superintendencia de banco1

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SUPERINTENDENCIA DE BANCOS La Superintendencia de Bancos (SIB) es una entidad gubernamental técnica que ejerce la vigilancia e inspección de bancos, instituciones de crédito, empresas financieras, entidades afianzadoras, de seguros y otras instituciones financieras establecidas por la ley, es decir el sistema financiero nacional. Éste órgano se rige por la Constitución, Ley de Supervisión Financiera, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, La Ley Monetaria y las otras leyes. La Superintendencia de Bancos como órgano ténico de la Banca Central, actúa bajo la dirección de la Junta Monetaria. El actual Superintendente de Bancos es el Lic. Ramón Benjamín Tobar Morales. Está organizada de acuerdo a la Ley de Supervisión Financiera, Dto. 18-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reglamentos internos, aprobados por la Junta Monetaria. FUNCIONES El artículo 3 de dicha ley establece que la Superintendencia de Bancos tiene a su cargo las siguientes funciones: a) Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, disposiciones y resoluciones aplicables; b) Supervisarlas a fin de que mantengan la liquidez y solvencia adecuadas que les permita atender oportuna y totalmente sus obligaciones, y evalúen y manejen adecuadamente la cobertura, distribución y nivel de riesgo de sus inversiones y operaciones contingentes; c) Dictar en forma razonada las instrucciones tendientes a subsanar las deficiencias o irregularidades que encontrare; d) Imponer las sanciones que correspondan de conformidad con la ley; e) Ejercer vigilancia e inspección con las más amplias facultades de investigación y libre acceso a todas las fuentes y sistemas de información de las entidades supervisadas, incluyendo libros, registros, informes, contratos, documentos y cualquier otra información, así como a los comprobantes que respaldan las operaciones de las entidades supervisadas. Toda sociedad, empresa o persona particular que preste a las entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos, servicios informáticos, contables, legales, de custodia, de intermediación de valores u otras operaciones, tiene la obligación de permitir el acceso a sus instalaciones a las personas nombradas por la Superintendencia de

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SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

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Page 1: Superintendencia de Banco1

SUPERINTENDENCIA DE BANCOSLa Superintendencia de Bancos (SIB) es una entidad gubernamental técnica que ejerce la vigilancia e inspección de bancos, instituciones de crédito, empresas financieras, entidades afianzadoras, de seguros y otras instituciones financieras establecidas por la ley, es decir el sistema financiero nacional. Éste órgano se rige por la Constitución, Ley de Supervisión Financiera, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, La Ley Monetaria y las otras leyes.La Superintendencia de Bancos como órgano ténico de la Banca Central, actúa bajo la dirección de la Junta Monetaria. El actual Superintendente de Bancos es el Lic. Ramón Benjamín Tobar Morales. Está organizada de acuerdo a la Ley de Supervisión Financiera, Dto. 18-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reglamentos internos, aprobados por la Junta Monetaria.

FUNCIONES

El artículo 3 de dicha ley establece que la Superintendencia de Bancos tiene a su cargo las siguientes funciones:a) Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, disposiciones y resoluciones aplicables;b) Supervisarlas a fin de que mantengan la liquidez y solvencia adecuadas que les permita atender oportuna y totalmente sus obligaciones, y evalúen y manejen adecuadamente la cobertura, distribución y nivel de riesgo de sus inversiones y operaciones contingentes;c) Dictar en forma razonada las instrucciones tendientes a subsanar las deficiencias o irregularidades que encontrare;d) Imponer las sanciones que correspondan de conformidad con la ley;e) Ejercer vigilancia e inspección con las más amplias facultades de investigación y libre acceso a todas las fuentes y sistemas de información de las entidades supervisadas, incluyendo libros, registros, informes, contratos, documentos y cualquier otra información, así como a los comprobantes que respaldan las operaciones de las entidades supervisadas.Toda sociedad, empresa o persona particular que preste a las entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos, servicios informáticos, contables, legales, de custodia, de intermediación de valores u otras operaciones, tiene la obligación de permitir el acceso a sus instalaciones a las personas nombradas por la Superintendencia de Bancos, así como de proporcionarles toda la información, documentos, registros o comprobantes que respaldan las operaciones, negocios, contratos o asuntos que tengan relación con la entidad supervisada a la que le prestan servicios;f) Solicitar directamente a cualquier juez de primera instancia de los ramos civil o penal, las medidas precautorias que considere necesarias para poder cumplir con su función de vigilancia e inspección en caso de negativa, impedimento o retraso por parte de la entidad correspondiente o de la sociedad, empresa o persona particular contratada para prestarle los servicios enumerados en el inciso anterior, las cuales se decretarán sin necesidad de audiencia previa;g) Requerir información sobre cualesquiera de sus actividades, actos, operaciones de confianza y su situación financiera, sea en forma individual, o cuando proceda, en forma consolidada;h) Realizar su vigilancia e inspección sobre la base de una supervisión consolidada;i) Evaluar las políticas, procedimientos, normas y sistemas de las entidades y, en general, asegurarse que cuenten con procesos integrales de administración de riesgo;

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j) Efectuar recomendaciones de naturaleza prudencial tendientes a que identifiquen, limiten y administren adecuadamente los riesgos que asuman en sus operaciones, constituyan las reservas de valuación que sean necesarias para cubrir el riesgo de irrecuperabilidad y mantengan patrimonio suficiente con relación a tales riesgos;k) Velar por el cumplimiento de manera general y uniforme de las operaciones de contabilidad, de conformidad con la normativa emitida por la Junta Monetaria;l) Velar por el cumplimiento de las disposiciones generales emitidas por la Junta Monetaria que norman las operaciones de confianza;m) Velar por el cumplimiento de las normas emitidas por la Junta Monetaria para que las entidades proporcionen al público información suficiente, veraz y oportuna sobre sus actividades y su situación financiera, en forma individual y, cuando corresponda, en forma consolidada;n) Publicar información suficiente, veraz y oportuna sobre la situación financiera de las entidades sujetas a su vigilancia e inspección, en forma individual o consolidada;ñ) Normar de manera general y uniforme, los requisitos mínimos que las entidades sujetas a su supervisión deben exigir a los auditores externos o firmas de auditoría en la realización de auditorías externas a las mismas;o) Llevar registros de los bancos, sociedades financieras, grupos financieros, empresas controladoras, empresas responsables, almacenes generales de depósito, casas de cambio, compañías de seguros y fianzas, y otras entidades que, conforme la ley, estén sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos; de los directores, funcionarios superiores y representantes legales de las entidades referidas, así como de auditores externos, agentes de seguros, y otros que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines;p) Solicitar a la autoridad que corresponda la liquidación o la declaratoria de quiebra de entidades sujetas a su vigilancia e inspección, en los casos que proceda de conformidad con la ley;q) Proporcionar la información estadística o datos de índole financiera que requiera la Junta Monetaria, el Banco de Guatemala o el tribunal competente;r) Participar y formar parte de organismos, asociaciones, entidades y foros internacionales de supervisión, así como poder suscribir y adherirse a declaraciones emitidas por éstos, de conformidad con la ley;s) Intercambiar información con otras entidades de supervisión, nacionales o extranjeras, para propósitos de supervisión;t) Denunciar, ante autoridad competente, los hechos que puedan tener carácter delictuoso, acerca de los cuales tenga conocimiento por razón de sus actividades, para lo cual queda autorizada para proporcionar información que identifique a depositantes o inversionistas, cuando sea requerida judicialmente;u) Proponer a la Junta Monetaria los reglamentos, disposiciones y demás normativa que ésta deba dictar, en materia de su competencia, de conformidad con la ley;v) Dictar las disposiciones necesarias para que las entidades supervisadas le remitan los informes, datos, antecedentes, estadísticas, y otros documentos sobre su situación financiera; determinando el plazo y la forma o medio por el que dicha información le habrá de ser remitida; y,w) Ejercer las demás funciones que le correspondan de acuerdo con las leyes, reglamentos y otras disposiciones aplicables.

MISIÓN  "Promover la estabilidad y confianza en el sistema financiero supervisado". 

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VISIÓN "Ser una entidad de reconocida credibilidad, que realiza supervisión efectiva de las personas sujetas a su vigilancia e inspección, orientada al cumplimiento de estándares internacionales, conformada por personal calificado y comprometido con los valores institucionales, que sirve a la sociedad con responsabilidad". OBJETIVOS El pueden considerar como objetivos generales o principales de la Supervisión Basada en Riesgos los siguientes:

a) Lograr con mayor eficiencia la misión de la Superintendencia de Bancos;

b) Acompañar de mejor forma el desarrollo y complejidad de los mercados;

c) Ir con la tendencia internacional, pasando de lo conceptual y empírico, hacia sistemas de supervisión basada en los riesgos; es decir, trascender de una supervisión tradicional hacia una supervisión moderna basada en los riesgos asumidos por las entidades supervisadas;

d) Incentivar el fortalecimiento de los sistemas de gestión de riesgos en las entidades bancarias;

e) Trascender en la adecuación a estándares internacionales;

f) Conocer a las entidades supervisadas, no solo determinando los niveles de riesgo asumidos, sino también abarcando cuestiones clave como la solvencia y la rentabilidad; y,

g) Efectuar un diagnóstico certero de la situación actual de las entidades y de sus perspectivas futuras, que permita tomar las decisiones para llevar a cabo las acciones que sean necesarias en el momento oportuno y con verdadero conocimiento de causa.

INTEGRACION

1. SUPERINTENDENTE DE BANCOS Asesoría Jurídica General Auditoría Interna

2. INTENDENCIA DE SUPERVISIÓN Departamento de Supervisión de Riesgos Bancarios “A” Grupos de Trabajo A-I, A-II, A-III y A-IV Unidad de Asesoría Jurídica Departamento de Supervisión de Riesgos Bancarios “B” Grupos de Trabajo B-I, B-II, B-III y B-IV Unidad de Asesoría Jurídica Departamento de Supervisión de Riesgos de Seguros y Otros Grupos de Trabajo S-I, S-II, S-III y S-IV Unidad de Asesoría Jurídica Departamento de Supervisión de Riesgos Integrales Grupos de Trabajo R-I, R-II, R-III y R-IV1 3. INTENDENCIA DE ESTUDIOS Y TECNOLOGÍA Departamento de Estudios Área de Dictámenes I y II Área de Estudios I y II Área de Investigaciones Especiales Área de Desarrollo de Normativa Unidad de Asesoría Jurídica

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Departamento de Tecnología de la Información Área de Administración de Servicios Tecnológicos Área de Ingeniería de Software Sustantivo Área de Ingeniería de Software de Apoyo Área de Atención y Soporte a Usuarios Área de Administración y Divulgación de Información Departamento de Análisis Económico y Estándares de Supervisión Área de Estándares Internacionales de Supervisión y Metodologías de Riesgos Área de Análisis Económico y Financiero 1 Modificado mediante Acuerdo 08-2011 del Superintendente de Bancos SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Guatemala, C. A Aprobado mediante Acuerdo 01-2011 del Superintendente de Bancos 9ª. Avenida 22-00, Zona 1 Guatemala 01001 Teléfonos (502) 2429-5000, Fax 2232-0002 E-mail [email protected]

4. INTENDENCIA ADMINISTRATIVA Departamento de Recursos Humanos Área de Desarrollo Humano Área de Relaciones Laborales Unidad de Clínica Médica Departamento Financiero y de Servicios Área Financiera Área de Gestión Documental Área de Servicios y Seguridad Departamento de Proyección Institucional Área de Proyección Institucional Área de Gestión Estratégica y de la Calidad 5. INTENDENCIA DE VERIFICACIÓN ESPECIAL Departamento de Investigación de Transacciones Financieras Área de Investigación de Transacciones Financieras I, II y III Área de Requerimientos Legales Nacionales e Internacionales Unidad de Investigaciones de Campo Departamento de Prevención y Cumplimiento Área de Supervisión de Riesgos de Lavado de Dinero u Otros Activos y Financiamiento del Terrorismo de Bancos y entidades financieras Área de Supervisión de Riesgos de Lavado de Dinero u Otros Activos y Financiamiento del Terrorismo de PORES y personas obligadas no financieras Unidad de Análisis de Información Unidad de Atención Internacional Unidad de Apoyo Jurídico Unidad de Apoyo de Sistemas

AUTORIDADES

o Superintendente de Bancos

Asesoría Jurídica General Auditoría Interna Intendente de Coordinación Técnica

o Intendencia de Supervisión Dirección Supervisión de Riesgos Bancarios "A" Dirección Supervisión de Riesgos Bancarios "B" Dirección Supervisión de Riesgos de Seguros y Otros Dirección Supervisión de Riesgos Integrales

o Intendencia de Estudios Dirección Estudios Dirección Desarrollo Institucional

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Dirección Análisis Económicos y Estándares de Supervisióno Intendencia de Administrativa

Dirección Recursos Humanos Dirección Financiero y Servicios Dirección Tecnología de la Información

o Intendencia de Verificación Especial Dirección prevención y cumplimiento. Dirección Investigación de transacciones financieras Unidad de Apoyo Jurídico Unidad de Tecnología de la Información Unidad de Control Administrativo

ENCAJE BANCARIO

Es una reserva de liquidez que las instituciones bancarias están obligadas a mantener, para cubrir el pago de sus obligaciones derivadas de captación de recursos. Dicho encaje se calcula como un porcentaje de las captaciones y deberá mantenerse constantemente en forma de depósitos de inmediata exigibilidad en el Banco de Guatemala, de fondos en efectivo en las cajas de los bancos y cuando las circunstancias lo ameriten, de inversiones líquidas en títulos, documentos o valores, de acuerdo con lo dispuesto por la Junta Monetaria (ABC de Educación

El encaje bancario es el dinero que los bancos deben inmovilizar cuando hacen una captación del público;  esto como una medida para garantizar que los bancos siempre tengan dinero disponible en caso que sus clientes lo requieran.

Se puede decir que un banco capta dinero para luego prestarlo o  para especular en el mercado de inversiones, pero el banco no puede prestar ni invertir todo el dinero que captó, sino que debe guardar una parte, parte que se llama encaje bancario.

Por ejemplo, si una persona abre una cuanta de ahorros con $1.000.000, el banco no puede prestar o invertir todo el millón de pesos, sino que debe guardar una parte, supongamos $150.000 e invertir el resto.

Los distintos productos financieros tienen distintos encajes. Entre más líquido sea un producto financiero, más alto se supone que debe ser el encaje, puesto que el banco debe en cualquier momento entregar el dinero al ahorrador. Es el caso de la cuenta corriente, pues por su naturaleza, el cuenta-habiente necesita disponer de la totalidad de su dinero en cualquier momento y el banco debe tener el dinero suficiente para proveérselo. Es por ello que por lo general los bancos no pagan intereses por las cuentas corrientes, ya que se supone que el banco no puede trabajar ese dinero pues está obligado a tenerlo disponible en todo momento.

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Entre más bajo sea el encaje bancario, mayor riesgo existe de que un ahorrador no pueda recuperar su dinero. Fue lo que paso en la crisis financiero de fines de la década de los 90 en Colombia, donde muchos bancos tuvieron que ser rescatados por el estado ante su crisis de liquidez que les impedía reintegrar el dinero a sus ahorradores. Por esa misma crisis, hoy el encaje bancario es ligeramente superior.

Supóngase que todos los ahorradores un día fueran al banco a retirar su dinero. Sencillamente el banco no podría entregarlo, puesto que gran parte de ese dinero lo tienen invertido en créditos a largo plazo o en inversiones. El banco sólo dispone del dinero correspondiente al encaje bancario, que es el que la ley le obliga a inmovilizar, es decir, a tener en efectivo u en otro concepto de alta liquidez que le permita  atender las exigencias de dinero de sus ahorradores, que por supuesto no alcanza a cubrirlos a todos en caso en que haya un pánico financiero y todos quieran retirar su dinero.

De conformidad a lo normado en el artículo 43 de la citada ley, los depósitos bancarios están sujetos a encaje, el cual se calcula como un porcentaje sobre la totalidad de dichos depósitos. El encaje, está constituido por los fondos en efectivo que los bancos deben de mantener en sus cajas, así como por los depósitos de inmediata exigibilidad que están obligados a tener en el Banco de Guatemala. Cuando las circunstancias lo ameriten, cita la ley indicada, también podrá constituirse por inversiones líquidas en títulos, documentos o valores. El encaje es inembargable y representa una re serva proporcional a las obligaciones depositarias que los bancos tienen a su cargo. La Junta Monetaria, es responsable de reglamentar lo relativo a los encajes bancarios en lo que respecta a su composición, porcentaje, base y período de cómputo, posición, límites a la intensidad, remuneración, lo cual es obligatorio para todas las instituciones bancarias nacionales y extranjeras que operan en el país.El encaje aplicable a los depósitos bancarios, tanto en moneda nacional como extranjera es del 14.6 %.

El encaje bancario se constituye en una reserva de protección para los depositantes y por otra parte fue utilizado como un instrumento de política monetaria, que le permitió a la Junta Monetaria ampliar o restringir el circulante en manos del público, con el consiguiente efecto en las tasas de interés de las operaciones crediticias, depósitos bancarios y tipo de cambio de las divisas. Las cuentas que están sujetas al cálculo de encaje, son las siguientes: •Depósitos a la Vista •Depósitos de Ahorro •Depósitos a Plazo •Depósitos a la orden •Depósitos con restricciones 26•Cheques de Caja •Cheques Certificados •Cheques con Provisión Garantizada •Depósitos en Garantía •Obligaciones Financieras

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A efecto de reconocer la posición de encaje de los bancos del sistema, éstos deben reportar a la Superintendencia de Bancos los saldos diarios de las diferentes cuentas que se involucran en su cálculo, y a la vez determinar su posición, la cual puede ser de encaje, de deficiencia o de exceso, esto depende sí los recursos que se encuentran en las cajas de los bancos y en el Banco de Guatemala, son iguales, menores o mayo res al encaje requerido. En caso de deficiencia, la cual podrán compensar en el transcurso del mes con los excesos, los bancos se encuentran sujetos a un régimen especial de sanciones, que dependen de la frecuencia de las deficiencias. Encaje Requerido. “Es el que resulta de aplicar el porcentaje del encaje bancario al saldo diario de las cuentas pasivas sujetas a dicho encaje” (15:art.6). Encaje Computable. Se forma de los recursos en efectivo y cheques a compensar recibidos por otros conceptos que los bancos del sistema mantienen xen sus propias cajas, los cuales no pueden exceder del 25 % del encaje requerido, así como los recursos que mantienen en el Banco de Guatemala en forma de depósitos de inmediata exigibilidad. No obstante lo anterior, a partir del 23 de enero de 2007, y con vigencia hasta el 31 de marzo del mismo año, la Junta Monetaria por medio de la Resolución JM-20-2007, resolvió que para efectos del encaje computable se podrán incluir como recursos de los bancos los Certificados de Depósito a Plazo emitidos por el Banco de Guatemala, los Bonos del Tesoro de la República de Guatemala y, en último caso las Cédulas Hipotecarias con garantía del FHA y/o cédulas hipotecarias con garantías de afianzadoras con la condición que no se utilicen estos recursos para generar excedentes de encaje. Asimismo dispone la citada resolución que, para 27efectos del encaje, los fondos de efectivo que los bancos mantienen en sus cajas no deben de exceder del 75 % del encaje requerido.

Posición de encaje bancario. Es la diferencia entre el monto del encaje computable y el monto del encaje requerido.

Posición mensual de encaje bancario. Es la que resulta de sumar algebraicamente las posiciones diarias de encaje que un banco tiene en cada uno de los días del mes, dividida entre el número de días del mismo mes.

Límite a la frecuencia y a la intensidad de las deficiencias de encaje. De conformidad a lo establecido por la Junta Monetaria en el artículo 11 de la resolución JM-177-2002, un banco pueda presentar deficiencias de encaje como máximo durante 14 días del mes, sin embargo, es una condicionante que la suma de dichas deficiencias divididas entre 14 no pueden exceder del 20 % del promedio mensual del encaje diario requerido. En caso se presente la deficiencia en cualquiera de las dos situaciones indicadas anteriormente, se considerará como posición de encaje la suma de las deficiencias diarias entre el número de días de mes

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Porcentaje de encaje legal

La Junta Monetaria podrá fijar las obligaciones depositarias o similares en moneda nacional. Encajes que oscilen entre el 10 y 50 por ciento del monto de las mismas y cuando considere necesario podrá acordar un encaje superior al 50%.Por resoluciones de la Junta Monetaria se tiene en vigor los siguientes porcentajes:14% para los depósitos a la vista y de plazo menor en moneda nacional.14% para los depósitos a plazo mayor y de ahorro en moneda nacional.

14% para cualquier depósito expresado enmonada extranjera.

Tasa de Encaje e Inversión Obligatoria

1. Fijar la tasa de encaje sobre obligaciones encajables en moneda extranjera de los bancos del sistema en 14%.

2. Los bancos del sistema, individualmente considerados, deberán mantener invertido en depósitos a plazo en dólares de los Estados Unidos de América en el Banco de Guatemala, un monto que no sea inferior al 0.6% de sus obligaciones encajables en moneda extranjera.

3. Los bancos que emitan bonos hipotecarios y bonos prendarios expresados en moneda extranjera deberán mantener invertidos en depósitos a plazo en dólares de los Estados Unidos de América en el Banco de Guatemala, un porcentaje que no sea inferior a 14.6% sobre los bonos que gocen de garantía de recompra o de redención anticipada.

4. Autorizar al Banco de Guatemala para que emita Certificados de Depósito a Plazo expresados en dólares de los Estados Unidos de América para respaldar la inversión obligatoria en moneda extranjera de los bancos del sistema.

5. A efecto de cumplir con los numerales 2 y 3 de esta literal, autorizar al Banco de Guatemala para que el jueves de cada semana invierta o desinvierta por cuenta de cada banco, las sumas necesarias afectando su cuenta encaje en dólares de los Estados Unidos de América. El cómputo de tales inversiones se hará con base a la información reportada en el Estado Diario de Encaje en Moneda Extranjera.

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CALCULO DEL ENCAJE:.

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Ejemplo

PAPELES DE TRABAJO

DEFINICIÓN

Son el conjunto de cédulas y documentación fehaciente que contienen los datos e información obtenidos por el auditor en su examen, así como la descripción de las pruebas realizadas y los resultados de las mismas sobre los cuales sustenta la opinión que emite al suscribir su informe.

PROPÓSITO

El objetivo general de los papeles de trabajo es ayudar al auditor a garantizar en forma adecuada que una auditoria se hizo de acuerdo a las normas de auditoría generalmente aceptadas. Los papeles de trabajo, dado que corresponden a la auditoria del año actual son una base para planificar la auditoria, un registro de las evidencias acumuladas y los resultados de las pruebas, datos para determinar el

Encaje Legal RequeridoTotal de Depósitos Q30,000,000.00 X 14.6% = Q4,380,000.00(Cuentas del Grupo 301)

Cuentas Activas que forman el Encaje Computable101101 CAJA Q 1,000,000.00101105.02 CH. A COMP. Recibidos por otros conceptos Q 50,000.00101105.0302 Ch. a Compensar Remesas en Tránsito Q 45,000.00La suma no debe sobrepasar el 25% del encaje legal Q 1,095,000.00Artículo 7 del Reglamento de Encaje Bancario Resolución de JM 177-2002101102.01 BANCO CENTRAL Depósito Legal Q 3,000,000.00101102.02 BANCO CENTRAL Depósitos Especiales Q 285,000.00TOTAL ENCAJE COMPUTABLE Q4,380,000.00

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tipo adecuado de informe de auditoría, y una base de análisis para los supervisores y socios.

CLASIFICACIÓN

La clasificación de los papeles de trabajo es la siguiente:

Archivo de referencia permanente

Contiene información que servirá para auditorias posteriores

Legajo de Auditoria

Los papeles de trabajo que sustentan el resultado de la auditoria

 ARCHIVO DE PAPELES DE TRABAJO

Todas las asociaciones de contadores públicos establecen un método propio para preparar, diseñar, clasificar y organizar los papeles de trabajo, y el auditor principiante adopta le método de su despacho. Los conceptos generales comunes a todos los papeles de trabajo son:

ARCHIVOS PERMANENTES. Tienen como objetivo reunir os datos de naturaleza histórica o continua relativos a la presenta auditoria. Estos archivos proporcionan una fuente conveniente de información sobre la auditoria que es de interés continuo de un año a otro. Más adelante estudiaremos más acerca del archivo permanente.

ARCHIVOS PRESENTES. Incluyen todos los documentos de trabajo aplicables al año que se está auditando. Los tipos de información que se incluyen en el archivo presente son: programas de auditoria, información general, balanza de comprobación de trabajo, asientos de ajuste y reclasificación y cedulas de apoyo.

CONTENIDO

La preparación adecuada de las cédulas acumuladas para documentar las evidencias de auditoria, los resultados encontrados y las conclusiones alcanzadas es una parte importante de la auditoria. El auditor reconoce las circunstancias que requiere una cédula y el diseño adecuado de las cédulas que deben incluirse en los archivos. Aunque el diseño depende de los objetivos involucrados los papeles de trabajo deben poseer ciertas características:

Cada papel de trabajo debe de estar identificado con información tal como nombre del cliente, periodo cubierto, descripción del contenido, la firma de quien lo preparó, la fecha de preparación y el código de índice.

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Los papeles de trabajo están catalogados y con referencias cruzadas para ayudar el archivo y organización.

Los papeles de trabajo completos indican con claridad el trabajo de auditoría realizado.

Cada papel de trabajo incluye suficiente información para cumplir los objetivos para los cuales fue diseñado.

Las conclusiones a las que se llegaron sobre el segmento de auditoría que se está considerando también se expresan en forma clara.

PROPIEDAD DE LOS PAPELES DE TRABAJO.

Los papeles de trabajo preparados durante la auditoria, incluyendo aquellos que preparó el cliente par ale auditor, son propiedad del auditor. La única vez en que otra persona, incluyendo el cliente, tiene derechos legales de examinar los papeles es cuando los requiere un tribunal como evidencia legal. Al término de la auditoria los papeles de trabajo se conservan en las oficinas del despacho de contadores para referencia futura.

CONFIDENCIALIDAD DE LOS PAPELES DE TRABAJO.

De la misma manera que los libros, registros y documentos de la contabilidad respaldan y comprueban los balances y los estados financieros de las empresas, así también los papeles de trabajo constituyen la base del dictamen que el contador público rinde con relación a esos mismos balances y estados financieros.

Cuando una empresa da a conocer el resultado de sus operaciones, siempre lo hace a través de los estados financieros que ha preparado, y no mediante los libros y registros contables o procedimientos administrativos.

El dictamen del auditor debe ser suficiente para los efectos de informar, por lo tanto no revelará ninguna información confidencial que haya obtenido en el curso de una auditoria profesional excepto con el consentimiento del cliente.

Si el dictamen del auditor fuera objetado o refutado el profesional puede recurrir -y en algunos casos se ve obligado-, a presentar sus papeles de trabajo, tanto como prueba de su buena fe, como de la corrección técnica de sus procedimientos para llegar a su dictamen.

CÉDULAS CENTRALIZADORA

Para realizar un trabajo de auditoría, ya sea como empleado del departamento de auditoría interna o como contador público, el auditor necesitará examinar los libros y los documentos que amparen las operaciones registradas y deberá, además conservar constancia de la extensión en que se practicó ese examen, formulando al efecto, extractos de las actas de las asambleas de accionistas, del consejo de administración, de los contratos celebrados, etc. así como análisis del contenido

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de sus libros de contabilidad, de los procedimientos de registro, etc. Estos extractos, análisis, notas y demás constancias constituyen lo que se conoce como cédulas, y su conjunto debidamente clasificado y ordenado los papeles de trabajo.

Estos documentos constituyen la base y la evidencia para el dictamen o el informe final.

Una definición de cédulas de auditoría podría ser:

Cedula de Auditoria: Es el documento o papel que consigna el trabajo realizado por el auditor sobre una cuenta, rubro, área u operación sujeto a su examen.

CLASIFICACIÓN

Las cédulas de auditoría se pueden considerar de dos tipos:

Tradicionales. Eventuales.

Las tradicionales, también denominadas básicas, son aquellas cuya nomenclatura es estándar y su uso es muy común y ampliamente conocido; dentro de estas se encuentran las:

Cedulas sumarias.- Que son resúmenes o cuadros sinópticos de conceptos y/o cifras homogéneas de una cuenta, rubro, área u operación.

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Cedulas analíticas.- En ellas se coloca el detalle de los conceptos que conforman una cédula sumaria.

Por ejemplo: La cedula sumaria de cuentas por cobrar a clientes informará, por grupos homogéneos, los tipos de clientela que tiene la entidad sujeta a auditoria: clientas mayoreo, clientes gobierno, así como el saldo total de cada grupo. Las cédulas analíticas se harán una por cada tipo de clientela, señalando en ellas como está conformado el saldo de cada grupo.

Las cedulas eventuales no obedecen a ningún tipo de patrón estándar de nomenclatura y los nombres son asignados a criterio del auditor y pueden ser

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cédulas de observaciones, programa de trabajo, cedulas de asientos de ajuste, cedulas de reclasificaciones, confirmaciones, cartas de salvaguarda, cédulas de recomendaciones, control de tiempos de la auditoria, asuntos pendientes, entre muchos más tipos de cedulas que pudieran presentarse.

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ETICA PROFESIONAL

La ética profesional es el conjunto de normas de carácter ético aplicadas en el desarrollo de una actividad laboral. La ética puede aparecer reflejada en códigos deontológicos o códigos profesionales a través de una serie de principios y valores contenidos en postulados en forma de decálogo o documentos de mayor extensión.

La ética profesional marca pautas de conducta para el desempeño de las funciones propias de un cargo dentro de un marco ético. En muchos casos tratan temas de competencia y capacidad profesional, además de temas específicos propios de cada área.

Aunque la ética profesional utiliza valores universales del ser humano, se centra en cómo son estos aplicables al entorno laboral.

Se trata de un tema en contínuo debate, especialmente cuando existen conflictos éticos entre el desarrollo de una profesión y la conciencia o ética personal. En determinadas situaciones se puede optar por la objeción de conciencia cuando una persona no piensa que está actuando de forma correcta.

PLANEACION ESTRATEGICA: La Planificación estratégica es un proceso sistemático de desarrollo e implementación de planes para alcanzar propósitos u objetivos. La planificación estratégica, se aplica sobre todo en los asuntos militares (donde se llamaría estrategia militar), y en actividades de negocios. Dentro de los negocios se usa para proporcionar una dirección general a una compañía (llamada Estrategia empresarial) en estrategias financieras, estrategias de desarrollo de recursos humanos u organizativas, en desarrollos de tecnología de la información y crear estrategias de marketing para enumerar tan sólo algunas aplicaciones. Pero también puede ser utilizada en una amplia variedad de actividades desde las campañas electorales a competiciones deportivas y juegos de estrategia como el ajedrez. Este artículo considera la planificación estratégica de una forma genérica de modo que su contenido puede ser aplicado a cualquiera de estas áreas; es su función también la de proporcionar a las organizaciones herramientas de evaluación, seguimiento y medición de resultados, así mismo sienta las bases de la detección de áreas de oportunidad y la mejora continua de procesos.

QUE ES EL FODA

La sigla FODA, es un acróstico de Fortalezas (factores críticos positivos con los que se cuenta), Oportunidades, (aspectos positivos que podemos aprovechar utilizando nuestras fortalezas), Debilidades, (factores críticos negativos que se deben eliminar o reducir) y Amenazas,

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(aspectos negativos externos que podrían obstaculizar el logro de nuestros objetivos).

Fortalezas: son las capacidades especiales con que cuenta la empresa, y que le permite tener una posición privilegiada frente a la competencia. Recursos que se controlan, capacidades y habilidades que se poseen, actividades que se desarrollan positivamente, etc.

Oportunidades: son aquellos factores que resultan positivos, favorables, explotables, que se deben descubrir en el entorno en el que actúa la empresa, y que permiten obtener ventajas competitivas.

Debilidades: son aquellos factores que provocan una posición desfavorable frente a la competencia, recursos de los que se carece, habilidades que no se poseen, actividades que no se desarrollan positivamente, etc.

Amenazas: son aquellas situaciones que provienen del entorno y que pueden llegar a atentar incluso contra la permanencia de la organización.

A continuación se enumeran diferentes ejemplos de las variables que debemos tener en cuenta al momento de analizar las fortalezas, las debilidades, las oportunidades y las amenazas.

QUE ES UNA MISION CORPORATIVA La misión es más que la definición de lo que hace la empresa, es una herramienta de orientación estratégica que se utiliza cuando se quiere evaluar una decisión que afecteimportantes recursos de la compañíaEl plan estratégico de las empresas es un mapa que les permite orientar su accionar en todo momento, tanto a la empresa en general como a sus directivos. Dicho plan debeser congruente con los valores organizacionales, con la filosofía y la cultura empresariales. Uno de los aspectos críticos en la formulación del plan estratégico es la declaración de la misióncorporativa, la cual debe estar alineada con los valores organizacionales.Es muy común encontrar que la mayoría de las empresas tienen una misión corporativa que generalmente es exhibida en loscorredores de la empresa con el ánimo de que propios y extraños la conozcan y se familiaricen con ella, pero, por lo general, la visión no significa mucho para quienes laboran en las firmas. Para ellos lamisión no es más que una sentencia que se les ocurrió a quienes elaboraron el plan estratégico de la compañía, que de por sí no es muy conocido entre los empleados o los directivos. Así se encuentra quela misión no es más que una bonita frase sin trascendencia alguna, dentro y fuera de la empresa.En cuanto al departamento de ventas este debe crear una si se observa con mayor detalle la misión sepuede decir que puede o debería convertirse en una guía al momento de tomar decisiones, es una brújula en la orientación estratégica de la firma e impulsa al personal de ventas o el camino de trabajo.NECESIDADES DE CAPACITACION

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Una de las preguntas que aparecen de manera constante por parte de los empleadores que tienen la preocupación de hacer más productivo el trabajo de su organización es:¿en qué debo capacitar a mis empleados o colaboradores?

La primera premisa y quizá, la más importante es poder detectar, evaluar y separar las necesidades de capacitación de aquellas que no lo son....

SEGMENTO DE MERCADO: La segmentación de mercado es el proceso, como su propio nombre indica, de dividir o segmentar un mercado en grupos uniformes más pequeños que tengan características y necesidades semejantes, la segmentación de un mercado se puede dividir de acuerdo a sus características o variables que puedan influir en su comportamiento de compra. Los siguientes tipos de segmentos los podemos ver a continuación: Estos segmentos son grupos homogéneos (por ejemplo, las personas en un segmento son similares en sus actitudes sobre ciertas variables). Debido a esta similitud dentro de cada grupo, es probable que respondan de modo similar a determinadas estrategias de marketing. Es decir, probablemente tendrán las mismas reacciones acerca del marketing mix de un determinado producto, vendido a un determinado precio, distribuido en un modo determinado y promocionado de una forma dada.

La segmentación sirve para determinar los rasgos básicos y generales que tendrá el consumidor del producto, teniendo en cuenta que el mismo no va dirigido para todo público, sino para el público objetivo identificado como Consumer Portrait.

LA MATRIZ BCG: La Matriz de crecimiento - participación, conocida como Matriz de Boston Consulting Group o Matriz BCG, es un método gráfico de análisis de cartera de negocios desarrollado por The Boston Consulting Group en la década de 1970 y publicada1 por el presidente de la citada consultora Henderson en 1973. Se trata de una herramienta de análisis estratégico, específicamente de la planificación estratégica corporativa. Sin embargo por su estrecha relación con el marketing estratégico, se considera una herramienta muy vinculada a dicha disciplina. Su finalidad es ayudar a decidir enfoques para distintos negocios o Unidades Estratégicas de Negocio (UEN), es decir entre empresas o áreas, aquellas donde: invertir, desinvertir o incluso abandonar.

MISION DE NEGOCIOS: la misión del negocio es el punto de partida de la formulación de la estrategia. Esto podría parecer algo controvertido, fundamentalmente por dos razones. La primera es el resultado de nuestro comentario precio. Los directivos o bien tienden a trivializar el contenido de la misión, o bien piensan que ya tienen una declaración de misión bien establecida que no necesita estar ser revisada o puesta en tela de jucio. Por lo tanto, cuando uno pretende comenzar el proceso de planificación con una reflexión sobre la declaración de la misión, la primera reacción es de decepción o rechazo que es el resultado de una mala interpretación de lo que constituye la misisón del negocio. Nuestra definición de la misión se centra en; detectar los

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cambios que deben emprenderse en el alcance y las competencias esenciales del negocio; identificar los desafíos resultantes que surgen de dichos cambios y alcanzar el consenso que debe crearse en cuanto a la orientación del negocio.

MATRIZ DE RIESGOS Y OPORTUNIDAD

La matriz de riesgos es una herramienta de control y gestión que permite visualizar los riesgos desde la etapa de planificación del proyecto, facilitando así su mitigación al maximizar las oportunidades de que los riesgos se manejen a tiempo y minimizando el impacto negativo en el proyecto.

El objetivo de la matriz de riesgos es identificar y cuantificar los riesgos para lograr una gestión que permita disminuir la probabilidad y el impacto de que los eventos adversos afecten al proyecto de forma importante.

La matriz de oportunidades de mejora es una herramienta diseñada para facilitar la toma de decisiones respecto a la elaboración de propuestas de mejora de la memoria de autoevaluación o, en su caso, la actualización de objetivos del Plan de Centro. El uso de esta herramienta es sencillo, dado que los cálculos requeridos se llevan a cabo de manera automática. En el apartado sobre ejemplificación de identificación de fortalezas y oportunidades de mejora de la guía de indicadores homologados se pueden consultar los distintos elementos que conforman este instrumento.

REQUISITOS LEGALES PARA INSCRIBIR UNA PERSONA INDIVIDUAL Y JURIDICA EN EL REGISTRO MERCANTIL Y LA SAT

Inscripción de Contribuyentes y responsables

Código Tributario (art.112 num. 1,literal b, y 120)Obligación Formal: Inscribirse en el registro tributario unificado, aportando los datos y documentos necesarios y comunicar las modificaciones del los mismos. Todos los contribuyentes y responsables están obligados a inscribirse en la Superintendencia Administracion Tributaria antes de iniciar actividades afectas.

* Información para inscripción como pequeño Contribuyente

Comerciante Individual

Para la Inscripción de Comerciante Individual, el trámite establece que el interesado deberá presentarse al edificio de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, en una de las ventanillas del Departamento de Registro Tributario Unificado (RTU) y solicitar inicialmente el Formulario de Inscripción y actualización de información de Contribuyentes en el Registro Tributario Unificado (SAT- No. 0014) valor Q.1.00.Requisitos para llenar el formulario SAT- No. 0014:

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o Para llenar este formulario deberá de usar máquina de escribir o letra de molde. o No se aceptará la presentación del formulario con tachaduras, enmiendas o similares. o Si se trata de inscripción, se utilizará la casilla No.2 y en el caso de ser una actualización utilizar la

casilla No.3, anotando en ambos casos una ¨X¨.

Escriba los datos solicitados en “Datos de identificación para persona individual” en las casillas de la No.05 a la 16 y en “Datos generales” en la casilla de la No.27 a la 43, en el caso de que proceda. De lo contrario escriba una línea para anular el espacio NO utilizado del formulario SAT- No. 0014.El Comerciante Individual tipificado como pequeño contribuyente debe tomar la decisión de cual será el Régimen de pago del Impuesto Sobre la Renta. Los regímenes establecidos por la Ley y vigentes son los siguientes:

o Régimen de Cuota fija 5%, pagos trimestrales del 5% sobre servicios técnicos y arrendamientos con o sin oficina.

o Régimen de Cuota fija 5%, pagos trimestrales 5%, sobre actividades mercantiles. o Régimen de Declaración anual, pagos trimestrales sobre servicios técnicos o profesionales y

arrendamientos, con o sin oficina. o Régimen de Declaración anual, pagos trimestrales sobre actividades mercantiles. o Contribuyente Normal sobre servicios técnicos o profesionales y arrendamientos, con o sin oficina. o Contribuyente Normal sobre actividades mercantiles.

Los requisitos de Inscripción para los contribuyentes tipificados dentro de estos regímenes son:

o Formulario de Inscripción SAT-14 o Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple de la cédula de vecindad o pasaporte si fuera

extranjero. o Certificación de calidad de residente en el país, extendida por la dirección General de Migración, en

caso de ser extranjero. o Constancia de colegiado activo (profesionales liberales) queda en poder de la Oficina o Agencia

Tributaria.

El Formulario SAT-0014 deberá acompañarse de los formularios siguientes:

o Solicitud de Habilitación de Libros, formulario SAT-0052 o Solicitud para autorización de Impresión y Uso de Documentos y Formularios, formulario SAT-0042

Empresas MercantilesInscripción de Contribuyentes y responsables

Código Tributario (art.112 num. 1,literal b, y 120)Obligación Formal: Inscribirse en el registro tributario unificado, aportando los datos y documentos necesarios y comunicar las modificaciones del los mismos. Todos los contribuyentes y responsables están obligados a inscribirse en la Superintendencia Administracion Tributaria antes de iniciar actividades afectas.

* Información para inscripción como pequeño Contribuyente

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Empresa Individual

Para la Inscripción de Empresa Individual, el trámite establece que el interesado deberá presentarse al edificio de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, en una de las ventanillas del Departamento de Registro Tributario Unificado (RTU) y solicitar inicialmente el Formulario de Inscripción y actualización de información de Contribuyentes en el Registro Tributario Unificado (SAT- No. 0014) Valor Q.1.00. Requisitos para llenar el formulario SAT- No. 0014:

1. Para llenar este formulario deberá de usar máquina de escribir o letra de molde. 2. No se aceptará la presentación del formulario con tachaduras, enmiendas o

similares. 3. Si se trata de inscripción, se utilizará la casilla No.2 y en el caso de ser una

actualización utilizar la casilla No.3, anotando en ambos casos una ¨X¨.

Escriba los datos solicitados en “Datos de identificación para persona individual” en las casillas de la No.05 a la 16 y en “Datos generales” en las casilla de la No.27 a la 43, en el caso de que proceda.   De lo contrario escriba una línea para anular el espacio NO utilizado del formulario SAT- No. 0014.La Empresa Individual (Empresa Mercantil) debe tomar la decisión de cual será el Régimen de pago del Impuesto Sobre la Renta.Los regímenes establecidos por la Ley y vigentes son los siguientes:

1. Régimen de Cuota fija 5%, pagos trimestrales del 5% sobre servicios técnicos y arrendamientos con o sin oficina.

2. Régimen de Cuota fija 5%, pagos trimestrales 5%, sobre actividades mercantiles. 3. Régimen de Declaración anual, pagos trimestrales sobre servicios técnicos o

profesionales y arrendamientos, con o sin oficina. 4. Régimen de Declaración anual, pagos trimestrales sobre actividades mercantiles. 5. Contribuyente Normal sobre servicios técnicos o profesionales y arrendamientos,

con o sin oficina. 6. Contribuyente Normal sobre actividades mercantiles

Los requisitos de Inscripción para los contribuyentes tipificados dentro de estos regímenes son:

1. Formulario de Inscripción SAT-14 2. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple de la cédula de vecindad o

pasaporte si fuera extranjero. 3. Certificación de calidad de residente en el país, extendida por la dirección General

de Migración, en caso de ser extranjero. 4. constancia de colegiado activo (profesionales liberales) queda en poder de la

Oficina o Agencia Tributaria.

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Inscripción del negocio (Datos Generales)

En el formulario SAT- No. 0014 (Costo Q 1.00) en el reverso del mismo del numeral No.88 al 104 (Inscripción del Negocio -Datos Generales) se deberá de escribir los datos solicitados:

1. Nombre comercial 2. Dirección 3. Departamento 4. Municipio 5. Teléfono 6. Fax 7. Apdo. Postal 8. Fecha de Inicio de Operaciones 9. Fecha de cambio (Domicilio comercial) 10. Otros (Datos para actualizar)

En el caso de NO contar con los mismos se tendrá que hacer una línea para ANULAR el espacio no utilizado.Dependiendo del tipo de organización, se deberá de leer detenidamente el formulario SAT- No. 0014: Instructivo, el anverso y el reverso

Para llenarlo correctamente y evitar futuros errores que pudieran afectar a su empresa.

El Formulario SAT-0014 deberá acompañarse de los formularios siguientes:

o Solicitud de Habilitación de Libros, formulario SAT-0052 o Solicitud para autorización de Impresión y Uso de Documentos y Formularios,

formulario SAT-0042

Empresas Mercantiles

Empresa Individual

Pasos para su Inscripción en el Registro MercantilPASO 1 En ventanilla del Registro Mercantil se compra un formulario de solicitud de

inscripción de comerciante y de empresa mercantil (FORMA RM-1-SCC-C-V). Valor del formulario Q2.00

PASO 2

En la misma ventanilla solicitar orden de pago para cancelarlo en el Banco que indique dicha orden. Valor del Depósito Q75.00 para inscripción como comerciante (si no se está inscrito con anterioridad) el costo para la inscripción de la empresa es de Q100.00

PASO 3 Se integra un expediente en un fólder tamaño oficio con pestaña con los siguientes documentos:

o Las órdenes de pago ya canceladas en el Banco, o La solicitud de inscripción de la empresa completamente llena,

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o Certificación contable firmada y sellada por un Contador debidamente autorizado, y o Cédula de vecindad original.

PASO 4 Se presenta el expediente en las ventanillas receptoras de documentos del Registro Mercantil.

PASO 5 En el departamento de Operaciones Registrales califican el expediente y proceden a inscribirlo en el libro electrónico de comerciantes (si no se está inscrito previamente) y de

Empresas Mercantiles. PASO 6 En el mismo departamento, se razona la cédula de vecindad, haciendo constar la

inscripción como comerciante individual (si no se está inscrito previamente) y anotan el número de registro, folio, libro y número de expediente y la fecha de inscripción.

PASO 7 La cédula de vecindad y la patente de comercio de empresa pasa al despacho del Registrador Mercantil General de la República, para sello y firma

PASO 8 En la ventanilla de entrega de documentos entregan la cédula de vecindad debidamente razonada en donde consta que se es un comerciante individual y la Patente de la Empresa que he inscrito. Ambos documentos deberán de revisarse minuciosamente antes de colocarle Q50.00 de timbres fiscales.

Requisitos De Inscripcion Personas Individuales Y JuridicasInscripción de Contribuyentes y responsables

Código Tributario (art.112 num. 1,literal b, y 120)Obligación Formal: Inscribirse en el registro tributario unificado, aportando los datos y documentos necesarios y comunicar las modificaciones del los mismos. Todos los contribuyentes y responsables están obligados a inscribirse en la Superintendencia Administracion Tributaria antes de iniciar actividades afectas.

* Información para inscripción como pequeño Contribuyente

Sociedades Mercantiles

Para fines de inscripción en la Superintendencia de Administración Tributaria, las Personas Jurídicas, sea cual sea su clasificación, están obligadas a llenar los siguientes requisitos:

1. Solicitar y completar el formulario de Inscripción SAT-0014, valor Q.1.00. 2. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple de la cédula de vecindad o pasaporte del

Representante Legal. 3. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple del testimonio de la Escritura de Constitución. 4. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple del Nombramiento del Representante Legal

El Formulario SAT-0014 deberá acompañarse de los formularios siguientes:

1. Solicitud de Habilitación de Libros, formulario SAT-0052 2. Solicitud para autorización de Impresión y Uso de Documentos y Formularios, formulario SAT-0042

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Personas Jurídicas: Sociedades Anónimas, Responsabilidad Limitada y Sociedad En Comandita Simple y por Acciones.

Inscripción de Contribuyentes y responsables

Código Tributario (art.112 num. 1,literal b, y 120)Obligación Formal: Inscribirse en el registro tributario unificado, aportando los datos y documentos necesarios y comunicar las modificaciones del los mismos. Todos los contribuyentes y responsables están obligados a inscribirse en la Superintendencia Administracion Tributaria antes de iniciar actividades afectas.

Sociedades Mercantiles

Para fines de inscripción en la Superintendencia de Administración Tributaria, las Personas Jurídicas, sea cual sea su clasificación, están obligadas a llenar los siguientes requisitos:

1. Solicitar y completar el formulario de Inscripción SAT-0014, valor Q.1.00. 2. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple de la cédula de vecindad o pasaporte del

Representante Legal. 3. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple del testimonio de la Escritura de Constitución. 4. Original o fotocopia legalizada y fotocopia simple del Nombramiento del Representante Legal

El Formulario SAT-0014 deberá acompañarse de los formularios siguientes:

1. Solicitud de Habilitación de Libros, formulario SAT-0052 2. Solicitud para autorización de Impresión y Uso de Documentos y Formularios, formulario SAT-0042

Personas Jurídicas: Sociedades Anónimas, Responsabilidad Limitada y Sociedad En Comandita Simple y por Acciones.