tramitaciÓn de proyectos del sector energÉtico en el marco de la nueva institucionalidad ambiental

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TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL AMBIENTAL Dra. Claudia Ulloa Tesser Dra. Claudia Ulloa Tesser Centro de Ciencias Ambientales EULA- Centro de Ciencias Ambientales EULA- Chile Chile Facultad de Ciencias Ambientales Facultad de Ciencias Ambientales Universidad de Concepción Universidad de Concepción 22 de Agosto de 2013 22 de Agosto de 2013

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TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL. Dra. Claudia Ulloa Tesser Centro de Ciencias Ambientales EULA-Chile Facultad de Ciencias Ambientales Universidad de Concepción 22 de Agosto de 2013. Contenidos. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO

DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTALAMBIENTAL

Dra. Claudia Ulloa TesserDra. Claudia Ulloa TesserCentro de Ciencias Ambientales EULA-ChileCentro de Ciencias Ambientales EULA-Chile

Facultad de Ciencias AmbientalesFacultad de Ciencias AmbientalesUniversidad de ConcepciónUniversidad de Concepción

22 de Agosto de 201322 de Agosto de 2013

Page 2: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

ContenidosContenidos Evolución de la Institucionalidad Ambiental en Evolución de la Institucionalidad Ambiental en

ChileChile Limitaciones y Dificultades en la Gestión Limitaciones y Dificultades en la Gestión

Ambiental Ambiental El informe de la OECD. Evaluación del El informe de la OECD. Evaluación del

desempeño ambiental de Chiledesempeño ambiental de Chile Nueva Institucionalidad AmbientalNueva Institucionalidad Ambiental Procedimiento de Evaluación de Impacto Procedimiento de Evaluación de Impacto

AmbientalAmbiental Dificultades en la Tramitación de los Proyectos Dificultades en la Tramitación de los Proyectos

del Sector Energéticodel Sector Energético Análisis de casosAnálisis de casos ConclusionesConclusiones

Page 3: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Evolución de la Evolución de la Institucionalidad Institucionalidad

Ambiental en ChileAmbiental en Chile

El desarrollo de la institucionalidad ambiental en El desarrollo de la institucionalidad ambiental en Chile ha estado ligado a la historia política y Chile ha estado ligado a la historia política y desafíos en materias económicas y socialesdesafíos en materias económicas y sociales

Page 4: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

1990(Regreso a la Democracia) 2007

(Ingreso a la OCDE)

1980(Constitución Política)

Hoy

Período pre-1973: Sólo normas sectoriales aisladas tendientes a gestionar la explotación de recursos naturales o a reaccionar frente a problemas ambientales específicos: Ley de caza (1929), Ley de Bosques (1931), Código Sanitario (1968), etc.

1973-1990: Nuevas normativas tendientes a abrir inversión extranjera y crecimiento económico (ej. Código de Aguas, 1981)

• Constitución 1980, Art. 19: Establece el derecho de todos los ciudadanos de vivir en un ambiente libre de contaminación y el deber del Estado de preservar la naturaleza• 1984: Ley 18362 (SNASPE)

Ausencia de institucionalidad ambiental integral y política ambiental del Estado

Page 5: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

1990(Regreso a la Democracia)

Presiones para una nueva Presiones para una nueva regulación ambiental regulación ambiental integral:integral:

Banco Mundial Banco Mundial (Créditos)(Créditos)

EE.UU.. (T.L.C.)EE.UU.. (T.L.C.)

Grupos AmbientalistasGrupos Ambientalistas

Altos Índices de Altos Índices de Contaminación en Contaminación en SantiagoSantiago

Acciones de respuesta:Acciones de respuesta:

19901990 CEDRM Comisión CEDRM Comisión

Especial de Especial de Descontaminación de Descontaminación de la R.M.la R.M.

CONAMA. Comisión CONAMA. Comisión Nacional del Nacional del MedioambienteMedioambiente

19921992 La CONAMA se encarga La CONAMA se encarga

de analizar y formular de analizar y formular un proyecto de Ley de un proyecto de Ley de Bases del Medio Bases del Medio Ambiente.Ambiente.

19941994 Se promulga la Ley Se promulga la Ley

19.300 de Bases 19.300 de Bases Generales del Generales del MedioambienteMedioambiente

Nacimiento de la Institucionalidad Nacimiento de la Institucionalidad AmbientalAmbiental

Page 6: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Ley General de Bases del Medio Ambiente Ley General de Bases del Medio Ambiente (Ley 19.300)(Ley 19.300)

1994: Promulgación de la LGBMA (Ley Nº19.300)1994: Promulgación de la LGBMA (Ley Nº19.300)

Se crea la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), Se crea la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), como órgano coordinador de las políticas ambientales del como órgano coordinador de las políticas ambientales del EstadoEstado

Establece disposiciones y definiciones legalesEstablece disposiciones y definiciones legales

Crea instrumentos de gestión ambiental (Educación e Crea instrumentos de gestión ambiental (Educación e Investigación, normas de emisión y calidad, Investigación, normas de emisión y calidad, Sistema de Sistema de Evaluación de Impacto AmbientalEvaluación de Impacto Ambiental, Participación Ciudadana, , Participación Ciudadana, Planes de Prevención y Descontaminación)Planes de Prevención y Descontaminación)

Regula la responsabilidad por daño ambientalRegula la responsabilidad por daño ambiental

Define los principios de la política ambiental de ChileDefine los principios de la política ambiental de Chile

Page 7: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Principios de la Política Ambiental de ChilePrincipios de la Política Ambiental de Chile

1.1. Principio PreventivoPrincipio Preventivo: Apunta a evitar o reducir las : Apunta a evitar o reducir las situaciones de deterioro antes de que ellas se situaciones de deterioro antes de que ellas se produzcan (produzcan (Líneas de base y modelos predictivos Líneas de base y modelos predictivos sólidossólidos).).

2.2. “ “El que contamina paga”:El que contamina paga”: El particular que El particular que actualmente contamina o que lo haga en el futuro actualmente contamina o que lo haga en el futuro debe incorporar a sus costos de producción todas las debe incorporar a sus costos de producción todas las inversiones necesarias para evitar la contaminación inversiones necesarias para evitar la contaminación ((medidas de mitigación y compensaciónmedidas de mitigación y compensación).).

3.3. Principio de la ResponsabilidadPrincipio de la Responsabilidad: El responsable : El responsable del daño ambiental debe reponer el medio ambiente del daño ambiental debe reponer el medio ambiente a una calidad similar a la que tenía con anterioridad a una calidad similar a la que tenía con anterioridad al daño causado, o en caso de no ser posible al daño causado, o en caso de no ser posible restablecer sus propiedades básicas (restablecer sus propiedades básicas (medidas de medidas de reparación, Líneas de base sólidasreparación, Líneas de base sólidas))

Page 8: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

La Ley 19.300 constituyó un gran avance para el paísLa Ley 19.300 constituyó un gran avance para el país

Dio un contenido jurídico concreto a los derechos Dio un contenido jurídico concreto a los derechos constitucionales relacionados con el ambienteconstitucionales relacionados con el ambiente

Creó la institucionalidad que el país requería para Creó la institucionalidad que el país requería para enfrentar los graves problemas ambientales existentes y enfrentar los graves problemas ambientales existentes y prevenir la generación de otros nuevosprevenir la generación de otros nuevos

Incorporó, a través del SEIA, la regulación ambiental al Incorporó, a través del SEIA, la regulación ambiental al desarrollo económicodesarrollo económico

No obstante, el modelo de coordinador ambiental de No obstante, el modelo de coordinador ambiental de la CONAMA evidenció dificultades en el tiempo:la CONAMA evidenció dificultades en el tiempo:

Falta de peso político del organismo dentro de la Falta de peso político del organismo dentro de la Administración el EstadoAdministración el Estado

Carencia de facultades de la CONAMA para resolver Carencia de facultades de la CONAMA para resolver conflictos ambientalesconflictos ambientales

Contraposición frecuente entre objetivos de fomento Contraposición frecuente entre objetivos de fomento productivo de algunos Ministerios vs los objetivos productivo de algunos Ministerios vs los objetivos ambientales de la CONAMAambientales de la CONAMA

Falta de coordinación y comunicación intersectorialFalta de coordinación y comunicación intersectorial

Page 9: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

1. Escaso o nulo conocimiento de la estructura y funcionamiento de los sistemas naturales (ríos, lagos, bahías, cuencas, flora, fauna, etc).

2. Elaboración de Líneas de base deficitarias, dificultando la aplicación de modelos predictivos.

3. Escasos recursos humanos o profesionales en todos los niveles de la gestión ambiental.

4. Deficiente sistema de normas y regulaciones ambientales.

5. Prevalencia de enfoques sectoriales (reduccionistas) sobre los integrales y sistémicos.

6. Preeminencia de una cultura reactiva sobre una proactiva o preventiva.

7. No se utilizan los instrumentos de planificación del territorio como elementos básicos para una gestión ambiental sustentable.

8. Baja inversión en investigación científica ambiental. Poca relación entre ciencia y gestión ambiental.

Limitaciones y Dificultades en la Gestión Ambiental en Chile.Conclusiones de la experiencia acumulada en 10 años desde la promulgación de la

Ley. 19300

Page 10: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

EL INFORME DE LA OECDEL INFORME DE LA OECD

EVALUACION DEL DESEMPEÑO EVALUACION DEL DESEMPEÑO AMBIENTAL DE CHILEAMBIENTAL DE CHILE

(2005)(2005)

52 recomendaciones52 recomendaciones

Page 11: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Marco de Referencia de la Evaluación de la Marco de Referencia de la Evaluación de la OCDEOCDE

““Desde 1990, Chile ha experimentado un crecimiento Desde 1990, Chile ha experimentado un crecimiento económico rápido, crecientemente diversificado y liderado económico rápido, crecientemente diversificado y liderado por las exportaciones, con un incremento del 108% del PIB por las exportaciones, con un incremento del 108% del PIB (1990-2004)(1990-2004)

Este desarrollo económico se ha apoyado en políticas Este desarrollo económico se ha apoyado en políticas macroeconómicas y sociales sólidas y ha tenido como macroeconómicas y sociales sólidas y ha tenido como consecuencia una reducción significativa de la pobreza.consecuencia una reducción significativa de la pobreza.

También ha ejercido una También ha ejercido una considerable presión sobre considerable presión sobre algunos recursos naturalesalgunos recursos naturales, sobre todo en los sectores de , sobre todo en los sectores de mayor auge como la minería, la silvicultura y la acuicultura. mayor auge como la minería, la silvicultura y la acuicultura.

La situación ambiental de Chile se debe entender en el La situación ambiental de Chile se debe entender en el contexto de su veloz ritmo de desarrollo” (OCDE, 2005).contexto de su veloz ritmo de desarrollo” (OCDE, 2005).

Page 12: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

A pesar de los avances en Política Ambiental A pesar de los avances en Política Ambiental subsisten importantes Problemas y Desafíossubsisten importantes Problemas y Desafíos

En la continuidad del progreso de la gestión En la continuidad del progreso de la gestión ambiental.ambiental.

En la integración de las consideraciones En la integración de las consideraciones ambientales en las políticas sectoriales: ambientales en las políticas sectoriales: agricultura, energía, transporte, industria agricultura, energía, transporte, industria primaria, turismo y tributación.primaria, turismo y tributación.

Brecha relativa a la convergencia con los Brecha relativa a la convergencia con los estándares ambientales de los países de la estándares ambientales de los países de la OCDE, sobre todo en el contexto de los OCDE, sobre todo en el contexto de los acuerdos de libre comercio y los tratados acuerdos de libre comercio y los tratados ambientales multinacionalesambientales multinacionales..

Page 13: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

¿Cómo debe enfrentar Chile estos ¿Cómo debe enfrentar Chile estos desafíos?desafíos?

Aplicar sus políticas ambientales de Aplicar sus políticas ambientales de forma cabal y eficiente.forma cabal y eficiente.

Profundizar en la integración de las Profundizar en la integración de las consideraciones ambientales en las consideraciones ambientales en las decisiones económicas, sociales y decisiones económicas, sociales y sectoriales.sectoriales.

Converger hacia estándares Converger hacia estándares ambientales de los países miembros ambientales de los países miembros de la OCDEde la OCDE

Page 14: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Recomendaciones de la OCDERecomendaciones de la OCDEGestión AmbientalGestión Ambiental

Fortalecer la Institucionalidad AmbientalFortalecer la Institucionalidad Ambiental

Desarrollar y fortalecer los marcos normativos:Desarrollar y fortalecer los marcos normativos:

Para mejorar la salud ambientalPara mejorar la salud ambiental Fortalecer la capacidad de cumplimento y Fortalecer la capacidad de cumplimento y

fiscalización mediante reformas institucionales (ej. fiscalización mediante reformas institucionales (ej. crear Órgano de Inspección Ambiental, Tribunales crear Órgano de Inspección Ambiental, Tribunales especializados).especializados).

Introducir instrumentos económicos nuevos: cargos por Introducir instrumentos económicos nuevos: cargos por residuos peligrosos, por emisiones al aire, por residuos peligrosos, por emisiones al aire, por contaminación del agua, etc. contaminación del agua, etc.

Profundizar la aplicación de los principios Profundizar la aplicación de los principios ambientales:ambientales:

- “el que contamina paga “ - “el que contamina paga “ vsvs “el usuario paga” “el usuario paga”- Principio preventivo - Principio preventivo

Page 15: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Desarrollar y fortalecer la planificación territorial: Desarrollar y fortalecer la planificación territorial:

planes comunales e intercomunales, planes comunales e intercomunales, planes de desarrollo urbano regional planes de desarrollo urbano regional planes de manejo de las costas y las cuencas planes de manejo de las costas y las cuencas

fluviales; fluviales;

Mejorar la Mejorar la participación públicaparticipación pública en procesos como: en procesos como:

evaluaciones del impacto ambiental de los proyectos y evaluaciones del impacto ambiental de los proyectos y

las evaluaciones ambientales estratégicas de los las evaluaciones ambientales estratégicas de los planes, políticas y programas públicos.planes, políticas y programas públicos.

Avanzar en normas de emisión (ej. Norma Avanzar en normas de emisión (ej. Norma Termoeléctricas) y Planes de Prevención y Termoeléctricas) y Planes de Prevención y DescontaminaciónDescontaminación

Recomendaciones de la OCDERecomendaciones de la OCDE

Gestión AmbientalGestión Ambiental

Page 16: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Nueva Institucionalidad Nueva Institucionalidad AmbientalAmbiental

Ley 20.417 modifica Ley Ley 20.417 modifica Ley 19.30019.300

Page 17: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Nacimiento de la Nueva Institucionalidad Nacimiento de la Nueva Institucionalidad AmbientalAmbiental

5 de Junio de 2008:5 de Junio de 2008: El Ejecutivo ingresa el proyecto de Ley El Ejecutivo ingresa el proyecto de Ley que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio AmbienteAmbiente

26 de enero de 2010:26 de enero de 2010: Se publica la Se publica la Ley 20417Ley 20417 que crea el que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente e Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente e introduce modificaciones a la Ley 19300.introduce modificaciones a la Ley 19300.

19 de enero de 2012:19 de enero de 2012: Ley que crea los Tribunales Ley que crea los Tribunales AmbientalesAmbientales

28 de Diciembre 2012:28 de Diciembre 2012: Se constituye el Segundo Tribunal Se constituye el Segundo Tribunal Ambiental. La Superintendencia de Medio Ambiente comienza Ambiental. La Superintendencia de Medio Ambiente comienza a aplicar sus facultades fiscalizadorasa aplicar sus facultades fiscalizadoras

12 de Agosto de 2013.12 de Agosto de 2013. Publicado el Nuevo Reglamento del Publicado el Nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, SEA (D.S. Nº40/2013 MMA)Sistema de Evaluación Ambiental, SEA (D.S. Nº40/2013 MMA)

Page 18: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

La Nueva Orgánica AmbientalLa Nueva Orgánica Ambiental((Ley de BGMA 19.300 modificada por Ley 20.417)Ley de BGMA 19.300 modificada por Ley 20.417)

Ministerio del Medio Ambiente.Ministerio del Medio Ambiente. Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. Servicio de Evaluación Ambiental.Servicio de Evaluación Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.Superintendencia del Medio Ambiente. Tribunales Ambientales.Tribunales Ambientales. El Servicio de Biodiversidad y Áreas protegidas.El Servicio de Biodiversidad y Áreas protegidas.

Page 19: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

La Nueva Institucionalidad AmbientalLa Nueva Institucionalidad Ambiental¿Qué trae de nuevo?¿Qué trae de nuevo?

La nueva ley dota de mayor jerarquía política e La nueva ley dota de mayor jerarquía política e institucional al tema medioambiental.institucional al tema medioambiental.

Se contará con un sistema institucional que le permitirá Se contará con un sistema institucional que le permitirá hacerse cargo del tema ambiental en todas sus hacerse cargo del tema ambiental en todas sus dimensiones: política y regulación, gestión y dimensiones: política y regulación, gestión y fiscalización.fiscalización.

Hoy se cuenta con un Ministerio que colaborará con el Hoy se cuenta con un Ministerio que colaborará con el Presidente de la República en los diversos ámbitos Presidente de la República en los diversos ámbitos medioambientales.medioambientales.

La nueva institucionalidad establece un estándar para La nueva institucionalidad establece un estándar para la política medioambiental de los próximos años.la política medioambiental de los próximos años.

Crea organismos especializados, dedicados con Crea organismos especializados, dedicados con exclusividad a las tareas medioambientales.exclusividad a las tareas medioambientales.

Page 20: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

La educación y la investigación.

La evaluación ambiental estratégica.

Nuevo sistema de evaluación de impacto ambiental.

La participación de la comunidad en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El acceso a la información ambiental.

Las normas de calidad ambiental y de la preservación de la naturaleza y conservación del patrimonio ambiental.

Las normas de emisión.

Los planes de manejo, prevención y descontaminación.

¿Qué Trae de Nuevo?

Nuevos Instrumentos de Gestión Ambiental, reforzamiento de los anteriores

Page 21: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Amplía la Participación CiudadanaAmplía la Participación Ciudadana La nueva institucionalidad establece el derecho de los ciudadanos a La nueva institucionalidad establece el derecho de los ciudadanos a

conocer materialmente la información ambiental, el derecho a conocer materialmente la información ambiental, el derecho a formular observaciones y a recibir respuestas fundadas de la formular observaciones y a recibir respuestas fundadas de la autoridad.autoridad.

La nueva ley permite que todos los ciudadanos están legitimados La nueva ley permite que todos los ciudadanos están legitimados para participar en la evaluación ambiental, mientras hoy sólo están para participar en la evaluación ambiental, mientras hoy sólo están facultados para participar los directamente afectados y las facultados para participar los directamente afectados y las organizaciones ciudadanas. organizaciones ciudadanas.

Si los proyectos se modifican sustantivamente, la nueva ley obliga Si los proyectos se modifican sustantivamente, la nueva ley obliga a realizar una nueva etapa de participación ciudadana.a realizar una nueva etapa de participación ciudadana.

Abre la participación ciudadana en las Declaraciones de Impacto Abre la participación ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental, cuando los proyectos produzcan cargas ambientales.Ambiental, cuando los proyectos produzcan cargas ambientales.

El ciudadano adquiere un protagonismo fiscalizador, puede El ciudadano adquiere un protagonismo fiscalizador, puede denunciar y participar activamente en el proceso que emprende la denunciar y participar activamente en el proceso que emprende la Superintendencia del Medio Ambiente.Superintendencia del Medio Ambiente.

Page 22: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Art. 8 Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Art. 8 Ley 19300 y 20417 BGMA)Ley 19300 y 20417 BGMA)

Proyectos o actividades tipificados en el Art. 10 de la Proyectos o actividades tipificados en el Art. 10 de la LGBMA solo podrán ejecutarse o modificarse previa LGBMA solo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.evaluación de su impacto ambiental.

Corresponde al Servicio de Evaluación Ambiental la Corresponde al Servicio de Evaluación Ambiental la administración del Sistema de Evaluación de Impacto administración del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, así como la coordinación de los organismos Ambiental, así como la coordinación de los organismos del Estado involucrados en el mismodel Estado involucrados en el mismo

Page 23: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Procedimiento de Procedimiento de Evaluación de Evaluación de

Impacto AmbientalImpacto Ambiental

Page 24: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Principales Aspectos a analizarPrincipales Aspectos a analizar ProcedimientoProcedimiento

Pertinencia de IngresoPertinencia de Ingreso Causales de Ingreso Causales de Ingreso Modalidades de IngresoModalidades de Ingreso AdmisibilidadAdmisibilidad Tiempos de tramitaciónTiempos de tramitación Participación CiudadanaParticipación Ciudadana Resolución de Calificación Ambiental (RCA)Resolución de Calificación Ambiental (RCA) ReclamacionesReclamaciones

Nuevos conceptos introducidos en Ley 20417Nuevos conceptos introducidos en Ley 20417

Concepto de fraccionamiento de proyectosConcepto de fraccionamiento de proyectos Concepto de información relevante o esencialConcepto de información relevante o esencial

Page 25: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Procedimiento de Ingreso y Evaluación SEAProcedimiento de Ingreso y Evaluación SEA

Proyecto o actividad Tipificado enArt. 10 LGBMA? (Pertinencia de Ingreso)

Si

Ingreso aSEA

DIA o EIA?

AdmisibilidadIngreso

TramitaciónRCAProyecto puede ejecutarse

Favorable

Posibilidad de Recurso deReclamación

Rechazo

Page 26: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Pertinencia: Proyectos del Sector Energético Pertinencia: Proyectos del Sector Energético sujetos a evaluación de impacto ambiental (Art. 10 sujetos a evaluación de impacto ambiental (Art. 10

LGBMA, Art. 3 Reglamento SEA)LGBMA, Art. 3 Reglamento SEA)

Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje (> 23 kV) y sus Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje (> 23 kV) y sus subestacionessubestaciones

Centrales generadoras de energía mayores a 3 MWCentrales generadoras de energía mayores a 3 MW

Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y carbón, petróleo y gasgas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas , comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda extracción industrial de áridos, turba o greda

Oleoductos, gasoductosOleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros análogos , ductos mineros u otros análogos

Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial oficial (ej. Proyectos de exploración o explotación geotérmica(ej. Proyectos de exploración o explotación geotérmica))

Page 27: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Modalidad: DIA o EIA?Modalidad: DIA o EIA? El titular del proyecto o actividad que se somete al SEIA lo hace presentando El titular del proyecto o actividad que se somete al SEIA lo hace presentando

una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), salvo que dicho proyecto genere una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), salvo que dicho proyecto genere o presente alguno de los siguientes efectos, características o circunstancias o presente alguno de los siguientes efectos, características o circunstancias contemplados en el contemplados en el artículo 11artículo 11 de la Ley, caso en el cual deberá presentar un de la Ley, caso en el cual deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA):Estudio de Impacto Ambiental (EIA):

Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. efluentes, emisiones y residuos.

Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire. naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire.

Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos.

Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. que se pretende emplazar.

Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. paisajístico o turístico de una zona.

Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

En el Título II del Reglamento del SEIA se establecen un conjunto de En el Título II del Reglamento del SEIA se establecen un conjunto de variables y criterios que especifican el alcance de los efectos, variables y criterios que especifican el alcance de los efectos, características o circunstancias antes indicados características o circunstancias antes indicados

Page 28: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Admisibilidad (Art. 14 ter).Admisibilidad (Art. 14 ter).

Sistema actual: No hay reglas claras sobre el alcance de Sistema actual: No hay reglas claras sobre el alcance de la revisión inicial de las evaluaciones presentadas la revisión inicial de las evaluaciones presentadas (forma, fondo, antecedentes, vía de evaluación)(forma, fondo, antecedentes, vía de evaluación)

Consecuencia: un gran número de Adendas retardando Consecuencia: un gran número de Adendas retardando el proceso de evaluación, o determinando después de el proceso de evaluación, o determinando después de largos periodos que el instrumento de evaluación no es largos periodos que el instrumento de evaluación no es el adecuado (Ej. Central Pirquenes)el adecuado (Ej. Central Pirquenes)

Nuevo sistema: Se establece el mandato de la Nuevo sistema: Se establece el mandato de la verificación rigurosa del tipo de proyecto y vía de verificación rigurosa del tipo de proyecto y vía de evaluación. Se fija un estándar con el objeto de evitar evaluación. Se fija un estándar con el objeto de evitar errores administrativoserrores administrativos

Plazos: 5 días contados desde la presentación de Plazos: 5 días contados desde la presentación de antecedentesantecedentes

Page 29: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

PlazosPlazos La Ley 19300 establece como plazos La Ley 19300 establece como plazos

máximos de evaluación 180 días para máximos de evaluación 180 días para los EIA y 90 para los DIA, sin los EIA y 90 para los DIA, sin considerar suspensiones de plazos o considerar suspensiones de plazos o reclamaciones administrativas o reclamaciones administrativas o judiciales que pueden demorar más la judiciales que pueden demorar más la tramitación.tramitación.

Modificación Ley 20417: 120 días EIA, Modificación Ley 20417: 120 días EIA, 60 días DIA60 días DIA

Page 30: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Participación ciudadanaParticipación ciudadana Art. 27 Ley 20.417Art. 27 Ley 20.417: : “Cualquier persona, natural o jurídica, podrá “Cualquier persona, natural o jurídica, podrá

imponerse del contenido del proyecto y del tenor de los documentos imponerse del contenido del proyecto y del tenor de los documentos acompañados. Con todo, el Servicio de Evaluación Ambiental acompañados. Con todo, el Servicio de Evaluación Ambiental mantendrá en reserva los antecedentes técnicos, financieros y otros mantendrá en reserva los antecedentes técnicos, financieros y otros que, a petición del interesado, estimare necesario substraer del que, a petición del interesado, estimare necesario substraer del conocimiento público, para asegurar la confidencialidad comercial e conocimiento público, para asegurar la confidencialidad comercial e industrial o proteger las invenciones o procedimientos patentables del industrial o proteger las invenciones o procedimientos patentables del proyecto o actividad”proyecto o actividad”

Art.30.Art.30. El Servicio de Evaluación Ambiental considerará las El Servicio de Evaluación Ambiental considerará las observaciones como parte del proceso de calificación y deberá observaciones como parte del proceso de calificación y deberá hacerse cargo de éstas, pronunciándose fundadamente respecto de hacerse cargo de éstas, pronunciándose fundadamente respecto de todas ellas en su resolución. Dicho pronunciamiento deberá estar todas ellas en su resolución. Dicho pronunciamiento deberá estar disponible en la página web del servicio con a lo menos cinco días de disponible en la página web del servicio con a lo menos cinco días de anticipación a la calificación del proyecto.anticipación a la calificación del proyecto.

Cualquier persona, natural o jurídica, cuyas observaciones no Cualquier persona, natural o jurídica, cuyas observaciones no hubieren sido debidamente consideradas en los fundamentos de la hubieren sido debidamente consideradas en los fundamentos de la resolución de calificación ambiental establecida en el artículo 24, resolución de calificación ambiental establecida en el artículo 24, podrá presentar recurso de reclamación de conformidad a lo señalado podrá presentar recurso de reclamación de conformidad a lo señalado en el artículo 20, el que no suspenderá los efectos de la resolución.en el artículo 20, el que no suspenderá los efectos de la resolución.

Se incorpora la Participación Ciudadana al proceso de evaluación de Se incorpora la Participación Ciudadana al proceso de evaluación de DIAsDIAs

Page 31: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Resolución de Calificación Ambiental (RCA)Resolución de Calificación Ambiental (RCA)

Art. 24. Ley 20417. Art. 24. Ley 20417. El proceso de evaluación concluirá El proceso de evaluación concluirá con una resolución que califica ambientalmente el con una resolución que califica ambientalmente el proyecto o actividad, la que deberá ser notificada a las proyecto o actividad, la que deberá ser notificada a las autoridades administrativas con competencia para resolver autoridades administrativas con competencia para resolver sobre la actividad o proyecto, sin perjuicio de la sobre la actividad o proyecto, sin perjuicio de la notificación a la parte interesada.notificación a la parte interesada.

Si la resolución es favorable, certificará que se cumple Si la resolución es favorable, certificará que se cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, con todos los requisitos ambientales aplicables, incluyendo los eventuales trabajos de mitigación y incluyendo los eventuales trabajos de mitigación y restauración, no pudiendo ningún organismo del Estado restauración, no pudiendo ningún organismo del Estado negar las autorizaciones ambientales pertinentes.negar las autorizaciones ambientales pertinentes.

Si, en cambio, la resolución es desfavorable, estas Si, en cambio, la resolución es desfavorable, estas autoridades quedarán obligadas a denegar las autoridades quedarán obligadas a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique de demás requisitos legales, en tanto no se les notifique de pronunciamiento en contrario.pronunciamiento en contrario.

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ReclamacionesReclamaciones

Reclamaciones del titular:Reclamaciones del titular: En contra de una RCA que rechace o establezca En contra de una RCA que rechace o establezca

condiciones o exigencias a una DIA procede condiciones o exigencias a una DIA procede reclamación ante Director Ejecutivo del SEAreclamación ante Director Ejecutivo del SEA

en contra de una RCA que rechace o establezca en contra de una RCA que rechace o establezca condiciones o exigencias a un EIA procede condiciones o exigencias a un EIA procede reclamación ante el Comité de Ministros reclamación ante el Comité de Ministros integrado por el Ministro de MA (preside) y integrado por el Ministro de MA (preside) y Ministros de Salud, Economía, Fomento y Ministros de Salud, Economía, Fomento y Turismo, Agricultura, Energía y Minería.Turismo, Agricultura, Energía y Minería.

Plazos:Plazos: Presentación de recurso: 30 días desde Presentación de recurso: 30 días desde

notificación de RCAnotificación de RCA Respuesta: 30 días (DIA), 60 días (EIA)Respuesta: 30 días (DIA), 60 días (EIA)

Page 33: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Nuevos Conceptos. Nuevos Conceptos. 1. Fraccionamiento de Proyectos1. Fraccionamiento de Proyectos

Artículo 11 bis. Ley 20.417:Artículo 11 bis. Ley 20.417: “Los proponentes no podrán, a “Los proponentes no podrán, a sabiendas, fraccionar sus proyectos o actividades con el sabiendas, fraccionar sus proyectos o actividades con el objeto de variar el instrumento de evaluación o de eludir el objeto de variar el instrumento de evaluación o de eludir el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Será ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Será competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente determinar la infracción a esta obligación y requerir al determinar la infracción a esta obligación y requerir al proponente, previo informe del Servicio de Evaluación proponente, previo informe del Servicio de Evaluación Ambiental, para ingresar adecuadamente al sistema”Ambiental, para ingresar adecuadamente al sistema”

Casos de proyectos fraccionados aprobados (antiguo Casos de proyectos fraccionados aprobados (antiguo Reglamento):Reglamento):

Central Hidroeléctrica San Pedro, Colbún S.A (Central RCA Central Hidroeléctrica San Pedro, Colbún S.A (Central RCA 118/2008, Línea de Transmisión RCA 91/2010)118/2008, Línea de Transmisión RCA 91/2010)

Central Santa María, Colbún S.A. (Central RCA 176/2007, Línea de Central Santa María, Colbún S.A. (Central RCA 176/2007, Línea de Transmisión RCA 53/2009, Depósito de Cenizas RCA 162/2010)Transmisión RCA 53/2009, Depósito de Cenizas RCA 162/2010)

Central Campiche, AES Gener S.A. (Central RCA 275/2010, Central Campiche, AES Gener S.A. (Central RCA 275/2010, Depósito de Cenizas RCA 57/2011)Depósito de Cenizas RCA 57/2011)

Caso de proyecto fraccionado revocado: Caso de proyecto fraccionado revocado: Complejo Complejo Termoeléctrico CastillaTermoeléctrico Castilla

Page 34: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Nuevos Conceptos.Nuevos Conceptos.2. Información relevante o esencial2. Información relevante o esencial

Artículo 15 bis. Ley 20.417. “Artículo 15 bis. Ley 20.417. “Si el Estudio de Impacto Ambiental Si el Estudio de Impacto Ambiental carece de información carece de información relevante o esencialrelevante o esencial para su evaluación que para su evaluación que no pudiere ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o no pudiere ser subsanada mediante aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones, el Director Regional o el Director Ejecutivo, así lo ampliaciones, el Director Regional o el Director Ejecutivo, así lo declarará mediante resolución fundada, ordenando devolver los declarará mediante resolución fundada, ordenando devolver los antecedentes al titular y poniendo término al procedimiento”.antecedentes al titular y poniendo término al procedimiento”.

Información relevante o esencial: Datos o antecedentes críticos, Información relevante o esencial: Datos o antecedentes críticos, básicos y fundamentales que definen el proyecto o actividad y sus básicos y fundamentales que definen el proyecto o actividad y sus impactos y que son indispensables para su evaluaciónimpactos y que son indispensables para su evaluación

Omisión de información respecto de línea de base, normativa aplicable, Omisión de información respecto de línea de base, normativa aplicable, permisos ambientales sectorialespermisos ambientales sectoriales

Consecuencia: Examen de admisibilidad debiese abortar tramitaciónConsecuencia: Examen de admisibilidad debiese abortar tramitación Información presente pero insuficiente o merece ser rectificada, Información presente pero insuficiente o merece ser rectificada,

aclarada o ampliadaaclarada o ampliada Consecuencias: Consecuencias: Adendas, eventuales nuevos procesos de participación Adendas, eventuales nuevos procesos de participación

ciudadana, término de procedimiento anticipado, RCA desfavorable, sanción de ciudadana, término de procedimiento anticipado, RCA desfavorable, sanción de SMASMA

Page 35: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Dificultades en la Dificultades en la Tramitación de los Tramitación de los

Proyectos del Sector Proyectos del Sector EnergéticoEnergético

Análisis de casosAnálisis de casos

Page 36: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Aspectos críticos de la Evaluación Aspectos críticos de la Evaluación Ambiental.Ambiental.

Causales de rechazo y judicializaciónCausales de rechazo y judicialización

Instrumento de evaluación (DIA/EIA)Instrumento de evaluación (DIA/EIA)

Fraccionamiento de proyectosFraccionamiento de proyectos

Línea de base y Evaluación de Línea de base y Evaluación de ImpactosImpactos Presentación de información completaPresentación de información completa

Cumplimiento de normativa ambiental Cumplimiento de normativa ambiental

Page 37: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Proyecto Punta Proyecto Punta AlcaldeAlcalde

Page 38: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Proyecto sometido a evaluación ambiental el 27 de febrero de 2009.Proyecto sometido a evaluación ambiental el 27 de febrero de 2009.

Se generaron 5 Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Se generaron 5 Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA) para intentar superar incompletitudes, Ampliaciones (ICSARA) para intentar superar incompletitudes, incongruencias y observaciones.incongruencias y observaciones.

Adendas correspondientes consideradas insuficientes. Comisión de Adendas correspondientes consideradas insuficientes. Comisión de Evaluación estimó que el Titular no había presentado antecedentes Evaluación estimó que el Titular no había presentado antecedentes suficientes para descartar la generación de los efectos adversos suficientes para descartar la generación de los efectos adversos significativos establecidos en Art. 11 Ley 19300 (letras a y b) que dieron pié significativos establecidos en Art. 11 Ley 19300 (letras a y b) que dieron pié al ingreso como EIA)al ingreso como EIA)

Aspectos sensibles:Aspectos sensibles: Situación de calidad del aire en Huasco (zona de latencia para concentración anual de Situación de calidad del aire en Huasco (zona de latencia para concentración anual de

MP10)MP10) Antecedentes presentados por el titular considerados sistemáticamente insuficientes para Antecedentes presentados por el titular considerados sistemáticamente insuficientes para

descartar impactos significativos en la calidad del aire. descartar impactos significativos en la calidad del aire. Ausencia de cálculos de respaldo para acreditar cumplimiento DS13/2011 MMA (Norma de Ausencia de cálculos de respaldo para acreditar cumplimiento DS13/2011 MMA (Norma de

Emisión para Termoeléctricas)Emisión para Termoeléctricas) Incerteza sobre el nivel de aporte de la central a la concentración ambiental de MP10Incerteza sobre el nivel de aporte de la central a la concentración ambiental de MP10

Estudio de Impacto Ambiental rechazado (RCA 138/2012)Estudio de Impacto Ambiental rechazado (RCA 138/2012) Para cumplir con el cometido de la Ley 19300 y el Reglamento del SEIA se deben Para cumplir con el cometido de la Ley 19300 y el Reglamento del SEIA se deben

cumplir dos requisitos esenciales:cumplir dos requisitos esenciales: Predecir e identificar fundadamente los impactos ambientales que pudiese generar Predecir e identificar fundadamente los impactos ambientales que pudiese generar

el proyectoel proyecto Proponer medidas para minimizar o impedir que se produzcan dichos impactosProponer medidas para minimizar o impedir que se produzcan dichos impactos

En este caso el EIA no permitió a la autoridad analizar los impactos En este caso el EIA no permitió a la autoridad analizar los impactos previsibles del proyecto ni, por tanto, las medidas propuestas para previsibles del proyecto ni, por tanto, las medidas propuestas para analizarlos o impedirlosanalizarlos o impedirlos

Recurso de Reclamación de Endesa ante Comité de Ministros en contra de Recurso de Reclamación de Endesa ante Comité de Ministros en contra de RCA 138/2012RCA 138/2012

Page 39: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Reclamación de Endesa en contra de RCA 138/2012. Reclamación de Endesa en contra de RCA 138/2012. Argumentos:Argumentos:

Pronunciamiento de Seremi de Salud no se ajustaría al mérito del Pronunciamiento de Seremi de Salud no se ajustaría al mérito del expedienteexpediente

Que en el proceso de evaluación se acompañó información idónea y Que en el proceso de evaluación se acompañó información idónea y suficiente para acreditar cumplimiento de Norma de Emisión y para suficiente para acreditar cumplimiento de Norma de Emisión y para demostrar que el Proyecto no generaría riesgos a la salud de la poblacióndemostrar que el Proyecto no generaría riesgos a la salud de la población

Informe Técnico solicitado por Comité de Ministros detecta errores en Informe Técnico solicitado por Comité de Ministros detecta errores en modelación atmosférica inicial (subestimación de aportes de la central modelación atmosférica inicial (subestimación de aportes de la central a la concentración ambiental de MP10a la concentración ambiental de MP10

El titular ofrece compensar el nuevo impacto detectado (precipitador El titular ofrece compensar el nuevo impacto detectado (precipitador electrostático para Compañía Minera del Pacífico) 8 días antes de la electrostático para Compañía Minera del Pacífico) 8 días antes de la votación del Comité de Ministrosvotación del Comité de Ministros

Comité de Ministros resuelve calificar favorablemente el proyecto Comité de Ministros resuelve calificar favorablemente el proyecto (13.02.2013) basado en los nuevos antecedentes aportados por el (13.02.2013) basado en los nuevos antecedentes aportados por el titular (nuevos impactos compensados)titular (nuevos impactos compensados)

Recurso de Protección de la comunidad de Huasco y Oceana contra Recurso de Protección de la comunidad de Huasco y Oceana contra resolución de Comité de Ministros fallado a favor de los recurrentes el resolución de Comité de Ministros fallado a favor de los recurrentes el 1 de Agosto de 2013 (Novena sala de la Corte de Apelaciones de 1 de Agosto de 2013 (Novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago). Fallo deja sin efecto la resolución del Comité de MinistrosSantiago). Fallo deja sin efecto la resolución del Comité de Ministros

Page 40: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Algunos de los Fundamentos del Fallo de la Algunos de los Fundamentos del Fallo de la Corte de Apelaciones de SantiagoCorte de Apelaciones de Santiago

Considerandos:Considerandos: Undécimo:Undécimo: “ Que la titular del Proyecto-ENDESA-sostuvo “ Que la titular del Proyecto-ENDESA-sostuvo

invariablemente en el procedimiento propiamente dicho (del SEIA) que invariablemente en el procedimiento propiamente dicho (del SEIA) que su proyecto no generaba riesgo a la población, a consecuencia de sus su proyecto no generaba riesgo a la población, a consecuencia de sus emisiones al aire y, pese a los requerimientos que le fueran formulados emisiones al aire y, pese a los requerimientos que le fueran formulados en esa etapa, no proporcionó información fiable, que permitiera validar en esa etapa, no proporcionó información fiable, que permitiera validar su aseveración” su aseveración” (Causal de rechazo de RCA)(Causal de rechazo de RCA)

Duodécimo: Duodécimo: “ Que en la reclamación formulada ante el Comité de “ Que en la reclamación formulada ante el Comité de Ministros la titular aludida perseveró en su planteamiento. (…) Ministros la titular aludida perseveró en su planteamiento. (…) Acontece que, para resolver el recurso de reclamación, el Comité de Acontece que, para resolver el recurso de reclamación, el Comité de Ministros encomendó al Servicio de Evaluación Ambiental la Ministros encomendó al Servicio de Evaluación Ambiental la elaboración de un informe técnico sobre las modelaciones d calidad del elaboración de un informe técnico sobre las modelaciones d calidad del aire ante diversos escenarios, estudio que arrojó una estimación de aire ante diversos escenarios, estudio que arrojó una estimación de MP10 del orden de los 2 MP10 del orden de los 2 g/Nmg/Nm33, valor distinto al informado por el , valor distinto al informado por el titular del proyecto (<0.5 titular del proyecto (<0.5 g/Nmg/Nm33). Es decir, contrariamente a lo ). Es decir, contrariamente a lo afirmado por el titular, el proyecto genera un impacto en la calidad del afirmado por el titular, el proyecto genera un impacto en la calidad del aire y, no obstante ello, la autoridad decide acoger la reclamación. aire y, no obstante ello, la autoridad decide acoger la reclamación. He He ahí una primera incongruencia e inconsistencia”ahí una primera incongruencia e inconsistencia”

Page 41: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Décimotercero:Décimotercero: “ “En lo que hace la legalidad y razonabilidad de la decisión, En lo que hace la legalidad y razonabilidad de la decisión, resulta ineludible acotar que los antecedentes que incorpore el Comité de resulta ineludible acotar que los antecedentes que incorpore el Comité de Ministros no pueden significar un nuevo proceso evaluativo, como en Ministros no pueden significar un nuevo proceso evaluativo, como en realidad ha ocurrido en la especie. En efecto, al determinarse en dicho realidad ha ocurrido en la especie. En efecto, al determinarse en dicho informe que existe impacto ambiental, más allá de los límites originalmente informe que existe impacto ambiental, más allá de los límites originalmente señalados por el titular, señalados por el titular, se vulnera el procedimiento de evaluación se vulnera el procedimiento de evaluación ambientalambiental, ya que es en éste que deben conocerse las medidas de , ya que es en éste que deben conocerse las medidas de mitigación, compensación y reparación apropiadas (…) respecto de las mitigación, compensación y reparación apropiadas (…) respecto de las cuales la comunidad tiene derecho a efectuar observaciones ya que es el cuales la comunidad tiene derecho a efectuar observaciones ya que es el sector más perjudicado, siendo relevante su opinión para que funcione el sector más perjudicado, siendo relevante su opinión para que funcione el sistema de evaluación ambiental. (…) Así las cosas, el Acuerdo 17/2012 del sistema de evaluación ambiental. (…) Así las cosas, el Acuerdo 17/2012 del Comité de Ministros deviene en un acto ilegal y arbitario. Primero, porque la Comité de Ministros deviene en un acto ilegal y arbitario. Primero, porque la autoridad recurrida excedió el ámbito de sus atribuciones.autoridad recurrida excedió el ámbito de sus atribuciones.

Decimocuarto:Decimocuarto: “Que, por otra parte, el Comité de Ministros estableció “Que, por otra parte, el Comité de Ministros estableció como medida de compensación la instalación de un precipitador como medida de compensación la instalación de un precipitador electroestático en una de las chimeneas de la planta de peletización de CMP, electroestático en una de las chimeneas de la planta de peletización de CMP, considerando un contrato entre esta empresa y el titular, pero éste fue un considerando un contrato entre esta empresa y el titular, pero éste fue un ofrecimiento realizado por el titular días antes de la celebración del ofrecimiento realizado por el titular días antes de la celebración del comentado Acuerdo de Ministros, lo que transforma el acuerdo en arbitrario comentado Acuerdo de Ministros, lo que transforma el acuerdo en arbitrario debido a que se desconoce el real impacto que ello produce en las emisiones debido a que se desconoce el real impacto que ello produce en las emisiones atmosféricas, e ilegal al comprometer a un tercero que no es parte de este atmosféricas, e ilegal al comprometer a un tercero que no es parte de este procedimiento, quien podria incumplir su obligación contractual”procedimiento, quien podria incumplir su obligación contractual”

Page 42: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Proyectos Central y Proyectos Central y Puerto CastillaPuerto Castilla

Page 43: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Central Termoeléctrica Castilla Central Termoeléctrica Castilla (MPX (MPX Energía Ltda.) sometida a evaluación Energía Ltda.) sometida a evaluación ambiental mediante EIA ambiental mediante EIA el 10 de el 10 de Diciembre de 2008Diciembre de 2008 ante Comisión de ante Comisión de Evaluación de la Región de AtacamaEvaluación de la Región de Atacama

Puerto Castilla (OMX Ltda.)Puerto Castilla (OMX Ltda.) sometido sometido a evaluación ambiental mediante EIA el a evaluación ambiental mediante EIA el 16 de Julio de 200916 de Julio de 2009 ante Comisión de ante Comisión de Evaluación de la Región de AtacamaEvaluación de la Región de Atacama

RCA 46/2011 aprueba Central RCA 46/2011 aprueba Central CastillaCastilla (1 de marzo 2011) (1 de marzo 2011)

RCA 254/2010 aprueba Puerto RCA 254/2010 aprueba Puerto CastillaCastilla (23 Diciembre 2010) (23 Diciembre 2010)

Page 44: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

ControversiasControversias Dentro del procedimiento de evaluación ambiental, la Seremi de Dentro del procedimiento de evaluación ambiental, la Seremi de

Salud de Atacama (Ord. BS3 110/2010, 19 de febrero de 2010) Salud de Atacama (Ord. BS3 110/2010, 19 de febrero de 2010) calificó el proyecto como “contaminante” según la Ordenanza calificó el proyecto como “contaminante” según la Ordenanza general de Urbanismo y Construcciones. general de Urbanismo y Construcciones.

Según el Plan Regulador Comunal de Copiapó, el sector donde se Según el Plan Regulador Comunal de Copiapó, el sector donde se emplazaría la central admite como uso de suelo permitido la emplazaría la central admite como uso de suelo permitido la instalación de industria e infraestructura energética cuya calificación instalación de industria e infraestructura energética cuya calificación sea “inofensiva” o “molesta”.sea “inofensiva” o “molesta”.

La calificación del proyecto como “contaminante” tajo consigo el La calificación del proyecto como “contaminante” tajo consigo el pronunciamiento de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo señalando pronunciamiento de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo señalando que el proyecto no podía instalarse en el lugar por incompatibilidad que el proyecto no podía instalarse en el lugar por incompatibilidad con el uso de suelo permitido.con el uso de suelo permitido.

Ante alta probabilidad de rechazo del proyecto, MPX interpuso Ante alta probabilidad de rechazo del proyecto, MPX interpuso recursos administrativos en contra de la calificación de la SEREMI recursos administrativos en contra de la calificación de la SEREMI de Saludde Salud

Recalificación de “contaminante” a “molesto”. RCA favorable a la Recalificación de “contaminante” a “molesto”. RCA favorable a la CentralCentral

Recurso de Protección contra SEREMI de Salud por parte de Recurso de Protección contra SEREMI de Salud por parte de miembros de la comunidadmiembros de la comunidad

Corte de Apelaciones de Copiapó acoge recurso de protecciónCorte de Apelaciones de Copiapó acoge recurso de protección Recursos de protección contra RCAs aprobando Puerto Recursos de protección contra RCAs aprobando Puerto

(rechazado) y Central Castilla (acogido dejando sin efecto (rechazado) y Central Castilla (acogido dejando sin efecto recalificación de la central)recalificación de la central)

Apelación de MPX y recurrentes (Puerto) ante Corte SupremaApelación de MPX y recurrentes (Puerto) ante Corte Suprema

Page 45: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Análisis de la Corte SupremaAnálisis de la Corte Suprema Asuntos relacionados con la presentación de los dos proyectos: Asuntos relacionados con la presentación de los dos proyectos:

Fraccionamiento de proyectos: Fraccionamiento de proyectos:

RecurrentesRecurrentes indican que RCA 254 (Central) es ilegal por cuanto el proyecto indican que RCA 254 (Central) es ilegal por cuanto el proyecto corresponde sólo a una parte del verdadero proyecto, y el presentarlos en forma corresponde sólo a una parte del verdadero proyecto, y el presentarlos en forma separada impide la evaluación de los impactos sinérgicos y acumulativos que separada impide la evaluación de los impactos sinérgicos y acumulativos que ambos proyectos producirían sobre el entornoambos proyectos producirían sobre el entorno

Las autoridades recurridas Las autoridades recurridas sostienen que tal imputación no es efectiva, que la sostienen que tal imputación no es efectiva, que la prohibición de fraccionamiento de proyectos no es aplicable por cuanto los prohibición de fraccionamiento de proyectos no es aplicable por cuanto los proyectos ingresaron a evaluación con anterioridad a la Ley 20.417 que introdujo la proyectos ingresaron a evaluación con anterioridad a la Ley 20.417 que introdujo la mencionada modificación legalmencionada modificación legal

La Corte SupremaLa Corte Suprema concluye que la relación entre ambos proyectos queda fuera concluye que la relación entre ambos proyectos queda fuera de toda duda por cuanto el principal sitio del puerto estará destinado a la recepción de toda duda por cuanto el principal sitio del puerto estará destinado a la recepción de petróleo y carbón para la Central. Por otro lado en las audiencias de conciliación de petróleo y carbón para la Central. Por otro lado en las audiencias de conciliación se reconoció que la central no es posible sin el puerto, y que el puerto no es viable se reconoció que la central no es posible sin el puerto, y que el puerto no es viable económicamente sin la central. económicamente sin la central.

Señala ademásSeñala además que en ambos estudios existen omisiones e incongruencias que en ambos estudios existen omisiones e incongruencias relativas a la interconexión física de ambos proyectos, situación que afecta la relativas a la interconexión física de ambos proyectos, situación que afecta la definición del Área de Influencia total, su descripción (Línea de base), la definición del Área de Influencia total, su descripción (Línea de base), la identificación y evaluación de los impactos ambientales, formulación de medidas de identificación y evaluación de los impactos ambientales, formulación de medidas de mitigación y la posibilidad de la ciudadanía a hacer uso de la Participación mitigación y la posibilidad de la ciudadanía a hacer uso de la Participación ciudadana efectiva. ciudadana efectiva. ¿¿Cómo aplicar el Principio PreventivoCómo aplicar el Principio Preventivo si al obviar la si al obviar la conexión entre ambos proyectos se desconoce la real área de influencia lo conexión entre ambos proyectos se desconoce la real área de influencia lo que permitiría prevenir eventuales daños o alteraciones al medio que permitiría prevenir eventuales daños o alteraciones al medio ambiente?ambiente?

Page 46: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Resolución Corte SupremaResolución Corte Suprema

Dejar sin efecto RCA 254 que califica Dejar sin efecto RCA 254 que califica favorablemente Puerto Castillafavorablemente Puerto Castilla

Confirma sentencia de Corte de Apelaciones Confirma sentencia de Corte de Apelaciones en cuanto a dejar sin efecto Resolución en cuanto a dejar sin efecto Resolución Exenta Nº 578/2011 que invalidó Exenta Nº 578/2011 que invalidó calificación de actividad contaminante para calificación de actividad contaminante para Central CastillaCentral Castilla

Dispone como medida de tutela Dispone como medida de tutela constitucional que los titulares de ambos constitucional que los titulares de ambos proyectos presenten EIA en forma conjunta proyectos presenten EIA en forma conjunta y su conexióny su conexión

Page 47: TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR ENERGÉTICO EN EL MARCO DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

ConclusionesConclusiones El país ha avanzado hacia una institucionalidad ambiental El país ha avanzado hacia una institucionalidad ambiental

moderna, pilar fundamental de la gestión ambiental.moderna, pilar fundamental de la gestión ambiental.

La ciudadanía, cada vez más empoderada de sus derechos, La ciudadanía, cada vez más empoderada de sus derechos, ocupa los espacios que le ofrece el marco regulatorio ocupa los espacios que le ofrece el marco regulatorio ambiental.ambiental.

En términos generales, los titulares de los proyectos no han En términos generales, los titulares de los proyectos no han comprendido la naturaleza de los cambios que el país y la comprendido la naturaleza de los cambios que el país y la institucionalidad ambiental han vivido los últimos años.institucionalidad ambiental han vivido los últimos años.

No puede culparse livianamente a la comunidad del fracaso No puede culparse livianamente a la comunidad del fracaso de los proyectos y/o de la judicialización de éstos.de los proyectos y/o de la judicialización de éstos.

Se requiere un fuerte compromiso por parte de los sectores Se requiere un fuerte compromiso por parte de los sectores productivos, no sólo a cumplir con lo mínimo exigido por la productivos, no sólo a cumplir con lo mínimo exigido por la Ley, sino a diseñar y ejecutar los proyectos haciéndose cargo Ley, sino a diseñar y ejecutar los proyectos haciéndose cargo de los principios ambientales básicos.de los principios ambientales básicos.

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Muchas graciasMuchas gracias