venadillo ie otoniel guzman manual de convivencia 2014

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA OTONIEL GUZMÁN 2014-2015 PACTO DE CONVIVENCIA POR UNA GENERACION MEJOR. PAZ, EDUCACION Y TRABAJO

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA OTONIEL GUZMÁN

2014-2015

PACTO DE CONVIVENCIA

POR UNA GENERACION MEJOR. PAZ, EDUCACION Y TRABAJO

IDENTIFICACIÓN

Nombre: INSTITUCION EDUCATIVA OTONIEL GUZMANDirección Postal: Núcleo Educativo- Alcaldía Municipal de VenadilloEmail: [email protected]úcleo de desarrollo Educativo No. 075Corregimiento: MalabarMunicipio: VenadilloDepartamento: TolimaNivel: Preescolar, Básica y MediaModalidad: Académico.Naturaleza: OficialCarácter: MixtoCalendario: AJornada: MañanaDistribución Diario del Tiempo Escolar:

Preescolar: De 7:15 a.m. A 11:30 a.m.Básica Primaria: De 7:15 a 12:35 a.m.Básica Secundaria: De 7:15 a.m. A 1:15 a. m.Básica Media: De 7:15 a.m. A 1:15a.m.

Establecimiento Educativo de Educación FormalCreación mediante ordenanza No. 040-11-87Reconocimiento Estudios: Resolución No. 1642 de Noviembre 19 de 2009Registro del DANE: No. 273861000253-01, 02,03,04,05,06.NIT: 809008325-1Código Nacional de Pruebas ICFES No. 098103Patente de Sanidad Vigente.

INTRODUCCIÓN

El Proyecto Educativo Institucional, establece como parte fundamental e integrante el Pacto de Convivencia para todos los establecimientos Educativos con el objeto de generar un proceso de cambio y nuevas formas de organización de la Comunidad Educativa. Se pretende con ello trasmitir por el camino de la convivencia, la democracia y la paz, postulados que estarán presentes en todas las actuaciones de los organismos, tanto personales como colegiados.

El Pacto de Convivencia de la INSTITUCION EDUCATIVA OTONIEL GUZMAN reúne los principios y procedimientos básicos que regulan los diferentes estamentos y planteamientos pedagógicos para la administración de la Comunidad Educativa,. Buscando el mejoramiento del entorno con la ayuda de políticas y las legislaciones vigentes en el comportamiento profesional de lograr un cambio significativo.

MARCO LEGAL

Esta propuesta interpreta el espíritu de la legislación educativa consagrados en la Constitución Política, Ley 115, Decreto 1290 y la Ley de la Infancia y Adolescencia Ley 1098 de Noviembre de 2006, y ley 1620 de marzo 15 de 2013 y otras legislaciones vigentes y demás fundamentos institucionales, para hacer realidad la educación en la práctica democrática y propiciar una verdadera participación de los educandos docentes y padres de familia, donde puedan actuar con voz y voto en los diferentes niveles jerárquicos y resolver situaciones escolares.

JUSTIFICACIÓN

En la INSTITUCION EDUCATIVA OTONIEL GUZMAN, se impartirá una educación que conduzca a la formación integral del hombre, capaz de resolver y enfrentar los problemas de la cotidianidad, presentando soluciones a los mismos, sin evadirlos, con valor civil y social.

La formación teórica y práctica, buscará que los estudiantes adquieran y afiancen sus conocimientos y convicciones, dentro del respeto por la libertad de cultos y de enseñanza, de expresión y de investigación dentro del más estricto respeto por la autonomía personal; dentro de la formación humana la Institución busca capacitar a los estudiantes con elementos básicos académicos que le permitan desempeñarse eficientemente.

El proceso educativo apunta a la formación integral del individuo en los contextos: Familiar, Institucional laboral y social, lo cual significa que el bien individual no es un valor absoluto sino que debe ir en función del bien común. La Disciplina estará orientada a contribuir al crecimiento personal del estudiante, fomentando sus aportes positivos y ayudándole a superar todo

aquello que perjudique su formación personal y el buen funcionamiento de la Institución. Se concibe la Institución como un patrimonio que nos pertenece, como algo propio, que hay que defender y que estamos en el deber de preservar, apoyar y cuidar.

MISIÓN

Forjar hombres y mujeres sin distingo de origen, raza, credo, condición social y/o convicción política, siendo personas responsables, honestas, respetuosas con una sólida escala de valores; lideres firmes de carácter que con su ejercicio fortalezcan la democracia y la ciudadanía bajo los principios de la unión y la solidaridad. Para que a través de su desempeño y competencias, demuestren en la sociedad, sus conocimientos enriquecidos en la Institución. Por medio de esta misión la institución pretende incentivar a la Comunidad Educativa, para lograr que sus egresados sean personas productivas en el campo intelectual, de la ciencia y la tecnología; de la misma manera, responsables para desempeñarse en el ámbito laboral.

VISION

La institución Educativa Otoniel Guzmán se proyecta como una entidad con enfoque inclusivo, líder a nivel Rural, Municipal y Departamental en la formación de bachilleres con competencias fundamentales en las áreas básicas y manejo de TICS, direccionando a sus egresados hacia un horizonte de trabajo amplio, que les permita asumir el futuro con idoneidad, lo anterior a partir de la implementación de una pedagogía dialogante que interrelacione el ser, el saber y el hacer.

PROYECCIÓN

La Institución Educativa Otoniel Guzmán, es de carácter oficial y ofrece a los estudiantes una formación Académica. Con proyección a una Educación en competencias básicas. Con conocimientos que le permitan desempeñarse en ámbitos laborales diversos. Además imparte una educación que conduce a la formación integral con disposición hacia el crecimiento personal y permanente.

PERFIL DEL ESTUDIANTE

La institución pretende formar estudiantes con sentido humanístico, que aporten a la defensa conservación y recuperación de los recursos naturales y los bienes de su vereda y corregimiento como patrimonio de su región y municipio, personas capaces de poner en practica con ética y honestidad las competencias y conocimientos adquiridos, con el fin de apoyar el mejoramiento de sus condiciones, las de su familia y su comunidad, hombres y

mujeres constructores de paz, justicia y equidad, con un comportamiento incluyente, ético y honesto frente a los retos planteados por una sociedad cambiante como la colombiana, donde el respeto por los derechos humanos y los principios constitucionales son el fundamento de la educación.

En este sentido los bachilleres egresados de la institución serán personas capacitadas para desempeñar cargos que requieran el manejo de competencias básicas y TICS, utilizando los principales productos de la tecnología moderna en beneficio propio y el de su comunidad, empleando así diferentes sistemas de comunicación en forma eficiente y con sentido crítico y poniendo en práctica en su quehacer los conocimientos básicos en todas las áreas del saber, como parte de sus capacidades generales y como herramientas para acceder a la educación superior, el mundo laboral y el trabajo del campo.

OBJETIVOS

Generales:1. Orientar a la comunidad educativa hacia una convivencia social a través de la práctica de valores comunitarios y hacia una integración del ambiente en que se vive.2. Desarrollar en la comunidad educativa la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía los derechos y los compromisos adquiridos.3. Fomentar prácticas democráticas de principios y valores de participación y organización ciudadana.4. Fomentar una sólida formación ética y humanística alrededor de la práctica de los derechos humanos.5. Diseñar mecanismos para la superación, el control y la evaluación de todas las actividades curriculares, con la finalidad de asegurar la calidad educativa, la participación de los estudiantes en el gobierno escolar y el desarrollo de los procesos educativos.

Específicos: Fomentar el libre desarrollo de la personalidad. Participar activamente en la transformación de la comunidad educativa. Fomentar la auto-reflexión formando su individualidad, ejerciendo sus

derechos y disfrutando del verdadero sentido de libertad. Entender al individuo como ser social a través del conjunto de ideas,

valores, sentimientos y prácticas de su contexto social. Apropiar críticamente: Creencias culturales, saberes, técnicas;

organización: económica, social institucional; costumbres y valores. Apropiarse plenamente de sus derechos y deberes. Participar en la organización y ejecución de las actividades

programadas. Incentivar la integración de todos los estamentos de la Institución para

alcanzar las metas del servicio educativo. Cumplir y hacer cumplir lo determinado en este Pacto de Convivencia.

ADOPCION Y PROMULGACION DEL PACTO DE CONVIVENCIA

LA INSTITUCION EDUCATIVA OTONIEL GUZMAN EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, JUNTO CON EL CONSEJO DIRECTIVO Y,

Considerando:

Que la Ley 115 de 1994 en su Articulo 87 consagra que los “Establecimientos Educativos tendrán un Reglamento o pacto de Convivencia en la cual definen los derechos y deberes de los estudiantes”. Que es un deber de los Directivos del plantel establecer normas claras y precisas sobre las funciones básicas que deben desempeñar los estudiantes, que se vinculan al establecimiento con el fin de procurar el entendimiento mutuo, las relaciones armónicas y el bienestar de los estudiantes en la interacción con los demás estamentos institucionales.

Que el conjunto de normas pertenecientes al desempeño de las funciones de los estudiantes se deben establecer en el Manual denominado Reglamento o Pacto de Convivencia.

RESUELVE MEDIANTE EL ACUERDO No__________________, el Consejo Directivo de la Institución Educativa Otoniel Guzmán determino

Articulo 1.Adoptar como reglamento o Pacto de Convivencia de la Institución de la Vereda Malabar el Presente Pacto, el cual tendrá vigencia durante los años siguientes hasta que la comunidad educativa del colegio o autoridades educativas recomienden su reforma parcial o total.

Artículo 2. La Institución Educativa Otoniel Guzmán del corregimiento Malabar es una comunidad de derecho oficial, sin ánimo de lucro, y aprobada mediante Resolución Numero_______________El presente Pacto de Convivencia contiene diez (11) capítulos que versan sobre los siguientes temas:

Capítulo I Disposiciones generales de las admisiones y Matriculas. Capítulo II Derechos y Deberes de los Estudiantes. Capítulo III Estímulos y prohibiciones. Capítulo IV Situaciones tipo I, II y III, correctivos, formativos y sanciones.Capítulo V Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y Protocolo

de informe y seguimiento. Capítulo VI Criterios de Evaluación y Promoción.Capítulo VII Derechos, Deberes y Prohibiciones a los docentes.Capítulo VIII Derechos y Deberes de los Padres de Familia.Capítulo IX De la organización y buen uso de la Tienda Escolar.Capítulo X Organismo de Apoyo.Capítulo XI Gobierno Escolar.

Artículo 3.Promulgar el presente Pacto de Convivencia a partir de la fecha.

PARAGRAFO:El presente Pacto de Convivencia podrá ser modificado y adoptado a las condiciones cambiantes de acuerdo a las normas vigentes, siguiendo el debido proceso establecido en el Decreto 1860, cuyas modificaciones regirán a partir de la aprobación por parte del consejo Directivo.

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES DE LAS ADMISIONES Y MATRICULAS

ARTÍCULO 1:Requisitos para ser estudiante del plantel

l. Llenar los requisitos de Ley necesarios para la matricula académica en cada año escolar.

2. Sufragar los costos Educativos, concertados en Asamblea general de padres de familia y aprobados por el Consejo Directivo.

3. Estar representados por los Padres de Familia y/o por acudientes debidamente autorizados por él, quienes deberán comprometerse a asistir a las reuniones o Citaciones que se les requiera.

4. Conocer y cumplir lo establecido en el Pacto de Convivencia y Manuales de Procedimiento de la Institución.

ARTÍCULO 2: Requisitos de matrícula estudiantes nuevos

Registro civil de nacimiento. Tres fotos recientes, tamaño 3x4 a color. Certificación del RH del estudiante. Copia del carné del Sisben, seguro social u otra EPS. Seguro de vida estudiantil. Una carpeta institucional con gancho (para archivar sus documentos)

según ley 594 de julio de 2000. Certificados de estudio de los años anteriores debidamente

diligenciados, legalizados y correctamente expedidos. Fotocopia de Documento de Identidad (cédula o tarjeta). Acta de compromiso como ciudadano responsable (en caso de ser

mayor de edad). Paz y Salvo del Colegio donde cursó el año anterior. Fotocopia del Observador del estudiante.

PARAGRAFO 1: La diligencia de matricula la debe efectuar el padre o acudiente con asistencia del estudiante en la fecha que determine la Institución.

PARAGRAFO 2: Las partes: Estudiante, Padre de Familia o acudiente e Institución Educativa, se comprometen a cumplir con las disposiciones del M.E.N., Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley General de Educación, Manual de Convivencia, Fallos de la Corte Constitucional y demás disposiciones legales vigentes relacionadas con la Educación.

PARAGRAFO 3: El estudiante que inicie o se reintegre al plantel; asumirá por su propia cuenta y riesgo la nivelación y/o recuperación de las asignaturas que el desarrollo curricular exija.

PARAGRAFO 4: Para las estudiantes embarazadas, la institución deja constancia que no se hará responsable de riesgos o costos que esta situación pueda acarrear, las estudiantes deben avisar oportunamente a la dirección, acerca de su estado.

PARAGRAFO 5: Las matriculas ordinarias se cierran una vez iniciadas las labores académicas, las extraordinarias un mes después y autorizadas por la jefatura de Núcleo. Si hay cupos.

PARAGRAFO 6: Las partes se comprometen a cumplir con todo lo reglamentado en este Pacto de Convivencia.

ARTÍCULO 3:Matricula estudiantes antiguos

Paz y salvo de la Institución. Informe final de valoración. Fotocopia de Documento de identidad (Tarjeta de Identidad o Cédula de

Ciudadanía). Seguro de vida estudiantil. 3 fotos tamaño 3x4 a color.

PARÁGRAFO 1: Para los estudiantes antiguos, no se renovara matricula, sin la constancia de Paz y Salvo por todo concepto con las dependencias del plantel.

PARAGRAFO 2: En caso de antecedentes disciplinarios debe firmar un acta de compromiso y la matrícula se renovara lo decida el consejo directivo.

ARTÍCULO 4:Impedimentos y condiciones para ser acudiente

Impedimentos: Ser menor de edad. Tener dificultades en la asistencia al ser requerido. Estudiantes con mayoría de edad no pueden ser acudientes de los otros

compañeros.

Estar vinculado a la institución como funcionario a excepción de padres docentes.

Condiciones: Ser mayor de edad. Estar debidamente autorizado ante notaria por el padre de familia del

estudiante.

ARTÍCULO 5:Causales para la pérdida del cupo en la institución.

Es por decisión del Consejo Directivo y siguiendo el debido proceso al reincidir en situaciones Tipo I y Tipo II así como incurrir en situaciones Tipo III, contra integrantes de la Comunidad Educativa, la institución o la ley.

CAPÍTULO II: DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

ARTÍCULO 6: Derechos de los estudiantes

1. Conocer y adquirir (comprarlo) el Pacto de Convivencia.2. Tener un seguro de vida (comprarlo) 3. A que se le respeten todos sus derechos Constitucionales, Humanos,

Sexuales y Reproductivos. 4. Ser restituido en sus derechos en caso de que le sean violados o

vulnerados.5. Ser atendido por la Ruta de Atención Integral para la Convivencia

Escolar en caso de ser necesario. 6. A la protección de su identidad en caso de que su vida o integridad

corra peligro por haber realizado denuncias o ser víctima de situaciones Tipo II Y III.

7. Ser orientados por profesores competentes, de estructurada personalidad y pedagógicamente bien preparados.

8. Ser atendidos de manera cortés y oportuna por todos los estamentos del plantel.

9. Recibir buen ejemplo de cultura, humanidad, ética y civismo.10.Ser tratado con imparcialidad, sin distinción de raza, religión, origen

social, posición económica, ideas político-filosóficas, respeto y consideración.

11.Exigir puntualidad del profesor en la Institución, aula de clase y recibir los periodos completos.

12.Conocer los planes de estudio, de acuerdo con el PEI.13.Conocer el calendario académico y actividades generales del plantel.14.Presentar y hacer reclamos, sugerencias, solicitudes y formular quejas

con el debido respeto teniendo en cuenta el conducto regular.15.Que se escuche antes de ser sancionado.

16.Cumplir con las normas internas del aseo, conservación y mantenimiento de todas las dependencias de la institución.

17.Utilizar las ayudas educativas con honestidad y responder económicamente por daños comprobados.

18.Que sus trabajos, evaluaciones y otros sean calificados y devueltos en un plazo máximo de 15 días hábiles con sus respectivas correcciones y sugerencias conociendo así la valoración de sus actividades.

19.Ser evaluados de acuerdo a su rendimiento académico y disciplinario.20.Tener la posibilidad de analizar con los docentes los procesos y

dificultades en los procesos enseñanza-aprendizaje. 21.Solicitar revisión de evaluaciones dentro de las 24 horas hábiles.22.Ser informado periódicamente de su rendimiento académico y

disciplinar.23.Su evaluación debe ser integral en varios aspectos según el Decreto

1290 de 2009 24. Presentar justificaciones de sus inasistencias parciales o totales

(plazo 48 horas).25.Que se le expidan documentos (cuando requiera del servicio y este a

paz y salvo con la institución y pago de certificados, constancias). Plazo 10 días hábiles.

26.Participar en toda actividad que la institución programe con dignidad y decoro.

27.Representar la institución en todo evento siempre y cuando su conducta y desempeño académico lo ameriten.

28.Que se le concedan los estímulos estipulados por la institución.29.Que en el observador se anoten aspectos positivos y negativos con los

correctivos necesarios.30.Recibir buena atención, calidad y servicio de todas las dependencias

de la Institución.31.Exigir puntualidad en todo lo que programe la Institución con el debido

respeto.32.Expresar libremente sus ideas a través del periódico escolar, mural,

carteleras y emisora con el debido respeto. 33.Participar en las reformas del PEI, Manual de convivencia y SIEE.34.Recibir talleres de formación personal, espiritual, ética entre otros.35.Ser elegido y a ejercer el voto (con buenos planteamientos para la

institución).36.A que se le conceda el derecho de petición.37.Participar de las nivelaciones que programe la institución.38.Conocer y firmar las anotaciones que se le hagan en los observadores

u otros libros.39.A la libre expresión respetando los derechos del congénere y la

institución.40.Viajar a prácticas académicas y hacer uso del recorrido, guardando

compostura en el carro y los sitios a visitar.41.Ser evaluado en el término de cinco (5) días hábiles cuando presente

excusa justificada por su inasistencia.42.Asistir al acto de graduación con el uniforme reglamentario.43.No participar en ejercicios físicos cuando muestre excusa medica.

44.Permanecer en la institución en toda la jornada de clase y en la respectiva aula.

45.Ser valorado y respetado por todos los miembros de la Comunidad Educativa.

46.Recibir una Formación Integral: Intelectual, ética, espiritual, afectiva, psicofísica que le permita el pleno desarrollo de su persona, para el ejercicio de la democracia, para el uso del tiempo libre y para el aprovechamiento y conservación del medio ambiente.

47.Ser orientado en forma eficiente por sus educadores en el desarrollo de su potencial intelectual y en la construcción del conocimiento.

48.Conocer permanentemente el resultado del proceso de evaluación cualitativa que sus docentes deben llevar a cabo, según lo expresado por las normas reglamentarias y antes de ser procesada la información.

49.Elegir y ser elegido en los organismos establecidos por la Ley para el Gobierno Escolar.

50.Manifestar inquietudes y sugerencias respecto del funcionamiento de la institución, desarrollo del Pacto de Convivencia y del Gobierno Escolar, proceso académico, relaciones entre los miembros de los diferentes estamentos que conforman la Comunidad Educativa.

51.Presentar descargos y ser escuchados, siguiendo el conducto regular, establecido en el presente Pacto.

El conducto regular es el siguiente:1. Dialogo con la persona con la cual se presento la situación.2. Dialogo con el director (a) de grupo o docente de disciplina.3. Dialogo con la familia.4. Dialogo con el rector (a)5. Dialogo con el Consejo Directivo6. Finalmente el jefe de núcleo, secretaría de Educación Municipal o

Departamental.

PARAGRAFO 1. Si se trata de situaciones Tipo II o Tipo III el conducto regular puede ser omitido y según la gravedad del caso este puede ser denunciado ante cualquier docente, directivo docente o la autoridad competente.

PARAGRAFO 2. Derechos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

La Institución Educativa Otoniel Guzmán considerara tener en cuenta los derechos consagrados en el Articulo 36 de la Ley 1098 de 2006, para los efectos de esta ley, la discapacidad se entiende como una limitación física, cognitiva, mental, sensorial o cualquier otra, temporal o permanente de la persona para ejercer una o mas actividades de la vida cotidiana.La Institución Educativa para atender algunos tipos de discapacidades deberá buscar apoyo de tutorías con la secretaria de educación y reportar oportunamente estos casos con el fin de apoyar el proceso de inclusión de los estudiantes.

ARTÍCULO 7: Deberes de los estudiantes:

1. Tener un seguro de vida estudiantil.2. Cumplir con la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 y demás leyes que le

cobijan como menor y mayor de edad. 3. Restituir los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativas

en caso de que incurra en su vulneración o violación.4. Acatar los requerimientos de la ley y las autoridades en caso de ser

necesario. 5. Cumplir, asistir, participar y respetar el desarrollo de las actividades

curriculares y extracurriculares en la institución e informar sobre cualquier anomalía.

6. Permanecer en la institución en horas de clase, solo podrá ausentarse con autorización del profesor de disciplina, y director de grupo.

7. Atender y cumplir respetuosamente las amonestaciones y reflexiones sugeridas por sus superiores.

8. Apoyar y participar en las campañas para mejorar o ampliar las ayudas didácticas, pedagógicas y administrativas buscando el mejoramiento de la institución.

9. Conocer y apropiarse del Pacto de Convivencia de la institución.10.Conservar un buen comportamiento dentro y fuera de la Institución,

respetando los derechos ajenos sin abusar de los propios.11.Portar permanentemente el carné estudiantil. 12.Concertar respetuosamente las amonestaciones y reflexiones sugeridas

por sus superiores.13.Fomentar el sentido de pertenencia con la institución, interesarse y

responsabilizarse de la conservación de la planta física y de la preservación del medio ambiente y otras dependencias.

14.Reparar y cancelar material o económicamente daños causados en la institución.

15.Depositar las basuras en los recipientes destinados para tal fin.16.Aprovechar el tiempo libre de descanso en sana recreación en los

espacios estipulados fuera del salón de clase.17. Acatar los llamados de atención o citaciones de los profesores en lo

referente al incumplimiento de las actividades académicas, disciplinarias, recreativas, culturales y sociales.

18. Respeto a los Símbolos Patrios: Nacionales, Departamentales, Municipales y de la Institución.

19.Cuidar sus respectivas pertenencias, abstenerse de llevar consigo objetos de valor y colaborar en el cuidado de los bienes ajenos. La institución no se responsabiliza por las pérdidas de objetos de valor. ni dinero en efectivo.

20.Participar activa, decidida y solidariamente en todo lo relacionado con la organización estudiantil en las instancias del Gobierno Escolar.

21.Mantener con los compañeros relaciones cordiales, de ayuda y solidaridad que busquen el bien común y social.

22.Utilizar dentro y fuera de las aulas, un lenguaje decente y respetuoso que excluya toda palabra vulgar y ofensiva.

23.Estar provistos de todos los elementos necesarios para el proceso de enseñanza – aprendizaje indispensable para el buen desarrollo de sus actividades curriculares.

24.Presentar en las fechas programados las evaluaciones, trabajos, cuadernos y otros.

25.Ningún estudiante podrá renovar su matricula hasta cuando este a paz y salvo con la institución.

26.Cumplir con el servicio Social obligatorio alumnos de 10 y 11.27.Entrar puntualmente a la institución. Sin importar la hora y teniendo en

cuenta los imprevisto generados por la topografía y las vías de acceso, tan pronto llegue al corregimiento el alumno o alumna debe ingresar inmediatamente al plantel.

CAPÍTULO III: ESTÍMULOS Y PROHIBICIONES

ARTÍCULO 8:Reconocimientos o estímulos:

1. Mención de honor: Al mejor estudiante de cada curso; seleccionado por el director de grado según su promedio académico.

2. Izar el pabellón Tricolor según su rendimiento académico. 3. Reconocimiento publico, individual o grupal, ante comportamientos

positivos, de lo cual quedara constancia escrita en el libro observador del estudiante.

4. Exaltación en el cuadro de honor por periodos y grados.

ARTÍCULO 9: Prohibiciones

1. Cualquier falta estipulada en el Pacto de Convivencia en situaciones Tipo I, II Y III.

2. Las salidas sin justificación de la institución, los retardos y las ausencias reiterados a las clases y/o actos de fin comunitarios.

3. Permanecer en la tienda escolar en horas de clase.4. Ingresar al plantel en horas no hábiles. Caso contrario si algún docente

se responsabiliza.5. Las manifestaciones o exhibiciones sexuales y el acoso sexual dentro o

fuera del plantel.6. Manipular los sitios donde están los controles de la energía y el agua u

otros.7. Tocar el timbre o campana sin autorización.8. Emplear inadecuadamente el servicio de tienda escolar, restaurante

transporte y otros.9. Evadir las clases refugiándose en los baños u otros sitios.10.Subirse al transporte escolar en lugares no pactados y viajar en parrillas

u otras partes que represente peligro para el estudiante.

11.Provocar actos de indisciplina en el transporte escolar que pueda lesionar a los alumnos.

12.Anexarle al uniforme accesorios que no le pertenecen. Ni utilizarlo en actividades extracurriculares.

13.Cometer, ni sugerir cualquier clase de fraude en las evaluaciones, trabajo de investigaciones, consultas o participación de deportistas. Alterar firmas o documentos.

14.Obstaculizar el normal desarrollo de las actividades curriculares y extra-curriculares, en las diferentes dependencias de la Institución.

15.Portar, ni fumar sustancias alucinógenas en la Institución.16.Portar o almacenar explosivos, armas de fuego, armas blancas o

cualquier otro elemento dentro de la institución.17.Hacer uso de celulares u otros objetos que interfieran el normal

desarrollo de las clases.18.Reclamar constancias de estudio sin haber entregado la documentación

completa que se solicita al inicio de la matricula.19.Hacer comentarios denigrantes, volantes, carteleras, dibujos y letreros

en paredes, libros, cuadernos; los cuales atenten contra el pudor, honra, y honestidad de los miembros de nuestra comunidad educativa.

CAPITULO IV: SITUACIONES TIPO I, II Y III, CORRECTIVOS, FORMATIVOS Y SANCIONES.

ARTÍCULO 10.

Las faltas o situaciones que afectan el aspecto formativo están tipificadas según la ley 1620 del 15 de marzo de 2013 y se dividen en tres tipos.

1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud, divididas en dos clases: Leves, Graves.

2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

3. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000,

o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

1. Situaciones Tipo l

Leves 1.1. Dejar en desorden el salón de clase.1.2. Mal comportamiento en la cafetería y demás dependencias de

la institución.1.3. Permanecer en zonas diferentes a las destinadas y

autorizadas para el descanso.1.4. Llegar tarde al salón después de los descansos, cambios de

aula u otras actividades.1.5. Arrojar basuras al piso, techo o cualquier dependencia de la

institución.1.6. Inadecuada presentación personal.1.7. Incumplimiento con útiles, textos, tareas, trabajos e

implementos necesarios para el desarrollo de las clases.1.8. Utilizar en el aula objetos ajenos a la clase que interfieran el

normal desarrollo de la misma.1.9. Promover y participar en rechiflas, saboteo y silbatinas.1.10. Entrar o salir de la institución por lugares diferentes a la puerta

principal habilitada para tal fin.1.11. Desacatar citaciones o recomendaciones de la institución.1.12. Dañar intencionalmente jardines, zonas verdes, árboles o

plantas ornamentales.1.13. Rayar o escribir en las paredes, baños pupitres, aulas de

clases y demás dependencias.1.14. Vocabulario soez.1.15. Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia

o representantes las circulares y citaciones que les sean enviadas.

1.16. Y todas las demás que se enmarquen dentro de la definición sobre situaciones Tipo I Leve establecida.

Graves

1.17. La reincidencia en situaciones tipo I Leves. 1.18. Dañar implementos de la institución, objetos de estudio,

puertas, chapas, partes eléctricas, material de trabajo, muros y ornamentación.

1.19. Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y nombre de la institución

1.20. Consumir licor dentro o fuera de la institución en jornada escolar o presentarse bajo estado de alicoramiento o bajo el efecto de sustancias psicoactivas.

1.21. Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de cigarrillos o licores dentro o fuera de la institución.

1.22. Promover y participar en juegos de azar y otros que impliquen apuestas en dinero o especie, dentro de la institución.

1.23. Falsificar, suplantar, cometer fraude en evaluaciones, trabajos o documentos académicos.

1.24. Entrar a la sala de profesores, oficinas administrativas, y demás dependencias sin la debida autorización.

1.25. Permanencia clandestina en la institución al terminar los horarios establecidos.

1.26. Y todas las demás que contravenga la definición sobre situación Tipo I grave establecida.

2. Situaciones tipo II

2.1. Discriminar a otros miembros de la comunidad educativa por diferencias religiosas, raciales o de orientación sexual.

2.2. Agredir verbal o físicamente a un miembro de la comunidad educativa, sin que se presente una incapacidad.

2.3. Las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying) que se presenten de manera repetida o sistemática.

2.4. Promover y participar en peleas dentro o fuera de la institución.

2.5. Y todas las demás que contravenga la definición sobre situaciones Tipo II establecida que causen daño a la salud física o mental sin generar incapacidad.

3. Situaciones tipo III

3.1. Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo es cometer ilícitos.

3.2. Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otros lanzados dentro o fuera del aula o en actividades, donde se presenten con el propósito de causar daños o desorden.

3.3. El hurto de objetos o cualquier pertenencia de la comunidad educativa.

3.4. Cometer extorsión, estafa, fraude, abuso de confianza, defraudaciones, falsedad en documento, usurpación y daño al bien ajeno.

3.5. El concierto para delinquir, amenazas y la instigación o delitos de peligro común que puedan ocasionar grave perjuicio a la institución.

3.6. Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de sustancias psicoactivas u otras que produzcan adicción o dependencia e inducir a otros que lo hagan.

3.7. Atentar contra la libertad, la integridad y la formación sexual.3.8. Cometer actos sexuales abusivos, violación o actos sexuales

diversos sobre personas sin su consentimiento o con personas que se encuentren en estado de incapacidad para resistir.

3.9. Cometer proxenetismo, mendicidad, tráfico de menores y violencia intrafamiliar.

3.10. Y todas las demás que contravenga la definición sobre situaciones tipo III establecidas que causen daños físicos o metales con incapacidad.

PARÁGRAFO 1. Las situaciones Tipo I graves, Tipo II y Tipo III recibirán sanción directa de uno (1) o dos (2) días, así como la cancelación de matrícula según el análisis hecho del historial disciplinario del alumno (a).

PARAGRAFO 2. Dentro de cualquier proceso disciplinario el estudiante tendrá derecho a que se investigue la situación y a realizar descargos.

ARTÍCULO 11: Recomendaciones y formativos para corregir situaciones Tipo I leves y graves.

La orientación escolar debe procurar por todos los medios posibles, evitar que un estudiante sea sancionado; buscando a través del dialogo y la concertación una corrección apropiada.

Los correctivos deben ser entendidos como conductos pedagógicos; definidos y manejados con el debido proceso del profesor, director de grado, sin el ánimo de violar los derechos del menor según la Ley de la Infancia y la Adolescencia, con el fin de formar estudiantes de manera integral.

Entre las recomendaciones para corregir las Faltas podemos citar:1. La Convicción: Generar un espíritu de toma de conciencia sobre sus

errores hacia un cambio de actitud.2. Diálogos permanentes individuales y colectivos según el caso, con sus

respectivos orientadores.3. Diálogos con participación de padres de familia y/o acudiente.4. Conferencias con profesionales (Médico, Psicólogo, y otros que se

estimen convenientes).5. Actividades pedagógicas dirigidas a mejorar o corregir las situaciones y

a restituir los derechos de los afectados.

ARTÍCULO 12: Sanciones

a – Situaciones Tipo I Leves:

1.-Por primera vez: AMONESTACIÓN VERBAL y consignación del hecho en el observador del alumno. Aplicación del ARTÍCULO 11.

Amonestación verbal: es el llamado de atención en forma verbal que se hace al estudiante que ha incurrido por primera vez en alguna acción incorrecta, exhortándolo para que en adelante no cometa la misma falta.

2.- Por segunda vez: AMONESTACIÓN ESCRITA y consignación del hecho en el observador del alumno, por parte del profesor informando por escrito al padre de familia y/o acudiente para realizar la respectiva acta de compromiso. Aplicación del ARTÍCULO 11.

Amonestación escrita: es el llamado por escrito al estudiante que ha Incurrido en forma reiterada en una acción incorrecta.

3.- Por tercera vez: SE CONVIERTE EN SITUACIÓN TIPO I GRAVE y se procede de acuerdo a las sanciones para dichas situaciones, aplicación del ARTÍCULO 10. La nota disciplinaria se afectara a partir del tercer llamado de atención.

b- Situaciones Tipo I Graves:

1.- Por primera vez: CITACION AL PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE, anotación en el observador del Alumno y aplicación de los ARTÍCULOS 10 y 11.

2.- Por segunda vez: MATRICULA EN OBSERVACION, notificación al padre de familia y/o acudiente, anotación en el observador y aplicación del ARTÍCULO 10.

3.- Tercera vez: CANCELACION DE LA MATRICULA y retiro del servicio educativo en esta Institución SEGÚN EL CONCEJO DIRECTIVO.

PARAGRAFO 1. Una situación grave, Cometida por primera vez podrá acarrear la matrícula en observación y/o cancelación según la gravedad de la falta.

PARAGRAFO 2. La cancelación de lo Matricula como sanción a una Falta ya sea leve o grave, ocasionará la pérdida o el derecho de ingresar por segunda vez a la Institución.

PARAGRAFO 3. El estudiante tiene derechos a la doble recurrencia para que su sanción sea estudiada por una segunda estancia, que en casos disciplinario es el Concejo Directivo y el Concejo Académico en pleno.

PARAGRAFO 4. Siempre se deben tener en cuenta las recomendaciones de los ARTÍCULOS 10, 11 y el COMITÉ DE CONVIVENCIA.

c- situaciones tipo II y tipo III:

Por primera vez según sea el caso:

1. CITACION AL PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE, de forma inmediata, anotación en el observador del Alumno, aplicación de los ARTÍCULOS 10 y 11.

2. MATRICULA EN OBSERVACION, notificación al padre de familia y/o

acudiente, anotación en el observador y aplicación de los ARTÍCULOS 10 y 11.

3.- Según se presente la gravedad del caso: CANCELACION INMEDIATA DE LA MATRICULA y retiro del servicio educativo en esta Institución y aplicación del ARTÍCULO 10.

4.- Toda sanción debe incluir un proceso de restitución de derechos de los involucrados y la aplicación del ARTÍCULO 11.

PARAGRAFO 1. Estas situaciones Siempre deben ser valoradas por el COMITÉ DE CONVIVENCIA y debe aplicárseles los ARTÍCULOS 10 y 11.

PARAGRAFO 2. Debe realizarse un seguimiento constante hasta que se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados.

PARAGRAFO 3. Cada uno de estos casos según la necesidad debe generar la movilización de la RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL para la Convivencia Escolar.

PARAGRAFO 4. Cada situación Tipo II y Tipo III debe ser reportada según el Protocolo establecido a los comités: municipal, departamental y nacional de Convivencia Escolar.

CRITERIOS DE SANCIÓN

Un día: Se sancionará al estudiante cuando este incurra en tres (3) situaciones Tipo I leves o una (1) grave o cuando incurra en una (1) situación Tipo II según el caso.

Dos días: Cuando el estudiante reincida en situaciones Tipo I graves o situaciones Tipo II según el caso.

PARAGRAFO 1: Según se presente la gravedad del caso, las situaciones Tipo II y III pueden acarrear la CANCELACION INMEDIATA DE LA MATRICULA y retiro del servicio educativo en esta Institución sin haber pasado por uno o dos días de sanción.

PARAGRAFO 2: En los días que el estudiante se encuentre sancionado deberá asistir a la institución para realizar trabajos comunitarios y pedagógicos que busque resarcir la falta cometida y restituir los derechos vulnerados si es el caso.

PARAGRAFO 3: Hasta que el estudiante cumpla su sanción no podrá retomar sus labores académicas.

PARAGRAFO 4: Cumplida la sanción el estudiante podrá presentar las actividades no realizadas durante este periodo.

CAPÍTULO V: RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y PROTOCOLO DE INFORME Y

SEGUIMIENTO

RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Esta es la ruta que estipula la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 para apoyar el proceso de convivencia escolar y definir los pasos a seguir según las situaciones presentadas en la Institución Educativa Otoniel Guzmán

Situaciones Tipo I

1. Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas.

2. Fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa y acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.

3. Establecer compromisos y hacer seguimientos.

Situaciones Tipo III

1. Brindar atención inmediata en salud física y metal a los afectados.

2. Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieren medidas de restablecimiento de derechos.

3. Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.

4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.

5. Generar espacios para exponer y precisar lo acontecido.

6. Determinar acciones restaurativas para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.

7. El comité escolar de convivencia realizará el análisis del caso y seguimiento de las soluciones.

Situaciones Tipo III

1. Brindar atención inmediata en salud física y metal a los afectados.

2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.

3. informar de la situación a la Policía Nacional (Policía de Infancia y Adolescencia)

4. Citar a los integrantes del Comité Escolar de convivencia y ponerlos en conocimiento del caso.

5. Adoptar las medidas propias para proteger a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.

6. Realizar el reporte al sistema de Información Unificada de Convivencia Escolar.

7. Realizar seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del Comité Municipal, Distrital o Departamental de Convivencia Escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo.

PROTOCOLO DE INFORME Y SEGUIMIENTO

Situaciones Tipo I Graves

Para realizar el informe de una situación Tipo I Grave al COMITÉ DE CONVIVENCIA, se debe tener en cuenta el protocolo estipulado por el decreto 1620 de septiembre 11 de 2013.

La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité de Convivencia Escolar, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del manual de convivencia.

El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, de oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar.

Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo los siguientes postulados:

1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados. 2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos.

3. Se buscarán las alternativas de solución frente a los hechos presentados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones participativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos. 4. Se garantice la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.

Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera de la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaría de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.

Situaciones Tipo II

Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo II, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia. 3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. 4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. 6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. 7. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al siguiente protocolo. 8. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

9. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

PARÁGRAFO. Cuando el Comité de Convivencia Escolar adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto por la ley.

Situaciones Tipo III

Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 3. El presidente del Comité de Convivencia Escolar de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del Comité de Convivencia Escolar en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. 5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el Comité de Convivencia Escolar adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

CAPÍTULO VI: CRITERIOS DE EVALUACION Y PROMOCION

ARTÍCULO 13: Criterios de evaluación y promoción

Criterios de Evaluación AcadémicaLa Institución Educativa OTONIEL GUZMAN; se guía por el sistema de evaluación contemplada en la Ley 115 del Artículo 80, el Decreto 1860, Ley 715 de Dic. 21 de 2001 y Decreto 1290 del 2009 y otras Leyes, Decretos o Normas nuevas que sean promulgadas por el M.E.N.

PARAGRAFO 1. Se aclara que para el proceso de evaluación de los grados de primaria manejada a través de la metodología Escuela nueva la calificación se maneja desde lo establecido por el SIEE de la institución.

PARAGRAFO 2. Los criterios de evaluación de comportamiento serán aplicados dentro de la evaluación del ser, según el decreto 1290 del 2009.

CAPÍTULO VII: DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES A LOS DOCENTES Y OTROS.

Son tomados de la Constitución Nacional, el Decreto 1278 de febrero de 2002 y Ley 734 de Febrero 5 de 2002, Régimen Disciplinario único y la Ley 1620 de marzo 15 de 2013

ARTÍCULO 14: DerechosLos Docentes y Directivos Docentes al servicio del Estado, gozaran de los siguientes derechos:

1. A que se le respeten todos sus Derechos Constitucionales, Humanos, Sexuales y Reproductivos.

2. A vivir libre de acoso, Bullying y Ciberbulling.3. A que se le proteja según la ley si su vida o integridad está en riesgo. 4. Ser atendidos cortés y oportunamente por los demás miembros de la

Comunidad Educativa.5. Ser respetados, valorados y estimulados por todos los miembros de la

comunidad educativa.6. Gozar de un ambiente sano en el sitio de trabajo. Articulo 79 de la

C.P./917. Presentar descargos y ser escuchado en caso necesario.8. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones de acuerdo con

las disposiciones legales.9. Realizar el libre ejercicio de su profesión. Articulo 25 de la C.P. /91.

10.Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para los diferentes organismos establecidos en el PEI.

11.Respeto por la individualidad e intimidad.12.Realizar innovaciones y experiencias pedagógicas.13.Participar en las decisiones institucionales de acuerdo con las normas

legales.14.Recibir la inducción necesaria al ingreso a la institución para

desempeñar cabalmente las funciones.15.Orientar y supervisar el trabajo de los grupos de apoyo.16.Cumplir con las normas vigentes.17.Participar en todas las actividades de la Institución, dentro de la Jornada

laboral.18.Seguir el conducto regular para resolver las situaciones que se

presenten con todos los miembros de la comunidad educativa.19.Recibir capacitación profesional.20.Ser informado oportuna y eficazmente en todo lo concerniente a la

institución a nivel interno y externo.21.Utilizar los recursos materiales, y espacios con que cuenta la institución

para el desarrollo de su labor como docente.22.Ser convocado por el rector(a) de la Institución a reuniones de

profesores para tratar oportunamente situaciones que se presenten y sugerir correctivos cuando fuere necesario.

23.Acceder al conocimiento de los documentos públicos, relacionados con el manejo de la Institución, cuando sea solicitado.

ARTÍCULO 15: Deberes

Además de los deberes establecidos en la Constitución y las Leyes y en especial en el Código Disciplinario Único para los servidores públicos son deberes de los docentes y directivos docentes, los siguientes:

1. Inculcar en los educandos el amor a los valores históricos y culturales. 2. Desempeñar y cumplir las funciones que le competen a su cargo

impartidas por sus superiores.3. Dar un trato cortés a sus compañeros, educandos y compartir sus

tareas con espíritu de solidaridad y unidad de propósitos.4. Cumplir la jornada laboral, dedicar la totalidad del tiempo reglamentario

a las funciones de su cargo.5. Observar una conducta dentro y fuera de la institución acorde con el

decoro y la dignidad de su cargo. 6. Contribuir a la construcción y formación de verdaderas comunidades

educativas bajo los principios de la convivencia, la tolerancia, la diferencia, el respeto mutuo, el consenso y la conciliación ciudadana.

7. Mantener una distancia física y emocional respetuosa con los y las estudiantes.

8. Dar a conocer oportunamente a los estudiantes el plan de trabajo en el área o asignatura (competencias, metodología de trabajo, cantidad de horas, recursos a emplear, criterios de evaluación, etc.).

9. Motiva a los estudiantes a aprender aprendiendo desde sus dificultades.10.Avisar oportunamente las ausencias y justificaciones ante el jefe

inmediato.11.Demostrar y estimular en los alumnos, el sentido de pertenencia a la

Institución.12.Dar cumplimiento a las obligaciones consignadas en el pacto de

Convivencia.13.Respetar los horarios de clase y las programaciones especiales,

asistiendo con puntualidad.14.Hacer cumplir la Ley 1620 de marzo 15 de 2013.

ARTÍCULO 16:Prohibiciones a los docentes (Artículo 35 Ley 734 del 2002 Y Ley 1620 de marzo 15 de 2013).

A todo servidor público le está Prohibido:1. Presentarse a su trabajo en estado de embriaguez.2. Traficar y adulterar documentos públicos.3. El acoso Sexual.4. Presentar escenas bochornosas en Público.5. Retirarse de la Institución sin cumplir la jornada laboral (7:15 a.m. / 1:15 p.m.).6. Utilizar su clase para hacer Proselitismo Político o enviar mensajes de carácter partidario.7. Ridiculizar con palabras, gestos o escritos a los estudiantes, al igual que el maltrato físico, Psicológico y verbal a los estudiantes.8. Cobrar o recibir dineros para costos Educativos. 9. Manipular estudiantes o Padres de Familia para obtener apoyos en causas personales o exclusiva de los docentes.10. Encubrir situaciones Tipo I, Tipo II y Tipo III.11. Revelar la identidad de estudiantes involucrados en situaciones Tipo II y Tipo III.

ARTÍCULO 17: Funciones y deberes para docentes en su turno de disciplina

1. Estar en el Plantel Diez Minutos (10¨) antes del Inicio de la Primera Hora de Clase, abrir y cerrar la institución en caso de carecer de vigilante.2. Revisar el estado de la planta física, abrir y cerrar las instalaciones sanitarias que se encuentran con candado en caso de carecer de vigilante. 3. Hacer los cambios de clase en las horas correspondientes.4. Vigilar y hacer rondas a los estudiantes. 5. Solucionar casos de indisciplina entre estudiantes, radicando la novedad en el observador del alumno o de ser necesario notificarlo al COMITÉ DE CONVIVENCIA.6. Convocar al director de grupo para que se contacte con Padre de Familia y/o acudiente en situaciones especiales.7. Vigilar y dirigir el aseo general del Plantel.

CAPÍTULO VIII DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

El padre de familia y/o acudiente es agente activo del proceso formativo de su hijo (a) y parte primordial de la comunidad Educativa. El principal derecho del padre de familia es escoger el tipo de educación que se quiere para su hijo(a) y lo ejerce al momento de la matricula.El principal deber es continuar en su hogar la labor formativa y la adquisición de valores que la institución infunde en el estudiante.

Los padres de familia y/o acudientes tienen los siguientes derechos y deberes.

Deberes1. Proveer a sus hijos o jóvenes bajo su responsabilidad de los elementos

escolares requeridos (útiles escolares y uniformes).2. Colaborar en las actividades escolares y extraescolares de sus hijos o

jóvenes bajo su responsabilidad.3. Asistir y atender las observaciones de los docentes, y directivos en

forma respetuosa y amable, siguiendo el conducto regular.4. Ser responsables de los cargos que asumen en el Gobierno Escolar.5. Valorar, asumir y fomentar el sentido de pertenencia hacia la institución. 6. Orientar, controlar y supervisar las obligaciones escolares y a la vez el

tiempo libre de sus hijos o jóvenes bajo su responsabilidad. 7. Velar por la permanente asistencia de sus hijos o jóvenes bajo su

responsabilidad a la institución, informando oportunamente la causa de su ausencia, justificando por escrito, el día que regrese a clase.

8. Asistir puntualmente a las reuniones de padres de familia, Escuela de Padres y cuando se solicite su presencia en la Institución.

9. Cumplir y hacer cumplir los compromisos firmados con la institución.10.Presentarse y presentar a su hijo o joven bajo su responsabilidad en

caso de que la ley u organismos estatales plenamente identificados lo requiera para asuntos de convivencia escolares según la Ley 1620 de marzo 15 de 2013.

11.Presentarse ante la ley u organismos estatales plenamente identificados en caso de que sus hijos o jóvenes bajo su responsabilidad sean retenidos por asuntos de convivencia escolar según la Ley 1620 de marzo 15 de 2013.

12.Denunciar situaciones Tipo II y Tipo III según la Ley 1620 de marzo 15 de 2013.

13.Asumir procesos, sanciones o condenas proferidas a sus hijos o jóvenes bajo su responsabilidad por la institución, la ley u organismos estatales plenamente identificados por causas de convivencia escolar según la Ley 1620 de marzo 15 de 2013.

PARAGRAFO. La institución solo atenderá como acudiente a quien haya firmado la matricula.

Derechos1. Recibir periódicamente y oportunamente un informe académico. 2. Recibir con anterioridad las citaciones, circulares e informes sobre

compromisos con el plantel y con sus hijos o jóvenes a su cargo.3. Ser informado inmediatamente si su hijo o joven a su cargo se ve

involucrado en situaciones Tipo I, II y III, o si es requerido por alguna autoridad plenamente identificada debido a estas situaciones de convivencia escolar.

4. Recibir informes sobre procesos iniciados a sus hijos o jóvenes a su cargo, alrededor de situaciones relacionadas con problemas de convivencia según la Ley 1620 de marzo 15 de 2013.

5. A ejercer la patria potestad de sus hijos.6. Expedición oportuna de documentos (10 días hábiles).7. Hacer y conocer el calendario académico y otros; ser parte activa y

responsable de los grupos de apoyo. 8. Recibir de todos las miembros de la comunidad educativa buen trato.9. Participar en los cambios del proyecto PEI., Pacto y otros para el bien,

del plantel.10.Recibir estímulos por buenos aportes que le haga al plantel y la

asistencia a las reuniones y otros.

CAPÍTULO IX: DE LA ORGANIZACIÓN Y BUEN USO DE LA TIENDA ESCOLAR

ARTÍCULO 18:Generalidades:

La Institución gozará del servicio de la Tienda Escolar, el cual será dado a un particular que salga ganador por la mejor propuesta a la Licitación abierta por el Consejo Directivo.

Los precios de los artículos deberán ser por lo menos iguales a las demás ofertas de comercio local.

El Consejo Directivo es autónomo para dar por terminado el contrato de arrendamiento de la Tienda Escolar y convocar a una nueva Licitación.

El encargado o administrador de la Tienda Escolar se llamará en adelante Contratista.

ARTÍCULO 19:Deberes del Contratista de la Tienda Escolar:

1. Cancelar oportunamente y ante quien corresponda el Canon de Arrendamiento del local o caseta donde funciona la Tienda Escolar.

2. Ofrecer un variado surtido fresco y saludable a los usuarios de la Tienda Escolar.

3. Observar normas de higiene en la preparación de las comidas.

4. Usar gorro para recogerse el pelo y tapaboca al igual que una blusa blanca y limpia.

5. Deberá ser atento y observar normas de convivencia.6. Debe mantener una distancia respetuosa con las y los estudiantes y

docentes de la institución. 7. Ser recatado(a) cuando por asuntos de la relación con docentes,

estudiantes y padres de familia se entere de decisiones, acuerdos o convenios que se deben conservar en privado.

Derechos del Contratista de la Tienda Escolar:

1. Asistir a los eventos programados por la Institución.2. Recibir buen trato de docentes, directivas, estudiantes y administrativos. 3. Ser incluida en el listado de Paz y Salvo de final de año para que ningún

estudiante evada la responsabilidad de cancelar la deuda o acreencia.4. Vender artículos escolares variados.

Prohibiciones al Contratista de la Tienda Escolar:

1. Aceptar personas ajenas a la Institución dentro del local o caseta de la Tienda escolar.

2. Vender artículos en horas de clase a los estudiantes.3. Guardar dentro del local o caseta objetos artefactos o herramientas que

no tengan nada que ver con la Tienda Escolar.4. Recibir libros o calculadoras en calidad de empeño por el consumo de

alimentos a los Estudiantes.5. Prestar las llaves de los candados de la puerta de entrada a personas

que no tengan nexos con la Institución.6. Se prohíbe la venta de cigarrillos, bebidas alcohólicas o sustancias

ilegales.

CAPÍTULO X: ORGANISMOS DE APOYO

Organismos de apoyo externo

Los organismos de apoyo externos son determinados por la ley 1620 de marzo 15 de 2013, donde se consigna la necesidad de que las instituciones educativas busquen apoyo en entidades gubernamentales externas para el tratamiento de situaciones complejas que no puedan ser manejadas únicamente por el centro educativo, estas entidades son

Policía Nacional, Responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno municipal, distrital o departamental, Fiscalía General de la Nación Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF -Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, Entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.

ARTÍCULO 20:Restaurante escolar

Generalidades:Los usuarios del restaurante escolar gozarán del servicio que este presta y deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

1. Observar prudencia y compostura al ocupar el espacio dentro del Restaurante.

2. Poner en práctica normas de urbanidad e higiene cuando estén a la mesa.

3. Dejar los platos en el lugar adecuado y no arrojar al piso la comida.4. Si por la mala utilización del restaurante se rompen vasos, posillos,

platos o se extravían cubiertos: deberán reponer o pagar los daños (el estudiante o el padre de familia).

5. Respetar a las señoras que preparan y sirven los alimentos.6. Abandonar la mesa y el recinto tan pronto haya terminado de ingerir los

alimentos.Las personas que atiendan en el restáurate deberán guardar estrictas normas de higiene personas y con los alimentos, seguir las normas de seguridad y mantener una distancia respetuosa con las y los estudiantes.

ARTÍCULO 21:Transporte escolar.

Generalidades:El Transporte escolar es de competencia de la Administración Municipal, por lo tanto el contratante es el Municipio por medio de su representante legal (El señor Alcalde).

Deberes de los Transportadores:1. Recoger a los estudiantes en los sitios pactados.2. Llegar puntualmente a la Institución (7:00 a.m. y a las 1:30 p.m.) para

llevarlos al sitio de destino.3. Conducir de forma responsable y cuidadosa sin exceder el límite de

velocidad o poner en riesgo a las y los estudiantes.4. Presentar las quejas ante los profesores de disciplina por el mal

comportamiento de los estudiantes, por escrito de forma oral (narrar lo sucedido con el nombre de los implicados).

5. Transportar a los padres de familia o acudientes los días que estén programados eventos como reuniones, entrega de boletines. En este día no habrá transporte para estudiantes.

6. Mantener una distancia respetuosa con las y los estudiantes.

Prohibiciones para los Transportadores:1. Conducir en estado de embriaguez.2. Transportar personas ajenas a la Institución durante los recorridos con

estudiantes.

3. Transportar estudiantes que se evadan de la Institución en horas de clase.

4. Sobre ocupar con carga y pasajeros los recorridos. 5. Permanecer dentro de la institución educativa en horas de clase.6. Violar o vulnerar los Derechos del niño, Constitucionales, Humanos,

Sexuales y Reproductivos de las y los estudiantes.

Nota: El incumplimiento a los deberes y prohibiciones será informado a la alcaldía por el Comité Estudiantil o el Concejo directivo.

ARTÍCULO 22:Biblioteca

Generalidades:1. Se deben cuidar los libros; no rayarlos, enmugrarlos, maltratarlos o

hurtarlos en caso contrario debe pagarlos o reponerlos.2. Se debe hacer uso de la biblioteca con el debido respeto honestidad y

responsabilidad.3. Se prohíbe entrar sin ser autorizado.4. Se prohíbe sacar libros sin dejar un documento, carné u otro documento.5. Se prohíbe consumir alimentos allí.6. Se debe diligenciar el registro de Préstamo.7. Se prohíbe realizar actividades ajenas a las propias de una biblioteca.

ARTÍCULO 23:Comité de primeros auxilios.

En la Institución funcionará un comité de Primeros Auxilios para atender algunos casos imprevistos que se presenten dentro de la población estudiantil, los casos delicados serán remitidos al puesto de salud del corregimiento o al Hospital de Venadillo.

Este comité será nombrado por el Consejo Directivo o en su defecto por el Consejo Estudiantil y debe:

1. Prestar un buen servicio a la comunidad educativa.2. Recolectar medicamentos para surtir el botiquín.3. Hacer buen uso de los primeros auxilios.4. Cuidar los Implementos, los medicamentos y todo lo que se encuentre

en el recinto.5. Abstenerse de prescribir medicamentos que requieran formula médica.6. Activar la red de apoyo en salud con el municipio de Venadillo en caso

de ser necesario.7. Mantener un directorio de emergencia.

ARTÍCULO 24:Sala de sistemas:

Generalidades: Cumplir con el reglamento interno de la sala de cómputo, acatando las decisiones, las órdenes y lo dispuesto por el Docente que orienta el área de Tecnología e Informática.

CAPÍTULO XI: GOBIERNO ESCOLAR

Reglas para la elección de gobierno escolar: todo el gobierno escolar será elegido de manera democrática, en asambleas de profesores, padres de familia y estudiantes o por medio de elección popular mediante el proceso del voto y teniendo en cuenta los requerimientos de ley para su conformación y sus integrantes.

ARTÍCULO 25:Conformación del gobierno escolar

Según lo dispuesto por el Capitulo II, Articulo 142-145 de la Ley 115 y el Capitulo IV, artículos 18 a 29, el Gobierno Escolar esta constituido por el Consejo Directivo, El Consejo Académico y el Consejo Estudiantil.

El Gobierno Escolar estará constituido por los siguientes órganos:

1. El Rector(a), como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutora de las decisiones del gobierno escolar.2. El Concejo Directivo, como instancia Directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.3. El Concejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.4. El Concejo Estudiantil, como instancia en la que los estudiantes participan en las decisiones de la institución.

Los representantes en los órganos colegiados serán elegidos por periodos anuales, pero continuaran ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del periodo.

ARTÍCULO 26:Concejo Directivo

El Consejo Directivo estará integrado por: Ley 115/94, Art.143 Decreto 1860/94, Art. 21.

1. EI Rector(a) quien lo presidirá y convocará.

2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.

3. Dos representantes de los padres de familia elegidos por el Consejo de padres.

4. Un representante de los estudiantes, elegido por el consejo de estudiantes, entre estudiantes del grado once.

5. Un representante de los ex-estudiantes.6. Un representante de los sectores productivos del área de influencia de la

institución.

ARTÍCULO 27:Funciones del Concejo Directivo

Ley 115/94, Art. 144 Decreto 1860194, Art.23.1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que

no sean competencia de otra autoridad.2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre

docentes con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Pacto de Convivencia.

3. Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la Institución.4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad

educativa cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.5. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.6. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y

social del alumno.7. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la

realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

8. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.

ARTÍCULO 28: Concejo de padres de familia.

Es la asamblea de todos los voceros de los padres de los estudiantes que se eligieron popularmente en cada uno de los grados que ofrece la institución.

Es un órgano de la Asociación de Padres de familia que asegura la continua participación de los padres o acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento y el Comité de Convivencia por medio de su presidente.

ARTÍCULO 29:El personero de los estudiantes.

Será una estudiante del grado Once, el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, La ley General de Educación, los decretos reglamentarios, el código

de la Infancia y la Adolescencia y el Pacto de Convivencia según la Ley 1620 de marzo 15 de 2013.

El Personero tendrá las siguientes funciones:1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre

lesiones a sus derechos y los que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

3. Presentar ante el profesor, según sus competencias, las solicitudes de Oficio o la petición que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del profesor respecto de las peticiones presentadas por su intermedio.

5. Participar en el Comité de Convivencia. 6. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le

atribuya el Proyecto Educativo Institucional.

ARTÍCULO 30: Concejo estudiantil

El Consejo de estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes. Estará integrado por un voceros de cada uno de los cursos existentes en la institución.

PROPOSITO: Conformar un equipo solidó que participe activa y eficazmente en el ejercicio de la Democracia y por tanto en la consecución de ideales colectivos de acuerdo a la filosofía de la institución, donde favorezca un ambiente de dialogo entre el estudiantado y los demás miembros de la comunidad Educativa.

ARTÍCULO 31:Funciones del Concejo de estudiantes

Corresponde al Consejo de Estudiantes:1. Darse su propia organización interna.2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo

Directivo de la Institución entre los estudiantes del Grado 11º.3. Manifestar sugerencias e inquietudes con respecto al

funcionamiento de la institución a las diferentes instancias legales.4. Fomentar la participación del estudiantado en las diferentes

actividades programadas por la institución y en aquellas actividades ínter colegiado que favorezcan el desarrollo intelectual, espiritual y cultural de los estudiantes, de acuerdo a los criterios establecidos en Pacto de Convivencia.

5. Participar en el Comité de Convivencia.

6. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Pacto de Convivencia.

ARTÍCULO 32:Comisión de evaluación y promoción.

Se conformará para cada grado una comisión de Evaluación y Promoción. Será integrada por dos docentes, un representante de los padres de familia. Tendrá como objetivo definir la promoción de los estudiantes:Hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades.

ARTÍCULO 33:Comité escolar de convivencia

Se conforma según lo estipulado por la Ley 1620 de marzo 15 de 2013.

Dado en la Malabar-Venadillo

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE y CUMPLASE.