taller 02 guia 1 sistema finaciero david pablo juan

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Taller Nº2. SISTEMA FINANCIERO Datos del Aprendiz Nombres y Apellidos Documento de Identidad DAVID ALEXANDER ROSERO ORTIZ 1085945750 JUAN DAVID PORTILLA TORRES 1085940936 PABLO ANDRES GETIAL Ponderación: 5.0 Forma de envío: Plataforma Descripción del Taller: a. Consulte los siguientes temas y elabore un informe. b. Socializar con sus compañeros 1- Realiza una breve reseña histórica de la evolución del sistema financiero colombiano. 2- Defina: Sistema financiero, organización, funciones e importancia. 3- Banco de la República, importancia, funciones. 4- Que entidades conforman el sistema financiero colombiano, defina cada una de ellas, funciones y servicios prestan. 5- Entidades de control. 6- Realice un organigrama del sistema financiero colombiano. 7- Consulte e interpreta. Ley 45 de 1990, Art. 92. artículo 1382 del Código de comercio. 8- Cuáles son las funciones de la Superintendencia Bancaria. 9- Entidades de apoyo al sistema financiero: Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Concejo Nacional de política Económica y Social, Departamento Nacional de Planeación, Ministerio de Agricultura y desarrollo Rural, Fondo de garantías de Instituciones Financieras (FOGAFIN). Proexport Colombia, Fondo Nacional de Garantías, Bancoldex, 10- Cámara de comercio internacional definición, funciones, normas de comercio internacional.

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Taller Nº2. SISTEMA FINANCIERO

Datos del Aprendiz

Nombres y Apellidos Documento de IdentidadDAVID ALEXANDER ROSERO ORTIZ 1085945750JUAN DAVID PORTILLA TORRES 1085940936PABLO ANDRES GETIAL

Ponderación: 5.0

Forma de envío: Plataforma

Descripción del Taller:  

a. Consulte los siguientes temas y elabore un informe.b. Socializar con sus compañeros

1- Realiza una breve reseña histórica de la evolución del sistema financiero

colombiano.2- Defina: Sistema financiero, organización, funciones e importancia.3- Banco de la República, importancia, funciones.4- Que entidades conforman el sistema financiero colombiano, defina cada una de

ellas, funciones y servicios prestan.5- Entidades de control.6- Realice un organigrama del sistema financiero colombiano.7- Consulte e interpreta. Ley 45 de 1990, Art. 92. artículo 1382 del Código de

comercio.8- Cuáles son las funciones de la Superintendencia Bancaria.9- Entidades de apoyo al sistema financiero: Ministerio de Hacienda y Crédito

Público, Concejo Nacional de política Económica y Social, Departamento Nacional de Planeación, Ministerio de Agricultura y desarrollo Rural, Fondo de garantías de Instituciones Financieras (FOGAFIN). Proexport Colombia, Fondo Nacional de Garantías, Bancoldex,

10- Cámara de comercio internacional definición, funciones, normas de comercio internacional.

CP. JAIRO HERNANDEZ NARVAEZInstructor – Sena2015

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En la historia económica nacional y mundial, la banca comercial ha sido y es base delsistema financiero, sobre la cual se desarrolla una

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actividad fundamental para elfuncionamiento y evolución de todos los sectores productivo y comercial. Desde finales delsiglo XIX los establecimientos bancarios han sido protagonistas principales en la vidanacional, cumpliendo una tarea esencial para el

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ahorro, la inversión y la financiación, afavor del crecimiento personal, familiar, empresarial y comunitario de la nación. Deacuerdo con las etapas y características de la economía colombiana la banca ha tenidocircunstancias diferentes, pero siempre en constante evolución, unas veces bajo la total

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administración del estado y, en otras, con predominio de capitales privados nacionales,internacionales y mixtos. El sistema financiero institucional en el país generalmente seidentifico, hasta no hace muchos años con la banca comercial, pero con fenómenos como laindustrialización, después los modelos proteccionistas y

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recientemente con la apertura einternacionalización, se registro la profundización y diversificación del mercado con elsurgimiento y rápido desarrollo de otras entidades, pero la banca mantuvo su liderazgo,aunque ahora con nuevas estrategias que van más allá de la tradicional intermediación

1. la historia económica nacional y mundial, la banca comercial ha sido y es base del sistema financiero, sobre la cual se desarrolla una actividad fundamental para el funcionamiento y evolución de todos los sectores productivo y comercial. Desde finales del siglo XIX los

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establecimientos bancarios han sido protagonistas principales en la vida nacional, cumpliendo una tarea esencial para el ahorro, la inversión y la financiación, a favor del crecimiento personal, familiar, empresarial y comunitario de la nación. De acuerdo con las etapas y características de la economía colombiana la banca ha tenido circunstancias diferentes, pero siempre en constante evolución, unas veces bajo la total administración del estado y, en otras, con predominio de capitales privados nacionales, internacionales y mixtos. El sistema financiero institucional en el país generalmente se identificó, hasta no hace muchos años con la banca comercial, pero con fenómenos como la industrialización, después los modelos proteccionistas y recientemente con la apertura e internacionalización, se registró la profundización y diversificación del mercado con el surgimiento y rápido desarrollo de otras entidades, pero la banca mantuvo su liderazgo, aunque ahora con nuevas estrategias que van más allá de la tradicional intermediación

2. sistema financiero:Conformada por entidades vigiladas por la subintendencia de Colombia dedicada a la intermediación financieraEstablecimientos de crédito: establecimientos bancarios corporaciones financieras compañías de financiamiento cooperativas financieras

Sociedad de servicios financieros:

sociedad fiduciaria sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías almacenes generales de deposito

Funciones: intermediación financiera atreves de transacciones u operaciones que se realicen entre personas que tienen recursos (BANCO) y aquellas que necesitan esos recursos (CLIENTE) Importancia: hacer de intermediario entre la empresa y el usuario para agilizar las actividades financieras

3. banco de la republicaImportancia: *Controla la cantidad de dinero circulante en un país *regula el sistema financiero procurando que las instituciones financieras cumplan con las disposiciones legales para su normal funcionamiento* regula el sistema cambiario

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Función:

Tiene la capacidad de administrar la moneda legal y controlar el sistema monetario el sistema crediticio tasas de interés tasas de cambio

4.

INSTITUCIONES QUE CONFORMAN EL SISTEMA FINANCIERO:

El sector financiero colombiano está conformado por entidades públicas y privadas queDesarrollan actividades relacionadas con el manejo, aprovechamiento, e inversión delAhorro y la inversión del país. Entidades que lo conforman:

LOS BANCOS:

Establecimientos de crédito que prestan los siguientes productos o servicios:

= Captar dinero del público por medio de productos y servicios ya establecidos ante laSuperintendencia Financiera=Cuenta de Ahorro=Cuenta Corriente

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=CDAT=CDT=Convenios de Recaudo=Prestar (Colocar) dinero a través de los productos que tiene el banco ya establecidosante la Superintendencia Financiera.=Tarjetas de Crédito=Créditos de Consumo=Créditos educativos=Créditos de Vehículo=Créditos hipotecarios o para vivienda=Créditos de libre inversión=Crédito empresarial

CORPORACIONES FINANCIERAS:Son establecimientos de crédito autorizados para captar recursos del público a término, aTravés de depósitos o instrumentos de deuda o plazo. Son las únicas que funcionan conCréditos largo plazo. Su otra función es colocar para promover, crear y expansionar lasEmpresas.COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO:Establecimientos de crédito facultados para captar dinero del público a término con elobjetivo primordial de realizar operaciones activas de crédito para facilitar lacomercialización de bienes y servicios, y realizar operaciones de arrendamiento financieroo leasing

COOPERATIVAS FINANCIERAS:Establecimiento de crédito y ahorro sin ánimo de lucro cuyos dueños son asociados, esdecir, personas naturales que periódicamente hacen aportes de capital (dinero) para eldesarrollo del negocio:

*Cooperativas Cerradas*Son cooperativas de ahorro y crédito para sus asociados únicamente.* Cooperativas Abiertas*Son cooperativas de ahorro y crédito para asociados y público en general.

Son entidades que captan recursos del ahorro público. Por la naturaleza de su actividad seConsideran como instituciones que prestan servicios complementarios y conexos con laActividad financiera.ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO:Entidad de servicios financieros facultada para la conservación, custodia, manejo,distribución y compra-venta por cuenta de sus clientes de mercancías y productos deprocedencia nacional extranjera.

*Operaciones relativas a mercancías y productos nacionales o extranjeros* Depósito* Conservación y custodia

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*Manejo y distribución* Compra y venta por cuenta de clientes

FIDUCIARIAS:Sociedades de servicios financieros donde una persona natural o jurídica confía a laSociedad fiduciaria uno o más de sus bienes para que cumpla con una finalidaddeterminada en el contrato. Puede ser en provecho del constituyente u otra persona(Beneficiario). Prestan servicios complementarios a la banca (administrar bienes). Sonprofesionales en la gestión de negocios, transacciones u operaciones por cuenta deterceros.

*Fondo Común Ordinario (Administra fiducia)*Fondo Común Especial (Administra cliente)

ASEGURADORAS:Entidades de servicios financieros anónimas especializadas en asumir riesgos de tercerosMediante la expedición de pólizas de seguros.*Compañías de seguros generales*Cubren riesgo de robo, hurto, daños trasporte de mercancía, protección contraIncendios, terremotos, lucro cesante, etc.*Compañías de Vida* Cubre riesgos de muerte en forma individual o colectiva, accidentes personales,hospitalización y cirugía, etc.

REASEGURADORAS:

Entidades de servicios financieros anónimas especializadas en asumir riesgos deaseguradoras mediante pólizas de seguros.

AFP – ADMINSTRADORAS DE FONDO DE PENSIONES Y CESANTIAS:

Son sociedades de servicios financieros administradoras de fondos de pensiones ycesantías de carácter provisional vigiladas por la Superintendencia Financiera deColombia, cuyo objeto exclusivo es la administración y manejo de fondos y planes depensiones del régimen de ahorro individual solidario y de fondo de cesantías.* Ahorro individual: Lo hace el propietario por cuenta propia garantizando la seguridadde su rentabilidad y liquidez a los afiliados.* Ahorro con solidaridadLo hace el cliente y el estado constituyendo garantías para responder por el manejotransparente y correcto de las inversiones de los recursos desarrollando planes decapitalización y pensiones.

MERCADO DE VALORES:

Son entidades organizadas para facilitar la inversión de recursos orientados a lafinanciación de patrimonio de las empresas a través de la compra y venta de acciones.

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*Mercado financiero: Corto plazo*Mercado de capitales: Largo plazo orientado al patrimonio de empresas.

BVC – BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA:

(http://www.bvc.com.co/pps/tibco/portalbvc).Mercado de valores de cobertura nacional que contribuye al crecimiento y desarrollo delmercado de capitales a través de la canalización del ahorro hacia la inversión productivamediante la administración de mercados suficientes, transparentes, equitativos,competitivos, seguros y supervisados, en beneficio de emisores, inversionistas eintermediarios, y generar valor para sus accionistas mediante un adecuado equilibrioentre los objetivos de rentabilidad y el desarrollo de los objetivos de mediano y largoplazo. Su función principal consiste en administrar los mercados accionarios, cambiarios, dederivados (financieros y no financieros), de renta fija. Se desempeña en áreas públicas yprivadas, no hay contribución del estado.

CORREDORES DE BOLSA.

Sociedades anónimas autorizadas por la Superintendencia Financiera de Colombia queprestan servicios de asesoría en materia bursátil.* Actúan como intermediarios en negociación de título valores efectuando todas lastransacciones de compra y venta por medio de la Bolsa de Valores.*Está prohibido invertir en beneficio propio (no pueden ser independientes, deben seraccionistas).*Cuentan con garantía de liquidez*Informar Naturaleza de Operaciones.

Banco de la republica

Es la institución que emite y administra la moneda legal y ejerce la función de banquero de bancos. Además, controla los sistemas monetario, crediticio (las tasas de interés) y cambiario (la tasa de cambio) del país. La creación del Banco de la República constituye un elemento fundamental en la organización económica e institucional del país. El Banco de la Republica debe controlar la cantidad de dinero en circulación en la economía, es una tarea que realiza el Banco Central.

5.

*SUPERINTENDENCIA BANCARIA:

La Superintendencia Bancaria es un organismo de carácter técnico adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público que, en su calidad de autoridad de supervisión de la

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actividad financiera, aseguradora y previsional, tiene a su cargo el cumplimiento de los siguientes objetivos: Asegurar la confianza del público en el sistema financiero, asegurador y previsional, y velar porque las instituciones que lo integran mantengan permanente solidez económica y coeficientes de liquidez apropiados para atender sus obligaciones;Supervisar de manera integral las actividades de las entidades sometidas a su control y vigilancia no solo respecto del cumplimiento de las normas y regulaciones de tipo financiero, sino también en relación con las disposiciones de tipo cambiario;Supervisar las actividades que desarrollan las entidades sometidas a su control y vigilancia con el objeto de velar por la adecuada prestación del servicio financiero, asegurador y previsional, esto es, que su operación se realice en condiciones de seguridad, transparencia y eficacia;

* BANCO DE LA REPUBLICA

Es la institución que emite y administra la moneda legal y ejerce la función de banquero de bancos. Además, controla los sistemas monetario, crediticio (las tasas de interés) y cambiario (la tasa de cambio) del país. La creación del Banco de la República constituye un elemento fundamental en la organización económica e institucional del país. El Banco de la Republica debe controlar la cantidad de dinero en circulación en la economía, es una tarea que realiza el Banco Central.

6.

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7.

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Artículo 92. Establecimientos de crédito. Para los efectos de la presente ley se consideran establecimientos de crédito las instituciones financieras cuya función principal consista en captar en moneda legal recursos del público en depósitos, a la vista o término, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito. Los establecimientos de crédito comprenden las siguientes clases de instituciones financieras: establecimientos bancarios, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda y compañías de financiamiento comercial. Dichas instituciones podrán ser de naturaleza comercial o cooperativa. Son establecimientos bancarios las instituciones financieras que tienen por función principal la captación de recursos en cuenta corriente bancaria, así como también la captación de otros depósitos a la vista o a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito. Son corporaciones financieras aquellas instituciones que tienen por función principal la captación de recursos a término, a través de depósitos o de instrumentos de deuda a plazo, con el fin de realizar operaciones activas de crédito y efectuar inversiones, con el objeto primordial de fomentar o promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de empresas, en los sectores que establezcan las normas que regulan su actividad. Son corporaciones de ahorro y vivienda aquellas instituciones que tienen por función principal la captación de recursos para realizar primordialmente operaciones activas de crédito hipotecario de largo plazo, mediante el sistema de valor constante. Son compañías de financiamiento comercial las instituciones que tienen por función principal captar recursos mediante depósitos a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito para facilitar la comercialización de bienes o servicios. Lo dispuesto en el presente artículo se entenderá sin perjuicio del régimen de las instituciones financieras reguladas por normas especiales. Parágrafo primero. Las funciones que el presente artículo señala para las distintas clases de etablecimientos de crédito se entenderán sin perjuicio de aquellas operaciones que por disposiciones especiales puedan realizar cada una de ellas y de las condiciones o limitaciones que se señalen para el efecto, conforme a los estatutos especiales que rigen su actividad. Parágrafo segundo. Los establecimientos de crédito existentes que no estén comprendidos en las categorías previstas en este artículo, podrán convertirse en los términos del artículo 10 de la presente ley, conservando su naturaleza civil, comercial o cooperativa. Parágrafo tercero. Las instituciones financieras sólo podrán participar en el capital de otras sociedades cuando para ello hayan sido autorizadas expresamente por normas de carácter general. Parágrafo cuarto. Los organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero actualmente existentes tienen por función la captación de recursos del público y la realización primordial de operaciones activas de crédito de acuerdo con el régimen legal que regula su actividad y se considerarán establecimientos de crédito para los efectos de esta de esta ley.

ARTÍCULO 1382. DEFINICIÓN DE CUENTA CORRIENTE BANCARIA.

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Por el contrato de depósito en cuenta corriente bancaria el cuentacorrentista adquiere la facultad de consignar sumas de dinero y cheques en un establecimiento bancario y de disponer, total o parcialmente, de sus saldos mediante el giro de cheques o en otra forma previamente convenida con el banco.

Todo depósito constituido a la vista se entenderá entregado en cuenta corriente bancaria, salvo convenio en contrario.

8. ° supervisa la actividad financieras ,supervisa las actividades que desarrollan las entidades sometidas a su control y vigilancia, asegura que el banco tenga liquidez, evita que personas no autorizadas ejerzan actividades financieras ,previene situaciones que puedan derivar en la perdida de la confianza del publico

9. Ministerio de Hacienda y Crédito Público

es el encargado de definir, formular y ejecutar la política económica de Colombia, los planes generales, programas y proyectos relacionados con esta, como también la preparación de leyes, y decretos y la regulación, en materia fiscal, tributaria, aduanera, de crédito público.

El Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES

Ésta es la máxima autoridad nacional de planeación y se desempeña como organismo asesor del Gobierno en todos los aspectos relacionados con el desarrollo económico y social del país. Para lograrlo, coordina y orienta a los organismos encargados de la dirección económica y social en el Gobierno, a través del estudio y aprobación de documentos sobre el desarrollo de políticas generales que son presentados en sesión.

Departamento nacional de planeación :

Es un Departamento Administrativo que pertenece a la Rama Ejecutiva del poder público y depende directamente de la Presidencia de la República.El DNP es una entidad eminentemente técnica que impulsa la implantación de una visión estratégica del paísA través de:

•El diseño, la orientación y evaluación de las políticas públicas colombianas.•El manejo y asignación de la inversión pública y la concreción de las mismas en planes.

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•Programas y proyectos del Gobierno.

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural:

Es un Ministerio de la República de Colombia que tiene como objetivos primordiales la formulación, coordinación y adopción de las políticas, planes, programas y proyectos del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras:

(Fogafin) es la entidad encargada de proteger la confianza de los depositantes y acreedores en el sistema financiero, preservando el equilibrio económico y la equidad.

PROEXPORT COLOMBIA:

es la entidad que promueve las exportaciones colombianas, mediante el apoyo y la asesoría integral a los empresarios nacionales en sus actividades de mercadeo internacional, a través de servicios que facilitan el diseño y ejecución de un Plan Exportador. En cumplimiento de estos propósitos, contribuye al desarrollo de una cultura exportadora, con énfasis en la competitividad y la productividad, de acuerdo con el Plan Estratégico Exportador del Ministerio de Comercio Exterior.

Fondo Nacional de Garantías (FNG):

es la entidad a través de la cual el gobierno nacional busca promover el desarrollo empresarial facilitando el acceso al crédito a las micro, pequeñas y medianas empresas a través del otorgamiento de las garantías.

Bancóldex:

 Acrónimo de Banco de Comercio Exterior de Colombia. Es una institución creada para promover la productividad y competitividad del sector empresarial en Colombia a través de la innovación, modernización e internacionalización de las empresas de todos los tamaños, en un marco de sostenibilidad financiera y responsabilidad social. A su vez, Bancóldex es un Banco de segundo piso, esto quiere decir que sus recursos de crédito no son desembolsados directamente a los empresarios, sino que se apoyan en intermediarios financieros para el desembolso de estos recursos: Bancos comerciales, corporaciones financieras, compañías de financiamiento, cooperativas de ahorro y crédito, ONG financieras, fondos de empleados y corresponsales bancarios en el exterior.

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10.

La Cámara de Comercio Internacional:

 es una organización que se encarga de brindar protección a las empresas de los diferentes países del mundo en lo que se refiere a las operaciones comerciales, ya que hoy en día existe mayor interdependencia entre naciones, es decir, lo que sucede en una economía, repercute en las demás.

Esta Cámara se creó en 1919 en Francia, constituida con personalidad propia y naturaleza jurídica asociativa. Cabe mencionar que la Cámara de Comercio Internacional es la única organización empresarial que tiene el estatus de organismo de consulta ante las Naciones Unidas y sus organismos especializados.

Funciones de la cámara de comercio internacional:

°Como personas jurídicas de derecho privado cumplen por delegación legal algunas funciones publicas como es el caso de los registros públicos: mercantil, proponentes y entidades sin ánimo de lucro, carácter privado que no pierden por el hecho de que hayan recibido...

°representar los intereses generales de todos los comerciantes e industriales ante el gobierno y ante los comerciantes mismos. -Llevar el registro público mercantil de todo el comercio y certificar. Sobre los actos y documentos en él inscritos...

° Representar los intereses generales de todos los comerciantes e industriales ante el gobierno y ante los comerciantes mismos. Llevar el registro público mercantil de todo el comercio y certificar. sobre los actos...

Normas de comercio internacional:

Cláusula EN FÁBRICA (EXW). En la fecha indicada, el vendedor pone en su propia fábrica la mercancía a disposición del comprador. A partir de ese momento, es el comprador quien asume todos los riesgos y gastos de la operación comercial.

Cláusulas FRANCO-VAGÓN (FOT y FOR), FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (FAS) y FRANCO A BORDO (FOB). En la primera de estas cláusulas, es el comprador quien contrata al transportista. El vendedor, a su vez, se compromete a embalar la mercancía y a entregarla al transportista indicado, en el momento preciso y en el lugar acordado con él, con toda la documentación imprescindible.

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En las cláusulas FOT, FOR y FAS, es el comprador quien asume todos los riesgos y gastos derivados de la exportación (licencias, derechos y agentes, etc.). En la FOB, en cambio, es el vendedor quien obtiene los permisos de exportación y corre con todos los riesgos y gastos hasta que se entrega el material en el barco que va a realizar el transporte internacional, donde ya se considera que está fuera de las fronteras del país. El comprador señala y contrata al transportista, indicando al vendedor el lugar de entrega, el momento y el nombre del buque o del transportista correspondiente.

Cláusulas COSTE y FLETE (C&F) y COSTE, SEGURO Y FLETE (CIF). Estas cláusulas se aplican cuando el transporte se efectúa por vía marítima. El coste del transporte hasta que el buque elegido por el vendedor atraca en el puerto de destino, corre a cargo del vendedor, pero los riesgos se transfieren al comprador desde el momento mismo en que la mercancía ha sido entregada al buque que efectuará el transporte.

Por esta transferencia de riesgos, el comprador debe exigir, en estos casos, que el vendedor contrate un transporte normal. Para que la transferencia se produzca, el vendedor debe enviar al comprador el aviso de aceptación, informándole de que ha entregado la mercancía al buque y confirmando el envío de la documentación de la que debe disponer para hacerse cargo de la mercancía en el puerto de destino. Si se ha acordado el pago por crédito documentario, el vendedor entrega esta documentación al banco que ha abierto el crédito a su favor, como exportador, como prueba de que ha realizado el envío de la mercancía.