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JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE – Cambio de titularidad y renovación de la ocupación de terrenos en la vía pecuaria Cordel de Salamanca a Campo Azálvaro en el término municipal de Palacios de Goda ................................................... 3 – Renovación ocupación de terrenos en la Vía Pecuaria Cordel de Extremadura en el Término Municipal de Palacios de Goda.................... 4 ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MIJARES – Solicitud licencia ambiental para corral doméstico de ganado ovino ......................................................................................................... 5 AYUNTAMIENTO DE SAN ESTEBAN DE ZAPARDIEL – Solicitud cambio de titularidad de licencia de actividad y de apertura “Bar Escuelas” ............................................................................ 6 AYUNTAMIENTO DE EL HOYO DE PINARES – Aprobación inicial de expediente 1/2015 de modificación presupuestaria de 2015 ............................................................................ 7 AYUNTAMIENTO DE TIÑOSILLOS – Aprobación de la modificación de las ordenanzas 2015.......................... 8 AYUNTAMIENTO DE MARTÍNEZ – Aprobación definitiva de la ordenanza de venta ambulante .................... 9 AYUNTAMIENTO DE PAJARES DE ADAJA – Aprobación inicial del presupuesto general 2016 .................................. 15 AYUNTAMIENTO DE NAVA DEL BARCO – Aprobación definitiva de expdiente de modificación de créditos nº 1/2015................................................................................................. 17 11 de diciembre de 2015 Nº 238 www.diputacionavila.es [email protected] Depósito Legal AV-1-1-1958 SUMARIO

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JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE

– Cambio de titularidad y renovación de la ocupación de terrenos en la vía pecuaria Cordel de Salamanca a Campo Azálvaro en el término municipal de Palacios de Goda ................................................... 3

– Renovación ocupación de terrenos en la Vía Pecuaria Cordel deExtremadura en el Término Municipal de Palacios de Goda.................... 4

ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MIJARES

– Solicitud licencia ambiental para corral doméstico de ganado ovino ......................................................................................................... 5

AYUNTAMIENTO DE SAN ESTEBAN DE ZAPARDIEL

– Solicitud cambio de titularidad de licencia de actividad y de apertura “Bar Escuelas”............................................................................ 6

AYUNTAMIENTO DE EL HOYO DE PINARES

– Aprobación inicial de expediente 1/2015 de modificación presupuestaria de 2015 ............................................................................ 7

AYUNTAMIENTO DE TIÑOSILLOS

– Aprobación de la modificación de las ordenanzas 2015.......................... 8

AYUNTAMIENTO DE MARTÍNEZ

– Aprobación definitiva de la ordenanza de venta ambulante .................... 9

AYUNTAMIENTO DE PAJARES DE ADAJA

– Aprobación inicial del presupuesto general 2016 .................................. 15

AYUNTAMIENTO DE NAVA DEL BARCO

– Aprobación definitiva de expdiente de modificación de créditos nº 1/2015................................................................................................. 17

11 de diciembre de 2015 Nº 238

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SUMARIO

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AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA

– Licitación de contrato de concesión privativa o aprovechamientoespecial del quiosco de prensa de la Plaza del Castillo ......................... 18

AYUNTAMIENTO DE LA HORCAJADA

– Corrección de errores convocatoria concesión de una subvención en materia de ayuda para el material escolar, año 2015-2016............... 20

AYUNTAMIENTO DE LA ADRADA

– Delegar en concejal el cometido de la celebración de boda ................. 21

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS TIERRAS DE MORAÑA

– Aprobación inicial del presupuesto general 2016 .................................. 22

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE PIEDRAHÍTA

– Expediente de declaración de herederos abintestato nº 302/2012 de Gerardo de Lucas Jiménez y otros.................................................... 24

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JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Número 3.358/15

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ÁVILA

Servicio Territorial de Medio Ambiente

ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL EXPEDIENTE DE CAMBIO DE TITU-LARIDAD Y RENOVACIÓN DE OCUPACIÓN DE TERRENOS EN VÍA PECUARIA.

Por IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA S.A.U, ha sido solicitado el cambio detitularidad y la renovación de la ocupación de terrenos 669 m2, en la Vía Pecuaria "COR-DEL DE SALAMANCA A CAMPO AZÁLVARO", término municipal de PALACIOS DE GODA(parcela 9009 del polígono 9 del catastro de rústica de ese término municipal), por instala-ción de una línea eléctrica subterránea de baja tensión, durante un periodo de 10 años(entre 11/08/2008 y el 10/08/2018)

Acordado período de información pública del expediente de ocupación de terrenos(Art. 14 de la Ley 3/95, de 23 de Marzo de Vías Pecuarias), dicho expediente se encontraráexpuesto en estas oficinas: Pasaje del Cister n° 1 de Ávila, en horas de atención al pú-blico, durante el plazo de un mes, contados desde el siguiente a la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, en el que podrán formular las alega-ciones que los interesados estimen oportunas, de acuerdo con el artículo 86 de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Ávila, 30 de noviembre de 2015

La Jefa del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Ávila, Rosa San Segundo Romo

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JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Número 3.374/15

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ÁVILA

Servicio Territorial de Medio Ambiente

ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL EXPEDIENTE DE RENOVACIÓN DELA OCUPACIÓN DE TERRENOS EN VÍA PECUARIA.

Por EL AYUNTAMIENTO DE PALACIOS DE GODA, ha sido solicitada la renovación dela ocupación de terrenos 61,5 m2, en la Vía Pecuaria "CORDEL DE EXTREMADURA", tér-mino municipal de PALACIOS DE GODA (parcela 9004 del polígono 19 del catastro de rús-tica de ese término municipal), por instalación de báscula de pesaje de voluminosos,durante un periodo de 10 años (entre 14/06/2014 y el 13/06/2024).

Acordado período de información pública del expediente de ocupación de terrenos(Art. 14 de la Ley 3/95, de 23 de Marzo de Vías Pecuarias), dicho expediente se encontraráexpuesto en estas oficinas: Pasaje del Cister n° 1 de Ávila, en horas de atención al pú-blico, durante el plazo de un mes, contados desde el siguiente a la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, en el que podrán formular las alega-ciones que los interesados estimen oportunas, de acuerdo con el artículo 86 de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Ávila, 01 de diciembre de 2015.

La Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente, Rosa San Segundo Romo.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.244/15

AYUNTAMIENTO DE MIJARES

E D I C T O

Por Don Julio Enrique Manzano Domínguez se ha solicitado licencia de prevenciónambiental para corral doméstico con destino a veinticinco cabezas de ganado ovino, todoello en parcela 458 del polígono 4 de los de rústica de este Ayuntamiento, todo lo cual y encumplimiento de lo establecido en la normativa autonómica y ordenanza municipal secto-rial vigentes, se somete a información pública para que los que pudieran resultar afectadosde algún modo por la mencionada actividad, puedan examinar el Expediente en este Ayun-tamiento y formular las observaciones pertinentes en el plazo de quince días naturales acontar desde la inserción del presente anuncio en el B.O.P.

En Mijares, a 19 de Noviembre del año 2.015.

La Alcaldesa, Ilegible.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.235/15

AYUNTAMIENTO DE SAN ESTEBAN DE ZAPARDIEL

E D I C T O

Por Dª. Loreto García Torres y Dª. Carmen García Torres, se ha solicitado en esteAyuntamiento autorización para proceder al cambio de titularidad de Licencia de Actividady de Apertura de establecimiento dedicado a "BAR ESCUELAS", a favor del segundo de loscitados.

Por lo que, a tenor de lo dispuesto en el Ley 11/2003, de 8 de Abril, de Prevención Am-biental de Castilla y León, se hace público para que todo aquél que pudiera resultar afec-tado de algún modo por el cambio de titularidad de la citada actividad pueda ejercer elderecho a formular las alegaciones u observaciones que consideren oportunas en el plazode VEINTE DÍAS a contar desde el siguiente al de la publicación del presente Edicto en elBoletín Oficial de la Provincia.

San Esteban de Zapardiel, a 24 de Noviembre de 2015.

El Alcalde, Roberto Rodríguez Rodríguez.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.441/15

AYUNTAMIENTO DE EL HOYO DE PINARES

A N U N C I O

APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Nº 1/2015 (2014/066) PARA EL EJERCICIO 2015

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 10 de diciembre de 2015, haaprobado inicialmente el expediente 1/2015 (2014/066) de Modificación Presupuestaria delAyuntamiento de El Hoyo de Pinares para el ejercicio 2015.

En virtud de lo dispuesto en los artículo 177 y siguientes del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, se expone al público por el plazo de quince días hábiles, durantelos cuales podrán presentar las reclamaciones oportunas.

Si transcurrido el plazo anteriormente expresado no se hubieran presentado reclama-ciones, se considerará definitivamente aprobada esta Modificación Presupuestaria.

En El Hoyo de Pinares, a 10 de diciembre de 2015.

El Alcalde, David Beltrán Martín.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.439/15

AYUNTAMIENTO DE TIÑOSILLOS

A N U N C I O

Aprobada por el Pleno del Ayuntamiento la modificación de las Ordenanzas siguientes

– ORDENANZA N° 12 TASA DE SUMINISTRO DE AGUA

– ORDENANZA N° 6 TASA SOBRE ALCANTARILLADO y DEPURACIÓN

Se expone al público para que los interesados legítimos puedan examinar el expe-diente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.

Tiñosillos a 30 de noviembre de 2.015

El Alcalde, Ilegible.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.385/15

AYUNTAMIENTO DE MARTÍNEZ

A P R O B A C I Ó N D E F I N I T I V A

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Or-denanza municipal reguladora de la venta ambulante, cuyo texto íntegro se hace público,para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE MARTÍNEZ

ARTÍCULO 1. Disposiciones Generales

La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de la venta ambulante realizadaen el término municipal de Martínez.

Dicha Ordenanza se aprueba en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 25 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 1.2.º del Decretode 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corpora-ciones Locales; 20 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León,y atendiendo a lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio en Cas-tilla y León, en el Decreto 82/2006, de 16 de noviembre, por el que se desarrolla parcial-mente la Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León, y,supletoriamente, en el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula elEjercicio de la Venta Ambulante o No Sedentaria. Asimismo, se han tenido en cuenta losprincipios de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el Libre Acceso a las Actividadesde Servicios y su Ejercicio.

El comercio ambulante sólo podrá ser ejercido por personas físicas o jurídicas, conplena capacidad jurídica y de obrar, en los lugares y emplazamientos que concretamentese señalen en las autorizaciones que expresamente se otorguen, y en las fechas y por eltiempo que se determinen.

ARTÍCULO 2. Concepto

A los efectos de esta Ordenanza, se considera venta ambulante o no sedentaria la re-alizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, de forma ha-bitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros o lugares debidamenteautorizados, en instalaciones desmontables o transportables, incluyendo los camiones-tienda.

ARTÍCULO 3. Requisitos para el ejercicio de la Venta Ambulante

Para el ejercicio de la venta ambulante se exigirá el cumplimiento de los siguientes re-quisitos:

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- Estar dado de alta y al corriente en el pago del impuesto de actividades económicas,así como satisfacer las contribuciones municipales establecidas para este tipo de venta.

- Estar dado de alta y al corriente de pago en el régimen correspondiente de la Segu-ridad Social.

- Los prestadores procedentes de terceros países deberán acreditar el cumplimientode las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones deresidencia y trabajo.

- Cumplir las condiciones y requisitos exigidos por la normativa reguladora de los pro-ductos que sean objeto de venta

- Disponer de la correspondiente Autorización Municipal y satisfacer los tributos que lasOrdenanzas establecen para este tipo de comercio En ningún caso podrá exigirse el deberde residencia en el municipio respectivo como requisito de participación.

ARTÍCULO 4. Autorizaciones Municipales.

1. La autorización municipal para el ejercicio de la venta ambulante:

- Estará sometida ala comprobación previa por el Ayuntamiento del cumplimiento porel peticionario de los requisitos legales en vigor para el ejercicio de la venta, y de los esta-blecidos por la regulación del producto cuya venta se autoriza.

- Estará expuesta al público en el punto de venta permanentemente y de forma visi-ble. Asimismo, deberá estar expuesta una dirección para la recepción de las posibles re-clamaciones durante el ejercicio de la actividad.

- Podrán tener las siguientes duraciones: 1 AÑO, 6 meses, 3 meses, 1 mes, 1 día. Elimporte a satisfacer al ayuntamiento por estas autorizaciones son:

a) Licencia por 1 año: 150 euros.

b) Licencia por 6 meses: 90 euros.

c) Licencia por 3 meses: 20 euros.

d) Licencias por un mes: 20 euros.

e) Licencias por 1 día: 3 euros

y podrá ser revocada si desapareciesen los motivos por los que fue concedida o porincumplimiento de la normativa vigente, según lo dispuesto en esta Ordenanzamunicipal.

Indicará con precisión, al menos, el plazo de validez de la misma, los datos identifica-tivos del titular, el lugar o lugares en que puede ejercerse la actividad, los horarios y las fe-chas en las que se podrá llevar a cabo así como los productos autorizados para la venta.

2. El procedimiento para el otorgamiento de la autorización será el determinado por elAyuntamiento respetando, en todo caso, el régimen de concurrencia competitiva, así comolas previsiones contenidas en los artículos 86 y siguientes de la Ley 3/2003, de 3 de no-viembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, así como el capítulo II de la Ley17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicio y su ejerci-cio.

El procedimiento será público y su tramitación deberá desarrollarse conforme a crite-rios claros, sencillos, objetivos y predecibles. En la resolución del procedimiento se fijaránlos requisitos de la autorización, que habrán de ser necesarios, proporcionales y no discri-minatorios.

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3. La autorización que se otorgue no dará lugar a un procedimiento de renovación au-tomática ni conllevará ningún otro tipo de ventaja para el prestador cesante o las personasque están especialmente vinculadas con él.

4. En virtud del artículo 3.2 del Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, la autoriza-ción será transmisible previa comunicación a la Administración competente.

5. En la autorización se especificará el ámbito territorial de validez, los datos identifi-cativos del titular, los productos autorizados, los horarios y las fechas en que se podrá lle-var a cabo la actividad comercial y el lugar o lugares donde puedan instalarse los puestoso instalaciones para poder ejercer la actividad.

6. Las autorizaciones podrán ser revocadas unilateralmente por los Ayuntamientos encaso de incumplimiento de la normativa.

ARTÍCULO 5. Perímetro Urbano.

La zona urbana de emplazamientos autorizados para el ejercicio de la venta ambulanteserá la que sigue: cualquier punto del suelo urbano.

La venta ambulante se realizará en puestos o instalaciones desmontables o desde elvehículo preparado al efecto.

Los puestos de venta ambulante no podrán situarse en accesos a edificios de uso pú-blico, establecimientos comerciales o industriales.

ARTÍCULO 6. Productos Objeto de Venta

Las autorizaciones deberán especificar el tipo de productos que pueden ser vendidos.

Solo podrá autorizarse la venta de productos alimenticios y de herbodietética cuandose cumplan las condiciones sanitarias e higiénicas que establece la Legislación sectorialsobre la materia para cada tipo de producto.

En concreto, no se podrán vender alimentos por quien carezca del carné de manipu-lador de alimentos.

ARTÍCULO 7. Calendario y Horario

La venta ambulante se podrá ejercer todos los días de la semana

ARTÍCULO 8. Información

Quienes ejerzan el comercio ambulante deberán tener expuestos, en forma fácilmentevisible para el público, sus datos personales y el documento en el que conste la corres-pondiente autorización municipal, así como una dirección para la recepción de las posiblesreclamaciones.

ARTÍCULO 9. Obligaciones

Los vendedores ambulantes deberán cumplir en el ejercicio de su actividad mercantilcon la Normativa vigente en materia de ejercicio del comercio, de disciplina de mercado ydefensa de los consumidores y usuarios; asimismo, deberán disponer en el lugar de ventade las facturas y documentos que confirmen la procedencia de los productos, así como de

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carteles o etiquetas que muestren visiblemente al público los precios de venta de los pro-ductos ofertados y, en relación con la venta de productos alimenticios, el correspondientecarnet de manipulador de alimentos.

ARTÍCULO 10. Inscripción en el Registro General de Comerciantes y de Comer-cio.

En virtud del artículo 6 del Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, la inscripción enlos registros de comerciantes ambulantes no tendrán carácter habilitante para el ejerciciode la actividad comercial.

Las autoridades competentes efectuarán la inscripción en el momento del otorgamientode la autorización para el ejercicio de la actividad, o bien en el momento de su transmisión,partiendo de los datos contenidos en la «declaración responsable».

Los datos contenidos en los registros serán actualizados de oficio.

Las autoridades competentes deberán garantizar la interoperabilidad técnica entre losregistros constituidos de conformidad con la Disposición Adicional Primera de la Ley 7/2009,de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a la actividad de servicios y su ejercicio].

ARTÍCULO 11. Competencia para la Inspección

De conformidad con las labores de coordinación con la Administración de la Comuni-dad Autónoma de Castilla y León atribuidas por el artículo 24 del Decreto 82/2006, de 16de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 16/2002, de 19 de diciembre,de Comercio de Castilla y León, este Ayuntamiento ejerce la competencia en materia de ins-pección, vigilando y garantizando el cumplimiento por los titulares de las autorizacionespara el ejercicio de la venta ambulante, de cuanto se dispone en la presente Ordenanza,y, especialmente, de las exigencias y condiciones higiénico-sanitarias establecidas en la Le-gislación.

ARTÍCULO 12. Procedimiento Sancionador

El procedimiento sancionador se tramitará en la forma y los plazos previstos por el De-creto 189/1994, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento regulador del Pro-cedimiento Sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

ARTÍCULO 13. Clases de Infracciones

Las infracciones a esta Ordenanza pueden ser leves, graves y muy graves.

1. Son infracciones leves:

- No exhibir la necesaria autorización municipal para el ejercicio de la venta ambu-lante.

- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ordenanza, cuando noestén tipificadas como graves o muy graves.

2. Son infracciones graves:

- La negativa o resistencia a suministrar datos o facilitar información requerida por losAutoridades o sus Agentes, así como el suministro de información inexacta, incompleta ofalsa.

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- La realización de la venta ambulante incumpliendo las condiciones y limitaciones es-tablecidas en la presente Ordenanza.

- El ejercicio de la venta ambulante sin haber obtenido la preceptiva autorización mu-nicipal.

- La reincidencia en la comisión de infracciones leves.

- Las infracciones que concurran con incumplimientos de carácter sanitario.

- Las infracciones que causen grave daño a los intereses de los consumidores, aten-diéndose a la legislación sobre protección de consumidores y usuarios.

- El incumplimiento de una orden de cese o suspensión de actividad infractora.

3. Tienen la consideración de infracciones muy graves:

- La negativa o resistencia a suministrar datos o facilitar información requerida por losAutoridades o sus Agentes cuando se efectúe acompañada de violencia física o verbal ode cualquier otra forma de presión.

- La reincidencia en la comisión de infracciones graves.

ARTÍCULO 14. Reincidencia

Se entenderá que existe reincidencia por comisión en el término de un año de más deuna infracción de la misma naturaleza por parte del mismo sujeto responsable, tal y comose determina su responsabilidad en el artículo 51 de la Ley 16/2002, de 19 de diciembre,de Comercio de Castilla y León, y así haya sido declarado por resolución administrativafirme.

ARTÍCULO 15. Cuantía de las Multas

La cuantía de las sanciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 141 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, será:

1. Las infracciones leves se sancionarán con apercibimiento o multa de hasta 750euros.

2. Las infracciones graves se sancionarán con multa de hasta 1.500 euros.

3. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de hasta 3.000 euros.

ARTÍCULO 16. Graduación

1. Las sanciones se graduarán especialmente en función del volumen de la facturacióna la que afecte, cuantía del beneficio obtenido, grado de intencionalidad, plazo de tiempodurante el que se haya venido cometiendo la infracción y reincidencia.

2. Cuando el beneficio que resulte de una infracción sea superior a la sanción que co-rresponda, esta deberá incrementarse en la cuantía equivalente al beneficio obtenido.

ARTÍCULO 17. Prescripción

Las infracciones y sanciones previstas en esta Ordenanza prescribirán, si son leves,a los seis meses; si son graves, a los dos años; y las muy graves, a los tres años.

El plazo para la prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde el día si-guiente a aquel en que adquiera firmeza en vía administrativa la resolución sancionadora.

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ARTÍCULO 18. Medidas Cautelares

Son especialmente aplicable, las medidas cautelares a que hace referencia el artículo62 de la Ley 16/2002, de 19 de diciembre, del Comercio de Castilla y León.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Las normas contenidas en esta Ordenanza son complementarias, en este Municipio,a la Ley 16/2002, de 19 de diciembre, del Comercio en Castilla y León, al Decreto 82/2006,de 16 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 16/2002, de 19 de di-ciembre, de Comercio de Castilla y León, la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación delComercio Minorista y al Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula elEjercicio de la Venta Ambulante o No Sedentaria, quedando derogadas o modificadas porlas Normas reglamentarias u otras disposiciones de desarrollo o complementarias que sedicten en lo sucesivo, en cuanto se opongan a ella.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Ordenanza, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno delAyuntamiento en sesión celebrada en fecha 26-4-2015, entrará en vigor a los quince díasde su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con los artí-culos 65.2 y 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendoen vigor hasta su modificación o derogación expresa.

SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza a información pública y audiencia de los inte-resados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayun-tamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones osugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones osugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesi-dad de Acuerdo expreso por el Pleno.

TERCERO. Facultar a Alcalde, para suscribir y firmar toda clase de documentos rela-cionados con este asunto».

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante laSala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León,en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presenteanuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Juris-dicción Contencioso-Administrativa.

En Martínez, a 2 de diciembre de 2015.

El Alcalde, Ignacio Sánchez Martín.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.398/15

AYUNTAMIENTO DE PAJARES DE ADAJA

A N U N C I O

PRESUPUESTO GENERAL DEL EJERCICIO DE 2016

De conformidad con los arts. 112.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril, 169.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Re-guladora de las Haciendas Locales, y 127 del Texto Refundido del Régimen Local de 18-04-86, El Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión Extraordinaria celebrada el 20 deNoviembre de 2.015, aprobó inicialmente el Presupuesto General de esta Entidad para elejercicio 2.016, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esteAyuntamiento por plazo de quince días hábiles, a fin de que los interesados puedan pre-sentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el supuesto de que durante dichoplazo no se produjeran reclamaciones, el Presupuesto se considerará definitivamente apro-bado, sin necesidad de acuerdo expreso.

I.- Resumen del Presupuesto para 2016

INGRESOS:

A) Operaciones corrientes:

1 Impuestos Directos. ...............................................................................47.500,00

2 Impuestos Indirectos................................................................................3.273,31

3 Tasas y otros ingresos ...........................................................................59.627,79

4 Transferencias corrientes.......................................................................36.884,17

5 Ingresos patrimoniales...........................................................................18.600,00

B) Operaciones de Capital:

6 Enajenación de inversiones reales .................................................................0,00

7 Transferencias de capital ................................................................................0,00

8 Activos financieros ..........................................................................................0,00

9 Pasivos financieros .........................................................................................0,00

TOTAL INGRESOS ................................................................................165.885,27

GASTOS

A) Operaciones corrientes:

1 Gastos de personal ................................................................................60.000,00

2 Gastos en bienes corrientes ..................................................................79.321,50

3 Gastos financieros ...................................................................................3.150,00

4 Transferencias corrientes.........................................................................9.642,50

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B) Operaciones de Capital:

6 Inversiones reales....................................................................................3.771,27

7 Transferencias de capital ................................................................................0,00

8 Activos financieros ..........................................................................................0,00

9 Pasivos financieros ................................................................................10.000,00

TOTAL GASTOS ....................................................................................165.885,27

PLANTILLA DE PERSONAL:

Personal funcionario:

Funcionario de Habilitación Estatal. Grupo A:

1 plaza de Secretaría - Intervención agrupada con los Municipios de Mingorría y San

Esteban de los Patos.

Personal laboral:

1 alguacil a tiempo parcial.

De conformidad con lo establecido en el artículo 171.1 del citado R.D.Leg. 2/2004, de5 de marzo, contra la aprobación definitiva del Presupuesto se podrá interponer directa-mente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en las normasque regulan de dicha jurisdicción.

Pajares de Adaja, a 3 de Diciembre 2015

El Alcalde, Jesús Caro Adanero.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.399/15

AYUNTAMIENTO DE NAVA DEL BARCO

A N U N C I O

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de ex-posición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario defecha 5 de octubre de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.o 1 /2015del Presupuesto en vigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargoal remanente líquido de Tesorería que se hace público resumido por partidas:

Estado de Gastos

Aplicación Denominación Crédito Modificación Crédito

presupuestaria inicial definitivo

1532-609-02 INVERSIONES REALES: 20.000,00 50.000,00 70.000,00

PAVIMENTACIÓN

DE CALLES

Total aumento 50.000,00

Estado de Ingresos

Aplicación presupuestaria Denominación

870.00 Remanente de Tesorería

Total aumento 50.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real De-creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente re-curso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Le-gislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sísola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Nava del Barco, a 2 de Diciembre de 2015.

El Alcalde, Lucrecio Sánchez García.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.407/15

AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA

A N U N C I O D E L I C I T A C I Ó N

Objeto del Contrato. Es objeto del contrato la concesión privativa o aprovechamientoespecial del quiosco de prensa de la plaza del Castillo, bien de dominio publico del Ayun-tamiento de Candeleda.

- Forma de adjudicación. En virtud de lo establecido en el artículo 93.1 de la Ley33/2003, de 3 de noviembre, Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, que tienecarácter básico, el procedimiento de adjudicación elegido es el de concurso.

- Precio del contrato. Por tratarse de bienes de dominio público la naturaleza jurídicade la contraprestación que debe satisfacer el concesionario es tributaria y su determinaciónse establecerá por el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utiliza-ción o aprovechamiento

El tipo de licitación se fija en 700 € anuales

La tasa se actualizará anualmente conforme al índice de precios al consumo.

Garantías. Antes de la adjudicación el ofertante deberá constituir una garantía por im-porte de una anualidad más un 10% en cualquiera de las formas establecidas en la legis-lación de Contratos de las Administraciones Públicas por el plazo de duración del contratomás un año, todo ello para garantizar el importe de la renta y la buena conservación del edi-ficio e instalaciones existentes que se ceden al adjudicatario.

Plazo de ejecución. El contrato tendrá una duración de 10 años y comenzará a con-tarse a partir del primer día del año 2016 con independencia de que la formalización delcontrato sea posterior y siempre que sea antes del 1 de marzo de 2016, si es posterior porculpa de la administración la renta del primer año se prorrateará por meses, El arrendata-rio debe dejar libres las instalaciones antes del 31 de diciembre de 2025.

Gastos. Serán de cuenta del adjudicatario los gastos que conlleve el expediente, anun-cios en el BOP, formalización del contrato y cuantos otros se deriven del mismo,

Criterios de adjudicación de la subasta. Mejor oferta económica 25% (la mejor ofertase valorará con 10 puntos y el resto de ofertas se valoraran proporcionalmente)

Haber regentado con anterioridad negocios de venta de prensa y revistas, lo cual seacreditara mediante la cotización a la seguridad social como trabajador por cuenta ajena ocomo autónomo y por un informe o certificación del Ayuntamiento correspondiente, dondese describa la clase de negocio que se ha regentado y el número de años. En el supuesto

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de que la persona física no haya regentado el negocio sino que era un trabajador por cuentaajena y no fuese el dueño de la empresa o participe mayoritario de la sociedad, la puntua-ción se reducirá a la mitad. La puntuación global por este apartado será del 50%, (por cadaaño, 1 punto siendo el máximo 20).

Tener reconocida por el órgano competente de la Junta de Castilla y León de una mi-nusvalía superior al 33%, la puntuación de este apartado será de un 25% otorgándose 1punto por cada 4 puntos porcentuales de grado de minusvalía que supere el 33% hasta unmáximo de 10.

Plazo de presentación y documentación. 20 días naturales desde la publicación delpresente anuncio, La documentación del expediente se encuentra expuesta en la secreta-ría Ayuntamiento de lunes a viernes 8 a 14 horas.

Candeleda, 4 de diciembre de 2015.

El Alcalde, Eugenio Miguel Hernández Alcojor.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.406/15

AYUNTAMIENTO DE LA HORCAJADA

CORRECCIÓN ERRORES DE CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUB-VENCIONES EN MATERIA DE AYUDA PARA MATERIAL ESCOLAR, AÑO 2015 - 2016.

El artículo 5: requisito de los solicitantes: "los beneficiarios: los progenitores, ya seancasados, parejas de hecho inscritas en el registro autonómico o familias monoparentalesdeberán estar empadronados en el municipio durante el curso escolar al completo 2015-2016."

Se modifica de la siguiente manera: "los beneficiarios: los progenitores, ya sean ca-sados, parejas de hecho inscritas en el registro autonómico o familias monoparentales de-berán estar empadronados en el municipio desde 01/01/2016."

En La Horcajada a 4 de diciembre de 2015.

El Alcalde, José López García.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.415/15

AYUNTAMIENTO DE LA ADRADA

A N U N C I O

En uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artí-culos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Enti-dades Locales,

RESUELVO

PRIMERO. Delegar de forma específica a favor del Concejal Don Mariano SacidoCuerva, el cometido especifico de la celebración de la boda que tendrá lugar el proximo día18 de diciembre de 2015.

En La Adrada a 4 de diciembre de 2015.

El Alcalde, Roberto Aparicio Cuellar.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

Número 3.404/15

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS TIERRAS DEMORAÑA

E D I C T O

El Consejo de esta Mancomunidad, en Sesión celebrada el día 26 de noviembre de

2015 ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2.016.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 150.1 de la Ley 39/88 de 28 de Di-

ciembre, el expediente completo queda expuesto al público en la secretaria de esta Enti-

dad, durante las horas de oficina por plazo de quince días hábiles, a fin de que los

interesados que se señalan en el artículo 151 de dicha ley puedan presentar las reclama-

ciones que estimen, por los motivos que se indican en el punto 2º. del citado artículo, ante

el Consejo de la Mancomunidad.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día si-

guiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produje-

ran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 150 de la citada Ley, el

presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad acuerdo expreso.

RESUMEN POR CAPITULOS

CAPÍTULOS INGRESOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Impuestos Directos. ...................................................................0,00

2 Impuestos Indirectos. .................................................................0,00

3 Tasas y Otros Ingresos. ..................................................386.704,00

4 Transferencias Corrientes. ................................................34.751,00

5 Ingresos Patrimoniales.............................................................50,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL

6 Enajenación de Inversiones Reales...........................................0,00

7 Transferencias de Capital. .........................................................0,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS

8 Activos Financieros. ...................................................................0,00

9 Pasivos Financieros. ..................................................................0,00

TOTAL INGRESOS. .......................................................421.505,00

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CAPÍTULOS GASTOS EUROS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Gastos de Personal...........................................................14.650,00

2 Gastos en Bienes Corrientes y Servicios. .......................406.855,00

3 Gastos Financieros. ...................................................................0,00

4 Transferencias Corrientes. .........................................................0,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL

6 Inversiones Reales.....................................................................0,00

7 Transferencias de Capital. .........................................................0,00

B) OPERACIONES FINANCIERAS

8 Activos Financieros. ...................................................................0,00

9 Pasivos Financieros. ..................................................................0,00

TOTAL GASTOS.............................................................421.505,00

Plantilla de Personal: 1 Plaza de Secretaria Intervención en agrupación con otrosmunicipios.

Crespos a 4 de diciembre de 2015

El Presidente, Claudino García Martín.

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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Número 3.380/15

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓNNº 1 DE PIEDRAHÍTA

E D I C T O

DOÑA CARMEN MATEOS MEDIERO SECRETARIA DEL JUZGADO DE PRIMERAINSTANCIA DE PIEDRAHÍTA (ÁVILA)

Hago saber que en el expediente de declaración de herederos abintestato seguido eneste Juzgado al número 302/12 por el fallecimiento sin testar de Dª. HERMINIA DE LUCASJIMÉNEZ ocurrido en Arévalo el día 26/01/1973 a favor de sus sobrinos, D. GERARDO DELUCAS JIMÉNEZ, hijo de su hermana Dª. Elena de Lucas Jiménez; D. JOSE RAMONMARTINEZ DE LUCAS, Dª. MARIA ELENA MARTINEZ DE LUCAS hijo de su hermana Dª.Elena de Lucas Jiménez, parientes en cuarto grado del causante, se ha acordado por re-solución de esta fecha llamar a los que se crean con igual o mejor derecho a la herenciaque los que la solicitan, para que comparezcan en el Juzgado a reclamarla dentro de treintadías a partir de la publicación de este edicto, apercibiéndoles que de no verificarlo les pa-rará el perjuicio a que haya lugar en derecho.

En Piedrahíta, a dos de diciembre de dos mil quince.

El/La Secretario/a, Ilegible.