trabajo terminado empresa publica (1)

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INTRODUCCIÓN La participación del Estado en las áreas del comercio y la industria es un fenómeno que se ha venido observando y estudiando desde diversas perspectivas y se originan desde finales del Siglo XIX, las cuales han evolucionado debido a las transformaciones en las concepciones políticas, económicas, sociales y culturales que se han producido en los últimos años. Las empresas públicas han surgido considerablemente en estos últimos años debido al papel que el estado toma.se inició como un papel vigilante y ahora pasa a gestor-promotor del desarrollo económico y social. Esto es particularmente cierto en el caso de los países en desarrollo, en las que el estado debe responsabilizarse de algunas inversiones básicas o de un monto considerable para impulsar, en gran escala, al financiamiento, la siderúrgica, la electrificación, las comunicaciones y otras obras de infraestructura, a la vez que tiene que encargarse de la prestación de servicios de bienestar social para cumplir con las demandas de una población .Dicha intervención tiene como fin, por ello, acelerar el crecimiento de la capacidad productiva y ejercer una acción correctiva sobre los factores que determinan la desigual distribución de la riqueza y del ingreso. Toda organización bien sea pública como privada tiene como objetivo fundamental obtener el mayor rendimiento de sus operaciones con un uso adecuado de sus recursos disponibles, por lo cual es indispensable el establecimiento de controles y evaluaciones de sus procedimientos a fin de determinar la situación real de la empresa, en función de plantear una efectiva toma de decisiones.

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Empresas publicas y mixtas

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INTRODUCCINLa participacin del Estado en las reas del comercio y la industria es un fenmeno que se ha venido observando y estudiando desde diversas perspectivas y se originan desde finales del Siglo XIX, las cuales han evolucionado debido a las transformaciones en las concepciones polticas, econmicas, sociales y culturales que se han producido en los ltimos aos.Las empresas pblicas han surgido considerablemente en estos ltimos aos debido al papel que el estado toma.se inici como un papel vigilante y ahora pasa a gestor-promotor del desarrollo econmico y social.Esto es particularmente cierto en el caso de los pases en desarrollo, en las que el estado debe responsabilizarse de algunas inversiones bsicas o de un monto considerable para impulsar, en gran escala, al financiamiento, la siderrgica, la electrificacin, las comunicaciones y otras obras de infraestructura, a la vez que tiene que encargarse de la prestacin de servicios de bienestar social para cumplir con las demandas de una poblacin .Dicha intervencin tiene como fin, por ello, acelerar el crecimiento de la capacidad productiva y ejercer una accin correctiva sobre los factores que determinan la desigual distribucin de la riqueza y del ingreso. Todaorganizacinbien sea pblica como privada tiene comoobjetivofundamental obtener el mayor rendimiento de susoperacionescon un uso adecuado de susrecursosdisponibles, por lo cual es indispensable el establecimiento de controles y evaluaciones de susprocedimientosa fin de determinar la situacin real de laempresa, enfuncinde plantear una efectiva toma de decisiones.Debido al dinamismo que rodea elambienteadministrativo y las exigencias de un mundo cambiante, las empresas o entes pblicos deben incorporar nuevasherramientasadministrativas que le permitan hacer uso efectivo de los recursos propios o asignados. Todo esto en virtud de hacer ms eficaz y eficiente elproceso administrativoen cualquiera de sus fases.Para eldesarrollode la presente investigacin de documentacin se utiliz, y se sustent confuentesbibliogrficas einformacindeInternet.

Empresa Pblica y Empresa Mixta

Empresa Pblica

La empresa pblica es una organizacin econmica que se forma con la aportacin de capitales pblicos o estatales debido a la necesidad de intervencin del Estado en la economa, con el objeto de cubrir actividades o reas en las cuales los particulares no estn interesados en participar porque no se obtienen ganancias. El Estado crea empresas con el fin de satisfacer necesidades sociales e impulsar el desarrollo socioeconmico. Algunas caractersticas de estas empresas son:1.El Estado invierte capital con el fin de satisfacer necesidades sociales.

2.La finalidad de las empresas no es obtener ganancias sino satisfacer necesidades sociales, aunque no deben perder de vista el principio de racionalidad econmica.

3.Muchas de estas empresas no tienen competencia por lo cual forman verdaderos monopolios.

4.Se ubican principalmente en el sector servicios, especialmente en la infraestructura econmica.

5.El Estado toma las decisiones econmicas volvindose un autntico empresario.

6.Estas empresas contratan obreros asalariados a quienes se les pagan salarios.

Empresas MixtasLas empresas mixtas son aquellas que se forman con la fusin de capital pblico y privado, la forma de asociacin puede ser muy diversa, en algunos casos el capital pblico puede ser mayoritario, en otros es el capital privado el mayoritario, asimismo, la proporcin en que se combinen los capitales puede ser muy diversa.Estas clasificaciones de empresas que se han explicado son las ms importantes aunque existen algunas otras entre las que destacan:-De acuerdo con la actividad econmica que realicen: industriales, agrcolas, ganaderas, pesqueras, manufactureras, mineras, bancarias, comerciales, educativas, etc.

-De acuerdo con la competencia que enfrenten pueden ser: competitivas, oligopolsticas o monopolios.

-Si se dedican a la produccin o a la distribucin pueden ser: productivas, manufactureras, comerciales con venta al detalle y mayorista o distribuidoras.

-De acuerdo con su organizacin y administracin: puede ser individual si tiene un solo propietario o colectiva si tiene varios.

-De acuerdo con el tipo de bienes que producen:a)Productoras de bienes de consumo no duradero

b)Productoras de bienes de consumo duradero

c)Productoras de materias primas

d)Productoras de bienes de capital o de produccin

e)De servicios

Empresas PblicasSe entiende porempresa pblica,empresa estatalosociedad estatala toda aquella que es propiedad delEstado, sea ste nacional, municipal o de cualquier otro estrato administrativo, ya sea de un modo total o parcial.Sin embargo, laUnin Europeadefine a una empresa pblica como cualquier empresa en la que los poderes pblicos puedan ejercer, directa o indirectamente, una influencia dominante en razn de la propiedad, de la participacin financiera o de las normas que las rigen. Este concepto no se debe confundir con la "Public Company" de algunos pases de habla inglesa.En el caso de propiedad parcial, el criterio para determinar si una empresa debe o no ser considerada pblica no es tanto el porcentaje de acciones en poder del sector privado como el control efectivo que el Estado tenga sobre el proceso de toma de decisiones en la empresa. El elemento crucial en la empresa pblica es la capacidad del Estado para ejercer presin poltica directa en la compaa. El accionista mayoritario es el Estado, con unos objetivos que pueden ser muy diversos y, lo que es ms, cambiantes con el proceso poltico.Estas empresas son creadas por elgobiernopara prestarserviciospblicos. Son aquellas entidades que pertenecen alEstado y tienenpersonalidadjurdica,patrimonioy rgimen jurdico propio. Se crean mediante un decreto del Ejecutivo, para la realizacin de actividades mercantiles, industriales y cualquier otra actividad conforme a su denominacin y forma jurdica.Tienen tambin la consideracin de empresas pblicas las sociedades mercantiles con mayora de capital privado cuya direccin y control es responsabilidad de los poderes pblicos que tienen la facultad legal de nombrar la mayora de los miembros de su Consejo de Administracin Por razones de inters general o bienestar social, la creacin de empresas pblicas en los diferentes pases ha respondido a motivaciones diversas: provisin de bienes y servicios bsicos para la sociedad, reforzar o suplir la falta de iniciativa privada en determinados sectores productivos, frenar la entrada de capital extranjero, desarrollar actividades capital-intensivas de elevado contenido tecnolgico, resolver problemas a corto plazo no susceptibles de ser resueltos de otro modo, motivaciones ideolgicas, etc.En la empresa pblica se entremezclan dos preocupaciones fundamentales:La consecucin de los objetivos o propsitos pblicos para los que fue creada.El logro de unos objetivos financieros o de mercado, como correspondera a cualquier empresa privada, y que precisamente por ello a la empresa pblica se le dota generalmente de la forma jurdica mercantil.La obtencin del mximo beneficio o lucro no es, ni nunca lo ha sido, el principal objetivo de la empresa pblica. Los fines u objetivos de la empresa pblica se identifican con los del sector pblico: eficiencia asignativa, estabilidad y pleno empleo, crecimiento econmico y redistribucin de la renta. La administracin de la empresa pblica no debe desligarse nunca, sin embargo, del principio del mximo beneficio o lucro, dual del principio de economicidad, que no significa sino la consecucin de unos determinados objetivos con el menor sacrificio o coste y que es consustancial con todo quehacer econmico-empresarial. En la empresa pblica el objetivo del mximo beneficio es un objetivo intermedio, supeditado siempre a la consecucin de objetivos superiores.Junto a las restricciones que en un orden econmico de mercado configuran la actuacin de cualquier tipo de empresa, en el caso de la pblica hay que aadir las restricciones que se derivan de la intervencin pblica en defensa del inters general. Como la empresa pblica se halla sometida a un mayor nmero de restricciones, para un mismo nivel o grado de eficiencia el valor de su ptimo econmico (mximo beneficio, por ejemplo) ser siempre inferior al de la privada, salvo que la correspondiente empresa pblica perciba subvenciones o auxilios de naturaleza similar. De ah que la eficiencia de la empresa pblica no se pueda medir con criterios de mercado exclusivamente.

La relacin Estado empresa en el Per El anlisis de la relacin Estado - empresa se da, dentro de la discusin sobre el Rol del Estado, es decir sobre qu debe hacer el Estado. Debe intervenir activamente en la economa mediante la produccin de bienes y la prestacin de servicios o debe ser slo un ente planificador, promotor y regulador dejando las dems actividades econmicas al sector privado, es decir a las empresas. Y si el Estado interviene en la economa, cmo debe hacerlo y cules son sus lmites. El rol del Estado en la economa depende del enfoque que se utilice, as segn el enfoque keynesiano, el sistema capitalista es inestable por los ciclos econmicos y que tiende a producir por debajo del pleno empleo generando ineficiencias, por lo que el Estado debe intervenir mediante polticas fiscales para lograr y mantener el pleno empleo y un crecimiento econmico constante. Mientras que para el enfoque neoclsico, el sistema capitalista tiende a una situacin de estabilidad donde los recursos se asignan eficientemente en una situacin de mercado de competencia perfecta. Por lo que una activa intervencin del Estado en la economa puede generar distorsiones en el buen funcionamiento del mercado. En ese sentido el Estado debe tener una mnima participacin en la economa. Sin embargo, los mercados no son de competencia perfecta, existen monopolios, hay fallas de mercado por lo que es necesario que haya regulaciones. Entonces, el Estado debe intervenir para corregir estas fallas o distorsiones del mercado que impiden que la economa opere eficientemente, dentro de estas fallas de mercado tenemos: Las externalidades que son los efectos que genera un agente econmico sobre otros y que puede ser positivo o negativo (externalidad positiva o negativa). As, si una mina contamina el agua que es utilizada por los agricultores (externalidad negativa) ocasiona costos a los agricultores y si la empresa minera no asume tales costos, entonces su nivel de produccin no va corresponder a la situacin socialmente ptima. Esta falla del mercado se puede corregir, por ejemplo, mediante la aplicacin de un impuesto a la empresa minera. En el caso de una externalidad positiva, como por ejemplo la salud o la educacin, se aplicarn polticas de subsidios para lograr mayor eficiencia. El monopolio, genera ineficiencias que pueden ser corregidas por el Estado mediante una poltica de regulacin. Los bienes pblicos, como defensa, seguridad interna, sistema judicial, prevencin de salud, etc. no se pueden cobrar a los ciudadanos y no pueden ser brindados por el sector privado, por lo que el Estado se encarga de estos bienes, para lograr eficiencia en la economa, pues el sector privado no sera eficiente. Actualmente, el enfoque neo institucional, liderados por North, plantea crear instituciones que no slo regulen sino tambin normen y ejecuten reglas para que la economa alcance mayores niveles de eficiencia y equidad, como, por ejemplo, el derecho de propiedad y los costos de transaccin. Si los derechos de propiedad no estn bien definidos entonces stos no podrn transarse lo que originara ineficiencias en la economa, esto requiere de instituciones que registre, defiendan y protejan la propiedad.Los costos de transaccin, por mantener o transferir los derechos de propiedad relacionados con la existencia de informacin y el respeto a los contratos. A menores costos de transaccin se generar mayores niveles de intercambio de derechos y mejora la eficiencia econmica. Un sistema de informacin asimtrica e imperfecta eleva los costos de transaccin. Como vemos, la necesidad de aplicar polticas impositivas, de subsidios y regulaciones nos muestra que el Estado puede intervenir activamente en la economa con el objeto de lograr eficiencia en la asignacin de recursos. Sin embargo, debemos evitar que la medicina sea peor que la enfermedad, es decir evitar la regulacin excesiva y burocrtica que dificulta la formalizacin, las inversiones y el desarrollo normal de las empresas. Finalmente, es importante sealar que el Estado no slo debe intervenir en la economa para corregir las fallas del mercado, ni slo para crecer y distribuir, sino principalmente, como lo seala Henry Pease, para cambiar la economa, pues en el Per la opcin no es crecer para distribuir, sino cambiar a fondo: comprender nuestra diversidad geogrfica y cultural, y una economa tan desarticulada con tan dismil productividad , el pas se realiza a partir de su diversidad y vinculando la produccin a la organizacin de las mayoras ms pobres o seguir incomprendido, desarrollando un proceso de descomposicin social que se expresa en todas las formas de violencia que diariamente nos golpean por eso mismo, no hay propuesta econmica vlida que no parta de una democratizacin real de las decisiones

Historia de la empresa pblica en el PerUna breve historia: el vaivn de las relaciones entre Estado y empresa Veamos, brevemente, cmo ha sido la relacin Estado empresa a partir del gobierno de las Fuerzas Armadas presidido por el General Juan Velasco Alvarado hasta el actualLas dos fases del gobierno militar (1968 1980) El gobierno de Velasco transform el llamado orden oligrquico y emprendi un conjunto de reformas y polticas gubernativas que alteraron la conformacin del poder y en consecuencia la poltica del Estado Sin embargo, agrega, el conjunto de reformas aplicadas desde 1968 no han alterado las caractersticas fundamentales de la economa peruana: su carcter capitalista, la presencia de sectores productivos retrasados y slo parcialmente incorporados al mercado y la dependencia del capital extranjero. Tampoco cambi la estructura productiva exportadora de materias primas y con una industria dependiente de insumos y de bienes de capital importado- establecida en funcin de las necesidades de un reducido sector de la poblacin incapaz de proporcionar el empleo y los bienes necesarios para la economa. El gobierno implementa una poltica de industrializacin basada en la sustitucin de importaciones, para lo cual otorg a los empresarios un rgimen promocional sin precedentes que les permiti obtener beneficios de corto y mediano plazo anormalmente elevados. Se incentivaba as a la burguesa, al mismo tiempo que se le enfrentaba polticamente con reformas la comunidad laboral, el poder empresarial y supervisor del Estado, la ley de estabilidad laboral- que afectaban sus ganancias y su concepcin liberal del proyecto poltico La poltica contradictoria dada en este caso brind a los empresarios no slo la oportunidad de resistir a las reformas, sino que tambin de realizar elevadas utilidades en el corto plazo. El proyecto reformista de Velasco, nacionalista y antioligrquico, fuertemente dependiente del exterior, con poca inversin privada y fortalecimiento de la inversin pblica lleg a su lmite en 1975 por lo que tuvo que aplicarse un paquete econmico para reducir el dficit fiscal eliminando subsidios y equilibrar la balanza de pagos reduciendo el consumo. A partir de entonces, seala Henry Pease, hay un viraje con Morales Bermdez y se crea el espacio adecuado para que los representantes de la burguesa nativa retomen el poder.En esta breve mirada al pasado, solamente nos vamos a referir a las relaciones entre Estado y empresa PEASE, Henry Los caminos del poder. Tres aos de crisis en la escena poltica, DESCO, Lima, 1979, iniciativa y junto con los militares pragmticos se encarguen del desmantelamiento de las reformas. Este viraje se dio hasta configurar la imagen de otro gobierno que administra la crisis en funcin a las demandas de la burguesa local, cargando el costo en los hombros del pueblo. Esto origin un reagrupamiento de las fuerzas sociales y el inicio de la lucha que obliga a plantear el cronograma para entregar el poder en 1980 mediante una salida gradual con el apoyo del sector empresarial.

El Segundo Belaundismo: democracia y neoliberalismo (1980-1985) Belande llega al poder con el apoyo de una burguesa local vinculada a las transnacionales cuya tecnocracia influye haciendo posible que los empresarios encuentren un mayor espacio para el juego de sus intereses ms de largo plazo. Al respecto, Durand aade que, Belande articul una alianza entre el sector empresarial, bsicamente exportadores e industriales no afectados por la apertura de las importaciones, con el soporte externo de la banca extranjera y los organismos financieros internacionales.Al respecto, Pease seala que con Belande llegan al gobierno hombres vinculados a las transnacionales que en articulacin con la burguesa local pueden manejar a su antojo la economa peruana Belande gobern dentro del marco de la nueva Constitucin de 1979, que sobre el rgimen econmico, Pease dice que consagra en esencia, aunque sin rigidez, un capitalismo liberal clsico que defiende la primaca de la propiedad () plantea el pluralismo empresarial y la libertad de comercio e industria dentro de una economa social de mercado. En resumen, agrega, la carta consagr la aspiracin esencial de la burguesa que slo entiende una libertad que prima sobre el resto, la libertad de empresa, la iniciativa privadaEl proyecto neoliberal de Belande fracas rotundamente, pues a finales de su gobierno tenamos una inflacin galopante, una industria casi destruida, desempleo y subempleo creciente, pauperizacin de las mayoras, endeudamiento externo por la liberalizacin de importaciones, destruccin de empresas pblicas. Los empresarios locales y los inversionistas extranjeros no respondieron a las facilidades que les dio el gobierno. En este periodo, dice Durand, las relaciones entre gobierno y empresarios fueron poco productivas, rentistas y corruptas.. La aparicin de Sendero Luminoso y la respuesta equivocada del gobierno con polticas represivas y violacin de derechos humanos agrav la situacin. PEASE, Henry El segundo Belaundismo en el nuevo rgimen poltico peruano, Informe de Investigacin, DESCO, Mimeo, 1986. El populismo aprista (1985-1990) Alan Garca lleg al poder prometiendo una revolucin antiimperialista, democrtica y popular13, sin embargo, no inici un proceso de reformas para ejecutar dicha revolucin en el aspecto econmico, poltico y social. Por el contrario, adopta medidas efectistas en alianza con el capital monoplico que algunos llaman burguesa asociada y que se ha graficado en los doce apstoles en referencia a los principales grupos econmicos que apoyaron a Garca. Por su parte Durand, agrega que el gobierno de Alan Garca hace una alianza con los empresarios en un contexto de rechazo a la opcin neoliberal y de apoyo a la reactivacin econmica de tono populista Ya que al romper con los organismos financieros internacionales la opcin era apostar por el capital nacional, la inversin sera de los empresarios nacionales. Esta relacin se da a travs de la vinculacin del mismo Presidente con los grupos de poder econmico y sus lderes empresariales. El soporte de los grupos de poder a travs de sus gremios es claro, la CONFIEP busca un dilogo permanente, tambin lo apoyan los segmentos menores del empresariado como la Asociacin de Pequeos Industriales, pescadores, etc. Despus de la reactivacin de corto plazo, entre 1985 y 1987, con medidas populistas quiere iniciar un proceso de industrializacin de largo plazo, pero la relacin con los empresarios es precaria debido a las diferencias ideolgicas, hay desconfianza mutua y se niegan a invertir. Esta situacin, lleva a Garca a tomar la decisin de estatizar el sistema financiero lo que origina un fuerte enfrentamiento con los empresarios que agudiz la recesin, la violencia poltica y llega el caos. Sin embargo, segn Durand, la frustrada estatizacin de los bancos fortalece a los empresarios, acaba con la opcin populista y logra abrir un espacio para la derecha expresada en el Movimiento Libertad. Siguen aos de grave crisis econmica y violencia, gran corrupcin y desgobierno que deja como herencia al prximo presidente.

Fujimori: el pacto neoliberal autoritario (1990-2000) La opcin democrtica neoliberal que represent Mario Vargas Llosa fue derrotada por Fujimori, quien debido a la grave crisis econmica, social y poltica que hered de Garca, opta por un gobierno neoliberal autoritario. PEASE, Henry Democracia y precariedad bajo el populismo aprista, DESCO, Lima, 1988. Segn Durand16, Fujimori forma una alianza con los poderes fcticos: los militares, los empresarios y las fuerzas externas (los gobiernos de USA y Japn y los organismos financieros internacionales) creando una mesa con tres patas para poder gobernar ya que no tena mayora en el Congreso. Aqu coincide con Pease, quien seala que el gobierno de Fujimori se estructura sobre la base de tres crculos concntricos: la cpula militar y policial, el sector empresarial y los organismos multilaterales junto con los pases que presionan en esa direccin.Sobre los empresarios, Pease seala los empresarios vieron en Fujimori algo elemental para subsistir: una alternativa viable. La viabilidad se la daba su decisin de actuar dentro del consenso de Washington () los doce apstoles de los tiempos de Garca se acercaron al Poder. Jorge Camet, ex Presidente de CONFIEP que desde Velasco cay siempre parado fue aqu una figura emblemtica. Pero hay muchos ms, mineros, banqueros, dirigentes gremiales, no importa la procedencia, solo el tamao propio. Se aliaron y articularon; dicen que no son polticos pero vaya si fueron polticamente claves. Fujimori y Montesinos contaron con este apoyo y articularon con los empresarios ms influyentes sus polticas centrales El acercamiento con los empresarios se da desde el inicio de su gobierno a travs de la CONFIEP, empresarios y gobierno entienden, entonces, que deben caminar unidos y no separados. Su relacin con los empresarios se fortalece cuando los incorpora a sus giras, participa en eventos empresariales y nombra a empresarios como ministros. Para Durand, las relaciones entre gobierno y empresarios durante el gobierno de Fujimori son estables y fluidas. Incluso, cuando Fujimori decide postular a una segunda reeleccin, los empresarios lo apoyan porque quieren la continuidad de las obras realizadas durante su gobierno: control de la inflacin, la pacificacin del pas, la paz con el Ecuador, etc. obras que, obviamente, eran magnificadas con propsitos electorales. Ya antes, como lo seala Pease, ya haban estado junto a Fujimori el 5 de abril de 1992. Esta relacin no fue positiva para el pas. Finalmente, como lo seala Durand, el gobierno de Fujimori se convierte en una cleptocracia donde algunos empresarios pasan a formar parte de crculos de poder organizados como mafias para ganar rentas e ingresos ilcitos a gran escala.Cleptocracia: Es el establecimiento y desarrollo del poder basado en el robo de capital, institucionalizando la corrupcin y sus derivados como el nepotismo, el clientelismo poltico, el peculado, de forma que estas acciones delictivas quedan impunes, debido a que todos los sectores del poder estn corrompidos, desde la justicia, funcionarios de la ley y todo el sistema poltico y econmico. Es un trmino de reciente acuacin, y se suele usar despectivamente para decir que un gobierno es corrupto y ladrn. La corrupcin generalizada, el autoritarismo, el desprecio por la democracia, acabaron con el gobierno de Fujimori. En las privatizaciones, exoneraciones, compra de papeles de la deuda, rescates bancarios, compra de medios de comunicacin, etc. participaron algunos empresarios que an tienen una deuda que saldar con el pas. Despus de todo esto, y como siempre, los empresarios giran nuevamente hacia una opcin neoliberal democrtica, que est por venir.Paniagua: una transicin positiva (Nov. 2000- Jul. 2001)Valentn Paniagua asume la presidencia en un momento dramtico de la historia del pas, pues hay que reconstruir las instituciones que Fujimori y Montesinos han dejado en escombros. Como era un gobierno de transicin no tena la fuerza para emprender grandes reformas por lo que su objetivo, en el aspecto econmico, fue mantener la estabilidad macroeconmica y as generar confianza en los inversionistas. Durante su corto gobierno, noviembre 2000- julio 2001, busca consensos y ejerce un liderazgo moral muy fuerte y fortalece la democracia con un irrestricto respeto a la ley. Es un gobierno que no tiene ningn compromiso con empresarios y acta de manera honesta y transparente. En este perodo los empresarios buscan normalizar sus relaciones con el Estado mientras esperan acercarse al prximo ganador.

Toledo: el populismo neoliberal (2001-2006) En el aspecto econmico, el gobierno de Alejandro Toledo logr mantener la estabilidad macroeconmica, baja inflacin, aumento de las exportaciones, aumento de las reservas internacionales, etc. Sin embargo, no hizo las grandes reformas para beneficiar a los ms pobres del crecimiento econmico, lo que gener un gran descontento popular. Toledo se rode de algunos empresarios amigos pero cont con el respaldo tcito del sector empresarial debido a que mantuvo los lineamientos econmicos del gobierno de Fujimori. Sin embargo no cont con el respaldo de la poblacin porque el chorreo del crecimiento no les llegaba. Nuevamente Garca: entre el amor y el odio (2006-2011) Debido a su desastroso primer gobierno (1985-1990) Alan Garca fue elegido como el mal menor y, por lo mismo, la poblacin esperaba poco de l. Sin embargo, en el aspecto macroeconmico ha logrado mantener los indicadores en positivo. No obstante, el crecimiento econmico de los ltimos aos, an tenemos un pas fracturado, con altos niveles de pobreza y exclusin social, con un alto descontento popular y alta conflictividad social. La relacin entre el gobierno de Garca y los empresarios es un poco tormentosa, se mueve entre el amor y el odio, un da se rene con ellos en la CONFIEP y critica a los perros del hortelano, trabajadores o nativos, pero al da siguiente est inaugurando una obra pblica y critica a los empresarios porque no quieren invertir ms, porque son pesimistas, llama la atencin a sus amigos Romero, Brescia o Benavides para que inviertan ms. Pero Garca, adems, enva cartas personales a los empresarios espaoles para "la vuelta del Coln de las inversiones, a empresarios chilenos, etc. y recibe a empresarios nacionales y extranjeros en Palacio de Gobierno, queriendo demostrar con ello, que realmente quiere que este sector participe en el desarrollo del pas. Entrando ya a su penltimo ao de gobierno, ya no podemos esperar la tan ansiada reforma del Estado, la reforma tributaria, la inclusin social, la democratizacin, el reparto ms equitativo de la riqueza, entre otros temas ms. Para ello se requiere voluntad poltica y respaldo ciudadano, cosas que Garca ya no tiene. Caractersticas de las Empresas Pblicas:

Conformacin:Se integran por el conjunto de organismos que hacen parte del Estado y que configuran la Ramas delPoderPblico, y podran estar dirigidas o compuesta por o desde La Presidencia de la Republica,Ministerios, Superintendencias, Institutos Pblicos, Gobernaciones, Alcaldas, entes Parroquiales, y cualquier otra dedicada a la prestacin de servicios pblicos.

Rgimen Legal:Los actos de las Empresas Publicas se rigen porleyesde funcin pblica. Todos sus actos son reglamentados por laLeyy estn encaminados a la prestacin de servicios deintersgeneral para lasociedad.

Medicinde Resultados:Los resultados de la Empresas pblicas no se miden en trminos de utilidades o ganancias que se reparten en beneficio de particulares si no por el grado deeficienciadelservicioque se le lleva a lacomunidad:Educacin,Salud,Seguridad,Comunicacin, Trasporte, Energa, entre otras.

Relacin entreInversiny resultados:En las empresas Pblicas no existe una exacta relacin entre inversin y utilidades. Elcostode la inversin debe reportar cierto grado de satisfaccin o bienestar de la sociedad o pueblo.

Mercadoyprecio:Enla Empresa Pblica no hay mercado conprecioseconmicamente planificados que deban aumentarse o disminuirse segncostosde operacin. El objetiva es el buen servicio aun con altos costos si fuere necesario.

Control:Las Empresas Publicas estn sometidas al control al controlfiscaly social que, en nombre de la sociedad en general, ejercen ciertos rganos creados para este fin, como Las Contraloras, Las Procuraduras. El control fiscal verifica que los fondos pblicos sean gastados de acuerdo con la Ley y la eficiencia administrativa. Las Procuraduras velan por el buendesempeode los funcionarios pblicos.

RgimenLaboralPblicos:Los empleados de las Empresas Publicas se rigen pornormasde la Ley del Estatuto de la Funcin Pblica. Su vinculacin se hace por nombramiento y la aceptacin de unempleotiene las caractersticas decontratode adhesin.

Duracin:Las Empresas Publicas no podrn suspender susfuncionespor voluntad de las personas que estn a su cargo. Los rganos de laadministraciny los servicio que se han establecidos deben continuar mientras la Ley no autorice la suspensin o supresin de ellos.

Tipos de empresas pblicasPodemos clasificar las empresas pblicas adoptando diversos criterios. Para facilitar el anlisis utilizaremos el criterio segn su finalidad. Destacamos empresas pblicas de no mercado y empresas pblicas de mercado.1-Empresas pblicas de no mercadoSon aquellas empresas que operan en rgimen de monopolio, es decir, no compiten con la iniciativa privada. La principal razn por la que aparecen es para corregir deficiencias en el mercado o por el valor estratgico de las actividades, empresas a las que no se puede aplicar el principio de exclusin (no son proporcionados por la iniciativa privada y hay que proveerlos) o monopolios naturales (representan aquellas situaciones particulares en las que un determinado bien o servicio puede ser proporcionado de manera eficiente por una sola empresa). 2-Empresas pblicas de mercadoSon aquellas empresas que compiten de forma directa con la empresa privada. Su nacimiento se debe a diversas razones como estimular la iniciativa privada, procurar el desarrollo de algunas reas geogrficas, limitar las entradas de empresas extranjeras, promover actividades de alto nivel tecnolgico o intensivas en capital, regular precios y evitar sobre todo actividades monopolsticas tan perjudiciales para los ciudadanos. En el caso de las empresas de mercado el objetivo del beneficio no podr ser perdido de vista por ser necesario para la supervivencia de la propia empresa. La empresa pblica deber atender tanto a las restricciones impuestas por el mercado en que opera como a las impuestas por el inters pblico (el contexto de la empresa pblica es ms restrictivo que el de la empresa privada, por lo que es normal que obtenga beneficios inferiores a los de la segunda). Una empresa pblica puede ser eficaz aunque obtenga prdidas, siempre y cuando minimice las prdidas en que se incurre al alcanzar los objetivos de ndole superior que le son impuestos.

Objetivos de la empresa pblica La empresa pblica precisa conocer claramente cules son los objetivos de ndole social que se esperan lograr mediante su actuacin, qu contra-prestacin social va a recibir por atender a esa finalidad y qu indicadores van a ser utilizados por la sociedad para medir los logros que se debe realizar.Los cuatro objetivos bsicos que deben alcanzar las acciones de la empresa pblica son: Efectos sobre ladistribucin de la renta. Efectosmacroeconmicos. Eficienciaeconmica. Rentabilidad.

Rentabilidad A diferencia de laempresa privada, en la que el objetivo es la maximizacin delbeneficio, en la empresa pblica en principio no tiene una especial consideracin. No obstante, el cambio que se viene experimentando en esta materia es notable. A diferencia del criterio estricto del beneficio, en el caso de la empresa pblica resulta ms apropiado hablar de excedente comercial bruto para estimular la eficiencia tecnolgica y directiva. Este concepto abarca los conceptos deintereses,amortizaciny beneficios, permitiendo al Estado conocer qu necesidades financieras presenta cada una de las empresas pblicas. La bsqueda de la rentabilidad por parte de la empresa pblica se contempla tambin como un medio de estimular la eficiencia tecnolgica y de gestin. De esta forma sabemos que si una empresa busca maximizar su beneficio, ello le exige que minimice sus costes para cualquier nivel de output. Sin embargo, el objetivo de la maximizacin del beneficio se ha rechazado explcitamente para las empresas pblicas, puesto que, en general, gozan de poder monopolstico en al menos algunos de los mercados en que se suministran sus productos. Desde un punto de vista financiero y econmico, los fondos que financian la inversin de la empresa pblica provienen de dos fuentes: de sus propias reservas y de las aportaciones que realiza la Hacienda Pblica. Esta, por su parte, obtiene los fondos principalmente de los excedentes brutos comerciales de las empresas pblicas, de los impuestos y de otras fuentes. Por ello, conocida la inversin que tiene que realizar la empresa pblica, cuanto menor sea su excedente, mayor tiene que ser la tributacin y la financiacin externa; es decir, que no tiene tanta trascendencia cmo se divide el excedente entre intereses, amortizacin y beneficio, lo que importa es su cuanta total.

Efectos sobre la distribucin de la renta La empresa pblica suele actuar sobre la renta de losconsumidoresgarantizando un determinado nivel de prestacin del servicio ms elevado o bien aplicando un sistema de precios polticos que posibilita una efectiva distribucin real de renta (verEficiencia distributiva), a no ser que resulte perversa la distribucin de la carga impositiva que facilita la financiacin del dficit en que se incurre. Este modo de actuacin es el que tradicionalmente viene a aplicarse al transporte colectivo. La ordenacin de preferencias en este terreno acostumbra a vencerse a favor de la distribucin y en contra de la rentabilidad, con argumentos que incluyen tambin costes privados y sociales de la congestin. El riesgo ms grave en que se incurre en este caso radica en que si no se especifica muy claramente la cuanta (implcita o explcita) de la subvencin y quin y cmo va a satisfacerla, la cuanta del dficit puede hacerse absolutamente inmanejable, lo que afecta de forma definitiva tambin a la eficiencia tecnolgica y de gestin.

Efectos macroeconmicos Una de las materias que ms preocupan a los Gobiernos es la poltica macroeconmica, y puesto que las decisiones de la empresa pblica pueden incidir en ella, sus efectos macroeconmicos potenciales devienen materia de inters poltico. De nuevo, ciertas variables bajo el control de la empresa pblica pueden contemplarse desde una perspectiva positiva, como instrumentos de poltica macroeconmica. Al formular las polticas macroeconmicas, la atencin se centra en cuatro variables objetivo: nivel dedesempleo, tasa deinflacin, supervit/dficit de labalanza de pagosy tasa de crecimiento del producto nacional potencial. Algunos aspectos de las actividades de las empresas pblicas y, en particular sus polticas de inversin,preciossalarios, parecen afectar los valores de las variables objetivo. Los gastos en inversin pueden, a travs de los efectos multiplicadores habituales, influir en el nivel agregado de la actividad econmica a corto plazo, y a largo plazo ayuda a determinar la tasa de crecimiento del producto potencial. Estos gastos en inversin, en conjuncin con los excedentes comerciales brutos, tambin afectan a las necesidades financieras del Gobierno y, por tanto, a sus necesidades de endeudamiento y tributacin. A resultas de la interpretacin del inters nacional que acabamos de dar, queda claro que para ser completa, una especificacin de objetivos debe encerrar los cuatro aspectos relevantes de las decisiones de la empresa pblica: eficiencia econmica, rentabilidad, efecto sobre la distribucin de la renta e impactos macroeconmicos. Sin embargo, se dan dos problemas importantes a este respecto. El primero de ellos estriba en que existen conflictos entre estos cuatro aspectos, en el sentido de que los intentos para incrementar el nivel de realizacin de uno de ellos puede acarrear efectos adversos, vistos desde la perspectiva de los otros. Por consiguiente, una exposicin satisfactoria de objetivos debe resolver estos conflictos atribuyendo pesos relativos a cada uno de los cuatro. Desde luego, sta es otra forma de decir que debe construirse algn tipo de ordenacin de preferencias, pues slo en las circunstancias ms sencillas posibles (donde slo se persigue un objetivo, digamos el beneficio o el crecimiento) puede existir la toma de decisiones racionales sin ningn conflicto. El segundo problema reside en que la manera en que se ha venido ejerciendo hasta ahora el control sobre la empresa pblica resulta incompatible con la especificacin de un conjunto de objetivos consistentes, estables y comprensivos.Los conflictos que surgen en estas cuatro acciones sobre los intereses polticos son:1-Eficiencia econmica y distribucin de la renta.- Existen unos cuantos casos en los que la eficiencia se ha sacrificado en inters del incremento o mantenimiento de las rentas de grupos particulares.La persistencia de exceso de mano de obra en algunas empresas pblicas puede contemplarse como una decisin tcita de distribuir renta real a determinados grupos de trabajadores, a expensas de la eficiencia econmica.2-Rentabilidad y distribucin de la renta.- En general, la reduccin de la eficiencia tecnolgica implica la reduccin de beneficios. Tambin pueden darse algunos ejemplos. El suministro de bienes producidos por empresas pblicas a grupos particulares de consumidores a precios que no cubren el coste, aumenta las rentas reales de estos ltimos, pero reduce la rentabilidad de las empresas. En el lmite, la naturaleza de la redistribucin de la renta que entraan estas polticas depende del modo en que se financie la provisin de estos servicios que no cubren costes. Si una empresa debe satisfacer por completo un excedente que le viene fijado como objetivo y no recibe ninguna subvencin gubernamental para compensar la falta de beneficios en aquellas actividades que acomete a un precio por debajo del coste, sus precios rentables sern, en consecuencia, ms elevados. De este modo, la renta real se distribuye de los consumidores de servicios rentables a aquellos que se benefician de servicios suministrados con prdida. Si esta subvencin cruzada existe y alcanza una magnitud importante, debemos suponer que el Ministro la acepta como un medio de redistribucin de renta que es consistente con sus polticas de Gobierno. Por otra parte, las prdidas pueden cubrirse con una dotacin real o implcita de Hacienda, en cuyo caso la renta redistribuida corre a cargo del contribuyente en general (o de aquellos que se habran beneficiado de formas de gasto pblico que tienen que recortarse para financiar esas subvenciones) y a favor de aquellos que se benefician de los servicios prestados por debajo del coste. Una dotacin real es una suma que Hacienda abona a la empresa: la empresa, puede pensarse, acta como un contratista para el Gobierno, suministrando los servicios y presentando dos facturas por los costes en que incurre, una al Gobierno y otra a los consumidores. Una dotacin implcita se hace cuando el Gobierno reduce el objetivo de excedente que esperaba alcanzara la empresa, por la cantidad correspondiente a la prdida que soporta en los servicios prestados por encargo del Gobierno. Queda claro que, en principio, no hay ninguna diferencia en que la subvencin sea real o implcita, en trminos de la contribucin neta que la empresa aporta a Hacienda, dado que los efectos financieros de suministrar los servicios a precios que no cubren costes son exactamente los mismos.3-Eficiencia econmica y rentabilidad.- Aunque las mejoras de la eficiencia tecnolgica y de gestin aumentarn la rentabilidad, todo lo dems constante, de modo que no existe ningn conflicto a este respecto, puede darse un conflicto entre eficiencia asignativa y rentabilidad. Existe, en primer lugar, la cuestin de que las polticas de fijacin de precios e inversin asignativamente eficientes implicarn un excedente particular para la empresa, que puede ser mayor o mejor del considerado deseable. Por el contrario, si se exige a la empresa que obtenga determinado excedente, no habr entonces nada que garantice que los precios y outputs resultantes sean asignativamente eficientes. Particular ejemplo de esto, por otra parte muy discutido en la literatura, lo constituye el caso en donde la fijacin de precios al coste marginal es asignativamente eficiente, y se aplica a una industria sujeta a rendimientos crecientes a escala acarreando, por consiguiente, una prdida.Con todo, puede ocurrir tambin que all donde se juzga que existe una divergencia entre beneficios y costos sociales, por un lado, e ingresos y costes calculados a los precios de mercado, por otro, la optimizacin en trminos de los primeros conduzca a una prdida. Por ejemplo, se arguye que las reducciones de congestin del trfico y del ahorro correspondiente de tiempo, justifican las prdidas en los sistemas de transporte pblico, debido al exceso de los beneficios sociales sobre los costos sociales.

Empresas pblicas del estado peruano

Actualmente, en Per, existen 35empresas estatales(incluyendo aEs Salud), de las cuales 34 estn bajo el mbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), mientras que Petroperest fuera de ella. Estas sin considerar a las empresas de salud y saneamiento que pertenecen a los municipios yGobiernos Regionales.La lista est conformada por 16 empresas del sector elctrico de las actividades de generacin y distribucin, cinco empresas de infraestructura y transporte, cuatro de actividades financieras, tres de hidrocarburos y remediacin, y siete de actividades diversas.Entre las empresas del sector de electricidad tenemos a Adinelsa, Egasa, Egemsa, Egesur, Electro Oriente SA, Electro Puno SA, Electro Sur Este SAA, Electro Ucayali SA, Electrocentro SA, Electronoroeste SA, Electronorte SA, Electroper SA, Electrosur, Hidrandina, San Gabn y Seal.La cartera de empresas financieras est conformada por Agrobanco, Cofide, Fondo Mi Vivienda, Banco de la Nacin y Banco de Materiales. As por el estilo, tenemos 35 empresas pblicas.En todas estas empresas laboran ms de 22,800 personas con una planilla equivalente a S/. 1,506.2 millones.Las empresas bajo el holding estatal (Fonafe) registraron activos por S/. 62,700 millones, mientras que sus patrimonios sumaron los S/. 25,729 millones.El resultado econmico (la diferencia entre los ingresos y los gastos producidos en el perodo de referencia) del grupo de empresas del Fonafe alcanz los S/. 2,778.4 millones al cierre del 2012, superior en 12% a la meta presupuestada.Sin embargo, este incremento est explicado, principalmente, por la menor ejecucin de los gastos de capital (inversin) de las empresas en S/. 408.5 millones.Precisamente, elMEFseala que, durante el 2012, las empresas pblicas del holding estatal invirtieron un 30% menos que en el 2011 al acumular solo S/. 695 millones. Esto a pesar de que el pas carece de mucha infraestructura para mejorar su competitividad.

FONAFE es la entidad encargada de normar y dirigir la actividad empresarial del Estado. Al momento de su creacin. Esta cuenta con un Directorio conformado por seis miembros, todos ellos Ministros de Estado de los siguientes sectores: Economa y Finanzas; Transportes y Comunicaciones; Vivienda, Construccin y Saneamiento; Energa y Minas; el Ministro a cuyo sector est adscrito PROINVERSIN; y, Presidencia del Consejo de Ministros. Entre sus facultades principales, las siguientes:(i) Ejercer la titularidad de las acciones representativas del capital social de todas las empresas (creadas o por crearse) en las que participa el Estado y administrar los recursos provenientes de dicha titularidad.(ii) Aprobar el presupuesto consolidado de las empresas en las que FONAFE tiene participacin mayoritaria, en el marco de las normas presupuestales correspondientes.(iii) Aprobar las normas de gestin en dichas empresas.(iv) Designar a los representantes ante la Junta General de Accionistas de las empresas en las que tiene participacin mayoritaria.

Bajo el mbito de FONAFE se encuentran nicamente las empresas que cuentan con participacin mayoritaria del Estado, sea que dichas empresas se encuentren activas o en proceso de liquidacin.ALFREDOPRADOGARCA [email protected]

Ley de la Actividad Empresarial del Estado

LEY N 24948 (*)

TITULO IDE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO IDE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS

Artculo 1.- La presente ley regula la actividad Empresarial del Estado, en lo relativo a su objetivo mbito, organizacin funcionamiento, rgimen econmico, financiero, rgimen laboral evaluacin y relaciones con los diverso niveles de gobierno y sistemas administrativos.

Artculo 2.- El Estado ejerce la actividad empresarial del Estado guiado por los siguientes principios:

a) Fortalecer el pluralismo econmico.b) Garantizar la racional explotacin de los recursos renovables y no renovables, asegurar el equilibrio ecolgico y preservar el medio ambiente.c) Garantizar una adecuada articulacin sectorial y regional del aparato productivo.d) Propiciar la reconversin del aparato productivo, asimilando y adaptando nuevas tecnologas.e) Regular el abastecimiento interno y neutralizar las prcticas inconvenientes de empresas que ocupan una posicin dominante en el mercado.f) Fortalecer la capacidad de negociacin concentrando capacidades de compra-venta internacionales.g) Promover el ahorro interno y garantizar la asignacin de los recursos financieros en funcin de los planes nacionales de desarrollo.h) Garantizar y promover la prestacin de servicios orientados a mejorar la calidad de vida de la poblacin.i) Fortalecer y afianzar la seguridad nacional.

CAPITULO IIAMBITO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO

Artculo 4.- La Actividad Empresarial del Estado se desarrolla en los siguientes campos:a) En la exploracin, extraccin, transformacin y comercializacin de los recursos naturales estratgicos cuando se requiera de grandes inversiones o de garantizar la racional explotacin o renovacin de los recursos;b) En la produccin de bienes y servicios vinculados directamente a la defensa nacional y otros de gravitacin determinante en actividades econmicas estratgicas para el desarrollo de nivel nacional y regional;c) En la provisin de servicios pblicos y culturales;d) En la comercializacin de alimentos bsicos para el consumo popular, cuando sea necesaria para su regulacin de precios y/o abastecimiento en el mercado.e) En la actividad financiera y de seguros;f) Comercio Exterior de bienes y servicios de gran significacin econmica; yg) Consultora e ingeniera de alta especializacin.

CAPITULO IIIFORMAS EMPRESARIALES EN QUE ACTUA EL ESTADO

Artculo 5.- El Estado acta en el mbito empresarial bajo las siguientes formas:- Empresas de derecho pblico;- Empresas del Estado de derecho privado;- Empresas de economa mixta; y- Accionariado del Estado.

Artculo 6.- Son empresas de Derecho Pblico las que se crean por ley y gozan de atributos propios de la Administracin Pblica.

Artculo 7.- Son empresas de Derecho Privado las constituidas originalmente o reorganizadas como sociedad annima de acuerdo a ley, cuyo capital pertenece totalmente al Estado.

Artculo 8.- Las Empresas de Economa Mixta son personas jurdicas de derecho privado, en las cuales el Estado participa asociado con terceros en los capitales y en la direccin de la sociedad; el Estado tiene directa o indirectamente una participacin accionaria mayoritaria que le garantiza el control de las decisiones de toda ndole en los rganos de gobierno de la sociedad.

Artculo 9.- El Accionariado del Estado est constituido por la participacin minoritaria del Estado en persona jurdica de derecho privado diferentes a las mencionadas en los artculos 7 y 8 de la presente ley. Para que dicho accionariado sea calificado como de "Accionariado del Estado" se requiere que las acciones sean de propiedad directa de un organismo estatal o cualquiera de las Empresas mencionadas en los artculos 6, 7 y 8.

La participacin del Estado bajo esta modalidad no califica a la empresa como "Empresa del Estado" y en consecuencia no est sujeta a lo dispuesto en la presente ley.

TITULO IISISTEMAS DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO

CAPITULO IDEL CONSEJO DE MINISTROS

Artculo 10.- El Consejo de Ministros aprueba el Plan de la Actividad Empresarial del Estado. Define las prelaciones intersectoriales en la asignacin de recursos, as como las transferencias y aportes de recursos del Gobierno Central al Sistema Empresarial del Estado.

Artculo 11.- El Consejo de Ministros conoce, revisa, aprueba o rechaza los informes de evaluacin de la gestin empresarial que efectan CONADE Y CONAFI.

CAPITULO IIDE LOS CONJUNTOS EMPRESARIALES DE LA ACTIVIDAD NO FINANCIERA DEL ESTADO

Artculo 16.- La actividad Empresarial del Estado se desarrolla a travs de Conjuntos Empresariales y de Empresas que no conforman Conjuntos. Los Conjuntos Empresariales son personas jurdicas, de derecho pblico o privado, constituidos para el planeamiento, direccin y evaluacin de las empresas de nivel nacional que realizan actividades econmicas o sociales similares, complementarias o de propsito comn.

Cada Conjunto Empresarial est integrado por una Empresa Matriz con personera jurdica de derecho pblico o privado, y el correspondiente grupo de Empresas, sus filiales y subsidiarias.

Artculo 17.- Para la constitucin y reformulacin de un Conjunto Empresarial, se efectuarn las modificaciones necesarias en la titulacin de las acciones de Propiedad del Estado, estatutos y normas legales de creacin de las empresas que conforman el Conjunto. Estas modificaciones se establece expresamente en las normas pertinentes a las que se refiere el Artculo 20.

Artculo 18.- Los Conjuntos Empresariales tienen los siguientes propsitos:

a) Concertar programas estratgicos de inversin, produccin, productividad, adquisicin y comercializacin a fin de elevar al mximo el beneficio del grupo de empresas;

b) Mejorar el uso integrado o mancomunado de la capacidad gerencial y de los recursos financieros, materiales y tecnolgicos de las empresas del Estado; flexibilizar su utilizacin y rotacin dentro del Conjunto Empresarial;

c) Evitar la duplicacin de esfuerzos entre empresas en el desarrollo de proyectos tecnolgicos y de investigacin y en el desarrollo de procesos productivos y de comercializacin;

d) Desarrollar los mecanismos y sistemas de informacin para el seguimiento y evaluacin del desempeo del grupo de empresas y proponer las reformas necesarias para mejorar la eficiencia operacional del mismo:

e) Integrar poltica y programas de capacitacin y entrenamiento de los cuadros gerenciales y laborales de las empresas.

Artculo 19.- Las Empresas integrantes de los Conjuntos Empresariales, son operativamente autnomas y responsables de la planificacin, ejecucin y evaluacin de sus actividades, en concordancia con lo establecido en los Planes del Conjunto Empresarial.

Artculo 20.- Los Conjuntos Empresariales se conforman progresivamente a propuesta de CONADE.

Su constitucin, reformulacin y estatutos los autoriza el Ministerio de la Presidencia.

TITULO IIICONSTITUCION Y DIRECCION DE LOS CONJUNTOS EMPRESARIALES Y DE LAS EMPRESAS

CAPITULO IDE LA CONSTITUCION, TRANSFERENCIA, FUSION, DISOLUCION Y LIQUIDACION

Artculo 21.- El Ministerio de la Presidencia propone al Consejo de Ministros la constitucin, transferencia, transformacin, fusin, disolucin con liquidacin de las Empresas de nivel nacional, de Derecho Pblico, de Derecho Privado y de Economa Mixta, as como la disposicin de su patrimonio.

El Consejo de Ministros para adoptar la decisin, comprueba las causales que ameritan la medida y la adapta, o formula la proposicin ante el Parlamento, segn el caso, en el plazo perentorio de 15 das.

Artculo 22.- La autorizacin para realizar los actos sealados en el artculo anterior, con excepcin de las empresas de Derecho, Pblico, as como el procedimiento para ejecutarlos se establece por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.

Artculo 23.- La constitucin, transferencia, transformacin, fusin, disolucin con liquidacin de las empresas de Derecho Pblico, slo procede por ley expresa. La modificacin de su capital social, se aprueba por Resolucin Suprema firmada por el Ministro de la Presidencia y el Ministro de Economa y Finanzas.

Artculo 24.- En caso de transferencia o disolucin con liquidacin de Empresas del Estado, se requiere que exista una tasacin, que se refiera al valor comercial de la empresa. Las operaciones sern auditadas por la Contralora General.

Artculo 25.- En caso de transferencia total o parcial de una Empresa del Estado se propender el accionariado difundido. En igualdad de condiciones, los trabajadores tienen derecho preferente pudiendo adoptar la modalidad autogestionaria.

Artculo 26.- La transferencia de acciones de propiedad directa o indirecta del Estado, en empresas de Accionariado del Estado se autoriza por Resolucin del Ministro de la Presidencia.

Artculo 27.- No se aprobar la transformacin a Empresas del Estado de aquellas incursas en causales de quiebra, quebradas, deudoras del Estado, a Empresas del Estado, salvo ley expresa.

CAPITULO IIDE LOS DIRECTORIOS

Artculo 28.- Para integrar el Directorio de un Conjunto Empresarial o de una Empresa del Estado se requiere poseer ttulo profesional o grado acadmico universitario con experiencia gerencial, directiva profesional no menor de 5 aos; o en su defecto, contar con una experiencia gerencial no menor de diez (10) aos en la actividad empresarial, que lo acredite para el ejercicio del cargo. Hasta el 20 por ciento del nmero de directores podr ser exceptuado de esta disposicin.

Estos requisitos no son exigibles a los representantes de los trabajadores.

Artculo 29.- El Directorio de un Conjunto Empresarial est conformado por siete (7) miembros, segn la composicin siguiente:

a) Tres (3) propuestos por CONADE;b) Dos (2) propuestos por el Ministerio vinculado a la actividad empresarial del Conjunto;c) Uno (1) propuesto por el Ministerio de Economa y Finanzas;d) Uno (1) propuesto por el Instituto Nacional de Planificacin.

La responsabilidad de los miembros del Directorio es personal.

Artculo 30.- El mandato del Directorio de un Conjunto Empresarial es de dos (2) aos, renovables. El Presidente del Directorio se nombra entre los propuestos por CONADE por Resolucin Suprema.

Artculo 31.- Los miembros del Directorio de un Conjunto Empresarial ejercen las atribuciones de la Junta General de Accionistas de las Empresas del Estado de derecho privado que conforman conjunto, con las limitaciones y atribuciones que establece la presente ley.

En el caso de las empresas de economa mixta y en las de Accionariado del Estado, la representacin de las acciones la ejerce el Presidente del Directorio de la empresa o del Conjunto Empresarial titular de las acciones o el director a quien delegue, quienes dan cuenta al directorio.

Artculo 32.- El Directorio de las empresas de nivel nacional que no integran conjunto, est conformado por seis (6) miembros que son nombrados por el Ministro de la Presidencia, segn la composicin siguiente:

- Tres (3) propuestos por CONADE;- Dos (2) propuesto por el Ministerio vinculado a la actividad empresarial;- Uno (1) propuesto por el Ministerio de Economa y Finanzas.

El Directorio de la empresa filial es designado por la empresa matriz.

El Presidente del Directorio se nombra entre los representantes de CONADE por Resolucin Suprema.

Artculo 33.- La representacin estatal en las Juntas de Accionistas de las empresas de accionariado del Estado, la ejerce el Presidente del Directorio de la empresa titular de la participacin estatal o el director a quien ste delegue, quien da cuenta al directorio.

Artculo 34.- El Directorio de los Conjuntos Empresariales y de las Empresas del Estado que desarrollan actividades directamente vinculadas a la Defensa Nacional, est conformado por nueve (9) miembros que son nombrados por el Ministro de la Presidencia, segn la composicin siguiente:

- Seis (6) propuestos por el Ministerio de Defensa;- Dos (2) propuestos pro CONADE;- Uno (1) propuesto por el Ministerio de Economa y Finanzas.

El Presidente del Directorio se nombra entre los representantes del Ministerio de Defensa por Resolucin Suprema.

Artculo 35.- En todas las empresas de nivel nacional de Derecho Pblico, de Derecho Privado y de Economa Mixta, participan como Directores los representantes elegidos por los trabajadores, mediante la comunidad laboral. Estos se adicionan a la representacin del Estado sealado en el Artculo 32 de esta ley.

Artculo 37.- Un miembro de Directorio de una Empresa del Estado, cualquiera sea su modalidad, no podr pertenecer a ms de dos Directorios. En el caso de Director de Conjunto Empresarial, no podr pertenecer a ms de un Directorio de Conjunto y se le permite pertenecer adems, a un directorio de empresa de dicho conjunto.

Artculo 40.- Los directores no podrn prestar servicios bajo dependencia laboral en la empresa o Conjunto Empresarial a la que pertenezcan, salvo que se trate de la representacin laboral.

Artculo 41.- El cargo de Presidente del Directorio o Director de Conjunto Empresarial o Presidente de Empresa, podr ser rentado cuando se desempea a tiempo completo, lo que excluye la percepcin de dietas. El monto de la remuneracin mensual lo fija y abona CONADE. El conjunto o la Empresa, segn sea el caso, transfiere el indicado monto a CONADE. Igual procedimiento se sigue cuando se precise de la prestacin transitoria de un servicio, para una labor especfica.

Artculo 42.- Los Conjuntos Empresariales y las Empresas del Estado quedan prohibidos de contratar como trabajadores a parientes de los miembros de su directorio, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Esta prohibicin no alcanza a los vnculos laborales preexistentes al nombramiento del director.

TITULO IVDE LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS DE GOBIERNO

CAPITULO IDE LA PLANIFICACION

Artculo 44.- CONADE es el responsable de conducir el proceso de elaboracin del Plan de la Actividad Empresarial del Estado, coordinando con el Instituto Nacional de Planificacin y los sectores correspondientes, integrando y concordando los planes de las Empresas del Estado y Conjuntos Empresariales con las disponibilidades financieras y prelaciones establecidas en los Planes Nacionales, Sectoriales y Regionales de Desarrollo.

CAPITULO IIDEL PRESUPUESTO

Artculo 45.- El presupuesto de las Empresas No Financieras y su consolidado son elaborados y ejecutados de conformidad con los lineamientos y directivas establecidas por CONADE en coordinacin con el Ministerio de Economa y Finanzas y el Instituto Nacional de Planificacin.

Artculo 46.- presupuesto de las empresas que conforman la Actividad Empresarial del Estado est sustentado en los planes anuales respectivos y contienen la descripcin detallada, tanto de programas, metas y unidades responsables de ejecucin, como de criterios establecidos para control, seguimiento y evaluacin. Para las empresas de nivel nacional, la aprobacin de los montos mximos de inversin y operacin lo determina el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de la Presidencia en concordancia con las prelaciones establecidas en los Planes Nacionales de Desarrollo.

Artculo 47.- Es responsabilidad de los respectivos Directorios cautelar la debida ejecucin presupuestal de las empresas del Estado.

Artculo 48.- Las Empresas del Estado de Derecho Pblico, de Derecho Privado y de Economa Mixta, as como los Conjuntos Empresariales, se rigen:

a) Por el Reglamento General de Adquisiciones y de Contratacin de Servicios No Personales de las Empresas del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 034-88-EF de 9 de marzo de 1988.

b) Por el Reglamento nico de Licitaciones y Contratos de Obras Pblicas, para la contratacin de obras.

Artculo 49.- Autorizase al Poder Ejecutivo para que en un plazo no mayor de 90 das contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ley, con opinin favorable de la Comisin Bicameral de Presupuesto por Decreto Legislativoapruebe el Sistema Nacional de Presupuesto de la Actividad Empresarial del Estad

CAPITULO IIIDE LA EVALUACION Y CONTROL

Artculo 50.- CONADE es responsable de promover y dirigir el proceso de seguimiento y evaluacin del desempeo de las empresas del Estado, directamente o a travs de los Conjuntos Empresariales, sin perjuicio de las acciones de control que ejerce la Contralora General y la Comisin Bicameral de Presupuesto del Congreso de la Repblica.

Artculo 51.- Anualmente CONADE publica en el diario oficial "El Peruano" los resmenes de los resultados econmico-financieros y la evaluacin de las empresas del Estado.

Artculo 52.- El Ministro de la Presidencia informa trimestral y anualmente al Consejo de Ministros y al Congreso de la Repblica los resultados y recomendaciones del seguimiento y evaluacin de las empresas del Estado.

TITULO VREGIMEN ECONOMICO, FINANCIERO Y TRIBUTARIO

Artculo 62.- El rgimen econmico financiero de la Actividad Empresarial del Estado se rige por los siguientes principios:

a) Los recursos financieros de la Actividad Empresarial del Estado son aplicados para el logro de los objetivos aprobados en los planes de largo y mediano plazo, y de las metas establecidas en los programas y presupuesto anuales de las empresas;b) Las Empresas del Estado operan con criterio de eficiencia y eficacia econmica y social. Las Empresas del Estado aseguran su rentabilidad econmica y no son sujetos de transferencia por dficit atribuibles a la gestin empresarial. Aquellas empresas con fines de servicio pblico, que buscan una rentabilidad social o econmica y social, cubren sus costos operativos con recursos propios, a menos que por decisin del Gobierno el precio del bien o servicio llegue a niveles por debajo de un costo razonable de produccin. En este caso, sern estas empresas sujetas a transferencias o subsidio, para cubrir el dficit. La cuenta de transferencia de esta naturaleza debe ser contabilizada separadamente, y se realiza previa racionalizacin de los costos de produccin.

Artculo 63.- El programa de financiamiento de las inversiones que forman parte del Plan de la Actividad Empresarial del Estado, con excepcin de las empresas regionales y municipales, es propuesto por el Ministro de la Presidencia en coordinacin con el Ministerio de Economa y Finanzas, al Consejo de Ministros.

Artculo 64.- Las inversiones definidas como prioritarias en el Plan de la Actividad Empresarial del Estado aseguran su desarrollo de mediano y largo plazo, mediante Programas de Financiamiento que cubran su perodo de ejecucin, los que sern debidamente respetados en la elaboracin y aprobacin de las leyes anuales de Presupuesto, de Endeudamiento Externo y de Financiamiento del Presupuesto.

Artculo 65.- CONADE coordina con el Ministerio de Economa y Finanzas los precios y tarifas de los bienes y servicios controlados o regulados, conciliando las polticas de carcter macro econmico con las de rentabilidad econmica y social de las empresas.

Artculo 66.- Las Empresas del Estado realizan anualmente Programas de Racionalizacin de Costos e Informa a CONADE de sus resultados.

Artculo 67.- FONAFE es el mecanismo a travs del cual se asigna los excedentes econmicos generados por las empresas y Conjuntos Empresariales que conforman la Actividad Empresarial del Estado a nivel nacional y las transferencias presupuestales que haga el Estado a las empresas en las que participa. Su funcionamiento se rige por el Decreto Supremo N 394-86-EF al que se le da categora de Ley.

Artculo 68.- De acuerdo al Decreto Legislativo N 206 y sus normas especficas COFIDE como empresa filial de CONADE sigue actuando como agente financiero de las Empresas del Estado.

Artculo 69.- Las Empresas que conforman la Actividad Empresarial del Estado se someten al rgimen tributario comn, en concordancia con lo establecido en el Artculo 139 y 187 de la Constitucin Poltica del Per y dems leyes vigentes.

TITULO VIDISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- Los conjuntos Empresariales y las Empresas del Estado de derecho pblico, de derecho privado y de economa mixta se rigen por lo dispuesto en esta ley y, supletoriamente por la Ley General de Sociedades. Las empresas de derecho pblico se regirn adems por sus leyes de creacin en cuanto no se opongan a lo dispuesto por esta ley.

Segunda.- Las transferencias de acciones y activos fijos y sus efectos en los activos y pasivos, que resulten de la aplicacin de esta ley se realizan a ttulo gratuito y estn exonerado de todo tributo, incluyendo el Impuesto a la Renta, al Patrimonio Empresarial e Impuesto General a las Ventas, as como a cualquier derecho, arancel o tasa, inclusive aquellos que requieran de mencin expresa, a excepcin de los derechos registrales.

Tercera.- Las acciones de los Conjuntos Empresariales y de las Empresas del Estado, son inembargables y no podrn ser objeto de prenda o usufructo. En el caso de empresas de economa mixta y accionariado del Estado las normas se refieren solamente a la participacin accionaria del Estado. Esta disposicin constar expresamente en los Estatutos.

Cuarta.- Las Empresas del Estado de actividad no financiera de derecho pblico, estatales de derecho privado y las de economa mixta sin excepcin alguna, se sujetan a lo dispuesto en la legislacin aplicable sobre endeudamiento pblico.

Quinta.- Crase el Registro del Patrimonio Accionario del Estado.

CONADE lleva el registro y custodia de los ttulos representativos de la propiedad empresarial del Estado. As como de los Contratos de Asociacin de Participacin, con excepcin de aquellos que correspondan a empresas regionales y municipales.

Sexta. - Las Empresas del Estado que celebren contratos de Asociacin en Participacin al amparo del Artculo 351 y siguientes de la Ley General de Sociedades, debern recabar la autorizacin previa de CONADE, con excepcin de las empresas regionales y municipales. El contrato respectivo se inscribe en el Registro del Patrimonio Accionario del Estado.

Los Contratos de Asociacin en Participacin que hubieren celebrado las Empresas del Estado, deben ponerlos en conocimiento de CONADE dentro de los treinta (30) das de la publicacin de esta ley CONADE, previa evaluacin; procede a la inscripcin pertinente en el Registro del Patrimonio Accionario del Estado.

Stima.- La Contabilidad de las Empresas del Estado se rige por la Ley N 24680.

Octava.- El Poder Ejecutivo determina las Empresas del Estado que realizan actividad del nivel nacional, mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.

Tendr en cuenta a empresas que produzcan insumos bsicos y bienes esenciales que abastecen el mercado nacional o en todo caso que sus ventas sobrepasen ampliamente el mbito regional, que requieren necesariamente una direccin centralizada y alto nivel de inversiones y tecnologa.

Las empresas de nivel nacional deben necesariamente instalar oficinas descentralizadas en los casos justificados, en las regiones en que operen, con grado de autonoma suficiente para el desarrollo de sus funciones y especialmente para operar los servicios o comercializar su produccin al nivel de la regin.

Novena.- El Ministro de la Presidencia informa al Consejo de Ministros sobre la formacin de Conjuntos Empresariales, y las normas para su conformacin, disolucin, organizacin, funcionamiento, control y evaluacin.

- Diferencias entre Empresas Pblicas y Privadas:

Las empresas pblicas pertenecen al sector pblico (Administracin central o local), y las empresas privadas pertenecen a individuos particulares y pueden vender susaccionesen bolsa. Las empresas pblicas a veces venden parte de sus acciones a individuos particulares, pero se consideran pblicas siempre y cuando el 51% de las acciones estn en manos delsector pblico. A diferencia de la empresa privada, la empresa pblica no busca la maximizacin de sus beneficios, lasventaso la cuota de mercado, sino que busca el inters general de la colectividad a la que pertenece. Elprocesodetoma de decisionesde la empresa pblica difiere de aquellas que pertenecen al sector privado en cuanto a que el poder de iniciativa parte del Estado, que lo ejerce estableciendo susobjetivosy controlando su actividad. La diferenciacin entre empresa pblica y privada no es absoluta. Por un lado, existen empresas mixtas, cuyo capital social es en parte pblico y en parte privado. Asimismouna empresaprivada puede convertirse en empresa pblica si el gobierno decide nacionalizarla. De forma anloga, una empresa pblica puede pasar al sector privado tras un proceso deprivatizacin.

Criterios Distintivos de laadministracin de EmpresasPblicas: Tres suelen proponerse dentro dela cienciadel Derecho para distinguir una funcin propia deadministracin pblica. LaNaturalezadel rgano:Segn estateora, una funcin social debe considerarse de orden pblico, cuando interviene en ella unaautoridadsoberana, precisamente con esecarcter.

El Fin Buscado:Este criterio es quizs el ms antiguo y de mayor simplicidad. Esta ya plenamente delineado en elderecho romano: "Derecho Pblico es el que mira al bien de la republica deRoma".

La Fuente Inmediata:Este ltimo criterio mira al medio jurdico del que emana el acto administrativo. Cuando este deriva inmediatamente de la ley, sin necesidad ninguna de aceptacin o convenio, sino que aquella se impone unilateralmente por la autoridad a sus sbditos, es evidente que se trata de un acto deadministracinpblica.

Empresa Mixta

Es un tipo de empresa que recibe aportes capitales por parte de particulares y por partedel estado, ciudad, provincia, etc. Por lo tanto no esuna empresa de titularidad enteramente privada, ni enteramentepblica, sino mixta.Para poder entender bien el concepto de empresa mixta esnecesario empezar definiendo la internacionalizacin en la empresa, yaque una Joint Venture es lacooperacin inter-empresarial a nivel internacional, para la realizacin de inversiones o para laprestacin de servicios, mediante la constitucin de una sociedad, a travs de lacual se canaliza la colaboracin de empresas de distinta nacionalidad. Entendemos Internacionalizacin de laEmpresa como unaestrategia corporativa decrecimiento por diversificacin geogrfica internacional, a travs de un proceso evolutivoy dinmico de largo plazo que afecta gradualmente a las diferentes actividades de lacadena de valor ya la estructura organizativa de la empresa, con un compromiso e implicacin creciente de sus recursos y capacidades con el entorno internacional, y basadoen unconocimiento aumentativo .En la actualidad, la forma mscomn de internacionalizacin es a travs de laalianza estratgica, existiendo as, numerosos motivos por los que se realiza, entre los quedestacan: -La apertura de nuevos mercados para los productos de la empresa que quiere instalarse en el exterior. -El fortalecimiento de lasactividades ya existentes de la empresa.-La obtencin de nuevosproductos. -La diversificacin de actividades

Algunas empresas mixtas peruanas

1-Agroindustrial Pomalca S.A: ubicada en chongoyape, Lambayeque, dedicada al cultivo de caa de azcar y otros productos de agro exportacin.Participacin estatal: 14.08%

2-Clinica Internacional S.A: tiene como objetivo otorgar atencin mdica en acorde con un alto nivel profesional y tecnolgico.Participacin estatal: 0.000047% no tiene directores del estado.

3-Consorcio Hotelero del Norte S.A: ubicado en Chiclayo, el hotel tiene 129 habitaciones.Participacin estatal: 13.122183% no hay directores del estado.

4-Edegel S.A.A: compaa de electricidad, su principal actividad es generar y distribuir electricidad a travs de compaas privadas y pblicas. Tiene 7centrales hidroelctricas y una central trmica ubicada en las provincias de lima y Junn.Participacin estatal: 1.3771% no hay directores del estado.

5-Empresa Agraria Ganadera Salamanca S.A.A.: Empresa agrcola ganadera ubicada en Ascope, La libertad dedicada al cultivo de caa de azcar y la crianza de ganado.Participacin estatal: 4.14%

6-Empresa agroindustrial Tuman S.A: ubicada en el distrito de picsi, valle de chancay, Lambayeque, dedicada al cultivo de azcar y otros productos de agro exportacin.Participacin estatal: 3.93% el estado no cuenta con directores, actualmente la empresa cuenta con administracin judicial.

7-empresa agrcola la unin S.A: ubicada en Lambayeque, dedicada al cultivo de caa de azcar.Participacin estatal: 0.937% el estado no cuenta con directores.

8-Empresa agrcola Sintuco S.A: ubicada en Chocope, provincia de Ascope. La libertad. Dedicada al cultivo de caa de azcar.Participacin estatal: 1.38%9-Norsac: empresa lder en el Per en la fabricacin y comercializacin de sacos y telas de polipropileno. Inicia sus operaciones en Trujillo en 1986, siendo la primera en el mundo en operar en telas circulares.Participacin estatal: 0.0039% no hay directores del estado.

10-Promotora Club Empresarial: centro de reuniones y negocios diseado y operado bajo la modalidad de un club con un nivel internacional, donde se realizan diversas reuniones de ndole comercial. Cuenta con acceso a servicios de salas conferencias y dems instalaciones con el rubro.Participacin estatal: 0.099701 el estado no cuenta con directores.

11-SVC Ingeniera y Construccin S.A: es una empresa dedicada a la construccin de obras de ingeniera civil de todo tipo.Participacin estatal: 0.48% no hay directores del estado.

12-telefonica del Per S.A.A: Es una empresa de telecomunicaciones, subsidiaria de telefnica S.A (Empresa constituida en Espaa).Participacin estatal: 0.0000001% no hay directores del estado.

13-Transacciones Plurales S.A: Se dedica a las actividades burstiles Participacin estatal: 0.25% no hay directores del estado.

14-Xstrata Tintaya S.A: Empresa productora de concentrado y ctodo de cobre, ubicada en la provincia de Espinar, regin Cusco, a 4,100 metros sobre el nivel del mar. Forma parte de la corporacin Xstrata PLC desde mayo del 2006.Participacin estatal: 0.001392% no hay directores del estado.FUENTE: http//www.fonafe.gob.pe

Caractersticas de una empresamixta1.-Se constituyen siempre con participacin del sector pblico y del sector privado.Es decir que en el sector pblico como su nombre lo indica pueden participar las instituciones del Estado como los Municipios, Consejos Provinciales y las personas de derecho pblico en general.

2.-En el Directorio de las compaas deben estar presentes necesariamente los accionistas del sector pblico como los del sector privado. Se entiende que la empresa de economa mixta para la toma de decisiones se toma en cuenta las opiniones del sector pblico como del sector privado.

3.-Cuando la aportacin del sector pblico exceda del cincuenta por ciento del capital de la compaa uno de los directores de este sector ser el presidente del directorio. Es decir que para nombrar el presidente del directorio de la compaa se toma en cuenta la aportacin del sector pblico.

4.-Estn sujetas a control total de la Superintendencia del mercado de valores. Se puede decir que estn bajo la responsabilidad y el control de este rgano de control.

5.-Puede establecer capital autorizado; Es decir que la Ley de actividad empresarial no establece limitacin alguna ni para el sector pblico ni para el privado en cuanto a la cuanta y proporcionalidad de la aportacin del capital.

6.-El capital se divide en acciones.

7.-Se puede constituir por el procedimiento de constitucin simultnea o por el de constitucin sucesiva; Simultnea se constituye mediante escritura pblica y no es necesario que concurran todos los accionistas, en cambio sucesiva tiene tres fases: Convenio de promocin, Suscripcin pblica y Constitucin definitiva.

8.-El Estado o las entidades del sector pblico pueden plantear que en el estatuto se determine los requisitos y condiciones especiales que resulten adecuadas respecto a la transferencia de las acciones y a la participacin en el aumento de capital de la compaa.

9.-Debe formar reserva legal; es decir que se formar de las utilidades lquidas anuales por lo menos un diez por ciento del capital social.

10.-El sector pblico puede suscribir y mantener cualquier porcentaje de capital; Es decir que para el sector pblico no existe un monto de capital especfico para su suscripcin y mantenimiento.

Disolucin, liquidacin y extincin de sociedadesTITULO I - DISOLUCIONArtculo 407.- Causas de disolucinLa sociedad se disuelve por las siguientes causas:1.Vencimiento del plazo de duracin, que opera de pleno derecho, salvo si previamente se aprueba e inscribe la prorroga en elRegistro.2.Conclusin de su objeto, no realizacin de su objeto durante un periodo prolongado o imposibilidad manifiesta de realizarlo.3.Continuada inactividad de la junta general.4.Perdidas que reduzcan el patrimonio neto a cantidad inferior a la tercera parte del capital pagado, salvo que sean resarcidas o que el capital pagado sea aumentado o reducido en cuanta suficiente.5.Acuerdo de la junta de acreedores, adoptado de conformidad con la ley de la materia, o quiebra.6.Falta de pluralidad de socios, si en el trmino de seis meses dicha pluralidad no es reconstituida.7.Resolucin adoptada por la Corte Suprema, conforme al artculo 410.8.Acuerdo de la junta general, sin mediar causa legal o estatutaria.9.Cualquier otra causa establecida en la ley o prevista en el pacto social, en el estatuto o en convenio de los socios registrado ante la sociedad., los socios comanditarios nombran un administrador provisional para el cumplimiento de los actos de administracin ordinaria durante el periodo referido en el prrafo anterior. El administrador provisional no asume la calidad de socio colectivo.Artculo 410.- Disolucin a solicitud del poder ejecutivo.El Poder Ejecutivo mediante Resolucin Suprema expedida con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, solicitara a la Corte Suprema la disolucin de sociedades cuyos fines oactividadessean contrarios a las leyes que interesan al orden pblico o a las buenas costumbres. La Corte Suprema resuelve, en ambas instancias, la disolucin o subsistencia de la sociedad.La sociedad puede acompaar las pruebas de descargo que juzgue pertinentes en el trmino de treinta das, ms el trmino de la distancia si su sede social se encuentra fuera de Lima o del Callao.Producida la resolucin de disolucin y salvo que la Corte haya dispuesto otra cosa, el directorio, el gerente o los administradores bajo responsabilidad, convocan a la junta general para que dentro de los diez das designe a los liquidadores y se d inicio al proceso deliquidacin.Si laconvocatoriano se realiza o si la junta general no se rene o no adopta los acuerdos que le competen, cualquier socio, accionista o tercero puede solicitar al juez de la sede social que designe a los liquidadores y de inicio al proceso deliquidacin, por el proceso sumarsimo.Artculo 411.- Continuacin forzosa de la sociedad annima.No obstante mediar acuerdo de disolucin de la sociedad annima, el Estado puede ordenar su continuacin forzosa si la considera de seguridad nacional o necesidad publica, declarada por ley. En la respectiva resolucin se establece la forma como habr decontinuarla sociedad y se disponen los recursos para que los accionistas reciban, en efectivo y de inmediato, laindemnizacinjustipreciada que les corresponde. En todo caso, los accionistas tienen el derecho de acordarcontinuarcon lasactividadesde la sociedad, siempre que as lo resuelvan dentro de los diez das siguientes, contados desde la publicacin de la resolucin.Artculo 412.- Publicidad e inscripcin del acuerdo de disolucin.El acuerdo de disolucin debe publicarse dentro de los diez das de adoptado, por tres veces consecutivas.La solicitud de inscripcin se presenta alRegistrodentro de los diez das de efectuada la ltima publicacin, bastando para ello copia certificada notarial del acta que decide la disolucin.TITULO II - LIQUIDACIONArtculo 413.DisposicionesgeneralesDisuelta la sociedad seiniciael proceso deliquidacin.La sociedad disuelta conserva su personalidad jurdica mientras dura el proceso deliquidaciny hasta que se inscriba la extincin en elRegistro.Durante laliquidacin, la sociedad debe aadir a su razn social o denominacin la expresin "enliquidacin" en todos susdocumentosy correspondencia.Desde el acuerdo de disolucin cesa la representacin de los directores, administradores, gerentes y representantes en general, asumiendo los liquidadores las funciones que les corresponden conforme a ley, al estatuto, al pacto social, a los convenios entre accionistas inscritos ante la sociedad y a los acuerdos de la junta general.Sin embargo, si fueran requeridas para ello por los liquidadores, las referidas personas estn obligadas a proporcionar las informaciones y documentacin que sean necesarias para facilitar las operaciones deliquidacin.Durante laliquidacinse aplican las disposiciones relativas a las juntasgenerales, pudiendo los socios o accionistas adoptar los acuerdos que estimen convenientes.

Artculo 414.- LiquidadoresLa junta general, los socios o, en su caso, el juez designa a los liquidadores y, en su caso, a sus respectivos suplentes al declarar la disolucin, salvo que el estatuto, el pacto social o los convenios entre accionistas inscritos ante la sociedad hubiesen hecho la designacin o que la ley disponga otra cosa. Elnmerode liquidadores debe ser impar.Si los liquidadores designados no asumen el cargo en el plazo de cinco das contados desde la comunicacin de la designacin y no existen suplentes, cualquier director o gerente convoca a la junta general a fin de que designe a los sustitutos.El cargo de liquidador es remunerado, salvo que el estatuto, el pacto social o el acuerdo de la junta general dispongan lo contrario.Los liquidadores pueden ser personas naturales o jurdicas. En este ltimo caso, esta debe nombrar a la persona natural que la representara, la misma que queda sujeta a las responsabilidades que se establecen en esta ley para el gerente de la sociedad annima, sin perjuicio de la que corresponda a los administradores de la entidad liquidadora y a esta.Las limitaciones legales y estatutarias para el nombramiento de los liquidadores, la vacancia del cargo y su responsabilidad se rigen, en cuanto sea aplicable, por las normas que regulan a los directores y al gerente de la sociedad annima.Los socios que representen la dcima parte del capital social tienen derecho a designar un representante que vigile las operaciones deliquidacin.El sindicato de obligacionistas puede designar un representante con la atribucin prevista en el prrafo anterior.Artculo 415.- Termino de las funciones de los liquidadoresLa funcin de los liquidadores termina:1.Por haberse realizado laliquidacin.2.Por remocinacordadapor la junta general o por renuncia. Para que la remocin o la renuncia surta efectos, conjuntamente con ella debe designarse nuevos liquidadores.3.Por resolucin judicial emitida a solicitud de socios que, mediando justa causa, representen por lo menos la quinta parte del capital social. La solicitud se sustanciara conforme al trmite del proceso sumarsimo.La responsabilidad de los liquidadores caduca a los dos aos desde la terminacin del cargo o desde el da en que se inscribe la extincin de la sociedad en el Registro.Artculo 416.- Funciones de los LiquidadoresCorresponde a los liquidadores la representacin de la sociedad en liquidacin y su administracin para liquidarla, con las facultades, atribuciones y responsabilidades que establezcan la ley, el estatuto, el pacto social, los convenios entre accionistas inscritos ante la sociedad y los acuerdos de la junta general.Por el solo hecho del nombramiento de los liquidadores, estos ejercen la representacin procesal de la sociedad, con las facultades generales y especiales previstas por las normas procesales pertinentes; en su caso, se aplican las estipulaciones en contrario o las limitaciones impuestas por el estatuto, el pacto social, los convenios entre accionistas inscritos ante la sociedad y los acuerdos de la junta general.Para el ejercicio de la representacin procesal, basta la presentacin de copia certificada del documento donde conste el nombramiento.Adicionalmente, corresponde a los liquidadores:1.Formular el inventario, estados financieros y dems cuentas al da en que se inicie la liquidacin.2.Los liquidadores tienen la facultad de requerir la participacin de los directores o administradores cesantes para que colaboren en la formulacin de esos documentos.3.Llevar y custodiar los libros y correspondencia de la sociedad en liquidacin y entregarlos a la persona que habr de conservarlos luego de la extincin de la sociedad.4.Velar por la integridad del patrimonio de la sociedad.5.Realizar las operaciones pendientes y las nuevas que sean necesarias para la liquidacin de la sociedad.6.Transferir a ttulo oneroso los bienes sociales.7.Exigir el pago de los crditos y dividendos pasivos existentes al momento de iniciarse la liquidacin. Tambin pueden exigir el pago de otros dividendos pasivos correspondientes a aumentos de capital social acordados por la junta general con posterioridad a la declaratoria de disolucin, en la cuanta que sea suficiente para satisfacer los crditos y obligaciones frente a terceros.8.Concertar transacciones y asumir compromisos y obligaciones que sean convenientes al proceso de liquidacin.9.Pagar a los acreedores y a los socios.10.Convocar a la junta general cuando lo consideren necesario para el proceso de liquidacin, as como en las oportunidades sealadas en la ley, el estatuto, el pacto social, los convenios entre accionistas inscritos ante la sociedad o por disposicin de la junta general.Artculo 417.- Insolvencia o quiebra de la sociedad en liquidacinSi durante la liquidacin se extingue el patrimonio de la sociedad y quedan acreedores pendientes de ser pagados, los liquidadores deben convocar a la junta general para informarla de la situacin sin perjuicio de solicitar la declaracin judicial de quiebra, con arreglo a la ley de la materia.Artculo 418.- Informacin a los socios o accionistasLos liquidadores deben presentar a la junta general los estados financieros y dems cuentas de los ejercicios que venzan durante la liquidacin, procediendo a convocarla en la forma que seale la ley, el pacto social y el estatuto.Igual obligacin deben cumplir respecto de balances por otros periodos cuya formulacin contemple la ley, el estatuto, el pacto social, los convenios entre accionistas o socios inscritos ante la sociedad o los acuerdos de la junta general.Los socios o accionistas que representen cuando menos la dcima parte del capital social tienen derecho a solicitar la convocatoria a junta general para que los liquidadores informen sobre la marcha de la liquidacin.

Artculo 419.- Balance final de liquidacinLos liquidadores deben presentar a la junta general la memoria de liquidacin, la propuesta de distribucin del patrimonio neto entre los socios, el balance final de liquidaciones estado de ganancias y prdidas y dems cuentas que correspondan, con la auditoria que hubiese decidido la junta general o con la que disponga la ley.En caso que la junta no se realice en primera ni en segunda convocatoria, los documentos se consideran aprobados por ella.Aprobado, expresa o tcitamente, el balance final de liquidacin se publica por una sola vez.Artculo 420.- Distribucin del haber socialAprobados los documentos referidos en el artculo anterior, se procede a la distribucin entre los socios del haber social remanente.La distribucin del haber social se practica con arreglo a las normas establecidas por la ley, el estatuto, el pacto social y los convenios entre accionistas inscritos ante la sociedad. En defecto de estas, la distribucin se realiza en proporcin a la participacin de cada socio en el capital social.En todo caso, se deben observar las normas siguientes:1.Los liquidadores no pueden distribuir entre los socios el haber social sin que se hayan satisfecho las obligaciones con los acreedores o consignado el importe de sus crditos.2.Si todas las acciones o participaciones sociales no se hubiesen integrado al capital social en la misma proporcin, se paga en primer trmino y en orden descendente a los socios que hubiesen desembolsado mayor cantidad, hasta por el exceso sobre la aportacin del que hubiese pagado menos; el saldo se distribuye entre los socios en proporcin a su participacin en el capital social.3.Si los dividendos pasivos se hubiesen integrado al capital social durante el ejercicio en curso, el haber social se repartir primero y en orden descendente entre los socios cuyos dividendos pasivos se hubiesen pagado antes.

4.Las cuotas no reclamadas deben ser consignadas en una empresa bancaria o financiera del sistema financiero nacional.

5.Bajo responsabilidad solidaria