sociologia criminal, criminalistica, etc

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Ultimo Equipo 1.-Sociología criminal 2.-Criminalística 3.-Victimologia 4.-Ley general de protección a victimas CONTRERAS ARRIAGA, JOSE GUILLERMO CUELLAR MARQUEZ, FERNANDO IGNACIO GUERRERO GUERRERO, LESLIE NAYELI HERNANDEZ TELLO, AHTZIRI PAOLA MOLINA ZAPATA, KATYA MINERVA

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Exposicion de las ciencias auxiliares del derecho penal.

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  • Ultimo Equipo

    1.-Sociologa criminal2.-Criminalstica 3.-Victimologia 4.-Ley general de proteccin a victimasCONTRERAS ARRIAGA, JOSE GUILLERMOCUELLAR MARQUEZ, FERNANDO IGNACIOGUERRERO GUERRERO, LESLIE NAYELIHERNANDEZ TELLO, AHTZIRI PAOLAMOLINA ZAPATA, KATYA MINERVA

  • Sociologa criminal

    Contenido:

    Definicin y concepto

    Enrico Ferri

    Principales objetos de estudio

    Anlisis y conclusin

  • Definicin y concepto

    La Sociologa Criminal es la ciencia, que tiene por objeto el estudio del delito en cuanto al fenmeno social, as como el de los factores sociolgicos que intervienen en su produccin. Es decir, observa y estudia el cmo influye la sociedad en la comisin de delitos, y viceversa.

  • Enrico Ferri

    La Sociologa Criminal, como disciplina criminolgica, se debe al socilogo y jurista italiano Enrico Ferri (1856-1929), representante de la escuela positivista del Derecho Penal, quien, a partir de la tercera edicin, dio ese ttulo a su famoso libro Los nuevos horizontes del Derecho y del procedimiento penal (Bolonia-Italia, 1881)

  • Ferri incluy en esta nueva ciencia, no solo a la Antropologa y a la Estadstica Criminales, sino a las Ciencias Pedaggicas, la Penologa, e incluso al Derecho Penal del que deca era solo un captulo de la Sociologa Criminal, siendo que esta ltima, tiene una visin ms amplia del delito y su gnesis, por tanto alimenta as, a la construccin del derecho penal.

  • Principales Objetos de estudio

    Hoy en da, la Sociologa Criminal se interesa en dos vertientes:

    El conjunto de principios derivados del estudio estadstico de la masa de fenmenos criminales, conjugados con el psicolgico de los casos concretos, que permiten el estudio del delito como hecho social y en sus relaciones con los factores crimingenos; stos, procedentes del mundo circundante, gravitan sobre los individuos y los estimulan a delinquir.

  • Comprende tambin la determinacin de los recursos preventivos poltico-sociales de los que los Estados pueden valerse en su lucha contra la criminalidad. Todos estos estudios, en ciertos de sus aspectos, tienen antiguos precedentes.

  • Anlisis y conclusinLa Sociologa Criminal, como orientadora de la lucha de la sociedad contra el crimen, concreta sus conclusiones en la necesidad de atacar las causas generales que favorecen su desarrollo, mediante mtodos de poltica social preventiva, a los que Ferri llam substitutivos penales como medios de prevencin social, y que deben comprender toda una serie de medidas de orden econmico, poltico, administrativo, educativo y domstico, que puestas en prctica por los gobiernos conduciran a disminuir y atenuar el porcentaje y la crueldad de la conducta socioptica y de los hechos delictivos.

  • Criminalstica

  • CriminalsticaLacriminalsticaes una disciplina que aplica fundamentalmente los conocimientos, mtodos y tcnicas de investigacin de las ciencias naturales, en el examen del material sensible significativo relacionado con un presunto hecho delictuoso con el fin de determinar en auxilio de los rganos encargados de administrar justicia, su existencia o bien reconstruirlo o bien sealar y precisar la intervencin de uno o varios sujetos en el mismo. La criminalstica se vale de los conocimientos cientficos para reconstruir los hechos. El conjunto de disciplinas auxiliares que la componen se denominanciencias forenses.

  • La criminalstica tal como la entendemos nace de la mano de la medicina forense, en torno alsiglo XVII, cuando los mdicos toman parte en los procedimientos judiciales. Antes de conocer el desarrollo y evolucin de la criminalstica debemos distinguir dos etapas, de cuyos representante hablaremos posteriormente.

    Etapa equvoca: Eugene Francois Vidoq (1811).Etapa cientfica: Alphonse Bertillon (1879), Juan Vucetich (1892), William Herschel, Francis Galton.

  • Algunos de los primeros usos prcticos de la investigacin mediante las impresiones dactilares son acreditados a los chinos, quienes las aplicaban diariamente en sus negocios y empresas legales, mientras tanto el mundo occidental se encontraba en el perodo conocido como la edad oscura.

  • Los estudios criminalsticos se apoyan en mtodos y tcnicas propias del trabajo de diferentes disciplinas, ciencias auxiliares y laboratorios periciales, entre los que se encuentran:

    Arte forense: El retrato compuesto o hablado, realizado a partir de la memoria de la vctima, es el ms famoso, pero tambin se llevan a cabo dibujos con base en videos y fotos, y progresiones de edad en caso de personas desaparecidas. Utilizan un restirador, lpices, testimonio, ya sean verbales o con fotos y videos, para ofrecer opciones al artista.Antropologa forense: Para poder determinar el sexo, talla, edad, grupo tnico, e incluso llegar a la reconstruccin facial de restos humanos, se requiere de varias semanas de trabajo en el laboratorio antropolgico.

  • Medicina forense: Si se considera que el laboratorio es el lugar en donde se realizan trabajos de investigacin cientfica, bien puede estimarse el necrocomio o a los Servicios Mdicos Forenses como los laboratorios que utilizan los mdicos para el estudio minucioso del cadver, y para determinar su identidad y causa de muerte.Meteorologa forense: Es el anlisis de las condiciones climticas pasadas de un lugar especfico. Es una rama bastante empleada en los procesos judiciales en los que participan compaas de seguros y tambin en las investigaciones de homicidios.

  • Odontologa forense: La utilizacin del laboratorio en la odontologa forense se realiza cuando se requiere obtener o elaborar moldes para determinar las caractersticas dentales de un individuo.Patologa forense: Estudia las pistas que llevan a la causa de la muerte presentes en el cuerpo como un fenmeno mdico.

  • Piloscopia: Por medio del estudio qumico puede determinarse si el pelo en estudio se trata de pelo humano o de animal, as como otras caractersticas.Psicologa forense: Comprende un amplio rango de prcticas que involucran principalmente evaluaciones de capacidad de los acusados, informes a jueces y abogados y testimonio en juzgados sobre temas determinados

  • Qumica forense: En esta importante especialidad se aplican todos los conocimientos y tcnicas qumicas con objeto de conocer la naturaleza de cualquier sustancia o elemento. Su participacin en la investigacin es multi e interdisciplinaria con otras ciencias forenses.Toxicologa forense: Puede ser aplicada en sujetos vivos o muertos. En personas vivas se toman muestras de orina y de sangre. En la orina puede determinarse, principalmente, la presencia de medicamentos y drogas de adiccin; en la sangre puede hallarse alcohol etlico.

  • Gracias a la criminalstica, la investigacin policial se ve avalada por tcnicas reconocidas e indesmentibles, basadas en el conocimiento y experimentacin cientfica.Los principios fundamentales delproceso criminalsticoincluyen:

    Proteccin del lugar de los hechos.Observacin del lugar de los hechos.Fijacin del lugar de los hechos.es decir descripcin escrita, fijacin fotogrfica y planimetria de los indicios encontradosLevantamiento de indicios.Suministro de indicios al laboratorio.cadena de custodiaConfeccin delinforme pericial

  • Cultura popularProbablemente los populares casos del francsVidocq, director de la Seguridad Nacional, influyeron en la produccin literaria deVctor Hugo,DickensyBalzac. Con eldetectivede ficcinAuguste Dupin, engendrado porEdgar Allan Poe, aparecen los primeros relatos policiales de la literatura. Pero fueSherlock Holmes, personaje ideado por SirArthur Conan Doyle, quien utiliza por primera vez la ciencia forense como uno de sus mtodos de investigacin. Conan Doyle reconoci haberse inspirado en elcirujanoy forenseJoseph Bellpara la creacin de su personaje. Joseph Bell haba sido su maestro en la escuela de medicina de la Universidad de Edimburgo.

  • VICTIMOLOGIASe define a la Victimologa como una ciencia, adems como una disciplina integrante de la Criminologa, estudia a la vctima, sus caractersticas biolgicas, psicolgicas, morales, sociales y culturales, su relacin con el delincuente y el papel asumido en la gnesis del delito, con el propsito de prevenir futuros comportamientos criminales y atender a las victimas del delito.

  • OBJETIVO PRINCIPALEs que la vctima desde la perpetracin del hecho crimingeno, sea asistida y en atencin al principio de la legitimacin o legitimidad procesal, el hecho sea investigado y sancionado a como corresponde, de acuerdo a la legislacin existente para tal efecto. Como tambin se le de autoayuda necesaria para que pueda en parte superar las secuelas del delito, y as mismo, poder llevar una vida psicosocial, que satisfaga sus perspectivas.

  • ANTECEDENTESLa palabra victimologa es un neologismo que surgi a finales de los aos 40, victimoligy. Se defini por primera vez en el primer Simposium Internacional en 1973. Se deca que la victimologa era el estudio cientfico de la vctima. A finales del S. XIX se comenz a estudiar cientficamente y en profundidad al delincuente. Mientras que recientemente, sobre los aos 70, se ha empezado a estudiar cientficamente la figura de la vctima.

  • COMO SURGE LA VICTIMOLOGA?A pesar que el delito ha existido desde la creacin del hombre, la victimologa toma auge, como respuesta al incremento de la tasa de criminalidad en la sociedad. Fu tanta la preocupacin de los cientificos, razn por la cual est vinculada a la criminologa. Esta ciencia surge como una necesidad de respuesta al fenmeno criminal.

  • VICTIMIZACIONEl victimismo o victimizacin es la tendencia de una persona a considerarse vctima o a hacerse pasar por tal. Una vctima es quien sufre un dao personalizable por caso fortuito o culpa ajena. El victimista se disfraza por tanto de vctima, consciente o inconscientemente, simulando una agresin o menoscabo inexistente; y/o responsabilizando errneamente al entorno o a los dems.

  • VICTIMIZACION PRIMARIA Y SECUNDARIAPRIMARIA: En ella se agrupa la experiencia individual de la victma y las diversas consecuencias perjudiciales primarias, producidas por el delito y la accin del victimario, estas pueden ser del ndole fsico, psicolgico, economico o social.SECUNDARIA: Es la victimizacin ms dolorosa que puede experimentar la persona, puesto que se deriva de la relacin que tenga la vctima con el sistema jurdico, es decir, el Estado.

  • CONSECUENCIAS: Afecta fundamentalmente al rea de la salud mental con graves problemas psicolgicos duraderos. Destaca la presencia de sndromes depresivos, problemas obsesivos, crisis de ansiedad y reacciones de adaptacin, al tiempo que altera profundamente la vida familiar y social.

  • PERFIL DE LA VICTIMAAl igual que los abusadores, las vctimas suelen permitir el abuso principalmente porque desconocen otras formas saludables de relacionarse con los dems. Las vctimas de abuso emocional suelen sentirse incapaces de poner lmites o de hacerse cargo de su vida. Suelen ser dependientes afectiva, emocional o econmicamente, y no tienen un criterio certero o realista que les permita ver con claridad y objetividad qu es correcto y que no lo es. No obstante, las vctimas no son personas dbiles, sino que sus fortalezas han sido debilitadas por el abuso emocional.

  • CARACTERISTICAS Tienen una baja autoestima.Son muy inseguras, suelen ser personas muy ansiosas.Tienen una personalidad sumisa.Se sienten inferiores a los dems.Son muy dependientes afectiva, emocional y econmicamente.No sienten que merezcan ser respetadas como seres humanos.Tienen expectativas que no son realistas.

  • Sienten la necesidad de ser controladas (o protegidas) por otros.Son excesivamente tolerantes y condescendientes.No hacen valer sus derechos.Se engaan a s mismas pensando que algn da- mgicamente, el abusador cambiar.Se culpan a s mismas de los problemas ajenos, o culpan al mundo, a la vida o a una situacin particular de lo que les sucede.No son conscientes de que permiten que el abuso suceda.No creen ser capaces de triunfar por s mismas.Suelen tener problemas para poner lmites y decir "No.

  • TIPOS DE VICTIMASa)Vctima no participante: es aquella que rechaza al ofensor y a la ofensa, y no ha contribuido al origen de la agresin.b) Vctima latente o predispuesta: es en la que se puede encontrar cierta inclinacin a ser vctima, por defectos de carcter o por otros factores. c) Vctima provocativa: incita al criminal a cometer la accin, creando una situacin que pueda conducir al crimen.d) Vctima participante: interviene en el crimen adoptando una actitud pasiva o facilitando la accin, o an auxiliando al criminal.e) Vctima falsa: es la presunta vctima de un crimen cometido por otra persona, o que ha sido vctima de sus propias acciones.

  • Tipos de victimas, a las que aade otras mas.a)vctima deseosa o suplicante: esta es una vctima que desea el acto delictuoso y que hace todo lo posible por incitar a la gente a cometerlo; ella pide; ella suplica y presta su ayuda y an asistencia para facilitar la ejecucin del acto (menores que piden alcohol, eutanasia solicitada, aborto pedido. etc.)b) vctima que consiente libremente: la vctima voluntaria con diferencia de la vctima deseosa o suplicante, no toma generalmente una parte activa, en la comisin de la infraccin. Por otra parte ella no se decide, no hace objecin, no resiste y no ensaya defenderse o impedir que la infraccin tenga lugar.c) vctima sin consentimiento: el hecho de que la infraccin tenga lugar sin el consentimiento de la vctima no quiere necesariamente decir que ella no haya favorecido la comisin de la infraccin, y que ella sea por lo tanto excluida de toda responsabilidad.

  • EL SINDROME DE MALTRATO A LA MUJER (SIMAM)Se ha definido la victimizacin dentro de la violencia intrafamiliar, como el sndrome de agresin a la mujer (SAM) ([71]) refirindose a las "agresiones sufridas por la mujer como consecuencia de los condicionantes socioculturales que actan sobre el gnero masculino y femenino, situndola en una posicin de subordinacin al hombre, y manifestadas en los tres mbitos bsicos de relacin de la persona: Maltrato en el medio familiar, agresin sexual en la vida en sociedad y acoso en el medio laboral.

  • EL DICTAMEN PERICIAL EN VICTIMASCiertamente, eldictamen pericial psicolgicode las vctimas del delito debe ser una opcin con la que el juez debe contar a menudo, siempre que no venga programticamente encaminado a desmentir o desmantelar el testimonio de la vctima. La vctima se encuentra en ocasiones bajo una tan fuerte presin emocional, que la ayuda de un tcnico se hace, muchas veces, imprescindible para la correcta prestacin del testimonio por la vctima, as como para una correcta interpretacin del mismo a tenor de las condiciones psicolgicas victimales.

  • En Mayo de 1996, la Comisin de Prevencin del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas, en su quinta sesin, adopt la resolucin de desarrollar un manual o manuales sobre el uso y aplicacin de la Declaracin (resolucin del Consejo Econmico y Social 1996/14). El Manual sobre Justicia para las Vctimas.

  • Ley General de Vctimas Con la publicacin de la Ley General de Vctimas el 9 de enero de 2013, y su posterior reforma del 3 de mayo del mismo ao, Mxico cuenta ya con una herramienta para garantizar la proteccin de las vctimas de delitos y de violaciones a derechos humanos.

  • Es de orden pblico de inters social y observancia en todo el territorio nacional.

    Fundamento constitucionalArtculo 1o, prrafo tercero, artculo 17, y el artculo 20 apartado C, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos

  • La Ley tiene un carcter humanista Armoniza con tratados internacionales Pone en el centro de atencin las necesidades de las vctimas y sus familiares Existe obligacin de todos los entes del Estado para su observancia, proporcionando ayuda ya sea asistencial o reparacin integral, as como sanciones para quienes no la cumplan.

  • Artculo 2: El objeto de la ley Reconocer y garantizar los derechos de las vctimas del delito y de violaciones de derecho humanos, en especial del derecho a la asistencia, proteccin, atencin, verdad, justicia, reparacin integral, restitucin de sus derechos violados, debida diligencia, entre otros.Garantizar un efectivo ejercicio del derecho de las vctimas, as como establecer los debidos deberes y obligaciones especficos a cargo de las autoridades y sus respectivas sanciones.

  • El Ordenamiento Normativo, define claramente a las vctimas, haciendo distincin entre vctimas directas y vctimas indirectas, as como el momento en que se adquiere la calidad de vctima, siendo este cuando se acredita el dao o menoscabo de los derechos.

    CAPTULO IICONCEPTO, PRINCIPIOS Y DEFINICIONESArtculo 4Se denominarn vctimas directas aquellas personas fsicas que hayan sufrido algn dao o menoscabo econmico, fsico, mental, emocional, o en general cualquiera puesta en peligro o lesin a sus bienes jurdicos o derechos como consecuencia de la comisin de un delito o violaciones a sus derechos humanos reconocidos en la Constitucin y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte

  • La reparacin integral comprende:El restablecimiento de las cosas en el estado en que se encontraban antes de cometerse el delito o la violacin a alguno o algunos de los derechos humanos;La restitucin de todos los bienes o valores de su propiedad que hayan sido incautados o recuperados por las autoridades incluyendo sus frutos y accesorios, si no fuese posible, el pago de su valor actualizado. Si se trata de bienes fungibles, el juez podr condenar a la entrega de un objeto igual al que fuese materia de delito sin necesidad de recurrir a prueba pericial.

  • El resarcimiento de los perjuicios ocasionados; El pago de salarios o percepciones correspondientes, cuando por lesiones se cause incapacidad para trabajar en oficio, arte o profesin;El pago de los tratamientos mdicos

  • La Ley General de Vctimas es un ejemplo de un compendio de normas cuyo fin es el logro de una justicia restaurativa, que adecuadamente administrada y procurada deber servir no slo para satisfacer los justos reclamos de las vctimas, sino para lograr, paulatinamente, un Mxico en paz, en el que la aplicacin de esta ley sea cada vez menos frecuente, por innecesaria

    http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGV.pdf