universidad metropolitana
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UNIVERSIDAD METROPOLITANA ESCUELA DE CIENCIAS SOCIALES, HUMANIDADES y
COMUNICACIONES DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES
Curso: Crim: 301 Legislación Criminal en P.R. y otras Leyes Especiales
Instructor: Dr. José Collazo González Ed.D (y) PhD.
Método de análisis de jurisprudencias del Tribunal Supremo de P.R.
Introducción: Las decisiones resueltas por el Tribunal Supremo de P.R. son
decisiones que se convierten en finales y firmes. Es decir, crean normas jurídicas por
medio de las doctrinas que el tribunal cita al resolver cada caso. El Tribunal Supremo
es el Tribunal de última instancia. Esto implica y significa que constitucionalmente o sea
que la Constitución de P.R. lo crea para el año 1952 como un tribunal que no puede ser
eliminado y cambiado por la Asamblea Legislativa entiéndase Cámara y Senado. Para
cambiar o hacer enmiendas a este tribunal se hará mediante un Referéndum o
Plebiscito donde sean los votantes de Puerto Rico los que decidan tal cambio. El
Tribunal Supremo de P.R. recibe casos que llegan en alzada del Tribunal Apelativo de
P.R. Los casos que provienen del Tribunal Apelativo a su vez llegan del Tribunal
Superior de Primera Instancia. Es decir, los abogados litigantes y en pocas ocasiones
el ministerio fiscal a través del Procurador y el jefe del Departamento de Justicia de
P.R. pueden acudir en alzada o apelación a estos tribunales si tienen algún fundamento
legal o jurídico para alegar que hubo errores en derecho de los jueces de menor
jerarquía al resolver un caso. Es importante mencionar que las apelaciones no se
hacen por si el cliente o acusado salió culpable o inocente. Se trata de asuntos de
dilucidar prueba que demuestre errores en interpretaciones de normas jurídicas en
derecho. No obstante es claro y obvio que una cosa lleva a la otra pero se trata de ver
si el Juez de menor jerarquía se equivocó o erró en derecho. Más adelante veremos
cómo se analizan las decisiones del Tribunal Supremo de P.R. Primero conozcamos el
organigrama de la judicatura de P.R. o Administración de los Tribunales A
continuación conoceremos el organigrama de los Tribunales de Puerto Rico.
Fuente: Administración de Tribunales de Puerto Rico.
Los Jueces del T.S. pueden confirmar, revocar o modificar decisiones y/o sentencias de
tribunales de menor jerarquía. Las decisiones pueden ser unánimes o concurrentes,
disidentes, no todos estén de acuerdo, percurrian, todos de acuerdo pero no dan
opiniones de porque están de acuerdo. Asuntos que se ven en este tribunal son
recursos de Habeas Corpus, significa que se alega que el Estado tiene a una persona
detenida en una institución penal sin que se le celebre un juicio o vista por más de seis
(6) meses. Esto viola el derecho constitucional a Juicio rápido consagrado en la
Constitución de P.R. como uno de los derechos de los acusados. Otro lo es el Recurso
de Certiorrari, en palabras entendibles significa que se le pide al T.S. que revise
procedimientos que se alegan se hicieron mal en los tribunales inferiores para que se
devuelva o baje nuevamente el asunto al tribunal inferior para que lo revise. Otro lo el
Mandamus, es un recurso donde el T.S. ordena a algún funcionario del estado a que
cumpla con un deber ministerial que le corresponde realizar y no quiere hacerlo. El
Injuction, implica la paralización de cualquier asunto que se encuentre en un litigio
hasta se resuelva el mismo. Como ejemplo la paralización de una obra de construcción.
Los casos se encuentran en las Decisiones de P.R. (DPR) y otras bases de datos.
Tribunal
Supremo de P.R.
Tribunal Apelativo
Es un Tribunal Intermedio de Apelaciones
Tribunal de Primera Instancia
Tribunal Munincipal Tribunal Superior
Análisis de Casos
Título: Pueblo V.S. Fulano 115 D.P.R. 123
Imputado Tomo página
Controversia: Los alegados errores en derecho que plantean los litigantes al Tribunal.
Hechos: Los sucesos ocurridos tales como: fechas, lugares, tiempo y toda la cadena
de eventos que rodean el caso
Decisión del caso: Existe la decisión de Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal
Apelativo y el Tribunal Supremo de P.R.
Fundamento legal o jurídico: En que el Tribunal Supremo de P.R. fundamenta su
decisión pueden ser doctrinas, la Constitución de P.R. otras decisiones
federales y/o todas aquellas normas jurídicas decididas que no hayan sufrido
cambios sustanciales.
Doctrinas: Son interpretaciones jurídicas hechas por juristas expertos en áreas del
Derecho que han sentado un precedente en otras jurisdicciones fuera y dentro
Del sistema de tribunales del mundo.
Nuestro sistema criminal es adaptado del Derecho Anglosajón o americano
Derecho Penal
Constitucional
Evidencia
Derecho Procesal Penal