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LA CONTABILIDAD PÚBLICA COMO INSTRUMENTO DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO IVÁN RAMÍREZ VALENCIA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP DEPARTAMENTO DE POSTGRADO ÁREA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN PÚBLICA BOGOTÁ, D.C. 2006

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LA CONTABILIDAD PÚBLICA COMO INSTRUMENTO DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO

IVÁN RAMÍREZ VALENCIA

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP

DEPARTAMENTO DE POSTGRADO ÁREA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN PÚBLICA BOGOTÁ, D.C.

2006

LA CONTABILIDAD PÚBLICA COMO INSTRUMENTO DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO

CONTABILIDAD PÚBLICA MUNICIPAL: CAMBIO DE PARADIGMA “DE LA REACCIÓN A LA PROACCIÓN”

IVÁN RAMÍREZ VALENCIA

Monografía para optar al título de Especialista en Gestión Pública

Director JOSÉ FRANCISCO MENDOZA

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP

DEPARTAMENTO DE POSTGRADO ÁREA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN PÚBLICA BOGOTÁ, D.C.

2006

35

Nota de aceptación ____________________________ ____________________________ ____________________________ ____________________________ Presidente del Jurado ____________________________ Jurado ____________________________ Jurado Bogotá, enero de 2006

AGRADECIMIENTOS

El autor expresa sus más sinceros agradecimientos a :

Luis Alonso Colmenares Rodríguez, Contador Público Subcontador General de

la Nación, por su incondicional apoyo en el desarrollo de mi vida profesional

y personal.

Jesús Edmundo Rueda Guerrero, Contador Público, Asesor Contaduría

General de la Nación, por su invaluable aporte en el desarrollo del presente

trabajo.

César Augusto Ramírez Valencia, Economista, por su entrega y dedicación en

la consecución de esta nueva meta.

TABLA DE CONTENIDO

Presentación 5

Contexto 8

Introducción 10

Objetivos 13

Desarrollo de la Temática 15

1. Contabilidad Pública: Evolución a través de la Historia 15

1.1 Antes de la Constitución Política de 1991 15

1.2 Después de la Constitución Política de 1991 16

2. Marco Conceptual de la Contabilidad Pública 16

2.1 Sistema Nacional de Contabilidad Pública 16

2.2 Contabilidad General de la Nación 17

2.3 Contabilidad Pública 17

2.4 Atributos del Sistema General de Contabilidad Pública 17

2.4.1 Postulados de Contabilidad Pública 18

2.4.1.1 Postulado de Confiabilidad 18

2.4.1.2 Postulado de Utilidad Social 18

2.4.2 Objetivos de la Contabilidad Pública 19

2.4.2.1 De Gestión 19

2.4.2.2 De Control 19

2.4.2.3 De Cultura Ciudadana 20

2.4.2.4 De Análisis y Divulgación 20

2.4.3 Usuarios de la Información Contable Pública 20

2.4.3.1 De acuerdo con el Objetivo Específico de Gestión 20

2.4.3.1.1 A Nivel Institucional 20

2.4.3.1.2 A Nivel Consolidado 20

2.4.3.2 De acuerdo con el Objetivo Específico de Control 21

2.4.3.3 De Acuerdo con el Objetivo Específico de Cultura Ciudadana 21

2.4.3.4 De acuerdo con el Objetivo Especifico de Análisis y

Divulgación 22

2.4.4 Características de la Información Contable Pública 22

2.4.5 Requisitos de la Información Contable Pública 23

2.4.6 Principios de Contabilidad Pública 24

2.4.7 Normas Técnicas de Contabilidad Pública 28

2.5 Contaduría General de la Nación y Contraloría General de

La República “Alianza Estratégica contra la Corrupción” 29

2.6 Procuraduría General de la Nación “Su Control Disciplinario” 33

3. Diagnóstico 39

3.1 Organizativo 41

3.1.1 Cultura Contable Vs Crecimiento y desarrollo 41

3.1.2 Control Político y Social 42

3.1.3 Lucha Contra la Corrupción y Herramientas 43

3.1.4 Sistema Nacional de Control Interno 45

3.2 Procedimental 49

3.2 .1 Condiciones de Capacitación y Entrenamiento Contable 49

3.2.2 Vigilancia y Eficacia 50

3.3 En la Etica de los Funcionarios Públicos 52

3.3.1 Etica y Convivencia, Actitud de Confianza Humana 52

4. Problemática del Control y la Cultura Contable 57

4.1 Planteamiento General 57

4.2 Objetivo 59

4.3 Información 59

4.4 Normatividad 61

4.5 Capacitación, Entrenamiento 61

4.6 Descentralización, Información Territorial 62

4.7 Control Ciudadano 65

4.8 Control Político y Fiscal 67

4.9 Saneamiento Contable 68

5. Soluciones 71

5.1 Compromiso Gubernamental “Cultura Contable” 71

5.2 Técnica y Tecnología Conable como valor Agregado 75

5.3 Proceso Anticorrupción, Contralorías Departamentales y

Municipales 76

5.4 Efectividad y Eficacia Contable 77

5.5 Etica y Compromiso 78

5.6 Participación Ciudadana, Veedurías Contables 81

5.7 Concejales Municipales “Aprendiendo a Contar” 83

5.8 “De la Reacción a la Proacción” Alcaldías y Empleados Públicos 84

5.9 Contadores Generales de los Departamentos “Liderazgo y

Apoyo a la Gestión Municipal en Materia Contable 85

6. Resultados Esperados 87

6.1 Estrategia Pragmática 87

6.2 Cambios de Paradigmas 88

6.3 Nuevos Actores 90

6.4 Participación de la Academia 91

6.5 Alcaldes Municipales y su Responsabilidad de la Gestión Pública 92

6.6 Integración de Actores 95

6.7 Modernización del Estado 96

7. Consideración Finales 99

7.1 Política Social – Económica 99

7.2 Tratados Internacionales 100

7.3 Políticas de Anticorrupción 101

7.4 Cuentas Claras, Estado Eficiente y Eficaz 102

7.5 Implementación del Sistema de Ge stión de la Calidad 103

7.6 Renovar y Modernizar 104

Conclusiones 106

Lenguaje Contable 108

Bibliografía 116

95

PRESENTACIÓN

Establecer con criterio, claridad y conocimiento de causa, las consecuencias

de la no aplicación de forma oportuna y científica, de la contabilidad pública,

es mi propósito en este trabajo, primero porque me sirve para obtener mi

titulo de ESPECIALIZACIÓN EN GESTION PÚBLICA, y segundo, porque

dejo un legado de investigación, para la Contaduría General de la Nación, la

ESAP (ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA), Los

estudiantes de las carreras de Contaduría Pública y afines, y en especial

para todos los empleados públicos, tanto del sector central, territorial y

descentralizado.

A buena hora la contabilidad pública ha ido tomando importancia en la

aplicación de los programas y proyectos inherentes al sector público, en lo

referente a la gestión con calidad, eficiencia y eficacia.

Esta herramienta es tablece en el país un nuevo concepto de

MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, porque su aplicación constante arroja

resultados sorprendentes en la información administrativa para la toma de

decisiones y a la vez para el ejercicio constitucional de los controles.

En la educación convencional y en los procesos investigativos, la

contabilidad pública abre posibilidades de nuevos campos de trabajo, para

los egresados de universidades que enseñen la carrera profesional de

CONTADURÍA PÚBLICA.

Este trabajo se esboza en 7 tem as principales, desde la presentación

histórica de la contabilidad pública y el marco conceptual, diseñando un

diagnóstico institucional, planteando un problema específico, y terminando

con soluciones, establecidas en el contexto globalizado de la economía.

Se diseño de esta forma, por permitir la posibilidad de establecer de este

tema, un proyecto a nivel municipal y nacional, enmarcado en la GESTIÓN

HACIA LA CALIDAD DE CONTABILIDAD PÚBLICA MUNICIPAL, donde los

grandes beneficiados serán las administraciones locales e instituciones,

donde por competencias, se aplicarán estrategias y tácticas pedagógicas,

estableciendo en la calidad constante de la información, el tema fuerte de la

temática desarrollada.

Esperamos contar con el apoyo de la Contaduría General de la Nación, los

alcaldes municipales, los contadores generales de los departamentos, los

gerentes de instituciones descentralizadas, pero en especial con el

concurso de la ESAP, en lo concerniente, a los medios de aplicación

nacional, por ser esta una institución de carácter público, establecida bajo

los parámetros de eficiencia y efectividad, en los procesos administrativos y

los de descentralización, como organismo de consultoría.

Construir una cultura que se oriente a la calidad de la información contable

municipal, facilitando a través de procesos de divulgación y capacitación, la

asimilación de novedosos conceptos y metodologías, estimulando no

solamente la información, sino también la formación competente de sus

participantes.

Contribuyendo a estimular la participación de los ciudadanos en el manejo,

control, atención y vigilancia de los recursos públicos; generando nuevas

herramientas para la gestión y conformación de veedurías contables

ciudadanas.

CONTEXTO

El presente trabajo está orientado a fortalecer la cultura contable pública en

el municipio colombiano, ya que es en éste, donde se esgrime con mayor

esplendor todo el acontecer de nuestra vida en sociedad y en donde se

manifiestan los más diversos matices de heterogeneidad del estado

colombiano y, además, es el lugar propicio para fomentar la formulación de

posibles soluciones a la problemática social de nuestro país.

La contabilidad pública colombiana, ha presentado un desarrollo sustancial

desde su implementación, y es por esto, que este desarrollo se debe reflejar

en el ámbito municipal, mostrando estados financieros razonables,

contribuyendo a generar la confianza necesaria en toda la comunidad en

general, y a la vez, permitiendo la correcta toma de decisiones por parte de

los encargados de la gestión pública municipal, las cuales deben generar

impactos positivos en la sociedad, permitiendo medir realmente la utilidad

social generada en la correcta aplicación de la contabilidad pública municipal.

En la medida, en que a la información contable pública se le dé una

adecuada utilización y esto a la vez se refleje en un correcto manejo de los

recursos públicos, la información contable tendrá un alto contenido de utilidad

social, y la comunidad en general, valorará realmente la información

contenida en los estados financieros, haciendo de este producto el factor

indispensable e irremplazable para medir correctamente el desarrollo de su

comunidad.

Para el logro de estas premisas, debemos estar concientes de la necesidad

indelegable del concurso de toda la comunidad en pro de contribuir

activamente en la utilización de la contabilidad pública como el verdadero

instrumento de modernización y de control en el cotidiano vivir de la gestión

pública colombiana.

INTRODUCCIÓN

Observado el desarrollo de una nueva institución como la Contaduría

General de la Nación, y luego de contemplar sus altos logros en materia

contable pública en tan corto tiempo, este es el momento propicio para la

elaboración de est e trabajo, con la intención única de cimentar al máximo

unas bases sólidas de un repensar de la cultura contable pública en los

municipios de nuestro país, buscando asiduamente la excelencia en la

información contable que conlleve a “contar” lo que tenemos , lo que nos

deben, lo que debemos; en fin, tratar de encontrar en las cifras de los

estados financieros un panorama claro de la situación real de los municipios

en materia contable y que dicha información, sea el punto de partida para el

correcto manejo de las finazas públicas de nuestro país, tomando como

epicentro el municipio colombiano.

Para el mejoramiento de la calidad de la información contable pública

municipal, debemos tomar conciencia de la importancia de un alto

compromiso ciudadano, en el deseo imperioso de formar parte de una

sociedad civil organizada, que realmente esté comprometida con el

desarrollo de su municipio y en donde el interés general se conjugue para el

bienestar de todos sus conciudadanos.

Bajo este parámetro, se debe reorientar la acción de las instituciones

municipales y la ciudadanía en general, pasando por los dirigentes políticos,

representantes legales y por los contadores municipales, para establecer

estructuras de información más sólidas que conlleve a redimensionar el

panorama contable, poco alentador en el municipio colombiano.

El presente trabajo tiene como finalidad primordial, buscar el mejoramiento

continuo de la calidad de la información contable pública municipal y para el

logro de este cometido, se abordará la temática citada desde el conocimiento

y evolución de la contabilidad pública en nuestro país, antes y después de la

constitución política de 1991, a partir de esto, se explica todo lo relacionado

con el Sistema Nacional de Contabilidad Pública y la inci dencia de esta en

algunos actores principales como: La Contraloría General de la República y

su lucha contra el flagelo de la corrupción a través de su control fiscal; el

control disciplinario ejercido por el Ministerio Público a través de la

Procuraduría General de la Nación y las Personerías; el ciudadano con su

control ético.

La contabilidad pública municipal “Cambio de Paradigma de la Rreacción a la

Pro-acción” que es el eje central de la temática, y otros aspectos que se

relacionan con este, como el caso de: los alcaldes municipales, concejos

municipales, contralorías departamentales y municipales, las personerías

municipales, las universidades del país donde haya facultad de contaduría

pública y finalmente el liderazgo que deben ejercer los contadores generales

de los departamentos frente a la problemática actual de la contabilidad

pública municipal.

Finalmente debe esgrimirse que la realización de este trabajo es la invitación

para profundizar en la búsqueda de soluciones, para el mejoramiento

continuo de la calidad de la información contable municipal y que esta, a su

vez se convierta en el instrumento de la modernización del estado

colombiano en el manejo de las finanzas públicas, establecidas en las reglas

de juego de un contexto globalizado , en una economía de mercado

impuesta por los países desarrollados, y donde la contabilidad pública debe

enmarcarse en situaciones de tratados internacionales como el Tratado de

Libre Comercio o TLC., el ALCA, y la ampliación de las relaciones con

Europa y l os países Asiáticos.

OBJETIVOS

• Reconocer que la contabilidad pública es fundamental para la

organización y la calidad de la administración y de la gestión pública;

Es condición “sine qua non” para el funcionamiento de toda instituci ón

• Generar en el municipio colombiano la cultura contable que nuestro

país necesita, y utilizar la contabilidad pública como un verdadero

instrumento de desarrollo y de modernización, luchando efectivamente

contra el flagelo de la corrupción.

• Formar conciencia en los contadores municipales sobre la importancia

de tener un sistema de información contable bien estructurado, el cual

permita el análisis oportuno de indicadores de gestión que conlleven a

medir el logro de los planes trazados.

• Buscar los mecanismos necesarios que permitan elaborar esquemas

de integración entre la Contaduría General de la Nación y los entes de

control, con el fin de obtener alto grado de confiabilidad en la

información financiera pública.

• Implementar políticas que permitan un concurso activo de las

universidades con facultades de contaduría pública del país, en el

mejoramiento continuo de la calidad de la información contable pública

municipal.

• Establecer un sistema integral de capacitación y entrenamiento

constante para los em pleados públicos territoriales, como herramienta

necesaria para generar altos estándares de calidad, en el manejo de

la hacienda pública.

• Coordinar desde y para la provincia programas de modernización del

estado.

• Involucrar a la población civil en la par ticipación como veedor contable

municipal, aplicando en derecho como dueño y actor principal de la

gestión pública territorial.

DESARROLLO DE LA TEMÁTICA

1. CONTABILIDAD PÚBLICA: Evolución a través de la historia

1.1 Antes de la Constitución Política de 1991

Desde 1819, Simón Bolívar como presidente de la república, decretó

en un discurso, esta frase “Habrá pena de muerte para quienes roben

dinero de la nación”, ante la advertencia de caos en las cuentas del

estado.

En el gobierno de Rafael Núñez, cuando se elaboró la constitución de

1.886, se estableció la creación de un “tribunal Superior de Cuentas”.

En 1.923 la misión KEMMERER recomendó, crear la Contraloría, por

la poca claridad del país en sus cuentas.

Ya en 1,968, el entonces presidente Carlos Lleras Restrepo, propuso

la “separación de la contabilidad, del control sobre el manejo de los

bienes públicos” aunque se quedo solamente en propuesta.

Aparece entonces la Asamblea Nacional Constituyente, que dictó La

Constitución Política de Colombia, que crea la figura del CONTADOR

GENERAL DE LA NACION, dando un verdadero salto contable y

financiero.

1.2 Después de la Constitución Política de 1991:

Son muchos los adelantos que se han logrado en esta materia, esta

institución ha establecido la consolidación de la información contable del

país paso a paso.

En 1.995, el presidente de entonces Ernesto Samper Pizano, en asocio

con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, organizaron la Dirección

General de Contabilidad Pública, designando el primer Contador General

de la Nación el Profesional Edgar Fernando Nieto Sánchez.

Por medio de la ley 298 de 1.996, se crea entonces la Contaduría General

de la Nación, como una Unidad Administrativa Especial, adscrita al

Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con funciones específicos del

Contador General de la Nación.

2. MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA

2.1 Sistema Nacional de Contabilidad Pública:

Se concibe como “Conjunto organizado de políticas, principios,

fundamentos, instrumentos, normas y procedimientos técnicos de

contabilidad pública, estructurados lógicamente que al interactuar con las

operaciones, recursos y actividades desarrollados por los entes públicos,

generan la información necesaria para la toma de decisiones y el control

interno de la administración pública” . Artículo 7 ley 298/96.

2.2 Contabilidad General de la Nación:

Para efectos de la presente ley “La Contabilidad General de la Nación

comprende la de los órganos que integran las ramas del poder público en

el nivel nacional, la de entidades u organismos estatales autónomos e

independientes, la de organismos creados por la Constitución Nacional o

por la ley, que tienen régimen especial, adscritos a cualquier rama del

poder público, la de personas naturales o jurídicas y la de c ualquier otro

tipo de organización o sociedad, que manejen o administren recursos de

la Nación en lo relacionado con éstos”. Artículo 9 ley 298/96.

2.3 Contabilidad Pública

Para efectos de la ley 298 de 1996, “La contabilidad pública comprende,

además de la Contabilidad General de la Nación, la de las entidades u

organismos descentralizados, territorialmente o por servicios, cualquiera

que sea el orden al que pertenezcan y la de cualquier otra entidad que

maneje o administre recursos públicos y sólo en lo relacionado con

éstos ”.

2.4 Atributos del Sistema Nacional de Contabilidad Pública

2.4.1 Postulados de Contabilidad Pública: “Son los enunciados

primarios basados en el entorno y contrastables con el mismo, que

se introducen en el razonamiento como punto de partida y que

soportan el desarrollo conceptual de los principios, reglas y

procedimientos ”. . .

. . . “Los postulaos permiten definir la estructura y orientación del SNCP al

cumplimiento de objetivos, a fin de minimizar el riesgo de interferencia

cuando el administrador actúa como codificador, emisor y transmisor con

lo cual, en primera instancia, procura alcanzar niveles aceptables de

seguridad en su producto final. Los postulados son los siguientes:

2.4.1.1 Postulado de Confiabilidad: Considerando que los usuarios

requieren información contable razonable que soporte sus

decisiones, el postulado de confiabilidad se enuncia de la

siguiente manera:

La información contable pública busca revelar con razonabilidad, los

hechos financieros, económicos y sociales de los entes públicos,

garantizando que ésta no privilegia a usuarios específicos.

2.4.1.2 Postulado de Utilidad Social: Considerando que la

información contable debe coadyuvar a generar un impacto

positivo en la sociedad, el postulado de utilidad social se

enuncia de la siguiente forma:

La información contable pretende que, mediante su adecuada utilización,

se empleen en forma transparente los recursos públicos en procura del

beneficio colectivo”. P.G.CP. (Plan General de Contabilidad Pública).

2.4.2 Objetivos de la Contab ilidad Pública: “Los objetivos de la

Contabilidad Pública se constituyen en los resultados esperados

del SNCP, los cuales pueden clasificarse atendiendo los fines que

persiguen los usuarios de acuerdo con criterios de gestión, control,

cultura, análisis y divulgación. . .

2.4.2.1 De Gestión:

A nivel institucional: permitir a los diferentes responsables, tomar

decisiones tendientes a optimizar el manejo de los recursos y lograr un

impacto social positivo.

A nivel consolidado: permitir la adopción de políticas para el manejo

eficiente del gasto público, orientado al cumplimiento de los fines y

objetivos del estado.

2.4.2.2 De Control:

A nivel institucional: Facilitar el control interno y externo de la gestión

pública, para que los recursos de utilicen en forma transparente, eficiente

y eficaz.

A nivel consolidado: Facilitar el seguimiento de comportamientos

agregados, como entrada principal de otros sistemas estadísticos, con el

fin de evaluar el resultado de las políticas macroeconómicas.

2.4.2.3 De Cultura Ciudadana:

Conocer por parte de la sociedad, los resultados de la gestión pública,

con el fin de generar conciencia ciudadana y sentido de pertenencia en el

manejo de los recursos públicos.

2.4.2.4 De Análisis y Divulgación

Posibilitar el desarro llo de estudios e investigaciones conforme a los

requerimientos de los usuarios”. P.G.CP. ( Plan General de Contabilidad

Pública).

2.4.3 Usuarios de la Información Contable Pública

2.4.3.1 “De acuerdo con el objetivo específico de gestión.

2.4.3.1.1 A niv el institucional:

Entes que aplican el PGCP emplean información contable pública para

retroalimentar los procesos de gestión organizacional.

2.4.3.1.2 A nivel consolidado:

Organismos que compilan o usan estadísticas globales del sector público

entre ot ros: Contraloría General de la República, Departamento

Administrativo Nacional de Estadística, Contaduría General de la Nación,

Municipios, Departamentos, Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

Consejos Nacionales y Regionales de Política Económica, Social y Fiscal,

Banco de la República.

2.4.3.2 De acuerdo con el objetivo específico de control:

Instituciones que ejercen control externo sobre los entes públicos, entre

otros: Congreso de la República, Asambleas Departamentales, Concejos

Municipales, Cabildos, Procuraduría General de la Nación, Contraloría

General de la República, Defensoría del Pueblo, Contralorías y

Personerías departamentales, municipales y distritales, Fiscalía General

de la Nación, Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia, Consejo

de Estado, Consejo Superior de la Judicatura y Tribunales Superiores.

2.4.3.3 De acuerdo con el objetivo específico de cultura ciudadana:

Personas naturales o jurídicas, que inadvertidamente pretenden

informarse sobre los resultados de la gestión pública, de los entes del

orden nacional y territorial del nivel central y descentralizado, y de

aquellas otras instituciones que de acuerdo con las normas estén

obligados a acogerse al PGSP.

2.4.3.4 De acuerdo con el objeto especifico de análisis y divulgación:

Instituciones académicas, grupos de investigación, gremios económicos,

investigadores, analistas financieros y económicos, medios de

comunicación y organismos multilaterales como el Fondo Monetario

Internacional, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo”.

P.G.C.P. ( Plan General de Contabilidad Pública).

2.4.4 Características de la Información Contable Pública:

“Constituyen atributos inherentes al producto proveniente del Sistema

Nacional de Contabilidad Pública, otorgándole la identidad y especificidad

que permite diferenciarla de otra clase de información contable.

Al ser producto de una construcción lógica -deductiva de la cual se derivan

principios, normas y procedimientos con énfasis teleológicos en su

construcción que se validan empíricamente con el entorno, puede

afirmarse que se confiabilidad y utilidad social se fundamenta en una

noción de verdad razonable, soportada en la experiencia. Estas

características son las siguientes:

• Racional: Producto de una construcción lógica deductiva ba sada en

principios, normas y procedimientos, que se derivan teleológicamente y

se validan empíricamente con el entorno.

• Universal: Busca incluir la totalidad de los hechos financieros,

económicos y sociales de los diferentes entes.

• Medible: Revela los resultados financieros, económicos y sociales,

empleando unidades de medida cuantitativas o cualitativas.

• Comparable: Aplican homogéneamente principios, normas y

procedimientos que permiten satisfacer las necesidades de confrontación

en el tiempo” . P.G.C.P. (Plan General de Contabilidad Pública).

2.4.5 Requisitos de la Información Contable Pública:

“Las condiciones mínimas que debe reunir la información contable

pública, enunciadas en forma de requisitos, tienen como propósito validar

el método contable empleado en función de los objetivos que persigue el

SNCP, estos requisitos que son fundamentales para conseguir los

resultados esperados, exigen el conocimiento de la operación y

naturaleza el ente público, para que al seleccionar los datos que van a

procesarse, se disponga de una base depurada y clara que permita

revelar los hechos, minimizando el riesgo por la interferencia y juicios de

valor que están implícitos en el proceso. Los requisitos a saber son :

Oportuna: Debe estar disponible en el momento que sea requerida por el

usuario y tener la posibilidad de influir en la toma de decisiones.

Objetiva: debe elaborarse a partir de hechos existentes con base en un

conocimiento preciso, seguro, profundo y claro de lo que acontece en un

ente público.

Consistente: Debe existir correlación entre lo fines que persigue el

sistema y lo que revela la información contable pública, guardando

además correspondencia entre las normas y procedimientos, y ambos

entre sí.

Relevante: Debe ser útil a los usuarios en procura de que se cumplan los

objetivos sociales.

Verificable: Debe ser susceptible de comprobaciones y conciliaciones

exhaustivas o aleatorias, internas o externas, que acrediten y confirmen

se procedencia y magnitud, observando siempre la aplicación estricta de

las normas existentes para el registro de los hechos o actividades

públicas.

Comprensible: Debe permitir a los usuarios, considerada por si sola,

formarse un juicio sobre su contenido”. P.G.C.P. (Plan General de

Contabilidad Pública).

2.4.6 Principios de Contabilidad Pública:

“Los principios constituyen pautas básicas que guían el proceso de

generación de información en función de los objetivos del SNGP; éstos

principios son los siguientes:

Reconocimiento: Los hecho financieros, económicos y sociales se

reconocerán en la función de los eventos y transacciones que los

generan, empleando técnicas cuantitativas o cualitativas.

Por regla general, los hechos susceptibles de ser cuantificados

monetariamente se valuarán al costo histórico, sin detrimento de criterios

técnicos alternativos que se requieren en operaciones especiales, los

cuales podrán ser objeto de actualización.

Para los hechos no susceptibles de ser cuantificados monetariamente, se

empleará lo estipulado por normas técnicas específicas.

Causación: Los hechos financieros, económicos y sociales deben

registrarse en el momento en que sucedan, independientemente del

instante en que se produzca la corriente de efectivo que se deriva de

éstos.

El registro se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones o

cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los

resultados del período.

Registro: los hechos deben contabilizarse mediante procedimientos

técnicos adecuados a la organización de la entidad, observando las

etapas del pr oceso contable relativas a la identificación y clasificación,

con sujeción a las técnicas de valuación que permitan el debido

reconocimiento, garantizando la confiabilidad y utilidad social de la

información.

Revelación: Los estados financieros deben cont ener la discriminación

básica y adicional que sea necesaria para una adecuada interpretación

cuantitativa y cualitativa de los hechos, y permitir a los usuarios construir

indicadores de seguimiento y evaluación de acuerdo con sus

necesidades, e informar so bre el grado de avance de planes, programas y

proyectos del ente público.

Gestión Continuada: se presume que la actividad del ente público se

extiende por tiempo indefinido; por tanto la aplicación de esta norma no

está encaminada a determinar su valor de liquidación.

La presunción de continuidad tiene como propósito establecer el valor que

refleje la capacidad del ente para continuar en funcionamiento; si por

circunstancias exógenas o endógenas se producen situaciones de fusión,

liquidación, escisión o transformación de un ente público, se observarán

las normas y procedimientos aplicables para tal efecto.

Esencia sobre forma: la esencia financiera económica y social de los

hechos debe primar sobre el requisito de forma o instrumental, al

momento del reconocimiento de los eventos y transacciones que los

generan, respecto de los cuales se presume la debida observación de las

realidades jurídicas y presupuestales que rigen al ente público.

Prudencia: En relación con los ingresos, deben contabilizarse

únicamente los realizados durante el período contable y no los

potenciales o sometidos a condición alguna. Igualmente y con referencia

a los gastos deben contabilizarse no sólo los realizados, sino también

aquellos potenciales, desde cuando se tenga conocimiento, es decir,

aquellos que suponen riesgos previsibles o pérdidas eventuales, cuyo

origen se determine en el período actual o en períodos anteriores.

Cunado existan diferentes posibilidades par reconocer y revelar de

manera confiable y verificable un hecho, éstas se informarán en notas a

los estados contables, donde se justificará la opción escogida con el

posible impacto económico, financiero y social en los mismos, de haber

optado por uno de éstos y no por la opción elegida.

No compensación: En ningún cas o deben compensarse las partidas de

los activos y pasivos del balance, ni las de gastos e ingresos que integran

el estado de actividad, ni los gastos e ingresos correspondientes a la

programación y ejecución presupuestal.

Asociación de ingresos, costos y gastos: los flujos monetarios que

representan ingresos y gastos deben estar adecuadamente asociados en

el período contable. Cuando por circunstancias especiales deban

registrarse partidas de períodos anteriores que influyan en los resultados,

se revelarán en notas a los estados contables, la información relativa a la

cuantía y origen de los mismos.

Hechos posteriores al cierre: Los hechos conocidos con posterioridad a

la fecha de cierre y antes de la emisión de los estados contables, que por

su importancia suministren evidencia adicional sobre condiciones

existentes antes de dicha fecha, deben registrarse en el mismo período.

Período contable: Corresponde al tiempo que regularmente el ente

público debe medir los resultados de sus operaciones financieras,

económicas y sociales, de ejecución presupuestal, y el cumplimiento de

las metas de su programación de actividades, efectuando los ajustes y el

cierre.

Normalmente, el período contable va del 1º de enero al 31 de diciembre,

al final del cual, se debe realizar el proceso de cierre. No obstante, se

podrán solicitar estados contables intermedios e informes

complementarios, de acuerdo con las necesidades o requerimientos de

las autoridades competentes, sin que esto signifique necesariamente la

ejecución de un cierre.

Adicionalmente, podrán solicitarse estados contables e informes

complementarios públicos por períodos superiores a un año, para revelar

el estado de avance de los planes de desarrollo”. P.G.C.P. (Plan

General de Contabilida Pública).

2.4.7 Normas Técnicas de Contabilidad Pública:

“Las normas técnicas de contabilidad pública comprenden el conjunto de

parámetros y criterios que precisan y delimitan el proceso contable; estos

criterios están orientados a reflejar exhaustivamente la creación,

transformación, intercambio, transferencia, extinción y, en general,

cualquier cambio producido por los hechos económicos, financieros y

sociales en un ente público”. P.G.C.P. (Plan General de Contabilidad

Pública).

2.5 Contaduría General de la Nación y Contraloría General de la

República: “Alianza estratégica contra la corrupción”

Nuestra Constitución Política en su artículo 267, define:

“El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General

de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los

particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la nación.

Dicho control se ejercerá en forma posterior y selectiva conforme a los

procedimientos, sistemas, y principios que establezca la ley. Esta podrá

sin embargo, autorizar que, en casos especiales, la vigilancia se realice

por empresas privadas colombianas escogidas por concurso público de

méritos, y contratadas previo concepto del Consejo de Estado.

La vigilancia del control la gestión fiscal del Estado, incluye el ejercicio de

un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia,

la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales. En

casos excepcionales provistos por la ley, la Contraloría podrá ejercer

control posterior sobr e cuentas de cualquier entidad territorial.

La contraloría es una entidad de carácter técnico con autonomía

administrativa y presupuestal. No tendrá funciones administrativas

distintas de las inherentes a su propia organización.”

Para el correcto desarrollo del control fiscal y de acuerdo al artículo 268 la

Constitución, “La contraloría deberá cumplir entre otras, las siguientes

funciones:

• Revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del

erario público y determinar el grado de eficiencia, eficacia, y economía con

que hayan obrado.

• Exigir informes sobre su gestión fiscal a los empleados oficiales de

cualquier orden y a toda persona o entidad pública o privada que

administre fondos o bienes de la Nación.

• Conceptuar sobre la calidad y eficiencia del control fiscal interno de las

entidades y organismos del estado.

• Dictar normas generales para armonizar los sistemas de control fiscal

de todas las entidades públicas del orden nacional y territorial ”.

Luego de conocer el concepto de Control Fiscal y con el fin de lograr una

correcta aplicación del mismo en las entidades públicas, es importante

buscar una correcta armonización entre los instrumentos que la Carta

Magna le entrega a estas dos importante instituciones con el objetivo

único, de dar una lucha frontal al problema de la corrupción en la sociedad

colombiana, en tal sentido, se debe entrar a evaluar el aporte que la

Contaduría General de la Nación brinda a la Contraloría, para que la lucha

contra este flagelo produzca realmente los resultados esperados por la

sociedad colombiana.

Es innegable que la implementación del Sistema Nacional de Contabilidad

Pública en nuestro país, se convierte en uno de los logros más

transcendentales para el manejo de las finanzas públicas del Estado, y en

la medida de generar información financiera, económica y social

transparente, los organismos de control tendrán un aliado invaluable en su

cometido social; depende esto pues, de la razonabilidad de los estados

financieros y del correcto uso que la Contraloría haga de esta información

para la aplicación de su control fiscal.

Dentro de los aportes más significativos de la Contaduría General de la

Nación a la función de control fiscal por parte de la Contraloría, se pueden

citar los siguientes:

• Contar con un Sistema Nacional de Contabilidad Pública, que brinde la

suficiente confianza para el registro de todas las transacciones y

operaciones de las finanzas públicas, promoviendo así la cultura contable

tan importante en nuestro país.

• Mediante la determinación de las políticas, principios y normas sobre

contabilidad pública, brinda a sus diferentes usuarios, toda la

reglamentación contable para obtener estados financieros con alto

contenido de uniformidad, permitiendo así, una mejor interpretación,

seguimiento, control y evaluación de la gestión pública.

• Tener una base de datos de la información contable, donde se pueda

consultar todo lo relacionado con el manejo de la información financiera,

económica y social del estado público colombiano.

• Establece r con exactitud los activos, y los pasivos con el fin de

determinar el patrimonio del Estado Colombiano.

• Realizar el seguimiento oportuno a la deuda pública del Estado, con el

fin de trazar políticas de manejo adecuado sobre dichas obligaciones.

• Medir el grado de confiabilidad de la información contable para la

correcta toma de decisiones por parte de los directivos de las entidades

públicas.

• Establecer el verdadero impacto social mediante la correcta utilización

de los recursos públicos en procura del beneficio colectivo.

• Servir de base para la correcta implementación de los diferentes

sistemas de control interno en las entidades.

• Verificar el correcto manejo de los ingresos y gastos de las entidades,

con el fin de evaluar el impacto generado en la sociedad, de acuerdo a los

objetivos trazados.

2.6 Procuraduría General de la Nación : “Su Control Disciplinario”

El control disciplinario es el ejercido por La Procuraduría General sobre la

conducta de los servidores públicos con el objeto de velar por el

cumplimiento de los principios de la función administrativa, consagrados en la

Constitución Política: “Igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad,

imparcialidad y publicidad”.

Permite a la Procuraduría verificar el cumplimiento de la Constitución y las

leyes y velar por la ejecución diligente de las funciones administrativas.

Dentro de las funciones de la procuraduría según el artículo 277 de la

Constitución Política están:

• “Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones

jurídicas y los actos administrativos.

• Defender los intereses de la sociedad.

• Velar por el cumplimiento diligente y eficiente de las funciones

administrativas.

• Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o

administrativas, cuando sea necesario en defensa del orden jurídico, del

patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales ”.

La Procuraduría General de la Nación se ocupa de ejercer vigilancia

superior sobre la conducta de las personas, que desempeñan funciones

públicas y con ellas se realizan acciones coordinadas.

En tal sentido, se expidió la ley 734 de 2002 Código Disciplinario Único,

para darle desarrollo al artículo 277 de la Constitución Política, mediante

la cual se dota de la herramienta y soporte jurídico a la Procuraduría para

la correcta implementación de sus facultades constitucionales.

Dentro de los aspectos que pueden destacarse de la ley 734, con

incidencia directa sobre aspectos contables públicos están:

Artículo 34. ” Deberes. Son deberes de todo servidor público:

(...)

31. Adoptar el sistema de control interno y la función independiente de

auditoria interna que trata la ley 87 de 1993 y demás normas que la

modifiquen y complementen.

(...)

32. Adoptar el sistema de contabilidad pública y el sistema integrado de

i nformación financiera, SIIF, así como los demás sistemas de la

información que se encuentre obligada la administración pública,

siempre que existan los recursos presupuéstales para el efecto.

(...)

33. Publicar mensualmente en las dependencias de la respectiva

entidad, en lugar visible y público, los informes de gestión,

resultados, financieros, y contables que se determinen por autoridad

competente, para efectos del control social de que trata la ley 489 de

1998 y demás normas vigentes ”.

En el artículo 44 de la misma ley, se hace referencia a las clases de

sanciones a que está sometido el servidor público, y a manera de ilustrar la

gravedad de la temática se hace referencia al punto que consagra la

destitución e inhabilidad general, para las faltas gravísimas dolosas o

realizadas con culpa gravísima.

Artículo 48. “Faltas gravísimas. Son faltas gravísimas las siguientes:

(...)

26. No llevar en debida forma los libros de registro de ejecución presupuestal

de ingresos y gastos, ni los de contabilidad financiera.

(...)

52. No dar cumplimiento injustificadamente a las exigencias de adoptar el

sistema nacional de contabilidad pública de acuerdo con las disposiciones

emitidas por la Contaduría General de la Nación y no observar las políticas,

principios y plazos que en materia de contabilidad pública se expiden con el

fin de producir información contable, oportuna y veraz”.

Entrando a realizar un análisis exhaustivo de la normatividad expuesta, se

puede deducir la importancia y gran acogida que ha tenido la contabilidad

pública en la esfera nacional desde su nacimiento con la constitución del 91,

y corroborar además el compromiso del Estado Colombiano para darle mayor

desarrollo a este sistema, con el objeto único de buscar la modernización de

la administración pública colombiana.

Es así como el Sistema Nacional de Contabilidad Pública, a medida que

transcurre el tiempo, va ganando espacio invaluable en el manejo de la

hacienda pública colombiana y poco a poco, empieza a convertirse en un

factor determinante en el replanteamiento de los diversos sistemas de

control, y en el elemento esencial para la correcta toma de decisiones por

parte de los administradores públicos.

El ministerio público entonces cobija varias funciones en Colombia como son

la defensa de derechos humanos, materia administrativa, la que nos compete

en el presente documento, y la del flagelo de la corrupción. Este ministerio

público junto con la Contraloría General de la República, conforma los

organismos de control; que en otros países recibe el nombre de Ombudsam.

El Procurador es la cabeza del ministerio público, actuando como máximo

director supremo, independiente y autónomo, condiciones dadas en la

constitución de 1.991, nombrado por el Senado de la República para

períodos de cuatro años, no pudiendo ser removido de su cargo antes del

vencimiento del período, a no ser del acometimiento de faltas graves

disciplinarias o penales.

Les compete según sus funciones; vigilar el cumplimiento de las normas,

decisiones judiciales y actos adminis trativos, defender los intereses de la

sociedad y los intereses colectivos, velar por ejercicio diligente y eficiente de

las funciones administrativas, vigilar la conducta oficial de quienes

desempeñan funciones publicas, inclusive los de elección popular; adelantar

las investigaciones, e imponer las sanciones de conformidad con la ley;

intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales y administrativas

en defensa del orden jurídico, del patrimonio público o de los derechos y de

las garantías fundamentales, rindiendo además conceptos en los procesos

de control de constitucionalidad adelantados por la Corte Constitucional y el

Consejo de Estado; tiene igualmente funciones de policía judicial para el

ejercicio de sus funciones, facultado para exigir informes a los servidores

públicos y particulares, quienes no pueden oponer reserva alguna.

La constitución y la ley prevén, como en un país democrático por excelencia,

la rendición de cuentas del ministerio publico, o sea deben rendir informes

anuales de su gestión al Congreso de la República.

La eficacia de esta institución se determina por el grado de independencia y

autonomía que detentan respecto de los demás órganos estatales y

particularmente del Ejecutivo.

La fuerza de sus recomendaciones radica en el peso moral de su contenido y

en el prestigio de quién las emite; bajo las disposiciones de la ley escrita, de

los principios legales de las normas del buen gobierno; por eso se considera

en el ámbito mundial, que sin otro poder que su fuerza moral, esta institución

no debe ser vulnerada por la corrupción.

3. DIAGNÓSTICO

¿Es moderna la contabilidad pública municipal?

La centralización de la información desenfrena problemáticas a nivel

eficiencia, eficacia, efectividad en la calidad del control y modernización

de la contabilidad pública municipal en su sector central y

descentralizado; donde se puede plantear la siguiente pregunta: ¿Es

moderna la contabilidad pública municipal?

Es de trascendental importancia reconocer que se adelantan pasos a la

modernización contable, en especial en la CONTADURÍA GENERAL DE

LA NACIÓN, donde se generan esfuerzos de gran magnitud, para

establecer estrategias de modernización y control de la información, para

compenetrarse en el programa del Gobi erno Nacional en el control de la

corrupción y aplicación de entrega de subsidios y programas para los

entes descentralizados, como son los municipios, departamentos,

institutos educativos y de salud, entre otros.

Generar una cultura de contabilidad pública, engranada en la

modernización del estado, con una muy buena información, y tácticas de

control, interno, fiscal, político y social, busca en últimas el desarrollo de

la nación, reflejando en la provincia nacional todos los esfuerzos

realizados, por entidades encargadas de gestionar los programas de

desarrollo social y económico como el Ministerio de Hacienda,

Planeación Nacional, y otros no menos importantes, que deben proponer

políticas fiscales y monetarias en nombre del Gobierno Nacional.

La contabilidad pública como el instrumento o la herramienta más

importante de la información, donde aplica normas, metodologías, y

técnicas contables, de carácter uniforme y obligatorio, permitiendo

consolidar con cierta periodicidad datos estadísticos y de c ontrol regional,

generando para las entidades criterios más gerenciales en el uso y

asignación de recursos; fortaleciendo igualmente los instrumentos para

los controles internos y externos; deja en el ambiente un impulso para

establecer un proceso cultural de asimilación y apropiación colectiva de

estos conceptos, como también los medios para la interpretación y

utilización de esta variables.

Concluyendo que la modernización de la contabilidad pública deja ciertos

sin sabores, por lo reciente de su inicio en al ámbito nacional, como

también por la poca comprensión por parte de los funcionarios públicos

de establecer prioritariamente información veraz a través del lenguaje y

premisas de la contabilidad pública, que permiten fortalecer la repartición

de los r ecursos centrales, y el control de los mismos, evitando en todo el

proceso actividades corruptas al interior y exterior de la función pública.

Es de suma importancia enmarcar el diagnóstico con una visión subjetiva,

de todo el macrositema contable público, en tres aspectos generales; lo

organizativo, lo procedimental y en la ética de los funcionarios públicos;

aspectos estos, que influyen de una u otra forma en la calidad de la

información contable pública municipal, en su sector central y

descentralizado; columna vertebral del presente trabajo.

3.1 ORGANIZATIVO:

3.1.1 Cultura Contable vs. Crecimiento y Desarrollo:

Como se trata de humanos los que desarrollan las actividades de

información contable, es un hecho de cultura del conocimiento y de la

aplicación contable; porque igualmente no es un solo problema de la

información, si no también de la formación, para lograr un verdadero

crecimiento y desarrollo integral de la política fiscal y monetaria.

De la sumatoria de esto no surge como un proceso matemático, sino un

proceso espacio- temporal de socialización humana en sus distintas

dimensiones y referentes, en sus prácticas y saberes, en sus oficios e

interacciones, en lo público y lo privado, en total en todo lo plural que nos

cobija.

La construcción pedagógica por competencias de las actividades de la

cultura de la contabilidad pública, con esfuerzos en la capacitación, en la

divulgación, y promoción colectiva, en igual o mejor proporción que lo

exige la ética y la eficacia pública; el funcionamiento eficiente del estado,

y la necesaria rendición de cuentas; con los ejercicios contables de

controles fiscales, disciplinarios, interno y social.

Imponiendo como es lógico la competitividad en los procesos de la

administración pública en todos los niveles y sectores, en sintonía con las

tendencias internacionales predominantes y con el conocimiento

globalizado, para no estar en los coletazos de la contabilidad pública

mundial.

3.1.2 Control político y social:

El acento en los controles es una voz sola en el desierto, para lograrla se

requiere de gestión y de resultados emitidos por la información,

recomendando así los correctivos necesarios.

Las alianzas en el presente son contadas, aunque han despegado en los

últimos tiempos con la participación de la Esc uela Superior de la

administración Pública y el Departamento de la Función Pública, como

estrategias que permiten potenciar las fortalezas de cada institución.

Los controles internos, fiscales, político y ciudadano han determinado

nuevas etapas en luchas frontales con la corrupción. En países donde se

ha logrado controlar o mantener bajos niveles de corrupción, se deben en

buena medida a los esfuerzos para desarrollar SISTEMAS DE

INFORMACIÓN DE NATURALEZA CONTABLE, donde así las

autoridades y los ciudadanos pueden indagar permanentemente por el

manejo de los recursos y los bienes públicos.

El país no se ha concientizado de la realidad y la necesidad de ejercer

una verdadera auditoria social sobre los recursos y sobre el manejo

contable.

El empoderamiento de la comunidad civil no es aún una realidad, donde

las universidades y la creación de veedurías contables cívicas no se han

puesto en funcionamiento, para lograr un óptimo sobre los organismos y

los fondos públicos, aunque se han hecho ingentes esfuerzos, pero la

falta de una cultura de la contabilidad pública municipal es evidente.

3.1.3 Lucha Contra la Corrupción y Herramientas:

Los factores que coadyuvan a la corrupción son entre otros, como primera

línea lo concerniente a la inoperancia o insuficiencia de los controles,

especialmente el del control interno. El estado colombiano ha puesto

particular énfasis en la instauración y desarrollo de sistemas de control

interno que limiten o elimine las acciones que impliquen manifestaciones

de corrupción.

E n 1.993 se puso en práctica la ley 87, que definió “objetivos e

instrumentos muy precisos para el ejercicio del control interno en las

entidades gubernamentales”, algunos de los propósitos se orientan a

velar porque todas las actividades y recursos de la organización se dirijan

al cumplimiento de sus propios objetivos; garantizar la eficacia, eficiencia

y la economía en todas las operaciones, promoviendo la correcta

ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la

misión institucional ; verificar correctamente la evaluación y seguimiento

de la gestión organizacional, soportada en objetivos y metas precisas y en

una correcta asignación de funciones; pretende también asegurar la

oportunidad y confiabilidad de la información y sus registros.

Al mismo tiempo la norma prescribe para el control interno corroborar que

todas las transacciones de las entidades se registren en forma exacta,

veraz y oportuna, de forma tal que se viabilice preparar informes

operativos, administrativos y financieros. Igualmente, ordena proteger los

recursos de la organización buscando su adecuada administración ante

posibles riesgos que lo afecten.

Las principales deficiencias de la contabilidad pública se pueden esbozar

así:

• No se dispone de sistema contable

• No s e incluyen partidas contables significativas

• No se aplica el PGCP.

• No se concilian periódicamente las cuentas.

• No se practican conteos físicos sobre inventarios y propiedades,

planta y equipo.

• No se aplican técnicamente provisiones y depreciaciones.

• Inexi stencia o de actualizaciones de manuales de funciones y

procedimientos.

• Sistemas de información manuales.

• Deficiente integración de los flujos de información.

• No se han implementado sistemas de información de control

interno contable

• Notas explicativas inc ompletas.

Como se definió entonces estas divergencias se dan en dualidad entre los

organismos de control interno y los empleados públicos encargados de

llevar acabo la información contable, en donde encontramos la principal

falencias administrativa es en el entrenamiento y capacitación, para

digerir completamente toda la información de las leyes y las normas, y el

cumplimiento de la entrega de la información a los organismos locales y

nacionales.

3.1.4 Sistema Nacional de Control Interno:

Los controles de gestión territorial establecidos en el orden jurídico

institucional colombiano son: Interno, Fiscal, Disciplinario, Jurídico,

Ciudadano, Social y Político.

El control interno se consagra en la Constitución Política de Colombia en

su artículo 269, señalando la “obligatoriedad de las directivas de las

entidades públicas de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de

control interno”.

La ley 87 de 1.993 estableció “las normas para el ejercicio de control

interno, lo definió como el sistema integrado por el esquema de

organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas,

procedimientos, y mecanismos de verificación adoptados por una entidad,

con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y

actuaciones se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y

legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en

atención a las metas u objetivos previstos”.

Se incluyen las características principales de este tipo de control, con el

objetivo de dar a conocer la incidencia que tiene sobre la información

contable y sobre el desempeño institucional de los responsables de la

preparación, administración, y difusión de la misma.

La ley 136 de 1.994 “autoriza a los municipios y a las entidades

descentralizadas, así como a las personerías municipales y contralorías

municipales a través de sus representantes legales, la adecuada

organización e implementación de sistemas de control interno en la forma

prevista por las normas legales correspondientes”.

La ley 60 de 1993, en su artíclulo 32 en materia de control interno y fiscal

establece que, “los departamentos y municipios y sus entidades

descentralizadas, diseñarán e implementarán los sistemas de control

interno que se refiere el artículo 269 de la Constitución Política, para

garantizar la protección y el uso honesto y eficiente de los recursos que

se transfieren en desarrollo de la presente ley”.

La ley 489 de 1.998 artículo 27, crea el “Sistema Nacional de Control

Interno y establece los principios de la función admi nistrativa como son: la

buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad,

eficacia, eficiencia, participación, publicidad, responsabilidad, y

transparencia; que se aplicarán a la prestación de servicios públicos, en

cuanto fueren compatibl es con su naturaleza y régimen.

El conjunto de instituciones que conforman el Sistema Nacional de

Control Interno, está dirigido por el presidente de la República y

asesorado por el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de

Control Interno de las entidades del orden nacional, presidido por el

director del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Se define como el conjunto de instancias de articulación y participación,

competencias y sistemas de control interno, adoptados en ejercicio de la

administración pública, por los organismos y entidades del Estado en

todos sus órdenes, que de manera armónica, dinámica, efectiva, flexible,

y suficiente, fortalecen el cumplimiento cabal y oportuno de las funciones

del estado”.

El servidor público, como eje del sistema de control interno, tiene la

obligación de realizar todas y cada una de sus acciones atendiendo los

conceptos de autocontrol y auto evaluación., apoyando las actividades

orientadas a fortalecer el funcionamiento del sistema de control interno

del organismo o entidad a la cual pertenece.

Dentro de los objetivos del control interno visualizamos la importancia de

la contabilidad pública directamente relacionada con el control interno y la

información contable, debido a que por medio de esta se identifica la

totalidad de los hechos financieros, económicos y sociales que suceden

en cada entidad, lo que permite que todas sus operaciones se registren

debidamente en documentos soportes aplicando las normas vigentes.

Además el Contador General De la Nación tiene asiento en el Consejo

Asesor del Gobierno Nacional en materia de control interno, instancia a la

que corresponde tareas como “la adopción, divulgación, capacitación, y

aplicación de políticas, además de emitir pronunciamientos sobre fut uras

normas al respeto”.

De esta manera, la labor mancomunada entre las diferentes esferas de

control y la contabilidad pública, se convierte en ingrediente fundamental

para solucionar las deficiencias que en cuanto al manejo de la

información financiera se observa en un buen numero de entidades

nacionales, territoriales y municipales que tienen que ver con el no uso de

la información contable como herramienta de planificación y toma de

decisiones, deficiente integración en los flujos de información en las

distintas áreas y limitaciones en la estructuración de mecanismos de

salvaguardia de interés público.

Como factores que limitan el buen funcionamiento del control interno se

vienen evidenciando los siguientes:

• El insuficiente compromiso de los servidores públicos con la cultura

de la planeación y el autocontrol.

• La parcial percepción de la alta dirección de las entidades sobre el

verdadero sentido del sistema y su importancia para el

mejoramiento institucional de la administración pública.

• Deterioro de l os principios y valore éticos en la formación del nuevo

ciudadano colombiano

• La carencia de definición de procesos y procedimientos que ha

originado la sub.-utilización del recurso tecnológico y la ausencia

de sistemas de información, no obstante las cuantiosas inversiones

en equipo de cómputo, redes y teleprocesos que no han sido

aprovechados en toda su extensión.

• Ausencia de independencia y objetividad por parte de algunos jefes

de control interno en la evaluación de los sistemas, debido a la

subordinación legal y funcional directa con el representante legal

de la institución de la cual pertenece.

3.2 PROCEDIMENTAL

3.2.1 Condiciones de Capacitación y Entrenamiento contable:

La centralización del sistema de información, deja también para las

entidades territoriales y descentralizadas, la capacitación y el

entrenamiento de nuevas normas; en ser las últimas en recibirlas y

ponerlas en práctica, falencia sentida para el fortalecimiento cultural de la

contabilidad pública, pues mientras en el centro, la información se

transmite de forma rápida y oportuna, en la periferia es atrasada e

ineficaz.

Las consecuencias son variadas, desde la década de los ochenta el país

ha vivido una atmósfera de descentralización enmarcada por abrir

canales de participación ciud adana en respuesta al conflicto armado y por

la necesidad de reformar las instituciones centralistas, que siempre han

limitado la participación ciudadana. En las decisiones y en el manejo de lo

público, iniciando con la elección de alcalde por voto popular y llegando a

la constitución de l.991, reformada por la asamblea nacional

constituyente.

Pero toda esta visión de descentralización política no refleja en mayor

grado la descentralización de procesos de capacitación, normatización,

comunicación, interacción, entre los funcionarios públicos, los ciudadanos

y los entes de control en los estamentos descentralizados como los

municipios.

3.2.2 Vigilancia y Eficacia:

La gestión pública como conjunto de actividades realizadas por las

entidades públicas de orden nacional, departamental o municipal, con lo

que resuelven necesidades y problemas de la comunidad y la nación o

entregar bienes o servicios a los ciudadanos o la sociedad en general,

tomando recursos de los ciudadanos o los empresarios. Para asegurar el

correcto uso de estos recursos se establece un sistema de gestión,

conformado por un proceso administrativo de planear, dirigir y controlar;

por procesos, procedimientos y actividades y por objetivos, estrategias y

decisiones.

Ante la escasez de esos recursos se requiere que se gasten e inviertan

de manera adecuada y se controle su uso por parte de los mismos

servidores públicos o de los ciudadanos.

Para cumplir con las demandas sociales, comunitarias o ciudadanas, el

gobierno nacional y los departamentos y los municipios deben realizar un

Plan de Desarrollo Económico, Social y Ambiental y los jefes de las

entidades públicas deben elaborar un Plan de Acción tendiente a cumplir

con los objetivos trazados en éstos.

Dichos planes se expresan en el uso de los recursos humanos,

tecnológicos, físicos, y materiales; a su vez estos recursos se adquieren a

través de dinero, cuya recepción, utilización y custodia constituye la

gestión financiera de las entidades públicas; de los planes, programas,

proyectos, de lo s contratos y las obras públicas.

Para la recepción y utilización y custodia de esos recursos se

establecieron funciones de “Presupuesto, tesorería, y de registro de

actividades y hechos económicos, financieros y sociales a través de la

Contabilidad Públ ica”. P.G.C.P. (Plan General de Contabilida Pública).

Mejorar el desempeño es lo sustancial para los servidores públicos,

haciéndose los respectivos controles, orientando sus actividades a

resultados, donde la comunidad no solo reciba el cumplimiento de la

misión institucional, si no el diseño de objetivos, metas, políticas y

estrategias, para el logro de la calidad, oportunidad, y efectividad de la

generación y prestación de los servicios públicos.

Diseñando sistemas, métodos, procedimientos e indicadores para el

control de la gestión. La participación de la ciudadanía pasa a ser una

herramienta de vinculación efectiva en la gestión operativa, estratégica, e

institucional de las organizaciones públicas.

La transparencia y la flexibilidad, hacen responder a las necesidades

permanentes de desarrollo social e institucional, volviéndose instituciones

altamente competitivas, donde se compite por la obtención de recursos

estatales y privados con base en la evidencia de sus resultados y en la

satisfacción de los usuarios, en el cumplimiento de metas y en el

desarrollo de una cultura de servicios.

3.3 EN LA ÉTICA DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLLICOS

3.3.1 Ética y Convivencia, Actitud de Confianza Humana:

El desempeño del profesional contable aparece íntimamente ligado al

espacio de la información, lo que le permite no solo conocer la marcha de

las empresas, si no intervenir los procesos de toma de decisiones y el

ejercicio de controles tanto internos y externos. Es por ello que la labor

del contador es fundamental soporte para el empresario y en este caso

para el gobierno, es obvio entonces que la observancia de principios

éticos por parte del contador, como extensión de la entidad; permite

identificar la utilidad social de su trabajo, para ejercer su dimensión de

justicia y asumir con prudencia los riesgos.

Situándonos en la historia en el año de 1982, año marcado por profundas

convulsiones en el sector financiero del país debido a inadecuadas

prácticas de administración y control que se ejercían en algunos bancos.

Las consecuencias tangibles e inmediatas de estas se manifestaron en

que una institución bancaria fue cerrada definitivamente y otra se

nacionalizó para evitar mayores perjuicios; poniendo en aprietos a

pequeños ahorradores y a productores que habían confiado en la solidez

de esos organismos crediticios.

Se indicó en aquel entonces que aunque sobre la crisis había muchas

preguntas por hacer, la principal apuntaba a ¿porqué no se había

detectado a tiempo lo que estaba ocurriendo? y pronosticándose que

ocurrió entre otras por la falta de datos o porque los que se recibían eran

inexactos. ¿Dónde estaban los revisores fiscales?, ¿Porque no ejercieron

sus funciones y trataron de impedir estas irregularidades?, ¿Cómo dieron

fe pública sobre balances y estados financieros que no reflejaban la

realidad?

A los pocos años se desplomó el sistema cooperativo como resultado

también de actividades no transparentes. Asimismo, se nacionalizó una

institución con problemas de liquidez y nuevamente se notó lo poco

transparente en los organismos de control tanto interno como externo de

nuestro aparato financiero privado y público.

Los problemas recaen sobre las personas encargadas de producir la

información financiera de estas instituciones.

Ciertamente se ha llevado ingentes esfuerzos en los últimos años por

impartir reglas de principios contables y normas de regulaciones

específicas, como son el decreto 2160 de 1986, consagra normas sobre

“ los Planes Únicos de Cuentas” , y la propia ley 43 de 1990, que definió “el

estatuto para el ejercicio de la contabilidad pública, a la vez que formuló

precisiones sobre la figura de la revisoría fiscal y restituyó el código de

ética”, pues el anterior había sido declarado diez años atrás inexequible

por la Corte Suprema de Justicia. Una década sin código de ética para los

profesionales contadores.

El artículo 35 de la ley ya nombrada 43 de 1.990, nombra claramente las

condiciones de “conciencia moral, aptitud profesional e independencia

mental en contexto de una gran función social asignada a la contaduría

pública y la Corte constitucional lo reafirma al declarar en diferentes

ocasiones a través de sus fallos, “...Son datos e información que deben

ser refrendados por los contadores...”

Estas fallas de ética se pueden estudiar desde 2 factores o razones:

La primera, por el vacío en la formación y regulación profesional, evitando

al contador roles de liderazgo y fiscalización de las actividades

económicas públicas y privadas.

La segunda razón es la forma de auto-percepción y de asumir su

ocupación, es decir su postura ética y moral frente a sus actividades.

Sobre el primer tema, las limitaciones se remontan , al ser una disciplina a

la que se le deposita en sus funciones y facultades gubernativas el dar fe

pública, pues no solo remont a sus propias funciones, y también las

comparte con lo jurídico, y ser una función delegada por el estado, como

certificadora para terceros dándoseles un estatus especial .

En total la responsabilidad moral esta determinada por el conocimiento y

la libertad y lógicamente sobre la independencia mental, coartadas por

las funciones ordenadas por el estado y la empresa privada.

La independencia se destruye desde el mismo momento en que el

profesional no tiene claro la función de dar fe pública, al volverse también

en un dependiente trabajador y por que las universidades y el mismo

Estado no han determinado, ni predeterminado el presionar para que esta

independencia se vuelva una realidad.

Para que la profesión y las instituciones no se conviertan en solo

generadoras de radiografías de ecuaciones financieras, deben evidenciar

su impacto sobre la solución de necesidades básicas insatisfechas y la

ampliación de cobertura en servicios y aprovisionamiento, demostrando

los fines sociales de la contabilidad públic a, generando en los servidores

públicos, en especial los que se desempeñan en las áreas contables,

retos éticos y de comportamiento frente al transparencia y eficacia de la

administración publica.

Resulta indispensable la participación activa de los contadores en la

esfera de lo público, porque ello significa asumir la convicción de que su

aporte a la solución de problemas esta estrechamente ligado a su

condición de ciudadano pro-activo, como también su papel de suma

importancia en la participación polític o- administrativa de la nación, así

sea desde su patria chica si es funcionario de alcaldías u otras regionales.

El llamado está para los profesionales de la contabilidad pública, a buscar

mecanismos de auto ética, recobrando valores personales, como

también, ser concientes de su función social en el control anticorrupción.

4. PROBLEMÁTICA DEL CONTROL Y LA CULTURA CONTABLE

PROBLEMA:

“¿Están dadas las condiciones primarias, para reducir los procesos de

corrupción, estableciendo una estrategia integral que modernice y

controle eficazmente la gestión pública municipal

y de sus entes descentralizados, a través de la contabilidad pública?”

4.1 PLANTEAMIENTO GENERAL:

Una sociedad democrática considera que a quienes se les ha confiado

recursos públicos y la facultad de aplicarlos, tienen la responsabilidad de

rendir plena cuenta de sus actividades, en donde se identifique

claramente los objetivos, de esas destinaciones de los recursos, como

también la manera y el efecto de su aplicación.

El dilema de contar o no contar, de participar o no participar en la

modernización de la función pública, son de indispensable aplicación en

los territorios o regiones o municipios colombianos, el dilema no está solo

en el diseño de l as normas y los preceptos contables, si no en como, los

empleados públicos reciben esta información y se conectan a participar

activamente y decididamente a un proceso de modernización contable

que coadyuven en el proceso y políticas de anticorrupción a ni vel local,

departamental y con reflejos en lo nacional.

En el Estado se hace necesario implementar en todos sus estamentos, un

lenguaje contable y de control, que permita llevar las cuentas y mostrar el

manejo de los recursos, contar la gestión no tanto monetaria, como

analíticamente, introducir métodos de cálculo y registro, realizar

inventarios, y ejercicios orientados a revelar, de manera oportuna y

confiable, las diversas operaciones de las entidades oficiales.

Fortalecer los niveles de confianza y credibilidad de los ciudadanos en las

cifras, informes y balances oficiales.

“EMPODERAR” a los colombianos individual o colectivamente, para que

se valgan de la contabilidad pública como instrumento de seguimiento,

control y rendición de cuentas de los directivos, funci onarios o

mandatarios oficiales; las metas de calidad y excelencia en la información

y estados contables para que el ente central contable cumpla con su

objetivo de soporte y apoyo a la elaboración de estadísticas y la

generación de datos para el seguimiento de las políticas

macroeconómicas y fiscales.

El factor inteligencia y aprender haciendo por competencias, son

problemáticas a solucionar en el corto plazo, para todos los empleados

públicos, en especial los directamente relacionados con

responsabilidades de ser representantes de las entidades contables

municipales.

Solucionar los cambios de mentalidad rápidos y eficaces de los

empleados públicos e insertarlos a la economía de mercado y de

globalización que se adelanta en la actualidad, como un cambio de

paradigma y de comportamiento en miramiento a seguir los pasos buenos

o malos en las aplicaciones laborales de los vecinos.

Acciones y atención en pro de la recuperación ética de lo público, la

transparencia de la gestión y el verdadero Estado Social de Derecho

promulgado en la constitución Política, como programas de recuperación

y transparencia, de no más pérdidas para el estado por demandas y

corrupción...

4.2 OBJETIVO:

Señalar específicamente y con claridad el alma principal de la

problemática que encierra la aplicación de las funciones y normas

de la contabilidad pública municipal.

4.3 INFOMACIÓN:

Una de las variables que más repercute en la administración de la

contabilidad pública a nivel municipal, es la información que llega desde la

central de la Contaduría General de la Nación, o desde los entes de

control centrales como la Procuraduría y la Contraloría, o desde el

gobierno ejecutivo; como cuello de botella es bastante identificable este

tema y no por más, si no por que; la información financiera debe ser

oportuna, veraz y constante, de doble vía desde la provincia hacia el

centro y desde el centro para la provincia.

Todos los beneficios del balance general de la nación, que representa

conjuntamente con el presupuesto, uno de los importantes instrumentos

de control repúblicano, se pierden por cuanto no son presentados en

forma oportuna.

Debe evitarse un excesivo plazo entre el momento del cierre del balance,

por parte de la Contaduría General de la Nación y su discusión en la

C omisión legal de Cuentas de la Cámara de Representantes. Así, el

bance, debería presentarse anualmente al Congreso de la República en

un tiempo mucho má reducido que el que establece el parágrafo del

artículo 354 de la Constitución Nacional , con miras a obtener resultados

en tiempo real, como una contribución trascendental que afianza el

cumplimiento de los mecanismos republicanos de control de los actos del

gobierno.

Como el sistema contable es el eje integrador del conjunto de la

información de los hechos sucedidos, recogiendo la totalidad de los datos

de los diversos centros de registro para que produzca diversos estados

con diferentes grados de agregación y periodicidad, procesados mediante

la aplicación de modernas tecnologías administrativas y financieras.

La documentación incompleta y controles internos débiles, debilidades

financieras y problemas con el mantenimiento de registros fundamentales

centrales y descentralizados, constituyen serias limitantes y entorpecen

los esfuerzos del gobierno nacional para informar respecto a una buena

parte de los activos, pasivos y costos del sector gubernamental, no

pudiendo los organismos emitir dictámenes al no poderse formar una

opinión sobre la confiabilidad de los estados financieros consolidados.

Debilidades en la información financiera se presentan porque no se es

exigente con las entidades territoriales y descentralizadas en la

elaboración de los estados financieros, o en su defecto no se castiga la

no presentación de los mismos en las fechas requeridas, generando en

muchos casos focos de corrupción, ya que la información financiera se

expone a la divulgación no apropiada, destrucción, modificación o fraude.

La etapa de considerar que las entidades públicas se comporten como

islas apartadas, con contabilidad es y sistemas de administración propios,

se deben interconectar por los sistemas de información en

aprovechamiento de la tecnología y el acercamiento de capacitadores

integrales, a los empleados públicos municipales y regionales.

En general es la información igual que la formación, grandes causas de la

problemática planteada.

4.4 Normatividad:

Es fundamental en las universidades hacer ingentes esfuerzos para que

en los pénsum académicos, se enseñe constantemente la normatividad

que recoge todo el funcionamiento de la contabilidad pública, igualmente

son tantas las normas que han venido estableciéndose en el país que a

los empleados municipales no se le es fácil asimilarla.

En la Contaduría General de la Nación en el terreno de la contabilidad

pública, hay una permanente investigación y generación de normas que

se actualizan constantemente, precisamente porque su ámbito de

aplicación tiene tantos frentes como actividades le incumben al Estado.

4.5 Capacitacion, entrenamiento:

A los empleados público s en el ámbito local, no se les presenta

oportunidades de acceder a lo medios de capacitación, nivelación y

entrenamiento constante sobre temas directos e indirectos de la

contabilidad pública.

Los motivos de esta realidad se relaciona directamente por lo lejano del

territorio, por no tener los medios tecnológicos, o por ser empleados de

libre remoción o peor aún por ser contratados por los políticos de turno

para los puestos, las consecuencias son variadas pero se pone en juego

la credibilidad de la información, de las instituciones encargada de las

mismas, igualmente el estado central no puede tomar decisiones reales,

presupuestales.

Los representantes legales de cada institución son en definitiva los

directos responsables de las situaciones anómalas de sus empleados y

en este caso particular de los contadores municipales.

4.6 Descentralización, información financiera territorial:

La función de la gestión de los flujos de información de las entidades

territoriales a las dependencias del gobierno central y a los organismos

centrales de control, resultan cruciales dentro del proceso de

compatibilizar la autonomías de las entidades territoriales con el papel de

control y seguimiento propios del Gobierno Nacional.

A si mismo, la toma de decisiones con respect o a las variables financieras

regionales se ve obstaculizada por la carencia de un sistema único y

adecuadamente reglamentado de recopilación y producción de

información financiera regional.

Por otra parte, las responsabilidades del ministerio de Hacienda en

cuanto al seguimiento macroeconómico, presupuestal autorizaciones de

operaciones de crédito y apoyo fiscal de las entidades territoriales,

requiere de un flujo de información contable financiera y fiscal, confiable y

oportuna. En igual sentido, esta información es fundamental para el

cumplimiento del mandato constitucional que asigna a la Contaduría

General de la Nación las funciones de “uniformar, centralizar, consolidar

la contabilidad pública”; a la Contraloría General de la República la

certificaci ón de la situación fiscal de los entes territoriales; y al

Departamento Nacional de Planeación la evaluación de la gestión y

resultados de planes y programas de desarrollo, así como la

determinación de los montos a transferir a los entes territoriales.

Los sistemas de información de las entidades territoriales son un conjunto

heterogéneo, donde se encuentran desde sistemas integrados de

información financiera hasta la incapacidad para procesar distintos niveles

de información. Las distintas demandas de información del nivel nacional

hacen una tarea dispendiosa e ineficiente que no satisfacen estas

demandas y sí debilita la gestión interna de la entidad territorial.

El sistema financiero requiere para evaluar la capacidad de pago y

solvencia de las entidades territoriales prestatarias.

En vista que no existe un sistema único y de fácil acceso, los bancos y las

entidades financieras optan por solicitar los datos significativos a las

propias entidades territoriales, aumentando la carga que esto supone

para el procesamiento de la información.

El Programa de los Sistemas de Información Financiera Territorial

FOSIT, convenio suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo BID

y el gobierno nacional, para organizar de forma confiable, oportuna y

completa, los datos que se generan al interior y entre las entidades

territoriales del país señalan como principales propósitos:

• Mejorar la información para la toma de decisiones en los gobiernos

central y territorial.

• Incrementar la transparencia en la utilización de los recursos

fiscales

• Favorecer el acceso del público con fines de evaluación y control.

• Racionalizar los canales de comunicación entre los niveles

nacional y territorial, eliminando duplicaciones e instituyendo a la

contaduría General de la Nación como catalizador único.

• Apoyar proyectos de fortalecimiento de la administración financiera

en las entidades territoriales

Teniendo en cuenta las dificultades de logística y de recursos para

abarcar alrededor de 3.000 entidades territoriales existentes en el país,

muestran en sus etapas iniciales el problema del manejo de la

información financiera y de dar respuesta a los problemas sobre el

manejo de la información financiera señalados por los entes centrales,

resaltando como es lógico el atraso de la acti vidad económica y financiera

de los entes territoriales y el Gobierno Nacional.

El Banco Mundial requiere conocer con certeza el comportamiento de los

programas que financia en Colombia, y necesita estructurar que el Plan

General De Contabilidad sea perfecto en su ejecución para llevar un

control de estas actividades, por eso una de las virtudes de la

contabilidad, la flexibilidad.

Lo de mostrar es, que en la medida que se dispone de un sólido sistema

contable, no se requiere de subsistemas “satélites” o independientes, que

en últimas no realizan aportes sustanciales; la información se concentra

en el sistema general contable, para ser recogido por el organismo

multilateral.

4.7 Control ciudadano:

Puede la contabilidad pública convertirse en la herramienta más

importante para verificar el cumplimiento de los Programas de Gobierno

de las administraciones de turno por los siguientes motivos:

• Proporciona datos históricos, haciendo seguimiento a hechos pasados

producto de la gestión y los resultados de c ada gobernante, así como

las condiciones en que cada uno de ellos al finalizar su período, desde

su punto de vista de los recursos gestionados, su aplicación, nivel de

activos, pasivos y patrimonio público.

• Ofrece a la comunidad la opción de evaluar como se ejecutan los

planes de desarrollo y presupuestos en logros concretos tales como

adquisición y construcción de nuevos bienes orientados al servicio de

la comunidad, gastos de inversión social en educación, salud,

vivienda, saneamiento básico y otros.

• Permite conocer la condición financiera de la entidad, aportando

información permanente sobre sus posibilidades de manejo en lo

referente a generar nuevos recursos, administrarlos eficientemente y

aplicarlos nuevamente en bienes y servicios de la población.

• Permite elaborar informes financieros proyectados como soporte más

confiable a la elaboración de Planes de Desarrollo y Presupuestos,

cuya programación tradicionalmente se ha llevado a cabo sobre bases

subjetivas de cálculo como porcentajes de incremento sobre años

anteriores o índices de inflación.

Se nota que la contabilidad pública se debe repensar sobre los

instrumentos que debe tener la administración gubernamental para

efectos de su propio autocontrol, así como para el control externo,

político, ci udadano, fiscal, y garantizar la eficiencia, eficacia, economía, y

transparencia para su gestión y respuesta a la población.

La contabilidad pública a portas de constituirse en la única fuente de

información financiera, económica, y social dentro de los proyectos de

modernización del Estado colombiano, considera que la función de control

en el Estado se vería altamente beneficiada con un sistema que contenga

integralmente todos los elementos necesarios para realizar una labor

exclusiva de control, en bene ficio primordialmente de la comunidad, que

espera de estos organismos un desempeño como verdaderos garantes

de la administración pública.

4.8 Control político y fiscal :

Una vez la administración pública obra en armonía y concurso con todas

las entidades que la componen, debe someterse al juicio y vigilancia de

otra función pública establecida en el artículo 267 de nuestra

Constitución, como es el control fiscal, cuyo propósito es vigilar la gestión

de la administración y de los particulares o entidades q ue manejan bienes

o fondos del estado en todos sus ordenes o niveles, ejerciéndose de

manera posterior y selectiva sobre las actividades, operaciones y

procesos.

En materia de control político, el poder legislativo al proponer una moción

de censura respec to del desempeño de los empleados públicos en

asuntos de sus cargos y funciones, los sistemas de información, ent re

ellos el contable, sirven de base al máximo organismo a fin de verificar

acciones o actuaciones administrativas, ya que suministran pruebas

importantes que respaldan la realización de este tipo de control.

Las funciones de las contralorías, establecidas en el ordenamiento

constitucional y legal de nuestro país, fueron factor básico en la

reglamentación del Sistema Nacional de Contabilidad Pública, pues

influyeron para la formulación de estados contables e informes,

proponiendo de un lado los de naturaleza cualitativa, que permitan medir

la gestión y los resultados, de otro, cuantitativa , que posibilite la gestión y

los resultados en términos concretos, a fin de establecer la capacidad de

nuestros gobernantes y gerentes públicos para generar los ingresos

necesarios en la ejecución del plan de inversiones y su reflejo posterior

en el suministro de bienes y la prestación de servicios a la comuni dad,

traduciéndose en desarrollo económico, social y bienestar general de la

población.

La Contaduría General de la Nación decidió que los estados e informes

financieros y contables, una vez preparados por la administración, deben

contener antes de someterse al escrutinio del control fiscal, la firma del

gobernante o gerente, como responsable de lo que allí consignado

corresponde al resultado de su gestión.

Del mismo modo, dichos resultados deben ser certificados por la firma de

contador público con tarjeta profesional, como garante legal de que los

hechos económicos, financieros y sociales que sucedieron en el ente

público fueron identificados, evaluados, registrados y revelados siguiendo

los principios generales y las normas técnicas de la Contabilidad Pública,

emitidas por la Contaduría General de la Nación.

Las contralorías podrán promover ante las autoridades competentes,

aportando las pruebas que fueren del caso, las investigaciones

disciplinarias y sanciones contra los funcionarios que incumplen las

normas de contabilidad expedidas por el Contador General de la Nación

4.9 Saneamiento contable:

Mediante las circular externa 013 del 2 de diciembre de 1.996, fueron

impartidas las instrucciones para el debido reconocimiento, valuación, y

revelación de las operaciones financieras, económicas y sociales, dada la

coyuntura que se presentaba con el nacimiento de la Contaduría General

de la Nación, quien en desarrollo del mandato constitucional según el

artículo 354, organiza el sistema de información contable, ejercido

anteriormente por las contralorías.

Posteriormente fue expedida la circular externa 032 del 14 de enero de

2.000, por medio del cual se definió un procedimiento para los registros

concernientes al saneamiento contable, en complemento con lo

estipulado en la circular externa 013 de 1.996.

Con la expedición de la ley 716 del 24 de diciembre de 2.001, y sus

decretos reglamentarios 1282 del 19 de junio de 2.002 y 1914 del 10 de

julio de 2.003, se regula la obligatoriedad de adelantar procedimientos

administrativos necesarios para depurar la información contable con el fin

de revelar en forma fidedigna la realidad económica, financiera y

patrimonial de las entidades públicas, y se destaca entre otros temas, la

creación de comités especiales técnicos como apoyo a las decisiones que

se tomarán en cada una de las entidades.

En aras de reglamentar las normas anteriormente desarrolladas, expide la

circular externa 050 del 23 de agosto de 2.002, con el fin de actualizar el

proceso de identificación y reclasificación de saldos por depurar e

incorporación de partidas no reconocidas.

Para el seguimiento al proceso, la Contaduría General de la Nación,

expidió la carta circular 042 del 31 de enero, instructivo 015 y carta

circular 043 del 24 de septiembre de 2.003, así como la carta circular 048

del 8 de enero de 2.004, con el fin de obtener información suficiente que

permita consolidar los resultados obtenidos a través de este proceso.

Dado que la vigencia de la circular 050 de 2.000 era hasta el 31 de

diciembre de 2.003 y que la ley 863 del 29 de diciembre 2.003 en sus

artículos 65 y 66 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2.005 la vigencia

de la ley 716 de 2.001, la Contaduría General de la Nación, expidió la

circ ular externa 056 del 5 de febrero 2.004, para orientar a las entidades

en lo relacionado con las gestiones administrativas para la depuración de

la información contable y al culminación del proceso de saneamiento

contable.

Por efectos de tiempo y de poca capacitación, las entidades territoriales

encuentran un elefante blanco con el tema del saneamiento contable, que

no es difícil prever lo que va a suceder.

El saneamiento contable es muy válido como instrumento de partida hacia

una información razonable, veraz y a la vez de fundamental importancia,

para que los entes territoriales estén a tono con la realidad de los entes

nacionales.

5. SOLUCIONES:

“UN CIUDADANO ACCIONARIO, UN EMPLEADO FORMADO Y

EQUIPADO”

5.1 COMPROMISO GUBERNAMENTAL “CULTURA CONTABLE”:

El Estado colombiano ha asumido el concepto de Modernización,

implican do una gestión más responsable y eficiente en la prestación de

servicios por parte del aparato gubernamental. También una mayor

cercanía de los organismos a las personas y, a la vez, transparencia y

eficacia en la utilización de recursos fiscales.

Se defiende lo imperativo de que Colombia rescate el valor de lo público,

que le permita actuar en el ámbito internacional con sentido de unidad

nacional, con espíritu de país.

La participación directa de los entes territoriales al Sistema de

Información Financi era Territorial, FOSIT, y el Sistema Integrado de

Información, S.I.I.F., constituyéndose en dos pilares fundamentales para

la consecución de una información financiera oportuna y veraz; elementos

fundamentales de una gestión que se ajuste a los estándares

contemporáneos.

De otro lado la participación de la Contaduría General de la Nación, en el

seno de la Comisión de Estadísticas de las Finanzas Públicas, C. E. F. P.,

es también evidencia del reconocimiento de los aportes de la información

de base contable al proceso de unificación de las estadísticas

gubernamentales.

Para el S.I.I.F. Se han establecido tres grandes objetivos.

• “Integra las diferentes fases de la administración financiera a través de

un sistema de información que permita la coherencia int erna, la

continuidad compatibilidad de los flujos de información y la plena

utilización de esta última para la toma de decisiones sobre la

asignación de los recursos públicos.

• Adecuar los sistemas de manejo financiero de las entidades para el

cumplimiento de las responsabilidades y funciones que la actual

Constitución Nacional ha asignado.

• Mejorar el funcionamiento de los subsistemas del ciclo financiero, que

se identifican como estratégicos para un manejo global integrado”.

• El Sistema esta conformado por los módulos de Administración,

Programa Anual de Caja, Egresos, Cuenta Nacional, Seguridad, y

Contabilidad

• Para la contabilidad pública, también es fundamental y entre los

propósitos están los siguientes:

• “Registrar sistemáticamente todas las transacciones que se originan

en los entes públicos y que afectan la situación financiera.

• Presentar información contable y las referencias a sus soportes

ordenadas de tal forma que faciliten las tareas de control y auditoria.

• Permitir que la información que sobre el sector publico se procese y

produzca, se integre automáticamente al sistema de cuentas

nacionales.

• Generar los estados contables e informes complementarios de la

administración pública colombiana”.

• El FOSIT en cambio se concibe como un sistema de generación,

transmisión, procesamiento y distribución de información financiera,

entendida como un conjunto de registro y transacciones tanto de

ingresos como de gastos.

• La C.E.F.P. (Comisión de Estadísticas de las Finanzas Públicas) es un

ente recept ora de asistencia técnica intensiva en cuestiones de

macroeconómicas.

• El Fondo Monetario Internacional FMI seleccionó a Colombia en

1.997, por el departamento de Estadística.

• El seguimiento de este departamento ha dejado varias conclusiones:

• “No hay una base jurídica coherente que distribuya apropiadamente

funciones entre los distintos organismos encargados de recopilar y

producir información y estadísticas. Es decir, no hay una política

nacional de estadística con una distribución racional de

responsabi lidades y mecanismos de coordinación.

• Hay grandes diferencias sistemáticas en todos los organismos

compiladores de estadísticas en lo que se refiere a la organización y

coordinación de la función estadística, a pesar de reconocer que en

los distintos orga nismos se encuentra personal de buena formación y

calificaciones excelentes.

• Se descuida el aprovechamiento de información ya compilados por

otros organismos, lo que conlleva no solo a duplicidad de esfuerzos

sino a contradicciones e inconsistencias en la información oficial.

• Existe una estructura en cada organismo generador de estadísticas y

una renuencia a comunicar información de manera tanto al interior de

los organismos como entre ellos.

• Se detecta deficiencias en la oportunidad, periodicidad, cobe rtura y

metodología de compilación de todas las áreas de estadística que

dificultan de manera sustancial los análisis y la gestión de la política

macroeconómica y producen incongruencias intersectoriales.

• El nivel de articulación entre el sector público, es un abanico de

fuentes de información, en lo relativo a los niveles territoriales de

gobierno y las empresas públicas registra serias deficiencias y por lo

general no cuenta con información confiable y análisis sobre las

causas de los atrasos en el suministro.

• En cuanto a las técnicas de muestreo, dejan mucho que desear en sus

niveles de representatividad y considera que tomará varios años

estructurar adecuadamente el nuevo sistema contable y estadístico de

la Contadurías General de la Nación., que abarc ará a todas las

entidades.

• Otros aspectos son la valoración de títulos del gobierno y la

consolidación de cuentas ”.

5.2 TÉCNICA Y TECNOLOGÍA CONTABLE, COMO VALOR

AGREGADO:

Se debe ofrecer a los funcionarios gubernamentales las herramientas

necesarias para ejercer una gestión transparente y continua, porque

dotando de tecnología, se logran consolidar bases de datos y haciendo

participe a la ciudadanía se puede ejercer control – veeduría sobre el

cumplimiento de los objetivos sociales que la función pública lleva

intrínseca, a su razón de ser, como responsabilidad ante la comunidad.

El mejoramiento de la gestión, aplicando correctivos fundamentales

conducidos primordialmente a la capacitación de los funcionarios, al

mantenimiento tecnológico y científico de la contabilidad pública,

precisamente al existir una vasta normatividad dispersa en muchas

disposiciones legales, esta situación hace muy difícil y complejo su eficaz

aprendizaje.

Las técnicas pedagógicas y la aplicación de nuevas tecnologías, un

aprendizaje y nivelación constante por competencias, son factores

determinantes en mejoramiento continuo de la calidad de la función

pública.

De esta forma integralmente se contrarresta la desinformación, causa

principal de incurrir en actos de corrupción por omisión o participación

directa.

5.3 PROCESO ANTICORRUPCIÓN, CONTRALORÍAS

DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES:

La organización de la información contable en las entidades públicas es

efectiva en la lucha contra la corrupción desde diferentes ángulos.

Garantiza la transparencias en los procesos de contratación, al permitir

identificar casos en los que se favorecen a determinados contratistas,

posibilita conocer costos reales en la ejecución de obras o contratación de

servicios; facilita también el control en la entrega de anticipos a través de

soportes contables y hace factible la vigilancia de los costos de

interventoría.

Los saldos improductivos en caja o en poder de entidades financieras

pueden ser identificados en la contabilidad para establecer las sumas

dejadas de recibir y los responsables del mal manejo de los recursos de

tesorería.

Además, permite un control y seguimiento al estado y la contraloría

departamental y nacional de las rentas por cobrar, con mecanismos para

medir la eficiencia, gestión e índices de control de recaudos. Igualmente,

agiliza un adecuado control de inventarios evitando obsolescencias

técnicas, controlando el deterioro por baja rotación de inventarios o

calidad de productos e identificando elevados niveles de existencias o

adquisición de elementos innecesarios.

Garantiza igualmente, la adecuada incorporación de los bienes de

propiedad de los entes públicos, el control de gastos a través de estudios

comparativos por sectores económicos y la generación de la más

completa base de datos con que pueda contar la administración pública

para efectuar los cruces respectivos con los datos reportados por las

personas naturales o jurídicas del sector privado.

En forma más específica, la existencia de sistemas de información

contable en el sector público, facilita el conocimiento del valor de los

recursos y bienes disponibles y existentes, el origen de las obligaciones

adquiridas, la ubicación física de los bienes y las áreas responsables, el

costo individual de los bienes adquiridos, las personas vinculadas en

todas y cada una de las transacciones, bien como operadoras,

ordenadoras o autorizadas, y la evidencia documental de las

transacciones realizadas.

5.4 EFECTIVIDAD Y EFICACIA CONTABLE:

La crítica implacable y generalizada de que viene siendo objeto el Estado

por parte de múltiples sectores de opinión, basada en innegables

fenómenos de ineficiencia, corrupción, gigantismo, costos fiscales

excesivos y otros factores, e inscrita en tendencias mundiales de

modernización y competitividad, no puede soslayar los esfuerzos

sistémicos que se están cumpliendo en el frente de la Contabilidad

Pública en Colombia, a partir de las acertadas disposiciones incorporadas

en la constitución Política en 1.991 y de los positivos logros y desarrollos

obtenidos desde entonces en estas materias.

De esta forma se produjo un viraje sustancial frente a métodos y prácticas

eminentemente presupuéstales, para incorporar los que son propios de la

contabilidad acumulativa o patrimonial, basada en el sistema de

causación, en el que la razonabilidad, confiabilidad y calidad de las cifras,

estados y balances, permiten abordar varios objetivos fundamentales: por

un lado, hacer la administración, en todas sus escalas, una practica

gerencial, ligada a la planeación estratégica y de resultados, a

indicadores de gestión, a la aplicación de fórmulas de costo-beneficio

dirigidas a racionalizar la utilización de los recursos para funcionamiento e

inversión por lo tanto, a mejorar los servicios, la cobertura y el

cumplimiento de los fines sociales del Estado.

Se trata de un profundo cambio en la mentalidad de los responsables y

servidores públicos y en su quehacer frente al manejo de los recursos,

que tiene alcances en su cultura, comportamiento y en el nuevo arsenal

de técnicas derivadas de la Contabilidad Pública. Proceso que ya esta

mostrando resultados positivos aunque silenciosos, o aún no lo

suficientemente reconocidos, como vectores de cambios en la naturaleza

y gestión de lo público en el país.

5.5 ÉTICA Y COMPROMISO:

La contribución de los sistemas de información confiables y acordes con

el tamaño de las responsabilidades y las empresas que prestan los

servicios, y sobre todo, los profesionales conscientes de la importancia

del sector al que se encuentran vinculados, ya que en el se materializa

uno de los componentes fundamentales del bienestar y desarrollo de la

sociedad.

El marco general para el papel que deben desempeñar los contadores

vinculados con dichas empresas y la conciencia de que trabajan en un

área vital para el desarrollo económico y social del país, porque

representa la interacción Estado –Sociedad y facilita la transformación

acelerada de la vida en los ámbitos nacional, regional y local , en un valor

intrínseco de factor de materialización de la democracia que promueve el

Estado Social de Derecho.

Su contribución al intercambio de información como profesional, entre las

empresas y el Estado, es garantía para el ejercicio de los derechos de los

usuarios, realización de los controles internos y externos y defensa de

condiciones mínimas de competencia.

El artículo 28 de la ley 142, indica que al Estado “le corresponden tareas

como la regulación de la prestación de los servicios públicos teniendo en

cuenta las características de cada región, fijación de metas de eficiencia,

cobertura y calidad, así como la evaluación de las mismas ”.

En la medida en que se cuente con flujos de información uniforme y

eficiente entre las empresas y los diferentes organismos

gubernamentales, se hace mucho más expedita la función del Estado

para conocer las características de cada una de nuestras regiones y

municipios y así poder trazar las políticas en la materia, más acordes con

cada una de ellas.

Cualquier autoridad económica del país que desee elaborar algún estudio

previo a la fijación de estrategias, dispone de los datos que los propios

contadores y representantes legales de las empresas proveen, como

resultado del us o de sistemas de información contable y no sólo de

proyecciones estadísticas o análisis externos que no son suficientes a la

hora de hacer un diagnóstico sobre un determinado aspecto económico o

financiero.

Lo anterior relieva la función de los contadores dentro del nuevo esquema

de prestación de servicios públicos, al obrar como “agentes de enlace”

entre las empresas y el estado, por medio de los informes contables que

elaboran, donde dan cuenta de la realidad no solo del organismo para el

cual prestan sus servicios, sino del entorno en el que se desenvuelven.

El artículo 9 de la ley 142 expresa que, entre otros, son derechos de los

usuarios “solicitar y obtener información completa, precisa y oportuna,

sobre todas las actividades y operaciones directas o indirectas que se

realizan con la prestación de servicios públicos ”.

O sea el Contador Público encuentra una estrecha relación con un

enunciado de la ley 43 de 1.990 o “Estatuto Orgánico de la Profesión de

Contador Publico”, donde el profesional se presc ribe que es un factor de

activa y directa intervención de los organismos públicos y privados y su

obligación es velar por los intereses de la comunidad y cumplir

estrictamente las disposiciones legales y profesionales y proceder en todo

tiempo en forma veraz, digna, leal y de buena fe.

Una actividad para observar un contador público es en el área de la

educación y orientación de los usuarios sobre como aprovechar de forma

mas oportuna, racional y económica los servicios públicos, las empresas,

la función pública, la manera como operan las empresas, el campo de la

comunicación y la mutua información, fundamentados en la confianza y la

legalidad, constituyen las competencias necesarias para hacer coincidir

los objetivos de quienes prestan los servicios públic os con sus fines

sociales y su mejoramiento estructural en el control donde se logre un

balance armonizando la participación de las diferentes instancias que lo

ejercen.

El último aspecto a relacionar es la actitud que debe asumir el profesional

en defensa de condiciones mínimas de competencias, defendiendo el

principio de neutralidad, a fin de asegurar que no exista ninguna práctica

discriminatoria en la prestación de los servicios.

Manteniendo celo con objetividad, con imparcialidad y actuación si

perj uicios en Todos los asuntos que co rrespondan a su campo de acción,

l os contadores tienen frente a ellos el reto de contribuir a que los

derechos básicos de los ciudadanos se satisfagan, y mantienen el desafío

de mantener la esencia pública de unos servici os, cuya previsión

representa factor indiscutible de desarrollo contando con el principal

recurso que es el acervo ético y científico y la confianza pública que han

depositado en ellos los colombianos, luego de varias décadas de ejercicio

probo de su profesión.

5.6 PARTICIPACION CIUDADANA, VEEDURÍAS CONTABLES:

Las veedurías ciudadanas son comités creados por los ciudadanos o las

organizaciones civiles, con el fin de vigilar la gestión pública, los

resultados de la misma y la prestación de servicios públicos.

Desde la constitución de 1.991 se ha venido desarrollando de manera

particular y general el marco conceptual de este mecanismo de control

social.

La ley 563 de 2.000 reglamentó las veedurías ciudadanas en cuanto a su

constitución, procedimientos, objeto y ámbito del ejercicio. También

estableció principios rectores para estas organizaciones en lo relacionado

con sus funciones, medios y recursos de acción; derechos y deberes; así

como los requisitos, impedimentos y prohibiciones para ser veedor., como

t ambién lo de redes de veedurías y apoyo institucional.

Las veedurías ciudadanas se constituyen para ejercer, de manera

genérica, vigilancia y control sobre la gestión pública, los resultados de la

misma y de los servicios a su cargo.

Se han concebido también como organismos de prevención y

seguimiento, que deben tener en cuenta los jefes de las organizaciones

públicas en el desarrollo de su gestión.

Como las veedurías pueden tener como instrumentos de acción los

desarrollos en el ordenamiento jurídico- institucional colombiano como

son : “Derecho de petición, acción de tutela, de cumplimiento, populares,

de restablecimiento, de repetición, de nulidad absoluta, de

inconstitucionalidad y las demás establecidas en la constitución y la ley;

intervenir en las audiencias públicas en los casos y términos establecidos

en la ley; y por lo tanto pueden denunciar ante las autoridades

competentes las actuaciones, hechos u omisiones de los servidores

públicos que constituyan delitos, contravenciones o irregularidades o

faltas en materia de contratación estatal, en el ejercicio de la función

administrativa o en la prestación de los servicios públicos ”.

La Contabilidad Pública debe ser para estas instituciones veedoras la

herramienta principal para desenvolverse con com petitividad en los casos

denunciados, es un medio para que las instituciones de veeduría

contemplen los movimientos contables y financieros que realizan las

entidades públicas.

Las veedurías también deberían aprovechar sus espacios ganados para

ejercer co ntrol conformando veedurías contables, con conocimiento de

hecho, generaran un alto impacto en la comunidad porque el sistema

contable público se vería enriquecido en la función administrativa que

ejerce y para que los hechos económicos en los que interviene los entes

públicos, queden registrados correctamente en las cuentas y así se pueda

visitar y conocer constantemente y a tiempo los errores o aciertos en la

administración pública.

5.7 CONCEJALES MUNICIPALES: “APRENDIENDO A CONTAR”

El primer compromiso de concejales, es el de continuar trabajando en el

mejoramiento de la calidad de la información contable del sector público,

con miras a fortalecer, sustancialmente, los niveles de confianza y

credibilidad de los ciudadanos en las cifras, informes y balances oficiales.

Como no se trata de cumplir tareas formales o desde el punto de vista

técnico, de simple “contametría”, los cambios de mentalidad debe ser una

idea de fuerza, por los nuevos enfoques de que la Contabilidad Pública

Municipal, debe ser una herramienta de la gerencia estatal, del logro y

cumplimiento de objetivo, de fuente para indicadores de comportamiento

y desempeño, orientados a garantizar la consecución de las distintas

metas que han sido o sean asignadas a las entidades según su nivel ,

como es el caso de los concejales de los municipios que como Junta Co-

administradora Pública en representación de la comunidad, debe aplicar.

Los concejales deben contribuir desde su posición, a la coordinación y

operación del Sistema Único de Información del Estado, para que los

proceso s de planeación, monitoreo, producción de series y estadísticas,

informes, balances y estados financieros y contables, producción de

índices e indicadores, proyecciones, análisis de sostenibilidad fiscal o de

capacidades de endeudamiento, para citar algunas partes del proceso, en

el que los concejales deben incorporar su investidura de representante

de la comunidad y establecer un ord en en su funcionalidad.

5.8 “DE LA REACCION A LA PROACCION” -ALCALDÍAS Y

EMPLEADOS PÚBLICOS -:

La administración en los tiempos actuales se concibe y desarrolla bajo

paradigmas dinámicos, competitivos y de resultados, condicionando el

éxito empresarial y la satisfacción adecuada de las demandas sociales.

En el sector público, se trata de la construcción de una nueva cultura

orientada a superar las inercias propias del burocratismo, la ineficiencia, y

la corrupción, impulsando una actitud de servicio di rigida al cumplimiento

de los fines sociales del Estado y al logro eficaz del cometido señalado a

cada organismo oficial.

En este orden, surge como evidencia la proyección de la administración al

plano de la gerencia; La comunidad cada vez reclama de sus

representantes municipales una gestión oportuna, eficiente y ética.

Los alcaldes deben compenetrarse en el sistema de descentralización

conocido como el proceso de transferencia de funciones, recursos y

capacidad decisoria del nivel central de una entidad publica.

5.9 CONTADORES GENERALES DE LOS DEPARTAMENTOS

“LIDERAZGO Y APOYO A LA GESTION MUNICIPAL EN MATERIA

CONTABLE”

La contabilidad Pública territorial permite registrar, conservar e interpretar

la información económica, financiera y social de los municipios y

departamentos y de sus entes descentralizados facilitando la toma de

decisiones y garantizar el manejo ordenado de sus obligaciones,

derechos y recursos.

La Contabilidad Pública territorial posibilita la realización de seguimiento

en materia administrativa y financiera; genera y difunde información

financiera confiable, oportuna y completa; igualmente apoya la realización

de la función de control.

L a Contabilidad Pública Departamental esta reglamentada por el artículo

94 de la ley 617 de 2.000, mediante el decreto 3730 de 2.003 de

diciembre 19, donde se establece que los Contadores Generales de los

Departamentos, además de “las funciones propias de su cargo, deberán

cumplir las funciones relacionadas con los procesos de consolidación,

asesoría y asistencia técnica, capacitación y divulgación y demás

actividades que el Contador General de la Nación considere necesarias

para el desarrollo del Sistema Nacional de Contabilidad Pública en las

entidades departamentales y municipales, en sus sec tores central y

descentralizado”.

“La contabilidad pública departamental esta conformada , además de la

contabilidad del Sector Central del departamento, por las entidades u

organismos descentralizados territorialmente o por servicios, que lo

integran, y la de cualquier otra entidad que tenga a su cargo el manejo o

administración de recursos del departamento y sólo en lo relacionado con

estos ”.

El Contador General del Departamento se define en la ley, como “el

servidor público que lleva a cabo el desarrollo de las funciones

relacionadas con la contabilidad del sector central del departamento”.

La Contadurías General del Departamento, es el organismo directo de

apoyo para la Contaduría General de la Nación en las regiones y donde

se debe comenzar a consolidar t oda la información contable y financiera

de cada una de las entidades municipales y descentralizadas por

servicios.

6 RESULTADOS ESPERADOS

6.1 Estrategia pragmática:

De forma práctica es fundamental la aplicación de estrategias concretas

que lleven a participar directamente a los gobernantes, a los empleados

públicos, a los concejales y diputados como representantes de la

comunidad, a los entes de control y por supuesto a las comunidades

como directas responsables de la función pública de forma constante en

los ámbitos de cambio.

El paso más inmediato a seguir es la aplicación directa del decreto 3730

de 2.003 de diciembre 19, pues con la aplicación inmediata de la figura y

sus funciones como Contador General del Departamento, porque est e

decreto conlleva entre otros las funciones especificas de apoyar y

acompañar a la Contaduría General de la Nación en los procesos de

consolidación de la información contable y financiero a nivel territorial y

nacional.

La capacitación, la asistencia técnica, la asesoría, y la divulgación con el

cumplimiento de sus funciones orientadas a atender necesidades del

sector central del departamento y de las entidades descentralizadas o

servicios que lo integran.

Las funciones en su artículo 3 del decreto en mención, son muy

específicas en relación de la importancia del cargo del Contador General

del Departamento, en cuanto también se convierte en el principal

guardián y asesor de los gobernadores, los alcaldes municipales y los

gerentes de entidades descentrali zadas.

El Sistema Nacional de Contabilidad Pública y el control interno contable,

en el sector central y descentralizado de las entidades departamentales y

municipales.

El impartir instrucciones de carácter general a las entidades u organismos

descentralizados o por servicios, que lo integran, sobre aspectos

relacionados con la contabilidad publica; garantizar la consolidación

contable, certificar los estados contables,; velar por el incumplimiento

oportuno de los procedimientos y plazos necesarios; ases orar sobre el

debido registro del inventario genera de los bienes del sector central;

orientar a las entidades acerca del debido cumplimiento de las normas

expedidas; propender por la implementación de sistemas de costos;

definir procedimientos para obtener la información necesaria para el

cumplimiento de sus funciones; planear visitas, programas, y planes de

asistencia y asesoría técnica con respecto al sistema de información

contable.; diseñar y divulgar métodos, instrumentos y procedimientos que

permitan los análisis financieros; coordinar la elaboración técnica de

manuales; organizar, mantener y actualizar un sistema de información

normativa y procedimental y dirigir el diseño y desarrollo de los flujos de

información que lo alimenten, para que sirva de apoyo a la gestión

financiera y contable del sector central del departamento y de las

entidades u organismos descentralizados territorialmente o por servicios,

que lo integran, son una amplia e importante gama de funciones de

asesor directo del representante legal del departamento.

6.2 Cambios de paradigmas:

A los empleados públicos y a todos los agentes intervinientes en el

proceso de mejoramiento continuo, se deben formar nuevos comandos

mentales e interiorizar que la constitución de 1.991 enmarco al estado

colombiano en concepto MACRO de Empresa, con tres ramas específicas

de poder público y que deben enfocar sus esfuerzos a la aplicación de la

contabilidad pública, primero como la más excelente y necesaria

herramienta con la que cuenta la Administración Pública y segundo como

el elemento total de generación de información contable y financiera.

Los antecedentes y avances del Sistema Nacional Contable deben

comenzar a generar una nueva visión de país integrado en el control

político, fiscal y ciudadano, como también en el crecimiento y desarrollo

económico, y además por los retos que se configuran en la lucha contra la

corrupción.

La dinámica interinstitucional para consolidar la cultura contable debe ser

el principal ideal de los entes de control y de gob ierno.

Durante las dos últimas décadas , el país ha otorgado especial

importancia a los gobiernos locales mediante el diseño y puesta en

marcha del proceso de descentralización, asignándoles importantes

instrumentos fiscales, administrativos, y políticos a las entidades

territoriales.

La autonomía se ratifica con la elección popular de alcaldes y

gobernadores, con la asignación de funciones específicas en materia de

servicios sociales y públicos, principalmente, con un aumento muy

importante de los recursos transferidos del nivel nacional a las entidades

territoriales. Es claro que se ha conformado un nuevo marco para la

gestión territorial que abre las posibilidades para que municipios y

departamentos mejoren sustancialmente las condiciones de vida de sus

habitantes, estos recursos hay que cuidarlos y aprender a manejarlos de

forma transparente y eficaz, tarea encomendad a la comunidad, apoyados

como es de lógica en los estados reflejados en la contabilidad pública.

A través de programas de capacitación y divulgación, la asimilación de

nuevos conceptos y metodologías es un nuevo paradigma que facilita la

realización de competencias y responsabilidades.

6.3 Nuevos actores:

Como nuevos actores de este proceso de descentralización de las

funciones públicas est án funcionando los Contadores Generales

Departamentales, que desde diciembre de 2.003 en el decreto 3730, se

crearon y ampliaron nuevas funciones relacionadas con los procesos de

consolidación, asesoría y asistencia técnica, capacitación y divulgación en

l as entidades departamentales y municipales, en sus sectores central y

descentralizado.

Otro actor fundamental para este proceso de mejoramiento continuo y

modernización del estado son las Oficinas de Control Interno, que están

asociados a la existencia y efectividad de mecanismos de verificación de

las actividades propias del proceso contable.

Los encargados del poder ejecutivo de los entes territoriales como los

alcaldes y los gobernadores, que como representantes legales, son los

directos responsables de los proceso s de gestión y omisión por las

actividades propias de la contabilidad pública y su control.

Las personerías municipales también, igual que las contralorías

departamentales y municipales, son de alto interés en este proceso por su

función de control fiscal y político.

Las veedurías ciudadanos son los actores fundamentales en el proceso

de Contabilidad Pública, porque con ella ayuda a controlar la gestión

estatal en sus asuntos públicos de interés.

6.4 Participacion de la academia:

Las Universidades colombianas han orientado sus esfuerzos para que

sus futuros profesionales desarrollen destrezas y competencias

meramente técnicas en el cumplimiento de las funciones que legalmente

les han sido señaladas.

Esta concepción de la educación ha ido en detrimento de una formación

integral que se privilegie principios de orden teórico, conceptual, ético y

político y ha impedido que la Contaduría y sus profesionales asuman sus

desempeños dentro de los parámetros de excelencia que le otorgarían un

lugar fundamental que le corresponde, acorde con la dimensión de sus

responsabilidades.

Los profesionales idóneos, que son pocos en el país, y que se puede

afirmar que son así, por el esfuerzo propio y no un resultado de políticas

académicas concertadas al interior de los centros de educación superior y

con la participación directa de los gremios empresariales o profesionales.

Pero tal vez el mayor impacto negativo en esta profesión, lo constituye el

crecimiento en el numero de facultades de contaduría pública que en tan

solo 10 años paso de 40 a 150 programas , situación que no sería tan

grave si por lo menos se hubiese tenido en cuenta un indicador sobre las

necesidades reales de este mercado profesional y si además asistiera

una verdadera política de inversión para el desarrollo de la investigación

en la ciencia contable, para la actualización de los conocimientos

inherentes a ella.

Ante estos antecedentes , el Estado, debería proponer modernos

estándares y métodos de acreditación ínterfacultades, que permitan

elevar los niveles del profesorado, actualizar los currículos, afinar la

necesaria combinación de teoría y práctica, atender propiamente las

demandas de los sectores públicos, privado y académico y las tendencias

contables internacionales en un mundo en creciente intercambio.

6.5 Alcaldes municipales y su responsabilidad de la gestion pública:

Es innegable que la contabilidad pública tiene dentro de sus cometidos

propender a la transparencia y apoyo la agestión de la administración con

criterios gerenciales, fortaleciendo a su vez el examen y control de sus

operaciones, constituyéndose en instrumento que por excelencia revela

las acciones y decisiones de los administradores públicos frente a los

compromisos financieros, legales y morales adquiridos con la sociedad;

de esta manera la administración estatal , asume una dimensión gerencial

y empresarial.

La contabilidad pública, “como un sistema que permite identificar, medir,

procesar y comunicar información financiera para tomar decisiones, emitir

juicios y ejercer la función de control ” , constituye una herramienta básica

para conocer las necesidades , fortalezas y debilidades del las

administracion es locales, posibilitando a través de una cantidad de datos

organizados, precisos y veraces sobre sectores vitales para la vida

municipal como educación, salud, recreación, transporte, medio ambiente,

deuda pública, entre otros.

Otra ventaja resulta de la aportación oportuna de la información para

generar nuevos recursos, a través del plan nacional de transferencias,

administrarlos eficientemente y aplicarlos en bienes y servicios a la

población.

El contador público, est á íntimamente ligado al desempeño de su

profesión, por los espacios de información que maneja, lo que le permite

no solo conocer la marcha de la institución, sino intervenir en los procesos

de toma de decisiones y el ejercicio de controles tanto internos como

externos.

Es por ello que la l abor del contador público es fundamental soporte para

el alcalde y la administración, que orienta con su luz de información

producida por el ámbito de su profesión.

Para los alcaldes debe ser los principales consultores y asesores, desde

esta perspectiva, una salida para la buena gestión de los gobernantes

municipales, debe ser la de considerar y reconocer de la profunda

dimensión social de los contadores públicos y la información que se

maneja en la función de sus cargos.

La capacitación constante, igual que un buen entrenamiento; procesos de

nivelación de conocimiento; cercanía a medios de divulgación emanados

de los diferentes entes centrales, nacionales o internacionales; la

utilización de los medios tecnológicos, la aplicación de retos éticos frente

a la transparencia y eficacia de la administración, el mejoramiento de las

competencias por encima del manejo de simples cuentas e informes;

compenetrado con la MISIÓN y los fines sociales, convirtiéndolo en un

empleado “proactivo”; son los marcos que los alcaldes deben de hacer

con los empleados públicos relacionados con la Contaduría General

Municipal.

Se debe considerar que los contadores públicos , contribuyen a formular

un lenguaje mensurable y analítico de las cuentas y por lo tanto las

respons abilidades de los administradores pueden ser evaluadas y

controladas, censuradas o aceptadas, o por lo mismo debe mantener su

status como agente dinamizador y de liderazgo.

En el nuevo contexto de Estado, la modernización de la administración

pública, se basa en los diversos intereses sociales a la consecución de un

desarrollo continuo y sostenible y la interacción de Estado –Sociedad,

como también garantizar los derechos de los usuarios de los servicios

públicos, en el entendido de que son estos últimos quienes justifican la

razón de ser de los entes municipales.

Con los soportes de información, es posible velar por que todas las

actividades de la organización estén dirigidos al cumplimiento de los

objetivos institucionales, esto es que los esfuerzos se encaminen a

gestionar recursos y aplicarlos a la función básica de del la organización,

que es la prestación eficiente de servicios públicos domiciliarios.

Es importante resaltar la responsabilidad de los alcaldes como

representantes legales de sus municipios, en consideración de las fallas

de sus empleados, recaerán sobre él, las responsabilidades de

investigaciones penales, disciplinarias, civiles, contractuales, o sea todas

las penas jurídicamente consagradas, en la aplicación de los regímenes

constituci onales y legales.

Un ser integral debe ser la persona que represente a la comunidad y debe

rodearse de personal idóneo en la realización de sus funciones.

6.6 Integración de actores:

La contabilidad pública se encuentra cohesionada por una macro

estructura denominada SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD

PUBLICA, que recoge sus políticas, principios, normas y procedimientos

técnicos.

También es muy positivo la estrategia de la configuración del SISTEMA

NACIONAL DE CONTROL INTERNO, establecido mediante el decreto

2145 de 1.999, que a la vez integra un SISTEMA NACIONAL DE

CONTROL, que soportado en el sistema de información de base contable

vigente, aglutine a las diferentes escalas especializadas en esta actividad,

como son el control interno, político, fiscal, disciplinario, y ciudadano.

La Contaduría General de la Nación forma parte del SISTEMA

NACIONAL DE CONTROL FISCAL, SINACOF, integrada por 232

organismos de control fiscal, la Comisión Legal de Cuentas del Congreso

de la República, las diferentes superintendencias y organizaciones civiles.

6.7 Modernización del estado:

El Código Disciplinario Único, busca actualizar, de manera integral, los

criterios, grados, alcances, procedimientos y sanci ones frente a las faltas

disciplinarias de los servidores públicos.

En la ley 734 de 2.002 de febrero 5, se expide el Código Disciplinario

Único, en el cual deja claro que la Procuraduría General de la Nación es

la titular del ejercicio preferente del poder disciplinario. Es un conjunto

coherente de definiciones y procedimientos que mejoran sustancialmente

las funciones de Estado y fortalecen la capacidad del órgano máximo de

control disciplinario, a la par con objetivos inherentes a la transparencia y

a las exigencias de la gestión pública moderna.

Si se considera que con estas disposiciones disciplinarias que van a

definir los informes, balances, y estados contables y financieros,

suministrados con la debida oportunidad y consistencia, no son simples

ejercicios sujetos a la buena voluntad de representantes legales o

funcionarios, sino parte fundamental de sus responsabilidades laborales y

éticas.

Adelantar estrategias de persuasión y pedagogía encaminadas a validar y

legitimar su aceptación y empleo, de manera prioritaria, entre los propios

funcionarios y directivos de las distintas ramas y niveles del sector oficial

y de los organismos de control político, fiscal, disciplinario, interno y

social, son tareas de excelsa urgencia.

Con la Contabilidad Pública; Colombia se ha sincronizado con sinergias

contemporáneas, que es acentuado con el llamado nuevo orden

económico mundial, en el que los lenguajes contables hacen parte de

procesos internacionales irreversibles.

En el horizonte de construcción de cultura contable e institucional, se han

logrado importantes avances, por la conjugación de esfuerzos de

funcionarios y directivos.

Convertir la Contabilidad Pública en un verdadero imperativo categórico,

cuya aplicación se vincula al rigor disciplinario que deben preservar los

servidores del Estado y a los correspondientes procedimientos de control

y sanción.

La modernización del Estado, se debe también observar desde el punto

de vista de las funciones de control político de los entes nacionales

centrales com o el Congreso de la República, como los Concejos

Municipales y las Asambleas departamentales:

• “El Concejo Municipal ejerce la potestad de control al adoptar los

planes y programas de desarrollo que la administración les

presente, cuando regulan la contratación en la administración,

dictando normas orgánicas del presupuesto del municipio, expide

anualmente el presupuesto de rentas y gastos y dictan las normas

necesarias para la preservación y defensa del patrimonio ecológico

y cultural del municipio”.

• “Las Asambleas Departamentales de acuerdo con lo consignado

en la Carta Política, autorizan al gobernador para celebrar los

contratos, negociar empréstitos o enajenar bienes”.

Así como en la Cámara de Representantes hay una “Comisión de

Cuentas”, que es la que sé encarga a nivel nacional, de recibir para el

control político los informes como el Balance de la Nación , el territorial

y el consolidado del Sector Público, debe en los entes territoriales,

como Concejos y , Comisiones que haga las veces de esta C omisión,

para que se haga un estricto control territorial, haciendo más

transparente la descentralización y autonomía, elevando a un nivel

técnico las funciones de diputados y concejales y articulando desde

las bases unos esquemas que fortalezcan el control democrático de la

gestión pública.

7. CONSIDERACIONES FINALES

7.1 POLÍTICA SOCIAL- ECONÓMICA:

La descentralización de mercado consiste en la transferencia de las

responsabilidad de la prestación de servicios por parte del Estado hacia

los particulares, generando reivindicaciones en la autonomía de las

regiones, operando como una protección de los excesos del poder

central, convirtiéndose en una escuela para la democracia y un ambiente

favorable para la promoción del desarrollo.

La descentralización es un medio para aumentar la igualdad social y

disminuir los desequilibrios existentes, teniendo en cuenta la combinación

de acciones como la distribución de funciones, la asignación de recursos,

y el establecimiento de mecanismos que garanticen responsabilidades en

la gestión de los alcaldes y gobernadores.

Los objetivos generales explícitos de la descentralización son: Legitimar

el estado por medio de diferentes medidas de apertura democrática,

como la elección de alcaldes, y mejorar la eficiencia en la prestación de

servicios sociales y públicos básicos para la población, especialmente los

de educación, salud y agua potable.

Igualmente mejora ostensiblemente la distribución de recursos públicos

entre regiones, municipios y personas, promoviendo el desarrollo

económico- social local, estimulando el esfuerzo fiscal.

Dentro de este marco se mueve el desarrollo nacional apoyado en la

descentralización, que alcanza los objetivos propuesto por la constitución

de 1.991.

7.2 TRATADOS INTERNACIONALES:

Los fenómenos presentados en el ámbito macroeconómico, como lograr

la estabilidad económica, a través de eliminar el déficit fiscal, la

privatización de empresas y actividades realizadas por el Estado, la

reducción del gasto público por medio de al eficiencia, y eliminado la

evasión, la independencia del poder judicial y el legislativo, el control

eficiente del poder ejecutivo , la reducción de costos empresariales, a

través de la desregulación de mercados, adecuación de costos laborales,

concretando gradualmente la apertura económica, igualando hasta donde

sea posible la presión fiscal con niveles internacionales. El fomento del

ingreso de capitales financieros por los caminos de la normatividad, la

repatriación de capitales y utilidades, las uniones transitorias de

empresas, y acuerdos de complementación. No deja ser importante el

interactuar de estos fenómenos con la contabilidad pública, por ser esta

un sistema que permite identificar, medir, procesar y comunicar

información financiera para la toma de decisiones, emitir juicios y ejercer

la función de control, por lo que refleja la realidad económica de nación.

La información contable de un país, supera las barreras al ámbito

internacional y salva cada vez más obstáculos, contribuyendo de moda

sustanci al al desarrollo económico, a la expansión del mundo de los

negocios y al desenvolvimiento de las relaciones económicas

internacionales.

Por esto quizás, una amplia gama de asociaciones entre países o

tratados económicos, como el TLC, y EL ALCA, han llevado a la

presencia al Comité Internacional de Contabilidad, IASC, La Asociación

Interamericana de Contabilidad, AIC, y la Federación Internacional de

Contadores, IFAC.

Dado que la contabilidad es un sistema de información cuantitativo, que

mide los factores como la rentabilidad del patrimonio de un ente, requiere

de unos postulados conocidos internacionalmente, como son : la realidad

económica, la objetividad, la certidumbre, la integridad, la significación y

la suficiente claridad.

Es fundamental e imprescindible adaptar la contabilidad pública, al

conjunto de interrelaciones económicas y sociales a que se ve abocado

una organización o en este caso el Estado colombiano.

El proceso de internacionalización de la economía y la globalización

obliga a incrementar los esfuerzos en procura de una estandarización de

los criterios para la preparación de esta información, de modo que permita

su intercambio y comprensión, como un lenguaje y herramienta de

análisis financiero ya no solo para la gestión interna, sino también para

las internacionales.

7.3 POLÍTICAS DE ANTICORRUPCIÓN:

La aplicación de la contabilidad pública tiende a generar orden,

organización y transparencia en las instituciones, su inexistencia es el

caldo de cultivo de operaciones corruptas de las administraciones

públicas.

No solo viabiliza el ejercicio del control por parte de los órganos externos

y de la comunidad en general, como instrumento fundamental en la lucha

contra la corrupción, garantizando mayor transparencia en los procesos

de contratación, facilita conocer costos reales, los saldos improductivos,

la responsabilidad del mal manejo de los recursos, además permite un

control de rentas por cobrar, control de inventarios, e incorpora los bienes

de propiedad de los entes públicos.

7.4 CUENTAS CLARAS, ESTADO EFICIENTE Y EFICAZ:

El control financiero es el análisis de la contabilidad misma en el

desarrollo del proceso contable, suponiendo a la vez la mejora de los

procedimientos de control, convirtiéndose en eje principal en la gestión

admini strativa.

El balance General igual que el presupuesto, representa, uno de los más

importantes instrumentos de control rep úblicano, donde se recopila,

valúa, procesa y expone el conjunto de transacción con incidencia

financiera, económica y social ocurri das en el período fiscal.

El sistema contable es el eje integrador del conjunto de la información de

los hechos sucedidos, recogiendo la totalidad de los datos de los diversos

centros de registro, para que produzca diversos estados con diferentes

grados de agregación y periodicidad, procesadas mediante la aplicación

de modernas tecnologías administrativas y contables, al final del ejercicio

anual, se consolida la totalidad de los diversos estados contables, siendo

el balance general de la Nación, en mandato constitucional.

Una sociedad democrática, considera que a quienes se les ha dado

recursos públicos y la facultad de aplicarlos, tienen la responsabilidad de

rendir cuentas plena de sus actividades, identificando los objetos del

destino de estos recursos, sino también la manera y el efecto de su

aplicación.

7.5 IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD:

La ley 872 de 2.003 de diciembre 30, “IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA

DE GESTIÓN DE LA CALIDAD, COMO ESTRATEGIA PARA

ASEGURAR TRANSPARENCIA Y MEJOR DESMPEÑO DE LAS

ENTIDADES PÚBLICAS”, y la dirección presidencial de Octubre 1 de

2.002, fijan los lineamientos , criterios y medidas y acciones de corto y

mediano plazo, que deberán cumplir los estamentos públicos, ante la

continua lucha contra la corrupción, en la contratación estatal, como una

herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y

evaluar el desempeño institucional.

Uno de los aspectos críticos de la gestión pública, es asegurar la calidad

y transparencia en los procesos de contratación estatal, de allí el auge

que empieza a tomar implementación de los sistemas de gestión de la

calidad de las entidades públicas.

Han sido aplicados desde 1.980 principalmente por empresas del sector

privado la aplicación de la gestión de la calidad enmarcados en las serie

de las normas ISO 9000, como un arma estratégica para el mejoramiento

de la competitividad organizacional.

El paradigma de la calidad en la gestión pública y privada nace de la

preocupación de encontrar bases duraderas para fortalecer la

competitividad y la eficiencia, dentro de un nuevo contexto de consumo,

calidad y generación de valor.

Es importante adaptarla al sector público a partir de los factores

administrativos y sociopolíticos que circundan la gestión pública,

ofreciendo una dimensión justa, una estrategia efectiva que responda a

las expectativas de reforma de las administraciones públicas.

La calidad en el sector público va tomando un impacto d e gobernabilidad

y legitimidad institucional en el sector político, mostrando un una

dimensión diferente de lo que se conoce como calidad, permitiendo la

planificación de futuro como mecanismos útiles y realistas, permitiendo

dar respuesta a este nuevo enf oque y la interrelación, cliente –proveedor,

o ciudadano- gobernante.

7.6 RENOVAR Y MODERNIZAR:

El programa de renovación de la administración pública, surge de

facultades extraordinarias concedidas al gobierno nacional mediante la

ley 790 del 27 de dici embre de 2.002, con el objeto de renovar y

modernizar la estructura de la rama ejecutiva de orden nacional,

permitiéndole fusionar, escindir, suprimir y transformar entidades y

organismos y crear entidades u organismos que se requieran para

desarrollar los objetivos que cumplan aquellas entidades.

De conformidad con la circular interna de la Contaduría General de la

Nación, 053 de 2.003, una vez las entidades hagan el cierre contable

deben proceder a la reclasificación de los saldos de todas las cuentas que

conforman el patrimonio a la cuenta denominada “PATRIMONIO DE

ENTIDADES EN PROCESOS ESPECIALES”, quedando claro que al

racionalizarse el estado desde sus parámetros ejecutivos como la

renovación y modernización, son estas estrategias de cambio oportunas

para el mejor desenvolvimiento de las entidades públicas, generando un

mejor clima organizacional y dando soluciones efectivas ante el

cumplimiento de las funciones administrativas que enmarca la gestión

pública.

CONCLUSIONES

Ø El mejoramiento de la calidad de la administración y gestión

pública no puede ser posible, si no se basa en la Contabilidad

Pública.

Ø En la lucha contra la corrupción la Contabilidad Pública es la forma

más correcta de aplicación.

Ø La Contabilidad Pública es la mejor herramienta administrativa y

financiera para realizar en el gobierno nacional, departamental o

municipal, gestión y competitividad.

Ø Los mejores mecanismos de Control, se dan si se aprovecha la

Contabilidad Pública como un sistema integral de obtención de

información con alianzas estratégicas para la unificación de la

información entre la Contaduría General de la Nación y lo entes

territoriales.

Ø Estrategias pragmáticas de aplicación constante en la

capacitación, entrenamiento y nivelación, son los mecanismos de

participación directa de los empleados públicos, para el

mejoramiento de la información contable municipal.

Ø La educación en las aulas y en la práctica debe mejorar

sustancialmente, para los contadores públicos, con sistemas de

integración de la comunidad y los representantes legales de éstas.

Ø La modernización del estado se da aplicando los sistemas de

descentralización eficientemente, basados en la información de

consolidación de los datos de la Contabilidad Pública Municipal.

Ø La participación directa de la com unidad, a través de mecanismos

como las veedurías contables , harían más llevadera la vida

municipal y la integración de la administración con la comunidad en

su patria chica y con los poderes centrales ejecutivos, legislativos y

de control.

CONCLUSIÓN GENERAL

En la educación y en la Investigación de la contabilidad Pública, hay gran

posibilidad de generación de empleo para los profesionales del ramo.

LENGUAJE CONTABLE

ACTIVIDAD ECONÓMICA: Conjunto de acciones tendientes a elevar la

capacidad productiva de los bienes y servicios de una economía, con el

fin de satisfacer, en un período, las necesidades de la comunidad.

ACTIVIDAD SOCIAL: Conjunto de acciones, de la actividad económica

encaminadas a proporcionar condiciones de calidad de vida del ser

humano, a la defensa y prevención del ambiente, en procura del bienestar

de la comunidad.

BALANCE GENERAL: Instrumento contable de gestión, de tipo

gerencial, que representa en forma clasificada, resumida y consistente, la

situación financiera, económica y social de un ente público, expresado en

unidades monetarias, a una fecha determinada y revela la totalidad de

sus bienes, derechos, obligaciones y situación del patrimonio público.

BALANCE SOCIAL: Informe que presenta los desarrollos del capital

humano de la entidad, y la proyección de ésta a la comunidad.

BENEFICIO: Utilidad. Provecho. Ganancia

BENEFICIO ECONÓMICO: Utilidad residual después de haber pagado

todos los costos implícitos y explícitos.

BENEFICIO SOCIAL: Provecho realizado a favor de la sociedad, co0mo

resultado de realizar una actividad.

CARACTERISTICSA DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD

PÚBLICA: Ser coherente, compatible, flexible y universal.

COBERTURA: Técnica que intenta reducir el riesgo de pérdida

ocasionada por movimientos no favorables del mercado.

CONTABILIDAD GENERAL DE LA NACION: Conjunto de hechos

financieros, económicos y sociales de los órganos del poder público en el

orden nacional, o de cualquier otra entidad territorial o descentralizada

que maneje recursos de la Nación en lo relacionado con éstos.

CONTABILIDAD PÚBLICA: Rama especializada de la contabilidad que

permite desarrollar los diversos procesos de medición, información y

control en la actividad económica de la administración pública.

CONTADOR PÚBLICO: Persona natural que mediante las inscripción

que acredite su competencia profesional, esta facultado para dar fe

pública de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre

estados financieros, y realizar las demás actividades relacionadas con la

ciencia contable en general.

CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN: Funcionario de al rama

ejecutiva, nombrado por el Presidente de la República, quien lleva la

contabilidad general de al Nación, y consolida esta con las entidades

descentralizadas territorialmente o p or servicios.

CONTADOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO: Funcionario de la rama

ejecutiva, nombrado por el gobernador, quien lleva la contabilidad general

del departamento y además tiene como misión la de capacitar, divulgar,

consolidar, asesor y asistir técnicam ente en el departamento, en sus

entes centrales y descentralizados.

CONTRALOR: Funcionario encargado de examinar las cuentas y la

legalidad de los gastos oficiales.

CONTRATISTAS: Cuenta que representa el valor de las obligaciones

contraídas por el ente público con personas, por concepto de ejecución

de obras o prestación de servicios, en desarrollo de su función

administrativa o cometido estatal.

CONTROL CONTABLE: Proceso mediante el cual la administración

asegura la incorporación de todos sus registros de las operaciones

financieras, económicas, sociales y ambientales, la correcta cuantificación

de los activos, pasivos y patrimonio y la confiabilidad de la información

contable.

CONTROL DE GESTION: Examen de eficiencia y eficacia de las

entidades en la administración de los recursos públicos, mediante los

procesos administrativos, indicadores de rentabilidad pública, desempeño

e identificación de la distribución del excedente que estas producen y los

agentes o actores internos o externos.

CONTROL FISCAL: Función pública encargada de vigilar la gestión fiscal

de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos

o bienes del estado en su ordenes y niveles. Ejercido por la Contraloría

General de la República, las contralorías departamentales y municipales,

las auditorias y los revisores fiscales de las empresas públicas, conforme

a los procedimientos, sistemas y principios establecidos en la ley.

CONTROL INTERNO: Análisis de los sistemas de vigilancia de las

entidades sujetas a ello, c on el fin de determinar la calidad de los mismos,

el nivel de confianza que se les puede otorgar y si son eficaces y

eficientes en el cumplimiento de sus objetivos.

COSTO AMBIENTAL: Cuantificación económica del impacto por el uso o

deterioro de los recursos naturales y el ambiente y evaluación de la forma

como se cumple la gestión de protección, conservación y explotación de

los mismos.

CRECIMIENTO ECONOMICO: Aumento de la producción de bienes y

servicios en la economía, por unidad de tiempo.

DESARROLLO ECONOMICO: Pr5oceso de crecimiento del ingreso o del

producto total y per. cápita acompañado de cambios en la estructura de la

economía.

EMPRESA PÚBLICA: Unidad que tanto la propiedad del capital como su

gestión y tomas de decisiones están bajo el control gubernamental.

ENTE PÚBLICO: entidades, organismos, establecimientos, empresas,

sociedades, corporaciones, unidades u otros organismos públicos de los

sectores central o descentralizado, que pertenecen a los niveles nacional

y territorial, sujetos al plan General de la Contabilidad Pública.

FÉ PÚBLICA: Atestación o firma de un contador público en los actos

propios de su profesión que hará presumir, salvo prueba en contrario, que

el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que los

estatutos en el caso de las personas jurídicas.

FINANZAS PÚBLICAS: Rama de la teoría económica que estudia los

medios y efectos de las políticas financieras del Gobierno.

GASTO FISCAL: Erogaciones que realizan todas a las instituciones

incluidas dentro del sector fiscal.

GASTO PÚBLICO SOCIAL: Solución de necesidades insatisfechas en

salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable y las obras

tendientes al bienestar general de la población.

INFORMACION CONTABLE PÚBLICA: Comprenden las condiciones

que debe cumplir y las cualidades con que cuenta esta información, como

elementos imprescindibles en procura de satisfacer necesidades

específicas de los usuarios, garantizando niveles máximos de seguridad.

INGRESO FISCAL: Recaudación fiscal que proviene de los pagos de

impuestos de los contribuyentes, venta de servicios y utilidades de

empresas públicas.

JUNTA CENTRAL DE CONTADORES: Entidad disciplinaria que controla

la profesión de los contadores públicos en Colombia, de acuerdo con los

principios legales.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS CONTABLES: Procedimientos

generales expedidos por la Contaduría General de la Nación. Son de

obligatorio cumplimiento y aplicación por parte de los entes públicos, y

tienen el propósito de garantizar la razonabilidad y consistencia de las

cifras consignadas en losa estados contables e informes

complementarios, mediante acciones de validación y registro adecuado

de las operaciones que permiten su confrontación con los flujos reales y

físicos de los bienes derechos y obligaciones que es reconocen en el

proceso contable y revelan la situación patrimonial.

NORMAS GENERALES DE CONTABILIDAD PÚBLICA: Constituyen

conceptos fundamentales que precisan y delimitan el proceso contable,

definen parámetros y criterios generales, tanto para la cuantificación de

los hechos financieros, económicos y sociales, como para la presentación

de informes contables y complementarios.

OBJETIVO GENERAL DEL PLAN GENERAL DE LA CONTABILIDAD

PÚBLICA: Lograr la uniformidad, centralización y consolidación de la

contabilidad pública, para atender las necesidades de información en los

procesos de gestión y de control, en procura de la eficacia de la

administración pública.

PARADIGMA: Conjunto de teorías acerca de la realidad que por su valor

explicativa, superior a otros, convence a científicos e intelectuales.

PATRIMONIO PÚBLICO: Comprende los recursos aportados o bienes

incorporados, los percibidos por la valorización de los activos, por el

resultado del ejercicio y los excedentes o déficit de los ejercicios

anteriores, que se generan en el desarrollo de la actividad económica,

financiera o social del ente público y resulta de deducir del valor de los

activos, el valor de los pasivos.

PERÍODO CONTABLE: Lapso comprendido entre el 1 de enero al 31 de

diciembre, al final del cual, debe realizarse el proceso de cierre.

PLAN FINANCIERO: Contiene como base las operaciones efectivas de

las entidades cuyo efecto cambiario, monetario y fiscal sea de tal

magnitud que amerite incluirlas en el plan.

PLAN GENERAL DE CONTABI LIDAD PÚBLICA: PGCP, Conjunto

interrelacionado de conceptos, normas, procedimientos e instrumentos

contables que, considerados integralmente, permiten producir información

de carácter financiero, económico y social, cuyo propósito es promover y

generar tod a una moderna cultura organizacional contable para la gestión

y el control de la administración pública.

PRESUPUESTO: Cálculo o estudio anticipado de los ingresos probables

y del nivel a que podrían llegar los egresos o gastos que con cargo a ellos

deben efectuarse dentro de un período determinado, denominado

ejercicio presupuestario y que generalmente es de un año.

PROCESO CONTABLE PÚBLICO: Sistema ordenados de pasos que

permiten validar una serie de datos de tipo financiero, económico, social y

ambiental, y que suministra información contable pública, útil para la toma

de decisiones.

REGISTRO CONTABLE: Asiento o anotación contable que debe ser

realizada para conocer una transacción contable o un hecho económico

que afecte al ente público y atienda las normas generales de causación y

prudencia, cumpliendo el principio de partida doble.

REPRESENTANTE LEGAL: Persona dotada de poderes que emanan de

la ley o de lo0sa estatutos, con aptitud para actuar a nombre de la

sociedad, frente a terceros.

SECTOR PÚBLI CO: Segmento de la economía que incluyen todos los

niveles de la administración pública, excluyendo empresas y familias.

SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION FINANCIERA: Conjunto

integrado de procesos automatizados de base contable, que permite la

producción de información para la gestión pública financiera.

SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA: SNCP, Conjunto

de políticas, principios , normas y procedimientos técnicos de

contabilidad, estructurados lógicamente que al interactuar con las

operaciones, recursos y actividades desarrolladas por los entes públicos,

generan la información necesaria para la toma de decisiones de la

administración pública.

UNIVERSALIDAD: Principio de contabilidad pública en el cual, el

proceso contable público comprende la totalidad de los hechos

financieros, económicos y sociales del ente público, indica también para

el PGCP, que posee cobertura nacional, común a todos los entes

públicos y está en capacidad de suministrar información a los distintos

usuarios.

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DEPARTAMENTAL.