taller de apresto laboral derechos y deberes[1]

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  • Derechos y deberes de los trabajadores

  • Qu son los derechos y deberes?Estn hechos para que la vida con los que nos rodean sea lo ms tranquila posible, ya que todos los derechos y deberes son bsicos.Los derechos y deberes se relacionan entre ellos, porque uno implica al otro.

  • DerechosEl hombre tiene derechos que son universales, absolutos e inviolable. La persona en caso de sentir que no se le estn respetando puede exigirlos por la fuerza.- Derecho a la vida- Derecho a la libertad de conciencia- Derecho al trabajo- Derecho a un salario justo- Derecho al descanso- Derecho a la agremiacin- Derecho a la proteccin de la familia- Derecho a la huelga- Derecho al alimento, vestido y vivienda- Derecho a la cultura

  • DeberesLos deberes del hombre son todos ellos que lo llevan al bien. Los deberes obligan al hombre a hacer o no alguna cosa.- Respeto ala vida propia y del otro- Respeto alos derechos de las otras personas-Deber de realizarbien el trabajo

  • ContextualizacinDesde fines del siglo XIX el desarrollo del capitalismo en Chile transform profundamente el mundo del trabajo. Surgi un proletariado vinculado a la actividad minera, la incipiente industrializacin y las actividades urbanas propias del crecimiento de las ciudades y puertos. Al mismo tiempo, el crecimiento del aparato estatal y las actividades urbanas permitieron la expansin de las labores de "cuello y corbata"Estas transformaciones del mundo laboral estuvieron marcadas por permanentes conflictos que dieron lugar a sostenidosmovimientos sociales.

  • ContextualizacinEs as como, desde 1907 en adelante, lentamente se va promulgando unalegislacin social: el descanso dominical, los das feriados, la silla para empleados y obreros del comercio, salas cunas en los establecimientos industriales. Sin embargo, las demandas de los trabajadores apuntaban a una completa legislacin que regulara claramente el contrato de trabajo, los protegiera en caso de enfermedades o accidentes laborales, permitiera la organizacin sindical y la huelga legal con sus respectivos mecanismos de solucin del conflicto.

  • ContextualizacinAl comenzar la dcada de 1920, la candidatura deArturo Alessandri Palmaalent las esperanzas de los trabajadores al manifestarse, en su campaa, a favor de promulgar una legislacin social que armonizara las relaciones entre el capital y el trabajo como estaba sucediendo en Europa y Estados Unidos.

    El 8 de septiembre de 1924, exigiendo la aprobacin de dieciseis leyes, entre ellas importantesleyes laborales.

  • ContextualizacinCon Carlos Ibez del Campoen 1927, comenz laaplicacin de la nueva legislacin laboral. La gran diversidad de leyes laborales, reglamentos y decretos relacionados con su aplicacin, hizo necesaria la dictacin de un solo cuerpo legal para facilitar su estudio, divulgacin y aplicacinEl 6 de febrero de 1931, fue aprobado en elCongreso NacionalelCdigo del Trabajorefundiendo en un solo texto catorce leyes y decretos leyes relacionados con el mundo del trabajo.

  • La promulgacin de lasleyes sociales y el Cdigo del Trabajo, entre 1925 y 1931, cambi radicalmente la conformacin del movimiento obrero y las organizaciones de trabajadores. A partir de entonces los sindicatos y sus federaciones se debatieron entre asumir la nueva legislacin y someterse a sus reglas, como fue el caso de los obreros y empleados del sector estatal y las grandes empresas, o continuar con el discurso clasista y revolucionario. La direccin del movimiento obrero que adhiri esta ltima lnea, se dividi entre tres grandes organizaciones: la FOCH ligada al Partido Comunista, la CGT (Confederacin Nacional de Trabajadores), de inspiracin anarquista, y la CNS (Confederacin Nacional de Sindicatos), de origen socialista..Efectivamente, a fines de la dcada de 1940, el movimiento obrero, que estuvo fuertemente ligado al Partido Comunista a travs de la Confederacin de Trabajadores de Chile, fue fuertemente reprimido y debilitado por el gobierno deGabriel Gonzlez Videlaal promulgar laLey de Defensa de la Democraciao "Ley Maldita". Lograron organizar una nueva confederacin de trabajadores en 1953: laCentral Unitaria de Trabajadores (CUT).

  • Hitos Relevantes

  • Hitos Relevantes190918 de septiembre. Con una orientacin catlica-comunitaria, se funda la Federacin Obrera de Chile (FOCH), concedindosele personalidad jurdica el 11 de septiembre de 1912, a travs del decreto N 2. 6221912Fundacin del Partido Obrero Socialista (POS) que, en 1922, se transforma en el Partido Comunista Chileno1917Se promulga la Ley N 3.185, sobre salas cunas en los establecimientos industriales que ocupen mujeres19175 noviembre. Se promulga la Ley N 3.321 sobre descanso dominical que es una modificacin de la ley de 190719248 de septiembre. Se promulga la Ley N 4.054, sobre seguro obligatorio de enfermedad e invalidez19248 de septiembre. Se dicta la Ley N 4.055 sobre indemnizaciones por accidentes del trabajo19248 de septiembre. Se dicta la Ley N 4.059 sobre contrato de empleados particulares19248 de septiembre. Se promulga la Ley N 4.057, sobre organizacin sindical Industrial19248 de septiembre. Se promulga la Ley N 4.053 sobre contrato del trabajo

  • Hitos Relevantes19256 de abril. Se dicta el Decreto de Ley N442, sobre proteccin a la maternidad obrera y salas cunas193113 de mayo. Se promulga el Decreto de Fuerza de Ley N 178 sobre el Cdigo del Trabajo193222-23 de septiembre. Se organiza la Confederacin de Sindicatos de Santiago19354 de agosto. Se funda en la ciudad de Santiago la "Liga Nacional de Campesinos Pobres"193624-26 de diciembre. En el transcurso de un congreso de unidad sindical se crea la Confederacin de Trabajadores de Chile CTCH, sin personalidad jurdica1943Por iniciativa de Clotario Blest Riffo, se funda la Agrupacin Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), adquiriendo personalidad jurdica recin en 1972194514 de septiembre. Se dicta la ley N 8.198 que modifica el Cdigo del Trabajo en lo relativo a las indemnizaciones por accidentes del trabajo, adems de aumentar las pensiones vitalicias y temporales y el subsidio de accidentes194831 de septiembre. Por peticin del Presidente de la Repblica Gabriel Gonzlez Videla se dicta la ley N 8.961 sobre la ley de defensa permanente, conocida popularmente como "Ley Maldita" que proscribi al Partido Comunista a la ilegalidad195312-15 de febrero. Con ocasin de un Congreso Constituyente y siendo su primer presidente el dirigente sindical Clotario Blest, se funda la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la organizacin gremial ms importante proyectada por dirigentes obreros hasta el da de hoy

  • Derechos Laborales

  • Derechos Laborales Segn establece el artculo 4 de la seccin 2 delEstatuto de los Trabajadores, los trabajadores tienen como derechos bsicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los mismos disponga su especfica normativa, los de:a) Trabajo y libre eleccin de profesin u oficio.b) Libre sindicacinc) Negociacin colectiva.d) Adopcin de medidas de conflicto colectivo.e) Huelga.f) Reunin.g) Informacin, consulta y participacin en la empresa.

  • Derechos Laborales 2. En la relacin de trabajo, los trabajadores tienen derecho: a) A la ocupacin efectiva. b) A la promocin y formacin profesional en el trabajo. c) A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los lmites marcados por esta Ley, origen racial o tnico, condicin social, religin o convicciones, ideas polticas, orientacin sexual, afiliacin o no a un sindicato, as como por razn de lengua, dentro del Estado espaol. Tampoco podrn ser discriminados por razn de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempear el trabajo o empleo de que se trate.

  • Derechos Laborales d) A su integridad fsica y a una adecuada poltica de seguridad e higiene. e) Al respeto de su intimidad y a la consideracin debida a su dignidad, comprendida la proteccin frente al acoso por razn de origen racial o tnico, religin o convicciones, discapacidad, edad u orientacin sexual y frente al acoso sexual y al acoso por razn de sexo. f) A la percepcin puntual de la remuneracin pactada o legalmente establecida. g) Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo. h) A cuantos otros se deriven especficamente del contrato de trabajo.

  • Deberes Laborales Los trabajadores tienen como deberes bsicos:Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.Cumplir las rdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.No concurrir con la actividad de la empresa, en los trminos fijados en esta Ley.Contribuir a la mejora de la productividad.Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.

  • La Organizacin para la Cooperacin y el Desarrollo Econmico (OCDE) constat los problemas del modelo laboral chileno y afirm que las relaciones laborales en Chile son generalmente confrontacionales y marcadas por la falta de confianza.3 Segn el organismo, la conflictividad se debe en parte a la limitada cobertura de los sindicatos y asociaciones empresariales. Por ejemplo, solo el 11% de la fuerza laboral est sindicalizada y se concentra en determinados sectores, en particular en la minera (donde un 42% de los empleados est sindicalizado).

  • Edicin preparada en formato electrnico por el Boletn Oficial. Actualizada hasta el 23 de mayo de 2015. Incorpora las recientes modificaciones introducidas por:Ley N 20.832(D.O.: 5.05.15). Crea la autorizacin de funcionamiento de establecimientos de educacin parvularia. Suartculo 18modifica los artculos 203; 204; 205; 207, y 208 del Cdigo del Trabajo. El artculo primero transitorio de la misma ley citada, dispone que dichas modificaciones entrarn en vigencia a los seis meses de la fecha de inicio de funciones de la Subsecretara de Educacin Parvularia y de la Intendencia de Educacin Parvularia de la Superintendencia de Educacin, de conformidad con lo que dispongan el o los decretos con fuerza de ley respectivos;Ley N 20.830(D.O.: 21.04.15). Crea el Acuerdo de Unin Civil. Suartculo 41modifica los artculos 20; 58; 60; 66, y 199 del Cdigo del Trabajo. El artculo primero transitorio de la misma ley citada, dispone que dicha modificacin regir a contar del 22 de octubre de 2015;Ley N 20.821(D.O.: 18.04.15). Modifica el Cdigo del Trabajo en lo relativo a la participacin de los menores en espectculos pblicos;Cdigo del Trabajo

  • Ley N 20.828(D.O.: 18.04.15). Prohbe contabilizar el da feriado irrenunciable dentro de la planificacin horaria mensual que determina el sistema de turnos de los trabajadores del comercio;Ley N 20.823(D.O.: 7.04.15). Modifica el Cdigo del Trabajo en materia de jornada laboral;Ley N 20.787(D.O.: 29.10.14). Precisa normas vigentes para asegurar los derechos de las manipuladoras de alimentos de establecimientos educacionales;Ley N 20.786(D.O.: 27.10.14). Modifica la jornada, descanso y composicin de la remuneracin de los trabajadores de casa particular, y prohbe la exigencia de uniforme en lugares pblicos. Tiene vigencia diferida al 1 de enero y 21 de noviembre de 2015;Ley N 20.780(D.O.: 29.09.14). Reforma Tributaria que modifica el Sistema de Tributacin de la Renta e introduce diversos ajustes en el Sistema Tributario. Suartculo 17, N 3, modifica el inciso primero del artculo 48 del Cdigo del Trabajo a partir del 1 de enero de 2017;

    Cdigo del Trabajo

  • Ley N 20.773(D.O.: 17.09.14). Modifica el Cdigo del Trabajo y la Ley de Accidentes del trabajo y Enfermedades profesionales, en materia de trabajo portuario, estableciendo las obligaciones y beneficios que indica;Ley N 20.769(D.O.: 20.09.14). Modifica el Cdigo del Trabajo otorgando permiso a trabajadoras y trabajadores para efectuarse exmenes de mamografa y de prstata, respectivamente;Ley N 20.767(D.O.: 12.08.14). Modifica el Cdigo del Trabajo en relacin con la jornada de trabajo de personal de ferrocarriles;Ley N 20.761(D.O.: 22.07.14). Extiende a los padres trabajadores el derecho de alimentar a sus hijos y perfecciona normas sobre proteccin de la maternidad;Ley N 20.764(D.O.: 18.07.14). Modifica el Cdigo del Trabajo en materia de proteccin a la maternidad, la paternidad y la vida familiar y establece un permiso por matrimonio del trabajador, yLey N 20.760(D.O.: 9.07.14). Establece supuesto de multiplicidad de razones sociales consideradas un solo empleador, y sus efectos.

    Cdigo del Trabajo

  • Discusin.El 53,5 % de los trabajadores chilenos gana menos de $300.000 y el 70 % menos de $426.000 lquidos. Slo el 15,9 % gana ms de $652.000 lquidos. 83,5 % de las mujeres que tienen un trabajo remunerado gana menos de $550.000 lquidos. En las regiones de La Araucana, Maule, Bobo y Los Ros, el 70 % de los trabajadores gana menos de $350.000 lquidos. En las ramas de actividad econmica del Comercio, Construccin, Hoteles y Restaurantes, Agricultura, Pesca, Industria Manufacturera y Otros Servicios comunitarios y sociales, el 70 % de los trabajadores no supera los $400.000 lquidos.

  • Discusin.Tal como se podra esperar, los trabajadores asalariados contratados por grandes empresas (aquellas que tienen ms de 200 trabajadores) registran salarios ms altos, no obstante, el 50 % (mediana) gana menos de $400.542 lquidos. Slo 1 de cada 10 trabajadores que tienen jornada completa gana ms de $852.000 lquidos. 7 de cada 10 trabajadores, de grandes empresas del sector Comercio, que tienen jornada completa ganan menos de $426.00 lquidos.

  • Discusin.En Chile, se registran cerca de 700 mil Subempleados, y el 50 % gana menos de $100.000. Adems, se registran ms de 1 milln de Asalariados que no tienen contrato de trabajo, y el 70 % gana menos de $251.048. Por otro, lado, segn la NESI, en Chile existen 947.247 trabajadores asalariados externos (subcontratacin y suministro), y en promedio ganan 20 % menos que los trabajadores contratados directamente, brecha que supera el 50 % en sectores tales como Construccin, Minera, Comercio, Electricidad, Gas y Agua, Administracin Pblica e Intermediacin Financiera. Chile presenta el sexto Salario Mnimo ms alto de Amrica Latina , el cual representa menos del 30 % del PIB per cpita, situndose en la zona de Minisalario Mnimo. 7 de cada 10 trabajadores chilenos, gana menos que el salario mnimo promedio de los pases de la Unin Europea. Cuando los pases OECD tenan el mismo nivel de PIB per cpita que hoy tiene Chile, su salario mnimo por hora - en promedio - duplicaba el actual salario mnimo chileno

  • Discusin.Finalmente, se puede constatar que la existencia de bajos salarios en Chile ha ido de la mano con la extensin del endeudamiento. De acuerdo al informe de la OECD, Society at a Glance 2014, el 27,8 % de las personas en Chile reporta que los ingresos no le alcanzan para comprar alimentos. Segn los datos de la ltima Encuesta Financiera de Hogares (EFH) del Banco Central de Chile, el 63,8 % de los hogares tiene una deuda y la carga financiera promedio (total de ingresos mensuales que los hogares utilizan en servir el pago de deudas)es de 36 %. En el caso de los hogares de menores ingresos es un 45 %.

  • Discusin.Finalmente, se puede constatar que la existencia de bajos salarios en Chile ha ido de la mano con la extensin del endeudamiento. De acuerdo al informe de la OECD, Society at a Glance 2014, el 27,8 % de las personas en Chile reporta que los ingresos no le alcanzan para comprar alimentos. Segn los datos de la ltima Encuesta Financiera de Hogares (EFH) del Banco Central de Chile, el 63,8 % de los hogares tiene una deuda y la carga financiera promedio (total de ingresos mensuales que los hogares utilizan en servir el pago de deudas)es de 36 %. En el caso de los hogares de menores ingresos es un 45 %.

  • Cundo se entienden vulnerados los derechos y garantas de los trabajadores (as)?Se entienden lesionados cuando el empleador o quien lo representa realiza actos o adopta medidas que limitan el pleno ejercicio de los derechos fundamentales del trabajador.Qu son los derechos fundamentales de los trabajadores(as)?Los derechos fundamentales son aquellos derechos y libertades que toda persona posee por el solo hecho de ser tal, y que se encuentran reconocidos y garantizados por el ordenamiento jurdico.

  • Reforma.No va por el camino correcto en orden a que no se preocupa de todos los trabajadores. Slo est preocupado de ver cmo le damos ms atribuciones y cmo le damos ms espacio a la dirigencia sindical; no estamos hablando de qu hacemos con las mujeres para poder incorporarlas de mejor forma al mundo laboral, con los jvenes que estn desempleados, qu hacemos con el tema de la capacitacin, advirti el presidente de la Confederacin de la Produccin y del Comercio (CPC), Andrs Santa Cruz.

    De acuerdo con datos de la Direccin del Trabajo, la tasa de sindicalizacin en el pas llegaba a 14,2% en 2013.

  • Reforma.As, las modificaciones al Cdigo del Trabajo se resumen:* Sindicato titular:Se prohbe la existencia de grupos negociadores en aquellas empresas con sindicato. Estos, a su vez , negociarn colectivamente en representacin de sus afiliados. Los trabajadores podrn afiliarse y desafiliarse libremente y en cualquier oportunidad. Adems, se reconoce el derecho del sindicato interempresa a negociar en la firma en que tenga un nmero de afiliados equivalentes al que se exige al sindicato de empresa para negociar en ella.

  • Reforma.* Beneficios para sindicalizados:Los beneficios adquiridos en el marco de una negociacin colectiva se otorgarn a los trabajadores sindicalizados. Tambin se extendern a los trabajadores que se afilien con posterioridad. Los no sindicalizados podrn acceder al nuevo contrato, de manera parcial o total, slo previo acuerdo del sindicato y del empleador. Para acceder a los beneficios, el trabajador sin afiliacin sindical deber aceptar y pagar la proporcin o totalidad de la cuota sindical. La extensin unilateral del empleador constituir una prctica antisindical.

  • Reforma.Ms informacin:El empleador deber proporcionar a sus sindicatos informacin sobre balances de la empresa, estados financieros y otros antecedentes de carcter pblico que ponga a disposicin de la SVS, dentro de los 30 das siguientes a su generacin.* Derecho a huelga y servicios mnimos:La iniciativa elimina la facultad del empleador de reemplazar a los trabajadores en huelga, con trabajadores propios o externos de la empresa.

  • Primero de Mayo, da del trabajo 1908. Alameda Santiago..

  • ActividadElContrato de Trabajoque especifica las relaciones contractuales entre el empleador y el trabajador, debe ser establecido por escrito con el (los) siguiente(s) propsito(s):I) Fijar claramente el tipo de servicio que se va a prestar a cambio de una remuneracin.II) Determinar el tiempo que el trabajador debe dedicar al desempeo de sus labores.III) Proteger a ambas partes en caso de vulnerabilidad del Contrato.AlternativasA) Slo I B) Slo II C) Slo I y II D) Slo I y III E) I, II y III

  • ActividadElContrato de Trabajoes un acuerdo legal que especifica las relaciones contractuales entre ambas partes, a travs de una serie de clusulas tales como el lugar y fecha del contrato, la individualizacin de las partes, el monto de la remuneracin del trabajador, las horas de contrato y el plazo de ste.La firma de un Contrato de Trabajo tiene entre sus propsitos, adems de proteger a las partes firmantes, en caso de que se incumplan algunos aspectos consignados en el contrato laboral, dejar estipulados claramente la naturaleza del servicio que el trabajador desarrollar y la duracin y distribucin de la jornada de trabajo, segn corresponda.Por lo tanto, la alternativa correcta es E) I, II y III.

  • Preguntas BrevesQu es la subcontratacin? Es aquel trabajo realizado para un empleador denominado contratista o subcontratista, quien ejecuta obras o servicios por cuenta y riesgo propio para una empresa principal, duea de la obra o faena.Para qu sirve la ley de subcontratacin? Principalmente, para que el trabajador pueda exigir el cumplimiento de sus derechos laborales y previsionales.Cules son los actores involucrados? Empresa principal (quien contrata). Empresa contratista y sus trabajadores. Empresa subcontratista y sus trabajadores (si la empresa contratista a su vez subcontrata la obra o servicio).Debe suscribirse algn tipo de contrato entre la empresa principal y la contratista? S, es necesario un contrato de servicios, que se rige por las normas delCdigo Civil.

  • Preguntas BrevesQu es el Seguro Obligatorio de Cesanta o Seguro de Desempleo?Es un seguro que protege a los trabajadores dependientes regidos por el Cdigo del trabajo cuando quedan cesantes, entregndoles beneficios monetarios por un periodo de tiempo.Quines deben tener Seguro Obligatorio de Cesanta?Todos los trabajadores con contrato, ya sea indefinido, a plazo fijo, por obra o servicio, regidos por el Cdigo del Trabajo, y firmados despus del 2 de octubre de 2002.A quines no incluye el seguro de cesanta?A los trabajadores de casa particular, los sujetos a contrato de aprendizaje, los menores de 18 aos de edad hasta que los cumplan y los pensionados, salvo que, en el caso de estos ltimos, la pensin se hubiere otorgado por invalidez parcial. Tampoco rige para los trabajadores independientes.Cmo funciona el Seguro Obligatorio de Cesanta?Cada trabajador tiene una cuenta individual, donde tanto l como su empleador debern cotizar mensualmente un porcentaje de su remuneracin. Al momento de quedar cesante, el trabajador podr retirar los recursos acumulados en su cuenta individual de cesanta y, de ser necesario, recurrir a un Fondo Solidario, el cual ser constituido con aportes de los empleadores y del Estado.

  • Preguntas BrevesQu es la indemnizacin? La suma de dinero que debe entregar el empleador al trabajador cuando pone trmino al contrato de trabajo, invocando alguna de las causales que dan este derecho al trabajador, o cuando se ha estipulado esta indemnizacin en el contrato de trabajo. El pago de indemnizacin no corresponde si la causa de despido es por lo mencionado en elartculo 160del Cdigo del Trabajo: mala conducta del empleado, causar daos a la empresa, abandonar injustificadamente sus tareas, etc..

  • Preguntas BrevesPuede el salario base ser menor que el salario mnimo? A partir del 21 de julio de 2008 la ley estableci que el sueldo base de un trabajador no podr ser inferior al ingreso mnimo. Se exceptan de esta norma aquellos trabajadores exentos de cumplimiento de jornada.Qu es el sueldo base? Es el pago en dinero, obligatorio y fijo, pagado por perodos iguales, que recibe un trabajador por la prestacin de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, determinado en su contrato.Qu es el salario mnimo? Es la remuneracin mnima que fija la ley por el pago de servicios a un trabajador.Qu se entiende por derecho a la semana corrida? Que el trabajador que es remunerado por da tiene derecho a que se le pague adems, por los das domingos y das festivos.Cul es el monto del salario mnimo? A contar del 1 de julio de 2014, el sueldo mnimo qued en $225.000 para los trabajadores que tengan entre 18 aos y 65 aos de edad. A partir del 1 de julio de 2015, el monto ser de $241.000 y, a contar del 1 de enero de 2016, tendr un valor de $250.000.

  • Preguntas BrevesQuines se benefician con este subsidio?Los trabajadores dependientes que se rigen por el Cdigo del Trabajo.Los trabajadores independientes.Sus respectivos empleadores.Del total del subsidio entregado por el Estado, dos tercios corresponden al trabajador, yun tercio al empleador.Qu requisitos debe cumplir el empleador para recibir este subsidio de fomento al empleo juvenil? Tener o contratar trabajadores que:tengan entre 18 y menos de 25 aos de edad.integren un grupo familiar perteneciente al 40% ms pobre de la poblacin, de acuerdo a la Ficha de Proteccin Social.tengan una remuneracin bruta mensual inferior a $360.000.Adems, el empleador debe tener al da el pago de las cotizaciones de seguridad social de ese trabajador.Qu requisitos debe cumplir un trabajador para recibir este subsidio? Para el caso de los trabajadores dependientes:Tener entre 18 y menos de 25 aos de edad.Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% ms pobre de la poblacin, de acuerdo a la Ficha de Proteccin Social.Tener una remuneracin bruta anual inferior a $4.320.000.

  • Preguntas BrevesPrevisin para los trabajadores

  • Qu es la previsin? La Previsin es el conjunto de prestaciones en beneficio de los trabajadores y de sus familiares o beneficiarios, que tiene por objeto satisfacer econmicamente sus necesidades, en caso de vejez, invalidez o sobrevivencia y as mantener su nivel de vida econmico, social, cultural e integral.La palabra previsin significa la accin de prever o pre-ver, es decir, tratar de ver en forma anticipada lo que va a ocurrir y, por otro, el trmino previsin social, relativo a la sociedad y al mejoramiento de la condicin de los que trabajan en ella.En consecuencia, entendemos la Previsin Social como prever y tomar acciones para atender las necesidades que contribuyan al mejoramiento de la condicin social, econmica y humana de los trabajadores. El sistema de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia es su principal instrumento.

  • Pensiones AFPImportante:El afiliado es dueo de los fondos acumulados en su cuenta de capitalizacin individual.La AFP slo cobrar comisin de administracin cuando se generen movimientos en la Cuenta de Capitalizacin Individual del afiliado.Las AFP estn autorizadas por ley para invertir los fondos de pensiones en el mercado nacional e internacional.Las utilidades de las inversiones pueden generar rentabilidad positiva o negativa, lo que afecta a los fondos previsionales de los afiliados.

  • Pensiones AFPEn el caso deltrabajador dependiente(aquel que presta a un empleador sus servicios, personales, intelectuales o materiales a travs de un contrato de trabajo), las cotizaciones previsionales son obligatorias, y el empleador las descuenta y debe pagarlas en la entidad que corresponda: AFP, ISAPRE o FONASA, Mutualidad o Instituto de Seguridad Laboral (ISL), y Administradora del Fondo de Cesanta (AFC).

  • Pensiones AFPLas cotizaciones previsionales son de cargo del trabajador y se descuentan de su remuneracin, salvo el pago del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) que son de cargo del empleador. En el caso del Seguro de Cesanta, el trabajador deber de cotizar un 0,6% de su remuneracin si posee contrato indefinido, y en el caso del contrato a plazo fijo, obra o faena, el empleador se har cargo de la totalidad de la cotizacin.

  • Pensiones AFPEn el caso de lostrabajadores independientes que emiten boletas de honorarios, el pago de las cotizaciones previsionales obligatorias es de manera gradual en el tiempo.A partir del ao 2012 hastael ao 2014 se podr renunciar a ellas, parael ao 2015 sern obligatorias sin excepcintanto para Pensiones en las AFP, como para el Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en el ISL o una Mutualidad; el ao 2018 ser obligatorio cotizar para Salud en FONASA o una ISAPRE. Estas cotizaciones son de cargo y responsabilidad de pago del propio trabajador en la entidad que corresponda.El trabajador independiente actualmente no tiene acceso al Seguro de Cesanta que se cotiza en la Administradora de Fondos de Cesanta AFC.

  • Pensiones AFP

  • Pensiones AFP

  • Pensiones AFPCada una de las seis AFP vigentes hoy en da, tiene un monto de costo de administracin diferente entre s, el cual se indica en la siguiente grficaCada trabajador cuenta con la libre decisin de escoger cualquiera de las AFP; sin considerar a los trabajadores que recin inician su vida laboral, quines son los nicos que debern permanecer los 24 primeros meses en la AFP que tenga el costo de administracin ms bajo, siendo hoy en da AFP Modelo.El cambio de AFP no incluye costo asociado y se puede realizar en cualquier momento que el trabajador lo decida.

    FUENTE: http://www.previsionsocial.gob.cl/subprev/

  • Sistema de SaludEl sistema de Salud est compuesto por el Sistema de Salud Pblico y el Sistema de Salud Privado.En el Sistema Pblico existe un Seguro Social de Salud administrado por FONASA. El seguro opera sobre la base de un esquema de reparto (se financia con el pago nico del 7% de la renta imponible de sus asegurados y con recursos provenientes de impuestos generales de la nacin). Los beneficios que este esquema entrega son los mismos para todos los afiliados, independientemente del monto de la prima cancelada y del tamao del grupo familiar cubierto.

  • Sistema de SaludEl sistema de salud privado est conformado por las ISAPRE y por productores de salud particulares. Las ISAPRE operan como un sistema de seguros de salud basado en contratos individuales pactados con los asegurados, en el que los beneficios otorgados dependen directamente del monto de la prima cancelada. Los proveedores privados de salud son los hospitales, clnicas y profesionales independientes que atienden tanto a los asegurados de las ISAPRE como a los cotizantes del sistema pblico.

  • Sistema de SaludLos trabajadores activos y pasivos tienen la obligacin de cotizar el 7% de su renta imponible al sistema de salud, con un tope de UF 4,921 mensual. Este pago puede ser realizado a FONASA o a una ISAPRE. El trabajador puede cancelar un monto adicional al 7% con el fin de obtener ms beneficios.

  • Sistema de SaludLos indigentes y no cotizantes forman parte de FONASA. Los cotizantes adscritos a FONASA pueden elegir entre dos modalidades de atencin: la modalidad institucional (atencin cerrada) y la de libre eleccin (atencin abierta). En la primera, los cotizantes reciben las prestaciones en hospitales o centros de atencin primaria. En la segunda, los cotizantes reciben sus atenciones de prestadores privados adscritos a esta modalidad.La modalidad institucional requiere un copago que vara de acuerdo al nivel de ingreso de la persona, quedando exentas de este copago las personas cuyo ingreso es inferior a un nivel mnimo establecido. La modalidad de libre eleccin requiere un copago que depende del nivel en el cual se ha inscrito el prestador de salud. Los beneficiarios indigentes y no cotizantes del sistema pblico estn excluidos de esta modalidad.

  • Actividades

  • Actividades1.El comunicador.Una persona del grupo realiza un dibujo, oculto para los dems (se puede arrancar con figuras geomtricas o simples lneas). Luego, intenta dar instrucciones al resto para que lo reproduzcan en sus papeles (ej. "dibuj un rectngulo apaisado a la derecha de la hoja..."). Al finalizar, se compara el original con las reproducciones realizadas. Por lo general, las diferencias entre las distintas versiones son tan grandes, que se dispara la reflexin acerca hablar, escuchar e interpretar. Puede aumentarse la dificultad realizando la actividad en otro idioma, prohibiendo las preguntas, o reemplazando el dibujo por una construccin con bloques que se arman dentro de cajas de zapatos, para mantenerlos fuera de la vista de los dems.

  • ActividadesActividad 2. La espada del tiempo.Se divide al grupo en dos equipos que deben competir para preparacin de un sketch. La presin del tiempo suele acentuar las dificultades de los grupos para autoorganizarse, ya que surgen diversas estrategias, conflictos por el liderazgo y procesos de negociacin.

  • ActividadesActividad 3. El equipo ideal.En tarjetas de otro color, describir cinco caractersticas de las personas con quienes trabaja bien en equipo. Se juntan luego las tarjetas de todos y se analiza al "equipo real" frente al "equipo ideal". Puede dibujarse o escribirse cmo es cada uno, y discutir acerca de las diferencias. El ejercicio permite reflexionar sobre fortalezas y debilidades de los individuos y la necesidad de unirse en equipo para potenciar recursos.

  • ActividadesActividad 3. El equipo ideal.En tarjetas de otro color, describir cinco caractersticas de las personas con quienes trabaja bien en equipo. Se juntan luego las tarjetas de todos y se analiza al "equipo real" frente al "equipo ideal". Puede dibujarse o escribirse cmo es cada uno, y discutir acerca de las diferencias. El ejercicio permite reflexionar sobre fortalezas y debilidades de los individuos y la necesidad de unirse en equipo para potenciar recursos.