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LA CONTABILIDAD PÚBLICA COMO INSTRUMENTO DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO
IVÁN RAMÍREZ VALENCIA
ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP
DEPARTAMENTO DE POSTGRADO ÁREA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN PÚBLICA BOGOTÁ, D.C.
2006
LA CONTABILIDAD PÚBLICA COMO INSTRUMENTO DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO
CONTABILIDAD PÚBLICA MUNICIPAL: CAMBIO DE PARADIGMA “DE LA REACCIÓN A LA PROACCIÓN”
IVÁN RAMÍREZ VALENCIA
Monografía para optar al título de Especialista en Gestión Pública
Director JOSÉ FRANCISCO MENDOZA
ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP
DEPARTAMENTO DE POSTGRADO ÁREA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN PÚBLICA BOGOTÁ, D.C.
2006
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Nota de aceptación ____________________________ ____________________________ ____________________________ ____________________________ Presidente del Jurado ____________________________ Jurado ____________________________ Jurado Bogotá, enero de 2006
AGRADECIMIENTOS
El autor expresa sus más sinceros agradecimientos a :
Luis Alonso Colmenares Rodríguez, Contador Público Subcontador General de
la Nación, por su incondicional apoyo en el desarrollo de mi vida profesional
y personal.
Jesús Edmundo Rueda Guerrero, Contador Público, Asesor Contaduría
General de la Nación, por su invaluable aporte en el desarrollo del presente
trabajo.
César Augusto Ramírez Valencia, Economista, por su entrega y dedicación en
la consecución de esta nueva meta.
TABLA DE CONTENIDO
Presentación 5
Contexto 8
Introducción 10
Objetivos 13
Desarrollo de la Temática 15
1. Contabilidad Pública: Evolución a través de la Historia 15
1.1 Antes de la Constitución Política de 1991 15
1.2 Después de la Constitución Política de 1991 16
2. Marco Conceptual de la Contabilidad Pública 16
2.1 Sistema Nacional de Contabilidad Pública 16
2.2 Contabilidad General de la Nación 17
2.3 Contabilidad Pública 17
2.4 Atributos del Sistema General de Contabilidad Pública 17
2.4.1 Postulados de Contabilidad Pública 18
2.4.1.1 Postulado de Confiabilidad 18
2.4.1.2 Postulado de Utilidad Social 18
2.4.2 Objetivos de la Contabilidad Pública 19
2.4.2.1 De Gestión 19
2.4.2.2 De Control 19
2.4.2.3 De Cultura Ciudadana 20
2.4.2.4 De Análisis y Divulgación 20
2.4.3 Usuarios de la Información Contable Pública 20
2.4.3.1 De acuerdo con el Objetivo Específico de Gestión 20
2.4.3.1.1 A Nivel Institucional 20
2.4.3.1.2 A Nivel Consolidado 20
2.4.3.2 De acuerdo con el Objetivo Específico de Control 21
2.4.3.3 De Acuerdo con el Objetivo Específico de Cultura Ciudadana 21
2.4.3.4 De acuerdo con el Objetivo Especifico de Análisis y
Divulgación 22
2.4.4 Características de la Información Contable Pública 22
2.4.5 Requisitos de la Información Contable Pública 23
2.4.6 Principios de Contabilidad Pública 24
2.4.7 Normas Técnicas de Contabilidad Pública 28
2.5 Contaduría General de la Nación y Contraloría General de
La República “Alianza Estratégica contra la Corrupción” 29
2.6 Procuraduría General de la Nación “Su Control Disciplinario” 33
3. Diagnóstico 39
3.1 Organizativo 41
3.1.1 Cultura Contable Vs Crecimiento y desarrollo 41
3.1.2 Control Político y Social 42
3.1.3 Lucha Contra la Corrupción y Herramientas 43
3.1.4 Sistema Nacional de Control Interno 45
3.2 Procedimental 49
3.2 .1 Condiciones de Capacitación y Entrenamiento Contable 49
3.2.2 Vigilancia y Eficacia 50
3.3 En la Etica de los Funcionarios Públicos 52
3.3.1 Etica y Convivencia, Actitud de Confianza Humana 52
4. Problemática del Control y la Cultura Contable 57
4.1 Planteamiento General 57
4.2 Objetivo 59
4.3 Información 59
4.4 Normatividad 61
4.5 Capacitación, Entrenamiento 61
4.6 Descentralización, Información Territorial 62
4.7 Control Ciudadano 65
4.8 Control Político y Fiscal 67
4.9 Saneamiento Contable 68
5. Soluciones 71
5.1 Compromiso Gubernamental “Cultura Contable” 71
5.2 Técnica y Tecnología Conable como valor Agregado 75
5.3 Proceso Anticorrupción, Contralorías Departamentales y
Municipales 76
5.4 Efectividad y Eficacia Contable 77
5.5 Etica y Compromiso 78
5.6 Participación Ciudadana, Veedurías Contables 81
5.7 Concejales Municipales “Aprendiendo a Contar” 83
5.8 “De la Reacción a la Proacción” Alcaldías y Empleados Públicos 84
5.9 Contadores Generales de los Departamentos “Liderazgo y
Apoyo a la Gestión Municipal en Materia Contable 85
6. Resultados Esperados 87
6.1 Estrategia Pragmática 87
6.2 Cambios de Paradigmas 88
6.3 Nuevos Actores 90
6.4 Participación de la Academia 91
6.5 Alcaldes Municipales y su Responsabilidad de la Gestión Pública 92
6.6 Integración de Actores 95
6.7 Modernización del Estado 96
7. Consideración Finales 99
7.1 Política Social – Económica 99
7.2 Tratados Internacionales 100
7.3 Políticas de Anticorrupción 101
7.4 Cuentas Claras, Estado Eficiente y Eficaz 102
7.5 Implementación del Sistema de Ge stión de la Calidad 103
7.6 Renovar y Modernizar 104
Conclusiones 106
Lenguaje Contable 108
Bibliografía 116
95
PRESENTACIÓN
Establecer con criterio, claridad y conocimiento de causa, las consecuencias
de la no aplicación de forma oportuna y científica, de la contabilidad pública,
es mi propósito en este trabajo, primero porque me sirve para obtener mi
titulo de ESPECIALIZACIÓN EN GESTION PÚBLICA, y segundo, porque
dejo un legado de investigación, para la Contaduría General de la Nación, la
ESAP (ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA), Los
estudiantes de las carreras de Contaduría Pública y afines, y en especial
para todos los empleados públicos, tanto del sector central, territorial y
descentralizado.
A buena hora la contabilidad pública ha ido tomando importancia en la
aplicación de los programas y proyectos inherentes al sector público, en lo
referente a la gestión con calidad, eficiencia y eficacia.
Esta herramienta es tablece en el país un nuevo concepto de
MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, porque su aplicación constante arroja
resultados sorprendentes en la información administrativa para la toma de
decisiones y a la vez para el ejercicio constitucional de los controles.
En la educación convencional y en los procesos investigativos, la
contabilidad pública abre posibilidades de nuevos campos de trabajo, para
los egresados de universidades que enseñen la carrera profesional de
CONTADURÍA PÚBLICA.
Este trabajo se esboza en 7 tem as principales, desde la presentación
histórica de la contabilidad pública y el marco conceptual, diseñando un
diagnóstico institucional, planteando un problema específico, y terminando
con soluciones, establecidas en el contexto globalizado de la economía.
Se diseño de esta forma, por permitir la posibilidad de establecer de este
tema, un proyecto a nivel municipal y nacional, enmarcado en la GESTIÓN
HACIA LA CALIDAD DE CONTABILIDAD PÚBLICA MUNICIPAL, donde los
grandes beneficiados serán las administraciones locales e instituciones,
donde por competencias, se aplicarán estrategias y tácticas pedagógicas,
estableciendo en la calidad constante de la información, el tema fuerte de la
temática desarrollada.
Esperamos contar con el apoyo de la Contaduría General de la Nación, los
alcaldes municipales, los contadores generales de los departamentos, los
gerentes de instituciones descentralizadas, pero en especial con el
concurso de la ESAP, en lo concerniente, a los medios de aplicación
nacional, por ser esta una institución de carácter público, establecida bajo
los parámetros de eficiencia y efectividad, en los procesos administrativos y
los de descentralización, como organismo de consultoría.
Construir una cultura que se oriente a la calidad de la información contable
municipal, facilitando a través de procesos de divulgación y capacitación, la
asimilación de novedosos conceptos y metodologías, estimulando no
solamente la información, sino también la formación competente de sus
participantes.
Contribuyendo a estimular la participación de los ciudadanos en el manejo,
control, atención y vigilancia de los recursos públicos; generando nuevas
herramientas para la gestión y conformación de veedurías contables
ciudadanas.
CONTEXTO
El presente trabajo está orientado a fortalecer la cultura contable pública en
el municipio colombiano, ya que es en éste, donde se esgrime con mayor
esplendor todo el acontecer de nuestra vida en sociedad y en donde se
manifiestan los más diversos matices de heterogeneidad del estado
colombiano y, además, es el lugar propicio para fomentar la formulación de
posibles soluciones a la problemática social de nuestro país.
La contabilidad pública colombiana, ha presentado un desarrollo sustancial
desde su implementación, y es por esto, que este desarrollo se debe reflejar
en el ámbito municipal, mostrando estados financieros razonables,
contribuyendo a generar la confianza necesaria en toda la comunidad en
general, y a la vez, permitiendo la correcta toma de decisiones por parte de
los encargados de la gestión pública municipal, las cuales deben generar
impactos positivos en la sociedad, permitiendo medir realmente la utilidad
social generada en la correcta aplicación de la contabilidad pública municipal.
En la medida, en que a la información contable pública se le dé una
adecuada utilización y esto a la vez se refleje en un correcto manejo de los
recursos públicos, la información contable tendrá un alto contenido de utilidad
social, y la comunidad en general, valorará realmente la información
contenida en los estados financieros, haciendo de este producto el factor
indispensable e irremplazable para medir correctamente el desarrollo de su
comunidad.
Para el logro de estas premisas, debemos estar concientes de la necesidad
indelegable del concurso de toda la comunidad en pro de contribuir
activamente en la utilización de la contabilidad pública como el verdadero
instrumento de modernización y de control en el cotidiano vivir de la gestión
pública colombiana.
INTRODUCCIÓN
Observado el desarrollo de una nueva institución como la Contaduría
General de la Nación, y luego de contemplar sus altos logros en materia
contable pública en tan corto tiempo, este es el momento propicio para la
elaboración de est e trabajo, con la intención única de cimentar al máximo
unas bases sólidas de un repensar de la cultura contable pública en los
municipios de nuestro país, buscando asiduamente la excelencia en la
información contable que conlleve a “contar” lo que tenemos , lo que nos
deben, lo que debemos; en fin, tratar de encontrar en las cifras de los
estados financieros un panorama claro de la situación real de los municipios
en materia contable y que dicha información, sea el punto de partida para el
correcto manejo de las finazas públicas de nuestro país, tomando como
epicentro el municipio colombiano.
Para el mejoramiento de la calidad de la información contable pública
municipal, debemos tomar conciencia de la importancia de un alto
compromiso ciudadano, en el deseo imperioso de formar parte de una
sociedad civil organizada, que realmente esté comprometida con el
desarrollo de su municipio y en donde el interés general se conjugue para el
bienestar de todos sus conciudadanos.
Bajo este parámetro, se debe reorientar la acción de las instituciones
municipales y la ciudadanía en general, pasando por los dirigentes políticos,
representantes legales y por los contadores municipales, para establecer
estructuras de información más sólidas que conlleve a redimensionar el
panorama contable, poco alentador en el municipio colombiano.
El presente trabajo tiene como finalidad primordial, buscar el mejoramiento
continuo de la calidad de la información contable pública municipal y para el
logro de este cometido, se abordará la temática citada desde el conocimiento
y evolución de la contabilidad pública en nuestro país, antes y después de la
constitución política de 1991, a partir de esto, se explica todo lo relacionado
con el Sistema Nacional de Contabilidad Pública y la inci dencia de esta en
algunos actores principales como: La Contraloría General de la República y
su lucha contra el flagelo de la corrupción a través de su control fiscal; el
control disciplinario ejercido por el Ministerio Público a través de la
Procuraduría General de la Nación y las Personerías; el ciudadano con su
control ético.
La contabilidad pública municipal “Cambio de Paradigma de la Rreacción a la
Pro-acción” que es el eje central de la temática, y otros aspectos que se
relacionan con este, como el caso de: los alcaldes municipales, concejos
municipales, contralorías departamentales y municipales, las personerías
municipales, las universidades del país donde haya facultad de contaduría
pública y finalmente el liderazgo que deben ejercer los contadores generales
de los departamentos frente a la problemática actual de la contabilidad
pública municipal.
Finalmente debe esgrimirse que la realización de este trabajo es la invitación
para profundizar en la búsqueda de soluciones, para el mejoramiento
continuo de la calidad de la información contable municipal y que esta, a su
vez se convierta en el instrumento de la modernización del estado
colombiano en el manejo de las finanzas públicas, establecidas en las reglas
de juego de un contexto globalizado , en una economía de mercado
impuesta por los países desarrollados, y donde la contabilidad pública debe
enmarcarse en situaciones de tratados internacionales como el Tratado de
Libre Comercio o TLC., el ALCA, y la ampliación de las relaciones con
Europa y l os países Asiáticos.
OBJETIVOS
• Reconocer que la contabilidad pública es fundamental para la
organización y la calidad de la administración y de la gestión pública;
Es condición “sine qua non” para el funcionamiento de toda instituci ón
• Generar en el municipio colombiano la cultura contable que nuestro
país necesita, y utilizar la contabilidad pública como un verdadero
instrumento de desarrollo y de modernización, luchando efectivamente
contra el flagelo de la corrupción.
• Formar conciencia en los contadores municipales sobre la importancia
de tener un sistema de información contable bien estructurado, el cual
permita el análisis oportuno de indicadores de gestión que conlleven a
medir el logro de los planes trazados.
• Buscar los mecanismos necesarios que permitan elaborar esquemas
de integración entre la Contaduría General de la Nación y los entes de
control, con el fin de obtener alto grado de confiabilidad en la
información financiera pública.
• Implementar políticas que permitan un concurso activo de las
universidades con facultades de contaduría pública del país, en el
mejoramiento continuo de la calidad de la información contable pública
municipal.
• Establecer un sistema integral de capacitación y entrenamiento
constante para los em pleados públicos territoriales, como herramienta
necesaria para generar altos estándares de calidad, en el manejo de
la hacienda pública.
• Coordinar desde y para la provincia programas de modernización del
estado.
• Involucrar a la población civil en la par ticipación como veedor contable
municipal, aplicando en derecho como dueño y actor principal de la
gestión pública territorial.
DESARROLLO DE LA TEMÁTICA
1. CONTABILIDAD PÚBLICA: Evolución a través de la historia
1.1 Antes de la Constitución Política de 1991
Desde 1819, Simón Bolívar como presidente de la república, decretó
en un discurso, esta frase “Habrá pena de muerte para quienes roben
dinero de la nación”, ante la advertencia de caos en las cuentas del
estado.
En el gobierno de Rafael Núñez, cuando se elaboró la constitución de
1.886, se estableció la creación de un “tribunal Superior de Cuentas”.
En 1.923 la misión KEMMERER recomendó, crear la Contraloría, por
la poca claridad del país en sus cuentas.
Ya en 1,968, el entonces presidente Carlos Lleras Restrepo, propuso
la “separación de la contabilidad, del control sobre el manejo de los
bienes públicos” aunque se quedo solamente en propuesta.
Aparece entonces la Asamblea Nacional Constituyente, que dictó La
Constitución Política de Colombia, que crea la figura del CONTADOR
GENERAL DE LA NACION, dando un verdadero salto contable y
financiero.
1.2 Después de la Constitución Política de 1991:
Son muchos los adelantos que se han logrado en esta materia, esta
institución ha establecido la consolidación de la información contable del
país paso a paso.
En 1.995, el presidente de entonces Ernesto Samper Pizano, en asocio
con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, organizaron la Dirección
General de Contabilidad Pública, designando el primer Contador General
de la Nación el Profesional Edgar Fernando Nieto Sánchez.
Por medio de la ley 298 de 1.996, se crea entonces la Contaduría General
de la Nación, como una Unidad Administrativa Especial, adscrita al
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con funciones específicos del
Contador General de la Nación.
2. MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA
2.1 Sistema Nacional de Contabilidad Pública:
Se concibe como “Conjunto organizado de políticas, principios,
fundamentos, instrumentos, normas y procedimientos técnicos de
contabilidad pública, estructurados lógicamente que al interactuar con las
operaciones, recursos y actividades desarrollados por los entes públicos,
generan la información necesaria para la toma de decisiones y el control
interno de la administración pública” . Artículo 7 ley 298/96.
2.2 Contabilidad General de la Nación:
Para efectos de la presente ley “La Contabilidad General de la Nación
comprende la de los órganos que integran las ramas del poder público en
el nivel nacional, la de entidades u organismos estatales autónomos e
independientes, la de organismos creados por la Constitución Nacional o
por la ley, que tienen régimen especial, adscritos a cualquier rama del
poder público, la de personas naturales o jurídicas y la de c ualquier otro
tipo de organización o sociedad, que manejen o administren recursos de
la Nación en lo relacionado con éstos”. Artículo 9 ley 298/96.
2.3 Contabilidad Pública
Para efectos de la ley 298 de 1996, “La contabilidad pública comprende,
además de la Contabilidad General de la Nación, la de las entidades u
organismos descentralizados, territorialmente o por servicios, cualquiera
que sea el orden al que pertenezcan y la de cualquier otra entidad que
maneje o administre recursos públicos y sólo en lo relacionado con
éstos ”.
2.4 Atributos del Sistema Nacional de Contabilidad Pública
2.4.1 Postulados de Contabilidad Pública: “Son los enunciados
primarios basados en el entorno y contrastables con el mismo, que
se introducen en el razonamiento como punto de partida y que
soportan el desarrollo conceptual de los principios, reglas y
procedimientos ”. . .
. . . “Los postulaos permiten definir la estructura y orientación del SNCP al
cumplimiento de objetivos, a fin de minimizar el riesgo de interferencia
cuando el administrador actúa como codificador, emisor y transmisor con
lo cual, en primera instancia, procura alcanzar niveles aceptables de
seguridad en su producto final. Los postulados son los siguientes:
2.4.1.1 Postulado de Confiabilidad: Considerando que los usuarios
requieren información contable razonable que soporte sus
decisiones, el postulado de confiabilidad se enuncia de la
siguiente manera:
La información contable pública busca revelar con razonabilidad, los
hechos financieros, económicos y sociales de los entes públicos,
garantizando que ésta no privilegia a usuarios específicos.
2.4.1.2 Postulado de Utilidad Social: Considerando que la
información contable debe coadyuvar a generar un impacto
positivo en la sociedad, el postulado de utilidad social se
enuncia de la siguiente forma:
La información contable pretende que, mediante su adecuada utilización,
se empleen en forma transparente los recursos públicos en procura del
beneficio colectivo”. P.G.CP. (Plan General de Contabilidad Pública).
2.4.2 Objetivos de la Contab ilidad Pública: “Los objetivos de la
Contabilidad Pública se constituyen en los resultados esperados
del SNCP, los cuales pueden clasificarse atendiendo los fines que
persiguen los usuarios de acuerdo con criterios de gestión, control,
cultura, análisis y divulgación. . .
2.4.2.1 De Gestión:
A nivel institucional: permitir a los diferentes responsables, tomar
decisiones tendientes a optimizar el manejo de los recursos y lograr un
impacto social positivo.
A nivel consolidado: permitir la adopción de políticas para el manejo
eficiente del gasto público, orientado al cumplimiento de los fines y
objetivos del estado.
2.4.2.2 De Control:
A nivel institucional: Facilitar el control interno y externo de la gestión
pública, para que los recursos de utilicen en forma transparente, eficiente
y eficaz.
A nivel consolidado: Facilitar el seguimiento de comportamientos
agregados, como entrada principal de otros sistemas estadísticos, con el
fin de evaluar el resultado de las políticas macroeconómicas.
2.4.2.3 De Cultura Ciudadana:
Conocer por parte de la sociedad, los resultados de la gestión pública,
con el fin de generar conciencia ciudadana y sentido de pertenencia en el
manejo de los recursos públicos.
2.4.2.4 De Análisis y Divulgación
Posibilitar el desarro llo de estudios e investigaciones conforme a los
requerimientos de los usuarios”. P.G.CP. ( Plan General de Contabilidad
Pública).
2.4.3 Usuarios de la Información Contable Pública
2.4.3.1 “De acuerdo con el objetivo específico de gestión.
2.4.3.1.1 A niv el institucional:
Entes que aplican el PGCP emplean información contable pública para
retroalimentar los procesos de gestión organizacional.
2.4.3.1.2 A nivel consolidado:
Organismos que compilan o usan estadísticas globales del sector público
entre ot ros: Contraloría General de la República, Departamento
Administrativo Nacional de Estadística, Contaduría General de la Nación,
Municipios, Departamentos, Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Consejos Nacionales y Regionales de Política Económica, Social y Fiscal,
Banco de la República.
2.4.3.2 De acuerdo con el objetivo específico de control:
Instituciones que ejercen control externo sobre los entes públicos, entre
otros: Congreso de la República, Asambleas Departamentales, Concejos
Municipales, Cabildos, Procuraduría General de la Nación, Contraloría
General de la República, Defensoría del Pueblo, Contralorías y
Personerías departamentales, municipales y distritales, Fiscalía General
de la Nación, Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Consejo
de Estado, Consejo Superior de la Judicatura y Tribunales Superiores.
2.4.3.3 De acuerdo con el objetivo específico de cultura ciudadana:
Personas naturales o jurídicas, que inadvertidamente pretenden
informarse sobre los resultados de la gestión pública, de los entes del
orden nacional y territorial del nivel central y descentralizado, y de
aquellas otras instituciones que de acuerdo con las normas estén
obligados a acogerse al PGSP.
2.4.3.4 De acuerdo con el objeto especifico de análisis y divulgación:
Instituciones académicas, grupos de investigación, gremios económicos,
investigadores, analistas financieros y económicos, medios de
comunicación y organismos multilaterales como el Fondo Monetario
Internacional, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo”.
P.G.C.P. ( Plan General de Contabilidad Pública).
2.4.4 Características de la Información Contable Pública:
“Constituyen atributos inherentes al producto proveniente del Sistema
Nacional de Contabilidad Pública, otorgándole la identidad y especificidad
que permite diferenciarla de otra clase de información contable.
Al ser producto de una construcción lógica -deductiva de la cual se derivan
principios, normas y procedimientos con énfasis teleológicos en su
construcción que se validan empíricamente con el entorno, puede
afirmarse que se confiabilidad y utilidad social se fundamenta en una
noción de verdad razonable, soportada en la experiencia. Estas
características son las siguientes:
• Racional: Producto de una construcción lógica deductiva ba sada en
principios, normas y procedimientos, que se derivan teleológicamente y
se validan empíricamente con el entorno.
• Universal: Busca incluir la totalidad de los hechos financieros,
económicos y sociales de los diferentes entes.
• Medible: Revela los resultados financieros, económicos y sociales,
empleando unidades de medida cuantitativas o cualitativas.
• Comparable: Aplican homogéneamente principios, normas y
procedimientos que permiten satisfacer las necesidades de confrontación
en el tiempo” . P.G.C.P. (Plan General de Contabilidad Pública).
2.4.5 Requisitos de la Información Contable Pública:
“Las condiciones mínimas que debe reunir la información contable
pública, enunciadas en forma de requisitos, tienen como propósito validar
el método contable empleado en función de los objetivos que persigue el
SNCP, estos requisitos que son fundamentales para conseguir los
resultados esperados, exigen el conocimiento de la operación y
naturaleza el ente público, para que al seleccionar los datos que van a
procesarse, se disponga de una base depurada y clara que permita
revelar los hechos, minimizando el riesgo por la interferencia y juicios de
valor que están implícitos en el proceso. Los requisitos a saber son :
Oportuna: Debe estar disponible en el momento que sea requerida por el
usuario y tener la posibilidad de influir en la toma de decisiones.
Objetiva: debe elaborarse a partir de hechos existentes con base en un
conocimiento preciso, seguro, profundo y claro de lo que acontece en un
ente público.
Consistente: Debe existir correlación entre lo fines que persigue el
sistema y lo que revela la información contable pública, guardando
además correspondencia entre las normas y procedimientos, y ambos
entre sí.
Relevante: Debe ser útil a los usuarios en procura de que se cumplan los
objetivos sociales.
Verificable: Debe ser susceptible de comprobaciones y conciliaciones
exhaustivas o aleatorias, internas o externas, que acrediten y confirmen
se procedencia y magnitud, observando siempre la aplicación estricta de
las normas existentes para el registro de los hechos o actividades
públicas.
Comprensible: Debe permitir a los usuarios, considerada por si sola,
formarse un juicio sobre su contenido”. P.G.C.P. (Plan General de
Contabilidad Pública).
2.4.6 Principios de Contabilidad Pública:
“Los principios constituyen pautas básicas que guían el proceso de
generación de información en función de los objetivos del SNGP; éstos
principios son los siguientes:
Reconocimiento: Los hecho financieros, económicos y sociales se
reconocerán en la función de los eventos y transacciones que los
generan, empleando técnicas cuantitativas o cualitativas.
Por regla general, los hechos susceptibles de ser cuantificados
monetariamente se valuarán al costo histórico, sin detrimento de criterios
técnicos alternativos que se requieren en operaciones especiales, los
cuales podrán ser objeto de actualización.
Para los hechos no susceptibles de ser cuantificados monetariamente, se
empleará lo estipulado por normas técnicas específicas.
Causación: Los hechos financieros, económicos y sociales deben
registrarse en el momento en que sucedan, independientemente del
instante en que se produzca la corriente de efectivo que se deriva de
éstos.
El registro se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones o
cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los
resultados del período.
Registro: los hechos deben contabilizarse mediante procedimientos
técnicos adecuados a la organización de la entidad, observando las
etapas del pr oceso contable relativas a la identificación y clasificación,
con sujeción a las técnicas de valuación que permitan el debido
reconocimiento, garantizando la confiabilidad y utilidad social de la
información.
Revelación: Los estados financieros deben cont ener la discriminación
básica y adicional que sea necesaria para una adecuada interpretación
cuantitativa y cualitativa de los hechos, y permitir a los usuarios construir
indicadores de seguimiento y evaluación de acuerdo con sus
necesidades, e informar so bre el grado de avance de planes, programas y
proyectos del ente público.
Gestión Continuada: se presume que la actividad del ente público se
extiende por tiempo indefinido; por tanto la aplicación de esta norma no
está encaminada a determinar su valor de liquidación.
La presunción de continuidad tiene como propósito establecer el valor que
refleje la capacidad del ente para continuar en funcionamiento; si por
circunstancias exógenas o endógenas se producen situaciones de fusión,
liquidación, escisión o transformación de un ente público, se observarán
las normas y procedimientos aplicables para tal efecto.
Esencia sobre forma: la esencia financiera económica y social de los
hechos debe primar sobre el requisito de forma o instrumental, al
momento del reconocimiento de los eventos y transacciones que los
generan, respecto de los cuales se presume la debida observación de las
realidades jurídicas y presupuestales que rigen al ente público.
Prudencia: En relación con los ingresos, deben contabilizarse
únicamente los realizados durante el período contable y no los
potenciales o sometidos a condición alguna. Igualmente y con referencia
a los gastos deben contabilizarse no sólo los realizados, sino también
aquellos potenciales, desde cuando se tenga conocimiento, es decir,
aquellos que suponen riesgos previsibles o pérdidas eventuales, cuyo
origen se determine en el período actual o en períodos anteriores.
Cunado existan diferentes posibilidades par reconocer y revelar de
manera confiable y verificable un hecho, éstas se informarán en notas a
los estados contables, donde se justificará la opción escogida con el
posible impacto económico, financiero y social en los mismos, de haber
optado por uno de éstos y no por la opción elegida.
No compensación: En ningún cas o deben compensarse las partidas de
los activos y pasivos del balance, ni las de gastos e ingresos que integran
el estado de actividad, ni los gastos e ingresos correspondientes a la
programación y ejecución presupuestal.
Asociación de ingresos, costos y gastos: los flujos monetarios que
representan ingresos y gastos deben estar adecuadamente asociados en
el período contable. Cuando por circunstancias especiales deban
registrarse partidas de períodos anteriores que influyan en los resultados,
se revelarán en notas a los estados contables, la información relativa a la
cuantía y origen de los mismos.
Hechos posteriores al cierre: Los hechos conocidos con posterioridad a
la fecha de cierre y antes de la emisión de los estados contables, que por
su importancia suministren evidencia adicional sobre condiciones
existentes antes de dicha fecha, deben registrarse en el mismo período.
Período contable: Corresponde al tiempo que regularmente el ente
público debe medir los resultados de sus operaciones financieras,
económicas y sociales, de ejecución presupuestal, y el cumplimiento de
las metas de su programación de actividades, efectuando los ajustes y el
cierre.
Normalmente, el período contable va del 1º de enero al 31 de diciembre,
al final del cual, se debe realizar el proceso de cierre. No obstante, se
podrán solicitar estados contables intermedios e informes
complementarios, de acuerdo con las necesidades o requerimientos de
las autoridades competentes, sin que esto signifique necesariamente la
ejecución de un cierre.
Adicionalmente, podrán solicitarse estados contables e informes
complementarios públicos por períodos superiores a un año, para revelar
el estado de avance de los planes de desarrollo”. P.G.C.P. (Plan
General de Contabilida Pública).
2.4.7 Normas Técnicas de Contabilidad Pública:
“Las normas técnicas de contabilidad pública comprenden el conjunto de
parámetros y criterios que precisan y delimitan el proceso contable; estos
criterios están orientados a reflejar exhaustivamente la creación,
transformación, intercambio, transferencia, extinción y, en general,
cualquier cambio producido por los hechos económicos, financieros y
sociales en un ente público”. P.G.C.P. (Plan General de Contabilidad
Pública).
2.5 Contaduría General de la Nación y Contraloría General de la
República: “Alianza estratégica contra la corrupción”
Nuestra Constitución Política en su artículo 267, define:
“El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General
de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los
particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la nación.
Dicho control se ejercerá en forma posterior y selectiva conforme a los
procedimientos, sistemas, y principios que establezca la ley. Esta podrá
sin embargo, autorizar que, en casos especiales, la vigilancia se realice
por empresas privadas colombianas escogidas por concurso público de
méritos, y contratadas previo concepto del Consejo de Estado.
La vigilancia del control la gestión fiscal del Estado, incluye el ejercicio de
un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia,
la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales. En
casos excepcionales provistos por la ley, la Contraloría podrá ejercer
control posterior sobr e cuentas de cualquier entidad territorial.
La contraloría es una entidad de carácter técnico con autonomía
administrativa y presupuestal. No tendrá funciones administrativas
distintas de las inherentes a su propia organización.”
Para el correcto desarrollo del control fiscal y de acuerdo al artículo 268 la
Constitución, “La contraloría deberá cumplir entre otras, las siguientes
funciones:
• Revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del
erario público y determinar el grado de eficiencia, eficacia, y economía con
que hayan obrado.
• Exigir informes sobre su gestión fiscal a los empleados oficiales de
cualquier orden y a toda persona o entidad pública o privada que
administre fondos o bienes de la Nación.
• Conceptuar sobre la calidad y eficiencia del control fiscal interno de las
entidades y organismos del estado.
• Dictar normas generales para armonizar los sistemas de control fiscal
de todas las entidades públicas del orden nacional y territorial ”.
Luego de conocer el concepto de Control Fiscal y con el fin de lograr una
correcta aplicación del mismo en las entidades públicas, es importante
buscar una correcta armonización entre los instrumentos que la Carta
Magna le entrega a estas dos importante instituciones con el objetivo
único, de dar una lucha frontal al problema de la corrupción en la sociedad
colombiana, en tal sentido, se debe entrar a evaluar el aporte que la
Contaduría General de la Nación brinda a la Contraloría, para que la lucha
contra este flagelo produzca realmente los resultados esperados por la
sociedad colombiana.
Es innegable que la implementación del Sistema Nacional de Contabilidad
Pública en nuestro país, se convierte en uno de los logros más
transcendentales para el manejo de las finanzas públicas del Estado, y en
la medida de generar información financiera, económica y social
transparente, los organismos de control tendrán un aliado invaluable en su
cometido social; depende esto pues, de la razonabilidad de los estados
financieros y del correcto uso que la Contraloría haga de esta información
para la aplicación de su control fiscal.
Dentro de los aportes más significativos de la Contaduría General de la
Nación a la función de control fiscal por parte de la Contraloría, se pueden
citar los siguientes:
• Contar con un Sistema Nacional de Contabilidad Pública, que brinde la
suficiente confianza para el registro de todas las transacciones y
operaciones de las finanzas públicas, promoviendo así la cultura contable
tan importante en nuestro país.
• Mediante la determinación de las políticas, principios y normas sobre
contabilidad pública, brinda a sus diferentes usuarios, toda la
reglamentación contable para obtener estados financieros con alto
contenido de uniformidad, permitiendo así, una mejor interpretación,
seguimiento, control y evaluación de la gestión pública.
• Tener una base de datos de la información contable, donde se pueda
consultar todo lo relacionado con el manejo de la información financiera,
económica y social del estado público colombiano.
• Establece r con exactitud los activos, y los pasivos con el fin de
determinar el patrimonio del Estado Colombiano.
• Realizar el seguimiento oportuno a la deuda pública del Estado, con el
fin de trazar políticas de manejo adecuado sobre dichas obligaciones.
• Medir el grado de confiabilidad de la información contable para la
correcta toma de decisiones por parte de los directivos de las entidades
públicas.
• Establecer el verdadero impacto social mediante la correcta utilización
de los recursos públicos en procura del beneficio colectivo.
• Servir de base para la correcta implementación de los diferentes
sistemas de control interno en las entidades.
• Verificar el correcto manejo de los ingresos y gastos de las entidades,
con el fin de evaluar el impacto generado en la sociedad, de acuerdo a los
objetivos trazados.
2.6 Procuraduría General de la Nación : “Su Control Disciplinario”
El control disciplinario es el ejercido por La Procuraduría General sobre la
conducta de los servidores públicos con el objeto de velar por el
cumplimiento de los principios de la función administrativa, consagrados en la
Constitución Política: “Igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad,
imparcialidad y publicidad”.
Permite a la Procuraduría verificar el cumplimiento de la Constitución y las
leyes y velar por la ejecución diligente de las funciones administrativas.
Dentro de las funciones de la procuraduría según el artículo 277 de la
Constitución Política están:
• “Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones
jurídicas y los actos administrativos.
• Defender los intereses de la sociedad.
• Velar por el cumplimiento diligente y eficiente de las funciones
administrativas.
• Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o
administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del
patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales ”.
La Procuraduría General de la Nación se ocupa de ejercer vigilancia
superior sobre la conducta de las personas, que desempeñan funciones
públicas y con ellas se realizan acciones coordinadas.
En tal sentido, se expidió la ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único,
para darle desarrollo al artículo 277 de la Constitución Política, mediante
la cual se dota de la herramienta y soporte jurídico a la Procuraduría para
la correcta implementación de sus facultades constitucionales.
Dentro de los aspectos que pueden destacarse de la ley 734, con
incidencia directa sobre aspectos contables públicos están:
Artículo 34. ” Deberes. Son deberes de todo servidor público:
(...)
31. Adoptar el sistema de control interno y la función independiente de
auditoria interna que trata la ley 87 de 1993 y demás normas que la
modifiquen y complementen.
(...)
32. Adoptar el sistema de contabilidad pública y el sistema integrado de
i nformación financiera, SIIF, así como los demás sistemas de la
información que se encuentre obligada la administración pública,
siempre que existan los recursos presupuéstales para el efecto.
(...)
33. Publicar mensualmente en las dependencias de la respectiva
entidad, en lugar visible y público, los informes de gestión,
resultados, financieros, y contables que se determinen por autoridad
competente, para efectos del control social de que trata la ley 489 de
1998 y demás normas vigentes ”.
En el artículo 44 de la misma ley, se hace referencia a las clases de
sanciones a que está sometido el servidor público, y a manera de ilustrar la
gravedad de la temática se hace referencia al punto que consagra la
destitución e inhabilidad general, para las faltas gravísimas dolosas o
realizadas con culpa gravísima.
Artículo 48. “Faltas gravísimas. Son faltas gravísimas las siguientes:
(...)
26. No llevar en debida forma los libros de registro de ejecución presupuestal
de ingresos y gastos, ni los de contabilidad financiera.
(...)
52. No dar cumplimiento injustificadamente a las exigencias de adoptar el
sistema nacional de contabilidad pública de acuerdo con las disposiciones
emitidas por la Contaduría General de la Nación y no observar las políticas,
principios y plazos que en materia de contabilidad pública se expiden con el
fin de producir información contable, oportuna y veraz”.
Entrando a realizar un análisis exhaustivo de la normatividad expuesta, se
puede deducir la importancia y gran acogida que ha tenido la contabilidad
pública en la esfera nacional desde su nacimiento con la constitución del 91,
y corroborar además el compromiso del Estado Colombiano para darle mayor
desarrollo a este sistema, con el objeto único de buscar la modernización de
la administración pública colombiana.
Es así como el Sistema Nacional de Contabilidad Pública, a medida que
transcurre el tiempo, va ganando espacio invaluable en el manejo de la
hacienda pública colombiana y poco a poco, empieza a convertirse en un
factor determinante en el replanteamiento de los diversos sistemas de
control, y en el elemento esencial para la correcta toma de decisiones por
parte de los administradores públicos.
El ministerio público entonces cobija varias funciones en Colombia como son
la defensa de derechos humanos, materia administrativa, la que nos compete
en el presente documento, y la del flagelo de la corrupción. Este ministerio
público junto con la Contraloría General de la República, conforma los
organismos de control; que en otros países recibe el nombre de Ombudsam.
El Procurador es la cabeza del ministerio público, actuando como máximo
director supremo, independiente y autónomo, condiciones dadas en la
constitución de 1.991, nombrado por el Senado de la República para
períodos de cuatro años, no pudiendo ser removido de su cargo antes del
vencimiento del período, a no ser del acometimiento de faltas graves
disciplinarias o penales.
Les compete según sus funciones; vigilar el cumplimiento de las normas,
decisiones judiciales y actos adminis trativos, defender los intereses de la
sociedad y los intereses colectivos, velar por ejercicio diligente y eficiente de
las funciones administrativas, vigilar la conducta oficial de quienes
desempeñan funciones publicas, inclusive los de elección popular; adelantar
las investigaciones, e imponer las sanciones de conformidad con la ley;
intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales y administrativas
en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los derechos y de
las garantías fundamentales, rindiendo además conceptos en los procesos
de control de constitucionalidad adelantados por la Corte Constitucional y el
Consejo de Estado; tiene igualmente funciones de policía judicial para el
ejercicio de sus funciones, facultado para exigir informes a los servidores
públicos y particulares, quienes no pueden oponer reserva alguna.
La constitución y la ley prevén, como en un país democrático por excelencia,
la rendición de cuentas del ministerio publico, o sea deben rendir informes
anuales de su gestión al Congreso de la República.
La eficacia de esta institución se determina por el grado de independencia y
autonomía que detentan respecto de los demás órganos estatales y
particularmente del Ejecutivo.
La fuerza de sus recomendaciones radica en el peso moral de su contenido y
en el prestigio de quién las emite; bajo las disposiciones de la ley escrita, de
los principios legales de las normas del buen gobierno; por eso se considera
en el ámbito mundial, que sin otro poder que su fuerza moral, esta institución
no debe ser vulnerada por la corrupción.
3. DIAGNÓSTICO
¿Es moderna la contabilidad pública municipal?
La centralización de la información desenfrena problemáticas a nivel
eficiencia, eficacia, efectividad en la calidad del control y modernización
de la contabilidad pública municipal en su sector central y
descentralizado; donde se puede plantear la siguiente pregunta: ¿Es
moderna la contabilidad pública municipal?
Es de trascendental importancia reconocer que se adelantan pasos a la
modernización contable, en especial en la CONTADURÍA GENERAL DE
LA NACIÓN, donde se generan esfuerzos de gran magnitud, para
establecer estrategias de modernización y control de la información, para
compenetrarse en el programa del Gobi erno Nacional en el control de la
corrupción y aplicación de entrega de subsidios y programas para los
entes descentralizados, como son los municipios, departamentos,
institutos educativos y de salud, entre otros.
Generar una cultura de contabilidad pública, engranada en la
modernización del estado, con una muy buena información, y tácticas de
control, interno, fiscal, político y social, busca en últimas el desarrollo de
la nación, reflejando en la provincia nacional todos los esfuerzos
realizados, por entidades encargadas de gestionar los programas de
desarrollo social y económico como el Ministerio de Hacienda,
Planeación Nacional, y otros no menos importantes, que deben proponer
políticas fiscales y monetarias en nombre del Gobierno Nacional.
La contabilidad pública como el instrumento o la herramienta más
importante de la información, donde aplica normas, metodologías, y
técnicas contables, de carácter uniforme y obligatorio, permitiendo
consolidar con cierta periodicidad datos estadísticos y de c ontrol regional,
generando para las entidades criterios más gerenciales en el uso y
asignación de recursos; fortaleciendo igualmente los instrumentos para
los controles internos y externos; deja en el ambiente un impulso para
establecer un proceso cultural de asimilación y apropiación colectiva de
estos conceptos, como también los medios para la interpretación y
utilización de esta variables.
Concluyendo que la modernización de la contabilidad pública deja ciertos
sin sabores, por lo reciente de su inicio en al ámbito nacional, como
también por la poca comprensión por parte de los funcionarios públicos
de establecer prioritariamente información veraz a través del lenguaje y
premisas de la contabilidad pública, que permiten fortalecer la repartición
de los r ecursos centrales, y el control de los mismos, evitando en todo el
proceso actividades corruptas al interior y exterior de la función pública.
Es de suma importancia enmarcar el diagnóstico con una visión subjetiva,
de todo el macrositema contable público, en tres aspectos generales; lo
organizativo, lo procedimental y en la ética de los funcionarios públicos;
aspectos estos, que influyen de una u otra forma en la calidad de la
información contable pública municipal, en su sector central y
descentralizado; columna vertebral del presente trabajo.
3.1 ORGANIZATIVO:
3.1.1 Cultura Contable vs. Crecimiento y Desarrollo:
Como se trata de humanos los que desarrollan las actividades de
información contable, es un hecho de cultura del conocimiento y de la
aplicación contable; porque igualmente no es un solo problema de la
información, si no también de la formación, para lograr un verdadero
crecimiento y desarrollo integral de la política fiscal y monetaria.
De la sumatoria de esto no surge como un proceso matemático, sino un
proceso espacio- temporal de socialización humana en sus distintas
dimensiones y referentes, en sus prácticas y saberes, en sus oficios e
interacciones, en lo público y lo privado, en total en todo lo plural que nos
cobija.
La construcción pedagógica por competencias de las actividades de la
cultura de la contabilidad pública, con esfuerzos en la capacitación, en la
divulgación, y promoción colectiva, en igual o mejor proporción que lo
exige la ética y la eficacia pública; el funcionamiento eficiente del estado,
y la necesaria rendición de cuentas; con los ejercicios contables de
controles fiscales, disciplinarios, interno y social.
Imponiendo como es lógico la competitividad en los procesos de la
administración pública en todos los niveles y sectores, en sintonía con las
tendencias internacionales predominantes y con el conocimiento
globalizado, para no estar en los coletazos de la contabilidad pública
mundial.
3.1.2 Control político y social:
El acento en los controles es una voz sola en el desierto, para lograrla se
requiere de gestión y de resultados emitidos por la información,
recomendando así los correctivos necesarios.
Las alianzas en el presente son contadas, aunque han despegado en los
últimos tiempos con la participación de la Esc uela Superior de la
administración Pública y el Departamento de la Función Pública, como
estrategias que permiten potenciar las fortalezas de cada institución.
Los controles internos, fiscales, político y ciudadano han determinado
nuevas etapas en luchas frontales con la corrupción. En países donde se
ha logrado controlar o mantener bajos niveles de corrupción, se deben en
buena medida a los esfuerzos para desarrollar SISTEMAS DE
INFORMACIÓN DE NATURALEZA CONTABLE, donde así las
autoridades y los ciudadanos pueden indagar permanentemente por el
manejo de los recursos y los bienes públicos.
El país no se ha concientizado de la realidad y la necesidad de ejercer
una verdadera auditoria social sobre los recursos y sobre el manejo
contable.
El empoderamiento de la comunidad civil no es aún una realidad, donde
las universidades y la creación de veedurías contables cívicas no se han
puesto en funcionamiento, para lograr un óptimo sobre los organismos y
los fondos públicos, aunque se han hecho ingentes esfuerzos, pero la
falta de una cultura de la contabilidad pública municipal es evidente.
3.1.3 Lucha Contra la Corrupción y Herramientas:
Los factores que coadyuvan a la corrupción son entre otros, como primera
línea lo concerniente a la inoperancia o insuficiencia de los controles,
especialmente el del control interno. El estado colombiano ha puesto
particular énfasis en la instauración y desarrollo de sistemas de control
interno que limiten o elimine las acciones que impliquen manifestaciones
de corrupción.
E n 1.993 se puso en práctica la ley 87, que definió “objetivos e
instrumentos muy precisos para el ejercicio del control interno en las
entidades gubernamentales”, algunos de los propósitos se orientan a
velar porque todas las actividades y recursos de la organización se dirijan
al cumplimiento de sus propios objetivos; garantizar la eficacia, eficiencia
y la economía en todas las operaciones, promoviendo la correcta
ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la
misión institucional ; verificar correctamente la evaluación y seguimiento
de la gestión organizacional, soportada en objetivos y metas precisas y en
una correcta asignación de funciones; pretende también asegurar la
oportunidad y confiabilidad de la información y sus registros.
Al mismo tiempo la norma prescribe para el control interno corroborar que
todas las transacciones de las entidades se registren en forma exacta,
veraz y oportuna, de forma tal que se viabilice preparar informes
operativos, administrativos y financieros. Igualmente, ordena proteger los
recursos de la organización buscando su adecuada administración ante
posibles riesgos que lo afecten.
Las principales deficiencias de la contabilidad pública se pueden esbozar
así:
• No se dispone de sistema contable
• No s e incluyen partidas contables significativas
• No se aplica el PGCP.
• No se concilian periódicamente las cuentas.
• No se practican conteos físicos sobre inventarios y propiedades,
planta y equipo.
• No se aplican técnicamente provisiones y depreciaciones.
• Inexi stencia o de actualizaciones de manuales de funciones y
procedimientos.
• Sistemas de información manuales.
• Deficiente integración de los flujos de información.
• No se han implementado sistemas de información de control
interno contable
• Notas explicativas inc ompletas.
Como se definió entonces estas divergencias se dan en dualidad entre los
organismos de control interno y los empleados públicos encargados de
llevar acabo la información contable, en donde encontramos la principal
falencias administrativa es en el entrenamiento y capacitación, para
digerir completamente toda la información de las leyes y las normas, y el
cumplimiento de la entrega de la información a los organismos locales y
nacionales.
3.1.4 Sistema Nacional de Control Interno:
Los controles de gestión territorial establecidos en el orden jurídico
institucional colombiano son: Interno, Fiscal, Disciplinario, Jurídico,
Ciudadano, Social y Político.
El control interno se consagra en la Constitución Política de Colombia en
su artículo 269, señalando la “obligatoriedad de las directivas de las
entidades públicas de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de
control interno”.
La ley 87 de 1.993 estableció “las normas para el ejercicio de control
interno, lo definió como el sistema integrado por el esquema de
organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas,
procedimientos, y mecanismos de verificación adoptados por una entidad,
con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y
actuaciones se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y
legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en
atención a las metas u objetivos previstos”.
Se incluyen las características principales de este tipo de control, con el
objetivo de dar a conocer la incidencia que tiene sobre la información
contable y sobre el desempeño institucional de los responsables de la
preparación, administración, y difusión de la misma.
La ley 136 de 1.994 “autoriza a los municipios y a las entidades
descentralizadas, así como a las personerías municipales y contralorías
municipales a través de sus representantes legales, la adecuada
organización e implementación de sistemas de control interno en la forma
prevista por las normas legales correspondientes”.
La ley 60 de 1993, en su artíclulo 32 en materia de control interno y fiscal
establece que, “los departamentos y municipios y sus entidades
descentralizadas, diseñarán e implementarán los sistemas de control
interno que se refiere el artículo 269 de la Constitución Política, para
garantizar la protección y el uso honesto y eficiente de los recursos que
se transfieren en desarrollo de la presente ley”.
La ley 489 de 1.998 artículo 27, crea el “Sistema Nacional de Control
Interno y establece los principios de la función admi nistrativa como son: la
buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad,
eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad, y
transparencia; que se aplicarán a la prestación de servicios públicos, en
cuanto fueren compatibl es con su naturaleza y régimen.
El conjunto de instituciones que conforman el Sistema Nacional de
Control Interno, está dirigido por el presidente de la República y
asesorado por el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de
Control Interno de las entidades del orden nacional, presidido por el
director del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Se define como el conjunto de instancias de articulación y participación,
competencias y sistemas de control interno, adoptados en ejercicio de la
administración pública, por los organismos y entidades del Estado en
todos sus órdenes, que de manera armónica, dinámica, efectiva, flexible,
y suficiente, fortalecen el cumplimiento cabal y oportuno de las funciones
del estado”.
El servidor público, como eje del sistema de control interno, tiene la
obligación de realizar todas y cada una de sus acciones atendiendo los
conceptos de autocontrol y auto evaluación., apoyando las actividades
orientadas a fortalecer el funcionamiento del sistema de control interno
del organismo o entidad a la cual pertenece.
Dentro de los objetivos del control interno visualizamos la importancia de
la contabilidad pública directamente relacionada con el control interno y la
información contable, debido a que por medio de esta se identifica la
totalidad de los hechos financieros, económicos y sociales que suceden
en cada entidad, lo que permite que todas sus operaciones se registren
debidamente en documentos soportes aplicando las normas vigentes.
Además el Contador General De la Nación tiene asiento en el Consejo
Asesor del Gobierno Nacional en materia de control interno, instancia a la
que corresponde tareas como “la adopción, divulgación, capacitación, y
aplicación de políticas, además de emitir pronunciamientos sobre fut uras
normas al respeto”.
De esta manera, la labor mancomunada entre las diferentes esferas de
control y la contabilidad pública, se convierte en ingrediente fundamental
para solucionar las deficiencias que en cuanto al manejo de la
información financiera se observa en un buen numero de entidades
nacionales, territoriales y municipales que tienen que ver con el no uso de
la información contable como herramienta de planificación y toma de
decisiones, deficiente integración en los flujos de información en las
distintas áreas y limitaciones en la estructuración de mecanismos de
salvaguardia de interés público.
Como factores que limitan el buen funcionamiento del control interno se
vienen evidenciando los siguientes:
• El insuficiente compromiso de los servidores públicos con la cultura
de la planeación y el autocontrol.
• La parcial percepción de la alta dirección de las entidades sobre el
verdadero sentido del sistema y su importancia para el
mejoramiento institucional de la administración pública.
• Deterioro de l os principios y valore éticos en la formación del nuevo
ciudadano colombiano
• La carencia de definición de procesos y procedimientos que ha
originado la sub.-utilización del recurso tecnológico y la ausencia
de sistemas de información, no obstante las cuantiosas inversiones
en equipo de cómputo, redes y teleprocesos que no han sido
aprovechados en toda su extensión.
• Ausencia de independencia y objetividad por parte de algunos jefes
de control interno en la evaluación de los sistemas, debido a la
subordinación legal y funcional directa con el representante legal
de la institución de la cual pertenece.
3.2 PROCEDIMENTAL
3.2.1 Condiciones de Capacitación y Entrenamiento contable:
La centralización del sistema de información, deja también para las
entidades territoriales y descentralizadas, la capacitación y el
entrenamiento de nuevas normas; en ser las últimas en recibirlas y
ponerlas en práctica, falencia sentida para el fortalecimiento cultural de la
contabilidad pública, pues mientras en el centro, la información se
transmite de forma rápida y oportuna, en la periferia es atrasada e
ineficaz.
Las consecuencias son variadas, desde la década de los ochenta el país
ha vivido una atmósfera de descentralización enmarcada por abrir
canales de participación ciud adana en respuesta al conflicto armado y por
la necesidad de reformar las instituciones centralistas, que siempre han
limitado la participación ciudadana. En las decisiones y en el manejo de lo
público, iniciando con la elección de alcalde por voto popular y llegando a
la constitución de l.991, reformada por la asamblea nacional
constituyente.
Pero toda esta visión de descentralización política no refleja en mayor
grado la descentralización de procesos de capacitación, normatización,
comunicación, interacción, entre los funcionarios públicos, los ciudadanos
y los entes de control en los estamentos descentralizados como los
municipios.
3.2.2 Vigilancia y Eficacia:
La gestión pública como conjunto de actividades realizadas por las
entidades públicas de orden nacional, departamental o municipal, con lo
que resuelven necesidades y problemas de la comunidad y la nación o
entregar bienes o servicios a los ciudadanos o la sociedad en general,
tomando recursos de los ciudadanos o los empresarios. Para asegurar el
correcto uso de estos recursos se establece un sistema de gestión,
conformado por un proceso administrativo de planear, dirigir y controlar;
por procesos, procedimientos y actividades y por objetivos, estrategias y
decisiones.
Ante la escasez de esos recursos se requiere que se gasten e inviertan
de manera adecuada y se controle su uso por parte de los mismos
servidores públicos o de los ciudadanos.
Para cumplir con las demandas sociales, comunitarias o ciudadanas, el
gobierno nacional y los departamentos y los municipios deben realizar un
Plan de Desarrollo Económico, Social y Ambiental y los jefes de las
entidades públicas deben elaborar un Plan de Acción tendiente a cumplir
con los objetivos trazados en éstos.
Dichos planes se expresan en el uso de los recursos humanos,
tecnológicos, físicos, y materiales; a su vez estos recursos se adquieren a
través de dinero, cuya recepción, utilización y custodia constituye la
gestión financiera de las entidades públicas; de los planes, programas,
proyectos, de lo s contratos y las obras públicas.
Para la recepción y utilización y custodia de esos recursos se
establecieron funciones de “Presupuesto, tesorería, y de registro de
actividades y hechos económicos, financieros y sociales a través de la
Contabilidad Públ ica”. P.G.C.P. (Plan General de Contabilida Pública).
Mejorar el desempeño es lo sustancial para los servidores públicos,
haciéndose los respectivos controles, orientando sus actividades a
resultados, donde la comunidad no solo reciba el cumplimiento de la
misión institucional, si no el diseño de objetivos, metas, políticas y
estrategias, para el logro de la calidad, oportunidad, y efectividad de la
generación y prestación de los servicios públicos.
Diseñando sistemas, métodos, procedimientos e indicadores para el
control de la gestión. La participación de la ciudadanía pasa a ser una
herramienta de vinculación efectiva en la gestión operativa, estratégica, e
institucional de las organizaciones públicas.
La transparencia y la flexibilidad, hacen responder a las necesidades
permanentes de desarrollo social e institucional, volviéndose instituciones
altamente competitivas, donde se compite por la obtención de recursos
estatales y privados con base en la evidencia de sus resultados y en la
satisfacción de los usuarios, en el cumplimiento de metas y en el
desarrollo de una cultura de servicios.
3.3 EN LA ÉTICA DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLLICOS
3.3.1 Ética y Convivencia, Actitud de Confianza Humana:
El desempeño del profesional contable aparece íntimamente ligado al
espacio de la información, lo que le permite no solo conocer la marcha de
las empresas, si no intervenir los procesos de toma de decisiones y el
ejercicio de controles tanto internos y externos. Es por ello que la labor
del contador es fundamental soporte para el empresario y en este caso
para el gobierno, es obvio entonces que la observancia de principios
éticos por parte del contador, como extensión de la entidad; permite
identificar la utilidad social de su trabajo, para ejercer su dimensión de
justicia y asumir con prudencia los riesgos.
Situándonos en la historia en el año de 1982, año marcado por profundas
convulsiones en el sector financiero del país debido a inadecuadas
prácticas de administración y control que se ejercían en algunos bancos.
Las consecuencias tangibles e inmediatas de estas se manifestaron en
que una institución bancaria fue cerrada definitivamente y otra se
nacionalizó para evitar mayores perjuicios; poniendo en aprietos a
pequeños ahorradores y a productores que habían confiado en la solidez
de esos organismos crediticios.
Se indicó en aquel entonces que aunque sobre la crisis había muchas
preguntas por hacer, la principal apuntaba a ¿porqué no se había
detectado a tiempo lo que estaba ocurriendo? y pronosticándose que
ocurrió entre otras por la falta de datos o porque los que se recibían eran
inexactos. ¿Dónde estaban los revisores fiscales?, ¿Porque no ejercieron
sus funciones y trataron de impedir estas irregularidades?, ¿Cómo dieron
fe pública sobre balances y estados financieros que no reflejaban la
realidad?
A los pocos años se desplomó el sistema cooperativo como resultado
también de actividades no transparentes. Asimismo, se nacionalizó una
institución con problemas de liquidez y nuevamente se notó lo poco
transparente en los organismos de control tanto interno como externo de
nuestro aparato financiero privado y público.
Los problemas recaen sobre las personas encargadas de producir la
información financiera de estas instituciones.
Ciertamente se ha llevado ingentes esfuerzos en los últimos años por
impartir reglas de principios contables y normas de regulaciones
específicas, como son el decreto 2160 de 1986, consagra normas sobre
“ los Planes Únicos de Cuentas” , y la propia ley 43 de 1990, que definió “el
estatuto para el ejercicio de la contabilidad pública, a la vez que formuló
precisiones sobre la figura de la revisoría fiscal y restituyó el código de
ética”, pues el anterior había sido declarado diez años atrás inexequible
por la Corte Suprema de Justicia. Una década sin código de ética para los
profesionales contadores.
El artículo 35 de la ley ya nombrada 43 de 1.990, nombra claramente las
condiciones de “conciencia moral, aptitud profesional e independencia
mental en contexto de una gran función social asignada a la contaduría
pública y la Corte constitucional lo reafirma al declarar en diferentes
ocasiones a través de sus fallos, “...Son datos e información que deben
ser refrendados por los contadores...”
Estas fallas de ética se pueden estudiar desde 2 factores o razones:
La primera, por el vacío en la formación y regulación profesional, evitando
al contador roles de liderazgo y fiscalización de las actividades
económicas públicas y privadas.
La segunda razón es la forma de auto-percepción y de asumir su
ocupación, es decir su postura ética y moral frente a sus actividades.
Sobre el primer tema, las limitaciones se remontan , al ser una disciplina a
la que se le deposita en sus funciones y facultades gubernativas el dar fe
pública, pues no solo remont a sus propias funciones, y también las
comparte con lo jurídico, y ser una función delegada por el estado, como
certificadora para terceros dándoseles un estatus especial .
En total la responsabilidad moral esta determinada por el conocimiento y
la libertad y lógicamente sobre la independencia mental, coartadas por
las funciones ordenadas por el estado y la empresa privada.
La independencia se destruye desde el mismo momento en que el
profesional no tiene claro la función de dar fe pública, al volverse también
en un dependiente trabajador y por que las universidades y el mismo
Estado no han determinado, ni predeterminado el presionar para que esta
independencia se vuelva una realidad.
Para que la profesión y las instituciones no se conviertan en solo
generadoras de radiografías de ecuaciones financieras, deben evidenciar
su impacto sobre la solución de necesidades básicas insatisfechas y la
ampliación de cobertura en servicios y aprovisionamiento, demostrando
los fines sociales de la contabilidad públic a, generando en los servidores
públicos, en especial los que se desempeñan en las áreas contables,
retos éticos y de comportamiento frente al transparencia y eficacia de la
administración publica.
Resulta indispensable la participación activa de los contadores en la
esfera de lo público, porque ello significa asumir la convicción de que su
aporte a la solución de problemas esta estrechamente ligado a su
condición de ciudadano pro-activo, como también su papel de suma
importancia en la participación polític o- administrativa de la nación, así
sea desde su patria chica si es funcionario de alcaldías u otras regionales.
El llamado está para los profesionales de la contabilidad pública, a buscar
mecanismos de auto ética, recobrando valores personales, como
también, ser concientes de su función social en el control anticorrupción.
4. PROBLEMÁTICA DEL CONTROL Y LA CULTURA CONTABLE
PROBLEMA:
“¿Están dadas las condiciones primarias, para reducir los procesos de
corrupción, estableciendo una estrategia integral que modernice y
controle eficazmente la gestión pública municipal
y de sus entes descentralizados, a través de la contabilidad pública?”
4.1 PLANTEAMIENTO GENERAL:
Una sociedad democrática considera que a quienes se les ha confiado
recursos públicos y la facultad de aplicarlos, tienen la responsabilidad de
rendir plena cuenta de sus actividades, en donde se identifique
claramente los objetivos, de esas destinaciones de los recursos, como
también la manera y el efecto de su aplicación.
El dilema de contar o no contar, de participar o no participar en la
modernización de la función pública, son de indispensable aplicación en
los territorios o regiones o municipios colombianos, el dilema no está solo
en el diseño de l as normas y los preceptos contables, si no en como, los
empleados públicos reciben esta información y se conectan a participar
activamente y decididamente a un proceso de modernización contable
que coadyuven en el proceso y políticas de anticorrupción a ni vel local,
departamental y con reflejos en lo nacional.
En el Estado se hace necesario implementar en todos sus estamentos, un
lenguaje contable y de control, que permita llevar las cuentas y mostrar el
manejo de los recursos, contar la gestión no tanto monetaria, como
analíticamente, introducir métodos de cálculo y registro, realizar
inventarios, y ejercicios orientados a revelar, de manera oportuna y
confiable, las diversas operaciones de las entidades oficiales.
Fortalecer los niveles de confianza y credibilidad de los ciudadanos en las
cifras, informes y balances oficiales.
“EMPODERAR” a los colombianos individual o colectivamente, para que
se valgan de la contabilidad pública como instrumento de seguimiento,
control y rendición de cuentas de los directivos, funci onarios o
mandatarios oficiales; las metas de calidad y excelencia en la información
y estados contables para que el ente central contable cumpla con su
objetivo de soporte y apoyo a la elaboración de estadísticas y la
generación de datos para el seguimiento de las políticas
macroeconómicas y fiscales.
El factor inteligencia y aprender haciendo por competencias, son
problemáticas a solucionar en el corto plazo, para todos los empleados
públicos, en especial los directamente relacionados con
responsabilidades de ser representantes de las entidades contables
municipales.
Solucionar los cambios de mentalidad rápidos y eficaces de los
empleados públicos e insertarlos a la economía de mercado y de
globalización que se adelanta en la actualidad, como un cambio de
paradigma y de comportamiento en miramiento a seguir los pasos buenos
o malos en las aplicaciones laborales de los vecinos.
Acciones y atención en pro de la recuperación ética de lo público, la
transparencia de la gestión y el verdadero Estado Social de Derecho
promulgado en la constitución Política, como programas de recuperación
y transparencia, de no más pérdidas para el estado por demandas y
corrupción...
4.2 OBJETIVO:
Señalar específicamente y con claridad el alma principal de la
problemática que encierra la aplicación de las funciones y normas
de la contabilidad pública municipal.
4.3 INFOMACIÓN:
Una de las variables que más repercute en la administración de la
contabilidad pública a nivel municipal, es la información que llega desde la
central de la Contaduría General de la Nación, o desde los entes de
control centrales como la Procuraduría y la Contraloría, o desde el
gobierno ejecutivo; como cuello de botella es bastante identificable este
tema y no por más, si no por que; la información financiera debe ser
oportuna, veraz y constante, de doble vía desde la provincia hacia el
centro y desde el centro para la provincia.
Todos los beneficios del balance general de la nación, que representa
conjuntamente con el presupuesto, uno de los importantes instrumentos
de control repúblicano, se pierden por cuanto no son presentados en
forma oportuna.
Debe evitarse un excesivo plazo entre el momento del cierre del balance,
por parte de la Contaduría General de la Nación y su discusión en la
C omisión legal de Cuentas de la Cámara de Representantes. Así, el
bance, debería presentarse anualmente al Congreso de la República en
un tiempo mucho má reducido que el que establece el parágrafo del
artículo 354 de la Constitución Nacional , con miras a obtener resultados
en tiempo real, como una contribución trascendental que afianza el
cumplimiento de los mecanismos republicanos de control de los actos del
gobierno.
Como el sistema contable es el eje integrador del conjunto de la
información de los hechos sucedidos, recogiendo la totalidad de los datos
de los diversos centros de registro para que produzca diversos estados
con diferentes grados de agregación y periodicidad, procesados mediante
la aplicación de modernas tecnologías administrativas y financieras.
La documentación incompleta y controles internos débiles, debilidades
financieras y problemas con el mantenimiento de registros fundamentales
centrales y descentralizados, constituyen serias limitantes y entorpecen
los esfuerzos del gobierno nacional para informar respecto a una buena
parte de los activos, pasivos y costos del sector gubernamental, no
pudiendo los organismos emitir dictámenes al no poderse formar una
opinión sobre la confiabilidad de los estados financieros consolidados.
Debilidades en la información financiera se presentan porque no se es
exigente con las entidades territoriales y descentralizadas en la
elaboración de los estados financieros, o en su defecto no se castiga la
no presentación de los mismos en las fechas requeridas, generando en
muchos casos focos de corrupción, ya que la información financiera se
expone a la divulgación no apropiada, destrucción, modificación o fraude.
La etapa de considerar que las entidades públicas se comporten como
islas apartadas, con contabilidad es y sistemas de administración propios,
se deben interconectar por los sistemas de información en
aprovechamiento de la tecnología y el acercamiento de capacitadores
integrales, a los empleados públicos municipales y regionales.
En general es la información igual que la formación, grandes causas de la
problemática planteada.
4.4 Normatividad:
Es fundamental en las universidades hacer ingentes esfuerzos para que
en los pénsum académicos, se enseñe constantemente la normatividad
que recoge todo el funcionamiento de la contabilidad pública, igualmente
son tantas las normas que han venido estableciéndose en el país que a
los empleados municipales no se le es fácil asimilarla.
En la Contaduría General de la Nación en el terreno de la contabilidad
pública, hay una permanente investigación y generación de normas que
se actualizan constantemente, precisamente porque su ámbito de
aplicación tiene tantos frentes como actividades le incumben al Estado.
4.5 Capacitacion, entrenamiento:
A los empleados público s en el ámbito local, no se les presenta
oportunidades de acceder a lo medios de capacitación, nivelación y
entrenamiento constante sobre temas directos e indirectos de la
contabilidad pública.
Los motivos de esta realidad se relaciona directamente por lo lejano del
territorio, por no tener los medios tecnológicos, o por ser empleados de
libre remoción o peor aún por ser contratados por los políticos de turno
para los puestos, las consecuencias son variadas pero se pone en juego
la credibilidad de la información, de las instituciones encargada de las
mismas, igualmente el estado central no puede tomar decisiones reales,
presupuestales.
Los representantes legales de cada institución son en definitiva los
directos responsables de las situaciones anómalas de sus empleados y
en este caso particular de los contadores municipales.
4.6 Descentralización, información financiera territorial:
La función de la gestión de los flujos de información de las entidades
territoriales a las dependencias del gobierno central y a los organismos
centrales de control, resultan cruciales dentro del proceso de
compatibilizar la autonomías de las entidades territoriales con el papel de
control y seguimiento propios del Gobierno Nacional.
A si mismo, la toma de decisiones con respect o a las variables financieras
regionales se ve obstaculizada por la carencia de un sistema único y
adecuadamente reglamentado de recopilación y producción de
información financiera regional.
Por otra parte, las responsabilidades del ministerio de Hacienda en
cuanto al seguimiento macroeconómico, presupuestal autorizaciones de
operaciones de crédito y apoyo fiscal de las entidades territoriales,
requiere de un flujo de información contable financiera y fiscal, confiable y
oportuna. En igual sentido, esta información es fundamental para el
cumplimiento del mandato constitucional que asigna a la Contaduría
General de la Nación las funciones de “uniformar, centralizar, consolidar
la contabilidad pública”; a la Contraloría General de la República la
certificaci ón de la situación fiscal de los entes territoriales; y al
Departamento Nacional de Planeación la evaluación de la gestión y
resultados de planes y programas de desarrollo, así como la
determinación de los montos a transferir a los entes territoriales.
Los sistemas de información de las entidades territoriales son un conjunto
heterogéneo, donde se encuentran desde sistemas integrados de
información financiera hasta la incapacidad para procesar distintos niveles
de información. Las distintas demandas de información del nivel nacional
hacen una tarea dispendiosa e ineficiente que no satisfacen estas
demandas y sí debilita la gestión interna de la entidad territorial.
El sistema financiero requiere para evaluar la capacidad de pago y
solvencia de las entidades territoriales prestatarias.
En vista que no existe un sistema único y de fácil acceso, los bancos y las
entidades financieras optan por solicitar los datos significativos a las
propias entidades territoriales, aumentando la carga que esto supone
para el procesamiento de la información.
El Programa de los Sistemas de Información Financiera Territorial
FOSIT, convenio suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo BID
y el gobierno nacional, para organizar de forma confiable, oportuna y
completa, los datos que se generan al interior y entre las entidades
territoriales del país señalan como principales propósitos:
• Mejorar la información para la toma de decisiones en los gobiernos
central y territorial.
• Incrementar la transparencia en la utilización de los recursos
fiscales
• Favorecer el acceso del público con fines de evaluación y control.
• Racionalizar los canales de comunicación entre los niveles
nacional y territorial, eliminando duplicaciones e instituyendo a la
contaduría General de la Nación como catalizador único.
• Apoyar proyectos de fortalecimiento de la administración financiera
en las entidades territoriales
Teniendo en cuenta las dificultades de logística y de recursos para
abarcar alrededor de 3.000 entidades territoriales existentes en el país,
muestran en sus etapas iniciales el problema del manejo de la
información financiera y de dar respuesta a los problemas sobre el
manejo de la información financiera señalados por los entes centrales,
resaltando como es lógico el atraso de la acti vidad económica y financiera
de los entes territoriales y el Gobierno Nacional.
El Banco Mundial requiere conocer con certeza el comportamiento de los
programas que financia en Colombia, y necesita estructurar que el Plan
General De Contabilidad sea perfecto en su ejecución para llevar un
control de estas actividades, por eso una de las virtudes de la
contabilidad, la flexibilidad.
Lo de mostrar es, que en la medida que se dispone de un sólido sistema
contable, no se requiere de subsistemas “satélites” o independientes, que
en últimas no realizan aportes sustanciales; la información se concentra
en el sistema general contable, para ser recogido por el organismo
multilateral.
4.7 Control ciudadano:
Puede la contabilidad pública convertirse en la herramienta más
importante para verificar el cumplimiento de los Programas de Gobierno
de las administraciones de turno por los siguientes motivos:
• Proporciona datos históricos, haciendo seguimiento a hechos pasados
producto de la gestión y los resultados de c ada gobernante, así como
las condiciones en que cada uno de ellos al finalizar su período, desde
su punto de vista de los recursos gestionados, su aplicación, nivel de
activos, pasivos y patrimonio público.
• Ofrece a la comunidad la opción de evaluar como se ejecutan los
planes de desarrollo y presupuestos en logros concretos tales como
adquisición y construcción de nuevos bienes orientados al servicio de
la comunidad, gastos de inversión social en educación, salud,
vivienda, saneamiento básico y otros.
• Permite conocer la condición financiera de la entidad, aportando
información permanente sobre sus posibilidades de manejo en lo
referente a generar nuevos recursos, administrarlos eficientemente y
aplicarlos nuevamente en bienes y servicios de la población.
• Permite elaborar informes financieros proyectados como soporte más
confiable a la elaboración de Planes de Desarrollo y Presupuestos,
cuya programación tradicionalmente se ha llevado a cabo sobre bases
subjetivas de cálculo como porcentajes de incremento sobre años
anteriores o índices de inflación.
Se nota que la contabilidad pública se debe repensar sobre los
instrumentos que debe tener la administración gubernamental para
efectos de su propio autocontrol, así como para el control externo,
político, ci udadano, fiscal, y garantizar la eficiencia, eficacia, economía, y
transparencia para su gestión y respuesta a la población.
La contabilidad pública a portas de constituirse en la única fuente de
información financiera, económica, y social dentro de los proyectos de
modernización del Estado colombiano, considera que la función de control
en el Estado se vería altamente beneficiada con un sistema que contenga
integralmente todos los elementos necesarios para realizar una labor
exclusiva de control, en bene ficio primordialmente de la comunidad, que
espera de estos organismos un desempeño como verdaderos garantes
de la administración pública.
4.8 Control político y fiscal :
Una vez la administración pública obra en armonía y concurso con todas
las entidades que la componen, debe someterse al juicio y vigilancia de
otra función pública establecida en el artículo 267 de nuestra
Constitución, como es el control fiscal, cuyo propósito es vigilar la gestión
de la administración y de los particulares o entidades q ue manejan bienes
o fondos del estado en todos sus ordenes o niveles, ejerciéndose de
manera posterior y selectiva sobre las actividades, operaciones y
procesos.
En materia de control político, el poder legislativo al proponer una moción
de censura respec to del desempeño de los empleados públicos en
asuntos de sus cargos y funciones, los sistemas de información, ent re
ellos el contable, sirven de base al máximo organismo a fin de verificar
acciones o actuaciones administrativas, ya que suministran pruebas
importantes que respaldan la realización de este tipo de control.
Las funciones de las contralorías, establecidas en el ordenamiento
constitucional y legal de nuestro país, fueron factor básico en la
reglamentación del Sistema Nacional de Contabilidad Pública, pues
influyeron para la formulación de estados contables e informes,
proponiendo de un lado los de naturaleza cualitativa, que permitan medir
la gestión y los resultados, de otro, cuantitativa , que posibilite la gestión y
los resultados en términos concretos, a fin de establecer la capacidad de
nuestros gobernantes y gerentes públicos para generar los ingresos
necesarios en la ejecución del plan de inversiones y su reflejo posterior
en el suministro de bienes y la prestación de servicios a la comuni dad,
traduciéndose en desarrollo económico, social y bienestar general de la
población.
La Contaduría General de la Nación decidió que los estados e informes
financieros y contables, una vez preparados por la administración, deben
contener antes de someterse al escrutinio del control fiscal, la firma del
gobernante o gerente, como responsable de lo que allí consignado
corresponde al resultado de su gestión.
Del mismo modo, dichos resultados deben ser certificados por la firma de
contador público con tarjeta profesional, como garante legal de que los
hechos económicos, financieros y sociales que sucedieron en el ente
público fueron identificados, evaluados, registrados y revelados siguiendo
los principios generales y las normas técnicas de la Contabilidad Pública,
emitidas por la Contaduría General de la Nación.
Las contralorías podrán promover ante las autoridades competentes,
aportando las pruebas que fueren del caso, las investigaciones
disciplinarias y sanciones contra los funcionarios que incumplen las
normas de contabilidad expedidas por el Contador General de la Nación
4.9 Saneamiento contable:
Mediante las circular externa 013 del 2 de diciembre de 1.996, fueron
impartidas las instrucciones para el debido reconocimiento, valuación, y
revelación de las operaciones financieras, económicas y sociales, dada la
coyuntura que se presentaba con el nacimiento de la Contaduría General
de la Nación, quien en desarrollo del mandato constitucional según el
artículo 354, organiza el sistema de información contable, ejercido
anteriormente por las contralorías.
Posteriormente fue expedida la circular externa 032 del 14 de enero de
2.000, por medio del cual se definió un procedimiento para los registros
concernientes al saneamiento contable, en complemento con lo
estipulado en la circular externa 013 de 1.996.
Con la expedición de la ley 716 del 24 de diciembre de 2.001, y sus
decretos reglamentarios 1282 del 19 de junio de 2.002 y 1914 del 10 de
julio de 2.003, se regula la obligatoriedad de adelantar procedimientos
administrativos necesarios para depurar la información contable con el fin
de revelar en forma fidedigna la realidad económica, financiera y
patrimonial de las entidades públicas, y se destaca entre otros temas, la
creación de comités especiales técnicos como apoyo a las decisiones que
se tomarán en cada una de las entidades.
En aras de reglamentar las normas anteriormente desarrolladas, expide la
circular externa 050 del 23 de agosto de 2.002, con el fin de actualizar el
proceso de identificación y reclasificación de saldos por depurar e
incorporación de partidas no reconocidas.
Para el seguimiento al proceso, la Contaduría General de la Nación,
expidió la carta circular 042 del 31 de enero, instructivo 015 y carta
circular 043 del 24 de septiembre de 2.003, así como la carta circular 048
del 8 de enero de 2.004, con el fin de obtener información suficiente que
permita consolidar los resultados obtenidos a través de este proceso.
Dado que la vigencia de la circular 050 de 2.000 era hasta el 31 de
diciembre de 2.003 y que la ley 863 del 29 de diciembre 2.003 en sus
artículos 65 y 66 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2.005 la vigencia
de la ley 716 de 2.001, la Contaduría General de la Nación, expidió la
circ ular externa 056 del 5 de febrero 2.004, para orientar a las entidades
en lo relacionado con las gestiones administrativas para la depuración de
la información contable y al culminación del proceso de saneamiento
contable.
Por efectos de tiempo y de poca capacitación, las entidades territoriales
encuentran un elefante blanco con el tema del saneamiento contable, que
no es difícil prever lo que va a suceder.
El saneamiento contable es muy válido como instrumento de partida hacia
una información razonable, veraz y a la vez de fundamental importancia,
para que los entes territoriales estén a tono con la realidad de los entes
nacionales.
5. SOLUCIONES:
“UN CIUDADANO ACCIONARIO, UN EMPLEADO FORMADO Y
EQUIPADO”
5.1 COMPROMISO GUBERNAMENTAL “CULTURA CONTABLE”:
El Estado colombiano ha asumido el concepto de Modernización,
implican do una gestión más responsable y eficiente en la prestación de
servicios por parte del aparato gubernamental. También una mayor
cercanía de los organismos a las personas y, a la vez, transparencia y
eficacia en la utilización de recursos fiscales.
Se defiende lo imperativo de que Colombia rescate el valor de lo público,
que le permita actuar en el ámbito internacional con sentido de unidad
nacional, con espíritu de país.
La participación directa de los entes territoriales al Sistema de
Información Financi era Territorial, FOSIT, y el Sistema Integrado de
Información, S.I.I.F., constituyéndose en dos pilares fundamentales para
la consecución de una información financiera oportuna y veraz; elementos
fundamentales de una gestión que se ajuste a los estándares
contemporáneos.
De otro lado la participación de la Contaduría General de la Nación, en el
seno de la Comisión de Estadísticas de las Finanzas Públicas, C. E. F. P.,
es también evidencia del reconocimiento de los aportes de la información
de base contable al proceso de unificación de las estadísticas
gubernamentales.
Para el S.I.I.F. Se han establecido tres grandes objetivos.
• “Integra las diferentes fases de la administración financiera a través de
un sistema de información que permita la coherencia int erna, la
continuidad compatibilidad de los flujos de información y la plena
utilización de esta última para la toma de decisiones sobre la
asignación de los recursos públicos.
• Adecuar los sistemas de manejo financiero de las entidades para el
cumplimiento de las responsabilidades y funciones que la actual
Constitución Nacional ha asignado.
• Mejorar el funcionamiento de los subsistemas del ciclo financiero, que
se identifican como estratégicos para un manejo global integrado”.
• El Sistema esta conformado por los módulos de Administración,
Programa Anual de Caja, Egresos, Cuenta Nacional, Seguridad, y
Contabilidad
• Para la contabilidad pública, también es fundamental y entre los
propósitos están los siguientes:
• “Registrar sistemáticamente todas las transacciones que se originan
en los entes públicos y que afectan la situación financiera.
• Presentar información contable y las referencias a sus soportes
ordenadas de tal forma que faciliten las tareas de control y auditoria.
• Permitir que la información que sobre el sector publico se procese y
produzca, se integre automáticamente al sistema de cuentas
nacionales.
• Generar los estados contables e informes complementarios de la
administración pública colombiana”.
• El FOSIT en cambio se concibe como un sistema de generación,
transmisión, procesamiento y distribución de información financiera,
entendida como un conjunto de registro y transacciones tanto de
ingresos como de gastos.
• La C.E.F.P. (Comisión de Estadísticas de las Finanzas Públicas) es un
ente recept ora de asistencia técnica intensiva en cuestiones de
macroeconómicas.
• El Fondo Monetario Internacional FMI seleccionó a Colombia en
1.997, por el departamento de Estadística.
• El seguimiento de este departamento ha dejado varias conclusiones:
• “No hay una base jurídica coherente que distribuya apropiadamente
funciones entre los distintos organismos encargados de recopilar y
producir información y estadísticas. Es decir, no hay una política
nacional de estadística con una distribución racional de
responsabi lidades y mecanismos de coordinación.
• Hay grandes diferencias sistemáticas en todos los organismos
compiladores de estadísticas en lo que se refiere a la organización y
coordinación de la función estadística, a pesar de reconocer que en
los distintos orga nismos se encuentra personal de buena formación y
calificaciones excelentes.
• Se descuida el aprovechamiento de información ya compilados por
otros organismos, lo que conlleva no solo a duplicidad de esfuerzos
sino a contradicciones e inconsistencias en la información oficial.
• Existe una estructura en cada organismo generador de estadísticas y
una renuencia a comunicar información de manera tanto al interior de
los organismos como entre ellos.
• Se detecta deficiencias en la oportunidad, periodicidad, cobe rtura y
metodología de compilación de todas las áreas de estadística que
dificultan de manera sustancial los análisis y la gestión de la política
macroeconómica y producen incongruencias intersectoriales.
• El nivel de articulación entre el sector público, es un abanico de
fuentes de información, en lo relativo a los niveles territoriales de
gobierno y las empresas públicas registra serias deficiencias y por lo
general no cuenta con información confiable y análisis sobre las
causas de los atrasos en el suministro.
• En cuanto a las técnicas de muestreo, dejan mucho que desear en sus
niveles de representatividad y considera que tomará varios años
estructurar adecuadamente el nuevo sistema contable y estadístico de
la Contadurías General de la Nación., que abarc ará a todas las
entidades.
• Otros aspectos son la valoración de títulos del gobierno y la
consolidación de cuentas ”.
5.2 TÉCNICA Y TECNOLOGÍA CONTABLE, COMO VALOR
AGREGADO:
Se debe ofrecer a los funcionarios gubernamentales las herramientas
necesarias para ejercer una gestión transparente y continua, porque
dotando de tecnología, se logran consolidar bases de datos y haciendo
participe a la ciudadanía se puede ejercer control – veeduría sobre el
cumplimiento de los objetivos sociales que la función pública lleva
intrínseca, a su razón de ser, como responsabilidad ante la comunidad.
El mejoramiento de la gestión, aplicando correctivos fundamentales
conducidos primordialmente a la capacitación de los funcionarios, al
mantenimiento tecnológico y científico de la contabilidad pública,
precisamente al existir una vasta normatividad dispersa en muchas
disposiciones legales, esta situación hace muy difícil y complejo su eficaz
aprendizaje.
Las técnicas pedagógicas y la aplicación de nuevas tecnologías, un
aprendizaje y nivelación constante por competencias, son factores
determinantes en mejoramiento continuo de la calidad de la función
pública.
De esta forma integralmente se contrarresta la desinformación, causa
principal de incurrir en actos de corrupción por omisión o participación
directa.
5.3 PROCESO ANTICORRUPCIÓN, CONTRALORÍAS
DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES:
La organización de la información contable en las entidades públicas es
efectiva en la lucha contra la corrupción desde diferentes ángulos.
Garantiza la transparencias en los procesos de contratación, al permitir
identificar casos en los que se favorecen a determinados contratistas,
posibilita conocer costos reales en la ejecución de obras o contratación de
servicios; facilita también el control en la entrega de anticipos a través de
soportes contables y hace factible la vigilancia de los costos de
interventoría.
Los saldos improductivos en caja o en poder de entidades financieras
pueden ser identificados en la contabilidad para establecer las sumas
dejadas de recibir y los responsables del mal manejo de los recursos de
tesorería.
Además, permite un control y seguimiento al estado y la contraloría
departamental y nacional de las rentas por cobrar, con mecanismos para
medir la eficiencia, gestión e índices de control de recaudos. Igualmente,
agiliza un adecuado control de inventarios evitando obsolescencias
técnicas, controlando el deterioro por baja rotación de inventarios o
calidad de productos e identificando elevados niveles de existencias o
adquisición de elementos innecesarios.
Garantiza igualmente, la adecuada incorporación de los bienes de
propiedad de los entes públicos, el control de gastos a través de estudios
comparativos por sectores económicos y la generación de la más
completa base de datos con que pueda contar la administración pública
para efectuar los cruces respectivos con los datos reportados por las
personas naturales o jurídicas del sector privado.
En forma más específica, la existencia de sistemas de información
contable en el sector público, facilita el conocimiento del valor de los
recursos y bienes disponibles y existentes, el origen de las obligaciones
adquiridas, la ubicación física de los bienes y las áreas responsables, el
costo individual de los bienes adquiridos, las personas vinculadas en
todas y cada una de las transacciones, bien como operadoras,
ordenadoras o autorizadas, y la evidencia documental de las
transacciones realizadas.
5.4 EFECTIVIDAD Y EFICACIA CONTABLE:
La crítica implacable y generalizada de que viene siendo objeto el Estado
por parte de múltiples sectores de opinión, basada en innegables
fenómenos de ineficiencia, corrupción, gigantismo, costos fiscales
excesivos y otros factores, e inscrita en tendencias mundiales de
modernización y competitividad, no puede soslayar los esfuerzos
sistémicos que se están cumpliendo en el frente de la Contabilidad
Pública en Colombia, a partir de las acertadas disposiciones incorporadas
en la constitución Política en 1.991 y de los positivos logros y desarrollos
obtenidos desde entonces en estas materias.
De esta forma se produjo un viraje sustancial frente a métodos y prácticas
eminentemente presupuéstales, para incorporar los que son propios de la
contabilidad acumulativa o patrimonial, basada en el sistema de
causación, en el que la razonabilidad, confiabilidad y calidad de las cifras,
estados y balances, permiten abordar varios objetivos fundamentales: por
un lado, hacer la administración, en todas sus escalas, una practica
gerencial, ligada a la planeación estratégica y de resultados, a
indicadores de gestión, a la aplicación de fórmulas de costo-beneficio
dirigidas a racionalizar la utilización de los recursos para funcionamiento e
inversión por lo tanto, a mejorar los servicios, la cobertura y el
cumplimiento de los fines sociales del Estado.
Se trata de un profundo cambio en la mentalidad de los responsables y
servidores públicos y en su quehacer frente al manejo de los recursos,
que tiene alcances en su cultura, comportamiento y en el nuevo arsenal
de técnicas derivadas de la Contabilidad Pública. Proceso que ya esta
mostrando resultados positivos aunque silenciosos, o aún no lo
suficientemente reconocidos, como vectores de cambios en la naturaleza
y gestión de lo público en el país.
5.5 ÉTICA Y COMPROMISO:
La contribución de los sistemas de información confiables y acordes con
el tamaño de las responsabilidades y las empresas que prestan los
servicios, y sobre todo, los profesionales conscientes de la importancia
del sector al que se encuentran vinculados, ya que en el se materializa
uno de los componentes fundamentales del bienestar y desarrollo de la
sociedad.
El marco general para el papel que deben desempeñar los contadores
vinculados con dichas empresas y la conciencia de que trabajan en un
área vital para el desarrollo económico y social del país, porque
representa la interacción Estado –Sociedad y facilita la transformación
acelerada de la vida en los ámbitos nacional, regional y local , en un valor
intrínseco de factor de materialización de la democracia que promueve el
Estado Social de Derecho.
Su contribución al intercambio de información como profesional, entre las
empresas y el Estado, es garantía para el ejercicio de los derechos de los
usuarios, realización de los controles internos y externos y defensa de
condiciones mínimas de competencia.
El artículo 28 de la ley 142, indica que al Estado “le corresponden tareas
como la regulación de la prestación de los servicios públicos teniendo en
cuenta las características de cada región, fijación de metas de eficiencia,
cobertura y calidad, así como la evaluación de las mismas ”.
En la medida en que se cuente con flujos de información uniforme y
eficiente entre las empresas y los diferentes organismos
gubernamentales, se hace mucho más expedita la función del Estado
para conocer las características de cada una de nuestras regiones y
municipios y así poder trazar las políticas en la materia, más acordes con
cada una de ellas.
Cualquier autoridad económica del país que desee elaborar algún estudio
previo a la fijación de estrategias, dispone de los datos que los propios
contadores y representantes legales de las empresas proveen, como
resultado del us o de sistemas de información contable y no sólo de
proyecciones estadísticas o análisis externos que no son suficientes a la
hora de hacer un diagnóstico sobre un determinado aspecto económico o
financiero.
Lo anterior relieva la función de los contadores dentro del nuevo esquema
de prestación de servicios públicos, al obrar como “agentes de enlace”
entre las empresas y el estado, por medio de los informes contables que
elaboran, donde dan cuenta de la realidad no solo del organismo para el
cual prestan sus servicios, sino del entorno en el que se desenvuelven.
El artículo 9 de la ley 142 expresa que, entre otros, son derechos de los
usuarios “solicitar y obtener información completa, precisa y oportuna,
sobre todas las actividades y operaciones directas o indirectas que se
realizan con la prestación de servicios públicos ”.
O sea el Contador Público encuentra una estrecha relación con un
enunciado de la ley 43 de 1.990 o “Estatuto Orgánico de la Profesión de
Contador Publico”, donde el profesional se presc ribe que es un factor de
activa y directa intervención de los organismos públicos y privados y su
obligación es velar por los intereses de la comunidad y cumplir
estrictamente las disposiciones legales y profesionales y proceder en todo
tiempo en forma veraz, digna, leal y de buena fe.
Una actividad para observar un contador público es en el área de la
educación y orientación de los usuarios sobre como aprovechar de forma
mas oportuna, racional y económica los servicios públicos, las empresas,
la función pública, la manera como operan las empresas, el campo de la
comunicación y la mutua información, fundamentados en la confianza y la
legalidad, constituyen las competencias necesarias para hacer coincidir
los objetivos de quienes prestan los servicios públic os con sus fines
sociales y su mejoramiento estructural en el control donde se logre un
balance armonizando la participación de las diferentes instancias que lo
ejercen.
El último aspecto a relacionar es la actitud que debe asumir el profesional
en defensa de condiciones mínimas de competencias, defendiendo el
principio de neutralidad, a fin de asegurar que no exista ninguna práctica
discriminatoria en la prestación de los servicios.
Manteniendo celo con objetividad, con imparcialidad y actuación si
perj uicios en Todos los asuntos que co rrespondan a su campo de acción,
l os contadores tienen frente a ellos el reto de contribuir a que los
derechos básicos de los ciudadanos se satisfagan, y mantienen el desafío
de mantener la esencia pública de unos servici os, cuya previsión
representa factor indiscutible de desarrollo contando con el principal
recurso que es el acervo ético y científico y la confianza pública que han
depositado en ellos los colombianos, luego de varias décadas de ejercicio
probo de su profesión.
5.6 PARTICIPACION CIUDADANA, VEEDURÍAS CONTABLES:
Las veedurías ciudadanas son comités creados por los ciudadanos o las
organizaciones civiles, con el fin de vigilar la gestión pública, los
resultados de la misma y la prestación de servicios públicos.
Desde la constitución de 1.991 se ha venido desarrollando de manera
particular y general el marco conceptual de este mecanismo de control
social.
La ley 563 de 2.000 reglamentó las veedurías ciudadanas en cuanto a su
constitución, procedimientos, objeto y ámbito del ejercicio. También
estableció principios rectores para estas organizaciones en lo relacionado
con sus funciones, medios y recursos de acción; derechos y deberes; así
como los requisitos, impedimentos y prohibiciones para ser veedor., como
t ambién lo de redes de veedurías y apoyo institucional.
Las veedurías ciudadanas se constituyen para ejercer, de manera
genérica, vigilancia y control sobre la gestión pública, los resultados de la
misma y de los servicios a su cargo.
Se han concebido también como organismos de prevención y
seguimiento, que deben tener en cuenta los jefes de las organizaciones
públicas en el desarrollo de su gestión.
Como las veedurías pueden tener como instrumentos de acción los
desarrollos en el ordenamiento jurídico- institucional colombiano como
son : “Derecho de petición, acción de tutela, de cumplimiento, populares,
de restablecimiento, de repetición, de nulidad absoluta, de
inconstitucionalidad y las demás establecidas en la constitución y la ley;
intervenir en las audiencias públicas en los casos y términos establecidos
en la ley; y por lo tanto pueden denunciar ante las autoridades
competentes las actuaciones, hechos u omisiones de los servidores
públicos que constituyan delitos, contravenciones o irregularidades o
faltas en materia de contratación estatal, en el ejercicio de la función
administrativa o en la prestación de los servicios públicos ”.
La Contabilidad Pública debe ser para estas instituciones veedoras la
herramienta principal para desenvolverse con com petitividad en los casos
denunciados, es un medio para que las instituciones de veeduría
contemplen los movimientos contables y financieros que realizan las
entidades públicas.
Las veedurías también deberían aprovechar sus espacios ganados para
ejercer co ntrol conformando veedurías contables, con conocimiento de
hecho, generaran un alto impacto en la comunidad porque el sistema
contable público se vería enriquecido en la función administrativa que
ejerce y para que los hechos económicos en los que interviene los entes
públicos, queden registrados correctamente en las cuentas y así se pueda
visitar y conocer constantemente y a tiempo los errores o aciertos en la
administración pública.
5.7 CONCEJALES MUNICIPALES: “APRENDIENDO A CONTAR”
El primer compromiso de concejales, es el de continuar trabajando en el
mejoramiento de la calidad de la información contable del sector público,
con miras a fortalecer, sustancialmente, los niveles de confianza y
credibilidad de los ciudadanos en las cifras, informes y balances oficiales.
Como no se trata de cumplir tareas formales o desde el punto de vista
técnico, de simple “contametría”, los cambios de mentalidad debe ser una
idea de fuerza, por los nuevos enfoques de que la Contabilidad Pública
Municipal, debe ser una herramienta de la gerencia estatal, del logro y
cumplimiento de objetivo, de fuente para indicadores de comportamiento
y desempeño, orientados a garantizar la consecución de las distintas
metas que han sido o sean asignadas a las entidades según su nivel ,
como es el caso de los concejales de los municipios que como Junta Co-
administradora Pública en representación de la comunidad, debe aplicar.
Los concejales deben contribuir desde su posición, a la coordinación y
operación del Sistema Único de Información del Estado, para que los
proceso s de planeación, monitoreo, producción de series y estadísticas,
informes, balances y estados financieros y contables, producción de
índices e indicadores, proyecciones, análisis de sostenibilidad fiscal o de
capacidades de endeudamiento, para citar algunas partes del proceso, en
el que los concejales deben incorporar su investidura de representante
de la comunidad y establecer un ord en en su funcionalidad.
5.8 “DE LA REACCION A LA PROACCION” -ALCALDÍAS Y
EMPLEADOS PÚBLICOS -:
La administración en los tiempos actuales se concibe y desarrolla bajo
paradigmas dinámicos, competitivos y de resultados, condicionando el
éxito empresarial y la satisfacción adecuada de las demandas sociales.
En el sector público, se trata de la construcción de una nueva cultura
orientada a superar las inercias propias del burocratismo, la ineficiencia, y
la corrupción, impulsando una actitud de servicio di rigida al cumplimiento
de los fines sociales del Estado y al logro eficaz del cometido señalado a
cada organismo oficial.
En este orden, surge como evidencia la proyección de la administración al
plano de la gerencia; La comunidad cada vez reclama de sus
representantes municipales una gestión oportuna, eficiente y ética.
Los alcaldes deben compenetrarse en el sistema de descentralización
conocido como el proceso de transferencia de funciones, recursos y
capacidad decisoria del nivel central de una entidad publica.
5.9 CONTADORES GENERALES DE LOS DEPARTAMENTOS
“LIDERAZGO Y APOYO A LA GESTION MUNICIPAL EN MATERIA
CONTABLE”
La contabilidad Pública territorial permite registrar, conservar e interpretar
la información económica, financiera y social de los municipios y
departamentos y de sus entes descentralizados facilitando la toma de
decisiones y garantizar el manejo ordenado de sus obligaciones,
derechos y recursos.
La Contabilidad Pública territorial posibilita la realización de seguimiento
en materia administrativa y financiera; genera y difunde información
financiera confiable, oportuna y completa; igualmente apoya la realización
de la función de control.
L a Contabilidad Pública Departamental esta reglamentada por el artículo
94 de la ley 617 de 2.000, mediante el decreto 3730 de 2.003 de
diciembre 19, donde se establece que los Contadores Generales de los
Departamentos, además de “las funciones propias de su cargo, deberán
cumplir las funciones relacionadas con los procesos de consolidación,
asesoría y asistencia técnica, capacitación y divulgación y demás
actividades que el Contador General de la Nación considere necesarias
para el desarrollo del Sistema Nacional de Contabilidad Pública en las
entidades departamentales y municipales, en sus sec tores central y
descentralizado”.
“La contabilidad pública departamental esta conformada , además de la
contabilidad del Sector Central del departamento, por las entidades u
organismos descentralizados territorialmente o por servicios, que lo
integran, y la de cualquier otra entidad que tenga a su cargo el manejo o
administración de recursos del departamento y sólo en lo relacionado con
estos ”.
El Contador General del Departamento se define en la ley, como “el
servidor público que lleva a cabo el desarrollo de las funciones
relacionadas con la contabilidad del sector central del departamento”.
La Contadurías General del Departamento, es el organismo directo de
apoyo para la Contaduría General de la Nación en las regiones y donde
se debe comenzar a consolidar t oda la información contable y financiera
de cada una de las entidades municipales y descentralizadas por
servicios.
6 RESULTADOS ESPERADOS
6.1 Estrategia pragmática:
De forma práctica es fundamental la aplicación de estrategias concretas
que lleven a participar directamente a los gobernantes, a los empleados
públicos, a los concejales y diputados como representantes de la
comunidad, a los entes de control y por supuesto a las comunidades
como directas responsables de la función pública de forma constante en
los ámbitos de cambio.
El paso más inmediato a seguir es la aplicación directa del decreto 3730
de 2.003 de diciembre 19, pues con la aplicación inmediata de la figura y
sus funciones como Contador General del Departamento, porque est e
decreto conlleva entre otros las funciones especificas de apoyar y
acompañar a la Contaduría General de la Nación en los procesos de
consolidación de la información contable y financiero a nivel territorial y
nacional.
La capacitación, la asistencia técnica, la asesoría, y la divulgación con el
cumplimiento de sus funciones orientadas a atender necesidades del
sector central del departamento y de las entidades descentralizadas o
servicios que lo integran.
Las funciones en su artículo 3 del decreto en mención, son muy
específicas en relación de la importancia del cargo del Contador General
del Departamento, en cuanto también se convierte en el principal
guardián y asesor de los gobernadores, los alcaldes municipales y los
gerentes de entidades descentrali zadas.
El Sistema Nacional de Contabilidad Pública y el control interno contable,
en el sector central y descentralizado de las entidades departamentales y
municipales.
El impartir instrucciones de carácter general a las entidades u organismos
descentralizados o por servicios, que lo integran, sobre aspectos
relacionados con la contabilidad publica; garantizar la consolidación
contable, certificar los estados contables,; velar por el incumplimiento
oportuno de los procedimientos y plazos necesarios; ases orar sobre el
debido registro del inventario genera de los bienes del sector central;
orientar a las entidades acerca del debido cumplimiento de las normas
expedidas; propender por la implementación de sistemas de costos;
definir procedimientos para obtener la información necesaria para el
cumplimiento de sus funciones; planear visitas, programas, y planes de
asistencia y asesoría técnica con respecto al sistema de información
contable.; diseñar y divulgar métodos, instrumentos y procedimientos que
permitan los análisis financieros; coordinar la elaboración técnica de
manuales; organizar, mantener y actualizar un sistema de información
normativa y procedimental y dirigir el diseño y desarrollo de los flujos de
información que lo alimenten, para que sirva de apoyo a la gestión
financiera y contable del sector central del departamento y de las
entidades u organismos descentralizados territorialmente o por servicios,
que lo integran, son una amplia e importante gama de funciones de
asesor directo del representante legal del departamento.
6.2 Cambios de paradigmas:
A los empleados públicos y a todos los agentes intervinientes en el
proceso de mejoramiento continuo, se deben formar nuevos comandos
mentales e interiorizar que la constitución de 1.991 enmarco al estado
colombiano en concepto MACRO de Empresa, con tres ramas específicas
de poder público y que deben enfocar sus esfuerzos a la aplicación de la
contabilidad pública, primero como la más excelente y necesaria
herramienta con la que cuenta la Administración Pública y segundo como
el elemento total de generación de información contable y financiera.
Los antecedentes y avances del Sistema Nacional Contable deben
comenzar a generar una nueva visión de país integrado en el control
político, fiscal y ciudadano, como también en el crecimiento y desarrollo
económico, y además por los retos que se configuran en la lucha contra la
corrupción.
La dinámica interinstitucional para consolidar la cultura contable debe ser
el principal ideal de los entes de control y de gob ierno.
Durante las dos últimas décadas , el país ha otorgado especial
importancia a los gobiernos locales mediante el diseño y puesta en
marcha del proceso de descentralización, asignándoles importantes
instrumentos fiscales, administrativos, y políticos a las entidades
territoriales.
La autonomía se ratifica con la elección popular de alcaldes y
gobernadores, con la asignación de funciones específicas en materia de
servicios sociales y públicos, principalmente, con un aumento muy
importante de los recursos transferidos del nivel nacional a las entidades
territoriales. Es claro que se ha conformado un nuevo marco para la
gestión territorial que abre las posibilidades para que municipios y
departamentos mejoren sustancialmente las condiciones de vida de sus
habitantes, estos recursos hay que cuidarlos y aprender a manejarlos de
forma transparente y eficaz, tarea encomendad a la comunidad, apoyados
como es de lógica en los estados reflejados en la contabilidad pública.
A través de programas de capacitación y divulgación, la asimilación de
nuevos conceptos y metodologías es un nuevo paradigma que facilita la
realización de competencias y responsabilidades.
6.3 Nuevos actores:
Como nuevos actores de este proceso de descentralización de las
funciones públicas est án funcionando los Contadores Generales
Departamentales, que desde diciembre de 2.003 en el decreto 3730, se
crearon y ampliaron nuevas funciones relacionadas con los procesos de
consolidación, asesoría y asistencia técnica, capacitación y divulgación en
l as entidades departamentales y municipales, en sus sectores central y
descentralizado.
Otro actor fundamental para este proceso de mejoramiento continuo y
modernización del estado son las Oficinas de Control Interno, que están
asociados a la existencia y efectividad de mecanismos de verificación de
las actividades propias del proceso contable.
Los encargados del poder ejecutivo de los entes territoriales como los
alcaldes y los gobernadores, que como representantes legales, son los
directos responsables de los proceso s de gestión y omisión por las
actividades propias de la contabilidad pública y su control.
Las personerías municipales también, igual que las contralorías
departamentales y municipales, son de alto interés en este proceso por su
función de control fiscal y político.
Las veedurías ciudadanos son los actores fundamentales en el proceso
de Contabilidad Pública, porque con ella ayuda a controlar la gestión
estatal en sus asuntos públicos de interés.
6.4 Participacion de la academia:
Las Universidades colombianas han orientado sus esfuerzos para que
sus futuros profesionales desarrollen destrezas y competencias
meramente técnicas en el cumplimiento de las funciones que legalmente
les han sido señaladas.
Esta concepción de la educación ha ido en detrimento de una formación
integral que se privilegie principios de orden teórico, conceptual, ético y
político y ha impedido que la Contaduría y sus profesionales asuman sus
desempeños dentro de los parámetros de excelencia que le otorgarían un
lugar fundamental que le corresponde, acorde con la dimensión de sus
responsabilidades.
Los profesionales idóneos, que son pocos en el país, y que se puede
afirmar que son así, por el esfuerzo propio y no un resultado de políticas
académicas concertadas al interior de los centros de educación superior y
con la participación directa de los gremios empresariales o profesionales.
Pero tal vez el mayor impacto negativo en esta profesión, lo constituye el
crecimiento en el numero de facultades de contaduría pública que en tan
solo 10 años paso de 40 a 150 programas , situación que no sería tan
grave si por lo menos se hubiese tenido en cuenta un indicador sobre las
necesidades reales de este mercado profesional y si además asistiera
una verdadera política de inversión para el desarrollo de la investigación
en la ciencia contable, para la actualización de los conocimientos
inherentes a ella.
Ante estos antecedentes , el Estado, debería proponer modernos
estándares y métodos de acreditación ínterfacultades, que permitan
elevar los niveles del profesorado, actualizar los currículos, afinar la
necesaria combinación de teoría y práctica, atender propiamente las
demandas de los sectores públicos, privado y académico y las tendencias
contables internacionales en un mundo en creciente intercambio.
6.5 Alcaldes municipales y su responsabilidad de la gestion pública:
Es innegable que la contabilidad pública tiene dentro de sus cometidos
propender a la transparencia y apoyo la agestión de la administración con
criterios gerenciales, fortaleciendo a su vez el examen y control de sus
operaciones, constituyéndose en instrumento que por excelencia revela
las acciones y decisiones de los administradores públicos frente a los
compromisos financieros, legales y morales adquiridos con la sociedad;
de esta manera la administración estatal , asume una dimensión gerencial
y empresarial.
La contabilidad pública, “como un sistema que permite identificar, medir,
procesar y comunicar información financiera para tomar decisiones, emitir
juicios y ejercer la función de control ” , constituye una herramienta básica
para conocer las necesidades , fortalezas y debilidades del las
administracion es locales, posibilitando a través de una cantidad de datos
organizados, precisos y veraces sobre sectores vitales para la vida
municipal como educación, salud, recreación, transporte, medio ambiente,
deuda pública, entre otros.
Otra ventaja resulta de la aportación oportuna de la información para
generar nuevos recursos, a través del plan nacional de transferencias,
administrarlos eficientemente y aplicarlos en bienes y servicios a la
población.
El contador público, est á íntimamente ligado al desempeño de su
profesión, por los espacios de información que maneja, lo que le permite
no solo conocer la marcha de la institución, sino intervenir en los procesos
de toma de decisiones y el ejercicio de controles tanto internos como
externos.
Es por ello que la l abor del contador público es fundamental soporte para
el alcalde y la administración, que orienta con su luz de información
producida por el ámbito de su profesión.
Para los alcaldes debe ser los principales consultores y asesores, desde
esta perspectiva, una salida para la buena gestión de los gobernantes
municipales, debe ser la de considerar y reconocer de la profunda
dimensión social de los contadores públicos y la información que se
maneja en la función de sus cargos.
La capacitación constante, igual que un buen entrenamiento; procesos de
nivelación de conocimiento; cercanía a medios de divulgación emanados
de los diferentes entes centrales, nacionales o internacionales; la
utilización de los medios tecnológicos, la aplicación de retos éticos frente
a la transparencia y eficacia de la administración, el mejoramiento de las
competencias por encima del manejo de simples cuentas e informes;
compenetrado con la MISIÓN y los fines sociales, convirtiéndolo en un
empleado “proactivo”; son los marcos que los alcaldes deben de hacer
con los empleados públicos relacionados con la Contaduría General
Municipal.
Se debe considerar que los contadores públicos , contribuyen a formular
un lenguaje mensurable y analítico de las cuentas y por lo tanto las
respons abilidades de los administradores pueden ser evaluadas y
controladas, censuradas o aceptadas, o por lo mismo debe mantener su
status como agente dinamizador y de liderazgo.
En el nuevo contexto de Estado, la modernización de la administración
pública, se basa en los diversos intereses sociales a la consecución de un
desarrollo continuo y sostenible y la interacción de Estado –Sociedad,
como también garantizar los derechos de los usuarios de los servicios
públicos, en el entendido de que son estos últimos quienes justifican la
razón de ser de los entes municipales.
Con los soportes de información, es posible velar por que todas las
actividades de la organización estén dirigidos al cumplimiento de los
objetivos institucionales, esto es que los esfuerzos se encaminen a
gestionar recursos y aplicarlos a la función básica de del la organización,
que es la prestación eficiente de servicios públicos domiciliarios.
Es importante resaltar la responsabilidad de los alcaldes como
representantes legales de sus municipios, en consideración de las fallas
de sus empleados, recaerán sobre él, las responsabilidades de
investigaciones penales, disciplinarias, civiles, contractuales, o sea todas
las penas jurídicamente consagradas, en la aplicación de los regímenes
constituci onales y legales.
Un ser integral debe ser la persona que represente a la comunidad y debe
rodearse de personal idóneo en la realización de sus funciones.
6.6 Integración de actores:
La contabilidad pública se encuentra cohesionada por una macro
estructura denominada SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD
PUBLICA, que recoge sus políticas, principios, normas y procedimientos
técnicos.
También es muy positivo la estrategia de la configuración del SISTEMA
NACIONAL DE CONTROL INTERNO, establecido mediante el decreto
2145 de 1.999, que a la vez integra un SISTEMA NACIONAL DE
CONTROL, que soportado en el sistema de información de base contable
vigente, aglutine a las diferentes escalas especializadas en esta actividad,
como son el control interno, político, fiscal, disciplinario, y ciudadano.
La Contaduría General de la Nación forma parte del SISTEMA
NACIONAL DE CONTROL FISCAL, SINACOF, integrada por 232
organismos de control fiscal, la Comisión Legal de Cuentas del Congreso
de la República, las diferentes superintendencias y organizaciones civiles.
6.7 Modernización del estado:
El Código Disciplinario Único, busca actualizar, de manera integral, los
criterios, grados, alcances, procedimientos y sanci ones frente a las faltas
disciplinarias de los servidores públicos.
En la ley 734 de 2.002 de febrero 5, se expide el Código Disciplinario
Único, en el cual deja claro que la Procuraduría General de la Nación es
la titular del ejercicio preferente del poder disciplinario. Es un conjunto
coherente de definiciones y procedimientos que mejoran sustancialmente
las funciones de Estado y fortalecen la capacidad del órgano máximo de
control disciplinario, a la par con objetivos inherentes a la transparencia y
a las exigencias de la gestión pública moderna.
Si se considera que con estas disposiciones disciplinarias que van a
definir los informes, balances, y estados contables y financieros,
suministrados con la debida oportunidad y consistencia, no son simples
ejercicios sujetos a la buena voluntad de representantes legales o
funcionarios, sino parte fundamental de sus responsabilidades laborales y
éticas.
Adelantar estrategias de persuasión y pedagogía encaminadas a validar y
legitimar su aceptación y empleo, de manera prioritaria, entre los propios
funcionarios y directivos de las distintas ramas y niveles del sector oficial
y de los organismos de control político, fiscal, disciplinario, interno y
social, son tareas de excelsa urgencia.
Con la Contabilidad Pública; Colombia se ha sincronizado con sinergias
contemporáneas, que es acentuado con el llamado nuevo orden
económico mundial, en el que los lenguajes contables hacen parte de
procesos internacionales irreversibles.
En el horizonte de construcción de cultura contable e institucional, se han
logrado importantes avances, por la conjugación de esfuerzos de
funcionarios y directivos.
Convertir la Contabilidad Pública en un verdadero imperativo categórico,
cuya aplicación se vincula al rigor disciplinario que deben preservar los
servidores del Estado y a los correspondientes procedimientos de control
y sanción.
La modernización del Estado, se debe también observar desde el punto
de vista de las funciones de control político de los entes nacionales
centrales com o el Congreso de la República, como los Concejos
Municipales y las Asambleas departamentales:
• “El Concejo Municipal ejerce la potestad de control al adoptar los
planes y programas de desarrollo que la administración les
presente, cuando regulan la contratación en la administración,
dictando normas orgánicas del presupuesto del municipio, expide
anualmente el presupuesto de rentas y gastos y dictan las normas
necesarias para la preservación y defensa del patrimonio ecológico
y cultural del municipio”.
• “Las Asambleas Departamentales de acuerdo con lo consignado
en la Carta Política, autorizan al gobernador para celebrar los
contratos, negociar empréstitos o enajenar bienes”.
Así como en la Cámara de Representantes hay una “Comisión de
Cuentas”, que es la que sé encarga a nivel nacional, de recibir para el
control político los informes como el Balance de la Nación , el territorial
y el consolidado del Sector Público, debe en los entes territoriales,
como Concejos y , Comisiones que haga las veces de esta C omisión,
para que se haga un estricto control territorial, haciendo más
transparente la descentralización y autonomía, elevando a un nivel
técnico las funciones de diputados y concejales y articulando desde
las bases unos esquemas que fortalezcan el control democrático de la
gestión pública.
7. CONSIDERACIONES FINALES
7.1 POLÍTICA SOCIAL- ECONÓMICA:
La descentralización de mercado consiste en la transferencia de las
responsabilidad de la prestación de servicios por parte del Estado hacia
los particulares, generando reivindicaciones en la autonomía de las
regiones, operando como una protección de los excesos del poder
central, convirtiéndose en una escuela para la democracia y un ambiente
favorable para la promoción del desarrollo.
La descentralización es un medio para aumentar la igualdad social y
disminuir los desequilibrios existentes, teniendo en cuenta la combinación
de acciones como la distribución de funciones, la asignación de recursos,
y el establecimiento de mecanismos que garanticen responsabilidades en
la gestión de los alcaldes y gobernadores.
Los objetivos generales explícitos de la descentralización son: Legitimar
el estado por medio de diferentes medidas de apertura democrática,
como la elección de alcaldes, y mejorar la eficiencia en la prestación de
servicios sociales y públicos básicos para la población, especialmente los
de educación, salud y agua potable.
Igualmente mejora ostensiblemente la distribución de recursos públicos
entre regiones, municipios y personas, promoviendo el desarrollo
económico- social local, estimulando el esfuerzo fiscal.
Dentro de este marco se mueve el desarrollo nacional apoyado en la
descentralización, que alcanza los objetivos propuesto por la constitución
de 1.991.
7.2 TRATADOS INTERNACIONALES:
Los fenómenos presentados en el ámbito macroeconómico, como lograr
la estabilidad económica, a través de eliminar el déficit fiscal, la
privatización de empresas y actividades realizadas por el Estado, la
reducción del gasto público por medio de al eficiencia, y eliminado la
evasión, la independencia del poder judicial y el legislativo, el control
eficiente del poder ejecutivo , la reducción de costos empresariales, a
través de la desregulación de mercados, adecuación de costos laborales,
concretando gradualmente la apertura económica, igualando hasta donde
sea posible la presión fiscal con niveles internacionales. El fomento del
ingreso de capitales financieros por los caminos de la normatividad, la
repatriación de capitales y utilidades, las uniones transitorias de
empresas, y acuerdos de complementación. No deja ser importante el
interactuar de estos fenómenos con la contabilidad pública, por ser esta
un sistema que permite identificar, medir, procesar y comunicar
información financiera para la toma de decisiones, emitir juicios y ejercer
la función de control, por lo que refleja la realidad económica de nación.
La información contable de un país, supera las barreras al ámbito
internacional y salva cada vez más obstáculos, contribuyendo de moda
sustanci al al desarrollo económico, a la expansión del mundo de los
negocios y al desenvolvimiento de las relaciones económicas
internacionales.
Por esto quizás, una amplia gama de asociaciones entre países o
tratados económicos, como el TLC, y EL ALCA, han llevado a la
presencia al Comité Internacional de Contabilidad, IASC, La Asociación
Interamericana de Contabilidad, AIC, y la Federación Internacional de
Contadores, IFAC.
Dado que la contabilidad es un sistema de información cuantitativo, que
mide los factores como la rentabilidad del patrimonio de un ente, requiere
de unos postulados conocidos internacionalmente, como son : la realidad
económica, la objetividad, la certidumbre, la integridad, la significación y
la suficiente claridad.
Es fundamental e imprescindible adaptar la contabilidad pública, al
conjunto de interrelaciones económicas y sociales a que se ve abocado
una organización o en este caso el Estado colombiano.
El proceso de internacionalización de la economía y la globalización
obliga a incrementar los esfuerzos en procura de una estandarización de
los criterios para la preparación de esta información, de modo que permita
su intercambio y comprensión, como un lenguaje y herramienta de
análisis financiero ya no solo para la gestión interna, sino también para
las internacionales.
7.3 POLÍTICAS DE ANTICORRUPCIÓN:
La aplicación de la contabilidad pública tiende a generar orden,
organización y transparencia en las instituciones, su inexistencia es el
caldo de cultivo de operaciones corruptas de las administraciones
públicas.
No solo viabiliza el ejercicio del control por parte de los órganos externos
y de la comunidad en general, como instrumento fundamental en la lucha
contra la corrupción, garantizando mayor transparencia en los procesos
de contratación, facilita conocer costos reales, los saldos improductivos,
la responsabilidad del mal manejo de los recursos, además permite un
control de rentas por cobrar, control de inventarios, e incorpora los bienes
de propiedad de los entes públicos.
7.4 CUENTAS CLARAS, ESTADO EFICIENTE Y EFICAZ:
El control financiero es el análisis de la contabilidad misma en el
desarrollo del proceso contable, suponiendo a la vez la mejora de los
procedimientos de control, convirtiéndose en eje principal en la gestión
admini strativa.
El balance General igual que el presupuesto, representa, uno de los más
importantes instrumentos de control rep úblicano, donde se recopila,
valúa, procesa y expone el conjunto de transacción con incidencia
financiera, económica y social ocurri das en el período fiscal.
El sistema contable es el eje integrador del conjunto de la información de
los hechos sucedidos, recogiendo la totalidad de los datos de los diversos
centros de registro, para que produzca diversos estados con diferentes
grados de agregación y periodicidad, procesadas mediante la aplicación
de modernas tecnologías administrativas y contables, al final del ejercicio
anual, se consolida la totalidad de los diversos estados contables, siendo
el balance general de la Nación, en mandato constitucional.
Una sociedad democrática, considera que a quienes se les ha dado
recursos públicos y la facultad de aplicarlos, tienen la responsabilidad de
rendir cuentas plena de sus actividades, identificando los objetos del
destino de estos recursos, sino también la manera y el efecto de su
aplicación.
7.5 IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD:
La ley 872 de 2.003 de diciembre 30, “IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA
DE GESTIÓN DE LA CALIDAD, COMO ESTRATEGIA PARA
ASEGURAR TRANSPARENCIA Y MEJOR DESMPEÑO DE LAS
ENTIDADES PÚBLICAS”, y la dirección presidencial de Octubre 1 de
2.002, fijan los lineamientos , criterios y medidas y acciones de corto y
mediano plazo, que deberán cumplir los estamentos públicos, ante la
continua lucha contra la corrupción, en la contratación estatal, como una
herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y
evaluar el desempeño institucional.
Uno de los aspectos críticos de la gestión pública, es asegurar la calidad
y transparencia en los procesos de contratación estatal, de allí el auge
que empieza a tomar implementación de los sistemas de gestión de la
calidad de las entidades públicas.
Han sido aplicados desde 1.980 principalmente por empresas del sector
privado la aplicación de la gestión de la calidad enmarcados en las serie
de las normas ISO 9000, como un arma estratégica para el mejoramiento
de la competitividad organizacional.
El paradigma de la calidad en la gestión pública y privada nace de la
preocupación de encontrar bases duraderas para fortalecer la
competitividad y la eficiencia, dentro de un nuevo contexto de consumo,
calidad y generación de valor.
Es importante adaptarla al sector público a partir de los factores
administrativos y sociopolíticos que circundan la gestión pública,
ofreciendo una dimensión justa, una estrategia efectiva que responda a
las expectativas de reforma de las administraciones públicas.
La calidad en el sector público va tomando un impacto d e gobernabilidad
y legitimidad institucional en el sector político, mostrando un una
dimensión diferente de lo que se conoce como calidad, permitiendo la
planificación de futuro como mecanismos útiles y realistas, permitiendo
dar respuesta a este nuevo enf oque y la interrelación, cliente –proveedor,
o ciudadano- gobernante.
7.6 RENOVAR Y MODERNIZAR:
El programa de renovación de la administración pública, surge de
facultades extraordinarias concedidas al gobierno nacional mediante la
ley 790 del 27 de dici embre de 2.002, con el objeto de renovar y
modernizar la estructura de la rama ejecutiva de orden nacional,
permitiéndole fusionar, escindir, suprimir y transformar entidades y
organismos y crear entidades u organismos que se requieran para
desarrollar los objetivos que cumplan aquellas entidades.
De conformidad con la circular interna de la Contaduría General de la
Nación, 053 de 2.003, una vez las entidades hagan el cierre contable
deben proceder a la reclasificación de los saldos de todas las cuentas que
conforman el patrimonio a la cuenta denominada “PATRIMONIO DE
ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES”, quedando claro que al
racionalizarse el estado desde sus parámetros ejecutivos como la
renovación y modernización, son estas estrategias de cambio oportunas
para el mejor desenvolvimiento de las entidades públicas, generando un
mejor clima organizacional y dando soluciones efectivas ante el
cumplimiento de las funciones administrativas que enmarca la gestión
pública.
CONCLUSIONES
Ø El mejoramiento de la calidad de la administración y gestión
pública no puede ser posible, si no se basa en la Contabilidad
Pública.
Ø En la lucha contra la corrupción la Contabilidad Pública es la forma
más correcta de aplicación.
Ø La Contabilidad Pública es la mejor herramienta administrativa y
financiera para realizar en el gobierno nacional, departamental o
municipal, gestión y competitividad.
Ø Los mejores mecanismos de Control, se dan si se aprovecha la
Contabilidad Pública como un sistema integral de obtención de
información con alianzas estratégicas para la unificación de la
información entre la Contaduría General de la Nación y lo entes
territoriales.
Ø Estrategias pragmáticas de aplicación constante en la
capacitación, entrenamiento y nivelación, son los mecanismos de
participación directa de los empleados públicos, para el
mejoramiento de la información contable municipal.
Ø La educación en las aulas y en la práctica debe mejorar
sustancialmente, para los contadores públicos, con sistemas de
integración de la comunidad y los representantes legales de éstas.
Ø La modernización del estado se da aplicando los sistemas de
descentralización eficientemente, basados en la información de
consolidación de los datos de la Contabilidad Pública Municipal.
Ø La participación directa de la com unidad, a través de mecanismos
como las veedurías contables , harían más llevadera la vida
municipal y la integración de la administración con la comunidad en
su patria chica y con los poderes centrales ejecutivos, legislativos y
de control.
CONCLUSIÓN GENERAL
En la educación y en la Investigación de la contabilidad Pública, hay gran
posibilidad de generación de empleo para los profesionales del ramo.
LENGUAJE CONTABLE
ACTIVIDAD ECONÓMICA: Conjunto de acciones tendientes a elevar la
capacidad productiva de los bienes y servicios de una economía, con el
fin de satisfacer, en un período, las necesidades de la comunidad.
ACTIVIDAD SOCIAL: Conjunto de acciones, de la actividad económica
encaminadas a proporcionar condiciones de calidad de vida del ser
humano, a la defensa y prevención del ambiente, en procura del bienestar
de la comunidad.
BALANCE GENERAL: Instrumento contable de gestión, de tipo
gerencial, que representa en forma clasificada, resumida y consistente, la
situación financiera, económica y social de un ente público, expresado en
unidades monetarias, a una fecha determinada y revela la totalidad de
sus bienes, derechos, obligaciones y situación del patrimonio público.
BALANCE SOCIAL: Informe que presenta los desarrollos del capital
humano de la entidad, y la proyección de ésta a la comunidad.
BENEFICIO: Utilidad. Provecho. Ganancia
BENEFICIO ECONÓMICO: Utilidad residual después de haber pagado
todos los costos implícitos y explícitos.
BENEFICIO SOCIAL: Provecho realizado a favor de la sociedad, co0mo
resultado de realizar una actividad.
CARACTERISTICSA DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD
PÚBLICA: Ser coherente, compatible, flexible y universal.
COBERTURA: Técnica que intenta reducir el riesgo de pérdida
ocasionada por movimientos no favorables del mercado.
CONTABILIDAD GENERAL DE LA NACION: Conjunto de hechos
financieros, económicos y sociales de los órganos del poder público en el
orden nacional, o de cualquier otra entidad territorial o descentralizada
que maneje recursos de la Nación en lo relacionado con éstos.
CONTABILIDAD PÚBLICA: Rama especializada de la contabilidad que
permite desarrollar los diversos procesos de medición, información y
control en la actividad económica de la administración pública.
CONTADOR PÚBLICO: Persona natural que mediante las inscripción
que acredite su competencia profesional, esta facultado para dar fe
pública de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre
estados financieros, y realizar las demás actividades relacionadas con la
ciencia contable en general.
CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN: Funcionario de al rama
ejecutiva, nombrado por el Presidente de la República, quien lleva la
contabilidad general de al Nación, y consolida esta con las entidades
descentralizadas territorialmente o p or servicios.
CONTADOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO: Funcionario de la rama
ejecutiva, nombrado por el gobernador, quien lleva la contabilidad general
del departamento y además tiene como misión la de capacitar, divulgar,
consolidar, asesor y asistir técnicam ente en el departamento, en sus
entes centrales y descentralizados.
CONTRALOR: Funcionario encargado de examinar las cuentas y la
legalidad de los gastos oficiales.
CONTRATISTAS: Cuenta que representa el valor de las obligaciones
contraídas por el ente público con personas, por concepto de ejecución
de obras o prestación de servicios, en desarrollo de su función
administrativa o cometido estatal.
CONTROL CONTABLE: Proceso mediante el cual la administración
asegura la incorporación de todos sus registros de las operaciones
financieras, económicas, sociales y ambientales, la correcta cuantificación
de los activos, pasivos y patrimonio y la confiabilidad de la información
contable.
CONTROL DE GESTION: Examen de eficiencia y eficacia de las
entidades en la administración de los recursos públicos, mediante los
procesos administrativos, indicadores de rentabilidad pública, desempeño
e identificación de la distribución del excedente que estas producen y los
agentes o actores internos o externos.
CONTROL FISCAL: Función pública encargada de vigilar la gestión fiscal
de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos
o bienes del estado en su ordenes y niveles. Ejercido por la Contraloría
General de la República, las contralorías departamentales y municipales,
las auditorias y los revisores fiscales de las empresas públicas, conforme
a los procedimientos, sistemas y principios establecidos en la ley.
CONTROL INTERNO: Análisis de los sistemas de vigilancia de las
entidades sujetas a ello, c on el fin de determinar la calidad de los mismos,
el nivel de confianza que se les puede otorgar y si son eficaces y
eficientes en el cumplimiento de sus objetivos.
COSTO AMBIENTAL: Cuantificación económica del impacto por el uso o
deterioro de los recursos naturales y el ambiente y evaluación de la forma
como se cumple la gestión de protección, conservación y explotación de
los mismos.
CRECIMIENTO ECONOMICO: Aumento de la producción de bienes y
servicios en la economía, por unidad de tiempo.
DESARROLLO ECONOMICO: Pr5oceso de crecimiento del ingreso o del
producto total y per. cápita acompañado de cambios en la estructura de la
economía.
EMPRESA PÚBLICA: Unidad que tanto la propiedad del capital como su
gestión y tomas de decisiones están bajo el control gubernamental.
ENTE PÚBLICO: entidades, organismos, establecimientos, empresas,
sociedades, corporaciones, unidades u otros organismos públicos de los
sectores central o descentralizado, que pertenecen a los niveles nacional
y territorial, sujetos al plan General de la Contabilidad Pública.
FÉ PÚBLICA: Atestación o firma de un contador público en los actos
propios de su profesión que hará presumir, salvo prueba en contrario, que
el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que los
estatutos en el caso de las personas jurídicas.
FINANZAS PÚBLICAS: Rama de la teoría económica que estudia los
medios y efectos de las políticas financieras del Gobierno.
GASTO FISCAL: Erogaciones que realizan todas a las instituciones
incluidas dentro del sector fiscal.
GASTO PÚBLICO SOCIAL: Solución de necesidades insatisfechas en
salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable y las obras
tendientes al bienestar general de la población.
INFORMACION CONTABLE PÚBLICA: Comprenden las condiciones
que debe cumplir y las cualidades con que cuenta esta información, como
elementos imprescindibles en procura de satisfacer necesidades
específicas de los usuarios, garantizando niveles máximos de seguridad.
INGRESO FISCAL: Recaudación fiscal que proviene de los pagos de
impuestos de los contribuyentes, venta de servicios y utilidades de
empresas públicas.
JUNTA CENTRAL DE CONTADORES: Entidad disciplinaria que controla
la profesión de los contadores públicos en Colombia, de acuerdo con los
principios legales.
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CONTABLES: Procedimientos
generales expedidos por la Contaduría General de la Nación. Son de
obligatorio cumplimiento y aplicación por parte de los entes públicos, y
tienen el propósito de garantizar la razonabilidad y consistencia de las
cifras consignadas en losa estados contables e informes
complementarios, mediante acciones de validación y registro adecuado
de las operaciones que permiten su confrontación con los flujos reales y
físicos de los bienes derechos y obligaciones que es reconocen en el
proceso contable y revelan la situación patrimonial.
NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD PÚBLICA: Constituyen
conceptos fundamentales que precisan y delimitan el proceso contable,
definen parámetros y criterios generales, tanto para la cuantificación de
los hechos financieros, económicos y sociales, como para la presentación
de informes contables y complementarios.
OBJETIVO GENERAL DEL PLAN GENERAL DE LA CONTABILIDAD
PÚBLICA: Lograr la uniformidad, centralización y consolidación de la
contabilidad pública, para atender las necesidades de información en los
procesos de gestión y de control, en procura de la eficacia de la
administración pública.
PARADIGMA: Conjunto de teorías acerca de la realidad que por su valor
explicativa, superior a otros, convence a científicos e intelectuales.
PATRIMONIO PÚBLICO: Comprende los recursos aportados o bienes
incorporados, los percibidos por la valorización de los activos, por el
resultado del ejercicio y los excedentes o déficit de los ejercicios
anteriores, que se generan en el desarrollo de la actividad económica,
financiera o social del ente público y resulta de deducir del valor de los
activos, el valor de los pasivos.
PERÍODO CONTABLE: Lapso comprendido entre el 1 de enero al 31 de
diciembre, al final del cual, debe realizarse el proceso de cierre.
PLAN FINANCIERO: Contiene como base las operaciones efectivas de
las entidades cuyo efecto cambiario, monetario y fiscal sea de tal
magnitud que amerite incluirlas en el plan.
PLAN GENERAL DE CONTABI LIDAD PÚBLICA: PGCP, Conjunto
interrelacionado de conceptos, normas, procedimientos e instrumentos
contables que, considerados integralmente, permiten producir información
de carácter financiero, económico y social, cuyo propósito es promover y
generar tod a una moderna cultura organizacional contable para la gestión
y el control de la administración pública.
PRESUPUESTO: Cálculo o estudio anticipado de los ingresos probables
y del nivel a que podrían llegar los egresos o gastos que con cargo a ellos
deben efectuarse dentro de un período determinado, denominado
ejercicio presupuestario y que generalmente es de un año.
PROCESO CONTABLE PÚBLICO: Sistema ordenados de pasos que
permiten validar una serie de datos de tipo financiero, económico, social y
ambiental, y que suministra información contable pública, útil para la toma
de decisiones.
REGISTRO CONTABLE: Asiento o anotación contable que debe ser
realizada para conocer una transacción contable o un hecho económico
que afecte al ente público y atienda las normas generales de causación y
prudencia, cumpliendo el principio de partida doble.
REPRESENTANTE LEGAL: Persona dotada de poderes que emanan de
la ley o de lo0sa estatutos, con aptitud para actuar a nombre de la
sociedad, frente a terceros.
SECTOR PÚBLI CO: Segmento de la economía que incluyen todos los
niveles de la administración pública, excluyendo empresas y familias.
SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION FINANCIERA: Conjunto
integrado de procesos automatizados de base contable, que permite la
producción de información para la gestión pública financiera.
SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA: SNCP, Conjunto
de políticas, principios , normas y procedimientos técnicos de
contabilidad, estructurados lógicamente que al interactuar con las
operaciones, recursos y actividades desarrolladas por los entes públicos,
generan la información necesaria para la toma de decisiones de la
administración pública.
UNIVERSALIDAD: Principio de contabilidad pública en el cual, el
proceso contable público comprende la totalidad de los hechos
financieros, económicos y sociales del ente público, indica también para
el PGCP, que posee cobertura nacional, común a todos los entes
públicos y está en capacidad de suministrar información a los distintos
usuarios.
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