Or. en

Enmienda 189Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 8 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 bis. subraya que los traslados en el marco del Reglamento de Dublín nunca deben exponer a las personas a un riesgo de devolución;

Or. fr

Enmienda 190Fabienne Keller, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 8 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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8 ter El internamiento será lo más breve posible y se extenderá únicamente el tiempo razonablemente necesario para cumplir los procedimientos administrativos requeridos con la debida diligencia hasta que se realice el traslado en virtud del presente Reglamento; subraya que, a falta de criterios armonizados para determinar el riesgo de fuga, los Estados miembros han adoptado criterios divergentes y en ocasiones discutibles; pide a los Estados miembros y a la Comisión que aclaren los criterios para mantener internados a los solicitantes de asilo;

Or. en

Enmienda 191Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 8 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 ter Señala que la definición limitada de familia contribuye a la falta de cumplimiento de la jerarquía de criterios y a la disfuncionalidad del sistema;

Or. en

Enmienda 192Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 8 quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 quater Pide a los Estados miembros y a la Comisión que garanticen una verificación adecuada del interés superior del menor, evitando que la

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complejidad de los procedimientos se traduzca en la falta de aplicación de este principio, en particular en el caso de los menores no acompañados de entre 16 y 18 años;

Or. en

Enmienda 193Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 8 quinquies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 quinquies Lamenta que los Estados miembros apliquen una interpretación diferente del interés superior del menor; pide, por lo tanto, a la Comisión que aclare la definición en línea con la legislación de la Unión y determine cuáles son las posibilidades de reagrupación familiar, las consideraciones de seguridad y protección, y la información de antecedentes que se deben tener en cuenta;

Or. en

Enmienda 194Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 8 sexies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 sexies Insta a los Estados miembros y a la Comisión a que precisen que el internamiento nunca es el interés superior del menor y que nunca se le debería internar por la situación de inmigración de su familia; pide que se amplíen las fuentes utilizadas en la

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supervisión y la identificación de las prácticas ilícitas con el fin de incluir información facilitada por organizaciones internacionales y no gubernamentales, siempre que sean fiables, actualizadas y específicas;

Or. en

Enmienda 195Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 8 septies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

8 septies Lamenta que los mecanismos insuficientes de identificación y los métodos erróneos de evaluación de la edad suelan agravar aún más la situación de los menores, ocasionando retrasos o afectando negativamente el resultado del procedimiento de Dublín; pide una evaluación de la edad armonizada que no ponga en peligro los derechos, la salud y el bienestar psicológico de los menores;

Or. en

Enmienda 196Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónEpígrafe 3

Propuesta de Resolución Enmienda

Simplificar los procedimientos y reducir significativamente los plazos

Simplificar los procedimientos, reducir los plazos y defender el derecho a una solución eficaz

Or. en

Enmienda 197Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie Loiseau

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Propuesta de ResoluciónApartado 9

Propuesta de Resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir el número de las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa en 2016-2017 y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; subraya que, entre 2016 y 2019, Alemania y Francia emitieron con diferencia la mayoría de las peticiones (68 % del total entre ambos países), mientras que España, Estonia, Lituania, Letonia, Eslovaquia, Bulgaria, Polonia y la República Checa emitieron un escaso número de peticiones de Dublín; destaca que España no emitió casi ninguna petición de Dublín, a pesar de un número cada vez mayor de solicitudes de asilo; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya que existen diferencias significativas entre países, con el 54,6 % de los traslados realizados desde Grecia, el 42,2 % desde Suecia, el 11,2 % desde Alemania, el 6,7 % desde Francia y el 1,6 % desde Italia entre 2016 y 2019, observando al mismo tiempo la existencia de una laguna de información importante con respecto a una serie de países;

Or. en

Enmienda 198Maria WalshPropuesta de ResoluciónApartado 9

Propuesta de Resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los

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casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; destaca la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados miembros, lo que socava activamente el principio de solidaridad de la Unión y contribuye directamente a la sobrecarga de los sistemas en determinados Estados miembros; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

Or. en

Enmienda 199Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónApartado 9

Propuesta de Resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; observa, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

Or. en

Enmienda 200Nadine MoranoPropuesta de ResoluciónApartado 9

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ES

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Propuesta de Resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados, también por parte de los Estados terceros de los que son originario o por los que han transitado los solicitantes de asilo; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

Or. fr

Enmienda 201Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 9

Propuesta de Resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables, principalmente para los Estados miembros de primera entrada; lamenta profundamente, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los

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ES

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procedimientos de traslado;

Or. en

Enmienda 202Terry Reintke, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 9

Propuesta de Resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esenciales los esfuerzos para facilitar el acceso a la información en una lengua que el solicitante entienda y los esfuerzos de creación de entornos seguros en los que divulgar la información personal necesaria para probar la validez de la solicitud con miras a reducir las solicitudes de traslado;

Or. en

Enmienda 203Laura Ferrara, Sabrina PignedoliPropuesta de resoluciónApartado 9

Propuesta de resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los

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Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

Estados; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

Or. it

Enmienda 204Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 9

Propuesta de Resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; observa, sin embargo, el hecho de que solo en el 11 % de los casos los traslados se realicen efectivamente, lo que constituye un indicador claro de la ineficacia del Reglamento de Dublín; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esenciales los esfuerzos destinados a garantizar el acceso a la información y procedimientos rápidos para la reagrupación familiar y los traslados de los solicitantes de asilo;

Or. fr

Enmienda 205Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 9

Propuesta de Resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; observa, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos; observa la falta de cooperación y de

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ES

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permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

intercambio de información entre los Estados; alienta a los Estados miembros a que apliquen con mayor celeridad la cláusula discrecional del artículo 17 en los casos en que sea evidente que no se puede realizar un traslado, o cuando la situación individual del solicitante así lo requiera;

Or. en

Enmienda 206Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 9

Propuesta de Resolución Enmienda

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

9. Pone de relieve que los procedimientos de traslado han aumentado de forma significativa y generan costes humanos, materiales y financieros considerables; lamenta, sin embargo, que tan solo se concluyan en el 11 % de los casos, lo que contribuye a la sobrecarga permanente de los sistemas de asilo; subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; alienta a los Estados miembros a que apliquen con mayor celeridad la cláusula discrecional en los casos en que sea evidente que no se puede realizar un traslado o cuando la situación individual del solicitante así lo requiera;

Or. en

Enmienda 207Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 9 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

Page 94:  · Web viewConsiderando que en los últimos años se observa una nueva e importante tendencia: el aumento del número de solicitudes presentadas por ciudadanos extracomunitarios

9 bis Destaca el importante cuerpo de jurisprudencia del TEDH y el TJUE en los últimos años en el que se precisan los motivos admisibles para denegar los traslados del sistema de Dublín, en particular cualquier fuente de riesgo para la persona; observa, en particular, un número cada vez mayor de decisiones de los tribunales europeos y nacionales relativas a la suspensión de traslados a los Estados miembros en los que se niega injustamente a un solicitante de asilo la protección internacional (devolución indirecta) o sus derechos en el sistema de Dublín; lamenta que los solicitantes de asilo sean víctimas de tratos inhumanos o degradantes en determinados Estados miembros;

Or. en

Enmienda 208Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 9 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

9 bis Observa que el asesoramiento jurídico gratuito a los solicitantes de asilo genera un coste financiero y administrativo significativo a los Estados miembros de primera llegada, lo que reduce la disponibilidad para los ciudadanos de países que pueden optar a estos servicios;

Or. en

Enmienda 209Emil RadevPropuesta de ResoluciónApartado 9 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

9 bis Señala que, puesto que se aplican normas diferentes a los movimientos dentro y fuera del Espacio Schengen, las

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ES

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medidas adoptadas contra los movimientos secundarios también deben ser diferentes;

Or. bg

Enmienda 210Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 9 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

9 ter Observa que la escasez en cuanto a organización estructural, recursos y actuación de la autoridad decisoria de asilo ha contribuido a retrasar los procedimientos de Dublín y obstaculizar la aplicación del Reglamento; observa que, si bien en la mayoría de los países se designó a una autoridad de asilo especializada, en algunos Estados miembros se optó por dividir la responsabilidad entre diferentes autoridades, creando en determinados casos complejidades de tipo práctico para los solicitantes de asilo y divergencias en la aplicación del Reglamento;

Or. en

Enmienda 211Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 9 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

9 ter Lamenta que los Estados miembros que realizan regularizaciones masivas estimulen movimientos secundarios peligrosos de inmigrantes ilegales con la esperanza de obtener un estatus legal y que tales medidas representen un factor de atracción potencial de una mayor migración;

Or. en

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ES

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Enmienda 212Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 9 quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

9 quater Subraya que la eficacia de los procedimientos de Dublín depende también de la calidad y la dotación de personal en cada autoridad decisoria de asilo; observa importantes diferencias entre las autoridades decisorias de asilo en la dotación de personal con respecto al número de solicitantes de asilo; subraya que las unidades nacionales de Dublín carecen de personal suficiente y que, al mismo tiempo, se enfrentan a un aumento significativo de su carga de trabajo;

Or. en

Enmienda 213Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 9 quinquies (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

9 quinquies Subraya la falta de cooperación y de intercambio de información entre los Estados; observa que las solicitudes de «devolución» han sido la forma dominante de los procedimientos de Dublín en los últimos años, lo que significa que la mayoría de las personas incluidas en un procedimiento de Dublín ya habían solicitado asilo en otro Estado miembro; considera esencial luchar contra los movimientos secundarios, con miras a reducir las solicitudes de traslado; subraya que la aplicación estricta del criterio de «entrada irregular» impone una carga desproporcionada a los países de primera entrada, que suelen carecer de los recursos y las capacidades para acoger

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ES

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y registrar a los solicitantes de asilo; recuerda que los plazos de cada fase del sistema de Dublín tienen por objeto abreviar los procedimientos y permitir un acceso rápido al procedimiento de asilo; observa que sigue existiendo una falta de claridad, además de variaciones, entre los Estados miembros en el cálculo de los plazos y el punto de partida de cada procedimiento; propone que se clarifiquen y armonicen las condiciones de activación de los procedimientos de traslado;

Or. en

Enmienda 214Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 10

Propuesta de Resolución Enmienda

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud del Reglamento Dublín III socavan en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados y contribuyen al aumento de los movimientos secundarios, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga; pide a la Comisión que revise las normas para dar tiempo suficiente a los Estados al objeto de que lleven a cabo los traslados y eliminar la transferencia de responsabilidad en caso de que un solicitante de asilo se fugue;

suprimido

Or. en

Enmienda 215Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 10

Propuesta de Resolución Enmienda

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud

10. Estima que la incorrecta aplicación de las normas sobre la

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ES

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del Reglamento Dublín III socavan en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados y contribuyen al aumento de los movimientos secundarios, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga; pide a la Comisión que revise las normas para dar tiempo suficiente a los Estados al objeto de que lleven a cabo los traslados y eliminar la transferencia de responsabilidad en caso de que un solicitante de asilo se fugue;

jerarquía de los criterios, en particular por lo que respecta a la reagrupación familiar y la situación de los menores no acompañados, socava en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y contribuye al aumento del riesgo de fuga; subraya que es excepcional que las solicitudes de traslado se concluyan, lo que deja a los solicitantes de asilo en una situación de incertidumbre innecesaria y es contrario al objetivo del Reglamento de Dublín de garantizar un acceso eficaz y efectivo a los procedimientos de asilo; pide a la Comisión que solvente el principal defecto del Reglamento de Dublín, a saber, la atribución por defecto de la responsabilidad del examen de una solicitud de asilo a los países de primera entrada, y proponga un sistema en el que los vínculos existentes de los solicitantes de asilo con algunos Estados miembros se tengan debidamente en cuenta;

Or. fr

Enmienda 216Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 10

Propuesta de Resolución Enmienda

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud del Reglamento Dublín III socavan en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados y contribuyen al aumento de los movimientos secundarios, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga; pide a la Comisión que revise las normas para dar tiempo suficiente a los Estados al objeto de que lleven a cabo los traslados y eliminar la transferencia de responsabilidad en caso de que un solicitante de asilo se fugue;

10. Recuerda que la responsabilidad del traslado en los casos en los que no se cumple el plazo para el traslado, debe fomentar que los Estados miembros lleven a cabo los traslados con la mayor rapidez y eficiencia posibles; considera que los plazos actualmente en vigor son suficientes;

Or. pl

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ES

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Enmienda 217Nadine MoranoPropuesta de ResoluciónApartado 10

Propuesta de Resolución Enmienda

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud del Reglamento Dublín III socavan en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados y contribuyen al aumento de los movimientos secundarios, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga; pide a la Comisión que revise las normas para dar tiempo suficiente a los Estados al objeto de que lleven a cabo los traslados y eliminar la transferencia de responsabilidad en caso de que un solicitante de asilo se fugue;

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud del Reglamento Dublín III socavan en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados y contribuyen al aumento de los movimientos secundarios, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga; pide a la Comisión que revise las normas para dar tiempo suficiente a los Estados al objeto de que lleven a cabo los traslados y eliminar la transferencia de responsabilidad en caso de que un solicitante de asilo se fugue; pide asimismo a la Comisión que contemple un mecanismo que permita que se declare la nulidad de las solicitudes de asilo que emanan de solicitantes que no cumplen sus obligaciones o que presentan solicitudes de asilo múltiples;

Or. fr

Enmienda 218Terry Reintke, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 10

Propuesta de Resolución Enmienda

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud del Reglamento Dublín III socavan en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados y contribuyen al aumento de los movimientos secundarios, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga; pide a la Comisión que revise las normas para dar tiempo suficiente a los Estados al objeto de que lleven a cabo los traslados y eliminar la transferencia de

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud del Reglamento Dublín III socavan en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados y contribuyen al aumento de los movimientos secundarios, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga;

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ES

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responsabilidad en caso de que un solicitante de asilo se fugue;

Or. en

Enmienda 219Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 10

Propuesta de Resolución Enmienda

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud del Reglamento Dublín III socavan en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados y contribuyen al aumento de los movimientos secundarios, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga; pide a la Comisión que revise las normas para dar tiempo suficiente a los Estados al objeto de que lleven a cabo los traslados y eliminar la transferencia de responsabilidad en caso de que un solicitante de asilo se fugue;

10. Estima, teniendo en cuenta las pruebas, que en numerosos casos los solicitantes de asilo permanecen fuera del sistema debido al uso desproporcionado del criterio del primer país de entrada irregular y a la consideración insuficiente de los vínculos significativos y las necesidades específicas de los solicitantes; pide a la Comisión que revise las normas para aumentar la confianza entre los Estados miembros, así como entre ellos y los solicitantes de asilo;

Or. en

Enmienda 220Laura Ferrara, Sabrina PignedoliPropuesta de resoluciónApartado 10

Propuesta de resolución Enmienda

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud del Reglamento Dublín III socavan en algunos casos la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados y contribuyen al aumento de los movimientos secundarios, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga; pide a la Comisión que revise las normas para dar tiempo suficiente a los

10. Estima que las normas sobre la transferencia de responsabilidad en virtud del Reglamento Dublín III socavan la eficiencia de los procedimientos de asilo y la ejecución de los traslados, al alentar a los solicitantes de asilo a mantenerse en fuga; lamenta las motivaciones, a menudo falaces, argumentadas por los Estados miembros para rechazar los traslados; pide a la Comisión que revise las normas

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ES

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Estados al objeto de que lleven a cabo los traslados y eliminar la transferencia de responsabilidad en caso de que un solicitante de asilo se fugue;

para dar tiempo suficiente a los Estados al objeto de que lleven a cabo los traslados y que vigile y, si fuera necesario, sancione a aquellos Estados miembros que se nieguen a efectuarlos;

Or. it

Enmienda 221Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 10 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

10 bis. Subraya que una mayor armonización de los sistemas de asilo de los Estados miembros es fundamental para el buen funcionamiento del Reglamento objeto de examen y evitar los movimientos secundarios; pide a la Comisión que garantice que el trato de los solicitantes de asilo sea igual en toda la Unión en términos relativos;

Or. en

Enmienda 222Maria WalshPropuesta de ResoluciónApartado 11

Propuesta de Resolución Enmienda

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, es fundamental para informar a los solicitantes de sus derechos y obligaciones durante el proceso de asilo, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones, dado que un representante legal puede garantizar que cada expediente de caso sea íntegro y preciso, y contribuiría a reducir la tasa de apelaciones y a salvaguardar el derecho de no devolución; pide a los Estados que

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ES

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mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

Or. en

Enmienda 223Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 11

Propuesta de Resolución Enmienda

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

11. Insta a los Estados miembros, con el apoyo de la Comisión y de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo, a que se facilite a los solicitantes de asilo información clara y accesible sobre los procedimientos de Dublín, en particular en materia de reagrupación familiar, de conformidad con los artículos 4 y 26 del Reglamento, y acceso a una tutela judicial efectiva y a asistencia jurídica, de conformidad con el artículo 27; considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín facilitaría el correcto funcionamiento del Reglamento de Dublín;

Or. fr

Enmienda 224Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 11

Propuesta de Resolución Enmienda

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y

11. Pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

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ES

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accesible para todos;

Or. en

Enmienda 225Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 11

Propuesta de Resolución Enmienda

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones;

Or. en

Enmienda 226Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 11

Propuesta de Resolución Enmienda

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos; subraya la importancia de las soluciones para evitar la presentación de múltiples solicitudes de protección internacional;

Or. pl

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ES

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Enmienda 227Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 11

Propuesta de Resolución Enmienda

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín mejoraría los procedimientos de respeto de los derechos y la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

Or. en

Enmienda 228Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 11

Propuesta de Resolución Enmienda

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, en particular en los puntos críticos, simplificaría la trayectoria que han de seguir las personas y mejoraría la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

11. Considera que la asistencia jurídica a los solicitantes de asilo en los procedimientos de Dublín, mejoraría los procedimientos de respeto de los derechos, simplificaría los procedimientos de Dublín y mejoraría la toma de decisiones; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo sobre los procedimientos de Dublín, que son complejos, de modo que sea clara y accesible para todos;

Or. en

Enmienda 229Fabienne Keller, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 11 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

11 bis Subraya que la calidad y la cantidad de información facilitada a los solicitantes durante los procedimientos de Dublín dista mucho de ser satisfactoria, varía significativamente entre los países y, en algunos casos, dentro de los países; observa que diferentes factores influyen en el respeto del derecho a la información, como la calidad y la claridad de la información, el acceso a un intérprete, la disponibilidad de documentos traducidos y el acceso a la información a su debido tiempo; recuerda que el derecho a la información, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento, es esencial por la naturaleza compleja de los procedimientos de Dublín y garantiza el acceso a un examen justo de una solicitud de asilo en la Unión; subraya que las lagunas en este campo pueden tener relación con la falta de recursos, pero también son consecuencia de elecciones políticas deliberadas en determinados países; pide a los Estados que mejoren la información a los solicitantes de asilo, de modo que sea clara y accesible para todos;

Or. en

Enmienda 230Maria WalshPropuesta de ResoluciónApartado 11 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

11 bis Recuerda a los Estados miembros que la legislación de la Unión les exige que presten asistencia jurídica y faciliten representación a petición de los interesados durante los procedimientos de apelación; observa con preocupación que persisten algunos problemas específicos a nivel nacional, como los centros de asilo

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ES

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remotos que tienen un acceso limitado a representantes alternativos, una remuneración escasa por la asistencia jurídica, una falta de instalaciones adecuadas para la realización de entrevistas preparatorias y privadas, y una asistencia jurídica que no se presta adecuadamente a los solicitantes en los centros de internamiento;

Or. en

Enmienda 231Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 11 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

11 bis Pide a la Comisión que evalúe la política de migración de la Unión, incluidos los factores de empuje y atracción para evitar una sobrecarga del sistema de Dublín; subraya que la Unión debería, como parte de una «Estrategia africana» coherente, reanudar el debate sobre las plataformas de desembarco regionales en ambos lados del Mediterráneo, donde se puede recibir a los solicitantes de asilo con seguridad y evaluar sus solicitudes de una manera eficiente, digna y humana;

Or. en

Enmienda 232Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 11 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

11 bis Pide a los Estados miembros que aumenten los recursos necesarios para que el Reglamento objeto de examen sea

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ES

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operativo, en particular a la dotación de personal dedicado al asilo; pide a la Comisión Europea que incremente los fondos disponibles para la prestación de asistencia jurídica, especialmente financiación destinada a profesionales de la sociedad civil que ofrezcan asistencia jurídica a personas que necesiten protección internacional durante los procedimientos de Dublín;

Or. en

Enmienda 233Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónEpígrafe 4

Propuesta de Resolución Enmienda

Una única solicitud de asilo en Europa Una solicitud «centrada en los derechos» de los acuerdos de Dublín en Europa

Or. en

Enmienda 234Damien CarêmePropuesta de ResoluciónSubapartado 4

Propuesta de Resolución Enmienda

Una única solicitud de asilo en Europa Garantizar una aplicación eficaz a escala de al UE

Or. fr

Enmienda 235Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónEpígrafe 4

Propuesta de Resolución Enmienda

Una única solicitud de asilo en Europa Una solicitud de asilo «centrada en los derechos» en Europa

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ES

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Or. en

Enmienda 236Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 12

Propuesta de Resolución Enmienda

12. Subraya que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión dista mucho de haberse respetado, lo que contraviene el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen; considera que las autoridades nacionales competentes deben compartir las informaciones útiles, en una base de datos europea como Eurodac, para acelerar los procedimientos y evitar las solicitudes de asilo múltiples, respetando al mismo tiempo la protección de los datos personales;

12. Está especialmente preocupado por la deficiente aplicación del Reglamento de Dublín, en particular por lo que respecta a la jerarquía de los criterios y al uso de las cláusulas humanitarias y discrecionales, lo que explica en parte los movimientos irregulares de los solicitantes de asilo, debido a que el sistema no tiene en cuenta los vínculos familiares y sociales de los solicitantes con algunos Estados miembros, las preocupaciones relativas a la protección o a la salud en el momento de la atribución de la responsabilidad del examen de una solicitud de asilo a un Estado miembro concreto; considera que, de conformidad con el Considerando 30, el sistema Eurodac, establecido por el Reglamento (UE) n.º 603/2013, debería facilitar la correcta aplicación del Reglamento de Dublín y lamenta que, por el contrario, los hechos demuestren que los Estados miembros ignoran a menudo la jerarquía de los criterios recogidos en el artículo 7 del Reglamento favoreciendo una utilización más automática de los «resultados positivos» de Eurodac para determinar un Estado miembro responsable, sin proceder a una evaluación previa de la aplicabilidad de criterios que deben normalmente ser prioritarios, como la unidad familiar; subraya que esta laguna agrava los fallos en la correcta aplicación del Reglamento de Dublín en su conjunto;

Or. fr

Enmienda 237Annalisa Tardino

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ES

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Propuesta de ResoluciónApartado 12

Propuesta de Resolución Enmienda

12. Subraya que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión dista mucho de haberse respetado, lo que contraviene el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen; considera que las autoridades nacionales competentes deben compartir las informaciones útiles, en una base de datos europea como Eurodac, para acelerar los procedimientos y evitar las solicitudes de asilo múltiples, respetando al mismo tiempo la protección de los datos personales;

12. Considera que las autoridades nacionales competentes deben compartir las informaciones útiles, en una base de datos europea como Eurodac, para acelerar los procedimientos y evitar las solicitudes de asilo múltiples;

Or. en

Enmienda 238Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 12

Propuesta de Resolución Enmienda

12. Subraya que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión dista mucho de haberse respetado, lo que contraviene el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen; considera que las autoridades nacionales competentes deben compartir las informaciones útiles, en una base de datos europea como Eurodac, para acelerar los procedimientos y evitar las solicitudes de asilo múltiples, respetando al mismo tiempo la protección de los datos personales;

12. Subraya que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión dista mucho de haberse respetado, lo que contraviene el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen; considera que las autoridades nacionales competentes deben compartir las informaciones útiles, en una base de datos europea como Eurodac, para acelerar los procedimientos y evitar las solicitudes de asilo múltiples, respetando al mismo tiempo la protección de los datos personales; considera prioritario registrar en el sistema Eurodac a todos los solicitantes y migrantes ilegales que cruzan las fronteras;

Or. pl

Enmienda 239Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar,

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ES

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Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 12

Propuesta de Resolución Enmienda

12. Subraya que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión dista mucho de haberse respetado, lo que contraviene el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen; considera que las autoridades nacionales competentes deben compartir las informaciones útiles, en una base de datos europea como Eurodac, para acelerar los procedimientos y evitar las solicitudes de asilo múltiples, respetando al mismo tiempo la protección de los datos personales;

12. Subraya que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión dista mucho de haberse respetado, lo que contraviene el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen; observa que existen múltiples razones para presentar solicitudes de asilo adicionales;

Or. en

Enmienda 240Emil RadevPropuesta de ResoluciónApartado 12

Propuesta de Resolución Enmienda

12. Subraya que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión dista mucho de haberse respetado, lo que contraviene el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen; considera que las autoridades nacionales competentes deben compartir las informaciones útiles, en una base de datos europea como Eurodac, para acelerar los procedimientos y evitar las solicitudes de asilo múltiples, respetando al mismo tiempo la protección de los datos personales;

12. Subraya que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión dista mucho de haberse respetado, lo que contraviene el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen; considera que las autoridades nacionales competentes deben compartir las informaciones útiles, sobre todo por lo que respecta a la concesión y al rechazo de solicitudes de asilo, en una base de datos europea como Eurodac, para acelerar los procedimientos y evitar las solicitudes de asilo múltiples, respetando al mismo tiempo la protección de los datos personales;

Or. bg

Enmienda 241Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 12

Propuesta de Resolución Enmienda

12. Subraya que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión dista mucho de haberse respetado, lo que contraviene el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen; considera que las autoridades nacionales competentes deben compartir las informaciones útiles, en una base de datos europea como Eurodac, para acelerar los procedimientos y evitar las solicitudes de asilo múltiples, respetando al mismo tiempo la protección de los datos personales;

12. Observa que el principio de una única solicitud de asilo en la Unión, que era el objetivo mismo del Reglamento objeto de examen, lo obstaculizan varios factores, entre ellos las pésimas condiciones de acogida en numerosos Estados miembros de primera llegada debido al hacinamiento, unos procedimientos de reagrupación familiar prolongados y fallidos, la xenofobia en los países de llegada y las deficiencias en los procedimientos de asilo en algunos países;

Or. en

Enmienda 242Patryk JakiPropuesta de ResoluciónApartado 13

Propuesta de Resolución Enmienda

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

suprimido

Or. pl

Enmienda 243Damien Carême, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 13

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ES

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Propuesta de Resolución Enmienda

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

suprimido

Or. fr

Enmienda 244Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 13

Propuesta de Resolución Enmienda

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

suprimido

Or. en

Enmienda 245Terry Reintke, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 13

Propuesta de Resolución Enmienda

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ES

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13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

suprimido

Or. en

Enmienda 246Laura Ferrara, Sabrina PignedoliPropuesta de resoluciónApartado 13

Propuesta de resolución Enmienda

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una armonización de los procedimientos, que incluyan también un listado común de países de origen seguros y un análisis compartido del riesgo-país para determinar si un tercer país se puede considerar seguro, permitiría reducir estas lagunas; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz y que se deben incentivar los mecanismos de retorno voluntario;

Or. it

Enmienda 247Nadine MoranoPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 13

Propuesta de Resolución Enmienda

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo, que, a escala de la Unión, son mayoritarios, es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

Or. fr

Enmienda 248Nadine MoranoPropuesta de ResoluciónApartado 13

Propuesta de Resolución Enmienda

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países y regiones seguros y un análisis compartido del riesgo-país/región o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

Or. fr

Enmienda 249Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel

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ES

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Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 13

Propuesta de Resolución Enmienda

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades, lo que puede contribuir al movimiento incesante; Estima que la consideración de las necesidades individuales del solicitante en los procedimientos de Dublín permitiría reducir los movimientos secundarios; pide la inclusión de un criterio de reubicación en el que se consideren los «vínculos genuinos» con un Estado miembro concreto como un enfoque eficiente para reducir los movimientos secundarios;

Or. en

Enmienda 250Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 13

Propuesta de Resolución Enmienda

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; estima que una lista común de países seguros y un análisis compartido del riesgo-país o, como mínimo, una convergencia, permitirían reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

13. Observa que el porcentaje de protección de los solicitantes de asilo varía considerablemente entre los Estados miembros para determinadas nacionalidades; considera que en las listas nacionales de países seguros debería existir una mayor convergencia, lo que contribuiría a reducir estas lagunas y, así, los movimientos secundarios; hace hincapié en que el retorno efectivo de quienes no pueden optar al asilo es una condición esencial con miras a que el Reglamento objeto de examen sea eficaz;

Or. en

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ES

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Enmienda 251Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 13 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

13 bis Lamenta el bloqueo actual de la reforma de la Directiva sobre retorno por parte del Parlamento Europeo;

Or. en

Enmienda 252Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 14

Propuesta de Resolución Enmienda

14. Considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y agilizar los traslados; propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales, así como una plataforma para el intercambio de información y de las mejores prácticas;

14. Subraya que la red de unidades de Dublín de los Estados miembros que modera la Comisión se reunió tan solo una o dos veces al año y no tenía una función operativa; observa, no obstante, que la Red EASO de Unidades de Dublín ha mostrado una mayor actividad y que la EASO ha llevado a cabo una serie de misiones útiles en apoyo de los Estados miembros para la aplicación del Reglamento de Dublín, como la elaboración de documentos de orientación y análisis, o el despliegue de agentes; considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y agilizar los traslados; propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales, así como una plataforma para el intercambio de información y de las mejores prácticas;

Or. en

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ES

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Enmienda 253Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 14

Propuesta de Resolución Enmienda

14. Considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y agilizar los traslados; propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales, así como una plataforma para el intercambio de información y de las mejores prácticas;

14. Considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo y las encargadas de hacer cumplir la ley, con el fin de compartir información y agilizar los traslados y los retornos;

Or. en

Enmienda 254Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 14

Propuesta de Resolución Enmienda

14. Considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y agilizar los traslados; propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales, así como una plataforma para el intercambio de información y de las mejores prácticas;

14. Considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y agilizar los traslados; propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales, así como una plataforma para el intercambio de información y de las mejores prácticas; observa que el uso no coordinado de las Unidades de Dublín impide que el Reglamento objeto de examen funcione con eficacia;

Or. en

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ES

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Enmienda 255Emil RadevPropuesta de ResoluciónApartado 14

Propuesta de Resolución Enmienda

14. Considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y agilizar los traslados; propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales, así como una plataforma para el intercambio de información y de las mejores prácticas;

14. Considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y agilizar los traslados y, sobre todo, para prevenir abusos, como el asilo a la carta;  propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales, así como una plataforma para el intercambio de información y de las mejores prácticas;

Or. bg

Enmienda 256Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 14

Propuesta de Resolución Enmienda

14. Considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y agilizar los traslados; propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales, así como una plataforma para el intercambio de información y de las mejores prácticas;

14. Alienta una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y armonizar las mejores prácticas; propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales;

Or. fr

Enmienda 257Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 14

Propuesta de Resolución Enmienda

14. Considera que es necesaria una cooperación más estrecha entre las autoridades nacionales de asilo con el fin de compartir información y agilizar los traslados; propone que se otorgue un mandato a la EASO para establecer una gobernanza reforzada sobre la aplicación del Reglamento objeto de examen, incluido un diálogo operativo mensual entre las autoridades nacionales, así como una plataforma para el intercambio de información y de las mejores prácticas;

14. Considera que la coordinación de la cooperación dentro de una sólida red de Dublín, el intercambio de información en las reuniones del Comité de Dublín y la formación organizada periódicamente por la EASO, proporcionan un apoyo eficaz a los expertos en la aplicación adecuada del Reglamento y fomenta el desarrollo de prácticas uniformes en el conjunto de la Unión;

Or. pl

Enmienda 258Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 14 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

14 bis. Invita a la Comisión y a los Estados miembros a incluir, entre las fuentes utilizadas para el control de la aplicación del Reglamento, información fiable y actualizada facilitada por las organizaciones internacionales y no gubernamentales, en particular con miras a identificar posibles prácticas ilegales;

Or. fr

Enmienda 259Patryk JakiPropuesta de ResoluciónApartado 15

Propuesta de Resolución Enmienda

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado;

suprimido

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ES

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considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

Or. pl

Enmienda 260Damien Carême, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 15

Propuesta de Resolución Enmienda

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

suprimido

Or. fr

Enmienda 261Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 15

Propuesta de Resolución Enmienda

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados

suprimido

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ES

Page 121:  · Web viewConsiderando que en los últimos años se observa una nueva e importante tendencia: el aumento del número de solicitudes presentadas por ciudadanos extracomunitarios

miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

Or. en

Enmienda 262Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 15

Propuesta de Resolución Enmienda

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

suprimido

Or. en

Enmienda 263Terry Reintke, Erik MarquardtPropuesta de ResoluciónApartado 15

Propuesta de Resolución Enmienda

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

suprimido

Or. en

Enmienda 264Laura Ferrara, Sabrina Pignedoli

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ES

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Propuesta de resoluciónApartado 15

Propuesta de resolución Enmienda

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de terceros países que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes pueden demostrarse, en estos casos, manifiestamente infundadas y contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo de los Estados miembros, con lo que alargan los plazos de examen de las solicitudes y, en última instancia, menoscaban el derecho a la protección internacional en el seno de la Unión; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

Or. it

Enmienda 265Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 15

Propuesta de Resolución Enmienda

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros una mayor coherencia en las políticas de asilo y de visados, y una evaluación en profundidad de la política de visados de la Unión para reducir el número de solicitudes de asilo infundadas;

Or. en

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ES

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Enmienda 266Emil RadevPropuesta de ResoluciónApartado 15

Propuesta de Resolución Enmienda

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados, teniendo en cuenta la naturaleza específica del país de que se trate;

Or. bg

Enmienda 267Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 15

Propuesta de Resolución Enmienda

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

15. Observa que alrededor de dos tercios de las solicitudes de asilo conciernen a nacionales de países seguros, que han llegado a la Unión con un visado o una exención de visado; considera que estas solicitudes manifiestamente infundadas, y especialmente las apelaciones, contribuyen a la sobrecarga de los sistemas de asilo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la coherencia entre las políticas de asilo y de visados;

Or. en

Enmienda 268Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 15 bis (nuevo)

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ES

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Propuesta de Resolución Enmienda

15 bis. Recuerda que las solicitudes manifiestamente infundadas generan una carga financiera y administrativa que perjudica especialmente a los Estados miembros de primera llegada;

Or. en

Enmienda 269Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 15 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

15 ter Observa que los sistemas de asilo son vulnerables a los fraudes y que se necesitan medidas adicionales que garanticen que los recursos financieros y humanos se asignan para la protección internacional de los ciudadanos extracomunitarios que verdaderamente la necesiten;

Or. en

Enmienda 270Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 15 quater (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

15 quater Expresa su preocupación por los intentos de falsificación y engaño sobre la edad de los solicitantes de asilo;

Or. en

Enmienda 271Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 16

Propuesta de Resolución Enmienda

16. Propone que se refuerce el papel suprimido

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ES

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de la EASO a la hora de analizar los flujos y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo;

Or. en

Enmienda 272Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 16

Propuesta de Resolución Enmienda

16. Propone que se refuerce el papel de la EASO a la hora de analizar los flujos y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo;

suprimido

Or. fr

Enmienda 273Patryk JakiPropuesta de ResoluciónApartado 16

Propuesta de Resolución Enmienda

16. Propone que se refuerce el papel de la EASO a la hora de analizar los flujos y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo;

suprimido

Or. pl

Enmienda 274Patryk Jaki, Joachim Stanisław Brudziński, Jadwiga WiśniewskaPropuesta de ResoluciónApartado 16

Propuesta de Resolución Enmienda

16. Propone que se refuerce el papel de la EASO a la hora de analizar los flujos

16. Subraya la necesidad de desarrollar la cooperación entre las

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ES

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y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo;

agencias de la EASO, Frontex, Europol y eu-LISA a la hora de analizar los flujos y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo;

Or. pl

Enmienda 275Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 16

Propuesta de Resolución Enmienda

16. Propone que se refuerce el papel de la EASO a la hora de analizar los flujos y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo;

16. Propone que se refuerce el papel de la EASO a la hora de analizar los flujos y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo, y conseguir que el Reglamento objeto de examen sea más eficaz;

Or. en

Enmienda 276Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 16

Propuesta de Resolución Enmienda

16. Propone que se refuerce el papel de la EASO a la hora de analizar los flujos y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo;

16. Propone que se refuerce el papel de la EASO en el apoyo a los Estados miembros con respecto a la aplicación del Reglamento objeto de examen;

Or. en

Enmienda 277Annalisa TardinoPropuesta de ResoluciónApartado 16

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ES

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Propuesta de Resolución Enmienda

16. Propone que se refuerce el papel de la EASO a la hora de analizar los flujos y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo;

16. Propone que se asigne un papel a la EASO a la hora de analizar los flujos y las rutas de los solicitantes de asilo, a fin de anticipar y comprender mejor las presiones sobre los sistemas de asilo;

Or. en

Enmienda 278Terry Reintke, Maria Walsh, Erik Marquardt, Abir Al-Sahlani, Olivier ChastelPropuesta de ResoluciónApartado 16 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

16 bis. Pide a la EASO que garantice la integridad de la información del país de origen, que se debe actualizar periódicamente para reflejar la realidad; observa que se debe prestar una atención especial a los grupos más vulnerables reflejados en los documentos de información del país de origen; observa que, en determinados casos, las solicitudes de asilo de personas LGBTI no se aceptan debido a que proceden de un país considerado «seguro», si bien el solicitante puede ser objeto de discriminación o violencia; recuerda que no se debe denegar el asilo a los solicitantes basándose en que la información del país de origen es obsoleta o no está completa.

Or. en

Enmienda 279Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 17

Propuesta de Resolución Enmienda

17. Anima a la Comisión y al Consejo a que trabajen en pro de la convergencia de los acuerdos bilaterales entre los Estados miembros y con terceros países a

suprimido

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ES

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fin de optimizar la aplicación del Reglamento objeto de examen;

Or. en

Enmienda 280Patryk JakiPropuesta de ResoluciónApartado 17

Propuesta de Resolución Enmienda

17. Anima a la Comisión y al Consejo a que trabajen en pro de la convergencia de los acuerdos bilaterales entre los Estados miembros y con terceros países a fin de optimizar la aplicación del Reglamento objeto de examen;

suprimido

Or. pl

Enmienda 281Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 17

Propuesta de Resolución Enmienda

17. Anima a la Comisión y al Consejo a que trabajen en pro de la convergencia de los acuerdos bilaterales entre los Estados miembros y con terceros países a fin de optimizar la aplicación del Reglamento objeto de examen;

17. Observa que se han celebrado acuerdos bilaterales entre Estados miembros para mejorar la eficacia de los procedimientos de Dublín o garantizar el traslado de los solicitantes de asilo; anima a la Comisión y al Consejo a que trabajen en pro de la convergencia de los acuerdos bilaterales entre los Estados miembros y con terceros países a fin de optimizar la aplicación del Reglamento objeto de examen;

Or. en

Enmienda 282Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de Resolución

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ES

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Apartado 17

Propuesta de Resolución Enmienda

17. Anima a la Comisión y al Consejo a que trabajen en pro de la convergencia de los acuerdos bilaterales entre los Estados miembros y con terceros países a fin de optimizar la aplicación del Reglamento objeto de examen;

17. Anima a la Comisión y al Consejo a que trabajen en pro de la convergencia en la aplicación del Reglamento objeto de examen haciendo un balance de los elementos que contribuyen a una mayor eficacia y al cumplimiento de la legislación sobre derechos humanos;

Or. en

Enmienda 283Damien CarêmePropuesta de ResoluciónApartado 17

Propuesta de Resolución Enmienda

17. Anima a la Comisión y al Consejo a que trabajen en pro de la convergencia de los acuerdos bilaterales entre los Estados miembros y con terceros países a fin de optimizar la aplicación del Reglamento objeto de examen;

17. Anima a la Comisión y a los Estados miembros a que tomen medidas a fin de optimizar la aplicación efectiva del Reglamento Dublín III y de las garantías asociadas al mismo;

Or. fr

Enmienda 284Fabienne Keller, Sophia in 't Veld, Malik Azmani, Hilde Vautmans, Olivier Chastel, Abir Al-Sahlani, Jan-Christoph Oetjen, Nathalie LoiseauPropuesta de ResoluciónApartado 17 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

17 bis Considera que la aplicación del Reglamento objeto de examen no es eficaz, dado que no se logran los objetivos principales, es decir, la determinación rápida y justa de los Estados miembros responsables de una solicitud de protección internacional; recuerda que se han identificado importantes lagunas de aplicación en una serie de disposiciones de Dublín; subraya que el Reglamento es enormemente ineficaz en lo que respecta

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al coste de aplicación, en comparación con la eficacia del Reglamento;

Or. en

Enmienda 285Tomas Tobé, Lena Düpont, Jeroen Lenaers, Paulo Rangelen nombre del Grupo PPEPropuesta de ResoluciónApartado 17 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

17 bis Subraya la importancia de que los Estados miembros elaboren planes de medidas preventivas, con el apoyo y la coordinación de la Comisión, que incluirán acuerdos bilaterales con terceros países como parte de las herramientas destinadas a abordar la presión concreta ejercida sobre el sistema de asilo de un Estado miembro, permitiendo una mejor preparación en el caso de una posible situación de crisis de asilo;

Or. en

Enmienda 286Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 17 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

17 bis Insta al Consejo a que determine una solución sostenible y tome las medidas necesarias para adoptar una posición sobre el Reglamento de Dublín refundido por mayoría cualificada;

Or. en

Enmienda 287Pietro Bartolo, Birgit Sippel, Sylvie Guillaume, Tudor Ciuhodaru, Petar Vitanov, Sylwia Spurek, Bettina Vollath, Elena Yoncheva, Raphaël Glucksmann, Dietmar Köster, Isabel

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Santos, Javier Moreno Sánchez, Domènec Ruiz Devesa, Juan Fernando López Aguilar, Caterina Chinnici, Giuliano Pisapia, Franco RobertiPropuesta de ResoluciónApartado 17 ter (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

17 ter Propone que un sistema de asignación más equitativo sea prioritario en cualquier reforma del sistema de Dublín, manteniendo la protección de los derechos fundamentales de los solicitantes en el eje del funcionamiento del mecanismo de solidaridad;

Or. en

Enmienda 288Charlie WeimersPropuesta de ResoluciónApartado 18

Propuesta de Resolución Enmienda

18. Lamenta que la Comisión todavía no haya publicado su informe de evaluación previsto en el artículo 46; pide a la Comisión que garantice una aplicación más eficaz del Reglamento objeto de examen;

18. Pide a la Comisión que garantice una aplicación más eficaz del Reglamento objeto de examen;

Or. en

Enmienda 289Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 18

Propuesta de Resolución Enmienda

18. Lamenta que la Comisión todavía no haya publicado su informe de evaluación previsto en el artículo 46; pide a la Comisión que garantice una aplicación más eficaz del Reglamento objeto de examen;

18. Lamenta que la Comisión todavía no haya publicado su informe de evaluación previsto en el artículo 46; pide a la Comisión que se evite aplicar el Reglamento objeto de examen de una manera ineficaz, costosa o ilógica;

Or. en

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Enmienda 290Cornelia Ernst, Konstantinos Arvanitis, Pernando Barrena ArzaPropuesta de ResoluciónApartado 18 bis (nuevo)

Propuesta de Resolución Enmienda

18 bis Pide a la Comisión Europea y a los Estados miembros que consulten a las organizaciones no gubernamentales, que incluyen a las organizaciones de migrantes y refugiados que representan a las personas sujetas al Reglamento objeto de examen;

Or. en

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