uso de información privilegiada casos prácticos

43
Uso de Información Privilegiada casos prácticos NICOLE CARTIER ZAMORANO ABOGADO - FISCALIA DE VALORES SVS - CHILE VIII Reunión Sobre Casos Prácticos de Inspección y Vigilancia de Mercados y Entidades Organizada por el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores Lima, 13 al 16 de marzo de 2012

Upload: ngodien

Post on 07-Jan-2017

238 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

Uso de Información Privilegiadacasos prácticos

NICOLE CARTIER ZAMORANOABOGADO - FISCALIA DE VALORES

SVS - CHILE

VIII Reunión Sobre Casos Prácticos de Inspección y Vigilancia de Mercados y Entidades

Organizada por el Instituto Iberoamericano de Mercados de ValoresLima, 13 al 16 de marzo de 2012

Page 2: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

•• ConceptoConcepto•• RequisitosRequisitos•• DeberesDeberes•• SancionesSanciones

-- AdministrativasAdministrativas-- PenalesPenales-- CivilesCiviles

•• Casos prCasos práácticoscticos-- Ex controladores Ex controladores -- Ex ejecutivos Ex ejecutivos

Lima, martes 13 de marzo de 2012

Page 3: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Lima, martes 13 de marzo de 2012

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Page 4: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada•• CONCEPTO (Art. 164 LMV) CONCEPTO (Art. 164 LMV)

•• Se entiende por informaciSe entiende por informacióón privilegiada n privilegiada cualquier informacicualquier informacióón referida a n referida a uno o varios emisores de valores, a sus negocios o a uno o variouno o varios emisores de valores, a sus negocios o a uno o varios valores s valores por ellos emitidos, no divulgada al mercado y cuyo conocimiento,por ellos emitidos, no divulgada al mercado y cuyo conocimiento, por su por su naturaleza, sea capaz de influir en la cotizacinaturaleza, sea capaz de influir en la cotizacióón de los valores emitidosn de los valores emitidos,,como asimismo, la informacicomo asimismo, la informacióón reservada a que se refiere el artn reservada a que se refiere el artíículo 10 de culo 10 de la LMV. la LMV.

•• TambiTambiéén se entendern se entenderáá por informacipor informacióón privilegiada, la que se n privilegiada, la que se posee sobre posee sobre decisiones de adquisicidecisiones de adquisicióón, enajenacin, enajenacióón y aceptacin y aceptacióón o rechazo de ofertas n o rechazo de ofertas especespecííficas deficas de un inversionista institucional en el mercado de valores. un inversionista institucional en el mercado de valores.

• Art.10 LMV, inciso 3º :”…con la aprobación de las tres cuartas partes de los directores en ejercicio podrá darse el carácter de reservado a ciertos hechos o antecedentes que se refieran a negociaciones aún pendientes que al conocerse puedan perjudicar el interés social.”

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 5: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

•• REQUISITOS REQUISITOS 1. 1. Cualquier informaciCualquier informacióón referidan referida::

--> A uno o varios emisores de valores> A uno o varios emisores de valores

--> A los negocios de uno o varios emisores de valores> A los negocios de uno o varios emisores de valores

--> A uno o varios valores emitidos por emisores de valores> A uno o varios valores emitidos por emisores de valores

(Información = antecedente , dato, hecho, situación, etc.)

• (Art.164 LMV)

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 6: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada•• REQUISITOS REQUISITOS

2. 2. No divulgada al mercadoNo divulgada al mercado::

•• Esto es, no disponible pEsto es, no disponible púúblicamente. Lo medular es la falta de acceso a la blicamente. Lo medular es la falta de acceso a la misma para el pmisma para el púúblico inversor interesado en el mercado de valores. blico inversor interesado en el mercado de valores.

(su conocimiento coloca al que la detenta en una (su conocimiento coloca al que la detenta en una POSICIPOSICIÓÓN DE PRIVILEGIO)N DE PRIVILEGIO)

•• Pero esta falta de disponibilidad nunca podrPero esta falta de disponibilidad nunca podráá ser absoluta, ya que, en la ser absoluta, ya que, en la prprááctica, siempre un grupo reducido tendrctica, siempre un grupo reducido tendráá acceso a la informaciacceso a la informacióón n privilegiada, siendo ineficaz cualquier intento de restricciprivilegiada, siendo ineficaz cualquier intento de restriccióón. Lo n. Lo determinante debe ser que el pdeterminante debe ser que el púúblico inversionista, en general, no haya blico inversionista, en general, no haya podido tener acceso a dicha informacipodido tener acceso a dicha informacióón.n.

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 7: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada•• REQUISITOS REQUISITOS

3. 3. Su conocimiento sea capaz de influir en la cotizaciSu conocimiento sea capaz de influir en la cotizacióón de los valores n de los valores emitidosemitidos::

•• Nuestra legislaciNuestra legislacióón positiva recoge un CRITERIO OBJETIVO para n positiva recoge un CRITERIO OBJETIVO para delimitar la entidad de la informacidelimitar la entidad de la informacióón que pueda tener el carn que pueda tener el caráácter de cter de privilegiada.privilegiada.

•• Basta que ella sea capaz de influir en la cotizaciBasta que ella sea capaz de influir en la cotizacióón del valor en el mercado, n del valor en el mercado, para que para que éésta tome todo su vigor, sin importar la influencia que en los sta tome todo su vigor, sin importar la influencia que en los sujetos intervinientes ella pueda producir (CRITERIO SUBJETIVO)sujetos intervinientes ella pueda producir (CRITERIO SUBJETIVO)

•• Debe tratarse de informaciDebe tratarse de informacióón con n con APTITUD CAUSAL APTITUD CAUSAL para afectar, alterar, para afectar, alterar, incidir o modificar sensible o fincidir o modificar sensible o fáácilmente la cotizacicilmente la cotizacióón de un valor en el n de un valor en el mercado.mercado.

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 8: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada•• REQUISITOS REQUISITOS

3. 3. Su conocimiento sea capaz de influir en la cotizaciSu conocimiento sea capaz de influir en la cotizacióón de los valores n de los valores emitidosemitidos: (: (continuacicontinuacióónn……))

•• La publicaciLa publicacióón del balance anual de una sociedad, el lanzamiento n del balance anual de una sociedad, el lanzamiento inminente de una oferta pinminente de una oferta púública de adquisiciblica de adquisicióón de acciones de otra n de acciones de otra compacompañíñía (OPA), un aumento de capital social con emisia (OPA), un aumento de capital social con emisióón de acciones o n de acciones o la realizacila realizacióón de una operacin de una operacióón que tendrn que tendráá impacto en el resultado de una impacto en el resultado de una compacompañíñía, son, entre otros, hechos con la suficiente entidad como para a, son, entre otros, hechos con la suficiente entidad como para provocar modificaciones sensibles en la actividad del mercado.provocar modificaciones sensibles en la actividad del mercado.

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 9: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

DeberesDeberes

Artículo 165 LMV

Page 10: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

•• DEBERESDEBERES

•• ArtArtíículo 165culo 165..-- Cualquier persona que en razCualquier persona que en razóón de su cargo, posicin de su cargo, posicióón, n, actividad o relaciactividad o relacióón n con el respectivo emisor de valores o con las personas señaladas en el artículo siguiente(*), posea información privilegiada, deberá guardar reserva y no podrá utilizarla en beneficio propio o ajeno, ni adquirir o enajenar, para sí o para terceros, directamente o a través de otras personas los valores sobre los cuales posea informacilos valores sobre los cuales posea informacióón privilegiada.n privilegiada.

(*) Art. 166 Establece las personas respecto de las cuales se presume que poseen información privilegiada per se o por acceso directo al hecho objeto de la información.

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 11: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

•• DEBERES / DEBERES / Cualquier persona que tiene informaciCualquier persona que tiene informacióón privilegiada debe n privilegiada debe observar un determinado comportamiento que necesariamente ha de observar un determinado comportamiento que necesariamente ha de traducirse en: traducirse en:

•• Deberes de reservaDeberes de reserva•• Deberes de no utilizaciDeberes de no utilizacióónn•• Deberes de abstenciDeberes de abstencióónn

• “Parodi Gil Patricio con SVS" rol C 2343-2001, 20º Jdo. Civil de Stgo., juicio sumario, contestación demanda.

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 12: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada•• DEBERES DEBERES

1. 1. Deber de reserva Deber de reserva

•• ObligaciObligacióón de n de guardar estricta reservaguardar estricta reserva

•• Ha de traducirse en el acatamiento del Ha de traducirse en el acatamiento del deber de no recomendar ni sugerir deber de no recomendar ni sugerir a terceros la compra o venta de valores respecto de los cuales sa terceros la compra o venta de valores respecto de los cuales se tenga e tenga informaciinformacióón privilegiadan privilegiada, haciendo extensiva esta obligaci, haciendo extensiva esta obligacióón, incluso, para n, incluso, para que ello no ocurra a travque ello no ocurra a travéés de subordinados o terceros de confianza.s de subordinados o terceros de confianza.

• “Parodi Gil Patricio con SVS" rol C 2343-2001, 20º Jdo. Civil de Stgo., juicio sumario, contestación demanda.

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 13: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

•• DEBERES DEBERES

2. 2. Deber de no utilizarDeber de no utilizar

•• ObligaciObligacióón de n de no utilizar la informacino utilizar la informacióónn en:en:

i.i. Beneficio propio o ajeno. Beneficio propio o ajeno. ii.ii. Para obtener beneficios o evitar pPara obtener beneficios o evitar péérdidas, mediante cualquier tipo de rdidas, mediante cualquier tipo de

operacioperacióón con los valores a que ella se refiera.n con los valores a que ella se refiera.iii.iii. Para recomendar la adquisiciPara recomendar la adquisicióón o enajenacin o enajenacióón de los valores sobre los que n de los valores sobre los que

se posea informacise posea informacióón privilegiada.n privilegiada.

• “Parodi Gil Patricio con SVS" rol C 2343-2001, 20º Jdo. Civil de Stgo., juicio sumario, contestación demanda.

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 14: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada•• DEBERES DEBERES

3. 3. Deber de abstenciDeber de abstencióónn

•• ObligaciObligacióón de n de no adquirir o enajenarno adquirir o enajenar,, para spara síí o terceros los valores sobre o terceros los valores sobre los cuales posea informacilos cuales posea informacióón privilegiada.n privilegiada.

•• El comportamiento que se exige en este caso se traducirEl comportamiento que se exige en este caso se traduciráá necesariamente necesariamente en el acatamiento de la en el acatamiento de la obligaciobligacióón de no hacern de no hacer, de no comprar ni adquirir o , de no comprar ni adquirir o de no vender ni enajenar para sde no vender ni enajenar para síí o terceros ningo terceros ningúún valor sobre el cual se n valor sobre el cual se posea informaciposea informacióón privilegiadan privilegiada.

• “Parodi Gil Patricio con SVS" rol C 2343-2001, 20º Jdo. Civil de Stgo., juicio sumario, contestación demanda.

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 15: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

SancionesSanciones

Artículos 58, 60 letras d), e), g), h) y 172 LMV;27, 28 y 29 LOSVS

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Page 16: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada• SANCIONES Artículos 58, 60 letras d), e), g), h) y 172 LMV;

27, 28 y 29 LOSVS

• La legislación establece que a los infractores les serán aplicables una o más de las siguientes sanciones:

i. Censura

ii. Multa equivalente hasta 15.000 UF (*) o el 30% de la operación.

Infracción reiterada de la misma naturaleza hasta 5 veces 15.000 UF. (75.000 UF) (**)

Reiteración = 2 ó mas infracciones en un plazo no superior a 12 meses.(*) US$ 675.000 .- (**) US$ 3.375.000.-

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 17: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

• SANCIONES (continuación…)

iii. Presidio menor en cualquiera de sus grados (61 días a 5 años).

iv. Indemnizaciones y devolución de beneficios.

•• Sanciones AdministrativasSanciones Administrativas Artículos 58 LMV y 27, 28 y 29 LOSVS

• Las sanciones pueden ser aplicadas a la sociedad, empresa, entidad, personas jurídicas o naturales, directores, administradores, gerentes o representantes, dependientes, inspectores de cuentas o liquidadores, según lo determine la Superintendencia.

InformaciInformacióón Privilegiadan PrivilegiadaNCZ6

Page 18: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

Diapositiva 17

NCZ6 Efectué algunos cambios formales agregando subtítulosNicole Cartier Zamorano; 08/03/2012

Page 19: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada• Sanciones penales 1° Parte Art. 60, d) y e) LMV

• Penas presidio menor en cualquiera de sus grados (61 días a 5 años)

• d) Los socios, administradores y, en general cualquier persona que en razón de su cargo o posición en las sociedades clasificadoras, tenga acceso a información reservada de los emisores clasificados y revele el contenido de dicha información a terceros;

• e) Las personas a que se refiere el artículo 166 que al efectuar transacciones u operaciones de valores de oferta pública, de cualquier naturaleza en el mercado de valores o en negociaciones privadas, para sío para terceros, directa o indirectamente, usaren deliberadamente información privilegiada;

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 20: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada• Sanciones penales 2° Parte Art. 60, g) y h) LMV

• Penas presidio menor en cualquiera de sus grados (61 días a 5 años)

• g) El que valiéndose de información privilegiada ejecute un acto, por sí o por intermedio de otras personas, con objeto de obtener un beneficio pecuniario o evitar una pérdida, tanto para sí como para terceros, mediante cualquier tipo de operaciones o transacciones con valores de oferta pública.

• h) El que revele información privilegiada, con objeto de obtener un beneficio pecuniario o evitar una pérdida, tanto para sí como para terceros, en operaciones o transacciones con valores de oferta pública;

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 21: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada• Indemnizaciones y devolución de beneficios Art. 172 LMV

• Toda persona perjudicada por actuaciones que impliquen infracción a las disposiciones del presente Título XXI de la LMV, tendrá derecho a demandar indemnización en contra de las personas infractoras.

• La acción para demandar perjuicios prescribirá en cuatro años, contado a partir de la fecha en que la información privilegiada haya sido divulgada al mercado y al público inversionista.

• Las personas que hayan actuado en contravención a lo establecido en este Título, deberán entregar a beneficio fiscal, cuando no hubiere otro perjudicado, toda utilidad o beneficio pecuniario que hubieren obtenido a través de transacciones de valores del emisor de que se trate.

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 22: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

CASO ex controladores BANCO CASO ex controladores BANCO •• PENTA PENTA –– CONSORCIO CONSORCIO •• ResoluciResolucióón Nn Nºº 166 de 8 de mayo de 2001166 de 8 de mayo de 2001

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Lima, martes 13 de marzo de 2012

Page 23: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

• Presentación de los hechos

1. El viernes 1 de diciembre de 2000 el directorio de Quiñenco S.A. (Grupo Luksic) propuso realizar una oferta pública para comprar al menos 8% de acciones Banco Chile a $50 c/u. Ese mismo día se informó tal situación al Grupo Controlador del Banco de Chile.

2. Personeros de Quiñenco conversan ese mismo día con el Grupo Controlador del Banco (Penta).

3. Las partes se dan plazo hasta el lunes 4 diciembre para que el Grupo Controlador emita un pronunciamiento.

CASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 24: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

4. Ambas partes deciden reunirse el martes 5 de diciembre.

5. El Grupo Controlador se reúne el domingo 3 de diciembre y acuerdan comprar a partir del lunes 4 la cantidad de acciones del Banco y de la sociedad matriz necesarias para consolidar el control del Banco.

6. Lunes 4, el Grupo Consorcio inicia la compra de acciones a $ 50.

7. Posteriormente y tras intensas negociaciones, el Grupo Luksic compra al Grupo Controlador Penta - Consorcio el paquete de control.

8. La venta se efectúo a $ 60 incluidas las adquiridas a $ 50.

CASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 25: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

• Sanción Resolución Exenta Nº 166 de 8 de mayo de 2001

Multa de 1.000 (US$ 45.000) a cada uno los infractores

• Sentencia del 20º Juzgado Civil de Santiago de 29 de agosto de 2003(*)

1. Acogió los fundamentos de los siete integrantes del ex pacto controlador del Banco de Chile que reclamaron en contra de la multa aplicada por la SVS por el supuesto uso de información privilegiada, en el marco de la toma de control del banco por parte del Grupo Luksic.

(*) “Parodi Gil Patricio con SVS" rol C 2343-2001, 20º Jdo. Civil de Stgo., juicio sumario, contestación demanda.

InformaciInformacióón Privilegiadan PrivilegiadaCASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 26: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

Sentencia del 20º Juzgado Civil de Santiago de 29 de agosto de 2003(*) (continuación…)

2. El fallo estableció que no hubo información privilegiada porque Quiñenco no había adoptado ningún acuerdo formal para adquirir acciones del Banco de Chile, sino que sólo existía la intención de Andrónico Luksic de hacerlo; que los reclamantes no accedieron a la información proporcionada en razón de su cargo, posición, actividad o relación; que la información no podía ser privilegiada para los reclamantes; y que la compra de acciones tuvo por objeto defenderse para no perder el control del banco a través del pacto que los unía.

3. El fallo también condenó a la SVS al pago de las costas del juicio, esto es, a los gastos judiciales y los honorarios de los abogados.

(*) “Parodi Gil Patricio con SVS" rol C 2343-2001, 20º Jdo. Civil de Stgo., juicio sumario, contestación demanda.

InformaciInformacióón Privilegiadan PrivilegiadaCASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 27: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

• Comunicado de prensa de la SVS - Santiago, 23 de septiembre de 2003.

• SVS APELARÁ EN CASO BANCO DE CHILE

• La Superintendencia de Valores y Seguros apelará hoy ante los tribunales de segunda instancia de Santiago, solicitando que se confirme la multa que aplicó a siete integrantes del anterior pacto controlador del Banco de Chile por uso de información privilegiada.

• Los argumentos sostenidos por la SVS están destinados a probar el uso de información privilegiada por parte de los reclamantes en la compra de acciones del Banco de Chile realizada antes de la toma de control del banco por parte del grupo Luksic.

InformaciInformacióón Privilegiadan PrivilegiadaCASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 28: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

• Comunicado de prensa de la SVS - Santiago, 23 de septiembre de 2003. (continuación…)

• Cabe recordar que la ley establece que cualquier información, sea un hecho consumado, una posibilidad, una intención o cualquier otro antecedente preciso, real, concreto e idóneo que sea capaz de influir en la cotización de un título en el mercado es información privilegiada. Y no exige que ella conste en un acuerdo de directorio, en algún documento o medio escrito.

• Sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, 7 de septiembre de 2004.

Confirmó la sentencia de primera instancia, Causa Rol 10.471-2001. La SVS interpuso ante la Corte Suprema recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de 2ª instancia.

InformaciInformacióón Privilegiadan PrivilegiadaCASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 29: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

• Sentencia Corte Suprema de 27 de octubre de 2005(*)

1. Información no fue divulgada al mercado, por lo que el Grupo Controlador se encontraba en una situación de privilegio respecto de los demás inversores.

2. Lo anterior determinó un alza en precio de las acciones a $ 50.

3. La conducta del Grupo Controlador se encuadra dentro de las hipótesis del art. 165 LMV.

4. El Grupo Controlador usó indebidamente la información que poseían sobre la próxima compra de acciones por parte del Grupo Luksic. (*) Causa Rol 4930-2004

CASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 30: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

• Sentencia Corte Suprema de 27 de octubre de 2005(*)

Resuelve y dicta sentencia de reemplazo que:

1. Acoge recurso de casación en el fondo.2. Revoca sentencia de 7 septiembre de 2004.3. Rechaza demanda de reclamación de multa en todas sus partes.4. Mantiene la multa impuesta por la SVS de 1.000 UF a c/u de los 7

sancionados.

(*) Causa Rol 4930-2004

CASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 31: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

• Reintegro de beneficios

• La Compañía de Seguros de Vida Consorcio Nacional de Seguros S.A. (*) hizo entrega voluntaria de las ganancias actualizadas que le reportó la operación de compra y venta de acciones del Banco de Chile. El monto de lo pagado a beneficio fiscal ascendió a la suma de 801.238 millones de pesos (**).

• Consorcio señaló que dicha compra fue hecha con el único objeto de cautelar el control del Banco de Chile que, a esa fecha, tenía el pacto controlador de éste y del cual Consorcio era miembro, con aproximadamente el 3,5 % de la propiedad del Banco.

• (*) Extracto comunicado SVS y publicación diario La Nación, lunes 5 de diciembre 2005 • (**) $US 1.602.476.-

InformaciInformacióón Privilegiadan PrivilegiadaCASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 32: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

• Reintegro de beneficios (continuación…)

• La defensa legal de los ex controladores del Banco de Chile, informó que la decisión adoptada por esa compañía de seguros se fundó en lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 172 de la Ley de Valores, lo que previene la eventual interposición de una acción civil restitutoria, que la SVS se encontraba evaluando.

• “En atención a lo anterior, la SVS consideró materializado el cierre definitivo del caso, puesto que no se ha estimado en derecho procedente innovar respecto de lo ya resuelto en mayo de 2001, en el sentido de que los hechos sancionados en su oportunidad sólo revestían el carácter de infracción administrativa”, dijo la SVS.

InformaciInformacióón Privilegiadan PrivilegiadaCASO EX CONTROLADORES BANCO

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 33: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

CASO ex ejecutivos CB CASO ex ejecutivos CB

• Resolución 414 de 13 de julio de 2010

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Lima, martes 13 de marzo de 2012

Page 34: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

• Presentación de los hechos:

1.1. Entre el Entre el 11°° de marzo y el 30 de abril de 2007, Inversiones y Asesorde marzo y el 30 de abril de 2007, Inversiones y Asesoríías as Pigumo Ltda., realizPigumo Ltda., realizóó diversas compras de acciones, en circunstancias que diversas compras de acciones, en circunstancias que sus dos sus dos úúnicos socios, por los cargos que detentaban en Euroamnicos socios, por los cargos que detentaban en Euroaméérica CB rica CB y en razy en razóón del acuerdo de administracin del acuerdo de administracióón de fondos existente entre la n de fondos existente entre la sociedad corredora y el inversionista institucional Euroamsociedad corredora y el inversionista institucional Euroaméérica Seguros de rica Seguros de Vida S.A., se encontraban en posesiVida S.A., se encontraban en posesióón de informacin de informacióón privilegiada,n privilegiada,consistente en el conocimiento de las operaciones de compra de aconsistente en el conocimiento de las operaciones de compra de acciones cciones a realizar por la compaa realizar por la compañíñía de seguros en el mercado de valores.a de seguros en el mercado de valores.

2. 2. La La sociedad Pigumo Ltda., a la fecha de los hechos, tensociedad Pigumo Ltda., a la fecha de los hechos, teníía como a como úúnicos nicos socios a los Sres. Jossocios a los Sres. Joséé Francisco Montaner Reyes y Roberto GuzmFrancisco Montaner Reyes y Roberto Guzmáán n Lyon, Lyon, gerente generagerente general y l y gerente de inversiones gerente de inversiones de Euroamde Euroaméérica rica Corredores de Bolsa S.A.,Corredores de Bolsa S.A., respectivamente.respectivamente.

CASO EX EJECUTIVOS CBInformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 35: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

• Presentación de los hechos: (continuación…)

3.3. De esa forma, los Sres. Montaner y GuzmDe esa forma, los Sres. Montaner y Guzmáán, n, en su condicien su condicióón de gerentes n de gerentes de Euroamde Euroaméérica CB y socios de Pigumo Ltda., a travrica CB y socios de Pigumo Ltda., a travéés de esta s de esta úúltima, ltima, habrhabríían usado informacian usado informacióón de carn de caráácter privilegiada en la adquisicicter privilegiada en la adquisicióón de n de accionesacciones, en contravenci, en contravencióón a lo dispuesto en el artn a lo dispuesto en el artíículo 165 en relaciculo 165 en relacióón al n al artartíículo 164 de la Ley Nculo 164 de la Ley Nºº 18.045 de Mercado de Valores.18.045 de Mercado de Valores.

4.4. Las operaciones efectuadas por Pigumo Ltda. fueron dispuestas y Las operaciones efectuadas por Pigumo Ltda. fueron dispuestas y ejecutadas, segejecutadas, segúún informa la cartola accionaria, por Roberto Guzmn informa la cartola accionaria, por Roberto Guzmáán n Lyon, en su calidad de agente de EuroamLyon, en su calidad de agente de Euroaméérica CB asignado a la cuenta de rica CB asignado a la cuenta de Pigumo Ltda.Pigumo Ltda.

5.5. Las compras y ventas de las acciones fueron efectuadas durante uLas compras y ventas de las acciones fueron efectuadas durante un n mismo dmismo díía, de modo que el horizonte de inversia, de modo que el horizonte de inversióón en la mayorn en la mayoríía de los a de los casos fue de cero dcasos fue de cero díías y sas y sóólo en una oportunidad mantuvo acciones por un lo en una oportunidad mantuvo acciones por un ddíía.a.

CASO EX EJECUTIVOS CBInformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 36: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

• Presentación de los hechos: (continuación…)

6.6. Los instrumentos (*) objeto de las operaciones antes descritas yLos instrumentos (*) objeto de las operaciones antes descritas yefectuadas por Pigumo Ltda., resultaron ser los mismos con que efectuadas por Pigumo Ltda., resultaron ser los mismos con que EuroamEuroaméérica Seguros de Vida S.A operrica Seguros de Vida S.A operóó..

7.7. Las operaciones de compra de Pigumo Ltda., se ejecutaron con antLas operaciones de compra de Pigumo Ltda., se ejecutaron con antelacielacióón n a las transacciones de compra efectuadas por el inversionista ina las transacciones de compra efectuadas por el inversionista institucional stitucional --EuroamEuroaméérica Seguros de Vidarica Seguros de Vida-- y a precios inferiores a los pagados por y a precios inferiores a los pagados por esta esta úúltima.ltima.

(*) (*) LA POLAR, LAN, ENTEL, IAM, CTCLA POLAR, LAN, ENTEL, IAM, CTC--A y FALABELLAA y FALABELLA

CASO EX EJECUTIVOS CB

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 37: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

• Presentación de los hechos: (continuación…)

8.8. En el periodo comprendido entre el 1En el periodo comprendido entre el 1°° de marzo y el 24 de abril del ade marzo y el 24 de abril del añño o 2007, la realizaci2007, la realizacióón de las operaciones le reportn de las operaciones le reportóó utilidades a Pigumo Ltda. utilidades a Pigumo Ltda. ascendentes a $ 13.552.740.(*)ascendentes a $ 13.552.740.(*)

9.9. Las operaciones efectuadas por Pigumo se encuentran comprendidasLas operaciones efectuadas por Pigumo se encuentran comprendidas en en la conducta descrita en los artla conducta descrita en los artíículos 164 y 165 de la Ley Nculos 164 y 165 de la Ley N°° 18.045, 18.045, referida al uso de informacireferida al uso de informacióón privilegiada respecto de inversionistas n privilegiada respecto de inversionistas institucionales, calidad que ostenta la compainstitucionales, calidad que ostenta la compañíñía en virtud del arta en virtud del artíículo 4culo 4°° bis bis letra e) del citado cuerpo legal.letra e) del citado cuerpo legal.

(*) US$ 27.105.(*) US$ 27.105.--

CASO EX EJECUTIVOS CB

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 38: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

•• Razonamiento de la ResoluciRazonamiento de la Resolucióón Exenta Nn Exenta Nºº 414, 13 de julio de 2010414, 13 de julio de 2010

•• Conforme tanto a los elementos de prueba acompaConforme tanto a los elementos de prueba acompaññados al ados al procedimiento, como, principalmente, a los dichos de la propia dprocedimiento, como, principalmente, a los dichos de la propia defensa de efensa de los imputados de cargos, ha quedado claramente establecido que los imputados de cargos, ha quedado claramente establecido que la la decisidecisióón de adquirir los mismos instrumentos en favor de Pigumo Ltda. yn de adquirir los mismos instrumentos en favor de Pigumo Ltda. yde EuroAmde EuroAméérica Seguros de Vida S.A., el mismo drica Seguros de Vida S.A., el mismo díía, pero en condiciones a, pero en condiciones distintas de precio, fue resuelta y adoptada por el Sr. Guzmdistintas de precio, fue resuelta y adoptada por el Sr. Guzmáán, en ambos n, en ambos casoscasos, por lo que no cabe sino , por lo que no cabe sino concluir el conocimiento de las operaciones concluir el conocimiento de las operaciones a realizar por Euroama realizar por Euroaméérica Seguros, por parte de rica Seguros, por parte de ééste, al momento de ste, al momento de materializar las adquisiciones para Pigumo Ltda..materializar las adquisiciones para Pigumo Ltda..

CASO EX EJECUTIVOS CBInformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 39: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

•• El acceso a informaciEl acceso a informacióón de carn de caráácter privilegiada propia de un cter privilegiada propia de un inversionista institucional se presume legalmente respecto deinversionista institucional se presume legalmente respecto dedirectores,directores, gerentes,gerentes, administradores, apoderados, asesores financieros u administradores, apoderados, asesores financieros u operadores de intermediarios de valores, conforme lo establece loperadores de intermediarios de valores, conforme lo establece la letra d) a letra d) del artdel artíículo 166 de la Ley Nculo 166 de la Ley N°° 18.045,18.045, calidades que ostentaban los calidades que ostentaban los seseññores Montaner yores Montaner y GuzmGuzmáán, como gerente general y gerente de n, como gerente general y gerente de inversiones de la corredora.inversiones de la corredora.

•• Correspondiendo a Correspondiendo a ééstos la demostracistos la demostracióón de su desconocimiento o n de su desconocimiento o imposibilidad de acceso a la informaciimposibilidad de acceso a la informacióón privilegiada del inversionista n privilegiada del inversionista institucional,institucional, la prueba rendida por la defensa de los imputados no la prueba rendida por la defensa de los imputados no tuvo el mtuvo el méérito de desvirtuar la serito de desvirtuar la seññalada presuncialada presuncióónn en el caso del Sr. Montaner. Por el contrario, el hecho de que las decisiones de inversiel hecho de que las decisiones de inversióón n tanto de Pigumo Ltda. como de la compatanto de Pigumo Ltda. como de la compañíñía de seguros las adoptaba a de seguros las adoptaba el Sr. Guzmel Sr. Guzmáán en forma autn en forma autóónoma, noma, lo que significa que una misma lo que significa que una misma voluntad tenvoluntad teníía la capacidad de disponer de los dos patrimoniosa la capacidad de disponer de los dos patrimonios,, no no hace mhace máás que confirmar la citada presuncis que confirmar la citada presuncióón de la letra d) del artn de la letra d) del artíículo 166 culo 166 de la LMV en el caso del sede la LMV en el caso del seññor Guzmor Guzmáán.n.

CASO EX EJECUTIVOS CBInformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 40: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

•• Al tenor de lo establecido en el inciso 1Al tenor de lo establecido en el inciso 1°° del artdel artíículo 169 de la Ley Nculo 169 de la Ley N°°18.045, 18.045, que obliga a las entidades intermediarias de valores a contemplaque obliga a las entidades intermediarias de valores a contemplar r procedimientos que garanticen la separaciprocedimientos que garanticen la separacióón, independencia y autonomn, independencia y autonomíía a de las decisiones de inverside las decisiones de inversióón que adopten en el desempen que adopten en el desempeñño de su giro, o de su giro, respecto de aquellas actividades de igual naturaleza que realicerespecto de aquellas actividades de igual naturaleza que realicen por n por cuenta de inversionistas institucionales,cuenta de inversionistas institucionales, aspecto que queda de manifiesto aspecto que queda de manifiesto incumplido en el caso analizado al reconocerse que las operacionincumplido en el caso analizado al reconocerse que las operaciones de es de Pigumo Ltda. y de la compaPigumo Ltda. y de la compañíñía aseguradora se determinaban por una a aseguradora se determinaban por una misma persona, no se puede sino ratificar que en la prmisma persona, no se puede sino ratificar que en la prááctica el Sr. ctica el Sr. GuzmGuzmáán contaba permanentemente con informacin contaba permanentemente con informacióón privilegiada referida a n privilegiada referida a las operaciones a realizar por Euroamlas operaciones a realizar por Euroaméérica Seguros.rica Seguros.

CASO EX EJECUTIVOS CBInformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 41: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

CASO EX EJECUTIVOS CB

•• ConclusiConclusióón de la SVS al cierre del proceson de la SVS al cierre del proceso•• Que conforme el mQue conforme el méérito de lo expresado, ha quedado demostrado que los rito de lo expresado, ha quedado demostrado que los

Sres. Montaner y GuzmSres. Montaner y Guzmáán,n, en atencien atencióón a los cargos y funciones que n a los cargos y funciones que detentaban en Euroamdetentaban en Euroaméérica CB, y a la administracirica CB, y a la administracióón de fondos n de fondos acordada con Euroamacordada con Euroaméérica Seguros de Vida S.A., se encontraban en rica Seguros de Vida S.A., se encontraban en posesiposesióón de informacin de informacióón privilegiada respecto de las inversiones del n privilegiada respecto de las inversiones del mencionado inversionista institucional, haciendo uso de dicha mencionado inversionista institucional, haciendo uso de dicha informaciinformacióón en la adquisicin en la adquisicióón de las acciones n de las acciones LA POLAR, LAN, LA POLAR, LAN, ENTEL, IAM, CTCENTEL, IAM, CTC--A y FALABELLA A y FALABELLA efectuadas en favor de Pigumo efectuadas en favor de Pigumo Ltda. Ltda. --empresa relacionada de la cual son sociosempresa relacionada de la cual son socios--, durante el per, durante el perííodo odo comprendido entre el 1comprendido entre el 1°° de marzo y el 30 de abril de 2007,de marzo y el 30 de abril de 2007, lo cual lo cual contraviene lo dispuesto en el artcontraviene lo dispuesto en el artíículo 165 en relaciculo 165 en relacióón al artn al artíículo 164 de la culo 164 de la Ley NLey N°° 18.045 de Mercado de Valores18.045 de Mercado de Valores””. (considerando 11). (considerando 11)

•• AplAplíícase a cada uno de los Sres. Joscase a cada uno de los Sres. Joséé Francisco Montaner Reyes y Francisco Montaner Reyes y Roberto GuzmRoberto Guzmáán Lyon,n Lyon, la sancila sancióón de multa, ascendente a UF 500(*), por n de multa, ascendente a UF 500(*), por la infraccila infraccióón al artn al artíículo 165 en relaciculo 165 en relacióón al artn al artíículo 164 de la Ley Nculo 164 de la Ley N°° 18.045. 18.045. (resolutivos 1 y 2)(resolutivos 1 y 2)

•• (*) US$ 22.467(*) US$ 22.467

InformaciInformacióón Privilegiadan Privilegiada

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Page 42: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

Gracias

Uso de InformaciUso de Informacióón Privilegiada casos prn Privilegiada casos práácticoscticos

Lima, martes 13 de marzo de 2012

Page 43: Uso de Información Privilegiada casos prácticos

Uso de Información Privilegiadacasos prácticos

NICOLE CARTIER ZAMORANOABOGADO - FISCALIA DE VALORES

SVS - CHILE

VIII Reunión Sobre Casos Prácticos de Inspección y Vigilancia de Mercados y Entidades

Organizada por el Instituto Iberoamericano de Mercados de ValoresLima, 13 al 16 de marzo de 2012