trabajo de derecho tributario
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Especificaciones del Derecho Tributario GuatemaltecoTRANSCRIPT
1
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
CURSO DERECHO III
LIC. ADEMAR CRUZ
EDIFICIO S-3
SALON 205
DERECHO TRIBUTARIO
Guatemala, Febrero de 2015
3
DERECHO TRIBUTARIO
ELABORADO POR: CARNÉ
Abraham Isaac Arana Morales 2006-12069Breidy Luisa Maia Guzmán 2010-13278Byron Orlando Xep Coroxón 2005-16365Erlan Gustavo Gómez Cun 2012-16122Estuardo Alexander Monterroso Yop 2004-15372Jhonny Emanuel Santos 2012-20497José Roberto Marquez Vásquez 2009-21482Juan Mynor Sisimit Maxía 2011-20509Kevin Rolando Turcios Ac 2012-15959Mildry Noelia López de León 2009-13076Breidy Luisa Maia Guzmán 2010-13278SERGIO SAMUEL CAMEY ALONZO 2012-15893
JIMY ARIEL GARCÍA ARRIOLA 2012-16015
BRANDON MIGUEL PÉREZ CUTZAL 201216194
4
ÍNDICE:
INTRODUCCION..................................................................................................6
CAPITULO I..........................................................................................................8
Presupuesto De Ingresos Y Egresos Del Estado.............................................8
Antecedentes.......................................................................................................8
Sector Publico Financiero De Guatemala............................................................8
Recursos Financieros..............................................................................................8
Recursos Públicos....................................................................................................8
Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado................................8
Presupuesto De Ingresos Del Estado De Guatemala 2,014.............................9
Acuerdo Gubernativo 544-2013.........................................................................9
Presupuesto De Ingresos Del Estado De Guatemala 2,015...........................14
Decreto 22-2014.................................................................................................14
Presupuesto De Egresos Del Estado De Guatemala 2,014...........................19
Presupuesto De Egresos Del Estado De Guatemala 2,015...........................20
CAPITULO II.......................................................................................................21
Tributación Guatemalteca................................................................................21
Constitución Política de la República de Guatemala y Estructura del Sistema Jurídico.....................................................................................................21
Estructura del Sistema Jurídico...........................................................................22
Principales Leyes Aplicables Sistema Financiero-Fiscal.................................22
Sistema Tributario Guatemalteco....................................................................23
Antecedentes..........................................................................................................23
Impuesto sobre la Renta.......................................................................................24
Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas........................................................................................................24
Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas.......................26
Rentas de No Residentes.............................................................................28
Impuesto sobre la Renta por rentas de trabajo en relación de dependencia....................................................................................................29
Rentas de capital y las ganancias de capital.............................................31
Impuesto al Valor Agregado -IVA-.......................................................................31
5
Régimen de retención de IVA..........................................................................32
Impuesto de Solidaridad.......................................................................................33
Personas Obligadas...........................................................................................33
Exenciones..........................................................................................................33
Impuesto de Solidaridad Acreditable al Impuesto Sobre la Renta o viceversa..............................................................................................................35
Impuesto Único Sobre Inmuebles.......................................................................36
Cálculo.................................................................................................................36
Fecha Límite de Presentación.........................................................................36
Hecho Imponible.................................................................................................36
Tasa......................................................................................................................36
Impuesto a Timbres Fiscales................................................................................36
CAPITULO III......................................................................................................37
Ley De Timbres Fiscales Y De Papel Sellado Especial Para Protocolos.....37
Timbre......................................................................................................................37
Tarifa................................................................................................................37
Detalle del Tipo Impositivo................................................................................38
Conclusiones.....................................................................................................39
Recomendaciones.............................................................................................40
Bibliografía.........................................................................................................41
Anexos...............................................................................................................42
6
INTRODUCCION
Derecho Tributario en Guatemala es un tema de suma importancia general ya que
todos los guatemaltecos, sin excepción han pagado, pagan y pagarán diferentes
tipos de tributos, en el presente documento se intenta llegar a percibir un poco del
enorme aparato financiero del estado de Guatemala, en el Capítulo I se enmarca
algunos antecedentes y definiciones de los organismos que integran el sector
publico financiero en Guatemala, como el Banco de Guatemala Junta Monetaria
Ministerio de Economía Ministerio de Finanzas Públicas, se continua
inmediatamente con el resumir en un contexto muy compacto pero completo el
presupuesto de ingresos y egresos de los periodos 2,014 y 2,015 del Estado de
Guatemala, junto con sus respectivos acuerdos gubernativos y Decretos (cuando
así lo ameritare), es importante conocer el presupuesto ya que los tributos,
impuestos, y demás contribuciones, sirven específicamente para darle vida a todo
el aparato estatal que tiene un fundamento económico por medio del cual sin
recursos no podría funcionar.
En el Capítulo II se encuentran específicamente algunos de los impuestos más
importantes del país, impuestos que simbolizan significativamente la mayor parte
de los ingresos que obtiene el estado de Guatemala al aplicar su potestad de
Imperio IUS IMPERIUM1, no sin antes hablar un poco del contexto jurídico que
envuelve al ejercicio tributario, por lo que se hace un breve interludio revisando la
jerarquía de las leyes, el sistema jurídico de Guatemala, y finalmente listando los
decretos que dan forma al derecho tributario en el Estado de Guatemala,
consecuentemente se hace una descripción de las características más
importantes de cada tipo de impuesto y sus tasas o tipo impositivo que enmarca la
ley.
1 Derecho Tributario Lic. José Alejandro Alvarado Sandoval y Lic. Ottoniel Lopez Cruz Edición 2,014
7
El Capítulo III es un breve recorrido por la Ley de Timbres, Decreto 37-92, la cual
es objeto de evaluación en la unidad I del curso de Derecho III de la Facultad de
Ciencias Económicas, a partir del Capítulo III se continua con las conclusiones y
recomendaciones, tomadas a partir del criterio profesional de las personas que
colaboraron con la elaboración del documento, después de se dejan las
bibliografías utilizadas en la redacción y elaboración del documento presente y
como anexo del presente documento se listan los laboratorios y demás ejercicios
terminados extraídos del material de docencia.
8
CAPITULO I
Presupuesto De Ingresos Y Egresos Del Estado
Antecedentes
Sector Publico Financiero De Guatemala
El Sector Público Financiero está integrado por: Banco de Guatemala Junta
Monetaria Ministerio de Economía Ministerio de Finanzas Públicas.2
Recursos Financieros
El Estado como cualquier persona particular tiene que obtener medios
económicos, riqueza o bienes para poder satisfacer las necesidades colectivas, o
lo que es lo mismo, necesita recursos, ingresos monetarios para poder cumplir con
sus fines y el sostenimiento de sus organismos.
Recursos Públicos
Son los ingresos que obtiene el Estado preferentemente en dinero, para la
atención de las erogaciones determinadas por exigencias administrativas o de
índole económico social.
Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado
Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado. El Presupuesto General
de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de
conformidad con lo establecido en esta Constitución, incluirá la estimación de
todos los ingresos a obtener y los gastos por realizar. La unidad del presupuesto
es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado
constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus
egresos. Los organismos, las entidades descentralizadas y las autónomas podrán
tener presupuestos y fondos privativos cuando la ley así lo establezca. Sus
presupuestos se enviarán obligatoria y anualmente al Organismo Ejecutivo y al
2 DERECHO TRIBUTARIO Y LEGISLACIÓN FISCAL – Lic. José Alejandro Alvarado Sandoval Lic. Ottoniel López Cruz, Edición 2,014 UNIDAD I pág. 27
9
Congreso de la República, para su conocimiento e integración al Presupuesto
General; y además, estarán sujetos a los controles y fiscalización de los
organismos correspondientes del Estado. La ley podrá establecer otros casos de
dependencias del Ejecutivo cuyos fondos deben administrarse en forma privativa
para asegurar su eficiencia. El incumplimiento de la presente disposición es
punible y son responsables personalmente los funcionarios bajo cuya dirección
funcionen las dependencias. No podrán incluirse en el Presupuesto General de
Ingresos y Egresos del Estado gastos confidenciales o gasto alguno que no deba
ser comprobado o que no esté sujeto a fiscalización. Esta disposición es aplicable
a los presupuestos de cualquier organismo, institución, empresa o entidades
descentralizada o autónoma. El Presupuesto General de Ingresos y Egresos del
Estado y su ejecución analítica son documentos públicos, accesibles a cualquier
ciudadano que quiera consultarlos, para cuyo efecto el Ministerio de Finanzas
Públicas dispondrá que copias de los mismos obren en la Biblioteca Nacional, en
el Archivo General de Centro América y en las Bibliotecas de las Universidades
del país. En igual forma deberán proceder los otros organismos del Estado y las
entidades descentralizadas y autónomas que manejen presupuesto propio.
Incurrirá en responsabilidad penal el funcionario público que de cualquier manera
impida o dificulte la consulta. Los Organismos o entidades estatales que
dispongan de fondos privativos están obligados a publicar anualmente con detalle
el origen y aplicación de los mismos, debidamente auditado por la Contraloría
General de Cuentas. Dicha publicación deberá hacerse en el Diario Oficial dentro
de los seis meses siguientes a la finalización de cada ejercicio fiscal.3
Presupuesto De Ingresos Del Estado De Guatemala 2,014
Acuerdo Gubernativo 544-2013
Artículo 1. Presupuesto General de Ingresos del Estado. Conforme al Decreto
Número 30-2012 del Congreso de la República, Ley del Presupuesto General de
Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2013, con vigencia para el
3 Articulo 237 Constitución Política de la Republica de Guatemala
10
Ejercicio Fiscal 2014, el monto del Presupuesto General de Ingresos asciende a la
suma de SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES
CUATROSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE
QUETZALES EXACTOS (Q. 66,985,437,187.00), distribuidos.4
CUADRO 1
4 Diario de Centro América, Martes 7 de Enero de 2,014, No. 67 Tomo CCC
14
Fuente: Acuerdo Gubernativo 544-2013 que emula al decreto 30-2012 Diario de Centroamerica del Jueves 8 de Noviembre de 2,012
Presupuesto De Ingresos Del Estado De Guatemala 2,015
Decreto 22-2014
Artículo 1. Presupuesto de Ingresos. Se aprueba el Presupuesto General de
Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al
treinta y uno de diciembre de dos mil quince, en la cantidad de SETENTA MIL
SEISCIENTOS MILLONES DE QUETZALES (Q. 70,600,000,000.00), originados
de las fuentes siguientes.5
5 Diario de Centro América, Jueves 4 de Diciembre de 2,014, No. 97 Tomo CCC
18
Fuente: Decreto 22-2014 Diario de Centro América, Jueves 4 de Diciembre de 2,014, No. 97 Tomo CCC
19
Presupuesto De Egresos Del Estado De Guatemala 2,014
Artículo 5. Presupuesto de egresos.
Se aprueba el Presupuesto General de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal
comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece, en la
cantidad de SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO
MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO OCHENTA Y
SIETE QUETZALES (Q 66,985,437,187), distribuidos de la forma siguiente:6
CUADRO 3
Fuente: Decreto Numero 30-2012 Hoja No. 7 de 53
6 Decreto Numero 30-2012 que entra en vigencia para el ejercicio fiscal del año 2014 según Acuerdo Gubernativo 544-2013
20
Presupuesto De Egresos Del Estado De Guatemala 2,015
Artículo 6. Presupuesto de egresos. Se aprueba el Presupuesto General de
Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al
treinta y uno de diciembre de dos mil quince, en la cantidad de SETENTA MIL
SEISCIENTOS MILLONES DE QUETZALES (Q.70,600,000,000), distribuidos de
la forma siguiente:
CUADRO 4
Fuente: Decreto Numero 22-2014 Hoja No. 8 de 54
CAPITULO II
Tributación Guatemalteca
21
Constitución Política de la República de Guatemala y Estructura del Sistema Jurídico
La estructura general del sistema jurídico se encuentra contenida en el artículo
175 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que textualmente
dice: ”Artículo 175. Jerarquía constitucional. Ninguna ley podrá contrariar las
disposiciones de la Constitución. Las leyes que violen o tergiversen los mandatos
constitucionales son nulas ipso jure”.
Las leyes calificadas como constitucionales requieren para su reforma el voto de
las dos terceras partes del total de diputados que integran el Congreso, previo
dictamen favorable de la Corte de Constitucionalidad.”
Además, el artículo 9 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 establece:
”Artículo 9. Supremacía de la Constitución y Jerarquía. Los tribunales observarán
siempre el principio de jerarquía normativa y de supremacía de la Constitución
Política de la República, sobre cualquier ley o tratado, salvo los tratados o
convenciones sobre Derechos Humanos, que prevalecen sobre el derecho interno.
Las leyes o tratados prevalecen sobre los reglamentos, carecen de validez las
disposiciones que contradigan una norma de jerarquía superior.
Estructura del Sistema Jurídico
Fuentes y clasificación de las leyes tributarias:
22
Código Tributario, Decreto 6-91 “Artículo 2. Fuentes. Son fuentes de ordenamiento
jurídico tributario y en orden de jerarquía:
1. Las disposiciones constitucionales.
2. Las leyes, los tratados y las convenciones internacionales que tengan
fuerza de ley.
3. Los reglamentos que por Acuerdo Gubernativo dicte el Organismo
Ejecutivo.”
Es necesario tener en cuenta el hecho de que el principal fundamento de la
legislación fiscal es la ley y que conforme a la jerarquía de leyes, la Constitución
Política de la República de Guatemala es la principal fuente, fundamentalmente en
los artículos 239, Principio de la Legalidad y 243 que contiene el principio de la
capacidad de pago.
Principales Leyes Aplicables Sistema Financiero-Fiscal
23
Sistema Tributario Guatemalteco
Antecedentes
La legislación tributaria guatemalteca se basa en el principio de territorialidad. Con
pocas excepciones, principalmente relacionadas con las retenciones en origen,
casi todos los impuestos son aplicables a las actividades llevadas a cabo en el
territorio guatemalteco.
La Constitución Política de la República de Guatemala otorga la potestad tributaria
al Congreso de la República. Esto proporciona la certeza de que ningún
organismo gubernamental puede imponer cargas fiscales sobre el sector privado.
Impuesto Sobre la Renta
Impuesto al Valor Agregado
Impuesto de Solidaridad
Impuesto Único Sobre Inmuebles
Impuesto de Timbres
Impuesto Específico a la Primera Matricula de Vehículos Automotores
Terrestres
Leyes de Incentivo Fiscal
Ley Aduanera Nacional
Reglas de Precios de Transferencia
Ley de Extinción de dominio
Ley de Lavado de dinero y otros activos
En el caso de determinadas industrias, existen impuestos específicos al consumo,
tales como:
Impuesto a la Distribución del cemento
Impuesto a la Distribución de Tabaco
Impuesto a la Distribución de bebidas alcohólicas
Impuesto a la Distribución de Combustibles
24
Impuesto sobre la Renta
En la actualidad, Guatemala aplica Impuesto sobre la Renta a los contribuyentes
residentes en alguno de los siguientes regímenes:
a.- Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas, que consiste en un
impuesto de 25% sobre la base imponible determinada sobre la utilidad neta.
b.- Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas, que
consiste en un 7% de impuesto sobre los ingresos brutos (ingresos sin
deducciones de ningún tipo). Las tasas de impuestos antes indicadas tienen
vigencia a partir del 1 de enero de 2013 y conforme un artículo transitorio de la ley,
las tasas vigentes para el año 2013 son el 31% y 6% respectivamente.
Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas
Consiste en un 6% de impuesto directo sobre los Ingresos Brutos para los
contribuyentes residentes, para el año 2013 y un aumento al 7% para el año 2014.
La mecánica de este 6% temporal de impuesto directo sobre los Ingresos Brutos
es por medio de un régimen de retenciones definitivas que deben realizar los
contribuyentes que realicen pagos a las personas afectas. En caso el pago sea
realizado por una persona que no lleva contabilidad completa, o bien, que la
persona obligada no realizó la retención correspondiente, la ley establece la
obligación de presentar a las cajas fiscales un pago equivalente al 7% de ISR
mediante declaraciones mensuales, presentadas por el contribuyente a la Agencia
Tributaria dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente de emitida su
factura.
25
Las retenciones se efectúen por los clientes del contribuyente al momento de
pagar las facturas correspondientes. El agente de retención debe entregar al
contribuyente una constancia de retención como documentación de soporte del
impuesto retenido. El agente de retención es el encargado de pagar a la Agencia
Tributaria las retenciones dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente
de retenido el impuesto. Además de las presentaciones mensuales, el régimen de
pago del 6% de impuesto sobre Ingresos Brutos requiere de la presentación de
una Declaración Anual de Impuesto sobre la Renta, que normalmente es sólo para
fines informativos ya que la obligación tributaria ha sido pagada a través de las
declaraciones o retenciones mensuales; sin embargo, existe la posibilidad de al
final del periodo se pueda determinar que existe pago en exceso el cual deberá
reclamar su devolución a la Oficina de Impuestos.
En la ley del ISR no se establece que la oficina de impuestos pueda autorizar a los
contribuyentes realizar pago directo del impuesto en sustitución del régimen de
retenciones, sin embargo, dicha oficina publicó en el Diario Oficial un acuerdo que
permite que los contribuyentes puedan solicitar su autorización para evitar que les
hagan retenciones y pagar su impuesto directamente, por lo tanto aquellas
empresas que cumplan con los requisitos necesarios, pueden hacer dicha
solicitud. Esta declaración anual debe ser presentada en una base de año
calendario y tiene fecha límite el 31 de marzo.
Los proyectos altamente rentables con tasas efectivas del impuesto a sociedades
superiores al 7% sobre los ingresos brutos han encontrado que el 7% directo de
Impuesto sobre Ingresos Brutos (6% en 2013) es una oportunidad para reducir su
carga fiscal. Además, las faltas normas de precios de transferencia y reglas de
consolidación fiscal, entre utilidades locales, junto con la tasa directa de impuesto
del 7%, crea espacio para las oportunidades de planificación fiscal. A continuación
encontrará el procedimiento de cálculo del Impuesto sobre la Renta en virtud del
presente régimen:
26
Cuadro 5
Fuente: Delloite análisis de impuestos Guia 2,013 2013 Deloitte Guatemala, S.A. Member of Deloitte Touche Tohmatsu
Limited
Régimen Sobre las Utilidades de Actividades Lucrativas
Los contribuyentes pueden elegir el régimen para declarar y pagar el
correspondiente impuesto sobre la renta que consiste en el pago de un impuesto
corporativo del 25% que se aplica a la renta imponible que se determina sobre la
base de los ingresos netos. Para el año 2013 se aplica un articulo transitorio que
establece una tasa de impuesto del 31% y en 2014 del 28%, quedando como tarifa
definitiva el 25% a partir del año 2015.
En este régimen de pago se deben presentar anticipos del impuesto por medio de
pagos trimestrales que se cumplan por medio de una Declaración Jurada en los
primeros 10 días hábiles del mes inmediato siguiente a finalizado cada uno de los
trimestres calendario, presentando una Declaración Jurada Anual como liquidación
del impuesto.
Asimismo deben consignar en sus facturas “sujeto a pagos trimestrales”, efectuar
retenciones a quienes les vendan o les presten servicios, se debe llevar una
contabilidad completa y deben elaborar inventario anualmente y reportar a la
Administración Tributaria, las existencias en los meses de enero y julio de cada
año.
La base imponible para las personas naturales y jurídicas domiciliadas en
Guatemala que realizan actividades comerciales y que optaron por este régimen
de impuesto, se calcula sobre la base de la utilidad contable según el estado de
27
resultados preparado de acuerdo con los PCGA en Guatemala (equivalente a las
Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF-), ajustado por gastos no
deducibles, ingresos exentos, ingresos de fuente extranjera, y algunas
deducciones o beneficios fiscales, como se muestra a continuación:
Cuadro 6
Fuente: Delloite análisis de impuestos Guia 2,013 2013 Deloitte Guatemala, S.A. Member of Deloitte Touche Tohmatsu
Limited
Los elementos más significativos de gastos no deducibles son los siguientes:
Servicios prestados desde el extranjero cuando su monto supera el 5% de
la renta bruta.
Regalías que excedan del 5% de la renta bruta
Viáticos y gastos de viaje que superen el 3% de la renta bruta.
Gasto derivado de reserva para indemnizaciones cuando superan el 8.33%
de sueldos y salarios del período.
Reserva para cuentas incobrables cuando supera el 3% del saldo de
clientes y que sean del giro habitual del negocio.
Reservas de cualquier tipo para inventarios
Depreciaciones y amortizaciones cuando exceden los límites legales.
Gastos que no cuentan con la documentación legal de soporte
Las pérdidas cambiarias originadas de la revaluación por simple partida
contable.
Gastos a los cuales no se les realizó la retención correspondiente.
Sueldos y salarios no acreditados con la planilla del seguro social.
28
Otros indicados en la Ley.
En la categoría de ingresos de fuente extranjera califican todos los ingresos
obtenidos en el exterior, por ejemplo, intereses de cuentas bancarias en el
exterior, dividendos por inversiones realizadas fuera de Guatemala, etc.
También es importante indicar que Guatemala no contempla la deducibilidad de
pérdidas netas de operación, por lo que es importante una buena planificación
para aquellos proyectos que estimen incurrir en pérdidas al inicio de sus
operaciones.
Rentas de No Residentes
El tipo impositivo del 5% que se aplica a: Estable diferentes tasas impositivas
aplicables conforme lo siguiente:
Actividades de transporte internacional de carga y pasajeros
Primas de seguros, primas de fianzas, reaseguros, retrocesiones, y
reafianzamientos, que obtengan no residentes
Telefonía, transmisión de datos y comunicaciones internacionales
Utilización de energía eléctrica suministrada desde el exterior del país
Los dividendos, reparto de utilidades, ganancias y otros beneficios
El tipo impositivo del diez por ciento (10%) que se aplica a:
Los intereses pagados o acreditados a no residentes.
El tipo impositivo del 15% que se aplica a:
Los sueldos y salarios, dietas, comisiones, bonificaciones y otras
remuneraciones que no impliquen reintegro de gastos.
Los pagos o acreditación en cuenta bancaria a deportistas y a artistas de
teatro, televisión y otros espectáculos públicos o de actuación.
Las regalías
Los honorarios
29
El asesoramiento científico, económico, técnico o financiero
El tipo impositivo del 25% que se aplica a:
Otras rentas gravadas no especificadas en los numerales anteriores. La
retención que se ha indicado anteriormente se debe pagar a la Agencia
Tributaria dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al que
correspondan dichas retenciones. Cuando el pagador de Guatemala se
encarga de la retención de impuestos, el cálculo es obligatorio.
Impuesto sobre la Renta por rentas de trabajo en relación de dependencia
Para personas individuales que obtengan ingresos por la prestación de servicios
personales en relación de dependencia, la renta neta está constituida por los
sueldos y salarios, comisiones y gastos de representación, bonificaciones, y otras
remuneraciones similares.
Podrán deducir de su renta neta lo siguiente:
La suma única de treinta y seis mil quetzales (GTQ. 48,000.00) para las
deducciones personales, sin necesidad de ningún tipo de comprobación. y, doce
mil Quetzales (Q.12,000.00) que podrá acreditar por el Impuesto al Valor
Agregado pagado en gastos personales, por compras de bienes o adquisición de
servicios, durante el período de liquidación definitiva anual. Este crédito se
comprobará mediante la presentación de una planilla que contenga el detalle de
las facturas, que estarán sujetas a verificación por parte de la Administración
Tributaria.
Las donaciones que puedan comprobarse fehacientemente, otorgadas a favor del
Estado, las universidades, entidades culturales o científicas, a las asociaciones y
fundaciones sin fines de lucro, la deducción máxima permitida a quienes donen a
las entidades indicadas no puede exceder del 5% de la renta bruta.
Las cuotas por contribuciones al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, al
Instituto de Previsión Militar y al Estado y sus instituciones por cuotas de
regímenes de previsión social.
Las primas de seguros de vida para cubrir riesgos en casos de muerte
exclusivamente del trabajador, siempre que el contrato de seguro no devengue
30
suma alguna por concepto de retorno, reintegro o rescate contratados con
empresas autorizadas para operar en el país y con empresas extranjeras
debidamente registradas en la Superintendencia de Bancos , de acuerdo con la
legislación aplicable..
Ingresos exentos (el 100% de los sueldos y salarios en concepto de Bono 14,
Aguinaldo, Indemnizaciones.)
Una vez determinada la base imponible, el impuesto se calculará de acuerdo con
la siguiente escala progresiva:
El impuesto a pagar se determina sumando al importe fijo, la cantidad
resultante de aplicar el porcentaje correspondiente de impuesto sobre la base
imponible de cada intervalo, de acuerdo con la escala a continuación mostrada
en el Cuadro 7. Para dichos contribuyentes, el período de liquidación definitiva
del impuesto es anual y se cuenta, a partir del primero de enero y termina el
treinta y uno de diciembre de cada año. En el caso de los períodos de actividad
menores de un año, la base imponible será proyectado a un año y se aplicará
la tasa correspondiente de acuerdo con la escala anterior se aplicará, con el fin
de determinar el impuesto anual. Este impuesto se dividirá proporcionalmente
entre la duración menor de un año y el resultado constituirá el impuesto a
pagar, que no podrá ser superior a 31% de la base imponible. Las retenciones
realizadas deben ser pagadas a las cajas fiscales en los días hábiles del mes
inmediato siguiente al que correspondan.
Cuadro 7
Fuente: Delloite análisis de impuestos Guia 2,013 2013 Deloitte Guatemala, S.A. Member of Deloitte Touche Tohmatsu
Limited
31
Rentas de capital y las ganancias de capital
La obtención de rentas de capital, la realización de ganancias y pérdidas de capital
que provengan de elementos patrimoniales, bienes o derechos propiedad del
contribuyente se encuentran reguladas en el Título IV del Decreto 10-2012
específico para este tipo de rentas, estableciendo los siguientes tipos impositivos:
Arrendamiento de inmuebles (10% sobre el 70% del valor de la renta), aplicable a
quienes no se dediquen a comercian con bienes inmuebles.
Intereses 10% (excepto supervisados por la SIB y Cooperativas)
Dividendos 5%
Ganancias de capital 10%
Loterías, rifas, etc. 10%
Otros casos
Este impuesto se paga en los 10 días hábiles del mes inmediato siguiente al que
corresponda.
Impuesto al Valor Agregado -IVA-
En Guatemala, el IVA se genera por:
Entregas de bienes realizadas dentro del territorio nacional.
Prestaciones de servicios realizadas en Guatemala.
La importación de bienes.
Contratos de arrendamiento.
Traslado de Bienes Inmuebles únicamente en la primera venta.
Seguros y fianzas.
Existen diversas operaciones que están exentas del IVA, incluyendo:
Las exportaciones de bienes y servicios
Los servicios prestados por los bancos e instituciones financieras
Las contribuciones en especie
32
Fusiones
La transferencia de acciones, títulos de crédito y cualquier tipo de
inversiones.
La transferencia de los bienes en fideicomiso y la devolución de los bienes
a los propietarios.
Régimen de retención de IVA
Decreto 20-2006 establece un régimen de retención del IVA en virtud del cual
algunas empresas en Guatemala se registran como agentes de retención. Si los
clientes son entidades de Guatemala calificados como agentes de retención del
IVA, las retenciones no aplican. Si el cliente no está calificado como agente de
retención de IVA las tasas que podrían aplicársele son las siguientes:
Cuadro 8
Fuente: Delloite análisis de impuestos Guia 2,013 2013 Deloitte Guatemala, S.A. Member of Deloitte Touche Tohmatsu
Limited
33
Impuesto de Solidaridad
Personas Obligadas
Las personas individuales o jurídicas, fondos fiduciarios, los contratos de
participación, sociedades irregula- res, sociedades de hecho, en la cuenta del
fondo, las ramas temporales o permanentes, agencias o estable- cimientos de los
extranjeros que operan en el país, tenencias conjuntas, las propiedades de
propiedad con- junta e indivisible herencias y otras formas de organización
empresarial que tienen su propio patrimonio, que realizan actividades comerciales
o agrícolas en el territorio nacional y obtienen un margen bruto de más de cuatro
por ciento (4%) de sus ingresos brutos.
Exenciones
Las Exenciones más importantes son:
Las instituciones del Estado, sus entidades descentralizadas o autónomas y
los municipios y sus empresas, con la excepción de las entidades jurídicas
constituidas con capital mixto.
Las universidades y los centros educativos públicos y privados, legalmente
autorizados para operar en el país.
Las personas sujetas a este impuesto, que iniciaron las actividades de
negocios, durante los primeros cuatro trimestres de operación.
Las actividades comerciales y agrícolas realizadas por las personas
individuales o jurídicas que por una ley específica o debido a que operan
dentro de los regímenes especiales establecidos en la Ley de Fomento y
Desarrollo de la Actividad Exportadora y de Maquila, el Decreto 29-89 y la
34
Ley de Zonas Francas, 65-89, ambos del Congreso de la República y sus
reformas están exentos del pago de impuesto sobre la renta, durante la
vigencia de la exención que disfrutan.
Las personas individuales o jurídicas y las demás entidades que están
sujetas al Impuesto de Solidaridad que pagan impuesto sobre la renta de
conformidad con el Régimen Opcional Simplificado sobre ingresos de
actividades lucrativas de este impuesto (Decreto 10-2012).
Los contribuyentes que a partir de la fecha en que el im- puesto de
solidaridad establecido en la presente Ley entra en vigor incurren en
pérdidas operativas duran- te dos años consecutivos. Esta exención es
únicamente aplicable para los cuatro períodos impositivos siguientes al
segundo año en que se produjeron las pérdidas citadas.
Base Imponible, tarifa y pago del impuesto
La base imponible de este impuesto se compone de lo que sea mayor entre:
Una cuarta parte del total de activos netos, o bien,
Una cuarta parte de los ingresos brutos. (Ambos tomando como base la
ultima declaración del ISR).
El período impositivo es trimestral y se calculará por trimestres calendario. El
tipo impositivo de este impuesto es del uno por ciento (1%).
En los casos de los períodos de menos de un trimestre, el impuesto se
determina en proporción al número de días del trimestre que han trascendido.
El impuesto deberá ser pagado dentro del mes inmediato siguiente al final de
cada trimestre calendario, utilizando los medios que la Administración
Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes para este fin.
35
Impuesto de Solidaridad Acreditable al Impuesto Sobre la Renta o viceversa
El Impuesto de Solidaridad y el Impuesto sobre la Renta pueden ser
acreditados entre sí. Los contribuyentes pueden optar por una de las siguientes
formas de acreditación:
El importe pagado del Impuesto de Solidaridad durante los cuatro
trimestres del año calendario, de acuerdo con los términos establecidos
en el artículo 10 de la Ley, podrán ser acreditados para el pago del
Impuesto Sobre la Renta hasta su agotamiento durante los tres años
inmediatamente siguientes, por lo que se debe pagar mensual o
trimestral, así como para que se determine en la liquidación anual
definitiva, según sea el caso.
Los pagos trimestrales de ingresos fiscales pueden ser acreditados para
el pago del Impuesto de Solidaridad en el mismo año calendario. Los
contribuyentes que adopten esta forma de acreditación sólo puede
cambiar con la autorización de la Administración Tributaria.
El monto del Impuesto de Solidaridad que no esté acreditado de
acuerdo con lo dispuesto en este artículo se considerará como un gasto
deducible para efectos del Impuesto a la Renta, para el período de
liquidación anual definitiva al tercer año que se refiere al primer inciso
del presente artículo. Filiales y sucursales de empresas matrices para
reclamar créditos fiscales extranjeros en sus propias jurisdicciones
deben determinar si la opción de Impuesto de Solidaridad o de impuesto
sobre la renta como su impuesto primaria en Guatemala tiene un
impacto negativo en su capacidad para reclamar los créditos fiscales en
su jurisdicción.
36
Impuesto Único Sobre Inmuebles
Cálculo
La base imponible es el valor de la matrícula fiscal de acuerdo a la información del
Registro de la Propiedad Inmueble de la República de Guatemala.
Fecha Límite de Presentación
Mes inmediato siguiente de vencido el trimestre calendario.
Hecho Imponible
Poseer bienes inmuebles en el territorio de la República.
Tasa
Las tasas se aplican sobre el valor registrado de las propiedades inmobiliarias en
Quetzales (EE.UU. $ 1,00 = GTQ7.93 aprox.), de la siguiente manera: De 0 a
GTQ. 2,000 exentas Desde GTQ 2,001 a GTQ. 20,000 del 2 por mil al año Desde
GTQ 20,001 a GTQ. 70,000 6 por mil al año, y Desde GTQ 70,000 y hasta 9 por
mil al año.
Este impuesto se paga sobre una base trimestral.
Impuesto a Timbres Fiscales
Se establece un Impuesto de Papel Sellado Especial para Protocolos, con una
tarifa especifica de diez Quetzales (Q.10.00) por cada hoja.
El impuesto se determina aplicando la tasa del valor de los actos y contratos
sujetos al impuesto. El valor se refleja en el documento, que no puede ser inferior
a la registrada en los registros públicos, registros, registros de propiedad o en las
listas oficiales (al respecto se profundizara más en el siguiente capítulo).
37
CAPITULO III
Ley De Timbres Fiscales Y De Papel Sellado Especial Para Protocolos
Timbre
Es un documento accesorio legal, emitido por la Superintendencia de
Administración Tributaria, cuyas características a la vez quedan bajo la
Supervision de la SAT, para lo cual pueden contratar entidades nacionales y/o
internacionales con el objetivo de suministrarse de los medios adecuados.7
Tarifa
La tarifa del impuesto es del tres por ciento (3%). El impuesto se determina
aplicando la tarifa al valor de los actos y contratos afectos.
El valor es el que consta en el documento, el cual no podrá ser inferior al que
conste en los registros públicos, matrículas, catastros o en los listados oficiales.8
Se establece un Impuesto de Papel Sellado Especial para Protocolos, con una
tarifa específica de diez quetzales (Q. 10.00) por cada hoja9
7 Articulo 23 Decreto 37-92 Reformado por el Decreto 4-20128 Articulo 4 Decreto 37-92 Reformado por el Decreto 4-20129 Articuo 6 Decreto 37-92
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Detalle del Tipo Impositivo
Cuadro 9
Fuente: Elaboración Propia en Base al Artículo 5 del Decreto 37-92
DESCRIPCIÓN MONTO
1) Auténticas de firmas, efectuadas por dependencias del Estado, cada una 10.00Q
2) Auténticas de firmas en el exterior cada una, el valor equivalente en moneda nacional a diez dólares de los Estados Unidos de América (USA $.10.00), al tipo de cambio que estuviere vigente a la fecha en que éstas se efectúen.
10.00$
3) Por cada razón puesta por los registros públicos al pie de los documentos que se presentan a su registro, 0.50Q
4) Los libros de contabilidad, hojas movibles de contabilidad, actas o registros, por cada hoja, 0.50Q
5) Títulos, credenciales a documentos acreditativos del nombramiento o cargos o comprobantes de representación de personas jurídicas decualquier naturaleza, extendidos en acta notarial o en cualquier otra forma, 100.00Q
6) Indices, testimonios especiales, copias simples o legalizadas y actas notariales, por cada hoja de papel 0.50Q
7) Actas de legalización notarial de firmas o documentos 5.00Q
8) Poderes:
a) Generales, la primera hoja del testimonio 10.00Q
b) Especiales, la primera hoja del testimonio 2.00Q
9) Cubiertas de testamentos cerrados 200.00Q
10) Patentes:
a) De invención, el título correspondiente 50.00Q
b) Extendidas por el Registro Mercantil:
i) Para empresas individuales 50.00Q
ii) Para sociedades mercantiles 200.00Q
11) Licencias para portación de armas de fuego, de cualquier clase, por año 100.00Q
12) Títulos recocidos legalmente para ejercer profesión:
a) Universitarios 100.00Q
b) Carreras Técnicas 25.00Q
13) Títulos de concesiones de explotación de bosques nacionales, minas, canteras, y cualesquiera otras 1,000.00Q
15) Promesas de compra-venta de inmuebles 50.00Q
16) Testimonios de las escrituras públicas de constitución, trasformación, modificación, liquidación o fusión de sociedades mercantiles, en laprimera hoja 250.00Q
39
Conclusiones
1. El análisis del presupuesto de Ingresos y Egresos de la nación para el
periodo 2,014 y 2,015, lleva a identificar una serie de situaciones
preocupantes, ya que el presupuesto de ingresos el 13% (datos del
periodo 2,014) se destina para la cancelación de la deuda publica, este
13% es una cantidad bastante material que se puede usar en reinversión y
si el endeudamiento del estado sigue avanzando el 13% que equivale a Q.
8,934,098,950.00, ira creciendo, que esta taza crezca significa que en un
futuro otros rubros como inversión y/o gastos de funcionamiento, (los cuales
son esenciales para la existencia del estado) disminuyan en su porcentaje
de asignación presupuestaria y genere un efecto en cadena que en la peor
situación desestabilizaría todos los sectores sociales del Estado de
Guatemala.
2. El presupuesto de 2,014 y 2,015 en comparación no tienen mayor variación
en cuanto a su asignación en porcentajes sin embargo al analizar la cuantía
de los recursos se denota inmediatamente que el rubro de endeudamiento
sigue creciendo lo cual es señal de que el problema persiste.
3. El sistema legal guatemalteco dentro de toda su normativa fiscal tiene el
Impuesto Sobre la Renta, el cual es el impuesto más completo y complejo
que se paga en el país.
4. El IVA, por su amplio margen de aplicación constituye el segundo impuesto
más importante después del ISR, ya que todos en el estado de Guatemala,
lo pagan indirectamente.
5. El Impuesto a Timbres y Papel Sellado Decreto 37-92 es un impuesto que a
tenido poca evolución desde su publicación, quedándose atrás en el
desarrollo económico de este mundo globalizado, y en constante cambio.
40
Recomendaciones
1. En la conclusión 1 se mencionó lo preocupante de que en el 2,014 el 13%
de los ingresos sean destinados para sufragar el gasto público, lo
preocupante realmente es que este gasto siga creciendo, lo que se traduce
en que más recursos se destinaran a este rubro, el escenario ideal sería
entonces aumentar la cantidad de recursos asignados a inversión,
inversiones que pueden producir más recursos para el estado de
Guatemala, sin aumentar la carga fiscal en la sociedad.
2. En la conclusión 2 se enmarca la poca variación de la tendencia del
endeudamiento entre los presupuestos estatales, por ende la
recomendación que se expone es que se asigne una mayor cantidad de
recursos a inversión para que el estado se logre financiar de una manera en
que su liquidez aumente, la revisión del rubro de gastos de funcionamiento
del estado puede llegar a hacer el escenario anterior una realidad.
3. El estudio del ISR, debe de hacerse en conjunto con una doctrina práctica,
ya que la ley contempla tantos escenarios que aprenderlos en su marco
teórico resultaría imposible, por consiguiente se deben enmarcar casos
prácticos para la correcta aplicación de la ley por parte de los
contribuyentes y entes fiscalizadores.
4. El IVA tiene un margen de aplicación tan grande como el ISR, sin embargo,
de aplicación existen términos que como los del ISR tienen un gran
porcentaje de complejidad y para el correcto estudio y didáctica de este
impuesto se deben estudiar de manera práctica cada escenario que
presenta la ley.
5. La poca evolución de la Ley de Timbre y Papel Sellado, es preocupante, ya
que ante la revolución tecnológica, también se puede pensar en crear
medios electrónicos de tributación y autenticación de documentos, tal y
como lo hacen hoy en día algunos profesionales con el uso de una firma
digital, y si se llegase a grabar estos documentos digitales se podría
también reducir costos de impresión al evitarse el proceso de tener que
imprimir un timbre físicamente.
41
Bibliografía
Articulo 237 Constitución Política de la República de Guatemala Decreto 37-92 Ley de Timbres Fisca Ley De Timbres Fiscales Y De Papel
Sellado Especial Para Protocolos Decreto 27-92 Ley del Impuesto al Valor Agregado Decreto 73-2008 Impuesto de Solidaridad Decreto 15-98 Impuesto Único Sobre Inmuebles Decreto 10-2012 Impuesto Sobre la Renta Decreto 1441 Código de Trabajo Decreto 6-91 Código Tributario Diario de Centroamérica Ediciones 08 de enero de 2,013, 04 de diciembre
2,014 y 08 de noviembre 2,014 Análisis Fiscal Impuestos Guatemaltecos Delloite 2013 Deloitte
Guatemala, S.A. Member of Deloitte Touche Tohmatsu Limited, Edicion1.
42
AnexosLaboratorio No. 1
1) Busque en el código tributario un fundamento de la naturaleza económica.
Política, jurídica y social de la actividad financiera del Estado:
ARTICULO 1. Carácter y campo de aplicación. Las normas de este Código
son de derecho público y regirán las relaciones jurídicas que se originen de
los tributos establecidos por el Estado, con excepción de las relaciones
tributarias aduaneras y municipales, a las que se aplicarán en forma
supletoria.
También se aplicarán supletoriamente a toda relación jurídica tributaria,
incluyendo las que provengan de obligaciones establecidas a favor de
entidades descentralizadas o autónomas y de personas de derecho público
no estatales.
2) ¿Qué reingeniería del Estado sugeriría usted para encauzar la actividad
financiera del estado? ¿Qué medidas a corto plazo y largo plazo podrían
implementarse?
Se sugiere reducir el aparato burocrático del Estado.
A corto Plazo: incrementar el Sistema Fiscal.
A Largo Plazo: Reducir Número de empleados estatales.
3) ¿Cómo están estructurados los Recursos del Estado según el Presupuesto
de gastos e ingresos del Estado para el actual ejercicio fiscal? ¿Cuáles
predominan, que porcentaje representan y que conclusiones puede usted
señalar?
El Decreto Legislativo No. 72-2008, por medio del cual se aprobó el
Presupuesto General de Gastos e Ingresos del Estado para el año 2009.
En el caso del presupuesto, de los Q49,723.1 millones, Q14,653 serán
destinados a la inversión pública, lo que representa un incremento, en
relación al presupuesto que rigió el año que está por terminar.
43
De las distintas dependencias estatales, el Ministerio de Comunicaciones,
Infraestructura y Vivienda (CIV) es el que cuenta con la mayor asignación
en este rubro, toda vez que, luego de varias discusiones, el Congreso
finalmente aprobó un total de Q4,189.3 millones, seguido por el renglón que
agrupa a secretarías y otras dependencias del Ejecutivo, cuya asignación
es de Q1,216.7 millones.
A éstos le siguen los ministerios de Agricultura, Ganadería y Alimentación
(MAGA), con Q487,9 millones; de Salud Pública y Asistencia Social
(MSPAS), con Q266,3 millones; y Gobernación, con Q243,5 millones, así
como la cartera de Educación con Q240,4 millones.
Aunque el rubro de inversión es significativo, la mayor parte del
presupuesto está destinada al área de funcionamiento, cuyo monto alcanza
los Q28,257.2 millones, principalmente concentrado en las carteras de
Educación (Q7,347 millones), Salud Pública y Asistencia Social (Q3,471
millones) y Gobernación (Q3,031.7 millones).
El presupuesto 2009 de acuerdo con el Decreto 72-2008, será financiado
principalmente por los ingresos tributarios, pues, según la proyección, los
impuestos representarán unos Q38,448.5 millones.
La estimación del Ministerio de Finanzas, durante la elaboración del
presupuesto, da cuenta que unos Q10,643 millones provendrían de los
impuestos directos, mientras que los restantes serían de ingresos no
tributarios, contribuciones a la seguridad y previsión social, venta de bienes
y servicios de la administración pública y rentas de la propiedad, entre
otras.
44
4) ¿Por qué ya nuestro país ya no se aceptan los recursos públicos en
especie y por servicios?
Los recursos públicos por servicio constituyen un medio de tributar bastante
inusual sin embargo en Guatemala existió durante el Gobierno del general
Ubico, en octubre del 1993 el cual constituyo que si no era pagado en
dinero, el obligado estaba forzado a prestar servicio en mantenimiento y
construcción de caminos vecinales esto se le llamaba "SERVICIO O
TRABAJO DE VIALIDAD".
Otros que ya no se usan son los EN ESPECIE, que son ingresos que
implican dar una cosa u objeto de valor a una serie de bienes de valor que
no sea dinero, estoy correspondieron a la primera época de la economía
natural, actualmente ninguno de los dos se usan en nuestro país.
5) ¿Qué recursos públicos extraordinarios están vigentes a la presente fecha?
Impuesto de Solidaridad (ISSO)
6) Clasifique los siguientes recursos según el origen presupuestarios de los
mismos:
6.1 Impuesto sobre la renta, TRIBUTARIOS
6.2 Boleto de Ornato, INGRESOS PARATRIBUTARIOS
6.3 Cuotas al IGSS, INGRESOS PARATRIBUTARIOS
6.4 Cuota plan de jubilación, INGRESOS PARATRIBUTARIOS
6.5 Regalías petroleras, INGRESOS NO TRIBUTARIOS
6.6 Una donación de Taiwán. INGRESOS ESPECIFICOS
6.7 Alquiler de un edificio Estatal., INGRESOS NO TRIBUTARIOS
6.8 Préstamo otorgado por el BCIE, INGRESOS DE CAPITAL, SECTOR
INTERNO O EXTERNO.
45
Laboratorio No. 2
1) Si es deber de toda persona contribuir a los gastos públicos, ¿Por qué
entonces se utiliza el termino Impuesto y Obligaciones Tributarias
Impuesto: porque es impuesto por el Estado aunque vaya en contra de
nuestra voluntad.
Obligación Tributaria porque es una obligación habilitar libros o extender
facturas.
2) Busque en la ley del timbre un artículo que relacione el Derecho
Tributario con el Derecho Penal, Financiero, Civil, Mercantil
Administrativo, Constitucional e Internacional
Titulo VI
Infracciones Sanciones y Prescripciones
Articulo 29 Numeral 4
3) Sobre el contenido del Derecho Tributario busque en el código tributario
los principios que lo informan ¿Qué normas procesales o instrumentales
regula, que instituciones propias posee, como están organizados las
oficinas encargadas de la recaudación y control de los Tributos:
4) Localice el programa del curso, indique que unidad se refiere al Derecho
Tributario Material o Sustantivo y al Procesal o Instrumental
46
Laboratorio No. 3
1) Identifique en la Ley de Timbre o IVA, donde se encuentran los
principios constitucionales que regulan el fundamento del Derecho
Tributario
El congreso de la República de Guatemala, que dentro de la política
de racionalización y reordenamiento tributario, el Gobierno de la
Republica ha propuesta una nueva ley de Impuesto a Valor
Agregado, que amplía el ámbito de aplicación del tributo, incorpora
nuevos contribuyentes, elimina exenciones, facilita a la
administración tributaria el cumplimiento de sus atribuciones y les
entrega nuevos y más eficientes elementos de control para permitir
al Gobierno cumplir con sus objetivos de desarrollo económico y
social.
2) ¿Cómo influyen las fuentes Reales en la formación del Derecho
Tributario?
Por qué obligan al Estado a emitir normas jurídicas en un momento o
época determinada, como los movimientos ideológicos, las
necesidades económicas, de seguridad justicia.
3) Localice en la ley del Timbre o del IVA el fundamento de la fuente
real, formal e histórica.
4) Busque en este texto una fuente doctrinal y haga un comentario
sobre el mismo:
El Decreto 37-92 es la ley del impuesto a Timbres y Papel sellado
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5) Localice en la Ley del Timbre y Papel Sellado, una Fuente Histórica,
una Real y una formal:
Histórica: Los documentos Notariales Antiguos
Real: La necesidad de recursos para el estado
Formal: El Decreto 37-92
Laboratorio 4
1. Integre los artículos de la ley del Timbre con su reglamento.
2. Integre 3 artículos del Código Tributario que tengan relación con la ley del
Timbre o la ley del IVA.
3. Busque en la Ley del Timbre o del IVA, tres ejemplos de interpretación
auténtica.
ARTICULO 2: Definiciones, ley del IVA
ARTICULO 3: Del hecho generador, ley del IVA
ARTICULO 4: De la fecha de pago del impuesto, ley del IVA
4. Utilizando el método sistemático de interpretación de la ley, busque en la
ley del timbre o del IVA, varios artículos que contengan relación unos con
los otros.
ARTICULO 3: Del hecho generador, ley del IVA
ARTICULO 14: Debito fiscal, ley del IVA
ARTICULO 16: Crédito fiscal, ley del IVA
ARTICULO 19: Del impuesto a pagar, ley del IVA
ARTICULO 4: De la fecha de pago del impuesto, ley del IVA
5. Acceda a la página del directorio de la SAT, busquen en los criterios de sus
resoluciones una decisión en la ley del IVA o del ISR ¿Qué clase de
interpretación es?
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ARTICULO 24: Régimen optativo de la devolución del crédito fiscal, ley del
IVA
(La interpretación es administrativa)
Laboratorio 5
1. Establezca cual fue el origen de la Ley del Timbre e Impuesto al Valor
Agregado:
El Estado debe pues, tener ingresos y es ahí donde se establece la
necesidad de crear TRIBUTOS.
2. Consultando la Constitución Política de la República de Guatemala
determine los artículos que fundamentan el Poder Tributario originario.
ARTICULO 142: De la Soberanía, y el territorio del Estado. CPR
3. Establezca en los artículos de la Constitución las características del poder
tributario (originario, irrenunciable, indelegable, imprescriptible, legal y
limitado).
ARTÍCULO 140: Estado de Guatemala, CPR
ARTICULO 141: Soberanía, CPR
ARTICULO 142: De la Soberanía, y el territorio del Estado. CPR
4. Establezca en las leyes del ISR, IVA y Timbre Fiscales, los artículos en
donde se fundamentan los principios s de legalidad y capacidad contributiva
o de capacidad de pago.
ARTICULO 1: de la materia del impuesto, ley del IVA
49
ARTICULO 3: Del hecho generador, ley del IVA
ARTÍCULO 1 Y 4: de la ley de ISR y el Articulo 3 de la reforma al ISR.
CAPITULO 1: Del objeto del reglamento y sus formas de pago. Codigo
Tributario
5. Establezca en las consideraciones del Código Tributario, Ley del Timbre y
el IVA cual fue la necesidad de crear esos tributos.
CONSIDERANDO. La necesidad de crear las normas reglamentarias, Ley
del timbre.
CONSIDERANDO. Permitirle al gobierno cumplir con sus objetivos de
desarrollo económico y social, ley del Impuesto al Valor Agregado.
CONSIDERANDO. Que el estado tiene como fin supremo la realización del
bien común, Código Tributario.
Laboratorio No. 6
1. Establezca dos diferencias entre los impuesto y las tazas:
a) Los impuestos son recaudados de manera obligatoria en el cual los
contribuyentes pagan impuestos de forma legislada por ley y la tasa es
un medio de ingreso en donde el usuario adquiere un servicio
propiamente del Estado o sus entidades descentralizadas.
b) En el pago de impuestos el Estado no ofrece como contraprestación
ningún servicio personal o individual al contribuyente y las tasas se
pagan a cambio de un servicio que lleva a cabo la Administración y que
los ciudadanos utilizan en su propio beneficio.
2. ¿Por qué las tasas que están reconocidas en la doctrina no las reconoce
como tributos el Código Tributario?.
50
Por qué independientemente del tipo de arbitrio decretado, el
contribuyente percibe directamente el beneficio en la obra a la cual hace
el pago y aporte.
3. Establezca en cualquiera de las leyes fiscales (IVA, ISR o Timbres) los
principios de los impuesto de la justicia, certidumbre, comodidad, economía
y coercitiva:
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
a) Principio de Justicia: La recaudación de este impuesto se ejecuta en
función de la sostenibilidad del Gobierno así también el bien común de
los ciudadanos.
b) Principio de Certidumbre: El impuesto a pagar por cada persona debe
ser realizado en tiempo establecido, forma de evaluación de la cantidad
a pagar, el sujeto y forma de pago.
c) Principio de Comodidad: Este principio aclara que el pago debe
realizarse en época que sea conveniente para el contribuyente realizar
el pago.
d) Principio de Economía: Para la recaudación de tal impuesto el estado
debe resolver emplear un número razonable de funcionaros públicos de
tal manera que los sueldos no consuman la mayor parte de lo
recaudado.
e) Principio Coercitivo: El Estado exige el pago o cumplimiento del
impuesto, estableciendo el uso de su poder tributario.
4. Obtenga un modelo de formulario o documento donde se paga un
impuesto, un arbitrio, una tasa o una contribución especial, y determine las
diferencias y características propias de cada tributo.
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Formulario de pago del ISR: Tributo realizado de forma obligatoria que
grava la renta privada, ya que el Estado exige el cumplimiento de la misma.
Documento pago Boleto de Ornato: Pago de arbitrio por los vecinos con la
finalidad de contribuir al ornato de nuestra ciudad, esta recaudación
municipal se efectúa de forma directa a una comunidad.
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Documento pago de una contribución especial: Estas contribuciones
especiales provienen de una obra pública en beneficio del contribuyente a
incrementar el valor de sus inmuebles.
5. Investigue en la Municipalidad de su localidad los arbitrios que allí se
cobran
a) Boleto de Ornato.
b) Contribuciones Especiales