timbrado de nómina: el reto es deducir

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4 años de hacer comunidad Felicidades Noministas Derechos Reservados La Nómina 2010

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4 años de hacer comunidad

Felicidades Noministas

Derechos Reservados La Nómina 2010

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Derechos Reservados La Nómina 2010

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¿Qué necesitamos para comenzar

a timbrar nuestros recibos de

salarios?

Inscripción al RFC de trabajadores

I.2.4.4. Para los efectos de los artículos 27,

quinto párrafo del CFF, 20, tercer párrafo, fracción

II y 23 de su Reglamento, las solicitudes de

inscripción de trabajadores se

deberán presentar por el empleador de

conformidad con los medios, las características

técnicas y con la información señalada en la

ficha de trámite 41/CFF denominada “Inscripción

al RFC de trabajadores” contenida en el Anexo 1-

A. CFF 27, RCFF 20, 23

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La CURP únicamente la obtenemos principalmente en las

oficinas del registro civil. Podemos consultarla e imprimirla

en línea, pero NO calcularla.

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Podemos inscribir en forma masiva a

nuestros trabajadores al RFC-Sat.

Para ello, podemos apoyarnos

en un archivo de excel, que nos

realiza el trabajo.

http://www.ppsotoasesor.com/cmdownloads

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Los patrones requieren para timbrar:

• Si es nuevo patrón.- Obtener su RFC (solo con

su Curp y domicilio).

• Obtener su FIEL y su certificado de sellos

digitales (con el programa Solcedi).

• Si es contribuyente del RIF, puede entrar a “Mis

Cuentas” con su RFC y contraseña (todos estos

deben tenerla ya).

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¿Cuándo debemos timbrar?

Fecha de expedición y entrega del CFDI de las remuneraciones cubiertas

a los trabajadores

( DOF 13-03-14 )

I.2.7.5.3. Para los efectos del artículo 27, fracciones V, segundo párrafo y

XVIII de la Ley del ISR, en relación con el artículo 99, fracción III del

mismo ordenamiento legal, los contribuyentes podrán expedir los CFDI por

las remuneraciones que cubran a sus trabajadores, antes de la

realización de los pagos correspondientes, o dentro de los tres días

hábiles posteriores a la realización efectiva de dichos pagos, en cuyo

caso, considerarán como fecha de expedición y entrega de tales

comprobantes la fecha en que se realice el pago de dichas

remuneraciones.

Referencias: LISR 27, 99

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¿Es deducible mi nómina pagada en efectivo?

I.3.3.1.17.

Para efectos del artículo 27, fracción III, en relación con el artículo 94 de

la Ley del ISR y 29, primer párrafo del CFF, las erogaciones efectuadas por

salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado

pagadas en efectivo, podrán ser deducibles, siempre que además de

cumplir con todos los requisitos que señalan las disposiciones

fiscales para la deducibilidad de dicho concepto, se cumpla con la

obligación inherente a la emisión del CFDI correspondiente por

concepto de nómina.

CFF 29, LISR 27, 94

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¿Qué debemos timbrar?

1. Pagos ordinarios de nómina (semana, decenal, catorcenal, quincenal o

mensual)

2. Finiquitos (renuncias, despidos, pensiones).

3. Pagos de prestaciones independientes a la nómina (despensa, fondo de

ahorro, previsión social –funerales, becas, incapacidades-)

4. Se timbra cada trabajador. Si tienes 10 trabajadores y pagas nómina

semanal, necesitas mínimo, 520 timbres al año.

¿Qué pasa si no timbramos?

Tu nómina será

no deducible

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¿Cómo debemos timbrar?

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¿Cómo debemos timbrar?

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¿Cómo debemos timbrar?

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¿Cómo debemos timbrar?

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¿Cómo debemos timbrar?

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¿Cómo debemos timbrar?

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¿Cómo debemos timbrar?

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¿Cómo debemos timbrar?

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¿Cómo debemos timbrar?

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¿Cómo debemos timbrar?

Page 23: Timbrado de nómina: el reto es deducir

¿Cómo debemos timbrar?

Checa los conceptos de tu nómina, para igualarlos

al catálogo de conceptos del SAT

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¿Cómo debemos timbrar?

Checa los conceptos de tu nómina, para igualarlos

al catálogo de conceptos del SAT

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¿Cómo debemos timbrar?

https://www.youtube.com/watch?v=z-sYhhMjd7s

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¿Cómo debemos timbrar?

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