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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL EXPEDIENTES TÉCNICOS OBJETIVO: En todas las obras públicas, sin excepción, sean por la modalidad de contrato o convenio(o en cargo) o por ejecución presupuestaria directa (también conocidas como administración directa), independientemente de su monto (menor cuantía, adjudicación directa selectiva, adjudicación directa pública, licitación pública) del sistema de contratación(a suma alzada o a precios unitarios) de la modalidad de ejecución (llave en mano o concurso oferta), etc. Deben contar con el expediente técnico completo y debidamente aprobado con resolución previo a la ejecución de la obra. FINALIDAD: Formalizar y ordenar el procedimiento técnico para la correcta elaboración de los expedientes técnicos en la ejecución de obras y adecuar el mismo a la normatividad vigente. Facilitar la evaluación y control de la eficiencia de los expedientes técnicos presentados ante la municipalidad Provincial de Pacasmayo. ¿QUÉ ES UN EXPEDIENTE TÉCNICO? Consiste en la preparación de los documentos técnicos necesarios para proceder con la construcción de la obra,

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trabajo de construcciones 1

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANOESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERA CIVIL

EXPEDIENTES TCNICOSOBJETIVO: En todas las obras pblicas, sin excepcin, sean por la modalidad de contrato o convenio(o en cargo) o por ejecucin presupuestaria directa (tambin conocidas como administracin directa), independientemente de su monto (menor cuanta, adjudicacin directa selectiva, adjudicacin directa pblica, licitacin pblica) del sistema de contratacin(a suma alzada o a precios unitarios) de la modalidad de ejecucin (llave en mano o concurso oferta), etc. Deben contar con el expediente tcnico completo y debidamente aprobado con resolucin previo a la ejecucin de la obra.

FINALIDAD: Formalizar y ordenar el procedimiento tcnico para la correcta elaboracin de los expedientes tcnicos en la ejecucin de obras y adecuar el mismo a la normatividad vigente.Facilitar la evaluacin y control de la eficiencia de los expedientes tcnicos presentados ante la municipalidad Provincial de Pacasmayo.

QU ES UN EXPEDIENTE TCNICO? Consiste en la preparacin de los documentos tcnicos necesarios para proceder con la construccin de la obra, adquisicin de equipos o maquinarias, montaje de planta, implementacin de personal y realizacin de actividades conexas.QU CONTIENE UN EXPEDIENTE TCNICO? EN GENERAL Por ser el estudio detallado de un proyecto de inversin, todo expediente tcnico contiene memoria descriptiva, clculos justificados, presupuesto de la obra, metrado, anlisis de costos unitarios, cronograma valorizado de ejecucin de la obra, planos, etc.

BASE LEGAL: - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto (Ley N 28411)- Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica (Ley N27293) y susmodificatorias Ley 28522 y Ley 28802- Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de inversin Pblica (D.S N 102-2007-EF).- Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contralora General de laRepblica (Ley N 27785).- Resolucin de Contralora N 195-88-CG Aprueba Normas que regulan laejecucin de Obras por Administracin Directa.- Ley de Contrataciones del Estado(Ley N 29873) que modifica el DecretoLegislativo N 1017.- Reglamento de la ley de Contrataciones del estado (Decreto Supremo N 138-2012-EF) que modifica el D.S N 184-2008-EF.- Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N 27444).- Ley Orgnica de Municipalidades (Ley N 27972).- Formulas Polinmicas D.S N 011-79-VC- Resolucin de contralora N 196-2010, que aprueba la Directiva N 002-2010-CG/OEA Control Previo externo de las prestaciones adicionales de obra.Expediente tcnico en subsistema de distribucin primaria y sistemas de utilizacin ESTA CONSTITUIDO POR: a) Memoria Descriptiva. b) Especificaciones tcnicas de equipos, materiales y de montaje. c) Planos del recorrido de las lneas primarias. d) Planos con detalles de montaje e) Clculos justificativos elctricos y mecnicos. f) Cronograma de obra y plazo de ejecucin de obra.Expediente Tcnico en Subsistema de Distribucin Secundaria e Instalaciones de Alumbrado de Vas Pblicasa) Memoria Descriptiva.b) Especificaciones tcnicas de equipos, materiales y de montaje.c) Planos del recorrido del subsistema de distribucin secundariad) Planos con detalles de montaje de estructuras y unidades de alumbrado pblicoe) Clculos justificativos de demanda mxima de los circuitos, cada de tensin en los circuitos principales y derivados, nivel de iluminacin en las vas, parques y plazas.f) Diagramas de distribucin de cargas en cada circuito.g) Metrado y Presupuesto.h) Cronograma y plazo de ejecucin de obra.

DEFINICION DE EXPEDIENTE TECNICO:

El numeral 24 del nexo de definiciones del D.S N 138-2012-EF que modifica el D.S N 184-2008-EF.

EXPEDIENTE TECNICO DE OBRA: El conjunto de documentos que comprende: memoria descriptiva, especificaciones tcnicas, planos de ejecucin, metrados, presupuesto de obra, valor referencial, anlisis de precios, calendario de avance de obra valorizado, formulas polinmicas y, si el caso lo requiere , estudio de suelos, estudio geolgico, de impacto ambiental u otros complementarios.

La norma para Obras por Ejecucin Presupuestaria Directa (administracin Directa) vigente Resolucin de Contralora N 195-88-CG del 18.07.88 establece en su artculo 1 numeral 3 lo siguiente: 3. Es requisito indispensable para la ejecucin de estas obras contar con el expediente tcnico aprobado por el nivel competente, el mismo que comprender bsicamente lo siguiente: memoria descriptiva, especificaciones tcnicas, planos, metrados, presupuesto base con su anlisis de costos y cronograma de adquisiciones de materiales y de ejecucin de obra

MEMORIA DESCRIPTIVA GENERALIDADES La Memoria Descriptiva busca presentar el Proyecto a un tercero de manera resumida, en el cual se pueda observar las caractersticas del mismo y sus alcances. Brinda una visin general sobre la ejecucin lgica de los distintos trabajos que se realizan en un proyecto, los antecedentes, ubicacin del proyecto, objetivos, justificacin, clima, vas de acceso, financiamiento del proyecto, plazos de ejecucin, costo final del proyecto, as como la relacin de beneficiarios. CONTENIDO DE LA MEMORIA DESCRIPTIVA-GENERALIDADES. En esta parte de debe plantear la ubicacin del proyecto y los antecedentes, as como mencionar quin el profesional a cargo del proyecto.-ALCANCE DEL PROYECTO. Se explica la naturaleza del proyecto.DESCRIPCIN DEL PROYECTO. En esta parte se realiza una descripcin ms detallada de los alcances del proyecto, sealando las caractersticas del sistema, demanda mxima, tipo de suministro, etc. -PLANOS. Se describen la naturaleza de los contenidos de los planos para su fcil identificacin. -BASES DE CLCULO. Se explican las consideraciones tomadas para la justificacin del clculo obtenido.

NORMAS VIGENTES: Ley de Contrataciones del Estado (Ley N 29873) que modifica el Decreto Legislativo N 1017.En su Art. 13 Caractersticas tcnicas de los bienes, servicios y obras a contratar. Sobre el plan anual de contrataciones, el rea usuaria deber requerir la contratacin de los bienes, servicios u obras, teniendo en cuenta los plazos de duracin los establecidos para cada proceso de seleccin, con el fin de asegurar la oportuna satisfaccin de sus necesidades.- Al plantear su requerimiento, el rea usuaria deber describir el bien, servicio u obra a contratar, definiendo con precisin su cantidad y calidad, indicando la finalidad pblica para la quin debe ser contratado.- Las formulaciones de las especificaciones tcnicas deber ser realizada por el rea usuaria en coordinacin con el rgano encargado de las contrataciones de la entidad, evaluando en cada caso las alternativas tcnicas y las posibilidades que ofrece el mercado para la satisfaccin del requerimiento.- Las especificaciones tcnicas deben cumplir obligatoriamente con los reglamentos, normas metro lgicas y/o sanitarias nacionales si las hubiera.- En el caso de obras, adems, se deber contar con la disponibilidad fsica delTerreno o lugar donde se ejecutar la misma y con el expediente tcnicoAprobado, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el reglamento... En su Art. 26 Condiciones mnimas de las Bases:

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL: - Ley de Contrataciones del Estado (Ley N 29873) que modifica el DecretoLegislativo N 1017.Artculo 41- Prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones: (Tercer Prrafo)- La Norma G.030: derechos y Responsabilidades aprobada por el D.S N 011-2006-Vivienda.Art. 1.Captulo III. De los profesionales responsables del Proyecto: Artculo 10 al artculo 16; artculo 19, 20, 21 y 50

ESPECIFICACIONES TCNICAS GENERALIDADES La elaboracin del expediente recae en el Ingeniero Proyectista, quin debe respetar los criterios de ingeniera correspondientes as como la normatividad del caso.CONTENIDO DE LAS ESPECIFICACIONES Se conoce como especificaciones al conjunto de dimensiones y caractersticas tcnicas que definen completamente a una instalacin y a todos los elementos que la componen. Las especificaciones deben cumplir con las normas respectivas y no deben dar lugar a confusiones o interpretaciones mltiples.CONTENIDO DE LAS ESPECIFICACIONES En la medida que una norma aplicada en de carcter general, las especificaciones pueden ser ms exigentes, ya que se trata de un objetivo determinado que debe cumplirse en el conjunto del diseo.CONTENIDO DE LAS ESPECIFICACIONES Las especificaciones tcnicas abarcan los aspectos de: Materiales Equipos Montaje Acabados Operacin I) MATERIALESII) EQUIPOSC. METRADO Y PRESUPUESTO ConstrucSoft ElectromecnicoGENERALIDADES La caracterstica importante en el metrado es la de identificar correctamente la unidad de medida de cada elemento, as como la cantidad que se debe agregar por razones de mermas. Con relacin al presupuesto del proyecto hay que considerar en cualquiera de los mtodos establecidos la identificacin delos costos operativos y de gestin, as como los tiempos ptimosD. CRONOGRAMA Y PLAZO DE EJECUCINGENERALIDADES Es de vital importancia para la elaboracin del cronograma la identificacin de los procesos constructivos ms ptimos, pues ello redunda en un mejor rendimiento del proyecto.GENERALIDADES La eleccin de los proceso constructivos a que hubiera lugar en el transcurso del proyecto definen la tecnologa del mismo, pidindose optar entre otras cosas por empleo de maquinaria o mano de obra intensiva.GENERALIDADES Existen programas de software que facilitan la mejor programacin de las actividades secuenciales, y la identificacin de las rutas crticas, as como un mejor control de su ejecucin.Cronograma de ejecucin La ruta crtica o del camino crtico es un mtodo utilizado para el clculo de tiempos y plazos en la planificacin de proyectosE. CLCULOS JUSTIFICATIVOSGENERALIDADES Estos clculos son estrictamente tcnicos y permiten realizar la verificacin de los elementos seleccionados para que se cumplan los requisitos tcnicos y normativos especficos.GENERALIDADES Para estos efectos se deben sealar claramente las consideraciones tcnicas adoptadas, as como las establecidas por la autoridad competente, a fin de identificar los supuestos de clculo.F. PLANOS DE DETALLEGENERALIDADES Los planos de detalle buscan facilitar el montaje as como verificar el cumplimiento de parte del ejecutante del proyecto de las especificaciones sealadas en ellos.GENERALIDADES El nivel de detalle a sealar en los planos corresponde a la necesidad de sealar las caractersticas especficas de una instalacin para su correcta interpretacin.Por qu es importante conocer las partes de un expediente tcnico? Porque, como ciudadanos y futuros ingenieros, necesitamos la informacin que nos permita tener una visin general de la obra o proyecto de inversin que se ejecuta, para realizar una efectiva vigilancia. Adems, el expediente tcnico es una parte fundamental dela fase de inversin de los proyectos de inversin pblica.

TIPOS DE EXPEDIENTES TECNICOS: 1 ANALISIS DE COSTOS UNITARIOS

A)Mano de Obra:En obra por contrata.- El costo de hora-hombre considera el rgimen laboral de construccin civil.En obras por Administracin Directa.- por lo general el costo hora-hombre considera el rgimen laboral que corresponde a los gobiernos central, regional y local, considerando ubicacin geogrfica, debidamente sustentado y que considere los costos de la zonaB)Materiales:En obras por Contrata.- El precio de los materiales es sin IGVEn obras por Administracin Directa.- El precio de los materiales es con IGV.C)Equipos de construccin:En obras por contrata.- El costo de hora-maquina considera el costo de posesin y costo de operacin. As tambin los costos de operacin no incluyen el IGV (costo de combustible, costo de lubricantes, costo de neumticos etc.)En obras por administracin directa.- El costo de hora maquina considera solo el costo de operacin. Estos costos de operacin incluyen el IGV (costo de combustible, costo de lubricantes, costo de neumticos etc.).

2 GASTOS GENERALES A)Gastos Generales FijosEn obras por contrata.- Por ejemplo se considera costos de compras de bases, gastos notariales etc.En obras por administracin directa.- Por ejemplo no se consideran los costos de compra de bases, gastos notariales etc.B)Gastos generales VariablesEn obras por contrata.- por ejemplo se considera costos financieros de las garantas (de seriedad de oferta, de fiel cumplimiento, por los adelantos).En obras por administracin directa.- No se consideran costos financieros dado que en estas obras no hay garantas.

3 UTILIDAD

En obras por contrata.- Si se considera.En obras por administracin directa.- No se considera.4. PRESUPUESTO

En obras por contrata.- Slo se considera un presupuesto tcnico.En obras por administracin directa.- Se considera en presupuesto tcnico y unPresupuesto analtico (por especifica de gasto y componente presupuestal).

5. IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS

En obras por contrata.- se aplica sobre el total de los costos directos ms indirectos.En obras por administracin directa.- No es aplicable

6. CRONOGRAMAS

En obras por contrata.- la norma establece un cronograma de ejecucin de obra concordante con el plazo de obra establecido en el expediente tcnico.En obras por administracin directa.- se deben considerar los siguientes cronogramas en el expediente tcnico: Cronograma de ejecucin de obras y cronograma de adquisicin de materiales.

TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACION DEEXPEDIENTES TECNICOS

Los trminos de referencia (TDR) para la elaboracin de expedientes tcnicosTienen como objetivo definir en el mbito general los requerimientos, elementos,Condiciones y resultados de los estudios definitivos y dems componentes delExpediente, en sus fases tcnicas y asegurar un producto integral que con lleve a la buena ejecucin de la obra pblica.Son una herramienta de consulta y orientacin conceptual y metodolgica paraMejorar la gestin manejo y desempeo de la ejecucin de las obras pblicas.Contienen la siguiente estructura:- Antecedentes- Objetivos- Alcances- Actividades principales- Producto esperado- Requisitos del consultor- Requisitos y/o calificacin del personal del consultor.- Requisitos y/o caractersticas de los equipos necesarios para el estudio.As por ejemplo en los TDR se considerara lo siguiente:

1 Levantamientos Topogrficos: Se efectuaran mediante estacin total digital por coordenadas geogrficas y de UTM referidas al sistema IGN y a un BM oficial existente y a escala, con equidistancia de las curvas de nivel adecuadas a su fin como se indican a continuacin:- Deber presentar la ficha expedida por el IGN, sobre la ubicacin del BM oficial empleado.- Levantamiento topogrfico de las obras a ejecutar tomando como referencia lo existente en el distrito, anexando a este las ampliaciones actuales y futuras a escala conveniente y con curvas de nivel que equidisten 1.00 metro.- Poligonal bsica, clculo de coordenadas UTM y nivelacin diferencial.

2 Estudio de Suelos: Se efectuarn calicatas para el examen de las caractersticas de los suelos que atravesaran las tuberas as como aquellas que comprometern las estructuras del proyecto. El nmero y profundidad de las mismas sern determinadas por el consultor, en coordinacin con la entidad,Con relacin a la naturaleza y condiciones del diseo de las estructuras y/o tuberas consideradas y las particularidades del terreno, de forma de garantizar un adecuado y suficiente conocimiento de las condiciones de cimentacin y permitir con suficiente precisin el metrado de los distintos tipos de suelos que encontrar el contratista durante la ejecucin de las obras, as como adoptar las soluciones tcnicas apropiadas durante el diseo.

3 Estudio de impacto ambiental: Deber identificar los potenciales impactos positivos y negativos que generara el proyecto en sus diferentes etapas: diseo, construccin, operacin y mantenimiento proporcionando los lineamientos a seguir para la mitigacin de los efectos negativos que podran darse. El consultor deber presentar el EIA en un original (original y 1 copia) debidamente sustentado y firmado por el consultor.

CONTENIDO DEL EXPEDIENTE TECNICO.

A) Memoria Descriptiva: Es la descripcin detallada del proyecto.Bsicamente consta de lo siguiente:- Antecedentes- Objetivo del Proyecto- Ubicacin del Proyecto- Evaluacin General- Descripcin del Proyecto- Conclusiones y recomendaciones- Anexos: croquis, fotos etc.B) Los Estudios Bsicos B.1)Estudio de mecnica de suelos (EMS)B.2)Estudio topogrficos y/o levantamientoB.1)Estudio de mecnica de suelos (EMS): Normativamente con respecto a los EMS tenemos, entre otros, lo siguientes:- Norma E.050 de suelos y cimentaciones para obras de edificacin, norma integrante de D.S N 011-2006-Vivienda (reglamento nacional de edificaciones)- D.S 011-2006-Vivienda, que contiene la norma G.030 derechos y responsabilidades, articulo 20B.2)Estudio Topogrficos (ET): la topografa es fundamental en cualquier proyecto, puesto que en base a sta los diseadores plantean niveles para las cimentaciones, desniveles entre bloques de edificaciones etc.Una topografa deficiente puede significar la alteracin de todo un diseo elaborado, implicando mayores obras, prdida de tiempo, trmites administrativos de modificacin etc.Las etapas que involucran son:- trabajos de campo- trabajos de gabinete- informe final

C) ESTUDIOS ESPECIFICOS: Dependiendo del tipo de obra a realizar la entidad en los trminos de referencia debe sealar los estudios especficos que considera indispensables, debiendo precisar tambin el nivel de anlisis de los mismos.1. Para carreteras

- Canteras- Estabilidad de taludes- Impacto ambiental- Densidad de trfico- Hidrologa, etc.2. Para canales de concreto- Canteras- Estabilidad de taludes- Impacto ambiental- Partculas en suspensin de agua- Hidrologa- Arcillas expansivas, etc.3. Para edificaciones en zona arenosa - Grado de compacidad de la arena - Potencial de licuefaccin, etc.4. Para EdificacionesEstos estudios especficos tienen las siguientes etapas:Trabajos de campoTrabajo (ensayos) de laboratorio y/o gabinete (programas)Informe final

D) Los Planos: los planos son la representacin en dos dimensiones de elementos de tres dimensiones, y contienen los diseos (arquitectura, estructuras, instalaciones, etc.) que se ejecutaran en obra, por lo tanto deben contener la informacin suficiente que posibilite sin duda alguna ejecutar las citadas obras. Los planos deben ceirse a escalas normadas (reglamento de licencias de construccin) o exigencias de los trminos de referencia.E) Especificaciones Tcnicas: Segn lo establecido en el reglamento de la ley de Contrataciones D.S 138-2012-EF, anexo de definiciones N 21 se define:Descripciones elaboradas por la entidad de las caractersticas fundamentales deLos bienes, suministros u obras a contratar.La estructura de una especificacin tcnica es:- Descripcin de los trabajos- Mtodo de construccin- Calidad de los materiales- Sistema de control de calidad- Mtodo de medicin- Condiciones de pago.F) Metrados: Segn lo establecido en el reglamento de la ley de Contrataciones D.S 138-2012-EF, anexo de definiciones N 31se define: es el clculo o la cuantificacin por partidas de la cantidad de obra a ejecutar.G) Anlisis de Costos Unitarios:

A) Mano de Obra:

En obra por contrata.- El costo de hora-hombre considera el rgimen laboral de construccin civil. En obras por Administracin Directa.- Por lo general el costo hora-hombre considera el rgimen laboral que corresponde a los gobiernos central, regional y local, considerando ubicacin geogrfica, debidamente sustentado y que considere los costos de la zona

H) Los Costos Indirectos: los gastos indirectos son dos gastos generales y utilidad.El consultor debe tener presente que tanto las obras por contrata como por administracin directa tienen gastos generales (fijos y variables) pero indudablemente difieren en una serie de conceptos y rubros.

I) Presupuesto de obra (Valor referencial): En los artculos 13, 14, 15 y 16 del D.S N 138-2012-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se establecen los alcances normativos sobre el valor referencial, que para efectos de obras corresponde al presupuesto de obra.

J) Cronograma de ejecucin de Obra: En trminos estrictamente tcnicos el cronograma de ejecucin de obra se desprende de la programacin de obra PertCPM, empero en trminos prcticos tambin es posible formular el cronograma, representndolo como el diagrama de barras Gant. En una obra debe haber tantos cronogramas de obra como formulas poli nmicas.PLANOS

Los proyectos elaborados por los profesionales responsables deben cumplir con requisitos de informacin suficiente para:Permitir al propietario reconocer que la informacin contenida en los planos y especificaciones corresponde a sus necesidades.Comprender los alcances y caractersticas del proyecto por parte de las comisiones tcnicas calificadoras de proyectos o de quien haga sus veces.Lograr que el constructor cuente con todos los elementos que permitan estimar el costo de la edificacin y posteriormente ejecutarla sin contratiempos.El proyecto integral consta de los siguientes proyectos:El Proyecto de Arquitectura para edificaciones debe contener la siguiente informacin:Plano de localizacin y ubicacin.Planos de distribucin por niveles.Planos de elevaciones.Planos de cortes por los elementos de circulacin.Planos de detalles constructivos.Planos de seguridad.

El plano de localizacin y ubicacin debe contener la siguiente informacin:Informacin de seccin de las vas frente al terreno, distancia a la esquina ms cercana, norte magntico, altura y zonificacin de los terrenos colindantes, rboles y postes, indicacin del nmero de niveles de la edificacin.Cuadro de reas y de parmetros urbansticos y edificatorios exigibles para edificar en el predio.Los planos de distribucin por niveles del proyecto de arquitectura deben contener, en lo que sea pertinente, la siguiente informacin:Niveles de pisos terminados.Dimensiones de los ambientes.Indicacin de los materiales de acabados.Nombres de los ambientes.Mobiliario fijo.Amueblamiento, cuando se trate de dimensiones mnimas o sea necesario para entender el uso.Si se trata de ampliacin o remodelacin, los planos deben contener la identificacin de la obra nueva y de la obra existente.

Los planos de seguridad deben contener la siguiente informacin:Rutas de escape e identificacin de salidas.Ubicacin de luces de emergencia.Ubicacin de extintores, gabinetes contra incendio, y elementos de deteccin.Sealizacin.Zonas de seguridad.

El Proyecto de Estructuras para edificaciones debe contener la siguiente informacin:Plano de cimentacin con referencia al estudio de suelos.Plano de armadura de cada techo indicando niveles y cargas de diseo.Planos de columnas y placas.Planos de vigas y detalles.

El Proyecto de Instalaciones Elctricas para edificaciones debe contener la siguiente informacin:Plano de iluminacin y toma de corrientes por niveles.Plano de diagramas de tableros elctricos.Plano de medidores de banco de medidores.Plano de detalles constructivos.

El Proyecto de Instalaciones Sanitarias para edificaciones debe contener la siguiente informacin:Planos de distribucin de redes de agua y desage por niveles.Planos de isometra y montante. Plano de detalles constructivos.

METRADOS

El metrado es el documento que en forma ordenada muestra las cantidades de los diversos elementos y trabajos correspondientes a cada una de las partidas o subpartidas, en algunos casos que conforman los presupuestos de construccin de obras. Las partidas son agrupadas en rubros genricos concernientes a trabajos homogneos, tales como movimiento de tierras, concreto armado, muros y tabiques, revoques, carpintera de madera, revoques. Cada rubro a su vez se desagrega en partidas, por ejemplo: el de concreto armado se divide en partidas correspondientes a zapatas, columnas, vigas, techos. Incluso cada partida se divide en sub partidas, como las que corresponde a concreto armado: Encofrado, acero de refuerzo y concreto. Las unidades de medida sern expresadas con los siguientes smbolos y abreviaturas:Metro : m.Metro cuadrado : m2Metro cbico : m3Pie cuadrado : p2Unidad : Un.Pieza : Pza.Global : Gb.Punto : Pto.Pares : pares

PRESUPUESTO BASE

Es el costo estimado aprobado por la entidad para la contratacin de obras, sobre la base de los precios de mercado obtenidos mediante estudios e indagaciones y que est referido al objeto de adquisicin o contratacin. La entidad calcular el valor referencial incluyendo todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo de la ejecucin de la obra a contratar. En el caso de ejecucin de obras el valor referencial ser el que establezca el expediente tcnico.

ANLISIS DE PRECIOS UNITARIOS O COSTOS DIRECTOS

Es la sumatoria de recursos o aportes de mano de obra y/o materiales y/o equipos y herramientas, afectados por el precio unitario correspondiente, lo cual determina obtener un costo total por unidad de medida de dicha partida.

ANLISIS DE GASTOS GENERALES Son aquellos costos que no pueden aplicarse a una partida especfica porque tiene incidencia sobre todo el costo de la obra. Estos costos indirectos son:Gastos generales y Utilidad.

GASTOS GENERALES.

Son los gastos que debe efectuar el contratista durante la construccin, derivados de la propia actividad empresarial del mismo, por lo cual no pueden ser incluidos dentro de las partidas de laobra.Se dividen en: Gastos generales fijos. Son los gastos generales no relacionados con el tiempo de ejecucin de la obra es decir que slo ocurren una vez no volviendo a gastarse aunque la obra se ample en su plazo original:

a) Gastos de licitacin:UTILIDAD.

Es el monto que percibe el contratista por ejecutar la obra. Este monto forma parte del movimiento econmico general de la empresa con objeto de dar dividendos, capitalizar, reinvertir, pagar impuestos relativos a la misma

FRMULA POLINMICA

Es la representacin matemtica de la estructura de costos de un presupuesto y est constituida por la sumatoria de trminos denominados monomios, que consideran la participacin de los principales recursos dentro del costo o presupuesto tal de la obra.

CALENDARIO DE EJECUCIN

Es un grfico que indica el nmero de orden de cada partida, ste nmero de orden de cada partida puede ser el del presupuesto. Tambin se indica la unidad de la partida y sus respectivos metrados. Para obras de tiempo corto de ejecucin se acostumbra fijar plazos en das hbiles y para obras de larga duracin en das calendario.

ESTUDIO DE SUELOS

El estudio de suelos es un conjunto de exploraciones e investigaciones de campo, ensayos de laboratorio y anlisis de gabinete que tienen por objeto estudiar el comportamiento de los suelos y sus respuestas ante las solicitaciones estticas y dinmicas de una edificacin. La informacin del estudio de mecnica de suelos es vlida solamente para el rea y tipo de obra indicadas en el informe. Los resultados e investigaciones de campo y laboratorio, as como el anlisis, conclusiones y recomendaciones del estudio de mecnica de suelos solo se aplicarn al terreno y edificaciones comprendidas en el mismo.Parmetros de diseo para la cimentacin, como la profundidad de cimentacin, presin admisible, factor de seguridad por corte y asentamiento diferencial o total.Agresividad del suelo a la cimentacin

PRESENTACION DE EXPEDIENTE TECNICO.El expediente tcnico deber ser presentado en 1 original y 3 copias; y en soporte magntico en una unidad de CD.El expediente deber ingresar por mesa de partes de la entidad conteniendo lo siguiente:Carta dirigida al titular de la entidad describiendo lo que se adjunta (01 original y un medio magntico)Los documentos en medio magnticos debern ser elaborados con editores de textos y hoja de clculo.Plazo de Revisin del expediente ser de 20 das, en caso de revisin de observaciones se ser 12 das.Expediente Tcnico de Obra.- Es el conjunto de documentos que comprende: memoria descriptiva, especificaciones tcnicas, planos de ejecucin de obra, metrados, presupuesto, fecha de determinacin del presupuesto de obra, valor referencial, anlisis de precios, calendario de avance, frmulas polnmicas, y, si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geolgico, de impacto ambiental u otros complementarios.

Habiendo revisado las normas del SNIP, de contrataciones del Estado, del Sistema Nacional de Control y las tcnicas dictadas por la Direccin Nacional de Construccin, todas referidas a las obras pblicas y especficamente al concepto de expediente tcnico puede concluirse:

a)La legislacin nacional revisada no es unvoca respecto de la definicin de Expediente Tcnico y de los documentos que ste comprende, en todo caso, puede tomarse como vlidas las definiciones hechas por la Contralora General de la Repblica[6]y la Direccin Nacional de Construccin del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento:

Expediente Tcnico (ET) es el conjunto de documentos que incluye:memoria descriptiva,especificaciones tcnicas, planos de ejecucin de obra, metrados, valor referencial (presupuesto de obra), anlisis de precios unitarios, calendario valorizado de avance de obras, frmulas polinmicas. Adicionalmente, puede incluir si as se determina tcnicamente: estudios de suelos, estudio geolgico, estudio de impacto ambiental, estudio bsico de ingeniera, u otros complementarios. b)El SNIP y las normas de contrataciones, son contradictorios y contrapuestos entre s: En principio ninguna de ellas ha incluido en las etapas definitorias para la ejecucin de una obra la necesidad de la ejecucin de un anteproyecto. Asi mientras en la definicin de Expediente Tecnico (ET) que realiza el SNIP ste incluye a las Bases, en las normas de contrataciones ste es parte de las Bases. -La evaluacin de viabilidad de un proyecto de inversin pblica (PIP) es un ejercicio econmico, as se enuncia en los fines y objetivos de las normas del SNIP y con mas detalle en las guas de evaluacin del SNIP, determina un monto de inversin por el cual una obra pblica puede resultar rentable para la sociedad y por lo tanto puede ser sujeta de priorizacin para su ejecucin, es tambin, y por ello, un sistema que apoya la correcta planificacin de la ejecucin de la inversin y gasto del Estado.

Para que un PIP se encuentre debidamente dimensionado requerir estudiar varios detalles tcnicos y de costos, pero el alcance de estos estudios es limitado, cabe recordar que el enfoque de la evaluacin del SNIP es econmico, igualmente se requerir analizar ciertos elementos descriptivos de la obra pblica, pero el alcance de acuerdo a la reglamentacin es limitado, por ello, segn el propio SNIP es el expediente tcnico el que define la ingeniera necesaria, sus costos y otros elementos necesarios para que la construccin se ejecute, evidentemente, estos detalles y costeos mas precisos podrn arrojar un resultado numrico distinto al indicado para el SNIP, que como indicamos, slo tiene una finalidad econmica y de planificacin.

Aqu surge una primera constatacin, la legislacin abiertamente prefiere la lectura econmica a la tcnica estableciendo techos al gasto presumiendo que es mas importante que se cautelen los fondos pblicos frente al resultado de una obra que tendr utilidades sociales, presume tambin que superado un lmite de gasto se pierde la utilidad social, o mejor dicho desaparece, y que la necesidad social podra quedar descubierta.Sin perjuicio de lo dicho corresponde resaltar que las normas del SNIP obligan a que el ET se ajuste a los parmetros del estudio que declar la viabilidad del PIP.

Es el conjunto de documentos que comprende:

a.Memoria descriptiva,b.Especificaciones tcnicas,c.Planos de ejecucin de obra,d.Metrados,e.Valor referencial (presupuesto de obra),f.Anlisis de precios unitarios,g.Calendario valorizado de avance de obras,h.Frmulas polinmicas,

si el caso lo requiere, se puede incluir:

i.Estudios de suelos,j.Estudio geolgico,k.Estudio de impacto ambiental,l.Estudio bsico de ingeniera, u otros complementarios.

En el expediente tecnicose define y sustenta el objeto, costo, plazo, caractersticas y otras condiciones necesarias para adecuada ejecucin de la obra en particular por ejecutar, por lo que su elaboracin debe contar con el respaldo tcnico necesario, verificando que corresponda a su naturaleza y condiciones especiales de la ley.

Artculo 10.- Funciones y responsabilidades de la Unidad Ejecutora

10.1 La UE tiene las siguientes funciones:

a. Ejecuta el PIP autorizado por el rgano Resolutivo, o el que haga sus veces.

b. Elabora el estudio definitivo, expediente tecnicou otro documento equivalente, supervisa su elaboracin, cuando no sea realizado directamente por este rgano.

c. Tiene a su cargo la evaluacin ex post del PIP.

10.2 La UE tiene las siguientes responsabilidades:

a. Ceirse a los parmetros bajo los cuales fue otorgada la viabilidad para elaborar directa o indirectamente los estudios definitivos, expedientes tecnicosu otros documentos equivalentes as como en la ejecucin del PIP, bajo responsabilidad de la autoridad que apruebe dichos estudios.

b. Elaborar el Informe de Consistencia del Estudio Definitivo o expediente tecnciodetallado (Formato SNIP-15) y el Informe de Cierre del PIP (Anexo SNIP-24).

Artculo 20.- Declaracin de viabilidad

()

20.3 La Unidad Ejecutora, bajo responsabilidad, deber ceirse a los parmetros bajo los cuales fue otorgada la viabilidad para disponer la elaboracin y/o elaborar los estudios definitivos, expedientes tecnicos u otros documentos equivalentes, as como en la ejecucin del PIP.

Asimismo, la declaracin de viabilidad obliga a la Entidad a cargo de la operacin del proyecto, al mantenimiento del mismo, de acuerdo a los estndares y parmetros aprobados en el estudio que sustenta la declaracin de viabilidad del Proyecto y a realizar las acciones necesarias para la sostenibilidad del mismo.

Artculo 23.- Fase de Inversin

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23.2 La fase de inversin comprende la elaboracin del Estudio Definitivo, expediente tecnicou otro documento equivalente, y la ejecucin del PIP. Las disposiciones establecidas en la presente Directiva para los estudios definitivos o expedientes tcnicos tambin son de aplicacin a los trminos de referencia, especificaciones tcnicas u otro documento equivalente que se requiera para la ejecucin del PIP, conforme al marco legal vigente.

Artculo 24.- Elaboracin del Estudio Definitivo o Expediente Tecnico Detallado

24.1 La elaboracin de los estudios definitivos o expedientes tcnicos detalladosdebe ceirse a los parmetros bajo los cuales fue otorgada la declaracin de viabilidad y observar el cronograma de ejecucin del estudio de preinversin con el que se declar la viabilidad.

24.2 Los trminos de referencia para la elaboracin del Estudio Definitivo o expediente tecnicodetallado deben incluir como Anexo, el estudio de preinversin mediante el cual se declar la viabilidad del PIP y la Ficha de Registro de Variaciones en la Fase de Inversin (Formato SNIP-16) o el Informe Tcnico de verificacin de viabilidad y su respectivo Formato, segn corresponda.

24.3 Para efectos de lo dispuesto en el artculo 25, luego de culminado el Estudio Definitivo o expediente tcnico detallado, la UE remite al rgano que declar la viabilidad, el Formato SNIP-15 debidamente llenado y suscrito, en el que informa que existe consistencia entre el Estudio Definitivo o expediente tcnico detallado y el estudio de preinversin por el que se otorg la viabilidad, en los aspectos siguientes: objetivo del PIP; monto de inversin; localizacin geogrfica y/o mbito de influencia; alternativa de solucin; metas asociadas a la capacidad de produccin del servicio, tecnologa de produccin y plazo de ejecucin; adems de consignar las frmulas de reajuste de precios cuando correspondan, y la modalidad de ejecucin del PIP. En el caso de los PIP con endeudamiento el Formato SNIP-15 se remite a la DGPM con la opinin previa favorable de la OPI sectorial respectiva.

24.4 Recibido el Formato SNIP-15 y como requisito previo a la aprobacin del Estudio Definitivo o expediente tcnico detalladopor el rgano que resulte competente, el rgano que declar la viabilidad registra en el Banco de Proyectos, en el plazo mximo de 3 das hbiles, la informacin siguiente: el monto de inversin; plazo de ejecucin; la modalidad de ejecucin del PIP y las frmulas de reajuste de precios en los casos que sea aplicable. La UE es exclusivamente responsable por la informacin que consigne en el Formato SNIP-15, el mismo que tiene carcter de declaracin jurada, y el registro a que se refiere la presente disposicin, no implica aceptacin o conformidad al contenido del mismo.

24.5 Las disposiciones relacionadas al Formato SNIP-15 no son de aplicacin a los Programas de Inversin ni al conglomerado en s mismo, sino a los PIP que los integren.

24.6 En los expedientes tcnicos detalladosde los PIP que no sean ejecutados mediante contratacin pblica, debern establecerse las frmulas de reajuste de precios, por lo que las variaciones que se efecten a los precios originales del expediente tcnico sern ajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la frmula o frmulas polinmicas, los ndices Unificados de Precios de la Construccin que publica el Instituto Nacional de Estadstica INEI. Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas se sujetan a las disposiciones de la normatividad de la materia. En los PIP que se ejecuten mediante contratacin pblica, se aplican las disposiciones de la normatividad de contrataciones del Estado.

24.7 Los registros y evaluaciones a que se refiere el presente artculo y el artculo 27, que se realicen durante la etapa de elaboracin del expediente tcnico detallado o estudio definitivo debern efectuarse previamente al registro del Formato SNIP 15 respectivo, cuando corresponda.

Artculo 25.- Ejecucin del Proyecto

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25.3 Durante la ejecucin del proyecto, la UE deber supervisar permanentemente el avance del mismo, verificando que se mantengan las condiciones y parmetros establecidos en el estudio definitivo y que se mantenga el cronograma previsto en el Estudio Definitivo o expediente tecnicodetallado. Es responsabilidad de la UE informar oportunamente sobre los cambios que se den en la Fase de Inversin de un PIP a los rganos que correspondan, segn lo dispuesto por la presente norma.

En las normas sobre contrataciones del Estado:

-Ley de Contrataciones del Estado:

Artculo 26.- Condiciones mnimas de las Bases

Las Bases de un proceso de seleccin sern aprobadas por el Titular de la Entidad o por el funcionario al que le hayan delegado esta facultad y deben contener obligatoriamente, con las excepciones establecidas en el Reglamento para la adjudicacin de menor cuanta, lo siguiente:

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b) El detalle de las caractersticas tcnicas de los bienes, servicios u obras a contratar; el lugar de entrega, elaboracin o construccin, as como el plazo de ejecucin, segn el caso. Este detalle puede constar en un Anexo de Especificaciones Tcnicas o, en el caso de obras, en un Expediente Tecnico;

Artculo 41.- Prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones

41.2 Tratndose de obras, las prestaciones adicionales pueden ser hasta por el quince por ciento (15%) del monto total del contrato original, restndole los presupuestos deductivos vinculados, entendidos como aquellos derivados de las sustituciones de obra directamente relacionadas con las prestaciones adicionales de obra, siempre que ambas respondan a la finalidad del contrato original. Para tal efecto los pagos sern aprobados por el Titular de la Entidad.

En el supuesto de que resulte indispensable la realizacin de prestaciones adicionales de obra por deficiencias del Expediente Tecnicoo situaciones imprevisibles posteriores a la suscripcin del contrato, mayores a las establecidas en el segundo prrafo del presente artculo y hasta un mximo de cincuenta por ciento (50%) del monto originalmente contratado, sin perjuicio de la responsabilidad que pueda corresponder al proyectista, el Titular de la Entidad puede decidir autorizarlas. Para ello se requiere contar con la autorizacin del Titular de la Entidad, debiendo para la ejecucin y el pago contar con la autorizacin previa de la Contralora General de la Repblica y con la comprobacin de que se cuentan con los recursos necesarios. En el caso de adicionales con carcter de emergencia dicha autorizacin se emite previa al pago. La Contralora General de la Repblica cuenta con un plazo mximo de quince (15) das hbiles, bajo responsabilidad, para emitir su pronunciamiento. Dicha situacin debe ponerse en conocimiento de la Comisin de Presupuesto y Cuenta General de la Repblica del Congreso de la Repblica y del Ministerio de Economa y Finanzas, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad.

-Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

Artculo 10.- Expediente de Contratacin

El Expediente de Contratacin se inicia con el requerimiento del rea usuaria. Dicho Expediente debe contener la informacin referida a las caractersticas tcnicas de lo que se va a contratar, el estudio de las posibilidades que ofrece el mercado, el valor referencial, la disponibilidad presupuestal, el tipo de proceso de seleccin, la modalidad de seleccin, el sistema de contratacin, la modalidad de contratacin a utilizarse y la frmula de reajuste de ser el caso.

En todos los casos en que las contrataciones estn relacionadas a la ejecucin de un proyecto de inversin pblica, es responsabilidad de la Entidad:

1. Que los proyectos hayan sido declarados viables, en el marco del Sistema Nacional de Inversin Pblica.2. Que se tomen las previsiones necesarias para que se respeten los parmetros bajo los cuales fue declarado viable el proyecto, incluyendo costos, cronograma, diseo u otros factores que pudieran afectar la viabilidad del mismo. Tratndose de obras, se adjuntar el expediente tecnicorespectivo y, cuando corresponda, la declaratoria de viabilidad conforme al Sistema Nacional de Inversin Pblica. En la modalidad de concurso oferta no se requerir el Expediente Tcnico, debindose anexar el estudio de preinversin y el informe tcnico que sustent la declaratoria de viabilidad, conforme al Sistema Nacional de Inversin Pblica.

En el caso de obras bajo la modalidad de llave en mano, si stas incluyen la elaboracin del expediente tcnico, se deber anexar el estudio de preinversin y el informe tcnico que sustent la declaratoria de viabilidad, conforme al Sistema Nacional de Inversin Pblica.

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Artculo 14.- Valor referencial para ejecucin y consultora de obras

En el caso de ejecucin y consultora de obras la determinacin del valor referencial se sujetar a lo siguiente:

1. En la contratacin para la ejecucin de obras, corresponder al monto del presupuesto de obra establecido en el Expediente Tecnico. Este presupuesto deber detallarse considerando la identificacin de las partidas y subpartidas necesarias de acuerdo a las caractersticas de la obra, sustentndose en anlisis de precios unitarios por cada partida y subpartida, elaborados teniendo en cuenta los insumos requeridos en las cantidades y precios o tarifas que se ofrezcan en las condiciones ms competitivas en el mercado. Adems, debe incluirse los gastos generales, variables y fijos, as como la utilidad.

El presupuesto de obra deber estar suscrito por los consultores y/o servidores pblicos que participaron en su elaboracin y/o aprobacin, segn corresponda.

En la ejecucin de obras bajo las modalidades de concurso oferta y llave en mano que comprenda la elaboracin del expediente tecnico, el valor referencial deber determinarse teniendo en cuenta el objeto de la obra y su alcance previsto en los estudios de preinversin que dieron lugar a la viabilidad del correspondiente proyecto, as como el resultado del estudio de las posibilidades de precios de mercado.

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El presupuesto de obra o de la consultora de obra deber incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, seguridad en el trabajo y los costos laborales respectivos conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el presupuesto.

Artculo 16.- Antigedad del valor referencial

Para convocar a un proceso de seleccin, el valor referencial no podr tener una antigedad mayor a los seis (6) meses, tratndose de ejecucin de obras, ni mayor a tres (3) meses en el caso de bienes y servicios.

Para el caso de ejecucin de obras que cuenten con expediente tecnico, la antigedad del valor referencial se computar desde la fecha de determinacin del presupuesto de obra que forma parte del expediente tecnico. Asimismo, en el caso de consultora de obras, la antigedad del valor referencial se computar desde la fecha de determinacin del presupuesto de consultora de obra obtenido por la Entidad producto del estudio de las posibilidades que ofrece el mercado consignado en el expediente de contratacin.

En el caso de bienes y servicios, la antigedad del valor referencial se computar desde la aprobacin del expediente de contratacin. La fecha de aprobacin del expediente de contratacin deber ser consignada en las Bases.

Artculo 40.- Sistemas de Contratacin

De acuerdo a lo establecido en el artculo 26 inciso e) de la Ley, la Bases incluirn la definicin del Sistema de Contratacin.

Los sistemas de contratacin son:

1. Sistema a suma alzada, aplicable cuando las cantidades, magnitudes y calidades de la prestacin estn totalmente definidas en las especificaciones tcnicas en los trminos de referencia, o en el caso de obras, en los planos y especificaciones tcnicas respectivas. El postor formular su propuesta por un monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecucin.

Tratndose de obras, el postor formular dicha propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento de la prestacin requerida segn los planos, especificaciones tcnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte del Expediente Tcnico, en ese orden de prelacin; considerndose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que debe presentar para la suscripcin del contrato, es referencial. El mismo orden de prelacin se aplicar durante la ejecucin de la obra.

2. Sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, aplicable cuando la naturaleza de la prestacin no permita conocer con exactitud o precisin las cantidades o magnitudes requeridas. En este sistema, el postor formular su propuesta ofertando precios unitarios, tarifas o porcentajes en funcin de las partidas o cantidades referenciales contenidas en las Bases y que se valorizan en relacin a su ejecucin real y por un determinado plazo de ejecucin.

En el caso de obras, el postor formular su propuesta ofertando precios unitarios considerando las partidas contenidas en las Bases, las condiciones previstas en los planos y especificaciones tcnicas, y las cantidades referenciales, y que se valorizan en relacin a su ejecucin real y por un determinado plazo de ejecucin.

3. Esquema mixto de Suma Alzada y Precios Unitarios, al que podrn optar las Entidades si en el expediente tecnicouno o varios componentes tcnicos corresponden a magnitudes y cantidades no definidas con precisin, los que podrn ser contratados bajo el sistema de precios unitarios, en tanto, los componentes cuyas cantidades y magnitudes estn totalmente definidas en el Expediente Tcnico, sern contratados bajo el sistema de suma alzada.

Artculo 41.- Modalidades de Ejecucin Contractual

Cuando se trate de bienes u obras, las bases indicarn la modalidad en que se realizar la ejecucin del contrato, pudiendo sta ser:

1.Llave en mano: Si el postor debe ofertar en conjunto la construccin, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra, y de ser el caso la elaboracin del Expediente Tecnico.En el caso de contratacin de bienes el postor oferta, adems de stos, su instalacin y puesta en funcionamiento.

2.Concurso oferta: Si el postor debe ofertar la elaboracin del Expediente Tcnico, ejecucin de la obra y, de ser el caso el terreno. Esta modalidad slo podr aplicarse en la ejecucin de obras que se convoquen bajo el sistema a suma alzada y siempre que el valor referencial corresponda a una Licitacin Pblica. Para la ejecucin de la obra es requisito previo la presentacin y aprobacin del Expediente Tcnico por el ntegro de la obra.

En el caso de obras convocadas bajo las modalidades anteriores, en que deba elaborarse el Expediente Tecnico y efectuarse la ejecucin de la obra, el postor deber acreditar su inscripcin en el RNP como ejecutor de obras y consultor de obras. En caso que el postor sea un consorcio, la acreditacin de la inscripcin en el RNP se efectuar de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva que el OSCE apruebe para tal efecto.

Artculo 184.- Inicio del plazo de ejecucin de obra

El inicio del plazo de ejecucin de obra comienza a regir desde el da siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:1. Que se designe al inspector o al supervisor, segn corresponda;2. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente tecnicode obra completo;()