sistema monetario europeo

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SISTEMA MONETARIO EUROPEO INTRODUCCION Al introducirse el 1 de enero de 1999, el euro se convirtió en la nueva moneda oficial de 11 Estados miembros, sustituyendo a las antiguas monedas nacionales (tales como el marco alemán o el franco francés) en dos etapas. En primer lugar se introdujo como moneda virtual para los pagos no efectuados en efectivo y con fines contables, mientras que las antiguas monedas siguieron empleándose en los pagos en efectivo, siendo consideradas como divisiones del euro. Posteriormente, el 1 de enero de 2002, el euro apareció físicamente, en forma de billetes y monedas. El euro no es la moneda de todos los Estados miembros. Dos países (Dinamarca y el Reino Unido) han optado por la cláusula de «exclusión voluntaria» contemplada en el Tratado, que les exime de participar en la zona del euro, mientras que el resto (muchos de los nuevos Estados miembros más Suecia) todavía no cumplen las condiciones para adoptar la moneda única. Una vez que lo hagan, sustituirán su moneda nacional por el euro.

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Page 1: Sistema Monetario Europeo

SISTEMA MONETARIO EUROPEO

INTRODUCCION

Al introducirse el 1 de enero de 1999, el euro se convirtió en la nueva moneda oficial de

11 Estados miembros, sustituyendo a las antiguas monedas nacionales (tales como el

marco alemán o el franco francés) en dos etapas. En primer lugar se introdujo como

moneda virtual para los pagos no efectuados en efectivo y con fines contables, mientras

que las antiguas monedas siguieron empleándose en los pagos en efectivo, siendo

consideradas como divisiones del euro. Posteriormente, el 1 de enero de 2002, el euro

apareció físicamente, en forma de billetes y monedas.

El euro no es la moneda de todos los Estados miembros. Dos países (Dinamarca y el

Reino Unido) han optado por la cláusula de «exclusión voluntaria» contemplada en el

Tratado, que les exime de participar en la zona del euro, mientras que el resto (muchos de

los nuevos Estados miembros más Suecia) todavía no cumplen las condiciones para

adoptar la moneda única. Una vez que lo hagan, sustituirán su moneda nacional por el

euro.

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HISTORIA DEL SISTEMA MONETARIO EUROPEO

LAS BASES DEL SISTEMA MONETARIO EUROPEO

La implantación de una moneda y una política monetaria única, como objetivo

comunitario, fue contemplada en una serie de proyectos e iniciativas incluso antes que en

el propio Tratado de la Unión Europea, pudiendo éstas ser consideradas como

antecedentes de la Unión Económica Europea.

Así, en el Tratado de Roma del 25 de marzo de 1957 (Tratado constitutivo de la

Comunidad Económica Europea) se ponía de manifiesto la conveniencia de cierta

coordinación en las políticas económicas y, en concreto, se establecía la creación del

Comité monetario para fomentar la coordinación de las políticas monetarias de los

estados miembros.

En la Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros de la

Comunidad Europea celebrada en la Haya en diciembre de 1969, encontramos el primer

pronunciamiento expreso a favor de la creación de una unión económica y monetaria,

reflejándose la necesidad de efectuar un estudio sobre las posibilidades de una evolución

de la Comunidad hacia tal unión.

Consecuentemente, por encargo del Consejo de Ministros de las Comunidades surge el

Informe Werner, más conocido como el Plan Werner realizado en 1970 por un Comité de

expertos financieros y monetarios, presididos por Pierre Werner, Primer Ministro y Ministro

de Hacienda de Luxemburgo. Este informe resaltaba la necesidad de una efectiva

armonización de las políticas económicas con objeto de mejorar el funcionamiento del

Page 3: Sistema Monetario Europeo

Mercado Común pues en su defecto sólo cabría esperar tensiones crecientes dentro del

mismo. Para atajar esa eventualidad, en el Plan se proponía como solución a esta

necesidad la implantación de una moneda única para los países de la Comunidad

Económica Europea; es decir, se especificaba en el Plan la necesidad de una "total e

irreversible unión de las monedas de la Comunidad”. Asimismo, procede destacar el

carácter anticipador que tuvo el Informe Werner reflejándose tanto en la caracterización

de este proceso como también en su previsión de un sistema de Bancos Centrales para la

Comunidad Económica Europea muy parecido al de la Reserva Federal en E.E.U.U.

Sin embargo, los progresos previstos en el Plan Werner – llegar a la unión en 1980- se

vieron bloqueados por los avatares que emergen a partir de 1971, empezando por la

inconvertibilidad del dólar y su primera devaluación, así como las políticas económicas

divergentes debidas a la primera crisis del petróleo, provocando que las aspiraciones

europeas se constriñeran a un objetivo más modesto consistente en conseguir una mayor

vinculación de las monedas de los países de la C.E.E. entre sí, con márgenes de máxima

fluctuación conjunta frente al dólar dando lugar a la denominada serpiente monetaria,

antecedente más inmediato del actual Sistema Monetario Europeo y que perseguía la

abolición gradual de la propia fluctuación.

Como consecuencia de la evolución del sistema Bretton-Woods, el Consejo de Ministros

de La Comunidad Europea decide limitar la banda de la fluctuación entre las seis

monedas de la Comunidad Europea a +/- 2.25 %. El Reino Unido, Irlanda y Dinamarca

acuerdan formar parte de la " serpiente monetaria" anticipándose a su ingreso en la

Comunidad Europea en 1973. Sin embargo, la libra esterlina, la libra irlandesa, el franco

Page 4: Sistema Monetario Europeo

francés y la lira italiana pronto se retiran. Así, la serpiente acabó reduciéndose al DM, las

monedas de Benelux y algunas escandinavas. Y de ésta y de otras circunstancias, es de

donde empieza a surgir el gran predicamento del Bundesbank y del DM, así como la idea

de una zona monetaria homogénea en Europa Central.

No obstante, por la gravedad de la crisis internacional y por la evidente imposibilidad de

retornar a una situación de Sistema Monetario Internacional regido por el Fondo

Monetario Internacional surge el Fondo Europeo de Cooperación monetaria (FECOM,

abril de 1973) de la C.E.E. Con personalidad jurídica propia y sede en Luxemburgo, al

Fondo se le asignó la misión de reducir progresivamente los márgenes de fluctuación de

las divisas comunitarias entre sí, a base de coordinar las políticas y la acción de los

Bancos Centrales, y, recurriendo, en caso necesario, a la intervención de los mercados de

cambio. Entre sus cometidos, estaba asimismo el de facilitar acuerdos a fin de lograr una

política concertada de reservas. Por tanto, pese a sus limitaciones operativas, el FECOM

sirvió para reforzar la política comunitaria, que desde antiguo contaba ya con un órgano

esencial, el Comité Monetario, creado por el Tratado de Roma. Pero las actividades del

FECOM, sin un entorno consistente, no colmaron las esperanzas inicialmente puestas en

él. Entre otras cosas, porque la serpiente monetaria no era ni oficial ni general.

En 1978, se retomó de nuevo la iniciativa de hacer de Europa una zona de estabilidad

cambiaria , siendo el máximo exponente de este proceso la creación del Sistema

Monetario Europeo, con un objetivo común al de la serpiente, pero con un soporte técnico

y, sobretodo político, mucho más importante. La decisión de crear el Sistema Monetario

Europeo se debió al entendimiento franco alemán, simbolizado en las personas de Valery

Page 5: Sistema Monetario Europeo

Giscard d’ Estaing y Helmut Schmidt, así como al euroentusiasmo del británico Roy

Jenkins, por entonces Presidente de la Comisión Europea. Así el 12 de marzo de 1979, el

Consejo Europeo reunido en París autorizó definitivamente la puesta en marcha del

Sistema Monetario Europeo, que entró en vigor al día siguiente.

La aprobación del Acta Única, en 1987, supuso un paso más en el proceso de

consecución de la Unión Económica y Monetaria, impulsando la cooperación de las

políticas económicas y monetarias. Dentro del contexto del Acta Única Europea, hay que

destacar las negociaciones de Nyborg-Basilea, en septiembre de 1987, que tenía como

objetivo fortalecer el Sistema Monetario Europeo, a través de un uso más flexible de los

instrumentos previstos para frenar las tensiones: intervenciones en los mercados de

cambio, movimientos de los tipos de interés, etc.

En la reunión de junio de 1989, en Madrid el Consejo Europeo aprueba el Informe Delors

que perfila un plan en tres etapas para el establecimiento de la Unión Económica y

Monetaria. La peseta se integra en el mecanismo de tipo de cambio con la banda de

fluctuación ampliada a +/- 6%.

Finalmente, la consagración de la Unión Económica Monetaria se llevó a cabo a través

del Tratado de la Unión Europea, aprobado por el Consejo Europeo de Maastricht en

diciembre de 1991 y firmado en esta misma ciudad el 7 de febrero de 1992. En este

Tratado se ratificó el proceso iniciado con el Informe Delors, si bien se modificaron

algunos aspectos, quedando el proyecto de la Unión Económica Monetaria definido por

una estrecha coordinación entre las políticas económicas de los distintos Estados

miembros y por la transición a una moneda única y una política monetaria común.

Page 6: Sistema Monetario Europeo

En abril de 1992 el escudo portugués ingresa en el mecanismo de tipo de cambio con una

amplia banda de fluctuación, 6%. Sin embargo, en septiembre, la libra inglesa y la lira

italiana se retiran del mecanismo del tipo de cambio.

En 1993 como consecuencia de la crisis monetaria en el Sistema Monetario Europeo, los

Ministros de Finanzas y los Presidentes de Bancos Centrales de la Unión Europea

deciden en Agosto ampliar las bandas de fluctuación de este sistema al 15%, excepto el

marco alemán y el florín holandés que continúan en el 2.25%.

La segunda etapa de la Unión Monetaria Europea comienza el 1 de enero de 1994

creándose el Instituto Monetario Europeo como precursor del Banco Central Europeo.

Concluir reseñando que en 1995 Austria y Finlandia se unen al mecanismo del tipo de

cambio. Sin embargo, Suecia mucho más euroexceptica no se ha propuesto ingresar en

el sistema Monetario Europeo. Asimismo, es este año como consecuencia de la debilidad

del dólar americano, en febrero y marzo, muchas monedas europeas se encuentran bajo

la presión del bloque del marco alemán. En marzo, la peseta y el escudo sufren una

devaluación en el Sistema Monetario Europeo.

EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA MONETARIO EUROPEO

En diciembre de 1978 a través de una resolución del Consejo Europeo fueron definidas

las características básicas del Sistema Monetario Europeo, fijándose como fecha de su

entrada en funcionamiento el 15 de marzo del año siguiente e instándose al Consejo, a la

Comunidad Europea y a los Bancos Centrales a ponerlo en práctica.

Page 7: Sistema Monetario Europeo

El objetivo prioritario del Sistema Monetario Europeo, desde un principio, consistió en

estabilizar las relaciones de cambios entre las monedas imbricadas en el mismo; a fin de

garantizar un correcto funcionamiento del Mercado Común, y de ese modo contribuir a la

confianza de los inversionistas. Dicho de otro modo, su objetivo principal era hacer de

Europa un área de estabilidad cambiaria corrigiendo así la inestabilidad e incertidumbre

derivada de la variabilidad de los tipos de cambio, al mismo tiempo que se intentaba

conseguir una estabilidad interna fruto de la convergencia económica de los países, tanto

en precios como en costes.

A tales efectos, pueden sintetizarse los elementos principales componentes del Sistema

Monetario Europeo en tres: un mecanismo de tipos de cambio e intervención, una

moneda, el ECU, que opera como unidad de reserva e instrumento de liquidación, y el

Fondo Europeo de Cooperación Monetaria (FECOM), que fue disuelto a comienzos de la

segunda fase de la Unión Económica Monetaria, traspasando sus competencias al

Instituto Monetario Europeo.

Todos los países de la Unión Europea son miembros del S.M.E. aunque Grecia, Suecia y

Reino Unido no están sometidos al mecanismo de cambios e intervención que establece

para cada una de las monedas de un tipo central de cambio del ECU (pivote Central) y los

tipos de cambio centrales o paridades fijas de cada moneda respecto a las restantes

(pivotes bilaterales).

La llamada parrilla de paridades, considerada como la estructura básica y referencia de

estabilización de los tipos de cambio de mercado de las monedas participantes, está

constituida por todos los tipos de cambio bilaterales; existiendo un compromiso por parte

Page 8: Sistema Monetario Europeo

de los Bancos Centrales de intervenir para intentar mantener a sus respectivas monedas

dentro de la banda de fluctuación establecida en torno +/- 2.25% respecto al tipo Central

hasta el 2 de agosto de 1993 que pasó al +/- 15% como consecuencia de las turbulencias

monetarias acontecidas en el periodo que oscila entre agosto de 1992 y julio de 1993.

Para su consecución, era necesario que el Banco emisor de la moneda apreciada

vendiera su propia moneda a cambio de la moneda depreciada, y el Banco emisor de la

moneda depreciada, asimismo, debía retirar del mercado su moneda sustituyéndola por la

moneda apreciada, siendo las autoridades responsables de la moneda causante de la

desviación de los tipos de cambio de mercado de los pivotes bilaterales quienes deben

adoptar las medidas a seguir, en función de la debilidad o fortaleza relativa a una moneda.

La referencia para el mecanismo de cambios del S.M.E. es el ECU (European Currency

Unit, escudo en francés, o simplemente Unidad Monetaria Europea). La aparición del ECU

significó un principio de independencia inicial de los europeos frente al dólar de E.E.U.U.;

además, el ECU pasó a servir de unidad para los cálculos presupuestarios dentro de la

Comunidad Europea, empleándose, igualmente a partir de 1980, para emisiones de

capital como empréstitos públicos y privados en los países comunitarios; así como, en

cuentas bancarias, comercio exterior, tarjetas de crédito, entre otros efectos financieros.

El ECU cabe definirlo como la unidad monetaria del S.M.E. constituida por una cesta de

monedas formada por cantidades fijas de 12 monedas comunitarias; es decir, consiste en

la suma de cantidades concretas de cada una de las monedas de los estados miembros

de la Comunidad Europea. La cesta del ECU debía revisarse periódicamente, en principio

cada cinco años, a fin de adaptarla al peso comparativo de los países de la Comunidad

Page 9: Sistema Monetario Europeo

Europea, en función de tres elementos: PBI, comercio intracomunitario y cuota en el

FECOM. Sin embargo, desde 1993 se suprimió definitivamente por el artículo 109.6 del

Tratado de Maastricht.

Por último, reseñar como funciones principales del ECU:

a. Servir de unidad para los cálculos presupuestarios en la Comunidad Europea.

b. Medio de pago y reserva de los Bancos Centrales.

c. Magnitud de referencia en el sistema de tipos de cambio.

Aunque la creación del S.M.E., en general, se puede considerar globalmente positiva

pues además de conseguir el mantenimiento de una cierta estabilidad cambiaria y un

mayor grado de coordinación de las políticas económicas, afianzando, asimismo, la

cooperación entre Bancos Centrales y consiguiéndose un mayor nivel de convergencia en

términos de tipos de interés y de inflación; no obstante, no se puede olvidar que el S.M.E.,

desde sus comienzos, venía arrastrando la dificultad de garantizar la coexistencia de un

sistema de tipos de cambio cuasi fijos, en un entorno de creciente liberación de los

movimientos internacionales de capital y con unos mercados financieros minuciosos ante

las posibilidades efectivas de convergencia de las economías europeas.

Todo esto pone de relieve la necesidad de implantar una moneda única, desembocando

en una política monetaria común y una intensa coordinación en materia de política

económica, especialmente en lo referente a políticas presupuestarias, a fin de conseguir

un área donde se eliminarían el riesgo cambiario previamente existente entre las

monedas sustituidas por el EURO, así como unos menores costes de transacción en los

Page 10: Sistema Monetario Europeo

cobros y pagos exteriores, consiguiéndose eliminar todo obstáculo o limitación a la

movilidad de capitales.

PREVISIONES DEL ACTA ÚNICA EUROPEA

El Acta Única Europea para la creación del Mercado Único Europeo fue suscrita el 17 de

febrero de 1986 en Luxemburgo, entrando en vigor el 1 de julio de 1987; en ella, se

recogió el espíritu del Informe Tindemans, los trabajos que dirigió Alterio Spinelli, así

como las propuestas del Comité Dooge que se formó para el desarrollo efectivo de las

distintas ideas convergentes.

Tres grandes bloques de cuestiones fundamentales se integraron en el Acta Única

Europea. En el primer bloque se produjo la introducción de la reforma institucional, a fin

de agilizar la toma de decisiones en el Consejo, que se reforzó por un más amplio recurso

a la mayoría cualificada, y, ascendiéndose, los poderes del Parlamento, de la Comisión y

del Tribunal de Justicia.

El segundo bloque de asuntos, se dirigía a la definitiva formación de la consabida Europa

sin frontera; es decir, al Mercado Interior Único; y englobándose en este bloque todas las

cuestiones monetarias.

En el tercer y único bloque se abarcarán las políticas de investigación y desarrollo

tecnológico, medio ambiente y asuntos sociales, con programas comunes en el primer

caso, criterios concertados en el segundo y aspiraciones generales en el tercero.

En el Acta Única Europea se planteó que el logro de la Unión Monetaria requería de una

conferencia con su consiguiente traducción en un nuevo acuerdo intergubernamental.

Page 11: Sistema Monetario Europeo

Concretamente, la referencia al artículo 236 del Tratado de la Unión Europea que se

plantea en su artículo 102 A se determinó que a fin de garantizar la convergencia de las

políticas económicas y monetarias los Estados miembros cooperarían con diversos

objetivos comunes: Equilibrio de la balanza de pagos, estabilidad de precios, confianza en

la moneda y alto nivel de empleo haciendo hincapié en la aplicación de las disposiciones

contempladas en el artículo 236 del Tratado de la Unión Europea, en virtud del cual, el

gobierno de cualquier Estado miembro, o la Comisión, estarían facultados para someter al

Consejo de Ministros los necesarios proyectos de revisión del propio Tratado.

Como elemento de preparación de la conferencia intergubernamental, el Consejo Europeo

reunido en Hannover en junio de 1988, decidió la formación de un Comité formado por los

Gobernadores de los Bancos Centrales de los Estados miembros de la entonces C.E.E. y

por tres expertos independientes, bajo la dirección del entonces presidente de la Comisión

Europea, Jacques Delors, con el fin de anticipar las grandes líneas de lo que podría ser el

camino hacia la Unión Monetaria.

El resultado de esos trabajos, el Informe Delors se hizo público el 13 de abril de 1989

reiterándose la determinación de realizar progresivamente la Unión Monetaria,

acordándose comenzar su primera fase el 1 de julio de 1990, emprendiéndose, asimismo,

los trabajos preparatorios para la Conferencia Monetaria Intergubernamental Comunitaria.

En resumen, a partir del Acta Única Europea el Informe Delors significó una primera visión

de verosimilitud de la Unión Monetaria siendo ésto positivo para la reelaboración del

Tratado de la Unión Europea, Tratado que aprobó el Consejo Europeo de Maastricht en

diciembre de 1991, que introducía algunas modificaciones sobre el Informe Delors

Page 12: Sistema Monetario Europeo

referidas a la concepción de la segunda fase, que se iniciaría dos años más tarde de lo

establecido en aquel Informe y sin cesión de competencias al SEBC (Sistema Europeo de

Bancos Centrales) cuya creación estaba inicialmente prevista en esta fase.

FASES DE LA UNIÓN MONETARIA

Los requisitos sobre las tres fases sucesivas de construcción de la Unión Europea se

fijaron en el articulado del Tratado de la Unión Europea, concretamente en el Título VI, del

artículo 102.A al 109.M, así como en una serie de protocolos sobre:

a. Estatutos del Sistema de Bancos Centrales (SEBC) y del Banco Central Europeo

(BCE).

b. Estatutos del Instituto Monetario Europeo (I ME).

c. Procedimiento aplicable en caso de déficit externo.

d. Criterios de convergencia del artículo 109.I.

e. Condiciones para la transición a la tercera fase de la Unión Monetaria.

PRIMERA FASE

Esta primera etapa, que se inició el 1 de julio de 1990 y culminó el 31 de diciembre de

1993, aparece definida en el Informe Delors. Sus objetivos fundamentales fueron:

a. Alcanzar el mayor grado posible de convergencia económica, comprometiéndose

cada estado miembro a adoptar un programa plurianual, destinado a garantizar la

necesaria convergencia hacia la Unión Económica Monetaria.

b. Acabar el proceso de construcción del Mercado Interior, eliminando las barreras

físicas, técnicas y fiscales que impiden su pleno desarrollo.

Page 13: Sistema Monetario Europeo

c. Eliminar cualquier clave de restricciones en lo referente a la libre circulación de

capitales y servicios financieros.

Consecuentemente, el Consejo de Ministros de la Unión Europea, basándose en los

informes previos de la Comisión, asumió la tarea de evaluar los progresos realizados en

materia de convergencia, tanto respecto de cada uno de los Estados miembros como a

escala general; en particular, en lo concerniente a la estabilidad de precios y al

saneamiento de las finanzas públicas.

Esto originó en España el surgimiento de los programas de convergencia del gobierno de

1992 y 1994.

SEGUNDA FASE

Esta etapa comenzó el 1 de enero de 1994, siendo uno de sus aspectos clave, desde el

punto de vista de la Unión Monetaria, la creación del Instituto Monetario Europeo, embrión

del futuro Banco Central Europeo, que tiene como principal función organizar el paso a la

tercera fase.

El IME tiene personalidad jurídica propia; y se administra y gestiona por un Consejo, que

integran su Presidente y los Gobernadores de los Bancos Centrales de los Estados

miembros de la Unión Europea. Los miembros del Consejo del IME actúan con absoluta

independencia, es decir, sin ninguna clase de mandato imperativo, existiendo sólo una

cierta coordinación observable en ciertos hechos como que el Presidente del Consejo de

Ministros Comunitario y un miembro de la Comisión participan, sin derecho a voto, en las

reuniones del Consejo del IME o, cuando, se invita al Presidente del IME a las reuniones

Page 14: Sistema Monetario Europeo

en que el Consejo de Ministros de la Unión Europea haya de debatir asuntos relacionados

con los objetivos y funciones del IME.

El Consejo del IME se reúne al menos diez veces por año, y en general decide por

mayoría simple de sus miembros. Sin embargo, los dictámenes, recomendaciones,

decisiones y directrices, necesitan de mayorías cualificada de dos tercios de los

representantes.

El IME tiene una serie de atribuciones, que se detallan minuciosamente en el Tratado de

Maastricht, y en los Estatutos del propio Instituto, que figuran en un protocolo anejo al

Tratado de la Unión Europea. Sin embargo, de forma resumida cabe destacar las

siguientes funciones sustantivas e inmediatas del IME:

a. Reforzar la cooperación entre los Bancos Centrales de los países miembros.

b. Mejorar la coordinación de las políticas monetarias de los Estados miembros, a fin

de asegurar la estabilidad de precios.

c. Supervisar el funcionamiento del Sistema Monetario Europeo, junto con la

Comisión Monetaria.

d. Celebrar consultas sobre asuntos competencia de los Bancos Centrales, cuando

afecten a los Mercados Financieros.

e. Facilitar la utilización del ECU en toda clase de operaciones y supervisar su

desarrollo; incluyendo la buena marcha del sistema de compensación entre

Bancos Centrales.

f. Fomentar la armonización de las estadísticas en el ámbito monetario y financiera.

Page 15: Sistema Monetario Europeo

g. Promover la eficacia de los pagos transfronterizos, eliminando las costosas

barreras que subsisten.

h. Preparar la Unión Monetaria.

Además, en esta segunda etapa, en lo referente a política monetaria, cada Estado debe

garantizar la independencia de su Banco Central, pasando éste a gozar de completa

autonomía, especialmente en lo referente a la fijación del tipo de interés básico.

Asimismo, en esta etapa, se definieron una serie de objetivos a cumplir, destacándose:

a. Mayor control del déficit público.

b. Prohibición de la financiación privilegiada al sector público

c. Cumplimiento de los criterios preparatorios de la convergencia, en base

a los cuales se decidirán los países que accedan a la tercera fase.

Así, concluyendo, destacar que desde el 1 de enero de 1994, entraron en vigor una serie

de disposiciones necesarias para la consecución de los elementos esenciales de esta

segunda

Fase; a saber:

• Para lograr la limitación de las operaciones de crédito quedó prohibida la concesión de

cualquier tipo de créditos, o la autorización de descubiertos, por parte de los Bancos

Centrales a favor de instituciones u organismos comunitarios, Gobiernos, autoridades

regionales o locales, u otros poderes públicos u organismos de Derecho Público o

empresas de los Estados miembros; igualmente sucedió con la adquisición directa de

Page 16: Sistema Monetario Europeo

deuda emitida por todas esas Entidades. Asimismo, se decidió impedir el acceso

privilegiado del sector público a cualquier clase de Entidades Financieras distintas de los

Bancos Centrales y la propia Unión Europea se comprometió a no responder mediante

aval de las obligaciones contraídas por los sectores públicos en los Estados miembros.

• Se establecieron como condiciones para presupuestos dos criterios básicos plenamente

exigibles en la tercera fase de la Unión Monetaria:

a. La proporción entre el déficit público y el PIB no ha de superar un valor de

referencia- inicialmente el 3%- a menos que el exceso descienda de modo

sustancial y continuado hasta llegar a un nivel que se aproxime al valor de

referencia o el valor de referencia se sobrepase sólo temporalmente y de

manera leve.

b. La proporción entre la deuda pública acumulada y el PIB, no rebasará un

valor de referencia–inicialmente el 60% - salvo que el exceso evolucione a

un ritmo satisfactorio para su ajuste.Si un Estado miembro no cumple con

estos criterios, la Comisión tiene potestad para elaborar un informe en el que

habrá de tener en cuenta otro criterio, concretamente que el déficit no

supere los gastos públicos de inversión.

• Para el paso de la segunda a la tercera fase se requiere el cumplimiento, por parte de

los Estados miembros que aspiran a ingresar en la Unión Monetaria, de las llamadas

condiciones de convergencia – criterios de Maastricht- tales condiciones son:

Page 17: Sistema Monetario Europeo

a. Contar con una tasa de inflación como máximo del 1.5% por encima de la media

(aritmética) de los tres Estado miembros con la inflación más baja.

b. Situar los tipos de interés dentro de un margen de dos puntos por encima de la

media (aritmética) de los tres Estados miembros con los tipos más bajos.

c. No tener un déficit fiscal superior al 3% del PIB.

d. No llegar al 60% en ratio deuda pública/ PIB

e. Presentar una razonable estabilidad de cambios en el Sistema Monetario Europeo.

Todas estas condiciones pueden quedar traducidos en los siguientes criterios: estabilidad

de precios, sostenibilidad de unas finanzas públicas saneadas, mantenimiento de los tipos

de cambio en los márgenes de fluctuación normales que establece el mecanismo de tipos

de cambio del Sistema Monetario Europeo y, por último, convergencia de los tipos de

interés a largo plazo.

TERCERA FASE

Esta fase supone la culminación del proceso de creación de la Unión Económica

Monetaria. El 1 de enero de 1999 es la fecha fijada en el Consejo de Madrid de diciembre

de 1995 para su inicio. En esta fecha, el Consejo de la Unión Europea adoptará el tipo de

cambio fijo

e irrevocable al cual el EURO sustituirá a las monedas nacionales y el BCE, en sustitución

del IME, y el SEBC iniciarán plenamente el ejercicio de sus funciones.

Dentro de la tercera fase cabe distinguir tres etapas para la introducción de la moneda

única:

Page 18: Sistema Monetario Europeo

a. Del 1-1-1999 al 31-12-2001: el Euro no se encontrará disponible en forma de

billetes y monedas, siendo utilizadas para los cobros y pagos físicos las monedas

nacionales, como divisiones del Euro. Sin embargo, el Euro sí podrá ser usado

para denominar operaciones financieras y mercantiles, aunque para realizar los

cobros y pagos físicos que las mismas impliquen se deberán convertir los importes

en Euros a moneda nacional, a un tipo de conversión fijo e irrevocable. El inicio de

esta fase supondrá la adopción de una política monetaria común para todos los

países que accedan a la misma.

b. Del 1-1-2002 al 30-6-2002, como fecha límite: comienza la circulación de billetes y

monedas en Euros, que coexistirán con las monedas y billetes nacionales. Durante

este período se prevé la sustitución paulatina de las monedas nacionales por la

moneda única.

c. A partir del 1-7-2002, a más tardar. Los billetes y monedas en Euros se convierten

en los únicos de curso legal para los países que hayan accedido a la tercera fase

de la Unión Económica Monetaria.

Fijada la lista de los socios de la Unión Monetaria se constituirá formalmente el Banco

Central Europeo a modo de órgano ejecutivo del SEBC. El SEBC se compondrá del

conjunto del Banco Central Europeo y de los Bancos Centrales de los Estados miembros,

siendo su objetivo esencial mantener la estabilidad de precios en una "Economía de

Mercado abierta y de libre competencia, favoreciendo una eficiente asignación de

recursos". Este será el órgano monetario federal actuando como poder regulador,

Page 19: Sistema Monetario Europeo

coordinando la emisión de los billetes y la acuñación en Euros, de curso legal en los

países integrados en la Unión Monetaria.

El Banco Central Europeo tendrá tres órganos de gobierno: comité Ejecutivo, Consejo de

Gobierno y consejo General.

LA TRANSICIÓN AL EURO

El EURO comenzará a existir como moneda única de curso legal en los países que

accedan a la tercera fase de la Unión Económica Monetaria al ingreso de la misma,

prescrito para el 1 de Enero de 1999: desde esta fecha el EURO será la moneda utilizada

para incrementar la política monetaria común de los países participantes en la tercera

fase.

Sin embargo, hasta el 1 de enero del 2002, como fecha límite, el Euro no se encontrará

en forma de billetes de banco y monedas para el uso al por menor, por lo que se utilizará

para esas transacciones los billetes y monedas nacionales, como admisiones temporales

no decimales del Euro. En consecuencia, en este período de tres años el Euro tan solo

será utilizable en operaciones de tipo financiero, de política monetaria y como referencia

contable en las relaciones contractuales.

La necesidad de un período transitorio de tres años reside en la imposibilidad técnica de

fabricar en menos tiempo la gran cantidad de billetes y monedas necesarias para el tráfico

mercantil en los países que accedan a la tercera fase. Además, este período permitirá a

las entidades financieras, Administraciones Públicas y empresas no financieras la

realización de los cambios necesarios en sus sistemas de información, gestión y

Page 20: Sistema Monetario Europeo

organización, así como que el público en general adquiera un mayor conocimiento de la

moneda única y de sus manifestaciones en billetes y monedas.

Por tanto, este sistema de transición lenta y gradual significa un intervalo de tres años

(1999-2002) en él coexistirán las antiguas monedas nacionales (mn) y el nuevo EURO;

hasta que a partir del día 30 de junio de 2002, el EURO quede en solitario con su pleno

carácter de papel moneda. En consecuencia, los Bancos Centrales comenzarán a retirar

las monedas nacionales el 1 de enero del 2002 y transcurrido el tiempo de canje, 1 de

enero al 30 de junio del 2002, esas mn dejarán de tener fuerza liberadora en los pagos.

Así, con este sistema lento, la transición resultará más ordenada en el sistema informático

y en todo el negocio financiero; permitiéndose que una operación realizada en cualquiera

de las dos monedas (en monedas nacionales y Euros) sea procesada por los

intermediarios financieros mediante los Sistemas Interbancarios de transferencia de

Fondos, con ajustes que permitirán incorporar el tipo de conversión irrevocable al sistema

informático. Consecuentemente, desde el 1 de enero de 1999, con la infraestructura del

sistema de pagos deberá garantizarse el correcto funcionamiento del Euro en el mercado

único. Para ello, el IME y el SEBC, habrá de supervisar el proceso de transición e inculcar

suficiente confianza en los usuarios en cuanto al efectivo mantenimiento del poder de

compra de la nueva moneda; incluso entre quienes residan fuera del área del Euro.

Por tanto, a fin de facilitar el estudio y comprensión se plantea seguidamente, de forma

esquemática y desglosada por años, la cronología de la transición a la moneda única. Así:

Page 21: Sistema Monetario Europeo

AÑO 1995

Consejo Europeo de Madrid. Adopción del escenario de introducción de la moneda única

y anuncio de la fecha de conclusión del proceso de transición y del nombre de la nueva

moneda.

AÑO 1996

a) El Consejo Europeo de Ministros de Economía y Finanzas adopta formalmente las

decisiones de la Cumbre de Madrid.

b) Todos los Estados miembros comienzan campañas de información a continuación

de la Mesa Redonda celebrada en enero y de la consiguiente puesta en marcha,

en el ámbito nacional de los acuerdos alcanzados en la misma.

c) El Instituto Monetario Europeo tendrá que especificar antes de que acabe el año la

regulación y estructura logística y organizativa necesarias para que el Banco

Central Europeo y el Sistema de Bancos Centrales Europeos lleve a cabo su

cometido en la tercera fase de la Unión Monetaria.

d) La Comisión Europea propondrá la legislación necesaria para el cambio de las

monedas nacionales al Euro.

e) Los Estados miembros tratarán de hacer convergente su desarrollo económico el

objeto de alcanzar los criterios durante el crucial año 1997.

AÑO 1997

Fecha económica decisiva para que los Estados miembros alcancen los cinco criterios de

convergencia.

Page 22: Sistema Monetario Europeo

AÑO 1998

a) El Consejo Europeo decidirá sobre los Estados miembros participantes en la

tercera fase de la Unión Económica Europea.

b) Nombramiento del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo (mínimo cuatro

miembros, máximo seis) por ocho años no renovables.

c) Asimismo, fijarán el día para la introducción de los billetes y monedas en Euros, a

más tardar el 1 de enero del 2002.

d) Comienzo de la acuñación de monedas en euros por el Consejo Europeo y los

Estados participantes.

e) Preparativos finales para la fase operativa del SEBC y BCE que tendrá que definir

su política monetaria.

f) Adopción de la legislación europea y nacional para la introducción del Euro

(pautas para la suscripción de capital propio del Banco Central Europeo, recogida

de información estadística, reservas mínimas, consultas del BCE).

g) El 31 de diciembre concluirá la segunda fase de la Unión Económica y Monetaria.

AÑO 1999-2001

a) El 1 de enero de 1999 comenzará la tercera fase de la Unión Monetaria Europea.

b) Fijación irrevocable de los tipos de convergencia entre las monedas participantes y el

Euro. El ECU deja de existir como cesta de monedas y se convierte, bajo el nombre de

Euro, en una moneda de pleno derecho.

Page 23: Sistema Monetario Europeo

c) Entrada en vigor del Reglamento que define la "Ley monetaria" del Euro y de las

monedas nacionales de los países participantes en la Unión Monetaria Europea durante el

período de transición, tres años y medio como máximo.

d) El SEBC formula y ejecuta la política monetaria única en el área Euro.

e) El BCE realiza sus operaciones en los mercados de cambio en Euros.

f) Comienzo del funcionamiento del sistema de pagos TARGET.

g) Comienzo del funcionamiento del nuevo mecanismo de tipos de cambio.

h) Emisión de nueva deuda pública a medio y largo plazo exclusivamente en Euros.

i) Cambio al Euro de los mercados al por mayor (interbancario, monetario, de cambios y

de capitales); asimismo, bajo el impulso del BCE y de las autoridades nacionales, el

cambio al Euro de los sistemas de pagos al por menor (transferencias, cheques, tarjetas

bancarias, etc.).

j) Anuncio del calendario para la utilización del Euro por las Administraciones Públicas, si

no se ha hecho antes.

k) Cambio entre divisas nacionales con tipos de cambio irrevocablemente fijos-

l) Control del proceso de cambio en el sector bancario y financiero. Asimismo, asistencia a

todos los sectores no financieros para una transición ordenada.

Page 24: Sistema Monetario Europeo

AÑO 2002

a) Los billetes y monedas en Euros comenzarán a circular a principios de año como muy

tarde.

b) Comenzará la retirada de los billetes y monedas nacionales participantes.

c) El conjunto de cuentas bancaria será transformado en Euros.

d) Finalizará la consideración como monedas de curso legal de las monedas nacionales

participantes, no más tarde del 1 de julio.

e) No más tarde del 1 de julio se procederá al cambio completo de la administración

pública.

LOS IMPACTOS DE LA UNION MONETARIA EN EL SECTOR FINANCIERO Y EN LAS

EMPRESAS

SECTOR FINANCIERO

Las entidades financieras tendrán un importante papel durante el período de transición al

Euro; es decir, entre el 1 de enero de 1999 al 1 de julio del 2002, como máximo, momento

en que las monedas nacionales pierden su poder liberatorio, dejando de ser monedas de

curso legal. Todo este proceso se iniciará desde que el Consejo de la Unión Europea, en

su formación de jefes de Estado y de Gobierno, confirme los Estados miembros que

vayan a participar en la tercera fase de la Unión Económica Monetaria.

A partir del 1 de enero de 1999, el Euro se introduce como moneda oficial de los Estados

miembros participantes, y la política monetaria será ejecutada por el SEBC en Euros, que

Page 25: Sistema Monetario Europeo

podrá ser utilizado como unidad monetaria, pero no en metálico o efectivo, las cuentas

que las entidades financieras mantengan en el Banco de España y en el SEBC se

denominarán en euros, y el sistema de pagos TARGET también operará en Euros.

Durante este período, los agentes económicos podrán utilizar indistintamente el Euro y las

monedas nacionales en los negocios jurídicos, el tráfico mercantil o en cualquier

transacción que no requiera la utilización de efectivo.

El ritmo al que se vaya produciendo la sustitución de pesetas por Euros dependerá de la

decisión de cada agente económico, probablemente las entidades crediticias comenzarán

a introducir activamente el Euro en toda su operativa, en la medida en que sus clientes así

lo soliciten.

El papel de las entidades financieras en la fase de conversión será crucial y muy activo,

como agentes del Banco de España en el cambio físico de la moneda. Estos deberán

adaptar sus sistemas contables, informáticos, etc. Y se enfrentarán a multitud de

problemas prácticos, ya que tanto el Euro como la peseta podrán ser utilizados como

medio de pago en efectivo, y en toda la información que revista una expresión monetaria

habrán que recurrir a la doble indicación (en euros y en pesetas).

Las empresas y particulares requerirán información acerca del modo en que se efectúe el

canje, y las implicaciones que dicho cambio pueden tener sobre cartillas de ahorro,

cuentas de crédito, hipotecas, seguros, valores de renta fija o variable, facturación de

recibos, y todo tipo de productos financieros. Es necesario que la operativa y el capital

humano se hallen preparados para atender las necesidades de información y

asesoramiento que la sociedad va a demandar del sistema financiero.

Page 26: Sistema Monetario Europeo

En general, el Euro provocará un aumento de la competencia, al aportar una mayor

transparencia en la formación de precios, ya que las comparaciones en el seno de la

Unión Monetaria Europea no se verán distorsionadas por el efecto del tipo de cambio o

importantes diferenciales de inflación.

Para las empresas financieras, el nuevo entorno traerá consigo, además, la disminución

de parte de su negocio tradicional (transacciones en divisas y cambio de moneda) y una

mayor presencia extranjera.

La capilaridad de la red comercial española y el propio conocimiento del mercado pueden

actuar como freno del impacto que va a desencadenar la puesta en marcha de la moneda

única en cuanto a una mayor implantación de entidades extranjeras. Sin embargo, es muy

probable que la mayor competencia se establezca entre las entidades nacionales para

mantener o incrementar su actual cuota de mercado, y dará lugar, en un entorno

económico caracterizado por inflación y tipos de interés bajos y estables, a márgenes y

comisiones menores y más estrechos, y a una mayor preocupación por ofrecer servicios a

la clientela que sean competitivos no sólo a nivel de precios, sino también a nivel de

calidad.

Para las empresas no financieras, la situación no diferirá demasiado a lo expuesto.

Además de facilitar las comparaciones de precios, el Euro traerá consigo una disminución

de los costes transaccionales de operar con los países integrados en la Unión Monetaria

Europea y la eliminación de la incertidumbre de los tipos de cambio, y, por tanto, de los

costes de cobertura derivados de la existencia previa de diversas monedas que serán

sustituidas por el Euro, favoreciendo la afluencia de productos del exterior, y poniendo de

Page 27: Sistema Monetario Europeo

relieve las deficiencias en las estructuras productivas menos competitivas.

La introducción del Euro no cambiará ni el tipo de interés ni el valor original de los saldos

de los depósitos, cuentas de ahorro o imposiciones. El importe de los depósitos a tipo de

interés fijo se convertirá a la tasa de cambio que se fije para el Euro, y el tipo de interés se

mantendrá en el nivel acordado. En los depósitos y otros activos con un tipo de interés

variable referenciado a un índice del mercado (Mibor, etc.), en el caso en que este índice

de referencia desapareciera, pasarán a estar basados en un tipo equivalente en Euros,

adaptándose a la evolución de los mercados.

SECTOR EMPRESARIAL 

La puesta en marcha de la moneda única supondrá, desde el inicio de la tercera fase de

la Unión Económica Europea, un nuevo marco para la fijación de los tipos de interés y de

los tipos de cambio en los países participantes de la misma, lo cual debe influir muy

directamente sobre las decisiones financieras que adopten las empresas. Así, unos tipos

de interés más bajos y más estables deben hacer más deseable que las empresas se

financien con endeudamiento a largo plazo, ya que se reduce el riesgo de tipos de interés

y, por tanto, la necesidad de cubrirlo. Por otro lado, el previsible mayor desarrollo de un

mercado de renta fija privada suficientemente líquido puede hacer que las empresas de

cierta dimensión se financien mejor emitiendo deuda en los mercados de valores.

La misma reducción de los tipos de interés y su mayor estabilidad harán más atractiva la

renta variable frente a la fija, lo que significa que las empresas, especialmente las que

coticen en bolsa, pueden tener más facilidades para incrementar su capital social en

forma de nuevas ampliaciones de capital y, por tanto, de robustecer su estructura

Page 28: Sistema Monetario Europeo

financiera.

La desaparición del riesgo de cambio entre los países que accedan a la Unión Monetaria

Europea no sólo suprime la necesidad de cubrirlo, y, por tanto, la posibilidad de que

emerjan diferencias de valoración de moneda extranjera que pueden elevar el coste

financiero efectivo de una empresa que se ha endeudado en divisas, sino que puede dar

a las empresas un mayor acceso a los mercados de capitales de otros países

participantes.

La moneda única también debe influir sobre el área comercial de las empresas, no sólo en

lo que se refiere a la forma de reflejar los precios de sus productos o servicios o a la

manera de efectuar los correspondientes cobros. En general, el área comercial de las

empresas se ve sometida, con la introducción de la moneda única, a nuevas

posibilidades, pero también a mayores retos.

La ampliación de los mercados, junto con la evolución socio-económica, deben generar

nuevas oportunidades de productos o servicios, que, con un mercado más reducido,

podrían tener mayores dificultades. El propio proceso de transición a la moneda única

generará una mayor demanda de nuevos productos o servicios, como cajas registradoras

o expendedoras, cajeros automáticos, paquetes informáticos, servicios de asesoramiento

y consultoría, etc.

Sin embargo, no debe olvidarse que la moneda única por sí misma so supone la

desaparición de otro tipo de barreras, que, en la práctica, contribuirán a la segmentación

de los mercados en mayor o menor medida, como el idioma, las diferencias culturales, la

existencia de distintos canales de distribución, la posible influencia de normativas que no

Page 29: Sistema Monetario Europeo

estén totalmente armonizadas a nivel comunitario, como pueden ser algunos aspectos de

las leyes fiscales, etc.

En el tema de los servicios jurídicos, el 1 de enero de 1999 entrará en vigor un reglamento

comunitario confirmando la continuidad de los contratos; y, en lo relativo a

la fiscalidad decir que no se pagará más o menos, sino lo mismo. En cuanto a los

porcentajes de las tarifas, se aplicarán a los montos convertidos a Euros; y los forfaits se

expresarán ex novo en Euros.

De todo lo antedicho se deduce que la inmensa mayoría de los cambios que pueda

ocasionar la conversión al Euro a las empresas son perfectamente previsibles siendo

importante la adaptación rápida de los managers a través de la llamada estrategia de

anticipación.

LOS COSTES DE LA UNION EUROPEA

El sistema bancario será uno de los más afectados por las consecuencias de la Unión

Monetaria, enfrentándose a costes directos como indirectos en el proceso de transición al

Euro. Los principales efectos cabrían resumirse en los siguientes puntos:

• Gran parte de los costes materiales del tránsito a la tercera fase, recaerán directamente

en el sector, comprimiendo sus márgenes operativos.

• La desaparición de las comisiones de cambio, influirá notablemente en la cuenta de

resultados, obligando a buscar nuevas áreas de negocio.

Page 30: Sistema Monetario Europeo

• El futuro de los mercados financieros a escala europea, se presenta incierto. La

homogeneización debida al Euro, generará una reducción en el número de empleos. Y

sólo por la aparición de nuevos productos, o mediante la potenciación de actividades en

mercados internacionales, podrán recolocarse excedentes de personal.

• Bancos y cajas habrán de mejorar sus redes de distribución.

• Los particulares y empresas, no se circunscribirán a sus mercados domésticos, sino que

buscarán financiación e inversión en el vasto MIU bancario europeo; dentro de lo que será

un proceso muy rápido de desnacionalización de los sistemas crediticios.

• La globalización del mercado financiero y el aumento consiguiente de la competencia,

reducirá los márgenes, pudiendo llegar a expulsar del mercado a las entidades más

débiles o que no sepan adaptarse a los nuevos tiempos.

Destacar que el proceso de transición a la moneda única no debe contemplarse sólo en

términos de costes, sino también de beneficios, sobre todo por lo que se refiere a la

mayor demanda que pueda generar de productos y servicios financieros.

Para el comercio sobretodo minorista el coste de la Unión Monetaria es considerable y se

traduce como consecuencia de las operaciones de doble marcado, etiquetado, etc.,

necesarios durante los tres años de la tercera fase; además, están los capítulos

correspondientes a los cambios de ordenadores, entrenamiento de personal, información

al público y otros. Obviamente, estos costes deberán ser financiados por los empresarios,

bien estrechando los márgenes o bien con la repercusión, a base de aumentar los

precios, a los consumidores, provocando esto indudables efectos inflacionistas y

Page 31: Sistema Monetario Europeo

disminución de la capacidad de compra. Por tanto, dos vías desaconsejables,

desembocando al final, que el Estado y en definitiva los contribuyentes serán quienes

asumirán parte del coste del ajuste.

A modo de conclusión destacar que de la Unión Monetaria, obviamente, se desprenderán

una serie de consecuencias clasificadas como favorables o desfavorables dependiendo

de la perspectiva en la realización de su estudio. Así, de forma sintetizada, se destacan

como puntos argumentados a favor los siguientes:

ESTABILIDAD DE PRECIOS

La Unión Monetaria favorecerá una cultura de estabilidad de precios, pues la supervisión

del Banco Central Europeo, desde su independencia institucional, implicará para los

gobiernos una disciplina presupuestaria adecuada, al exigirse bajos déficit (por el Plan de

Estabilización y Crecimiento que no permitirá déficit excesivos), lo cual va a llevar a una

fuerte contracción de la deuda pública respecto al P.I.B, en un efecto realimentador de la

disminución de las tradicionales inercias deficitarias.

TIPOS DE INTERES

Con la Unión Monetaria, los tipos de interés serán muy parecidos en toda la zona Euro,

con lo cual desaparecerá la prima de riesgo que ha venido castigando hasta ahora a las

monedas más débiles respecto al marco alemán, entre ellas significativamente la peseta.

El BCE será el que para todo el espacio de la Unión Monetaria fijará el precio del dinero, y

habrá un tipo intercambiario común (el Euroibor). Se alentarán así las inversiones, y será

posible la reducción del paro vía creación de nuevo empleo.

Page 32: Sistema Monetario Europeo

AHORRO

Con el Euro como moneda única para todos los países socios, desaparecerán las

llamadas barreras cambiarias, que todavía hoy se manifiestan en la necesidad de atender

las comisiones de cambio a pagar a los bancos y a otras entidades financieras a la hora

de importar bienes y servicios, o en el momento de cambiar los ingresos obtenidos por

Exportadores. La supresión de esas comisiones –que oscilan entre el 3 y el 10% de las

cantidades cambiarias, según los casos- se estima que representará para las empresas y

consumidores un importante ahorro anual.

INTERNACIONALIZACION

La desaparición de las barreras cambiarias -costes de transacción- también supondrá una

mayor internacionalización de las entidades financieras que ganarán en dimensión. Así, la

competencia bancaria hará más intensa, al coincidir además, con nuevas fórmulas de

banca telefónica y por ordenador, que permitirán la prestación de servicios financieros sin

necesidad de la actual red de sucursales y agencias locales. De ese modo, es de esperar

que los créditos se concedan a tipos de interés más bajos. Como también cabe la

expectativa de un fuerte aumento del comercio intracomunitario que refuerce el Mercado

Interior instaurado en 1993.

MONEDA DE REFUGIO

Sin ningún género de dudas, el Euro va a ser mucho más que un simple negocio europeo,

pues se convertirá en un medio de pago de los más importantes del mundo, que podría

llegar al nivel del dólar, y que con toda seguridad va a ponerse por encima del yen.

Page 33: Sistema Monetario Europeo

Pasará a ser moneda de reserva, de refugio, y de denominación de precios de productos

básicos. Papeles, los tres, que internacionalmente hoy están reservados sobre todo al

billete verde de Estados Unidos.

COMPETITIVIDAD

Es seguro que después de entrar en funcionamiento la Unión Monetaria subsistirán

diferencias muy notables en precios, salarios, etc., entre los distintos países de la Unión,

tal como de hecho sucede hoy en Estados Unidos. En ese contexto, los países menos

competitivos de la Unión Europea habrán de introducir importantes reformas en sus

sistemas de organización; empezando por el mercado de trabajo –más flexibilidad de

contratación, regulación de empleo más económico, prestaciones más controladas a la

desocupación- un tema en el que, de manera inevitable, hay fuerte desacuerdo entre

empresarios y sindicatos.

PERDIDA DE SOBERANIA

La primera desventaja se basa en la idea de que al desaparecer las viejas monedas

nacionales, el presunto poder soberano del cambio exterior de los países socios se verá

eliminado. Pero frente a ese posicionamiento, cabe argumentar que tal soberanía de

hecho ya no existía, por la gran fuerza del marco alemán y del poderoso Bundesbank. Y

sobre todo, por el funcionamiento de los mercados, que no premian ni el derroche, ni la

inflación. Esos mercados son los mismos que ya apuestan, en el mejor sentido de la

expresión, por la efectiva culminación del Euro. La tan traída y llevada soberanía del

cambio exterior de la peseta, hay que decirlo sin ambages ¿Para qué se utilizó en España

entre 1992 y 1995? Exclusivamente para de tiempo en tiempo recurrir a las llamadas

Page 34: Sistema Monetario Europeo

devaluaciones competitivas. A la postre, fueron un reconocimiento del fracaso de políticas

más creativas y potenciadoras a medio y largo plazo, que son las actuantes sobre la

productividad real del sistema, la calidad, el marketing, la presencia internacional, los

servicios posventa, etc.

AUTONOMIA PRESUPUESTARIA

La segunda de las grandes desventajas que sus detractores asignan a la Unión Monetaria

es la pérdida de la autonomía presupuestaria. Se trata más bien de nostalgias infundadas

del pasado, y no de pérdida efectiva de posibilidades verdaderas de cara al futuro, pues

ya no cabe insistir por más tiempo en la afirmación de que un fuerte gasto público significa

mayor nivel de empleo, porque la evidencia internacional –en igualdad de condiciones de

otras variables también importantes-, demuestra más bien lo contrario: Japón, con el 30%

de gasto público, sólo tiene un 3% de paro; Estados Unidos con el 35% de gasto,

presenta una desocupación del 4,7%. En tanto que la Unión Europea, con un promedio

del 47% del PIB de recursos gastados por el sector público, se sitúa en el 11% de paro.

No es extraño, pues, que haya todo un clamor en cuanto a la necesidad de incentivar al

sector privado, como verdadero creador de empleo productivo, y no burocrático, lo cual

llevará a compactar el sector público.

LA UNION ECONOMICA Y MONETARIA

Todos los Estados miembros de la UE forman parte de la Unión Económica y Monetaria

(UEM), la cual puede definirse como una fase avanzada de integración económica basada

en un mercado único que implica una estrecha coordinación de las políticas económicas y

Page 35: Sistema Monetario Europeo

fiscales y, en el caso de los países que cumplen ciertas condiciones, una política

monetaria única y una moneda única: el euro.

El proceso de integración económica y monetaria de la UE se desarrolla paralelamente a

la propia historia de la Unión. Cuando se fundó la Comunidad Económica Europea en

1957, los Estados miembros se centraron en el establecimiento de un «mercado común».

Con el tiempo resultó clara la necesidad de una cooperación económica y monetaria más

estrecha para un mayor desarrollo y florecimiento del mercado interior. Sin embargo, el

objetivo de lograr una plena unión económica y monetaria y una moneda única no se

consagró hasta el Tratado de Maastricht de 1992 (Tratado de la Unión Europea). Dicho

Tratado establecía las normas básicas para la introducción de la moneda única y

determinaba los objetivos de la UEM, las responsabilidades de cada protagonista y las

condiciones que deben cumplir los Estados miembros para poder adoptar el euro. Estas

condiciones se conocen con el nombre de «criterios de convergencia» (o «criterios de

Maastricht»), y consisten en una inflación baja y estable, un tipo de cambio estable y unas

finanzas públicas saneadas.

El Banco Central Europeo tiene el derecho exclusivo de autorizar la emisión de billetes en

euros por los bancos centrales nacionales de la zona del euro, que comparten la

responsabilidad de emitirlos y ponerlos en circulación. Las monedas son emitidas por los

Estados miembros de la zona del euro, con unos volúmenes aprobados cada año por el

BCE, y su acuñación se encarga a las fábricas de la moneda nacionales.

Page 36: Sistema Monetario Europeo

CREACION DE LA MONEDA

Como cualquier moneda, el euro tiene un nombre y un símbolo: 

• El nombre —el euro— fue elegido por el Consejo Europeo reunido en Madrid en 1995 en

el marco de los preparativos de la moneda única.

• El símbolo del euro (€) se inspiró en la letra griega epsilón (Є). También representa la

primera letra de la palabra «Europa» en el alfabeto latino, mientras que las dos líneas

paralelas significan estabilidad. La Comisión Europea organizó un concurso interno para

seleccionar el símbolo del euro. Se consideraron aproximadamente 30 propuestas —10

de las cuales se pusieron a prueba ante el público— y el diseño final fue seleccionado en

1995 por el entonces presidente de la Comisión, Jacques Santer, y el Comisario Yves

Thibault de Silguy a partir de dos propuestas finalistas.

TIPO DE MONEDA

Los diferentes tamaños, colores y relieves de los billetes en euros ayudan a los

ciudadanos— incluidas las personas con discapacidades visuales— a reconocer las

distintas denominaciones. Los billetes tienen siete denominaciones diferentes: 5, 10, 20,

50, 100, 200 y 500 euros. Los billetes tienen varias características de seguridad, tales

como una marca de agua, un hilo de seguridad y un holograma, con el fin de evitar la

falsificación y ayudar a reconocer los auténticos billetes.

Para las monedas también se diseñaron especificaciones técnicas avanzadas que hacen

extremadamente difícil su reproducción ilegal, especialmente en el caso de las monedas

de 1 y 2 euros. Las denominaciones de las monedas se distinguen entre sí por el tamaño,

Page 37: Sistema Monetario Europeo

el color y el grosor. Hay ocho denominaciones diferentes: 1, 2, 5, 10, 20 y 50 céntimos y 1

y 2 euros.

FECHAS DE INTRODUCCION DEL EURO EN LOS ESTADOS MIEMBROS

|1999| Bélgica, Alemania, Irlanda, España, Francia,Italia, Luxemburgo, Países bajos,

Austria, Portugal y Finlandia

|2001| Grecia

|2002| Introducción de los billetes y monedas en euros

|2007| Eslovenia

|2008| Chipre y Malta

TRATADO DE MAASTRICHT SOBRE LA UNION EUROPEO

El Tratado de la Unión Europea (TUE), firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992,

entró en vigor el 1 de noviembre de 1993. Este Tratado es el resultado de elementos

externos e internos. A nivel externo, el hundimiento del comunismo en Europa del Este y

la perspectiva de la reunificación alemana dieron lugar al compromiso de reforzar la

posición internacional de la Comunidad. A nivel interno, los Estados miembros deseaban

prolongar los progresos realizados por el Acta Única Europea a través de otras reformas.

El Tratado de Maastricht representa una etapa determinante en la construcción europea.

Al instituir la Unión Europea, al crear una unión económica y monetaria y al abrir la

integración europea a nuevos ámbitos, la Comunidad accede a una dimensión política.

Conscientes de la evolución de la integración europea, de las ampliaciones futuras y de

Page 38: Sistema Monetario Europeo

las modificaciones institucionales necesarias, los Estados miembros incluyeron en el

Tratado una cláusula de revisión. A tal efecto, el artículo N prevé la convocatoria de una

Conferencia Intergubernamental en 1996.

Esta conferencia desembocó en la firma del Tratado de Amsterdam en 1997.

MODIFICACIONES APORTADAS AL TRATADO

El Tratado de Amsterdam (1997) ha permitido ampliar las competencias de la Unión con

la creación de una política comunitaria del empleo, la comunitarización de una parte de

las materias que antes correspondían a la cooperación en el ámbito de Justicia y Asuntos

de Interior, las medidas destinadas a aproximar la Unión a sus ciudadanos y la posibilidad

de cooperación más estrecha entre algunos Estados miembros (cooperaciones

reforzadas). Por otra parte, amplía el procedimiento de codecisión y el voto por mayoría

cualificada, y realiza una simplificación y una renumeración de los artículos de los

Tratados.

El Tratado de Niza (2001) se dedica esencialmente a los «asuntos pendientes» de

Amsterdam, es decir, a los problemas institucionales vinculados a la ampliación que no se

resolvieron en 1997. Se trata, en concreto, de la composición de la Comisión, de la

ponderación de votos en el Consejo y de la ampliación de los casos de voto por mayoría

cualificada. También simplifica el recurso al procedimiento de cooperación reforzada y

aumenta la eficacia del sistema jurisdiccional.

Page 39: Sistema Monetario Europeo

SERIE COMPLETA DE ACTIVIDADES

Por su parte, la Comisión realiza una serie de actividades, con dos objetivos globales:

aumentar el conocimiento que tienen los ciudadanos del euro y su apoyo al mismo en

aquellos países en los que ya es la moneda oficial y ayudar en sus preparativos a los

miembros de la UE que adoptarán el euro en el futuro.

• La Comisión realiza un seguimiento del estado de la opinión pública mediante las

encuestas del Eurobarómetro, que se realizan una vez al año en la zona del euro y dos

veces al año en los nuevos países de la UE. Los resultados se publican en el sitio web

«Europa».

• La Comisión contribuye al establecimiento de «programas de hermanamiento» entre

países de la zona del euro y países no pertenecientes a la misma a fin de fomentar la

transferencia de conocimientos y experiencia sobre los preparativos prácticos. Desde

2005 se han desarrollado 10 programas de hermanamiento.

• En 2006, en 10 de los nuevos Estados miembros se creó una red de conferenciantes

independientes sobre cuestiones relacionadas con el euro («Equipo del euro»), que

actúan como embajadores del euro en sus respectivos países, sin tener vínculos

institucionales o financieros con la Comisión.

• Con el fin de satisfacer una demanda creciente de conferenciantes especializados en

cuestiones relacionadas con el euro, la Comisión también ha creado, en Bruselas, un

grupo de funcionarios de las instituciones europeas que pueden realizar presentaciones

sobre el euro a grupos de estudiantes, visitantes y audiencias especializadas.

Page 40: Sistema Monetario Europeo

• Por último, la Comisión desarrolla sus propios productos, tales como publicaciones y

sitios web, y organiza conferencias, seminarios y exposiciones itinerantes, tanto para los

países de la zona del euro como para los países no pertenecientes a la misma.

Todas las actividades de la Comisión, desde las asociaciones hasta sus propias

publicaciones, quedan cubiertas por el presupuesto del Programa de información del

ciudadano europeo (programa PRINCE), establecido en 1996 para garantizar la

asignación de fondos a actividades de información prioritarias, tales como las relativas al

euro. La Comisión informa dos veces al año al Parlamento Europeo acerca de las

actividades financiadas por la parte del presupuesto del programa PRINCE asignada al

euro y a la UEM.

VENTAJAS DEL EURO

Las ventajas del euro son diversas y los ciudadanos, las empresas y las economías en su

conjunto las perciben en diferente grado. Entre estas ventajas cabe destacar: 

• Mayores posibilidades de elección y unos precios más estables para los consumidores y

los ciudadanos.

• Más seguridad y más oportunidades para las empresas y los mercados

• Mayor estabilidad y crecimiento económicos

• Mercados financieros más integrados

• Mayor peso de la UE en la economía mundial

• Signo tangible de la identidad europea

Page 41: Sistema Monetario Europeo

Muchas de estas ventajas están interrelacionadas. Por ejemplo, la estabilidad económica,

que es positiva para la economía de un Estado miembro ya que permite al Gobierno

planificar el futuro, también beneficia a las empresas, dado que reduce la incertidumbre y

las estimula a invertir. Ello, a su vez, redunda en beneficio de los ciudadanos, en forma de

un mayor volumen de empleo y unos puestos de trabajo de más calidad.

La moneda única proporciona nuevas oportunidades derivadas de la integración y la

escala de la economía de la zona del euro, lo que aumenta la eficiencia del mercado

único.

Antes de la introducción del euro, la necesidad de realizar operaciones de cambio de

moneda implicaba riesgos y costes adicionales y una falta de transparencia en las

transacciones transfronterizas. Al existir una moneda única, resulta menos costoso y

menos arriesgado realizar actividades comerciales en la zona del euro.

La posibilidad de comparar fácilmente los precios estimula el comercio transfronterizo y la

inversión para todos los agentes económicos, desde los consumidores, que buscan

productos al más bajo coste, pasando por las empresas, que adquieren servicios más

rentables, hasta los grandes inversores institucionales, que pueden invertir más

eficientemente en toda la zona del euro sin soportar el riesgo de unos tipos de cambio

fluctuantes. En la zona del euro hay un gran mercado integrado en el que se utiliza la

misma moneda.

Page 42: Sistema Monetario Europeo

VENTAJAS A ESCALAS MUNDIAL

El alcance de la moneda única y la dimensión de la zona del euro también proporcionan

nuevas oportunidades a la economía mundial. Una moneda única hace de la zona del

euro una zona atractiva para los operadores económicos de terceros países, fomentando

así el comercio y la inversión. La prudente gestión económica hace del euro una atractiva

moneda de reserva para terceros países y confiere a la zona del euro un mayor peso en

la economía mundial.

La escala de la zona del euro y una gestión prudente también proporcionan estabilidad

económica a esta zona, haciéndola más resistente a los cambios económicos repentinos

que puedan aparecer fuera de la zona del euro y perturbar la evolución de las economías

nacionales, tales como subidas del precio de petróleo a nivel mundial o turbulencias en

los mercados de cambios mundiales. El tamaño y la fortaleza de la zona del euro le

confieren más capacidad para absorber dichas perturbaciones exteriores sin sufrir

pérdidas de empleo o reducciones del crecimiento.

EURO EN EL MUNDO

Dentro de la zona del euro, la moneda única, el euro, es el medio que emplean los

gobiernos, empresas y particulares para el pago y el cobro de bienes y servicios. También

se emplea para acumular y crear riqueza para el futuro a través del ahorro y la inversión.

Por otra parte, el tamaño, la estabilidad y la solidez de la economía de la zona del euro —

segunda economía más grande del mundo, después de la estadounidense— hace cada

vez más atractivo el euro, incluso fuera de sus fronteras.

Page 43: Sistema Monetario Europeo

Los sectores público y privado de terceros países adquieren y utilizan el euro con diversos

fines, en particular para transacciones comerciales y como moneda de reserva. Por esta

razón, el euro es actualmente la segunda moneda internacional más importante después

del dólar estadounidense.

La extendida utilización del euro en el sistema financiero y monetario internacional

demuestra su gran presencia a escala mundial:

• El euro se emplea cada vez más en todo el mundo en las emisiones de deuda pública y

de deuda de las empresas. A final de 2006, el euro representaba aproximadamente una

tercera parte del mercado internacional de deuda, mientras que el dólar representaba el

44%.

• Los bancos con proyección mundial conceden un gran volumen de préstamos

denominados en euros por todo el mundo.

• El euro es la segunda moneda más negociada en los mercados de divisas, utilizándose

en aproximadamente el 40% de las transacciones diarias.

• El uso del euro es extendido en facturaciones y pagos del comercio internacional, no

sólo entre la zona del euro y terceros países, sino también, aunque en menor medida,

entre terceros países.

• El euro se utiliza ampliamente, junto con el dólar, como importante moneda de reserva

para poder afrontar posibles emergencias monetarias. Al final de 2006, más de la cuarta

parte de las reservas de divisas a nivel mundial se mantenían en euros, frente al 18%

registrado en 1999. Los países en desarrollo se encuentran entre los países que más han

Page 44: Sistema Monetario Europeo

aumentado su reservas en euros, que pasaron del 18% en 1999 a alrededor del 30% en

2006.

• Varios países gestionan sus monedas vinculándolas al euro, que actúa como moneda

ancla o de referencia.

El estatus del euro como moneda mundial, junto con el tamaño y el peso económico de la

zona del euro, están llevando cada vez más a las organizaciones económicas

internacionales, tales como el FMI y el G-8, a considerar la economía de la zona del euro

como una entidad. Esto permite a la Unión Europea tener una mayor influencia en los

foros internacionales.

Para beneficiarse de este mayor peso, y contribuir eficazmente a la estabilidad financiera

internacional, la zona del euro está hablando cada vez más con una sola voz en

importantes foros económicos internacionales.

Ello es el resultado de una estrecha coordinación entre los Estados miembros de la zona

del euro, el Banco Central Europeo y la Comisión Europea durante las reuniones

económicas internacionales.

Algunos terceros países y regiones están más estrechamente vinculados al euro. El

estable sistema monetario del euro hace de éste una atractiva «moneda ancla» para ellos,

especialmente para aquellos que tienen acuerdos institucionales especiales con la UE,

tales como acuerdos comerciales preferenciales. Al vincular su moneda al euro, estos

países transmiten más certidumbre y estabilidad a sus economías nacionales.

El euro también se emplea ampliamente en terceros países y regiones vecinos de la zona

Page 45: Sistema Monetario Europeo

del euro, como, por ejemplo, en el Sureste de Europa, mientras que otros países —

Mónaco, San Marino y la Ciudad del Vaticano— lo utilizan como moneda oficial en virtud

de acuerdos monetarios específicos celebrados con la UE y pueden emitir sus propias

monedas en euros dentro de determinados límites cuantitativos.

LIBRA ESTERLINA

La libra esterlina (Pound sterling en inglés) es la moneda del Reino Unido así como de

las Dependencias de la Corona y Territorios Ultramarinos Británicos. En sus demás

territorios coloniales se usan diferentes divisas pero fijadas a la esterlina: la libra

gibraltareña, libra malvinense y libra de Santa Helena Su símbolo monetario es £ y

proviene del latín libra, que se refería a la unidad de masa. Un libra se divide en

cien peniques.

El nombre oficial completo, libra esterlina (en plural libras esterlinas), es usado sobre todo

en contextos formales y también cuando es necesario distinguir la moneda que se usa en

el Reino Unido de las que se utilizan en otros países y que tienen el mismo nombre. El

nombre de la divisa, pero no los nombres de sus unidades a veces es abreviado

solamente a "esterlina", particularmente en los mercados financieros de venta al por

mayor; por ejemplo "pago aceptado en "esterlinas", pero no "eso cuesta cinco esterlinas".

Las abreviaturas "ster." o "stg." son usadas ocasionalmente. El término libra británica es

usado comúnmente en situaciones menos formales, aunque no es un nombre oficial de la

divisa.

Page 46: Sistema Monetario Europeo

GOBIERNO BRITÁNICO

El 30 de octubre de 1997 el Gobierno británico notificó al Consejo que no preveía adoptar

la moneda única el 1 de enero de 1999. El Reino Unido puede modificar su decisión en

cualquier momento e introducir la moneda única a condición de que cumpla las

condiciones siguientes:

• El Gobierno y el Parlamento británicos adoptan una decisión en ese sentido,

acompañada o no de un referéndum según las disposiciones nacionales;

• El Reino Unido debe cumplir los criterios de convergencia establecidos por el Tratado

constitutivo de la Comunidad Europea.

El Consejo, a petición del Reino Unido, tras examinar un informe de la Comisión y del

BCE y previa consulta al Parlamento Europeo, así como tras un debate en el Consejo con

los Jefes de Estado o de Gobierno, decidirá por mayoría cualificada si se cumplen las

condiciones.

LAS CINCO PRUEBAS ECONÓMICAS

El Gobierno británico anunció que un posible paso a la tercera etapa de la UEM

dependerá de una evaluación de cinco pruebas económicas:

    • Convergencia de los ciclos económicos: Los ciclos económicos de la zona euro y del

Reino Unido deben ser compatibles. Este examen se basará en indicadores económicos

como inflación, tipos de interés, divergencia de producción y tipo de cambio efectivo real

para garantizar una convergencia a largo plazo.

Page 47: Sistema Monetario Europeo

• Flexibilidad: La economía británica debe ser lo suficientemente flexible para que

posibles choques asimétricos puedan ser absorbidos, por ejemplo mediante la flexibilidad

y la movilidad del mercado laboral y la política fiscal.

• Inversión: La adhesión del Reino Unido a la moneda única debe a largo plazo promover

la inversión (extranjera o interior).

• Servicios financieros: La UEM debe mejorar la posición competitiva del sector de los

servicios financieros en el Reino Unido y particularmente de Londres.

• Crecimiento económico, estabilidad y empleo: La UEM debe tener efectos positivos para

la tasa de empleo y el crecimiento económico, medidos por los efectos sobre el comercio

exterior británico, las diferencias de precios y la estabilidad macroeconómica.

Según el Gobierno británico, estas condiciones suplementarias deben cumplirse antes de

que el Reino Unido solicite la adhesión a la tercera fase de la UEM. Tales condiciones se

añaden a los criterios formales del Tratado. La evaluación de estos criterios por el

Ministerio de Hacienda británico en junio del 2003 dio como resultado que desde 1997 el

Reino Unido ha hecho progresos reales para alcanzar los criterios de las cinco pruebas.

Sin embargo, aunque los beneficios potenciales (mayores inversiones, servicios

financieros, crecimiento económico y creación de empleo) parecen claros, el Ministerio no

puede concluir aún definitivamente que la convergencia será duradera y que la flexibilidad

es suficiente para hacer frente a eventuales dificultades en la zona euro. Por ahora una

decisión sobre la adopción de la moneda única no redunda por lo tanto en el interés

nacional británico, según el informe.

Page 48: Sistema Monetario Europeo

DINAMARCA: CLAUSULA DE EXENCION DE LA UEM

En el Tratado de Maastricht de 1992, Dinamarca obtuvo una cláusula de exención,

denominada «opt-out»: significa que el país no está obligado a entrar en la tercera fase de

la Unión Económica y Monetaria (UEM) y, en consecuencia, a introducir el euro.

El Protocolo sobre determinadas disposiciones relativas a Dinamarca, anexo al Tratado

constitutivo de la Comunidad Europea, garantiza a Dinamarca que el paso a la tercera

fase de la UEM no se efectúe automáticamente aunque se cumplan los criterios, ya que la

Constitución danesa exige un referéndum sobre esta cuestión.

DISPOSICION DEL PROTOCOLO

El Protocolo especifica que:

• El Gobierno danés notificará al Consejo su posición relativa a la participación en la

tercera fase antes de que el Consejo haga su evaluación de los criterios de convergencia;

en caso de que Dinamarca notificara que no participa en la tercera fase, Dinamarca

disfrutará de una excepción, lo que significa que serán aplicables todas las obligaciones

del Tratado y el estatuto del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) que hacen

referencia a una excepción; el procedimiento para poner fin a la excepción sólo se iniciará

a petición de Dinamarca.

Si se deroga la excepción, dejarán de ser aplicables las disposiciones del presente

Protocolo.

Page 49: Sistema Monetario Europeo

REFERENDUM SOBRE EL TRATADO DE MAASTRICHT (1992)

El Parlamento danés adoptó el Tratado de Maastricht en mayo de 1992 con 125 votos a

favor y 25 en contra. La Constitución danesa contempla un referéndum para todo proyecto

de ley que autorice una transferencia de poderes a autoridades supranacionales.

El Tratado de Maastricht se presentó al pueblo danés en un referéndum el 2 de junio de

1992. El Tratado fue rechazado por un 50,7 % de los votos.

SUECIA

La Comisión Europea hace balance de los progresos alcanzados por Suecia, Estado

miembro acogido a una excepción, en el cumplimiento de sus obligaciones para la

realización de la Unión Económica y Monetaria (UEM).

Independencia del Banco de Suecia: Las enmiendas entradas en vigor el 1 de enero de

1999 pusieron fin a las principales incompatibilidades en materia de independencia del

Banco de Suecia. Sólo la cuestión de la distribución de los beneficios y la influencia

parlamentaria sobre esta cuestión plantean aún problemas. Este tema se confía por el

momento al Parlamento sueco a fin de que se tome una decisión. El BCE ha recordado la

necesidad de una aclaración de estas normas internas.

Integración del Banco de Suecia en el SEBC: La ley sueca no prevé por el momento la

plena integración del Banco de Suecia en el SEBC. Por lo tanto, la legislación nacional no

es compatible con las exigencias del Tratado. El problema de la incompatibilidad aparece

en una serie de disposiciones de los estatutos del Banco de Suecia y requerirá una nueva

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actualización a fondo de la legislación sueca antes de la adopción de la moneda única.

Las incompatibilidades e imperfecciones se refieren en particular a:

• La obligación del Banco de Suecia de informar previamente al Gobierno de toda

decisión de gran importancia;

• Los poderes del Banco de Suecia en materia de política monetaria;

• El monopolio de emisión de billetes de que disfruta el Banco de Suecia;

• La imposición de reservas obligatorias a las instituciones financieras;

• La política de cambio;

• Las normas de acceso a los documentos públicos.

CONCLUSION

La moneda única proporciona nuevas oportunidades derivadas de la integración y la

escala de la economía de la zona del euro, lo que aumenta la eficiencia del mercado

único.

Bibliografía:

http://ec.europa.eu/economy_finance/the_euro/index_es.htm?cs_mid=2946

http://europa.eu/legislation_summaries/economic_and_monetary_affairs/

introducing_euro_practical_aspects/index_es.htm

http://europa.eu/legislation_summaries/economic_and_monetary_affairs/institutional_an