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Cuando algo va mal durante una operación comercial ¿Quién es responsable? : ¿El exportador o el importador? En el comercio internacional existen una serie de términos comúnmente aceptadospara resolver los conflictos que puedan surgir entre las partes que intervienen en una operación. Los INCOTERMS :Toda transacción comercial se plasma en un contrato de compraventa. En este contrato las partes tienen que establecer quien se hace cargo de los costes de transporte y quien se responsabiliza de la mercancía en caso de deterioro además de otras obligaciones que pueden resultar complicadas en casos difíciles. El uso de Incoterms en un contrato de compraventa no es obligatorio pero su uso está generalizado puesto que unifican los criterios y la terminología comercial a utilizar entre las partes. Los INCOTERMS regulan los 4 grandes problemas que comporta toda transacción comercial 1 La entrega de las mercancías, 2 la transmisión de los riesgos, 3 la distribución de los gastos, 4 los trámites documentales.De esta forma en caso de conflictos que delimitada las responsabilidades y obligaciones de las partes que intervienen en al operación. Los INCOTERMS fueron establecidos 1936 por la camara de comercio internacional con sede en Paris. Desde entonces este organismo ha modernizado los INCOTERMS en varias ocaciones para adaptarlos a las prácticas comerciales actuales. Según la última actualización que entró en vigor el 01 de Enero Existen incoterms que se pueden agrupar en 4 categorias. La primera comprende solo 1 INCOTERM Se aplica en operaciones en las que el exportador se limita a entregar la mercancia en sus propias instalaciones al importador que asume todos los costes y riesgos de transporte. La segunda categoria incluye los INCOTERMS aplicables a operaciones en las que el exportador se responsabiliza de los costes y riesgos de transporte hasta el punto en el que según lo acordado con el importador debe entregarlo al transportista principal. A partir de ese momento, las responsabilidades se transladan al importador. La tercera categoría comprende los ICOTERMS aplicables a operaciones en el que el exportador se responsabiliza de los costes de entrega hasta el punto acordado con el importador. Incluido el coste del transporte principal.Pero la responsabilidad de los riesgos de pérdida o de deterioro de la mercancía es del importador Y la cuarta categoría se aplica cuando el exportador se responsabiliza de todos los costes y riesgos de transporte de la mercancia hasta su destino final. Estos 11 INCOTERMS son los únicos sancionados por la cámara de comercio internacional. Y se aplica exclusivamente entre a las relaciones entre comprador y vendedor. No hay que confundir los INCOTERMS con otros términos parecidos utilizados en los contratos que el comprador y vendedor firman con los transportistas. Éstos son contratos de transporte independientes del contrato de compraventa. El INCOTERM EX WORKS o En Fabrica Se utiliza cuando el exportador solo se limita a poner la mercancía a disposición del importador en sus propias instalaciones. La responsabilidad del exportador se reduce a proporcionar la mercancía convenientemente empaquetada y embalada.En ese momento tiene lugar el acto de entrega de la mercancía, y por tanto la transmición de los costes y riesgos del exportador

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Cuando algo va mal durante una operacin comercial Quin es responsable? :El exportador o el importador? En el comercio internacional existen una serie de trminos comnmente aceptadospara resolver los conflictos que puedan surgir entre las partes que intervienen en una operacin.Los INCOTERMS:Toda transaccin comercial se plasma en un contrato de compraventa. En este contrato las partes tienen que establecer quien se hace cargo de los costes de transporte y quien se responsabiliza de la mercanca en caso de deterioro adems de otras obligaciones que pueden resultar complicadas en casos difciles. El uso de Incoterms en un contrato de compraventa no es obligatorio pero su uso est generalizado puesto que unifican los criterios y la terminologa comercial a utilizar entre las partes. Los INCOTERMS regulan los 4 grandes problemas que comporta toda transaccin comercial 1 La entrega de las mercancas, 2 la transmisin de los riesgos, 3 la distribucin de los gastos, 4 los trmites documentales.De esta forma en caso de conflictos que delimitada las responsabilidades y obligaciones de las partes que intervienen en al operacin. Los INCOTERMS fueron establecidos 1936 por la camara de comercio internacional con sede en Paris. Desde entonces este organismo ha modernizado los INCOTERMS en varias ocaciones para adaptarlos a las prcticas comerciales actuales. Segn la ltima actualizacin que entr en vigor el 01 de Enero Existen incoterms que se pueden agrupar en 4 categorias.La primera comprende solo 1 INCOTERM Se aplica en operaciones en las que el exportador se limita a entregar la mercancia en sus propias instalaciones al importador que asume todos los costes y riesgos de transporte. La segunda categoria incluye los INCOTERMS aplicables a operaciones en las que el exportador se responsabiliza de los costes y riesgos de transporte hasta el punto en el que segn lo acordado con el importador debe entregarlo al transportista principal. A partir de ese momento, las responsabilidades se transladan al importador. La tercera categora comprende los ICOTERMS aplicables a operaciones en el que el exportador se responsabiliza de los costes de entrega hasta el punto acordado con el importador. Incluido el coste del transporte principal.Pero la responsabilidad de los riesgos de prdida o de deterioro de la mercanca es del importador Y la cuarta categora se aplica cuando el exportador se responsabiliza de todos los costes y riesgos de transporte de la mercancia hasta su destino final. Estos 11 INCOTERMS son los nicos sancionados por la cmara de comercio internacional. Y se aplica exclusivamente entre a las relaciones entre comprador y vendedor. No hay que confundir los INCOTERMS con otros trminos parecidos utilizados en los contratos que el comprador y vendedor firman con los transportistas. stos son contratos de transporte independientes del contrato de compraventa.El INCOTERM EX WORKS o En FabricaSe utiliza cuando el exportador solo se limita a poner la mercanca a disposicin del importador en sus propias instalaciones. La responsabilidad del exportador se reduce a proporcionar la mercanca convenientemente empaquetada y embalada.En ese momento tiene lugar el acto de entrega de la mercanca, y por tanto la transmicin de los costes y riesgos del exportador al importador. La carga tambin es responsabilidad del importador en el vehculo que haya contratado. La frmula de vender EXWORKS o En Fbrica supone la mnima obligacin para el exportador, se utiliza normalmente por empresas sin experiencia en comercio internacional o que carece de infraestructura comercial en el exterior. El INCOTERM En Fabrica es el nico en el que los trmites aduaneros de exportacin corren por cuenta del importador. Es decir, aunque pueda parecer paradjico, el importador ejerce la funcin tcnica de exportador, puesto que adems de realizar la compra en ciudad de origen se encarga de los trmites documentales necesarios para la exportacin.En todos los dems INCOTERMS, estos trmites son responsabilidad del exportador.El INCOTERM FAS o Franco al costado del buque se utiliza solo en transporte martimo.Y significa que el exportador asume los costes y riesgos de transporte hasta el muelle donde est aplacado el buque contratado por el importador.En ese momento se produce la entrega de la mercanca y la transmisin de costes y riesgos.Por tanto, s se produce un problema durante la carga es el importador quien debe asumir la responsabilidad.El termino FOB Franco a Bordo se utiliza solo en transporte martimo Y significa que exportador es responsable de los costes y riesgos de transporte, hasta que la mercanca sobrepasa la borda del buque. En ese momento se produce la entrega de la mercanca y la transmisin de costes y riesgos. En la modalidad Franco a Bordo si se produce un problema durante la carga antes las de que la mercanca sobrepase la borda del buque, el responsable ser el exportador.El INCOTERM CFA franco transportista significa que el exportador se responsabiliza de los costes y riesgos hasta que pone la mercanca a disposicin del transportista principal en el lugar acordado con el importador. Si la entrega se produce en el establecimiento del exportador ste queda obligado a cargar las mercancas en el vehculo del importador. En ese momento se produce la transmisin de responsabilidades. Si la entrega se produce en otro lugar el exportador cumple con su obligacin cuando pone la mercanca sin llegar a descargarla a disposicin del transportista contratado por el importador. En ese momento se produce la transmisin de responsabilidades. En los INCOTERMS vistos hasta ahora En Fabrica, Franco al Costado del Buque, Franco al Bordo y Franco Transportista el importador tiene la obligacin de contratar al transportista principal, y por tanto asume el coste de ese servicio. En los INCOTERMS que veremos a partir de ahora sta responsabilidad corresponde al exportadorEl INCOTERM CFRCoste y flete se utiliza solo en transporte martimo y significa que el exportador se responsabiliza de los riesgos del transporte, hasta que la mercanca sobrepasa la borda del buque. Hasta aqu todo es idntico al Incoterm Franco a Bordo la diferencia estriba en los costos ya que ahora el exportador est obligado a contratar al transportista y asumir el coste del flete. Mientras que en la modalidad Franco a Brodo esta obligacin corresponda al importador. El INCOTERM CIFCoste,Seguro y Flete se utiliza solo en transporte martimo y significa que el exportador es responsable de los costes de transporte de la mercanca hasta el muelle, su carga en el buque y el flete hasta el puerto de destino. En ese momento se produce la entrega de la mercanca, apartir de ah ser el importador el que asuma los costes en cuanto a los riesgos son responsabilidad del importador a partir de que la mercanca traspase la borda del buque, no obstante los riesgos de transporte estn cubiertos por una polita de seguros que habr contratado el exportador a beneficio del importador quien como asegurado en caso de perdida o deterioro de la mercanca reclamara directamente a la compaa aseguradoraEl INCOTERM CPT Transporte pagado hasta se utiliza en operaciones multimodales el exportador es responsable de los costes de transporte por los medios que sean necesarios hasta el punto de destino de la mercanca, en cuanto a los riesgos son responsabilidad del importador a partir del momento en que se produce la entrega de la mercanca al primer transportista.El INCOTERM CIP Transporte y seguro pagados hasta Es prcticamente igual que el anterior, pero la diferencia radica en que el exportador debe contratar una polita de seguros abeneficios del importador que es el asegurado, este Incoterm tambin es similar al CIF la diferencia es que el CIF se aplica solo a transporte martimo, en cambio el CIP se aplica a cualquier modalidad.El INCOTERM DDP Entregada con derechos pagados supone que el exportador es responsable de los costes y riesgos del transportes y tambin de los derechos de aduana, la responsabilidad del exportador se prolonga hasta las instalaciones del importador, en ese momento se produce la entrega de la mercanca y la transmisin de costes y riesgos, que en este caso son mnimos para el importador, asi pues esta frmula exige al exportador el mximo nivel de servicio se suele utilizar por empresas con experiencia internacional que adems cuenta con infraestructura propia en el pas de importacin.