violación de la libertad sexual

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VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL Delito que consiste en forzar a otra persona a tener trato carnal contra su voluntad, o con su voluntad cuando el sujeto pasivo es un menor de edad, caso en que se agrava la figura. Siendo una gran gama de situaciones y hechos que acontecen en este delito, la casuística jurisprudencial vinculante originadas por las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia, se han pronunciado en los siguientes tipos de casos y que nuestro Estudio Jurídico tiene pleno conocimiento de los mismos: El solo hecho de estar desnudado frente a una menor en la ejecución de un robo, no evidencia la tentativa de violación sexual. Por falta de uniformidad en la sindicación, no se acredita la responsabilidad por violación sexual, aun existiendo una pericia médica. Las manifestaciones de la agraviada sobre las consecuencias del acto sexual que no se hallen en la pericia, desacreditan su versión incriminatoria. El agresor sexual no puede valerse del supuesto de responsabilidad restringida (Art. 22 del código penal), pero que la menor consienta el acto, no lo exime de responsabilidad. Incurre en tentativa delictiva quien resuelto a la violación sexual inicia la ejecución forzando a la víctima, pero sin lograr el acceso carnal.

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Un Resumen de la Violación a la Libertad Sexual

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Page 1: Violación de La Libertad Sexual

VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL

Delito que consiste en forzar a otra persona a tener trato

carnal contra su voluntad, o con su voluntad cuando el sujeto

pasivo es un menor de edad, caso en que se agrava la figura.

Siendo una gran gama de situaciones y hechos que

acontecen en este delito, la casuística jurisprudencial

vinculante originadas por las Salas Penales de la Corte

Suprema de Justicia, se han pronunciado en los siguientes tipos de casos y

que nuestro Estudio Jurídico tiene pleno conocimiento de los mismos:

El solo hecho de estar desnudado frente a una menor en la ejecución de

un robo, no evidencia la tentativa de violación sexual.

Por falta de uniformidad en la sindicación, no se acredita la

responsabilidad por violación sexual, aun existiendo una pericia médica.

Las manifestaciones de la agraviada sobre las consecuencias del acto

sexual que no se hallen en la pericia, desacreditan su versión

incriminatoria.

El agresor sexual no puede valerse del supuesto de responsabilidad

restringida (Art. 22 del código penal), pero que la menor consienta el

acto, no lo exime de responsabilidad.

Incurre en tentativa delictiva quien resuelto a la violación sexual inicia la

ejecución forzando a la víctima, pero sin lograr el acceso carnal.

Incorporar al proceso una declaración jurada, en la cual la agraviada se

retracta de su denuncia por violación sexual, conlleva un nuevo juicio

oral.

No existe error cultural de quien con violencia y sin consideración atenta

contra la libertad sexual de una menor.

No delinque quien mantiene relaciones sexuales con una menor, sin

saber su edad real, pues averiguar ello, no es usual en nuestra realidad.

La edad de la menor es uno de los elementos del tipo penal sobre los

que puede recaer el error y su desconocimiento libera de

responsabilidad al agente por violación sexual.

Que el certificado médico legal concluya que la agraviada tiene himen

complaciente, no descarta la violación sexual.

Page 2: Violación de La Libertad Sexual

El robo agravado se subsume en la violación sexual en caso de un

concurso ideal de delitos.

Al ser el certificado médico condición sine qua non en los delitos de

violación sexual, su suscripción por un solo perito, exige un nuevo juicio

oral.

No es necesario que se inicie el contacto directo ni que se despoje de la

vestimenta de la víctima, para configurar la tentativa de violación sexual.

Ingerir alcohol no elimina la conciencia y voluntad de realizar los

elementos objetivos y subjetivos del tipo penal de violación sexual.

El hecho de que los padres consientan las relaciones sexuales de una

menor no enerva la responsabilidad penal del acusado, pues dicho

consentimiento de la víctima no es relevante.

Que los padres hayan consentido la convivencia de la menor violada con

el agente, permite disminuir la pena por el principio de proporcionalidad

SEDUCCIÓN En la seducción, el engaño no es conseguir el consentimiento de la

víctima, sino facilitar la práctica sexual a través del error.

ACTOS CONTRARIOS AL PUDOR No hay actos contra el pudor sino tentativa de violación, si se realizan

tocamientos indebidos a una menor y no se logra violarla sexualmente.

En los actos contra el pudor se protege la incapacidad del menor para

entender la naturaleza y consecuencias de los tocamientos impúdicos o

libidinosos sobre las partes íntimas.

Tienen un contenido sexual patente, las caricias en partes íntimas, más

allá de que se lleven a cabo con las manos y no se desnude a la

agraviada.