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Tercer informe: Sobre la situación de la población migrante centroamericana indocumentada en la zona metropolitana de Monterrey

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Tercer informe: Sobre la situación de la población

migrante centroamericana indocumentada en la zona

metropolitana de Monterrey

TERCER INFORME: SOBRE LAS SITUACIÓN DE LA POBLACIÓN MIGRANTE CENTROAMERICANA INDOCUMENTADA EN LA ZONA METROPOLITANA DE MONTERREY (ZMM) Informe elaborado por: Centro de Derechos Humanos de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey Ave. Ignacio Morones Prieto 1000 Pte. Col. Loma Blanca Santa Catarina, Nuevo León, México 66354 http://cdh.fldm.edu.mx [email protected] Facebook: CDHFLDM Twitter: @CDH_FLDM

Para: Casa del Migrante CasaNicolás Emiliano Zapata 4711 esq. con Serafín Peña Col. Guadalupe Victoria Guadalupe, Nuevo León, México 67180 http://www.casanicolasnl.wordpress.com Contacto: [email protected] Facebook: Casa del Migrante Casanicolas Twitter: @casanicolasnl

Coordinación General y Redacción del Informe Fernando Elizondo García Director del Centro de Derechos Humanos Coordinadoras Auxiliares Helena Catalina Rodríguez Ruan María Fernanda Buenrostro Granados Equipo de Documentación Daniel Sánchez Alatorre Felipe de Jesús García Fernández Bárbara María Canseco Aldape Diego Rodríguez Padilla Mauricio Martínez Garza Samantha Carrillo Aguirre Carlos Federico Torres Vela Equipo de Investigación Magdalena Pérez Charles Cervantes Natali Rivera Santoscoy Alejandro Canales Pérez Compilación de datos estadísticos Luis Florencio Cisneros Acebo Diseño de Portada Carolina Romo Peña

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Informe en versión electrónica El contenido de este informe es público y puede ser reproducido citando la fuente y enviando copia de lo publicado al Centro de Derechos Humanos y a CasaNicolás. Diciembre, 2014

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ÍNDICE

COMENTARIO*DEL*P.*LUIS*EDUARDO*VILLARREAL*...................................................................*4!

INTRODUCCIÓN*.......................................................................................................................*5!

I.*DATOS*SOBRE*LA*POBLACIÓN*MIGRANTE*EN*CASANICOLÁS*DURANTE*EL*2014*....................*7!

II.*VULNERABILIDADES*DE*LAS*PERSONAS*MIGRANTES*EN*LA*ZMM*......................................*10!A.*VIOLACIONES*A*LOS*DERECHOS*HUMANOS*DE*LAS*PERSONAS*MIGRANTES*EN*LA*ZMM*............*10!B.*LA*CRISIS*HUMANITARIA*DE*LAS*Y*LOS*MENORES*MIGRANTES*...................................................*11!C.*LA*POLÍTICA*MIGRATORIA*MEXICANA*Y*EL*PLAN*FRONTERA*SUR*...............................................*16!

III.*PERSONAS*REFUGIADAS*Y*CON*NECESIDAD*DE*PROTECCIÓN*INTERNACIONAL*.................*18!A.*LA*PROTECCIÓN*INTERNACIONAL*Y*EL*DERECHO*A*SOLICITAR*ASILO*..........................................*18!B.*LA*SITUACIÓN*DE*POBREZA*Y*VIOLENCIA*EN*LOS*PAÍSES*DE*CENTROAMÉRICA*...........................*21!C.*OBSTÁCULOS*EN*EL*PROCEDIMIENTO*PARA*SOLICITAR*EL*RECONOCIMIENTO*DE*LA*CONDICIÓN*DE*REFUGIADO*...............................................................................................................................*24!

CONCLUSIONES*.....................................................................................................................*30!

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COMENTARIO DEL P. LUIS EDUARDO VILLARREAL La Comisión de Derechos Humanos de la ONU define la impunidad como: “La inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a las víctimas”. En palabras simples, “impunidad” es la condición que permite a la persona delincuente quedar incólume frente a la acción de la justicia. Y los responsables de hacer valer la justicia son los Estados. Luego, cuando éstos no cumplen con la obligación de: investigar las violaciones, procesar, juzgar y, dado el caso, condenar a penas apropiadas a los responsables de aquéllas, son omisos o cómplices del delito. Cuando los Estados no garantizan recursos eficaces a las víctimas, cuando no reparan los perjuicios sufridos ni garantizan el derecho a conocer la verdad, cuando no toman las medidas necesarias para evitar la repetición de dichas violaciones faltan al compromiso fundamental de respetar y hacer respetar las leyes que han suscrito. Y qué decir de un Estado que persigue a las personas defensoras de derechos humanos que acompañan procesos como el de Tlatlaya o el caso de los normalistas de Ayotzinapa, por citar lo más reciente. Un Estado que ha vuelto tradición su falta de compromiso para revertir la impunidad como lo demuestran los casos más emblemáticos: Masacre de Aguas Blancas, el 28 de junio de 1995, en Guerrero; la masacre de Acteal, el 22 de diciembre de 1997, en Chiapas; la masacre de El Charco, el 7 de junio de 1998, en Guerrero; la masacre de 72 migrantes el 23 de agosto de 2010 en San Fernando, Tamaulipas; la masacre de 49 migrantes el 13 de mayo de 2012, en San Juan Cadereyta. Sin afanes alarmistas, en este tercer informe anual, fruto de la alianza del Centro de Derechos Humanos de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey y Casanicolás, queremos inscribir en el marco de la impunidad una serie de fenómenos que atentan contra las personas migrantes: menores deportados, explotación de mano de obra de extranjeros en movilidad laboral, extorsión del crimen organizado, autoridades abusivas y las excesivas trabas burocráticas para atender las solicitudes de refugio para migrantes expulsados por el peligro que corre su vida en los lugares de origen. ¿Qué proponemos? Hay un postulado supremo en las democracias que no admite discusión: El pueblo manda, el mandatario obedece, rinde cuentas y se somete al escrutinio de la sociedad. Nos pronunciamos por una Fiscalía especializada en atender las violaciones a los derechos humanos de los migrantes, que reúna estrictas condiciones de legitimidad, como serían una dirección autónoma, profesional y ciudadana, compuesta por personal con trayectoria y autoridad moral en el tema de la migración; un consejo que sesione en reuniones abiertas al público, que constituya mecanismos de rendición de cuentas, que esclarezca la responsabilidad estatal en los crímenes históricos y que cree las bases para la petición de perdón público a las víctimas y sus familiares.

LUIS EDUARDO VILLARREAL RÍOS Director General de CasaNicolás

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INTRODUCCIÓN El 2014 estuvo marcado por hechos muy importantes en materia migratoria en México. Diferentes medios de comunicación nacionales e internacionales comenzaron a reportar sobre la crisis humanitaria que viven las y los menores migrantes en su tránsito hacia y llegada a Estados Unidos. Esto colocó el tema migratorio en el centro de la discusión pública y causó numerosos efectos, tanto positivos como negativos, en la forma en que el gobierno mexicano y la sociedad en general abordaron el tema. A mediados de año, el Gobierno de la República adoptó una serie de acciones en respuesta a la crisis humanitaria de menores migrantes. La creación del Plan Integral para la Frontera Sur y las medidas que de este derivaron crearon consecuencias importantes en la política migratoria mexicana y en los flujos migratorios que atraviesan por México. La Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM) no fue ajena a todos estos fenómenos. La presencia de migrantes en general de personas migrantes en la ZMM fue mucho más visible este año. Diferentes medios de comunicación locales reportaron cómo, por ejemplo, alrededor de los meses de septiembre y octubre, decenas de migrantes centroamericanos fueron identificados en distintas avenidas y cruces de la ZMM. De acuerdo con una nota publicada por El Norte el 5 de octubre de este año, “[d]esde hace algunos meses [la presencia de personas migrantes] es más notable en Monterrey en los cruces de las Avenidas Gonzalitos y Pablo A. González; Avenida San Pedro y Pablo A. González; Alfonso Reyes y General Anaya, mientras que en San Nicolás se les ve en Sendero y República Mexicana, entre otros”1. El 2014 marca el segundo año del proyecto de colaboración entre Casa del Migrante CasaNicolás y el Centro de Derechos Humanos de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey (CDH-FLDM). Los esfuerzos de documentación y análisis que han surgido como parte de este proyecto, han permitido entender mejor las dinámicas migratorias de la ZMM y las principales vulnerabilidades de las personas que atraviesan o llegan a esta ciudad. De este modo, el proyecto tiene como principal objetivo dar a conocer las graves situaciones a las que se enfrenta la población migrante en México y en Monterrey. Desde CasaNicolás y el CDH-FLDM creemos que la invisibilidad es una de las peores formas de discriminación, por ello, es importante mostrar las violaciones a derechos humanos de las que son víctimas las y los migrantes en su paso por Monterrey con el fin de fomentar la adopción de medidas concretas que permitan salvaguardar los derechos de estas personas. Al igual que en el Segundo Informe2 presentado el año pasado, el presente documento recoge las experiencias y testimonios que el equipo de estudiantes del CDH-FLDM pudo documentar durante el 2014. A través de análisis cualitativos y cuantitativos, este Tercer Informe busca dar continuidad a los esfuerzos del año pasado con el fin de presentar de una manera clara la situación de la población migrante centroamericana que transita o llega a la ZMM. El primer capítulo contiene las estadísticas de los registros de las personas albergadas en CasaNicolás durante los primeros nueve meses del 2014. En la elaboración del informe de este año, los equipos de CasaNicolás y del CDH-FLDM nos enfrentamos a algunas dificultades tecnológicas que ocasionaron la

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!1 Robles, Imelda. “Invaden migrantes cruceros de Monterrey”. El Norte. 5 de octubre de 2014. Disponible en línea en: [http://www.elnorte.com/aplicaciones/articulo/default.aspx?id=358226] 2 Centro de Derechos Humanos de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey. “Segundo Informe: Sobre las vulnerabilidades de la población migrante centroamericana indocumentada en la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM)”. Diciembre de 2014. Disponible en línea en: [http://cdh.fldm.edu.mx/publicaciones/]

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pérdida de algunos registros. No obstante, las cifras presentadas se utilizan como un estimado del flujo total de personas migrantes que llegaron a la ZMM. De esta manera, en este primer apartado se analizan los datos y se identifican similitudes y diferencias respecto de las tendencias del año anterior. El segundo capítulo da continuidad al tema central del Segundo Informe: las vulnerabilidades de la población migrante centroamericana indocumentada. En primer lugar, se presentan diferentes testimonios recogidos por el equipo del CDH-FLDM que dan cuenta de cómo continúan las violaciones y agresiones identificadas en el informe del 2013. En seguida, este apartado hace un análisis de cómo dos de los fenómenos migratorios destacados del año impactaron en los flujos migratorios de la ZMM: la crisis humanitaria de menores migrantes y la implementación del Plan Integral para la Frontera Sur. A partir de análisis de los registros de CasaNicolás, así como de las documentaciones del CDH-FLDM, este capítulo hace un esfuerzo por relacionar la manera en que ambos macro fenómenos impactaron de manera local en Monterrey y configuraron auténticas situaciones de vulnerabilidad para la población migrante. El tercer apartado de este informe, aborda una nueva temática que fue identificada como prioritaria por los equipos de CasaNicolás y el CDH-FLDM: la protección internacional y el derecho a solicitar asilo en México. Con motivo de la amplia cobertura de la crisis humanitaria de menores migrantes, el 2014 estuvo también marcado por miradas críticas a la situación de violencia y pobreza que existe en la mayoría de los países de Centroamérica. Esto puso en la mira no solo a las y los menores que huyen de sus países, sino que inició debates y reflexiones importantes sobre los flujos migratorios centroamericanos y los factores que ocasionan las migraciones. Por ello, en un primer momento, el tercer capítulo hace un análisis de este fenómeno a partir de testimonios recogidos. En seguida, este tercer apartado contiene una mirada crítica a la respuesta que brinda el gobierno mexicano a las personas que están huyendo de sus países. A partir de un caso que la Coordinación Jurídica de CasaNicolás acompañó durante el 2014, la parte final del tercer capítulo expone algunas de los principales obstáculos que el equipo legal enfrentó al acompañar a un migrante en su proceso para tratar de acceder al reconocimiento de la condición de refugiado. Finalmente, la última sección contiene de manera sintetizada las conclusiones a las que se llegó desde el CDH-FLDM y CasaNicolás respecto de todos estos fenómenos.

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I . DATOS SOBRE LA POBLACIÓN MIGRANTE EN CASANICOLÁS DURANTE EL 2014 Los flujos migratorios que atravesaron por la ZMM este año estuvieron marcados por ciertos fenómenos muy particulares. Al igual que en el informe del año pasado, este primer apartado contiene una serie de datos estadísticos que hacen referencia a la población migrante que recibió CasaNicolás durante el 2014. En mayo de este año, CasaNicolás cambió a un sistema de registro electrónico. Al sumarse a la base de datos colectivos del Servicio Jesuita Migrante, CasaNicolás se unió a un grupo de 22 albergues y organizaciones de apoyo a personas migrantes que documentan el paso de personas migrantes por México. Esto permitió mejorar el registro de personas migrantes atendidas por CasaNicolás, generando más y mejores datos estadísticos sobre los flujos migratorios, al mismo tiempo que mejoró la seguridad del albergue. No obstante, la transición al registro electrónico presentó algunos inconvenientes de tipo tecnológico. En este proceso, algunos de los registros del año se perdieron. Por ello, la información presentada en este primer capítulo no puede ser tomada como un recuento estadístico exacto de las personas que se albergaron en CasaNicolás. Sin embargo, sí representa un reflejo de las tendencias migratorias del 2014. A partir de la aproximación que proporcionan los datos obtenidos del registro de personas migrantes realizado por CasaNicolás, es posible elaborar ciertas conclusiones sobre los cambios en el fenómeno migratorio por la ZMM respecto del 2013. En el Segundo Informe elaborado el año pasado, se utilizaron los registros realizados entre los meses de enero y octubre 2014 para presentar la información del flujo migratorio de la ZMM. Para efectos comparativos, y debido a los problemas tecnológicos anteriormente apuntados, la información presentada a continuación se refiere solamente al periodo comprendido entre febrero y octubre de 2014. En este periodo, CasaNicolás albergó al menos 1,112 personas. Esta cifra, como se mencionó, no incluye registros del mes de enero. Tampoco incluye a las personas que llegaron a la ZMM con motivo de la caravana de migrantes que llegó a la ZMM en mayo de 2014. A mediados de febrero de 2014, una caravana de personas migrantes indocumentadas salió del albergue La 72 en Tenosique, Tabasco. “Conformada inicialmente por un centenar de hombres y mujeres que ingresaron a pie por la línea divisoria con Guatemala, la columna fue engrosando”3. El 1 de mayo de 2014, la caravana llegó a la ZMM conformada por más de 1,200 hombres y mujeres, principalmente de Honduras, Guatemala y El Salvador4. De las personas que integraban la caravana, aproximadamente 350 decidieron quedarse en la Ciudad de Monterrey, de las cuales 320 se hospedaron en CasaNicolás por

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!3 Petrich, Blanche. “Arriba al DF caravana de migrantes centroamericanos”. La Jornada. 23 de abril de 2014. Disponible en línea en: [http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2014/04/23/arriba-hoy-al-df-caravana-de-migrantes-centroamericanos-6471.html] 4 Reyes, Daniel. “Cobijan en NL a migrantes”. El Norte. Local. 2 de mayo de 2014.

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algunos días. Debido a las complicaciones logísticas que representó el dar hospedaje a 320 personas en un mismo momento, no se llenaron fichas de registro para estas personas y solo se hizo un registro rápido de las mismas, por lo que los datos presentados en este informe no incluyen a este grupo. La siguiente tabla presenta el desglose de las personas hospedadas en CasaNicolás por mes y por nacionalidad. País/Mes Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Total

Centroamérica Belice 0 0 0 0 0 0 1 0 0 1

Costa Rica 0 0 0 0 0 0 0 1 0 1

El Salvador 0 13 29 21 13 8 29 2 11 126

Guatemala 2 15 14 14 4 2 20 6 12 89

Honduras 7 117 157 93 139 51 80 14 48 706

Nicaragua 0 3 3 0 0 2 2 0 2 12

Subtotal

9 148 203 128 156 63 132 23 73 935

Otros países Otro África 0 0 1 0 0 0 0 0 0 1

Otro Sudamérica 0 2 2 1 0 0 0 0 0 5

México 4 23 24 19 24 8 36 6 27 171

Total

13 173 230 148 180 71 168 29 100 1112

Al comparar las cifras de este año con las reportadas en el 2013, es posible apreciar la confirmación de ciertas tendencias al tiempo que se observan ciertos fenómenos que salen de las dinámicas normalmente observadas. En primer lugar, el fenómeno de la caravana migrante que, si bien no se aprecia en la tabla anterior, nos permite afirmar que en el mes de mayo de 2014 hubo mínimo 468 personas hospedadas en CasaNicolás. Al comparar esta cifra con las 257 personas del mes de mayo de 2013, es posible notar una diferencia de casi el doble. El segundo fenómeno importante se refiere a los números reportados durante la segunda mitad del año, es decir, de los meses de julio a octubre de 2014. De acuerdo con el dicho de las personas que colaboran en CasaNicolás, es ya conocido que los meses de invierno usualmente reportan un flujo menor de personas comparadas con los meses de verano o los meses menos fríos del año. Por ello, usualmente durante los meses de noviembre a febrero, el número de personas que llegan a CasaNicolás es menor comparado con el resto del año. Sin embargo, esta tendencia no se observa de manera tan clara en el 2014. Al comparar el periodo de julio a octubre de 2014 con el mismo periodo del 2013, se registró una disminución importante en el número de personas que pasaron por CasaNicolás, particularmente en el mes de julio:

Año/Mes Julio Agosto Septiembre Octubre 2013 198 224 56 142

2014 71 168 29 100

Este fenómeno puede tener diferentes explicaciones, sin embargo, como se desarrollará en el siguiente capítulo, consideramos que se encuentra principalmente relacionado con las medidas adoptadas por el

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gobierno mexicano en respuesta a la crisis humanitaria de menores migrantes no acompañados de mediados de este año. Ahora bien, solamente respecto de la población migrante centroamericana que se hospedó en CasaNicolás, esta puede clasificarse de la siguiente manera en cuanto a género y edad:

Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Total

Hombres 9 134 172 106 132 56 120 20 61 810

Mujeres 0 14 31 22 24 6 11 3 12 123

Trans 0 0 0 0 0 1 1 0 0 2

Total 9 148 203 128 156 63 132 23 73 935

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Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Total

Mayores 7 134 174 112 134 59 121 21 64 826

Menores5 0 8 9 9 20 2 9 2 8 67

No se sabe 2 6 20 7 2 2 2 0 1 42

Total 9 148 203 128 156 63 132 23 73 935

Por lo tanto, al igual que el año pasado, es posible apreciar que la gran mayoría de las personas que se hospedaron en CasaNicolás fueron hombres, mayores de edad provenientes de Honduras.

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!5 Para efectos de este informe, menor de edad se refiere a aquellas personas que no han cumplido 18 años. Por otro lado, la categoría de mayores de edad se refiere a las personas con 18 años cumplidos o más.

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I I . VULNERABILIDADES DE LAS PERSONAS MIGRANTES EN LA ZMM El informe presentado el año pasado se enfocó en dar cuenta de las principales vulnerabilidades a las que se enfrentan las y los migrantes centroamericanos indocumentados en su paso por la ZMM. El informe de 2013 mostró cómo la discriminación, la falta de acceso a la justicia, las violaciones a la libertad, integridad y propiedad, y la explotación laboral son las principales vulnerabilidades a las que se enfrentan la población migrante centroamericana indocumentada que atraviesa por la ZMM. La mayoría de los casos documentados en este año por alumnas y alumnos del CDH-FLDM reflejan una continuación de las mismas prácticas y violaciones a derechos humanos en contra de la población migrante. A manera de continuación del análisis del informe de 2013, el presente apartado aborda las distintas vulnerabilidades que enfrentan las personas migrantes en la ZMM. En primer lugar, se retoman los relatos de las y los migrantes alojados en CasaNicolás respecto de los distintos abusos y violaciones a derechos humanos que sufren en su tránsito por México. En segundo lugar, y debido a la coyuntura del tema de este año, se hace un análisis del fenómeno de la crisis humanitaria de las y los menores migrantes y las vulnerabilidades particulares que enfrenta este grupo de la población. Finalmente, la respuesta del gobierno mexicano a la crisis humanitaria de las y los menores migrantes generó cambios importantes en la política migratoria de México. El tercer sub apartado de este capítulo hace referencia a la forma en que estos cambios han colocado a la población migrante que atraviesa por México en ciertos riesgos importantes. A. VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MIGRANTES EN LA ZMM Al igual que en el 2013, muchos de los casos documentados hacen referencia a las numerosas violaciones a derechos humanos y delitos que sufren las personas migrantes en su tránsito por México antes de llegar a la Zona Metropolitana de Monterrey. Durante las entrevistas realizadas por el equipo de documentación del CDH-FLDM, las y los alumnos pudieron documentar numerosos casos de abusos y violaciones a derechos humanos que confirman los patrones identificados en el informe del año pasado. Uno de los hechos que sigue siendo común en los relatos de las personas migrantes que pasan por Monterrey es la extorsión de la cual son víctimas, tanto por parte de particulares como de autoridades. La mayoría de los relatos hacen referencia a cómo las y los migrantes son despojados de diferentes cantidades de dinero, especialmente cuando van viajando en el tren. Por ejemplo, Gerber comentó que durante su viaje en el tren, en algún punto de Chiapas, un policía con traje azul se subió al tren alrededor de las 4 de la mañana y empezó a cobrar cuotas a la gente. A él le quitó 500 dólares, mientras que a una mujer le quitaron 1,500. En este sentido, muchas personas hicieron también referencia al cobro de 100 dólares que hacen ciertas personas en cada parada del tren. Los diferentes hechos de violencia y extorsión que continúan sufriendo las y los migrantes en su paso por México rara vez son denunciados. Ya desde el informe presentado el año pasado se hacía referencia a las dificultades que enfrentan las personas migrantes para denunciar los abusos y delitos de los cuales son

En Chiapas, un policía con traje azul se subió al tren alrededor de las 4 de la mañana y empezó a cobrar cuotas a la gente. A Gerber le quitó 500 dólares, mientras que a una mujer le quitó 1,500.

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víctimas, lo cual se convierte en una negación absoluta de su derecho de acceso a la justicia. Ya sea por temor a ser detenidos, o incluso por desconocimiento de sus propios derechos, las personas migrantes que son víctimas de delitos o de violaciones a sus derechos humanos rara vez denuncian los hechos. Por ejemplo, Manuel, un migrante de Guatemala, relató que en Chiapas la policía estatal le robó 500 dólares. Al preguntarle si había puesto una denuncia con motivo de los hechos, contestó que no, pues no sabía que

los migrantes tenían derechos en México. Las extorsiones y abusos que sufren las personas migrantes en su paso por México ocurren también en la Zona Metropolitana de Monterrey. Durante el proceso de documentación de este año fue posible observar cómo algunas personas fueron víctimas de robos en la ZMM por parte de distintas autoridades. Romario, guatemalteco, comentó que ya en Nuevo León,

elementos de la Policía Estatal le quitaron 400 pesos en Escobedo. De manera similar, Luis Alonso, un migrante hondureño, afirmó que durante su primer viaje hacia Estados Unidos el año pasado, fue detenido por elementos de la policía municipal de San Nicolás y le robaron 200 pesos. La discriminación es otro de los graves problemas que siguen enfrentando las personas migrantes. Norman comentó, por ejemplo, cómo en una estación de autobuses de Veracruz no le quisieron vender un boleto por el hecho de ser migrante, y que en otra estación distinta sí se lo vendieron pero con un cargo de 200 pesos sobre el costo regular del boleto. Jorge Mario, otro migrante de Guatemala, hizo referencia a hechos similares pues comentó que en Tierra Blanca los autobuses les cobraban 300 pesos más caro el boleto por el hecho de ser migrantes. B. LA CRISIS HUMANITARIA DE LAS Y LOS MENORES MIGRANTES Uno de los temas centrales en materia migratoria que marcaron el 2014 fue la crisis humanitaria de las y los menores migrantes no acompañados. Durante los meses de mayo y junio de este año, medios nacionales e internacionales dieron cuenta del enorme flujo de menores migrantes, principalmente no acompañados, que salen de Centroamérica y atraviesan México con destino a los Estados Unidos. Las estadísticas de la Unidad de Políticas Migratorias de la Secretaría de Gobernación confirman que este año se vio marcado por un incremente en el número menores migrantes. De acuerdo con el resumen estadístico mensual del mes de septiembre, “[e]ntre enero y septiembre de 2014, 17,322 migrantes irregulares menores de edad han sido presentados al Instituto Nacional de Migración, cifra que supera al acumulado de los dos años previos. En este flujo, cuatro de cada diez son menores de 12 años y hay una mujer por cada dos hombres”6. Estas cifras se ven reflejadas mejor en la siguiente tabla contenida en dicho resumen estadístico:

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!6 Unidad de Política Migratoria. Secretaría de Gobernación. “Menores migrantes. Resumen estadístico mensual, septiembre”. Autor. Septiembre 2014. Pág. 1. Disponible en línea en: [http://www.politicamigratoria.gob.mx/work/models/SEGOB/CEM/PDF/Estadisticas/Medidas_de_facilitacion_migratoria/H_2010_2013/MenoresMigrantesResumenSep.pdf]

Manuel fue víctima de un robo por parte de la policía estatal de Chiapas. Al preguntarle si denunció los hechos contestó que no, pues no sabía que los migrantes tenían derechos en México.

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En relación con las nacionalidades de este grupo poblacional, la Unidad de Política Migratoria refiere que “Honduras, Guatemala y El Salvador concentran 98% del total de menores migrantes asegurados por las autoridades migratorias mexicanas en los primeros nueve meses de 2014. Los nacionales de Honduras concentran casi la mitad del flujo total”7.

Ahora bien, al hablar de menores migrantes es importante hacer una distinción con base en su situación de acompañamiento debido a las distintas vulnerabilidades que esta condición puede presentar para el o la menor. En razón de este criterio, las y los menores migrantes pueden clasificarse en menores

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!7Idem. pág. 2.

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acompañados, menores no acompañados (MNA) y menores separados. De acuerdo con el Comité de los Derechos del Niño, se entiende por menores no acompañados “los menores que están separados de ambos padres y otros parientes y no están al cuidado de un adulto al que, por ley o costumbre, incumbe esa responsabilidad”8. Por otro lado, se entiende por menores separados “los menores separados de ambos padres o de sus tutores legales o habituales, pero no necesariamente de otros parientes. Por tanto, puede tratarse de menores acompañados por otros miembros adultos de la familia”9. Al respecto, la Ley de Migración reconoce solamente a la primera categoría bajo el concepto de niña, niño o adolescente migrante no acompañado, definiéndolo de la siguiente manera: “a todo migrante nacional o extranjero niño, niña o adolescente menor de 18 años de edad, que se encuentre en territorio nacional y que no esté acompañado de un familiar consanguíneo o persona que tenga su representación legal”10. De acuerdo con los datos de la Unidad de Política Migratoria, la mayoría de las y los menores migrantes que atraviesan por México se encuentran en la categoría de no acompañados. Esto puede apreciarse en la siguiente gráfica11:

De acuerdo con la Opinión Consultiva número 21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,

“Las niñas y los niños se movilizan internacionalmente por muy variadas razones: en busca de oportunidades, ya sea por consideraciones económicas o educacionales; con fines de reunificación familiar, a fin de reagruparse con familiares que ya migraron; por cambios

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!8 Comité de los Derechos del Niño, Observación General No 6: Trato de los menores no acompañados y separados de su familia fuera de su país de origen, UN Doc. CRC/GC/2005/6, 1 de septiembre de 2005, párr. 7. 9 Idem. párr. 8. 10 Ley de Migración. Artículo 3. 11 Unidad de Política Migratoria. Secretaría de Gobernación. Ob. Cit. pág. 5.

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repentinos o progresivos del medio ambiente que afectan adversamente su vida o sus condiciones de vida; por afectaciones derivadas del crimen organizado, desastres naturales, abuso familiar o extrema pobreza; para ser transportados en el contexto de una situación de explotación, incluida la trata infantil; para huir de su país, ya sea por temor fundado a ser perseguidos por determinados motivos o porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público. Si bien las niñas y los niños generalmente se trasladan junto a sus padres, miembros de la familia ampliada u otros adultos, en la actualidad un número creciente y significativo migra en forma independiente y sin compañía”12.

Las y los menores migrantes enfrentan riesgos particulares en comparación con las personas adultas que migran. Dentro de este contexto, “[l]os menores no acompañados o separados de sus padres son especialmente vulnerables a los abusos y a las violaciones de los derechos humanos en todas las etapas del proceso migratorio”13. En este sentido, “esta población es aún más vulnerable, pues corre un alto riesgo de sufrir violencia física, psicológica, emocional y sexual durante su tránsito o estancia por México”14. La migración de menores centroamericanos que viajan solos fue declarada una crisis humanitaria el pasado mes de junio por el presidente de Estados Unidos Barack Obama15 al incrementarse el número de menores que huyen de la pobreza, violencia o quieren reunirse con sus familiares16. Obama declaró que planea concentrar recursos en las zonas fronterizas para aumentar la seguridad en la frontera con México, así como un aumento de jueces migratorios17, la creación de nuevos centros de detención y recursos para la repatriación de migrantes.18 La idea fue reforzada al mes siguiente cuando la OEA anunció que la situación migratoria de los niños y niñas es una expresión de exclusión social y desprotección de sus derechos humanos.19 El organismo llamó a Honduras, El Salvador y Guatemala a realizar esfuerzos para garantizar a su población más joven condiciones de respeto a los derechos humanos para que puedan desarrollarse íntegramente. De igual manera, solicitó a Estados Unidos y México enfocar las políticas migratorias en el bienestar de los menores a partir de una perspectiva humanitaria.20

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!12 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Derechos de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional. Opinión Consultiva OC-21/14 del 19 de agosto de 2014. Serie A No. 21, párr. 35. 13 Informe del Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes, Sr. Jorge Bustamante, Promoción y Protección de todos los Derechos Humanos, Civiles, Políticos, Económicos, Sociales y Culturales, incluido el Derecho al Desarrollo, UN Doc. A/HRC/11/7, 14 de mayo de 2009, párr. 23. 14 Programa Conjunto de Migrantes en Tránsito. Fondo de Seguridad Humana. “Protección de derechos de niños, niñas y adolescentes migrantes”. Infosheet 1. Abril 2014. Pág. 1. 15 Castañeda, Alejandra. “Opinión: Menores migrantes que viajan solos: entre el refugio y el rechazo”. CNN México. 15 de julio de 2014.Disponible en línea en: [http://mexico.cnn.com/opinion/2014/07/15/opinion-menores-migrantes-que-viajan-solos-entre-el-refugio-y-el-rechazo] 16 CNN México. “México sabía del aumento de niños migrantes desde hace dos años: CIDH”. Autor. 18 de agosto de 2014. Disponible en línea en: [http://mexico.cnn.com/nacional/2014/08/18/mexico-sabia-del-aumento-de-ninos-migrantes-desde-hace-dos-anos-cidh] 17 Animal Político. “Obama se saltará al Congreso para resolver crisis de migración.” Autor. 30 de junio de 2014. Disponible en línea en: [http://www.animalpolitico.com/2014/06/obama-pide-facultades-al-congreso-para-repatriar-ninos-migrantes/] 18 Castañeda, Alejandra. Ob. Cit. 19 Milenio. “OEA insta a abordar migración de niños con perspectiva humanitaria”. Autor. 23 de julio de 2014. Disponible en línea en: [http://www.milenio.com/internacional/OEA-abordar-migracion-perspectiva-humanitaria_0_340766324.html] 20 Loc. Cit.

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Ante la crisis presentada, la ONU declaró el 25 de noviembre que la migración de menores de edad sin compañía se trata de un fenómeno universal y no un problema del triángulo norte de Centroamérica, exhortando a los países de tránsito y destino (México y Estados Unidos respectivamente) a proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes sin importar que se encuentren en una situación migratoria irregular.21 En este sentido, el equipo de documentación del CDH-FLDM y las estadísticas de los registros de CasaNicolás, muestran que en el caso de la ZMM, la población de menores migrantes, especialmente de MNA, aumentó para este año. Como se observó en el primer apartado, durante los primeros 9 meses del 2014, al menos 67 menores migrantes se albergaron en CasaNicolás. Si bien no es un aumento considerable respecto de la cifra del año pasado, las experiencias de documentación reflejaron una preocupación importante en relación con la edad y las condiciones por las cuales las y los menores están migrando. José, de 13 años, y Alexander, de 15 años, ambos provenientes de Honduras, son dos MNA que se hospedaron en CasaNicolás. Ambos salieron de su país huyendo de la pobreza y la violencia que ahí existen. En el caso de José, este relató que la vida en Honduras es muy cara y no existen suficientes oportunidades para salir adelante. De acuerdo con sus palabras, José migró de Honduras para poder trabajar y mandar dinero a su casa para poder terminar de construir unos cuartos. Por su parte, Alexander salió de Honduras tras haber perdido a su familia en razón de la violencia que impera en Honduras. Su hermano mayor fue asesinado en 2008 pues, de acuerdo con sus propias palabras, “se drogaba y andaba mal”. Por otro lado, su madre fue asesinada en el 2009 en un bar. Durante dos años, Alexander estuvo en una “correccional de menores” llamada “Casa del Niño”. Sin embargo, en 2010 escapó y fue adoptado por una familia. Alexander refirió que a pesar de que su familia adoptiva lo trataba bien, él no quería ya permanecer en Honduras pues los recuerdos de la muerte de su familia sanguínea eran muy fuertes. Además, Alexander dijo tener miedo de las pandillas y la violencia generalizada en Honduras: “Yo no me quiero hacer malo”. No se puede pasar por alto que, tal como lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos:

“al diseñar, adoptar e implementar sus políticas migratorias relativas a personas menores de 18 años de edad, los Estados deben priorizar el enfoque de los derechos humanos desde una perspectiva que tenga en cuenta en forma transversal los derechos de niñas y niños y, en particular, su protección y desarrollo integral, los cuales deben primar por sobre cualquier consideración de la nacionalidad o el estatus migratorio, a fin de asegurar la plena vigencia de sus derechos”22.

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!21 Meléndez, José. “Migración de niños, un problema universal: ONU”. El Universal. 26 de noviembre de 2014. Disponible en línea en: [http://www.eluniversal.com.mx/el-mundo/2014/impreso/migracion-de-ninios-un-problema-universal-onu-89029.html] 22 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Derechos de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional. Opinión Consultiva OC-21/14 del 19 de agosto de 2014. Serie A No. 21, párr. 68.

“Yo no me quiero hacer malo”

-Alexander, 15 años.

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C. LA POLÍTICA MIGRATORIA MEXICANA Y EL PLAN FRONTERA SUR Como ya se ha referido, durante los meses de abril y mayo hubo una amplia cobertura del tema de los niños, niñas y adolescentes migrantes que cruzaban por México para poder llegar a Estados Unidos y los peligros a los que se tenían que enfrentar en su camino. Como respuesta a esta crisis, el 7 de julio de 2014 el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos Enrique Peña Nieto puso en marcha el Programa Integral Frontera Sur, el cual tiene como propósito principal proteger y salvaguardar los derechos humanos de los migrantes que ingresan y transitan por México23. Para la operación de este programa el Presidente firmó un decreto mediante el cual se creó la “Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur”.24 De acuerdo con el Gobierno de la República, el Programa está basado en tres objetivos principales: evitar que los migrantes pongan en riesgo su integridad al usar un tren que es de carga y no de pasajeros, desarrollar estrategias puntuales que garanticen la seguridad y la protección de los migrantes y combatir y erradicar a los grupos criminales que vulneran sus derechos25. Sin embargo, los lineamientos llevados a la práctica por el gobierno han sido severamente criticados, al tiempo que han generado efectos muy adversos en los flujos migratorios y han puesto en un riesgo mayor a las personas migrantes. Por ejemplo, la colocación de vallas, muros y bardas en las paradas del tren obliga a los migrantes a buscar nuevas rutas para poder bajarse o subirse al tren. Debido a estas medidas, las personas migrantes se ven en la necesidad de encontrar otras partes para caminar lo que las hace todavía más vulnerables.26 Al respecto, el comisionado hondureño de los Derechos Humanos, Herrera Cáceres, alertó que “ninguna solución militar ni la construcción de grandes muros va a detener una migración forzada que es cíclica, siempre van a haber procesos constantes de migración mientras no se le encuentre una solución permanente (a los problemas que la ocasionan)”27. También invitó al gobierno mexicano a cooperar con los países centroamericanos “[l]a inversión podría ser menor invirtiendo en desarrollo humano sostenible que en levantar barricadas, que a largo tiempo son insostenibles por los mecanismos de vigilancia que implican. En todo caso el concepto de dignidad humana no se encuentra en una barricada pero sí se encuentra en el desarrollo”.28 Las estadísticas de CasaNicolás y la documentación del CDH-FLDM permiten confirmar las críticas realizadas al Plan Frontera Sur. Como se hizo referencia en el primer capítulo, los registros de las personas migrantes que se hospedaron en el albergue en los meses de julio a octubre de este año presentaron una disminución importante con respecto al mismo periodo para el 2013. Esta diferencia se observa

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!23 Animal Político. “Peña Nieto pone en marcha el programa frontera sur”. Autor. 8 de julio de 2014. Disponible en línea en: [http://www.animalpolitico.com/2014/07/en-esto-consiste-el-programa-que-protegera-a-migrantes-que-ingresan-a-mexico] 24 Loc. Cit. 25 Animal Político. “Estas son las principales acciones del Programa Frontera Sur para proteger a migrantes”. Autor. 26 de agosto de 2014. Disponible en línea en: [http://www.animalpolitico.com/2014/08/estas-son-las-principales-acciones-del-programa-frontera-sur-para-proteger-migrantes/] 26 Milenio. “Migrantes afectados por medidas de seguridad”. Autor. . 22 de septiembre de 2014. Disponible en línea en: [http://www.milenio.com/region/Inmigrantes-Discriminacion-Torreon-Penoles-Ferromex_0_377362379.html] 27 Animal Político. “Unos 33 mil migrantes hondureños han sido deportados de México en lo que va del año”. Autor. 1 de octubre de 2014. Disponible en línea en: [http://www.animalpolitico.com/2014/10/unos-33-mil-migrantes-hondurenos-han-sido-deportados-de-mexico-en-lo-que-va-del-ano/]. 28Loc. Cit.

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principalmente en el mes de julio que, de acuerdo con el testimonio de los colaboradores de CasaNicolás, tradicionalmente es un mes donde el número personas migrantes tiende a ser elevado. Fue precisamente en el mes de julio de este año que el Gobierno Federal puso en marcha el Plan Integral Frontera Sur, por lo que las acciones emprendidas en el marco de este programa en la frontera sur de México pueden tener una relación directa con la disminución en el tránsito de personas migrantes que llegaron a la Zona Metropolitana de Monterrey.

En este sentido, una de las personas entrevistadas por el equipo de documentación del CDH-FLDM, quien pidió omitir su nombre y permanecer anónima, relató que la gente ya no puede subir al tren. Ella comentó que personal del Instituto Nacional de Migración en Tenosique ya no deja que nadie se suba. Esta persona venía acompañada de su hija de 14 años y ambas viajaron en autobús hasta Monterrey. Esta versión fue confirmada por Luis Alonso, un migrante de Honduras que realiza su segundo viaje a los Estados Unidos. Luis Alonso comentó que en esta ocasión notó una mayor presencia de autoridades migratorias cerca del tren. Si bien los números disminuyeron, es importante apuntar que los flujos migratorios no se detuvieron. Incluso, para los meses posteriores a julio, las tendencias del año pasado continuaron, con disminuciones menores en cada mes.

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2013

2014

I I I . PERSONAS REFUGIADAS Y CON NECESIDAD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL El 10 de julio de 2014, el Observatorio de Legislación y Política Migratoria del Colegio de la Frontera Norte reportó sobre ciertas declaraciones realizadas por el Secretario de Relaciones Exteriores José Antonio Meade en el contexto de la crisis humanitaria de MNA. En relación con la situación de los menores migrantes no acompañados y el procedimiento para solicitar asilo en México, el Secretario afirmó que “México no prevé realizar una revisión de su política de refugio, pues, en medio de ésta (sic) crisis humanitaria de menores migrantes no acompañados, no percibe un incremento en las solicitudes [de reconocimiento de la condición de refugiado]”29. Uno de los efectos de la crisis humanitaria de las y los MNA fue poner énfasis en los contextos de violencia y desigualdad generalizados que existen en Centroamérica como causas de la migración, no solo de niñas, niños y adolescentes, sino de todas las personas en general. No obstante, la respuesta del Gobierno de la República, concentrada en el Plan Frontera Sur, se limitó a adoptar medidas de seguridad y protección de la ruta migratoria, sin tomar en cuenta las causas de fondo de los flujos migratorios de personas centroamericanas. La declaración del Secretario de Relaciones Exteriores antes referida es un claro ejemplo de esto. A pesar de que existe un amplio conocimiento de las causas que obligan a miles de personas centroamericanas a dejar sus países, la respuesta del Estado mexicano no ha sido la adecuada. El presente apartado hace un estudio de la migración forzada de personas migrantes centroamericanas que atraviesan por la Zona Metropolitana de Monterrey y su necesidad de protección internacional. A partir de una breve construcción teórica sobre la protección internacional y el derecho a solicitar asilo, este capítulo recoge los testimonios de varias personas que se hospedaron en CasaNicolás en el 2014 para dar cuenta de las causas que generan la migración de centroamericanos. Además, a partir de una experiencia de acompañamiento de un caso de solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado que tuvo la Coordinación Jurídica de CasaNicolás, se exponen algunos obstáculos y deficiencias que enfrenta el sistema de asilo en México. A. LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL Y EL DERECHO A SOLICITAR ASILO “Por protección internacional se entiende aquella que ofrece un Estado a una persona extranjera debido a que sus derechos humanos se ven amenazados o vulnerados en su país de nacionalidad o residencia habitual, y en el cual no pudo obtener la protección debida por no ser accesible, disponible y/o efectiva”30. En otras palabras, la protección internacional es aquella protección que brinda un país a personas de otros países cuando por alguna causa estas corren peligro dentro de su propio país y este no les ofrece ningún tipo de protección. De acuerdo con las normas internacionales, la protección internacional encuentra su fundamento en diferentes conceptos:

“(a) la protección recibida por las personas solicitantes de asilo y refugiadas con fundamento en los convenios internacionales o las legislaciones internas; (b) la protección recibida por las personas solicitantes de asilo y refugiadas con fundamento en la definición ampliada de la

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!29 Gómez Quintero, Natalia. “SRE descarta revisar política de refugio por niños migrantes”. Observatorio de Legislación y Política Migratoria. 10 de julio de 2014. Disponible en línea en: [http://observatoriocolef.org/Noticia/1785]. 30 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Derechos de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional. Opinión Consultiva OC-21/14 del 19 de agosto de 2014. Serie A No. 21, párr. 37.

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Declaración de Cartagena; (c) la protección recibida por cualquier extranjero con base en las obligaciones internacionales de derechos humanos y, en particular, el principio de no devolución y la denominada protección complementaria u otras formas de protección humanitaria, y (d) la protección recibida por las personas apátridas de conformidad con los instrumentos internacionales sobre la material”31.

Respecto de la primera de estas fuentes, la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 establece que se considerará como refugiada a una persona “[q]ue, como resultado de acontecimientos ocurridos antes del 1.o de enero de 1951 y debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él”32. Por su parte, la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984, en su conclusión tercera, establece que:

“en vista de la experiencia recogida con motivo de la afluencia masiva de refugiados en el área centroamericana, se hace necesario encarar la extensión del concepto de refugiado, teniendo en cuenta, en lo pertinente, y dentro de las características de la situación existente en la región, el precedente de la Convención de la OUA (artículo 1, párrafo 2) y la doctrina utilizada en los informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. De este modo, la definición o concepto de refugiado recomendable para su utilización en la región es aquella que además de contener los elementos de la Convención de 1951 y el Protocolo de 1967, considere también como refugiados a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público”33.

En México, la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político (LRPCAP) recoge tanto la definición de la Convención sobre Refugiados de 1951, como de la Declaración de Cartagena. En dicho sentido, el artículo 13 de la LRPCAP establece que la condición de refugiado se reconocerá a todo extranjero que se encuentre en territorio nacional bajo cualquiera de los siguientes supuestos:

“I. Que debido a fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él;

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!31 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Derechos de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional. Opinión Consultiva OC-21/14 del 19 de agosto de 2014. Serie A No. 21, párr. 37. 32 Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, Artículo 1. 33 Declaración de Cartagena sobre Refugiados, Conclusión Tercera.

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II. Que ha huido de su país de origen, porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público, y III. Que debido a circunstancias que hayan surgido en su país de origen o como resultado de actividades realizadas, durante su estancia en territorio nacional, tenga fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, o su vida, seguridad o libertad pudieran ser amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público”34.

En este punto, es importante hacer una precisión respecto de la terminología utilizada por la LRPCAP. El 30 de octubre de 2014, se reformó la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria para quedar como Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político. Uno de los cambios centrales con esta reforma, fue hacer una distinción entre el reconocimiento de la condición de refugiado para las circunstancias descritas en el artículo 13 y el concepto de asilo. De acuerdo con el artículo 2 de la LRPCAP, por asilo se entiende solamente el asilo político, y este comprende la “[p]rotección que el Estado Mexicano otorga a un extranjero considerado perseguido por motivos o delitos de carácter político o por aquellos delitos del fuero común que tengan conexión con motivos políticos, cuya vida, libertad o seguridad se encuentre en peligro, el cual podrá ser solicitado por vía diplomática o territorial”35. No obstante, bajo los estándares internacionales, esta distinción es inexistente. Por ello, cuando se hace referencia al “sistema de asilo en México” en este informe, se incluye toda la política del Estado mexicano en materia de refugiados, protección complementaria y asilo político. Otro aspecto que es necesario destacar de la legislación mexicana es el reconocimiento de la protección complementaria. La LRPCAP define el concepto de protección complementaria como la “[p]rotección que la Secretaría de Gobernación otorga al extranjero que no ha sido reconocido como refugiado en los términos de la presente Ley, consistente en no devolverlo al territorio de otro país en donde su vida, se vería amenazada o se encontraría en peligro de ser sometido a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”36. De esta manera, el sistema de asilo en México es, al menos en teoría, sumamente protector, pues otorga también protección internacional a las personas que aunque no se puedan reconocer como refugiadas bajo los conceptos del artículo 13, de todas maneras corren peligro en caso de ser devueltos a su país. Ahora bien, al hablar de protección internacional en su modalidad de asilo, es fundamental resaltar que esta se trata de un auténtico y verdadero derecho humano y no así de una prerrogativa del Estado. La Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado en este sentido:

“la Corte es de la opinión que el derecho a buscar y recibir asilo en el marco del sistema interamericano se encuentra configurado como un derecho humano individual a buscar y recibir protección internacional en territorio extranjero, incluyendo con esta expresión el estatuto de refugiado según los instrumentos pertinentes de las Naciones Unidas o las

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!34 Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, Artículo 13. 35 Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, Artículo 2. 36 Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, Artículo 2.

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correspondientes leyes nacionales, y el asilo conforme a las diversas convenciones interamericanas sobre la materia”37.

Por ello, el consenso internacional ha reconocido que una persona se convierte en refugiada al momento de reunir los elementos que establecen los estándares internacionales para ello. En otras palabras, una persona será refugiada cuando se vea forzada a huir de su país por los motivos antes enunciados y cruce una frontera internacional para solicitar protección de un Estado distinto al suyo. En ese caso, la protección internacional otorgada por el Estado de acogida se limita solamente a reconocer dicha condición y no así a constituirla. La legislación mexicana sigue esta tendencia al establecer el concepto de “reconocimiento de la condición de refugiado”, haciendo referencia a que el procedimiento que marca la LRPCAP solamente reconoce el estatuto de refugiado pero no lo constituye. El reconocimiento es meramente declarativo y no constitutivo. B. LA SITUACIÓN DE POBREZA Y VIOLENCIA EN LOS PAÍSES DE CENTROAMÉRICA En el año 2010, la Organización Internacional para las Migraciones estimaba en 57.5 millones el número de migrantes en el continente americano, convirtiéndolo en la región donde habita el 27% de todos los migrantes del mundo38. Dentro de la región, el principal flujo migratorio tradicionalmente ha sido desde centro y Sudamérica hacia el norte, particularmente, hacia Estados Unidos. Incluso, se estima que Estados Unidos alberga a cerca del 70% de los emigrantes canadienses y latinoamericanos.39 Latinoamérica y el Caribe, área que comprende todos los países de América excluyendo a Canadá y a Estados Unidos, se ha convertido en una región de emigración neta, donde la tasa de personas que salen de la región sobrepasa a aquella de las personas que ingresan por 11 millones, con Centroamérica como la sub-región donde este margen es el más amplio de todos con 6.8 millones.40 Los datos anteriores permiten confirmar la noción que históricamente se ha tenido de Centroamérica como una región que expulsa migrantes. “Los principales países expulsores en Centroamérica son Guatemala, El Salvador, Nicaragua y Honduras y prácticamente todos ellos, aunque Honduras presentaría rasgos distintos, fueron desde 1960, con algunas diferencias temporales, escenario de diversos movimientos insurgentes que buscaron derrocar a las dictaduras militares y a los gobiernos autocráticos”41. Estos episodios de violencia y guerras civiles, que a su vez han generado un clima de inestabilidad política y social, combinados con las escasas oportunidades económicas, resultan en las altas tasas de emigración en esta región. Por ejemplo, tan solo en el caso de Honduras, este “sigue siendo el país más violento del mundo con una tasa de homicidios de 79 por cada 100 mil habitantes. En un país con medio millón menos de habitantes

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!37 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Derechos de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional. Opinión Consultiva OC-21/14 del 19 de agosto de 2014. Serie A No. 21, párr. 78. 38 Organización Internacional para las Migraciones. “World Migration Report 2010”. 2010. Autor. Disponible en línea en: [http://publications.iom.int/bookstore/free/WMR_2010_ENGLISH.pdf] pág. 149. 39 Loc. Cit. 40Idem. pág. 155. 41 Aragonés, Ana María. “Migración Centroamericana y México”. La Jornada. 10 de abril de 2011. Disponible en línea en: [http://www.jornada.unam.mx/2011/04/10/index.php?section=opinion&article=031a1eco]

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que el Distrito Federal asesinaron a 6 mil 757 personas el año pasado, una media de 19 personas al día. En el mismo periodo en la Ciudad de México hubo 749 homicidios dolosos”42. La información obtenida de los registros de CasaNicolás permite obtener una perspectiva de los motivos que generan la migración de personas centroamericanas. La base de datos del SJM clasifica los factores que ocasionan la migración en:

• Factores ambientales: desastres naturales. • Factores de violencia: discriminación por orientación sexual, contexto generalizado de violencia,

persecución del crimen organizado, entre otros. • Factores económicos: falta de empleo, empleo mal remunerado, deudas, mejor calidad de vida,

bajos salarios, crisis económica, entre otros. • Factores familiares: reunificación familiar, búsqueda de algún integrante de la familia, entre otros. • Factores personales: aventura, conocer otro país, entre otros. • Factores sociales: mejores oportunidades de educación, atención a problemas de salud, entre

otros. De acuerdo con esta clasificación, los registros de personas centroamericanas que se albergaron en CasaNicolás reflejan lo siguiente:

Factor Frecuencia

Violencia 80

Económicos 683

Familiares 22

Personales 8

Sociales 11

No definido 131

Total 935

Tal como se observa en la siguiente gráfica, la gran mayoría de las personas refirió que los factores principales que motivaron la salida de sus países son factores económicos. En segundo lugar se encuentran los factores de violencia, seguidos de factores familiares, sociales y personales. Los factores ambientales no fueron mencionados.

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!42 Animal Político. “Unos 33 mil migrantes hondureños han sido deportados de México en lo que va del año”. Ob. Cit.

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Más allá de cifras y datos estadísticos, las documentaciones realizadas por el equipo del CDH-FLDM dan cuenta de testimonios de personas migrantes que explican los factores que motivaron la salida de sus países. Estos relatos hicieron énfasis importante, precisamente, en las situaciones de violencia y pobreza que existen en los países centroamericanos. En relación con la situación económica, muchas de las personas entrevistadas hicieron referencia a las dificultades económicas por las que se atraviesa en los países de Centroamérica. Por ejemplo, Dalila, una mujer de El Salvador, relató que ella ganaba 2 dólares al día, por trabajar una jornada de 6 am a 8 pm.

Como punto de referencia, Dalila contó que en El Salvador, medio kilo de frijoles cuesta 2 dólares. Ahora bien, en cuanto a la situación de violencia, muchas personas hicieron referencia a cómo las pandillas constantemente amenazaban a las personas, particularmente para obligarlas a trabajar con/para ellos. Por ejemplo, Gerber es un migrante

guatemalteco que se encontraba en su tercer viaje para intentar cruzar a Estados Unidos. En la primera ocasión, fue detenido y deportado por el Instituto Nacional de Migración. En su segundo intento, al estar en Chiapas, tuvo que regresar a Guatemala pues su esposa recibió una carta de amenaza de la Mara 13 para reclutar a su hijo de 16 años a que se les uniera. Debido a esto, tuvo que mudar a su familia de casa y al intentar enfrentar a los maras le dijeron que si lo volvían a ver lo matarían. De manera similar, Walter contó que él se vio forzado a huir de Honduras para evitar ser reclutado por las pandillas. Él relató que miembros de la Mara 18 balacearon su casa pues se había negado a trabajar con ellos. Este hecho le hizo temer por su vida y la de su familia por lo que mudó a su esposa, quien tenía 6 meses de embarazo, y a su hijo de 5 años a casa de su madre y él salió del país. Los testimonios recogidos por el equipo del CDH-FLDM muestran también un nexo importante entre los factores de violencia y los factores económicos. Por ejemplo, de acuerdo con el relato de Jorge Luis, un migrante de Honduras, la pobreza y la violencia se encuentran relacionadas. Él comentó que en su país, las pandillas le roban a las personas y solicitan el pago de “renta” para evitar la violencia. En su caso, en una

0!100!200!300!400!500!600!700!800!

Factores de violencia

Factores económicos

Factores familiares

Factores personales

Factores sociales

No definido

Motivos de migración !

En El Salvador, Dalila ganaba 2 dólares diarios por una jornada laboral de 6 am a 8 pm.

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ocasión le clavaron una navaja y le lastimaron el pulmón, y en otra ocasión, lo balearon en la pierna, ambos por negarse a pagar esa renta a las pandillas. De manera similar, Denis, otro hondureño, reportó que miembros de la Mara 18 lo amenazaban constantemente y le cobraban un “impuesto de guerra”. Por este concepto le pedían aproximadamente 200 pesos por semana. Esta situación del pago de “renta” a las pandillas fue reportada por numerosas personas, incluso de otros países como El Salvador. Un aspecto importante de la situación en Centroamérica y que se relaciona directamente con la configuración de la condición de refugiado, es la respuesta de las autoridades nacionales de estos países ante la crisis de violencia. Varios de los testimonios recogidos relataron cómo se vuelve prácticamente imposible denunciar los hechos de violencia de los que son víctimas por distintos motivos. Tal es el caso de Dalila y Neptalí, una pareja de esposos que vivían en El Salvador. Al ser entrevistados, ambos relataron que en El Salvador, las pandillas le intentaron cobrar a Neptalí el “impuesto de guerra”, sin embargo él se negó. Por ese motivo, fue golpeado tan severamente que le reventaron los oídos. Ambos refirieron que cuando Neptalí intentó poner una denuncia ante la policía, esta lo detuvo a él durante dos días, lo cual hizo que les diera más miedo aun y decidieran huir. Los casos documentados en el 2014 por el CDH-FLDM, en general reflejan una situación de grave violencia y necesidad que orillan a las personas a dejar sus países de origen. Lo anterior, sumado a la incapacidad de las autoridades de los países centroamericanos para garantizar la protección de sus nacionales, hace que muchas de las personas que migran a México puedan llegar a ser considerados refugiados. Sin embargo, no saben que tienen ese derecho o deciden, por temor a ser deportados, no acercarse a las autoridades para iniciar el procedimiento. Además, una vez iniciado el procedimiento, las y los solicitantes pueden encontrarse con diferentes obstáculos que impiden o dificultan su eventual reconocimiento de la condición de refugiado. C. OBSTÁCULOS EN EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL RECONOCIMIENTO DE LA

CONDICIÓN DE REFUGIADO Como ya se estableció anteriormente, el procedimiento para solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado (RCR) está regulado por la LRPCAP. La Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), órgano administrativo desconcentrado dependiente de la Secretaria de Gobernación, es la instancia gubernamental que se encarga de recibir y resolver las solicitudes de RCR y otorgar, en última instancia, la protección internacional. De acuerdo con cifras publicadas por la COMAR, la situación del procedimiento para el RCR resulta, a primera vista, desalentadora. Para el año 2013, la COMAR recibió un total de 1,296 solicitudes. De esta cifra, solamente 270 casos recibieron un reconocimiento de la condición de refugiado y 28 recibieron protección complementaria. En cuanto al resto de los casos, 543 fueron abandonados o desistidos y 455 fueron no reconocidos. En otras palabras, del 100% de las solicitudes recibidas, el 60% fueron negadas43. En relación con las solicitudes recibidas en 2014, entre los meses de enero y septiembre de este año, la COMAR recibió un total de 1,525 solicitudes de RCR. De este total, 247 fueron reconocidas, 241 fueron abandonadas, 255 fueron desistidas, 383 se negaron, 39 fueron beneficiarias de protección

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!43 Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados. “Estadísticas COMAR”. 19 de noviembre de 2014. Disponible en línea en: [http://www.comar.gob.mx/es/COMAR/Estadisticas_COMAR].

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complementaria y 360 siguen en trámite. El porcentaje de solicitudes negadas se mantiene similar al del 2013 con un 57% de negativas. De las cifras antes presentadas, es posible apreciar dos alarmantes cuestionamientos. El primero se refiere al número total de solicitudes recibidas por la COMAR. De acuerdo con información de la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación, durante los primeros 9 meses del 2014, el Instituto Nacional de Migración (INM) registro un total de 103,820 eventos de migrantes ingresados en las estaciones migratorias del INM bajo el procedimiento administrativo de presentación por no acreditar su situación migratoria44. De esta cantidad, 98,135 eventos son relativos a personas nacionales de algún país de Centroamérica. Debido a que no existen datos y cifras oficiales del número de personas que ingresan al país huyendo de alguna forma de persecución o violencia, tomaremos esta cantidad como un dato aproximado de la población migrante centroamericana indocumentada en México durante el 2014. Ahora bien, de acuerdo con las cifras obtenidas por CasaNicolás, de las 935 personas centroamericanas que fueron registradas en el albergue en el 2014, 80 refirieron migrar por motivos de violencia. En otras palabras, el 8% de la población migrante centroamericana que se hospedó en CasaNicolás salió de sus países a causa de algún evento violento que pusieron en peligro su vida o integridad. Al aplicar ese estimado del 8% a la cantidad total de migrantes centroamericanos detenidos por el INM en todo el país en los primeros 9 meses del 2014, se obtiene una cifra aproximada de 8,832. Es verdad que este dato no presenta un rigor científico estadístico elevado, sin embargo, a falta de datos más precisos, pudiera tomarse esa cifra como una aproximación a las tendencias nacionales de personas que huyen a causa de la violencia en México. Si admitimos esa cifra como indicativa, la diferencia real entre las personas que pudieran encontrarse en una situación de migración forzada a causa de violencia y las personas que efectivamente presentaron una solicitud de RCR ante la COMAR este año es de aproximadamente 7,300 personas. Por lo tanto, resulta alarmante que solo una cantidad tan pequeña de personas esté iniciando un trámite de RCR. Esto puede deberse a distintos factores, como desconocimiento del derecho a solicitar o incluso miedo a iniciar el trámite por temor a ser deportados. En este sentido, de acuerdo con un diagnóstico elaborado por la Oficina del Alto Comisionado para los Refugiados:

“Una percepción general es que existe poco apoyo por parte del Estado mexicano para visibilizar y atender la situación de los desplazados por la violencia en Centroamérica y que requieren protección internacional en México. En este sentido, los testimonios apuntan a que México no es un país del todo atractivo para que estas personas soliciten el reconocimiento de la condición de refugiado, debido principalmente a la falta de mecanismos institucionales que aseguren la protección y la asistencia humanitaria básica. Esto a su vez genera entre albergues y organizaciones de la sociedad civil, una preocupante percepción de incredulidad e incluso de desconfianza hacia el sistema de asilo en México debido a los obstáculos que

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!44 Unidad de Política Migratoria. Secretaría de Gobernación. “Eventos de extranjeros presentados ante la autoridad migratoria, según continente y país de nacionalidad, 2014”. Disponible en línea en: [http://www.gobernacion.gob.mx/es_mx/SEGOB/Extranjeros_presentados_y_devueltos]

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han enfrentado al canalizar y al acompañar a personas en necesidad de protección internacional al sistema de asilo mexicano”45.

El segundo aspecto importante, y quizás el más evidente, es el porcentaje efectivo de solicitudes que son reconocidas por la COMAR. Con tendencias anuales que rondan el 40% en 2013 y 2014, resulta preocupante que menos de la mitad de los solicitantes reciban alguna forma de protección internacionales y pudiera ser indicativo de factores procesales o legales que impiden y obstaculizan este reconocimiento. En el 2014, la Coordinación Jurídica de CasaNicolás acompañó por primera vez el caso de una persona migrante que solicitó el reconocimiento de la condición de refugiado. A partir de esta experiencia, el equipo del área legal pudo observar y documentar algunos obstáculos importantes que dificultaron el acceso al procedimiento, y que pueden ser indicativo de problemas estructurales dentro del trámite. Don Héctor es un hombre de 60 años de edad de nacionalidad hondureña. Héctor vivía en el departamento de Cortés en Honduras, sin embargo, se vio obligado a salir de su país con motivo de amenazas que recibió de parte de unos individuos. A finales de 2013, el hijo de su sobrina fue asesinado por negarse a trabajar con las pandillas. Como un favor personal a su sobrina, Don Héctor acudió a la estación de policía a pedir información sobre el estado de la investigación del homicidio de su sobrino nieto Abraham. Al salir de la estación, Héctor fue abordado por un grupo de hombres que le preguntaron qué estaba haciendo en la estación de policía y por qué estaba averiguando sobre la muerte de Abraham. Le advirtieron que dejara de hacer preguntas o de lo contrario “él iba a ser el siguiente”. Días después, un conocido suyo llegó al domicilio donde habitaba para avisarle que había escuchado que “unas personas lo andaban buscando”, que tuviera cuidado. Por todo esto, Don Héctor tuvo mucho miedo de que lo fueran a asesinar y decidió dejar Honduras y viajar a México. El 12 de mayo de 2014, el equipo jurídico de CasaNicolás acompañó a Don Héctor en la presentación de su solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado en las oficinas de la Delegación Federal en el Estado de Nuevo León del INM. Si bien, la COMAR es la autoridad encargada de recibir y resolver las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado en México, esta dependencia solamente cuenta con tres oficinas en el país: México, Distrito Federal; Tapachula, Chiapas y Acayucan, Veracruz. De acuerdo con el artículo 16 del Reglamento de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria (RLRPC), el INM tiene la facultad de coadyuvar con la COMAR en la recepción y trámite de solicitudes de RCR. Por ello, en todas las demás entidades federativas que no cuentan con una delegación de la COMAR, el trámite de RCR se presenta y debe llevarse ante las oficinas correspondientes de la Delegación Federal del INM. Esta configuración que marca la normativa mexicana representó un severo obstáculo desde el principio del procedimiento de la COMAR. El día que acudieron a la presentación de la solicitud a la Delegación del INM, personal del Instituto que se encarga de la orientación y recepción de los trámites dijo desconocer sobre este procedimiento. Incluso refirió que ese trámite se debía realizar directamente con la COMAR para lo

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!45 García Ita, Rosa Elizabeth. “Diagnóstico sobre el acceso al procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado en México”. Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, 2014. Pág. 32.

Don Héctor es un hombre hondureño de 60 años que huyó de su país tras ser amenazado por miembros de las pandillas.

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cual el solicitante debía viajar a la Ciudad de México. Este no es un fenómeno aislado del caso de Nuevo León. El Diagnóstico elaborado por el ACNUR refiere también esta situación:

“Un aspecto importante que fue reportado reiteradamente es que el personal del INM carece de información sobre el proceso para solicitar la condición de refugiado y sobre las competencias que tiene el Instituto en la materia. Esto puede convertirse en un grave obstáculo para el acceso al sistema de asilo, en tanto que debido a la falta de conocimiento, agentes del INM se han negado a recibir solicitudes o han mal informado sobre el proceso a los solicitantes y a quienes los acompañan”46.

En el caso de Don Héctor, este desconocimiento se tradujo en un par de horas de espera para poder presentar la solicitud. No fue solo hasta que el personal de recepción revisó con otras de las personas que

trabajan en la Delegación del INM que decidieron que sí recibirían el trámite. Sin embargo, el incidente más evidente del desconocimiento del personal de INM en el procedimiento de acompañamiento del caso de Don Héctor se registró cuando se intentó solicitar la regularización de su situación migratoria. El artículo 52 fracción V inciso c) de la Ley de Migración establece que tiene derecho a ser reconocida como visitante por razones humanitarias, la persona

que sea “solicitante de asilo político, de reconocimiento de la condición de refugiado o de protección complementaria del Estado Mexicano, hasta en tanto no se resuelva su situación migratoria”. En otras palabras, este artículo otorga el derecho a que una persona que se encuentra en un trámite de RCR, puede recibir una visa por razones humanitarias por el tiempo que dura el procedimiento. Haciendo uso de este derecho, un miembro del equipo legal de CasaNicolás, acompañó a Don Héctor a presentar ante el INM una solicitud para recibir una vista humanitaria. No obstante, el día que acudieron, tanto Héctor como el abogado de CasaNicolás se encontraron con una profunda ignorancia de parte de las autorides de la Delegación Federal del INM en Nuevo León, y con una actitud bastante hostil. Al preguntarle a la abogada que se encargaba de recibir y coordinar el trámite de Don Héctor, ella respondió que en esa delegación no se otorgaba esa visa, y que Héctor debía esperar a recibir la respuesta de su trámite de RCR. Incluso, al intentar presentar la solicitud en la fila de recepción de trámites, el funcionario encargado se negó a recibirla afirmando que tenía órdenes de su jefe de no recibirla hasta en tanto revisaban si ese trámite era procedente. Por más que el abogado intentó explicarle y mostarle el fundamento legal para la solicitud, e incluso pedir que la recibieran y que, en todo caso, la negaran por escrito, pasaron aproximadamente tres horas para que la solicitud fuera recibida. El diagnóstico del ACNUR refleja también precisamente este problema:

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!46 Idem. pág. 35.

Personal de la Delegación del INM en Nuevo León refirió que el trámite de RCR debía presentarse directamente en las oficinas de la COMAR en DF.

La Delegación del INM en Nuevo León se negaba a recibir la solicitud de visa humanitaria de un solicitante RCR argumentando que así no se hacían las cosas en esa Delegación.

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“Algunos(as) agentes han rechazado iniciar la solicitud de condición de estancia de visitante por razones humanitarias (visa humanitaria), a la que tienen derecho los solicitantes de asilo y de la condición de refugiado en México en tanto dura su procedimiento con la COMAR”47.

Ahora bien, otro aspecto importante de los obstáculos que se observaron en el caso de Don Héctor se refiere a los requisitos y limitaciones de movilidad que impone el procedimiento en las personas solicitantes. El artículo 24 del RLRPC establece las causales por las cuales se tiene un trámite de RCR por abandonado. Entre estas causas, el RLRPC refiere que el trámite se tiene por abandonado cuando el solicitante no acuda ante la COMAR o el INM durante dos semanas consecutivas sin causa justificada, así como cuando el solicitante se traslade a una entidad federativa distinta a aquella en que presentó la solicitud sin autorización de la COMAR. De esto se desprenden dos límites a los procedimientos de RCR. En primer lugar, todas las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado deben acudir una vez por semana a las oficinas de la COMAR o del INM. Lo anterior, se asume, es con el fin de demostrar interés en la continuación del trámite. En segundo lugar, las personas que presentan una solicitud de RCR, no pueden viajar a otras entidades de la República mexicana y deben permanecer durante todo el tiempo que dure el trámite en aquella en la que lo hayan iniciado. En el caso de Don Héctor, el primero de los requisitos se volvió en ocasiones una importante dificultad en su procedimiento de RCR. Como ya se mencionó, Héctor es una persona de 60 años de edad, que además tiene una severa dificultad para ver sin lentes. Aunado a esto, durante las primeras semanas de su procedimiento, Don Héctor no contaba con recursos propios para poder trasladarse a la Delegación del INM semanalmente para firmar, por lo que los miembros del equipo jurídico de CasaNicolás debían transportarlo. Sin embargo, en dos ocasiones en que ningún miembro del equipo pudo acompañarle, Don Héctor no acudió a su cita semanal por ser difícil para él trasladarse solo en transporte público, así como conseguir los recursos para hacerlo. En este aspecto, el diagnóstico del ACNUR es especialmente ilustrativo sobre el tema:

“Los testimonios reiteran este hecho al hacer evidente que la población refugiada y solicitante de la condición de refugiado está a expensas de la ayuda y la responsabilidad de los albergues para migrantes. […] De acuerdo a lo reportado, la carencia de recursos no sólo merma las condiciones de salud física y emocional de las y los solicitantes. Si bien el proceso de solicitud del reconocimiento de la condición de refugiado per se no tiene costo, la persona requiere de medios para lograr trasportarse (sic) semanalmente a firmar, adquirir fotografías (una vez han sido reconocidos y realicen la gestión para obtener la residencia), fotocopias, etc., gastos del propio procedimiento que en principio son cubiertos por los albergues u organizaciones”48.

Finalmente, es importante destacar un obstáculo particular que enfrentan las personas que desean acceder al reconocimiento de la condición de refugiado y que atraviesa por la ZMM: el plazo para la presentación de la solicitud. El artículo 18 de la LRPCAP establece un plazo de 30 días hábiles para la

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!47 Idem. pág. 38. 48 Idem. págs. 41-42.

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presentación de la solicitud de RCR, contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que el solicitante haya ingreso al país, o en su caso, a aquél en que le haya sido materialmente posible presentarla en los términos que defina el reglamento. El caso de Don Héctor no es el único caso de una persona que llega a CasaNicolás huyendo de violencia en su país y que desea acceder al reconocimiento de la condición de refugiado. Sin embargo, en muchos de los casos, cuando la persona llega a la ZMM, ya han pasado más de 30 días hábiles desde que ingresó al país. En muchas ocasiones, además, es la primera vez que estas personas se enteran del derecho que tienen a solicitar protección internacional. No obstante, el plazo ha pasado. Esto se traduce, en la práctica, en una denegación real del derecho humano a solicitar asilo, pues el plazo resulta excesivamente corto. A manera de comparación, por ejemplo, en Estados Unidos, el plazo para presentar solicitudes de asilo es de un año a partir de la fecha en que la persona ingresa al país49. Si bien, las cifras de CasaNicolás y las documentaciones del CDH-FLDM reflejan una clara existencia de personas que desean acceder al procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado y acogerse a la protección del Estado mexicano, en la práctica, el procedimiento presenta serios e importantes obstáculos. Estas dificultades se traducen en una denegación total del derecho a solicitar asilo reconocido por nuestra legislación y por distintos tratados de derechos humanos.

!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!49 U.S. Citizeship and Immigration Services. “Asilo”. Disponible en línea en: [http://www.uscis.gov/es/programas-humanitarios/refugiados-y-asilo/asilo]

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CONCLUSIONES

1. Los flujos migratorios que llegan o pasan por la ZMM continuaron registrándose con tendencias similares a las observadas en 2013. En este sentido, la mayoría de las personas que siguen llegando a la ciudad de Monterrey son hombres, mayores de edad, provenientes de Honduras.

2. Las violaciones a derechos humanos y abusos que sufren las personas migrantes centroamericanas indocumentadas que llegan o pasan por la ZMM continúan registrándose igual que en 2013. Las extorsiones, la discriminación y la falta de acceso a la justicia son constantes en el trato que reciben las personas migrantes en su paso por México.

3. La crisis humanitaria de menores migrantes se reflejó en la dinámica migratoria observada en CasaNicolás. Sin embargo, más allá de un aumento cualitativo, las historias de menores de edad cada vez más jóvenes que huyen de la violencia, la pobreza y la marginación que existen en la mayoría de los países de Centroamérica ponen en perspectiva la grave situación de vulnerabilidad a la que se enfrentan las y los menores migrantes, particularmente los no acompañados.

4. La respuesta que ofreció el Gobierno de la República ante la crisis humanitaria de MNA resultó inadecuada y pone en riesgo a las personas migrantes. El Plan Frontera Sur pone un énfasis en la seguridad de la ruta por encima de la seguridad de las personas migrantes. Esto se reflejó en una disminución importante de las personas que llegaron a CasaNicolás en el mes de julio, y en general en los últimos meses del año.

5. Las personas provenientes de Centroamérica reportan que, además de la situación económica, la violencia es el segundo factor más importante que los obliga a dejar sus países. Los testimonios de las y los migrantes dan cuenta de una grave situación de violencia por parte de pandillas y maras que pone en riesgo la vida y la seguridad de las personas, y que los motiva a tener que abandonar sus países. Aunado a esto, la respuesta de sus autoridades nacionales es ineficiente o inexistente en muchos casos.

6. El acceso a la protección internacional es un derecho humano que permite a las personas que se ven forzadas a huir de sus países el encontrar refugio en un Estado distinto al suyo. Esta forma de protección es un auténtico derecho humano y no una prerrogativa del país que la otorga, por lo que los países, incluyendo México deben incluir una perspectiva de derechos humanos en su sistema de asilo.

7. En México, el procedimiento para acceder al reconocimiento de la condición de refugiado presenta importantes obstáculos que en la práctica se vuelven verdaderos impedimentos para que las personas ejerzan su derecho a obtener protección internacional. Particularmente en Nuevo León, estos obstáculos incluyen:

a. La falta de personal capacitado en la Delegación Federal del Instituto Nacional de Migración para recibir y dar trámite a las solicitudes recibidas.

b. La dificultad para acceder a la visa humanitaria que por ley le corresponde a toda persona que se encuentra en trámite de RCR.

c. La situación de precariedad económica en la que se encuentran las personas solicitantes, y que sin embargo, deben encontrar medios para cumplir con el requisito de acudir una vez por semana al INM a firmar y evitar que el trámite se tenga por abandonado.

d. El plazo excesivamente breve de 30 días hábiles a partir de la fecha de entrada al país para solicitar el RCR.