tabla de equivalencias 2009

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2009Tablas de Equivalencias y Correspondencia

2009Tablas de Equivalencias y Correspondencia

PRESIDENTA DE LA NACIN Dra. Cristina Fernndez MINISTRO DE EDUCACIN Prof. Alberto E. Sileoni SECRETARIA DE EDUCACIN Prof. Mara Ins Abrile de Vollmer SECRETARIO DE POLTICAS UNIVERSITARIAS Dr. Alberto Dibbern SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO Lic. Eduardo Aragundi SUBSECRETARIO DE COORDINACIN ADMINISTRATIVA Arq. Daniel Iglesias SUBSECRETARIA DE EQUIDAD Y CALIDAD Lic. Mara Brawer INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACIN TECNOLGICA Direccin Ejecutiva: Prof. Mara Rosa Almandoz SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIN Prof. Domingo De Cara DIRECTOR NACIONAL DE COOPERACIN INTERNACIONAL Lic. Miguel G. Vallone COORDINADORA DEL DEPARTAMENTO DE VALIDEZ NACIONAL DE TTULOS Y ESTUDIOS Lic. Mara Carmen Belber

Argentina. Ministerio de Educacin de la Nacin. Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios Tablas de equivalencias y correspondencia / coordinado por Mara Carmen Belber. - 1a ed. Buenos Aires : Ministerio de Educacin, 2009. 240 p. ; 28x20 cm. ISBN 978-950-00-0702-3 1. Sistema Educativo Argentino. 2. Sistemas Educativos Extranjeros. I. Belber, Mara Carmen, coord. II. Ttulo. CDD 370.7

ndicePresentacin Ministro Prof. Alberto E. Sileoni ............................................................. 5 Presentacin Lic. Mara Carmen Belber ......................................................................... 6 Introduccin .......................................................................................................................... 7 Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios ...................................... 11 Responsabilidad primaria .................................................................................. 11 Acciones ................................................................................................................. 12 Con relacin a la Validez Nacional de los Ttulos y Estudios. ................. 13 Con relacin al MERCOSUR ........................................................................ 14 Con relacin a la movilidad estudiantil hacia el exterior .......................... 16 Con relacin a la movilidad de estudiantes extranjeros hacia nuestro pas con estudios de Nivel Medio completo ...................... 18 Recomendaciones importantes ....................................................................................... 26 Para las familias que deban emigrar .............................................................. 26 Para las familias que regresan a la Repblica Argentina .......................... 26 Lectura e interpretacin de las Tablas .......................................................................... 28 ndice de Tablas por pases .............................................................................................. 30

Presentacin

La Repblica Argentina ha sido, desde hace ya ms de un siglo, un destino educativo buscado por estudiantes de todo el mundo. En los albores del siglo XX, especialmente provenientes de los hermanos pases de Amrica Latina, generaciones de profesionales, pensadores y poetas, poblaron las aulas de nuestros Institutos y Universidades. Aquellos jvenes le dieron, por entonces, buena parte del tono vital a nuestro pujante Sistema Educativo. Con el paso del tiempo y especialmente en la ltima dcada, esa atraccin que, por sus notas de calidad e innovacin, siempre ejerci nuestra oferta educativa, se ha visto incrementada con alumnos llegados de todos los horizontes del planeta. La necesidad de incorporarlos, con rapidez y eficacia, dentro de nuestro Sistema ha hecho indispensable llevar a cabo una investigacin profunda sobre las estructuras educativas del resto de los pases, a cargo del Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios dependiente de la Secretara de Educacin del Ministerio de Educacin de la Nacin. A partir de esta valiosa tarea, en el ao 2003, surgi la necesidad de publicar y distribuir el llamado Libro de Tablas de Equivalencias y Correspondencia, incluyendo un anlisis comparativo entre los diferentes Sistemas Educativos del mundo y el de nuestro pas, as como una breve resea de las normativas a aplicar en el caso de convalidacin de estudios extranjeros. Esta nueva edicin, al cuidado de profesionales de consolidada trayectoria en la temtica, refleja las modificaciones en la estructura educativa argentina resultantes de la aprobacin de la Ley de Educacin Nacional N 26.206, y el cambio en las normativas nacionales vinculadas a los trmites de convalidacin y reconocimiento de estudios extranjeros. Por ltimo, confiamos en que las pginas que siguen constituyan una valiosa herramienta para la vinculacin educativa entre nuestro pas y los jvenes del mundo entero. A ellos los seguir convocando nuestro histrico espritu de solidaridad, con renovados aires de actualizacin tcnica y pedaggica, de construccin sistemtica de la calidad y de justicia social.

Prof. Alberto E. Sileoni

Ministro de Educacin

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Quiero dedicar esta edicin del libro de Tablas de Equivalencias y Correspondencia, realizada con compromiso y dedicacin en este Departamento, a los colegas docentes de todo el pas que, con tanto esmero y empeo, posibilitan la insercin en nuestro Sistema Educativo de los alumnos que provienen de otros pases; esperando sea sta una herramienta til a tales fines. Agradezco a todo el personal del Departamento por su disposicin responsable ante la tarea asumida, donde todos se involucraron, unos con su directa intervencin en la elaboracin y otros que, con su colaboracin y sostn, lo hicieron posible. En esta mencin incluyo a los entraables compaeros que han formado parte de esta dependencia y que por distintas razones y desde diferentes lugares siguen acompaando nuestro quehacer.

Lic. Mara Carmen Belber

Coordinadora Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios

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Introduccin

El Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios, dependiente de la Secretara de Educacin del Ministerio de Educacin de la Nacin, tiene, entre otras tareas, la de reconocer y convalidar estudios de Nivel Secundario realizados en el extranjero. Frente al conocido incremento de la movilidad estudiantil y de la enorme afluencia de estudiantes que recibe nuestro pas, la funcin del Departamento es proporcionar herramientas tiles para facilitar la insercin de los mismos dentro de nuestro Sistema Educativo. Para ello, una de las responsabilidades es poseer informacin actualizada de los distintos Sistemas Educativos de los pases del mundo para la posterior elaboracin de las llamadas Tablas de Equivalencias y Correspondencia, en donde se plasman las estructuras educativas extranjeras, comparndolas con la nuestra. Con el propsito de hacer partcipes de esta actualizacin a las distintas autoridades educacionales que trabajan en la temtica (directivos, tcnicos y docentes), el Departamento distribuy en el ao 2003 la primera publicacin del libro de Tablas de Equivalencias y Correspondencia, trabajo que signific un anlisis comparativo de los diferentes Sistemas Educativos del mundo, como as tambin una breve resea y explicacin del Sistema Educativo Argentino de aquel entonces. Dada la demanda de ejemplares por parte de las diversas jurisdicciones de nuestro pas y la utilidad que implic la primera publicacin, en noviembre de ese ao tuvo lugar la segunda distribucin del libro. Surge entonces la pregunta de por qu la necesidad de una nueva publicacin y la verdad es que hay muchas razones que llevaron al Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios a realizarla. En primer lugar, muchos pases, en especial los de la regin latinoamericana, han modificado la estructura de su Sistema Educativo; por esto, frente a un mundo globalizado y en continua interaccin, se exige una especial atencin a la educacin en vistas a la construccin de un futuro mejor. En segundo lugar, tanto las provincias como la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, han requerido en reiteradas oportunidades informacin referida a las estructuras educativas y a las corres-

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pondientes equivalencias con otros pases del mundo. Esto ltimo y el flujo cada vez ms intenso de estudiantes extranjeros que desean estudiar en nuestro pas, tienen estrecha relacin con el tercer motivo para producir esta nueva edicin, tornndose indispensable conocer las diferentes estructuras educativas para agilizar su insercin. En relacin a lo mencionado en los prrafos anteriores, se incorporaron los siguientes pases: Angola, Arabia Saudita, Argelia, Bangladesh, Camboya, Fiji, Guinea Ecuatorial, Hait, Irlanda, Islandia, Jordania, Kenia, Kirguistn, Libia, Liechtenstein, Macedonia, Nigeria, Repblica Democrtica del Congo, Repblica Dominicana, Serbia, Sudfrica, Tayikistn, Timor Oriental y Uzbekistn. Cabe destacar tambin que la promulgacin de la Ley de Educacin Nacional N 26.206 ha generado modificaciones en la estructura educativa de nuestro pas, provocndose la necesidad de reelaborar las Tablas. La mencionada Ley en su Artculo 15 expresa:

El Sistema Educativo Nacional tendr una estructura unificada en todo el pas que asegure su ordenamiento y cohesin, la organizacin y articulacin de los niveles y modalidades de la educacin y la validez nacional de los ttulos y certificados que se expidenEn el Artculo 17, la nueva estructura propuesta para el Sistema Educativo Nacional comprende cuatro niveles: la Educacin Inicial, la Educacin Primaria, la Educacin Secundaria y la Educacin Superior. A la par de los mismos, se da cuenta de ocho modalidades que tambin forman parte del Sistema Educativo: la Educacin Tcnica Profesional, la Educacin Artstica, la Educacin Especial, la Educacin Permanente de Jvenes y Adultos, la Educacin Rural, la Educacin Intercultural Bilinge, la Educacin en Contextos de Privacin de la Libertad y la Educacin Domiciliaria y Hospitalaria. El Artculo 134 especifica la nueva estructura propuesta para los niveles de Educacin Primaria y Secundaria:

ARTCULO 134. A partir de la vigencia de la presente ley cada jurisdiccin podr decidir slo entre dos opciones de estructura para los niveles de Educacin Primaria y Secundaria de la educacin comn: a) una estructura de seis (6) aos para el nivel de Educacin Primaria y de seis (6) aos para el nivel de Educacin Secundaria o, b) una estructura de siete (7) aos para el nivel de Educacin Primaria y cinco (5) aos para el nivel de Educacin Secundaria.Con el objeto de resguardar la unidad del Sistema Educativo Nacional se acordaron aspectos generales y surge as la Resolucin del Consejo Federal N 18/07 que en su Anexo I dice:

B. Equivalencias de EstudiosEn razn de la nueva estructura prevista por la Ley de Educacin Nacional, y en vista de la coexistencia de estructuras, se reconocen las siguientes equivalencias:

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Estructura LEF

ESTRUCTURA DE LA LEY 26.206 ARTCULO N 1346 y 6 aos (inc. a) 7 y 5 aos (inc. b) Educacin Inicial1 grado Educacin Primaria 2 grado Educacin Primaria 3 grado Educacin Primaria 4 grado Educacin Primaria 5 grado Educacin Primaria 6 grado Educacin Primaria 7 grado Educacin Primaria 1 ao Educacin Secundaria 2 ao Educacin Secundaria 3 ao Educacin Secundaria 4 ao Educacin Secundaria 5 ao Educacin Secundaria 6 ao Educacin Secundaria Tcnica

Nivel Inicial1 ao EGB 1 2 ao EGB 1 3 ao EGB 1 4 ao EGB 2 5 ao EGB 2 6 ao EGB 2 7 ao EGB 3 8 ao EGB 3 9 ao EGB 3 1 ao Polimodal 2 ao Polimodal 3 ao Polimodal 4 ao Polimodal -TTP

Educacin Inicial1 grado Educacin Primaria 2 grado Educacin Primaria 3 grado Educacin Primaria 4 grado Educacin Primaria 5 grado Educacin Primaria 6 grado Educacin Primaria 1 ao Educacin Secundaria 2 ao Educacin Secundaria 3 ao Educacin Secundaria 4 ao Educacin Secundaria 5 ao Educacin Secundaria 6 ao Educacin Secundaria 7 ao Educacin Secundaria Tcnica

C. Movilidad de Alumnos y Acreditacin de Estudios Las equivalencias y certificacin de los estudios debern garantizar la movilidad de los/las alumnos/as teniendo en cuenta el sistema de evaluacin y promocin de la jurisdiccin de origen y respetar el grado/ao de escolaridad cumplido de acuerdo a la presente tabla. En los casos en que por traslado interjurisdiccional los alumnos/as no hayan concluido el nivel primario conforme a la estructura vigente en la jurisdiccin de origen en los trminos del Artculo 134 inciso b) de la Ley 26.206, y acrediten la totalidad de los grados/aos correspondientes a dicho nivel segn la estructura de la jurisdiccin receptora, sta certificar el nivel primario en base a la tabla de equivalencias precedente. En todos los casos, lo que se debe garantizar son 13 aos de educacin obligatoria mnima, conforme lo previsto en la Ley de Educacin Nacional para educacin inicial, educacin primaria y educacin secundaria. Para el caso de la Educacin Secundaria Tcnico Profesional la sumatoria deber ser de 14 aos de escolaridad.

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El reconocimiento de los aos de escolaridad de la Educacin Secundaria Tcnico Profesional por parte de las diferentes jurisdicciones, se efectuar ao a ao, segn la tabla de equivalencias del punto B. Las jurisdicciones prevern los mecanismos de compensacin para el trnsito de los estudiantes entre la modalidad de Educacin Tcnico Profesional y el resto del Sistema Educativo Nacional, conforme lo que establezca el Consejo Federal de Educacin.Otro tema central que la Ley N 26.206 contempla es lo relativo a la situacin migratoria de los estudiantes extranjeros:

ARTCULO 143: El Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autnoma de Buenos Aires debern garantizar a las personas migrantes sin Documento Nacional de Identidad (DNI), el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de todos los niveles del Sistema Educativo, mediante la presentacin de documentos emanados de su pas de origen, conforme a lo establecido por el Artculo 7 de la Ley N 25.871.Como conclusin, la finalidad de este nuevo libro de Tablas es la de compartir con las distintas jurisdicciones aquellos temas que se tratan diariamente, con las problemticas que los mismos generan. Se espera que sea de utilidad para trabajar en forma conjunta en pos de una educacin de calidad y equidad para todos.

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Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios

Responsabilidad primaria Elaborar normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y diseos curriculares de las jurisdicciones y ejecutar las actividades tendientes al otorgamiento de validez nacional para estudios de Educacin Inicial, Primaria, Secundaria y Superior. Ejecutar las actividades tendientes al dictado y a la aplicacin de normas de gestin con relacin al reconocimiento de estudios extranjeros. Participar e intervenir como miembro en la comisin tcnica del MERCOSUR, MERCOSUR/CAB (Convenio Andrs Bello) y ante otros mbitos internacionales anlogos, a fin de promover la integracin. Responsabilidades asignadas al Ministerio de Educacin por la nueva Ley de Educacin Nacional N 26.206 en el Captulo II, Artculo 115, inc. g:

Dictar normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y diseos curriculares de las jurisdicciones, de acuerdo a lo establecido en el Artculo 85 de la presente ley y otorgar validez nacional a los ttulos y certificaciones de estudios.Y en el inc. h:

Dictar normas generales sobre revalidacin, equivalencia y reconocimiento de ttulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero.

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Acciones Asistir tcnicamente en lo relativo a la validez nacional de ttulos y certificados. Gestionar las tramitaciones conducentes al otorgamiento de validez nacional para las ofertas educativas existentes en el pas. Acreditar el nivel de los estudios cursados en Argentina para la insercin de los egresados en los sistemas educativos extranjeros y la insercin laboral o prosecucin de estudios en nuestro pas. Registrar los estudios de todo el pas que otorgan certificados con validez nacional. Registrar y archivar la documentacin de resguardo correspondiente a todos los certificados de conclusin de nivel educativo emitidos por las distintas jurisdicciones. Procesar, digitalizar y sistematizar la informacin escolar de todos los alumnos de nivel de Educacin Secundaria y Superior del pas. Relevar anualmente el caudal de egresados del Sistema Educativo Nacional. Supervisar las instituciones de jurisdiccin nacional. Legalizar los certificados de estudios por ellas emitidos. Tramitar la validez nacional de los certificados correspondientes a sus estudios ofrecidos. Legalizar las firmas de los funcionarios del Ministerio de Educacin en las certificaciones que otorguen. Relevar y normatizar el funcionamiento de las escuelas argentinas en el exterior. Gestionar la terminalidad de los cursos de estudios de Educacin Secundaria a travs de la realizacin de exmenes en las representaciones argentinas en el extranjero. Convalidar los estudios extranjeros terminales de Educacin Secundaria, o sus respectivos equivalentes (pases con convenio o normativa de excepcin). Reconocer los estudios extranjeros terminales de Educacin Secundaria, o sus respectivos equivalentes (pases sin convenio). Analizar y actualizar peridicamente las estructuras de los sistemas educativos extranjeros. Asistir tcnicamente en lo relativo al reconocimiento de estudios extranjeros. Intervenir en la revlida de ttulos extranjeros de Educacin Superior o sus equivalentes (Formacin docente y tcnica).

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Asesorar tcnicamente a la Direccin Nacional de Cooperacin Internacional del Ministerio de Educacin y a la Direccin General de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores para la suscripcin y/o revisin de convenios de reconocimiento de estudios. Asistencia tcnica y gestin del proceso de escolarizacin de estudiantes refugiados en el Sistema Educativo Nacional. Acordar mecanismos para el reconocimiento de estudios de educacin inicial, primaria, secundaria y superior en el mbito del MERCOSUR y CAB. Asistir tcnicamente para la correcta insercin de los alumnos argentinos y extranjeros en los sistemas educativos que requieran. A continuacin se detallan algunas de las funciones del Departamento que tienen implicancia directa con las necesidades de todas las instituciones educativas de las diferentes jurisdicciones.

Con relacin a la Validez Nacional de los Ttulos y EstudiosAs como se exige que los ttulos sean otorgados por establecimientos reconocidos oficialmente, otro requisito de gran envergadura es la validez nacional que deben poseer dichos ttulos. La validez nacional garantiza que el ttulo que recibe el alumno cuenta con un plan de estudios diseado de acuerdo a los marcos federales establecidos y a la normativa vigente que posibilita al egresado movilizarse por todo el territorio nacional sin inconvenientes en el reconocimiento del mismo. Es por ello que el rea de validez nacional de este Departamento tiene como meta principal otorgar validez nacional a la Educacin Inicial, a la Educacin Primaria, a la Educacin Secundaria, a los Trayectos Tcnico Profesionales, a la Educacin Tcnica, a la Educacin Tcnico Agropecuaria, a los Trayectos Artstico Profesionales, a la Educacin Artstica, a la Educacin de Adultos, a la Educacin Especial, a toda otra modalidad de formacin tcnica profesional aprobada federalmente para estos niveles, y a las ofertas educativas de Formacin Docente y de Educacin Superior Tcnica, tanto en la opcin pedaggica presencial como a distancia, en todas las reas y niveles mencionados a travs de Resoluciones Ministeriales. En el otorgamiento de la validez nacional tambin estn incluidos los ttulos y certificados de los establecimientos dependientes de la jurisdiccin nacional, como ser las escuelas de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y las de otros Ministerios Nacionales. Las normativas de validez nacional y sus circuitos operativos son actualizados por este Departamento conjuntamente con las reas sustantivas, segn nivel o modalidad. Por ltimo, debemos decir que una importante tarea de este sector es la comunicacin permanente con todas las jurisdicciones, a fin de trabajar articuladamente en pos de una educacin de calidad para todos.

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Con relacin al MERCOSURNuestra misin es conformar un espacio educativo comn, a travs de la concertacin de polticas que articulen la educacin con el proceso de integracin del MERCOSUR, estimulando la movilidad, el intercambio y la formacin de una identidad y ciudadana regional, con el objeto de lograr una educacin de calidad para todos, con atencin especial a los sectores ms vulnerables en un proceso de desarrollo con justicia social y respeto a la diversidad cultural de los pueblos de la regin. 1

MERCOSUR EducativoEl Sector Educativo del MERCOSUR (SEM) se origin con la firma, por parte de los Ministros de Educacin de la Regin, del Protocolo de Intenciones, el da 13 de diciembre de 1991 con el objetivo de generar un espacio diferenciado para el tratamiento especfico de la cuestin educativa en el marco de la integracin regional. Este Sector constituye una instancia de concertacin de polticas que integran la educacin a los procesos sociales, econmicos y polticos necesarios para el desarrollo de las personas y las sociedades. Disea y ejecuta programas que promueven una educacin de calidad y equidad para todos, contribuyendo as a los objetivos del MERCOSUR. En tal sentido, pretende ser un espacio regional, caracterizado por el conocimiento recproco, la interculturalidad, el respeto a la diversidad y la cooperacin solidaria con valores compartidos que contribuyan al mejoramiento y democratizacin de los sistemas educativos de la regin y a generar condiciones favorables para la paz, mediante el desarrollo social, econmico y humano sustentable. Con tal fin el 4 de agosto de 1994 se firm el Protocolo de Integracin Educativa para el Reconocimiento de Certificados, Diplomas, Ttulos y Estudios de Nivel Primario y Medio no Tcnico. La finalidad de dicho acuerdo es el reconocimiento de los estudios de Nivel Primario y Medio no Tcnico realizados en cualquiera de los pases miembros y asociados del MERCOSUR para la integracin educativa y la continuidad de los estudios facilitando la movilidad vertical y horizontal de los alumnos. En el marco de dicho Protocolo se conform en el mismo ao la Comisin Tcnica Regional del Sector Educativo del MERCOSUR (CTR) de la cual es miembro la Coordinacin del Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios. La CTR tiene como misin velar por el cumplimiento de los objetivos propuestos tanto en el Protocolo como en todas aquellas normas que se implementen al mismo, elaborar y actualizar la Tabla de Equivalencias y garantizar la movilidad e integracin plena de los estudiantes entre los pases de la Regin. Se encuentra constituida por delegados profesionales especializados en la materia, designados por la autoridad educacional competente de cada uno de los Estados miembros y asociados, reunindose ordinariamente una vez por semestre en el pas que posee la Presidencia Pro Tmpore del MERCOSUR.1 XXX Reunin de Ministros de Educacin del MERCOSUR realizada el 02 de junio de 2006.

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Si bien en estos momentos el Protocolo de Integracin Educativa para el Reconocimiento de Certificados, Diplomas, Ttulos y Estudios de Nivel Primario y Medio no Tcnico se encuentra en vigencia, durante el ao 2008 se inici, en el seno de la Comisin Tcnica Regional, un proceso de debate y discusin respecto de su posible actualizacin y ampliacin. Por otra parte, en el transcurso de aquel ao fue aprobada por el Consejo del Mercado Comn (CMC) la Decisin N 15/08. sta permite implementar el mencionado protocolo y complementa la Decisin CMC N 06/06. Por lo tanto ambas deben ser tenidas en cuenta a la hora de recepcionar la documentacin escolar presentada por los alumnos extranjeros de Nivel Primario y Medio no Tcnico que desean continuar estudiando en la Argentina. La Decisin CMC N 06/06 establece el mecanismo necesario, a travs de 15 literales, para implementar el Protocolo ya mencionado; por su parte la Decisin CMC N 15/08 faculta al RME (Reunin de Ministros de Educacin) a la actualizacin/modificacin de los mecanismos para la implementacin del Protocolo y aprueba con carcter provisorio la Tabla de Equivalencias. Los acuerdos y mecanismos son dinmicos dado que se actualizan permanentemente en las acciones de la CTR, con la finalidad de beneficiar la movilidad estudiantil.

Argentina en el MERCOSUR EducativoDesde la firma del Protocolo de Integracin Educativa para el Reconocimiento de Certificados, Diplomas, Ttulos y Estudios de Nivel Primario y Medio no Tcnico, la Repblica Argentina ha tenido una participacin activa y responsable en el seno de la Comisin Tcnica Regional, desarrollando diversas actividades que permitieron mejorar la movilidad estudiantil a nivel regional, como por ejemplo: Publicacin Cuadernillo informativo para el reconocimiento de certificados, ttulos y estudios de Nivel Primario y Medio no tcnico de los Pases Parte y Adherentes, edicin 2002. Publicacin del cuadernillo Aprendiendo en el MERCOSUR, edicin 2006. Implementacin de la Encuesta Nacional Diagnstico de los alumnos provenientes de los pases del MERCOSUR. Actualizacin de la normativa. Propuesta de actualizar el Protocolo de Reconocimiento de Certificados, Ttulos y Estudios de Nivel Primario y Medio No Tcnico.

Pases Integrantes del MERCOSURMiembros PlenosRepblica Argentina Repblica Federativa del Brasil Repblica del Paraguay Repblica Oriental del Uruguay

Repblica Bolivariana de Venezuela (en proceso de adhesin al Tratado de Asuncin)

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Miembros AsociadosRepblica de Bolivia Repblica de Chile Repblica de Colombia Repblica del Ecuador Repblica del Per

Es importante la comunicacin con el Departamento a fin de recibir la orientacin necesaria, dado que se est en un proceso de discusin acerca de la posible actualizacin del Protocolo. Pueden hacerlo telefnicamente al 4129-1317/8, por correo electrnico escribiendo a [email protected] o a travs del correo postal enviando la correspondencia a Montevideo 950 PB, Ciudad Autnoma de Buenos Aires. Asimismo podrn encontrar en nuestra pgina web www.me.gov.ar/validez las Decisiones CMC N 06/06 y 15/08 junto con toda la actualidad del Sector Educativo del MERCOSUR.

Con relacin a la movilidad estudiantil hacia el exterior

Acreditacin de Nivel para presentar en el extranjeroSe trata de la constancia que, en caso de que el pas receptor la requiera, emite el Ministerio de Educacin de la Nacin, a travs de este Departamento, y que tiene por objeto informar que el ttulo obtenido por el interesado corresponde a un Nivel completo -pudiendo ser de Educacin Secundaria como de Educacin Superior-, que el mismo es de carcter oficial y que, de tratarse de un Nivel Secundario, le permite el acceso a Estudios Superiores en todo el territorio argentino. Para que tenga validez en el exterior se deber apostillar la constancia en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 819 C.A.B.A.), donde se certificar la firma del responsable del rea que interviene en la acreditacin.

Alumnos que se trasladan al exterior adeudando materiasLa Resolucin Ministerial N 1145/02 establece que los alumnos que deban trasladarse al exterior y tengan asignaturas o espacios curriculares pendientes de aprobacin en los estudios de Nivel Medio o su equivalente cursados en el pas, podrn rendir los mismos en la Embajada o Consulado argentino ms cercano a su lugar de residencia, a los efectos de favorecer la prosecucin de dichos estudios en el pas que viven. Para ello, los padres o tutores del interesado debern solicitar autorizacin a la Direccin Nacional de Cooperacin Internacional del Ministerio de Educacin de la Nacin, para que su

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hijo/a rinda en la Embajada o Consulado argentino en el pas de destino. La Direccin Nacional de Cooperacin Internacional proceder al inicio del trmite cuyo expediente ser enviado al Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios, en donde proseguir con el circuito correspondiente hasta la finalizacin de dicho trmite. Asimismo, la Resolucin Ministerial N 858/03 ampliatoria de la mencionada anteriormente- establece que se podrn rendir en la situacin precedente un mximo de tres (3) materias, con la finalidad de favorecer la prosecucin de los estudios, previa acreditacin de su residencia fuera de la Repblica Argentina. En el siguiente link de la pgina web del Ministerio de Educacin podrn verificar los requisitos: www.me.gov.ar/dnci/examenes.html

Escuelas Argentinas en el exteriorSon aquellas cuya finalidad consiste en proporcionar enseanza complementaria limitada al idioma castellano, literatura argentina, ciencias sociales (sus contenidos focalizan la historia, la geografa y la formacin tica ciudadana), con vistas a brindar un conocimiento de nuestra lengua y de nuestra realidad histrica, geogrfica y social. Su perodo escolar es el que rija en el lugar de funcionamiento para las escuelas del respectivo pas y nivel de enseanza. En su planta funcional, la designacin del personal deber recaer en un agente argentino o hijo de argentino residente. Una vez efectuada la designacin por la entidad responsable o Comisin Administradora, deber contar con la aprobacin expresa de la respectiva Representacin Diplomtica. Cada Escuela Argentina en el exterior elabora su propio Reglamento interno, con la finalidad de contar con un cuerpo claro y preciso de normas, orientado a favorecer la implementacin del Proyecto Educativo que le corresponde desarrollar en su pas residente. La accin educativa es por su misma naturaleza una labor de conjunto, donde todos los que intervienen juegan un papel preponderante y tienen un rol especfico que desempear constituyendo as la Comunidad Educativa. Las cuatro Escuelas Argentinas en el exterior reconocidas por este Ministerio de Educacin y por la Representacin Diplomtica del pas en el que residen, tienen su correspondiente nmero de CUE (clave nica del establecimiento): Escuela Argentina en Los ngeles, EE.UU. (R.M. N 681/87), en Washington, EE.UU. (R.M. N 683/87), en Nueva York, EE.UU. (R.M. N 684/87) y en Zrich, Suiza (R.M. N 216/97). Por Resolucin Ministerial N 184/06, el Ministerio de Educacin de la Nacin reconoce la Validez Nacional de los estudios cursados en establecimientos creados en el extranjero de los Niveles de Enseanza Primaria y Secundaria, con el fin de proporcionar enseanza complementaria.

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Con relacin a la movilidad de estudiantes extranjeros hacia nuestro pas con estudios de Nivel Medio completo

Convalidacin de Estudios de Nivel Medio con pases con ConvenioTodas las personas, tanto argentinos como extranjeros, que hayan terminado sus estudios de Nivel Secundario en el exterior, debern convalidar los mismos sin excepcin, para poder continuar estudios de Nivel Superior.Una de las funciones que mantiene al Departamento en contacto permanente con las jurisdicciones es la Convalidacin de estudios realizados en el exterior. Se trata de un trmite destinado a alumnos que realizaron sus estudios en el extranjero en un pas con el que existe un Convenio de Reconocimiento de Estudios firmado con la Repblica Argentina y desean continuar los mismos en nuestro pas (es decir acceder a un estudio de Nivel Superior). Se realiza a travs de un cotejo de estructuras y de la verificacin de la oficialidad de la documentacin escolar presentada. Si corresponden a una Educacin Secundaria completa y si en el pas emisor del ttulo le permite el acceso a Estudios Superiores, se realiza un expediente para dar curso a la Convalidacin antes mencionada. Vale aclarar que la finalidad de esta ltima es nicamente la prosecucin de Estudios Superiores. Se mencionan aqu aquellos pases con los que Argentina tiene Convenio de Reconocimiento Recproco de Estudios:Estados Unidos Mexicanos Repblica Bolivariana de Venezuela Repblica de Bolivia Repblica de Chile Repblica de Colombia Repblica del Ecuador Reino de Espaa Repblica de Italia Repblica del Paraguay Repblica del Per Repblica Federativa del Brasil Repblica Oriental del Uruguay

Repblica de Francia: reconocimiento de estudios completos a travs del Decreto P.E.N. N 18.946.

Convalidacin de Estudios de Nivel Medio completo con Normativas de ExcepcinComo su nombre lo indica, estas normativas tienen como finalidad encuadrar los casos excepcionales. Atento a la poltica programada por el Estado de favorecer el retorno de ciudadanos argentinos y sus hijos, se da origen a la Resolucin Ministerial N 497/06 para convalidar los estudios realizados por ellos.

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Para articular el regreso de los alumnos que hayan concluido sus estudios en el exterior por Beca de Intercambio Estudiantil habiendo viajado hasta el ao lectivo 2007, se aplica la Resolucin Ministerial N 41/00. Aquellos que viajaron a partir del ao 2008 se debern ajustar a la Resolucin Ministerial N 1569/07. Para reconocer los estudios realizados en el exterior por hijo o familiares de diplomticos argentinos se aplica la Ley de Servicio Exterior N 20.957 del 22 de mayo de 1975. A los estudiantes que poseen el estatus de Refugiado, se le reconocern los estudios segn los trminos de la Resolucin Ministerial N 1551/08. A continuacin se detallan algunas especificaciones de las normativas mencionadas para mayor claridad en cuanto a las necesidades particulares de los alumnos:

Resolucin Ministerial N 497/06La movilidad estudiantil es un trmino repetido en este libro de Tablas, ya que es la base de nuestro trabajo cotidiano. En este caso es de suma importancia tener en cuenta a los argentinos que han tenido que emigrar por diferentes razones: econmicas, familiares, sociales, comerciales, etc. Muchos de los ciudadanos argentinos que han emigrado lo han hecho con su grupo familiar o lo han conformado en el extranjero, por lo que ellos y/o sus hijos, siendo estos ltimos de nacionalidad argentina o no, han completado estudios de Nivel Secundario fuera del pas. Es poltica de este Gobierno Nacional favorecer el retorno de los ciudadanos argentinos que, por una u otra causa, se establecieron temporariamente en otros pases y, al regreso, desean iniciar estudios de Nivel Superior, universitario o no, para completar su formacin acadmica y/o capacitacin profesional.

ARTCULO 1 Convalidar a los ciudadanos argentinos y a sus hijos, los estudios de nivel medio completo aprobados en el exterior, acreditados fehacientemente por instituciones reconocidas por la autoridad educativa del pas emisor del ttulo, al solo efecto de proseguir estudios de Nivel Superior, universitario o no, sin obligacin de rendir las asignaturas de Formacin Nacional.ARTCULO 2 Dejar establecido que para tal convalidacin, por tratarse de estudios completos de Nivel Medio, deben iniciarse los trmites pertinentes ante el Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios del Ministerio de Educacin, Ciencia y Tecnologa de la Nacin y de acuerdo a la normativa vigente. ARTCULO 3 Dejar

aclarado que en el caso de los hijos extranjeros, de madre o padre argentino, a los fines de la convalidacin, debern adems acreditar su filiacin. sin efecto la Resolucin N 120 del 28 de febrero de 2001.

ARTCULO 4 Dejar

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Resolucin Ministerial N 41/00Esta normativa se aplica en los casos de intercambio estudiantil; no profundizaremos en la misma ya que fue derogada por la Resolucin Ministerial N 1569/07 y slo se aplicar para aquellos alumnos que hayan usufructuado de la beca estudiantil hasta el ao 2007 inclusive.

Resolucin Ministerial N 1569/07Debido al incremento de la cantidad de alumnos que optan por realizar intercambio estudiantil, y a las distintas clases de experiencias educativas internacionales existentes, es necesario actualizar la normativa vigente a fin de dar marco legal al reconocimiento y al procedimiento de convalidacin de los estudios cursados de esta forma. Como es necesario facilitar, a su regreso, la insercin del alumno en el Sistema Educativo Nacional y tambin considerar la inscripcin de aquellos que proceden de pases cuyo calendario escolar no coincide con el nuestro, a fin de continuar sus estudios, se establece:

ARTCULO 1 Convalidar al Nivel Medio Argentino los estudios realizados por alumnos de nuestro pas en el exterior, becados por Instituciones tales como Asociacin Civil AFS Programas Interculturales, Rotary Club, Youth For Understanding, Lions y similares, correspondientes al ltimo ao del Sistema Educativo del pas receptor, a fin de habilitarlos para proseguir estudios de Nivel Superior.ARTCULO 2 Establecer que el alumno auspiciado deber haber aprobado el anteltimo ao de sus estudios de Nivel Medio antes de acceder al programa de experiencia educativa internacional, y deber adems presentar, para su posterior convalidacin, el ttulo y el analtico de notas, debidamente legalizados, expedidos ambos por la institucin educativa extranjera en donde curs. Asimismo, y para el caso en que esta ltima no le otorgue el diploma o ttulo de nivel medio completo, el alumno deber obtener su graduacin en la institucin educativa de nuestro pas en donde curs el ao inmediato anterior, debiendo para ello aprobar solamente las asignaturas que respondan a la orientacin o especialidad en el caso que correspondiese. ARTCULO 3 Establecer

que, para el caso en que el intercambio consista en el cursado de un ciclo lectivo completo, de acuerdo al sistema educativo del pas receptor, el alumno auspiciado deber aprobar, para su ingreso en el ao inmediato superior del sistema educativo nacional, solamente las asignaturas que respondan a la orientacin o especialidad del plan de estudios que cursara en el establecimiento educativo argentino. Para ello, deber presentar, debidamente legalizados, el analtico en donde consten las notas de las materias cursadas y aprobadas en el exterior, como as tambin un informe de asistencias e inasistencias. que, para el caso en que el intercambio consista en el cursado de la ltima mitad del ciclo lectivo, de acuerdo al sistema educativo del pas receptor, el alumno auspiciado deber aprobar, para su ingreso en el ao inmediato superior, sola-

ARTCULO 4 Establecer

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mente los mdulos o espacios curriculares dictados durante su ausencia, que respondan a la orientacin o especialidad del plan de estudios que cursara en el establecimiento educativo argentino. Para ello, deber presentar, debidamente legalizados, el analtico en donde consten las notas de las materias cursadas y aprobadas en el exterior, como as tambin un informe de asistencias e inasistencias. que, para el caso en que el intercambio consista en el cursado de la primera mitad del ciclo lectivo, de acuerdo al sistema educativo de nuestro pas, el alumno auspiciado deber aprobar, para reintegrarse en el ao en curso, solamente los mdulos o espacios curriculares, dictados durante su ausencia, que respondan a la orientacin o especialidad de su plan de estudios. Para ello, deber presentar, debidamente legalizados, el analtico en donde consten las notas de las materias cursadas en el exterior, como as tambin un informe de asistencias e inasistencias.ARTCULO 6 Establecer que, para el caso en que el intercambio consista en el cursado de un perodo menor a la mitad de un ciclo lectivo de acuerdo al sistema educativo nacional, la reincorporacin escolar del alumno auspiciado proceder de acuerdo a lo dispuesto por la autoridad educativa de la jurisdiccin correspondiente. Para ello, deber presentar, debidamente legalizado, un informe de asistencias e inasistencias de los estudios cursados en el exterior. ARTCULO 7 Establecer ARTCULO 5 Establecer

que la institucin educativa en la que el alumno se reinserta deber considerar la asistencia computada en la institucin en donde realiz el programa de intercambio como habida en su propio establecimiento. que el reconocimiento de los estudios aludidos en los Artculos 3, 4, 5, 6 y 7, proceder siempre y cuando la experiencia educativa en el extranjero consista en el cursado del ao equivalente de acuerdo a la correspondencia entre la estructura educativa nacional y la del pas receptor.

ARTCULO 8 Establecer

ARTCULO 9 Establecer que la presente Resolucin Ministerial entrar en vigencia para aquellos alumnos que usufructen su beca en el exterior a partir del ciclo lectivo 2008.

Ley de Servicio Exterior N 20.957Para los casos de diplomticos o familiares que hayan estudiado en el exterior.ARTCULO 90 Los ttulos otorgados por universidades extranjeras o establecimientos de

enseanza de nivel primario, secundario o terciario a los funcionarios del Servicio Exterior destinados en el extranjero, as como a los miembros de su familia, sern reconocidos en la Repblica de acuerdo con las reglamentaciones de las universidades nacionales o de los organismos de conduccin de la enseanza de los respectivos niveles. Si los interesados no hubieran terminado sus estudios en el exterior, las universidades nacionales o los respectivos organismos reconocern la validez de los estudios hasta el ltimo curso completo aprobado en el extranjero. Si los estudios seguidos no lo fueran por el sis-

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tema de cursos completos, se reconocern las materias aprobadas en el extranjero que tengan su equivalente en el respectivo plan de estudios argentino. Igual criterio se seguir si hubiera completado cursos en el extranjero, en el caso de que la correspondiente carrera est organizada por materias en la repblica. Nota de Redaccin. Ver: Ley 21.462 Artculo 1(B.O. 26-11-76). Se incorpora al rgimen de este Artculo en las condiciones del Artculo 92 de esta Ley, el personal de las Fuerzas Armadas y funcionarios nacionales, provinciales, municipales o dependientes de organismos internacionales que cumplieren misiones oficiales en el extranjero. entiende por familia a los fines de esta Ley: el cnyuge, los hijos e hijastros menores de edad y los mayores incapacitados para el trabajo, las hijas e hijastras solteras y los ascendientes de primer grado tanto del funcionario como del cnyuge, cuando aqul compruebe que subviene a sus necesidades.ARTCULO 92 Se

Resolucin Ministerial N 1551/08Esta normativa establece para los estudiantes extranjeros que han obtenido o solicitado el Estatuto de Refugiado por parte de las autoridades nacionales, un tratamiento preferencial en los trmites administrativos de ingreso y egreso de los establecimientos educativos del pas. En el Artculo 2 se aprueban los requisitos a cumplimentar para su aplicacin:

... a) documentacin que acredite identidad; b) certificado de estudios que avale su nivel de instruccin legalizado por la autoridad educativa del pas o estado emisor y, por la autoridad consular argentina (en caso de estar la documentacin apostillada, sta suple la legalizacin consular); de no cumplirse con tal requisito se debern efectuar pruebas evaluativas para determinar el grado de aprendizaje alcanzado por el candidato.

Reconocimiento de Estudios de Nivel Medio realizados en pases sin ConvenioResolucin Ministerial N 1208/05La norma recin mencionada tiene como objetivo facilitar la situacin en la que se encuentran aquellos alumnos que provienen de pases con los cuales no existe Convenio de Reconocimiento de Estudios. Antes de esta norma los interesados deban rendir, como consecuencia de las distintas modalidades de los diseos curriculares, adems de las asignaturas de Formacin Nacional, aquellas que correspondan a la orientacin del ttulo que otorgara la institucin educativa a la que se solicitaba la revlida, lo que constitua mayor esfuerzo y demora en el ingreso a Estudios Superiores. Por lo expresado, se hizo necesario flexibilizar los requisitos exigidos a los alumnos para obtener el Reconocimiento de sus estudios secundarios completos. De esta manera, en la actualidad slo deben rendir en su jurisdiccin las materias de Formacin Nacional y luego, en este Departamento, continuar el trmite de Reconocimiento.

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El Artculo 1 aprueba el Reglamento Operativo para el Reconocimiento de los Estudios de Nivel Secundario (Anexo I); el Artculo 2 aprueba el Modelo de Formulario de Requisitos para la iniciacin del trmite de Reconocimiento (Anexo II); el Artculo 3, el Modelo de Formulario de Solicitud de Trmite (Anexo III); y, en el Artculo 4, se aprueba el Modelo de Constancia de Reconocimiento de los Estudios de Nivel Secundario.

ANEXO I 1 Previo al inicio del trmite, el interesado deber rendir y aprobar ante la correspondiente autoridad educativa de su jurisdiccin, las asignaturas de Formacin Nacional. Luego de ello, iniciar en el Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios de este Ministerio el trmite de Reconocimiento de los Estudios de Nivel Medio cursados en el exterior para los alumnos que deben rendir las asignaturas de Formacin Nacional, donde se exigir la documentacin que se detalla en el Formulario de Requisitos que se aprueba por ANEXO II. 2 El interesado deber presentar el Formulario de Solicitud de Trmite Formulario de Reconocimiento de los Estudios de Nivel Medio cursados en el exterior para los alumnos que deben rendir las asignaturas de Formacin Nacional, que figura como ANEXO III de la presente, al que deber acompaar la documentacin requerida en el Formulario de Requisitos. 3 El Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios abrir un expediente, evaluar la documentacin presentada y realizar un informe tcnico por el que se reconoce al causante el nivel de estudios completos en la Repblica Argentina. En caso de faltar documentacin o presentar sta irregularidades que impidan el reconocimiento aludido, se comunicar al interesado los pasos a seguir para subsanarlas. En todos los casos las notificaciones se realizarn conforme Ley N 19.549. 4 El dictamen tcnico ser suscripto por el jefe del Departamento citado up supra. 5 La Constancia de Reconocimiento de los Estudios de Nivel Medio cursados en el exterior para los alumnos que deben rendir las asignaturas de Formacin Nacional, que se aprueba por ANEXO IV, ser slo a efectos de proseguir estudios superiores universitarios o no universitarios. Se la numerar correlativamente conforme el Libro de Actas y se la adosar al certificado y/o ttulo de estudios en original obtenido por el interesado. 6 La entrega de la constancia se asentar en el Libro de Actas, el que deber llevarse en forma legal, es decir sin enmiendas ni alteraciones. El interesado, o la persona habilitada por ste para retirar la documentacin, previa exhibicin de su documento de identidad, rubrica con su firma la finalizacin de este acto. Posteriormente se gira el expediente a la Direccin de Despacho para su archivo. 7 Si transcurren noventa das desde que un trmite se paralice por supuestos de abandono e inactividad del procedimiento imputable al interesado, las actuaciones se remi-

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tirn a la Direccin de Despacho para su reserva por sesenta das. Cumplido dicho plazo, se archivarn sin que sea necesaria nueva intervencin del Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios, tal como se establece en el Formulario de Solicitud de Trmite que se aprueba por ANEXO III. 8 Si transcurren sesenta das desde que un trmite se encuentra resuelto, sin que el interesado retire la documentacin pertinente, las actuaciones sern giradas a la Direccin de Despacho para su reserva por sesenta das; cumplido dicho plazo, se archivarn sin la previa intervencin del Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios, tal como se establece en el Formulario de Solicitud de Trmite que se aprueba por ANEXO III. 9 Slo se emitir duplicado de la constancia ante la peticin del interesado, presentando la pertinente denuncia policial por robo o extravo de la documentacin. En la nueva constancia se consignar el carcter de Duplicado en la parte superior y en el ltimo prrafo la causa de la emisin del mismo. 10 Las asignaturas de Formacin Nacional, a las que hace referencia el presente Reglamento Operativo, establecidas por Decreto N 16737/57, y sus equivalentes en la Ley Federal de Educacin, son las siguientes: Formacin tica y Ciudadana Ciencias Sociales Lengua y Literatura Argentina Las asignaturas sealadas corresponden a 8vo. y 9no. grados de EGB3, y 1ro., 2do. y 3ro. del Nivel Polimodal, u otras denominaciones equivalentes, de acuerdo a la correspondencia de las estructuras educativas (Decreto 1276/96, Artculo 3).

11 El Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios se compromete a quedar en absoluta disposicin ante cualquier duda que surja en la tramitacin reglamentada en la presente Resolucin, generando un espacio de intercambio con los equipos tcnicos de las distintas jurisdicciones.

Resolucin Ministerial N 1333/07 ARTCULO 1 Establecer que los alumnos que deban rendir asignaturas de Formacin Nacional a fin de obtener la equivalencia de sus estudios extranjeros con los correspondientes estudios argentinos, lo hagan en las pocas reglamentarias de exmenes y en base a los programas que como Anexo forman parte de la presente resolucin.

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Trmite de Revlida de Estudios de Nivel Superior (Tcnico)La revlida de certificados y ttulos que corresponden a estudios realizados en el exterior y fueran otorgados por Institutos Superiores de Formacin Tcnica no Universitarios, se rige por lo establecido en la Resolucin Ministerial N 811/98. La persona interesada deber presentar documentacin probatoria de los estudios a revalidar, cuyos requisitos estn estipulados en la normativa mencionada. Se tramita por expediente administrativo y el otorgamiento de dicha revlida se expide mediante Resolucin Ministerial. En la actualidad la mayora de los trmites de revlida se corresponden con estudios de Enfermera Profesional.

Trmite de Revlida de Estudios de Nivel Superior (Formacin Docente)Debido a la gran afluencia hacia nuestro pas de profesionales extranjeros de la educacin y a fin de dar mxima certeza respecto de la formacin acadmica recibida por el interesado, se hace necesario establecer un procedimiento para la revlida de estudios realizados en el exterior correspondientes a estudios de Formacin Docente. Para iniciar el trmite de revlida el interesado deber presentar ante el Departamento de Validez Nacional de Ttulos y Estudios toda la documentacin que figura en el Reglamento Operativo aprobado por la Resolucin Ministerial N 1299/08. El Departamento inicia entonces un expediente que luego remitir al Instituto Nacional de Formacin Docente (INFOD), el cual tendr a su cargo el anlisis de la documentacin y la elaboracin de un informe tcnico que determine el grado de relacin curricular entre los estudios cursados en el extranjero y los dictados en el pas.

La revlida que se otorgue tendr el carcter de reconocimiento oficial a la formacin o instruccin acadmica recibida por el interesado, de acuerdo con el contenido y la carga horaria de los estudios realizados en el exterior. 2Para conocer en detalle cules son los requisitos para cada trmite en particular, remitirse a http://www.me.gov.ar/validez

2 Resolucin Ministerial N 1299/08

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Recomendaciones importantes

Para las familias que deban emigrar1] Los alumnos y/o sus familiares deben recibir el asesoramiento correspondiente al solicitar los pases para continuar estudios en el exterior, recalcndoles especialmente que las instituciones educativas elegidas y los planes de estudios de las mismas deben ser reconocidos oficialmente. De esta manera, al regresar, sus estudios podrn ser reconocidos o convalidados sin inconvenientes. 2] La documentacin escolar deber estar legalizada por el Ministerio de Educacin de la jurisdiccin, Ministerio del Interior (25 de Mayo 179 C.A.B.A. - Telfono: (011) 4339-0800), y por ltimo, Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 819 C.A.B.A. - Telfono: (011) 4819-7000/02/03). La intervencin deber realizarse (sin excepcin) tanto en los analticos parciales como totales y en sus respectivos ttulos, para aquellos que viajen habiendo concluido sus estudios, sea de Primaria, Secundaria y/o Superior. Se sugiere consultar, antes de viajar, al Consulado del pas receptor.

Para las familias que regresan a la Repblica Argentina1] Poseer documentacin escolar clara y probatoria de los aos concluidos y en el caso de que se culminen los estudios, el interesado deber obtener el certificado o ttulo que expide el pas donde prosiguieron sus estudios. 2] Seguir el circuito de legalizaciones para la certificacin de las firmas de todas las autoridades intervinientes en la documentacin escolar. Es necesaria la firma de una autoridad educativa superior a las del establecimiento escolar (Secretara de Educacin, Ministerio de Educacin, Regional Educativa, u otras dependencias competentes), luego la legalizacin en Relaciones

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Exteriores del pas en cuestin y por ltimo el Consulado argentino donde fue extendida la documentacin. Si se coloca la Apostilla de La Haya en la misma, se excepta la intervencin del Consulado argentino. 3] Toda documentacin escolar escrita en lengua extranjera deber ser traducida en nuestro pas por Traductor Pblico Nacional y legalizada por el Colegio de Traductores que corresponda. Queda exceptuado Brasil por ser parte integrante del MERCOSUR (ver Tabla correspondiente).

Tomar estos recaudos redundar en beneficio de la simplificacin de los trmites de reconocimiento, tanto para el interesado como para quienes recepcionen la documentacin escolar. Se sugiere tener en cuenta que este Departamento est disponible para cualquier consulta que la jurisdiccin necesite y para los alumnos que tengan que emigrar e insertarse en otro Sistema Educativo, como as tambin para su regreso.

Direccin: Montevideo N 950 Planta Baja - C. P. 1019 C.A.B.A. Telfonos: (011) 4129 - 1317 / 1318 Fax: (011) 4129 1319 E-Mail: [email protected] Sitio Web: www.me.gov.ar/validez

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Lectura e interpretacin de las TablasDado todo lo referenciado previamente, y en busca de una nueva herramienta para facilitar y agilizar el trabajo de todos, se dedica este apartado especial para explicar la forma de diagramacin y elaboracin de las Tablas de Equivalencias y Correspondencia. En primera instancia, es importante una correcta visualizacin de las mismas: La intencin, tal como su nombre lo indica, es la comparacin entre dos Sistemas Educativos diferentes, por lo que se colocan las dos Tablas en forma paralela a fin de poder cotejarlas en forma simultnea. En el margen izquierdo de la pgina se explicita el Sistema Educativo del pas extranjero, con la correspondiente divisin en niveles. El diseo est realizado en color rojo, por lo que las separaciones de los mismos son indicadas con el mismo tono. Cuando se obtuvo la informacin en el idioma de origen, se seala la denominacin, entre parntesis, en la lengua madre. En el margen derecho de la pgina se explicita el Sistema Educativo Nacional, dando cuenta de las distintas estructuras posibles, tanto las dos que contempla la Ley de Educacin Nacional como la de la antigua Ley Federal. La Tabla ha sido delineada en color amarillo. En ambas Tablas, para diferenciar bien cada ao y hacer ms sencilla la comparacin, se hizo una intercalacin de tonalidades. Esto facilita la interpretacin en los casos de estudios parciales, en donde debe hacerse una lectura horizontal de la Tabla, ya que la correspondencia se realiza por aos cursados. Sobre el final de ambas Tablas, siempre se encontrarn dos tems explicativos; el primero se refiere a estudios concluidos, mientras que el segundo, a estudios parciales. All se especificar si hay Convenio de Reconocimiento de Estudios o no con el pas en cuestin y cules son las normativas que deben aplicarse en cada caso. En la pgina que figura a la izquierda de las Tablas, es decir la nmero par, se encontrar informacin adicional con relacin al Sistema Educativo del pas extranjero correspondiente. Se plasmaron all todos los datos proporcionados sobre estas estructuras en vistas de aportar mayor claridad para el anlisis de la documentacin escolar presentada por el interesado. A raz de que la informacin fue suministrada por las Embajadas o Consulados de Argentina en el exterior, o por las Embajadas o Consulados extranjeros en nuestro pas, ms all de que el formulario de consulta ha sido el mismo para todos, las respuestas fueron dispares, por lo que ello se ve expresado en la cantidad de datos adicionales que figuran. Se intent seguir una lnea de coherencia, comenzando por la edad de ingreso al Nivel Primario o sus denominaciones equivalentes, siguiendo con el calendario escolar y luego las especificidades propias de cada nivel, hasta llegar al acceso a Estudios Superiores. Tambin es importante marcar que, para evitar confusiones en el caso de la lectura de Tablas de pases extranjeros, se decidi explicitar una sola orientacin, aunque puede ser que el Sistema Educativo en cuestin tuviera ms de una en el Nivel Secundario. El criterio de eleccin fue desarrollar aquella estructura que permita el acceso a Estudios Superiores, y en todo caso, explicar en la informacin adicional la otra posibilidad (estudios tcnicos, formaciones profesionales, etc.). Por ltimo, no se hace referencia en la informacin adicional a las legalizaciones que debe poseer la documentacin escolar extranjera presentada por el alumno, sean estudios concluidos o parciales, ya que el requisito es el mismo para todos los pases, salvo el caso de Brasil (ver la Tabla correspondiente y el apartado Recomendaciones Importantes).

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Tablas de Equivalencias y Correspondencia

Pases

A.Alemania ............................ pg. 33 Andorra............................... pg. 35 Angola................................. pg. 37 Arabia Saudita.................... pg. 39 Argelia................................. pg. 41 Armenia.............................. pg. 43 Australia ............................. pg. 45(Australian Capital Territory, New South Wales, Tasmania, Victoria)

Australia.............................. pg. 47(South Australia, Western Australia, Queensland and Northern Territory)

Austria................................. pg. 49

B.Bahrein............................... pg. 38 Bangladesh.......................... pg. 51 Belars................................. pg. 53 Blgica................................. pg. 55 Bolivia..................................pg. 57 Bosnia-Herzegovina.......... pg. 59 Brasil.................................... pg. 61 Bulgaria............................... pg. 63

C.Camboya.......................... pg. 240 Canad.................................pg. 65 Canad (Qubec)................. pg. 67 Chile.................................... pg. 69 Chipre..................................pg. 71 Colombia.............................pg. 73 Costa Rica........................... pg. 75 Croacia.................................pg. 77 Cuba.....................................pg. 79

D.Dinamarca...........................pg. 81

E.Ecuador............................... pg. 83 Egipto............................... pg. 85 El Salvador..........................pg. 87

ndice de TablasK.Emiratos rabes Unidos... pg. 89 Escocia.................................pg. 91 Eslovaquia........................... pg. 93 Eslovenia............................. pg. 95 Espaa................................. pg. 97 Estados Unidos.................. pg. 99 Estonia............................... pg.101 Kazajstn ............................pg.147 Kenia.................................. pg.149 Kirguistn.......................... pg.243 Kuwait................................pg.151 Rep. Democrtica del Congo.......................... pg.199 Repblica Dominicana.... pg.201 Repblica Popular China ...pg.203 Rumania............................ pg.205

L.Laos.................................... pg.244 Letonia...............................pg.153 Lbano................................pg.155 Libia................................... pg.157 Liechtenstein.....................pg.159 Lituania..............................pg.161 Luxemburgo...................... pg.163

S.Serbia..................................pg.207 Singapur.............................pg.246 Siria.................................... pg.209 Sudfrica............................pg.211 Suecia................................. pg.213 Suiza...................................pg.215

F.Federacin de Rusia......... pg.103 Fiji...................................... pg.105 Filipinas............................. pg.241 Finlandia............................ pg.107 Francia............................... pg.109

M.Macedonia......................... pg.165 Malasia...............................pg.167 Marruecos..........................pg.169 Mauritania......................... pg.245 Mxico............................... pg.171

T.Tailandia............................ pg.217 Tayikistn...........................pg.219 Timor Oriental................ pg.221 Trinidad y Tobago............ pg.223 Tnez..................................pg.225 Turqua.............................. pg.227

G.Gales.................................. pg.111 Georgia.............................. pg.113 Grecia................................ pg.115 Guatemala......................... pg.117 Guinea Ecuatorial.............pg.119

N.Nicaragua...........................pg.173 Nigeria............................... pg.175 Noruega............................. pg.177 Nueva Zelanda..................pg.179

H.Hait................................... pg.121 Honduras........................... pg.123 Hungra..............................pg.125

U.Ucrania................................ pg.229 Uruguay...............................pg.231 Uzbekistn.......................... pg.233

I.Indonesia............................pg.127 Inglaterra........................... pg.129 Irn..................................... pg.242 Irlanda................................ pg.131 Irlanda del Norte.............. pg.133 Islandia...............................pg.135 Israel................................... pg.137 Italia................................... pg.139

P.Pases Bajos....................... pg.181 Pakistn..............................pg.183 Panam...............................pg.185 Paraguay.............................pg.187 Per.................................... pg.189 Polonia............................... pg.191 Portugal............................. pg.193

V.Venezuela............................ pg.235 Vietman.............................. pg.237

Y.Yemen....................................pag.38

Z.Zimbabwe........................... pag.247

Q.Qatar.................................... pg. 38

J.Jamaica............................... pg.141 Japn...................................pg.143 Jordania.............................. pg.145

R.Repblica Checa...............pg.195 Repblica de Corea.......... pg.197

Informacin sobre el Sistema Educativo de AlemaniaS Edad de ingreso a la Escuela Primaria: 6 aos. S El ciclo lectivo vara de ao a ao y es diferente en cada Estado Federado. S La promocin entre 1 y 2 grado de la Primaria es automtica. Del 2 grado en adelante cada alumno es asignado al grado adecuado dependiendo de su nivel de logros, tanto para ser promovido como para repetir. La decisin se basa en las notas logradas en el boletn (Zeugnis) que se entrega tanto a mitad como a fin del ao escolar. S Al concluir la Primaria no hay un examen final y a lo alumnos no se les otorga ningn certificado ni ttulo. Existe una recomendacin (Empfehlung) por parte de la escuela, basada en el rendimiento de los nios, que determina, junto con el deseo de los padres, a qu tipo de centro secundario asistir el alumno en el Nivel Secundario I. S La escala de calificacin en el Nivel Secundario I es la siguiente: Muy Pobre = 6 Pobre = 5 Suficiente = 4 (nota mnima de aprobacin) Satisfactorio = 3 Bien = 2 Muy Bien = 1

S En algunos Estados Federados el Gymnasium tiene una duracin de 8 aos, de 5 a 12.S Es importante aclarar que existen, ms all del Gymnasium, otras modalidades para completar la Secundaria: Nivel Secundario I Hauptschule (Escuela Bsica) Realschule (Escuela Secundaria Profesional) Gesamtschule (Escuela Integrada)

Nivel Secundario II Berufsausbildung in Berufsschule und Betrieb Duales System (Formacin Profesional en la empresa y en la Escuela Profesional sistema dual) Berufsfachschule (Escuela Profesional Tcnica) Fachoberschule (Escuela Tcnica Secundaria) Berufsoberschule (Escuela Profesional Secundaria)

En el caso de finalizar la Escuela Profesional Tcnica o la Escuela Tcnica Secundaria, el alumno obtiene el Fachohochschulreife (Certificado de Aptitud para el acceso a las Universidades de Ciencias Aplicadas, denominadas Fachhochschulen). En caso de finalizar la Escuela Profesional Secundaria, el alumno obtiene el Fachgebundene Hochschulreife. S La escala de calificacin del Nivel Secundario II es de 15 a 0, con los siguientes correlatos: Nota 6 = 0 Nota 5 = 3/2/1 Nota 4 = 6/5/4 Nota 3 = 9/8/7 Nota 2 = 12/11/10 Nota 1 = 15/14/13

S El Nivel Secundario II del Gymnasium concluye con el examen de Abitur, cuya aprobacin permite la obtencin de un certificado de Allgemeine Hochschulreife (ttulo de acceso a la Educacin General Superior), incluyendo tambin el rendimiento acadmico de los 2 ltimos aos. El Allgemeine Hochschulreife es reconocido si los resultados obtenidos son por lo menos suficiente (promedio de nota 4 equivalente a un mnimo de 280 puntos). S La admisin a la universidad requiere el Allgemeine Hochschulreife o el Fachgebundene Hochschulreife. El primer ttulo educativo permite estudiar en cualquier universidad, mientras que el ltimo permite entrar slo en ramas especficas.

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ALEMANIAArgentina AlemaniaLey N 26.206Inicial (5 aos) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

PRIMARIA

PRIMARIA

ESCUELA PRIMARIA (Grundschule)

SECUNDARIA

NIVEL II (Gymnasiale Oberstufe)

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el examen de Abitur y obtenido el respectivo Certificado de Allgemeine Hochschulreife, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

Aclaracin importante: es el caso de Berln y Brandenburg, la Escuela Primaria tiene una duracin de 6 aos, por lo que el Nivel I de la Secundaria se extiende desde el ao 7 hasta el 10.

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POLIMODAL

ESCUELA SECUNDARIA (Gymnasium)

SECUNDARIA

NIVEL I

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

EGB

Informacin sobre el Sistema Educativo de AndorraS El Sistema Educativo utilizado en Andorra es el mismo que el del Reino de Espaa. S Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos. S El ciclo lectivo se desarrolla desde la primera quincena de septiembre hasta fines de junio. S La escala de calificacin de la Primaria es la siguiente:

Insuficiente (In) Suficiente (Su) Bien (B) Notable (Nt) Sobresaliente (Sb) S Al finalizar la Educacin Primaria el alumno recibe la Libreta de Escolaridad.S En la ESO, a la escala de calificacin conceptual de la Primaria, se suma una numrica:

Insuficiente (In) = 1; 2; 3; 4 Suficiente (Su) = 5 Bien (B) = 6 Notable (Nt) = 7; 8 Sobresaliente (Sb) = 9; 10 S Al finalizar la Educacin Secundaria Obligatoria el alumno obtiene el Ttulo de Graduado/a en Educacin Secundaria, habilitando este ltimo a continuar en el Bachillerato o en una Formacin Profesional de Grado Medio.S La Formacin Profesional tiene como finalidad la preparacin de los alumnos para la actividad en un campo profesional. Una vez concluida la Formacin Profesional de Grado Medio el estudiante obtiene el Ttulo de Tcnico en la especialidad elegida, el cual permite el acceso a todas las modalidades del Bachillerato, como el ingreso, mediante prueba, a la Formacin Profesional de Grado Superior. Una vez finalizada esta ltima el alumno obtiene el Ttulo de Tcnico Superior en la especialidad elegida; con este ttulo se puede acceder a Estudios Universitarios restringidos por la orientacin cursada previamente.S La escala de calificacin del Bachillerato es de 0 a 10 (sin decimales), siendo 5 la nota mni-

ma de aprobacin. S El Bachillerato tiene 4 modalidades posibles: Artes; Ciencias de la Naturaleza y de la Salud; Humanidades y Ciencias Sociales; Tecnologa. Al concluir el nivel el alumno solicita que le tramiten el Ttulo de Bachiller, el cual habilita para el ingreso a Estudios Superiores.

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ANDORRAArgentina AndorraLey N 26.206Inicial (5 aos) 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 1 2

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

TERCER CICLO PRIMER CICLO SEGUNDO CICLO EDUCACIN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO)

BACHILLERATO

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Ttulo de Bachiller, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

SECUNDARIA

SECUNDARIA

EGB

SEGUNDO CICLO

EDUCACIN PRIMARIA

PRIMARIA

PRIMARIA

PRIMER CICLO

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado

Informacin sobre el Sistema Educativo de AngolaS Edad de ingreso a la Enseanza Primaria: 6 aos. S El ciclo lectivo comienza la primera semana de febrero y finaliza la primera quincena de diciembre. S En los distintos niveles, la escala de calificacin es de 0 a 20, siendo la nota mnima de aprobacin un 10. S Al finalizar, tanto la Enseanza Primaria como ambos ciclos de la Secundaria, el alumno recibe un Certificado de Habilitaciones (Certificado de Habilitaoes) con las notas discriminadas, junto con el correspondiente Diploma (tambin denominado Diploma en portugus). S En caso de solicitarlo, el colegio puede emitir un certificado analtico denominado Declaraciones de Habilitaciones (Declaraao de Habilitaoes) de los aos cursados previamente. S El Sistema Educativo de Angola ha sufrido una Reforma Educativa en el ao 2001, por lo que si el alumno estudi bajo la estructura del sistema anterior, para proseguir Estudios Superiores puede presentar:

Aquel que curs el Pre-universitario, pudiendo ser de Ciencias Sociales o Ciencias Exactas,debe presentar una Declaracin con notas discriminadas del 1, 2 y 3 ao.

Aquel que concluy en un Instituto Medio, pudiendo ser uno Normal (que forma profesores) o uno Tcnico, debe presentar una Declaracin/Certificado nico con las notas de las clases 9, 10, 11 y 12.

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ANGOLAArgentina AngolaLey N 26.206Inicial (5 aos) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

SECUNDARIA

SEGUNDO CICLO

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Diploma, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

ENSEANZA SECUNDARIA (Ensino Secundrio)

SECUNDARIA

PRIMER CICLO

EGB

ENSEANZA PRIMARIA (Ensino Primrio)

PRIMARIA

PRIMARIA

Informacin sobre el Sistema Educativo de Arabia SauditaS Edad de ingreso a la Enseanza Fundamental o Primaria: 6 aos. S En la Enseanza Fundamental la evaluacin es por asignaturas (ocho), al igual que en la Secundaria. S En el 6 ao de la Fundamental, no slo hay exmenes por asignaturas, sino tambin una evaluacin general que determina la promocin a la Enseanza Secundaria. S Al finalizar la Enseanza Secundaria, habiendo aprobado todas las asignaturas del 6 ao, el egresado obtiene su Diploma de Bachiller, el cual otorga acceso a Estudios Superiores. S Aclaracin importante: segn informa la Embajada de Argentina en Arabia Saudita, el Sistema Educativo de Bahrein, Qatar y Yemen es idntico al descrito previamente.

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ARABIA SAUDITAArgentina Arabia SauditaLey N 26.206Inicial (5 aos) 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6 1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

EDUCACIN AVANZADA

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Diploma de Bachiller, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

ENSEANZA SECUNDARIA

SECUNDARIA

SECUNDARIA

EDUCACIN GENERAL BSICA

EGB

ENSEANZA FUNDAMENTAL O PRIMARIA

PRIMARIA

PRIMARIA

Informacin sobre el Sistema Educativo de ArgeliaS Edad de ingreso a la Enseanza Bsica: 6 aos. S Al finalizar la Enseanza Primaria los alumnos deben rendir un examen nacional, cuya aprobacin permite el acceso a la Enseanza Media. S Al finalizar la Enseanza Media los alumnos deben rendir un examen nacional, cuya aprobacin permite la obtencin del Certificado de Enseanza Media, otorgando el acceso a la Enseanza Secundaria General y Tecnolgica. S La Enseanza Secundaria General y Tecnolgica es evaluada a travs del examen de bachillerato, el cual se rinde en una sola sesin y se aprueba obteniendo un promedio igual o superior a 10/20. Este examen puede rendirse en las siguientes orientaciones:

Letras y Filosofa Lenguas Extranjeras Matemticas Gestin/Economa Ciencias Experimentales Tcnica Matemtica, que a la vez comprende cuatro opciones: Ingeniera Civil, Ingeniera Elctrica, Ingeniera Mecnica e Ingeniera de Procesos.

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ARGELIAArgeliaPreescolar (4 y 5 aos - no obligatoria) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1 2 3

ArgentinaLey N 26.206Inicial (5 aos) 1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

ENSEANZA PRIMARIA ENSEANZA BSICA ENSEANZA MEDIA

PRIMARIA

PRIMARIA

SECUNDARIA

SECUNDARIA

ENSEANZA SECUNDARIA GENERAL Y TECNOLGICA

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Ttulo, Diploma o Certificado, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

EGB

Informacin sobre el Sistema Educativo de ArmeniaS Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos cumplidos antes del 31 de diciembre del ao de inicio de los estudios. S Al finalizar la Primaria se efecta un examen para chequear los conocimientos adquiridos, pero no representa un impedimento para pasar al siguiente nivel. S La forma de evaluacin de la Educacin Bsica es a travs de 6 exmenes de las siguientes materias: Idioma Armenio y Literatura, Matemticas, Historia del Pueblo Armenio, Idioma Extranjero, una materia del rubro de Ciencias Naturales y otra de Cultura Fsica. En base a estos exmenes estatales, el alumno tiene derecho a pasar al siguiente nivel de enseanza o ingresar en entes de educacin tcnico-profesional. S La forma de evaluacin de la Educacin Media Completa es a travs de 3 exmenes segn el llamado Examen Estatal nico (Idioma Armenio y Literatura, Matemticas e Idioma Extranjero), as como otras 3 materias: Historia del Pueblo Armenio, una materia del rubro de Ciencias Naturales y otra de Cultura Fsica. S Aclaracin importante: la estructura educativa reflejada en la Tabla rige a partir del ao 2006; en caso contrario, remitirse a la Tabla que figura en la publicacin anterior del libro.

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ARMENIAArmenia ArgentinaLey N 26.206Inicial (5 aos)

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

( )

PRIMARIA

EDUCACIN PRIMARIA

PRIMARIA

5 6 7 8 9 10 11 12

EDUCACIN BSICA( )

EDUCACIN MEDIA COMPLETA( )

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao, el Examen Estatal nico, y obtenido el respectivo Diploma, Ttulo o Certificado, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

( )

SECUNDARIA

ENSEANZA MEDIA

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

SECUNDARIA

EGB

1 2 3 4

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado

Informacin sobre el Sistema Educativo de AustraliaS Es importante aclarar que la educacin en Australia depende de cada estado o territorio, por lo que, ms all de que aqu se dejarn asentadas las bases generales, pueden existir variantes dentro de cada estado o territorio. S Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos. S El ciclo lectivo comienza entre fines de enero y principios de febrero y concluye a principios de diciembre. S En ambos niveles el progreso de los alumnos es expresado a travs de un Boletn de Notas (Report Card). S En todos los estados, al finalizar la Educacin Secundaria, el egresado obtiene un Certificado (su denominacin es particular de cada lugar), el cual lo habilita para el ingreso a las universidades. En algunos estados, tambin reciben un Certificado al concluir el ao 10.

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AUSTRALIAAustralia(Australian Capital Territory, New South Wales, Tasmania, Victoria)

ArgentinaLey N 26.206Inicial (5 aos)

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Certificado (en cada estado la denominacin del mismo cambia), se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

EDUCACIN SECUNDARIA (Secondary Education)

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

SECUNDARIA

SECUNDARIA

EGB

EDUCACIN PRIMARIA (Primary Education)

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado

PRIMARIA

PRIMARIA

Informacin sobre el Sistema Educativo de AustraliaS Es importante aclarar que la educacin en Australia depende de cada estado o territorio, por lo que, ms all de que aqu se dejarn asentadas las bases generales, pueden existir variantes dentro de cada estado o territorio. S Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos. S El ciclo lectivo comienza entre fines de enero y principios de febrero y concluye a principios de diciembre. S En ambos niveles el progreso de los alumnos es expresado a travs de un Boletn de Notas (Report Card). S En todos los estados, al finalizar la Educacin Secundaria, el egresado obtiene un Certificado (su denominacin es particular de cada lugar), el cual lo habilita para el ingreso a las universidades. En algunos estados, tambin reciben un Certificado al concluir el ao 10.

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AUSTRALIAAustralia(South Australia, Western Australia, Queensland and Northern Territory)

ArgentinaLey N 26.206Inicial (5 aos)

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Certificado (en cada estado la denominacin del mismo cambia), se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

EDUCACIN SECUNDARIA (Secondary Education)

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

SECUNDARIA

SECUNDARIA

EGB

EDUCACIN PRIMARIA (Primary Education)

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado

PRIMARIA

PRIMARIA

Informacin sobre el Sistema Educativo de AustriaS Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos. S Al finalizar cada ao de la Primaria y de la Secundaria el alumno recibe un Boletn de Notas (Zeugnis). S Cuando termina el Ciclo Superior de Educacin Secundaria, el alumno debe rendir un examen final que se denomina Matura, cuya aprobacin permite la obtencin del Certificado de Matura. Este ltimo es el nico que habilita para el ingreso a la universidad. S Es importante aclarar que existen diversas posibilidades para continuar estudiando luego de haber completado la Educacin Primaria, pero la nica que otorga acceso a la universidad es la del Gymnasium junto con la aprobacin del examen de Matura.

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AUSTRIAAustria ArgentinaLey N 26.206Inicial (5 aos)

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

PRIMARIA

EDUCACIN PRIMARIA (Volks-oder Grundschule)

PRIMARIA

Gymnasium

8

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Certificado de Matura, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

6 7

SECUNDARIA

EDUCACIN SECUNDARIA (Bachillerato)

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao

SECUNDARIA

1 2 3 4 5

Hauptschule

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

EGB

1 2 3 4

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado

Informacin sobre el Sistema Educativo de BangladeshS Al finalizar la Educacin Secundaria el alumno rinde un examen pblico a travs de la Board of Intermediate and Secondary Education (BISE), cuya aprobacin permite la obtencin del Secondary School Certificate (SSC). S Al finalizar la Educacin Secundaria Superior el alumno rinde un examen pblico a travs de la Board of Intermediate and Secondary Education (BISE), cuya aprobacin permite la obtencin del Higher Secondary Certif icate (HSC); este ltimo es el que habilita a Estudios Superiores.

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BANGLADESHBangladesh ArgentinaLey N 26.206Inicial (5 aos)

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

EDUCACIN PRIMARIA

PRIMARIA

PRIMARIA

5 6 7 8 9 10 11 12

SECUNDARIA

EDUCACIN SECUNDARIA

EDUCACIN SECUNDARIA SUPERIOR

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Higher Secondary Certificate (HSC), se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

SECUNDARIA

EGB

1 2 3 4

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado

Informacin sobre el Sistema Educativo de BelarsS Edad de ingreso a la Educacin Bsica General: 6 aos. S Al finalizar el Nivel II la forma de evaluacin es a travs de 4 exmenes estatales: Idioma bielorruso (examen escrito), Idioma ruso (examen escrito), Matemticas (examen escrito), Historia de Belars (examen oral). A raz de estas evaluaciones el alumno tiene derecho a pasar al siguiente nivel o ingresar en entes de educacin medios especializados (colegios tcnico-profesionales). S Al finalizar la Educacin General Media la forma de evaluacin es a travs de 3 exmenes estatales: Idioma bielorruso o Idioma ruso (examen escrito), Matemticas (examen escrito) y un examen optativo. A raz de estos exmenes el alumno tiene derecho a ingresar en entes de educacin medios especializados, entes de nivel tcnico-profesional o de formacin superior.

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BELARSArgentina BelarsLey N 26.206Inicial (5 aos) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

PRIMARIA

PRIMARIA

NIVEL I (I ) EDUCACIN GENERAL BSICA ( )

EDUCACIN GENERAL MEDIA (NIVEL III)

( )

1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao

SECUNDARIA

SECUNDARIA

NIVEL II (II )

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 7 grado

1 grado 2 grado 3 grado 4 grado 5 grado 6 grado 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Ttulo, Diploma o Certificado, se debern revalidar los mismos rindiendo las asignaturas de Formacin Nacional que correspondieren segn la R.M. N 1208/05 y R.M. N 1333/07. Para estudios parciales (no terminados), se deber equiparar conforme a la Tabla precedente, rendir las asignaturas de Formacin Nacional correspondientes a los aos no cursados en el pas y completar los estudios segn la estructura del Sistema Educativo Argentino.

N

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POLIMODAL

EGB

Informacin sobre el Sistema Educativo de BlgicaS En Blgica existen tres comunidades distintas: la comunidad francesa (la lengua oficial es el francs), la comunidad alemana (la lengua oficial es el alemn) y la comunidad flamenca (la lengua oficial es el holands). S Edad de ingreso a la Educacin Primaria: 6 aos. S El ciclo lectivo comienza a principios de septiembre y termina a fines de junio. S Al finalizar la Educacin Primaria el alumno recibe un Certificado de Enseanza Primaria (Getuigschift Basisonderwijs / Certificat dtudes de Base). S Al finalizar la Educacin Secundaria el alumno recibe su Diploma de Enseanza Secundaria (Diploma Secundair Onderwijs / Certificat dEnseignement Secondaire Suprieur - CESS).

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BLGICABlgica ArgentinaLey N 26.206Inicial (5 aos)

Ley N 24.195Inicial (5 aos) 1 ao 2 ao 3 ao 4 ao 5 ao 6 ao 7 ao 8 ao 9 ao 1 ao 2 ao 3 ao

6

N

Para estudios concluidos, habiendo aprobado el ltimo ao y obtenido el respectivo Diploma de Enseanza Secundaria