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1 Cuestionamientos al funcionamiento del sistema: Testigos “des-protegidos” del Estado Según las estadísticas del año 2012 de la División de Atención a Víctimas y Testigos del Ministerio Público, fueron 82.782 las personas que denunciaron como víctima o testigo algún delito en la Fiscalía. El último estudio de la Fundación Paz Ciudadana reveló que sólo un 17,9% dijo sentirse satisfecho con la calidad del servicio entregado y 7 de cada 10 señalaron haber sentido temor al entregar su testimonio. Un miedo que desequilibra el proceso judicial ya que el ente persecutor acusa una baja participación ciudadana, los fiscales prometen resguardo de la identidad pero son los jueces quienes deciden revelarla o no, y la ONU tiene en la mira al Estado chileno por la aplicación de la figura del testigo protegido. Un programa que asomaba como la carta fuerte de la Reforma Procesal Penal, hoy pone en jaque la seguridad de quienes declaran encubiertos en un juicio. POR TOMÁS IGNACIO SEPÚLVEDA ÁBALOS Reportaje presentado a la Facultad de Comunicaciones de la Universidad del Desarrollo para optar al título profesional de Periodista PROFESORA GUÍA Beatriz Burgos Araneda Noviembre, 2013 SANTIAGO

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Cuestionamientos al funcionamiento del sistema:

Testigos “des-protegidos” del Estado

Según las estadísticas del año 2012 de la División de Atención a Víctimas y Testigos

del Ministerio Público, fueron 82.782 las personas que denunciaron como víctima o

testigo algún delito en la Fiscalía. El último estudio de la Fundación Paz Ciudadana

reveló que sólo un 17,9% dijo sentirse satisfecho con la calidad del servicio entregado y

7 de cada 10 señalaron haber sentido temor al entregar su testimonio. Un miedo que

desequilibra el proceso judicial ya que el ente persecutor acusa una baja participación

ciudadana, los fiscales prometen resguardo de la identidad pero son los jueces quienes

deciden revelarla o no, y la ONU tiene en la mira al Estado chileno por la aplicación de

la figura del testigo protegido. Un programa que asomaba como la carta fuerte de la

Reforma Procesal Penal, hoy pone en jaque la seguridad de quienes declaran encubiertos

en un juicio.

POR TOMÁS IGNACIO SEPÚLVEDA ÁBALOS

Reportaje presentado a la Facultad de Comunicaciones de la Universidad del Desarrollo

para optar al título profesional de Periodista

PROFESORA GUÍA

Beatriz Burgos Araneda

Noviembre, 2013

SANTIAGO

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Marcela (44) es madre de tres hijos, casada y hace ocho meses dejó su hogar en la

comuna de La Pintana. Ella denunció a una banda de narcotraficantes que negociaba

cocaína en las afueras de su pasaje. Fue acogida en el Programa de Víctimas y Testigos

del Ministerio Público, donde el fiscal a cargo de su caso le aseguró medidas de

protección y traslado de domicilio a cambio de que entregara su testimonio en el juicio

contra la agrupación ilícita.

El fiscal, para evitar represalias de los familiares de los imputados, la trasladó a un hotel

en el centro de la comuna de Recoleta. Allí vivió junto a su familia los dos meses que

duró el juicio, bajo una constante incertidumbre e inseguridad.

Marcela tuvo que dejar su trabajo como feriante, ocultar su identidad y evitar exponerse

en lugares públicos. Asegura que la cuenta del celular de emergencia facilitado por la

Fiscalía y los gastos de arriendo sólo corrieron por parte del Ministerio Público el primer

mes en el cual estuvo asentada en el hotel. Nunca más recibió una factura del Programa

de Víctimas y Testigos y tuvo que sacar de sus ahorros para mantener estos resguardos.

“No podía ni siquiera salir a comprar, mis hijos no podían ir al colegio, mi marido no

podía ir a trabajar tranquilo y todo se agudizó cuando ocurrió la desgracia. Mis vecinos

me llamaron para contarme que apedrearon y rayaron mi casa”. “Sapa CTM” estaba

escrito en el frontis de la vivienda.

Marcela y su familia tuvieron que abandonar toda esperanza de volver a su hogar en La

Pintana y también las piezas del hotel puesto que, sin el financiamiento del Ministerio

Público, sus ingresos no alcanzaban para mantener los costos del alojamiento. Para

aminorar los gastos, arrendaron dos habitaciones de una vivienda en la comuna de

Santiago, todo esto con sus propios medios.

“Yo perdí mi casa y no quiero volver a ella por temor a represalias, al tema de volver al

pasado. Si al fin y al cabo nunca tuve ayuda de nadie”, confiesa la testigo protegida.

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Así como Marcela, 82.782 víctimas y testigos se acercaron en el 2012 a declarar en la

Fiscalía, confiados en las garantías y medidas de seguridad ofrecidas por el fiscal a

cambio de entregar su testimonio durante el juicio. Garantías que se han visto opacadas

con los resultados del último estudio de la Fundación Paz Ciudadana sobre la calidad en

la entrega del servicio a las víctimas y testigos del Ministerio Público.

Los índices del primer semestre de 2013, arrojaron que un 66,2% se sintió insatisfecho

con la atención y el servicio entregado por la Fiscalía después de denunciar y sólo un

17,9% dijo sentirse conforme con la respuesta del Ministerio Público. Además, el ente

persecutor obtuvo apenas nota 3,8 de 7 en su desempeño contra la delincuencia,

quedando con peor rendimiento que las policías, la Defensoría Penal Pública y el

gobierno.

Respecto del servicio de Protección, el 71% de los usuarios reveló haber sentido miedo

antes de asistir a declarar a la Fiscalía. Un temor que, según las propias autoridades, está

socavando al sistema por la falta de participación ciudadana, un alejamiento justificado

tras el 68% de los encuestados que señaló no haber recibido ninguna medida de

protección. Porcentaje que queda al criterio de los fiscales y que se tiene que adecuar al

limitado presupuesto del programa.

Estos resultados fortalecen los testimonios de quienes han sido víctimas del sistema y

ponen en duda las reales garantías del que fue el programa estrella de la Reforma

Procesal Penal.

El 16 de junio de 2005 terminó de implementarse el mayor cambio estructural de la

Justicia Penal en la historia de Chile. Fue un proceso gradual que se inició en el 2000

bajo el gobierno de Eduardo Frei, con las regiones de Coquimbo y la Araucanía como

sus precursores, y que culminó con la incorporación de la región Metropolitana.

Tras su aplicación, las atribuciones de protección de víctimas y testigos protegidos

fueron delegadas al nuevo Ministerio Público bajo la imagen del fiscal. Este último,

como indica el Código Procesal Penal, es el encargado durante todo el procedimiento de

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adoptar medidas o solicitarlas para proteger a las víctimas de los delitos, facilitar su

intervención al momento de declarar y evitar o disminuir al mínimo cualquier

perturbación que hubieren de soportar con ocasión de los trámites en que debieren

intervenir.

En conjunto con la creación de la Fiscalía, se crea la División Nacional de Atención a las

Víctimas y Testigos (DAVT). Su propósito es el de velar por el cumplimiento de las

tareas que a este respecto le encomiende al Ministerio Público bajo la ley procesal penal.

La DAVT resulta de gran importancia para los efectos de asistir a los fiscales en la

implementación de medidas de protección a víctimas y testigos. Esto ha sido en gran

parte facilitado gracias a la creación de un fondo económico específico, que consta de un

presupuesto anual de $1.697.798.733.

Para proteger a los testigos durante y posterior al juicio, el fiscal puede solicitar al juez

medidas de protección, éstas son coordinadas con Carabineros de Chile y Policía de

Investigaciones (ver recuadro 1). En el 2012 se dictaron 87.000 medidas de protección

a favor de víctimas y testigos: 45.502 por casos de violencia intrafamiliar, 14.196

durante el proceso de preparación del juicio oral por delitos de menor calificación y

19.336 para atención especializada por intimidación alta o por tratarse de delitos

sexuales.

Además, dentro del presupuesto de la DAVT, está contemplado el cambio de domicilio

tanto de la víctima como del testigo según previa solicitud del fiscal, entregando un

monto máximo mensual de $1.217.460 pesos. Anualmente, hay un promedio de 30 casos

de reubicación a nivel nacional.

Marcela Neira es abogada de la Universidad de Chile y trabaja hace seis años en el

Ministerio Público. Ingresó a la Fiscalía de Chile como jefa de la Unidad de Atención a

Víctimas y Testigos en la Fiscalía Regional Metropolitana Occidente y actualmente se

desempeña como la gerente de la División de Víctimas y Testigos de la Fiscalía

Nacional.

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Neira reconoce que los recursos de la DAVT se hacen escasos para la cantidad de casos

que hay que cubrir y que muchas veces los testigos tienen que poner dinero de sus

bolsillos para complementar el saldo restante que no es cubierto por el Ministerio

Público. En noviembre de 2013 ya se han atendido 15.486 personas más que el año

pasado y los recursos no han tenido un incremento considerable. De los $1.620.482.594

pesos que contempló el presupuesto del 2012, ha habido un aporte extra para este año de

$77.313.139 pesos.

En el caso de que las víctimas y testigos que tengan que ser reubicados fuera de su

domicilio como una medida de protección, la gerente de la DAVT asume que gran parte

de los afectados prefiere no abandonar el hogar.

“Este fondo nos permite pagarles unos meses para que busquen trabajo, pero la gente no

está dispuesta a eso (…) Cuando nosotros ofrecemos relocalizar a la gente, parte

importante de ellos no está mentalizada en hacerlo porque el costo personal es muy

alto”.

En la práctica, la falta de recursos de la DAVT, el bajo compromiso ciudadano para

colaborar en un proceso penal por la entrega limitada de medidas de protección y las

constantes promesas incumplidas de la Fiscalía son sindicados, tanto por autoridades

como por ex participantes del sistema, como la génesis de que el Programa de Víctimas

y Testigos a 13 años de su implementación, se encuentre sumamente cuestionado.

Para resguardar la identidad de todos los testigos protegidos nombrados en este reportaje

se les ha proporcionado el beneficio del off the record, mediante el cual entregan

información relevante de su caso o testimonio a cambio de no revelar mayores

antecedentes personales.

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Identidad protegida al descubierto

María (31) no podrá olvidar fácilmente la tarde del 25 de julio de 2013. Regresaba a su

casa desde su trabajo como secretaria en el centro de la capital y al descender del bus del

Transantiago, en el paradero de Avenida Providencia con Avenida Salvador, fue asaltada

y amenazada con un cuchillo por un sujeto.

“Me quitó mi cartera y mi teléfono celular porque iba hablando, alcancé a darme vuelta

y ver a la persona en el forcejeo, ahí le pude ver la cara”, relata María.

Por segundos, delincuente y víctima se miraron fijamente. El tiempo necesario como

para identificarlo cuando el delincuente fue detenido por Carabineros en un control de

identidad horas más tarde, ante una denuncia anónima de un vecino que lo vio rondando

en actitudes sospechosas por el barrio.

El fiscal a cargo de su caso le dijo que el delincuente tenía un amplio prontuario policial

y que si ella colaboraba con su declaración en el juicio, el antisocial pasaría varios meses

tras las rejas. Ante la dubitativa actitud de María por querer colaborar con la causa, el

fiscal le prometió que durante el juicio le asignaría una caracterización para ocultar su

identidad, terminando de convencerla para que participara del proceso penal.

“Uno queda totalmente irreconocible y eso me dio un poco de seguridad de que no era

tan terrible estar a unos metros delante de la persona que me asaltó (…) Y te convence

un poco el esfuerzo que hace el fiscal por sacar adelante los casos, motivar a los testigos

y por conseguir las pruebas. Al final da lata que uno no ponga de su parte y que todos

estos gallos que roban queden libres porque siguen haciendo siempre lo mismo”,

aseguró la testigo.

En la jornada del juicio contra el delincuente que asaltó a María, la testigo utilizó una

peluca y fue maquillada por los funcionarios del Ministerio Público. Fue llamada a la

sala por el juez para entregar su declaración de los hechos y, al momento de pararse en

el estrado, el magistrado le solicitó su nombre completo y su R.U.T. Ante la atónita

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mirada de María al fiscal y la urgencia de la pregunta del juez, no le quedo otra opción

que revelar su identidad.

“Uno va con miedo. Te resguardan tu identidad visual, pero al minuto que estás ahí igual

tienes que revelar tus datos, decirlo en voz alta delante del asaltante que está ahí, su

familia que está atrás y quizás la banda (…) Hay como una supuesta promesa de

protección de la identidad que te dan pero que en el momento del juicio se va todo a piso

porque igual estás obligado a entregar tus datos”, reflexiona María.

El Ministerio Público tiene la obligación de prestar protección a todo testigo que

colabore con la justicia. Es un derecho constitucional. Ante casos graves debe justificar

que existe un riesgo para la integridad física de la víctima para así, por ejemplo,

mantener en reserva sus datos e incluso darle resguardo después del juicio.

Desde ese entonces la testigo supuestamente protegida del caso enfrenta el miedo a una

posible represalia. El hombre que la asaltó veía cómo ella lo acusaba y sabía que su

testimonio sería el principal medio de prueba. María asegura y tiene la convicción de

que en caso de que vuelva a sufrir una situación de este tipo, prefiere no declarar el

incidente y no poner en riesgo su integridad.

“Yo me plantee mucho ir o no. Me pregunté: ¿Vale la pena exponer mi identidad y mi

persona por un teléfono y una cartera? (…) No es opcional que uno pueda ir a declarar o

no, es un deber”, atestigua la testigo del caso.

Francisco García es abogado de la Universidad Católica y hace tres años que trabaja en

la Defensoría Penal Pública. Ahí ejerce el cargo de jefe del Departamento de Estudios,

unidad que asesora directamente al Defensor Nacional, Georgy Schubert, en materias de

estrategia para el mejoramiento de la calidad en la prestación del servicio de la defensa.

En septiembre se solicitó una entrevista con el señor Schubert la cual, al cabo de tres

meses, no fue aceptada.

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Esta institución fue creada en el 2001, bajo el marco de la Reforma Procesal Penal para

proporcionar defensa penal a los imputados que carezcan de abogado, asegurando de

esta manera el derecho de atención por un letrado y el debido proceso en el juicio penal.

Para el funcionario de la Defensoría Nacional la situación es clara. Sin identidad se

limita el derecho de defensa del acusado.

García sostiene, según el Código Procesal Penal, que la defensa del imputado tiene

derecho a conocer los testigos que va a presentar la Fiscalía, puesto que si no se produce

una descompensación en la balanza penal.

“El problema con un testigo sin identidad es que no sabemos quién declara. Y no

sabemos si podemos darle credibilidad a su testimonio, no sabemos si se trata de una

persona que ha sido condenada ya por delitos, si se trata de un delincuente habitual, si lo

mueven razones de venganza (…) Si es que no existe ese equilibrio entre la necesidad de

proteger al testigo y los derechos de defensa, entonces personas inocentes pueden ser

condenadas”, aclara el jefe del Departamento de Estudios de la Defensoría Penal

Pública.

Tras la Reforma Procesal Penal, la creación de la Defensoría Penal Pública ha logrado

equiparar los derechos del imputado con los del testigo al momento del juicio. Previo a

la reestructuración de la Justicia Penal, en Chile sólo existían 79 jueces del crimen para

todo el país. Ellos eran los encargados de investigar, de acusar y luego juzgar; acciones

contrapuestas que no entregaban condiciones objetivas de imparcialidad, dejando en un

segundo plano la defensa del imputado.

Para el jefe del Departamento de Estudios, dos son los derechos de la Defensoría en un

proceso penal que permiten compensar la defensa con la acusación.

“La transparencia durante la investigación, es decir, aplicar el legítimo derecho a

conocer los procesos de la investigación por parte de la Defensoría. Saber a quiénes, por

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qué y cuándo se está investigando (…) Y conocer a los testigos que propone la Fiscalía,

porque si no, se vulneran los derechos fundamentales del imputado”, asegura García.

En contraposición a la versión del funcionario de la Defensoría, se encuentra la de Pedro

Bueno, quien es el director ejecutivo nacional del Ministerio Público. Bueno es abogado

de la Universidad de Chile y entró a trabajar el 2002 a la Fiscalía Nacional, es uno de los

pioneros en la institución y ha trabajado por más de 20 años en la administración

pública. En el 2007 fue nombrado por el Fiscal Nacional, Sabas Chahuán, como la

máxima autoridad administrativa del Ministerio Público. En septiembre se solicitó una

entrevista con el señor Chahuán la cual, al cabo de tres meses, no tuvo respuesta por

parte del ente persecutor.

Bueno considera que la entrega de información por parte del ente persecutor a la

Defensoría en ambos procesos judiciales, tanto en la investigación como en el juicio, no

afecta ni altera los derechos del imputado. La autoridad de la Fiscalía equipara el valor

de una prueba testimonial con la reserva de identidad del testigo y con cualquier otra

información requerida por la defensa.

“La prueba testimonial, sin conocer la identidad o el registro de antecedentes, queda

sujeta a las mismas reglas de cualquier prueba testimonial. Pueden ejercerse los mismos

derechos prácticamente por parte del defensor, por lo cual, yo no veo la lesión o eventual

lesión que señala el defensor a la práctica o uso, que además es bastante limitado, de

mantener en reserva la identidad de los testigos”, refuta el director ejecutivo nacional del

Ministerio Público.

Un conflicto que lleva instaurado ya 13 años en nuestro sistema penal y que apela

directamente a la interpretación que puede tener el tribunal en el día de la audiencia

sobre si es necesario revelar o no la identidad protegida de un testigo.

Eduardo Gallardo es abogado de la Universidad de la República y se desempeña hace 12

años como juez del 13º Juzgado de Garantía de Santiago, además es vocero nacional de

la Asociación de Magistrados. En su carrera profesional ha impartido diversos cursos en

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universidades y charlas de perfeccionamiento a los funcionarios del Poder Judicial en

materias de la Reforma Procesal Penal.

El magistrado explica que el Código Procesal Penal sólo permite la reserva del

domicilio, sin embargo, la identidad no se puede omitir. Aparente incoherencia de un

sistema que tiene la obligación de proteger a víctimas y testigos, pero también garantizar

el derecho a defensa.

“Sólo en casos extremadamente excepcionales, como son el caso de la Ley de Drogas,

que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes, y además el caso de la Ley

Antiterrorista, muy excepcionalmente, los testigos pueden quedar sometidos a una

reserva de identidad, vale decir, se puede impedir la individualización del testigo”,

aclara el juez Gallardo (ver recuadro 2).

Para María, sin embargo, el hecho de no calificar en ninguna de las dos excepciones de

la reserva de identidad por ser un delito de menor gravedad según el tribunal, fue una

experiencia que la traumó y que no desea volver a vivir.

“Tuve temor y me sentí vulnerada nuevamente, quedé a disposición de lo que fuera a

hacer el asaltante o su familia (…) Acá no se está resguardando a la víctima, no se está

resguardando a nadie, se le está facilitando la información a los imputados”, reclama

María.

Aquellos testigos que denuncian actos ilícitos que no tengan un alto grado penal y que

simplemente no califiquen en los dos casos excepcionales, arriesgan a exponer su

identidad y con ello su integridad física durante el proceso penal. En Chile aún nadie ha

muerto por ser testigo protegido, pero la amenaza existe y la línea entre la agresión y el

homicidio es muy delgada.

La madrugada del primero de enero de 2013, Diego (17) estudiante de un liceo técnico

en la comuna de Santiago, asistió con un amigo a la fiesta de año nuevo en la Torre

Entel. Cerca de las tres de la mañana, hora indicada por sus padres para regresar a casa,

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fue testigo de una brutal golpiza a un joven por un grupo de tres individuos en la esquina

de Lord Cochrane con Alameda.

Diego dio alerta a un retén móvil de Carabineros que estaba estacionado a una cuadra

del suceso y los agresores fueron detenidos, mientras que la víctima tuvo que ser

trasladada en ambulancia a la Posta Central debido a sus lesiones. El fiscal de turno,

cuando se hizo presente en el lugar de los hechos, le solicitó al adolescente que entregara

su declaración en el proceso judicial ya que no existían otros testigos oculares del delito.

Ante la petición del fiscal y bajo la promesa de que lo caracterizarían durante el juicio

por ser menor de edad, Diego no dudo en colaborar. La audiencia en contra de los

imputados por la golpiza al joven durante la madrugada del primero de enero se inició el

11 de marzo. Aquel día, el testigo protegido entró disfrazado a la sala y prestó

declaración tras un biombo sin pasar mayores complicaciones. Hasta que ocurrió lo

impensado.

“Cuatro días después de declarar en el juicio voy llegando a mi casa después del liceo,

estoy a punto de abrir la reja y un tipo, que estaba fumando en la vereda del frente,

cuando entré al pasaje, me agarró y me puso un cuchillo en la espalda (…) Le quise

entregar todo lo que tenía pero me dijo que me quedara callado y que no volviera a

declarar en el juicio. Quede en shock, no le vi ni la cara.”, revela Diego.

Por alguna razón, los imputados tuvieron acceso a la denuncia presentada en su contra,

documento donde aparecía nombre, R.U.T. dirección y teléfono del supuesto testigo

protegido del caso. Este último y su apoderado se negaron a seguir colaborando con el

fiscal en el juicio por miedo a represalias y denuncian que, posterior a la amenaza, no se

le asignaron medidas de protección policial. Diego nunca más volvió a ser intimidado.

“Yo salí esa noche con ganas de pasarlo bien y me tocó presenciar esta golpiza. Quise

ayudar y colaborar con la justicia pero terminé yo siendo el más afectado (…) Han

pasado siete meses desde que me amenazaron y todos los días que voy al liceo salgo con

un miedo terrible de la casa”, declara el joven estudiante.

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En el caso de Diego, García considera que el fiscal exageró al solicitar la figura del

testigo protegido arriesgando la integridad del menor de edad, puesto que podría haber

probado de otra manera la implicancia de los imputados en el delito. A su vez, señala

que el Ministerio Público muchas veces se ensaña con inculpar a un imputado

vulnerando los derechos de su defensa.

“El testigo sin identidad se utiliza a veces de manera muy amplia e incluso en casos

donde no está acreditado que existe un riesgo para la integridad física. También hay

ocasiones en las cuales los delitos no son realmente graves y se podrían probar de otra

forma”, explica el jefe del Departamento de Estudios de la Defensoría Penal Pública.

El Ministerio Público, por su parte, advierte que ellos velan por la seguridad de la

víctima y el testigo por muy mínimo que sea el delito cometido en su contra, y aseguran

que el resguardo de la identidad de quien declara o hace la denuncia es parte de las

facultades que posee la Fiscalía durante el proceso penal.

“Nosotros somos súper rigurosos en solicitar la mantención del secreto de la identidad

de cualquier testigo o víctima. Puede ser un delito de poca entidad pero, por las

circunstancias específicas de la persona, del denunciante o del testigo, hay que tomar

medidas de seguridad que van a este nivel y no apuntando simplemente a la gravedad del

delito”, defiende la máxima autoridad administrativa del Ministerio Público.

Tanto García como Bueno, uno como defensor y el otro como acusador, ambos

funcionarios dentro del mismo sistema penal, difieren en la interpretación y aplicación

del testigo sin identidad. Una diferencia de criterio que se ve reflejada en la única

víctima del sistema: El testigo. Un testigo que queda en un limbo penal, al amparo de

que el juez tome una decisión lo más criteriosa posible.

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Araucanía en llamas

Juan (66) nació y vivió toda su vida en la comuna de Ercilla, en la región de la

Araucanía. Sus padres y, posteriormente, él y sus cinco hermanos no conocen otra fuente

laboral que el trabajo de la tierra y la crianza de ganado. Enviudó hace una década y

producto de ese matrimonio tuvo dos hijos varones, ambos viven en Temuco junto a sus

familias. Su única compañía son sus vecinos y sus animales.

En julio de 2010, su fundo de 10 hectáreas, fue asaltado durante la noche por un grupo

de individuos quienes le robaron 13 vacas de las 21 que tenía pastando en un corral.

Además, le dejaron afiches con consignas de la recuperación de tierras por parte del

pueblo mapuche. Juan reconoce que anteriormente había sido víctima de quema de

pastizales al interior de su propiedad y que había repelido los ataques a punta de

escopetazos.

Bajo la presión de sus hijos y vecinos, se armó de valor y decidió hacer la denuncia a la

Fiscalía Local de Collipulli. Allí, el fiscal le sugirió incluir su testimonio para reforzar

las pruebas en contra de comuneros mapuches que estaban en proceso de investigación y

que tenían antecedentes comunes al delito perpetrado a Juan: El robo de ganado y la

entrega de volantes alusivos a la reivindicación de tierras en la comuna de Ercilla. A

Juan se le asignaron medidas de protección durante el proceso judicial que constaban de

rondas periódicas de carabineros y un celular de emergencias, además le aseguraron

caracterizarlo en el tribunal.

El día de la audiencia, el juez de garantía exigió a la Fiscalía entregar su identidad a la

defensa de los imputados. Nuevamente, los antecedentes de un testigo protegido eran

revelados ante el público presente, pero eso no fue lo peor, ya que días después del

juicio su nombre apareció en medios electrónicos regionales. Desde entonces, cuenta

con protección policial ante las amenazas de muerte en su contra.

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“Buscaba mejorar las cosas para que esta cuestión parara, pero no fue así, fue peor.

Después, algunos testigos protegidos han sido víctimas de quema de casas y robo de

animales ahí en la comuna de Ercilla”, relata Juan.

Según las estadísticas anuales de la Fiscalía Regional de la Araucanía, en 2012 hubo 299

denuncias vinculadas al conflicto mapuche, un 77% más respecto de 2011, cuando se

registraron 169. Esto trae consigo que, en esta región, se utilizaron 272 testigos

protegidos en procesos judiciales amparados bajo el Ministerio Público durante el año

pasado. En estas denuncias, se detectó que se cometieron 355 delitos: Amenazas,

usurpaciones, robos violentos, incendios de vehículos y viviendas.

Durante el período 2008 - 2012 se ha acumulado un total de 842 investigaciones por este

tipo de delitos, donde se han pesquisado más de 1.000 ilícitos. En el desglose

corresponden a 165 incendios, 201 usurpaciones de inmuebles, 152 delitos de daños y

130 amenazas.

En septiembre de 2010, dos meses después de que se revelara la identidad de Juan como

testigo protegido, varios sujetos intentaron entrar al domicilio de éste, mientras dormía.

Alertado por los reiterados golpes a la puerta principal de la casa, el testigo protegido

agarró su escopeta con el fin de defenderse.

Al cabo de unos minutos de forcejeo e insultos en la entrada de la casa, Juan recibió por

parte de uno de los atacantes un escopetazo de perdigones en su pierna izquierda. No

recuerda nada más hasta que despertó en el hospital San Agustín de Collipulli.

“Antes hubo varios atentados en mi contra pero no pudieron hacerlo porque yo me

defendía a escopetazos. Así hasta que me pillaron descuidado, ellos vinieron con la

intención de matarme pero me pegaron en la pierna”, recuerda el testigo de la Fiscalía.

Según dice, los balazos son represalias por su declaración en contra de quienes eran

acusados del delito de robo animal en la Araucanía. Desde ese entonces, ha debido ser

dos veces reubicado. La primera vez le quemaron la casa asignada por el Ministerio

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Público en el Fundo Centenario (comuna de Ercilla) durante un fin de semana que se

encontraba en Temuco. La segunda vez, el fiscal solicitó trasladarlo fuera de la

Araucanía y la Fiscalía accedió.

Cristián Paredes es abogado de la Universidad de Chile y desde agosto de 2013 es el

Fiscal Regional de la Araucanía. En el 2012 fue distinguido por Sabas Chahuán como el

fiscal más destacado de la región de la Araucanía por su labor como Fiscal Adjunto en

Temuco. En el ámbito docente, desde el 2007 ejerce como Profesor Titular de Derecho

Penal en la Universidad Autónoma de Chile, en su sede de Temuco.

Paredes reconoce que la situación del conflicto mapuche en la región de la Araucanía, ha

tomado una connotación especial por ser una situación procesal única en Chile, tanto por

la realidad de las comunidades indígenas como por los procesos investigativos de los

fiscales y las policías.

“Los mapuches que están siendo perseguidos por delitos que cometieron, viven en

lugares cerrados donde cuesta mucho poder ingresar para poder sacar la información (...)

Desde el punto de vista de las policías no es llegar y observar como civil en una calle, la

comunidad mapuche protege a los suyos, son cómplices entre ellos, por lo tanto, las

investigaciones son mucho más complejas”, revela el Fiscal Regional de la Araucanía.

Según el persecutor, durante el año pasado 73 personas fueron formalizadas, de las

cuales sólo se lograron sentencias condenatorias en contra de 24 acusados. Actualmente,

hay 44 imputados en ocho investigaciones, cuatro de las cuales datan de 2010 y aún

están en trámite.

Estos deficientes números están justificados, según Paredes, por el bajo compromiso de

la ciudadanía en querer colaborar con el Ministerio Público y por un factor psicológico

como es el miedo. El Fiscal Regional considera que debería existir, por lo menos, el

doble de testigos protegidos por causas relacionada al conflicto mapuche. La realidad es

un número muy inferior.

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“El problema acá en la Araucanía es que mucha gente se escuda bajo el argumento del

temor, pero lo que en realidad busca es tratar de no participar del proceso. Es muy fácil

reclamar desde el punto de vista de la ciudadanía por mayores medidas de protección

pero es súper difícil si la misma ciudadanía no colabora en las investigaciones”,

demanda la máxima autoridad regional de la Fiscalía.

Respaldando la versión de Paredes, la gerente de la División de Víctimas y Testigos de

la Fiscalía Nacional, Marcela Neira, reconoce que atreverse a declarar como testigo

protegido implica un grado de valentía pero, a su vez, asegura que el Ministerio Público

posee todas las garantías necesarias para entregar un servicio de calidad a quienes

declaran bajo su protección.

“Si una persona no quiere participar en un juicio porque se siente insegura, porque se

siente intimidada por una situación ‘x’ de riesgo, los mayores interesados en otorgar una

medida de protección efectiva vamos a ser nosotros”, certifica la funcionaria de la

Fiscalía.

Francisco García de la Defensoría Penal Pública, coincide con la evaluación del Fiscal

Regional de la Araucanía en considerar que la realidad regional, por el conflicto

mapuche, no tiene parangón a nivel nacional y plantea que en las pequeñas localidades,

donde todos los habitantes se conocen, es más complicado el uso de testigos por el

riesgo de conocer su identidad.

“Particularmente, ahí parece haber sido un sistema muy poco efectivo porque todo el

mundo conoce la identidad de la persona que está declarando. Por eso es necesario

buscar otras vías para que las personas están dispuestas a declarar en un juicio, reciban

protección del Estado pero, a tal punto, que se pueda ejercer la defensa”, explica el

funcionario de la Defensoría.

Juan hoy lleva viviendo dos años solo. Alejado de sus hijos y nietos reside en una

pequeña casa fiscal en la comuna de La Granja en la región Metropolitana.

Mensualmente recibe un aporte económico del Ministerio Público por $300.000 pesos

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para sus gastos personales y ya no requiere del resguardo policial. Extraña su tierra, sus

animales y su trabajo. Con angustia recuerda los hechos sucedidos aquella fatídica

jornada y aún lo invade el miedo de atestiguar nuevamente en el caso.

“Yo tuve un atentado en mi contra y eso ¿quién me lo paga a mí? Fue mi propia gente la

que me dio este atentado y tengo ese temor de hablar más. Miedo. A mí me balearon con

un escopetazo”, reflexiona Juan.

Chile, acérquese al estrado

Por su pertenencia a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el Estado chileno

está suscrito a convenciones en materia de protección a víctimas y testigos. El 16 de

febrero de 2005, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo promulgatorio de la

Convención de Palermo.

El artículo 24 de este tratado internacional se refiere a la Protección de los Testigos,

formulando una serie de indicaciones que los Estados deben considerar al momento de

regular esta materia, con la finalidad de asegurar su integridad física, como son: La

utilización de la medida de reubicación, la prohibición total o parcial de revelar

información relativa a la identidad y paradero del testigo protegido, todo ello sin

perjuicio de los derechos del imputado o acusado. En su artículo 25 sobre Asistencia y

Protección a las Víctimas del proceso penal, también realiza indicaciones relativas al

resguardo de estos sujetos procesales.

En julio de 2013 visitó Chile el Relator Especial de la ONU, Ben Emmerson. El

funcionario del organismo internacional vino con la específica misión de analizar la

aplicación de esta Convención en nuestro sistema procesal penal. Su informe sobre las

prácticas que se ejecutan en nuestro país arrojó resultados preocupantes.

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Emmerson revela en su acta que ambos artículos de la Convención de Palermo han sido

violados por el Estado chileno y hace especial hincapié en el uso de los testigos

protegidos en el conflicto mapuche.

“El uso de testigos protegidos como base única y decisiva para una condena ha sido

usual en los juicios del conflicto mapuche; y no existe obligación específica para el

fiscal de investigar o divulgar hechos que menoscaben la credibilidad del testigo (más

allá del usual principio de objetividad). Existe, por tanto, un riesgo obvio de injusticia

procesal, el cual conlleva la sombra de un error judicial en relación a la condición de

desprotección de los testigos”, revela Ben Emmerson.

Sobre el proceso judicial que se practica en nuestro país, el funcionario de la ONU exige

mayores y prontas reformas al Código Procesal Penal de tal forma que se alineen a los

parámetros exigidos por las Naciones Unidas.

“La ley internacional requiere que las diferencias de un procedimiento acusatorio

público y pleno se debieran mantener al mínimo, la anonimidad se debiera justificar

clara y específicamente mediante la necesidad de proteger la seguridad física del testigo

contra las represalias; y que la injusticia resultante contra el imputado se deba

contrarrestar mediante garantías procesales que aún no se adhieren al Código Procesal

Penal chileno”, demanda el Relator de la ONU.

Ante las críticas de Ben Emmerson, el Fiscal Regional de la Araucanía, Cristián Paredes,

reconoce que a la Fiscalía le ha “llovido sobre mojado” por el uso de los testigos

protegidos en las causas mapuches y defiende los derechos del Ministerio Público

exigiendo modificaciones al marco legal vigente.

“En el conflicto mapuche se requieren medidas de protección que tengan algún grado de

vinculación con el tribunal, ya que cuando tenemos la posibilidad para que se declare

detrás de un biombo o bajo circuito cerrado, yo no le puedo asegurar a una víctima al

100% que va a ocurrir así, porque siempre estoy sujeto a la posibilidad de que el tribunal

lo rechace (…) Si el ente acusador no logra romper esta barrera de la presunción de

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inocencia, siempre el tribunal frente a la duda va a absolver”, sugiere la máxima

autoridad regional del Ministerio Público.

El juez Eduardo Gallardo del 13º Juzgado de Garantía de Santiago, considera que las

conclusiones del Relator Especial de la ONU deben ser analizadas por las autoridades

pertinentes y enfatiza que, en caso de no producir modificaciones a las críticas y

acotaciones de Emmerson, Chile puede arriesgar penas que signifiquen, incluso, la

salida de organismos internacionales de derechos humanos.

“El caso chileno hoy está tremendamente cuestionado en la Corte Interamericana de

Derechos Humanos por el uso de los testigos reservados en la Ley Antiterrorista (…) Se

pueden establecer indemnizaciones e incluso mandatos que impliquen que la legislación

chilena tenga que adaptarse a los estándares internacionales en materia de derechos

fundamentales”, advierte el magistrado Gallardo.

Ante esta latente amenaza internacional que acecha al Programa de Víctimas y Testigos

de la Fiscalía y las constantes críticas que reciben por el uso de testigos con identidad

reservada en casos que no lo ameritan, García asegura que la Defensoría nunca presenta

un testigo si la persona se siente amenazada o corre peligro. Una afirmación que pone en

tela de juicio la verdadera utilización de esta figura legal en los procesos judiciales.

“Hay que sopesar si, efectivamente, una persona es puesta en riesgo y el Estado no es

capaz de darle protección. Entonces, hay que hacer un análisis si vale la pena seguir

adelante con esa investigación o juicio poniendo en riesgo al individuo o, en algunos

casos, no presentar esa prueba y tratar que se siga adelante sin poner en riesgo la vida o

integridad física de alguien que es inocente”, argumenta Francisco García, jefe del

Departamento de Estudios de la Defensoría Penal Pública.

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The Chilean Way

Una vez implementada la Reforma Procesal Penal en Chile, el Ministerio Público para

asentar los cimientos de su programa estrella de Protección a Víctimas y Testigos,

intentó basarse en el Sistema Federal de Protección de Testigos norteamericano (Federal

Witness Protection Program).

Este mecanismo fue creado en los años ‘70 en Estados Unidos con el fin de combatir el

crimen organizado. El ojo estaba puesto en las grandes familias ítalo-americanas que

tenían sus negocios matrices en la costa Este, en la ciudad portuaria de Nueva York, que

facilitaba el contrabando de especies.

Para el juez Eduardo Gallardo, quien realizó sus estudios primarios en los Estados

Unidos, el Sistema Federal de Protección de Testigos revolucionó en todo el mundo la

forma de proteger a los testigos.

“Lo que hace el Witness Protection Program es crear incentivos para que los testigos

puedan declarar pero sobre la base de entregarles protección y resguardo no durante el

juicio, si no una vez finalizado éste y de por vida. Hay casos emblemáticos como el de

Salvatore Gravano que entregó un mafioso famoso en los Estados Unidos en los años

‘90 a John Gotti (…) Este señor nació de nuevo, tiene otro rostro, tiene otro trabajo”,

señala el juez del 13º Juzgado de Garantía de Santiago.

Se calcula que gracias a este programa más de 17.000 personas han recibido una nueva

identidad y no sólo eso, también una nueva vida. Unos 7.500 testigos y 9.600 miembros

del crimen organizado han sido relocalizados desde los años ‘70. En Chile, el cambio de

identidad está legislado para testigos de causas enmarcadas en la Ley de Drogas, pero

nunca se ha podido aplicar porque hace falta que el Ministerio de Justicia elabore un

reglamento para que lo ejecute el Registro Civil.

El vocero nacional de la Asociación de Magistrados tiene una visión ácida y crítica

sobre el Programa de Víctimas y Testigos del Ministerio Público. Él considera que los

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recursos entregados por el Estado son insuficientes para hacer sostenible el sistema y,

además, con lo poco que hay, se invierte mal.

“Los recursos que el Estado invierte en la protección de los testigos, con posterioridad

del caso, son bastante escasos. Nuestro crimen organizado tampoco es tan sofisticado en

comparación a entidades de otros países y, por último, siempre es más barato y más

rápido recortar ahí donde están las garantías. Eso es gratis. Lesionar o debilitar el

derecho de defensa, que invertir plata en serio en la protección de los testigos”, alega la

autoridad pública.

Pablo Larredonda es abogado y ex fiscal de la Unidad de Robos de la Fiscalía Oriente.

Dejó el Ministerio Público el 2011, en el cual se desempeñó por cinco años en la

persecución e investigación del crimen organizado en la Región Metropolitana. Para el

ex fiscal, el Programa de Víctimas y Testigos implementado por el Estado de Chile tiene

serios problemas estructurales en su génesis.

Al igual que el magistrado Gallardo, Larredonda considera que los recursos invertidos

no son suficientes para entregar un resguardo efectivo y de calidad a los testigos. A su

vez, critica que hoy, a 13 años de la implementación de la Reforma Procesal Penal, no

exista una vía para garantizar inmunidad a los delincuentes como sucede en el sistema

norteamericano.

“¿Se poseen los recursos suficientes para poder cambiar de trabajo a una persona? ¿Para

poder cambiar la vida completa de una familia y trasladarla a otra región? ¿Para ponerle

una casa, un trabajo, una identidad nueva? Me parece que todavía no estamos en esa

realidad”, ejemplifica el ex fiscal.

Marcela, quien denunció a una banda de narcotraficantes en la comuna de La Pintana,

fue trasladada a un hotel en Recoleta. Ahí la mantuvo el Ministerio Público junto con su

familia mientras duró el proceso judicial y porque, a su vez, la DAVT tramitaba un

subsidio habitacional para que la mujer pudiera optar a una nueva vivienda en otra

comuna de la capital. Pero algo salió mal.

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La testigo protegida del caso había adquirido su casa de La Pintana en el 2009 a través

de un subsidio estatal. Cuando la DAVT intentó reubicarla y se enteró de que el

beneficio ya había sido utilizado anteriormente por Marcela, su caso cayó en un vacío

legal.

Marcela Neira de la División de Víctimas y Testigos de la Fiscalía Nacional, reconoce

que aún no se han creado las normativas necesarias para este tipo de casos, cuestiona a la

cartera de Justicia por no darle prioridad a la creación de estos reglamentos y declara que

ese tema propiamente tal, ya no está en sus manos.

“No hay normativas que también vinculen a los servicios asociados en esas temáticas

para que, en definitiva, se cuadren con las medidas de protección que entrega el

Ministerio Público (…) Nos pasa con las viviendas que son asignadas mediante

subsidios, el permutar una vivienda de ese tipo por una medida de protección no está

contemplado legalmente”, reconoce Neira.

Marcela, la testigo protegida, sufrió y desveló la falta de rigurosidad en la entrega de los

servicios asociados y las descoordinaciones entre el Ministerio Público y el Ministerio

de Justicia. Un sistema que intentó simular al programa de testigos norteamericano, pero

que no cuenta con la misma realidad financiera y jurídica para copiarlo. El programa que

se veía tan viable a comienzos del 2000, hoy se encuentra a años luz.

“Aquí, en este país, no hay una denuncia segura, porque la denuncia segura se queda

después en el olvido. Te sacan del lugar y una se siente utilizada como ciudadana,

tenemos los mismos derechos a vivir dignamente. Pero yo ahora no vivo dignamente,

ahora me van a echar a la calle”, reflexiona Marcela.

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Soluciones “des-protegidas”

Ante los cuestionamientos de la ONU por las malas prácticas en el uso de los testigos

protegidos, las críticas al interior del sistema por funcionarios estatales y las promesas

incumplidas que denuncian las víctimas durante el proceso judicial, el Programa de

Víctimas y Testigos queda en una posición muy delicada de cara a su continuidad en el

futuro.

La Fiscalía está consciente de que todos los dardos apuntan a la gestión y administración

de la DAVT, pero exigen que el Estado se comprometa no sólo con mayores recursos,

sino que con la incorporación de políticas públicas en materia de protección a testigos.

Y, de esta forma, tratar de elevar los estándares de calidad tanto para las víctimas como

para los imputados.

“Falta una política de Estado en materia de protección, porque efectivamente el

Ministerio Público tiene la obligación de resguardar a las víctimas y testigos durante su

paso por el proceso penal, pero las medidas de seguridad no se pueden agotar en los

términos del proceso solamente, sino que éstas tienen que continuar en el tiempo”,

reflexiona Marcela Neira, gerente de la División de Víctimas y Testigos de la Fiscalía

Nacional.

El director ejecutivo nacional del Ministerio Público, Pedro Bueno, se suma a las

palabras de su subordinada y considera que la reflexión final siempre debe ser ponderar,

al momento del juicio, los derechos de los testigos por sobre los del imputado.

“El Estado como tal y todas las entidades que están involucradas en esta materia, deben

avanzar mucho en desarrollar mejores y mayores medidas de protección a víctimas y

testigos. Ahora, frente a la eventual afectación de los derechos de los imputados versus

la protección de víctimas y testigos, creo que siempre debemos optar por la protección

de víctimas y testigos”, analiza el funcionario del Ministerio Público.

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En la Defensoría Penal Pública coinciden en que el Estado debe asumir un mayor

protagonismo a la hora de invertir recursos, pero ellos apuntan a que el sistema de

protección de testigos debe modificarse. Consideran que los criterios para elegir a

quienes se utilizarán al momento de entregar declaración en el juicio, debieran

reformarse.

“La simple protección y ocultamiento de la identidad como medida de protección ha

demostrado no ser suficiente y no ser un buen mecanismo (…) Deberían establecerse

nuevos elementos sobre cómo elegir a esas personas para que no sufran atentados contra

su integridad y amenazas, pero eso no puede impedir que al momento del juicio existan

herramientas para que una persona se pueda defender”, concluye el jefe del

Departamento de Estudios de la Defensoría.

Para el ex funcionario del Ministerio Público, Pablo Larredonda, mirar al sistema desde

afuera le ha permitido reflexionar y agudizar sus críticas sobre el Programa de Víctimas

y Testigos. El ex fiscal comparte criterios con la Defensoría Penal Pública en términos

de mejorar los parámetros de selección al momento de elegir los testigos, pero sus

recomendaciones apuntan a regular en qué momentos el tribunal decide revelar o no la

identidad del testigo.

“Hay que establecer parámetros más objetivos al momento que el tribunal tenga que

resolver el mantener una identidad reservada. Porque los casos graves y calificados que

contiene el Código Procesal Penal siempre van a quedar al arbitrio del tribunal (…) Hay

fiscales que se han enfrentado a esa situación y han debido optar por no presentar

testigos”, considera Larredonda.

Mientras se espera que las autoridades tomen medidas y se comprometan con hacer

modificaciones al sistema, las víctimas continuarán apenas cobijados bajo el feble

paraguas de las medidas de protección. Son 82.782 las personas que han denunciado

ilícitos en la Fiscalía durante el último año, una cifra que sigue en aumento y la cual

nadie está libre de engrosar.

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Infografía 1

Infografía 2

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