universidad y diversidad funcional. pedagogÍa para una vida independiente

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UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE Miguel A. García Oca Miguel A. García Oca Presidente de FIMI Presidente de FIMI T T IC IC www.fimitic.org

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UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE. Miguel A. García Oca Presidente de FIMI T IC www.fimitic.org. Paises miembros FIMITIC: - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL.UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL.PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTEPEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

Miguel A. García OcaMiguel A. García Oca

Presidente de FIMIPresidente de FIMITTICIC

www.fimitic.org

Page 2: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

Paises miembros FIMITIC:

ALBANIA, AUSTRIA, BOSNIA AND HERZEGOVINA, BULGARIA, CROACIA, CHIPRE, REPÚBLICA CHECA, ESTONIA, HUNGRÍA, IRLANDA, LIECHTENSTEIN, LITUANIA, MACEDONIA, POLONIA, PORTUGAL, RUMANÍA, REPÚBLICA DE ESLOVACA, ESLOVENIA, ESPAÑA, SUIZA.

Page 3: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

ÍNDICE

I. Introducción.-

•Educación: un Derecho Universal•Cambio en las concepciones en torno a la Diversidad Funcional:

• Modelo Médico-Rehabilitador• Modelo Vida Independiente o social

 II. Pedagogía para una Vida Independiente.-

•Aproximaciones pedagógicas para una Universidad emancipadora e inclusiva :

• Pedagogía Crítica (Pedagogía de la Liberación de Paulo Freire).

• Educación Inclusiva (UNESCO)

•La "Vida Independiente”: Filosofía y praxis.

•Un paso más: el Modelo de la Diversidad.

III. A modo de conclusiones.-

Page 4: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

I.I. Educación: Derecho I.I. Educación: Derecho UniversalUniversal

Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948

Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con discapacidad (1993)

Aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su cuadragésimo octavo periodo de sesiones, mediante Resolución 46/96, de 20 de diciembre de 1993 (publicada en el documento A/RES/48/96, de 04/03/94).

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad (2006)

Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006, durante el sexagésimo primer periodo de sesiones de la Asamblea General, por la Resolución 61/106.

Page 5: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948

PREÁMBULO

LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante

la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

 

Artículo 1.

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Page 6: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad (2006)

Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006, durante el sexagésimo primer periodo de sesiones de la Asamblea General, por la Resolución 61/106.

Art. 24. Educación

1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los

Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida,

2. Al hacer efectivo este derecho, los Estados Partes asegurarán que:

a) Las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivos de discapacidad, y que los niños y las niñas con discapacidad no queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita y obligatoria ni de la enseñanza secundaria por motivos de discapacidad;

b) Las personas con discapacidad puedan acceder a una educación primaria y secundaria inclusiva, de calidad y gratuita, en igualdad de condiciones con las demás, en la comunidad en que vivan;

c) Se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales;

d) Se preste el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación, para facilitar su formación efectiva;

e) Se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión.

Page 7: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad (2006)

Art. 24. Educación

3. Los Estados Partes brindarán a las personas con discapacidad la posibilidad de aprender habilidades para la vida y desarrollo social, a fin de propiciar su participación plena y en igualdad de condiciones en la educación y como miembros de la comunidad.

4. A fin de contribuir a hacer efectivo este derecho, los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para emplear a maestros, incluidos maestros con discapacidad, que estén cualificados en lengua de señas o Braille y para formar a profesionales y personal que trabajen en todos los niveles educativos. Esa formación incluirá la toma de conciencia sobre la discapacidad y el uso de modos, medios y formatos de comunicación aumentativos y alternativos apropiados, y de técnicas y materiales educativos para apoyar a las personas con discapacidad.

5. Los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso general a

la educación superior, la formación profesional, la educación para adultos y el aprendizaje durante toda la vida sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás. A tal fin, los Estados Partes asegurarán que se realicen ajustes razonables para las personas con discapacidad.

Page 8: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

I.I. Educación: Derecho I.I. Educación: Derecho UniversalUniversalConstitución Española (1978)

LEY 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) (BOE núm. 103; 30 de abril de 1982).

LEY 51/2003 de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con discapacidad (LIONDAU) (BOE núm. 289; 3 de diciembre de 2003).

LEY Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU) (BOE núm. 307; 24 de diciembre de 2001)

LEY Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU) (BOE núm. 89; 13 de abril de 2007)

Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento (BOE núm. 279; 18 de noviembre de 2010)

Page 9: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

LEY 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI) (BOE núm. 103; 30 de abril de 1982).

Sección III. Educación (Arts. 23-31)

Art. 312. Los Minusválidos que cursen estudios universitarios cuya minusvalía

les dificulte gravemente la adaptación al régimen de convocatorias establecido con carácter general, podrán solicitar y los centros habrán de conceder la ampliación del número de las mismas en la medida que compense su dificultad. Si mengua del nivel exigido, las pruebas se adaptarán, en su caso, a las características de la minusvalía que presente el interesado.

 

Page 10: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

LEY Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU) (BOE núm. 307; 24 de diciembre de 2001), LEY Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU) (BOE núm. 89; 13 de abril de 2007)

TÍTULO VIII. DE LOS ESTUDIANTES.

 

Art. 46. Derechos y deberes de los estudiantes

 2. Los Estatutos y normas de organización y funcionamiento desarrollarán los derechos y los deberes de los estudiantes, así como los mecanismos para su garantía.

En los términos establecidos por el ordenamiento jurídico, los estudiantes tendrán derecho a:

b). La igualdad de oportunidades y no discriminación por razones de

sexo, raza, religión o discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social en el acceso a la universidad, ingreso en los centros, permanencia en la universidad y ejercicio de sus derechos académicos.

 

Page 11: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

I.II. Paradigmas o I.II. Paradigmas o ModelosModelos

• Médico-rehabilitador = EDUCACIÓN ESPECIAL

• Vida Independiente – Modelo social

EDUCACIÓN INCLUSIVA

• Dignidad en la Diversidad

Page 12: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

II. Pedagogía de la Vida II. Pedagogía de la Vida IndependienteIndependiente

• Aproximaciones pedagógicas para una Universidad emancipadora e inclusiva:– Pedagogía Crítica (Pedagogía de la Liberación de

Paulo Freire)– Educación Inclusiva (UNESCO)

• La "Vida Independiente”: Filosofía y praxis.

• Un paso más: el Modelo de la Diversidad.

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II. Pedagogía de la Vida II. Pedagogía de la Vida IndependienteIndependiente

Pedagogía Crítica (Pedagogía de la Liberación de Paulo Freire)

1.Superar la dicotomía: «opresores/as-oprimidos/as».

2.Atravesar el proceso de concientización «de la opresión».

3.Apuesta por el respeto de los DDHH.

4.Teoría-Acción

5.Constitución de AUTODETERMINACIÓN, EMANCIPACIÓN, LIBERTAD…

Page 14: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

II. Pedagogía de la Vida II. Pedagogía de la Vida IndependienteIndependiente

Pedagogía Crítica (Pedagogía de la Liberación de Paulo Freire)

“El objetivo de la educación tiene que ser crear condiciones para que las personas se apropien de las palabras y puedan decir y decidir.”

(Paulo Freire)

Page 15: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

II. Pedagogía de la Vida II. Pedagogía de la Vida IndependienteIndependiente

Educación Inclusiva (UNESCO)•Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza

Aprobada en la Conferencia General de la UNESCO, 14 de diciembre de 1960.

•48a reunión de la Conferencia Internacional de Educación: "La Educación Inclusiva: El camino hacia el futuro" (Ginebra, 25-28 de noviembre 2008)

Page 16: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

II. Pedagogía de la Vida II. Pedagogía de la Vida IndependienteIndependienteEducación Inclusiva o Integradora (UNESCO)

PRINCIPIOS:• Declaración Universal de DDHH (1948). Art. 26 «Derecho a la Educación»

•Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966)

•Convención sobre los Derechos del/de la Niño/a (1946, 1959)

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II. Pedagogía de la Vida II. Pedagogía de la Vida IndependienteIndependienteEducación Inclusiva o Integradora (UNESCO)

Con demasiada frecuencia, los programas de educación destinados a distintos grupos de niños marginados y excluidos se han venido aplicando fuera del sistema ordinario de enseñanza, recurriendo a planes de estudios, centros educativos y educadores especializados. Con demasiada frecuencia también, este modo de proceder ha conducido a la oferta de oportunidades de educación mediocres que no garantizan a los niños la posibilidad de proseguir sus

estudios. En los países desarrollados, la tendencia a adoptar enfoques más integradores de la educación se ve a menudo obstaculizada por la tradición de dispensar una educación segregada o distinta a los grupos de niños calificados como “difíciles” o “diferentes”. No obstante, cada vez se admite más que lo mejor para los niños con necesidades educativas especiales es frecuentar las escuelas ordinarias, aunque sea necesario prestarles diversas formas especiales de apoyo. Los estudios realizados en los países de la OCDE y en otros Estados que no pertenecen a esta organización indican que los alumnos con discapacidad obtienen mejores resultados escolares en contextos integradores. En la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, adoptada recientemente y firmada por más de 100 países, se exige el establecimiento de un sistema de educación inclusivo a todos los niveles. Estamos presenciando, por lo tanto, una evolución profunda en la que la perspectiva de “bienestar médico” está siendo sustituida por otro planteamiento basado en los derechos humanos. Este cambio de perspectiva modifica también los planteamientos de la educación.

Page 18: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

Filosofía de Filosofía de Vida Vida IndependienteIndependiente• AUTODETERMINACIÓN e INDEPENDENCIA.

• CONTROL sobre la PROPIA VIDA.

• TOMA de DECISIONES.

• Uso de APOYOS HUMANOS (“ASISTENTES PERSONALES”) para llevar una VIDA ACTIVA, dentro de la comunidad.

• Filosofía + práctica: MOVIMIENTO mundial de VIDA INDEPENDIENTE (EEUU, años 60-70).

Principios básicos:

a) derechos humanos y civiles

b) auto-determinación

c) auto-ayuda

d) posibilidad para ejercer poder (empoderamiento)

e) responsabilidad sobre la propia vida y acciones

f) derecho a asumir riesgos

g) integración en la comunidad

Page 19: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

Filosofía de Filosofía de Vida Vida IndependienteIndependiente

¡NADA SOBRE NOSOTR@S SIN NOSOTR@S!

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Modelo de la DiversidadModelo de la Diversidad

El modelo de la diversidad propone claves para construir una sociedad en la que todas las mujeres y hombres vean preservada plenamente su dignidad. Una sociedad en la que la diversidad, y en concreto la diversidad funcional, sea vista como una diferencia con valor y no como una carga independientemente de la edad a la que se produzca. Una sociedad en la que exista la igualdad de oportunidades y nadie sea discriminado por su diferencia. En definitiva una sociedad más justa en la que todas las personas sean bienvenidas, aceptadas y respetadas por el simple hecho de ser humanos.

(Palacios Rizzo y Romañach Cabrero, 2006)

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III. ConclusionesIII. Conclusiones

• Aproximación entre Universidades y Movimiento Asociativo.

• Las Diversidades humanas, deben formar parte de la INVESTIGACIÓN y la PRÁCTICA educativa: ¡TRANSVERSALIDAD!.

• ONU (Convención Internacional) + UNESCO (Educación Inclusiva) + Corrientes pedagógicas (Pedagogía Crítica) = UNIVERSIDADES EMANCIPADORAS e INCLUSIVAS

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III. ConclusionesIII. Conclusiones

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Organización:

Universidad de Alcalá. 

Universidad Autónoma de Madrid.

Universidad Carlos III de Madrid.

Universidad de Comillas de Madrid.  

Universidad Complutense de Madrid.

Universidad Nacional de Educación a Distancia. 

Universidad Rey Juan Carlos de Madrid.

COLABORA:

ASPAYM-Madrid/ FLM.

I ENCUENTRO INTERUNIVERSITARIO “UNIVERSIDAD Y VIDA

INDEPENDIENTE”

El Proyecto de Vida Independiente en las Universidades Madrileñas: balance y

perspectivas

 

LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN:

25 DE JUNIO DE 2008.

Camino de Valderrivas 11528038 Madrid

Para Mayor información:

OFICINA DE VIDA INDEPENDIENTEComunidad de Madrid/Aspaym Madrid.Tel: 91 477 61 75. Fax: 91 478 70 31.

E-mail [email protected]

I Encuentro Interuniversitario madrileño:I Encuentro Interuniversitario madrileño:«Universidad y Vida Independiente» (25 de junio de 08)«Universidad y Vida Independiente» (25 de junio de 08)

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Red de Trabajo en Red de Trabajo en Vida Independiente (RETEVI)Vida Independiente (RETEVI)

• ASPAYM–Madrid, inicia la I Red de Trabajo en «Vida Independiente» (RETEVI), que tiene como objetivo prioritario trabajar y asentar el Derecho Humano de la Vida Independiente, y su Filosofía, desde el ámbito formativo e investigador, a través de distintos espacios:– ACADÉMICOS.– (Algunas) UNIDADES DE DIVERSIDAD FUNCIONAL de

Universidades madrileñas.– ONGs.– Foro de VIDA INDEPENDIENTE y DIVERTAD.

RETEVI, es una red con dimensiones en Europa y en Iberoamérica.

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Red de Trabajo en Red de Trabajo en Vida Independiente (RETEVI)Vida Independiente (RETEVI)

Es miembro de:

• Instituto de «Paz, Derechos Humanos y Vida Independiente» (IPADEVI).

• Red Iberoamericana de Estudios Sociales sobre Discapacidad (RIESDIS).

• Red Española de Política Social (REPS). • DILEMATA. Portal de Éticas Aplicadas. Instituto de Filosofía del

Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).

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CERMICERMI

Solicitud de creación de

1. Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado Universitario con Discapacidad

2. “Plan de Atención al Alumnado con discapacidad en la Universidad”

Page 28: UNIVERSIDAD Y DIVERSIDAD FUNCIONAL. PEDAGOGÍA PARA UNA VIDA INDEPENDIENTE

ENIL y FVIDENIL y FVID

Campaña europea 2011

Segregar NO es Educar

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¡¡¡ Gracias por su atención !!!