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SOLICITUD TRÁMITE CONTRACTUAL FICHA TECNICA OBJETO: Obra pública para la ampliación y reposición de la red de semáforos de la ciudad de Medellín. TIPO DE PROCESO: Selección Abreviada de Menor Cuantía VALOR A CONTRATAR: Trescientos setenta y ocho millones quinientos sesenta mil ochocientos ochenta y nueve pesos ($378.560.889) incluido A.I.U, exento de IVA por ser contrato de obra pública. Contratos de obra pública excluidos de IVA (Ley 21 de 1992, Art. 100). Los contratos de Obras Públicas que celebren las personas naturales o jurídicas con las Entidades Territoriales y/o Entidades Descentralizadas del Orden Departamental y Municipal estarán excluidos del IVA. DURACIÓN ESTIMADA PARA EL CONTRATO: Tres (3) meses, contados a partir del acta de inicio. Artículo 4, numeral 1 de la Resolución 701 del veintitrés (23) de diciembre de dos mil nueve (2009), por medio del cual el COMFIS reglamenta la constitución de reservas presupuestales excepcionales que podrían generarse a diciembre 31 de 2010, el cual establece que, se constituirá reservas presupuestales de forma excepcional cuando el proceso precontractual y contractual haya sufrido retrasos o demoras imprevistas, no imputables a la falta de planeación que impidan que el bien, obra o servicio contratado o por contratar, se pueda recibir a diciembre 31 de 2010”. POBLACIÓN ESTIMADA A ATENDER: Debido a que la red de semáforos sirve a los conductores, peatones con o sin limitaciones físicas, pasajeros, ciclistas y en general todos los usuarios de la red vial de la ciudad de Medellín, se considera que la población beneficiada corresponde a la totalidad de habitantes de la ciudad y visitantes. CONTRATISTA: Persona(s) natural(es), jurídica(s) o Consorcios, Uniones Temporales u otras Formas Asociativas, que cumpla(n) con todos los requisitos de Ley, con las especificaciones técnicas establecidas por la Secretaría de Transportes y Tránsito y cuyo objeto social sea acorde con lo requerido por el Municipio de Medellín. SERVIDOR QUE ELABORA: Hugo Alberto Ramirez Valencia Líder de Programa Unidad de Circulación 445 77 18 [email protected] INTERVENTOR: La interventoría será externa, contratada mediante el respectivo concurso de méritos, dada la especificidad del objeto a contratar y el acompañamiento técnico, legal y financiero requerido.

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SOLICITUD TRÁMITE CONTRACTUAL FICHA TECNICA

OBJETO: Obra pública para la ampliación y reposición de la red de semáforos de la ciudad de Medellín.

TIPO DE PROCESO:

Selección Abreviada de Menor Cuantía

VALOR A CONTRATAR:

Trescientos setenta y ocho millones quinientos sesenta mil ochocientos ochenta y nueve pesos ($378.560.889) incluido A.I.U, exento de IVA por ser contrato de obra pública. Contratos de obra pública excluidos de IVA (Ley 21 de 1992, Art. 100). Los contratos de Obras Públicas que celebren las personas naturales o jurídicas con las Entidades Territoriales y/o Entidades Descentralizadas del Orden Departamental y Municipal estarán excluidos del IVA.

DURACIÓN ESTIMADA PARA EL CONTRATO:

Tres (3) meses, contados a partir del acta de inicio. Artículo 4, numeral 1 de la Resolución 701 del veintitrés (23) de diciembre de dos mil nueve (2009), por medio del cual el COMFIS reglamenta la constitución de reservas presupuestales excepcionales que podrían generarse a diciembre 31 de 2010, el cual establece que, se constituirá reservas presupuestales de forma excepcional cuando el proceso precontractual y contractual haya sufrido retrasos o demoras imprevistas, no imputables a la falta de planeación que impidan que el bien, obra o servicio contratado o por contratar, se pueda recibir a diciembre 31 de 2010”.

POBLACIÓN ESTIMADA A ATENDER:

Debido a que la red de semáforos sirve a los conductores, peatones con o sin limitaciones físicas, pasajeros, ciclistas y en general todos los usuarios de la red vial de la ciudad de Medellín, se considera que la población beneficiada corresponde a la totalidad de habitantes de la ciudad y visitantes.

CONTRATISTA:

Persona(s) natural(es), jurídica(s) o Consorcios, Uniones Temporales u otras Formas Asociativas, que cumpla(n) con todos los requisitos de Ley, con las especificaciones técnicas establecidas por la Secretaría de Transportes y Tránsito y cuyo objeto social sea acorde con lo requerido por el Municipio de Medellín.

SERVIDOR QUE ELABORA:

Hugo Alberto Ramirez Valencia Líder de Programa Unidad de Circulación 445 77 18 [email protected]

INTERVENTOR: La interventoría será externa, contratada mediante el respectivo concurso de méritos, dada la especificidad del objeto a contratar y el acompañamiento técnico, legal y financiero requerido.

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SOLICITUD TRÁMITE CONTRACTUAL ESTUDIOS PREVIOS

INDICAR EL VALOR EN NÚMEROS Y PESOS.

Trescientos setenta y ocho millones quinientos sesenta mil ochocientos ochenta y nueve pesos ($378.560.889) incluido A.I.U, exento de IVA por ser contrato de obra pública. Contratos de obra pública excluidos de IVA (Ley 21 de 1992, Art. 100). Los contratos de Obras Públicas que celebren las personas naturales o jurídicas con las Entidades Territoriales y/o Entidades Descentralizadas del Orden Departamental y Municipal estarán excluidos del IVA.

PROGRAMA ANUAL DE CAJA

PERÍODO VALOR

Diciembre 2010

Ciento veintiséis millones ciento ochenta y seis mil novecientos sesenta y tres pesos ($126.186.963) incluido A.I.U, exento de IVA por ser contrato de obra pública.

Enero 2011

Ciento veintiséis millones ciento ochenta y seis mil novecientos sesenta y tres pesos ($126.186.963) incluido A.I.U, exento de IVA por ser contrato de obra pública.

Febrero 2011

Ciento veintiséis millones ciento ochenta y seis mil novecientos sesenta y tres pesos ($126.186.963) incluido A.I.U, exento de IVA por ser contrato de obra pública.

1. LA DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD QUE EL MUNICIPIO DE MEDELLIN PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN, ASÍ COMO LA EXPLICACIÓN DETALLADA Y TÉCNICA DE LA FORMA EN QUE LA DARÁ POR SATISFECHA.

La línea 4 del Plan de Desarrollo 2008 – 2011 “Hábitat y medio ambiente para la gente” contiene dentro del componente “Movilidad y Transporte” el proyecto “Ampliación, planificación, modernización y mantenimiento de la red de semáforos y señalización vial”, con la cual se pretende fortalecer el sistema de movilidad, mejorando las condiciones de accesibilidad de la población, mediante el ordenamiento del tránsito de las personas, animales y vehículos por las vías públicas y privadas abiertas al público, empleando diferentes mecanismos para prevenir , reglamentar e informar a los usuarios de las vías sobre la forma correcta de circular, que asegure a todos los usuarios un desplazamiento seguro y eficiente. Así mismo, la Secretaría de Transportes y Tránsito de Medellín es la encargada de ejecutar y administrar la semaforización de la ciudad, conforme lo establece el Artículo 115 de la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito, por lo cual en cada vigencia adelanta diferentes contrataciones con el fin de atender las necesidades en materia de semaforización. El crecimiento del parque automotor y de la población, así como el acelerado desarrollo urbanístico, son actualmente entre otras variables ascendentes de la Ciudad de Medellín, que conllevan a que año tras año nuevos cruces viales resultan críticos y resultan necesario buscar dispositivos que mejoren las condiciones de seguridad y movilidad, lo cual obliga a que constantemente la Secretaría de Transportes y Tránsito deba estar en constante planeación, modificación y/o

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ampliación de la cobertura de la red de semáforos, de acuerdo a las necesidades, buscando garantizar la seguridad de los ciudadanos que se desplazan por la vías de la ciudad, Resulta entonces, necesario adelantar la presente contratación con el propósito de satisfacer las necesidades permanentes que vaya presentando la ciudad de Medellín durante su tiempo de ejecución del contrato de una adecuada semaforización, realizar un reemplazo importante de estructuras deterioradas, además de instalar nuevas, ya sea en lugares donde existe carencia de ésta y que requieren de su instalación como una medida de seguridad vial o donde se implementan nuevas medidas en materia de movilidad ya sea definitivas o transitorias. Adicionalmente, resulta necesario garantizar unas adecuadas condiciones de seguridad para los peatones, así como mantener tecnológicamente actualizada la red, con el fin de atender a los ciudadanos con elementos de semaforización de alta tecnología que les garanticen seguridad y comodidad en sus desplazamientos. El Plan de Ordenamiento Territorial - POT- del Municipio de Medellín, acogido mediante acuerdo municipal 046 de 2006, en su artículo 156 define los puentes peatonales como parte de la red vial peatonal general de la ciudad, así mismo, establece las condiciones de accesibilidad adecuadas para las personas con movilidad reducida en los equipamientos públicos. En el mismo sentido, el Decreto 1007 de 2002, adopta el Manual de Diseño y Construcción de los componentes del Espacio Público - MEP -, el cual se viene aplicando y exigiendo en todas las construcciones de la ciudad a partir de su fecha de vigencia. La normatividad anterior, sumando a las políticas de accesibilidad a nivel nacional, obligan al municipio de Medellín a realizar una actualización en cuanto a sus condiciones de desplazamiento especialmente para las personas con movilidad reducida se refiere, de tal forma que se construya una ciudad que incluye que vincule a todos los ciudadanos dentro de un entorno seguro, transitable y amable con el entorno, en el cual no existan ciudadanos de segundo nivel, rezagados a no poder hacer uso del espacio que para la ciudadanía en general se construye. No obstante y pese a la normatividad existente, la ciudad de Medellín no había comenzado a emprender políticas que le permitieran adoptar medidas para adecuar los diferentes espacios públicos que no satisfacían las condiciones de accesibilidad para las personas con movilidad reducida, lo cual originó una serie de Acciones Populares en contra del municipio de Medellín en las cuales se reclamaba las condiciones de accesibilidad de manera segura para toda la población. Es por lo anterior que en el año 2009, el Departamento Administrativo de Planeación Municipal y las Secretarías de Obras Públicas, Transportes y Tránsito y Bienes Social, adelantan un estudio orientado a identificar los puentes peatonales de la ciudad de Medellín que no cuentan con rampas para personas con movilidad reducida, ni de ninguna otra alternativa adicional que permita el cruce de las diferentes vías de la ciudad con suficientes condiciones de seguridad y comodidad. El estudio pretendía identificar una solución viable, técnica y económica que permitiera realizar las adecuaciones necesarias ya sea para construir o reemplazar las rampas peatonales. El estudio parte del inventario de puentes peatonales en diferentes vías de la ciudad que no cumplen con las condiciones de accesibilidad adecuadas para personas con movilidad reducida, continua con una identificación sectorial de las personas con movilidad reducida con el fin de seleccionar los potenciales corredores de circulación inicial, así como los lugares neurálgicos para las intervenciones. Como complemento a lo anterior, se identifican las diferentes acciones legales que sobre cada uno de los puentes peatonales se han instaurado, así como el estado del proceso en la actualidad. Toda la información anterior permite identificar las prioridades de las intervenciones a ejecutar, a la vez de definir un horizonte de inversiones de acuerdo a las necesidades de la población, a la inversión requerida, a los equipamientos

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cercanos, entre otros. Una vez obtenida la información anterior, se procedió a realizar una visita a cada uno de los puentes peatonales que presentan deficiencias en cuanto a la accesibilidad de personas con movilidad reducida, identificando las inversiones necesarias para atender la solución. Para la definición de la solución era necesario considerar la jerarquía de la vía sobre la cual se encuentra construida la estructura, la disponibilidad de fajas, los equipamientos existentes, la presencia de cruces semaforizados cercanos, los volúmenes vehiculares que por la vía circulan, así como las condiciones urbanísticas y arquitectónicas. Es por lo anterior, que en algunos lugares se identificó que la construcción de rampas era la alternativa mas indicada para mejorar las condiciones de accesibilidad para las personas con movilidad reducida, mientras que en otros casos la instalación de un nuevo cruce semaforizado, así como la adecuación de alguno existente representaba una mejor alternativamente técnicamente viable y más económica. Como etapa inicial del proyecto, en el año 2009 se contó con una disponibilidad presupuestal de mil quinientos millones ($1.500.000.000), asignados a la Secretaría de Obras Públicas, con el fin de materializar las soluciones planteadas en el estudio, mediante la construcción de rampas, instalación de semáforos, adecuación de andenes, entre otros. Una vez identificadas las soluciones que requerían realizar en materia de semaforización para las intervenciones priorizadas en la vigencia 2009, se procedió a realizar el respectivo cuadro de cantidades de obra seleccionando cada una de las actividades necesarias para dar en operación la totalidad de los cruces, cuantificando así, una inversión necesaria de seiscientos veintisiete millones ochocientos ochenta y un mil novecientos cincuenta y tres pesos ($627.881.953) para la vigencia 2009. Para el inicio de la vigencia 2010, el proyecto de semaforización sólo contaba con los recursos ordinarios que le permiten a la Secretaría de Transportes y Tránsito realizar el mantenimiento y ampliación de la red de semáforos según lo planteado en el Plan de Desarrollo y las necesidades mismas de la ciudad, por lo cual, no fue posible asignarle recursos dentro del proyecto para continuar con las intervenciones sobre los puentes peatonales objeto del estudio mencionado. Es por lo anterior, que la Secretaría de Transporte y Tránsito oficia a las Secretarías: General, Hacienda y Obras Públicas del Municipio de Medellín, con el fin de solicitar una adición presupuestal que le permitiera continuar con la ejecución de las actividades programadas dentro del estudio de puentes peatonales sin retrasar ni interrumpir las actividades permanentes, rutinarias y necesarias sobre la red de semáforos de la ciudad, por lo cual, la Secretaría de Hacienda, en el mes de agosto del año 2010, autoriza una partida presupuestas de mil setecientos sesenta millones de pesos ($1.760.000.000), de los cuales setecientos sesenta millones de pesos ($760.000.000) corresponden a actividades de semaforización, las cuales son trasladadas oficialmente al proyecto de Semaforización del Cruces el día 10 de agosto de 2010. Con los recursos asignados, se pretende entonces, adelantar un proceso de selección abreviada de menor cuantía que permita atender los requerimientos que en materia de semaforización presenten cada uno de los puentes peatones objeto del mencionado estudio que no cuenten en la actualidad con las adecuadas condiciones de accesibilidad para las personas con movilidad reducida y para el cumplimiento de la obligación de la Secretaría de Transportes y Tránsito de ejecutar y administrar la semaforización de la ciudad y para el cumplimiento de la Misión de la Secretaría de Transportes y Tránsito, regulada por el Decreto 151 de 2002, artículo 167, que dice que: “planificar, regular y controlar los aspectos relacionados con la actividad transportadora terrestre, la circulación peatonal y vehicular, de acuerdo con el modelo de desarrollo social y económico de la ciudad, brindando servicios que cubran las necesidades del usuario y fomentar la cultura de la seguridad vial y un medio ambiente sano.” Es importante resaltar que:

Teniendo en cuenta la fecha en la cual se asignan los recursos presupuestales adicionales.

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Los tiempos precontractuales necesarios para adelantar el proceso de Selección Abreviada.

La actividad que se pretende desarrollar mediante la presente contratación, son propias de la misión de la Secretaría de Transportes y Tránsito de Medellín.

Con los recursos disponibles para la presente contratación se contempla que el objeto contractual se ejecute en plazo estimado de tres (03) meses.

Por lo cual, se hace necesario que según como lo reglamenta el artículo 4, numeral 1 de la Resolución 701 del veintitrés (23) de diciembre de dos mil nueve (2009), por medio del cual el COMFIS reglamenta la constitución de reservas presupuestales excepcionales que podrían generarse a diciembre 31 de 2010, el cual establece que, se constituirá reservas presupuestales de forma excepcional cuando el proceso precontractual y contractual haya sufrido retrasos o demoras imprevistas, no imputables a la falta de planeación que impidan que el bien, obra o servicio contratado o por contratar, se pueda recibir a diciembre 31 de 2010”.

2. LA DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES MATERIALES Y TÉCNICAS ESENCIALES.

El presente proceso tiene como fin realizar la contratación de la obra pública para la ampliación y reposición de red de semáforos de la ciudad de Medellín, en el cual se requiere adquirir todos los elementos necesarios para realizar un reemplazo importante de estructuras deterioradas, además de instalar y poner en funcionamiento las nuevas, entre otras intersecciones, ya sea en lugares donde existe carencia de éstas y que requieren de su instalación como una medida de seguridad vial o donde se implementan nuevas medidas en materia de movilidad ya sea definitivas o transitorias. Lo anterior consta de:

Suministro e instalación de postes de semáforos ver detalle (tubería galvanizada).

Suministro e instalación de semáforo a led de acuerdo a las normas del tránsito municipal soporte y placa de contraste.

Suministro e instalación de cables.

Construcción de canalización en tubería de 2"·norma rs1-036, incluye excavación, botada de escombros y reposición del acabado

Cada uno de los elementos que se desean adquirir deben cumplir con las especificaciones técnicas exigidas por la Secretaría de Transportes y Tránsito y con las normas técnicas a que se deben ajustar. Ver Especificaciones Técnicas.

3. LOS FUNDAMENTOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN QUE SE UTILIZARÁ EN EL PROCESO DE SELECCIÓN.

En atención al objeto contractual y según el artículo 32, numeral 1 de la ley 80, dicho contrato es considerado de obra pública y en tal medida la obra pública no es considerada de cómo de características técnicas uniformes en los términos del artículo 16, parágrafo 1, del Decreto 2474 de 2008. Adicionalmente el literal b, del numeral 2 del artículo 2 de la ley 1150 de 2007, determina cual es la menor cuantía para el

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Municipio de Medellín, definiéndola hasta 1.000 SMLV. El actual proceso contractual es de $378.560.889, suma que corresponda a la menor cuantía. Por lo anterior, la modalidad de selección para el presente proceso es de Selección Abreviada de Menor Cuantía, establecida en el artículo 2 numeral 2, literal b, de la ley 1150 de 2008, y en el artículo 9 del Decreto 2025 de 2009.

4. EL ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INDICANDO CON PRECISIÓN LAS VARIABLES CONSIDERADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA RESPECTIVA CONTRATACIÓN, ASÍ COMO SU MONTO. EN EL EVENTO EN QUE LA CONTRATACIÓN SEA A PRECIOS UNITARIOS, EL MUNICIPIO DE MEDELLIN DEBERÁ SOPORTAR SUS CÁLCULOS DE PRESUPUESTO EN LA ESTIMACIÓN DE AQUELLOS.

La Secretaría de Transportes y Tránsito tiene una amplia experiencia en la contratación de los elementos de semaforización, lo que le ha permitido ir construyendo una base de datos con los análisis de precios unitarios de los componentes. Ello también ha permitido elaborar los presupuestos manteniendo una racionalidad en los diferentes componentes del precio, con el fin de que la Administración pueda obtener unos costos ajustados a la realidad económica del mercado y evitar así las especulaciones de los proponentes. Permite también lo anterior determinar el conocimiento del mercado de los proponentes y si sus precios están ajustados a la realidad económica que la Administración Municipal conoce. De igual forma, con el presupuesto oficial asignado en el primer semestre del año 2010, se adelantó una licitación pública, cuyo objeto era similar al solicitado en los presentes Estudios Previos, por lo cual, se cuenta con unos valores de mercado para cada uno de los ítems del proceso.

5. EL SEÑALAMIENTO DE LOS FACTORES TÉCNICOS, TANTO MÍNIMOS COMO ADICIONALES, QUE SE EXIGIRÁN EN EL PLIEGO DE CONDICIONES, QUE PERMITIRÁN DETERMINAR LA OFERTA MÁS VENTAJOSA.

El factor de selección de la oferta será la ponderación de los factores técnicos y económicos, siempre que se cumpla con los requisitos habilitantes y satisfaga las necesidades de la Administración, según lo establece el Art. 12, del Decreto 2474 de 2008. REQUISITOS HABILITANTES O DE PARTICIPACIÓN TÉCNICOS

EXPERIENCIA MINIMA

Se considerará hábil el proponente que acredite el valor facturado en contratos terminados, suspendidos o en ejecución, celebrados por el proponente, ya sea individualmente o en consorcio o unión temporal, durante los últimos diez (10) años anteriores a la fecha de cierre de la licitación, cuyo objeto haya sido AMPLIACIÓN Y REPOSICIÓN DE REDES DE SEMÁFOROS, lo cual está acorde con el objeto de la licitación. La sumatoria del valor de los contratos acreditados deberá ser igual o superior al cien por ciento (100%) del valor del presupuesto oficial expresado en SMMLV a la fecha de terminación de los contratos, de lo contrario la propuesta será NO ADMISIBLE. Para acreditar esta experiencia, se debe aportar un máximo de cuatro (4) certificaciones, de las cuales mínimo una (1) deberá ser contratada con una entidad oficial con un valor igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del presupuesto oficial expresado en SMMLV a la fecha de terminación de los contratos.

En el caso que el Proponente pretenda certificar la experiencia de obras subcontratadas, debe anexar la certificación expedida por la empresa que subcontrató las actividades de AMPLIACIÓN Y REPOSICIÓN DE

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REDES DE SEMÁFOROS, acompañada de la copia del subcontrato y las facturas de pago cumpliendo con la respectiva normatividad, en caso de no cumplirlo, dicho certificado no será tenido en cuanta. También se acepta la experiencia proveniente de Ofertas Mercantiles, siempre y cuando estén acompañadas de las correspondientes certificaciones de ejecución de los trabajos, expedidas por parte de la entidad o persona a quien fue dirigida la oferta. En el caso de propuestas en consorcio o unión temporal, la experiencia podrá ser acreditada entre todos o uno cualquiera de sus integrantes.

OFRECIMIENTO MÁS FAVORABLE

PRECIO: 800 PUNTOS

Se asignarán ochocientos (800) puntos a la propuesta que presente el menor valor total corregido, y a las demás propuestas mediante una relación lineal, así:

Pp= 800 x Vmín / VPi

Donde, Pp = Puntaje obtenido por valor de la propuesta Vmín= Valor de la propuesta que presenta el menor valor total corregido VPi = Valor de la propuesta que se está evaluando. CALIDAD: 200 PUNTOS

Se asignarán doscientos (200) puntos adicionales al proponente que adjunte a la propuesta una carta en la cual se comprometa a prestar capacitación a los funcionarios de la Secretaría de Transportes y Tránsito en los siguientes programas:

PROGRAMA PUNTAJE

LISA+ versión 3.4 100

Transyt 7F versión 10 100

Cada capacitación deberá ser dictada a un máximo de diez (10) funcionarios de la Secretaría de Transportes y Tránsito, con una intensidad horaria de 24 horas distribuidas según las necesidades y disponibilidad de los funcionarios de la entidad. Para información de los proponentes, la Secretaría de Transportes y Tránsito posee la licencia de ambos software. Cada capacitación deberá incluir las siguientes actividades: - Principios básicos del programa. - Funciones del programa. - Herramientas del programa. - Ejercicio práctico. Al finalizar la jornada se deberá hacer entrega de las memorias y un manual con todas las funciones y aplicaciones del programa.

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El ejercicio práctico deberá ser desarrollado en los talleres de capacitación, para lo cual la Secretaría de Transportes y Tránsito hará entrega al contratista de entre diez (10) y quince (15) intersecciones con volúmenes vehiculares reales para realizarles la respectiva simulación y planeamiento. El proponente que no presente dicha carta será calificado con cero (0) puntos en este concepto.

ACREDITACIÓN REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES

De conformidad con el Decreto 4881 del 31 de diciembre de 2008 y al régimen de transición establecido en el artículo 1

del Decreto 3083 de 2009, se deberá disponer del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio y deberá

estar inscrito, clasificado y calificado como contratista en alguna de las siguientes especialidades y grupos:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO

1 Constructores 08 Obras de Transporte y

complementaria 07

Señalización y

Semaforización

Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación, cada uno de sus integrantes deberá

aportar este certificado.

Además, deberán tener a la fecha de cierre del proceso, una Capacidad de Contratación igual o superior así:

DESCRIPCION

CAPACIDAD DE

CONTRATACIÓN K (SMMLV)

CAPACIDAD RESIUDAL

KR (SMMLV)

Ampliación y Reposición de la Red de Semáforos

8.145,49 1.102,60

Para acreditar el cumplimiento de este requisito, el proponente deberá aportar el certificado de inscripción en el RUP,

expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario, previos a la fecha de cierre del proceso, y el Formato

No. 6 CONTRATOS EN EJECUCIÓN - debidamente diligenciado.

Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, los integrantes deberán reunir, la actividad, especialidad y

grupo(s) exigidos en el Pliego de Condiciones. En este caso, el Kr del Consorcio o la Unión Temporal, se obtendrá de la

suma de cada uno de sus integrantes.

Para el diligenciamiento del Formato No. 7 CONTRATOS EN EJECUCIÓN, se tendrá en cuenta la siguiente información:

a) El saldo a la fecha de cierre del proceso del valor total de los contratos en ejecución o suspendidos, incluidas las

adiciones.

Saldo = Valor inicial del contrato + adiciones – pagos recibidos

b) El valor total de los contratos adjudicados y que aún no tienen orden de iniciación.

c) En el caso de contratos en Consorcio o Unión Temporal, se informará únicamente el valor que corresponde al

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proponente, según su porcentaje de participación en los mismos.

El Kr del proponente, sea persona natural o jurídica, y de cada uno de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal,

se determinará con la siguiente fórmula:

Kr = Ki – Ke

Donde:

Kr = Capacidad residual de contratación, a la fecha de cierre del proceso, en SMMLV.

Ki = Capacidad de contratación inscrita como “Constructor”, según el Certificado de Inscripción en el RUP, en SMMLV.

Ke = Contratos en ejecución, que corresponde a la sumatoria de los valores obtenidos en los literales a) y b), expresada

en SMMLV, teniendo en cuenta el literal c) cuando aplique.

6. EL SOPORTE QUE PERMITA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES DE LA CONTRATACIÓN QUE SE DETALLAN EN EL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES.

Ver Análisis de Riesgo.

7. EL ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA DETERMINACIÓN DE LOS MEDIOS DE COBERTURA DEL RIESGO QUE SE EXIGEN EN EL PLIEGO DE CONDICIONES Y LOS AMPAROS QUE DEBEN SER DADOS POR EL OFERENTE Y CONTRATISTA.

Los mecanismos de cobertura del riesgo podrán ser cualquiera de los enunciados en el artículo 3, del Decreto 4828 de 2008, es decir pólizas de seguros, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en garantía. Dichos mecanismos se torna en elementos ideales para la cobertura de los riesgos que se generen en ocasión de la ejecución contractual. Ver Análisis de Riesgo.

8. LOS DEMÁS ASPECTOS DERIVADOS DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO CONTRACTUAL QUE SOPORTEN LOS REQUERIMIENTOS QUE SE INCLUYEN EN EL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES.

Cumplir con las características técnicas especiales para cada uno de los ítems.

9. ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO A CELEBRAR

9.1 OBJETO DEL CONTRATO.

Obra pública para la ampliación y reposición de la red de semáforos de la ciudad de Medellín.

9.2 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO (VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL).

Trescientos setenta y ocho millones quinientos sesenta mil ochocientos ochenta y nueve pesos ($378.560.889) incluido A.I.U, exento de IVA por ser contrato de obra pública. Contratos de obra pública excluidos de IVA (Ley 21 de 1992, Art. 100). Los contratos de Obras Públicas que celebren las personas naturales o jurídicas con las Entidades Territoriales y/o Entidades Descentralizadas del Orden Departamental y Municipal estarán excluidos

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del IVA.

9.3 FORMA DE PAGO.

El Municipio de Medellín pagará periódicamente según el avance del contrato por el sistema de precios unitarios, previa presentación de las respectivas actas de obra, elaboradas por el Contratista y aprobadas por el Interventor, con el visto bueno del Coordinador del Proyecto designado por la Secretaria de Transportes y Tránsito, además con la presentación de la factura o documento equivalente y todos los soportes.

9.4 ANTICIPO.

Se hará entrega del veinte por ciento (20%) del valor de la oferta adjudicada a manera de anticipo, el cual será amortizado mediante la deducción del porcentaje correspondiente al mencionado anticipo, en cada pago periódicamente hasta completar el cien por ciento (100%) de la suma anticipada.

9.5 INTERVENTORÍA (SUPERVISIÓN DEL CONTRATO).

La interventoría será externa, contratada mediante el respectivo concurso de méritos, dada la especificidad del objeto a contratar y el acompañamiento técnico, legal y financiero requerido.

9.6 LUGAR DE EJECUCIÓN (SITIO DE ENTREGA DE LOS BIENES O SERVICIOS).

Municipio de Medellín.

9.7 POSICIÓN PRESUPUESTAL, NÚMERO Y DENOMINACIÓN DEL PROYECTO

PROYECTO: 080343

DENOMINACIÓN: Semaforización de Cruces

FONDO: 11000110

POSICIÓN PRESUPUESTAL: 23350211

ÁREA FUNCIONAL: 06000.53507.0099

CENTRO GESTOR: 20600000

9.8 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

Tres (3) meses, contados a partir del acta de inicio. Artículo 4, numeral 1 de la Resolución 701 del veintitrés (23) de diciembre de dos mil nueve (2009), por medio del cual el COMFIS reglamenta la constitución de reservas presupuestales excepcionales que podrían generarse a diciembre 31 de 2010, el cual establece que, se constituirá reservas presupuestales de forma excepcional cuando el proceso precontractual y contractual haya sufrido retrasos o demoras imprevistas, no imputables a la falta de planeación que impidan que el bien, obra o servicio contratado o por contratar, se pueda recibir a diciembre 31 de 2010”.

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10. DESCRIPCIÓN BIEN O SERVICIO QUE SE REQUIERE

SECRETARIA DE TRANSPORTES Y TRÁNSITO DE MEDELLIN

CANTIDADES DE OBRA PROYECTO OBRA PÚBLICA PARA LA D AMPLIACIÓN Y REPOSICIÓN RED SEMAFOROS

ITEM DESCRIPCION UNID. CANT. VR. UNIT. TOTAL

1

SUMINISTRO E INSTALACION DE POSTES DE SEMAFOROS VER DETALLE (TUBERÍA GALVANIZADA)

A. Recto vehicular UN 30

B. Mensula de 5.5 mts - Incluye anclaje UN 12

2

SUMINISTRO E INSTALACION DE SEMAFORO A LED DE ACUERDO A LAS NORMAS DEL TRANSITO MUNICIPAL SOPORTE Y PLACA DE CONTRASTE

A. Vehicular a poste con placa UN 15

B. Vehicular en ménsula - incluye soporte y placa de contraste

UN 15

C. Peatonal UN 20

D. Peatonal con conteo regresivo UN 1

3

SUMINISTRO E INSTALACION DE CABLES

A. 4X16 Para control - 600V ML 1.350

B. 3X12 Potencia - Tipo fuerza ML 500

C. Bajante metálico en tuberia EMT 1" Cable 3X12

ML 3

D. Cable telefónico 10PS en ducto de 1" ML 500

4 Suministro e instalación de discos direccionales para postes de semáforos con material reflectivo tipo IX

UN 30

5 Construcción de caja de distribución RS3-016 con marco antifraude

UN 12

6

CONSTRUCCION DE CANALIZACION EN TUBERIA DE 2"· NORMA RS1-036, INCLUYE EXCAVACIÓN , BOTADA DE ESCOMBROS Y REPOSICION DEL ACABADO

A. En zona verde ML 130

B. En pavimento ML 248

C. En zona dura ML 100

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7

Suministro e instalación de controlador local EC-2 de 8 grupos de señal y tarjeta detectora PEEK o equivalente compatible con el sistema, según las especificaciones técnicas presentadas por la Secretaría de Transportes y Tránsito de Medellín

UN 3

8 Panel MMI para lectura de información del controlador local

UN 1

9 Construcción cordones Ml 20

10 Construcción andenes en concreto M2 10

11 Construcción rampa personas con movilidad reducida

M2 15

12 Demolición de andén M2 3

13 Suministro e instalación de pulsadores peatonales

UN 8

14 Señales verticales de semáforo a 50, 100 y 200 mts

UN 4

15 Construcción de bajantes metálicos de 1" UN 2

16 Construcción de bajantes metálicos de 3/4" UN 2

17 Construcción de cajas de 60 x 80 UN 2

18 Puesta a tierra RA4-020 tipo EPM - incluye bentonita

UN 3

19 Base para controlador local UN 3

20 Suministro de malla detectora 2mx4m según normas de la Secretaría de Transportes y Tránsito de Medellín

UN 1

21 Suministro de malla detectora 20mx5m según normas de la Secretaría de Transportes y Tránsito de Medellín

UN 1

22 Conexión a control central - incluye identificación de pares telefónicos y programación en el control central

UN 3

TOTAL 378.560.889

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11. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE SEMAFORIZACIÓN EXISTENTE La ciudad de Medellín posee en la actualidad un sistema de semaforización cuyo control central está conformado por computadoras de tecnología abierta, conectados en red y que operan bajo la plataforma Windows NT. El software de aplicación específica para la operación del sistema de semaforización, denominado MATS, fue desarrollado e instalado por la firma PEEK TRAFFIC. La red que conforma el control central está compuesta por los siguientes elementos:

Un servidor principal y general de archivos.

Un servidor de comunicaciones.

Dos estaciones de trabajo las cuales en cualquier momento pueden ser habilitadas como servidores de comunicación.

Dos Impresoras de inyección. El control central tiene capacidad para controlar, supervisar y coordinar hasta tres mil ciento treinta y seis controladores locales y la información generada por todos los componentes del sistema, incluyendo los niveles de intersección, es manejada mediante bases de datos controladas por aplicaciones de Paradox, Borland. FILOSOFÍA DE CONTROL El control de tránsito en la ciudad de Medellín se hace en forma jerarquizada, existiendo tres niveles de control, a saber:

Nivel de control central

Nivel de control de área

Nivel de control de intersección NIVEL DE CONTROL CENTRAL

El control central tiene como funciones, entre otras, obtener y procesar las informaciones provenientes de los controladores maestros, de los controladores locales y de los detectores de vehículos, mantener y supervisar el sincronismo de la red, administrar el sistema, conocer el estado, el diagnóstico y el manejo de reportes de falla de los componentes del sistema, etc., a través de la red de transmisión asociada. Igualmente, provee las posibilidades de comunicaciones entre el sistema y los operadores del mismo.

Desde el control central se supervisa el correcto funcionamiento del sistema, ofreciendo reportes escritos y visuales de las fallas y de todos los eventos que se presenten en el sistema, los cuales pueden almacenarse en medios digitalizados e imprimirse en el momento que el operador lo requiere.

El software instalado en el control central asiste al operador en una forma amigable a través de menús en ambiente Windows y la información es desplegada en los monitores de cada una de las consolas de trabajo.

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El sistema está controlado y supervisado por la unidad central de procesamiento (CPU), constituida por la unidad lógica aritmética, memoria de programas y memoria de datos, y los demás bloques funcionales encargados de la supervisión y mantenimiento de todo el sistema, elementos que conforman el servidor principal y general de archivos.

Todos los programas, tanto para manejo de información, como para supervisión, mantenimiento y obtención de estadísticas, se encuentran siempre presentes en la memoria, es decir, en línea (on line).

El sistema de transporte de información, está dotado de mecanismos de protección de información, tales como detección de errores, fallas del medio de transmisión, etc.

El servidor principal está dotado de un sistema espejo que permite respaldo en caso de fallas en el disco duro y de respaldo adicional que se puede obtener a través de CD-RW para almacenar todos los programas, datos específicos, etc., de tal forma que sirve como soporte en caso de falla.

El control central permite la comunicación entre los diferentes elementos del sistema a través de un servidor de comunicación, el cual, en forma específica, direcciona la información desde y hacia cada uno de los controladores maestros o de zona y hacia el mapa de indicación visual.

El control central, en resumen, permite el manejo de tráfico por áreas de tal forma que opera los controladores o concentradores maestros PEEK AD1460.

Características del control central existente

Capacidad, el control central tiene la capacidad para manejar 3.136 controladores locales, los cuales se pueden agrupar por zonas de acuerdo con las capacidades que tengan los controladores de área.

Modos de operación:

En función del tráfico: En este modo de operación, la selección de los programas aplicables a los cruces conectados al control central se efectúa automáticamente, de acuerdo a la medición de volúmenes de tráfico y ocupación de sensores estratégicos de la red. Esta medición es procesada de acuerdo a la programación, a la que tiene acceso personal especializado del Municipio de Medellín con miras a efectuar cambios en los parámetros cuando sea necesario.

Automático hora/semanal (TOD): En este modo de operación, la selección de los programas aplicables a los cruces conectados al control central se efectúa de acuerdo a la hora del día y día de la semana, pudiéndose realizar durante el día cualquier número de cambios de programación.

Manual: En este modo de operación, los programas aplicables a los cruces conectados al control central se efectúan de acuerdo a las ordenes del operador de turno. La selección incluye el modo de operación intermitente.

Intermitente: Este modo de operación envía todos los controladores locales a intermitencia, ya sea para todo el sistema, por secciones previamente constituidas o a un solo controlador local.

Selección del programa:

El operador puede seleccionar libremente todos los programas y los modos de operación del numeral anterior. El control central posee la facilidad de ejecutar un programa de iniciación el cual es preestablecido por el operador.

Además, el control central posee un software que garantiza las transiciones adecuadas entre los diferentes programas y evita que se presenten transiciones inválidas. Las transiciones se realizan en un tiempo tal que evitan perturbaciones en el tráfico y se cumplen para todos los modos de operación.

Número de programas

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El control central opera con combinaciones de al menos seis ciclos, cuatro splits y cinco offset y el modo de operación intermitente no constituye un programa adicional.

Los tiempos de programación se pueden incrementar o disminuir a intervalos máximo de un (1) segundo.

Funciones: El control central posee los medios para que el operador pueda realizar al menos las siguientes funciones: - Seleccionar el modo de operación del sistema - Seleccionar el modo de operación de los controladores locales - Modificar los parámetros y valores preestablecidos para el proceso automático de

selección de programas - Seleccionar los controladores locales que deben pertenecer a secciones de tráfico

con comportamiento de tráfico similar, independientemente de que se encuentren bajo la coordinación de maestros diferentes

- Desconectar del control cualquier equipo local específico. - Solicitar información de cualquier controlador de zona y de controladores locales. - Solicitar información sobre el funcionamiento de todo el sistema - Solicitar información sobre volúmenes de trafico y ocupación de detectores - Calcular ancho de bandas de verde para un grupo cualquiera de controladores

locales. Para este propósito los datos requeridos deben ser importados de la base datos del servidor de archivos.

Configuración: El control central se encuentra conformado por los elementos de la red que se describieron en la sección 1.1.1

Memoria: Además de la memoria principal requerida para la operación del control central se dispone de la siguiente memoria adicional con una capacidad que garantiza el almacenamiento mensual de la siguiente información, con indicación de fecha y hora: - Conteo y ocupación de detectores - Estado de los controladores locales - Estado de los detectores - Cambio de programa - Cambio de modo de operación - Mandos enviados por el operador del sistema - Otras medidas que el equipo pueda requerir - Fallas y novedades del sistema

Unidad de CD-RW: Esta unidad se utiliza en los siguientes casos: - Cuando se presente una falla en el sistema para salvar la información. - Para almacenar información generada por el sistema y que debe ser sacada del

control central para archivarla.

Otros periféricos: - Sistema de indicación visual: El sistema, sobre un mapa digitalizado de la ciudad,

suministra información visual sobre el estado de funcionamiento de la red de semáforos.

- A nivel general: Aquí se debe indicar el funcionamiento, fallas y novedades en general del sistema de control de transito.

- A nivel de área: Se indica la operación, fallas y novedades del equipo de zona y de los controladores locales que conforman la zona.

- A nivel de cruce: se indica el funcionamiento, fallas y novedades del controlador local, los semáforos y los detectores que se encuentran en cada intersección.

Estaciones de trabajo

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Las estaciones de trabajo permiten una amigable relación hombre-máquina y ofrecer las siguientes posibilidades: - Para ingresar al sistema se debe tener un pass Word que garantice que personas

no autorizadas accedan al sistema. Además estos pass Word son categorizados para que un operador solo pueda ingresar a la parte autorizada del sistema de acuerdo a su jerarquía.

- Las estaciones de trabajo poseen monitores a color de alta resolución del tipo súper VGA donde se puede observar el estado de operación de los controladores de zona, los controladores locales, los detectores, el mapa de indicación visual y además se tiene la información sobre las novedades del sistema y los conteos de los detectores.

- Desde la estación de trabajo el operador puede ejecutar las siguientes operaciones: - Solicitar el estado de operación de los equipos de zona, controladores locales y

detectores. - Cambiar los modos de operación del control central, los controladores de zona

y los controladores locales. - Solicitar el listado de fallas y novedades de los controladores locales,

controladores de zona y detectores al menos del último mes. - Solicitar los datos de volúmenes de trafico y ocupación de detectores en forma

gráfica y el listado de al menos el ultimo mes. - Programar y modificar los programas de los controladores de zona y los

controladores locales.

Impresoras: El control central posee dos impresoras donde toda la información que se muestra en el monitor pueda ser impresa en papel, en forma de listado y en gráfica.

Alimentación eléctrica de emergencia: - El control central y los controladores de zona poseen un sistema de

alimentación eléctrica de emergencia, que entra en operación en caso de que exista una falla en red de alimentación eléctrica y garantiza que:

- La conmutación es inmediata y no provoca ninguna perturbación en el funcionamiento del control central y sus periféricos, ni en los controladores de zona.

- El sistema de alimentación de emergencia es compatible con el control central, los periféricos y los controladores de zona y satisface los requerimientos de energía de los mismos por un periodo de dos (2) horas continuas.

- Una vez restablecido el suministro eléctrico de la red, el equipo de emergencia se recarga automáticamente hasta lograr su capacidad nominal.

Distribuidores: El control central, los controladores de zona y los controladores locales están provistos de bastidores donde se distribuyen los cables de interconexión entre el control central, los controladores de zona y los controladores locales, estos distribuidores están dotados de los elementos de seguridad necesarios.

Interfases: El control central posee las interfases que actualmente se hacen necesarias para:

- Conectar los periféricos y las estaciones de trabajo - Conectar el control central a los controladores de zona y estos con los

controladores locales.

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NIVEL DE CONTROL POR ÁREA Los controladores de área o de zona, son los encargados de coordinar los controladores locales de una zona y de enviar y recibir del control central la información necesaria para el manejo coordinado e integral de la red de semáforos. En la actualidad, la red de semaforización de Medellín está conformada por siete controladores de área marca PEEK, referencia AD 1460, con capacidad para manejar hasta 49 controladores locales cada uno. Todos los controladores de área se encuentran integrados a la red de control central que fue descrita en el numeral anterior y las funciones descritas para el control central se aplican para cada uno de ellos. Funciones, modos de operación y manejo de programas: Los controladores de zona en asocio con el control central garantizan las funciones, modos de operación y numero de programas solicitados por el control central. NIVEL DE CONTROL DE INTERSECCIÓN Para el control de tráfico en las intersecciones, el sistema de control cuenta con controladores Philips AD182 y PEEK AD1820 y EC-1. Las características básicas de estos últimos coinciden con las descritas en la sección de especificaciones técnicas de los equipos de control local solicitados. CONDICIONES GENERALES PARA LOS EQUIPOS SOLICITADOS Los controladores locales serán comandados por el control central que posee el Municipio de Medellín, cuya descripción se hizo en el capítulo anterior y por tanto se debe garantizar su operación, funcionamiento, programación y supervisión desde este control central. Los proponentes deberán ofrecer y describir las interfaces necesarias para hacer la conexión entre los equipos y el sistema de control de tránsito que existe en la ciudad de Medellín, suministrando en forma separada el costo y la información técnica necesaria. La interconexión entre los equipos ofrecidos y control central existente debe hacerse de tal forma que se permita una sola administración del sistema y el manejo integral de las labores de programación, supervisión, control, mantenimiento, evaluación de tráfico, registro automático de fallas y novedades y el manejo de alarmas. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DE LOS SOLICITADOS

Se da consideración a cualquier equipo que cumpla por lo menos con los requisitos mínimos aquí establecidos y no se aceptarán dispositivos diferentes a estado sólido.

Los equipos contarán con un gabinete. El proponente indicará el tipo de seguridad que se dispone, con el fin de restringir el acceso a su interior a personal no autorizado. El gabinete preservará el equipo contra la humedad, el polvo y la corrosión.

Los equipos deben estar dotados de terminales de conexión, los cuales permitan acoplar instrumentos de prueba, para efectuar chequeos de rutina, diagnóstico de fallas o reparaciones sobre las diferentes unidades.

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Los controladores locales solicitados deben permitir la indicación visual de su operación y suministrar información sobre el estado de señalización de cada grupo, programa seleccionado, modo de operación, condición de falla, ocupación de detectores, etc.

CONDICIONES GENERALES DEL SUMINISTRO

Se debe suministrar la documentación necesaria, referenciada a la numeración del presente pliego, describiendo detalladamente las características de los equipos ofrecidos y demostrando que cumplen por lo menos, los requerimientos funcionales y los niveles de comportamiento y calidad aquí solicitados. Esta documentación deberá ser presentada en idioma Español, o, en su defecto, en Inglés.

Condiciones ambientales de operación: Todos los equipos deben ser adecuados para su funcionamiento en la ciudad de Medellín y por lo tanto debe estar debidamente tropical izados y su rendimiento garantizado no podrá variar en cualquier combinación de las siguientes condiciones: A. Temperatura ambiente: Desde -10º C hasta + 60º C B. Humedad relativa: 95% C. Altura de operación hasta 2.000 metros sobre el nivel del mar.

Calidad del material: Los equipos deben ser de diseño moderno y construidos para resistir las condiciones de empaque y transporte al sitio de utilización; serán además de fácil mantenimiento y operación.

Protección: Los equipos deben estar completamente protegidos contra daños causados por descargas eléctricas atmosféricas y por sobre tensiones, lo mismo que por campos eléctricos extraños. Se debe explicar la forma para cumplir estas condiciones.

Diseño de los equipos - Los equipos deben ser totalmente modulares, de tal forma que faciliten la

accesibilidad para efectuar pruebas, mantenimiento y reemplazo de unidades defectuosas.

- Los equipos deben ser construidos por elementos de estado sólidos, transistores, circuitos integrales, etc. y formando unidades o panales enchufables. Los semiconductores y otros elementos de estado sólidos que se utilicen serán tales que se obtengan de más de un fabricante.

- El diseño de los equipos debe ser adecuado para prestar servicio en forma continua durante las 24 horas del día.

- El diseño de los equipos debe maximizar la normalización, modularidad e intercambiabilidad, de tal forma que en lo posible permita el intercambio de unidades con facilidad entre ellos.

- Los semiconductores y otros elementos que se utilicen deberán estar completamente rotulados, sin borrones ni caracteres sobrepuestos.

- El diseño de los equipos deberá impedir que cualquier radicación electromagnética generada por ellos interfiera con el correcto funcionamiento de la red telefónica local.

- Todos los equipos deberán estar diseñados de tal manera que la falla de cualquiera de sus componentes no cause falla de ningún otro.

Rotulación: Debe hacerse preferiblemente en español o en su defecto en ingles, llenando los siguientes requisitos:

- Cada componente y juego de elementos se indicará de tal manera que su descripción y referencia del circuito pueda localizarse utilizando el libro manual de instrucciones.

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- Todos los controles, interruptores, etc., se deben marcar con símbolos usados en el correspondiente diagrama de circuito del equipo.

Espacio y peso: - El fabricante especificará claramente las dimensiones de los equipos - Así mismo se especificará claramente el peso neto en kilogramo de cada

equipo - Local para las instalaciones del controlador de zona.

Alarmas: Se debe especificar los sistemas de alarmas que tengan los equipos en cuanto a su clase, localización y operación.

Aspectos Generales sobre documentación: Se debe entregar al Municipio de Medellín la documentación de cada uno de los equipos, la cual contendrá como mínimo los siguientes aspectos: A. Guía de instalación B. Guía de funcionamiento y operación C. Guía del usuario D. Guía de mantenimiento y diagramas generales Información para mantenimiento. Se indicará para el sistema, la cantidad y clase de técnicas necesarias para su correcto mantenimiento.

Repuestos: Deberán incluirse partes y módulos de repuestos con base al criterio y condiciones fijadas a continuación:

- Repuestos como partes individuales - Repuestos como módulos completos

En la oferta se discriminará una cantidad de repuestos para los equipos de control local, con sus precios unitarios, que a juicio del proponente sea necesaria durante los primeros cinco años de operación de los equipos a partir de su instalación, entendiéndose que no se trata de partes de reemplazo por posibles defectos de fabricación de los equipos suministrados. Las partes de reemplazo deberán ser suministradas adicionalmente por el fabricante sin costo alguno para el Municipio de Medellín, durante el período de garantía de los equipos. Además se debe garantizar que durante un periodo no inferior a cinco años se tendrá en el mercado repuestos para los equipos suministrados. Se debe dar asistencia técnica, cuando el Municipio de Medellín la requiera, para resolver los problemas de programación, operación, control y mantenimiento que se pueda presentar.

Instrumentos Se indicará a precios unitarios y totales los instrumentos requeridos para efectuar la programación y el mantenimiento normal del sistema, lo mismo que los cordones, cables, adaptadores de prueba y demás accesorios.

Herramientas y equipos de prueba Los equipos suministrados deberán incluir las herramientas o equipos especializados para la adecuada operación y mantenimiento de los mismos. Deberá incluirse al menos de un juego completo de tales elementos. Deberá incluirse una lista con las características de cada elemento e indicar el número de cada tipo que es conveniente adquirir.

Voltaje de alimentación y potencia Todos los equipos deben cumplir los requerimientos de comportamiento cuando estén alimentados por una fuente de AC de 110 ó 220 voltios + 20% a 60 HZ + 5%. Los detectores deben tomar su alimentación del controlador local al cual están conectados.

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Consumo de potencia: Se debe indicar el consumo de potencia de cada uno de los equipos. Además se debe indicar la capacidad de potencia de salida de cada dispositivo de conexión a lámparas.

ERRORES U OMISIONES El proponente está en la obligación de señalar por escrito cualquier error u omisión que encuentre en estas especificaciones y está en la obligación de solicitar las aclaraciones que considere necesarias. En caso que en el desarrollo del contrato se encuentre que no se incluyó un elemento o servicio indispensable para la ejecución de los trabajos y el buen funcionamiento de los equipos, el fabricante deberá ejecutarlo o incluirlo, sin costo adicional para el Municipio. El hecho de que no se noten errores u omisiones en estos documentos, no libera al fabricante de su obligación de realizar los trabajos satisfactoriamente en las fechas estipuladas. ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LOS EQUIPOS SOLICITADOS CONTROLADOR LOCAL Este ítem se refiere al suministro de controladores locales, su instalación, programación, puesta en servicio y la conexión con el control central. Se debe suministrar una muestra de los controladores locales ofrecidos para que el Municipio de Medellín proceda a evaluar su funcionamiento y compatibilidad con el sistema de control de tráfico de la ciudad y verificar los requisitos exigidos en estas especificaciones. La Unidad de Circulación de la Secretaría de Transportes y Transito de Medellín expedirá una certificación que acredite que los equipos ofrecidos, cumplan con las especificaciones técnicas exigidas y son compatibles con el sistema de la Administración Municipal para la operación de la red de semáforos. Esta certificación deberá ser anexada a la propuesta. Los controladores locales solicitados deben estar constituidos en su parte fundamental por un microprocesador y todos sus elementos serán de estado sólido. La unidad procesadora deberá poseer doble procesador. El primero, para almacenar los planes de coordinación y la matriz de conflictos y el segundo, para supervisar el adecuado monitoreo de conflictos y ausencia de lámparas. Los planes de señalización o programas de sincronismo deben hacerse en memorias FLASH EPROM programable a través de un terminal externo, desde un P.C. o desde el centro de control por medio de un módem conectado por línea telefónica conmutada a través de la red pública, o dedicada. El controlador local debe poseer una memoria RAM para llevar el registro de fallas y novedades que se presenten y debe guardar la información de al menos un mes de funcionamiento. Así mismo debe poseer baterías para proteger la información guardada cuando se presente una falla en el suministro de energía. El controlador local debe disponer de indicadores visuales que le indiquen al usuario como mínimo el plan de señalización que se está ejecutando, la longitud del ciclo, el número de grupos

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programados, la distribución de tiempos de cada programa, el estado de las mallas detectoras, la frecuencia de oscilación de los detectores vehiculares, el estado de funcionamiento de las unidades detectoras, el estado de los pulsadores peatonales y el estado de los fusibles. Número de grupo de señales Los controladores locales deben tener capacidad para manejar desde dos grupos como mínimo hasta cuarenta y ocho (48) grupos de señales vehiculares y/o peatonales y permitir la entrada y procesamiento de información de al menos ocho (8) mallas detectoras de vehículos y ocho (8) pulsadores de demanda de peatones. Modos de Operación Los controladores locales deben permitir los siguientes modos de operación:

Manual:

Automático o tiempos fijos: En este modo de operación el controlador local debe seleccionar al menos dieciséis (16) programas de señalización de acuerdo a la hora del día y el día de la semana. Un plano se podrá repetir en diferentes horas del día. Estos programas deben estar almacenados en la memoria ROM programable del controlador.

Totalmente actuado por vehículos y/o peatones.

Semiactuado por vehículos y/o peatones.

Centralizado: En este modo de operación el controlador local deberá integrarse para su operación con el control central existente y trabajará bajo sus comandos de acuerdo con las especificaciones antes descritas del control central, de tal forma que su instalación y operación no requiera de aditamentos especiales a excepción del módem de comunicación y de las interfases propuestas por el oferente. Se deberá garantizar que una desconexión entre el control central de los controladores locales no afectará la coordinación, ni la ejecución del plano que esté corriendo en determinado momento

En este modo de operación se deben permitir las funciones actuado y semiactuado y el contratista informará como se igualan las bases de tiempo en un ciclo dado para garantizar la operación coordinada de la zona donde se instalen los controladores locales.

Intermitente: En este modo de operación el controlador local debe señalizar amarilla intermitente por la vía principal y roja intermitente por las vías secundarias y debe ser programable para cualquier grupo.

Adaptativo: la distribución de tiempos de verde, ciclos y desfajases se realizará de acuerdo a los volúmenes vehiculares registrados en las intersecciones anteriores.

Maestro esclavo: Cualquier controlador local debe permitir su conexión a otro controlador local con el fin de que compartan la misma base de tiempo y permitir el sincronismo programado entre ambos.

Fuera de lo anterior se deberá demostrar que los controladores locales tienen posibilidad de atender sistemas de prioridad para vehículos y que en el momento que se requiera pueden operar de forma adaptativa. Para ello se anexará la información correspondiente que demuestre que los controladores locales pueden desempeñarse de estas formas. Para el modo de operación adaptativo se informara el software utilizado para tal función.

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Monitoreo de Luces El controlador local en forma programable debe supervisar el encendido simultáneo de luces verdes conflictantes, así mismo debe supervisar la ausencia total de luces rojas y verdes en cualquiera de los grupos vehiculares. Alarmas Cuando se presente una falla en el controlador local, debe operarse una alarma visual que le indique al personal de mantenimiento el tipo de falla que se presentó. Función Dimer El controlador local debe tener en forma programable la función dimer, la cual es utilizada por el Municipio para reducción de los niveles de iluminación de los semáforos. Unidades Detectoras El controlador local debe poseer como parte constitutiva del equipo e incorporadas al mismo gabinete, las unidades detectoras necesarias para el manejo de por lo menos ocho (8) mallas detectoras de vehículos y ocho (8) pulsadores de peatones. Si fuese necesario hacer detecciones por video, los equipos de control local deberán permitir esta función. Protecciones Del controlador local: El controlador local contará con dispositivos de protección de entrada, para protegerlo de sobretensiones y cortocircuitos en el equipo. De los circuitos de salida: El controlador local estará dotado de dispositivos reemplazables para protegerse de los cortocircuitos que se puedan presentar en las lámparas de los semáforos o en el cableado de las mismas y deben ser calculados de tal forma que no causen daños en los circuitos de potencia y conmutadores de luces del controlador. Información de detectores El controlador local debe estar en capacidad de procesar la información proveniente de los detectores, para su operación en funcionamiento actuado y semiactuado. Así mismo, estará en capacidad de enviar la información de los detectores al control central. Gabinetes Todos los controladores locales deben estar contenidos en un gabinete que tenga las siguientes características:

a. Dimensiones: Las dimensiones de los gabinetes deben ser tales que contengan todas las tarjetas, borneras, terminales y cableados sin apretujamientos y que permita un acceso cómodo para labores de instalación, programación y mantenimiento.

b. Borneras: El gabinete debe poseer un conjunto de borneras que permitan la conexión de todos los elementos externos tales como semáforos, mallas detectoras, pulsadores peatonales, fuente de alimentación y cable de interconexión

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con el centro de control, con el fin de evitar conexiones directas a los módulos del controlador local.

c. Material: Los gabinetes deben ser fabricados en lámina de acero inoxidable, con tratamiento anticorrosivo y tropicalizado; también podrán ser de material plástico.

d. Pintura: La pintura final de los gabinetes debe ser horneada y de un color neutro, preferiblemente crema.

e. Acceso: El acceso a los gabinetes debe hacerse por una puerta frontal del tamaño del gabinete y provista de un sistema de seguridad que impida el acceso de personas no autorizadas. Entre la puerta de acceso y el gabinete debe instalarse un sello que impida la entrada de polvo y humedad.

f. Cerradura: El gabinete debe estar provisto de una cerradura central que coloque como mínimos tres picaportes, uno en la parte central, otro en la parte superior y otro en la parte inferior. La cerradura debe estar construida en material no ferroso ó en caso de materiales ferrosos éstos deben estar tropicalizados.

g. Fijación: El gabinete debe ser instalado en un pedestal de concreto con la entrada de cables por medio de ductos ubicados en la parte inferior del gabinete, por lo tanto este debe tener los herrajes y perforaciones para fijarse por medio de pernos al pedestal a través de una base metálica la cual debe ser tropicalizada. Es decir que entre el gabinete y el pedestal debe existir una base metálica.

UNIDADES DETECTORAS INCLUIDAS EN LOS CONTROLADORES LOCALES Este numeral se refiere a las calidades de las unidades detectoras de anillo inductivo que forman parte de los controladores locales y por medio de los cuales se recoge la información de presencia de vehículos, velocidad, ocupación y volúmenes de tráfico y se envía al control central ó servirán para la operación actuada, semiactuada y centralizada de los controladores locales. Los detectores deben responder a la presencia de cualquier vehículo que circule sobre los lazos inductivos y en caso de que un vehículo se estacione sobre el lazo, los detectores deben omitirlo y responder a la presencia de otros vehículos que circulen por la parte no ocupada del anillo.

Los detectores cubiertos por esta especificación deben ser apropiados para generar la información sobre condiciones del tráfico que requiere el control central y para la operación actuada, semiactuada y centralizada de los controladores locales. Esta última función podrá ser requerida para controladores locales conectados al control central, o en cruces autónomos sin la supervisión del mismo.

Todas las unidades detectoras deben responder a anillos de inducción o detección por video y deben realizar las funciones necesarias para permitir la óptima utilización del control central existente y de los controladores locales De todas maneras en todos los sitios de detección deben registrarse el volumen, longitud de los vehículos, velocidad y la ocupación.

Se deben proveer medios para que ante la presencia de rieles metálicos, tuberías metálicas o refuerzos en el pavimento, la información dada por el detector sea correcta. Igualmente la detección por video debe ser corregida para evitar la actuación por sombras o subrregistros por oclusión La capacidad de detección no debe degradarse por la proximidad de otro detector o del controlador local.

Si en el sistema de detección se presenta una falla por aislamiento, rotura o cortocircuito en al anillo, la unidad detectora debe sensar la falla y dar una solución adecuada. En tal caso se debe obtener un tiempo de verde igual al máximo programado

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Los medios para calibrar y ajustar la sensibilidad del detector y su frecuencia de oscilación debe ser de fácil acceso y operación y no debe requerir de equipo externo ni especializado.

El amplificador del detector debe ser apropiado para que cuando dos ó más amplificadores se monten en el mismo gabinete, ó dos ó más conductores de entrada comparten la misma ranura, ó dos ó más anillos sean instalados en posiciones adyacentes en la calzada o se presente una combinación de todas las situaciones descritas, no ocurra interferencia mutua. De igual manera las detecciones por video deben proveer sistemas lógicos que permitan depurar la información y no se incurran en porcentajes altos de sobre o subregistros. Esta información debe ser depurada antes de que ingrese al controlador local o al control central

El detector debe estar diseñado para que funcione con precisión con conductores de entrada desde los anillos en el pavimento en una longitud no inferior a dos cientos ( 200) metros hasta la unidad detectora . El detector debe ser apropiado para operar con uno ó más anillos con una área combinada de hasta cien (100) metros. Igualmente la detección por video o cualquier otro sistema debe cumplir con la especificación de distancia de mínimo 200 metros

Además el equipo debe proveer medios para compensar las variaciones que en capacitancia e inductancia que experimente el anillo, por incremento de temperatura generada por la fricción de las ruedas de los vehículos sobre el pavimento y por el aumento de la temperatura ambiental.

Las unidades detectoras deben formar parte integral del controlador local y por lo tanto deben estar alojadas en el mismo gabinete y deben tomar la energía de su fuente de alimentación.

Con su propuesta, los oferentes deberán suministrar una muestra del controlador local ofrecido, incluyendo las unidades detectoras vehiculares, las tarjetas para pulsadores peatonales y el gabinete. Lo anterior a fin de que el Municipio de Medellín pueda verificar el cumplimiento de los requerimientos técnicos solicitados. La muestra será devuelta al concluir la etapa de evaluación de las propuestas.

El diseño y la construcción de las mallas detectoras será presentada por el interventor al contratista durante la ejecución del contrato, esto con el fin de involucrar las variables puntuales de cada sitio donde se instalen. De igual manera cualquier otro tipo de detección será localizado en campo con la debida aprobación de la interventoría y la Secretaría de Transportes y Tránsito

El material sellante de las mallas detectoras, será de óptima calidad y su especificación no podrá ser inferior a la que actualmente usa la Secretaría de Transportes y Tránsito (sellante para detectores 3M). Por ningún motivo se permitirá el uso de materiales bituminosos, ni que requieran de una temperatura superior a 30 grados para su aplicación.

UNIDADES DETECTORAS DE DEMANDA PEATONAL INCLUIDAS EN LOS CONTROLADORES LOCALES Los controladores locales deberán poseer tarjetas para operar bajo demanda de verde de los peatones, las cuales serán activadas mediante pulsadores, o algún otro medio de detección peatonal que se instale. El controlador local deberá operar al menos con cuatro entradas de solicitud de demanda peatonal.

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CONSTRUCCIÓN DE PEDESTALES Se debe construir en concreto reforzado de 210 kilogramos por centímetro cuadrado y de acuerdo a las dimensiones del controlador local. El pedestal para la fijación del controlador local mediante el sistema de pernos, no pueden ser menos de cuatro (4). Este trabajo incluye excavaciones, suministro e instalación de al menos tres ductos de PVC de dos pulgadas embebidos en el pedestal, vaciado de concreto, suministro e instalación de al menos cuatro pernos de dimensiones adecuadas al controlador local, resane de pisos, recogida y botada de escombros. RETIRO DE CONTROLADORES LOCALES Se debe retirar los actuales controladores locales, este trabajo incluye las siguientes actividades:

Traslado de cables del actual controlador al controlador nuevo el cual se instalará contiguo al existente.

Retiro del controlador existente.

Demolición del pedestal.

Resane de pisos.

Traslado del controlador a bodegas de la Secretaría de Tránsito.

Recogida y botada de escombros.

INSTALACIÓN Y PRUEBA DE LOS EQUIPOS. - Controladores locales

- Prueba y puesta en servicio - Incluye los siguientes trabajos:

- Desempaque de sus elementos componentes - Prueba y mediciones eléctricas y de circuitos en todas y cada una de las

unidades - Fijación y montaje - Carga del sistema operacional en cada uno de los equipos. - Carga de programas y datos para el funcionamiento de los equipos. - Implementación de los programas de aplicación. El Municipio suministrará,

para cada controlador local, la información referente a los planes de coordinación y distribuciones de verde que operarán a las diferentes horas del día, días de la semana y otros planes especiales. El contratista se encargará de implementar dicha información en sus formatos y de cargarlos en los equipos que suministre, para lo cual deberá incluir en su propuesta los costos que esto ocasione. Si no lo especifica, el Municipio asumirá que se encuentran incluidos en el precio ofrecido para el controlador local. Si por cualquier circunstancia el contratista requiere hacer nuevos planes de coordinación para los controladores locales, entonces se deberán incluir en la propuesta los costos que se ocasionen y si no se especifica, el Municipio asumirá que no se requiere modificar los actuales planes que posee el Municipio.

- Ejecución de las pruebas necesarias tanto para el hardware como para el software.

CABLE Cualquier detalle de construcción o diseño no especificado aquí o en las normas que se citen e identificado en la propuesta, deberá ser ampliamente explicado.

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Los cables se colocaran en carretas de tal manera que queden protegidos contra daños durante el transporte y el manejo en el sitio de bodegaje y en el lugar de trabajo. Los extremos de los cables deberán sellarse en la fábrica para evitar la penetración de la humedad. Cada carreta debe tener una tarjeta metálica firmemente adherida, conteniendo información general sobre los siguientes puntos: destino, número de la orden del comprador, longitud del cable, número del carrete, tipo y tamaño del cable y los demás datos que el fabricante considere necesarios. Además los cables deben empacarse en tramos de 1000 metros. El Municipio de Medellín, no aceptará los carretes cuyas longitudes no cumplan con lo especificado, con una tolerancia del 5%, ya sea en exceso o en defecto. La superficie exterior de la chaqueta del cable deberá marcarse con caracteres indelebles, en tal forma que se permita leer claramente la siguiente información: identificación del fabricante, tipo de aislamiento, tamaño del conductor, material del conductor, voltaje especificado, longitud en metros y la contra marca Municipio de Medellín Semaforización. Esta marca deberá ir a todo lo largo del cable y con una separación no mayor de cincuenta (50) centímetros entre el final de una marca y la iniciación de la otra. Los aislamientos y los carretes para empaques del cable, deben tratarse convenientemente para evitar el ataque de hongos, parásitos, comejen, roedores. El color de la chaqueta exterior de los cables de control debe ser naranja. Las pruebas se realizarán de acuerdo con las normas que se mencionan en el pliego. Con cada entrega deberán enviarse una copia de los protocolos de prueba correspondientes, para ser aprobados por parte del Municipio. Cables de control Las características de construcción y las pruebas de los cables no especificados en estos pliegos, deben ajustarse a las últimas normas ICEA - NEMA y ASTM. Los cables multiconductores se usarán para conectar los semáforos a los equipos de control local y serán llevados a través de ductos y cárcamos en los que prevalecen altas condiciones de humedad.

Voltaje de operación: 110 ó 220 V a C.

Frecuencia: 60 HZ

Temperatura de instalación mínima: 10 ºC

Temperatura de instalación máxima: 50 ºC Características Generales

Tensión nominal de aislamiento: 600 V

Material del conductor: Alambre de cobre recocido, no-estañado de temple blando

Material de aislamiento: Cloruro de polivinilo (PVC) La identificación de los conductores aislados debe hacerse de acuerdo con las últimas normas ICEA - NEMA.

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Cable de fuerza El cable de fuerza tripolar de cobre 3 x 2awg con aislamiento thw y chaqueta en pvc, para 600 v. deberá cumplir con las normas ICEA S- 61-402 y NEMA WC-5. Conductor Los conductores deben ser en cobre de temple suave, no estañado y deberán cumplir con la norma ASTM B-B. Además debe ser con cableado céntrico clase “B”, los hilos deben ser cableados de izquierda a derecha. La conductividad mínima del cable deberá ser del noventa y ocho por ciento (98%) a una temperatura de 20º C. Aislamiento El aislamiento debe ser adecuado para uso en medios húmedos y secos. Debe ser resistente a los abusos mecánicos durante la instalación y servicio. La temperatura de funcionamiento normal será 75º C. El proponente debe especificar si el aislamiento es PVC o XLP El espesor promedio del aislamiento no deberá ser menor de 1.52 mm y el mínimo no debe ser menor del noventa por ciento (90%) de este valor. Chaqueta El forro o chaqueta deberá ser de cloruro de polivinilo (PVC) adecuado para una temperatura de funcionamiento normal de 75ºC Identificación de fases Las fases deberán ser identificadas de acuerdo con lo estipulado en el método 1 Apéndice I, tabla I-1, de las normas ICEA S-61-402 y NEMA WC - 5. Pruebas El cable deberá ser sometido a las normas de pruebas físicas, mecánicas y eléctricas que especifican las normas de fabricación correspondientes. CABLE TELEFONICO Conductor Cada conductor debe fabricarse con cobre electrolítico - sólido, recocido de temple suave, de sección circular y características homogéneas.

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Aislamiento Los conductores se deben aislar con un material termoplástico, que garantice el cumplimiento de los requisitos mecánicos y eléctricos establecidos en la norma Icontec 2061 numeral 3.3 Compuesto de relleno Los espacios libres dentro del núcleo del cable deben llenarse con petrolato con el propósito de impedir la propagación del agua. Si el cable ofrecido es de doble chaqueta, el petrolato debe colocarse bajo la cinta que envuelve el núcleo. Pantallas La pantalla debe ser una cinta de aluminio revestida por ambas caras con un copolimero de etileno y ácido acrílico. Chaqueta La chaqueta debe ser lisa y concéntrica, estar libre de huecos, protuberancias u otras imperfecciones; debe proporcionar al cable una cubierta firme pero flexible, apropiada para ser utilizada en ambientes húmedos. Debido a que el cable telefónico solicitado, será para reponer la red de intercomunicación de los controladores locales con los controladores maestros, el contratista deberá por su cuenta hacer del diseño de instalación de acuerdo con el plano general de ubicación de la red de semáforos de la ciudad de Medellín. CARACTERISTICAS CABLE DE CONTROL Las siguientes características garantizadas se aplicaran a cada uno de los tipos de cables de control referenciados en la siguiente tabla y de acuerdo a estos pliegos de condiciones. Características garantizadas cable de control 4 x 16 Norma de fabricación

Voltaje de diseño entre conductores (V) Características del Conductor

Material

Diámetro de cada conductor (mm.)

Conductividad a 20ºC (Kg./Km.)

Tensión de ruptura (Kg.)

Módulo de elasticidad (Kg./mm)

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Peso especifico a 20ºC (Kg. /cm)

Resistencia eléctrica a 20ºC (Km.)

Material de aislamiento

Espesor del aislamiento de cada conductor. (mm.)

Límite de temperatura máxima continúa del material de aislamiento. (ºC)

Material del revestimiento

Material de la chaqueta exterior

Espesor de la chaqueta exterior (mm.)

Corriente nominal de cada conductor del cable de control a temperatura ambiente de 30ºC (A)

Corriente máxima de cortocircuito permisible durante un (1) seg. (A)

Temperatura de servicio del cable de control (mm.)

Vida esperada del cable de control bajo las condiciones normales de servicio (años)

Diámetro externo del cable de control (mm.)

Peso del cable de control (Kg./Km.)

Longitud del cable por carrete (Km.)

Número de hilos

Diámetro de cada hilo

Diámetro del conductor

Área del conductor

Peso del conductor

Tipo de cableado

Conductividad a 20ºC

Resistencia máxima a la tracción

Tensión de rotura

Módulo de elasticidad

Peso especifico a 60ºC

Resistencia en corriente directa (OHMS/Km.)

Aislamiento

Material

Compuesto

Espesor (mm.)

Tensión de rotura

Elongación mínima

Coeficiente de absorción

Características mecánicas de envejecimiento:

Tensión de rotura

Elongación

Constante dieléctrica a 60Hz

Factor de disipación a 60Hz

Capacidad inductiva especifica

Resistividad volumétrica

Color:

Fase 1

Fase 2

Fase 3

Distorsión al calor a 21ºC + 1ºC

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Curvatura a frío

Cracking ambiental POSTES Y MENSULAS Esta especificación se refiere al suministro de las estructuras de soporte de los semáforos. El trabajo aquí especificado cubre los siguientes elementos:

Postes metálicos para instalación de semáforos en columna y aditamentos para instalar en cada poste una cara de semáforo vehicular (200 mm) y/o una o dos caras de semáforo peatonal.

Postes metálicos con ménsula para instalación de semáforos colgantes y aditamentos para instalar en cada poste una cara colgante de semáforo vehicular y otra adosada al poste con abrazaderas y en algunos casos, una o dos caras de semáforo peatonal. Las caras de semáforo vehicular serán de 200 o 300mm.

Postes para instalación de semáforos en columna Deben tener las dimensiones indicadas en los planos. Podrán estar constituidos por tubos de hierro fundido en acero. Los postes deben estar provistos de los accesorios necesarios para instalar las caras de semáforos vehiculares y/o peatonales que se indican en los planos. Los accesorios deben permitir ajustes para lograr una orientación precisa de las caras y deberán tener medios que mantengan invariable dicha orientación bajo condiciones normales de servicio y de operaciones de mantenimiento. Los accesorios deberán ser removibles e intercambiables. Ménsulas para instalación de semáforos colgantes Las ménsulas deberán tener dimensiones, características y especificaciones indicadas en los planos adjuntos y deberán constituir elementos estructuralmente integrados.

Los materiales utilizados serán de primera calidad y los tubos deben ser de tipo colmena en tramos cilíndricos escalonados y debidamente conectados entre si, mediante transiciones cónicas.

La unión de secciones de tubos mediante soldaduras circulares debe hacerse con soldadura de penetración completa, lo mismo que la soldadura de los tubos a las platinas de la base.

Las ménsulas deben estar provistas de los accesorios necesarios para instalar la cara colgante de semáforo vehicular y/o peatonal adosado al poste, que se indican en los planos de cada cruce.

Los accesorios deben permitir ajustes para lograr una orientación precisa de las caras y deberán tener medios que mantengan invariable dicha orientación, bajo condiciones normales de servicio y de operaciones de mantenimiento. Los accesorios deben ser removibles e intercambiables.

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NORMAS Y ESPECIFICACIONES APLICABLES En el diseño, fabricación e instalación de las estructuras de soporte de los semáforos, se aplicarán las normas y especificaciones pertinentes contenidas en las publicaciones de las entidades que se listan a continuación, o en otras publicaciones equivalentes reconocidas internacionalmente, salvo las modificaciones introducidas en las presentes especificaciones:

Normas Del Instituto Colombiano de normas Técnicas ICONTEC

Standards of the American Society for Testing and Materials ASTEM

Standard Specificationes for Highway Bridges. ASHTO MATERIALES Los postes para instalación de semáforos en columna y ménsulas podrán ser de hierro fundido o acero. Los materiales y elementos que utilice el contratista deben cumplir las normas aplicables del Instituto Colombiano de Normas Técnicas de la "American Society for Testing and Materiales", u otras normas equivalentes reconocidas internacionalmente. El interventor podrá exigir informes certificados de pruebas hechas por el fabricante o por un laboratorio independiente, en que se conste que la calidad y las características mecánicas de los materiales y elementos están de acuerdo con lo especificado y lo previsto en el diseño. PROCEDIMIENTO DE DISEÑO Método de Cálculo El método de cálculo debe comprender los siguientes pasos:

A. Análisis elástico del conjunto estructural para cada una de las hipótesis de carga, consistente con los materiales, las secciones de los elementos estructurales y los tipos de conexiones adoptados.

B. Verificación de todos los parámetros de diseño adoptados en el paso anterior, comparando los esfuerzos de trabajo resultantes del análisis elástico con los esfuerzos admisibles de trabajo para los materiales empleados.

C. Verificación de que la deflexión total del extremo libre del poste de soporte para cada una de las hipótesis de carga no es mayor que las estipuladas en el numeral 11.

Cargas

Carga muerta: Estará constituida por el peso propio del poste, el peso de las caras de semáforos vehiculares y peatonales instalados en el mismo, el peso de todos los accesorios de fijación y el peso de las señales de tráfico, instaladas en el poste. El punto de aplicación de los ítems mencionados serán los respectivos centros de gravedad.

Cargas de viento: El efecto dinámico del viento se considerará equivalente a una fuerza estática resultante de una presión de 50 kilogramos por metro cuadrado, actuando sobre la proyección de las áreas expuestas sobre un plano normal a la dirección del viento. El viento se considerará actuando horizontalmente.

Hipótesis de carga: En el análisis estructural deberán considerarse las dos hipótesis de carga siguiente:

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A. La primera hipótesis incluirá las siguientes cargas, actuando simultáneamente: Todas las cargas muertas verticales. Cargas horizontales de viento, correspondientes a una presión de 50 Kg./m, actuando normalmente al plano de la estructura y sobre las superficies expuestas del poste de soporte, de las caras de semáforos, de la señales de tránsito y de los accesorios de soporte correspondientes. Cargas horizontales de viento, iguales al 20% de las cargas de viento anteriores, actuando en el plano de la estructura y sobre las superficies expuestas del poste de soporte, de las caras de semáforos, de las señales de tránsito y de los accesorios de soporte correspondientes.

B. La segunda hipótesis incluirá las siguientes cargas actuando simultáneamente: Todas cargas muertas verticales. Cargas horizontales de viento, correspondientes a una presión de 30kg/m, actuando normalmente al plano de la estructura y sobre las superficies expuestas del poste de soporte, de las caras de semáforos, de las señales de tránsito y de los accesorios de soporte correspondientes. Cargas horizontales de viento, iguales al 50% de las cargas de viento anteriores, actuando normalmente al plano de la estructura y sobre las superficies expuestas del poste de soporte, de las caras de semáforos, de las señales de tránsito y de los accesorios de soporte correspondientes. Adicionalmente, se calcularán las deflexiones producidas únicamente por la aplicación de las cargas muertas.

ESPESORES MINIMOS El espesor mínimo de las paredes de los tubos o láminas utilizadas en la fabricación de los postes de soporte será de 1/8 de pulgada (3mm). SOLDADURAS Las soldaduras deberán ajustarse a lo estipulado en la especificación D 1.1 - 72, secciones 1 a 8, de la "American Welding Society" de los Estados Unidos, o en otra especificación equivalente, reconocida internacionalmente. TOLERANCIAS Las tolerancias de las dimensiones de los postes de soporte, estarán de acuerdo con las especificaciones pertinentes de la "American Society for Testing and Materiales", ASTEM, (Especificaciones Astem A53, A500, A501, A595 ó A-6) o con otras especificaciones equivalentes reconocidas internacionalmente. JUNTAS SELLADAS Los extremos de los postes de soporte deben estar provistos de juntas selladas. GALVANIZADO En caso de que se utilice el galvanizado por los postes, como protección contra la corrosión, éste se ejecutará de acuerdo con la especificación AASHTO M 111, u otra especificación equivalente aprobada internacionalmente.

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PINTURA DE TALLER Antes de salir del taller, todas las superficies de los elementos metálicos que deban pintarse, serán limpiadas y recibirán por lo menos dos capas de pintura anticorrosiva. La calidad y el tipo de pintura que se utilice deberán ser aprobados por el interventor. DEFLEXION La máxima deflexión permisible en el extremo libre de los postes para instalación de semáforos en columna, bajo cualquier condición de carga, será 3 mm. La máxima deflexión permisible en el extremo libre de los postes para instalación de semáforos colgantes, bajo cualquier condición de carga, será 25 mm. CONTRAFLECHA Los postes para soporte de semáforos colgantes, se fabricarán de tal manera que su extremo libre, tenga una contraflecha de longitud igual a la deflexión producida por las cargas muertas más 4 mm. VIBRACION Y FATIGA Se aplicará lo estipulado en la especificación 1.9.6 de las "Standard Specifications for Structural Supports for Highway Signs, Luminaires and Traffic Signales", de la ASHTO de los Estados Unidos, u otra norma equivalente reconocida internacionalmente. ESPECIFICACIONES, MEMORIAS DE CALCULO Y PLANOS DE FABRICACION Se debe deberá presentar, información detallada suficiente para demostrar que las estructuras de soporte de los semáforos ofrecidas cumplan con los requisitos establecidos en esta especificación en cuanto a materiales, diseño y características geométricas y funcionales. El fabricante debe suministrar especificaciones completas de los materiales que se propone utilizar. El interventor podrá exigir al contratista los cambios de los materiales que considere necesarios. CARAS DE SEMAFOROS Cada cara de semáforo debe consistir de secciones diseñadas y construidas en forma que encajen unas con otras con rigidez y seguridad, tanto vertical como horizontal, presentando en conjunto una apariencia estéticamente atractiva y previniendo la entrada del polvo y humedad. Las secciones deben ser apropiadas para alojar un lente de 200 ó 300 milímetros de diámetro. La presente especificación se refiere a semáforos fabricados en inyección de policarbonato. El color de los semáforos debe ser negro.

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CARACTERISTICAS GENERALES Los detalles de ésta especificación están orientados a obtener semáforos para control de vehículos que:

Tengan las características óptimas y mecánicas apropiadas para cumplir sus funciones de control de tráfico.

Tengan un mínimo de partes y de uniones para reducir la posibilidad de fallas y facilitar su mantenimiento.

Eviten la entrada de humedad, polvo y moho al espacio interior donde se alojan los elementos ópticos.

Faciliten el mantenimiento rutinario "in situ", sin necesidad de herramientas especiales.

Permitan un ajuste apropiado de la posición del conjunto para maximizar la visibilidad de las luces y mantengan el ajuste inalterado bajo condiciones normales de trabajo.

Empleen materiales durables y estables. CARAS Y ELEMENTOS DE SOPORTE

La cara de cada sección, debe ser de una sola pieza con sus lados superiores, inferiores y laterales, totalmente integrados en inyección de policarbonato. La puerta y el soporte del reflector deberán ser inyectados en policarbonato.

Todas las partes deben tener una resistencia a la tracción de no menos 13.000 libras por pulgada cuadrada. Todas las partes, deberán tener acabados limpios, lisos y libres de defectos, grietas, poros y otras imperfecciones.

Los elementos necesarios para el soporte de la puerta de cada sección y para el dispositivo de cierre de la misma debe permitir ajuste perfecto y seguro. Debe proveerse, los elementos necesarios para asegurar y soportar una placa trasera de contraste. El diseño de los elementos de soporte y cierre de la puerta y de soporte de la placa trasera de contraste, debe asegurar un montaje y operación sencillos y una alta confiabilidad bajo todas las condiciones previsibles de servicio.

La caja de cada sección debe proveerse de endentaduras en la parte superior o inferior, que permitan un firme ajuste de cada sección con respecto a la otra. Que aseguren un sello efectivo contra polvo, agua y otros elementos ambientales, que permitan la rotación y ajuste de una sección con respecto a otra, en ángulos no mayores de 7º por cada posición y que aseguren una adecuada alineación de las secciones. Los mecanismos de ajuste deben permitir ajustes de cierre que no puedan alterarse accidentalmente durante labores de mantenimiento o durante servicio rutinario.

Todos los dispositivos empleados para ensamblar y montar las caras de los semáforos deben ser a prueba de humedad, polvo y condiciones ambientales. Todos los elementos deben tener suficiente resistencia para soportar las cargas máximas, impuestas por las caras o cabezales bajo todas las condiciones normales de viento. Los elementos de soporte deben tener el tamaño apropiado para alojar los cables y conductores necesarios sin apretujamiento, deberán estar libres de bordes agudos o protuberantes que puedan dañar el aislamiento de los alambres.

PUERTA DE LA CARA

La puerta de la cara de cada sección deberá ser una sola pieza fundida en policarbonato.

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Los elementos necesarios para el soporte de la puerta a la cara para el cierre de la puerta, deben ser fundidos integralmente con ésta, de acuerdo con el diseño de los elementos correspondientes de la caja a que se refiere el numeral 3.4 de ésta especificación.

La parte interior de la puerta debe tener una ranura en la que se aloje un empaque a prueba de humedad, polvo y moho, el cual cuando la puerta éste cerrada, deberá producir un sello contra el borde frontal de la caja que proteja el interior de esta contra la humedad, polvo y demás elementos.

La parte exterior de la puerta deberá estar provista de algún mecanismo, para ajustarse la visera de cada lente.

SISTEMA OPTICO Lente

La lente debe ser roja, amarilla o verde y de 200 ó 300 milímetros de diámetro.

Cada lente debe ser de vidrio o policarbonato coloreado, libre de burbujas y defectos, debe ser templado para descargar esfuerzos internos.

Las lentes deben ajustarse a las especificaciones del "Institute of Traffic Engineers" de los Estados Unidos. ITE, en su publicación "Technical Report Nº 1-Adjustable Fase Vehicle Traffic Control Signal Heads", o a especificaciones aplicables a las lentes ofrecidas en la propuesta.

La lente deberá encajar en un empaque. El diseño del empaque de la lente debe ser adecuado para encajar en la apertura de la puerta de la caja en forma de impedir la entrada de humedad, polvo y otros elementos.

La lente y el empaque debe estar asegurados a la puerta, con elementos que garanticen la rigidez del conjunto y permitan fácil remoción y reemplazo de las partes.

Reflector

El reflector debe ser un elemento parabólico de policarbonato o aluminio, de una sola pieza, con superficies plateadas y debe ajustarse a las especificaciones del "ITE" o a especificaciones equivalentes.

Debe adjuntarse copia de las especificaciones aplicables a los reflectores ofrecidos en la propuesta.

Portalámparas

El portalámparas debe ser fabricado por un material resistente al calor y a la humedad y debe estar diseñado para alojar una lámpara incandescente con el vatiaje solicitado.

El portalámparas debe tener un diseño que permita su fácil rotación y su posicionamiento eficaz, sin el uso de herramienta alguna.

El portalámparas debe tener dispositivos que aseguren un ajuste firme de la lámpara, para evitar que esta se afloje debido a vibraciones, así mismo debe ajustarse firmemente al reflector en su óptima posición.

Soporte de Reflector

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El método de soporte debe ser lo suficiente rígido para asegurar el alineamiento apropiado entre la lente y el reflector cuando la puerta esté cerrada.

El conjunto de reflector, portalámparas y sus soportes debe ser diseñados en tal forma que puedan ser removidos o remplazados individualmente o como una sola unidad, sin el uso de herramientas especiales.

Alambrado

Cada portalámparas debe estar provisto de los alambres terminales, marcados con el siguiente código:

- Blanco - Tierra (común) - Rojo - Sección de lente roja - Amarillo - Sección de lente amarilla - Verde - Sección de lente verde

Los alambres deben ser de calibre Nº 16 AWG o mayor para conductores sólidos de 600 voltios, con aislamiento termoplástico resistente a la humedad de 1/32 de pulgada y calibrado a los 105º, ó con características equivalentes.

Cada semáforo completo debe ser apropiado para la conexión de los alambres provenientes de los portalámparas y de los alambres de llegada al semáforo y deben ser del tipo de tira con barrera aislante o equivalente.

Lámpara Cada sección del semáforo estará provisto de una lámpara de led según el caso, y con las siguientes características: Especificación de la matriz de LED Cada sección del semáforo solicitado estará provisto de una matriz de LED con las siguientes características mínimas:

Matriz circular de 190 mm de diámetro conformado por varios circuitos independientes de leds, para un total de 60, 75 o más LEDS por matriz, respetando el diseño propio de cada oferente. Los LED podrán ser de montaje en superficie.

Cada matriz contará con una adecuada fuente de alimentación para los leds rojos, amarillos o verdes, según el caso correspondiente.

El voltaje de salida de la fuente de alimentación de la matriz, depende del fabricante y del diseño correspondiente, El voltaje de alimentación de las fuentes que alimentan la matriz de leds será tomado de las tarjetas de salida de lámparas del controlador local cuya salida es de 110 o 220 voltios, +/- 10%.

Los niveles de iluminación de las matrices serán, como mínimo, los siguientes:

Matriz roja: Longitud de onda: mayor a 620 nm, Intensidad lumínica mayor a 150 cd

Matriz Amarilla: Longitud de onda: mayor a 588 nm, Intensidad lumínica mayor a 265 cd

Matriz verde: Longitud de onda: mayor a 500 nm, Intensidad lumínica mayor a 265 cd Se deja en libertad a los proponentes para ofrecer matrices de Led que cumplan con las especificaciones mínimas o superiores, de acuerdo con normas o estándares locales o internacionales. Se deberá adjuntar copia de las normas aplicables.

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Los consumos individuales para cada matriz y su respectiva fuente de alimentación no podrán ser superiores a 12 VA. El conjunto de matriz de leds y fuente de alimentación de la misma, suministradas bajo esta especificación, tendrán una duración mínima de 53.000 (cincuenta y tres mil) horas. Aquellas que bajo condiciones normales de operación resulten malogradas antes de este período, serán reemplazadas por el contratista, sin costo alguno para el Municipio de Medellín. Con el fin de hacer un estricto seguimiento, la Interventoría llevará los registros de fechas de instalación, sitio, voltaje de alimentación y demás información que se requiera. Una vez finalizado en contrato, la interventoría entregará a la Unidad de Circulación la información, con el fin de continuar con el seguimiento durante el período restante de duración de las matrices de leds. Para garantizar la duración de las 53.000 horas de las lámparas de led, el contratista deberá otorgar una póliza de garantía por dicho período. En caso de no existir en el mercado pólizas de garantía por el período completo, el contratista otorgará la póliza por el máximo tiempo posible y luego antes de vencerse otorgará otra por el tiempo restante Viseras y Placas Traseras de Contraste

Cada sección de una cara debe tener una visera tipo cachucha y debe estar diseñada de tal manera que encaje ajustadamente contra la puerta de la pared, sin permitir ninguna filtración de la luz, entre la puerta y la visera.

Las viseras deben ser construidas en policarbonato. Su longitud y forma debe ser tal que eliminen el efecto fantasma producido por los rayos del sol.

Las placas traseras de contraste para los semáforos vehiculares, deben estar construidas en aluminio o policarbonato. La placa debe sobresalir de los bordes exteriores de la cara del semáforo vehicular y debe tener forma rectangular con esquinas redondeadas. El color de las placas debe ser negro con orla blanca. La Secretaría de transportes y Tránsito, suministrará una muestra al contratista

Semáforo para Ménsula Los semáforos para instalar en ménsula además de cumplir con las especificaciones antes descritas deben poseer un soporte en aluminio u otro de mejor especificación para fijarlo al brazo de la ménsula. El cual debe tener las dimensiones apropiadas al semáforo suministrado y al brazo de la ménsula donde serán instalados. A manera de información esta especificación está acompañada del plano del soporte que actualmente utiliza la Secretaría de transportes y tránsito de Medellín. CONSTRUCCION DE CANALIZACIONES Esta especificación se refiere a la construcción de canalizaciones en tubería PVC tipo DB de 2, pulgadas para conducir los cables que unirán los controladores locales al con las caras de semáforos vehiculares y/o peatonales y se regirá por las siguientes condiciones:

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Norma a Aplicar Se dará aplicación a las normas que Empresas Públicas de Medellín tiene establecidas para este fin y su cumplimiento será verificado por el departamento de interventoría de telecomunicaciones de la misma entidad Inclinación Los ductos deben tener una inclinación de al menos el 2% entre cámaras, de tal manera que el agua lluvia no se quede en el ducto sino que desagüé a una de las cámaras de inspección. Continuidad La canalización debe hacerse en línea recta sin curva, ni cambio de dirección y dará continuidad entre cámaras. Uniones Las uniones entre tubos debe hacerse en con soldadura P.V.C y no quedará ninguna interrupción que impida el paso de las pescas y las cables, en las cámaras se terminará con emboquillado a las paredes. Especificaciones para la construcción de canalizaciones

Cambios de dirección

Todos los cambios de dirección se harán en las cámaras de inspección 2.16.6 Trabajos a realizar Dentro de esta especificación se incluyen las siguientes actividades

Excavación en pavimento, andén y adoquín o zona verde, según el caso.

Colocación de arenilla

Colocación de tubo

Lleno y compactación de la brecha

Terminado y reposición de pavimento, anden, adoquín o zona verde, según el caso.

Transporte de material

Equipo, herramienta y mano de obra

Botada de escombros

Señalización Unidad de medida Este ítem se cotizará a precios unitarios y fijos por metro lineal de canalización, ya sea en pavimento, anden, adoquín o zona verde. CONSTRUCCION DE CAMARAS DE INSPECCION

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Esta especificación se refiere a la construcción de cámaras de inspección de piso antifraude, según norma RS3 016 modificada para parrilla de doble tornillo con tapones de caucho, de Empresas Públicas de Medellín. Además de las especificaciones indicadas en la norma, la construcción de estas cámaras deben cumplir las siguientes:

Dimensiones 50cm x 50 cm. O de 60cm.x 80cm

Los herrajes para aro y tapa deben hacerse de acuerdo a los planos adjuntos Esta especificación incluye los siguientes trabajos:

Excavación

Transporte de material

Construcción de cámaras

Emboquillado de ductos

Instalación de aro y tapa

Recogida y botada de escombros

Señalización

Equipo, herramienta y mano de obra Garantías Técnicas El contratista garantizara durante dos (2) años a partir de la firma del acta de recepción de los equipos el correcto funcionamiento de todo el sistema en lo que respecta a repuestos y/o módulos, y/o equipos de prueba sin costo adicional para el comprador (garantía de calidad y funcionamiento). En caso de recepciones parciales, el periodo de garantía correrá también en forma parcial asegurando la misma cobertura para cada subsistema. Software El contratista garantizará que el software bajo el cual opera el controlador de zona ofrecido no provocará que se haga necesario ningún cambio en el software del control central existente. El contratista garantizara durante dos (2) años a partir de la firma del acta de recepción que las nuevas versiones o actualizaciones de software y/o firmware para el sistema serán suministradas al comprador sin costo adicional. Posteriormente al término de la garantía de calidad y funcionamiento y previa demostración de errores Bugs en los programas, las correcciones necesarias corren por cuenta del contratista, quien garantizara la compatibilidad entre los equipos y sistemas operativos utilizados. Las mejoras y/o actualizaciones que no involucren la corrección de fallas serán informadas y cotizadas al comprador para considerar la posibilidad de su adquisición. PROTOCOLO PROCEDIMENTAL

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El contratista que resulte ganador, deberá presentar a la entidad con previo visto bueno por parte de la interventoría con plazo máximo de cinco (5) días a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, un protocolo procedimental para las siguientes actividades:

Carga de información en tarjeta de control de la configuración de los controladores locales.

Carga de información en tarjeta maestra de los controladores maestros.

Carga de información en tarjeta esclava de los controladores maestros.

Back up del sistema

Reparación de bases de datos PARADOX

Chequeo de módems

Configuración, instalación, prueba y conexión de tarjeta EQUINOX

Configuración, instalación, prueba y conexión de MODEM ASINCRONICO USROBOTICS Cada protocolo debe incluir todas las actividades necesarias para cada procedimiento, el cual una vez aprobado por la interventoría pasarán a ser propiedad del Municipio de Medellín y serán de obligatorio cumplimiento para todos los procedimientos de semaforización que realice el municipio de Medellín. Una vez sea recibido dicho protocolo la entidad o la interventoría podrán realizar los ajustes que sean necesarios hasta obtener el producto requerido. PERSONAL El contratista deberá contar durante todo el tiempo de ejecución del contrato con el siguiente personal: Ingeniero Director Deberá cumplir los siguientes requisitos:

- Que acredite ser Ingeniero Electricista o Ingeniero Electrónico, debidamente matriculado.

- Que acredite una experiencia general mínima de seis (6) años en el ejercicio de la profesión, contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional. En caso de que el profesional haya ejercido en el exterior con anterioridad a la obtención de la matrícula en Colombia, esta experiencia se tomará a partir de la fecha del documento equivalente en el país de origen o donde hubiere ejercido.

- Que acredite como experiencia específica mínima haber ejercido como Director o Residente, en por lo menos dos (2) proyectos relacionados con la instalación de redes de semaforización.

Residente Deberá cumplir los siguientes requisitos:

- Que acrediten ser Tecnólogo Electrónico, debidamente matriculado. - Que posea una experiencia general mínima de cinco (5) años en el mantenimiento

de equipos de control local de redes semafóricas

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Otro personal Además del Director y el Residente, el Contratista deberá emplear personal idóneo y calificado, de manera que la obra se realice en forma técnica y eficiente. Dicho personal deberá ser fácilmente identificable por la interventoría cuando ésta requiera de alguna acción especial del personal a su mando, la cual será de su acatamiento. El personal que participe en la ejecución de la obra será contratado directamente por el Contratista, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en Colombia, y el Municipio no adquiere con él ninguna responsabilidad de vinculación laboral, administrativa, ni de otra índole. El Municipio se reserva el derecho de exigir al Contratista, y por escrito, el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto, sin que éste adquiera el derecho de elevar reclamos por esta causa. La Interventoría podrá solicitar, en cualquier momento, el suministro de información sobre la nómina del personal asignado a la obra, y el Contratista atenderá esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que se le haya fijado. El desacato de cualquiera de estas disposiciones constituye causal de incumplimiento del contrato. 12. ANÁLISIS PRECIOS DE MERCADO Y ECONÓMICO La Secretaría de Transportes y Tránsito tiene una amplia experiencia en la contratación de los elementos de semaforización, lo que le ha permitido ir construyendo una base de datos con los análisis de precios unitarios de los componentes. Ello también ha permitido elaborar los presupuestos manteniendo una racionalidad en los diferentes componentes del precio, con el fin de que la Administración pueda obtener unos costos ajustados a la realidad económica del mercado y evitar así las especulaciones de los proponentes. Permite también lo anterior determinar el conocimiento del mercado de los proponentes y si sus precios están ajustados a la realidad económica que la Administración Municipal conoce. 13. ESTUDIO DE RIESGOS En consideración a lo estipulado en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, en consonancia con los

artículos 3 y 88 del Decreto 2474 de 2008, se procede evaluar las circunstancias que de

presentarse durante la ejecución del contrato puedan alterar el equilibrio financiero del contrato.

Los mecanismos de cobertura del riesgo podrán ser cualquiera de los enunciados en el artículo 3,

del Decreto 4828 de 2008, es decir pólizas de seguros, fiducia mercantil en garantía, garantía

bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores y depósito de dinero en

garantía. Dichos mecanismos se torna en elementos ideales para la cobertura de los riesgos que

se generen en ocasión de la ejecución contractual.

El adjudicatario constituirá, a favor del Municipio de Medellín, una garantía única, que avalará el

cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, la cual se mantendrá vigente hasta la etapa

de la liquidación y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo de amparo, debiendo

reponerla cuando el valor de la misma se vea afectado por razón de siniestros. Así mismo, en

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cualquier evento en que se aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia deberá

ampliarse o prorrogarse la garantía.

Las garantías no expirarán por falta de pago de la prima o por revocatoria unilateral, y sin perjuicio

del coasegurado en el caso de las entidades aseguradoras, la garantía podrá ser expedida por una

o más entidades legalmente facultadas para hacerlo. Cuando ella sea compartida entre un

establecimiento bancario y una aseguradora, la otorgada por cada una podrá constar en

documento separado, en el cual se identificarán con precisión las obligaciones y montos

respaldados por cada garante, quienes serán solidarios, salvo pacto en contrario.

RIESGOS QUE CUBRE

El contrato a celebrarse con el adjudicatario, para su legalización requiere de la constitución de la

garantía única por cuenta del contratista, la cual los siguientes riesgos:

Buen manejo e inversión del anticipo

Por esta garantía el Municipio de Medellín, se precave contra el uso o la utilización indebidos que

el contratista haga de los dineros que se le hayan anticipado para la ejecución o cumplimiento del

contrato.

La garantía se aprobará una vez perfeccionado el contrato, y será requisito indispensable para el

desembolso del mismo.

La cuantía del valor asegurado será equivalente al cien por ciento (100%) del valor a anticipar, o

bienes a entregar con tal carácter, y su vigencia no podrá ser inferior al plazo del contrato y cuatro

(4) meses más.

De cumplimiento

Por medio de este amparo, el Municipio de Medellín se precave contra los perjuicios derivados del

incumplimiento imputable al contratista de las obligaciones emanadas del contrato garantizado.

Este amparo comprende el valor de las multas y el de la cláusula penal pecuniaria, y su monto se

repondrá cada vez que por tal motivo se disminuyere o agotare. La reposición por concepto de

multas se hará por cuenta del contratista, y no podrá exceder del cien por ciento (100%) de la

garantía de cumplimiento.

El pago de la cláusula penal pecuniaria, o de la multa a título de cláusula penal pecuniaria, será

considerado como pago parcial pero definitivo de los perjuicios causados al Municipio de Medellín.

La cuantía mínima para el amparo de cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos

que se celebren, será determinado en los correspondientes contratos conforme al porcentaje

mínimo del veinte por ciento (20%) sobre el valor del contrato, y sin que en ningún caso sea inferior

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al valor de la cláusula penal pecuniaria estipulada que se presumirá mínimo establecida en un

veinte por ciento (20%).

Dicho porcentaje mínimo opera para todo tipo de contrato, y su fijación, en su porcentaje superior,

dependerá del Municipio de Medellín en consideración a diversos factores, entre ellos, la

importancia del contrato, y la necesidad de asegurar con más diligencia el cumplimiento de una

determinada obligación a cargo del contratista.

La vigencia del riesgo o amparo de cumplimiento será por el término del contrato y cuatro (4)

meses más, como mínimo.

En los contratos en que sea procedente y se pacte transferencia de conocimientos y tecnología, la

garantía única en el riesgo de cumplimiento cubrirá también la efectividad de la obligación de

transferencia.

De correcto funcionamiento de equipos

Por medio de este amparo, el Municipio de Medellín se precave para la eventualidad de que los

bienes o equipos que le han sido suministrados o vendidos, no sean aptos para el fin o servicio

para el cual fueron adquiridos, por causa imputable al contratista o fabricante, así también, se

precave contra la eventualidad de que debido a vicios de fabricación y calidad de los materiales, se

impida la utilización y funcionamiento idóneo y eficaz de los bienes.

Se otorgará simultáneamente con la entrega de los bienes y equipos, por cuantía mínima del diez

por ciento (10%) del valor del valor del contrato y la vigencia deberá cubrir como mínimo la

duración del contrato y cuatro (4) meses más.

Deberá cubrir cuando menos el lapso en que de acuerdo con el contrato y la legislación civil o

comercial, el contratista debe responder por la garantía mínima presunta, por vicios ocultos y en

general los derechos del consumidor.

De calidad

Por medio de este riesgo, el Municipio de Medellín se precave contra el evento de que un servicio

no reúna las especificaciones y requisitos mínimos contemplados en el contrato.

Se otorgará en una cuantía mínima del diez por veinte (20%) del valor del contrato. La vigencia

deberá cubrir como mínimo la duración del contrato y cuatro (4) meses más o el lapso en que de

acuerdo con el contrato y la legislación civil o comercial, el contratista debe responder por la

garantía mínima presunta, por vicios ocultos y en general los derechos del consumidor.

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De salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones al personal.

Por esta garantía, el Municipio de Medellín, se precave contra la posibilidad de que el contratista no

cumpla con las obligaciones contraídas con el personal que haya de utilizar para la debida

ejecución del contrato.

La cuantía para el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnización del personal será igual

cuando menos al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, vigente por el plazo del contrato y

tres (3) años más.

Esta garantía se exigirá con relación a todo el personal que el contratista emplee para la ejecución

del contrato y se exigirá en todos los contratos de prestación de servicios y construcción de obra en

los cuales de acuerdo con el contrato, el contratista emplee terceras personas que para el

cumplimiento de sus obligaciones, así como en los demás en que el Municipio de Medellín lo

considere necesario en virtud del artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo.

De seguro de responsabilidad civil extracontractual

En los contratos de obra, y en todos aquellos que considere pertinente la Entidad, en especial en

aquellos en que sea previsible el acaecimiento de daño a terceros por la actividad del contratista o

sus dependientes en cumplimiento del objeto del contrato, se exigirá para precaver el pago de los

perjuicios a terceros.

La cuantía será mínimo del veinte por ciento (20%) del valor del contrato la cual no podrá ser

inferior a 200 SMLV y su vigencia será igual a la del contrato.

Inestabilidad de la obra

Por medio de este amparo, se garantiza para el Municipio de Medellín que a partir de la entrega a

satisfacción y durante el tiempo estipulado en condiciones normales de uso y mantenimiento, las

obras no presentarán deterioro que impida el servicio para el cual se ejecutó. Dicho deterioro

deberá ser imputable al contratista.

La cuantía será mínimo del diez por ciento (10%) del valor del contrato, y su vigencia será igual a la

del contrato y cinco (5) años más.

FACTORES PRECURSORES:

Como factores precursores de eventos se han tenido en cuenta los siguientes:

Acciones legales: Nuevos impuestos, Nuevas cargas parafiscales, Actos de autoridad, comiso,

embargo, demandas.

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Hecho del príncipe: Son Actos originados por la potestad y autoridad de que está investido el

contratante y que imponen nuevas cargas al contratista, tales como mayores cantidades de Obra,

Materiales adicionales o de mayor calidad a la estipulada en el contrato inicial.

Tecnológicos e infraestructura pública: Falla en telecomunicaciones, servicios públicos, Nuevos

desarrollos y aplicaciones, Operación de equipos y herramientas, integración a los desarrollos

existentes, variación de redes y variación de vías.

Socio-Políticos: Terrorismo, delincuencia, actividad proselitista o huelgas, costumbres y usos

culturales, religión y creencias.

Intrínsecos de la ejecutoria de contratos: Cantidad de obra o servicios, alteración de planos o

diseños, falta de conocimiento técnico, errores o insuficiencia en estudios previos, falla humana.

Macroeconómicos: Tipo de cambio, tasa de interés, importaciones/exportaciones, oferta o

demanda de materias o servicios, mano de obra, guerra.

Actos de la Naturaleza: Geológicos, hidrológicos, climáticos, incendios forestales,

biológicos/patológicos.

Relaciones laborales: Accidentes laborales/enfermedad profesional, muerte persona clave, actos

de empleados.

RIESGOS QUE AUSUME EL CONTRATISTA.

A partir de la fecha de suscripción del Contrato y en todas las etapas del mismo el Contratista

asume los efectos derivados de todos y cada uno de los riesgos asociados al Contrato, al igual que

respecto a los que logre determinar, salvo los casos en que expresamente se ha determinado lo

contrario.

En este sentido, el Contratista asume los efectos derivados de los riesgos que se listan a

continuación de manera general, además de aquellos que se desprendan de la matriz de riesgos,

otras cláusulas o estipulaciones del Contrato, incluidas sus modificaciones o que se deriven de la

naturaleza del Contrato.

Por lo tanto, no procederán reclamaciones del Contratista basadas en el suceso de alguno de los

riesgos asumidos por el mismo y –consecuentemente- el LA SECRETARIA DE TRANSPORTES Y

TRANSITO DEL MUNICIPIO DE MEDELLIN, no hará reconocimiento alguno, ni se entenderá que

ofrece garantía alguna al Contratista, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la

ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren

expresamente pactados en el Contrato.

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1. Los efectos, favorables o desfavorables, derivados de las variaciones en los precios de mercado

de los materiales, los insumos y las cantidades de obra necesarios para ejecutar en los términos

del Contrato y de sus modificaciones.

2. Los efectos, favorables o desfavorables, derivados de las variaciones de la tasa de cambio y de

la evolución de la devaluación real observada frente a la estimada inicialmente por el Contratista.

3. Los efectos desfavorables, de todos y cualesquiera daños, perjuicios o pérdidas de los bienes de

su propiedad causados por terceros diferentes del LA SECRETARIA DE TRANSPORTES Y

TRANSITO.

RIESGOS QUE ASUME LA SECRETARIA DE TRANSPORTES Y TRANSITO

A partir de la fecha de suscripción del Contrato, la Secretaría, asume, única y exclusivamente, los

efectos derivados de los riesgos que se listan a continuación, además de aquellos que de manera

expresa y clara se desprendan de otras cláusulas o estipulaciones del Contrato y sus

modificaciones y/o Matriz de Riesgos.

Los efectos desfavorables originados por nuevas normas durante la ejecución del contrato y que

sean aplicables al proyecto.

Los efectos, favorables o desfavorables, de las variaciones en la legislación Tributaria, de tal

manera que la Secretaría, asumirá los efectos derivados de la variación de las tarifas impositivas,

la creación de nuevos impuestos, la supresión o modificación de los existentes, y en general

cualquier evento que modifique las condiciones tributarias existentes al momento de la

presentación de la Propuesta.

De conformidad con el objeto a contratar se presenta la tipificación, estimación y asignación de

riesgos PREVISIBLES, en los siguientes términos:

RIESGO TIPIFICACIÓN ASIGNACIÓN

Contratista Contratante

Variación de cantidades

de obra

Son los efectos derivados de las

condiciones técnicas o del proceso, que

incrementen o disminuyan las cantidades

necesarias para la ejecución de las obras.

X

Variación de precios Son los efectos derivados de las condiciones de las variaciones de la tasa representativa del mercado.

X X

Modificación de

estudios, diseños y

especificaciones

técnicas

Ocurre cuando se presentan efectos

originados por cambios necesarios para la

correcta ejecución y operación de las

obras.

X

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Insuficiente suministro

de materiales

Son los efectos derivados de la inoportuna

o insuficiente provisión de materiales,

insumos y demás elementos necesarios

para la ejecución del contrato.

X

Calidad de los

materiales

Son los efectos derivados del

incumplimiento de las especificaciones

técnicas y características de los materiales,

los insumos y demás elementos necesarios

para la ejecución del contrato

X

Falta de idoneidad de la

mano de obra

Ocurre cuando un trabajador o cualquier

persona vinculada a la obra, no ejecuta sus

actividades conforme a los procesos

constructivos y especificaciones, poniendo

en riesgo la estabilidad y oportuna entrega

de las obras.

X

Equipo utilizado

Son los efectos derivados de la falta de

capacidad o eficiencia de los equipos

utilizados para la ejecución de las obras, o

la poca disponibilidad requerida para el

cumplimiento del plazo contractual.

X

Interferencia de redes de servicios públicos

Ocurre cuando no ha sido posible localizar las redes en los sitios donde se va a ejecutar la obra.

X X

Programa de trabajo

Ocurre cuando se presentan

inconsistencias en las secuencias o

precedencias del programa, que puedan

afectar la oportuna ejecución de las

actividades.

X

Manejo socio-ambiental

de las obras

Es la afectación a los residentes contiguos

a las zonas de trabajo, relacionados con

movilidad, ruido, disposición de residuos,

etc.

X

Daños causados por

terceros, o deterioro, en

obras ejecutadas y aún

no recibidas

Ocurre en los eventos de que trata la Ley

588 de 2000 (Código Penal), por cualquier

daño en bienes muebles o inmuebles de la

obra, que aún no han sido recibidos por la

Interventoría, o por falta de calidad de la

misma.

X

Inadecuado manejo e

incorrecta inversión del

anticipo

Ocurre cuando los recursos públicos

entregados para tal fin, se apropian o se

destinan a otros menesteres diferentes al

contrato.

X

Incumplimiento de

obligaciones laborales

Ocurre cuando no se cumplen

oportunamente las disposiciones laborales X

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vigentes, relacionadas con el personal

vinculado al contrato

Financiero

Se deriva de los efectos provenientes de

las variaciones de las tasas de interés, de

cambio, devaluación real y otras variables

del mercado, frente a las estimaciones

iniciales del Contratista, que puedan afectar

las utilidades esperadas o generar

pérdidas.

X

Cambios normativos o

de legislación tributaria

Ocurre por la expedición de normas

posteriores a la celebración del contrato,

que impliquen un nuevo componente

técnico o efectos tributarios que varían las

condiciones económicas inicialmente

pactadas.

X

Hurto y vandalismo

Se refiere a los efectos desfavorables o cualquier daño, perjuicio o pérdida de los bienes a cargo del Contratista (antes de ser recibidos por la interventoria) causados por terceros, diferentes a la Secretaria de Transportes y Tránsito.

X

Condiciones climáticas

adversas

Ocurre en los eventos climáticos extremos

o atípicos, certificados por la autoridad

competente, que superan las expectativas

del ciclo hidrológico normal, y que generan

retrasos y sobrecostos en la ejecución del

contrato.

X X

Accidentes de trabajo

Ocurre cuando un trabajador o cualquier

persona ajena a la obra, sufre algún tipo de

lesión o daño a su integridad física, mental

o moral.

X

Daños a bienes ajenos y

a terceros

Ocurre en los eventos de que trata el

Capítulo I del Título VII de la Ley 588 de

2000 (Código Penal).

X

Falta de coordinación

interinstitucional

Ocurre cuando hay concurrencia de

gestiones ante diferentes entidades

oficiales.

X

OTRAS GARANTÍAS INHERENTES AL CONTRATO.

La cláusula Penal Pecuniaria y las multas tienen como objetivo, determinar

anticipadamente el valor de los perjuicios que se deben pagar en caso de declaratoria de

caducidad o de incumplimiento parcial en la ejecución de la obligación. Las cuantías de

ellas son directamente proporcionales al valor del contrato y a los perjuicios que sufra la

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entidad y solamente se pueden garantizar en contratos celebrados con entidades de

derecho público.

Cuando el contratista es el distribuidor o comercializador, pero no el fabricante se le deberá exigir al contratista la garantía comercial de los bienes que suministre al Municipio.

CÓMO MINIMIZAR EL RIESGO

Estableciendo una forma de pago de tal manera que sólo se efectúe el mismo, una vez se

produzca la entrega de los avances de los proyectos.

Consignando las cláusulas de multas y penal pecuniaria en el contrato.

Estricto seguimiento de la interventoría al cumplimiento del objeto contractual.

HUGO ALBERTO RAMIREZ VALENCIA GLORIA EUGENIA LÓPEZ Líder de Programa Abogada Asesora Unidad de Circulación Grupo de Apoyo a la Contratación JUAN FERNANDO FRANCO HERNANDEZ Subsecretario de Despacho Subsecretaría Técnica DIEGO REYES RAMÍREZ Subsecretario de Despacho Subsecretaria Administrativa VB Secretario de Despacho (E) Secretaría de Transportes y Tránsito Decreto Encargo 1306 de 2010