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SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Definición:
Conjunto de entidades públicas y privadas,
normas y procedimiento, destinados a prevenir,
atender y proteger a los trabajadores de los
efectos y enfermedades, que puedan ocurrir
como consecuencia del trabajo.
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Normas aplicables.
Dcto 1295 de 1.994
Ley 776 de 2002
Ley 1562 de 2012
Dcto 723 de 2013
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Objetivos.
1.- Establecer actividades de promoción y prevención,
para mejorar las condiciones de trabajo y salud de los
trabajadores, protegiéndolos de derivados de las
actividades que realiza
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
2.- Fijar las prestaciones asistenciales en salud y
las prestaciones económicas.
3.- Reconocer las prestaciones económicas
4.- Fomentar actividades para establecer el
origen de enfermedades y accidentes laborales
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Características.
1.- Es dirigido, orientado y controlado por el Estado
2.- Las ARL tienen a su cargo la afiliación al sistema y la administración de los recursos
Todos los empleadores deben estar afiliado al sistema
La afiliación de los independientes es obligatoria
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
La selección de las ARL es voluntaria
Los trabajadores afiliados tienen derecho a
prestaciones económicas y asistenciales
El pago de las cotizaciones están a cargo en su
totalidad del empleador
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Toda relación laboral implica la obligación de afiliar
al sistema de riesgos
La cobertura del sistema se inicia desde el día
calendario siguiente al de la afiliación
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
El pago de aportes es según el nivel del riesgo
de la actividad desempeñada por el trabajador
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS
LABORALES
Quienes deben estar afiliados: Art. 5° Ley 1562
de 2012
Trabajadores dependientes del sector público y
privado
Las cooperativas y precoperativas
Los jubilados y pensionados que se reincorporen a
la vida laboral mediante contrato laboral o como
servidores públicos
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Los estudiantes de los distintos niveles
académicos que realicen actividades que
generen recursos a las instituciones
Los miembros activos de agremiaciones cuyo
trabajo genere ingresos a la agremiación
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS
Niveles de riesgos.
I- 0.522%
II- 1.044%
III- 2.436%
IV- 4.35%
V- 6.96%
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Prestaciones asistenciales:
Asistencia médica quirúrgica
Hospitalización
Odontología
Medicamentos
Exámenes diagnóstico
Rehabilitación física y profesional
Prótesis, ortesis
Gastos de traslado
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Prestaciones económicas.
Subsidio por incapacidad temporal
Indemnización por incapacidad permanente
parcial
Pensión de invalidez
Pensión de sobrevivientes
Auxilio funerario
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Para despedir a un trabajador incapacitado:
art. 26/Ley 361 de 1.997:
Ninguna persona limitada podrá ser despedida
o su contrato terminado por razón de su
limitación, salvo que medie una autorización de
la Oficina de Trabajo
SISTEMA GENRAL DE RIESGOS
LABORALES
1.- Administrar el Seguro de Riesgos laborales
garantizándole a los/as afiliados /as sus
prestaciones de manera oportuna y eficiente.
2.- Investigar los casos de AT, en trayecto y/o
las EP que ocurren en las empresas en el
ámbito nacional, de acuerdo a los
procedimientos establecidos para tales fines.
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
3.- Asesorar e informar a las empresas y alos trabajadores sobre la manera mas
efectiva de cumplir las disposiciones de laley 87-01 y sus reglamentos en materia
de riesgos laborales.
4.- Establecer un Sistema de Gestión de la Prevención de los RiesgosLaborales
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
5.- Preparar y difundir el material educativo de
prevención de RL y promoción de la salud en el
trabajo, complementando las actividades de
supervisión y control de los AT y las EP.
6.- Crear en el ámbito nacional una red de
Prestadores en salud para garantizar una
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. Accidente de trabajo. Es accidente de trabajo
todo suceso repentino que sobrevenga por causa o
con ocasión del trabajo, y que produzca en el
trabajador una lesión orgánica, una perturbación
funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Es también accidente de trabajo aquel que
se produce durante la ejecución de órdenes
del empleador, o contratante durante la
ejecución de una labor bajo su autoridad,
aún fuera del lugar y horas de trabajo.
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Igualmente se considera accidente de
trabajo el que se produzca durante el
traslado de los trabajadores o contratistas
desde su residencia a los lugares de trabajo
o viceversa, cuando el transporte lo
suministre el empleador
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
También se considerará como accidente de trabajo
el ocurrido durante el ejercicio de la función
sindical aunque el trabajador se encuentre en
permiso sindical siempre que el accidente se
produzca en cumplimiento de dicha función .
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
De igual forma se considera accidente detrabajo el que se produzca por la ejecuciónde actividades recreativas, deportivas oculturales, cuando se actúe por cuenta o enrepresentación del empleador o de laempresa usuaria cuando se trate detrabajadores de empresas de serviciostemporales que se encuentren en misión.
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Enfermedad laboral. Es enfermedad laboral lacontraída como resultado de la exposición a factoresde riesgo inherentes a la actividad laboral o del medioen el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica,las enfermedades que se consideran como laborales yen los casos en que una enfermedad no figure en latabla de enfermedades laborales, pero se demuestre larelación de causalidad con los factores de riesgoocupacionales será reconocida como enfermedadlaboral, conforme lo establecido en las normas legalesvigentes