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    Revista Digital de la Maestría en Ciencias Penales. Número 6. RDMCP-UCR

    JUSTICIA PENAL JUVENIL Y POLÍTICA CRIMINAL1

    Prof. Dr. Carlos Tiffer*

    Profesor de la Maestría en Ciencias Penales,

    Facultad de Derecho. Universidad de Costa Rica.

    RESUMEN: El resente artíc!lo es rod!cto de la onencia reali"ada en laina!g!raci#n del Congreso $nternacional de Política Criminal reali"ado en el

    Colegio de %&ogados ' %&ogadas de Costa Rica el día () de mar"o de ()(.

    +a e,osici#n se divide en dos artes. +a rimera !e se refiere a la res!esta

    olítica criminal !e 'a se enc!entra en la act!al +e' de !sticia Penal !venil

    de //6 0+P1. 2e e,onen en forma &reve3 alg!nos de los rinciales

    asectos !e artic!lari"an esta legislaci#n frente a la olítica criminal. En la

    seg!nda arte &!sca refle4ar la orientaci#n de la olítica criminal3 ero no

    vigente sino an!nciada o form!lada3 a trav5s de ro!estas de reformas

    legislativas.

    PALABRAS CLAVE: Dereco Penal !venil3 Política Criminal3 +e' de !sticia

    Penal !venil.

    ABSTRACT: Tis article is te res!lt of te resentation made at te

    ina!g!ration of te $nternational Congress of Criminal Polic' eld in te 7ar

    %ssociation of Costa Rica on Marc ()3 ()(. Te e,os!re is divided into t8o

    arts. Te first regards te criminal olic' resonse tat is alread' resent in

    te !venile !stice %ct //6 0+P1. 9ere are e,osed &riefl'3 some of te

    main asects tat artic!lari"e tis legislation &efore te criminal olic'. Te

    Ponencia en la $na!g!raci#n del Congreso $nternacional de Política Criminal. Colegio de%&ogados ' %&ogadas de Costa Rica. () de mar"o del ()(.*Profesor del Posgrado enCiencias Penales de la Universidad de Costa Rica.

    1

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    second art see:s to reflect te orientation of te criminal olic'3 not c!rrent3 &!t

    anno!nced tro!g legislative reform roosals.

    KEYWORDS:  !venile Criminal +a83 Criminal Polic'3 ;o!t Criminal !stice%ct.

    Fecha de recec!"#: ) de ma'o de ()(.

    Fecha de ar$%ac!"#: ( de 4!nio de ()(.

    INTRODUCCI&N

    Res!lta oco frec!ente !na actividad acad5mica como el act!al

    Congreso de Política Criminal3 organi"ado or el Colegio de %&ogados '

    %&ogadas de Costa Rica ' la Maestría en Ciencias Penales de la Universidad

    de Costa Rica. %ún m

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    Para oinar so&re la olítica criminal ' la 4!sticia 4!venil3 res!lta

    indisensa&le conocer so&re la res!esta estatal al delito 4!venil. Desde l!ego

    !e esta res!esta3 no se de&ería limitar solo al

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    amliaci#n del la"o de la detenci#n rovisional3 la limitaci#n del !so de formas

    des4!diciali"adoras ' n!evas formas de enali"aci#n3 como or e4emlo el

    cons!mo de drogas ilícitas en l!gares ú&licos contra menores de edad. %sí

    como ro!estas de red!cci#n de la edad de la resonsa&ilidad enal3elevaci#n de los montos variaci#n de las formas de la determinaci#n de las

    sanciones enales 4!venil3 son alg!nas de las ro!estas !e se anali"an en

    esta onencia. Presentaci#n !e se ace a trav5s del &inomio ro!esta-

    crítica3 en donde se res!me la ro!esta de modificaci#n de la legislaci#n ' de

    la olítica criminal ' osteriormente3 se e,one la oini#n ersonal referente a

    esta ro!esta.

    I'PRIMERA PARTE' POLÍTICA CRIMINAL VI(ENTE'

    Una de las formas m

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    considero rovocaron el nacimiento de esta legislaci#n ' con ello3 !n cam&io en

    la Política Criminal del Estado3 no solo frente al eco delictivo cometido or

    las ersonas menores de edad3 sino tam&i5n en s! 4!"gamiento. Pero

    artic!larmente se rod!4o !n cam&io en las consec!encias o sanciones or lacomisi#n de estos delitos.

    El conte,to social del a=o //6 era de tensi#n ' alarma ci!dadana3 or

    la comisi#n de ecos delictivos cometidos or ersonas menores de edad.

    E,istía !na sensaci#n generali"ada de im!nidad en la sociedad3 a

    ca!sa de las cond!ctas delictivas cometidas or las ersonas menores deedad3 lo c!al no era del todo incorrecto. Esto or c!anto3 la +e' >rg

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    s!stit!'#3 no solo rovoca&a im!nidad sino tam&i5n !na reresi#n

    indiscriminada contra ni=os ' adolescentes !e se encontra&an en condiciones

    de v!lnera&ilidad social. 2!s res!!estos &

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    !na olítica criminal vinc!lante ara todos los Estados arte de esta

    Convenci#n.

    $mortante de mencionar tam&i5n ara la n!eva orientaci#n de olíticacriminal3 !e incorora la +P3 son los recedentes 4!risr!denciales de la

    2ala Constit!cional3 or e4emlo el reconocimiento de la categoría de ni=e" en

    el voto 6)-/) el c!estionamiento de la constit!cionalidad del roceso t!telar '

    la violaci#n a las garantías rocesales en los votos (FF(-/3 (-/3 (-/(3

    /)-/( el reconocimiento de resonsa&ilidad a ersonas menores de edad

    c!ando afectan &ienes 4!rídicos enalmente t!telados en el voto ))F-/? el

    reconocimiento de la garantía de ig!aldad a los ad!ltos3 m

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    menos red!cir la im!nidad3 la c!al3 no es &eneficiosa ara la sociedad3 ni

    m!co menos ara la víctima e incl!so ara el a!tor. Por otro lado3 la +P

    tiene tam&i5n como o&4etivo esta&lecer !n sistema de resonsa&ilidad 4!venil3

    indeendiente3 eseciali"ado ' diferente al 4!"gamiento de las ersonasad!ltas.

    +a +P3 no tenía3 ni tiene or o&4etivo3 la eliminaci#n o la red!cci#n del

    delito. No odía ser de otra manera3 'a !e el delito es !n fen#meno social

    comle4o3 tanto el !e cometen los ad!ltos3 como los cometidos or los

    adolescentes. No se trata como se !iere ver m!cas veces en forma

    simlista3 de !n ro&lema de cond!cta individ!al. Estigmati"ando en m!casocasiones a los 4#venes3 como A4#venes ro&lemaB.

    +o !e retende esta legislaci#n no se red!ce solamente a c!estiones

     4!diciales3 !e sin d!da son de gran relevancia. ;a !e res!lta de ig!al o ma'or

    imortancia el o&4etivo se=alado en el artíc!lo de la +P3 de &!scar la

    formaci#n integral de los adolescentes3 lo mismo !e la reinserci#n en s!

    familia ' en la sociedad. 2a&emos de las dific!ltades so&re todo desde el

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    +i&ertad ' las Reglas Mínimas de Naciones Unidas ara la Prevenci#n del

    Delito.

    El rincial cam&io de olítica criminal !e se incoror# en estalegislaci#n de //63 f!e el rinciio de resonsa&ilidad.? 9ist#ricamente a las

    ersonas menores de edad3 se les vio como s!4etos enalmente sin

    resonsa&ilidad. %!n!e esto desde l!ego tenía !n contenido m

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    infringido las le'es enales3 lo mismo !e se le ac!se o se le declare c!la&le

    de a&er infringido esas le'es enales. Es decir claramente esta&lece el

    rinciio de resonsa&ilidad3 osteriormente el rinciio de im!taci#n3 lo

    mismo !e el de c!la&ilidad. +o anterior or c!anto3 res!lta claro !e noodría im!t

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    necesaria3 sino f!ndamental ara !na olítica criminal3 referente a los

    adolescentes infractores de la le' enal3 coerente en !n Estado de Dereco.

    2in em&argo3 estos rinciios de resonsa&ilidad ' legalidad solo tienensentido si se reseta el rinciio de 4!sticia eseciali"ada3 tam&i5n incororado

    en la legislaci#n de //6 ' !e es !n claro refle4o de la orientaci#n de olítica

    criminal del Estado. ;a !e claramente incorora la resonsa&ilidad de los

    adolescentes or la comisi#n de delitos3 ero a la ve" se comromete tam&i5n3

    a crear !na 4!sticia eseciali"ada ara 4!"gar estos ecos3 !e tiene s! ra"#n

    de ser recisamente or los s!4etos destinatarios de esta legislaci#n. Es decir3

    adolescentes ' no ersonas ad!ltas.

    2e trata de !na 4!sticia eseciali"ada3 dentro de la 4!sticia ordinaria. Esta

    eseciali"aci#n de la 4!sticia3 es !no de los f!ndamentos del modelo de

    resonsa&ilidad. El c!al se refle4a3 tanto en el roceso3 como en los #rganos3

    los f!ncionarios3 las instit!ciones ' esecialmente en los rinciios roios de

    la materia enal 4!venil.

    En la +P se insta!r# !na 4!sticia eseciali"ada ara adolescentes

    infractores de la le' enal3 !e comrende todo !n sistema de 4!"gamiento. El

    c!al est< constit!ido or tri&!nales e,cl!sivos ara la materia enal 4!venil3

    fiscales3 a&ogados defensores ' olicías eseciali"ados. %sí mismo3 en la

    e4ec!ci#n se a esta&lecido !n 4!e" de e4ec!ci#n de las sanciones3 ' toda la

    estr!ct!ra organi"ativa ara el c!mlimiento de las sanciones !e esta&lece la

    le'3 lo !e se refor"# con la aro&aci#n de la +e' de E4ec!ci#n de las

    2anciones Penales !veniles 0+E2P1 en el a=o ())F. Este rinciio disone

    !e en el

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    enal de ad!ltos3 continúan resolviendo as!ntos de ersonas menores de

    edad3 ac!sadas de la comisi#n de !n eco delictivo. +o anterior tam&i5n !&ica

    al aís en !n inc!mlimiento de los comromisos internacionales ad!iridos.

    Uno de los temas dentro de c!al!ier legislaci#n enal !e artic!lari"a

    la olítica criminal del Estado3 se enc!entra en la reacci#n o consec!encia or

    el delito. Es decir3 en la ena o c#mo recisamos en el dereco enal 4!venil3

    en la sanci#n 4!venil. Precisamente de car

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    a!n!e tamoco se trata de !n dereco enal simlico3 'a !e a tenido

    alicaci#n so&re todo en casos graves.

    Estas sanciones tienen !na finalidad rimordialmente ed!cativa. +o !e!&ica tam&i5n a la legislaci#n dentro de !na orientaci#n de olítica criminal !e

    tiene como o&4etivo lo !e se conoce como la revenci#n esecial ositiva. 2in

    !e tam&i5n se de&a desconocer !e la legislaci#n3 c!ando se=ala

    rimordialmente ed!cativa3 no est< esta&leciendo como única finalidad lo

    ed!cativo. ;a !e tam&i5n se considera de relevancia el inter5s de la víctima '

    de la sociedad. Es decir3 el legislador tamoco a ren!nciado a los fines de la

    revenci#n general.

    F

     

    2in em&argo3 la esecificidad del Dereco Penal !venil se enc!entra

    recisamente en las sanciones3 en comaraci#n con el Dereco Penal de

    %d!ltos. Por esto res!lta tan imortante !e la finalidad de la sanci#n enal

     4!venil se oriente or fines de revenci#n esecial ositiva. Considerando

    esecialmente las condiciones artic!lares de los a!tores3 !ienes

    recisamente or s! condici#n de adolescentes !e se enc!entran en roceso

    constante de formaci#n3 se re!iere incidir ositivamente en ellos ' no a'

    me4or forma !e incidir a trav5s del rinciio ed!cativo ara estos s!4etos en

    desarrollo. %!n!e en forma &reve me g!staría3 or la relevancia del tema3

    de4ar resentado !n conceto del rinciio ed!cativoG

    “Son todas aquellas estrategias o prograas, p!"licos o privados,

    en el #stado deocr$tico, que al oento de la iposici%n de una

    sanci%n penal &uvenil, coo durante su e&ecuci%n, se consideran

     para apartar al adolescente del delito ' foentar la responsa"ilidad 

    de sus actos frente a terceros. Se trata de educarlo en la

    responsa"ilidad.( 

    - %n detalle sobre este importante tema &er >Fines y Determinación de lasSanciones Penales Juveniles.”  A2

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    Esta legislaci#n contemla !na serie de rinciios rectores de

    relevancia3 !e ermiten tam&i5n identificar la olítica criminal3 !e or ra"ones

    de tiemo ' esacio no me es osi&le desarrollar.6  Tan solo me g!staría

    mencionar el rinciio de rotecci#n integral3 !e ace referencia no solo a !narotecci#n legal3 sin tam&i5n a !na rotecci#n de cartro de los rinciios rectores !e me g!staría mencionar es la

    des4!diciali"aci#n. H!e ad!iere enorme relevancia en la 4!sticia enal 4!venil.

    ;a !e esta 4!sticia de&e ser siemre la última oci#n ' recisamente a trav5s

    de la des4!diciali"aci#n del ma'or número de casos3 en los !e est5n

    invol!crados las ersonas menores de edad3 es la me4or forma de red!cir la

    intervenci#n enal. Este rinciio est< claramente refle4ado en la legislaci#n

    enal 4!venil ' es !na de las características tam&i5n !e artic!lari"a la olítica

    criminal. Este rinciio !ede anali"arse a trav5s de los diferentes instit!tos

    !e &!scan la des4!diciali"aci#n ' en dos niveles. Un rimer nivel f!era del

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    legislaci#n de //63 son las formas de resol!ci#n de los casos sin necesidad

    del dictado de !na sentencia o de !n fallo formal3 ero desde l!ego &a4o la

    direcci#n de !n 4!e" ' con la articiaci#n activa3 tanto de la víctima como del

    fiscal. Estos instit!tos son la conciliaci#n3 la s!sensi#n del roceso a r!e&a3la rearaci#n integral del da=o ' la e4ec!ci#n condicional sin límites3 'a sea de

    montos de ena o tio de delito como s!cede en ad!ltos.

    Este rinciio de la des4!diciali"aci#n3 !e tam&i5n roviene del acervo

    del sistema de Naciones Unidas3 realmente favorece a todos3 al adolescente3 a

    la com!nidad3 a la víctima ' a la administraci#n de 4!sticia. Por esto3 de&ería de

    ser !n rinciio rector no solo de la olítica criminal3 sino de la olítica de laersec!ci#n del delito en c!al!ier Estado de Dereco.

    +a +P no solo asectos de dereco enal de fondo3 como los

    anteriormente e,licados3 orientan la olítica criminal. 2ino tam&i5n alg!nos

    asectos de dereco rocesal. %!n!e el dise=o del roceso no es lo !e

    artic!lari"a al dereco enal 4!venil3 sino el dereco enal s!stantivo '

    artic!larmente las sanciones3 si res!lta de relevancia ara la olítica criminal

    la estr!ct!ra o dise=o del roceso. +o !e desde l!ego est< relacionado con la

    t5cnica legislativa3 de aí !e tam&i5n es imortante le'es !e est5n &ien

    estr!ct!radas3 or!e de ello tam&i5n deende la efectividad o el res!ltado de

    la olítica criminal.

    +a +P de //6 esta&leci# !n dise=o del roceso !e tiene alg!nas de

    las sig!ientes características el car

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    menos desde la ersectiva legislativa. Por ra"ones de esacio tan solo

    de4amos se=alado este imortante tema.

    II' SE(UNDA PARTE' AL(UNAS PROPUESTAS DE REFORMA

    LE(ISLATIVA

    Tal ' como mencionamos al inicio3 !na de las manifestaciones de la

    olítica criminal recisamente se enc!entra en el contenido legislativo. ;a !e

    recisamente forma arte de las estrategias del Estado frente al delito.

    %nteriormente e,!simos de manera res!mida la estrategia legal del Estadocostarricense ara enfrentar el delito 4!venil en //6. Desde la aro&aci#n de

    esta le'3 no an e,istido cam&ios s!stantivos significativos !e varíen o

    modifi!en la olítica criminal refle4ada en esta legislaci#n. 2in em&argo3 or lo

    menos desde el a=o /// 'a se viene esc!cando ' a&lando so&re osi&les

    reformas a la +P. Estas intenciones de reforma an sido e,resadas incl!so

    oficialmente or el Presidente de la Corte 2!rema de !sticia.@  %!n!e

    oficialmente no e,ista !n ro'ecto de le'3 ni si!iera !n antero'ecto todavía3

    !e roonga !na modificaci#n integral de la +P3 si an e,istido ro!estas

    de reforma so&re diferentes temas3 como or e4emlo el re&a4o de la edad de la

    resonsa&ilidad enal ' el a!mento al la"o de la detenci#n rovisional. 2in

    em&argo3 ara el mes de 4!nio del ())/ !n gr!o de interesados en el sistema

    de 4!sticia enal 4!venil3 agr!ados en !n foro so&re la 4!sticia enal 4!venil

    convocado or el $nstit!to +atinoamericano de Naciones Unidas ara la

    Prevenci#n del Delito ' Tratamiento del Delinc!ente 0$+%NUD13 conoci# de !na

    ro!esta de reforma legislativa3 ro&a&lemente im!lsada or la Corte

    2!rema de !sticia3 denominada A+e' de Resonsa&ilidad Penal !venilB. De

    esta ro!esta de reforma3 se !eden e,traer alg!nos de los rinciales temas

    0 %n feca 22 de marzo del 2

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    !e se retenden reformar o !e 'a se an reformado de la +P. %

    contin!aci#n e,ondr5 recisamente estas ro!estas3 !e coinciden no solo

    con el anterior doc!mento3 sino tam&i5n con alg!nas iniciativas legislativas '

    !e e res!mido en los sig!ientes temas la creaci#n de los registros 4!diciales3la alicaci#n de medidas de seg!ridad3 la amliaci#n del la"o de la detenci#n

    rovisional3 la limitaci#n de las formas de des4!diciali"aci#n3 la enali"aci#n del

    cons!mo de drogas3 la re&a4a de la edad de la resonsa&ilidad enal3 entre

    otros. Para la resentaci#n de estos temas !tili"ar5 !n &inomio entre ro!esta

    ' crítica3 en donde retendo or !n lado res!mir la iniciativa o ro!esta '

    osteriormente3 resentar !na crítica o mi oini#n al resecto. Todas estas

    ro!estas de reforma3 sin d!da son las !e caracteri"an la n!eva orientaci#nde la olítica criminal del Estado3 frente al delito en el !e artician

    adolescentes.

    1'CREACI&N DEL RE(ISTRO JUDICIAL PARA MENORES DE EDAD

    PROPUESTA: +o !e se a ro!esto es la creaci#n de !n %rcivo

    Penal !venil3 con fines investigativos ' de individ!ali"aci#n3 como

    deendencia del %rcivo Criminal del >rganismo de $nvestigaci#n !dicial

    0>$1. El c!al contar< con ficas ' doc!mentos de&idamente clasificados3 tanto

    de las condenas como Ade todas las personas enores de edad, que ha'an

    coparecido ante la autoridad, en calidad de presuntos responsa"les de

    hechos puni"lesB Es decir3 !n registro no solo de sentenciados como e,iste

    ara los ad!ltos3 sino incl!so de ersonas !e se enc!entran sometidas a !n

    roceso enal 4!venil. %dem

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    0/@@13 >stendorf 0//@13 2caffsteinJ7e!l:e 0//@1 ' DKn:el 0())1 son categ#ricos

    al considerar !e las cond!ctas transgresoras3 incl!so delictivas3 de los

    adolescentes de&en de considerarse comortamientos desviados con cartroarg!mento imortante relacionado con lo eis#dico de las cond!ctas delictivas

     4!veniles es la menor gravedad de los delitos !e cometen los adolescentes en

    comaraci#n con los ad!ltos3 lo c!al de&e considerarse siemre ante c!al!ier

    reacci#n Estatal3 como la ro!esta mencionada. Casi el @)L de la totalidad de los

    delitos cometidos or ersonas menores de edad3 son delitos contra la roiedad

    0ro&os ' !rtos13 solo !n orcenta4e m!' e!e=o3 son delitos !e !di5ramos

    considerar graves3 como omicidios3 delitos  se,!ales o delitos relacionados con el

    narcotr

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    roceso3 ni or delito ni m!co menos or !na contravenci#n. Por lo !e res!ltaría

    adem

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    medidas c!rativas3 !e no !eden e,ceder de !n la"o de ) a=os3

    rescri&iendo en !n la"o ig!al. +a vigilancia ' seg!imiento de estas medidas3

    estaría a cargo del 4!"gado de e4ec!ci#n de las sanciones enales 4!veniles.

    CRÍTICA: +a anterior ro!esta no tiene 4!stificaci#n alg!na de car

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    trav5s del dereco enal. No res!lta correcto !e en el siglo OO$3 no odamos

    dar !na res!esta diferente a !n tema de larga tradici#n ' !e a conf!ndido

    loc!ra con delito. Por lo !e no !ede resonderse a !na enfermedad3 con !na

    sanci#n enal. %demtro de

    los arg!mentos ara estar en contra de estas medidas de seg!ridad3 es !e 'a

    e,iste !na res!esta menos restrictiva ' reresiva3 !e c!mle tam&i5n con el

    rinciio de la roorcionalidad3 las c!ales son las medidas de rotecci#n3

    esta&lecidas en el C#digo de la Ni=e" ' la %dolescencia.) Estas medidas de

    estado mental del a%ente. 1l "sicoló%ico se *asa en las consecuencias deesos estados mentales! y en 3n! el *io+"sicoló%ico! atiende al estado mental

    del su0eto como a las consecuencias de ese estado.”  *ópez Getancourt, %!155+! @#g! 1!

    1< *as medidas de protección se establecen en los artículos 1+-, 1+. y 1+/del 6ódigo de la 9i:ez y la "dolescencia! 8icos numerales estableceneIpresamente lo siguiente= >Artículo 135JF 4edidas de protección! *asmedidas de protección que podr# dictar la o$cina local del @atronato9acional de la Enfancia ser#n= aB rientación, apoyo y seguimiento temporal

    a la familia! bB 4atrícula y asistencia obligatorias en establecimientoso$ciales de ense:anza! cB Enclusión en programas o$ciales o comunitariosde auIilio a la familia, y a las personas menores de edad! dB rden detratamiento m'dico, psicológico o psiqui#trico en r'gimen de internación enospital o tratamiento ambulatorio! eB Enclusión en programas o$ciales ocomunitarios de auIilio, que impliquen orientación y tratamiento aalcoólicos y toIicómanos! fB 6uido pro&isional en familias sustitutas! gB"brigo temporal en entidades públicas o pri&adas! Artículo 136JF 4edidaspara padres o responsables! ?er#n medidas aplicables a los padres oresponsables de personas menores de edad, las siguientes= aB Remitirlas a

    programas o$ciales o comunitarios de protección a la familia! bB Remitirlasa programas o$ciales o comunitarios de apoyo, orientación y tratamiento aalcoólicos y toIicómanos! cB Remitirlas a un tratamiento psicológico opsiqui#trico! dB bligarlas a matricularse y obser&ar su asistencia yapro&ecamiento escolares! Artículo 137JF tras medidas! ?er#n medidasaplicables a patronos, funcionarios públicos o cualquier otra persona que&iole o amenace con &iolar los derecos de las personas menores de edad=aB @re&ención escrita acerca de la &iolación o amenaza contra el dereco deque se trate en el caso particular, con citación para ser informadosdebidamente sobre los derecos de la persona menor! bB rden de cese

    inmediato de la situación que &iola o amenaza con &iolar el dereco encuestión, cuando la persona llamada no se apersone en el plazo conferido

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    rotecci#n3 !eden erfectamente c!mlir con los fines de atenci#n en sal!d3

    !e re!eriría !n menor de edad3 en condici#n de inim!ta&ilidad o con

    im!ta&ilidad dismin!ida. +o mismo !e tam&i5n a trav5s de estas medidas de

    rotecci#n3 se !ede lograr !na efectiva t!tela a los derecos de las víctimas3así como tam&i5n garanti"arles a ellas !na efectiva revenci#n de osi&les

    da=os o afectaciones f!t!ras.

    .'AMPLIACI&N DEL PLA4O DE DETENCI&N PROVISIONAL

    PROPUESTA: Casi desde el inicio de la aro&aci#n de la +P3 se a

    criticado el la"o esta&lecido en esta legislaci#n 0 meses1 ara el decreto de ladetenci#n rovisional. +as ro!estas an consistido rincialmente en amliar

    este la"o3 en ? meses rorroga&les a otros ? meses e incl!so en !n la"o

    ig!al3 !na ve" dictada la sentencia condenatoria. Esta ro!esta es la única

    !e 'a a entrado en vigencia ' denota !na orientaci#n de la olítica criminal3

    al a!mentarse este la"o original de meses de la sig!iente formaG !n rimer

    la"o de ? meses3 rorroga&le or !n la"o ig!al. El Tri&!nal de %elaci#n de la

    2entencia Penal !venil ' 0sic1 la 2ala de Casaci#n odr

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    CRÍTICA: El la"o ro!esto incl!so en el ro'ecto de la +P3 era

    menor( a los meses !e or F a=os se mant!vo vigente3 como la"o

    m

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     4!venil ' los la"os largos afectan el rinciio de celeridad. %dem

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    menores de edad3 lo mismo !e inscri&iendo conforme lo esta&lece el roceso

    enal de ad!ltos3 estos &eneficios ara !e no !eda el im!tado3 !tili"arlos en

    !n la"o determinado. Tam&i5n se roone la introd!cci#n del rocedimiento

    a&reviado ' !e ara s! otorgamiento3 lo mismo !e ara la s!sensi#n delroceso a r!e&a3 sea re!isito la admisi#n de los ecos or arte de la

    ersona menor de edad. +a conciliaci#n es !i"

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    limitado3 tanto en forma legislativa3 como en forma 4!risr!dencial. +o !e a

    limitado seriamente el !so de este imortante mecanismo de des4!diciali"aci#n.

    CRÍTICA: Uno de los f!ndamentos del dereco enal 4!venil esrecisamente la romoci#n de la des4!diciali"aci#n del ma'or número de

    conflictos. +o !e se c!mle a trav5s de las distintas formas de

    des4!diciali"aci#n. +as ra"ones 4!rídicas ' sociales !e se e,onen en ro de la

    des4!diciali"aci#n son dos &

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    !na olítica criminal f!erte ' severa res!ltan insatisfactorios.F  +a

    des4!diciali"aci#n favorece a todos. %l ad$e3ce#2e or c!anto or este medio

    se red!cen las osi&ilidades de estigmati"aci#n e instit!cionali"aci#n !e

    significa someterse a !n roceso enal. % la c$06#!dad3 'a !e or estemedio se rom!eve la articiaci#n de los sectores sociales !e !eden

    convertir realmente en efectivo la idea de la resociali"aci#n ' de la reed!caci#n

    de los adolescentes3 ' acer efectivo los fines de la revenci#n esecial.

    Tam&i5n favorece a la 78c2!0a 3 'a !e de !na manera m9o podr#n ser ob)eto de mediación ni conciliación, los asuntos en los que

    eIistan derecos irrenunciables de las partes, los relacionados con la&iolencia dom'stica, los de suspensión o p'rdida de la autoridad parental, nilos que puedan constituir delitos!C %sto a generado diferentes criterios

     )urisprudenciales, que pudi'ramos resumir así= %n el &oto 9N /11-F50, a las1.=

    estableció= >Procede! en consecuencia! evacuar la consulta formulada en elsentido de que el artculo 455 del 7ódi%o de la -i#e y la 8dolescencia no es

    inconstitucional! en cuanto se inter"rete que "odr realiarse la conciliación

    cuando el im"utado y el ofendido sean "ersonas menores de edadC! @orúltimo, la ?ala 6onstitucional e&acuando la consulta planteada, respecto a laconciliación, en cuanto al p#rrafo s'timo, del artículo 1. de la *ey 0/2< del

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    !na forma de rearaci#n de los da=os o rec!eraci#n de los derecos del

    ofendido or el delito3 es !na osi&ilidad de enfrentar al a!tor ' la víctima !e

    !ede tener !n gran otencial ed!cativo ara el adolescente. Por último3 la

    des4!diciali"aci#n favorece tam&i5n la red!cci#n de los costos de laad0!#!32rac!"# de a 9632!c!a !e siemre ser

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    Tam&i5n res!lta inadmisi&le la ro!esta de red!cci#n de salidas

    alternas3 introd!ciendo el rocedimiento a&reviado3 !e no est< esta&lecido en

    la act!al +P. ;a !e es !n rocedimiento m!' c!estiona&le ' m

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    ersonas menores de edad3 or!e sin l!gar a d!das3 la intervenci#n enal3

    le4os de eliminar el cons!mo de drogas ilícitas !e se retende or el contrario

    es m

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    oort!no ' necesario3 or lo menos de4arlas se=aladas3 lo mismo !e resentar

    mi osici#n so&re estas n!evas roosiciones3 'a !e imlicarían

    event!almente !n cam&io significativo de la olítica criminal. Es imortante

    se=alar3 !e no todas estas n!evas form!laciones se an e,resado or mediode antero'ectos o ro'ectos de le'. 2alvo la relacionada con la red!cci#n de

    la edad de la resonsa&ilidad enal3 !e si se encontr# en !n ro'ecto de le'

    0ro'ecto de le' número .6F1. >tras reformas como la elevaci#n de los

    montos de las enas3 la amliaci#n del cat

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    el acervo de Naciones Unidas esta&leci# !n r5gimen esecial de

    resonsa&ilidad enal 4!venil fi4ando los @ a=os de edad ara la

    resonsa&ilidad enal de los adolescentes diferenciada de los ad!ltos.

    %dem

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    sanciones3 esta&lecidas en la +P.6 Una de las manifestaciones m

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    rocedimiento3 se elimina r

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    relevancia3 no solo resentar contenidos de olítica criminal !e se enc!entran

    en la act!al +P3 !e es recisamente la olítica criminal !e defini# el

    legislador en //63 ' las ro!estas !e act!almente e,isten3 ara modificar

    esta olítica criminal ' !e incl!so3 'a en alg!nos casos se an modificado3como es el e4emlo del la"o de la detenci#n rovisional. $ndeendientemente

    de la res!esta legislativa3 ara la ela&oraci#n de la olítica criminal se

    re!iere tam&i5n !na conceci#n te#rica del delito3 en este caso !n delito

    diferente ' artic!lar3 el delito 4!venil. %!í res!lta f!ndamental se=alar !e este

    delito en rimer l!gar3 no !ede s!stantivamente comararse al delito de los

    ad!ltos3 a!n!e formalmente !eda ser el mismo delito. Pero so&re todo

    tam&i5n3 re!iere entender el delito 4!venil como lo reconoce la doctrina m

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    ro&lemas l!ego de !na eval!aci#n seria3 res!lta v

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    factor de riesgo ca!sante de mR2$E+D3 Pili J PRU$N3 $ne:e0Eds.1 0())1G 0uvenile 0ustice S'ste in #urope. Current Situation and ReforDevelopents3 ol. 3 (3 ?3 3 or!m erlag odes&erg3 %lemania.

    I%$2ER3 Knter. 0/@@1. +ntroducci%n a la criinología. Editorial D':inson.

    25tima edici#n. Madrid.

    ++>7ET3 avier. J DQNIE+3 rieder. J T$ER3 Carlos. 0())(1G Derecho Penal  0uvenil . $+%NUD3 D%%D. 2an os53 Costa Rica.

    +VPES 7ET%NC>URT3 Ed!ardo. 0//?1 +puta"ilidad ' Culpa"ilidad . EditorialPorrúa3 2.%. M5,ico D.

    M%UR%C93 Reinart J S$P3 9ein" 0//1 Derecho Penal. Parte =eneral. Tomo. Editorial %strea. 7!enos %ires.

    N%C$>NE2 UN$D%2. Reglas de las 1aciones Unidas para la 3dinistraci%n de 0usticia de Menores, >Reglas de ?ei&ing@. %ro&adas or la %sam&lea eneral

    +0

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    de las Naciones Unidas mediante Resol!ci#n N )J??3 de (/ de noviem&re de/@F3 or recomendaci#n del >ctavo congreso de las Naciones Unidas so&rerevenci#n del delito ' tratamiento del delinc!ente.

    N%C$>NE2 UN$D%2. Convenci%n so"re los derechos del 1i/o. %ro&adas orla %sam&lea eneral de las Naciones Unidas mediante Resol!ci#n N J(F3de () de noviem&re de /@/. %ro&ada en Costa Rica mediante le' número@3 !&licada en +a aceta /3 del / de agosto de //).

    >2TEND>R3 9eri&ert 0()1G 0ugendstrafrecht 3 6. %!flage3 Nomos erlag

    2C9%2TE$N3 riedric J 7EU+IE3 erner. 0//@1.  0ugendstrafrecht, ?.%!flage.

    T$ER 2>T>M%;>R3 Carlos. ines  ' Deterinaci%n de las Sanciones

    Penales 0uveniles. 0()1. EnG $nforme en Dereco. Est!dios de dereco Penal!venil $$. Centro de Doc!mentaci#n Defensoría Penal !venil. 2antiago deCile. PP. -?.

    T$ER 2>T>M%;>R3 Carlos. )e' de 0usticia Penal 0uvenil. Coentada ' Concordada. 0()1. Tercera Edici#n. Editorial !rídica Continental. 2an os53Costa Rica.