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Departamento Administrativo de Planeación Mayo 2018 Sistemas Públicos y Colectivos: Subsistema de Movilidad

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Page 1: Sistemas Públicos y Colectivos: Subsistema de Movilidad · disminución de los niveles de contaminación. S S O NCE 40% 7 o o rgo X Durante el 2017 se realizó el diagnóstico del

Departamento Administrativo de PlaneaciónMayo 2018

Sistemas Públicos y Colectivos:

Subsistema de Movilidad

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Plan de Ordenamiento Territorial

Acuerdo 48 de 2014

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MOVILIDAD

36 compromisos

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

PIMSMed

Artículo 162.

Definición delsubsistema demovilidad.

Parágrafo 1: En el corto plazo definido enel presente Acuerdo, la AdministraciónMunicipal formulará y adoptará el PlanIntegral de Movilidad Sostenible quecomplemente los lineamientos de la ley1083 del 31 de julio de 2.006.Este plan desarrollará, a escala de detallede comuna, corregimiento, barrio yvereda, los planteamientos del PlanMaestro de Movilidad del ÁreaMetropolitana del Valle de Aburrá,actualizará el Plan Vial y acogerá lasdisposiciones del presente Acuerdo.

Parágrafo 2: Los proyectos de movilidady espacio público que al momento de laaprobación del presente Acuerdo, seencuentren diseñados o en proceso dediseño por parte de la AdministraciónMunicipal y sus entidadesdescentralizadas, tendrán hasta tres añospara iniciar la obra física con los diseñosfundamentados en el régimen urbanísticoanterior. Si al cabo de dicho periodo no sehan iniciado las obras, deberán realizarsenuevos diseños bajo las disposiciones delpresente Plan.

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Durante el 2017 se realizó el diagnóstico delPlan Integral de Movilidad Sosteniblepartiendo del diagnóstico de los diferentesplanes y proyectos que se han realizado enla ciudad en el tema de movilidad, seanalizó los avances logrados en ellos y lasnecesidades para así priorizar laformulación a realizar durante el 2018.

Además, se viene adelantando la revisióngeneral del Plan Vial.

El parágrafo 2 no es un compromiso, es unaoportunidad de transición para losproyectos que se encontraban en procesosde aprobación y ejecución a la hora de laaprobación del POT.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

PIMSMed

Artículo 167.

Movilidad motorizada

Parágrafo 2. Con el fin de reducir altoíndice de incidentes con vehículosmotorizados de dos y tres ruedas, seestudiará la posible segregación decarriles para su circulación en las vías demayor impacto, en el marco del PlanIntegral de Movilidad Sostenible.

Parágrafo 3. En el marco del PlanIntegral de Movilidad Sostenible seanalizará a nivel de pre factibilidad, laconexión férrea de la ciudad en el sentidooriente–occidente y viceversa, adicional ala planteada por el sistema férreomultipropósito en el sentido norte –sur yviceversa para la conexión con el centrodel país y el Puerto de Urabá.

Parágrafo 5. En el marco del PlanIntegral de Movilidad Sostenible seanalizará a nivel de pre factibilidad laimplementación de un sistema detransporte colectivo eléctrico exclusivopara la movilidad de pasajeros en elcentro de la ciudad, con el fin dedescongestionar y contribuir a ladisminución de los niveles decontaminación.

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Durante el 2017 se realizó el diagnóstico delPlan Integral de Movilidad Sostenible -PIMSMed- partiendo de los diferentesplanes y proyectos que se han realizado enla ciudad en el tema de movilidad, seanalizó los avances y las necesidades para laformulación a realizar durante el 2018 y sepriorizó la formulación de los corredores detransporte público y el sistema peatonaladjunto a éste, esperando como resultado ladisponibilidad de carriles disponibles, y laposibilidad para generar segregaciónmodal.

Todas las propuestas planteadas en esteartículo se plantean para la fase deformulación de cada modo y según lapriorización establecida en la fase dediagnóstico.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

PIMSMed

Artículo 165.

Movilidad nomotorizada

Ciclorrutas asistidas/Ascensores parabicicletas. Consisten en sistemas mecánicosde asistencia al ciclista en el ascenso dependientes pronunciadas, que estaránadosados a la ciclorruta o a la calzada. LaAdministración Municipal estudiará en elmarco del Plan Integral de MovilidadSostenible, la Implementación de este tipode sistemas a fin de incentivar el uso demedios no motorizados en todo el municipioy en especial en las zonas de alta pendiente.

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Durante el 2017 se realizó el diagnósticodel Plan Integral de MovilidadSostenible partiendo de los diferentesplanes y proyectos que se han realizadoen la ciudad en el tema de movilidad,se analizó y priorizó las necesidadespara la formulación, las cuales seespera ejecutar en próximas etapas lospróximos años.

Artículo 169.

InfraestructurasAsociadas alvehículoautomotor.

8A1. Parqueaderos Públicos / Privados oAbiertos al Público. Los parqueaderos sonlos estacionamientos abiertos al público, depropiedad pública, privada o mixtadesarrollados fuera de la vía enedificaciones apropiadas para tal fin.Igualmente, pueden ser mecanizados con elfin de optimizar el espacio y generar máscupos de parqueo en un mismo lugar. LaAdministración Municipal, en el marco delPlan Integral de Movilidad Sostenibleestudiará la factibilidad delaprovechamiento económico del subsuelode espacios públicos para la construcción deeste tipo de infraestructuras.

Durante el 2017 se realizó el diagnósticodel Plan Integral de MovilidadSostenible - PIMSMed.Se está elaborando la reglamentacióndel uso del subsuelo del espacio públicocon parqueaderos, depósitos de buses ycentros logísticos.Se incluyeron los parqueaderos ensoterrado en los incentivos para laconstrucción en el estatuto tributario yen la norma de aprovechamiento delespacio publico que se encuentra enproceso de revisión.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

PIMSMed

Artículo 174.

Transporte porCables.

Parágrafo. El Plan Integral de MovilidadSostenible para el municipio de Medellíncomprenderá el análisis de factibilidadtécnica y económica para el establecimientode sistemas de transporte de pasajeros,carga y/o turismo por cable u otro tipo detecnología de transporte con el fin decomunicar entre sí algunas veredas de lazona rural del municipio y algunas veredascon la zona urbana o cabeceracorregimental además de los cerros tutelaresentre sí y con el sistema integrado detransporte.

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Durante el 2017 se realizó el diagnóstico delPlan Integral de Movilidad Sosteniblepartiendo de los diferentes planes yproyectos que se han realizado en la ciudaden el tema de movilidad, se analizó losavances y las necesidades para laformulación a realizar durante el 2018 y sepriorizó la formulación de los corredores detransporte público y el sistema peatonaladjunto a éste, por lo tanto se espera, enesta etapa del Plan avanzar en el análisisde este compromiso.

Artículo 182.

Criterios demanejo paraCiclorrutas (Redde vías y carrilespara bicicletas)

19Numeral 2. El Plan Integral de MovilidadSostenible que formulará la AdministraciónMunicipal, incorporará las disposiciones delPlan Maestro de la Bicicleta para el ÁreaMetropolitana, entre los cuáles se debeconsiderar la red de ciclocarriles.

Las disposiciones del Plan Maestro de laBicicleta se incorporaron en el manual deespacio público y la red de cicloinfraestructura que desde el AMVA y desdela Gerencia de Movilidad Humana ySecretaria de Infraestructura física estándiseñando y ejecutando.

El MEP ya se adoptó mediante Decreto 0113de 2017, en proceso de publicación enGaceta.Adicionalmente,, el PIMSMed fase I-Diagnostico, analizó el Plan Maestro de laBicicleta para incluirlo en las siguientes fasesdel PIMSMed según la priorizaciónplanteada.

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PIMSMed

Artículo 198.

Criterios de manejopara lainfraestructuraasociada alvehículoautomotor.

3. Criterios de manejo para acopio detransporte público individual.Estos acopios deberán ser dispuestos,aprobados y localizados por laAdministración Municipal. Podrán estarubicados sobre vías de servicio, colectoras oarterias o al interior de equipamientospúblicos o privados. Cuando se ubiquen envías arterias y de primer y segundo ordennacional, deberán estar dispuestos en unsobre ancho de estacionamiento dedimensión suficiente para que la actividadde acopio no interfiera con el tráficovehicular. Independientemente de lajerarquía de la vía donde estén situados,cuando las condiciones urbanísticas delespacio lo permitan, deberán estar dotadoscon una unidad sanitaria móvil. Podráprescindirse de la unidad sanitaria, cuandoel acopio se ubique a menos de 100 metrosde sitos que provean estos servicios. Losacopios podrán generarse mediantealianzas público privadas. En el marco delPlan Integral de Movilidad Sostenible, laAdministración Municipal viabilizará laimplementación de centros de parqueo devehículos de transporte público individual,así como el uso de la capacidad en horasvalle de los equipamientos públicos oprivados.

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Durante el 2017 se realizó el diagnóstico delPlan Integral de Movilidad Sosteniblepartiendo de los diferentes planes yproyectos que se han realizado en la ciudaden el tema de movilidad, se analizaron lasnecesidades y las prioridades para laformulación a realizar durante el 2018.

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Artículo 199..

Sistema deintegraciónintermodal.

Parágrafo. La Administración Municipalestudiará la implementación de estrategiaspara el financiamiento del Plan Integral deMovilidad Sostenible.

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El Plan Integral de MovilidadSostenible, está en proceso deformulación y se adelanta con recursosestablecidos desde el Plan de Desarrollo2016-2019

La variedad de modos y la complejidadde cada uno, no se descarta que seacuda a otras fuentes de financiaciónpara la ejecución de los planessectoriales definidos en el diagnósticopropositivo del Plan Integral deMovilidad.

Artículo 209.

Planificaciónsectorial para lamovilidad.

34La Administración Municipal formulará enel corto plazo definido en el presenteAcuerdo, el Plan Integral de MovilidadSostenible para la ciudad de Medellín.Adicional a lo establecido en el presentecapítulo, el plan deberá incorporar loshechos metropolitanos en materia detransporte, complementar los lineamientosde la Ley 1083 de 31 de julio de 2.006, loslineamientos de ordenamiento territorial deAntioquia, el Plan de Movilidad Segura delmunicipio de Medellín y las disposiciones delpresente Acuerdo

Durante el 2017 se realizó el diagnósticodel Plan Integral de MovilidadSostenible partiendo de los diferentesplanes y proyectos que se han realizadoen la ciudad en el tema de movilidad, seanalizó los avances que tiene la ciudaden su planificación y las necesidades yprioridades para la formulación que seinicia en el segundo semestre del 2018,alrededor de la formulación de loscorredores que estructuren la red para elTransporte Público, y los sistemaspeatonales y de Parqueaderoscomplementarios a éste.

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21 d) En el marco del Plan de MovilidadSostenible, la Administración Municipalviabilizará la posible implementación deCiclorrutas Asistidas/Ascensores parabicicletas, con base en experiencias yreferentes en la materia.

Actualmente la Gerencia de MovilidadHumana esta liderando la implementaciónde ciclorrutas asistidas, para ello ha venidorealizando gestiones con transportadores yproductores de insumos necesarios con el finde implementar el sistema..

Adicionalmente este tema hace parte delPIMSMed. Donde se esperan incorporar lasacciones que correspondan, derivadas delas gestiones de la Gerencia de Movilidadsostenible

Artículo 182..

Criterios demanejo paraCiclorrutas (Redde vías y carrilespara bicicletas)

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Plan de Transporte de Carga

Artículo 128..

Criterios de manejopara losEquipamientos deTransporte.

Numeral 11. Centros Logísticos de Carga yTerminales de carga.La definición, tratamiento y localización delos centros logísticos de carga y Terminalesde Carga, será abordada por el PlanIntegral de Movilidad Sostenible que realiceel Municipio de Medellín en su defecto elque indique el Plan maestro de Movilidaddel Área Metropolitana del Valle de Aburráque se encuentre vigente.

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Este compromiso hace parte del PIMSMed,adicionalmente se trabaja con el AMVA porser un tema que debe ser abordado deforma metropolitana y regional.

Para ello el Área Metropolitana y elMunicipio de Medellín en el marco delconvenio 4600071984 destinaron recursospara la contratación de la UniversidadNacional sede Medellín, para la realizacióndel Plan de Logística y Transporte deCarga. Este contrato lo realizó el AMVA conla Universidad al inicio de noviembre de2017 y tiene una vigencia de 10 meses. Seráobjeto de este contrato, la definición ylocalización de los centros logísticos.Artículo 172.

TransporteTerrestre.

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2. Transporte de Carga. Es un componentefuncional del Sistema de Transporte que hacereferencia a la infraestructura por medio de lacual se realiza el abastecimiento, intercambioy distribución de bienes y mercancías en elterritorio urbano y metropolitano.Comprende los siguientes elementosa) Corredores de Transporte de Carga: Soncorredores relacionados con el abastecimientoy distribución de bienes en el territorio. El Plande Logística y Transporte de Carga deMedellín que hará parte del Plan Integral deMovilidad Sostenible para el Municipio,definirá las condiciones para laimplementación y manejo de estos corredores.

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Artículo 175..

ConectividadRegional.

5. Las áreas que se constituyan ennodos logísticos donde confluyancorredores y zonas de actividadlogística, centros logísticos de transportede carga.

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Artículo 207,

Criterios demanejo de loselementos delSistema deTransporte.

32b) El Plan de Logística y Transporte Cargade Medellín como uno de los componentesdel Plan Integral de Movilidad Sostenible,definirá y reglamentará las zonas deactividad Logística y los corredores Urbanometropolitanos de transporte de carga. Este compromiso hace parte del

PIMSMed, adicionalmente se trabajacon el AMVA por ser un tema quedebe ser abordado de formametropolitana y regional.

Para ello el Área Metropolitana y elMunicipio de Medellín en el marco delconvenio 4600071984 destinaronrecursos para la contratación de laUniversidad Nacional sede Medellín,para la realización del Plan deLogística y Transporte de Carga. Estecontrato lo realizó el AMVA con laUniversidad al inicio de noviembre de2017 y tiene una vigencia de 10 meses.Será objeto de este contrato, ladefinición y localización de los centroslogísticos.

Artículo 207.

Criterios de manejode los elementosdel Sistema deTransporte.

c) Zonas y corredores Regulados de cargue ydescargue (Zonas amarillas).La Administración Municipal, a través de laSecretaría de Movilidad o la entidad que haga susveces, establecerá el tratamiento y regulación deestas zonas y corredores, articulada a loslineamientos del Plan de Logística y Transporte deCarga de Medellín.El estacionamiento para realizar operaciones decargue y descargue será de corta duración (nomayor a 30 minutos) prevalentemente nocturnos yfuera de los rangos de periodos de mayorcongestión. Para períodos de tiempo mayores, laautoridad competente evaluará políticas yherramientas para el cobro (por el uso intensivo deestas zonas y corredores) y la gestión del mismo.La definición, tratamiento y localización de losdenominados centros logísticos de carga, seráestablecida por el Plan de Logística y TransporteCarga de Medellín a partir de los criteriosestablecidos en el Plan maestro de Movilidad delÁrea Metropolitana del Valle de Aburrá que seencuentre vigente.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Norma Especifica

Artículo 164..

Sistemasarticuladores deMovilidad.

Parágrafo: En el corto plazo del presente Acuerdo,la Administración Municipal reglamentará los casosy situaciones en los cuales debe presentarse elestudio de movilidad o accesibilidad, el contenido delos mismos, las obligaciones de mitigación deimpactos y las sanciones por el incumplimiento dedichas disposiciones. En todo caso, se dará aplicacióna lo establecido en el artículo 26 del Decreto 1469 del2010 para el otorgamiento de las licencias deconstrucción en proyectos de gran superficie queimpacten en la movilidad.

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Esta reglamentacion seincorporó al proyecto deDecreto de Norma Básica oEspecifica, reglamentaria delPOT. Se recibieronobservaciones al Decreto hastael 4 mayo y se responsaderanobservaciones hasta el 25 delmismo mes.

Artículo 183,

Criterios deManejo paraCicloparqueadero

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Todos los equipamientos existentes y futurosgeneradores de demandas importantes de movilidaden toda la municipalidad, así como las estaciones detransporte público colectivo, masivo o de intercambiomodal, deberán estar dotados de estacionamientospara bicicletas, salvo que ello resulte imposible dada laconfiguración o ubicación de la infraestructura. Estosequipamientos deberán además promover el uso debicicletas mediante el desarrollo de accesos yestacionamientos adecuados.La Administración Municipal reglamentará lacantidad de celdas para parqueo de bicicletasdependiendo de la tipología del equipamiento públicoo privado.

El acondicionamiento de lasestaciones se está realizandoprogresivamente por parte delos operadores del sistema enconjunto con la Municipalidad.

La cantidad decicloparqueaderos para cadatipología de equipamiento sereglamenta por medio de laNorma Especifica la cual seencuentra en proceso definalización.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Norma Especifica

Artículo 200.

Zonas deestacionamientoregulado.

Parágrafo 2. En un término de 18 meses a partirde la promulgación del presente Acuerdo, losestablecimientos educativos actuales quecuenten con una población igual o superior aquinientas (500) personas, resultado de lasuma entre estudiantes, docentes, y personaladministrativo, deberán presentar a laAdministración Municipal, los planes y proyectosque mitiguen los impactos de movilidad por elparqueo en zona pública y el cronograma deejecución de dichos planes, que incluyanpropuestas de ingreso y salida de estudiantes,personal en horarios diferentes, programas deuso racional del vehículo particular e incentivosal uso del transporte público y modos nomotorizados.

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La Secretaría de Educación y lasecretaria de Movilidad, son lasencargadas para las InstitucionesEducativas existentes establecer lamitigación de los impactos a laMovilidad.

La mitigación del impactogenerado por las IE nuevas o quevayan a surtir una modificacióndeben sustentarse a la hora derealizar la solicitud de aprobaciónen el DAP y Secretaría deMovilidad del proyecto. Esto seestablece en la norma especifica enproceso de adopción.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Estatuto tributario

Artículo 172..

TransporteTerrestre.

Parágrafo 2. En el corto plazo establecido en el presenteAcuerdo, la Administración Municipal reglamentará latabla de incentivos de distinta índole a fin de promover eluso de modos no motorizados, transporte público y dedesincentivo del uso del vehículo particular para empresase instituciones públicas y privadas.

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CUMPLIDO1. Con la actualizacióndel Estatuto Tributarioy los planes demovilidadEmpresarialesSostenibles, se generanlos incentivos para lasempresas queimplementen solucionesde movilidad quemejoren el medioambiente.

Se adopta el Acuerdo066 de 2017 «Pormedio del cual seexpide la normativasustantiva aplicable alos tributos vigentes enel Municipio deMedellín»

2. Se inicia laFormulación Etapa IPIMSMed

Artículo 198,

Criterios demanejo para lainfraestructuraasociada alvehículoautomotor.

241.Criterios de Manejo para Parqueaderos: LaAdministración Municipal, a través del Plan Maestro deparqueaderos que hace parte del Plan Integral deMovilidad Sostenible, precisará las directrices del presenteAcuerdo y analizará los incentivos a la construcción de estasinfraestructuras, que podrán ser mecanizadas de mayorcapacidad. Estas deberán ubicarse prioritariamente en unradio de doscientos cincuenta metros (250,00 m.) de lasestaciones de transporte público colectivo o masivo, paraincentivar la intermodalidad en el transporte de pasajeros,exceptuando las que se encuentren al interior de laCentralidad Metropolitana, en la cual el Plan racionalizaráel ingreso de vehículos privados.

Artículo 364,

Estacionamientospara usoresidencial.

35Parágrafo 1. La reglamentación de incentivos para laconstrucción de edificios dedicados principalmente aestacionamientos de vehículos, en cercanías a las estacionesde transporte público colectivo o masivo y en los corredoresde alta y media mixtura estará contenida en el PlanMaestro de Estacionamientos el cual hace parte del PlanIntegral de Movilidad Sostenible.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Sistema Férreo Multipropósito

Artículo 172..

TransporteTerrestre

Parágrafo 3. La Administración Municipal, encoordinación con el Área Metropolitana del Valle deAburra y la Gobernación de Antioquia respaldará deacuerdo con las Directrices Metropolitanas deOrdenamiento Territorial, la implementación delSistema Férreo Multipropósito para el transporte depasajeros, carga y de residuos sólidos; dichasDirectrices Metropolitanas complementan y ajustanlas definiciones del presente Plan sobre el tema. Losmacroproyectos del AIE MEDRío y el ProyectoParques del Río Medellín, reservarán las fajascorrespondientes de acuerdo con el concepto emitidopor el Ministerio de Vías y Transporte, proponiendoque este sistema sea soterrado a fin de no interrumpirla continuidad urbana de la ciudad con el Río. Paraello, la Línea Férrea Nacional podrá usar la delSistema Férreo Multipropósito.Para la Línea Férrea Nacional existente, laAdministración Municipal propondrá a la autoridadcompetente del Orden Nacional (Ministerio deTransporte) su uso con fines netamente turísticos y convelocidades inferiores a 30 km/h a fin de promover larealización de actividades que incentiven el usoadecuado de los Parques del Río Medellín.En todo caso se mantendrá la capacidad vialespecificada para el corredor del río Medellín Aburrá,de acuerdo con el Plan Maestro de Movilidad delÁrea Metropolitana del Valle De Aburrá.

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Durante el 2017 se conformó lasociedad promotora –conformada por la Gobernaciónde Antioquia, IDEA, ÁreaMetropolitana y el Metro deMedellín, para reactivar el temadel ferrocarril en todo Antioquiay realizar la estructuración delproyecto sistema férreomultipropósito teniendo encuenta las preexistencias delterritorio, así como el proyectode parques del río Medellín.

Actualmente se llevan acabomesas de trabajo para temasprediales, trazados ylineamientos desde el Municipiopara la Promotora y loscontratistas de la estructuracióndel proyecto.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Sistema Férreo Multipropósito

Artículo 175..

ConectividadRegional

3. El corredor del sistema férreo multipropósitoen el sentido sur norte y el que se proponga enel sentido oriente occidente para el transportede pasajeros, carga y residuos sólidos.

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Durante el 2017 se conformó lasociedad promotora –conformada por la Gobernaciónde Antioquia, IDEA, ÁreaMetropolitana y el Metro deMedellín, para reactivar el temadel ferrocarril en todo Antioquiay realizar la estructuración delproyecto sistema férreomultipropósito teniendo encuenta las preexistencias delterritorio, así como el proyecto deparques del río Medellín.

Actualmente se llevan acabomesas de trabajo para temasprediales, trazados y lineamientosdesde el Municipio para laPromotora y los contratistas de laestructuración del proyecto.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Macroproyectos

Artículo 170..

Corredoresverdes.

Parágrafo 1. Los corredores verdes que se generarán demanera prioritaria durante la vigencia del Plan se identificanen el Anexo 4. Listado y clasificación de los elementos delSubsistema de Movilidad, en el que además se definen lostramos, los tipos de actuación y los parámetros urbanísticos yecológicos para su intervención.

Parágrafo 2. Acorde con la viabilidad de los estudios técnicos,ambientales y económicos, la Administración Municipal porintermedio del proyecto Parques del Rio y del AIETransversalidad - MED Iguana implementará el sistema desoterramiento en las vías paralelas a la Quebrada la Iguaná,en el tramo entre el corredor del Río Medellín (Aburrá) y elintercambio vial existente con la carrera 80.

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Se realizó el concurso y losplanteamientos urbanísticos deParques del Río, correspondientes alpoligono Río_API_62 adoptadoadoptado mediante resolución No.335 de 2014, adicionalmente se realizóel diagnostico de movilidad de lasTransversalidades AIE de lasquebradas Iguana y Santa Elena, delcual se partirá para realizar laformulación de los macroproyectos.

Artículo 175,

ConectividadRegional.

14La Administración Municipal respaldará las iniciativas regionalesque conlleven a generar una mejor conectividad del municipiocon la región Metropolitana, el Departamento y la Nación, entérminos de optimización y aumento de la competitividadterritorial, ya sea a través de vías y líneas férreas de altasespecificaciones, infraestructura aeroportuaria o mediantetransporte fluvial y marítimo hacia y desde los puertos sobre elRío Magdalena y los Océanos Atlántico y Pacífico. Harán partede esta conectividad regional los siguientes:

1. La Autopista – Vía Travesía que recorre el municipio en sentidosur norte y viceversa y que será objeto de intervención en elmarco del proyecto Parques del Río Medellín, conectando con lasAutopistas de la Prosperidad hacia el norte, centro y sur del país.

Se realizó el diseño y los planteamientosurbanísticos de Parques del Río,correspondientes al poligonoRío_API_62adoptado adoptado medianteresolución No. 335 de 2014, adicionalmentese realizó la Formulación delMacroproyecto AIE MEDrío con losdecretos 2077 de 2015 Rio Norte, 2053 de2015 Rio Centro y 2078 Río sur generandola continuidad de la vía de travesía afuturo.Por medio de la Unidad de ArticulaciónRegional se realizan gestiones y mesas detrabajo de los diferentes proyectos deconectividad regional y nacional.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Macroproyectos

Artículo 175..

ConectividadRegional.

2. Las vías paralelas a la quebrada La Iguaná que conectanla Autopista – Vía Travesía con las Autopistas de laProsperidad hacia el occidente y la región de Urabá y las víasde conexión a la región del oriente del departamento en lascuales se incluye el Túnel de Oriente.

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Se realizó el diagnóstico de movilidad de lastransversalidades de la quebrada Iguaná y SantaElena y parte del diagnóstico general delMacroproyecto AIE quebrada Iguaná.Se encuentra en proceso de contratación laformulación del Macroproyecto Iguaná, donde serevisará el tema de conexión de las autopistas de laProsperidad con el Municipio por medio de las víasparalelas a la quebrada.

Artículo

454,

Definición delSubsistema dePlanificaciónComplementaria.

36Abarca aquellos instrumentos de escala intermedia de segundo ytercer nivel, generadores de norma urbanística, encargados decomplementar la planificación del territorio desde una visiónintegral del desarrollo en la ciudad, en busca de la concreción delmodelo de ocupación y del programa de ejecución.Se identifican los siguientes:1. Segundo Nivel: a) Macroproyectos. b) Proyectos UrbanosIntegrales del Ámbito Ladera) Distritos Rurales Campesinos2. Tercer Nivel: a) Planes Parciales) Planes de Legalización yRegularización Urbanística) Planes Maestros. d) Unidades dePlanificación Rural. E) Planes Especiales de Manejo y Proteccióndel Patrimonio -PEMPVer Mapa 33. Instrumentos de Planificación.

Parágrafo 1. La Administración Municipal determinará lasespecificaciones técnicas y estudios de detalle necesarios para laformulación de cada instrumento de planificacióncomplementaria, incluyendo los de movilidad y socio económicosen aquellas áreas que así lo requieran.

Se formularon y adoptaron tres Macroproyectos del Río.Avances Macroproyectos Transversalidades:-Se está haciendo estudio de Amenaza y Riesgo para lastransversalidades Iguaná y Santa Elena, realizado enConvenio con la Universidad Eafit.-Estudio de Diagnóstico Social para las transversalidadesIguaná y Santa Elena Realizado en ContratoInteradministrativo con la EDU.- Se formuló el Distrito Rural Campesino con laUniversidad Nacional, diagnóstico y los lineamientospara la formulación y la propuesta de proyectos paraser formulados en el 2018. -se contrato el estudio de movilidad, los estudios socialesy ambientales para los macroproyectos de Rio

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Manual de Espacio Público

Artículo 166..

Elementos parala articulación deltransporte públicocolectivo y masivoal transporte enbicicletas

Parágrafo. La Administración Municipaladelantará las gestiones ante el Ministeriode Transporte a efectos lograr laarmonización normativa que permita lacirculación de bicicletas eléctricas depedaleo asistido y de actualizar ladefinición descrita en el Decreto 762 de2002 para Bicicletas, además de lareglamentación para la implementaciónde vías de tráfico calmado.

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CUMPLIDO

La reglamentación para la realización devías de tráfico calmado se encuentra en elManual del Espacio Público, adoptadomediante Decreto 0113 del 10 de Febrero de2017.

Adicionalmente, sera incorporado en laformulación del PIMSMed

Artículo 182,

Criterios de manejopara Ciclorrutas (Redde vías y carriles parabicicletas)

20Numeral 5, literales: b) Deberánimplementarse mecanismos deseñalización vertical que deberán servalidados por la Administración Municipal,quien acogerá las directrices del PlanMaestro de la Bicicleta una vez seaaprobado y concertado con el Municipiode Medellín.

CUMPLIDO

La normativa asociada a la ciclorrutas seencuentra en el Manual de EspacioPúblico y en el Manual de señalizaciónNacional.

Adicionalmente, sera incorporado en laformulación del PIMSMed

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Funciones

Artículo 200..

Zonas deestacionamientoregulado.

La administración municipalimplementará las zonas deestacionamiento regulado en los siguientescorredores:1. Todas las zonas clasificadas comocentralidades2. Las zonas actualmente decretadas porla Secretaría de Movilidad.3. Demás zonas y corredores que considerela Administración Municipal, a fin deregular el uso del espacio público.

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29Parágrafo 1. Serán zonas deestacionamiento prohibido todas las víasclasificadas como arterias y de carácternacional o regional, en aplicación de loestablecido por la normativa nacionalvigente

Actualmente, estas funciones sonrealizadas por la la Secretaría deMovilidad, realizadas acorde a loestablecido, adicionalmente se considerancompromisos de seguimiento constante.

Artículo 200..

Zonas deestacionamientoregulado.

Constante

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Artículo 166..

Elementos para laarticulación deltransporte públicocolectivo y masivoal transporte enbicicletas

Parágrafo. La Administración Municipaladelantará las gestiones ante el Ministeriode Transporte a efectos lograr laarmonización normativa que permita lacirculación de bicicletas eléctricas depedaleo asistido y de actualizar ladefinición descrita en el Decreto 762 de2002 para Bicicletas, además de lareglamentación para la implementaciónde vías de tráfico calmado.

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CUMPLIDO

Se han realizado por parte de la Secretariade Movilidad gestiones para armonizar lasnormativa y el Ministerio de Transporte arealizado normas donde definen lacirculación y de incentivos para las bicicletasde pedaleo asistido como son la Ley 1811 de2016 y la Resolución 160 de 2017

8BLos parqueaderos que estén en un radiode quinientos metros (500,00 m.) cerca delas estaciones del transporte colectivo ymasivo y en los puntos de acceso a laciudad, así como en los límites de zonas decobro por congestión, deberán estarintegrados tarifaria y operativamente alsistema integrado de transporte.

Desde el PIMSmed se ha venidoavanzando en la integración de losparqueaderos al sistema integrado detransporte público masivo, será objeto delplan la identifcación de lotes potencialespara la localización de paqueaderosasociados al sistema, asi como las zonascon deficit de parqueaderos y la definiciónde estrategias para superarlo.En cuanto a la integración tarifaria, esuna labor que ha venido liderando elMetro y la secretearia de movilidad y quesupera los alcances del POT.

Artículo 169..

InfraestructurasAsociadas alvehículoautomotor

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Artículo 184..

Criterios demanejo deelementos para laarticulación deltransporte públicocolectivo y masivocon el transporteen bicicletas.

Se establece que en el corto plazo apartir de la aprobación del presenteAcuerdo, las empresas prestadoras deservicio público colectivo y masivo depasajeros presenten articulación con eltransporte en bicicleta; estas propuestasse presentarán a la AdministraciónMunicipal y al Área Metropolitana delValle de Aburra. Igualmente, seestablece un plazo de dos años a partirde la aprobación de las propuestas parala implementación de las mismas quehabla el presente artículo.

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La administración ha venido trabajando en laintegración de los modos no motorizados altransporte público desde hace varios años: en el año2014 se logró la integración física y tarifaria delsistema En Cicla al transporte público, en el año 2015,se realizó un piloto para ingresar una bicicletaconvencional al transporte público masivo endeterminados horarios.Entre los años 2016 y 2017 se ha adelantado lapromoción de la integración de la bicicleta al TPC eneste modelo no solo se plantea el acompañamiento ala Ley 1811 de 2016, sino que también se permite laincorporación de soportes para bicicletas en buses detransporte público colectivo.Actualmente se viene acompañando las industriaslocales proveedoras para el desarrollo de los soportes,y realizando gestiones con las empresas de transportepúblico colectivo para iniciar pilotos.

30La Administración Municipal ajustará lasfunciones del Comité Asesor de Movilidaddel Departamento Administrativo dePlaneación, que tendrá a su cargo el estudioy análisis de las modificaciones al plan vialdiferentes a las que se efectúen en vías deservicio y colectoras, las propuestasderivadas del conjunto de programasplanteados por el Plan Integral deMovilidad Sostenible o el Plan Maestro deMovilidad del Área Metropolitana y lasasignadas en el presente Acuerdo.

CUMPLIDOSe creó Comité asesor del DepartamentoAdministrativo de Planeación medianteDecreto 1625 de 2015.

Se han realizado nueve (9) Comités generando aprobación, actualizaciones y modificaciones a los proyectos viales de la ciudad.

Artículo 201..

Comité deMovilidad.

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SUBSISTEMA DE MOVILIDAD

Artículo 207..

Criterios demanejo de loselementos delSistema deTransporte.

a) Para el sistema de transporte depasajeros se deberá contar conequipamientos y amoblamiento quedeberán ser ubicados y diseñadosestratégicamente según lo requiera lademanda del mismo y deberán cumplircon las normas nacionales y municipalesque se establezcan para su fin

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La Agencia Paisaje y Alianza PúblicoPrivada y la Secretaría de Movilidadtrabajan conjuntamente para realizariniciativas de nuevos Centro Logístico deTransporte y Deposito de Vehículos deTransporte Público que suplan lasnecesidades.

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Artículo 175..

ConectividadRegional.17

La Administración Municipal respaldarálas iniciativas regionales que conlleven agenerar una mejor conectividad delmunicipio con la región Metropolitana, elDepartamento y la Nación(…). Haránparte de esta conectividad regional lossiguientes:

4. Los equipamientos aeroportuarios quese encuentren en el territorio municipal oque le presten servicios fuera de este.

Desde el Departamento Administrativo dePlaneación se ha realizado labores dearticulación con la comisión Tripartita y laGerencia del Aeropuerto Olaya Herrera yJose María Cordova, acompañando la mesade articulación entre los aeropuertos, lascuales se acompañaron durante el proceso yse realizo el respectivo seguimiento.Actualmente la mesa se encuentrafinalizada desde el apoyo de laadministración, y no se han presentadonuevas necesidades desde los aeropuetospara equipamientos aeroportarios o deconexión y de funcionamiento.

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Gracias..

Departamento Administrativo de Planeación