sist tributario nacional

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¿Qué es la SUNAT? La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de acuerdo a su Ley de creación N° 24829, Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 061-2002- PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 27658, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondían a esta entidad. Tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima, pudiendo establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional. Ley 24829 - Ley de creación Decreto Legislativo 500 - Ley General de la Superintendencia Nacional de Aduanas

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Qu es la SUNAT? La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria SUNAT, de acuerdo a su Ley de creacin N 24829, Ley General aprobada por Decreto Legislativo N 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, es un organismo tcnico especializado, adscrito al Ministerio de Economa y Finanzas, cuenta con personera jurdica de derecho pblico, con patrimonio propio y goza de autonoma funcional, tcnica, econmica, financiera, presupuestal y administrativa que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo N 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el numeral 13.1 del artculo 13 de la Ley N 27658, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley, correspondan a esta entidad.Tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima, pudiendo establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional. Ley 24829 - Ley de creacin Decreto Legislativo 500 - Ley General de la Superintendencia Nacional de Aduanas Decreto Legislativo 501 - Ley General de Superintendencia de Administracin Tributaria Decreto Supremo 061-2002-PCM - Disponen fusin por absorcin de la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria SUNAT con la Superintendencia Nacional de Aduanas - Aduanas Ley 27334 - Ley que Ampla las funciones de la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria Ley 29816 Ley de Fortalecimiento de la SUNAT

Finalidad La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria SUNAT con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administracin tributaria y aduanera, tiene por finalidad: Administrar, aplicar, fiscalizar y recaudar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepcin de los municipales, desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), facultativamente, respecto de obligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, que de acuerdo a lo que por convenios interinstitucionales se establezca. Dictar normas en materia tributaria, aduanera y de organizacin interna. Implementar, inspeccionar y controlar la poltica aduanera en el territorio nacional, aplicando, fiscalizando, sancionando y recaudando los tributos y aranceles del gobierno central que fije la legislacin aduanera y los tratados y convenios internacionales. Facilitar las actividades aduaneras de comercio exterior.

Inspeccionar el trfico internacional de personas y medios de transporte.

Desarrollar las acciones necesarias para prevenir y reprimir la comisin de delitos aduaneros y trfico ilcito de bienes.

Proponer al Ministerio de Economa y Finanzas la celebracin de acuerdos y convenios internacionales referidos a materia tributaria y aduanera y participar en la elaboracin de los proyectos de dichos acuerdos y convenios.

Liderar las iniciativas y proyectos relacionados con la cadena logstica del comercio exterior, cuando tengan uno o ms componentes propios de las actividades aduaneras.

Proveer servicios a los contribuyentes, responsables y usuarios del comercio exterior a fin de promover y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Las dems que seale la ley.

Reglamento de Organizacin y Funciones DS 115-2002-PCM.

Modifican Reglamento de Organizacin y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria DS 029-2012-EF (NUEVO)Ley 29816 Ley de Fortalecimiento de la SUNAT (NUEVO)MisinServir al pas proporcionando los recursos necesarios para la sostenibilidad fiscal y la estabilidad macroeconmica, contribuyendo con el bien comn, la competitividad y la proteccin de la sociedad, mediante la administracin y el fomento de una tributacin justa y un comercio exterior legtimo.VisinConvertirnos en la administracin tributaria y aduanera ms exitosa, moderna y respetada de la regin. Exitosa, porque lograremos resultados similares a los de las administraciones de los pases desarrollados. Moderna, porque incorporaremos en nuestros procesos las tecnologas ms avanzadas y utilizaremos los enfoques modernos de gestin de riesgo y fomento del cumplimiento voluntario para enfrentar con xito los desafRespetada por: El Estado: por mantener niveles bajos de evasin y de fraude en la tributacin interna y el comercio exterior, y contribuir a financiar los programas sociales y el desarrollo del pas. Los contribuyentes y usuarios de comercio exterior: porque aquellos que son cumplidores se sienten respetados; reciben todas las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones y tienen confianza en la capacidad de la institucin de detectar y tratar los incumplimientos. Sus trabajadores: porque laboran en una institucin con mstica, modelo dentro del estado; orgullosos de pertenecer a la organizacin y comprometida con su misin. Sus trabajadores potenciales: porque es una institucin atractiva para trabajar, que compite de igual a igual con las instituciones ms atractivas del Estado y con las ms respetadas empresas por los mejores egresados de las ms prestigiosas instituciones educativas; y es capaz de atraer gente con experiencia que se destaque en el sector pblico o el privado. Otras administraciones: porque la consultan y la toman como referente.

Principios Autonoma La SUNAT debe ejercer sus funciones aplicando sus propios criterios tcnicos, preservando su independencia y estabilidad institucional. Honestidad La actuacin de la SUNAT y de sus miembros tiene que ser justa, recta, ntegra y de respeto a la verdad e implica la coherencia total entre el pensamiento, el discurso y la accin. Es la base en que se sustenta la SUNAT. Compromiso Dado el carcter singular de la SUNAT como entidad que provee la mayor parte de los recursos al Estado y promueve la competitividad y la proteccin a la sociedad, la institucin y sus miembros deben tener un fuerte compromiso con el bien comn, basado en la justicia, respeto a los derechos humanos, y orientado a la bsqueda del progreso de nuestro pas, el bienestar de todos los peruanos y a garantizar la igualdad de oportunidades.Asimismo, el colaborador debe estar plenamente identificado con la institucin, sus metas y tener predisposicin para hacer ms de lo esperado a efectos de lograr los objetivos. Debe desear pertenecer a la institucin y estar orgulloso de ello. Profesionalismo El capital humano de la SUNAT debe caracterizarse por su excelencia tica y tcnica. Debe ser imparcial, objetivo y efectivo, en caso de conflicto de intereses debe preferir el inters pblico y abstenerse de participar en aquellas situaciones que pudieran poner en duda la transparencia de su proceder. Vocacin de Servicio La institucin y sus miembros deben tener una permanente orientacin a brindar un servicio de calidad que comprenda y satisfaga las necesidades de los contribuyentes, usuarios y operadores de comercio exterior, ciudadanos, as como de los usuarios internos de la institucin; utilizando eficientemente los recursos y optimizando la calidad de nuestros servicios. Trabajo en Equipo Debemos trabajar en un ambiente de colaboracin en el que se comparte informacin y conocimiento, privilegiando los resultados colectivos por sobre los individuales.

Funciones y atribuciones de la SUNATSon funciones y atribuciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria: Administrar, recaudar y fiscalizar los tributos internos del Gobierno Nacional, con excepcin de los municipales, as como las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), y otros cuya recaudacin se le encargue de acuerdo a ley. Proponer al Ministerio de Economa y Finanzas la reglamentacin de las normas tributarias y aduaneras. Expedir, dentro del mbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificacin de los regmenes y trmites aduaneros, as como normar los procedimientos que se deriven de stos. Sistematizar y ordenar la legislacin e informacin estadstica de comercio exterior, a fin de brindar informacin general sobre la materia conforme a Ley, as como la vinculada con los tributos internos y aduaneros que administra. Proponer al Poder Ejecutivo los lineamientos tributarios para la celebracin de acuerdos y convenios internacionales, as como emitir opinin cuando sta le sea requerida. Celebrar acuerdos y convenios de cooperacin tcnica y administrativa en materia de su competencia. Promover, coordinar y ejecutar actividades de cooperacin tcnica, de investigacin, de capacitacin y perfeccionamiento en materia tributaria y aduanera, en el pas o en el extranjero. Otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria o aduanera, de acuerdo con la Ley. Solicitar, y de ser el caso ejecutar, medidas destinadas a cautelar la percepcin de los tributos que administra y disponer la suspensin de las mismas cuando corresponda. Controlar y fiscalizar el trfico de mercancas, cualquiera sea su origen y naturaleza a nivel nacional. Inspeccionar, fiscalizar y controlar las agencias de aduanas, despachadores oficiales, depsitos autorizados, almacenes fiscales, terminales de almacenamiento, consignatarios y medios de transporte utilizados en el trfico internacional de personas, mercancas u otros. Prevenir, perseguir y denunciar al contrabando, la defraudacin de rentas de aduanas, la defraudacin tributaria, el rfico ilcito de mercancas, as como aplicar medidas en resguardo del inters fiscal. Desarrollar y aplicar sistemas de verificacin y control de calidad, cantidad, especie, clase y valor de las mercancas, excepto las que estn en trnsito y transbordo, a efectos de determinar su clasificacin en la nomenclatura arancelaria y los derechos que le son aplicables. Desarrollar y administrar los sistemas de anlisis y fiscalizacin de los valores declarados por los usuarios del servicio aduanero. Resolver asuntos contenciosos y no contenciosos y, en este sentido, resolver en va administrativa los recursos interpuestos por los contribuyentes o responsables; conceder los recursos de apelacin y dar cumplimiento a las Resoluciones del Tribunal Fiscal, y en su caso a las del Poder Judicial. Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de carcter tributario y aduanero, con arreglo a Ley. Ejercer los actos y medidas de coercin necesarios para el cobro de deudas por los conceptos indicados en el inciso precedente. Mantener en custodia los bienes incautados, embargados o comisados, efectuando el remate de los mismos cuando ello proceda en el ejercicio de sus funciones. Adjudicar directamente, como modalidad excepcional de disposicin de mercancas, aquellas que se encuentren en abandono legal y en comiso administrativo. La adjudicacin se har a las entidades estatales y a aquellas a las que oficialmente se les reconozca fines asistenciales o educacionales, sin fines de lucro. Desarrollar programas de informacin, divulgacin y capacitacin en materia tributaria y aduanera. Editar, reproducir y publicar oficialmente el Arancel Nacional de Aduanas actualizado, los tratados y convenios de carcter aduanero, as como las normas y procedimientos aduaneros para su utilizacin general. Determinar la correcta aplicacin y recaudacin de los tributos aduaneros y de otros cuya recaudacin se le encargue de acuerdo a ley, as como de los derechos que cobre por los servicios que presta. Participar en la celebracin de Convenios y Tratados Internacionales que afecten a la actividad aduanera nacional y colaborar con los Organismos Internacionales de carcter aduanero. Crear, dentro de su competencia, administraciones aduaneras y puestos de control, as como autorizar su organizacin, funcionamiento, suspensin, fusin, traslado o desactivacin cuando las necesidades del servicio as lo requiera. Ejercer las dems funciones que sean compatibles con la finalidad de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria.La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria (SUNAT) ejercer las funciones antes sealadas respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP), a las que hace referencia la Norma II del Ttulo Preliminar del Texto nico Ordenado del Cdigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N 135-99-EF.

La SUNAT tambin podr ejercer facultades de administracin respecto de otras obligaciones no tributarias de ESSALUD y de la ONP, de acuerdo a lo que se establezca en los convenios interinstitucionales correspondientes.

Tributos que administraCon el fin de lograr un sistema tributario eficiente, permanente y simple se dict la Ley Marco del Sistema Tributario Nacional (Decreto Legislativo N 771), vigente a partir del 1 de enero de 1994. La ley seala los tributos vigentes e indica quines son los acreedores tributarios: el Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades con fines especficos. En aplicacin del Decreto Supremo 061-2002-PCM, publicado el 12 de julio del 2002, se dispone la fusin por absorcin de la Superintendencia Nacional de Aduanas(SUNAD) por la Superintendencia Nacional de Tributos Internos (SUNAT), pasando la SUNAT a ser el ente administrador de tributos internos y derechos arancelarios del Gobierno Central. El 22 de diciembre de 2011 se public la Ley N 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, establecindose la sustitucin de la denominacin de la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria-SUNAT por Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria SUNAT. Los principales tributos que administra la SUNAT son los siguientes: Impuesto General a las Ventas: Es el impuesto que se aplica en las operaciones de venta e importacin de bienes, as como en la prestacin de distintos servicios comerciales, en los contratos de construccin o en de inmuebles. Impuesto a la Renta: Es aqul que se aplica a las rentas que provienen del capital, del trabajo o de la aplicacin conjunta de ambos. Rgimen Especial del Impuesto a la Renta: Es un rgimen tributario dirigido a personas naturales y jurdicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el pas que obtengan rentas de tercera categora provenientes de las actividades de comercio y/o industria; y actividades de servicios. Nuevo Rgimen nico Simplificado: Es un rgimen simple que establece un pago nico por el Impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas (incluyendo al Impuesto de Promocin Municipal). A l pueden acogerse nicamente las personas naturales o sucesiones indivisas, siempre que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categora (bodegas, ferreteras, bazares, puestos de mercado, etc.) y cumplan los requisitos y condiciones establecidas. Impuesto Selectivo al Consumo: Es el impuesto que se aplica slo a la produccin o importacin de determinados productos como cigarrillos, licores, cervezas, gaseosas, combustibles, etc. Impuesto Extraordinario para la Promocin y Desarrollo Turstico Nacional: Impuesto destinado a financiar las actividades y proyectos destinados a la promocin y desarrollo del turismo nacional. Impuesto Temporal a los Activos Netos: Impuesto aplicable a los generadores de renta de tercera categora sujetos al rgimen general del Impuesto a la Renta, sobre los Activos Netos al 31 de diciembre del ao anterior. La obligacin surge al 1 de enero de cada ejercicio y se paga desde el mes de abril de cada ao. Impuesto a las Transacciones Financieras: El Impuesto grava algunas de las operaciones que se realizan a travs de las empresas del Sistema Financiero. Creado por el D.Legislativo N 939 y modificado por la Ley N 28194. Vigente desde el 1 de marzo del 2004. Impuesto Especial a la Minera: Creada mediante Ley N 29789 publicada el 28 de setiembre de 2011, es un impuesto que grava la utilidad operativa obtenida por los sujetos de la actividad minera proveniente de las ventas de los recursos minerales metlicos. Dicha ley establece que el impuesto ser recaudado y administrado por la SUNAT. Casinos y Tragamonedas: Impuestos que gravan la explotacin de casinos y mquinas tragamonedas. Derechos Arancelarios o Ad Valorem, son los derechos aplicados al valor de las mercancas que ingresan al pas, contenidas en el arancel de aduanas. Derechos Especficos, son los derechos fijos aplicados a las mercancas de acuerdo a cantidades especficas dispuestas por el Gobierno. Aportaciones al ESSALUD y a la ONP: Mediante la Ley N 27334 se encarga a la SUNAT la administracin de las citadas aportaciones, mantenindose como acreedor tributario de las mismas el Seguro Social de Salud (ESSALUD) y la Oficina de Normalizacin Previsional (ONP). Regalas Mineras: Se trata de un concepto no tributario que grava las ventas de minerales metlicos y no metlicos. El artculo 7 de la Ley 28258 - Ley de Regalas Mineras, autoriza a la SUNAT para que realice, todas las funciones asociadas al pago de la regala minera. Se modific mediante la Ley N 29788 publicada el 28 de setiembre de 2011. Gravamen Especial a la Minera: Creado mediante la Ley N 29790, publicada el 28 de setiembre de 2011, est conformado por los pagos provenientes de la explotacin de recursos naturales no renovables y que aplica a los sujetos de la actividad minera que hayan suscrito convenios con el Estado. El gravamen resulta de aplicar sobre la utilidad operativa trimestral de los sujetos de la actividad minera, la tasa efectiva correspondiente segn lo sealado en la norma. Dicha ley, faculta a la SUNAT a ejercer todas las funciones asociadas al pago del Gravamen.

Estructura orgnica de la SUNAT*La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria cuenta con la siguiente estructura orgnica:RGANOS DE ALTA DIRECCIN:Superintendente Nacional de Aduanas y de Administracin TributariaConsejo Directivo Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo EstratgicoSuperintendencia Nacional Adjunta Operativa Superintendencia Nacional Adjunta de AduanasSuperintendencia Nacional Adjunta de Administracin y FinanzasRGANOS DE ASESORAMIENTO Y DE APOYO ESTRATGICO DE LA ALTA DIRECCIN Gabinete de Asesores RGANO DE CONTROL:rgano de Control InstitucionalRGANO DE DEFENSA JURDICA: Procuradura PblicaOficina de Gestin y Soporte (1)RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL: Secretara Institucional Divisin de Administracin DocumentariaDivisin de Archivo CentralOficina de Imagen y ComunicacionesGerencia de ComunicacionesDivisin de PrensaGerencia de Imagen Institucional Divisin de Identidad Corporativa e Imagen Divisin de PublicidadOficina de Defensora del Contribuyente y Usuario AduaneroOficina de Fortalecimiento tico y Lucha Contra la CorrupcinOficina Nacional de PlaneamientoGerencia de Planeamiento y Control de GestinDivisin de PlaneamientoDivisin de Evaluacin y SeguimientoGerencia de Organizacin y ProcesosInstituto Aduanero y Tributario (2)Secretara Ejecutiva (3)Gerencia de Docencia Interna (3) Departamento de Docencia Interna Presencial (3) Seccin Cursos Aduanero y Tributario CAT (3)Seccin Cursos de Actualizacin de Conocimientos CAC (3) Departamento de Docencia Interna Virtual (3)Gerencia de Formacin Externa (3) Departamento de Formacin de Mediano Plazo (3) Departamento de Formacin de Corto Plazo (3)Gerencia de Control de Gestin y Servicios Administrativos (3) Departamento de Programacin y Control de Gestin (3) Departamento de Servicios Administrativos (3)RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DE LNEA Y ADMINISTRACIN INTERNA.RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DE LNEA DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE DESARROLLO ESTRATGICO: Oficina de Negociaciones, Cooperacin Tcnica y ConveniosIntendencia Nacional de Estudios Econmicos y EstadsticaGerencia de Estudios Econmicos Gerencia de Estadstica Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del CumplimientoGerencia de Proyectos y Procesos Transversales Divisin de Procesos de Deuda y RecaudacinDivisin de Procesos de FiscalizacinDivisin de Procesos de Servicios al Contribuyente y Usuario del Comercio ExteriorGerencia de Cumplimiento de Grandes Empresas y Grupos Econmicos Gerencia de Cumplimiento de Medianas y Pequeas EmpresasGerencia de Cumplimiento de Personas Naturales y MicroempresasGerencia de Cumplimiento de Entidades Sin Fines de Lucro y de Entidades del Estado Intendencia Nacional de Tcnica AduaneraGerencia de Atencin al Usuario Aduanero y Sistema de Calidad Divisin de Atencin al Usuario AduaneroDivisin de Operadores y LiberacionesDivisin de Gestin del Sistema de CalidadGerencia de Procesos de Carga, Trnsito e Ingreso Divisin de Procesos de Carga y TrnsitoDivisin de Procesos de IngresoGerencia de Procesos de Salida y Regmenes Especiales Divisin de Procesos de SalidaDivisin de Procesos de Regmenes EspecialesGerencia de Tratados Internacionales, Valoracin y Arancel Divisin de Tratados InternacionalesDivisin de ValoracinDivisin de Arancel IntegradoIntendencia Nacional JurdicaGerencia Jurdico AduaneraDivisin de Normas AduanerasDivisin de Dictmenes AduanerosGerencia Jurdico TributariaDivisin de Normas TributariasDivisin de Dictmenes TributariasGerencia Jurdico y PenalIntendencia Nacional de Sistemas de InformacinOficina de Seguridad InformticaGerencia de Gestin de Procesos y Proyectos de SistemasDivisin de Gestin de Proyectos de SistemasDivisin de Gestin de Procesos de SistemasGerencia de Desarrollo de SistemasDivisin de Desarrollo de Sistemas TributariosDivisin de Desarrollo de Sistemas AduanerosDivisin de Desarrollo de Sistemas AdministrativosDivisin de Desarrollo de Sistemas AnalticosGerencia de Calidad de SistemasDivisin de Control de Calidad Divisin de Aseguramiento de CalidadGerencia de Arquitectura Divisin de Arquitectura de Informacin y de Aplicaciones Divisin de Arquitectura Tecnolgica Gerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios Divisin de Soporte y Operacin de la Infraestructura TecnolgicaDivisin de Gestin de Infraestructura TecnolgicaDivisin de Atencin a UsuariosRGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DE LNEA DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA:Oficina de Contabilidad de IngresosOficina Tcnica de los Recursos de Seguridad SocialOficina de Coordinacin de Tributos Internos Intendencia Nacional de Insumos Qumicos y Bienes FiscalizadosGerencia Normativa de Bienes Fiscalizados Gerencia Operativa del Registro de Bienes FiscalizadosGerencia de Fiscalizacin de Bienes Fiscalizados Intendencia de Programacin y Gestin de OperacionesGerencia de Seleccin y Programacin Divisin de SeleccinDivisin de Procesamiento y EjecucinGerencia de Gestin, Seguimiento y Control Divisin de Gestin de ProcesosDivisin de Seguimiento y Soporte OperativoIntendencia de Operaciones CentralizadasGerencia de Canales de AtencinDivisin Central de ConsultasDivisin de Soporte y Canal VirtualGerencia de Operaciones Centralizadas Divisin de Representantes de Crditos Tributarios y Procesos Concursales Divisin de Procesos CentralizadosIntendencia de Principales Contribuyentes Nacionales Divisin de Servicios al ContribuyenteGerencia de Fiscalizacin Internacional y Precios de Transferencia Gerencia de Fiscalizacin Divisin de Programacin OperativaDivisin de Auditora IDivisin de Auditora IIDivisin de Auditora IIIGerencia de Reclamaciones Divisin de Reclamaciones IDivisin de Reclamaciones IIDivisin de Reclamaciones IIIGerencia de Control de Deuda y Cobranza Divisin de Control de DeudaDivisin de CobranzaRGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DE LNEA DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS:Oficina de Coordinacin de AduanasIntendencia de Control AduaneroOficina de Gestin de Informacin Gerencia Operador Econmico Autorizado Gerencia de Investigaciones Aduaneras Divisin de Gestin de Riesgos Aduaneros Divisin de Inteligencia y Operaciones TcticasGerencia de Prevencin del Contrabando y Operaciones Especiales Divisin de Control Fronterizo y Coordinacin TerritorialDivisin de Acciones Inmediatas y MasivasSeccin de Acciones Inmediatas Seccin de Acciones MasivasDivisin de Soporte Operativo EspecializadoGerencia de Fiscalizacin AduaneraDivisin de Fiscalizacin PosteriorDivisin de ControversiasGerencia de Recaudacin AduaneraDivisin de Recaudacin AduaneraDivisin de Contabilidad de Ingresos AduanerosRGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIN Y FINANZAS: Oficina de Seguridad y Defensa NacionalOficina de Supervisin OperativaOficina de Coordinacin AdministrativaIntendencia Nacional de AdministracinGerencia Administrativa Divisin de Programacin y GestinDivisin de ContratacionesDivisin de Ejecucin ContractualGerencia de Gestin de Servicios InternosDivisin de Servicios de TransporteDivisin de Servicios GeneralesDivisin de Soporte de Acondicionamiento y Mantenimiento Gerencia de Planificacin de Infraestructura y EquipamientoDivisin de Gestin de Infraestructura y Equipamiento Divisin de Proyectos de Infraestructura Gerencia de AlmacenesDivisin de Gestin de AlmacenesDivisin de Almacenes Divisin de Disposicin de Bienes y MercancasDivisin de Almacn de Bienes de Uso, Consumo y MobiliarioIntendencia Nacional de Finanzas y PatrimonioGerencia FinancieraDivisin de Formulacin y Evaluacin Presupuestal Divisin de Contabilidad PresupuestalDivisin de Contabilidad FinancieraDivisin de TesoreraGerencia de Control PatrimonialDivisin de Gestin PatrimonialDivisin de Seguros PatrimonialesIntendencia Nacional de Recursos HumanosOficina de Planificacin y Organizacin de Recursos Humanos Gerencia de Gestin del EmpleDivisin de Gestin de Contratos e Informacin de PersonalDivisin de CompensacionesDivisin de Gestin del Control DisciplinarioGerencia de Desarrollo de PersonasDivisin de Formacin y DesarrolloDivisin de DotacinGerencia de Relaciones Humanas Divisin de Clima Laboral y Comunicacin InternaDivisin de Bienestar SocialDivisin de Seguridad y Salud en el TrabajoDivisin de Relaciones LaboralesIntendencia Nacional de Asesora Legal InternaGerencia Jurdico AdministrativaGerencia Jurdico Laboral y CivilRGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DESCONCENTRADASRGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DESCONCENTRADAS DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA:Intendencia LimaOficina de Control de GestinOficina de NotificacionesGerencia de Control de la DeudaDivisin de Control de la Deuda ISeccin de Liquidacin de Saldos Deudores y Gestin de AdeudosSeccin de Financiamiento de DeudaDivisin de Control de la Deuda IISeccin de No Contenciosos Vinculados a la Determinacin de la DeudaSeccin de No Contenciosos No Vinculados a la Determinacin de la Deuda y Otros Procedimientos Gerencia de ReclamacionesDivisin de Admisibilidad, Programacin y CumplimientoSeccin de Admisibilidad de Reclamaciones y ProgramacinSeccin de Apelaciones y CumplimientosDivisin de Reclamaciones IDivisin de Reclamaciones IISeccin de Reclamaciones I Seccin de Reclamaciones II Gerencia del Control del CumplimientoDivisin de Programacin de Control e InduccinDivisin de Control MasivoSeccin Control Masivo I Seccin Control Masivo IISeccin Control Masivo IIISeccin Control Masivo IVDivisin de Acciones InductivasSeccin de Acciones Inductivas PresencialesSeccin de Acciones Inductivas No PresencialesGerencia de Fiscalizacin de Principales y Medianos ContribuyentesDivisin de Programacin de Principales y Medianos ContribuyentesDivisin de Fiscalizacin de Principales ContribuyentesDivisin de Fiscalizacin de Medianos Contribuyentes IDivisin de Fiscalizacin de Medianos Contribuyentes IIGerencia de Fiscalizacin de Pequeos ContribuyentesDivisin de Programacin de Pequeos ContribuyentesDivisin de Devoluciones de Pequeos ContribuyentesSeccin de Devoluciones ISeccin de Devoluciones IIDivisin de Fiscalizacin de Pequeos ContribuyentesSeccin de Fiscalizacin de Pequeos Contribuyentes Seccin de Fiscalizacin de Personas NaturalesGerencia de Operaciones Especiales Contra la InformalidadDivisin de Seleccin y Programacin de OperacionesDivisin de Inspeccin, Comiso e InternamientoSeccin Puestos de ControlSeccin Control Urbano y Acreditaciones Divisin de Control y Clausura ISeccin Control Documentario ISeccin de Inspeccin Masivas y Clausura IDivisin de Control y Clausura IISeccin Control Documentario IISeccin de Inspecciones Masivas y Clausura IIGerencia de CobranzaDivisin de Seleccin y Programacin de CobranzaDivisin de Cobranza de Oficina y SoporteSeccin de Cobranza de Oficina y Soporte ISeccin de Cobranza de Oficina y Soporte IIDivisin de Cobranza de CampoSeccin de Cobranza de Campo ISeccin de Cobranza de Campo IIGerencia de Servicios al ContribuyenteDivisin de Servicios al Contribuyente ISeccin de Servicios al Contribuyente Divisin de Servicios al Contribuyente IISeccin de Servicios al Contribuyente Intendencias RegionalesDivisin de Control de la Deuda y Cobranza Seccin de Control de la Deuda Seccin de Cobranza Coactiva Divisin de Reclamaciones Divisin de AuditoraDivisin de Servicios al ContribuyenteOficinas Zonales RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DESCONCENTRADAS DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS :Intendencias de AduanasIntendencia de Aduana Martima del Callao Oficina Procesal LegalOficina de Control de GestinOficina de Atencin a Usuarios Gerencia de Regmenes Aduaneros I Divisin de ImportacionesSeccin Despacho de ImportacionesSeccin de Conclusin de DespachoSeccin de Procedimientos No ContenciososDivisin de Regmenes de Perfeccionamiento y TemporalesDivisin de Regmenes de Depsito y Trnsito Gerencia de Regmenes Aduaneros II, Manifiestos y Control OperativoDivisin de ManifiestosDivisin de ExportacionesDivisin de Control OperativoSeccin De Acciones OperativasSeccin de Monitoreo y Control Electrnico Gerencia de Riesgo y Procesos TcnicosDivisin de Gestin de Riesgo OperativoDivisin de ControversiasDivisin de Recaudacin y ContabilidadSeccin de RecaudacinSeccin de Contabilidad AduaneraDivisin de Laboratorio CentralIntendencia de Aduana Area y PostalOficina de Atencin a UsuariosOficina de Control de GestinOficina Procesal LegalGerencia de Regmenes AduanerosDivisin de ImportacionesSeccin de Despacho de ImportacionesSeccin de Despacho SimplificadoDivisin de ExportacionesDivisin de Regmenes de Deposito, Transito, Temporales y de PerfeccionamientoDivisin de Controversias Gerencia de Operaciones TransversalesDivisin de ManifiestosDivisin de Recaudacin y ContabilidadSeccin de RecaudacinSeccin de ContabilidadDivisin de Gestin de Riesgo OperativoDivisin de Control OperativoSeccin de Acciones OperativasSeccin de Monitoreo y Control ElectrnicoGerencia de Otros RegmenesDivisin de Envos PostalesDivisin de Envos de Entrega RpidaDivisin de EquipajesDivisin de Otros Regmenes Aduaneros EspecialesRGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DESCONCENTRADAS DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIN Y FINANZAS: Gerencias de Soporte AdministrativoOficinas de Soporte AdministrativoSecciones de Soporte AdministrativoSeccin de Soporte Administrativo del Complejo Fronterizo Santa Rosa en TacnaINSTRUMENTOS DE GESTIN ORGANIZACIONALESTRUCTURA REMUNERATIVA Decreto Supremo N 093-2012-EF - AnexoROF - REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES Reglamento de Organizacin y Funciones de la SUNAT y ANEXO Medidas de organizacin Interna R.S. 190-2002-SUNAT Modificaciones a la R.S. 190-2002-SUNAT Medidas de Organizacin InternaCLASIFICADOR DE CARGOS Resolucin 204-2012/SUNAT - Anexo

CAP CAP 2015

CAP ANTERIORES CAP 2014 CAP 2013 CAP 2012 CAP 2011 CAP 2010 CAP 2008 CAP 2007 CAP 2004

MOF - MANUAL DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES MOF

TUPATUPA 2013TUPA ANTERIORES TUPA 2009 TUPA 2007

INSTRUMENTOS DE GESTIN ORGANIZACIONALESTRUCTURA REMUNERATIVA Decreto Supremo N 093-2012-EF - AnexoROF - REGLAMENTO DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES Reglamento de Organizacin y Funciones de la SUNAT y ANEXO Medidas de organizacin Interna R.S. 190-2002-SUNAT Modificaciones a la R.S. 190-2002-SUNAT Medidas de Organizacin InternaCLASIFICADOR DE CARGOS Resolucin 204-2012/SUNAT - Anexo

CAP CAP 2015

CAP ANTERIORES CAP 2014 CAP 2013 CAP 2012 CAP 2011 CAP 2010 CAP 2008 CAP 2007 CAP 2004

MOF - MANUAL DE ORGANIZACIN Y FUNCIONES MOF

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Que entiende por tributo?Es una prestacin de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines (1).El Cdigo Tributario establece que el trmino TRIBUTO comprende impuestos, contribuciones y tasas (2) Impuesto: Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestacin directa en favor del contribuyente. Tal es el caso del Impuesto a la Renta.

Contribucin: Es el tributo que tiene como hecho generador los beneficios derivados de la realizacin de obras pblicas o de actividades estatales, como lo es el caso de la Contribucin al SENCICO. Tasa: Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestacin efectiva de un servicio pblico, individualizado en el contribuyente, por parte del Estado. Por ejemplo los derechos arancelarios de los Registros Pblicos.La ley establece la vigencia de los tributos cuya administracin corresponde al Gobierno Central, los Gobiernos Locales y algunas entidades que los administran para fines especficos.(1) Definicin de Hctor Villegas; Curso de Finanzas, Derecho Tributario y Financiero. Tomo I - Buenos Aires.2) Texto Unico Ordenado del Cdigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo N 135-99-EF.

Administracin de tributos1. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracin Tributaria - SUNAT (*) : administra los tributos internos y tributos aduaneros tales como el Impuesto a la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo, Impuesto Especial a la Minera, Rgimen nico Simplificado y los derechos arancelarios derivados de la importacin de bienes. Mediante la Ley N 27334 se ampli las funciones de la SUNAT a efectos de que administre las aportaciones a ESSALUD y a la ONP. La SUNAT tambin administra otros conceptos no tributarios como las Regalas Mineras y el Gravamen Especial a la Minera.

(*) En aplicacin del Decreto Supremo 061-2002-PCM, se dispuso la fusin por absorcin de la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD) por la Superintendencia Nacional de Tributos Internos (SUNAT), pasando la SUNAT a ser el ente administrador de tributos internos y derechos arancelarios del Gobierno Central. El 22 de diciembre de 2011 se public la Ley N 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, establecindose la sustitucin de la denominacin de la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria-SUNAT por Superintendencia Nacional de Aduanas y Administracin Tributaria SUNAT. 2. Los Gobiernos Locales (Municipalidades) : Administran exclusivamente los impuestos que la ley les asigna tales como el Impuesto Predial, Impuesto al patrimonio automotriz, alcabala, Impuestos a los juegos, etc.; as como los derechos y tasas municipales tales como licencias, arbitrios y derechos.Del Gobierno Central

MARCO CONSTITUCIONAL 1993

Constitucin Poltica del Per - Artculo 74

Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneracin, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegacin de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo.El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningn tributo puede tener efecto confiscatorio.MARCO LEGAL

Decreto Legislativo n 771

El Sistema Tributario Nacional se encuentra comprendido por:

El Cdigo Tributario

Los Tributos: clasificados en Impuestos, Tasas y ContribucionesTRIBUTOS DEL GOBIERNO CENTRAL

Impuestos Impuesto a la Renta Impuesto General a las Ventas Impuesto Selectivo al Consumo Derechos Arancelarios Rgimen nico Simplificado Impuesto de Solidaridad a favor de la Niez Desamparada. Impuesto a los Juegos de Casinos y Mquinas Tragamonedas Impuesto Extraordinario para la Promocin y Desarrollo Turstico Nacional Impuesto a las Transacciones Financiera Impuesto Temporal a los Activos NetosContribuciones Contribucin de Seguridad Social. Contribucin al Servicio Nacional de Adiestramiento Tcnico Industrial SENATI. Contribucin al Servicio Nacional de Capacitacin para la Industria de la Construccin SENCICO. Tasas Tasas por la prestacin de servicios pblicos, tales como los derechos por tramitacin de procedimientos administrativos