suspensión del contrato de trabajo

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Suspensión del contrato de trabajo Art.45 ET Soledad Gutiérrez Jiménez de Cisneros

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Suspensión del contrato de trabajo. Art.45 ET Soledad Gutiérrez Jiménez de Cisneros. Art. 45.2 g) ET Privación de libertad. Reconoce como causa de suspensión del contrato de trabajo la privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia condenatoria. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: Suspensión del contrato de trabajo

Suspensión del contrato de trabajoArt.45 ET

Soledad Gutiérrez Jiménez de Cisneros

Page 2: Suspensión del contrato de trabajo

Art. 45.2 g) ETPrivación de libertad

Reconoce como causa de suspensión del contrato de trabajo la privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia condenatoria.

El fundamento de esta previsión descansa en el principio de presunción de inocencia.

Pretende tutelar los derechos de quien, incurso en un proceso penal como sospechoso o imputado, se ve apartado temporalmente de su puesto de trabajo.

No sanción disciplinaria y no legitima la decisión empresarial de despedir al trabajador con fundamento en las faltas al trabajo.

Page 3: Suspensión del contrato de trabajo

Exigencia de comunicación del trabajador

La privación de libertad no opera como causa automática de suspensión del contrato.

Ha de ser comunicada a la empresa. No se exigen requisitos formales para la

comunicación. La ausencia del trabajador sin

comunicación previa conducta calificada como baja por abandono o despido por faltas injustificadas.

Page 4: Suspensión del contrato de trabajo

Alcance temporal de la suspensión La suspensión se prolonga desde la

privación de libertad hasta que se dicte sentencia.

Si Sentencia Absolutoria El trabajador podrá y deberá volver a su puesto de trabajo de inmediato.

Si Sentencia Condenatoria No podrá incorporarse al trabajo y sus ausencias carecerán de justificación

Page 5: Suspensión del contrato de trabajo

Art.45.1 h) ETMotivos disciplinarios

Suspensión de empleo y sueldo Los convenios suelen incluir esta

sanción para los supuestos de faltas graves y muy graves, variando la duración de la suspensión en función de la gravedad de la falta.

Existe reserva del puesto de trabajo En la Seguridad Social, el empresario

podrá proceder a la baja del trabajador

Page 6: Suspensión del contrato de trabajo

Art.45.1 i) ETFuerza Mayor temporal

Suspensión a iniciativa del empresario Acaecimiento externo al círculo de la

empresa. Independiente de la voluntad del empresario

respecto de las consecuencias que acarrea. Desconexión entre el evento dañoso y el

área de actuación de la empresa. No opera automáticamente, sigue un

procedimiento La autoridad laboral constata la existencia de la fuerza mayor.

Page 7: Suspensión del contrato de trabajo

Art. 45.1 j) ETSuspensión por causas económicas,

técnicas organizativas o de producción La justificación se encuentra en las mismas causas

que las previstas para el despido colectivo. Se diferencian en que en estos casos se trata de

una ‘situación coyuntural de la actividad de la empresa’ (art.47.1 c) ET)

La suspensión de los contratos es una medida cuando las causas no indicen de forma permanente en la situación de la empresa y sus efectos son superables con medidas no definitivas.

La suspensión debe ser autorizada por la Administración laboral.

Page 8: Suspensión del contrato de trabajo

Procedimiento administrativo de suspensión

El procedimiento se aplica sea cual sea el número de trabajadores afectados por la suspensión.

La documentación a presentar será la estrictamente necesaria.

La autorización procederá cuando de la documentación se desprenda que la suspensión es una medida necesaria para la superación de una situación coyuntural.

La suspensión no genera indemnización para los trabajadores afectados.

La resolución de la autoridad laboral no suspende por sí misma los contratos de trabajo, es necesario que tras la autorización, el empresario proceda a hacerla efectiva.

Page 9: Suspensión del contrato de trabajo

Efectos de la situación suspensiva Suspensión de las obligaciones de

trabajar y de remunerar el trabajo, derecho a la reserva de trabajo y cómputo del periodo de suspensión como antigüedad.

Page 10: Suspensión del contrato de trabajo

Expediente de reducción de jornada por las mismas causas.

El procedimiento previsto para la suspensión debe seguirse también para la reducción.

Por reducción se entiende ‘la disminución temporal de entre un 10 y un 70 por ciento de la jornada de trabajo computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual’