trabajo_jaztea

Upload: armando-morales

Post on 06-Jul-2015

1.260 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

ANTECEDENTES Grupo Jaztea tiene su origen en un restaurante chino de nombre Tung-Fong, propiedad de la familia Fong-payan. Ah se ubic en un principio la primera planta de produccin. La bebida que se preparaba para acompaar la comida, tuvo tanto xito que el restaurante se convirti en el primero en ofrecer a sus clientes t helado preparado. Nos dimos cuenta que en Mxico siempre se manejaba el te negro y se servia solo, ah uno le tenia que agregar la leche, la miel, el azcar o el hielo. Dada las condiciones Clmaco, lgicas de Culiacn, decidimos comenzar a venderlos ya preparados, con limn, azcar y hielo, as se nos ocurre a venderlo en forma individual. De esta forma en 1989 nace bebidas naturales del pacifico, quien creara una nueva cultura de consumo de bebidas naturales a travs de su producto lder y punta de lanza, jaztea, el primer te helado en Mxico. La familia fong-payan poco a poco pudo introducir su producto a escuelas y en comercios al detalle, luego tras mucho trabajo y perseverancia, comenz a expandirse a las cadenas de auto servicios, con lo que abrieron una planta en Guadalajara y comenzaron su exportacin a estados unidos Entre las difultades que la familia hubo que enfrentar destacan el desconocimiento de las leyes y la contabilidad. Empezamos con un restaurante de comida china, con un mesero y considero, mas otras 2 personas. Ahora generamos 150 empleos directos en Culiacn, ms los sucursales. Actualmente lanzaron su lnea de concentrados, dado empuje concentrado de te, jamaica, mango, tamarindo y la guanbana, de los que afirman la consistencia es la diferencia y estamos promoviendo saludable. Para el 2011 esperan ocupar 40% de territorio nacional con el te helado. DEFINICIN DEL PRODUCTO Jaztea regular, original: Es un refrescante te helado 100% natural elaborado con flor de jazmn, la cual tiene propiedades benficas, desde tiempos atrs el hombre a sabido aprovechar todas sus bondades. El proceso de produccin del t difiere de una regin a otra, pero siempre incluye cuatro pasos bsicos: marchitamiento, enrollado, fermentacin y secado. Durante el proceso de fermentacin, el jugo de la hoja se expone al oxgeno, que hace que el color se transforme de verde a negro. 250 gramos de hojas frescas de t se convierten en 100 miligramos de t fresco. La produccin del t verde no incluye fase de fermentacin; despus del marchitamiento, se aplica un tratamiento de vapor a las hojas. Es un producto alimenticio obtenido por la coccin y concentracin de jugos de hojas de jazmn, la hoja deber estar limpia y en un grado de madures adecuada determinada.

Envasada en recipientes de plstico transparente de 500ml hermticamente cerrados y procesados hermticamente para asegurar su conservacin por un tiempo determinado. El olor y sabor tambin deben ser caractersticos de la hoja de jazmn en coccin empleada. Los endulcolorantes que se permiten emplear van desde azcar normal hasta fructosa, sacarina y otros. Respecto a los conservadores este producto no contiene ningn tipo de conservador. PROBLEMTICA Determinar los factores por los cuales el te Jaztea es preferido por los jvenes de Culiacn as como identificar que otras oportunidades tendra para abarcar otros mercados. Nuestro producto actualmente tiene que ir adaptndose a los cambios financieros por lo cual el precio del producto incrementa cada ao. Como tambin transportar nuestros productos a otras regiones aledaas a nuestro territorio nacional. OBJETIVO Nosotros en esta investigacin es dar a conocer los grandes beneficios que produce el consumo de t, como tambin su gran variedad de lneas de t helado. As como darle a la ciudadana una mejor satisfaccin de calidad de t, ya que en la actualidad es difcil tener una buena alimentacin porque est ms al alcance el consumo de refrescos que percuten en la salud del consumidor. Nuestra misin y visin es: Cambiar as la excelencia, creando la cultura de bebidas naturales y por ende personas saludables y sanas. Ser una empresa reconocida nacionalmente por la calidad y la constante innovacin de sus productos saludables para la sociedad, as como el posicionamiento y proyeccin a nivel internacional. OBJETIVOS ESPECIFICOS 1.-Investigar el porcentaje de los jvenes estudiantes que consumen t Jaztea. 2.-Qu tipo de marca es la ms comn o preferida entre los jvenes estudiantes. 3.-Saber el motivo por lo cual consumen el t Jaztea.

4.-Conocer que opinan del sabor del t Jaztea. 5.-Investigar si el precio que pagan por adquirir el t es accesible a su solvencia. 6.-Saber que opinan de la calidad que ofrece el te Jaztea que consumen. 7.-Medir el consumo que tienen los jvenes estudiantes hacia el t Jaztea. 8.-Consideran buena la presentacin del t que consumen. 9.-Investigar cules son los lugares donde se adquiere comnmente el t que consumen los jvenes. HIPTESIS En esta investigacin queremos resolver los siguientes factores de consumo del grupo jastea en los jvenes, identificar las oportunidades de nuevos mercados, como tambin los cambios financieros que percuten en la empresa. Para eso decidimos encuestar a jvenes de la ciudad de Culiacn para obtener las respuestas necesarias y poder lograr dar una mejor calidad en nuestros productos a los consumidores. JUSTIFICACIN En esta investigacin de mercado pretendemos conocer el por que los jvenes de la cuidad de Culiacn consumen el te Jaztea y por que este producto relativamente nuevo a causado una gran demanda en el mercado. Para esto aplicaremos encuestas para conocer lo opinin de los consumidores y poder conocer los gustos del mercado joven. Esta investigacin de mercado ayudara a comprender y tener una visin mas clara de como Jaztea se maneja en el mercado con mucha demanda en los jvenes de la ciudad de Culiacn, Sinaloa. En esta investigacin de mercado analizaremos los movimientos de los mercados de bebidas en especial de Jaztea, y as poder saber el porque los jvenes tienen esa preferencia hacia dicha bebida. Para esto aplicaremos encuestas para conocer la opinin y gustos de los consumidores jvenes y as tomar un criterio estadstico basado en la investigacin de mercado para llegar a una conclusin justificada.

MERCADO META Actualmente los productos jaztea estn dirigidos a un segmento de jvenes y adultos que buscan productos con atributos de salud y naturalidad. QUE VOY A PRODUCIR Grupo jaztea es una empresa mexicana que ha comercializado e innovado con productos de la ms alta calidad, especficamente en la categora de ts y bebidas 100% naturales. Los materiales con los que elaboramos nuestras bebidas son cuidadosamente seleccionados, ya que de ello depende el xito de gran parte de las propiedades y caractersticas de nuestros productos que son 100% naturales y no contienen conservadores. SEALAR CUAL ES EL USO Existen reportes de su uso desde hace ms de 7.000 aos. Es aconsejable tomar de tres a cuatro infusiones del t de jazmn para ver efectividad en sus efectos y tratar de no consumir sustancias con cafena que hacen de neutralizantes de parte de sus beneficiosos efectos. Este t puede encontrarse en los principales supermercados, abarrotes y farmacias del estado, viene en presentacin de envases de 500ml. Algunos de los beneficios son: Colabora en la disminucin del colesterol y promueve la longevidad. Ayuda a la buena digestin y a eliminar lquidos. Es relajante natural del cuerpo y de la mente, ayuda a calmar la ansiedad, la tensin nerviosa y la depresin. Ayuda a suavizar y reconstituir la piel. Tiene propiedades sedantes que ayudan a aliviar el dolor y propiedades antiespasmdicas que aminoran los problemas menstruales. Es una alternativa para tratar infecciones, ya que es un antibitico natural. Ayuda con problemas del pulmn y es benfico para las vas respiratorias, es muy usado para calmar la tos. Este producto lo podemos clasificar como no duraderos (perecederos) por que actualmente cada producto cuenta con una fecha limite de consumo. Es un producto totalmente homogneo REGLAMENTACION TECNICO-SANITARIA PARA LA ELABORACION, CIRCULACION Y COMERCIO DE TE Y DERIVADOS Artculo 1.

mbito de aplicacin La presente Reglamentacin tiene por objeto definir, a efectos legales, lo que se entiende por t y fijar, con carcter obligatorio, las normas de elaboracin, comercializacin, y en general, la ordenacin jurdica de los productos. Ser de aplicacin, asimismo, a los productos importados. Esta reglamentacin obliga a los elaboradores, envasadores, comerciantes o importadores de t. Se consideran elaboradores, envasadores, comerciantes o importadores de t, aquellas personas, naturales o jurdicas, que en uso de las autorizaciones concedidas por los Organismos oficiales competentes, dedican su actividad a la elaboracin, envasado, comercializacin o importacin de los productos definidos en los Art. 2. Y 3. . TITULO I.-DEFINICIONES, CLASIFICACION Y CARACTERISTICAS Artculo 2. T.Son las hojas jvenes y las yemas, sanas y limpias, de las distintas especies del gnero botnico Tea, en buen estado de conservacin, convenientemente preparadas para el consumo humano, y poseyendo el aroma y gusto caractersticos de su variedad y zona de produccin. Artculo 3. Clasificacin.A efectos de esta Reglamentacin se distinguen las siguientes clases de t y derivados: 3.1. T verde: Es el t preparado, sin el proceso de fermentacin y que no haya sufrido disminucin alguna de sus principios activos. 3.2. T negro o t: Es el t convenientemente elaborado por fermentacin, aunque conservando sus mismos principios activos. 3.3. T semifermentado o t colong: Es el t en cuya preparacin se ha interrumpido el proceso de fermentacin, para obtener unas caractersticas organolpticas determinadas. 3.4. T descafeinado: Es el t, verde o negro o semifermentado, desprovisto de la mayor parte de su cafena. 3.5. Extracto soluble de t: Es el producto soluble en agua, obtenido por parcial o total evaporacin de la infusin de t. 3.6. T aromatizado: Son los ts definidos anteriormente, a los que por adicin de sustancias aromatizantes autorizadas, plantas aromticas o especias, se les comunica un aroma o sabor caractersticos. Artculo 4. Caractersticas generales.Los distintos tipos de productos regulados por esta Reglamentacin debern cumplir las siguientes condiciones generales: 4.1. Proceder de materias primas que no estn alteradas, contaminadas o adulteradas.

4.2. Estar exentos de materias extraas a la composicin legal y tradicional del producto y no contener residuos de metales pesados en cantidades mayores de las que se citan: -Arsnico (ppm), 1. -Plomo (ppm), 5. 4.3. No contendrn micotoxinas, nitrosaminas, residuos de pesticidas, ni cualquier otra sustancia sanitariamente peligrosa en cantidad superior a la que establezca el Ministerio de Sanidad y Consumo, o en su ausencia se considerarn por el mismo los criterios recomendados por la Organizacin Mundial de la Salud. 4.4. Se ajustar a la siguiente norma microbiolgica: -Recuento de colonias aerobias mesfilas. -(31 C 1 C) (como mximo), 1.10/g. -Bacillus cereus (como mximo), 1.10/g. -Escherichia coli (como mximo), 1.10/g. -Salmonella shigella, ausencia 25/g. -Recuento total de mohos (como mximo), 1.10/g. Artculo 5. Caractersticas especficas.Los productos elaborados debern ajustarse a las especificaciones: 5.1. T negro o t: -Humedad (como mximo), 10 por 100. -Nitrgeno (como mnimo), 2,6 por 100. -Cafena (como mnimo), 1 por 100. -Extracto acuoso (como mnimo), 32 por 100. -Taninos (como mnimo), 4 por 100. -Cenizas (como mximo), 9 por 100. -Cenizas insolubles en cidos (como mximo), 1 por 100. -Fibra cruda (como mximo), 17 por 100. 5.2. T descafeinado: -Cafena (como mximo), 0,12 por 100. siguientes

TITULO II.-CONDICIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS, DEL MATERIAL Y DEL PERSONAL MANIPULACIONES PERMITIDAS Y PROHIBIDAS Artculo 6. Condiciones de los establecimientos.Las industrias elaboradoras de t cumplirn obligatoriamente las siguientes exigencias: 6.1. Todos los locales destinados a la elaboracin, envasado y, en general, manipulacin de materias primas, productos intermedios o finales, estarn debidamente aislados de cualesquiera otros ajenos a sus cometidos especficos. 6.2. Les sern de aplicacin los Reglamentos vigentes de recipientes a presin, electrotcnicos para alta y baja tensin, y, en general, cualesquiera otros de carcter industrial y de higiene laboral que conforme a su naturaleza o a su fin correspondan. 6.3. Los recipientes, mquinas y utensilios destinados a estar en contacto con los productos elaborados, con sus materias primas o con

los productos intermedios, sern de materiales que no alteren las caractersticas de su contenido ni la de ellos mismos. 6.4. Las industrias elaboradoras de t y sus derivados debern tener una superficie adecuada a la elaboracin, variedad, manipulacin y volumen de fabricacin, con localizacin aislada de los servicios, vestuarios, lavabos y almacenes. 6.5. El agua utilizada en el proceso de fabricacin y limpieza de utensilios e instalaciones que estn en contacto con los productos definidos en esta Reglamentacin, ser potable desde los puntos de vista fsico, qumico y microbiolgico. Podr utilizarse agua de otras caractersticas en generadores de vapor, instalaciones frigorficas, bocas de incendio o servicios auxiliares, siempre que no exista conexin entre esta red y la del agua potable. 6.6. Las industrias, establecimientos elaboradores y almacenes de t y sus derivados dispondrn de las instalaciones necesarias, para aquellos productos que requieran conservacin por el fro, con capacidad siempre acorde con su volumen de produccin y venta. Artculo 7. Requisitos higinico-sanitarios.De modo genrico las industrias de fabricacin y/o elaboracin de t y sus derivados habrn de reunir las condiciones mnimas siguientes: 7.1. Los locales de fabricacin o almacenamiento y sus anexos, en todo caso, debern ser adecuados para el uso a que se destinan, con accesos fciles y amplios, situados a conveniente distancia de cualquier causa de suciedad, contaminacin o insalubridad y separados rigurosamente de viviendas o locales donde pernocte o haga comidas cualquier clase de personal. 7.2. En su construccin o reparacin se emplearn materiales idneos, y en ningn caso, susceptibles de originar intoxicaciones o contaminaciones. Los pavimentos sern impermeables, resistentes, lavables o ignfugos, dotndolos, si fuera necesario, de los sistemas adecuados de desage. Asimismo, los locales contarn con los medios necesarios para la proteccin contra incendios. 7.3. La ventilacin e iluminacin, naturales o artificiales, sern las reglamentarias y, en todo caso, apropiadas al destino, capacidad y volumen del local segn la finalidad a que se le destine. 7.4. Dispondrn en todo momento de agua corriente sanitariamente permisible, en sus caractersticas fsico-qumicas, y microbiolgicamente potable; a presin, fra o caliente, en cantidad suficiente para la elaboracin, manipulacin y preparacin de sus productos, as como para el uso del personal. El lavado de instalaciones y utensilios industriales podr realizarse con agua de otras caractersticas, pero potable desde el punto de vista microbiolgico. 7.5. Habrn de tener servicios higinicos con lavabo adjunto y vestuarios en nmero y caractersticas acomodadas a lo que prevean, en cada caso, las autoridades sanitarias.

7.6. Todos los locales debern mantenerse constantemente en estado de gran pulcritud y limpieza, la que habr de llevarse a cabo por los mtodos ms apropiados para no levantar polvo ni originar alteraciones o contaminaciones. 7.7. Todas las mquinas y dems elementos que estn en contacto con las materias primas o auxiliares, artculos en curso de elaboracin, productos elaborados y envases, sern de caractersticas tales que no puedan transmitir al producto propiedades nocivas y originar, en contacto con l, reacciones qumicas. Iguales precauciones se tomarn en cuanto a los recipientes, elementos de transporte, envases provisionales y locales de almacenamiento. Todos los elementos estarn construidos en forma tal que puedan mantenerse en perfectas condiciones de higiene y limpieza. 7.8. Contarn con instalaciones adecuadas en su construccin y emplazamiento para garantizar la conservacin de los alimentos y productos alimentarios en ptimas condiciones de higiene y limpieza, evitando su contaminacin, as como la presencia de insectos y roedores. 7.9. Debern mantener la temperatura adecuada, humedad relativa y conveniente circulacin de aire, de manera que los productos no sufran alteracin o cambio de sus caractersticas iniciales. Igualmente debern estar protegidos los productos contra la accin directa de la luz solar cuando sta les sea perjudicial. 7.10. Permitirn la rotacin de las existencias y remociones peridicas en funcin del tiempo de almacenamiento y condiciones de conservacin que exija cada producto. 7.11. Cualesquiera otras condiciones tcnicas, sanitarias, higinicas y laborales establecidas o que se establezcan, en sus respectivas competencias por los Organismos de la Administracin. Artculo 8. Condiciones generales de los materiales.Todo material que tenga contacto con el t y sus derivados, en cualquier momento de su elaboracin, distribucin y consumo, mantendr las condiciones siguientes, adems de aquellas otras que especficamente se sealan en esta Reglamentacin: 8.1. Tener una composicin adecuada y/o autorizada, en su caso, para el fin a que se destine. 8.2. No ceder sustancias txicas, contaminantes y, en general, ajenas a la composicin normal de los productos objeto de esta Reglamentacin o que, aun no sindolo, exceda del contenido autorizado en los mismos. 8.3. No alterar las caractersticas de composicin ni los caracteres organolpticos del t y sus derivados. Artculo 9. Condiciones del personal El personal que trabaje en tareas de fabricacin, elaboracin y/o envasado de los productos objeto de esta Reglamentacin, cumplir los siguientes requisitos:

9.1. Utilizar ropa adecuada a su trabajo, con la debida pulcritud e higiene. Utilizar cubrecabezas o redecillas, en su caso. 9.2. Queda prohibido: comer, fumar y masticar chicle y tabaco en los locales de fabricacin. 9.3. Todo productor aquejado de cualquier dolencia, padecimiento o enfermedad est obligado a poner el hecho en conocimiento de la Direccin de la Empresa quien previo asesoramiento facultativo, determinar la procedencia o no de su continuacin en ese puesto de trabajo, si ste implicara contagio para el producto elaborado o almacenado, dando cuenta del hecho a los Servicios de la Sanidad Nacional. 9.4. Todo el personal que desempee actividades de elaboracin, preparacin y envasado deber poseer carn sanitario individual. La higiene personal de todos los empleados ser extremada y deber cumplir las obligaciones generales, control de estado sanitario y otras que especfica el Cdigo Alimentario Espaol en sus arts. 2.08.05 y 2.08.06, as como otras que especifiquen la legislacin vigente. Artculo 10. Manipulaciones permitidas.En la elaboracin y consumo de t y sus derivados se permite: 10.1. La mezcla entre s de diversas especies de t. 10.2. La presencia de los pecolos de sus hojas, en mayor o menor cantidad, segn el origen del t. 10.3. La mezcla entre si de ts verdes con ts negros y ts colong o semifermentados. 10.4. La adicin de sustancias aromticas autorizadas, plantas aromticas o especias. Artculo 11. Manipulaciones prohibidas.- En la elaboracin y consumo de t y sus derivados no se permite: 11.1. El envasado para la venta de ts que contengan hojas y tallos extraos al t, materias inertes y otras impurezas en proporcin superior al 2 por 100, excepto lo establecido en el apartado 10.4. 11.2. Los tratamientos destinados a producir aumento en su mesa. 11.3. La venta para el consumo humano de ts agotados. 11.4. La adicin de agua, agentes conservadores, colorantes y, en general, de cualquier aditivo, as como de materias extraas al producto, excepto lo establecido en el apartado10.4. 11.5. El envasado y venta de ts y derivados alterados o con caracteres organolpticos anormales. 11.6. La venta a granel de ts y sus derivados, no pudiendo fraccionarse los envases ni aun en presencia del consumidor. 11.7. El empleo de la palabra t en cualquier producto que no proceda de las especies del gnero botnico Thea. 11.8. La utilizacin de calificativos tales como desintoxicado o atxicos en los productos descafeinados. Artculo 12. Autorizaciones.-

Tanto las prcticas como el empleo de productos no expresamente permitidos en esta Reglamentacin, que no estn especialmente prohibidos por ellas, requerirn autorizacin de los Organismos oficiales competentes. TITULO III.-REGISTROS ADMINISTRATIVOS Artculo 13. Identificacin de la industria.- Las industrias dedicadas a las actividades reguladas por esta Reglamentacin Tcnico-Sanitaria debern inscribirse en el Registro General Sanitario de Alimentos, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 2825/1981, de 27 de noviembre (Boletn Oficial del Estado de 2 de diciembre), sin perjuicio de los dems Registros exigidos por la legislacin vigente. TITULO IV.-TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO, VENTA Y COMERCIO EXTERIOR Artculo 14. El transporte y almacenamiento del t y sus derivados deber hacerse independientemente de sustancias txicas, parasiticidas rodenticidas y otros agentes de prevencin y exterminio, as como impedir que se halle en contacto con alimentos alterados, contaminados, adulterados o falsificacin. El t y sus derivados se transportarn y expendern siempre debidamente envasados, embalados y etiquetados, y sern vendidos al pblico en sus envases ntegros. Todos los lugares donde se almacene t y sus derivados, aunque sean provisionales, as como los medios de transporte debern ajustarse a las condiciones establecidas en el captulo VI del Cdigo Alimentario Espaol y disposiciones que lo desarrollan. Las envolturas, envases y embalajes de t y sus derivados podrn ser de cartn, material celulsico, sulfurizado, parafinado, metalizado o plastificado, de celofn, de compuestos macromoleculares, autorizados por tal fin o de cualquier otro material que sea autorizado por la Direccin General correspondiente del Ministerio de Sanidad y Consumo. Artculo 15. Exportacin.Los productos objeto de esta Reglamentacin dedicados a la exportacin se ajustarn a lo que dispongan en esta materia los Ministerios de Economa y Hacienda, y de Agricultura, Pesca y Alimentacin. Cuando estos productos no cumplan lo dispuesto en esta Reglamentacin llevarn, en caracteres bien visibles, impresa la palabra Export y no podrn comercializarse ni consumirse en Espaa salvo autorizacin expresa de los Ministerios competentes, previo informe favorable de la Comisin Interministerial para la Ordenacin Alimentaria y siempre que no afecte a las condiciones de carcter sanitario. TITULO V.-ENVASADO, ETIQUETADO Y ROTULACION Artculo 16. El etiquetado de los envases y la rotulacin de los embalajes debern cumplir lo establecido en el Real Decreto

2058/1982, de 12 de agosto, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentacin y publicidad de los productos alimenticios envasados. Artculo 17. La informacin del etiquetado de los envases de los productos sujetos a esta Reglamentacin constar obligatoriamente de las siguientes especificaciones: 17.1. Denominacin del producto: Ser la definida en el art. 3. de esta Reglamentacin. 17.2. En el caso de los ts aromatizados, se indicar el nombre especfico de los mismos en orden decreciente de sus masas. 17.3. Contenido neto: Expresado en gramos o kilogramos. 17.4. Marcado de fechas: Se ajustar a lo establecido en el art. 10, ap. 10.2, de la norma general de etiquetado, presentacin y publicidad de los productos alimenticios envasados. 17.5. Identificacin del lote de fabricacin. Artculo 18. Identificacin de la Empresa.Se har de acuerdo a lo dispuesto en el art. 13 de la norma general de etiquetado, presentacin y publicidad de los productos alimenticios envasados. Artculo 19. Rotulacin.- Se ajustar a lo dispuesto en el art. 15 de la citada norma general. Artculo 20. Pas de origen.- Los productos contemplados en esta Reglamentacin que sean importados, adems de cumplir en el etiquetado de sus envases y en los rtulos de sus embalajes con las especificaciones de los artculos anteriores, excepto lo referente a la identificacin del lote de fabricacin, debern hacer constar el pas de origen. Artculo 21. Los productos contemplados en esta Reglamentacin que se elaboren con destino exclusivo para su exportacin y no cumplan las disposiciones vigentes para su comercializacin en el mercado interior, debern estar embalados y etiquetados de forma que se identifiquen como tales inequvocamente para evitar su consumo en el mercado nacional.

ENCUESTA REFERENTE A LAS BEBIDAS DE TE HELADO EDAD ___ SEXO___ 1-Consumes algn tipo de T? Si__ No__ 2-Qu marca de T consumes? Jaztea___ Arizona___ Nestea___ 3-Por qu la consumes? Sabor___ Precio___ Cantidad___ Por ser saludable___ Otro___

4-Qu opinas de su sabor? Bueno___ Regular___ Malo___ 5-Qu le parece el precio? Accesible___ No accesible___ 6-Qu opinas sobre la calidad del producto? Bueno___ Regular___ Malo___ 7-Cada cuanto consume T? Uno o mas al da___ Uno a la semana_____ Uno al mes____ 8-Qu opina de la higiene del T que consume? Muy buena___ Buena ___ regular___ mala___ 9-En donde adquieres el te que consumes? En tu tienda___ OXXO___ Cafetera___ Supermercados___ Otros___

Resumen Ejecutivo 1.-Porcentaje de los jvenes estudiantes que consumen el T Helado El 100% de los encuestados opinaron que Si consumen te 2.-Que tipo de marca es la ms comn o preferida entre los jvenes estudiantes: El 84% de los encuestados consumen el T Jaztea El 14% consume T Arizona El 2% consume T Nestea 3.-Por que consumen el T Jaztea: 84% Lo consumen por su sabor 10% Por el precio 4% Por la cantidad o tamao que ofrece 2% Por otra razn 4.-Que opinan del sabor del T Jaztea: El 88% consideran que el sabor es bueno El 12% considera el sabor regular 5.-EL precio que pagan por adquirir el T es accesible a su solvencia: El 100% de los encuestados estuvo de acuerdo con el precio que pagan por el producto. 6.-Que opinan de la calidad que ofrece Jaztea en su T helado: El 78% califica a la calidad como buena El 22% considera la calidad regular 7.-Medir el consumo que tiene los jvenes hacia el T Jaztea: El 60% informa que consumen el T una o ms veces al da. El 24% informa que consume el T una vez por mes. 8.- Consideran buena la Presentacin del T Jaztea: El 50% la considera Buena

El 40% La considera Muy Buena El 10% la considera Regular 9.-Investigar cuales son los lugares done se adquieren comnmente el T Jaztea: El 40% lo compra en las tiendas OXXO El 21% lo compran en la tienda ms cercana El 23% lo compra en la cafetera de la escuela El 11% lo compran en el supermercado El 5% en otros establecimientos

Conclusin En cuanto a una investigacin de mercado realizada en base al producto Jaztea, podemos observar muchos aspectos tanto positivos como negativos. Este producto de origen sinaloense ah acaparado un gran mercado en la mayora de las tiendas de autoservicio del estado las podemos encontrar en diversas presentaciones tanto personales como familiares, y por supuesto sin dejar de mencionar, su accesible precio. La distribucin de este producto a avanzado de una manera impresionante, pues no solo se conformo con el estado de Sinaloa, sino tambin hace un tiempo se empez a distribuir en las ciudades de Guadalajara, Monterrey, y Hermosillo. Debido a su gran sabor es

muy solicitado y los resultados de los consumidores han sido excelentes, pero del mismo modo, los consumidores han hecho sugerencias y dado opiniones en cuanto a que no cuidan mucho la calidad de higiene del producto, lo cual es algo primordial, puesto que es un factor importante que as como puede ayudar, puede afectar para el consumo de este producto. Otro factor que es igual de importante es la publicidad, sabemos que este es un punto clave para llevar a cabo el xito de algn producto o servicio. En cuanto al anlisis mucha gente opina que deberan de darle mas publicidad al te, pues este es anunciado por medio del radio, y de solo algunas revistas, que deberan de hacer una campaa de publicidad mucho mas extensa y con alarde. As como de una mayor distribucin por todo el pas. Aun as con todo estos aspectos, este producto sigue teniendo un xito increble. Ahora, si toman en cuenta las propuestas de la gente, seria mucho ms exitoso.

TABULACIONES