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UNIDAD II SEGURIDAD Y DEFENSA Introducción La Seguridad de la Nación venezolana está fundamentada en el desarrollo integral y en la corresponsabilidad entre el Estado y sociedad Civil, condiciones que promueven el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económicos, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, correspondiéndole al Fuerza Armada Nacional como expresión militar del poder nacional en Venezuela, garantizar la independencia, soberanía nacional y el respeto a los más sublimes principios y valores expresados en el preámbulo y texto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como son el establecimiento de una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, que consolide la libertad, la independencia, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia, el imperio de la ley y el mantenimiento de la paz. La Fuerza Armada Nacional como parte esencial e indisoluble del Poder Público Nacional, basada en los intereses y objetivos nacionales establecidos para el cumplimiento de las políticas correspondientes a la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo integral del país, da origen y formula el presente Concepto Estratégico Militar, con la finalidad de proporcionar la dirección estratégica para el funcionamiento y desarrollo de la institución. Seguridad y Defensa Nacional La Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como primordiales dentro de la conformación de las naciones, puesto que los mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y protección a todas las personas que integran la nación. En todo Estado y en particular en el Estado venezolano se encuentran una serie de elementos tanto naturales, como territoriales que deben ser preservados y protegidos del alcance de sujetos a los cuales no les corresponde administrarlos ni usarlos. La Seguridad Nacional está referida a las manifestaciones externas, que los sujetos integrantes de la nación pueden percibir, y que se manifiesta en la sensación de tranquilidad o de inseguridad de los ciudadanos, ya que depende de la percepción por parte de la ciudadanía de la sensación de paz, peligro o amenaza para con la nación, y por ende para con la seguridad de sus ciudadanos. La misma es parte inherente de la política de la nación y está directamente

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UNIDAD II

SEGURIDAD Y DEFENSA

Introducción

La Seguridad de la Nación venezolana está fundamentada en el desarrollo integral y en la corresponsabilidad entre el Estado y sociedad Civil, condiciones que promueven el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económicos, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, correspondiéndole al Fuerza Armada Nacional como expresión militar del poder nacional en Venezuela, garantizar la independencia, soberanía nacional y el respeto a los más sublimes principios y valores expresados en el preámbulo y texto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como son el establecimiento de una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, que consolide la libertad, la independencia, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia, el imperio de la ley y el mantenimiento de la paz.

La Fuerza Armada Nacional como parte esencial e indisoluble del Poder Público Nacional, basada en los intereses y objetivos nacionales establecidos para el cumplimiento de las políticas correspondientes a la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo integral del país, da origen y formula el presente Concepto Estratégico Militar, con la finalidad de proporcionar la dirección estratégica para el funcionamiento y desarrollo de la institución.

Seguridad y Defensa Nacional

La Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como primordiales dentro de la conformación de las naciones, puesto que los mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y protección a todas las personas que integran la nación. En todo Estado y en particular en el Estado venezolano se encuentran una serie de elementos tanto naturales, como territoriales que deben ser preservados y protegidos del alcance de sujetos a los cuales no les corresponde administrarlos ni usarlos.

La Seguridad Nacional está referida a las manifestaciones externas, que los sujetos integrantes de la nación pueden percibir, y que se manifiesta en la sensación de tranquilidad o de inseguridad de los ciudadanos, ya que depende de la percepción por parte de la ciudadanía de la sensación de paz, peligro o amenaza para con la nación, y por ende para con la seguridad de sus ciudadanos. La misma es parte inherente de la política de la nación y está directamente vinculada con el Poder Nacional, el cual le proporciona los medios para que se pueda llevar a cabalidad.

En el ámbito político la seguridad nacional es el objetivo principal, la meta, el fin, mientras que la defensa nacional es el medio, o uno de los medios, el más destacado para lograr la seguridad. Se puede señalar el aspecto de la Seguridad como un aspecto psicológico, como una actitud o un estado de conciencia, y que va a depender del grado de confianza y seguridad que el Estado transmita a sus nacionales.

Se puede definir la Seguridad de la Nación como: La situación, estado o condición que se configura por medio de la garantía, goce y ejercicio efectivo de los derechos en los diversos ámbitos de la vida nacional: social, económico, cultural, político, militar, entre otros, por parte de la población, la sociedad y demás entes que conforman el Estado.

La Seguridad de la Nación se refiere principalmente a 3 aspectos:1. La Seguridad del Territorio: cuyo fin es la preservación del territorio nacional de la ocupación, transito o invasión ilegal de otras personas o naciones que no estén debidamente autorizados para ingresar al país.2. La Seguridad de la Población: que está referida a la protección de la colectividad de situaciones que amenacen o atenten contra su libertad, seguridad o bienestar.

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3. La Seguridad de las Libertades: cuyo fin es la garantía del cumplimiento de las libertades internas y externas, a las que se tiene derecho por mandato constitucional.De tal forma que la Seguridad es un elemento indispensable para el bienestar de la sociedad, de la colectividad, ya que protege los derechos de la nación tanto en el ámbito interno como externo.

Soberanía y autodeterminación

Alude a la facultad del Estado de ejercer su autoridad por encima de cualquier otro en un territorio específico y sobre una determinada población. Por lo tanto, ningún Estado puede ejercer soberanía donde lo hace otro. Este principio encuentra su expresión más corriente en la idea de no injerencia de un Estado o de un conjunto de ellos en los asuntos internos del otro. A lo largo de la historia del pensamiento político los juristas se preguntaron por el individuo o el organismo en que residía la soberanía. Originariamente, cuando el Estado tuvo carácter patrimonial, afirmaron que el soberano era el rey por designio de Dios. Más tarde, aseguraron que Dios había entregado la soberanía al pueblo, pero que éste la delegaba en el monarca. Con el desarrollo de las formas institucionales republicanas y democráticas, se llegó a pensar que el depositario de la soberanía es el mismo pueblo.

A partir de fines de la Segunda Guerra Mundial, la idea del derecho a la autodeterminación de los pueblos fue desplazando progresivamente a la de soberanía. Este concepto tiene dos aspectos. Por un lado, se define como "el derecho de un pueblo de elegir libremente su propio sistema político", económico y social. Por otro lado, significa "el derecho de un determinado pueblo de constituirse en Estado o de unirse a otro ya existente.

Principio de Seguridad Nacional. Consejo de Defensa

Dispone la Constitución que "La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como la satisfacción de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar".6 Igualmente se establece que la seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de todos.En la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, como consecuencia de la democracia social, participativa y protagónica se ha pretendido fundamentar la constitución de la Milicia Nacional como componente de la Fuerza Armada Nacional como pretendía la derrotada propuesta de reforma constitucional presidencial8 o destinada a "complementar la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa Integral de la Nación" como lo establece la nueva Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Es preciso puntualizar que en una sociedad democrática la misión de la fuerza armada "no es dirigir la sociedad sino ejecutar la defensa nacional bajo los parámetros de los previamente delineado defendible por el sector civil gobernante".En cuanto a la atención de las fronteras, la Constitución la considera prioritarias para la defensa nacional y establece una franja de seguridad de fronteras cuya amplitud, regímenes especiales en lo económico y social, poblamiento y utilización serán regulados por la ley, protegiendo de manera expresa los parques nacionales, el hábitat de los pueblos indígenas allí asentados y demás áreas bajo régimen de administración especial.

Consejo de Defensa de la Nación. Integrantes.

Se crea el Consejo de Defensa de la Nación, máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento para la defensa nacional. Le corresponde establecer el concepto estratégico de la Nación. Lo preside el Presidente de la República y lo conforman además, el Vicepresidente

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Ejecutivo, el Presidente de la Asamblea Nacional, el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente del Consejo Moral Republicano y los ministros de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. Como se observa, este nuevo e importante órgano de rango constitucional está integrado exclusivamente por miembros del Poder Público Nacional siendo la mayoría de designación presidencial. La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación distingue entre miembros permanentes que son los antes señalados, adicionando el ministro del Ambiente y los miembros no permanentes que solo tienen derecho a voz y son de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente del Consejo.

Atribuciones y organización del Consejo de Defensa de la Nación

De acuerdo a la Ley Orgánica, el Consejo de Defensa de la Nación tiene las atribuciones siguientes:1. Asesorar al Poder Público en la elaboración de los planes de seguridad, desarrollo y defensa integral, en los diversos ámbitos de la vida nacional.2. Formular la política de seguridad.3. Elaborar y actualizar el Concepto Estratégico de la Nación. Sugerir lineamientos al Poder Público para la elaboración y ejecución de los planes que de él se deriven.4. Constituir Comités de Trabajo Interinstitucionales y de Emergencia.5. Fomentar la participación activa y permanente del Poder Público y de la sociedad, en los asuntos relacionados con la seguridad de la Nación.6. Requerir de las personas naturales o jurídicas de carácter público y privado los datos, estadísticas e informaciones relacionados con la seguridad de la Nación, así como su necesario apoyo.7. Asegurar que los sistemas de inteligencia, protección civil y demás organismos de seguridad ciudadana del Estado e instituciones afines, remitan los datos, informaciones y estadísticas relacionadas con la seguridad de la Nación.8. Proponer al Presidente o Presidenta de la República, intervenir aquellos órganos de seguridad del Estado, en cualquiera de sus niveles y espacios cuando las circunstancias lo ameriten.9. Aprobar directivas para colaborar con la movilización y desmovilización total o parcial, en los diversos ámbitos.10. Asegurar que los integrantes del sistema de protección civil en sus diferentes niveles, programen y coordinen con el órgano respectivo, los recursos públicos y privados necesarios, a fin de prevenir, mitigar, dar respuestas y recuperar los daños ocasionados por eventos de origen natural, técnico y social, que obligatoriamente requieran del apoyo de las estructuras políticas, técnicas, sociales y económicas del Estado.11. Fomentar la formación de equipos multidisciplinarios especializados en seguridad y defensa, del sector público y privado.El Consejo de Defensa de la Nación cuenta con una secretaria general que cumple funciones permanentes como órgano de apoyo administrativo, técnico y de investigación, y está a cargo de un secretario de libre nombramiento y remoción del Presidente del Consejo de Defensa de la Nación.La Secretaria General está integrada por los Comités Coordinadores, el Centro de Evaluación Estratégica, el Centro de Políticas y Estrategias, y una oficina administrativa.Por otra parte, dispone la Constitución que "El Ejecutivo Nacional se reserva la clasificación y divulgación de aquellos asuntos que guarden relación directa con la planificación y ejecución de operaciones concernientes a la seguridad de la Nación, en los términos que la ley establezca".

La Fuerza Armada Nacional. Estructura

La Fuerza Armada Nacional de la República Bolivariana de Venezuela está integrada por alrededor de 155.000 a 250.000 combatientes activos, entre ellos, una creciente Milicia Nacional Bolivariana formada por cientos de miles de hombres y mujeres en capacidad de prestar servicios como reservistas. No obstante, esta cifra de efectivos activos se aproxima a 155.000 hombres y mujeres de primera línea (incluyendo los más aptos para ser llamados

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primero, entendiéndose por estos, aquellos hombres y mujeres en edades de 17 - 39 años), distribuidos en cuatro (4) componentes de Tierra, Mar y Aire. Esto según lo prescribe el Artículo 328 de la Constitución Nacional y el Artículo n° 29 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Dichos componentes se complementan con la Milicia Nacional Bolivariana, la cual es un cuerpo especial de reservistas organizado por el Estado Venezolano, integrado por la Reserva Militar y la Milicia Territorial destinada a complementar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa Integral de la Nación y garantizar su independencia y soberanía. Por tanto, los mencionados componentes que conforman la Fuerza Armada Nacional Bolivariana son, a saber, los siguientes:

Ejército Nacional Bolivariano Armada Nacional Bolivariana Aviación Militar Nacional Bolivariana Guardia Nacional Bolivariana

Los principales roles cumplidos por la Fuerza Armada son la defensa de la soberanía del territorio nacional, espacio aéreo, insular, el combate al tráfico de drogas, búsqueda y rescate y protección civil en los casos de desastre. Todos los ciudadanos venezolanos varones tienen el deber legal de inscribirse en el registro militar al cumplir los 18 años de edad, que es la mayoría de edad en Venezuela, aunque la prestación como tal del servicio actualmente es voluntaria. A parte del funcionamiento esencial de la seguridad y defensa de la Nación con el funcionamiento de los cuatro (4) componentes y la Milicia Nacional, la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana señala también el funcionamiento de la Guardia de Honor Presidencial de Venezuela en su artículo No. 8, así como su condición de cuerpo encargado de la seguridad, custodia y protección del Presidente(a) de la República así como sus familiares directos.

De este modo dos de los otros cuerpos especiales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana son los siguientes:

Milicia Nacional Bolivariana Guardia de Honor Presidencial

FUNCIONES DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL

Son funciones de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, las siguientes:1. Asegurar la soberanía plena y jurisdicción de la República en los espacios continentales, áreas marinas y submarinas, insulares, lacustres, fluviales, áreas marinas interiores históricas y vitales, las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de estos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo; y los recursos que en ellos se encuentran;2. Defender los puntos estratégicos que garantizan el desenvolvimiento de las actividades de los diferentes ámbitos: social, político, cultural, geográfico, ambiental militar y económico y tomar las previsiones para evitar su uso por cualquier potencia o extranjero;3. Preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el propósito de coadyuvar a la independencia, soberanía e integridad del espacio geográfico de la Nación;4. Participar en alianzas o coaliciones con las Fuerzas Armadas de otros países para los fines de la integración dentro de las condiciones que se establezcan en los tratados, pactos o convenios internacionales, previa aprobación de la Asamblea Nacional;5. Formar parte de misiones de paz, constituidas dentro de las disposiciones contenidas en los tratados válidamente suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela previa aprobación de la Asamblea Nacional;6. Apoyar a los distintos niveles y ramas del Poder Público en la ejecución de tareas vinculadas a los ámbitos social, política, cultural, geográfica, ambiental, económica y en operaciones de protección civil en situaciones de desastres en el marco de los planes correspondientes;

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7. Contribuir en preservar o restituir el orden interno, frente a graves perturbaciones sociales, previa decisión del Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;8. Organizar, planificar, dirigir y controlar el Sistema de Inteligencia Militar y Contrainteligencia Militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;9. Promover y realizar actividades de investigación y desarrollo, que contribuyan al progreso científico y tecnológico de la Nación, dirigidas a coadyuvar a la independencia tecnológica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;10. Analizar, formular, estudiar y difundir el Pensamiento Militar Venezolano;11. Participar en el desarrollo de centros de producción de bienes y prestación de servicios integrados de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;12. Formular y Ejecutar el Plan Estratégico de Desarrollo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de acuerdo con las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación;13. Participar y cooperar en las actividades de búsqueda y salvamento de conformidad con la ley y en ejecución de los tratados válidamente suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela;14. La función meteorológica que se lleve a cabo con fines de seguridad y defensa de la Nación, así como la consolidación y operación de su red;15. Prestar apoyo a las comunidades en caso de catástrofes, calamidades públicas u otros acontecimientos similares;16. La posesión y el uso exclusivo de armas de guerra, así como, regular, supervisar y controlar la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, tránsito, registro, porte, tenencia, control, inspección, comercio y posesión de otras armas, partes, accesorios, municiones, explosivos, artificios pirotécnicos y sustancias precursoras de explosivos, conforme a la ley respectiva.17. Participar en la protección del patrimonio público en cualquiera de sus formas de manifestación;18. Fomentar y participar en las políticas y planes relativos a la geografía, cartografía, hidrografía, navegación y desarrollo aeroespacial, que involucren la seguridad, defensa militar y desarrollo integral de la Nación;19. Participar en las operaciones que se originen como consecuencia de los estados de excepción, que sean decretados de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley;20. Ejercer las competencias en materia de Servicio Civil o Militar, de conformidad con la ley;21. Ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal de conformidad con la ley; y22. Las demás que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

Integración cívico militar

La unión de la Fuerza Armada Nacional (FAN) y el pueblo es el eje fundamental de la nueva doctrina militar para alcanzar la seguridad integral de la nación, y es esa unidad cívico militar el principal cambio experimentado en el ámbito castrense en los últimos años.En la actual gestión del presidente de la República, Hugo Chávez Frías, hay coincidencias entre voceros del Gobierno Nacional y sector militar en afirmar que la nueva concepción de la defensa fundamentada en la unidad cívico militar ha pasado de la teoría a la práctica en corto tiempo.Lo que comenzó con un cambio de doctrina en la Constitución, hoy en día es una realidad con las activaciones de nuevas unidades militares con un criterio de trabajo con la población y las autoridades civiles, como una demostración del avance en la nueva doctrina militar.Con la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en 1999, la Fuerza Armada Nacional tuvo que reconsiderar sus principios doctrinarios en cumplimiento con el postulado de la corresponsabilidad, para posteriormente aprobar de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional (Lofan).Este cambio de doctrina buscó romper viejos esquemas y patrones copiados de las grandes potencias como Estados Unidos y trabajar en una doctrina propia basada en nuestros principios.

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Es decir, la doctrina del Libertador Simón Bolívar, Francisco de Miranda y la liberación, el nacionalismo liberador, y de la unión del soldado con su pueblo.

Participación popular y defensa integral

El artículo 322 de la Constitución Nacional en el título VII, de la seguridad de la Nación, Capítulo I, De las Disposiciones Generales establece las líneas fundamentales de la nueva concepción de la defensa integral:"La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional".En complemento a este postulado, el artículo 326 señala que la seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia y solidaridad, entre otros.En más de una oportunidad el presidente de la República, Hugo Chávez Frías, se ha dirigido a la nación para explicar la defensa integral. Específicamente, en el programa Aló Presidente del 20 de marzo del 2005, el Jefe de Estado invitó al pueblo a 'asumir una actitud de defensa nacional integral a fin de preservar nuestra soberanía ante naciones como Estados Unidos'.Desde el año 2004 se comenzó a trabajar en la "ofensiva ideológica del nuevo pensamiento militar venezolano, que debe partir de nuestras raíces, del pensamiento antiimperialista, unificador, patriótico, igualitario, justiciero, fraterno y liberador'.Esta doctrina militar incluye la cooperación activa del pueblo en defensa de la soberanía. Dicha doctrina tiene tres líneas:1) Fortalecimiento del poder militar de la Nación,2) Profundización de la unión cívico militar (soldados y pueblo) y3) Fortalecimiento y participación popular en las tareas de la defensa nacional.

Preparados para conflictos asimétricos

Las teorías de defensa evolucionan con el pasar del tiempo, y es por ello que en la actualidad la nueva doctrina militar estudia la guerra asimétrica o conflicto desigual.Este nuevo pensamiento militar permitirá a la FAN afinar estrategias para contrarrestar amenazas a la seguridad interna, con la participación de la población en diferentes áreas. Con la promulgación de la LOFANB, los pensum académicos y los ejercicios militares comenzaron a incluir la participación popular en las actividades de defensa integral. Es por ello, que se le ha dado importancia al fortalecimiento de la Reserva Nacional y de la Guardia Territorial.La LOFANB en su artículo 10 señala a la Reserva Nacional que está constituida por todos los venezolanos y venezolanas mayores de edad que no estén en servicio militar activo, que hayan cumplido con el servicio militar o que voluntariamente se incorporen a las unidades de reserva que al efecto sean conformadas.La misión de la Guardia Territorial es preparar y mantener al pueblo organizado para operaciones de resistencia local, ante cualquier agresión interna y/o externa, así como la participación en misiones especiales de defensa y desarrollo integral de la Nación.En el artículo 11 de la referida ley, se explica que la Guardia Territorial está constituida por los ciudadanos y ciudadanas que voluntariamente se organicen para cumplir funciones de resistencia local ante cualquier agresión interna o invasión de fuerzas extranjeras. Estos grupos deben ser debidamente registrados por la Comandancia General de la Reserva Nacional y de la Movilización Nacional, quedando bajo su mando y conducción.

Conclusión

El Estado tiene la responsabilidad de establecer una política integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y marítimos, preservando la integridad territorial, la soberanía, la seguridad,

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la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, económico, social y la integración. Atendiendo la naturaleza propia de cada región fronteriza a través de asignaciones económicas especiales.El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico.A tales efectos, le corresponde también establecer el concepto estratégico de la Nación. Presidido por el Presidente o Presidenta de la República, lo conforman, además, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. La ley orgánica respectiva fijará su organización y atribuciones.El concepto de desarrollo integral se encuentra en el Artículo 4 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, estableciendo que: "El desarrollo integral, a los fines de esta Ley, consiste en la ejecución de planes, programas, proyectos y procesos continuos de actividades y labores que acordes, con la política general del Estado y en concordancia con el ordenamiento jurídico vigente, se realicen con la finalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la población, en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar." acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la

Que es el Estado: es un concepto político que se refiere a una forma

de organización social, económica, política soberana y coercitiva, conformada por un conjunto

de instituciones, que tienen el poder de regular la vida comunitaria nacional, generalmente sólo

en un territorio determinado o territorio nacional; aunque no siempre, como en el caso

del imperialismo. Suele incluirse en la definición de Estado el reconocimiento por parte de

la comunidad internacional como sujeto de Derecho internacional.

El concepto de Estado difiere según los autores, pero algunos de ellos definen el Estado como el

conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que

regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Max

Weber, en 1919, define el Estado moderno como una "asociación de dominación con

carácter institucional que ha tratado, con éxito, de monopolizar dentro de un territorio

la violencia física legítima como medio de dominación y que, con este fin, ha reunido

todos los medios materiales en manos de sus dirigentes y ha expropiado a todos los

seres humanos que antes disponían de ellos por derecho propio, sustituyéndolos con sus

propias jerarquías supremas”. Por ello se hallan dentro del Estado instituciones tales como

las fuerzas armadas, la administración pública, los tribunales y la policía, asumiendo pues el

Estado las funciones de defensa, gobernación, justicia, seguridad y otras, como las relaciones

exteriores.

Probablemente la definición más clásica de Estado, fue la citada por el jurista alemán Hermann

Heller que define al Estado como una "unidad de dominación, independiente en lo exterior e

interior, que actúa de modo continuo, con medios de poder propios, y claramente

delimitado en lo personal y territorial". Además, el autor define que sólo se puede hablar

de Estado como una construcción propia de las monarquías absolutas (ver monarquía

absoluta) del siglo xv, de la Edad Moderna. "No hay Estado en la Edad Antigua", señala el

autor. Asimismo, como evolución del concepto se ha desarrollado el "Estado de Derecho" por el

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que se incluyen dentro de la organización estatal aquellas resultantes del imperio de la ley y

la división de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) y otras funciones, como la emisión

de moneda propia.

Sistema Internacional: La noción de sistema internacional (a veces también llamado sistema

interestatal o sistema intergubernamental, o incluso sociedad internacional) es utilizada en

el marco de la teoría de las relaciones internacionales, así como en geopolítica y en derecho

internacional, con el fin de principalmente designar las relaciones de los estados, entre sí y con

otros organismos también sujetos del derecho internacional. O sea y en definitiva, este concepto

designa al ambiente o entramado constituido por los estados y por diversas instituciones

internacionales tales como la ONU, la OCDE, el BID, etc. El término es de uso corriente en la

enseñanza y la práctica de las relaciones internacionales, generalmente utilizado con una

significación amplia. Tras esta expresión, subyace la idea de que existe una jerarquización entre

los diferentes actores, basadas en las capacidades políticas, diplomáticas, militares, y

económicas, de cada cual. Con alguna frecuencia, el término hace simplemente referencia a los

"Gobiernos del mundo" o los "Estados del mundo".

El sistema internacional es un concepto clave de las relaciones internacionales, reconociendo

que las relaciones entre los estados no deberían estar inspiradas por simpatías o por cuestiones

coyunturales o momentáneas, o por el simple dominio del más fuerte y con mayor poder, sino

que deberían ser orientadas por elementos estructurales y formales, y por prácticas arraigadas,

como las ofrecidas por: las leyes internacionales y los ámbitos de discusión de los organismos

internacionales; las alianzas y los acuerdos internacionales, los convenios, las asociaciones o

agrupaciones, etc. Esta aproximación teórica a la cuestión, permite avizorar y/o formular un

cuadro o marco concreto del desarrollo de las relaciones internacionales, en donde además de

los procedimientos y de las normativas y de las cortes internacionales de justicia,

inevitablemente también deberá tenerse en cuenta el peso o la importancia de cada uno de los

actores, ya sea que se consideren exclusivamente las cuestiones económicas, o los asuntos

político-militares, o las realidades demográficas, o todos los elementos diferenciadores en su

conjunto. La ausencia de un sistema internacional o su muy escaso desarrollo, seguramente

daría paso a la "anarquía internacional", que resultaría muy inconveniente sobre todo para los

actores con más debilidades.

Como ejemplos representativos, podrían citarse el "Sistema europeo del siglo XIX", que

orientaba las relaciones en una forma multipolar, así como también el modelo bipolar imperante

en buena parte del siglo XX, caracterizado por la rivalidad entre Estados Unidos y la URSS. El

mundo actual tiende a organizarse con una estructura multipolar, dado el importante desarrollo

de China y de India, así como la consolidación progresiva de la UE.

Y como no podía ser de otra manera, existen marcadas diferencias de enfoque sobre

este concepto, según lo apliquen los teóricos, los politólogos, los geógrafos, los economistas, o

los juristas.

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Por una facilidad de exposición y de comprensión, la historia frecuentemente es dividida en

períodos, según el sistema internacional en vigor: se habla así del sistema de Westfalia después

de la Guerra de los Treinta Años, de sistema bipolar en oportunidad de la guerra fría, de sistema

unipolar luego del desmembramiento de la URSS y de la caída del socialismo europeo, y

de sistema multipolar con posterioridad y hasta nuestros días, abarcando por el momento los

primeros años del siglo XXI.

Conceptualización Clásica del Sistema Internacional: El politólogo citado consideraba así a

los estados, y en particular a los estados-nación, como la unidad de base de este sistema,

fundamentalmente caracterizado por la diplomacia (« relaciones regulares y formalizadas ») y

las guerras. Este enfoque se inspira en la obra clásica de Carl von Clausewitz titulada Vom

Kriege, en donde se establece que « la guerra es la política continuada por otros medios ». Esta

teoría, de inspiración realista, es apoyada y compartida por numerosos teóricos y analistas de

las relaciones internacionales.

Naturaleza del Hombre en la teoría Política: Previamente al estudio de la teoría aristotélica es cabal examinar algunos de los asuntos pertenecientes a las circunstancias históricas que forman parte de su contexto. Se puede notar, ya desde la época en que Aristóteles era discípulo de Platón, que parte del ambiente intelectual de Atenas había percibido la decadencia progresiva en la que estaba inmersa la polis. El mismo Platón, a través de la figura de Sócrates, había efectuado un gran intento por marcar un horizonte político, horizonte que se encontraba difuso en medio de la creciente influencia sofistica.El lógos que antaño había pertenecido a los dioses, el logos de Apolo que es manifestación de la verdad absoluta, en la Atenas de Platón ya no es divino, pertenece a los hombres, quienes lo utilizan ya no como sendero a la verdad, sino como un simple instrumento de persuasión. Los sofistas habían terminado por desbaratar todo criterio de verdad categórico. En tal ámbito es que Platón intenta una vuelta a los ‘verdaderos valores’. Intento por un lado formidable, que dio como resultado una de las obras más excepcional de la filosofía: La República, pero que por otro lado no logra salvar la pólis.Asimismo, Aristóteles asume al logos como mero lenguaje humano, residuo de la quiebra, operada por la sofistica. De este modo continúa con lo que su maestro se había propuesto: salvar a la pólis, tarea que le resultaría todavía más difícil que a éste, ya que a la ‘decadencia’ de ésta se le sumarán las incursiones de los macedónicos. Y aunque tanto Filipo como su hijo Alejandro respetaban en demasía a la cultura ateniense (no hace falta recordar quien fue el maestro de este último) fueron éstos quienes marcaron el final político de la pólis como se conoció en su mayor esplendor.

La formidable obra La Política, es en cierto aspecto, interpretada desde su contexto, el proyecto aristotélico de salvar a la pólis; esto, como se verá, no significa que Aristóteles haya realizado una defensa retórica del statu quo a la manera de los abogados, sino que, muy por el contrario, lo que este pensador se propone es despejar filosóficamente un ámbito teórico político.Recordadas estas breves pero primordiales reseñas pasamos a estudiar como construye Aristóteles su teoría política sobre su pilar fundamental, la naturaleza del hombre, concebida como social.Es imperioso ver como se forma progresivamente, a través de sus partes, la pólis si se quiere lograr una entera compresión de la función que cumple la naturaleza del hombre en la teoría

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aristotélica. Aristóteles entiende que los hombres, en un principio sólo se reúnen en familias; luego, por necesidad, muchas de estas familias conformarán aldeas; y por ultimo, del mismo modo, muchas aldeas la pólis. Pero en este recorrido desde la familia a la pólis la teoría aristotélica deja entrever que la evolución lograda no es cualitativa, sino que simplemente es cuantitativa. Esto implica que la pólis no es sino la prolongación de la naturaleza que en un principio fue artífice de la formación de la familia. No hay una ruptura, el proceso que une la familia a la pólis es continuo. Y tal continuidad muestra de ineludible manera que el desarrolloes único y circunscrito por la naturaleza. Por esta razón, para la teoría aristotélica, la naturaleza logra su fin en el fin del camino: la pólis.Lo antedicho trae implícito que Aristóteles entiende que lo que caracteriza de manera suma a la naturaleza del hombre es el existir de manera gregaria. Escribe: "...se colige claramente que la ciudad es una de las cosas más naturales, y que el hombre, por su naturaleza, es animal político o civil...". En otras palabras, Aristóteles nos está dejando entrever a través de esta afirmación que tan sólo en la pólis la naturaleza fundamental del hombre se expresa de manera plena. Asimismo, refiriéndose a la pólis, manifiesta: "...aquello por cuya causa es lo demás y que es su fin, es lo mejor de todo, pues la bastante suficiencia es el fin y lo mejor". Dicho de otro modo, todas relaciones llevadas a cabo entre los hombres tienden, de manera teleológica, a su estado de mayor naturaleza: la ciudad; lo que significa que carecerán de sentido de suprimir a esta última. Si recordamos la metafísica de Aristóteles el fin forma parte de la causa. La naturaleza que en un principio da como resultado la familia y logra su fin en la pólis, es la razón de que la pólis, interpretada como un todo, sea la causa de cada una de sus partes.

Pero esto no es todo, por esta razón todas las relaciones que se den quedan justificadas como naturales bajo la unidad orgánica de la pólis, en consecuencia, de esta manera, se puede aseverar que es algo natural que algunos hombres queden sometidos bajo otros hombres. Comprender esto no es tarea complicada siguiendo el próximo esquema: la ciudad es la manifestación máxima de la naturaleza del hombre, por ende cada una de sus partes, del mismo modo, también lo es; y ya que la realidad de la familia sólo se justifica desde la pólis, y por eso es manifestación de la naturaleza del hombre, todas las relaciones que en ésta se dan son del mismo modo. Como resultante de esto se tiene que es totalmente pertinente a la naturaleza del hombre la relación entre el amo y el esclavo. Aristóteles no puede comprender otra manera de funcionamiento de la familia, pues recordando sus propias palabras podemos decir que si los peines por sí mismos tejiesen y la pluma por sí misma tocase la cítara, como los instrumentos de Dédalos, los señores, y por ende las familias, no tendrían necesidad de siervos. O sea, el esclavo es funcionalmente imprescindible para la familia y, en consecuencia, imprescindible para pólis.

Por consiguiente desde la naturaleza gregaria del hombre, que llega a su fin en la pólis, quedan entendidas como totalmente idóneas las diferentes jerarquías. En otras palabras, si entendemos esta cuestión como Aristóteles lo hace, entre los hombres hay unos que nacen para ser amos y otros que nacen para ser esclavos, y esto se debe a que la naturaleza provee a unos de las cualidades necesarias para la obediencia y a otros de las necesarias para el mando.

La naturaleza en esta teoría divide a los hombres en dos tipos, unos libres y aptos para la vida social, los otros simplemente esclavos. Aristóteles lo explica de la manera siguiente: "Porque el regir y el ser regidos no solamente es cosa que la necesidad requiera, sino también cosa conveniente; y ya desde el nacimiento de cada uno salen unos para ser mandados y otros para mandar". Entendido de esta manera la célebre naturaleza política de los hombres formulada por esta teoría sólo abarcaría a los libres. O también puede resultar que Aristóteles no considere hombres a los siervos, sino sólo un artefacto del oikos (esta cuestión es muy discutible). Una

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manera más simple de explicarlo, y la que elegiremos aquí, será que esta naturaleza del hombre, que es ser animal político o civil, es la que da como resultado las jerarquías, y que por esta razón quienes consten de ésta serán divididos en amos y esclavos; de ahí que Aristóteles entienda no sólo como necesario, sino también como conveniente, que algunos obedezcan.

Aristóteles justifica la esclavitud (aunque en rigor no concibe otra posibilidad y por lo tanto formular justifica es inadecuado) entendiendo al siervo como un instrumento del que el amo puede valerse, y no porque haya una ley que así lo disponga, o una convención, sino que el siervo es de su señor porque su condición natural lo requiere de esa manera. Aristóteles escribe: "Todo aquel que puede ser de otro es naturalmente siervo, y por esto se dice ser de otro el que hasta tanto alcanza razón que pueda percibirla, mas no la tiene en sí". La naturaleza aquí claramente juega un doble papel, los cuales derivarán naturalmente en las jerarquías; por un lado a todos los hombres los hace gregarios, y por otro lado les entrega diferentes capacidades intelectuales y físicas.

La base de la que parte Aristóteles, el hombre como animal político, no solamente se reduce a una simple argumentación teórica de la esclavitud o de las jerarquías, verlo de esa manera es pecar gravemente de descuido. Aunque bien, este fundamento es la base de la que parte Aristóteles para poder concebir que hay naturalmente algunos hombres libres y otros siervos, diferencia crucial e indispensable para el funcionamiento de la pólis griega; tal pilar es una categoría absoluta propia del grado de abstracción vital para la filosofía. Aristóteles, en otras palabras, no hace más que tomar como ente de su episteme a la pólis, hace una hermenéutica formidable de lo social, y tal labor finalmente lo lleva a concebir que la esencia de ésta se encuentra en la naturaleza del hombre, hombre que evidentemente es entendido como político.

Pólis: es la palabra griega que traducimos erróneamente como ciudad-estado puesto que la pólis normal no se parecía mucho a una ciudad y era mucho más que un estado. Sin una clara concepción de lo que era la pólis y de lo que significaba para los griegos, es completamente imposible comprender adecuadamente la historia, el pensamiento y las realizaciones de los helenos

Actividad Económica: Se llama actividad económica a cualquier proceso donde se generan e

intercambian productos, bienes o servicios para cubrir las necesidades de las personas. La

actividad económica permite la generación de riqueza dentro de una comunidad (ciudad, región,

país) mediante la extracción, transformación y distribución de los recursos naturales o bien de

algún tipo de servicio.

Las actividades económicas abarcan tres fases: producción, distribución y consumo. Como la

producción depende del consumo, la economía también analiza el comportamiento de los

consumidores.

Algunas actividades económicas son la agricultura, la ganadería, la industria, el comercio, y

las comunicaciones.

Muchos países se emplean específicamente en alguna actividad económica lo que permite

clasificarlos; de acuerdo a la capacidad de producción y eficiencia de dicha actividad se genera

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su riqueza. Sin embargo las comunidades encuentran que sus recursos son limitados y por lo

tanto, para poder satisfacer sus necesidades deben hacer una elección que lleva incorporado

un coste de oportunidad.

Se denomina actividades económicas a todas aquellas actividades (conjunto de tareas) por

medio de las cuales satisfacemos nuestras necesidades, y que generan ganancias dentro del

mercado, para los productores de las mismas. De las actividades económicas nace

la producción, y de ésta el consumo. Existen tres grandes tipos de actividades económicas:

actividades primarias, actividades secundarias y actividades terciarias.

Las actividades primarias, son la ganadería, la agricultura, la pesca, la minería y la explotación

forestal; es decir, son aquellas relacionadas con los recursos naturales y la producción

agropecuaria. Por medio de las actividades primarias se obtiene la materia prima, elemento

imprescindible para la producción. Este tipo de actividades es menos redituable, con respecto a

las demás actividades económicas.

Las actividades segundarias, son las que se ocupan de elaborar los productos, a partir de la

modificación de la materia prima. Éstas están constituidas por la producción de energía eléctrica,

la industria y la construcción.

Las actividades terciarias, a diferencia de las secundarias, no producen bienes tangibles, sino

que se ocupan de la compra, venta o distribución de aquellos. Entre estas actividades hallamos,

por ejemplo, el comercio, el transporte, la educación y los servicios.

Los factores de producción: naturaleza, trabajo y capital, son indispensables para las

actividades económicas, pues son los recursos o medios que posibilitan el funcionamiento de la

cadena económica productiva.

Las actividades económicas participan del mercado, en el cual el dinero es el medio de cambio,

y es codiciado por todos los empresarios; los avances tecnológicos que poseen los

productores influyen en el éxito de sus bienes o servicios.

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Capítulo II - De los Estados de Excepción

Artículo 337

Artículo 338

Artículo 339

Artículo 337 El Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros, podrá

decretar los estados de excepción. Se califican expresamente como tales las circunstancias de

orden social, económico, político, natural o ecológico, que afecten gravemente la seguridad de la

Nación, de las instituciones y de los ciudadanos y ciudadanas, a cuyo respecto resultan

insuficientes las facultades de las cuales se disponen para hacer frente a tales hechos. En tal

caso, podrán ser restringidas temporalmente las garantías consagradas en esta

Constitución, salvo las referidas a los derechos a la vida, prohibición de incomunicación

o tortura, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos

humanos intangibles.

Artículo 338 Podrá decretarse el estado de alarma cuando se produzcan catástrofes,

calamidades públicas u otros acontecimientos similares que pongan seriamente en peligro la

seguridad de la Nación, o de sus ciudadanos y ciudadanas. Dicho estado de excepción durará

hasta treinta días, siendo prorrogable hasta por treinta días más. Podrá decretarse el estado

de emergencia económica cuando se susciten circunstancias económicas extraordinarias

que afecten gravemente la vida económica de la Nación. Su duración será de hasta

sesenta días, prorrogable por un plazo igual. Podrá decretarse el estado de conmoción

interior o exterior en caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la

seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones. Se prolongará

hasta por noventa días, siendo prorrogable hasta por noventa días más. La aprobación de la

prórroga de los estados de excepción corresponde a la Asamblea Nacional. Una ley orgánica

regulará los estados de excepción y determinará las medidas que pueden adoptarse con base

en los mismos.

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Artículo 339 El decreto que declare el estado de excepción, en el cual se regulará el ejercicio

del derecho cuya garantía se restringe, será presentado, dentro de los ocho días siguientes de

haberse dictado, a la Asamblea Nacional o a la Comisión Delegada, para su consideración y

aprobación, y a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie

sobre su constitucionalidad. El decreto cumplirá con las exigencias, principios y garantías

establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención

Americana sobre Derechos Humanos. El Presidente o Presidenta de la República podrá

solicitar su prórroga por un plazo igual, y será revocado por el Ejecutivo Nacional o por la

Asamblea Nacional o por su Comisión Delegada, antes del término señalado, al cesar las

causas que lo motivaron. La declaración del estado de excepción no interrumpe el

funcionamiento de los órganos del Poder Público.

Leer más: http://www.monografias.com/trabajos14/naturaleza-hombre/naturaleza-hombre.shtml#ixzz3lj5VXxV1

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