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SOCIEDAD EDUCACIONAL PAIDEIA
2018
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR CENTRO DE EDUCACIÓN
INTEGRAL DE ADULTOS PAIDEIA
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I. FUNDAMENTACIÓN
En la Educación de Adultos así como en todo proceso educativo regular , las Normas
Juegan el rol de armonizar las diferencias individuales para una sana convivencia en un
ambiente de orden que facilite el logro de los objetivos por parte de cada alumno y por parte
del establecimiento..
El CEIA PAIDEIA como centro de estudios de adultos dentro de su accionar debe propender al
desarrollo de los aspectos cognitivos por un lado y a readecuar o reforzar los aspectos
afectivos, valorativos y sociales del individuo en su propio beneficio , en el de la comunidad
escolar y la sociedad en general. El Colegio por tanto, debe poner al joven y al adulto en
el camino hacia la búsqueda de la autoestima, autodisciplina y auto confianza usando y
aplicando para ello el presente documento con criterio formativo, constituyéndose los
agentes educativos en una de las instancias fundamentales en el proceso . Las normas
contenidas en el documento ayudarán a los educandos a crearse expectativas de vida y
plantearse objetivos claros para ser agentes de cambio. En un mundo cambiante a veces se
pierde la frontera entre los bueno y lo malo, todo se torna relativo, y es en esa relatividad
donde nuestros alumnos deben tener muy en claro la diferencia radical entre el bien y el mal, lo
aceptado y lo no aceptado, las normas dictadas nacen de la necesidad de encausar a los
jóvenes por un camino constructivo, donde la verdad, la tolerancia, el respeto , la
perseverancia, el trabajo, sean el verdadero motor de la sociedad.
II. MARCO TEÓRICO:
Las normas de convivencia son un objetivo fundamental que se logra a través de un proceso de
voluntad personal. A través de un diálogo permanente se debería ir logrando el respeto mutuo,
la tolerancia y la honradez en todas las actividades del trabajo escolar, pero que no puede
constituir un objetivo aislado, sino que debe ubicarse dentro del contexto pedagógico
integral. La armonía escolar debe responder a los fines y objetivos del sistema pedagógico
contenido, inserta dentro de las grandes políticas del gobierno de Chile.
Una concepción de normas de convivencia escolar, implica la presencia de algunos principios
básicos:
-Un principio fundamental lo constituye la necesaria participación de la fijación de
criterios con el fin de lograr una armonía. Por lo tanto, las normas de convivencia
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deben ser internalizadas en la conciencia y responsabilidad de cada uno de los individuos
que integran la comunidad educativa .
-La armonía escolar debe considerarse como un proceso y, por tanto, considerar los
diversos niveles de desarrollo del educando y darse como meta el logro de la autodisciplina.
-Existe una estrecha relación entre disciplina y actitudes sociales, por lo tanto, el proceso de
ejecución de normas, debe estar basado en los principios de participación voluntaria y
responsable, de diferenciación grupal o individual, y de autodisciplina como meta, donde
primen actitudes de respeto a la persona y armonía en la convivencia. Por lo tanto el logro de la
autodisciplina es fundamental en una sana convivencia.
III. OBJETIVOS GENERALES
1. Favorecer la formación personal y conductual del alumno a través de la adquisición de
hábitos y valores que le permitan la autodisciplina.
2. Aunar criterios frente a la aplicación de las normas de convivencia en los diferentes niveles
por medio de los distintos agentes educativos del Colegio, favoreciendo con ello su
aplicación con carácter educativo, en forma sistemática y sostenida.
IV. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Favorecer el mutuo respeto entre los alumnos y los demás miembros de la comunidad
escolar.
2. Lograr una convivencia armónica entre todos los miembros de la comunidad.
3. Comprender el valor que tiene la cooperación, respeto y
autodisciplina para satisfacer las necesidades y aspiraciones de todos sus integrantes.
4. Favorecer el desarrollo de la acción curricular, al estar todos comprometidos en
alcanzar los objetivos curriculares.
5. Crear una actitud positiva hacia el respeto de las normas que deben existir en todo
organismo social.
6. Fomentar una conciencia positiva y de respeto hacia el entorno natural y cultural,
dentro y fuera de la comunidad escolar.
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T I T U L O P R E L I M I N A R
ARTÍCULO 1º
El presente Manual de Convivencia Escolar, contiene los acuerdos las normas de convivencia
escolar de todos los estamentos que componen el CEIA PAIDEIA.
ARTÍCULO 2º
Este Manual de Convivencia Escolar será suplementario de cada Contrato de Trabajo, en
su calidad de tal, obliga al personal al cumplimiento de las normas contenidas en su texto.
Tanto el personal como los estudiantes deben hacer declaración expresa de su
conocimiento en el respectivo contrato de Trabajo y ficha de matrícula según corresponda de
conocerlo y de su obligación a respetarlo con el fin de mantener una conducta social deseable.
ARTÍCULO 3º
Se entiende por conducta social deseable toda aquella acción, de los actores de la organización
educativa que no implique un, atropello y violación de los derechos, obligaciones, deberes y
normas que establecidas en el presente Manual.
ARTÍCULO 4º
Todo estudiante deberá regular su comportamiento social, como un medio de lograr la
autodisciplina, subordinando racionalmente sus intereses individuales, para adecuarse a los
intereses y necesidades de la mayoría de los integrantes de la comunidad.
ARTIÍCULO 5º
El establecimiento utilizará todos los medios de que disponga para brindar la ayuda que
tienda a reforzar positivamente las conductas de sus alumnos.
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TÍTULO I: DE LAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LOS ALUMNOS
PÁRRAFO I: DE LAS NORMAS SOBRE EL TRABAJO ESCOLAR, RESPONSABILIDAD Y DISCIPLINA.
ARTÍCULO 6°: Para ser efectiva la matrícula de un alumno, éste deberá presentar los siguientes
documentos:
- Certificado de nacimiento
- Último certificado de estudios aprobado
- Ficha de inscripción con todos los datos del alumno
- Informe Social en caso de ser alumno menor de edad.
ARTÍCULO 7°: El alumno deberá ingresar al establecimiento de acuerdo al horario de
actividades, según la jornada correspondiente, no pudiendo el alumno salir del establecimiento
por ningún motivo una vez ingresado al establecimiento.
ARTÍCULO 8º: Si el alumno insiste en salir del establecimiento en horario de clases, podrá
hacerlo, siendo registrada su salida en el libro de salida y podrá reingresar al establecimiento
una vez sea autorizado por la dirección del establecimiento o por quien ésta señale en
su momento.
ARTÍCULO 9°: La inasistencia producto de enfermedad es o situaciones de fuerza mayor, debe
ser comunicada personalmente por el alumno o tercero autorizado, al Inspector en forma
oportuna, a fin de adoptar las medidas correspondientes. Si las inasistencias se
prolongaran por quince o más días, sin aviso,el establecimiento podrá
proceder a la cancelación de la matrícula, previa citación por escrito del alumno al
establecimiento. Si luego de esta citación han transcurrido 15 días y no se presenta el
alumno, se procederá hacer el retiro de este alumno, para entregar su cupo a otro alumno.
ARTÍCULO 10°: El desarrollo de las actividades curriculares se realizarán de lunes a viernes de
acuerdo al siguiente horario: Ingreso 18:00 hras Salida, 22:00
ARTÍCULO 11º: Sobre el ingreso al establecimiento:
-Todos los alumnos deben ser puntuales en la hora de llegada, los atrasos, deberán ser
autorizados en Inspectoría , o Dirección teniendo en cuenta que muchos alumnos puedan
trabajar, estos deberán solicitar una autorización especial, a dirección que los habilite a llegar
atrasados.
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-Si el alumno llega atrasado, sin haber solicitado autorización previa y sin pase, se le
contabilizará el número de minutos de atrasos e ingresará al cambio de hora siguiente a su
atraso.
-Ningún alumno puede ingresar a la sala de clases después del profesor, salvo los casos
señalados en el inciso anterior.
-Si el alumno debe, por fuerza mayor faltar a clases, solicitará permiso con anticipación
indicando el día de ausencia y su causa. Los horarios de justificación de inasistencia o
atraso, serán de lunes a viernes, y deberán en lo posible hacerse de un día para el otro.
Estos días, horas o minutos de inasistencia o atraso que se encuentren debidamente
justificados no incidirá en el porcentaje de asistencia que se requiere como requisito para
ser promovido de curso.
-Las inasistencias deben ser justificados antes del inicio de su jornada de clases, en forma
personal o por el tutor en caso de alumnos menores de edad y a través de entrevista
personal con el Director, o por el que este determine, en caso de ser alumno mayor
de edad; presentando el documento que acredite la causa de su inasistencia.
-Para indicar la hora de inicio de clases de tocará el timbre del horario de inicio de la actividad
académica, timbre que indicará a alumnos y profesores que deben ingresar a la sala, el
docente procederá a cerrar la puerta, no permitiéndose el ingreso de ningún alumno salvo
que esté autorizado por Inspectoría.
-El alumno que trabaje, deberá presentar al momento de la matrícula su contrato laboral
o en su defecto un certificado de su empleador que señale la jornada laboral. Lo anterior sólo
para efectos de atrasos o inasistencias esporádicas. En otros casos se le entregará al
estudiante una asistencia especial del 50% en casos que lo solicite por escrito a Dirección.
-En caso de tener asistencia del 50%, el profesor le entregará al alumno vía e-mail, los
contenidos y guías de autoaprendizaje que serán evaluadas on-line y en forma presencial por el
docente a cargo.
ARTÍCULO 12°: De la presentación personal:
Los alumnos deben asistir al Establecimiento vestidos cuidando su higiene y presentación
adecuada. No se exigirá vestimenta especial, pero sí que ésta esté dentro de los parámetros de
la normalidad, de la moral y las buenas costumbres.
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ARTÍCULO 13°: De los deberes escolares:
-Guardar la debida compostura y disciplina dentro del establecimiento, guardando una
actitud de respeto no sólo con el personal directivo, docente, y asistente educacional, sino
también con sus compañeros o cualquier otra persona que se encuentre en el establecimiento.
-Mostrar un buen comportamiento y una actitud de respeto, frente al profesor y sus
compañeros.
-Asistir regularmente a clases,
-Concurrir a los actos oficiales del establecimiento y observar en éstos un comportamiento
ejemplar.
-Asistir a todas las instancias de evaluación, los alumnos que no asistan a una prueba u otra
instancia de evaluación programada anticipadamente, deberá comunicar el hecho al profesor
de asignatura y a Inspectoría, aplicándose el reglamento de evaluación según corresponda.
-Presentarse a clases con los materiales requeridos por el profesor de la asignatura, lo
contrario será considerado como incumplimiento escolar.
-Presentar oportunamente las tareas o actividades requeridas por el profesor de la asignatura.
ARTÍCULO 14º: De los deberes Sociales del alumno:
-Mantener en todo momento los principios básicos de educación y buenas costumbres,
tales como el vocabulario y su actitud, por lo tanto no se permite el vocabulario soez n i
travesuras que atenten contra el respeto y la moralidad o cualquier actitud reñida
con el respeto mutuo.
-Cuidar la infraestructura, equipos y mobiliario del establecimiento. El alumno (a) que se le
compruebe causando premeditadamente daño a terceros o bienes del establecimiento, se
aplicará el artículo 17º del presente manual de convivencia.
-Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada que
le corresponde. Al alumno que sea sorprendido
evadiéndose del establecimiento, se le aplicará el artículo 17º del presente manual de
acuerdos, siendo requerida su presencia y la de su apoderado según corresponda, ante la
Dirección del establecimiento.
-Respetar documentación oficial del establecimiento. Se considerarán faltas gravísimas la
falsificación o adulteración de cualquier documento, público o privado, falsificación de notas y
de cualquier documento oficial.
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-Entrar a la sala de clases de inmediato luego del toque de timbre. Aquellos alumnos que
estando en el establecimiento no asistan a clases, se les solicitará que se retiren del
establecimiento, siendo citados para el día siguiente a la Dirección del establecimiento. Se
dejará constancia en la hoja de vida del alumno.
-Ser honrado y veraz. Las faltas a la honradez y a la veracidad, tales como copiar en pruebas,
tratar de engañar, dar excusas falsas, se aplicará el artículo 17º del presente manual .
-Mantener una conducta de vida saludable. No puede consumir, portar y distribuir drogas,
estupefacientes ni bebidas alcohólicas dentro del establecimiento. No
pueden fumar dentro del establecimiento.
-Los alumnos no pueden hacer uso de Internet en la sala de computación u otro lugar del
establecimiento para observar páginas pornográficas.
-El alumno no se puede presentar a clases en evidente estado de ebriedad, será expulsado de la
sala y del establecimiento.
-No se puede hacer uso de celular dentro de la sala de clases tanto para alumnos como
para docentes.
ARTÍCULO 15°: Frente a conductas inadecuadas, los alumnos en cuestión deben ser atendidos
en primera instancia en entrevista personal por el mismo profesor con el cual se suscita
el problema. Si el problema no es solucionado, se remite el caso a instancias superiores
para buscar la solución. En caso de reincidencia, se deberá seguir la siguiente secuencia:
- Atención del caso por el profesor de la asignatura. Y profesor jefe del curso.
- Remisión del caso a la Dirección
En cada una de estas situaciones, tendrá mucha importancia el manejo de la situación que haga
el Profesor en la sala de clases, que estará de acuerdo con las normas establecidas en este
reglamento.
En cada situación el problema y el tenor de la conversación deben ser registrados en la hoja de
vida por cada instancia atendida.
ARTÍCULO 16°: Ante una conducta inadecuada el Profesor o Director,
procederán a conversar con el alumno, señalando esta toma de conocimiento con nombre y
RUT del alumno de su puño y letra en su hoja de vida, si la misma conducta se
repitiese, se adoptarán las medidas disciplinarias que a continuación se señalan.
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ARTÍCULO 17º: Para la adopción de las medidas disciplinarias se considerará la siguiente
clasificación de las conductas inadecuadas que se cometen dentro y fuera del
establecimiento por el alumno, en caso que la falta cometida no se encuentre en el
siguiente listado, quedará a criterio del Director su clasificación.
LEVE GRAVE MUY GRAVE
ATRASO FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS (PASES, FIRMAS)
Agresión a profesores u otros funcionarios de acción o palabra dentro o fuera del establecimiento
SIN TAREAS EVADIRSE DEL ESTABLECIMIENTO
Uso de drogas, consumir y portar drogas, estupefacientes y
estimulantes, bebidas alcohólicas.
VOCABULARIO SOEZ SIN TAREAS COPIAR TRABAJOS DE TERCEROS Y PRUEBAS
Agresión a estudiantes falsificación de notas y libro de clases
No trabajar en clases Usar el engaño para obtener beneficios
Atentar contra el mobiliario del colegio
Hacer uso del celular al interior de la sala de clases.
Fumar dentro del establecimiento
Hacer uso de Internet para observar páginas pornográficas
Alterar el desarrollo de una clase
Desobedecer las normas del establecimeinto
robo
Comer o beber en la sala Negarse a rendir una prueba Ingresar en estado de ebriedad
No entrar a clases
Confrontar a pares con ofensas
Salir del establecimiento sin autorización.
FALTA LEVE: Amonestación verbal, la cual será aplicada por cualquier miembro del personal
docente, o asistente educacional, siendo consignada esta amonestación en
la Bitácora diaria y posterior hoja de vida del alumno. Si se reitera esta falta leve, se
considerará falta grave.
FALTA GRAVE: Amonestación con constancia escrita del hecho y acuerdos tomados en la
hoja de vida del alumno y citación de éste a la Dirección, la cual será aplicada por inspectoría
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con suspensión de un día de clases, con citación del tutor en caso de ser menor de edad. La
reiteración de la falta se considerará gravísima.
FALTA GRAVISIMA: Condicionalidad de matrícula, la cual la decide el Director del
establecimiento, previo informe del profesor de asignatura o inspectoría según corresponda
y Consejo de Profesores si fuera necesario. Se considerará una suspensión de clases de
tres días mínimos. La condicionalidad y Cancelación de la matrícula será decidida por el
Director del establecimiento previo informe del consejo de profesores e inspectoría.
ARTÍCULO 18º: Ante actitudes no deseadas que sean repetitivas el alumno será derivado a
Dirección para tomar acuerdos respecto del tema.
PÁRRAFO II: DE LAS CONDUCTAS SOCIALES DESEABLES POR PARTE DEL ALUMNO.
ARTÍCULO 19º: Sin perjuicio de lo anterior serán consideradas conductas sociales deseables, las
siguientes:
• Puntualidad
El Centro concibe la puntualidad como un hábito social necesario que el alumno debe
incorporar como parte de su disciplina personal, por lo que debe cumplir
responsablemente con la jornada diaria de trabajo, siendo puntual en la hora de llegada al
Colegio y en cada hora de clases, como en otras actividades con las que se haya comprometido.
• Perseverante
Para el Centro es muy importante que los alumnos asistan regularmente a todas
las clases, ya que tiene una directa relación con el rendimiento escolar y con la continuidad del
proceso de aprendizaje.
• Responsable
Para el Centro es muy importante que los alumnos se presenten con todos los útiles o
materiales exigidos en cada asignatura y cuidarlos debidamente, que cumplan
oportunamente con tareas y trabajos que adopten una actitud de compromiso frente
a cada asignatura, manteniendo un comportamiento que favorezca el desarrollo de las
clases y de todas las actividades planificadas por el Centro.
También para el Colegio es muy importante que el alumno aprenda a asumir la responsabilidad
frente a una falta.
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• Honrado
Para el centro es muy importante que el alumno aprenda a respetar la propiedad
intelectual, de esta manera inculcarle la importancia de respetar la propiedad ajena e
incentivarlos a valorar sus trabajos educativos. También es importante respetar y ser
respetado, enseñándole al alumno que si bien es un derecho dar a conocer sus
molestias, éstas deben ser señaladas con respeto y en forma adecuada y respetando los
conductos regulares.
• Tolerante
Para el Colegio es importante demostrar prudencia y respeto en sus relaciones humanas
básicas manifestando una actitud de tolerancia respecto a los derechos de las personas, las
ideas ajenas y las normas señaladas en el presente Manual. De esta forma los alumnos
aprenderán a respetar ideas, caracteres, opiniones y creencias ajenas.
• Cortés
Para el Colegio es importante que el alumno muestre un trato amable, deferente y
respetuoso con todas las personas, manteniendo actitudes, modales y un lenguaje adecuado,
tanto dentro como fuera del establecimiento.
• Participativo
El Colegio propende a dar espacios a los alumnos para desarrollar actividades que les permita
trabajar en grupo, estimulando la participación, la colaboración y espíritu de cuerpo con su
grupo y su institución, mostrando una actitud de colaboración en todas las actividades
escolares tanto programáticas como extraescolares o de tiempo libre.
• Competente
Para el Colegio es importante que el alumno egrese con un conjunto de conocimientos,
habilidades y actitudes que le permitan desarrollarse con éxito en el mundo social y laboral.
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PÁRRAFO III: DE LA RESOLUCIÓN PACIFICA DE CONFLICTOS
ARTÍCULO 20º: Para efectos de este Manual se entenderá por conflicto como un proceso de
enfrentamiento de carácter negativo, entre dos o más partes, ocasionado por un
choque de intereses, valores, acciones o direcciones, el cual puede ocurrir en distintos
situaciones, tales como
a) entre alumnos,
b) alumno y profesor
c) entre profesores.
ARTÍCULO 21° Entender siempre el conflicto como un a oportunidad de aprendizaje
por parte de los involucrados y de los funcionarios del establecimiento quienes deben en todo
momento mantener una compostura profesional ante éste.
ARÍICULO 22° Si el Conflicto ocurre entre alumnos se aplicarán en forma sistemática
las técnicas de resolución de conflictos de Negociación, Conciliación y Arbitraje.
ARTÍCULO 23° Si el conflicto ocurre entre alumno y profesor o entre profesores, se aplicarán
en forma sistemática las técnicas de resolución de conflictos de: Negociación, Mediación y
Arbitraje.
ARTÍCULO 24°: Se entenderá como técnica de Negociación, aquella resolución que no
tiene intervención de un tercero, en que existe una autonomía de las partes y de su
voluntad soberana, dependiendo sólo de ellas la solución final, como proceso interactivo
de solución de conflictos a través del cual las partes pueden llegar a alcanzar una
posición nueva, distinta de las planteadas originalmente, y que satisface, en todo o en
parte, sus intereses conflictivos.
ARTÍCULO 25° Se entenderá como técnica de Conciliación el procedimiento por el cual el
tercero reunirá a las partes en conflicto, las estimulará a examinar sus posiciones y les ayudará
a idear sus propios intentos de solución.
ARTÍCULO 26°: Se entenderá como técnica de Arbitra je el procedimiento en el cual el tercero
está facultado para tomar una decisión que ponga fin al litigio.
ARTÍCULO 27° Se establece como Conciliador a un compañero de curso, profesor de
asignatura, asistente educacional, o Director.
ARTÍCULO 28º: De no existir acuerdo se procederá a aplicar la técnica de Arbitraje ante
un conflicto insoluto, por parte de Dirección.
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ARTÍCULO 29 º: Sólo en casos de conductas violentas y agresivas se podrán saltar los
pasos a seguir, pudiendo cualquier funcionario aplicar la técnica de Arbitraje, dando
cuenta de inmediato a la Dirección del establecimiento.
ARTÍCULO 30º: Sin perjuicio de lo anterior, se entenderá como función y deber de todo
integrante del establecimiento, ya sea alumno o funcionario la resolución pacífica y
democrática de todo conflicto que se presente, guardando por sobre todas las posturas,
la dignidad de las personas, considerándose una actitud indeseada todo insulto o palabra
que afecte la autoestima del afectado y atente contra la postura académica que debe
mantener el alumno y funcionario docente o no docente, en todo momento y lugar,
reconociendo técnicas y procedimientos de resolución de conflictos acordes a su accionar de
adultos.
PÁRRAFO IV: DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS
ARTÍCULO 31º: Los alumnos tendrán los siguientes derechos:
-A desarrollar a plenitud sus capacidades intelectuales, adquirir destrezas, manifestar
positivamente sus intereses.
-A ser respetado en su derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
-A participar responsablemente de las dependencias y bienes materiales del establecimiento.
-A conocer la reglamentación en cuanto a evaluación y disposiciones internas, al inicio de cada
año escolar.
-A disponer de un horario y condiciones de estudio adecuadas.
-A desarrollar en cada uno de ellos una autoestima adecuada
-A recibir una educación que desarrolle el máximo su personalidad, capacidades
intelectuales, físicas y sociales.
-A no ser discriminados por el solo hecho de ser diferente a los demás.
-A tener a quien recurrir en caso de ser dañado o maltratado.
-A vivir un medio ambiente sano, limpio y disfrutar del contacto con la naturaleza.
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-A ser preparado para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de
comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre los pueblos, grupos étnicos,
nacionales y religiosos.
- A que se les respeten los horarios de recreos.
- A recibir una educación integral en su dimensión intelectual, espiritual y social.
- A recibir una educación integral basada en los objetivos presentes en el proyecto
educativo del CEIA, una educación que los estimule hacia los valores positivos, que
represente sus intereses, además de la entrega de los contenidos incluidos en el programa.
-A recibir un trato deferente por parte de cualquier funcionario del
establecimiento, el que ha de retribuir con una actitud respetuosa para con ellos,
considerando en todo momento: La edad de los alumnos, su condición social, económica y
cultural, demostrando en todo momento una actitud de respeto y compromiso, entrega de
valores y actitudes ejemplares por parte de cualquier profesor, directivo y funcionario del
Centro.
-A ser escuchado y atendido en situaciones y problemas por los miembros de la comunidad
escolar que corresponda, de acuerdo a las diferentes instancias según sea el caso, en el
siguiente orden:
1. Profesor de asignatura
2. Profesor jefe
3. Dirección
-A pedir entrevista con las diferentes instancias o personas que considere necesario,
siguiendo los conductos regulares establecidos, los que tienen que ser simples y al alcance de
ellos.
-A conocer oportunamente, siguiendo las instancias establecidas, sus
calificaciones y las observaciones que se registren en su ficha escolar.
-Posterior a cada evaluación, los alumnos deberán conocer las calificaciones dentro de un
tiempo prudente, establecido en el reglamento de evaluación. Luego de conocer esta
calificación, el alumno tendrá un plazo prudente para pedir una revisión de esta calificación si
considera que ésta no corresponde.
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-A ser atendidos, sea cual sea su condición especial, (embarazo, condición legal, social o
civil) con todos los deberes y derechos que conlleve su condición de educando, sin que
signifique un actuar que indique discriminación de ningún tipo hacia el alumno.
PARRAFO V: DE LOS PROCEDIMIENTOS QUE REGULAN EL CUMPLIMIENTO DE LAS PRESENTES
DISPOSICIONES.
ARTÍCULO 32º: Todas las conductas observadas por los alumnos, tanto dentro como fuera
del establecimiento serán evaluadas, tomando en cuenta:
-El nivel de desarrollo del estudiante, su edad y condición social, cultural y psicológica.
-Los antecedentes reunidos referentes a la situación, deberán ser apoyados por estrategias
pedagógicas que permitan su modificación.
ARTÍCULO 33º: Los procedimientos que se emplearán para mejorar la conducta social de los
alumnos, serán las siguientes:
- Diálogo entre el alumno y el profesor
Es la primera instancia de reflexión entre el alumno y el profesor, en donde se entregarán las
estrategias necesarias para superar la situación, que puede estar relacionada con las
actitudes sociales o de rendimiento.
- Dialogo entre el Profesor, Alumno y Dirección
Es la segunda instancia de reflexión entre el alumno, profesor y dirección quien actuará de
mediador para superar la situación, solo para actitudes sociales.
- Entrevista del Profesor con los Tutores (y Dirección, en caso de ser requerido) en
caso de los alumnos menores de edad, o cuando sea requerida su presencia de acuerdo a la
situación particular del propio alumno.
Es la instancia en donde el profesor jefe o de asignatura da a conocer al Tutor una situación
no resuelta de su pupilo en relación a rendimiento o actitudes sociales, con el fin de aunar
criterios en busca de su superación. En caso de no asistir el alumno con su apoderado, éste no
podrá ingresar al establecimiento.
- Consejo de profesores
Es la instancia en donde el profesor jefe presenta a los profesores del curso
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y cuerpo directivo, el caso de aquellos alumnos que no han superado su problema de
rendimiento o actitudes sociales, a pesar de haber recibido el apoyo necesario.
Es esta instancia la que propondrá los procedimientos a seguir.
- Carta de acuerdo de los Tutores y Alumnos, cuando corresponda, en la que se
comprometen a superar las conductas inadecuadas, las dificultades académicas o ambas. Es el
documento oficial en el cual quedan registrados la situación del alumno, las estrategias
abordadas resultados obtenidos y los procedimientos propuestos en
el Consejo de Profesores. En esta carta se compromete: el Alumno y el Tutor, con
el establecimiento, para que en un plazo prudente, se cumplan con las normas establecidas en
el Centro.
- En caso de que no se hayan superado las situaciones que motivaron la carta de
acuerdo, la Dirección, agotadas todas las instancias, orientará al apoderado hacia una
alternativa que beneficie al educando.
- El Director en conocimiento del procedimiento seguido frente a la situación del alumno,
las proposiciones del Consejo de Profesores y ante el no cumplimiento de los plazos
establecidos en carta de acuerdos, determinará en beneficio del alumno:
El cambio de curso
Condicionalidad de matrícula
Cancelación de matrícula al término del año lectivo
ARTÍCULO 34º: En ningún caso el profesor tomará otras medidas disciplinarias no
establecidas en el presente manual, sin haber pasado por todos los procedimientos
indicados para mejorar la conducta social de los alumnos.
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TÍTULO II: DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
ARTÍCULO Nº 35: Se entenderá por este acto a toda acción de violencia o
agresividad física y/o psicológica, hostigamiento, intimidación, daño físico y/o psicológico,
acoso, maltrato y segregación en contra de quien es más débil o diferente entre
estudiantes
ARTÍCULO Nº 36: Se reconocerá como violencia escolar, las conductas, tratos y prácticas,
generalmente reiterados en el tiempo, consistentes en agresiones verbales, físicas o
psicológicas o inclusive abusos sexuales, ofensas, vejaciones, chantajes, escarnios o
burlas, intimidación o amenaza, o bien –finalmente- acciones de discriminación,
segregación o exclusión, que se realizan en el ámbito escolar por parte de uno o más alumnos
en contra de otro que es víctima de su hostigamiento, sustentándose en un sentimiento de
superioridad.
ARTÍCULO Nº37: Se considerará, además, el ciber-acoso entendido como la manifestación
del acoso escolar que se produce mediante plataformas virtuales y herramientas tecnológicas,
tales como chats, blogs, fotologs, mensajes de texto para aparatos celulares, correo
electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs, teléfonos
y otros medios tecnológicos que atenten contra la dignidad y la moral de alumnos del
establecimiento.
ARTÍCULO Nº 38: Se aplicarán en forma periódica acciones de prevención de la Violencia
Escolar por parte de las autoridades del establecimiento.
ARTÍCULO Nº 39: Se establecerán como vías de denuncia las siguientes
a) Conversación directa con profesor, asistente educacional, o dirección de
establecimiento
b) Denuncia hecha en forma escrita por el afectado o representante, denuncia que debe
establecer el nombre y teléfono del denunciante, así como también la fecha de la denuncia y
la denuncia en sí.
ARTÍCULO Nº 40: Se resguardará la privacidad y la honra de la víctima, posibilitando una
adecuada defensa para ambas partes; atendiendo acciones justas y proporcionales a la
gravedad de las faltas.
ARTÍCULO Nº 41: Establecida la denuncia se deberá atender ésta en el plazo no mayor a 15 días
hábiles, creándose para estos efectos una comisión de revisión y apelación de las decisiones
adoptadas
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ARTÍCULO Nº 42: La comisión anteriormente formada para la formarán las siguientes personas:
a) Un representante de los profesores
b) Un representante de los asistentes educacionales
c) Un representante de la dirección del establecimiento
ARTÍCULO Nº 43: La comisión será la responsable de de demostrar la veracidad o falsedad de la
ofensa.
ARTÍCULO Nº 44: Demostrada la ofensa la comisión evaluará la gravedad de la ofensa
determinando la sanción en la siguiente escala:
a) Conversación con el alumno agresor y firma de compromiso escrito.
b) Matricula condicionada
c) Expulsión del establecimiento.
TÍTULO III: DEL APODERADO Y SUS DEBERES
ARTÍCULO 45º: Por norma general y por la naturaleza y características de sus
estudiantes, en este establecimiento educacional, no existe la figura del Apoderado
propiamente tal, por lo que se crea la figura del Tutor, es decir alguna persona responsable que
acompañe en este proceso al alumno y que tenga autoridad sobre él.
ARTÍCULO 46º: En virtud de lo anterior, el Centro recomienda, en primera instancia, que el rol
de Tutor lo cumpla el padre o la madre, o un familiar que ejerza sobre el alumno, un
ascendiente moral favorable para el alumno o alumna. Luego todo alumno que viva bajo
la dependencia de este apoderado, (sea menor o mayor de edad), deberá
necesariamente contar con éste para ser matriculado en el establecimiento.
ARTÍCULO 47º: Para que cumpla eficientemente su papel de agente educador, el Tutor debe:
-Estar permanentemente preocupado de la situación estudiantil de su pupilo.
-Atender la marcha de sus estudios y su comportamiento dentro y fuera del
establecimiento.
-Procurarle las condiciones adecuadas para que pueda cumplir con todas sus obligaciones.
-Brindarle apoyo en sus tareas y trabajos.
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-Estar en contacto permanentemente con el Centro, entendiéndose esto como: conocer los
horarios de atención a apoderados, de profesores y demás estamentos del Centro, con el
objeto de hacer uso de estas instancias en forma oportuna, cada vez que sea necesario.
-Aceptar y cumplir los principios educacionales del establecimiento.
-Informarse cuidadosamente de todas las disposiciones contenidas en los reglamentos
vigentes en el Centro , para cumplirlas y hacerlas cumplir a su pupilo, debe revisarla
periódica y oportunamente para cerciorarse de las tareas, pruebas, atrasos, inasistencias
y de las comunicaciones que, por intermedio del alumno o funcionario indicado, le envíe el
Centro.
ARTÍCULO 48º: Ante una inasistencia o atraso reitera del alumno(a), deberá justificarlas
oportunamente y personalmente. No se aceptarán comunicaciones escritas ni llamados
telefónicos. Salvo aquellos que el profesor jefe o inspector ejecute personalmente.