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Oficina de Propiedad Intelectual GUÍA DE PROTECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL GUÍA DE PROTECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL UNIVERSIDAD DEL PERÚ, DECANA DE AMÉRICA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Vicerrectorado de Investigación

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Oficina de Propiedad Intelectual

GUÍA DEPROTECCIÓN

DE PROPIEDAD INTELECTUAL

GUÍA DEPROTECCIÓN

DE PROPIEDAD INTELECTUAL

UNIVERSIDAD DEL PERÚ, DECANA DE AMÉRICA

UNIVERSIDAD NACIONALMAYOR DE SAN MARCOS

Vicerrectoradode Investigación

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GUÍA DE PROTECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUALOficina de Propiedad Intelectual

2016Universidad Nacional Mayor de San MarcosVicerrectorado de InvestigaciónConsejo de Transferencia e Innovación

Rector (i)Dra. Antonia Castro RodríguezVicerrectora AcadémicaDra. Antonia Castro RodríguezVicerrector de InvestigaciónDr. Bernardino Ramírez BautistaConsejo Superior de InvestigacionesDr. Pablo Ramírez RocaConsejo de Transferencia e InnovaciónDr. Juan Arroyo CuyubambaConsejo de Gestión de la InvestigaciónDr. Jorge Inche MitmaElaboraciónMg. Elizabeth Consuelo Ortega RomeroColaboradorDavid Huamán Gastelu

Copyright © 2016 Universidad Nacional Mayor de San MarcosCalle Germán Amézaga 375, Lima, PerúTeléfono: (51-1) 619 7000http://www.unmsm.edu.pe/

Autor: Elizabeth C. Ortega RomeroOrtografía, sintaxis y edición: Juan L. Arroyo CuyubambaSupervición y revisión de la edición: Juan L. Arroyo Cuyubamba1era. Edición. Editado en abril 2016Diseño y diagramación: G. Franco Honorio HallImpresión: J &E Inversiones Santillan S.A.C / Av. Bolivia N° 148 int. 2237 Urb. Lima Cercado Lima - Lima - LimaImpreso en Lima, Perú. Mayo 2016Tiraje: 1 000 ejemplares

Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2016-07424ISBN:

Contenido

PRESENTACIÓN 5

I. INTRODUCCIÓN A LA PROPIEDAD INTELECTUAL 6

1. Propiedad Intelectual 61.1 ¿Qué es la propiedad intelectual? 61.2 ¿Qué son los derechos de propiedad intelectual? 6

2. Patentes 6

2.1. ¿Qué invenciones pueden protegerse? 62.2. ¿Qué es una patente? 72.3. ¿Cómo se obtiene una patente? 72.4. ¿Qué requisitos debe tener una patente? 7

3. Signos Distintivos 8

3.1. ¿Qué es una marca? 83.2. ¿Qué derechos confiere la marca? 83.3. ¿Es obligatorio registrar una marca? 83.4. ¿Cómo se registra una marca? 83.5. ¿Cuál es la vigencia del registro de una marca? 8

4. Derechos de Autor 8

4.1. ¿Qué es el derecho de autor? 84.2. ¿Cuándo la ley habla de obra literaria, se refiere sólo a obras de literatura? 94.3. ¿Los programas de ordenador o software son considerados “obras” a efectos del Derecho de Autor? 94.4. ¿Para obtener la protección del Derecho de Autor sobre un software, es necesario registrarlo previamente en algún lado? 9

II. PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL PERÚ 9

III. PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN LA UNMSM 11

1. Oficina de Propiedad Intelectual 112. ¿Cómo se identifica los resultados de investigación patentable? 143. ¿Qué información necesito para presentar una solicitud de patente a través de la Oficina de Propiedad Intelectual? 144. ¿Qué partes tiene una solicitud de patente? 15

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 22

ANEXOS 23

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Presentación

Las universidades son agentes imprescindibles de los sistemas nacionales de innovación y desempeñan un papel relevante en el proceso de producción, promoción, difusión y aplicación del conocimiento y la tecnologia en la sociedad. Sin embargo, para su difusion y aplicación en forma apropiada, estos deben ser protegidos por el bien de la sociedad que lo consume y para el beneficio de la Universidad y sus autores. Estas pueden ser en forma de patentes, modelos de utilidad o marcas.Actualmente, las patentes y marcas constituyen indicadores que permiten cuantificar los resultados del proceso de invención e innovación tecnológica, llevados a cabo por las universidades y la subsiguiente transferencia.

En este contexto, el Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, a tra-vés del Consejo de Transferencia e Innovación - Oficina de Propiedad Intelectual, viene impulsando, una política de fomento al registro de la propiedad intelectual de los resultados de la investigación mediante las patentes, para que el investigador – inventor y la Universidad tengan el merecido reconocimiento y que de esta manera, el conocimiento científico y tecnológico posibilite el desarrollo económico y social de nuestro país.

Atendiendo a esta necesidad y, con la finalidad de generar una cultura de innovación entre nuestros in-vestigadores, hemos asumido la tarea de elaborar una guía interna que permita comprender los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual - propiedad industrial generados como resultado de la actividad desarrollada por los docentes - investigadores y estudiantes tesistas de pregrado y posgrado de la UNMSM y hacer un uso adecuado del Reglamento de Patentes y Derechos de Propiedad Intelectual (Resolución Rectoral N.° 05343-R-08 ). Al hacerlo, se busca fomentar una cultura de respeto a la autoria e invención propias de la creatividad humana, responsabilidad que está a cargo de la Oficina de Propiedad Intelectual del Consejo de Transferencia e Innovación. Para lo cual, la mencionada oficina desarrolla de manera permanente actividades académicas para que la comunidad sanmarquina y peruana conozcan todos los aspectos relacionados con la protección de los derechos de propiedad intelectual. En el marco de esta función educadora, de difusión y fomento, el CTI presenta esta guía, dedicada, principalmente a crear cultura de Propiedad Intelectual, e informar de los procedimientos básicos para gestionar, ante los organis-mos correspondientes, la protección de los resultados de las investigaciones potencialmente patentables.

Mucho de la información y los conceptos mencionados en esta Guia han sido tomados de las directrices de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, el Instituto Nacional de Defensa de la Competen-cia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, y de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, que establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial.

Dr. Juan L. Arroyo C.Presidente del Consejo de Transferencia e Innovación

Vicerrectorado de Investigación

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I. INTRODUCCIÓN A LA PROPIEDAD INTELECTUAL

1. Propiedad Intelectual

1.1 ¿Qué es la propiedad intelectual?Es el conjunto de derechos de autor, personales (morales) y patrimoniales (económicos) que corresponden a los autores sobre las obras de su creación. Para la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) la expresión “intellectual property” engloba tanto los derechos de propiedad industrial (marcas, patentes, diseño industrial, denominaciones de origen) como los derechos de propiedad intelectual (derechos de autor y derechos afines)(Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) 2010a), ver figura 1.

Figura 1 Esquema de clasificación de la propiedad intelectual. Elaboración propia

1.2 ¿Qué son los derechos de propiedad intelectual?Los derechos de propiedad intelectual permiten al creador, o al titular de una patente, marca o derecho de autor, gozar de los beneficios que derivan de su obra o de la inversión realizada en relación con una creación. Esos derechos están consagrados en el Artículo 27 de la Decla-ración Universal de Derechos Humanos, que contempla el derecho a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales re-sultantes de la autoría de las producciones científicas, literarias o artísticas. (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) 2010b)

2. Patentes

2.1. ¿Qué invenciones pueden protegerse?En muchos países, las teorías científicas, los métodos matemáticos, las variedades vegetales o los animales, los descubrimientos de sustan-cias naturales, los métodos comerciales o métodos de tratamiento médico (en oposición a los productos medicinales), no suelen ser patenta-bles. En el Perú, El artículo 15º de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina establece que no se considerarán invenciones a:

Propiedad intelectual

Derecho de Autor

Derechos exclusivos sobre obras literarias, artisticas,

científicas, software y obras del ingenio humano.

Derechos conexos

Propiedad Industrial

INVENCIONES: Patentes

Patentes de invención, modelo de utilidad y diseños industriales

SIGNOS DISTINTIVOS: Marcas

Marcas, lemas comerciales, nombres

comerciales, denominaciones de origen

a. Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos;b. El todo o parte de seres vivos tal como se encuentran en la naturaleza, los procesos biológicos naturales, el material biológico

existente en la naturaleza o aquel que pueda ser aislado, inclusive genoma o germoplasma de cualquier ser vivo natural;c. Las obras literarias y artísticas o cualquier otra creación protegida por el derecho de autor;d. Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, juegos o actividades económico-comerciales;e. Software o el soporte lógico, como tales; f. Las formas de presentar información.

2.2. ¿Qué es una patente?Una patente es el título otorgado por el Estado que confiere a su titular el derecho de excluir a terceros de la explotación de una invención por un tiempo y en un territorio determinado, siempre y cuando la invención cumpla con los requisitos establecidos por las disposiciones legales. Durante el periodo de vigencia de la patente, quien sea titular del derecho podrá evitar que terceros exploten la invención, la reproduzcan, la vendan, la usen o la aprovechen sin su consentimiento (INDECOPI 2011). Así mismo, las patentes constituyen una amplia fuente de informa-ción que abarca todos los ámbitos de la tecnología (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI ) 2013)

2.3. ¿Cómo se obtiene una patente?El primer paso para obtener una patente consiste en presentar una solicitud ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Según el marco legal vigente en Perú, una invención puede ser protegida a través de una Patente de Invención o una Patente de Modelo de Utilidad - Decisión 486 de la Comunidad Andina “Régimen Común de Propiedad Industrial”.

I.1.1. Patente de invención: protege un producto o un procedimiento siempre y cuando cumpla con los requisitos de Novedad, Nivel Inventivo y Aplicación Industrial. La protección tiene una duración de 20 años, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

I.1.2. Patente de modelo de utilidad: protege toda nueva forma, configuración o disposición de elementos, de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o de alguna de sus partes, que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto, incorporándole o proporcionándole alguna utilidad, ventaja o efecto téc-nico que antes no tenía. La protección de un modelo de utilidad tiene una duración de 10 años, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

2.4. ¿Qué requisitos debe tener una patente? Una invención debe cumplir con los siguientes requisitos:

I.1.3. NOVEDAD: La primera condición para que una invención pueda ser protegida por una patente es que sea nueva. Debe entenderse como tal, si es que en la fecha de presentación de la solicitud, no existe otra tecnología en el dominio pú-blico que provea una solución igual o similar a la provista por la invención, es decir, esta es nueva sólo si supera el estado de la técnica (denominado también como arte previo) en la fecha de presentación de la solicitud. Es importante señalar que la novedad es un concepto absoluto y no relativo, pues se exige que sea de naturaleza universal y no únicamente en relación al territorio donde se pretende la protección.

I.1.4. NIVEL INVENTIVO: La segunda condición necesaria para otorgar una patente es el nivel (altura, paso o actividad) inventivo. Esta condición implica que la invención no debe derivarse/desprenderse de manera obvia ni evidente a partir del estado de la técnica precedente, es decir, de los conocimientos que ya se tenían en el campo o área específica en el que se inserta.

I.1.5. APLICACIÓN INDUSTRIAL: El tercer requisito exigido para que una invención pueda ser protegida por el derecho de patentes es la aplicación industrial. Ello implica que la invención sea susceptible de ser reproducida o utilizada en cualquier tipo de industria o actividad productiva.(INDECOPI 2011)

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3. Signos Distintivos

Los signos distintivos son todo signo que sirve para diferenciar en el mercado los productos o servicios ofrecidos por una empresa o institución de sus competidores, pueden ser marcas, nombres comerciales, lemas comerciales, marcas de certificación, marcas colectivas y denomina-ciones de origen.

3.1. ¿Qué es una marca?La marca es un signo distintivo que indica que ciertos productos o servicios han sido elaborados o prestados por determinada persona o em-presa, y con el cual los consumidores pueden identificar y comprar un producto o un servicio que, por sus características y calidad – indicados por su marca exclusiva – se adecua a sus necesidades.

3.2. ¿Quéderechosconfierelamarca?La protección de la marca garantiza a su titular el derecho exclusivo a utilizar la marca para identificar sus productos o servicios, o a autorizar su utilización por terceros. La protección de marcas impide también que los competidores desleales, como los falsificadores, utilicen signos distintivos similares para designar productos o servicios de inferior calidad o distintos. (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) 2010a)

3.3. ¿Es obligatorio registrar una marca?No, no es obligatorio. Tampoco es un requisito para iniciar las actividades comerciales en el mercado. Sin embargo, el registro otorga segu-ridad jurídica a los empresarios para que se puedan desenvolver en el mercado. En efecto, el registro de una marca es el único mecanismo que otorga a su titular la posibilidad de impedir que terceros registren o utilicen en el mercado signos confundibles con el suyo.(Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) 2010a, 2010b)

3.4. ¿Cómo se registra una marca?Se debe presentar una solicitud de registro en la oficina de marcas nacional. La solicitud debe contener una reproducción clara del signo que desea inscribirse, incluidos los colores, las formas o las características tridimensionales. Debe contener asimismo una lista de los productos o servicios a los que desea aplicarse el signo. El signo debe satisfacer ciertas condiciones para poder ser protegido como marca de fábrica o de servicio u otro tipo de marca. Debe tener carácter distintivo, de manera que los consumidores puedan distinguirlo de las marcas que identifi-can a otros productos, además de relacionarlo con un producto en particular (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) 2010b)

3.5. ¿Cuál es la vigencia del registro de una marca?La vigencia del registro de una marca es de 10 (diez) años a partir de la fecha en que se expide la resolución que otorga el registro, la reno-vación se debe hacer dentro de los seis meses anteriores o seis posteriores a la fecha de vencimiento del registro.(Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) 2010b)

4. Derechos de Autor

4.1. ¿Qué es el derecho de autor?El derecho de autor se aplica a las creaciones artísticas como los libros, las obras musicales, las pinturas, las esculturas, las películas y las obras realizadas por medios tecnológicos como los programas informáticos y las bases de datos electrónicas. La expresión derecho de autor nos remite a la persona creadora de la obra artística, a su autor, subrayando así el hecho que se reconoce en la mayor parte de las leyes, en el sentido de que el autor goza de derechos específicos en relación con su creación como el derecho a impedir la reproducción deformada de la misma, prerrogativa que sólo a él le pertenece, mientras que existen otros derechos, como el derecho a efectuar copias, del que pueden gozar terceros, por ejemplo, todo editor que haya obtenido una licencia del autor con ese fin.(Iriarte Ahón and Medina Plasencia 2013; Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI ) 2010)

Los derechos patrimoniales contemplados en el marco del derecho de autor están protegidos durante un plazo determinado previsto en los tratados pertinentes de la OMPI, y que comienza a correr con la creación o fijación de la obra y se extiende como mínimo a 50 años contados a partir de la muerte del creador.(Iriarte Ahón and Medina Plasencia 2013)

4.2. ¿Cuándolaleyhabladeobraliteraria,serefieresóloaobrasdeliteratura?No. Cuando la ley habla de obra literaria en el marco del Derecho de Autor, se refiere a toda aquella creación intelectual sea de carácter litera-rio, científico, técnico o meramente práctico; siempre y cuando tal obra en cuestión haya sido expresada mediante un lenguaje determinado. En ese sentido, por obra literaria se entenderá no sólo a aquellas obras de la literatura en sus diversos estilos y géneros (como por ejemplo épica, dramática, cómica, trágica, narrativa, policial, suspenso, romántica, ciencia ficción, novela histórica, etc.), sino también a aquellas obras de la poesía, guiones (para obras de teatro o audiovisuales), historietas o comics, así como también a aquellas obras de carácter o con-tenido científico, técnico y/o práctico, como por ejemplo artículos, manuales, libros y/o textos en general de investigación científica o técnica en cualquiera de los campos de las ciencias. (Iriarte Ahón and Medina Plasencia 2013)

4.3. ¿Los programas de ordenador o software son considerados “obras” a efectos del Derecho de Autor?Sí, los programas de ordenador, o también llamados programas informáticos o software, son considerados “obras” y, de cumplir con el re-quisito de originalidad, están protegidos por el Derecho de Autor. La ley define al software como la expresión de un conjunto de instrucciones mediante palabras, códigos, planes o en cualquier otra forma que, al ser incorporadas en un dispositivo de lectura automatizada, son capaces de hacer que un computador ejecute una tarea u obtenga un resultado. En tal sentido, cualquier software estará protegido legalmente por el Derecho de Autor y aplica a los siguientes componentes o elementos del software: El código fuente, el código objeto (o ejecutable), la docu-mentación técnica (por ejemplo memoria descriptiva), y los manuales de uso o usuario(Indecopi 2013)

4.4. ¿Para obtener la protección del Derecho de Autor sobre un software, es necesario registrarlo previamente en algún lado?No. La protección del Derecho de Autor sobre un determinado software, o sobre alguno de sus elementos o componentes, es automática des-de el momento mismo en el cual se termina la creación del software en cuestión, o de cada uno de sus respectivos componentes o elementos. Por ejemplo, desde que los programadores terminan de escribir o programar el código fuente, incluso antes de compilarlo, tal programa queda protegido por el Derecho de Autor. Entonces, no es obligatorio registrar el software o sus componentes (código fuente, código objeto, documen-tos técnicos y/o manual de uso) ante la autoridad competente para obtener protección legal sobre los mismos, pero sí es muy recomendable a fin de contar con una fecha cierta de creación de la obra en cuestión. El registro de los programas de ordenador se realiza ante la Dirección de Derecho de Autor del INDECOPI.(Indecopi 2013)

II. PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN EL PERÚ

Las patentes son concedidas por las oficinas nacionales de patentes, un solicitante pide protección para una invención en uno o más países y cada país decide si brinda protección a la patente dentro de sus fronteras. En el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), administrado por la OMPI, se prevé que un solicitante que desee protección puede presentar una única solicitud y pedir protección en tantos países signatarios como lo desee.

A nivel regional el Perú es parte de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), la cual a través de la decisión 486 armoniza la legislación en propiedad intelectual de los países miembros. La CAN posee una normativa moderna y completa en materia de Propiedad Intelectual. Forma parte de ella el Régimen Común de Propiedad Industrial (Decisión 486), mediante la cual se regula el otorgamiento de marcas y patentes y protege los secretos industriales y las denominaciones de origen, entre otros. La Decisión 486 aborda aspectos precisos en materia de paten-tes de invención, diseños industriales, marcas, denominación de origen y competencia desleal vinculada a la propiedad industrial, entre otros aspectos. En el Perú la institución responsable de la protección de la propiedad intelectual es el Instituto Nacional de Defensa de la Compe-tencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1033, la Comisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías, como parte de la Dirección, se encarga de conocer y resolver, en primera instancia administrativa, los procesos contenciosos derivados de los registros inscritos por la Dirección (oposiciones y nulidades), incluyendo los procedimientos por infracción a los derechos de propiedad industrial en cuanto a los registros que la Dirección inscribe. El procedimiento para la obtención de una patente es como se esquematiza en el figura 2.

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Figura 2 Procedimiento para la obtención de una patente (Patente de invención o modelo de utilidad).Fuente: (Leigh Bazán and Ferro Cornejo 2012)

RECEPCIÓN DE LASOLICITUD

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ADMITIR A TRÁMITE /ASINAR FECHA DE

PRESENTACIÓN

EXAMEN DE FORMA

PUBLICAR

NOTIFICAR

ABANDONO

INADMISIBLE

EXAMEN DE FONDO NOTIFICAR

EXAMENADICIONAL

OTORGAR PATENTE DENEGAR PATENTE

SOLICITAR EXAMENTÉCNICO / PAGO DE

TASANOTIFICAR

SOLICITANTE

RESPUESTASOLICITANTE

OPOSICIÓN

¿Cumple requisitosformales?

¿Subsna requisitosde admisibilidad?

¿Cumple requisitos deadmisibilidad?

¿Cumple requisitospara ser protegido?

NO PUBLICA

NO RESPONDESI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

SI

NO

NO

SIRESPONDE NO

RESPONDE

NO

NO

NO

III. PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN LA UNMSM

El Consejo de Transferencia e Innovación (CTI) del Vicerrectorado de Investigación de la UNMSM es el órgano encargado de promover y gestio-nar relaciones e interacciones entre la universidad y su entorno, particularmente, el sector empresarial. El CTI está integrado por tres oficinas de gestión: Oficina de Transferencia Tecnológica, Oficina de Vigilancia Tecnológica y la Oficina de Propiedad Intelectual (figura 3).

Figura 3 Esquema de la estructura de orgánica del Consejo de Transferencia e Innovacióndel Vicerrectorado de Investigación.

1. OficinadePropiedadIntelectual

La Oficina de Propiedad Intelectual está encargada de desarrollar procesos y normas, brindar asesoramiento para la generación de patentes y asegurar los derechos de propiedad intelectual de los investigadores y de la Universidad. En ese sentido se brinda asesoramiento gratuito a los docentes investigadores y estudiantes de pre y posgrado de nuestra universidad para la protección intelectual de sus resultados de in-vestigación. Para el cumplimiento de sus funciones esta oficina aplica el “Reglamento de Patentes y Derechos de Propiedad Intelectual de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos” (N° 05343-R-08).El Reglamento contempla tres modalidades de protección para los resultados de investigación (artículo 6°):

1. Derechos de autor sobre obras científicas, literarias y artísticas,2. Registro de la propiedad industrial que incluye patentes de invención, patentes de modelo de utilidad, registro de diseño indus-

trial, registro de marcas 3. Registro de variedades vegetales

El reglamento de Propiedad Intelectual aplica a toda actividad desarrollada por los docentes investigadores, estudiantes tesistas de pre y post grado en el ejercicio de sus funciones y responsabilidades, y a personas naturales o jurídicas vinculadas a la Universidad por una relación contractual o algún acuerdo o convenio interinstitucional, con el propósito de realizar actividades conjuntas cuyo resultado sea susceptible de protección en cualquiera de las modalidades.

Vice

rrec

tora

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ión

(VRI

)

CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIÓN

CONSEJO DE TRANSFERENCIA E INNOVACIÓN

Oficina de Transferencia Tecnológica (OTT)

Oferta y Transferencia Tecnológica

Emprendimiento

Oficina de Propiedad Intelectual (OPI) Protección de la propiedad

Intelectual

Oficina de Vigilancia Tecnológica e Inteligencia Competitiva

Boletín de Vigilancia Tecnológica

CONSEJO DE GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

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• Solicitudes de patentes presentadas ante el INDECOPI (2009-2014)Los resultados de investigaciones patentables se identifican básicamente en las facultades de Ciencias e Ingenierías de la Universidad. La Universidad ha presentado ante el INDECOPI a la fecha 30 solicitudes de patentamiento. El número de solicitudes de patentes se han incre-mentado a través del tiempo debido a la necesidad de proteger la propiedad intelectual de los investigadores y la consideración del número de patentes como indicador de gestión de calidad universitaria, por lo que el Vicerrectorado de Investigación a través del Consejo de Transferen-cia tiene como una de sus funciones promover el registro de patentes y proteger la propiedad intelectual. Así mismo, este incremento refleja el gran esfuerzo de nuestros docentes investigadores por desarrollar nuevo conocimiento y protegerlo, venciendo las limitaciones materiales y falta de laboratorios de investigación, reflejando la esperanza y el compromiso con la Ciencia y nuestra Universidad (figura 4).

Figura 4 Número de solicitudes por año presentadas por la UNMSM (2009-2015)

Actualmente, INDECOPI ha otorgado a la UNMSM siete títulos de propiedad Intelectual, cuatro de ellos de inventos desarrollados en la Fa-cultad de Ciencias Físicas, y una en las facultades de Ciencias Biológicas, Ingeniería Electrónica y Eléctrica, Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica, respectivamente. Del total de títulos tres corresponden a patentes de invención y cuatro a modelos de utilidad. A continuación se presenta el detalle de los títulos de propiedad otorgados a la Universidad, los docentes mencionados son los inventores principales de las solicitudes de patentamiento y la facultad señalada es aquella a la que pertenece el inventor principal:

• Patentes de invención

1 1

7

4 4

7

5

0

2

4

6

8

2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015

solicitudes

FACULTAD INVENTORES TÍTULO Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica e Ingeniería Electrónica

Alfonso Romero Baylon, Silvana Flores Chávez y Werner Pacheco Luján.

PI 354-2009/DIN :"Procedimiento para obtener agregado de construcción a partir de relaves polimetálicos y ladrillos o baldosas obtenidos a partir de dicho agregado"

Ciencias Físicas y Química e Ingeniería Química

Gilberto Yactayo Yactayo, Aldo Guzmán y Erick Omar Yactayo Yaranga

PI 933-2011/DIN: "Método y dispositivo para limpieza de materiales de Alúmina sin contaminantes"

Ciencias Biológicas Alberto Ernesto López Sotomayor, María Angélica Siles Vallejo , José Ricardo Linares, Gonzales, César Diego Orihuela Tacuri, Ivewtte Verónica Villafani Bravo y Shari Susan Ríos Roque.

PI 944-2011/DIN: "Procedimiento para la escarificación de semillas de Tara (Caesalpinia spinosa)"

• Patentes de modelo de utilidad

• Derechos de autorDerecho de autor se utiliza para describir los derechos de los creadores sobre sus obras literarias y artísticas. Las obras que se prestan a la protección por derecho de autor van desde los libros, la música, la pintura, la escultura y las películas hasta los programas informáticos, las bases de datos, los anuncios publicitarios, los mapas y los dibujos técnicos. En la universidad se ha registrado como propiedad intelectual la Plataforma de RAIS Web para gestión de investigación.

• Marca La Universidad ha registrado como marca de servicios el escudo de nuestra universidad y recientemente se ha registrado la marca Medialab, de la Facultad de Letras y Ciencias Humanas (figura 5).

Figura 5 A la izquierda el escudo de la UNMSM, derecha marca registrada de MediaLabUNMSM de la Facultad de Letras y Ciencias Humana

Universidad NacionalMayor de San Marcos

Fondo Editorial

Media

C o b e r t u r a d e b a n d a h a c i a e l c o n o c i m i e n t o

LABUNMSM

Ingeniería Electrónica y eléctricae Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica yGeográfica.

Werner Pacheco Luján, Alfonso Romero Baylón y Silvana Flores Chávez.

MU 558 - 2009/DIN: "Moto taxi accionada por un motor eléctrico que utiliza energía solar y otros tipos de energía"

Ciencias Físicas Gustavo Ordóñez Cárdenas MU 178-2011/DIN: "Bicicleta con mecanismo de transmisión mejorado"

Ciencias Físicas Gilberto Yactayo Yactayo MU 2486-2012/DIN: "Dispositivo para medida de resistividad de materiales superconductores"

Ciencias Físicas Gustavo Ordoñez Cárdenas MU 2487-2012/DIN: "Nuevo tipo de inhibidor y separador en la configuración de la balística interna de los motores cohete de propulsor sólido de configuración Bates"

FACULTAD INVENTORES TÍTULO

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2. ¿Cómoseidentificalosresultadosdeinvestigaciónpatentable?

La información necesaria para identificar los resultados de investigación susceptibles de protección de propiedad intelectual, bajo las dife-rentes modalidades contempladas en el reglamento vigente de la Universidad, proviene principalmente de dos fuentes: el monitoreo de los resultados de investigación de los proyectos CON-CON, SIN-SIN y SIN-CON registrados en la Universidad mediante la revisión de los informes técnicos en extenso (ver anexo 1), y de la solicitud y comunicación directa de los investigadores y unidades de investigación hacia la oficina de propiedad intelectual. El proceso inicia con la solicitud del investigador o la identificación del investigador por parte de la oficina, concertándose una entrevista don-de el investigador brinda detalles de su resultado de investigación (informes técnicos, prototipo, resultados de ensayos, fotografías, marcas, obras literarias etc.) previa firma de un acuerdo de confidencialidad entre el personal de la oficina de propiedad intelectual y el investigador.

En el caso de productos o procesos tecnológicos, luego de realizar el primer contacto entre el investigador y el Consejo de Transferencia e Innovación, se procede a la explicación del proceso de patentamiento, se firma un acuerdo de confidencialidad con el fin de poseer un docu-mento que resguarde la información compartida por ambas partes. El investigador debe remitir el formato de pre-evaluación que servirá de base para realizar la búsqueda preliminar de la invención y coordinar una primera reunión donde se informará si el resultado es susceptible de ser protegido. De no ser posible la protección se procederá a explicar los motivos de la negación de la solicitud. De ser positivo, se entre-gara el formato de solicitud OPI y luego de la respuesta del formato por parte del investigador se procederá a realizar la búsqueda de estado de la técnica y se coordinara una segunda reunión donde se decidirá la factibilidad y el tipo de protección a aplicar, así mismo se evaluara la titularidad exclusiva de la universidad, de ser exclusiva se procederá a la cesión de derechos de los inventores a la Universidad según el Reglamento de Patentes y Propiedad Intelectual de la UNMSM, en caso de no ser de titularidad exclusiva se realizará la negociación en las instancias correspondientes.Finalmente, en base a toda la información suministrada por el investigador y complementada con lo identificado por la Oficina de Propiedad Intelectual se procederá a la redacción de la solicitud de patentamiento a presentar ante el INDECOPI, y se emitirá el informe correspondiente al Vicerrectorado de Investigación para su conocimiento y los trámites administrativos correspondientes. (ver anexo 2).En el caso de marcas y obras literarias, la oficina evalúa la pertinencia de la solicitud, informa al Vicerrectorado de Investigación y realiza todas las gestiones administrativas necesarias para la inscripción de la solicitud ante INDECOPI. Cabe señalar que todos los casos de protección de propiedad intelectual en concordancia al Art. 9° del reglamento vigente son gestionados por la Universidad en calidad de titular, por lo que los investigadores seden sus derechos sobre el producto a proteger a la Universidad.

3. ¿QuéinformaciónnecesitoparapresentarunasolicituddepatenteatravésdelaOficinadePropiedadIntelectual?

La Oficina de Propiedad Intelectual, propone dos tipos de formatos que permiten recabar la información necesaria para conocer el producto potencialmente patentable en dos fases:

Formato de Pre-evaluación, este formato tiene por objetivo reconocer el nivel de desarrollo de la investigación, las características del producto potencialmente patentable y las características del mercado a donde iría dirigido. Es importante que este primer formato sea completado de manera concisa con la información que el investigador ha recabado en el proceso de su investigación. Si bien no es imprescindible que el investigador remita, al momento de la solicitud, toda la información disponible que permita evaluar la novedad de la invención (patentes, artículos científicos, estudios de mercado, etc.) es importante que la información remitida en el formato solicitado sea extraído de los informes extensos de los resultados de investigación, monografías, resultados de ensayos, fotografías, etc. De no contar con la información disponible de la sección “caracterización de mercado y transferencia tecnológica” solicitados, esta podrá ser provista por la Oficina de Vigilancia Tecno-lógica e Inteligencia Competitiva del CTI.

Formato de Solicitud OPI, este formato tiene como objetivo obtener información detallada de producto potencialmente patentable, y ha sido adaptado del aplicado por INDECOPI, en las convocatorias del concurso nacional de invenciones. La información solicitada en este formato es fundamental para realizar una correcta evaluación de patentabilidad.

4. ¿Qué partes tiene una solicitud de patente?

Una solicitud de patente de invención o modelo de utilidad presenta la misma estructura, por lo que en adelante se hará referencia de manera general a la solicitud. Una solicitud tiene las siguientes partes: a) Formato de presentación o petitorio; y b) El documento técnico

a). Formato de presentación o petitorio

Este formato es entregado de forma gratuita en mesa de partes del INDECOPI, o puede ser descargado de la página web (www.indecopi.gob.pe). Debe ser llenado por el inventor o quien lo solicite.

Los datos contenidos en el formato son los siguientes:

• Modalidad de protección: el solicitante deberá marcar con un aspa (X) cuál es la modalidad que se solicita. • Solicitante, domicilio y país: el solicitante puede ser una persona(s) natural(es) o jurídica. • Inventor, domicilio y nacionalidad: el inventor tiene que ser una persona natural; puede haber más de un inventor.• Representante/apoderado y domicilio: en este apartado se debe indicar la persona que representa al solicitante en el trámite

de la patente, no es obligatorio nombrar un representante. • Título de la invención: debe estar relacionado con el objeto a proteger. • Clasificación internacional sugerida (CIP): puede dejarse en blanco, ya que la clasificación definitiva la realiza la oficina, en

base a la clasificación internacional de patentes. • Reivindica prioridad: se deberá indicar, marcando la opción correcta, si se reivindica prioridad o no.

FECHA DE PRESENTACIÓN

SOLICITANTE

INVENTOR

REPRESENTANTE

TITULO DEL INVENTO

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b). Sector Tecnológico En general, este componente se presenta en un solo párrafo. Deben describirse en términos generales, el objeto de la invención, indicando el sector tecnológico al que pertenece y que se aplicará. No será necesario aportar los datos de comparación o referencia a las ventajas de la presente invención, esto se hará más adelante en la descripción o memoria descriptiva.

Ejemplo:

c). Antecedentes de la invención/Estado de la técnica/Estado del arteLos antecedentes, el estado de la técnica o el arte puede ser entendidos como un estudio de los registros anteriores, por tanto, se refiere a toda la información disponible antes de la fecha de presentación de la solicitud de patente (ya sea por medio de: patentes, documentos, tesis, disertaciones, entrevistas, periódicos, libros o cualquier otro) en relación con el problema técnico a resolver.La información puede haber sido divulgado de manera escrita, electrónica, oral u otra. En esta sección se debe presentar documentos relacio-nados con el problema que se pretende solucionar con la solicitud de patente y también las soluciones que ya existen. Cabe mencionar que todo antecedente es relevante para el examen y la protección efectiva de la invención.

Estos datos serán utilizados por el examinador de patentes para verificar que la solicitud sea novedosa y con actividad inventiva. La búsqueda de registros anteriores se realiza en los bancos de patentes a nivel mundial.

Ejemplo:

d). Descripción de la invenciónNo hay un número estándar de páginas para la descripción de la invención. Se debe mencionar lo que indican las figuras que se presentan en la secciones de la descripción, en relación con los signos de referencia incluidos dibujos. Aunque no es obligatorio, utilizar ejemplos y / o tablas comparativas relacionándolos con el estado de la técnica es importante y ayuda en la comprensión de la invención. Así mismo es importante incluir, las formas de realización opcional de la invención que se puede incluir incluso si aún no se han probado en el laboratorio y tablas y ecuaciones necesarias para la comprensión de la invención.

Ejemplo:

• Número, fecha y país: esta información se consigna sólo en caso que se reivindique prioridad. • Recaudos anexos: el solicitante, marcando con un aspa (X), deberá indicar cuál es la documentación que está acompañando

a la solicitud.

Se debe tener en cuenta además, que cuando el solicitante y el inventor no coinciden, deberá presentarse una cesión del inventor hacia el solicitante, y en caso de que el solicitante no coincida con el representante, deberá presentarse un poder simple, del solicitante al represen-tante. En el caso de las solicitudes presentadas por la Universidad es necesario la presentación de la cesión de derechos de los inventores a la UNMSM.

b). Documento Técnico

El documento técnico a nivel mundial tiene una estructura uniforme, presentando las siguientes partes:

1. Descripción o memoria descriptiva;2. Reivindicaciones;3. Resumen; y4. Dibujos.

Es fundamental que en el documento técnico se indique desde el primer momento toda la información técnica necesaria para comprender y evaluar la invención, debido a que más adelante no se podrá modificar dicho documento, por considerarse una ampliación de lo inicialmente presentado.

1. Descripción o memoria descriptiva

La descripción tiene como función divulgar la invención de una manera clara y completa, de modo tal que una persona versada en la materia pueda llevarla a la práctica. Así mismo, debe permitir comprender cuál es el problema técnico que se pretende solucionar, la solución que se plantea y soportar las reivindicaciones, y ayudar a interpretarlas.

La descripción de la invención incluye la siguiente información:

• Sector tecnológico al que se refiere o aplica la invención.• Tecnológica anterior (antecedentes) conocida por el solicitante que ayude en la compresión y examen de la invención.• Descripción detallada de la invención, donde se explique el problema técnico planteado y la solución propuesta;• Reseña sobre los dibujos, de ser el caso;• Descripción de una mejor manera de llevar a la práctica o ejecutar la invención, utilizando las referencias a los dibujos.

A continuación se detalla los componentes de la sección de descripción o memoria descriptiva:

a). Título El título del documento técnico debe ser claro y preciso, sin adjetivos o resaltar las ventajas y las novedades de la invención. No se permite términos en otros idiomas, nombres comerciales, marcas. Algunos expertos recomiendan que el título debe ser lo más genérico posible evitar que sea difícil identificar y copiar la invención.

Ejemplo:

“Peine para el tratamiento del cabello”

La presente invención se refiere a un peine para el tratamiento del cabello, mucho más eficaz que los medios conocidos actualmente para vigorizar y evitar la caída del cabello.

Se conocen diversos métodos para el tratamiento del cabello, básicamente destinados a robustecerlo y evitar su caída. Estos tratamientos consisten, en líneas generales, en la aplicación de determinados productos vitamñinicos, aceites y esencias adecuados en el cabello y cuero cabelludo, acompañados de un masaje o fricción, que asegure la impregnación de las partes tratadas con el producto que se aplica. En algunos casos la aplicación del producto y la fricción correspondiente se lleva a cabo con los dedos. En otros se aconseja el uso de un cepillo o peine conven-sional. En cualquier caso resulta difícil conseguir una aplicación uniforme del producto y el consiguiente tratamiento eficaz en todo el cabello.

Con el fin de conseguir una correcta aplicación del producto destinado a tratar el cabello y mejorar la eficacia del tratamiento realizado, se ha ideado el peine objeto de la invención. Dicho peine es del tipo que comprende un asidero convencional y, por lo menos, una hilera de púas o cerdas caracterizado esencialemente por el hecho de que consta de un cuerpo solido formado a partir de un material de naturaleza orgánica y vigorizante, que al pasar el peine entre los cabellos va desprendiendo las substancias de que se compone, las cuales impregnan los cabellos y el cuero cabelludo, desgastándose paulatinamente con el uso. Más concretamente el peine esta formado por un cuerpo sólido compuesto de, por lo menos, acites naturales, extracto de áloe vera y productos vitaminados.

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e). Descripción de las figurasLas figuras no son obligatorias en la memoria descriptiva de las patentes de invención, pero son obligatorios para las solicitudes de patente de modelo de utilidad. Puede ser presentados de forma adicional a los dibujos: diagramas de flujo, diagramas, gráficos, entre otros.El propósito es facilitar o permitir la perfecta comprensión del material expuesto en la descripción de la invención. Las figuras o dibujos deben presentarse como un anexo del informe de invención. Las figuras no deben mostrar texto, líneas o símbolos, sólo términos indicativos.

Ejemplo:

f). Descripción de modos de realización preferente de la invención En esta sección se complementa la descripción de la invención y debe ayudar a su comprensión y su reproducción por parte de un experto en la materia. Ha de detallarse como mínimo un ejemplo de ejecución práctica de la invención. Este ejemplo será ilustrativo y no limitativo.La realización preferente debe seguir la descripción de la invención concretando los parámetros necesarios para su ejecución práctica por lo que han de mencionarse valores concretos.

En el caso de productos, se explica cómo funciona el invento en un caso práctico:

Ejemplo:

En el caso que de un compuesto (formulación), el modo de realizar la invención se ejemplifica a través de la uso del compuesto para varias aplicaciones. Ejemplo:

2. Reivindicaciones

Las reivindicaciones son la parte más importante de la solicitud porque definen la materia que se desea proteger; es decir, definen, la inven-ción. Así, el alcance de la protección está definido por el tenor de las reivindicaciones. Por esta razón, las reivindicaciones deben cumplir con los requisitos de claridad y concisión; además de estar enteramente sustentadas en la descripción. Las reivindicaciones deben estar redac-tadas delimitando claramente dos partes: un preámbulo y una parte caracterizante. La frase “caracterizado por”, marca la separación entre el preámbulo y la parte caracterizante.

Los términos deben ser los que normalmente se les da en el área técnica de la solicitud. Se debe evitar inconsistencias entre las reivindicacio-nes y la descripción, ya sea por inconsistencia verbal, por características esenciales no descritas en las reivindicaciones o en la descripción, o por frases de carácter general que hagan imprecisa la protección. No mencionar términos imprecisos tales como “aproximadamente”, “al-rededor de”, “mayor”, “delgado”, “fuerte”, etc. No incluir marcas registradas o nombres comerciales. No incluir las ventajas de la invención.

No hacer referencia a la descripción o a los dibujos; solo se permite colocar en las reivindicaciones signos de referencia entre paréntesis correspondientes a los elementos que se indiquen en los dibujos. No definir la invención por el resultado a alcanzar, ya que significaría pro-teger no solo la solución propuesta por el solicitante sino todas las alternativas presentes o futuras que lleguen a ese resultado. En caso las reivindicaciones estén referidas a un producto, estas no pueden estar definidas por su proceso de fabricación.

Figura 1 : Es una vista en perspectiva o isométrica del peine

Figura 2 : Es una vista en sección transversal

Figura 3 : Es una vista en alzado por un extremo mostrando un peine parcialmente desgastado por el uso.

El peine para el tratamiento del cabello consta de un cuerpo (1), ventajosamente dotado de un mango o asidero (2) y de púas (3), del que, por lo menos las púas, están formadas a partir de acites naturales, productos vitamíni-cos, extracto de áloe vera y, en general productos vigorizantes para el cabello, tratados para adoptar un esta sólido, pero que, al frotar las púas contra el cabello y cuero cabelludo, se van impregnando las partes frotadas, con lo cual el peine o cuerpo similar se desgasta con el uso. Mediante la utilización del peine en cuestión se consigue que los productos de que está compuesto, impregnen todo el cabello y cuero cabelludo, gracias a que las púas penetran sin dificultad entre loos cabellos, desprendiendo sus componentes. De esta forma es posible efectuar un tratamiento eficaz para vigorizar el cabello, al mismo tiempo que el usario se peina, haciendo innecesaria la utiliza-ción de dispositivos complementarios para friccionar el cabello, puesto que la aplicación de los productos vigorizantes se lleva a cabo al mismo tiempo que se frotan los cabellos con el peine aplicador.

MODOS DE REALIZACIÓN DE LA INVENCIÓN

Modos de la realización de la invenciónLa presente invención se ilustra adicionalmente mediante los siguientes ejemplos, los cuales no pretenden ser limitativos de su alcance.

Ejemplo:

Cuando el producto está destinado para raciones de ovejas, en la fase final de gestión y lactancia, las proporciones de materias primas son las siguientes:- 80% de elemento fibroso- 20% de pienso compuesto

El elemento fibroso está formado por:- 40% de paja de cebada- 40% de alfalfa

y el pienso compuesto:- 15% gluten- 3% germen graso de maiz- 2% de corrector mineral

Teniendo un tamaño de partícula de:- 16% < 2mm- 68% 2 - 8mm- 16% 8 - 15mm

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3. FIGURAS

Los dibujos, planos, figuras y representaciones gráficas tienen como finalidad contribuir a una mejor comprensión y divulgación de la inven-ción.

En el caso de un producto:

4. Resumen

El resumen de la invención tiene como finalidad brindar información técnica abreviada acerca de la invención que se solicita. En el resumen se deberá indicar el título de la invención y contener una exposición concisa del contenido de la descripción, reivindicaciones y dibujos.

En general, en esta sección se debe definir los objetivos de la invención, o menciona cómo la invención resuelve los problemas encontrados en la técnica anterior identificado en la sección anterior. La información presentada en este artículo se describirá con mayor detalle en la siguiente sección. El objetivo es realizar sólo una introducción a lo que se presentará, lo que facilita la comprensión del examinador u otro jugador. Normalmente el resumen se describe en uno o dos párrafos.

En caso de que la invención sea un método o procedimiento:

Un procedimiento para la producción continua de zinc electrolitico o compuestos de zinc de alta pureza, a partir de materias primas que contienen zinc para ser extraido mediante un tratamiento hidromealúgico que comprende las siguientes etapas: - Liciviación de la materia prima en disolución acuosa ácida - Neutralización de la disolución acuosa - Separación solido/liquido de la disolución rica en zinc de los sólidos - Extracción del zinc del liquido mediante solvente orgánico - Purificación del solvente orgánico cargado con zinc - Reextración del zinc del solvente orgánico cargado mediante un disolución ácida - Recuperación del zinc contenido en dicha disolución acuosa procedente de la reextracción mediante electrólisis, cristalización o preicipitación.

Un procedimiento según reivindicación 1 caracterizado porque la materia prima de partida contiene entre un 40 y un 80% de zinc en forma de óxido y/o sales y/o metal.

Un procedimiento según reivindicaciones anteriores caracterizado porque la disolución acuosa ácida contiene al menos un ácido mineral seleccionado entre ácido clorhidrico, sulfúrico o nitrico.

1.

2.

3.

Preámbulo:Caracteristicas generales de la composición.

Reivindicacióndependiente:Especifican

caracteristicas, técnicas de las reivindicaciones

de las que dependen.

Partecaracterizante:

Etapas que definen el

procedimiento.

En el caso de métodos o procedimientos:

En cuanto a las reivindicaciones la forma de presentarlas varía según el producto, en el caso de un producto único:

Peine para el tratamiento del cabello, del tipo que comprende un asidero convencional y, por lo menos, una hilera de púas o cerdas, caracteri-zando por el hecho de que consta de un cuerpo sólido formado a partir de un material de natura-leza orgánica y vigorizante, que al pasar el peine entre los cabellos va desprendiendo las sustan-cias de que se compone, las cuales impregnan los cabellos y el cuero cabelludo.

Peine para el tratamiento del cabello, según la reivindicación 1 caracterizado por el hecho de que, el peine está formado por un cuerpo sólido compuesto de, por lo menos, acites naturales, extracto de áloe vera y productos vitaminicos.

Composiciòn detergente en polvopara lavado de ropa del tipo de los empleados en lavanderias industriales que consiste en los siguientes ingredientes:

Preámbulo:Caracteristicas generales de la composición.

Reivindicacióndependiente:

Especifica ciertos elemen-

tos de la reivindicación

principal

Partecaracterizante:Ingredientes de la composición. Definición tipo cerrado (única-mente contiene los ingredientes mencionados)

5-10% de un tensioacti-vo no iónico.2-4% de estearato de sodio.1-2% de carboximetil celulosa.1-2% de nitrilo acetato sódico.0,1% de agente de blanqueo.80-90% de una mezcla de sales inorgánicas seleccionadas entre carbonato, bicarbona-to, perborato sódico.

a)

b)

c)

d)

e)

f)

1.

2.

En caso el producto sea una composición las reivindicaciones se pueden presentar de la siguiente manera:

Peine para el tratamiento del cabello. Consiste en un cuerpo sólido (1) dotado de asidero (2) y púas (3) formado por aceites naturales, productos vitaminicos y áloe vera, cuyo cuerpo al pasarlo entre los cabellos va desprendiendo los productos de los que está formado, que impregnan el cabello y cuero cabelludo, de forma que se desgasta con el uso. Realiza un tratamiento del cabello para vigorizarlo y evitar su caída.

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LISTA DE ANEXOS

Todos los anexos están disponibles en: http://vri.unmsm.edu.pe/descargas/formularios-2016/category/85-formatos-oficina-de-propiedad-intelectual.html

ANEXO 1: Mapa de proceso de monitoreo de resultados de investigación OPI ANEXO 2: Mapa de proceso de patentamiento de resultados de investigación OPI ANEXO 3: Acuerdo de confidencialidad (F_OPI_1) ANEXO 4: Formato de pre-evaluación (F_OPI_2) ANEXO 5: Formato de solicitud de patentamiento (F_0PI_3) ANEXO 6: Formato de cesión de derechos de patente (F_OPI_4)

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Oficina de Propiedad IntelectualAv. Germán Amézaga 375 - Biblioteca Central, 4to. piso

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