tema 14: obstetricia medicolegal. aborto. valor jurídico

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Universidad de Los Andes Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Cátedra: Medicina Legal Departamento: Derecho Penal Código: 450 Profesor: Leonardo A. Galvis Lozada Br.: Arnaldo José Rondón Fernández C.I. V-13.099.925 a 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.

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Page 1: Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico

Universidad de Los Andes Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Escuela de Derecho

Cátedra: Medicina Legal Departamento: Derecho Penal Código: 450

Profesor: Leonardo A. Galvis LozadaBr.: Arnaldo José Rondón Fernández

C.I. V-13.099.925

Tema 14: Obstetricia Medicolegal. Aborto. Valor jurídico.

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Obstetricia Medicolegal

La rama de la medicina encargada del estudio del embarazo es la obstetricia, definida por el Diccionario Terminológico de las Ciencias Médicas (1978) como la “rama de la medicina que trata la gestación, parto y puerperio” (p. 714). Cuando los conocimientos de esta rama médica, se necesitan para esclarecer algún problema legal, en ese momento se está en presencia de la obstetricia medicolegal, entendida como todas las actuaciones médicas obstétricas fisiológicas como el embarazo, parto y puerperio, interviniendo también en las no fisiológicas tales como el aborto terapéutico, el aborto criminal, la violación y otras situaciones en la esfera obstétrica que tengan relación con el Derecho y con la administración de justicia.

Obstetricia: «Es la rama de la Medicina que trata de la Gestación, Parto y Puerperio. También es conocida como Tocología.»

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El Embarazo: Periodo comprendido desde la fecundación del Óvulo hasta el Parto. Dicho estado se caracteriza por signos que se han distinguido en Signos de Probabilidad y Certeza.

Diagnostico del Embarazo: Los Signos de Probabilidad derivan de observaciones practicadas con respectos a determinadas modificaciones anatómicas y fisiológicas del organismo materno con motivo del estado de gravidez. Están representados por: Supresión de la menstruación, trastornos digestivos, abultamiento progresivo del Abdomen, modificaciones de las mamas, cloasma gravídico. Los Signos de Certeza, se denomina igualmente Fetales, en virtud de que se basan en la constatación directa de la presencia del feto en el claustro materno. Entre estos tenemos: Movimientos activos y pasivos del feto, los ruidos cardiacos fetales.

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Importancia Medico Legal: Para desvirtuar una falsa acusación de aborto, en caso de rapto como prueba de adulterio en materia de donación etc.

Simulación y Disimulación del Embarazo (La Seudoseisis): La simulación del embarazo consiste en tratar de aparentarlo cuando verdaderamente no existe. La disimulación del embarazo consiste en tratar de ocultarlo cuando verdaderamente existe.

Inseminación Artificial: Consiste en el embarazo de mujer no por coito sino por medio artificiales y puede ser; in vivo cuando el semen que contiene los espermatozoides se colocan en el útero para facilitar la fecundación. In vitro cuando la fecundación del óvulo por el espermatozoide se hace en laboratorio y luego el Huevo o Cigoto se implanta en el útero.

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Periodos del Parto:

• Dilatación: empieza con la primera contracción y termina con la dilatación del cuello uterino.

• Expulsión: se inicia con la dilatación completa del cuello uterino y termina con la expulsión del niño.

• Alumbramiento: comienza cuando concluye la expulsión del feto y termina con la expulsión de la placenta.

Tipos de Partos:

• Rápido: es aquel que se produce cuando la mujer ignora que esta en trance de parto.

• Inadvertido: es excepcional y sólo posible en casos de narcosis y estados de hipnosis.

• Postmortem: ocurre cuando la madre fallece durante el parto.

• Reciente: se observan modificaciones en la mujer a poco de producirse el parto.

• Remoto o Antiguo: se encuentra las estrías las cuales no son características del embarazo.

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El Nacimiento: Es el acto de adquirir vida independientemente mediante el parto.

Vitalidad y Viabilidad: La vitalidad es haber nacido y la viabilidad es la aptitud del nuevo ser para continuar su vida autónoma una vez adquirida esta por el nacimiento.

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EL ABORTO.

Concepto de Aborto:

Desde el punto de vista médico: Es la interrupción del embarazo por cualquier medio, con la consiguiente expulsión de un feto inmaduro y no viable. En líneas generales, se considera a un feto no viable al menor de 20 semanas de gestación.

Desde el punto de vista Jurídico: es la interrupción del embarazo en cualquiera de sus etapas, con la muerte del producto de la concepción.

Desde el punto de vista criminal: es la interrupción del embarazo de manera intencional o criminal.

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Clasificación:

Natural o Espontáneo: es el que se produce por causas ovulares y/o maternas.

• Provocado o Inducido: que puede ser accidental, culposo y criminal

- Accidental: una caída.

- Culposo: accidente de transito.

- Criminal: con intención.

Procurado: Art. 432, C.P: Es cuando la mujer intencionalmente se provoca el aborto por medios empleados por ella misma.

• Consentido: Art. 433, C.P: Es el que provoca el aborto de una mujer con el consentimiento de esta.

• Sufrido: Art. 434, C.P: Es el que provocado el aborto de una mujer sin su consentimiento.

• Agraviado: Art. 435, C.P: Primera parte, cuando sea persona que ejerza el arte de curar, de interés de salud, facilitando o empleando los medios para causar la muerte.

• Terapéutico: Art. 435, C.P: Ultima parte, cuando el médico que provoca el aborto como medio indispensable para salvar a la parturienta.

• Atenuado: Art. 436, C.P: Para salvar el honor reputación de la madre, hija hermana o hija adoptiva.

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Métodos inductorios de Aborto:

a. Físicos: Baños calientes, ejercicios severos o prolongados, equitación, violencia sobre la Pelvis, Cervix o Cuerpo Uterino.

b. Químicos: pueden a su vez ser: De acción sistémica (Laxantes, irritantes digestivos y genitourinarios). De acción Local (Inyección de Jabón, Permanganato de Potasio).

c. Operatorios: Por dilatación del Cervix (Tallos de Laminaria, Bujías y Dilatadores). Por Ruptura de Membranas.

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Diagnóstico de Aborto:

Este se basa en el examen de la escena del hecho, el examen de la mujer y el examen del feto o restos ovulares.

Examen de la escena del hecho: debe establecerse en orden decreciente de importancia los siguientes elementos:

a. Restos de los productos de la concepción y la placenta para Histología.b. Manchas de Sangre para ser clasificada.c. Instrumento médicos.d. Medicamentos relacionados con la práctica abortiva.

Examen de la Mujer: Se concreta a establecer si hay signos de Embarazo y de evacuación reciente del útero, mediante:

a. Examen Obstétrico.b. Examen Histológico.c. Examen Biológico.d. Examen Toxicológico.

Examen del Feto y/o Restos Ovulares: Permite establecer, regularmente, la etiología del aborto, es decir, si es espontáneo o provocado. Además permite establecer con bastante aproximación la edad de la gestación.

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- Congreso de la República de Venezuela. (1982). Código Civil. Gaceta Oficial de la República de Venezuela, Número 2.990 Extraordinario. Caracas, 26 de Julio de 1982.

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- Domínguez, M. (2007). Inicio y Extinción de la Personalidad Jurídica del Ser Humano (Nacimiento y Muerte).Tribunal Supremo de Justicia. Colección de Estudios Jurídicos, N° 17. Caracas – Venezuela.

- Guigni, H. (2000). Lecciones de Medicina Legal. Valencia Caracas, Venezuela: Badell Hermanos Editores

- Sgambatti, S. (1999). El aborto: aspectos historiográficos, legales, éticos y científicos. Universidad Central de Venezuela. Caracas, Venezuela: Ediciones de la Biblioteca.

- Sgambatti, S. (1997). El Médico Auxiliar de la justicia. Medicina Legal. Universidad Central de Venezuela. Caracas, Venezuela: Ediciones de la Biblioteca.

- Uranga F. y Uranga F. (h). (1985). Obstetricia Práctica. (5ta. ed), Buenos Aires Argentina: Intermédica.