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Trabajo colaborativo N1 Fase individual Atención farmacéutica Alumno: Fabián Andrés canchila Tutora Claudia Elena Gonzales Febrero 14 de 2015 CEAD: Sincelejo – sucre

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Trabajo colaborativo N1

Fase individual

Atención farmacéutica

Alumno:

Fabián Andrés canchila

Tutora

Claudia Elena Gonzales

Febrero 14 de 2015

CEAD: Sincelejo – sucre

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INDICE.

INTRODUCCION…………………………………………………………………….1

OBJECTIVO GENERAL……………………………………………………………..2

OBJECTIVOS ESPECIFICOS……………………………………………………...3

PREGUNTAS………………………………………………………………………….4

RESPUESTAS………………………………………………………………………...5

CONCLUSIONES………………………………………………………………………6

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS………………………………………………….7

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INTRODUCCION

Durante mucho el hombre ha venido desarrollando una serie de procedimientos farmacológicos para mejorar la salud de las personas en la atención y suministros de medicamentos en general.

La carrera general de farmacología ha sufrido muchos cambios generales y específicos con el fin de satisfacer las necesidades de los pacientes y de los demás miembros del equipo de salud para así profesionalizar los valores de servicio farmacéutico en general tanto en las farmacias y en el ámbito hospitalario

El presente trabajo nos permite hay nosotros como regente de farmacia brindarle a las personas una atención precisa y segura para satisfacer con responsabilidad las necesidades de los mismos.

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Objetivó general.

Conocer las diferentes normas y decretos que rigen el sector farmacéutico general

Objetivos específicos

Analizar los diferentes conceptos del sector farmacéutico Identificar de una forma práctica los conceptos más importantes década

una de las normas que rigen al sector farmaceutico

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Preguntas

1. De las siguientes normas identifique los siguientes aspectos: objetivo de la norma, campo de aplicación y cuáles son los capítulos que contienen

Decretos 2200 y 2330; resoluciones 1403 y 2003

2. Defina los siguientes términos: Atención farmacéutica Dispensación Indicación farmacéutica

4. Qué diferencia (s) encuentra entre la dispensación y la indicación farmacéutica? Complemente su respuesta con un ejemplo

5. Qué es el sistema de seguridad social en salud y qué son el POS y el PAB dentro de este sistema, y cuál es su relación con el servicio farmacéutico.

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Respuestas

1 objetivos

Decreto 2200 el principal objetivo de esta norma es principalmente verificar principalmente la atención del servicio farmacéutico a nivel nacional

Decreto 2330 el objetivo es el servicio farmacéutico a nivel nacional

Resolución 1403 procesos y procedimientos farmacéuticos a nivel nacional

Resolución 2003 objetivo habilitación de los servicios de salud a nivel nacional

1. Norma

Decreto 2200 el servicio farmacéutico en general se aplica a todos los trabajadores del servicio de salud en general y a cualquier establecimiento donde se almacene y se comercialize los medicamentos de control especial y los dispositivos médicos en su totalidad.

El capítulo número 8 del decreto establece

Disposiciones generales del establecimiento farmacéutico Disponer de un recurso humano idóneo y capacitado en el

servicio farmacéutico Contar con una dotación adecuada para realizar cada una de

las tareas disponibles en el establecimiento farmacéutico

Decreto 2330 se aplica la modificación del artículo 3 2200 del 2005 en lo cual se aplica profundamente hacia los trabajadores y al servicio farmacéutico en general

La definición de "Preparación Magistral", quedará así:

"Preparación magistral. Es el preparado o producto farmacéutico para atender una prescripción médica, de un paciente individual, que requiere de algún tipo de intervención técnica de variada complejidad. La preparación magistral debe ser de dispensación inmediata".

Artículo  2°. Modificarse el numeral 1 del artículo 11 del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así:

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"Farmacias-droguerías. Estos establecimientos se someterán a los procesos de:

a) Recepción y almacenamiento;

b) Dispensación;

c) Preparaciones magistrales.

La dirección técnica de estos establecimientos estará a cargo del químico farmacéutico. Cuando las preparaciones magistrales que se elaboren consistan en preparaciones no estériles y de uso tópico, tales como: polvos, ungüentos, pomadas, cremas, geles, lociones, podrán ser elaboradas por el tecnólogo en regencia de farmacia, en cuyo caso, la dirección técnica podrá estar a cargo de este último".

Artículo  3°. Derogarse el parágrafo 4° del artículo 11 del Decreto 2200 de 2005.

Artículo  4°. Modificarse el artículo 14 del Decreto 2200 de 2005, el cual quedará así:

"Artículo 14. Modelo de gestión. Créase el Modelo de Gestión del servicio farmacéutico, como el conjunto de condiciones esenciales, técnicas de planeación y gestión del servicio, procedimientos para cada uno de los procesos del servicio farmacéutico y la elaboración de guías para actividades críticas. El Modelo de Gestión será determinado por el Ministerio de la Protección Social a más tardar el 31 de diciembre de 2006".

Artículo 5°. Procedimiento de inyectología en farmacias-droguerías y droguerías. Las farmacias-droguerías y droguerías podrán ofrecer al público el procedimiento de inyectología, en las condiciones siguientes

1. Infraestructura y dotación.

a) Contar con una sección especial e independiente, que ofrezca la privacidad y comodidad para el administrador y el paciente, y que cuente con un lavamanos en el mismo sitio o en sitio cercano;

b) Tener una camilla, escalerilla y mesa auxiliar

c) Contar con jeringas desechables, recipiente algodonero y cubetas;

d) Tener toallas desechables;

e) Contar con los demás materiales y dotación necesaria para el procedimiento de inyectología.

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2. Recurso humano. El encargado de administrar el medicamento inyectable debe contar con formación académica y entrenamiento que lo autorice para ello, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

3. Normas de procedimientos. Deberán contar y cumplir con normas sobre limpieza y desinfección de áreas, bioseguridad, manejo de residuos y manual de procedimientos técnicos.

4. Prohibición es. No se podrán administrar medicamentos por vía intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad.

5. Solicitud de la prescripción médica. La prescripción médica será requisito indispensable para la administración de cualquier medicamento por vía intramuscular.

Artículo 6°. Procedimiento de monitoreo de glicemia con equipo por punción. Las farmacias-droguerías y droguerías que ofrezcan el procedimiento de inyectología, también podrán ofrecer al público el procedimiento de monitoreo de glicemia con equipo por punción, siempre y cuando el director técnico sea químico farmacéutico o el tecnólogo en regencia de farmacia y que se cumpla con las condiciones siguientes:

1. Infraestructura y dotación.

a) Contar con una área especial e independiente, debidamente dotada que ofrezca la privacidad y comodidad para el paciente y para quien aplique la prueba. Con adecuada iluminación y ventilación natural y/o artificial y su temperatura deberá estar entre 15-25°C. Este sitio podrá ser el mismo utilizado para inyectología;

b) Contar con un equipo con registro sanitario del Invima, debidamente calibrado y microlancetas registradas de acuerdo con lo establecido en el Decreto 4725 de 2005 y las demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan;

c) Contar con tiras reactivas, con registro sanitario del Invima, para cada paciente individual, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 3770 de 2004 y las demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan;

d) Conservar la fecha de vencimiento vigente de las tiras reactivas y las condiciones de almacenamiento previstas por el fabricante;

e) Contar con un lavamanos, en el mismo sitio o en sitio cercano

f) Tener toallas desechables y recipiente algodonero

g) Contar con materiales y demás dotación necesaria para el procedimiento incluyendo lo requerido para el manejo de desechos;

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h) Contar con un libro de registro diario de pacientes y de resultado del monitoreo y donde se encuentre registrada la calibración del equipo;

i) Entregar los resultados al paciente en forma escrita con el nombre de la persona que realizó el procedimiento y no podrá hacer ningún tipo de interpretación;

j) Mantener los registros en archivo, durante el tiempo contemplado en la normatividad vigente.

2. Recurso humano. Tanto el director técnico del establecimiento farmacéutico, como la persona encargada de realizar el procedimiento de monitoreo deberán estar suficientemente entrenados y haber recibido claras instrucciones por parte del fabricante o distribuidor. Además deberán cumplir con las normas establecidas sobre bioseguridad, aseo personal, asepsia del sitio y manejo de residuos.

3. Normas de procedimientos. Deberán contar y cumplir con normas sobre limpieza y desinfección de áreas, bioseguridad, manejo de residuos y manual de procedimientos técnicos.

4. Prohibiciones. Estas pruebas en ningún caso se constituyen como actividades de apoyo y diagnóstico, de tratamiento y de seguimiento de este tipo de patología, En ningún caso reemplazan las pruebas que se realizan en el laboratorio clínico, y tampoco servirá para cambio de tratamiento sin previa autorización del médico tratante.

Artículo 7°. Vigilancia y control. La vigilancia y control sobre los procedimientos referidos en los artículos 5° y 6°, corresponderán a las entidades territoriales de salud que hayan autorizado a dichos establecimientos farmacéuticos a la práctica de los mencionados procedimientos.

Artículo 8°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicación y modifica en lo pertinente los artículos 3°, 11, y 14 del Decreto 2200 de 2005 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

Resolución 1403 trata sobre el modelo de gestión del servicio farmacéutico en general y a todas las personas que trabajan en ese sector

Resolución 2003 esta trata sobre los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y la habilitación de los servicios es así como adoptar el manual de inscripción de prestación de servicios en esta resolución.

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2)

Atención farmacéutica: Es un proceso cooperativo para la provisión responsable de terapia farmacológica a un paciente considerado individualmente. Sus objetivos son buscar, prevenir y resolver problemas relacionados con los medicamentos, para tratar de alcanzar los resultados de salud esperados, y mantener o mejorar la calidad de vida del paciente

Dispensación: Es el acto en que el farmacéutico entrega la medicación prescrita por el médico al paciente, junto a la información necesaria para su uso racional. Es un acto de responsabilidad profesional aislado en el tiempo, cuya sucesión en cada paciente puede generar un seguimiento farmacoterapéutico, descrito dentro de la atención farmacéutica.

Indicación farmacéutica: Es el servicio que es prestado ante la demanda de un paciente o usuario que llega a la farmacia sin saber qué medicamento debe adquirir, y solicita al farmacéutico el remedio más adecuado para un problema de salud concreto. Esta intervención es de gran importancia, ya que, en la mayoría de los casos, el farmacéutico es el primer o único contacto del usuario con el sistema de salud. Se simboliza con la frase "¿Qué me da para?". Este proceso debe enmarcarse dentro de las actividades clínicas de atención farmacéutica ya que debe abordarse con el compromiso de cubrir las necesidades del paciente evitando la aparición de problemas relacionadas con los medicamentos, siempre en un contexto de uso racional de los tratamientos y mediante la aplicación de criterios científicos y técnicos.

3) La diferencia que hay entre dispensación y atención farmacéutica es la siguiente

La dispensación es simplemente la entrega de un medicamento a un paciente que tiene alguna enfermedad dentro de su cuerpo por parte del regente de farmacia y la atención farmacéutica está enfocada principalmente en la información que le brinda el regente de farmacia al paciente del medicamento que necesita para aliviar o eliminar una enfermedad

Ejemplo

Mujer de 24 años con un dolor muscular en el fémur causado por una caída en bicicleta va hacia la farmacia más cercana solicitando una pastilla que me da para ese dolor muscular el regente de farmacia le sugiere que el mejor analgésico es la penalgin por que le quita el dolor rápidamente y le sirve para desinflamarle el hinchazón es la penalgin la mujer le compro dos sobre y a las 5 semanas del tratamiento se mejoró de la inflamación generada por la caída.

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4) sistema de salud social: Es la suma de todas las organizaciones, instituciones y recursos cuyo objetivo principal consiste en mejorar la salud. Un sistema de salud necesita personal, financiación, información, suministros, transportes y comunicaciones, así como una orientación y una dirección generales. Además tiene que proporcionar buenos tratamientos y servicios que respondan a las necesidades de la población y sean justos desde el punto de vista financiero.

POS: Plan Obligatorio de Salud: Es el conjunto de servicios de atención en salud a que tiene derecho un usuario en el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia, SGSSS, cuya finalidad es la protección de la salud, la prevención y curación de enfermedades, el suministro de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar y está complementado con el reconocimiento de prestaciones económicas en caso de licencia de maternidad e incapacidad por enfermedad general.

PAS: Plan de atención básica: es un conjunto de actividades , intervenciones y procedimientos, de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, vigilancia en Salud pública y control de factores de riesgo dirigidos a la colectividad, el cual se realiza con participación social donde se tienen en cuenta la capacidad efectiva del ciudadano y sus organizaciones para que influyan en las decisiones que le afectan en especial aquellas que contribuyen al desarrollo social y al bienestar humano, con base en los principios de Equidad , Solidaridad y Universalidad consagrados en las constitución

La relación que tiene con el servicio farmacéutico está en hacerle cumplir los derechos de los ciudadanos en la adecuada atención prestada del medicamento y suministrado al mismo que tiene como fin hacerle una adecuada información y que el mismo pueda hacer cumplir sus derechos en el sistema de salud social para que obtenga mejores garantías del servicio prestado

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Conclusión

Del presente trabajo podemos hacerle conclusión en investigar y conocer los diferentes decretos y resoluciones encaminadas principalmente a la atención farmacéutica para así tener en cuenta los diferentes conceptos consultados para colocarlos en práctica en nuestro entorno como futuros regentes de farmacia capacitados y así brindarle a las personas una adecuada atención farmaceutica, dispensación y la prestación de servicio en el entorno practico y laboral

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Referencias bibliográficas

Libro Herrera cabraza agustin h ( atención farmacéutica) edición latino americana

año 2007 Ruano M, Jiménez E. Modelos de dispensación para mejorar la calidad en

la atención al pasiente) calidad asistencial año 1998 Decreto 2200 verificación de los servicios farmacéuticos a nivel nacional

año ( 2005)Decreto 2330 servicio farmacéutico a nivel nacional año ( 2006)