trafico ilisito de drogas

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    ndice

    1. El trfico ilcito de drogas como amenaza a la seguridad1.1 Nocin de amenaza a la seguridad ..................................................... 61.2 El trfico ilcito de drogas ................................................................... 61.3 Niveles en los que se expresa como amenaza ....................................7

    1.3.1 En el mbito social ..................................................................... 81.3.2 En el mbito poltico y de la gobernabilidad .......................... 151.3.3 En el mbito econmico............................................................ 171.3.4 En el mbito ambiental ............................................................181.3.5 Conexin con otras amenazas .................................................. 19

    2. Instrumentos y mecanismos internacionales de luchacontra el narcotrfico

    2.1 En el marco de la Organizacin de las Naciones Unidas ................ 212.1.1 Instrumentos ............................................................................ 212.1.2 Mecanismos ............................................................................... 27

    2.2 En el marco de la Organizacin de Estados Americanos ................ 302.2.1 Instrumentos ............................................................................ 302.2.2 Mecanismos ............................................................................... 30

    2.3 En el marco de la Comunidad Andina .............................................312.4 En otros escenarios............................................................................ 34

    2.4.1. Amrica Latina y el Caribe y la Unin Europea ................... 342.4.2 Los pases andinos y la Unin Europea .................................. 352.4.3 Los pases andinos y los Estados Unidos de Amrica............ 37

    3. Reflexiones finales ......................................................................... 41

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    Juan Jos Ruda / Fabin Novak / 5

    Introduccin

    La elaboracin de este documento responde a la inquietud del Ins-tituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la Pontificia Univer-sidad Catlica del Per por contribuir a la reflexin sobre un temade indudable trascendencia para nuestro pas y los dems miem-bros de la Comunidad Internacional. Se apunta a un mayor cono-cimiento de la temtica, incidiendo en los compromisos internacio-nales que hemos asumido en materia de lucha contra el trfico il-cito de drogas y las eventuales consecuencias que se derivaran desu incumplimiento.

    Igualmente, y de manera especial, el IDEI aspira a sensibilizar a lasautoridades y la Sociedad en general sobre las graves implicacionesdel fenmeno del narcotrfico y la urgencia de abordarlo desde unaperspectiva integral y en forma coordinada con otros Estados y orga-nizaciones internacionales. En ltima instancia, a travs de estaspublicaciones y de otras iniciativas, el IDEI busca reforzar la con-ciencia respecto a la necesidad de implantar en nuestro pas unacultura de la legalidad.

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    6 / El trfico ilcito de drogas en el Per: Una aproximacin internacional

    1. El trfico ilcito de drogas como amenaza a laseguridad

    En el contexto internacional actual, existe consenso sobre la presen-cia de nuevas amenazas a la seguridad que tienen un correlato in-terno, pero tambin una dimensin transnacional. Entre ellas, des-taca ntidamente el trfico ilcito de drogas.

    En ese sentido, y a efectos de justificar que el trfico ilcito de drogasconstituye una amenaza para el Per y la Comunidad Internacionalen su conjunto, se presentan a continuacin dos conceptos bsicos,fundamentales para la comprensin de la materia: la nocin deamenaza a la seguridad y la de trfico ilcito de drogas.

    1.1 Nocin de amenaza a la seguridad

    Si bien internacionalmente se discute qu debe entenderse por ame-naza a la seguridad, la doctrina contempornea, as como las re-uniones hemisfricas sobre seguridad, coinciden en resaltar quepara que se configure una amenaza a la seguridad deben concurrirdos elementos:

    I) La intencin de perjudicar al Estado, esto es, la voluntad decausar un dao o afectar negativamente algn inters del mis-mo. Entonces, un hecho de la naturaleza, como un terremoto oun huracn no constituye una amenaza a la seguridad encuanto est ausente la intencionalidad humana.

    II) La capacidad de afectar al Estado. Ello est referido a que laintencin no basta por s sola para constituir una amenaza,sino que ha de ir acompaada de un poder, sea poltico, econ-mico o militar, capaz -en trminos reales- de perjudicar uninters del Estado.

    1.2 El trfico ilcito de drogas

    En este punto debemos partir de sealar que la expresin trfico ilcitode drogas resulta ms apropiada para calificar lo que comnmente se

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    denomina narcotrfico . En primer lugar, porque no todo trfico es il-cito, pues hay muchas drogas que se venden legalmente en las farma-cias; en segundo lugar, porque no toda droga traficada ilegalmente esun narctico.1

    Por otro lado, cuando hablamos de drogas, nos referimos a todasustancia natural o sinttica que al ser introducida en el organismohumano por cualquier medio, produce en menor o en mayor grado,estimulacin, depresin o disturbios en la personalidad del usuario,modificando las percepciones sensoriales y creando una necesidadcontinua de su uso.2

    Esta definicin comprende a las denominadas drogas estupefacien-tes, psicotrpicas, estimulantes, depresivas, delirantes y alucinge-nas o narcticas, tales como la cocana, la herona, el opio, el LSD, lamarihuana, el xtasis, entre otras. 3

    En este sentido, podemos definir el trfico ilcito de drogas comoaquella actividad ilcita que promueve, favorece o facilita el consu-mo ilegal de drogas txicas, estupefacientes o sustancias psicotrpi-cas, mediante actos de fabricacin, comercializacin o trfico de es-tas sustancias.

    1.3 Niveles en los que se expresa como amenaza

    De la revisin de los dos conceptos anteriores, se desprende que eltrfico ilcito de drogas constituye una amenaza a la seguridad na-cional y global de los Estados, en tanto concurren los dos elementospara entender que ella se configura: de un lado, la voluntad de lasmafias y los crteles de la droga de causar un dao a los Estados

    para facilitar sus actividades ilcitas, y, de otro, la gran capacidadde movilizacin de recursos materiales y humanos con que cuentanestos grupos delictivos.

    1 INSTITUTO DE LA PAZ. Desinflando el globo. Narcotrfico, corrupcin y opi-nin pblica en el Per . Lima: Universidad del Pacfico / NAS, 1998, p. 11.

    2 Esta definicin corresponde a la Organizacin Mundial de la Salud. VaseTOLEDO MAYO, Luis. Drogas: Uso y Abuso . Lima: Edicin San Marcos, 1985,p. 12.

    3 ESPINOZA, Manuel. Delito de Narcotrfico . Lima: Editorial Rhodas, 1998, p. 118.

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    Sobre esto ltimo, se estima que el comercio de drogas en el mundomoviliza alrededor de 500 mil millones de dlares al ao, represen-tando casi el 8% del comercio mundial. Si a ello le agregamos que lasNaciones Unidas calculan que anualmente se lavan aproximada-

    mente 200 mil millones de dlares en el sistema financiero mundial,se puede fcilmente concluir que el narcotrfico implica una amena-za real para la estabilidad y seguridad de los Estados. 4

    Precisamente, a continuacin, se pasa a analizar los diferentes nive-les en los que el trfico ilcito de drogas se manifiesta como amenaza.

    1.3.1 En el mbito social

    a) Afecta gravemente la salud

    Uno de los peores efectos del consumo de drogas es el grave deteriorofsico y psicolgico que se deriva de ste. Las drogas generan efectosletales para la salud de las personas. Por ejemplo, la cocana produ-ce en un primer momento euforia y excitacin, pero luego una sensa-cin de ansiedad y dependencia psicolgica, para terminar en depre-sin de la respiracin, alteracin de las funciones del corazn, lo quepuede causar la muerte por paro cardiorrespiratorio, adems deabortos espontneos en las madres gestantes o problemas fsicos ypsicolgicos en el feto. Los mismos efectos se producen con la hero-na. Por su parte, el LSD puede causar deformaciones fsicas y abe-rraciones cromosmicas y genticas, mientras que la marihuanapuede llegar a destruir el pensamiento abstracto, la percepcin de larealidad circundante y la conciencia normal del ser humano.5

    No obstante los efectos negativos antes descritos, lo cierto es que hoyen da alrededor de doscientos millones de personas han consumidodrogas, esto es utilizando como referencia datos correspondientes a2005 y 2006 quince millones ms que el ao anterior. Tal consumo,

    4 NOVAK, Fabin y Sandra NAMIHAS. Amenazas Globales a la Seguridad: El Narcotrfico . Lima: Instituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la PontificiaUniversidad Catlica del Per, 2005, p. 7.

    5 NOVAK, Fabin y Sandra NAMIHAS. Amenazas Globales a la Seguridad: El Narcotrfico . Lima: Instituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la PontificiaUniversidad Catlica del Per, 2005, p. 16.

    8 / El trfico ilcito de drogas en el Per: Una aproximacin internacional

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    segn se aprecia en el cuadro que figura a continuacin, se distribu-ye de la siguiente manera:6

    Un indicador representativo en materia de consumo est dado porlas solicitudes de tratamiento originadas por el uso de ciertas drogasen diferentes partes del mundo. As, en la mayor parte de Europa y Asia, los opiceos representaron el 62% de las solicitudes de trata-miento; en Amrica del Sur, la cocana supuso el 59% de solicitudes;mientras que en frica, el cannabis ocupa el primer lugar con 64%.Ello se aprecia con claridad en el mapa siguiente:7

    6 La prevalencia anual es una medida del nmero/porcentaje de personas quehan consumido una droga ilcita al menos una vez en el perodo de 12 mesesanterior a la evaluacin. Fuentes ONUDD, Datos del Cuestionario para losinformes anuales, informes nacionales, Estimacin de la ONUDD.

    7 OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO(ONUDD). Informe Mundial sobre las Drogas . Volumen 1: Anlisis. 2005, p. 6.

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    En cuanto a tendencias que vienen observndose respecto al consumo,el uso del cannabis est creciendo en Amrica del Norte, Europa, fricay Amrica Latina. La cocana, entretanto, ha disminuido en Amricadel Norte y se ha incrementado sustantivamente en algunos pases deEuropa (fundamentalmente, en Espaa, el Reino Unido e Italia), mien-tras que en Amrica del Sur y frica ha tenido un incremento ligero.Esta ltima tendencia se encuentra vinculada a un cambio en los cir-cuitos de distribucin de la cocana producida en los pases andinos, lacual se transporta a Europa utilizando las rutas de pases sudamerica-nos y africanos; en el caso de estos ltimos, no slo crece el consumo decocana, sino que se estaran empleando los canales de acceso al merca-do europeo usados por los traficantes de cannabis.

    En lo que al opio y sus derivados respecta, cabe destacar la notabledisminucin en la produccin de Laos y Myanmar (antigua Birmania)aunque, a manera de contraste, existe un espectacular crecimiento enla produccin proveniente de Afganistn. El acceso al mercado euro-peo del opio es a travs de diferentes rutas, entre las cuales revisteespecial importancia la que atraviesa Turqua y los Balcanes.

    Por otro lado, en ciertos pases latinoamericanos se ha detectado unligero crecimiento en las plantaciones de amapola o adormidera, e,incluso, se han localizado algunos laboratorios clandestinos; es el

    caso de Mxico y Colombia. En el Per, habra alrededor de mil qui-nientas hectreas dedicadas a este cultivo ilcito.

    Una tendencia preocupante es que existen grupos de consumidoresen regiones del mundo, como algunos jvenes en pases de Europa,que utilizan ms de una droga a efectos de conjugar sus efectos; elloviene ocurriendo, por ejemplo, con la cocana y la herona, empleada,en ciertos casos, a travs de la inhalacin y no por va intravenosa.

    Paralelamente, un consumo que, en el mundo entero, se incrementaen trminos exponenciales es de las anfetaminas, metaanfetaminasy xtasis. Al hacer esta constatacin, resulta importante no perderde perspectiva que la elaboracin de estas drogas se realiza utilizan-do productos farmacuticos, lo cual obliga a extremar las precaucio-nes y a considerar algunos de stos en las listas de productos some-tidos a control y fiscalizacin.

    Especficamente, el comportamiento en materia de consumo de lasprincipales drogas, conforme a los reportes de las Naciones Unidas,ha sido el siguiente:

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    Tendencias en el uso indebido de herona y otros opiceos8

    Tendencias en el uso indebido de cocana9

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    Incremento considerable

    Incremento ligeroEstable

    Disminucin ligera

    No se dispone de datos

    Disminucin considerable

    8 OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO(ONUDD). Informe Mundial sobre las Drogas . Volumen 1: Anlisis. 2005, p. 12.

    9 OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO(ONUDD). Informe Mundial sobre las Drogas . Volumen 1: Anlisis. 2005, p. 14.

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    Tendencias en el uso indebido de cannabis10

    Tendencias en el consumo de anfetaminas11

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    Incremento considerable

    Incremento ligero

    Estable

    Disminucin ligera

    No se dispone de datos

    Disminucin considerable

    10 OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO(ONUDD). Informe Mundial sobre las Drogas . Volumen 1: Anlisis. 2005, p. 15.

    11 OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO(ONUDD). Informe Mundial sobre las Drogas . Volumen 1: Anlisis. 2005, p. 16.

    12 / El trfico ilcito de drogas en el Per: Una aproximacin internacional

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    Especficamente, en el caso del Per, el consumo de drogas ilcitastambin se ha incrementado en los ltimos aos, en especial, lamarihuana, el clorhidrato de cocana, drogas de tipo anfetamnico ydrogas sintticas. Segn datos de CEDRO el nmero de consumido-

    res en el Per se habra elevado a la fecha a alrededor de doscientasmil personas, nmero bastante elevado si tenemos en cuenta la po-blacin del Per y que la tendencia va en crecimiento.12

    Finalmente, cabra sealar que el incremento mostrado en el usoindebido de drogas en el mundo no slo viene afectando la salud demillones de personas, sino que, especficamente, sigue siendo una delas principales causas de propagacin del VIH/SIDA. Contribuyen aesto ltimo la utilizacin de jeringas contaminadas; las relacionessexuales con consumidores; los comportamientos sexuales de altoriesgo derivados del consumo de drogas; y la transmisin de madresgestantes afectadas a sus hijos. En el siguiente mapa, se puede ob-servar la prevalencia del VIH/SIDA entre consumidores de drogaspor va intravenosa:13

    12 VASSILAQUI, Alejandro. La droga consume dignidades. En: Diario El Co-mercio, 17 de mayo de 2007.

    13 OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO(ONUDD). Informe Mundial sobre las Drogas . Volumen 1: Anlisis. 2005, p. 19.

    Juan Jos Ruda / Fabin Novak / 13

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    b) Incrementa los niveles de violencia

    Otro efecto pernicioso del trfico ilcito de drogas es que incrementalos niveles de violencia en todos los pases donde se desarrolla por

    tres razones fundamentales. En primer lugar, porque el propio tr-fico ilcito de drogas implica la existencia de una red delincuencialdestinada a asegurar el enriquecimiento ilcito del grupo, medianteasesinatos, extorsin, amenazas, etc. En el caso del Per, por ejem-plo, entre 1980 y 1987, ms de diecisiete mil personas fueron deteni-das y procesadas por el delito de narcotrfico, mientras que, en2003, fueron detenidas mil setecientas noventa y siete personas portrfico ilcito de drogas y ocho mil cuatrocientos noventa por sospe-cha de microcomercializacin.14

    En segundo lugar, el trfico ilcito de drogas tambin incrementa la vio-lencia por la apetencia compulsiva e irrefrenable de los adictos por con-seguir la droga que los lleva a cometer robos y otros delitos conexos.15

    Finalmente, en tercer lugar, el uso indebido de drogas puede llevaral individuo a la prdida de conciencia y a la comisin de delitos,normalmente con mayor ferocidad que un delincuente comn y den-tro de su propio entorno social y familiar.

    c) Otros efectos sociales

    El trfico ilcito de drogas genera otros impactos negativos en la so-ciedad. As, implanta una cultura del miedo y de inseguridad, puesle impone al ciudadano la disyuntiva de vivir a favor de l o en con-tra de l. La ola de ejecuciones selectivas y ejemplificadoras sueleser una constante en sociedades donde el narcotrfico tiene unafuerte presencia. En Colombia, por ejemplo, jueces como Carlos Va-lencia o polticos destacados, como Luis Carlos Galn, que se enfren-taron al narcotrfico terminaron siendo asesinados. 16

    14 NOVAK, Fabin y Sandra NAMIHAS. Amenazas Globales a la Seguridad: El Narcotrfico . Lima: Instituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la PontificiaUniversidad Catlica del Per, 2005, p. 17.

    15 Ibid ., p. 17.16 NOVAK, Fabin y Sandra NAMIHAS. Amenazas Globales a la Seguridad: El

    Narcotrfico . Lima: Instituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la PontificiaUniversidad Catlica del Per, 2005, p. 18.

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    Por otro lado, el narcotrfico produce una profunda distorsin enmateria de valores, creando una subcultura de opulencia, arrogan-cia, riesgo y violencia, que, finalmente, afecta las posibilidades dedesarrollo de una sociedad.

    Asimismo, el narcotrfico contribuye a ahondar las desuniones fami-liares, sea por el hecho que alguno de sus miembros incurre en el vi-cio de la droga o porque uno de ellos se incorpora al negocio. Igual-mente, en los lugares donde se desarrolla el narcotrfico, se generauna corriente de comercio sexual, involucrando a jvenes y adolescen-tes en la promiscuidad y el libertinaje. Con frecuencia, el narcotrficotambin involucra la explotacin de nios, al ser forzados por suspropias familias a trabajar en alguna de las dimensiones del negociode las drogas ilcitas. Esto ltimo va aparejado de un consumo mayorentre nios y jvenes y de un elevado ndice de desercin escolar.Ejemplos de todo esto los encontramos en realidades vividas en cier-tas regiones del Per, como San Martn y Hunuco, entre otras.17

    1.3.2 En el mbito poltico y de la gobernabilidad

    a) Atenta contra el estado de derecho y la democracia

    El narcotrfico atenta contra elementos claves de una democracia yde un estado de derecho, tales como la existencia de sistemas judicia-les y policiales probos y eficientes, de instituciones y mecanismos departicipacin ciudadana, una prensa libre e independiente, partidospolticos slidos, entre otros. Y es que este delito busca corroer todaslas instituciones del Estado y de la sociedad (polticos, empresarios,periodistas, jueces, policas) en cuanto las desprestigia instrumenta-lizndolas y vacindolas de contenido, lo que facilita enormemente suaccionar. Por esta misma razn, las bandas de narcotraficantes seoponen a todo tipo de organizacin social, llegando, incluso, al asesi-nato de sus lderes a efectos de lograr este propsito. Esta situacin se

    17 NOVAK, Fabin y Sandra NAMIHAS. Amenazas Globales a la Seguridad: El Narcotrfico . Lima: Instituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la PontificiaUniversidad Catlica del Per, 2005, pp. 20-21.

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    aprecia tanto en el Per como en Colombia, donde, entre 1987 y 1999,fueron asesinados alrededor de dos mil quinientos dirigentes de orga-nizaciones de trabajadores, es decir, a un promedio de un asesinatopor cada dos das en el lapso de trece aos.18

    b) Debilita la soberana del Estado

    Adicionalmente, el narcotrfico puede llegar a colocar al Estadodonde se desarrolla en una situacin de vulnerabilidad e injerenciaexterna, con la consecuente afectacin de su autonoma. En efecto, laactividad del narcotrfico violenta en muchos casos los espacios bajosoberana o jurisdiccin del Estado no slo en el mbito terrestre,sino tambin a nivel martimo y areo. Por lo dems, cuando la infil-tracin del narcotrfico en el Estado alcanza proporciones muy sig-nificativas, cabe hablar de un narco Estado, el cual representa unpeligro para la seguridad y estabilidad de sus vecinos, los mismosque pueden verse tentados a intervenir en los asuntos internos deaqul a efectos de evitar la expansin a sus territorios de las activi-dades ilcitas derivadas del narcotrfico.

    c) Restringe la plena vigencia de los derechos humanos

    La presencia del narcotrfico en cualquier pas implica necesaria-mente la violacin de los derechos ms esenciales del ser humano,como son la vida, la libertad personal, la integridad fsica y psicol-gica, entre otros. Prueba de ello es la llamada pesca milagrosa quetiene lugar en Colombia, mediante la cual los narcotraficantes esta-blecen controles a lo largo de las carreteras y secuestran a los viaje-ros al azar, para luego extorsionar a sus familias, o el uso de loscollares explosivos que son colocados a los rehenes para ser exhibi-dos ante sus familiares y obtener as un mejor rescate.19

    Esta restriccin de derechos fundamentales suele agudizarse cuandoel narcotrfico provoca como respuesta la militarizacin del Estado, lo

    18 Ibid , pp. 21-22.19 NOVAK, Fabin y Sandra NAMIHAS. Amenazas Globales a la Seguridad: El Nar-

    cotrfico . Lima: Instituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la Pontificia Uni-versidad Catlica del Per, 2005, p. 22.

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    que conlleva declaratorias de estados de excepcin y la suspensin delejercicio de determinados derechos.

    1.3.3 En el mbito econmico

    a) Desalienta el crecimiento y el desarrollo econmico

    Uno de los principales efectos del trfico ilcito de drogas es el des-aliento del crecimiento y el desarrollo econmico. As, en primer lu-gar, el narcotrfico inhibe la inversin en aquellas zonas donde ope-ra, en tanto el clima de violencia en que se desarrolla ahuyenta aeventuales inversores nacionales y extranjeros.

    En segundo lugar, el narcotrfico incrementa el gasto pblico en laprevencin y sancin de este delito, evitando que recursos que po-dran ser utilizados en combatir la pobreza, generar empleo produc-tivo, brindar mejores servicios de salud y educacin, o incrementarlos programas de apoyo social, sean empleados con estos fines.

    En tercer lugar, si bien el narcotrfico puede generar de manerainicial un bienestar aparente, acaba incrementando la pobreza,pues, finalmente, son las cpulas de las bandas las que se hacen delas ganancias. Segn datos de Naciones Unidas, slo el 1% de la in-dustria ilegal de narcticos queda en manos de los productores delinsumo bsico: la hoja de coca; el resto del dinero va a manos de loscrteles de la droga. En consecuencia, los campesinos no obtienenriqueza por el cultivo; por el contrario, terminan expuestos a la ex-clusin social y la crcel.

    Por ltimo, el narcotrfico pervierte el sistema financiero, en cuantoutiliza ste como canal para el financiamiento de sus actividades ya efectos de operaciones de lavado de dinero.

    b) Crea una economa inestable y supeditada a los vaivenesdel mercado de la droga

    En efecto, el ingreso de dinero sucio a la economa formal de un Esta-do crea una economa paralela o narcoeconoma, lo que puede llevara ste a una dependencia peligrosa para la seguridad y estabilidad desu economa, a la prdida de control de la poltica monetaria por la

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    inundacin de divisas en el mercado, y a alterar la tasa de cambio; aello se suma el hecho que, por su volumen y clandestinidad, la econo-ma de la droga es siempre inflacionaria. Todo esto genera una econo-ma inestable y precaria.

    1.3.4 En el mbito ambiental

    La actividad del narcotrfico puede llegar a generar efectos letalesen el medio ambiente de un Estado. Ello depender del tipo de dro-ga, as como del conjunto de acciones empleadas para su elabora-cin. Un dramtico ejemplo lo ofrece el Per por las consecuenciasderivadas del cultivo ilcito de la hoja de coca y su procesamientopara obtener pasta bsica y cocana. Entre estas consecuencias,merecen destacarse las siguientes:

    a) La deforestacin

    sta es provocada por la tala ilegal y la quema de bosques naturalesa efectos de aumentar los espacios destinados al cultivo de la hoja decoca, as como a construir pistas de aterrizaje, laboratorios o campa-mentos para los narcotraficantes. Segn estimaciones de la Comi-sin Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, du-rante las ltimas dcadas, la deforestacin en el Per ha alcanzado2.5 millones de hectreas, lo que equivale a una prdida aproximadade cuatro mil quinientos millones de dlares.20

    b) La erosin y desertificacin del suelo

    Ocasionada por la tecnologa usada en el cultivo de la hoja de coca,esto es, los deshierbos y labranzas que se realizan despus de cadacosecha (entre tres y seis al ao) y, en algunos casos, la remocin delsuelo hasta quince centmetros de profundidad, lo que despoja a losterrenos de toda proteccin ante las lluvias frecuentes, acelerando elproceso de erosin, y, por ende, de desertificacin. A su vez, los cul-tivos de hoja de coca tienen mayor capacidad para extraer los

    20 Vase: http://www.devida.gob.pe/Documentacion/Impacto_ambiental_del_ cultivo_de_coca.ppt

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    nutrientes del suelo. Todo esto queda evidenciado en los estudioshechos por la Universidad Nacional Agraria de la Selva, en TingoMara, segn los cuales el cultivo de coca genera una erosin prome-dio de treinta metros cbicos por hectrea al ao, lo que arroja du-

    rante el ltimo quinquenio la cantidad de 5.2 millones de metroscbicos de suelo erosionado.21

    c) La contaminacin de cursos de agua

    Provocada por la utilizacin de insumos qumicos y productos conta-minantes, como el kerosene, la acetona, el cido sulfrico, el cidoclorhdrico, entre otros, que, al concluir el proceso de maceracin dela hoja de coca, son vertidos en suelos y ros, contaminndolos enforma inmediata, convirtiendo las aguas en no aptas para el consu-mo de seres vivos, y ocasionando un grave perjuicio en la flora y fau-na silvestres. Adicionalmente, los cultivadores de coca en el Peremplean gran cantidad de agroqumicos como fertilizantes foliares,insecticidas y fungicidas, muchos de uso prohibido, creando un am-biente hostil para las diversas formas de vida. Se calcula que, en elltimo quinquenio, han sido arrojados ciento dieciocho millones delitros de sustancias altamente contaminantes. 22

    d) La prdida de diversidad biolgica, como consecuencia de lostres efectos que acaban de mencionarse.

    1.3.5 Conexin con otras amenazas

    Existe consenso en la Comunidad Internacional respecto a la estre-cha interrelacin entre el narcotrfico y otros delitos de carctertransnacional, tales como la trata de seres humanos (especialmen-te, mujeres y nios), el blanqueo de dinero, la corrupcin, el trficoilcito de armas y de precursores qumicos, y el terrorismo. Todos

    21 DEVIDA. Estrategia nacional de lucha contra las drogas 2002-2007 . Lima.DEVIDA, 2004, pp. 18-19.

    22 DEVIDA. Estrategia nacional de lucha contra las drogas 2002-2007 . Lima.DEVIDA, 2004, p. 20. Vase: http://www.devida.gob.pe/Documentacion/Impacto_ambiental_del_cultivo_de_coca.ppt

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    estos crmenes constituyen serias amenazas a la seguridad de losEstados, aunque tienen la particularidad de rebasar en sus activi-dades y alcances las fronteras de los mismos.

    En efecto, diversas resoluciones e instrumentos de las Naciones Uni-das y de la Organizacin de Estados Americanos, que se analizarnms adelante, reconocen esta conexin y sealan la responsabilidadcomn y compartida de todos los Estados, organizaciones y otros ac-tores en la lucha contra las referidas amenazas. En ese sentido, estosmismos documentos exigen no slo esfuerzos nacionales, sino un plan-teamiento integral basado en la cooperacin internacional.

    El problema de esta interconexin es que los crmenes referidos seretroalimentan entre s, constituyndose en soporte uno del otro.Ello hace ms difcil la lucha contra estos flagelos, en tanto una ac-cin integral supone fortaleza institucional, cuantiosos recursosmateriales y humanos, estrategia y decisin poltica, que muchasveces no estn presentes en nuestros pases.

    En el caso particular del Per, la interrelacin apuntada es evidenteen trminos de la conexin del narcotrfico con los remanentes de lasubversin terrorista de Sendero Luminoso en algunas zonas delpas, pero tambin con la corrupcin, el lavado de dinero y el trfi-co de armas. Todo ello, si bien dificulta y hace ms compleja la ac-cin del Estado para hacerle frente, tambin implica un mayor nivelde compromiso de la Sociedad y del Estado en su conjunto.

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    xxx2. Instrumentos y mecanismos internacionales delucha contra el narcotrfico

    La conviccin de que el trfico ilcito de drogas constituye una amenazaa la seguridad internacional ha llevado a los Estados y a diversas orga-nizaciones internacionales a promover la celebracin de diversos trata-dos y a la creacin de una serie de mecanismos, en los planos universal,birregional, regional, subregional y bilateral, destinados a promover lacooperacin en la lucha contra este flagelo y otros delitos conexos.

    En el caso del Per, debe destacarse su condicin de parte en los refe-ridos instrumentos y mecanismos internacionales, lo cual conlleva laobligacin de ajustar su comportamiento a tales compromisos. Actuaren sentido contrario, no slo genera responsabilidad internacional,desde una perspectiva jurdica, sino tambin graves consecuencias enlos campos poltico, econmico y social, desde una perspectiva prcti-ca, como tendremos oportunidad de comprobar ms adelante.

    2.1 En el marco de la Organizacin de las Naciones Unidas

    2.11 Instrumentos

    a) Convencin nica de 1961 sobre Estupefacientes, enmen-dada por el Protocolo de 1972 23

    En virtud de este tratado, del cual son parte ms de ciento ochentapases, los Estados miembros se comprometen a adoptar todas las

    medidas legislativas y administrativas necesarias para limitar laproduccin, fabricacin, exportacin, distribucin, comercio, uso yposesin de estupefacientes para fines mdicos y cientficos.24

    23 Ratificada por el Estado peruano el 21 de abril de 1964. El Instrumento de ra-tificacin fue depositado el 22 de julio de 1964. A su vez, el Per ratific elProtocolo de Enmienda a la Convencin de 1961, suscrito en Ginebra, el 25 demarzo de 1972, mediante Instrumento de fecha 6 de julio de 1977, depositadoel 12 de septiembre de 1977.

    24 Art. 4.

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    En ese sentido, los Estados miembros deben erradicar los cultivosilcitos de amapola o adormidera, cannabis y hoja de coca. En relacina esta ltima, se asume adems un perodo transitorio de veinticincoaos a contar desde la entrada en vigor de la Convencin respecto

    al uso tradicional por masticacin (chacchado) a cuyo vencimientodicho uso quedar prohibido.25 Sin embargo, conviene llamar laatencin que esta obligacin debe contrastarse con lo establecido porla Convencin de las Naciones Unidas contra el Trfico Ilcito deEstupefacientes y Sustancias Psicotrpicas de 1988 que admite el usotradicional de la hoja de coca donde exista evidencia histricacomprobada.

    Adicionalmente, cuando las condiciones existentes en el pas deter-minen que la prohibicin de los referidos cultivos resulte ser la me-dida ms adecuada para proteger la salud pblica y evitar el trfi-co ilcito de estos estupefacientes, los Estados se comprometen aprohibir dicho cultivo.26

    Por otro lado, los Estados que permitan el cultivo legal de la hoja decoca deben designar un organismo nacional que centralice las funcio-nes de otorgamiento de licencias y establecimiento de zonas donde sepermitir el cultivo lcito; a su vez, a dicho organismo le corresponde-r de manera exclusiva la importacin, exportacin, comercializacin(interna e internacional) y distribucin de la totalidad de la produc-cin con fines lcitos.27 Esta entidad, en el caso del Per, es la Empre-sa Nacional de la Coca (ENACO S.A.). De esto se desprende que no re-sultara compatible con las obligaciones internacionales asumidastransferir tal empresa a un gobierno regional, puesto que las funcio-nes que, con exclusividad se le atribuyen, excederan el mbito decompetencia de aqul; ello ha quedado igualmente consagrado en lasentencia del Tribunal Constitucional del 27 de septiembre de 2005 apropsito de ordenanzas dictadas por los gobiernos regionales delCuzco y Hunuco en relacin a la hoja de coca.28

    25 Arts. 24, 26, 28 y 49, inciso 2 e).26 Art. 22.27 Arts. 23 y 26.28 Sentencia del Tribunal Constitucional de 27 de septiembre de 2005, a prop-

    sito de la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Presidente de laRepblica contra la Ordenanza Regional N 031-2005-GRC/CRC, promulgadapor el Presidente del Gobierno Regional del Cuzco, y las Ordenanzas Regiona-les N 015-2004-CR-GRH y 027-2005-E-CR-GRH, promulgadas por la Presiden-ta del Gobierno Regional de Hunuco.

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    No obstante, merece resaltarse que hay limitaciones para la comer-cializacin internacional de productos derivados de la hoja de coca;en efecto, la misma podr realizarse en relacin a agentes saporfe-ros, siempre que no contengan ningn alcaloide.29

    Asimismo, los Estados asumen la obligacin de considerar como de-lito todas aquellas actividades vinculadas al cultivo, produccin ydistribucin de estupefacientes para usos no admitidos por la pre-sente Convencin, debindose castigar a los infractores con penas deprivacin de la libertad.

    Finalmente, un aspecto importante a destacar respecto a la hoja decoca es su inclusin en la lista 1 de la Convencin relativa a estupe-facientes sujetos a fiscalizacin internacional, en razn a su conte-nido de alcaloide. Sin embargo, recientemente, pases como Boliviaestn impulsando el retiro de la hoja de coca de dicha lista; tambinen el Per se han alzado algunas voces en ese sentido, provenientesfundamentalmente de lderes del movimiento cocalero. Este plan-teamiento resulta sumamente grave por la distorsin que pretendeconsagrar; un eventual retiro de la hoja de coca de la lista 1 de lareferida Convencin implicara negar una realidad, cual es que lahoja de coca tiene alcaloide, y, por tanto, es una droga, as como quems del noventa por ciento de su produccin en el Per se destina alnarcotrfico.

    b) Convenio sobre Sustancias Psicotrpicas de 1971 30

    En virtud del presente Convenio, del cual son partes alrededor deciento ochenta pases, los Estados se comprometen a realizar accio-nes preventivas y represivas contra el trfico ilcito de sustanciaspsicotrpicas contenidas en las listas anexas a dicho tratado. En esesentido, los Estados se obligan a prestarse apoyo mediante el inter-cambio de informacin, cooperacin judicial y lucha coordinada con-tra el trfico ilcito.31

    29 Arts. 24, 27, 30 y 31.30 El Estado peruano se adhiere a este Convenio mediante Instrumento de fecha

    28 de noviembre de 1979, depositado el 28 de enero de 1980.31 Art. 21.

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    Especficamente, respecto de las sustancias contenidas en la lista I,las Partes se comprometen a prohibir todo uso, excepto el que con fi-nes cientficos y mdicos realicen personas debidamente autoriza-das.32 Tratndose de las sustancias incluidas en las listas II, III y IV,

    las Partes debern exigir que la fabricacin, distribucin y comerciode las mismas estn sometidas a un rgimen de licencias y fiscaliza-cin, y que solamente puedan ser suministradas con receta mdica.33

    c) Convencin de las Naciones Unidas contra el Trfico Il-cito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrpicas de198834

    En virtud de la presente Convencin, de la cual son partes cientoochenta pases, los Estados se obligan a promover la cooperacinentre s para hacer frente al trfico ilcito de estupefacientes y sus-tancias psicotrpicas. En el plano interno, cada una de las partesdeber tipificar como delitos la produccin, distribucin y comercia-lizacin de la adormidera o amapola, la hoja de coca, el cannabis ycualquier otro estupefaciente. Merece resaltarse que este tratadoatribuya tambin carcter delictivo a la organizacin, gestin o fi-nanciacin de las actividades antes mencionadas, as como a la con-versin o transferencia de bienes con el objeto de ocultar o encubrirsu origen ilcito.35

    En ese sentido, la Convencin pone nfasis en la cooperacin entrelas partes en materia de interdiccin o de apoyo a sta (acciones decontrol areo, martimo y en las fronteras terrestres), fiscalizacin(en trminos de mayor seguimiento y control), cooperacin judicial,inteligencia e intercambio de informacin, acciones de inteligenciafinanciera (incidiendo en la lucha contra la financiacin del narco-trfico y el terrorismo y el lavado de dinero).

    Por otro lado, si bien esta Convencin ratifica las obligaciones asu-midas por los Estados conforme a los tratados antes reseados, cabe

    32 Art. 7.33 Arts. 7, 8 y 9.34 Ratificada por el Per el 26 de noviembre de 1991. El Instrumento de ratifica-

    cin es de fecha 12 de diciembre de 1991, el mismo que se deposita el 16 deenero de 1992.

    35 Arts. 2 y 3.

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    destacar que plantea una excepcin en relacin a la prohibicin delcultivo de plantas que contengan estupefacientes o sustancias psico-trpicas, como la hoja de coca, dejando a salvo el cultivo destinado aluso tradicional lcito donde exista evidencia histrica.36 Ello no im-

    plica, en sintona con lo establecido por la Convencin de 1961, quelos Estados puedan sustraerse a la obligacin de erradicar los culti-vos de hoja de coca dedicados a fines ilcitos. Debe tenerse en cuentaque, en el caso del Per, ms del noventa por ciento de la produccinde hoja de coca va al narcotrfico, lo cual refuerza la imperatividadde cumplir esta obligacin internacional.

    Adicionalmente, merece resaltarse que el Per formula una reservaal momento de ratificar la presente Convencin, en el sentido que lacalificacin como delito del cultivo de estupefacientes debera estarcircunscrito al cultivo para fines ilcitos. Ello se explica por la pre-sencia en nuestro pas de un consumo tradicional, que, no debe per-derse de perspectiva, reviste proporciones menores en relacin alconjunto de la poblacin.

    d) Convencin Internacional para la represin del financia-miento del terrorismo 37

    Esta Convencin, adoptada a fines de 1999, resulta particularmenteimportante para el Per debido a las conexiones actualmente exis-tentes entre los remanentes de la subversin senderista y loscrteles del narcotrfico. As, consagra como delito la accin de pro-veer o recolectar fondos con la intencin de que se utilicen, o asabiendas de que sern utilizados, para cometer en otro Estado unacto de terrorismo o cualquier otro acto destinado a causar la muer-te o lesiones corporales graves a un civil o a cualquier persona queno participe en las hostilidades en una situacin de conflicto arma-do.38 Adicionalmente, dispone la obligacin de cada Estado parte desancionar estos delitos con penas adecuadas en las que se tenga encuenta su carcter grave. 39

    36 Art. 14.37 Aprobada por Resolucin legislativa 27544, del 25 de octubre de 2001. El Per

    ratifica este tratado por medio de Decreto Supremo 084-2001-RE. El Instru-mento de ratificacin fue depositado el 10 de noviembre de 2001.

    38 Arts. 2 y 3.39 Art. 4.

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    e) Convencin de las Naciones Unidas contra la delincuen-cia organizada transnacional 40

    La importancia de este instrumento internacional, cuyo texto fue

    adoptado en una Conferencia internacional celebrada en Palermo,Italia, en diciembre de 2000, para la temtica objeto de anlisis,radica en que penaliza y combate el blanqueo de dinero procedentede delitos como el narcotrfico. En este sentido, establece unconjunto de disposiciones destinadas a la prevencin, investigaciny enjuiciamiento de las personas que intencionalmente conviertan otransfieran bienes a sabiendas que son producto del delito, as comoa quienes oculten o disimulen el origen ilcito de un bien.41

    De igual forma, dispone la necesidad que las instituciones financie-ras y los bancos puedan ser supervisados a efectos de evitar quesean utilizados para el blanqueo de dinero.42

    f) Convencin de las Naciones Unidas contra la corrupcin 43

    Este tratado internacional, cuyo texto fue adoptado en diciembre de2003, en Mrida, Mxico, promueve y fortalece las medidas paraprevenir y combatir ms eficaz y eficientemente la corrupcin.44 As,se plantean diversas normas relativas al blanqueo de dinero, alsecreto bancario y a la inteligencia financiera, que constituyen tresinstrumentos fundamentales en el combate al narcotrfico, al lavadode dinero y a la financiacin de stas y otras actividades ilcitas.

    En cuanto a lo primero, esto es el lavado de dinero, la Convencindispone la obligacin de cada Estado parte de establecer un rgimeninterno para la supervisin de los bancos y las institucionesfinancieras no bancarias a fin de prevenir y detectar todas las formasde blanqueo de dinero, vigilar el movimiento transfronterizo de

    40 Aprobada por Resolucin Legislativa 27527, del 4 de octubre de 2001. El Perratifica este tratado por medio del Decreto Supremo 088-2001-RE. El Instru-mento de ratificacin fue depositado el 23 de enero de 2002.

    41 Arts. 3, 6 y 7.42 Art. 7.43 Aprobada mediante Resolucin Legislativa 28357, de 5 de octubre de 2004. El

    Per ratifica este tratado por medio del Decreto Supremo 075-2004-RE. ElInstrumento de ratificacin fue depositado el 16 de noviembre de 2004.

    44 Art. 1.

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    efectivo, promover la cooperacin entre las autoridades judiciales,tipificar como delito la conversin o transferencia de bienes asabiendas que son producto de actividades ilcitas, y adoptar medidasorientadas a la recuperacin de activos, entre otras. 45

    En relacin a lo segundo, esto es el secreto bancario, este tratadodispone tambin la obligacin de cada Estado parte de establecermecanismos adecuados que eviten la utilizacin del mismo como unobstculo para las investigaciones penales de los delitos tipificadosen dicho instrumento.46

    En torno a lo tercero, esto es inteligencia financiera, los Estadosparte se comprometen a crear una dependencia de inteligencia fi-nanciera encargada de investigar y analizar toda transferencia fi-nanciera sospechosa, a efectos de impedir y combatir la utilizacinde medios financieros para el lavado de dinero y la financiacin deactividades ilcitas, como el narcotrfico.47

    2.1.2 Mecanismos

    a) Comisin de Estupefacientes

    Se trata del rgano principal del sistema de Naciones Unidas, y,desde su constitucin en 1946, se encuentra adscrito al ConsejoEconmico y Social de la organizacin. Entre sus funciones est laformulacin de recomendaciones a los Estados miembros para laaplicacin de los tratados internacionales en la materia. 48

    Al respecto, cabra resaltar que el Per ha sido reelegido por acla-macin como miembro de la Comisin de Estupefacientes para elperodo 2008-2011, junto con Argentina, Cuba, El Salvador, Trini-dad y Tobago, Uruguay y Venezuela.49

    45 Arts. 14, 23, 51 y 52.46 Art. 40.47 Art. 58.48 Arts. 1 y 8 de la Convencin nica de 1961 sobre Estupefacientes.49 Nota de prensa 093-07 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Per, fecha-

    da en Lima, el 2.5.2007. Documento del Consejo Econmico y Social de lasNaciones Unidas nmero E/2007/9.

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    b) Junta Internacional de Fiscalizacin de Estupefacientes(JIFE)

    Se trata de un rgano instituido por la Convencin nica sobre Es-

    tupefacientes de 1961 que est conformado por trece miembros ycuyas funciones comprenden examinar los informes que los Estadospartes deben presentar anualmente en relacin al cumplimiento delas obligaciones previstas en el tratado. La Junta tiene la potestadde supervisar dicho cumplimiento, pudiendo para ello solicitar ex-plicaciones, celebrar consultas y plantear sugerencias; en caso de noacogerse estas ltimas, la Junta puede llamar la atencin de lasPartes, de la Comisin de Estupefacientes y del Consejo Econmicoy Social de las Naciones Unidas. Inclusive, la Junta se encuentrafacultada para publicar un informe sobre el particular. 50

    En relacin al Per, la JIFE ha instado al gobierno peruano a refor-zar las medidas en materia de prevencin, tratamiento y rehabilita-cin, destacando, de otro lado, la intensificacin de las acciones defiscalizacin de precursores (insumos) qumicos.51 No obstante, haexpresado su preocupacin por las iniciativas de algunas autorida-des regionales y locales destinadas a aprobar normas que legalizantodo cultivo de hoja de coca, sin distinguir el destino o la finalidadque fuera a drsele. En efecto, los gobiernos regionales del Cuzco yHunuco dictaron en 2005 unas ordenanzas destinadas a legalizarlos cultivos de hoja de coca, sin discriminar el destino de stos niimportar que los productores estuvieran incluidos en el Registro quelleva la Empresa Nacional de la Coca ENACO S.A. Ello, a todasluces, resulta manifiestamente inaceptable, pues violenta de mane-ra flagrante todos los compromisos internacionales asumidos por elPer en la materia, donde se establece con meridiana claridad laobligacin de erradicar todo cultivo ilcito e, incluso, penalizar aquienes participen en el cultivo ilcito, su procesamiento, comercia-lizacin y dems actividades vinculadas o derivadas de ste. Afortu-nadamente, el Tribunal Constitucional declar la inconstitucionali-dad de tales ordenanzas segn consta en la sentencia anteriormentecitada del 27 de septiembre de 2005.52

    50 Arts. 1, 9, 14 y 18 de la Convencin nica sobre Estupefacientes de 1961.51 JIFE. Informe correspondiente a 2006 . Nueva York: Naciones Unidas, 2007, do-

    cumento nmero E/INCB/2006/1, p.27.52 Sentencia del Tribunal Constitucional de 27 de septiembre de 2005, a prop-

    sito de la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Presidente de la

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    c) Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el De-lito (ONUDD)

    La Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito-

    ONUDD se constituye como tal en octubre de 2002, al ampliarse lasfunciones y cambiar la denominacin del Programa de las NacionesUnidas para la Fiscalizacin Internacional de Drogas-PNUFID.ste, a su vez, era el fruto de la transformacin previa, en 1991, delFondo de las Naciones Unidas para el Control del Abuso de Drogas-UNFDAC.53

    En ese sentido, cabe destacar que ONUDD concentra su labor entres pilares: 54

    i) Las actividades de investigacin y anlisis para incrementarel conocimiento y facilitar las decisiones polticas en materiade drogas ilcitas y delincuencia.

    ii) La labor normativa para facilitar la ratificacin de tratadosinternacionales o la elaboracin de legislacin nacional sobredrogas ilcitas, delincuencia y terrorismo.

    iii) Los proyectos de cooperacin tcnica destinados a incrementarla capacidad de los Estados miembros para combatir las dro-gas ilcitas, la delincuencia y el terrorismo.

    Repblica contra la Ordenanza Regional N 031-2005-GRC/CRC promulgadapor el Presidente del Gobierno Regional de Cuzco, y las Ordenanzas Regiona-les N 015-2004-CR-GRH y 027-2005-E-CR-GRH, promulgadas por la Presiden-ta del Gobierno Regional de Hunuco.

    53 Vase: http://www.onudd.org.pe/contenidos/onudd_peru.htm54 Informe del Secretario General de Naciones Unidas:Cooperacin internacional

    contra el problema mundial de las drogas , 1 de agosto de 2006, documentonmero A/61/221, pp. 16 y 17.

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    2.2 En el marco de la Organizacin de Estados Americanos

    2.2.1 Instrumentos

    Convencin Interamericana contra la Corrupcin 55

    Este tratado data de 1996 y apunta, fundamentalmente, a que losEstados parte establezcan internamente un conjunto de mecanis-mos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupcin. Ental sentido, consagra como acto de corrupcin el aprovechamientodoloso y la ocultacin de bienes provenientes de delitos, como puedeser el trfico ilcito de drogas.56

    Merecen resaltarse tambin las disposiciones relativas al sobornotransnacional, al indicar la obligacin de los Estados de prohibir ysancionar el acto de ofrecer u otorgar a un funcionario pblico deotro Estado ddivas u otros beneficios a cambio de que el mismo rea-lice u omita cualquier acto en el ejercicio de sus funciones pblicas.57

    Finalmente, esta Convencin dispone la obligacin de los Estadosparte de brindarse asistencia en la identificacin, rastreo, inmovili-

    zacin, confiscacin y decomiso de bienes obtenidos o derivados de lacomisin de actos de corrupcin.58

    2.2.2 Mecanismos

    Comisin Interamericana para el Control del Abuso de Dro-gas (CICAD)

    Se establece en virtud del Programa de Accin de Ro, de 1986, en elmarco de la Organizacin de Estados Americanos (OEA). La mismaest actualmente adscrita a la Subsecretara de Seguridad Multidi-

    55 Aprobada mediante Resolucin Legislativa 26756, de 5 de marzo de 1997. ElPer ratifica este tratado por medio del Decreto Supremo 012-97-RE. El Ins-trumento de ratificacin fue depositado el 4 de junio de 1997.

    56 Arts. II y VI, inciso 1, literal d.57 Art. 8.58 Art. 15.

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    mensional de la OEA, tiene carcter permanente, y, de conformidadcon sus Estatutos, celebra anualmente dos perodos ordinarios desesiones y puede ser convocada de manera extraordinaria a solicitudde los Estados miembros. Tiene su sede en Washington D.C. e inclu-

    ye como parte de su estructura a la Presidencia y a la SecretaraEjecutiva.

    En cuanto a sus objetivos, CICAD alienta la cooperacin entre losEstados miembros de la OEA contra las drogas ilcitas, as comopromueve la capacidad de stos en la materia. A tal efecto, realizadiversas acciones en los campos de reduccin de la oferta y la de-manda, lucha contra el lavado de activos, prevencin y desarrolloalternativo, formacin y capacitacin de los sistemas de inteligencia(policial y financiera) e intercambio de informacin y experiencias atravs del Observatorio Interamericano sobre Drogas. Adicional-mente, ha ido progresivamente ampliando su mbito de actuacin aotros campos vinculados al narcotrfico, tales como trfico de armasy delincuencia organizada transnacional.

    Un aspecto especialmente relevante en la tarea de CICAD es el irplanteando una serie de metas a ser cumplidas por los Estadosmiembros de la OEA en relacin a compromisos adoptados en losmbitos regional y universal. Al mismo tiempo, cuenta con un siste-ma peridico de verificacin a cargo de expertos de diferentes nacio-nalidades, quienes analizan los informes que los Estados presentana la Comisin y formulan las recomendaciones que fueran pertinen-tes. Este Mecanismo de Evaluacin Multilateral constituye una in-novacin en el plano regional y complementa, sin duda, la labor delos rganos competentes del sistema de Naciones Unidas. A su vez,CICAD est tambin en permanente contacto con Estados no miem-bros de la OEA, de los cuales recibe cooperacin y que acuden tam-bin en calidad de observadores a sus reuniones.

    2.3 En el marco de la Comunidad Andina

    El Per y los dems pases de la Comunidad Andina son parte de losinstrumentos internacionales mencionados lneas atrs y participanen los mecanismos de cooperacin previstos en ellos. Esto no obstapara que, en el marco de la poltica exterior andina, se plantee una

    accin coordinada en la lucha contra las drogas ilcitas que involucre

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    a los rganos comunitarios y a los Estados miembros. Como evidenciade ese espritu, existen decisiones adoptadas por el Consejo Andinode Ministros de Relaciones Exteriores de la mayor importancia, tan-to por su contenido como por el hecho que estas normas tienen ca-

    rcter jurdico vinculante y prevalente respecto de la normatividadnacional.

    En ese sentido, la Decisin 505, de 22 de junio de 2001, aprueba elPlan Andino de Cooperacin para la Lucha contra las DrogasIlcitas y Delitos Conexos. El mismo se encuentra bajo la responsa-bilidad del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores,disponindose el establecimiento de un Comit Ejecutivo que estintegrado por funcionarios de alto nivel de los Ministerios de Rela-ciones Exteriores y los responsables nacionales de la luchaantinarcticos; la Secretara Tcnica de dicho Comit, entretanto, esejercida por la Secretara General de la Comunidad Andina.

    Merece resaltarse que el Plan Andino contra las Drogas Ilcitasapunta a fortalecer las estrategias nacionales para cumplir los com-promisos internacionales asumidos por los Estados miembros con-forme a tratados de alcance ms amplio, como la Convencin deNaciones Unidas contra el Trfico Ilcito de Estupefacientes y Sus-tancias Psicotrpicas de 1988. Se busca, entonces, reforzar el controlde la produccin, el contrabando y el desvo de precursores qumi-cos; la erradicacin tcnica de cultivos para fines ilcitos (en formamanual o area, con respeto a las normas ambientales, promovien-do la coordinacin entre los responsables de los programas de erra-dicacin y los de desarrollo alternativo, y fomentando acuerdos conlas comunidades locales para ese objetivo); desarrollo alternativo(buscando generar condiciones que hagan viable la sustitucin decultivos y el fortalecimiento de la capacidad para ofrecer serviciosbsicos y el desarrollo de infraestructuras econmicas en las zonasde cultivos para fines ilcitos); desmantelamiento de la infraestruc-tura y organizaciones de produccin y transporte; lavado de activos(tipificando a ste como delito autnomo, distinguindolo de otrasfiguras delictivas, y estableciendo normativamente su relacin conel robo de vehculos, la extorsin, el secuestro, la trata de blancas, eltrfico de rganos y el trfico de armas); y reduccin de la demanda.

    Otros aspectos significativos del Plan Andino contra las DrogasIlcitas son el haber contemplado niveles de cooperacin a escalabinacional y en el plano de una estrategia comunitaria integral.

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    Esta ltima incide en el fortalecimiento de la cooperacin y el inter-cambio de informacin entre los responsables de las polticas nacio-nales antidrogas, a nivel judicial y penal (promoviendo la armoniza-cin de las legislaciones) y en el campo del desarrollo alternativo, el

    cual es coordinado por el Comit Andino para el Desarrollo Alterna-tivo (CADA) como instancia especializada.

    Por otro lado, la Decisin 602, adoptada en Cuzco, el 6 de diciembrede 2004, aprueba la Norma Andina para el Control de SustanciasQumicas que se utilizan en la fabricacin ilcita de estupefacientesy sustancias psicotrpicas. Dicha Norma busca reforzar las accionesen la materia, poniendo especial nfasis en aquellas sustancias quepudieran utilizarse en los casos de la cocana y la herona. EstaDecisin es ampliamente respetuosa de los compromisos internacio-nales asumidos por los Estados miembros de la Comunidad Andinaen tratados de alcance ms amplio y de la facultad de aquellos paradesarrollar la materia, pero tiene el valor agregado de contemplaruna serie de medidas administrativas a ser cumplidas por los Esta-dos, con prescindencia que las legislaciones de stos pudieranhaberlas tambin considerado, como la existencia de un Registro depersonas naturales o jurdicas que importen o exporten sustanciasqumicas controladas, y el establecimiento de una Lista nica Co-munitaria Bsica de estas sustancias. Resulta muy importante parael Per que tal Lista contenida en el Anexo I- incluya, entre otras,a la acetona, el cido clorhdrico, el cido sulfrico, el carbonato desodio, y, muy especialmente, al permanganato de potasio. Finalmen-te, el Anexo II recoge, con buen criterio, los Cuadros I y II de la Con-vencin de las Naciones Unidas contra el Trfico Ilcito de Estupe-facientes y Sustancias Psicotrpicas de 1988.

    Para concluir, la Decisin 614, aprobada en Lima, el 15 de julio de2005, aprueba la Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Inte-gral y Sostenible. En ese sentido, el marco de sta y su Plan de Ac-cin figuran, respectivamente, en los Anexos I y II, debiendoresaltarse que cada Estado miembro ha detectado unas zonas prio-ritarias susceptibles de ser modificadas a futuro- donde se concen-traran los esfuerzos en materia de desarrollo alternativo. En el casodel Per, stas seran las cuencas del Huallaga Central y AltoHuallaga (Tocache, Uchiza, Aucayacu, Monzn y Tingo Mara), Aguayta, Pachitea-Palcazu, el valle de los ros Apurmac y Ene, LaConvencin y Lares, San Gabn, y Tambopata-Inambari. A tal efec-to, resulta especialmente importante la aportacin de recursos que

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    haga cada pas, as como la cooperacin de los pases donde se con-centran los mayores niveles de demanda de las drogas ilcitas. Entrelos ejemplos que la propia Decisin resalta est la ayuda prestadapor los Estados Unidos y la Unin Europea a distintos proyectos de

    desarrollo alternativo en el rea andina.Al mismo tiempo, cabe destacar que la Decisin 614 determina tam-bin la forma como se articulan los instrumentos institucionales convistas al cumplimiento de los objetivos planteados, encomendndosela responsabilidad del seguimiento y ejecucin de la Estrategia alComit Andino para el Desarrollo Alternativo (CADA) que fueracreado a travs de la Decisin 549, de junio de 2004. A su vez, elComit Andino de Cooperacin para la Lucha contra las DrogasIlcitas y Delitos Conexos define las lneas de accin para que el de-sarrollo alternativo converja con las dems acciones comunitariasen materia de lucha contra las drogas, y la Secretara General de laComunidad Andina interviene en la administracin, seguimiento yrevisin del Plan de Accin de la Estrategia al ejercer la SecretaraTcnica del CADA.

    2.4 En otros escenarios

    2.4.1. Amrica Latina y el Caribe y la Unin Europea

    En la reunin del Consejo Europeo (integrado por los Jefes de Esta-do y de Gobierno de la Unin Europea) que tuvo lugar en Madrid, endiciembre de 1995, se plantea la creacin de un Mecanismo birregio-nal de Cooperacin y Coordinacin entre Amrica Latina y el Cari-be (ALC) y la Unin Europea (UE) en materia de Drogas. Posterior-

    mente, ya creado el Mecanismo, en abril de 1999 y partiendo delprincipio de responsabilidad compartida, se aprueba el Plan de Accin de Panam; el mismo identifica cinco reas en las que se cen-trara la cooperacin birregional: (i) reduccin de la demanda; (ii)cooperacin judicial, policial y aduanera; (iii) cooperacin martima;(iv) control de precursores; y (v) lavado de activos. Al ao siguiente,en Lisboa, se definen cuatro reas prioritarias: (i) reduccin de lademanda; (ii) desarrollo alternativo; (iii) lavado de activos; y (iv)cooperacin martima.

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    En ese sentido, cada ao se celebran reuniones donde intervienenaltos representantes de los Estados de ambas regiones y de la UE,con vistas a realizar un seguimiento de las acciones emprendidasconforme al Plan de Panam y los criterios aprobados en Lisboa. En

    lo que al rea andina se refiere, resulta importante resaltar el nfa-sis atribuido a la financiacin de proyectos de desarrollo alternati-vo, integral, sostenible, e, incluso, preventivo, como el Laboratorio dePaz, en Colombia, y el ejecutado en Pozuzo Palcazu, en el Per, porms de veintids millones de euros.

    2.4.2 Los pases andinos y la Unin Europea

    a) Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) Plus

    En la perspectiva de contribuir a desterrar el flagelo de las drogasilcitas desde una dimensin de responsabilidad compartida, laentonces Comunidad Econmica Europea otorga, desde 1991, unacceso preferencial para los pases de la Comunidad Andina al mer-cado comunitario europeo, conforme al rgimen conocido como SGPDrogas o SGP Andino. El mismo se concibe a semejanza de losbeneficios considerados por la ATPDEA de los Estados Unidos, quese presentarn ms adelante a ttulo de concesin unilateral porun tiempo determinado, y entraa la liberacin de aranceles para elingreso de una amplia gama de productos andinos a tan importan-te mercado. Sin embargo, en 2005, se produce su sustitucin por elSGP Plus, a raz de ciertos problemas surgidos en el seno de laOrganizacin Mundial de Comercio (OMC) al haberse extendido sumbito de aplicacin a pases no contemplados inicialmente.

    El Rgimen especial de estmulo del desarrollo sostenible y lagobernanza, conocido como SGP Plus, se encuentra regulado porel Reglamento (CE) N 980/2005 del Consejo de la Unin Europea, de27 de junio de 2005, y toma como base tanto la ratificacin como laaplicacin por parte de los beneficiarios de una serie de tratadosinternacionales relativos a derechos humanos y laborales, de unlado, y referentes al medio ambiente y a principios de gobernanza,de otro. En este segundo grupo de acuerdos se incluyen expresamen-te los siguientes instrumentos adoptados en el marco de las Nacio-nes Unidas: la Convencin nica sobre Estupefacientes de 1961, elConvenio sobre Sustancias Psicotrpicas de 1971 y la Convencin

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    contra el Trfico Ilcito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrpi-cas de 1988.59

    Consecuentemente, el artculo 16 del citado Reglamento comunita-

    rio, de aplicacin obligatoria en todos los Estados de la Unin Euro-pea, dispone que:

    2.- Sin perjuicio del apartado 1, el rgimen especial de estmulo aque se refiere la seccin 2 del captulo II podr suspenderse tempo-ralmente respecto a la totalidad o parte de los productos acogidosa dicho rgimen originarios de un pas beneficiario, en caso de quela legislacin nacional de dicho pas deje de incorporar aquellosconvenios a que se refiere el anexo II que han sido ratificados encumplimiento de los requisitos previstos en los apartados 1 y 2 del

    artculo 9, o no se apliquen de manera efectiva.Por lo tanto, si un pas beneficiario del SGP Plus, como el Per,incumple las condiciones sealadas en el prrafo anterior, puedever interrumpida la continuidad de los beneficios derivados de estergimen especial.

    b) Dilogo Especializado de Alto Nivel en materia de Drogas

    entre la Comunidad Andina y la Unin EuropeaConsiderando la necesidad de una accin integral contra las drogasilcitas y el principio de responsabilidad compartida, se instituye,en 1995, un Dilogo Especializado entre la Comunidad Andina y laUnin Europea para abordar diversas cuestiones de inters comnen materia de lucha contra el problema de las drogas. En ese senti-do, merece resaltarse que, adems del Mecanismo que involucra alconjunto de Amrica Latina y el Caribe, exista otro particular con lasubregin andina. Ello posibilita abordar de manera ms especficalas situaciones que afrontan los pases del rea y establecer caucesde cooperacin frente a una creciente realidad, cual es el incrementodel consumo de cocana procedente de pases andinos en pases de laUnin Europea.

    59 Vase artculo 9 y Anexo III del Reglamento (CE) N 980/2005 del Consejo dela Unin Europea, del 27 de junio de 2005 (publicado en el Diario Oficial de laUnin Europea, edicin del 30 de junio de 2005).

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    En efecto, Europa ha pasado a ser el segundo mercado ilcito decocana del mundo, siendo Espaa y el Reino Unido los pases quetienen la tasa ms alta de abuso de dicha droga. De igual forma, elconsumo de opiceos ha aumentado en Europa Oriental, amn de los

    estimulantes de tipo anfetamnico que tienen en Europa a uno de susprincipales mercados. Por todo ello, resulta importante reforzar elreferido Dilogo Especializado de Alto Nivel en la perspectiva deintensificar los niveles de cooperacin e intercambio de informacin.

    2.4.3 Los pases andinos y los Estados Unidos de Amrica

    a) ATPDEA

    En la perspectiva de una accin integral contra el trfico ilcito dedrogas, deben abordarse distintas tareas de manera conjunta: de unlado, labores de erradicacin de cultivos ilcitos y de sustitucin destos por otros lcitos, y, de otro, acceso a nuevos mercados (naciona-les e internacionales) y construccin de infraestructuras que posibili-ten hacer llegar los productos a tales mercados. En ese sentido, ydesde una visin de responsabilidad compartida, los Estados Uni-dos de Amrica crearon un mecanismo de carcter unilateral destina-do a favorecer el acceso al mercado estadounidense, con exoneracintotal de aranceles, de una muy amplia gama de productos provenien-tes de los pases andinos especialmente afectados por el problema delnarcotrfico (Bolivia, Colombia, Ecuador y el Per). Como contrapar-te, los Estados beneficiarios deben cumplir los compromisos interna-cionales asumidos en la materia, que incluyen la erradicacin decultivos ilcitos, el control de precursores e insumos qumicos, y lalucha contra el lavado de activos, entre otros, contenidos en tratadosmultilaterales y bilaterales entre los Estados Unidos y los pases be-neficiarios.

    La Ley de Promocin Comercial y Erradicacin del Trfico de Dro-gas (mencionada generalmente por sus siglas en ingls, ATPDEA)regula este mecanismo, el cual est limitado en el tiempo al perodode vigencia contemplado por aquella. Si bien la ATPDEA fue firma-da por el Presidente estadounidense el 6 de agosto de 2002, sus efec-tos se retrotrajeron al 4 de diciembre de 2001, y, aunque los benefi-cios previstos en ella expiraban inicialmente el 31 de diciembre de2006, han sido objeto de sucesivas ampliaciones. Su antecedenteinmediato fue la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas (ATPA,

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    segn sus siglas en ingls) que estuvo en vigor entre diciembre de1991 y diciembre de 2001, con la particularidad de no comprenderdentro de los productos sometidos al rgimen preferencial a los tex-tiles y las confecciones.60

    Entre los requisitos que contempla la ATPDEA para el disfrute delos beneficios previstos en ella se encuentra la certificacinantinarcticos que, conforme a la Ley de Ayuda Exterior (Foreign Assistance Act) de 1961, otorga peridicamente el gobierno estado-unidense. De no contarse con dicha certificacin, queda suspendidala posibilidad de obtener ayuda exterior de los Estados Unidos o cr-ditos del EXIMBANK o de la Corporacin para la Inversin Privadaen el Extranjero (OPIC). Al mismo tiempo, a los pases que carezcande tal certificacin se les sanciona privndolos de los arancelespreferenciales autorizados por el Sistema Generalizado de Preferen-cias (SGP), imponindoles restricciones para el transporte areo conlos Estados Unidos e impidindoles tener cuotas de importacin deazcar en el mercado estadounidense.61

    En el caso de pases andinos, como Per y Colombia, que han cele-brado recientemente acuerdos de libre comercio con los EstadosUnidos, el acceso preferente al mercado estadounidense estar so-metido a las reglas contenidas en los mismos y no depender ya deun mecanismo unilateral, con duracin limitada, como el recogidoen la ATPDEA. Sin embargo, no debe perderse de vista que se man-tiene el condicionamiento de la certificacin antinarcticos paracualquier ayuda o prstamo de los Estados Unidos.

    b) Los Acuerdos con el Per

    El 23 de julio de 1996, el Per y los Estados Unidos celebraron unConvenio para Combatir el Uso Indebido y la Produccin y el TrficoIlcitos de Drogas, con vistas a reforzar la cooperacin bilateral en elmarco de los compromisos asumidos conforme a la Convencin de

    60 Vase: http://www.mincetur.gob.pe/comercio/OTROS/Atpdea/ley_atpa_atpdea/ resumen_ejecutivo.htm

    61 Vase: ATPDEA, seccin 3103, b), 6, B) http://usembassy-mexico.gov/bbf/ bfdossier5 CertDrogas.htm http://acd.uflj.br/gruporetis/Anuario2003 http:// usinfo.state.gov/journals/ites/0997

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    las Naciones Unidas contra el Trfico Ilcito de Estupefacientes ySustancias Psicotrpicas de 1988. Tal instrumento parte de afirmarel principio de responsabilidad compartida y la participacin deambos pases en la lucha contra las drogas a nivel internacional en

    proporcin a sus capacidades econmicas. Al mismo tiempo, estetratado confirma, segn viene sostenindose en el presentedocumento, que la produccin, transformacin, comercializacin yconsumo indebido de drogas representa un problema que afecta ala humanidad en general y a ambos pases en particular y queconstituye una amenaza a sus seguridades nacionales, la salud y laseguridad de sus ciudadanos, y un creciente peligro para su medioambiente.62

    El mencionado Convenio tiene la virtud de abordar de manera in-tegral las diferentes cuestiones relacionadas con la lucha contra elnarcotrfico, incluyendo la posibilidad de realizar estrategias con- juntas y de concertar posiciones en foros internacionales.63 En esesentido, a los efectos de materializar los compromisos contenidosen tal tratado, se celebr, en la misma fecha, un Acuerdo Operativoorientado a apoyar las acciones del gobierno del Per en materiade trfico ilcito de drogas. Este ltimo considera la posibilidad deintroducir enmiendas sucesivas, donde, entre otras cosas, vanajustndose peridicamente los montos de dinero por concepto dela cooperacin prestada por los Estados Unidos al Per en los di-versos campos relacionados con la lucha contra el narcotrfico,como son, entre otros, el apoyo a las acciones de interdiccin yerradicacin, el control de insumos qumicos, los proyectos de desa-rrollo alternativo, y las operaciones de inteligencia financiera res-pecto al lavado de activos.64

    62 El Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Produccin y el Trfico Ilcitosde Drogas entre la Repblica del Per y los Estados Unidos de Amrica fuefirmado en Lima, el 23 de julio de 1996, y se ratific a travs del Decreto Su-premo N 030-96-RE, del 9 de agosto de 1996. Lo que aparece citado entre co-millas corresponde al prembulo del mismo.

    63 Art. V del Convenio de 1996.64 El Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la Repblica del Per y el Gobier-

    no de los Estados Unidos de Amrica para el Proyecto de Control de Drogasfue suscrito en Lima, el 23 de julio de 1996, y se ratific mediante Decreto Su-premo N 031-96-RE, del 9 de agosto de 1996; a la fecha, el mismo ha experi-mentado sucesivas enmiendas.

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    c) Plan Colombia

    En 2000, el gobierno colombiano pone en marcha el denominadoPlan Colombia que abarcaba el fortalecimiento del Estado, la esta-

    bilizacin de la economa, la reforma del sector Justicia, la democra-tizacin y el desarrollo social, y una estrategia antinarcticos y delucha contra grupos alzados en armas al interior de las fronteras deese pas. Este Plan fue, a su vez, acompaado del Plan Nacional deDesarrollo Hacia un Estado comunitario y de otro militar, conoci-do como Plan Patriota, los cuales ponen nfasis en cambiar el equi-librio de la guerra interna a favor del Estado colombiano, conjugan-do acciones de carcter militar con otras destinadas a enfrentar lasfuentes de financiacin de estos grupos irregulares, como el narco-trfico.

    La materializacin del Plan Colombia supuso una muy considerableayuda de los Estados Unidos, tanto en el plano militar como a niveleconmico. Si bien el Plan se ejecuta nicamente en territorio colom-biano y tiene consecuencias directas en las relaciones entre dichopas y los Estados Unidos, no cabe duda que los efectos de tal Planrepercuten de distinta manera en los pases vecinos. As, se ha pro-ducido un desplazamiento de importante nmero de personas a laszonas fronterizas de Ecuador y Venezuela, generndoles un serioproblema de seguridad. En el caso del Per, la lucha contra elnarcoterrorismo en Colombia ha obligado a un reforzamiento de lafrontera y al incremento de las actividades de vigilancia y control enel rea del Putumayo, a efectos de impedir la penetracin de lasFARC en el territorio peruano. Debe destacarse que los territorioscolombianos colindantes con el Per constituyen para las FARC unrea de retaguardia estratgica, donde miembros de stas se replie-gan a fin de descansar, curar heridos y enfermos, y obtener aprovi-sionamiento, en razn a que el peso de las acciones militares no seconcentra en dicha zona y a que, adicionalmente, se estimula la ac-tividad del narcotrfico como fuente de financiamiento de su cade-na logstica. Sin embargo, una intensificacin del Plan Colombiapodra convertir tal zona en un escenario de enfrentamiento blico,lo que obligara al Per a fortalecer, todava ms, su presencia en elrea, con vistas a evitar la infiltracin en territorio peruano de ele-mentos de las FARC o un eventual traslado al mismo del teatro delas operaciones.

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    3. Reflexiones finales

    De todo lo anteriormente expuesto, queda claro que el trfico ilcitode drogas es percibido por el Per y la Comunidad Internacional ensu conjunto, como una seria amenaza a la seguridad, en cuanto afec-ta negativamente la salud de las personas, incrementa significativa-mente los niveles de violencia e inseguridad ciudadana, genera unacultura del miedo, ocasiona una corriente de comercio sexual y ex-plotacin de mujeres y nios, y produce crisis familiares y elevadosndices de desercin escolar. Adicionalmente, el narcotrfico atentacontra la soberana, la democracia y el estado de derecho en los pa-ses donde tiene presencia, adems de violentar los derechos ms ele-mentales del ser humano. Por si esto fuera poco, el narcotrfico re-percute de manera muy negativa en el mbito econmico, al limitarel desarrollo y el crecimiento y generar una economa inestable; perotambin, tiene efectos perversos en la preservacin del medio am-biente, al alentar la deforestacin, la erosin y desertificacin de lossuelos, la contaminacin de cursos de agua y la prdida de diversi-dad biolgica.

    Por otro lado, el trfico ilcito de drogas est generalmente vincu-

    lado a otras actividades delictivas, tales como el terrorismo, el tr-fico de armas, la trata de personas, la corrupcin y el blanqueo dedinero, todo lo cual hace de ella una amenaza especialmente gravey compleja.

    La Comunidad Internacional encara este fenmeno favoreciendo lacooperacin a travs de diversos tratados, en los que toma parte lainmensa mayora de los Estados, como el Per. Entre las principalesobligaciones que imponen tales instrumentos internacionales desta-

    can: la erradicacin de cultivos ilcitos de hoja de coca, adormiderao amapola, cannabis, entre otros; el control de los precursores qumi-cos; la tipificacin como delito de la participacin en el cultivo, pro-duccin, comercializacin y financiacin para obtener drogasilcitas, as como del lavado de dinero proveniente del narcotrfico;la designacin de organismos nacionales responsables de la produc-cin, comercializacin y distribucin de drogas con fines lcitos; lapromocin del desarrollo alternativo con base en un criterio de res-ponsabilidad compartida; el fortalecimiento de la cooperacin judi-

    cial y entre los sistemas de inteligencia; al igual que la tipificacin

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    EL TRFICO ILCITO DE DROGAS EN EL PER:UNA APROXIMACIN INTERNACIONAL

    se termin de imprimir en los talleresgrficos de Forma e Imagen,

    Av. Arequipa 4550, Miraflores

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