violencia domÉstica en el lugar de...
TRANSCRIPT
VIOLENCIA DOMÉSTICA EN EL LUGAR DE EMPLEO
RECINTO CIENCIAS MÉDICAS
DECANATO DE ADMINISTRACIÓN
OFICINA DE SEGURIDAD
11 de Febrero 2014Por: William Figueroa Torres
Director de Seguridad
Recinto Ciencias Médicas
¿Que es violencia doméstica?
La violencia doméstica es un patrón de
comportamiento en el cual la pareja o ex
pareja utiliza la violencia sexual, la
intimidación, violencia física, amenazas,
aislamiento, o abuso emocional o
económico para controlar a su pareja.
FUNDAMENTO
La violencia doméstica representa un serio problema ennuestro país. Anualmente miles de mujeres solicitanórdenes de protección y recurren a remedios en el áreacriminal para responder al maltrato que reciben de susparejas.
Decenas de mujeres mueren anualmente a manos de susparejas al extremo de que la violencia doméstica es laprimera causa de muerte violenta en la poblaciónfemenina de Puerto Rico.
Los números de la División de Estadísticasde la Policía de Puerto Rico reflejandurante el período del 1 de enero al 15 dediciembre de 2004, un total de 59asesinatos en los cuáles la víctima fue unamujer. De ese total, 27 se debieron al delitode la violencia doméstica.
Estadísticas de la Policía de Puerto Rico
De otro lado, las manifestaciones y efectos delmaltrato contra la pareja trascienden el espacio“doméstico” o privado del hogar. Anualmenteocurren decenas de actos de violencia domésticaen los espacios de trabajo.
Durante el período de enero de 2002 y agosto de2004, se reportaron 526 incidentes de violenciadoméstica que sucedieron en el área de trabajosegún los datos de la División de Estadísticas de la
Policía de Puerto Rico.
Algunas estadísticas señalan que del total de mujeresque son maltratadas en el trabajo, el 74 por ciento sonacosadas por sus esposos y novios.
Estos eventos incluyen entre otros: Perseguir la persona en los alrededores del área de
trabajo Acecharla con su presencia en lugares cercanos Mediante llamadas telefónicas Comunicaciones por fax Correo electrónico o cartas Así como agresiones al momento de salir o antes de
entrar al trabajo.
9 de abril 2008 Aída Otero Cuevas fue sacada muerta del Hospital del Maestro, a donde llegó su ex compañero armado con un cuchillo.
Cuando la violencia doméstica meacompaña al trabajo
Incidencia de Violencia Doméstica en Puerto Rico
Año 1990-2012
Total de Mujeres Asesinadas
1990 21 2000 32 2010 181 1991 39 2001 23 2011 262 1992 26 2002 18 2012 213 1993 42 2003 25 TOTAL 656 1994 30 2004 31 1995 38 2005 18 1996 34 2006 21 1997 27 2007 16 1998 30 2008 26 1999 27 2009 17 TOTAL 314 TOTAL 227
¿Que hace el patrono para atender este problemaɁ
Los patronos tienen la responsabilidad detrabajar procedimientos específicos paramanejar apropiadamente las situacionesrelacionadas a la violencia doméstica en sulugar de trabajo.
Entre las medidas que ha establecido elgobierno de Puerto Rico se encuentra laexigencia de desarrollar protocolos en loscentros de trabajo que ayuden a manejarefectivamente las situaciones de violenciadoméstica que puedan surgir.
Algunos de los efectos de la violencia doméstica en el lugar de trabajo son:
Aumentan las ausencias y tardanzas de lavíctima de violencia doméstica.
La víctima puede presentar pobre concentracióny disminuir la calidad de su trabajo.
La productividad de la víctima y demásempleados se afecta por el stress emocional ylaboral que genera la situación de violencia.
Provoca situaciones de riesgo para la seguridaddel personal y visitantes del lugar de trabajo.
Aumenta los gastos del patrono por los serviciosde salud, daños a la propiedad y publicidadadversa del centro de empleo.
Algunas de las razones por las que una víctima
de violencia doméstica guarda silencio en su
lugar de trabajo están asociadas a:
El temor a la pérdida del empleo.
Pensar que es un problema personal queno debe llevarse a su empleo.
Por miedo al rechazo y la incomprensiónde parte de sus compañeros de trabajo.
Por pensar que no la entenderán y serájuzgada.
Conductas que se observan en las víctimas de violencia doméstica en el trabajo:
Moretones o heridas inexplicables que muchas vecesse disimulan con maquillaje, gafas o ropa de mangaslargas.
Ansiedad, depresión o intranquilidad, después dellamadas o visitas inesperadas de su pareja o expareja.
Problemas de concentración y uso frecuente detranquilizantes u otros medicamentos.
Poco acceso al dinero familiar para cubrir susnecesidades.
Ausencias y tardanzas frecuentes.
Solicitudes repentinas para cambios de área detrabajo.
Aislamiento de compañeros de trabajo y eventossociales.
Cómo se puede identificar en el trabajo a una persona maltratante?
Las personas maltratantes llaman, visitan omerodean el trabajo de la víctima sinautorización.
Tratan de burlar la seguridad y se alteran si se leniega el acceso.
Vigilan a la víctima y preguntan sobre ella a loscompañeros de trabajo.
También pueden expresarse de forma despectivade la víctima ante sus supervisores poniendo enriesgo su empleo.
Muchas veces actúan violentamente con lavíctima o sus compañeros en el centro detrabajo.
Alternativas de protección que nos provee la ley
La Ley de Seguridad y Salud en elTrabajo, Ley Núm. 16 de 5 deagosto de 1975, dispone que lospatronos deben proveer, a cada una delas personas que emplea, un lugar deempleo libre de riesgos reconocidos queestén causando o que puedan causarmuerte o daño físico a las personas queemplea.
LEY 54
La Ley para la Prevención eIntervención con la ViolenciaDoméstica, Ley Núm. 54 de 15 deagosto de 1989, segúnenmendada, establece la políticapública del Estado Libre Asociadode Puerto Rico con relación a laviolencia doméstica.
Ley Núm. 538 de 30 de septiembre de 2004,
Dispone que en situaciones de violenciadoméstica que ponen en riesgo el lugarde trabajo el patrono puede solicitar,en la sala de investigaciones decualquier tribunal, una orden deprotección a favor de sus empleados,empleadas y visitantes. El patronodeberá notificar a la víctima de suintención de solicitar la orden deprotección pero no necesita de suconsentimiento.
Ley Núm. 217 de 29 de septiembre de 2006
Establece como obligatorio, para elpatrono de la empresa privada o delas agencias gubernamentales elestablecer procedimientos y guías, osea, un protocolo para el manejo delas situaciones de violenciadoméstica en su centro de trabajo.
Ley Núm. 271 de 17 de diciembre de 2006, establece enmienda a la Ley Núm. 100,
Esta Ley prohíbe el discrimen enel empleo. Esta añade que no sepuede discriminar contra unapersona por ser víctima deviolencia doméstica, acecho, oagresión sexual.
Responsabilidad patronal ante el protocolo
Atender las situaciones de violenciadoméstica cuando se identifiquen.
Desarrollar un protocolo interno para trabajarcon la violencia doméstica en el centro detrabajo.
Designar una o más personas a cargo delcumplimiento con la política pública sobre elProtocolo para el manejo de situaciones deviolencia doméstica.
El personal deberá estar debidamenteadiestrado para interactuar con las víctimasde manera segura, confidencial y libre deprejuicios.
Continuación:
Divulgar la política pública en contra de laviolencia doméstica en el lugar de trabajode forma clara y específica.
Velar por la seguridad de todas laspersonas en el centro de trabajo.
Asegurarle a las víctimas que no se van atomar medidas que vayan en perjuicio desu empleo por sufrir violencia doméstica.
Proveer a la víctima acceso a losdiferentes recursos de ayuda u orientaciónque estén disponibles.
Continuación:
Respetar la necesidad de confidencialidad dela persona afectada por la violenciadoméstica por tratarse de una situaciónpersonal y emotiva.
El personal de supervisión deberá manejar elasunto con mucha sensibilidad.
Desarrollar un plan de seguridad queresponda a las necesidades particulares de lavíctima.
Ofrecer adiestramiento al personal desupervisión y al personal en general sobre elmanejo de situaciones de violencia domésticaen el centro de trabajo.
Continuación:
Tomar las acciones disciplinariascorrespondientes cuando los actos deviolencia contra la pareja se generan desde ellugar de empleo ya que esto constituye undelito, además de que se pueden estarutilizando recursos de la empresa pararealizarlo.
Garantizar que las políticas administrativas ygerenciales no atenten, revíctimicen odiscriminen contra el empleo de la personaque es víctima de violencia doméstica.
PLAN PREVENTIVO PARA ATENDER CAOS DE LEY 54 Y ACECHO
Se le dará estacionamiento en el bajo Techocerca de la Oficina de Seguridad.
Se le brindará escolta entrada y salida delRecinto.
Se le dará seguimiento de vigilancia área deestacionamiento y periferia del edificio en suárea de trabajo.
Se le solicita el calendario de clases o horariode trabajo, para saber el lugar y hora dondese encuentra para mantener unas rondasefectivas.
Se Orienta sobre las medidas de Seguridad que debe tener dentro y fuera del Recinto.
Cuando salga lleve las llaves de su vehículo en lamano
Observa si hay una persona cerca de tu vehículo oun extraño no te acerque pide ayuda.
No andes sola, trata de andar acompañado.
Cuando busque tu vehículo verifica antes deocuparlo que no este una persona dentro escondida.
No te muevas a lugares solitarios y oscuro.
Cuando estés transitando verifica que no te esténsiguiendo si es así busca un cuartel de la Policíarápido o ayuda inmediata.
Cambia de rutas, busca lugares alternos.
Continuación:
Se evaluará los lugares de trabajoclínicos y área de trabajo paradeterminar riesgo.
Se solicitará una orden de protecciónpara que esta persona desista de esaconducta impropia y sacar decirculación a la persona intervenidafuera del recinto y las determinacionesque emita el Tribunal.
Continuación: Se le solicitará entregar una copia de la
orden de protección a la Policía Estatal enel cuartel donde reside, y otra copia alcuartel que está al lado de la biblioteca.
Si es empleado se le refiere a la Oficina deayuda al empleado y si es estudiante a laDra. María Hernández.
Se le solicitará una foto del individuo y suscaracterística físicas
No te quedes callada(o)
Si usted es víctima de violencia doméstica onecesita mayor información puede comunicarsea los teléfonos (787) 721-7676 o a la línea deorientación (787) 722-2977.
Oficina de Seguridad – 787-767-0475 o Ext1000-1001.
William Figueroa
Director de Seguridad 787-960-4631 [email protected]