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No. de Registro UNAM: 44379-649-2-111-16 UNAM CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS, SECRETARIO GENERAL, ASISTIDO POR LA DRA. PATRICIA DOLORES DÁVILA ARANDA, DIRECTORA DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA, Y POR EL CD. RUBÉN MUÑIZ ARZATE, SECRETARIO DE DESARROLLO Y RELACIONES INSTITUCIONALES DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA; Y POR LA OTRA PARTE, EL COLEGIO MEXICANO DE MEDICINA DE EMERGENCIA Y REANIMACIÓN AVANZADA A.C., AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ASOCIACIÓN", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL M.C. ISAAC MARTÍN VÁZQUEZ DELGADO, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE. "LA UNAM" Y "LA ASOCIACIÓN", EN LO SUCESIVO "LAS PARTES", COMPARECEN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS. DECLARACIONES I. DECLARA "LA UNAM": yik)t", ERAL, )[:: 1. Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial dp - ,Ipi Federación el 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizádib del Estado, dotada de plena capacidad jurídica, que tiene por fines impartir educáciO superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útil¿Sr,i la sociedad; organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condicioneS y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura. 2. Que la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, según lo dispuesto en los artículos 9° de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo, conforme al artículo 34, fracción I del propio Estatuto, facultades para delegarla. 3. Que el Dr. Leonardo Lomelí Vanegas, en su carácter de Secretario General, cuenta con lqs facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el AcuérdO que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y dern'ell instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en Gaceta UNAM el 5 de septiembre de 2011. 4. Que dentro de su estructura orgánico-administrativa se encuentra la Facultad de Estudios Superiores Iztacala quien cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento, cuya titular es la Dra. Patricia Dolores Dávila Aranda. 5. Que señala como su domicilio legal el ubicado en el 9° piso de la Torre de Rectoría, en Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, México, Distrito Federal, Código Postal 04510. 1 FEST/0J/CON/025/16 CD 45-16

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No. de Registro UNAM: 44379-649-2-111-16

UNAM

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. LEONARDO LOMELÍ VANEGAS, SECRETARIO GENERAL, ASISTIDO POR LA DRA. PATRICIA DOLORES DÁVILA ARANDA, DIRECTORA DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA, Y POR EL CD. RUBÉN MUÑIZ ARZATE, SECRETARIO DE DESARROLLO Y RELACIONES INSTITUCIONALES DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA; Y POR LA OTRA PARTE, EL COLEGIO MEXICANO DE MEDICINA DE EMERGENCIA Y REANIMACIÓN AVANZADA A.C., AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ASOCIACIÓN", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL M.C. ISAAC MARTÍN VÁZQUEZ DELGADO, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE. "LA UNAM" Y "LA ASOCIACIÓN", EN LO SUCESIVO "LAS PARTES", COMPARECEN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.

DECLARACIONES

I. DECLARA "LA UNAM": yik)t",

ERAL, )[::

1. Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial dp-,Ipi Federación el 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizádib del Estado, dotada de plena capacidad jurídica, que tiene por fines impartir educáciO superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útil¿Sr,i la sociedad; organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condicioneS y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.

2. Que la representación legal de esta Casa de Estudios recae en su Rector, Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, según lo dispuesto en los artículos 9° de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo, conforme al artículo 34, fracción I del propio Estatuto, facultades para delegarla.

3. Que el Dr. Leonardo Lomelí Vanegas, en su carácter de Secretario General, cuenta con lqs facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con el AcuérdO que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y dern'ell instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en Gaceta UNAM el 5 de septiembre de 2011.

4. Que dentro de su estructura orgánico-administrativa se encuentra la Facultad de Estudios Superiores Iztacala quien cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento, cuya titular es la Dra. Patricia Dolores Dávila Aranda.

5. Que señala como su domicilio legal el ubicado en el 9° piso de la Torre de Rectoría, en Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, México, Distrito Federal, Código Postal 04510.

1 FEST/0J/CON/025/16 CD 45-16

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II. DECLARA "LA ASOCIACIÓN":

1. Que es una Asociación Civil legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República Mexicana, como se acredita en la escritura pública número 150,814 de fecha 12 de noviembre de 2014, protocolizada ante la fe del Lic. Enrique Almanza Pedraza, titular de la Notaría Pública No. 198 de México, Distrito Federal.

2. Que en dicha escritura, en su artículo 9°, establece que los objetivos de "LA ASOCIACIÓN" son:

a) Reunir a los médicos urgenciólogos, enfermeras y personal afín de la medicina de urgencia, dedicados al ejercicio profesional de la medicina de urgencias en- S1/1 diferentes áreas.

b) Promover la superación profesional de sus miembros para beneficio del país. c) Promover la expedición de leyes, reglamentos, estatutos y reformas de acuerdo a la

evolución científica de la MEDICINA DE URGENCIAS. d) Pugnar para que las actividades de los miembros del Colegio estén de acuerdo con

las normas de la más estricta ética profesional. e) Cuidar que el ejercicio de la medicina de urgencias se realice con eficiencia

profesional. .• f) Conservar los altos niveles académicos y las virtudes morales. g) Difundir la medicina de urgencias. h) Mejorar la superación profesional de sus miembros mediante sesiones científicas, cursos

de actualización, reuniones e intercambios científicos, asistencia a congréSS nacionales e internacionales.

i) Apoyar la investigación y la enseñanza de la medicina de urgencias j) Realizar labores educativas: Talleres, diplomados, cursos monográficos, congresos. k) Colaborar con las autoridades y secretarías como cuerpo consultivo. I) Representar a sus miembros ante la Dirección General de Profesiones. m) Servir de árbitro en los conflictos entre profesionales, entre técnicos profesionales o

entre ellos y los usuarios cuando decidan someterse a dicho arbitraje. n) Prestar la más amplia colaboración con el poder público federal, estatal o municipal,

como consultores, así como participar en la moralización de sus miembros. o) Fomentar las relaciones profesionales y de amistad entre sus miembros y con otros

Colegios y Asociaciones Médicas. Organizando reuniones científicas, sociales< culturales y otras.

r 11 p) Establecer intercambio con las sociedades médicas nacionales y extranjeras' :y aquellas de analogía similar a las anteriores.

q) Impulsar la publicación de obras escritas por los miembros del Colegio. Editar folletos y otras publicaciones en relación con las actividades médicas.

r) Participar y promover con las Universidades, los planes y programas de estudio de la especialidad en Medicina de Urgencias.

s) Procurar el bienestar del médico y de sus familiares. t) Y aquellas de analogía similar a las anteriores, así como la celebración de toda clase

de contratos o convenios, ya sean civiles o mercantiles o de cualquier otra naturaleza permitidos por la ley.

3. Que su representación legal recae en su Presidente, el M.C. Isaac Martín Vázquez Delgado, como se acredita en la escritura pública número 150,814 de fecha 12 de noviembre de 2014, protocolizada ante la fe del Lic. Enrique Almanza Pedraza, titular de la Notaría Pública No. 198 de México, Distrito Federal.

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Pad ti.,.,C,Jk RIMAE.ON

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4. Que en su estructura orgánica cuenta con los recursos financieros, materiales y humanos necesarios para llevar a cabo las actividades académicas y de capacitación estipuladas en el presente Convenio de Colaboración.

5. Que para todos los efectos legales del presente Convenio de Colaboración, señala como su domicilio el ubicado en Calle Gabriel Mancera, numero exterior 867, número interior 301, Colonia Del Valle Centro, Delegación Benito Juárez, México, Distrito Federal, Código Postal 03100.

DECLARAN "LAS PARTES":

ÚNICO. Que expuesto lo anterior, se reconocen mutuamente la personalidad que ostentdr están conformes en sujetar sus compromisos a los términos y condiciones establecidos en las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO

Organizar, coordinar, realizar y supervisar el desarrollo del Diplomado "Urgencias MédiCó Quirúrgicas. Manejo Integral del Paciente Grave", clave interna asignada CD 45-16, con una duración de 240 (doscientas cuarenta) horas, mismas que se detallan en el Anexo 1 del presente instrumento, llevándose a cabo en las instalaciones del Gran Hotel Ancira, ubicado en Avenida Melchor Ocampo número 443, Colonia Centro, Monterrey, Nuevo León, Código Postsk 64000.

SEGUNDA. COMPROMISOS DE "LA UNAM"

Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración, "LA UNAM", a través de la Facultad de Estudios Superiores Iztacala, se compromete a:

Revisar, analizar y evaluar el programa educativo de acuerdo con los lineamientos :x normatividad pedagógica de la División de Extensión Universitaria de la Facultad"de Estudios Superiores lztacala, y en caso necesario, realizar las modificaciones o cambiol pedagógicos a que haya lugar.

.:r Programar la actividad académica materia del presente Convenio de Colaboracióhl solicitada previamente por escrito, considerando los días de asueto y vacaciones, así comb

flas correspondientes a "LA ASOCIACIÓN".

3. Entregar a "LA ASOCIACIÓN", los formatos de ficha de inscripción que deben llenar los participantes interesados en la actividad académica materia del presente Convenio de Colaboración, con letra clara y legible, mismos que deberán ser firmados al reverso por todos y cada uno de los participantes.

4. Elaborar y reproducir el programa educativo correspondiente a la actividad académica para ser entregado a los participantes inscritos, a través de "LA ASOCIACIÓN".

5. Entregar a "LA ASOCIACIÓN" los formatos de evaluación de ponente necesarios, los cuales deberán ser aplicados por el personal de "LA ASOCIACIÓN" a los participantes, al concluir la participación del ponente respectivo.

6. Revisar y evaluar el desarrollo y contenido de la actividad académica objeto del presente Convenio de Colaboración, durante y al final de la misma.

3 LI 1,1 C. !VI

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7. Solicitar al responsable académico, el cuadro de ponentes correspondiente al desarrollo de la actividad académica objeto del presente Convenio de Colaboración, así como sus respectivas actualizaciones.

8. Solicitar al responsable académico, la lista de calificaciones con una antelación de 15 (quince) días hábiles a la fecha de terminación de la actividad académica, la cual deberá ser entregada a la División de Extensión Universitaria de la Facultad de Estudios Superiores lztacala. Dicho listado deberá contener, nombre de los participantes por apellido paterno en orden alfabético, calificación final de cada uno y ser firmada por el responsable académico de la actividad materia del presente Convenio de Colaboración.

9. Elaborar las constancias a ponentes y diplomas a los participantes que cumplan con los requisitos de evaluación estipulados en el programa educativo correspondiente, de conformidad con las fichas de inscripción y cuadro de ponentes aceptados y turnados'er';' tiempo y forma a la División de Extensión Universitaria de la Facultad de Estudios Superiores lztacala.

10. Conciliar con "LA ASOCIACIÓN" la fecha de entrega de constancias a ponentes y diplomas a los participantes.

TERCERA. COMPROMISOS DE "LA ASOCIACIÓN" ,

Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración, "LA ASOCIACION", se compromete a:

, 1. Entregar la solicitud de programación de la actividad académica materia del presenté

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Convenio de Colaboración en hoja membretada firmada por el representante de "L'A ASOCIACIÓN", acompañada del estado financiero de la actividad, así como de las fechcfS probables de realización y sede de la misma.

2. Entregar el programa educativo para la realización de la actividad académica conforme a la normatividad y lineamientos pedagógicos establecidos por la División de Extensión Universitaria de la Facultad de Estudios Superiores lztacala.

3. Difundir y promover la actividad académica objeto del presente Convenio de

?/

Colaboración, una vez aprobado por "LA UNAM", el programa educativo de dicha , actividad académica. ,,

4. Entregar a los participantes interesados en la actividad académica, el formató 'cié inscripción, que deberá ser llenado con letra clara y legible, firmado por todos y cada uno de los participantes al reverso del mismo y devolverlo a "LA UNAM".

,1,-, 5. Entregar a "LA UNAM" la relación de personas aceptadas en la actividad académica c9p

antelación de 5 (cinco) días hábiles de iniciada la actividad académica, anexando copió de título y cédula profesional, así como documentos probatorios que se requieran de acuerdo a los requisitos de ingreso estipulados en el programa educativo correspondiente.

.....„' 6. Entregar a los participantes aceptados el programa de la actividad materia del presente Convenio de Colaboración.

7. Llevar registro y control de la asistencia de los participantes a la actividad académica objeto del presente Convenio de Colaboración y entregar copia del mismo a la División de Extensión Universitaria de la Facultad de Estudios Superiores lztacala, con 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de terminación de la actividad académica.

8. Impartir la actividad académica que se programe y organice en el marco del presenté Convenio de Colaboración.

9. Proporcionar el equipo necesario dentro de las instalaciones o aquellas que arrende para impartir las actividades académicas materia del presente Convenio de Colaboración, Dicho equipo consiste en: aula, pintarrón, proyector de diapositivas y de acetatos, y demás

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equipo que se requiera para el óptimo desarrollo del Diplomado a que se refiere el presente Convenio de Colaboración y que esté dentro de las posibilidades de "LA ASOCIACIÓN".

10. Notificar por escrito a "LA UNAM" cualquier cambio o modificación en la participación de los profesionales que conforman la planta académica de la actividad.

11. Notificar por escrito a "LA UNAM" cualquier cambio de sede establecido para la realización de la actividad académica objeto del presente Convenio de Colaboración, indicando el motivo. En caso de aplicar, deberá también notificar oportunamente al responsable académico.

12. Notificar por escrito a "LA UNAM" la suspensión o cancelación de alguna de las sesiones que integran la actividad académica, indicando el motivo.

13. Aplicar a los participantes de las actividades académicas, los formatos de evaluación de ponente, los cuales deberán ser realizados al concluir la participación del ponente respectivo según corresponda al desarrollo de la actividad.

14. Realizar el trámite administrativo correspondiente al pago de los profesionales que participen como ponentes, instructores, facilitadores o conferencistas durante el desarrollo de la actividad académica materia del presente Convenio de Colaboración.

15. Entregar las constancias a ponentes y diplomas a los participantes de conformidad con lo acordado con "LA UNAM".

CUARTA. APORTACIÓN

1. La aportación económica por participante del Diplomado "Urgencias Medico Quirúrgical. Manejo Integral del Paciente Grave", es de $39,400.00 (Treinta y nueve mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) a razón de una inscripción de $1,900.00 (Mil novecientos pesos 00/100 M.N.), 15 (quince) mensualidades de $2,400.00 (Dos mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) y un pago único al séptimo mes de $1,500.00 (Mil quinientos pesos 00/100 M.N.). Cabe mencionar que se requiere de un mínimo de 50 (cincuenta) participantes para que la actividad se realice.

2. "LA ASOCIACIÓN", realizará a "LA UNAM" una aportación económica por cada participante inscrito en el Diplomado de $5,910.00 (Cinco mil novecientos diez pesos 00/100 M.N.).

3. Cabe mencionar que se aplica la misma aportación económica, aun cuando se exceda, el número mínimo de 50 (cincuenta) participantes que se requieren para abrir la actividald académica objeto del presente Convenio.

4. "LA ASOCIACIÓN" realizará en una exhibición el depósito de la aportación económica a "LA UNAM" por cada participante inscrito:

• Fecha límite de aportación única: el día 09 de enero de 2017

5. En caso de no realizar la aportación económica en la fecha establecida, se adicionará ala misma el 6% (seis por ciento) de interés moratorio mensual, a partir del día siguiente de fa fecha establecida para realizar la aportación económica.

6. "LA ASOCIACIÓN" podrá efectuar el pago correspondiente a favor de la Universidad Nacional Autónoma de México en el Banco Bancomer, S.A., en las siguientes modalidades:

a) Cheque. b) Depósito en efectivo.

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c) Transferencia bancaria.

Para lo cual "LA ASOCIACIÓN" deberá solicitar al Departamento de Capacitación de la División de Extensión Universitaria de la Facultad de Estudios Superiores lztacala se le proporcione un número de referencia personalizada 3 (tres) días hábiles previos a realizar el pago.

7. Si al finalizar la actividad académica, existieran adeudos económicos, "LA UNAM" a través de la División de Extensión Universitaria de la Facultad de Estudios Superiores lztacala, se reserva el derecho de entregar las constancias y diplomas correspondientes a "LA ASOCIACIÓN".

8. Ante cualquier incumplimiento en los compromisos estipulados por "LA ASOCIACIÓN", "LA UNAM", a través de la División de Extensión Universitaria de la Facultad de Estudios Superiores lztacala, se reserva el derecho de cancelar o posponer la actividad académica materia de este Convenio de Colaboración, según sea el caso.

Las aportaciones se realizan conforme a los lineamientos de la Legislación Universitaria y demás normatividad aplicable, así como a las políticas internas de "LA ASOCIACIÓN".

QUINTA. RESPONSABLES

Para la debida ejecución, seguimiento, así como para que se remita toda documentacion relacionada con el presente instrumento, "LAS PARTES" nombran como responsables a las siguientes personas:

Por "LA UNAM", a la Lic. Georgina Gabriela Salyano Sánchez, Jefa del Departamento de Capacitación de la División de Extensión Universitaria de la Facultad de Estudios Superiores lztacala.

Por "LA ASOCIACIÓN", al M.C. Isaac Martín Vázquez Delgado, Presidente.

SEXTA. RELACIÓN LABORAL

"LAS PARTES" convienen en que el personal aportado por cada una para la realización del. presente Convenio de Colaboración, se entenderá relacionado exclusivamente con aquel0

lo empleó; por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto y, ér`i ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos.

SÉPTIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL

"LA ASOCIACIÓN" reconoce que los programas académicos, manuales, notas del Diplomado, diseño, contenido tecnológico del material didáctico y métodos de exposición, objeto dél presente Convenio, son propiedad de "LA UNAM" y que debe dárseles el tratamiento de información sujeta a derechos de propiedad intelectual. Por lo tanto, "LA ASOCIACIÓN" conviene en no quitar o alterar cualquier aviso de derecho de propiedad de "LA UNAM" o de cualquier otra entidad que estén contenidos en el material educativo.

En caso de que llegaran a generarse otros productos o conocimientos con motivo de fa ejecución de este Convenio, susceptibles de registro o de explotación, los derechos patrimoniales corresponderán a la parte cuyo personal haya realizado el trabajo que sea objeto

6 u I•1 AM

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de protección de la materia, dándole el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en su realización. Si los trabajos se llevan a cabo por personal de ambas partes, la titularidad les corresponderá a las dos en proporción a su participación. "LAS PARTES" podrán utilizar la información derivada de las actividades desarrolladas en sus tareas académicas.

OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD

"LAS PARTES" convienen en mantener bajo estricta confidencialidad la información de carácter técnico y financiero que se origine o se intercambie con motivo de la ejecución del presente instrumento. Para tal efecto, "LA UNAM" está sujeta al Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para la Universidad Nacional Autónoma de México.

NOVENA. RESPONSABILIDAD CIVIL - les

Queda expresamente. pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad civil por los danosa

y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por el paro de labores académicas o administrativas, en virtud de las cuales pudieran verse impedidas para poder cumplir oportunamente con los compromisos derivados del presente Convenio de Colaboración, en la inteligencia de que, una vez superados estil, eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen "LAS PARTES".

DÉCIMA. VIGENCIA

El presente instrumento tendrá una vigencia del 09 de enero de 2016 al 30 de junio de 2017.

DÉCIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA

Cualquiera de "LAS PARTES", podrá dar por terminado el presente Convenio de ColaboráCidn con antelación a su vencimiento, mediante aviso por escrito a su contraparte, notificándo1j con 30 (treinta) días hábiles de anticipación; en tal caso, ambas partes tomarán las medidas

( necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros; en su caso, "LA ASOCIACIÓN" deberá cubrir los gastos erogados y el costo de los trabajos realizados a favor de "LA UNAM". '

DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES

El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de "LAS PARTES", mediante la firma del Convenio Modificatorio respectivo; dichas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.

DÉCIMA TERCERA. INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO

"LAS PARTES", convienen en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razop de lo cual, toda controversia e interpretación que se derive del mismo, respecto dé ;1:0 operación, formalización y cumplimiento, será resuelta por los responsables designados erí cláusula Quinta del presente instrumento.

DÉCIMA CUARTA. JURISDICCIÓN

Si en última instancia no llegaran a ningún acuerdo, "LAS PARTES" se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, renunciado expresamente al fuero que en

7 U N AM

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M.C. ISA • C AR DELGA

PRESIDE

EZ O TE

No. de Registro UNAM: 44379-649-2-111-16

razón de su actual o futuro domicilio o que por cualquier otra circunstancia pudiera corresponderles.

LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONVENIO DE COLABORACIÓN Y DEBIDAMENTE ENTERADAS "LAS PARTES" DEL CONTENIDO Y ALCANCE DE SUS CLÁUSULAS, LO FIRMAN POR QUINTUPLICADO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS.

POR "LA UNAM"

. LEONARDO LOM I VANEGAS SECRETARIO NERAL

POR 'LA ASOWCIÓN"

)(gRA. PATRICIA DO ES DÁVILA ARANDA DIRECTORA D L • ACULTAD DE ESTUDIOS

SUPE' ORES IZTACALA

CD. RUBEN MUÑIZ ARZATE SECRETARIO DE DESARROLLO Y RELACIONES

INSTITUCIONALES DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA

1,1

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CALENDARIZACION DEPARTAMENTO DE CAPACITACION

Clave: CD-45-16

Diplomado: URGENCIAS MÉDICO QUIRÚRGICAS. MANEJO INTEGRAL DEL PACIENTE GRAVE

Inicio: 09-ene-16 Término: 26-mar-17 Duración: 240 hrs Sesiones: 30 Horario: Una vez al mes un Sábado 10:00 a 20:00 hrs. y un

Domingo 8:00 a 14:00 hrs. Organización: Colegio Mexicano de Medicina de Emergencia y

Reanimación Avanzada, A.C. Sede: Gran Hotel Ancira

Monterrey, Nuevo León

—SrESTM-----TrEFTZ--- 1 09-ene-16 2 10-ene-16 3 13-feb-16 4 14-feb-16 5 12-mar-16 6 13-mar-16 7 16-abr-16 8 17-abr-16 9 14-may-16

10 15-may-16 11 11-jun-16 12 12-jun-16 13 16- u1-16 14 17-jul-16 15 27-ago-16 16 28-ago-16 17 24-sep-16 18 25-sep-16 19 29-oct-16 20 30-oct-16 21 12-nov-16 22 13-nov-16 23 10-dic-16 24 11-dic-16 25 28-ene-17 26 29-ene-17 27 25-feb-17 28 26-feb-17 29 25-mar-17 30 26-mar-17

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M.C. IS • AC MA IN EZ DELG O

PRESIDE TE

PO "LA ASOCIACIÓN" POR "LA UNAM"

R. LEONARDO LO ELÍ VANEGAS SECRETARIO GENERAL

) RA. PATRICIA DO

DIRECTORA DE SUPER

ES DÁVILA ARANDA CULTAD DE ESTUDIOS

RES IZTACALA

No. de Registro UNAM: 44379-649-2-111-16

LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE ANEXO 1 Y ENTERADAS "LAS PARTES" DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN POR QUINTUPLICADO, EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL DIECISÉIS.

CD. RUBÉN MUÑIZ ARZATE SECRETARIO DE DESARROLLO Y RELACIONES

INSTITUCIONALES DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES IZTACALA

FESI/0J/CON/025/16 CD 45-16

10