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Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabaj o Pensió n Actualizado a 6/9/2011

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Page 1: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Reforma de las pensiones

Trabajo

Pensión

Actualizado a 6/9/2011

Page 2: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

2Reforma de las Pensiones

Contexto de la Reforma

4.910.200 parados = 21,29%

1.386.000 familias con todos sus miembros en paro

2.154.000 parados de larga duración

1.929.268 parados sin prestación

380.600 parados de más de 55 años

43% de paro juvenil

Algunas C. Autónomas superan el 28% de desempleo y varias provincias el 32%

2.566.400 trabajadores contratados a tiempo parcial, más del 14%, de los cuales:• Varones: 614.800• Mujeres: 1.951.600 = 76%

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3Reforma de las Pensiones

Antecedentes de la Reforma

1985: incremento del período de cálculo de la pensión de 2 a 8 años

1996: incremento del período de cálculo de la pensión de 8 a 15 años

2001: se retrasa la jubilación anticipada a los 61 años, se establece el Fondo de Reserva y la jubilación parcial

2008: se endurece el acceso a la jubilación ordinaria y a la jubilación parcial

2010: el Gobierno elimina las cláusulas transitorias

2011: se amplia edad de jubilación de 65 a 67 años, se eleva de 35 a 37 los años de cotización necesarios para acceder al 100% de la pensión, se amplia el periodo de cálculo de la pensión de 15 a 25 años…“trabajar más para cobrar menos”

Año: ¿Cuánto tardará la siguiente reforma?

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4Reforma de las Pensiones

Gestación de la Reforma

El dialogo social ha sido opaco

La reforma ha finalizado con nocturnidad y alevosía

El acuerdo se precipitó con la “última cena de la Moncloa”

¿Dónde han quedado todas las movilizaciones que tenían previstas CCOO y UGT?

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5Reforma de las Pensiones

Entrada en vigor de la Reforma: la trampa de la transitoriedad

La Reforma entrará en vigor el 1 de enero de 2013

No obstante se establece la aplicación paulatina de varias medidas, entrando la

Reforma plenamente en vigor en el 2027…pero

¿Quién nos asegura qué el gobierno, como ya ha hecho anteriormente, no eliminará dicha aplicación paulatina?

Page 6: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

6Reforma de las Pensiones

¿Hay alguna fórmula para escapar de la Reforma?

La Reforma se aplicará con carácter general

Trabajadores a los que se les haya extinguido la relación laboral antes del 2/8/2011

Trabajadores a los que se les haya suspendido o extinguido el contrato en virtud de: ERE, concurso, convenio colectivo y/o

acuerdo de empresa firmados antes 2/8/2011

Enmienda de la USO para que la Reforma no se aplique a las empresas que tengan suscritos

convenios o acuerdos en materia de jubilación

Trabajadores que hayan accedido a la jubilación parcial antes del 2/8/2011

Con independencia de que se acceda a la jubilación parcial

antes o después del 2013

Se aplicará la regulación de la pensión de jubilación anterior a la Reforma

Excepción

Trabajadores incorporados antes del 2/8/2011 a planes de jubilación parcial, recogidos en convenios colectivos de

cualquier ámbito o acuerdos colectivos de empresas

Con independencia de que la relación laboral se extinga antes o después del 2013

Page 7: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Reforma de la jubilación ordinaria

Page 8: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

8Reforma de las Pensiones

Antes Reforma

2 opciones

67 años

65 años

Al menos 15 años cotizados

Más de 15 años cotizados pero menos de 38 años y 6 meses

65 años

Con 38 años y 6 meses cotizados o más

Se eleva la edad ordinaria de jubilación: de 65 años a 67

Después Reforma

Page 9: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

9Reforma de las Pensiones

2 opciones

67 años

65 años

Más de 15 años cotizados pero menos de 38 años y 6 meses

Con 38 años y 6 meses cotizados o más

Aplicación paulatina de la subida de la edad de jubilación

Después Reforma

Si no alcanzo la cotización mínima ¿con cuantos años me tengo que jubilar?

Año Cotización mínima necesaria Edad de jubilación

2013 Menos de 35 años y 3 meses 65 años y 1 mes2014 Menos de 35 años y 6 meses 65 años y 2 meses2015 Menos de 35 años y 9 meses 65 años y 3 meses2016 Menos de 36 años 65 años y 4 meses2017 Menos de 36 años y 3 meses 65 años y 5 meses2018 Menos de 36 años y 6 meses 65 años y 6 meses2019 Menos de 36 años y 9 meses 65 años y 8 meses2020 Menos de 37 años 65 años y 10 meses2021 Menos de 37 años y 3 meses 66 años 2022 Menos de 37 años y 6 meses 66 años y 2 meses2023 Menos de 37 años y 9 meses 66 años y 4 meses2024 Menos de 38 años 66 años y 6 meses2025 Menos de 38 años y 3 meses 66 años y 8 meses2026 Menos de 38 años y 6 meses 66 años y 10 meses

A partir 2027 Menos de 38 años y 6 meses 67 años

Para jubilarme con 65 años ¿Cuántos años cotizados necesito?Año Cotización mínima necesaria Año Cotización mínima necesaria2013 35 años y 3 meses o más 2021 37 años y 3 meses o más2014 35 años y 6 meses o más 2022 37 años y 6 meses o más2015 35 años y 9 meses o más 2023 37 años y 9 meses o más2016 36 años o más años 2024 38 años o más años2017 36 años y 3 meses o más 2025 38 años y 3 meses o más2018 36 años y 6 meses o más 2026 38 años y 6 meses o más2019 36 años y 9 meses o más A partir

202738 años y 6 meses o más

2020 37 años o más años

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10Reforma de las Pensiones

En el 2027

Se revisará de nuevo la edad ordinaria de jubilación

La edad de jubilación a partir del 2027- F. Sostenibilidad.

Conforme a la esperanza de vida

A partir del 2027

Se revisará cada 5 años la edad ordinaria de jubilación

Conforme a la esperanza de vida

Por 1ª vez se establece una revisión automática

Previsión del gobierno

2047: 69,1 años

2042: 68,6 años

2037: 68,1 años

2032: 67,5 años

2052: 69,6 años

2057: 70,4 años

Page 11: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

11Reforma de las Pensiones

Dif

eren

cias

en

tre

ante

s y

des

pu

és d

e la

Ref

orm

a

Años Antes Ahora Diferencia15 años completos 50% 50% 0 ptos16 años completos 53% 52,28% 0,72 ptos17 años completos 56% 54,56% 1,44 ptos18 años completos 59,00% 56,84% 2,16 ptos19 años completos 62,00% 59,12% 2,88 ptos20 años completos 65,00% 61,40% 3,60 ptos21 años completos 68,00% 63,68% 4,32 ptos22 años completos 71,00% 65,96% 5,04 ptos23 años completos 74,00% 68,24% 5,76 ptos24 años completos 77,00% 70,52% 6,48 ptos25 años completos 80,00% 72,80% *7,20 ptos26 años completos 82,00% 75,08% 6,92 ptos27 años completos 84,00% 77,36% 6,64 ptos28 años completos 86,00% 79,64% 6,36 ptos29 años completos 88,00% 81,92% 6,08 ptos30 años completos 90,00% 84,20% 5,80 ptos31 años completos 92,00% 86,48% 5,52 ptos32 años completos 94,00% 88,76% 5,24 ptos33 años completos 96,00% 91,04% 4,96 ptos34 años completos 98,00% 93,32% 4,68 ptos35 años completos 100,00% 95,60% 4,40 ptos36 años completos 100,00% 97,84% 2,16 ptos37 años completos 100,00% 100% 0 ptos

Para alcanzar el 100% de la pensión: antes 35 años cotizados, ahora 37

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12Reforma de las Pensiones

Se reduce la pensión de quien no alcance los 37 años cotizados

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13Reforma de las Pensiones

Del 2020 al 2022 Del 2023 al 2026Del 2013 al 2019 A partir de 2027

Aplicación gradual de la ampliación de 35 a 37 años cotizados para llegar al 100%

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Se amplía el nº de años a tener en cuenta en el cálculo de la pensión

Antes Reforma

Base Reguladora

15 últimos años cotizados

14Reforma de las Pensiones

Después Reforma

Base Reguladora

25 últimos años cotizados

Pérdida 15-16%

Page 15: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Aplicación paulatina de la ampliación de la base reguladora

15Reforma de las Pensiones

Después Reforma

Base Reguladora

25 últimos años cotizados

AñoNº de años que se toman en cuenta

en la base reguladora

2013 16 últimos años

2014 17 últimos años

2015 18 últimos años

2016 19 últimos años

2017 20 últimos años

2018 21 últimos años

2019 22 últimos años

2020 23 últimos años

2021 24 últimos años

*2022 25 últimos años

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16Reforma de las Pensiones

Se reduce, en caso de lagunas, la cuantía de la pensión

Antes Reforma

Se integraban al 100% con la base mínima de

cotización

Lagunas en la base reguladora

Después Reforma

Lagunas en la base reguladora

− Si en los 36 meses anteriores al periodo que se toma en cuenta para el cálculo de la base reguladora, existieran meses con cotizaciones, cada una de las correspondientes bases de cotización dará derecho, hasta un máximo de 24, a la integración de una mensualidad conforme a los términos que se determinen reglamentariamente. En ningún caso la integración podrá ser inferior al 100% de la base mínima vigente en la fecha correspondiente a la mensualidad que es objeto de integración.

− Las 24 mensualidades con lagunas más próximas al período al que se refiere el párrafo anterior, se integrarán con la base mínima de cotización

− El resto de lagunas se integrarán con el 50% de la base mínima de cotización

Page 17: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Reforma de la jubilación parcial

Page 18: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

18Reforma de las Pensiones

Se obstaculiza la utilización de la jubilación parcial

Antes Reforma

En proporción a la reducción de jornada experimentada por el

jubilado parcial

Cotización del jubilado parcial

Después Reforma

A jornada completa con independencia de la reducción de

jornada experimentada por el jubilado parcial

Cotización del jubilado parcial

Page 19: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Antes Reforma

19Reforma de las Pensiones

Después Reforma

Ejemplo de la obstaculización del acceso a la J.Parcial

Camarero con 61 años, indefinido a jornada completa y con una base de cotización de 1.800 €, que se jubila parcialmente reduciendo su

jornada un 85%

Cotización: 15% de su base anterior

560,7 €/mes

Cotización: 100% de su base anterior

Coste patronal en cotizaciones Coste patronal en cotizaciones

84,1 €/mes

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20Reforma de las Pensiones

Aplicación paulatina de la obstaculización de la jubilación parcial

Después Reforma

A jornada completa con independencia de la reducción de

jornada experimentada por el jubilado parcial

Cotización del jubilado parcial

Año% de la base de cotización a jornada completa por el que

deberá cotizarse

2013 30%2014 35%2015 40%2016 45%2017 50%2018 55%2019 60%2020 65%2021 70%2022 75%2023 80%2024 85%2025 90%2026 95%2027 100%

Page 21: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Más medidas en jubilación parcial

21Reforma de las Pensiones

Se introduce una carencia específica para que las personas con discapacidad o trastorno mental, puedan acceder a la j.parcial: necesitarán 25 años cotizados en vez de 30 para poder acceder a la j.parcial

Se elimina la necesidad de equivalencia entre la categoría/grupo del relavado y el relevista. Se deja, simplemente, la necesidad de correspondencia entre las bases de cotización: la base del relevista no podrá estar por debajo del 65% de la base del relevado; en concreto, el texto final establece: “la base correspondiente al trabajador relevista, no podrá ser inferior al 65% del promedio de las bases de cotización correspondientes a los 6 últimos meses del período de base reguladora de la pensión de jubilación parcial”

Page 22: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Reforma de la jubilación anticipada

Page 23: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

23Reforma de las Pensiones

Mutualistas: se mantiene la J.Anticipada de mutualistas, pero se baja la cuantía de la pensión si es involuntaria

Voluntaria

60 años edad

No se requiere periodo previo de cotización

Involuntaria

60 años edad

No se requiere periodo previo de cotización

Después

8% de penalización por cada año que se adelante la jubilación

8% de penalización por cada año que se adelante la jubilación

60 años edad

No se requiere periodo previo de cotización

Involuntaria

60 años edad

No se requiere periodo previo de cotización

Antes

8% de penalización por cada año que se adelante la jubilación

Por cada año que se adelante la jubilación:-7,5% penalización: 30-34 años cotizados-7% penalización: 35-37 años cotizados

-6,5% penalización: 38-39 años cotizados-6% penalización: 40 o más años cotizados

Voluntaria

Page 24: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

24Reforma de las Pensiones

No mutualistas: se restringe el acceso a la J.Anticipada involuntaria

Antes

61 años edad

6 meses de inscripción como demandante de

empleo

30 años cotizados (se computa el servicio militar o la PSS, con el límite de 1 año)

Cese por causa no imputable al trabajador

Después

61 años edad

6 meses de inscripción como demandante de

empleo

33 años cotizados(se computa el servicio militar o la PSS, con el

límite de 1 año)

Cese por

Extinción por resolución del juez concursal

Extinción a consecuencia de la violencia de género

Extinción por fuerza mayor

Despido colectivo por causa económica

Despido objetivo por causa económica

Despido por extinción de la personalidad jurídica del

contratante

Despido por muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual

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25Reforma de las Pensiones

No mutualistas: se permite el acceso a la J.Anticipada voluntaria

Antes

Sólo mutualistas

No mutualistas

63 años edad

Que la cuantía de la pensión (aplicados los porcentajes de penalización) sea superior a la cuantía de la pensión

mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento

de los 65 años de edad

33 años cotizados (se computa el servicio militar o la PSS con el límite de 1 año)

Mutualistas

60 años edad

No se requiere periodo previo de cotización

Después

60 años edad

No se requiere periodo previo de

cotización

Page 26: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

26Reforma de las Pensiones

No mutualistas: se reduce la cuantía de la pensión por J.Anticipada

Antes

Penalización por cada año que se adelante la jubilación

Después

Penalización por cada año que se adelante la jubilación

Con independencia de que el cese haya sido voluntario o involuntario J.Anticipada Involuntaria

Años cotizados  % Penalización30-34 7,5%35-37 7%38-39 6,5%

40 o más años 6%J.Anticipada Voluntaria

Los no mutualistas no podían utilizar esta modalidad de jubilación

J.Anticipada InvoluntariaAños cotizados  % Penalización

38 años y 6 meses o más 6,5%

Menos de 38 años y 6 meses 7,5%

J.Anticipada VoluntariaMismos porcentajes que la involuntaria

Page 27: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

27Reforma de las Pensiones

Antes Reforma

Acceden a la jubilación a cambio de que la empresa firme contrato

con un nuevo trabajador

Se elimina la jubilación especial a los 64 años

Trabajadores con 64 años

Después Reforma

Se elimina esta modalidad de jubilación

Page 28: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Antes Reforma

28Reforma de las Pensiones

Después Reforma

Trabajador que cotiza en los últimos años de su vida laboral por la base máxima de cotización (año 2011 = 3.230,10 €/mes)

Se jubila a los 63 años, aplicándole un coeficiente reductor del 6,5% por año que adelanta la edad de jubilación sobre la ordinaria de 65 años por tener más de 38,5 años cotizados (coeficiente reductor 13%) pensión del 87%

3.230,10 € (cotización mensual)X

12 (nº meses) = 38.761,20 €

30.424,50 €/año

34.970,70 € (pensión máxima anual)

87%

33.722,20 €/año

Se minora la pensión de colectivos con coeficientes reductores

87%

Pérdida de 3.297,70 €/año

Page 29: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Más medidas en jubilación anticipada

29Reforma de las Pensiones

El Gobierno aprobará las normas necesarias sobre el procedimiento general de aprobación de coeficientes reductores de la edad de jubilación en los distintos sectores y ámbitos de trabajo, adecuando, en su caso, los porcentajes actuales de cotización en vigor desde el 2/8/2011

La edad mínima de jubilación de las personas afectadas en un grado igual o superior al 45% por una discapacidad de las enumeradas en el artículo 2 del RD 1851/2009, será excepcionalmente, la de 56 años

Page 30: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Más reformas en jubilación

Page 31: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

31Reforma de las Pensiones

Antes Reforma

− Menos de 40 años cotizados: 2% por año adicional de trabajo

− 40 años cotizados o más: 3% por año adicional de trabajo

Después Reforma

Se mejora el “premio” de quien trabaje por encima de la edad mínima de jubilación que corresponda (65 o 67 años)

Cuando se trabaja con más de 65 años

Cuando se trabaja con más de 65 años o 67, según corresponda

Se incrementa el porcentaje aplicable a la base reguladora

Se incrementa el porcentaje aplicable a la base reguladora

− Hasta 25 años cotizados: 2% por año adicional de trabajo

− Entre 25 y 37 años cotizados: 2,75% por año adicional de trabajo

− 37 años cotizados o más: 4% por año adicional de trabajo

Page 32: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

32Reforma de las Pensiones

Antes Reforma

Los indefinidos con 65 años que tengan 35 años cotizados

Después Reforma

− Los indefinidos con 65 años que tengan 38 años y 6 meses cotizados

− Los indefinidos con 67 años que tengan 37 años cotizados

Se limita la exención de cotización para los que trabajen más allá de la edad legal de jubilación

Exentos de cotizar (salvo por profesionales e i.t por comunes)

Exentos de cotizar (salvo por profesionales e i.t por comunes)

Page 33: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Más medidas en jubilación

33Reforma de las Pensiones

Para que los convenios colectivos puedan obligar a la jubilación ordinaria de los trabajadores será necesario, entre otros requisitos, que el trabajador tenga una carencia que le otorgue, al menos, un 80% de la base reguladora. Antes valía con tener 15 años cotizados (lo que se corresponde a un 50% de la base reguladora) o una carencia mayor si lo marcaba el convenio colectivo en vigor desde el 2/8/2011

El Gobierno presentará un proyecto de ley que regule la compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo en vigor desde el 2/8/2011

La pensión de jubilación será compatible con la realización de trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales totales no superen el SMI anual. Quienes realicen estas actividades no estarán obligados a cotizar por las prestaciones de SS en vigor desde el 2/8/2011

El Gobierno presentará un informe económico sobre los efectos producidos en la prolongación de la vida laboral por la aplicación de la Reforma

El Gobierno realizará un estudio actuarial sobre los coeficientes reductores de la jubilación anticipada voluntaria e involuntaria, así como de los coeficientes amplificadores cuando se acceda a una edad superior a la minima que corresponda

La Administración de la SS informará a cada trabajador sobre su futuro derecho a la jubilación ordinaria a partir de la edad y con la periodicidad y contenido que reglamentariamente se determinen

Page 34: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Medidas en materia de ERES

Page 35: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Antes Reforma

ERE no concursal

Obligación empresarial de financiar el convenio especial

hasta los 61 años de edad

35Reforma de las Pensiones

Se obstaculiza la firma de acuerdos de prejubilación en los ERE

Trabajadores no mutualistas con 55 o más años de edad

Después Reforma

ERE no concursal

Obligación empresarial de financiar el convenio especial

Trabajadores no mutualistas con 55 o más años de edad

Efecto colateral: menores indemnizaciones

Hasta los 61 años de edad para los ERE por causa económica

Hasta los 63 años de edad para los ERE por causa no económica

Page 36: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

36Reforma de las Pensiones

Se penalizan los ERE que incluyan a mayores de 50 años

El ERE deberá reunir determinadas características

Deberá incluir a mayores de 50 años

Deberá tratarse de una empresa de más de 500 trabajadores, o empresas que formen parte de grupos empresariales que empleen más de 500 trabajadores

Sólo si los trabajadores mayores de 50 años afectados por el ERE, no han sido recolocados en la misma empresa, o en otra empresa del grupo, en los 6 meses siguientes a la extinción de sus contratos

Después Reforma

La empresa deberá haber obtenido beneficios en los dos ejercicios económicos anteriores a la autorización del ERE

Antes Reforma No existía ninguna medida de este tipo

Se deberá ingresar una aportación al Tesoro Público en determinados ERES

Medida en vigor desde el 2/8/2011 aplicable a ERES iniciados a partir del 27/4/2011

La cuantía de la aportación se determinará reglamentariamente

El dinero obtenido podrá dedicarse a financiar políticas activas de empleo

Deberá afectar, al menos, a 100 trabajadores en un período de referencia de 3 años, con independencia del nº de trabajadores mayores de 50 años afectados

Page 37: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Reforma de la I.Permanente

Page 38: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

38Reforma de las Pensiones

Dif

eren

cias

en

tre

ante

s y

des

pu

és d

e la

Ref

orm

a

Años Antes Ahora Diferencia15 años completos 50% 50% 0 ptos16 años completos 53% 52,28% 0,72 ptos17 años completos 56% 54,56% 1,44 ptos18 años completos 59,00% 56,84% 2,16 ptos19 años completos 62,00% 59,12% 2,88 ptos20 años completos 65,00% 61,40% 3,60 ptos21 años completos 68,00% 63,68% 4,32 ptos22 años completos 71,00% 65,96% 5,04 ptos23 años completos 74,00% 68,24% 5,76 ptos24 años completos 77,00% 70,52% 6,48 ptos25 años completos 80,00% 72,80% 7,20 ptos26 años completos 82,00% 75,08% 6,92 ptos27 años completos 84,00% 77,36% 6,64 ptos28 años completos 86,00% 79,64% 6,36 ptos29 años completos 88,00% 81,92% 6,08 ptos30 años completos 90,00% 84,20% 5,80 ptos31 años completos 92,00% 86,48% 5,52 ptos32 años completos 94,00% 88,76% 5,24 ptos33 años completos 96,00% 91,04% 4,96 ptos34 años completos 98,00% 93,32% 4,68 ptos35 años completos 100,00% 95,60% 4,40 ptos36 años completos 100,00% 97,84% 2,16 ptos37 años completos 100,00% 100% 0 ptos

Se reduce la cuantía de las pensiones de I.Permanente, al minorarse el porcentaje aplicable para hallar la base reguladora de la pensión

Page 39: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

39Reforma de las Pensiones

Aplicación gradual de la reducción de la cuantía de la I.Permanente

Del 2020 al 2022 Del 2023 al 2026Del 2013 al 2019 A partir de 2027

Page 40: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

40Reforma de las Pensiones

Se reduce, en caso de lagunas, la cuantía de la pensión

Antes Reforma

Se integraban al 100% con la base mínima de

cotización

Lagunas en la base reguladora

Después Reforma

Lagunas en la base reguladora

− Si en los 36 meses anteriores al periodo que se toma en cuenta para el cálculo de la base reguladora, existieran meses con cotizaciones, cada una de las correspondientes bases de cotización dará derecho, hasta un máximo de 24, a la integración de una mensualidad conforme a los términos que se determinen reglamentariamente. En ningún caso la integración podrá ser inferior al 100% de la base mínima vigente en la fecha correspondiente a la mensualidad que es objeto de integración.

− Las 24 mensualidades con lagunas más próximas al período al que se refiere el párrafo anterior, se integrarán con la base mínima de cotización

− El resto de lagunas se integrarán con el 50% de la base mínima de cotización

Page 41: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

41Reforma de las Pensiones

Antes Reforma

Compatibilidad plena con el trabajo, aunque se genere la

inclusión en un régimen de la SS

Después Reforma

A partir de la edad de acceso a la jubilación: incompatibilidad con el

trabajo que genere la inclusión en un régimen de la SS

Se prohíbe la obtención de ingresos extra para los incapacitados

Pensionistas de I.Permanente absoluta y gran invalidez

Pensionistas de I.Permanente absoluta y gran invalidez

Page 42: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

42Reforma de las Pensiones

Más reformas en materia de incapacidad

La Reforma sigue permitiendo la compatibilidad entre la i.p total y el trabajo en profesión distinta a la habitual, pero perfila las definiciones

También se prevé la actualización de los importes de las lesiones permanetes no invalidantes derivadas de contingencias profesionales.

Se amplía el número de personas con derecho a cobrar pensión de invalidez no contributiva: antes la pensión no podía generarse si las rentas o ingresos del beneficiario superaban el 25% de la cuantía de la pensión; ahora se sube dicho porcentaje al 35%

Page 43: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Reforma de la Muerte y Supervivencia

Page 44: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Reforma de la orfandad

44Reforma de las Pensiones

Menores de 18 años con independencia de que se realicen

trabajos lucrativos

Antes Reforma

Beneficiarios

Después Reforma

Menores de 21 años con independencia de que se realicen trabajos lucrativos

Los hijos que, teniendo menos de 22 años (o 24 para los huérfanos

absolutos o discapacitados) en el momento del fallecimiento del causante, no realicen trabajos

lucrativos o cuando realizándolos no superen el SMI anual

Los hijos que, teniendo menos de 25 años en el momento del fallecimiento del causante, no

realicen trabajos lucrativos o cuando realizándolos no superen el SMI anual

Beneficiarios

En vigor a partir del 2/8/2012

En vigor a partir del 2/8/2012 para los huérfanos absolutos, y para los huérfanos simples aplicación

gradual hasta el 2014

Page 45: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Se prevé la mejora de la pensión de viudedad para los mayores de 65

45Reforma de las Pensiones

52% con carácter general

Antes Reforma

2 porcentajes

Después Reforma

70% si existen cargas familiares y no se supera un nivel de rentas

3 porcentajes

No tener derecho a otra pensión pública

52% con carácter general

70% si existen cargas familiares y no se supera un nivel de rentas

60%

Se deberá tener 65 o más años

No percibir ingresos por trabajos por cuenta ajena o por propia, y que los rendimientos/rentas de otra

naturaleza, no superen el límite de ingresos para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad

No entrará en vigor hasta que no se

desarrolle reglamentariamente

La aplicación será gradual en un plazo de 8 años a contar desde el

1/1/2012

Page 46: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Medidas en materia de igualdad

Page 47: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

47Reforma de las Pensiones

Antes Reforma

− Familia no numerosa: los 2 primeros años de la excedencia

− Familia numerosa: los 30 meses primeros de la excedencia

− Familiar numerosa especial: los 36 meses primeros de la excedencia

Se mejora el “premio” en caso de excedencia por cuidado de hijo

Excedencia por cuidado de hijo

Después Reforma

Los 3 años de la excedencia

Excedencia por cuidado de hijo

Se tomarán como cotizados Se tomarán como cotizados

Enmienda de la USO para equiparar la reducción de

jornada por cuidado de hijo

Page 48: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

48Reforma de las Pensiones

Si se extingue la relación laboral o finaliza la prestación por desempleo entre los 9 meses anteriores al nacimiento (o en el caso de la adopción y acogimiento en los 3

meses anteriores) y los 6 años siguientes

Se introduce una nueva medida de protección a la maternidad

La laguna de cotización generada, se computará como cotizada hasta un máximo de 112 días por cada hijo

Se reconoce a todos los efectos, salvo para el cumplimiento de la carencia mínima exigida par tener derecho a jubilación

Medida aplicable a todos los regímenes de la SS

Con independencia del número de hijos que puedan dar derecho a este beneficio, la medida se topa en 5 años por beneficiario: nadie, sumando esta medida con la del reconocimiento como cotizado de la

excedencia por cuidado de hijo, podrá tener más de 5 años de “regalo”

Los 112 días se irán ampliando paulatinamente hasta alcanzar en el 2019 los 270 días por hijo; en ningún el “regalo” de cotización podrá ser superior a la interrupción real

A efectos de determinar si la edad de acceso a la jubilación son los 65 años o los 67, el “regalo” será de 270 días en vez 112 desde la entrada en vigor de la medida (2013)

Page 49: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Más medidas en materia de igualdad

49Reforma de las Pensiones

El Gobierno deberá hacer un estudio destinado a que se computen en las carreras de cotización de las mujeres, los períodos de atención y cuidado de los hijos, de las personas con discapacidad o personas en situación de dependencia

Page 50: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Otras medidas

Page 51: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Antes Reforma

Complementos a mínimos para cualquier tipo de pensión contributiva: jubilación, viudedad, orfandad…

Sin topar

51Reforma de las Pensiones

Después Reforma

Topadas en la cuantía de las pensiones no contributivas de

jubilación o invalidez

Se reducen las cuantías de las pensiones más bajas

Complementos a mínimos para cualquier tipo de pensión contributiva:

jubilación, viudedad, orfandad…

Esta medida, al año siguiente de su entrada en vigor, se revisará por el gobierno

Esta medida no se aplicará a las pensiones causadas antes del 1/1/2013

Page 52: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Antes Reforma

5.919,6 € complemento + 2.500 € pensión

52Reforma de las Pensiones

Después Reforma

Ejemplo de la reducción de las pensiones más bajas

Pensionista de jubilación, soltera, que en el 2011 le correspondería una pensión contributiva de jubilación de 2.500 €/anuales

Como no alcanza la pensión mínima del 2011 para su situación familiar, es decir 8.419,60 €/anuales, tiene derecho a cobrar complemento a mínimos para alcanzar dicha cuantía

7.366,4 €/año de pensión

8.419,60 – 2.500 = 5.919,6 € de complemento

8.419,6 €/año de pensión

4.866,4 € tope del complemento de la pensión

4.866,4 € complemento + 2.500 € pensión

Page 53: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

53Reforma de las Pensiones

Medida para los “participantes en programas de formación” de

entidades públicas o privadas, vinculados a estudios universitarios o de FP

Mejoras introducidas para los becarios

El gobierno deberá establecer los

mecanismos de su inclusión en la SS

La inclusión no tendrá carácter retroactivo no obstante, quien ya

sea becario cuando entre en vigor el reglamento de inclusión, podrá suscribir convenio especial

retroactivo, al objeto de cubrir, hasta un máximo de 2 años, las

cotizaciones como becario anteriores a la entrada en vigor

de dicho reglamento

Se aprueban 2 medidas

Medida para los “titulados académicos perceptores de

ayudas destinadas a subvencionar estancias de

formación, prácticas, colaboración o especialización que impliquen la realización de

tareas en régimen de prestación de servicios”

Estas ayudas deberán establecer, en todo caso, la cotización a la SS como contratos formativos; se supeditarán a la normativa laboral si obliga a la contratación laboral de sus beneficiarios, o a los convenios/acuerdos colectivos de la entidad de

adscripción si establecen mejoras sobre el supuesto de aplicación general

Los programas de ayuda existentes a 1/1/2013 deberán ajustarse a esta nueva regulación; en el caso de ayudas financiadas con fondos públicos, las Administraciones e

Instituciones públicas implicadas, tendrán 4 meses desde 1/1/2013 para realizar el ajuste

Page 54: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Medidas en regimenes especiales

54Reforma de las Pensiones

La cobertura de las prestaciones por a.t y e.p será obligatoria para todos los regímenes del sistema de SS (sólo para los que causen alta a partir del 2013)

Funcionarios y personal estatutario:− El Ministerio de Trabajo regulará el encuadramiento en la SS de las actividades de los

profesionales sanitarios, no incluidos en el Estatuto Marco de Personal Estatutario− No se les aplicará la regulación del Régimen General respecto al riesgo durante la lactancia

Trabajadores Autónomos:− Las bases medias de cotización experimentarán un crecimiento al menos similar al de las medias

del Régimen General− El Gobierno elaborará un estudio sobre las actuales cotizaciones del RETA en relación a los

ingresos del sistema percibidos por los mismos− Para los autónomos dedicados a la venta ambulante o a domicilio, se establecerá una base mínima

de cotización inferior a la general en vigor desde el 2/8/2011

− El Gobierno estudiará la posibilidad de que quienes se encuentren en situación de cese de actividad (el desempleo de los autónomos) puedan acceder a la jubilación anticipada a los 61 años

− El Gobierno hará un estudio relativo a un sistema específico de jubilación parcial a los 62 años− Los autónomos podrán elegir, con independencia de su edad, una base de cotización de hasta el

220% de la base mínima de cotización del RETA en vigor desde el 2/8/2011

Empleados del hogar:− Los empleados del hogar no contratados directamente por los titulares del hogar sino al servicio de

empresas, generará el alta en el Régimen General en vigor desde el 2/8/2011

Page 55: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Medidas de saneamiento económico del sistema de SS

55Reforma de las Pensiones

Se creará una Agencia Estatal de la SS que integrará al INSS, TGSS, ISM, Gerencia informática de la SS y Servicio jurídico de la administración de la SS en vigor desde el 2/8/2011

Cuando la situación económica y del empleo lo permita, se examinarán la relación entre las bases máximas de cotización y los salarios medios, así como entre las citadas bases y la cuantía máxima de pensión de jubilación

Se deberá examinar la posibilidad de financiación complementaria de la SS El Gobierno buscará fórmulas que hagan compatibles los objetivos de consolidación y

estabilidad presupuestaria con los de plena financiación de las prestaciones no contributivas y universales a cargo de los presupuestos de las Administraciones Públicas, con especial interés en el cumplimiento de los compromisos de financiación mediante impuestos de los complementos a mínimos de pensiones

El Gobierno mejorará el tratamiento presupuestario de los recursos de la SS para favorecer su control parlamentario en vigor desde el 2/8/2011

El Gobierno adoptará las medidas necesarias, a efectos de cancelar los préstamos concedidos por el Estado para compensar las insuficiencias de financiación del INSALUD

Page 56: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Medidas que no necesitan de desarrollo

56Reforma de las Pensiones

Los socios trabajadores de las sociedades laborales, cuando el número de socios no sea superior a 25, aun cuando formen parte del órgano de administración social, tengan o no competencias directivas, tendrán las mismas prestaciones que los trabajadores por cuenta ajena incluido el desempleo y el FOGASA

* Cuando uno de los cónyuges haya desempeñado durante el matrimonio, trabajos a favor del negocio familiar sin que se hubiese cursado el alta en la SS, el juez que lleve la separación, divorcio o nulidad comunicará tal hecho a la ITSS. Las cotizaciones no prescritas que, en su caso, se realicen por los períodos de alta que se reconozcan surtirán todos los efectos de cara a las prestaciones de SS. El importe de tales cotizaciones será imputado al negocio familiar corriendo su abono por cuenta del titular del mismo

Las Mutualidades de Previsión Social alternativas al RETA con respecto a profesionales colegiados, deberán ofrecer de forma obligatoria las coberturas de: jubilación, i.permanente, i.t, maternidad, paternidad, riesgo del embarazo, viudedad y orfandad.

Page 57: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Medidas pendientes de impulso por el gobierno

57Reforma de las Pensiones

El Gobierno presentará un proyecto de ley que mejore la consideración de los períodos cotizados de los trabajadores a tiempo parcial y en los contratos fijos discontinuos

El Gobierno elaborará un nuevo Texto Refundido de la SS en vigor desde el 2/8/2011

El Gobierno aprobará un Proyecto de Ley de reordenación integral de las prestaciones no contributivas

Se faculta al Gobierno para reforzar, desde la vertiente no contributiva, las pensiones de los mayores que viven en unidades económicas unipersonales

El Gobierno reformará la regulación de la mutuas; entre otras, en sus órganos directivos, entrarán las organizaciones sindicales más representativas en vigor desde el 2/8/2011

El Gobierno presentará un proyecto de ley, para reconocer en las carreras de cotización el servicio militar o la prestación social sustitutoria

El Gobierno determinará los convenios especiales en los que su suscripción deberá hacerse antes del transcurso de un determinado plazo a contar desde que se cause baja o se extingan las prestaciones por desempleo en vigor desde el 2/8/2011

Page 58: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Más medidas planificadas por la Reforma, pero pendientes de desarrollo

58Reforma de las Pensiones

Deberán modificarse los recibos de salario en los términos que reglamentariamente se determinen, a efectos de que aparezca en ellos la cuota patronal

Los empresarios y los trabajadores tendrán derecho a ser informados por los correspondientes organismos de la Administración de la SS acerca de los datos a ellos referentes que obren en los mismos

Page 59: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Estudios que mandata la Reforma

59Reforma de las Pensiones

El Gobierno presentará un informe a efectos de que los pensionistas recuperen el poder adquisitivo perdido en los últimos 5 años en vigor desde el 2/8/2011

El Gobierno evaluará las nuevas reglas de integración de lagunas a efectos de llevar a cabo las adaptaciones, modificaciones y cambios que resulten precisos

El Gobierno realizará estudios para delimitar los umbrales de pobreza, al objeto de reorientar las políticas para su erradicación

El Gobierno procederá a presentar ante la Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo un estudio, en relación con la Recomendación 5ª del Pacto (control y lucha frente a la economía irregular

El Gobierno presentará un informe con propuestas, para resolver la deuda sanitaria que se generó con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1995 y que todavía no se ha solucionado

El Ministerio de Trabajo presentará un estudio a fin de garantizar a los actores de doblaje un encuadramiento en la SS más adecuado a sus características profesionales

Page 60: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Unión Sindical Obrera

Trabajo

Pensión

Últimas reflexiones

Page 61: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

61Reforma de las Pensiones

Jubilación parcial de los mutualistas con 60 años

Modificaciones previstas en el preámbulo del proyecto, pero no plasmadas en el cuerpo ni del anteproyecto ni del proyecto

Jubilación anticipada para trabajos penosos, tóxicos, peligrosos o

insalubres

Para las siguientes materias, aunque el preámbulo del anteproyecto establece su modificación, el cuerpo de la norma guarda silencio

Jubilación parcial con reducción de jornada del 85% (en vez del 75%) si el

relevista es contratado a tiempo completo y de manera indefinida

El preámbulo prevé su modificación

El preámbulo prevé su eliminación

El preámbulo prevé su eliminación

Page 62: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

62Reforma de las Pensiones

¿Qué supone la Reforma?

Ampliación de la edad de jubilación de 65 a 67 años

10% de ahorro

Ampliación de la base de cálculo de 15 a 25 años 15% - 16% de ahorro

Cambio de los porcentajes aplicables a la base de cálculo

4% - 7% de ahorro

Endurecimiento de la j.anticipada 15% de ahorro

Pérdida Generalizada del 26%

Pérdidas adicionales

Page 63: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

63Reforma de las Pensiones

Los jóvenes, las mujeres, los inmigrantes, los fijos-discontinuos, los trabajadores a tiempo parcial… son los colectivos que más van a sufrir las

consecuencias de la Reforma

Enmienda de la USO para paliar los efectos de la Reforma a los trabajadores a tiempo parcial y fijos-discontinuos

¿Quiénes son los grandes perjudicados de la Reforma?

Reforma de las Pensiones

¿Quiénes son los grandes perjudicados de la Reforma?

La USO ha presentado al Consejo de Estado, petición de aplicación de los criterios establecidos por el TC y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Esta Reforma es de extraordinario interés para las CCAA con mayor porcentaje de fijos-discontinuos y tiempo parcial, destacando Illes Balears

Page 64: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

Reforma de las Pensiones

¿Quiénes y qué ganan con la Reforma?

El Gobierno consiguió la foto deseada y el respaldo del diálogo social para los recortes sociales

El Gobierno ganó pasar la revista ante la comisaria Angela Merkel

La Patronal consigue la rebaja de cotizaciones por accidentes, la gestión de las mutuas de accidentes y de los 5000 millones de euros del fondo de Prevención

Bonificaciones a la contratación por importe de 2450 millones de euros

Gestionar la formación por importe de 2678 millones de euros

Lavado de imagen

CCOO y UGT arreglar su cuenta de resultados a través su gestora de fondos de pensiones (GPP, 60%BBVA, 20%CCOO y 20%UGT)

Entrada en los órganos de gobierno de las mutuas de accidentes

Gestión de las políticas activas de empleo por importe de 5000 millones de euros

Gestionar la formación por importe de 2678 millones de euros

64

Page 65: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

65Reforma de las Pensiones

La posición de USO ante la Reforma

Inoportuna, injusta e insolidaria

USO realizará movilizaciones culminando con una gran movilización en Madrid, días antes de la votación en el Congreso de los Diputados…solos o acompañados

El 1º de mayo, la reivindicación central será la defensa de un sistema público de protección social con pensiones justas

USO rechaza frontalmente la Reforma por ser

Elecciones sindicales

Enmiendas

Combatiremos la Reforma desde tres ámbitos prioritarios

Movilizaciones

Campaña de información a los trabajadores sostenida en el tiempoPara USO, la batalla contra la Reforma se debe librar en los centros de trabajo a través de la información; debemos informar incluso a los delegados de los sindicatos firmantes del verdadero alcance de la Reforma, desmontando las medias verdades que publican los firmantes

1º Mayo

En el trámite parlamentario de la Reforma, la USO presentará enmiendas para modificar los aspectos más injustos, y los que afectan a los más desfavorecidos: fijos-discontinuos, tiempos parciales y trabajadores de actividades tóxicas, penosas o peligrosas

Gran movilización en Madrid

Aumentar la representatividad de la USO y rebajar la de los sindicatos firmantes es la mejor fórmula para combatir la Reforma

Page 66: Unión Sindical Obrera Reforma de las pensiones Trabajo Pensión Actualizado a 6/9/2011

66Reforma de las Pensiones

MUCHAS GRACIAS