tema 2 el contrato de trabajo y las modalidades de contratación

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1 TEMA 2: EL CONTRATO DE TRABAJO Y LAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN ÍNDICE: 1. El contrato de trabajo. 2. Tipos de contratos. 3. Relaciones laborales triangulares. Al finalizar este tema sabrás: Identificar los conceptos básicos del contrato de trabajo. Clasificar las principales modalidades de contratación, identificando las medidas de fomento de la contratación para determinados colectivos. Cumplimentar diferentes modelos oficiales de contratos de trabajo. Ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, reconociéndolas en los diferentes contratos de trabajo.

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Page 1: Tema 2 el contrato de trabajo y las modalidades de contratación

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TEMA 2: EL CONTRATO DE TRABAJO Y LAS MODALIDADES DE CONTRATACIÓN

ÍNDICE:

1. El contrato de trabajo.

2. Tipos de contratos.

3. Relaciones laborales triangulares.

Al finalizar este tema sabrás:

Identificar los conceptos básicos del contrato de trabajo.

Clasificar las principales modalidades de contratación, identificando las medidas de fomento de la contratación para determinados colectivos.

Cumplimentar diferentes modelos oficiales de contratos de trabajo.

Ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que se derivan de las relaciones laborales, reconociéndolas en los diferentes contratos de trabajo.

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1. EL CONTRATO DE TRABAJO

DEFINICIÓN Es el acuerdo entre dos partes por el que una de ellas, el trabajador, se

compromete a prestar determinados servicios por cuenta ajena bajo la dirección de otra, el

empresario, recibiendo a cambio una retribución.

1.1 Elementos básicos del contrato de trabajo.

Consentimiento: tanto el trabajador como el empresario consienten libremente en tener

una relación laboral.

Objeto: es la actividad retribuida del trabajador.

Causa: es la cesión remunerada de los frutos que resultan del trabajo.

Ejemplo: Un club deportivo ha contratado, por 800€ al mes, a un técnico en jardinería y

floristería para manejar el sistema de riego del estadio. Identifica los elementos del contrato

de trabajo de este jardinero.

Consentimiento: el acuerdo libre entre el jardinero y el club deportivo.

Objeto: el manejo del sistema de riego, lo cual será remunerado.

Causa: el mantenimiento del cesped gracias a la labor del jardinero a cambio de 800€.

1.2 Los sujetos de la relación laboral.

TRABAJADOR EMPRESARIO

Es una persona física que desempeña su labor voluntariamente bajo la organización y dirección del empresario, cediendo los frutos de su trabajo a cambio de un salario.

Puede ser una persona física (empresario individual), jurídica (sociedades mercantiles, asociaciones, fundaciones, etc.) o una comunidad de bienes.

PUEDEN SER (es decir, pueden firmar un contrato)

Los mayores de 18 años.

Los menores de 18 años legalmente emancipados.

Los mayores de 16 y menores de 18 años si viven independientes o cuentan con la autorización de sus padres o tutores.

Los extranjeros con tarjeta de residencia que autorice a trabajar.

Los menores de 16 años en espectáculos públicos con autorización de sus padres o tutores y de la autoridad laboral, y siempre que el trabajo no perjudique su salud ni su formación profesional y humana.

Sólo en el caso de ser una persona física:

Los mayores de 18 años.

Los menores de edad emancipados.

Los mayores de 16 y menores de 18 años con consentimiento de sus padres o tutores.

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NOTA: Los menores de 18 años no podrán realizar trabajos nocturnos ni horas extraordinarias

Son obligaciones del empresario en la contratación:

La entrega de una copia básica del contrato al representante de los trabajadores.

Cotizar a la Seguridad Social por el trabajador contratado, desde el inicio de la relación laboral, y realizar el ingreso tanto de las cuotas correspondientes a la empresa como de las retenciones practicadas al trabajador.

1.3 Las características del contrato de trabajo.

Forma: el contrato puede celebrarse por escrito o de palabra (aunque cualquiera de las

partes puede exigir que el contrato se celebre por escrito). La ley no exige, en principio, la

forma escrita en los contratos eventuales por circunstancias de la producción con una

duración inferior a cuatro semanas y el indefinido ordinario a tiempo completo. En el resto

de contratos, si no se realiza por escrito, se presume que su duración será indefinida, salvo

que se acredite la naturaleza temporal del mismo.

Contenido mínimo: en todos los contratos que se celebren por escrito deben figurar,

según la ley, las cláusulas de confidencialidad, no competencia, no competencia desleal o

concurrencia, permanencia y dedicación plena.

Duración: los contratos pueden ser por tiempo indefinido (no hay fecha determinada de

finalización) o con duración determinada (se conoce la fecha de finalización.

1.4 El periodo de prueba.

Es un tiempo de duración determinada que pueden pactar el empresario y el trabajador para

que ambas partes comprueben la conveniencia de la contratación. Se debe pactar por escrito

en el contrato.

El periodo de prueba se fija normalmente por convenio colectivo. Si el convenio no establece

nada a este respecto, la ley marca una duración máxima para diferentes circunstancias:

Técnicos titulados 6 meses máximo

Resto trabajadores (no titulados) Empresas con más de 25 trabajadores: 2 meses máximo.

Empresas con menos de 25 trabajadores: 3 meses máximo.

Contratos en prácticas Titulados grado superior: 2 meses máximo.

Titulados grado medio: 1 mes máximo.

Contrato de apoyo a emprendedores 1 año, no negociable por convenio colectivo.

Contrato temporal de hasta 6 meses 1 mes máximo.

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Durante el periodo de prueba el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que el

resto de trabajadores de la plantilla y ha de estar dado de alta en la Seguridad Social y percibir

el salario correspondiente.

En este periodo, cualquiera de las partes puede dar por finalizado el contrato sin necesidad de

preaviso. El trabajador tendrá derecho a percibir el finiquito pero no a percibir ninguna

indemnización por rescisión de contrato.

No se puede establecer otro periodo de prueba cuando el trabajador ya haya desempeñado las

mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación.

2. TIPOS DE CONTRATO

El ET dice que los contratos podrán concertarse, en función de su duración, por tiempo

indefinido o por tiempo determinado, y en función de la jornada a tiempo completo o a

tiempo parcial.

Las empresas disponen de diversas modalidades de contratación para la incorporación de sus

trabajadores, cada una de ellas con unas determinadas características y requisitos propios.

Duración

Indefinidos

Ordinario.

De apoyo a emprendedores.

Fijo discontinuo.

Temporales

Duración determinada: De obra o servicio.

Eventual por circunstancias de la producción.

De interinidad.

Formativos: En prácticas.

Para la formación y el aprendizaje.

Jornada A tiempo parcial Indefinidos, temporales y fijos periódicos.

Otros tipos de contrato

De relevo.

A distancia.

De grupo.

2.1 Contratos indefinidos.

Son aquellos en los que se acuerda una fecha de inicio de la relación laboral pero no una fecha

determinada para su finalización.

A. Contrato indefinido ordinario.

Es el contrato indefinido común regulado por el ET, y se puede concertar por escrito o

verbalmente.

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B. Contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores.

Este tipo de contrato se introdujo con la Reforma Laboral de los años 2011 y 2012 con el

objetivo de aumentar la contratación indefinida y potenciar la iniciativa empresarial. Esta

modalidad contractual se podrá utilizar hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del

15%.

Sus características son:

Duración Indefinida.

Jornada A tiempo completo o parcial.

Forma Escrita.

Periodo de prueba Un año, en todo caso, no negociable por convenio colectivo.

Requisitos de las empresas Está dirigido únicamente a las empresas con menos de 50 trabajadores en el momento de firmar el contrato.

Requisitos de los trabajadores

No excluye a ningún colectivo de trabajadores, pero la empresa tiene derecho a bonificaciones de la Seguridad Social si contrata a jóvenes entre 16 y 30 años o mayores de 45 años.

Otras características Existe la posibilidad de compatibilizar el salario con la percepción del 25% de la prestación por desempleo en los contratos realizados a jornada completa.

C. Contrato fijo discontinuo.

Es aquel que se utiliza para la realización de trabajos que tengan el carácter de fijos, pero

discontinuos en e l tiempo, siempre que no se repitan en fechas ciertas y se enmarquen dentro

del volumen normal de la empresa. En este contrato se combinan periodos de trabajo

(vinculados a la estacionalidad de la actividad) con periodos de inactividad manteniéndose el

vínculo entre empresa y trabajador. Por ejemplo, trabajadores agrícolas en tiempo de

recolección.

2.2 Contratos de duración determinada.

Son aquellos que tienen fijada la fecha de finalización del contrato.

¿Cuántos contratos temporales se pueden encadenar en la misma empresa?

El límite que impone el ET es el siguiente: una empresa que haya tenido contratado

temporalmente, de manera continua o discontinua, a un trabajador, con 2 o más contratos,

durante un plazo superior a 24 meses en un período de 20 meses, deberá hacerlo indefinido

aunque haya estado cubriendo diferentes puestos de trabajo.

Este límite no es válido para los contratos de interinidad, los formativos y el de relevo.

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A. Por obra o servicio determinado.

Su finalidad es la contratación de trabajadores para la realización de obras o servicios con

autonomía dentro de la actividad normal de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el

tiempo, es en principio de duración incierta.

Duración El tiempo exigido para la realización del trabajo o servicio, con una duración máxima de 3 años, ampliable a 4 por convenio.

Indemnización Para los contratos celebrados en 2011, 2012 y 2013: El salario de 8, 9 y 10 días, respectivamente, por año trabajado

Para los contratos celebrados en 2014: 11 días por año trabajado.

Para los contratos celebrados en 2015: 12 días por año trabajado.

Forma Escrita.

B. Eventual por circunstancias de la producción.

El objetivo de este contrato es atender las necesidades derivadas de los incrementos que

eventualmente se produzcan en el volumen de la actividad de la empresa por circunstancias de

mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos.

Duración ET: máximo de 6 meses en un periodo de 12 meses.

Convenio colectivo: tres cuartas partes del periodo de referencia (que se amplía a 18 meses) con un máximo de 12 meses.

Podría prorrogarse una única vez hasta la duración máxima siempre que el primer contrato se hubiese firmado por un periodo inferior a esta.

Indemnización Exactamente igual que para el de obra y servicio

Forma Por escrito siempre que dure más de 4 semanas o se celebre a tiempo parcial.

En cualquier otro caso se podrá optar por la forma verbal o escrita.

C. Contrato de interinidad.

Se utiliza para sustituir a trabajadores de la empresa cuyo contrato está suspendido con

reserva del puesto de trabajo (enfermedad, excedencias, maternidad, paternidad, etc.) o para

cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para

su cobertura definitiva.

Duración En el caso de suspensión de contrato con reserva del puesto de trabajo: el tiempo hasta que se reincorpore el trabajador.

En caso de los procesos de selección o promoción de vacantes: máximo 3 meses.

Indemnización No se percibe ninguna indemnización

Forma Escrita, especificándose el nombre de la persona sustituida y la causa

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de la sustitución.

2.3 Contratos formativos.

Tienen como finalidad fomentar el empleo de personas que tienen formación y carecen de

experiencia laboral y de personas que carecen de formación para el desempeño de una

profesión.

A. Contrato en prácticas.

El objetivo de este tipo de contratos es la inserción de jóvenes para adquirir experiencia laboral

adecuada al nivel de estudios cursados.

Requisitos Poseer el título universitario, técnico o técnico superior (FP) de la correspondiente profesión o los títulos oficialmente reconocidos como equivalentes para el ejercicio de la profesión como, por ejemplo, el certificado de profesionalidad.

El título deberá haber sido obtenido dentro de los cinco años anteriores a la fecha de contratación, salvo para los menores de 30 años, a los que no se aplica este límite hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.

Debe existir relación entre el trabajo que se va a desarrollar y el nivel de estudios cursados.

Duración Entre seis meses y dos años. Caben dos prórrogas hasta alcanzar el referido límite máximo, por una duración no inferior a seis meses cada una de ellas hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%

Periodo de prueba Dos meses para titulados de grado superior y un mes para titulados de grado medio.

Jornada Completa o a tiempo parcial.

Retribución Según convenio, no pudiendo ser inferior al 60% (primer año del contrato) o al 75% (segundo año) del salario fijado en convenio colectivo para un trabajador que desempeñe el mismo puesto de trabajo o equivalente.

En ningún caso, el salario podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

En los contratos a tiempo parcial el salario se reducirá en proporción al tiempo efectivamente trabajado.

Seguridad Social Incluye todas las prestaciones de la Seguridad Social.

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B. Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje.

Con este tipo de contratos se trata de conseguir la cualificación profesional de los trabajadores,

combinando actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el

marco de sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

Requisitos Jóvenes entre 16 y 25 años que carezcan de titulación o del certificado profesional para realizar un contrato en prácticas.

El límite máximo de edad no será de aplicación:

Para las personas con discapacidad.

Puede extenderse para los estudiantes de FP.

Puede ampliarse hasta los 30 años hasta que la tasa de desempleo en nuestro país se sitúe por debajo del 15%.

Duración Entre uno y tres años. Se podrán pactar hasta dos prórrogas como mínimo de seis meses de duración.

Por convenio podrán establecerse una duración mínima de seis meses.

Periodo de prueba Empresas con más de 25 trabajadores: 2 meses máximo.

Empresas con menos de 25 trabajadores: 3 meses máximo.

Jornada El tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85% durante el segundo y el tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo.

El resto del tiempo se dedicará a actividades formativas en la propia empresa o en un centro formativo ajeno a la empresa.

No se podrán realizar horas extraordinarias ni trabajos nocturnos ni a turnos.

Retribución Se fijarán en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio colectivo.

En ningún caso podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Seguridad Social Incluye todas las prestaciones de la Seguridad Social, cotizando por una cuota fija.

2.4 Contratos a tiempo parcial.

Son los contratos utilizados para prestar servicios durante un número de horas al día, a la

semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo

comparable.

Tienen como objetivo posibilitar el trabajo de un mayor número de personas.

Su duración puede ser temporal o por tiempo indefinido.

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Se formalizará siempre por escrito y debe hacerse constar expresamente el número y

distribución de horas al día, semana, mes o año, durante las cuales el trabajador prestará

sus servicios.

No se podrán realizar horas extraordinarias, salvo para prevenir siniestros y otros daños

extraordinarios.

Se podrán realizar horas complementarias siempre que la jornada supere las diez horas

semanales, hasta un máximo del 30% de las horas ordinarias.

La suma de horas ordinarias y complementarias no podrá superar una jornada ordinaria a

tiempo completo.

2.5 Otras modalidades de contratación.

Tipo de contrato Finalidad

Contrato de relevo Emplear a un trabajador, en situación de desempleo o con un contrato de duración determinada para sustituir a un trabajador de la empresa que accede a la pensión de jubilación de forma parcial.

Su duración será indefinida o, como mínimo, igual a la del tiempo que le falta al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación.

Contrato de trabajo a distancia

La prestación de la actividad laboral se realiza de manera habitual en el domicilio del trabajador o en el lugar que elija libremente.

Contrato de trabajo para trabajadores que tengan

acreditada la condición de víctimas de violencia

doméstica, de género o víctimas del terrorismo

Contratar trabajadores que tengan acreditada, por la administración competente, alguna de las condiciones citadas.

(La empresa recibe bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social por celebrar este tipo de contratos).

3. RELACIONES LABORALES TRIANGULARES

En la actualidad existen contrataciones realizadas por empresas de trabajo temporal y

empresas de subcontratas.

Empresas de trabajo temporal (ETT): Son aquellas cuya actividad consiste en prestar o

poner a disposición de otra empresa, llamada empresa cliente o usuaria, y con carácter

temporal, a trabajadores para su colocación. El trabajador recibe la retribución de la ETT y

tendrá derecho, a la finalización del contrato, a una indemnización igual a 12 días por año

trabajado.

Contratas y subcontratas: para la realización de determinadas obras y servicios, se

contrata la actividad a otras empresas (contratas), como por ejemplo las labores de

limpieza, vigilancia o mantenimiento. Las contratas, a su vez, pueden subcontratar estas

actividades a terceras empresas (subcontratas) y así sucesivamente. Esto se conoce como

outsourcing o externalización.

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4. ACTIVIDADES

Aptdo. 1: El contrato de trabajo.

1. Un joven de 17 años, que acaba de obtener el título de Técnico en Cuidados Auxiliares de

Enfermería, ha sido contratado por un hospital, con un contrato en prácticas. ¿Precisó el joven

de alguna autorización para firmar el contrato? ¿Necesitaría este joven la autorización de su

padre, madre o tutor/a en el supuesto de que viviera emancipado?

2. Un menor de edad, huérfano, ha heredado de sus padres varias empresas. ¿Puede ser

empresario un menor de edad? Razona la respuesta.

3. Una joven de 16 años ha sido contratada como recepcionista de hotel en el turno de noche.

¿Puede realizar este trabajo?

4. Un trabajador ha sido contratado mediante la modalidad de contrato de trabajo por tiempo

indefinido de apoyo a emprendedores. Indica cuál será la duración máxima que podrá tener el

periodo de prueba.

5. Estamos en el año 2017 y acabáis de terminar el ciclo formativo. Una empresa os ofrece un

contrato en prácticas con un periodo de pruebas de 2 meses. ¿Es esto posible? ¿Cuándo sería

posible?

6. Un trabajador ha sido contratado con un contrato indefinido con periodo de prueba de dos

meses. Al cabo de un mes le ha salido otro trabajo que se ajusta más a las expectativas que

tiene y decide dejar el trabajo. ¿Con qué antelación se lo comunicará al empresario? ¿Sería

válido el establecimiento de un periodo de prueba si hubiese trabajado anteriormente en la

empresa en el mismo puesto de trabajo?

Aptdo. 2: Modalidades de contratación.

7. Identifica qué tipo de contrato sería el idóneo para cada situación:

Contratos indefinidos:

a. Un trabajador que tiene 35 años y es titulado en Gestión Administrativa va a ser

contratado en un hotel. El puesto para el que se le contrata será de técnico en gestión

administrativa. La empresa quiere contratarle para que ocupe el puesto un largo periodo

de tiempo.

b. Una trabajadora recibe una oferta de una cooperativa agraria que inicia la recogida de la

aceituna cada año en diciembre pero sin fecha cierta de inicio de la campaña.

c. Una trabajadora de 46 años que percibe desde hace seis meses la prestación por

desempleo va a ser contratada en una tienda de repuestos de coches con un contrato

indefinido y a tiempo parcial. La empresa tiene 40 trabajadores.

Contratos de duración determinada:

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a. Un bar ha contratado a un cocinero para hacer frente al incremento de trabajo que se

produce en las fiestas del municipio.

b. Un trabajador va a prestar sus servicios para una empresa de limpieza. El trabajo consistirá

en la limpieza de un edificio de oficinas, que acaba de ser construido, antes de ser

entregado a sus propietarios.

c. Una empresa precisa un trabajador para cubrir el contrato suspendido de un trabajador

por incapacidad temporal.

d. Una joven de 24 años está finalizando sus estudios universitarios. Quiere comenzar a

trabajar en una empresa como contable.

e. Un joven ha finalizado hace 3 años sus estudios de Técnico en Imagen Personal, y va a ser

contratado por un centro de estética por un periodo de 30 meses.

f. Un restaurante precisa contratar a camareros para los fines de semana.

g. Un joven de 29 años está en el tercer curso del Grado de Derecho y un despacho de

abogados se interesa por contratarlo por un periodo de 6 meses. La tasa de desempleo en

ese momento es del 17%.

h. Unos trabajadores han sido contratados por una empresa pesquera para la campaña del

atún.

i. Una empresa de seguros ofrece un contrato, por 12 meses, a Nieves, de 34 años de edad, y

que finalizó sus estudios de Administración de Empresas hace 9 años. La tasa de

desempleo es, en el momento de firmar el contrato, del 21%.

8. Un trabajador de 25 años, que obtuvo el título de Técnico en Mecanizado hace siete años,

encontró empleo en un sector distinto a su formación académica y se puso a trabajar. En estos

momentos, se encuentra desempleado y lo ha seleccionado una empresa para contratarlo

como tornero - fresador. La empresa quiere contratarlo con un contrato en prácticas.

a. ¿Cuál es la finalidad de este tipo de contratos?

b. Habiendo pasado tanto tiempo desde la finalización de los estudios, ¿pueden realizarle

este tipo de contratos? ¿Cuál sería la alternativa si la empresa tuviese 35 trabajadores?

c. ¿Durante cuánto tiempo podría trabajar en prácticas?

9. Un trabajador ha sido incorporado a una empresa mediante un contrato indefinido de

apoyo a emprendedores.

a. ¿Podrá ser contratado a tiempo parcial?

b. ¿Se puede establecer en su contrato un periodo de prueba de ocho meses?

c. ¿Se puede negociar por convenio un periodo de prueba superior al legalmente

establecido?

10. Un teatro que va a producir un nuevo espectáculo musical quiere contratar a un

maquillador con la titulación de grado medio de Caracterización. La empresa desea utilizar un

contrato temporal por el tiempo que la obra permanezca en cartelera.

a. ¿Cuál será la modalidad contractual adecuada?

b. ¿Qué duración máxima podrá tener?

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11. A una estudiante del ciclo de Gestión Administrativa que acaba de finalizar el módulo de

formación en centros de trabajo le ha propuesto la empresa en la que cursaba la FCT un

contrato para sustituir a una trabajadora que va a iniciar una baja por maternidad.

a. ¿Qué tipo de contrato le deben realizar?

b. ¿Qué duración tendrá su contrato?

c. ¿A la finalización tendrá derecho a alguna indemnización?

12. Una trabajadora que obtuvo el título de Técnico en Carrocería hace dos años recibe una

oferta de trabajo para trabajar como chapista, a jornada completa, en un taller de reparación

de automóviles. La modalidad de contrato es en prácticas. Si el SMI ese año es de 650€,

¿cuánto le deberán pagar como mínimo el primer año? ¿Y el segundo?

¿Qué ocurriría si la contratasen a tiempo parcial por 30 horas a la semana? (La jornada

ordinaria completa es de 40 horas/semana).

13. Un joven ha sido contratado por 3 años como aprendiz de cocinero en un restaurante de

20 trabajadores. Tiene 19 años y su única titulación es la ESO. El contrato establece que el

tiempo de trabajo será del 60% el primer año, del 80% el segundo y del 85% el tercero y un

periodo de pruebas de 75 días. El SMI es de 650€.

a. ¿Cumple el contrato con los requisitos para ser contratado con un contrato para la

formación y el aprendizaje?

b. ¿Cuánto cobraría el primer año? ¿Y los dos siguientes?

c. ¿Podrá cobrar la prestación de desempleo cuando finalice el contrato?

Actividades de síntesis.

Realiza dos esquemas, uno de los requisitos que deben cumplir empresario y trabajador

para poder firmar un contrato de trabajo y otro de las características de los contratos de

trabajo.

Elabora un diagrama en el que clasifiques las diferentes modalidades de trabajo.

Identifica las diferencias entre un contrato en prácticas y un contrato para la formación y

el aprendizaje.