clases de sist. tributario 28 y 29.09.2012

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CATEDRA: SISTEMA TRIBUTARIO Profesor: Lic. Mirlenis Call Figuera. Lic. Ciencias Fiscales Mención Finanzas Públicas (ENAHP) Especialista en Gestión Tributaria Integral (ENAHP) CATEDRA: SISTEMA TRIBUTARIO OBJETIVO GENERAL: Dotar al participante de los conocimientos necesarios en materia constitucional de las diversas competencias Tributarias otorgadas al Poder Nacional, Estadal y Municipal. OBJETIVOS ESPECIFICOS • Conocer los principios e instituciones que rigen el sistema tributario. • Conocer la distribución horizontal y vertical de las competencias tributarias. • Conocer el nacimiento y extinción de la obligación tributaria. Contenidos Programaticos: Unidad I: La Economía Pública y las Funciones del Estado. Tema 1: La Economía Pública y las Funciones del Estado General. Los Principios Tradicionales de la Hacienda Publica: Equidad. Capacidad de Pago. Principio del Beneficio (Buchanan-Neumark). El Financiamiento del Gasto Público: Los Tributos y su importancia en el financiamiento del gasto público. La Estructura Tributaria (El Sistema Fiscal). Los fines del Sistema Tributario. Los Principios de la Tributación. El Sistema Tributario. Bases Constitucionales. Bases Legales. Bases Jurisprudenciales. Distribución de Competencias Tributarias en la Constitución Nacional. El Código Orgánico Tributario (C.O.T.). Naturaleza. Ámbito de Aplicación. Procedimientos que contiene. Infracciones y Sanciones. Tributos que conforman el Sistema Venezolano. Su interrelación. Capacidad de Recaudación. Características de un Sistema Tributario Moderno y Eficiente. El Criterio de Racionalidad. Proceso de definición del Sistema Tributario en particular. Principio de certeza. La Inflación como Impuesto. La Política Cambiaria y el financiamiento del gasto. Especial referencia al caso venezolano. Unidad I Tema2 : La Distribución del Ingreso, los Impuestos y el Gasto Público.

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Page 1: Clases de Sist. Tributario 28 y 29.09.2012

CATEDRA:

SISTEMA TRIBUTARIO

Profesor: Lic. Mirlenis Call Figuera.

Lic. Ciencias Fiscales Mención Finanzas Públicas (ENAHP)

Especialista en Gestión Tributaria Integral (ENAHP)

CATEDRA:SISTEMA TRIBUTARIOOBJETIVO GENERAL: Dotar al participante de los conocimientos necesarios en materia constitucional de las diversas competencias Tributarias otorgadas al Poder Nacional, Estadal y Municipal. OBJETIVOS ESPECIFICOS • Conocer los principios e instituciones que rigen el sistema tributario. • Conocer la distribución horizontal y vertical de las competencias tributarias. • Conocer el nacimiento y extinción de la obligación tributaria.

Contenidos Programaticos:Unidad I: La Economía Pública y las Funciones del Estado. Tema 1: La Economía Pública y las Funciones del Estado General. Los Principios Tradicionales de la Hacienda Publica: Equidad. Capacidad de Pago. Principio del Beneficio (Buchanan-Neumark). El Financiamiento del Gasto Público: Los Tributos y su importancia en el financiamiento del gasto público. La Estructura Tributaria (El Sistema Fiscal). Los fines del Sistema Tributario. Los Principios de la Tributación. El Sistema Tributario. Bases Constitucionales. Bases Legales. Bases Jurisprudenciales. Distribución de Competencias Tributarias en la Constitución Nacional. El Código Orgánico Tributario (C.O.T.). Naturaleza. Ámbito de Aplicación. Procedimientos que contiene. Infracciones y Sanciones. Tributos que conforman el Sistema Venezolano. Su interrelación. Capacidad de Recaudación. Características de un Sistema Tributario Moderno y Eficiente. El Criterio de Racionalidad. Proceso de definición del Sistema Tributario en particular. Principio de certeza. La Inflación como Impuesto. La Política Cambiaria y el financiamiento del gasto. Especial referencia al caso venezolano. Unidad I Tema2 : La Distribución del Ingreso, los Impuestos y el Gasto Público. La Estructura Económica Real. Los Principios Constitucionales. La Concurrencia de Los Poderes Fiscales en los Estados Federales: La Coordinación de los Poderes Fiscales. La Distribución constitucional de competencias, facultades y poderes fiscales. La Clasificación de los tributos: Impuestos, Tasas, Contribuciones Especiales y parafiscales.Unidad II: tema 1. La Obligación Tributaria Concepto. La relación jurídico-tributaria. Caracteres de la relación jurídico-tributaria: a) Es una relación de derecho no de poder b) es de Orden Personal c) tiene su fuente solo en la Ley. Elementos de la Obligación Tributaria: sujetos, objeto y causa.Tema 2: El sujeto activo de la obligación tributaria. I) la imposición como atributo del Estado. II) la potestad tributaria. III) Criterios político-económicos atributivos de potestad tributaria: (a) nacionalidad, (b) domicilio y (c) Territorialidad o de la fuente. IV) Poder tributario originario y poder tributario derivado.

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V) Las limitaciones a la potestad tributaria: principios de: (a) legalidad, (b) igualdad, (c) Generalidad, (d) No confiscación. VI) Otras limitaciones al poder tributario. VII) Las potestades tributarias en el Derecho Venezolano. VIII) Análisis de las normas constitucionales que distribuyen el poder tributario en Venezuela: las potestades tributarias de los poderes Nacional, Municipal y EstadalTema 3: Los sujetos pasivos de la obligación tributaria. I) Capacidad jurídica y la capacidad contributiva. II) Tipificación del sujeto pasivo: (a) contribuyentes, (b) responsables, (c) sustitutivos, (d) Agentes de retención y (e) de percepción. III) Los sujetos pasivos de derecho común. Personas naturales. Jurídicas como sujetos pasivos tributarios. Creación de sujetos por el Derecho Tributario: a) consorcio, b) grupos económicos, c) contribuyentes consolidados, d) comunidades semi-convencionales, e) hereditarias, f) conyugales. V) domicilio y residencia fiscales. Tema 4: El objeto de la obligación tributaria. El tributo. I) El hecho imponible: concepto, caracteres y elementos. El hecho imponible como causas de la obligación tributaria. El hecho imponible condicionado. II) la determinación tributaria: concepto y formas de determinación. Los medios de extinción de la obligación tributaria: El pago, la compensación, la confusión, la remisión o condonación de la deuda, la declaratoria de incobrabilidad, la prescripción y la transacción.

TEMA 1 La Economía Pública y las Funciones del Estado.

“Las Finanzas Publicas Modernas, implican el aspecto multi e interdisciplinario, cuya aplicación es congruente con las funciones del Estado y sus Estructuras a fin de dar soporte al desarrollo social con equidad. El concepto cualitativo de las Finanzas debe penetrar a la formulación del presupuesto público que sea instrumento de transformaciones sociales y económicas sustentables”

La Economía Pública y las Funciones del Estado. 1.1. Concepto de Hacienda Pública, Economía Pública o Economía del Sector Público.1.1.1. Conceptos de Ciencia Económica y Hacienda Pública.La disciplina de la Hacienda Pública no se refiere sólo a los impuestos, como pudiera parecer a primera vista a un profano, sino que abarca un ámbito de estudio mucho más amplio. De ahí que haya autores que prefieran las denominaciones equivalentes de Economía del Sector Público o Economía Pública. La denominación de Hacienda Pública tiene su origen en la escuela italiana de estudio de las finanzas públicas, mientras que en el ámbito anglosajón se prefiere las otras denominaciones ya citadas.Hay dos formas simples e inmediatas de aproximarnos a la Hacienda Pública:Ø Reflexionando sobre la presencia del Sector Público en nuestras propias vidas. Los hospitales y centros sanitarios donde nacemos y atienden nuestras enfermedades, las escuelas que nos proporcionan la educación básica, la universidad en que nos hayamos y donde nos formamos profesionalmente, los distintos tipos de impuestos que pagamos, las ayudas al desempleo a que en determinadas circunstancias tenemos derecho, las pensiones que reciben nuestros mayores, etc. Son todos ejemplos indicativos de la poderosa presencia pública en la actividad económica.Ø Acercándonos a la prensa, y medios de comunicación en general, cuando se hacen eco de la actividad económica del Estado. El seguimiento de la prensa supone un gran incentivo para interesarse y comprender la materia de la Hacienda Pública.

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Todos los días aparecen noticias que tienen que ver de forma directa con la disciplina que nos ocupa. A lo largo del curso trataremos de establecer continuos vínculos entre la teoría y la realidad inmediata. Ejemplos de esto podrían ser:§ El debate político que se observa con la presentación por parte de los Gobiernos del proyectos de presupuestos para los años venideros. En este documento se cuantifican las líneas de actuación del Gobierno de la nación para el ejercicio entrante: lo que se va a gastar en sueldos de los empleados público, en gastos sociales (educación, sanidad, empleo y pensiones) o en infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, etc.), los impuestos que tendremos que pagar, etc. Para fijar una definición más rigurosa de lo que es la Hacienda Pública debemos empezar por recordar lo que es la Ciencia Económica, puesto que la Hacienda Pública es una rama de la misma. El economista Lionel Robbins sintetizó el concepto moderno de economía al entenderla como “la ciencia que estudia el comportamiento humano como una relación entre fines y medios que son escasos y que admiten usos alternativos.” Se trata, por tanto, de la ciencia de las elecciones humanas cuando éstas se enfrentan a situaciones de escasez. Esto es lo que define el ámbito de “lo económico”.La Hacienda Pública es la parte de la Teoría Económica que estudia la intervención del Estado en la economía, fundamentalmente, aunque no de forma exclusiva, a través de los ingresos y gastos públicos, lo que se denomina actividad financiera del Estado. La Hacienda Pública persigue entender la lógica económica que subyace a las actuaciones del Sector Público en las dos facetas básicas del análisis económico: cómo resuelve el Sector Público los problemas asignativo y organizativo y cómo esto afecta al resto del sistema económico.

Hacienda: actividad financiera con la que el Estado intenta satisfacer las necesidades colectivas en el ámbito público, principio rector la autoridad, su financiación los tributos.La Hacienda Pública se puede llamar también economía del Sector Publico. Gisbert tiene otro procedimiento para definir el contenido de la Hacienda Publica, a partir de los problemas de asignación, distribución, estabilidad y crecimiento, se centra en las funciones realizadas por el Sector Publico en orden a la resolución de tales problemas. Tres ventajas de esta definición: cubre cualquier enfoque de la acción del grupo político, desde el más liberal al más intervencionista; permite el estudio del Sector Público como agente económico y creador del marco institucional en el que se desenvuelven los sujetos privados; No obliga a restringir el campo de la acción pública a los mecanismos coactivos, permite también el análisis de empresas públicas con los mismos criterios del análisismicroeconómico. La síntesis es que la HP estudia las actividades realizadas por el SP en la resolución de los problemas económicos de la sociedad.Fuentes Quintana: Conjunto de elecciones económicas que comporta la realización de ingresos y gastos del Estado y la mutua relación que existe entre ellos. El centro de esas elecciones viene dado por el presupuesto del Estado, que recoge en cada sociedad el conjunto de decisiones financieras que han de ser programadas por la Economía Pública (autoridad). Características de la definición: enfoque colectivo, este se concreta en la actividad del SP, este tiene unos fines u objetivos peculiares que complementan la actividad privada y consiguen una actuación económica óptima, cuenta con unos instrumentos específicos para la consecución de los objetivos que le son propios.Relación de la Hacienda Pública con otras disciplinas.La Hacienda Pública estudia el comportamiento económico del Sector Público desde dos grandes puntos de vista: el enfoque positivo y el enfoque normativo.Ø Enfoque o teoría positiva. Se refiere a lo que es: la realidad institucional (las organizaciones y sus reglas), los instrumentos que utiliza (los presupuestos públicos, el análisis coste-beneficio, ...), las consecuencias económicas de sus actuaciones (la manera en que se ve afectado el sector privado) y las

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características del proceso de toma de decisiones (que es objeto de estudio por parte de la Teoría de la Elección Pública y de la Elección Social).Ø Enfoque o teoría normativa. Se refiere a lo que debería ser. Hace mención al comportamiento ideal u óptimo que sería deseable en el Sector Público. La rama teórica de la Economía del Bienestar es la que nos proporciona los criterios básicos de referencia normativa, ya que analiza los fallos en el funcionamiento del mercado y las condiciones que debería caracterizar la intervención del Estado para poderlos solucionar de forma adecuada (eficiente y/o equitativa).Se trata, en consecuencia, de una disciplina “fronteriza”, donde confluyen diferentes perspectivas: la económica, la estadística, la jurídica, la socio-política y la ético-moral.Predomina, no obstante, el enfoque económico, que es el que unifica y proporciona el sentido básico a la disciplina.Hay que resaltar, en este sentido, que el Derecho Financiero proporciona los instrumentos legales que vehiculizan las decisiones económicas del Sector Público. Es una parte sobresaliente de la práctica de la actividad financiera pública y proporciona normas que tienen en sí mismo valor económico. El Derecho Financiero es el derecho de la actividad financiera del Estado, de los ingresos y gastos públicos, es decir de la obtención de recursos públicos, de su gestión y empleo. Las dos grandes ramas del Derecho Financiero son:Ø El Derecho Tributario o Fiscal: atañe a los ingresos tributarios.Ø El Derecho Presupuestario: en su aspecto jurídico-político se refiere a la preparación, aprobación, ejecución y control de lo establecido en los Presupuestos Públicos; y en su aspecto jurídico-financiero, se remite a la repercusión de los Presupuestos Públicos en los derechos subjetivos de los particulares.Evolución histórica del pensamiento hacendístico.1.2.1. Teorías sobre el papel económico del Estado.1.2.2. Las principales escuelas de pensamiento financiero.Los Mercantilistas (siglos XVI-XVII): postulan la intervención del Estado mediante la protección comercial frente a la competencia de producciones de otros países (aranceles) con el fin de fomentar las producciones agrícola y artesanal propias. Son los primeros en plantear algunos de los problemas básicos del comercio internacional, consideran que el comercio es el origen de la riqueza, en una época donde las guerras de conquista y la piratería constituían actividades que limitaban las posibilidades de los intercambios comerciales.Ø Los Cameralistas (siglos XVII-XVIII): desarrollan su actividad sobre todo en Austria y Alemania y aunque están vinculados a los Mercantilistas, sus preocupaciones se centran en la administración de las finanzas públicas. Son los pioneros en la elaboración de manuales de procedimientos recaudatorios y de gestión públicas.Los Fisiócratas (siglo XVIII): constituyeron una escuela de análisis económico propiamente dicha, elaboraron la primera interpretación global de la economía , puesto que tanto los Mercantilistas como los Cameralistas carecían de un pensamiento sistemático para estudiar la economía. El más importante fisiócrata fue Francois Quesnay, quien en un famoso tratado (Le Tablau Economique) esbozaba las interrelaciones dentro de un sistema económico entre los distintos sectores de actividad, lo que más modernamente se conoce como tablas input-output .(W. W. Leontief), que tratan de medir los flujos económicos entre los diferentes sectores de la economía. Los fisiócratas forman parte de la reacción ilustrada al dominio aristocrático en la sociedad francesa, y más en particular, en la agricultura. De ahí que postularan la eliminación de las restricciones de carácter feudal que predominaban en las relaciones económicas, proponiendo que el Estado se limitara a una intervención mínima y a la garantía de las libertades económicas. Creían que la economía tenía un orden natural que residía en la agricultura como única actividad verdaderamente productiva. Esta idea les condujo a postular un impuesto único que grabara la renta de la tierra o, más específicamente, su producto neto.

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El inicio de la Escuela Clásica (siglo XVIII) Se produce con la obra de Adam Smith que establece sus fundamentos. La idea central que desarrolla tiene que ver con el hecho de que la codicia en determinadas circunstancias actúa como un incentivo que favorece la mejora del bienestar colectivo. Es la idea de la “mano invisible”, una fuerza ciega que incrementa la riqueza y equilibra la economía. Se podría formular como sigue: el ánimo de lucro induce, en condiciones de libertad, a producir lo que los demás necesitan y la competencia garantiza que esto se haga al más bajo precio. En congruencia con ello, y en contraposición a la arbitrariedad que caracteriza al estado absolutista y aristocrático, el Estado debe facilitar la proliferación de la iniciativa económica privada y restringir sus actividades a algunas funciones básicas: la defensa exterior, la administración de la justicia, las obras de interés público que faciliten el comercio y la educación, la representación institucional y la recaudación de ingresos públicos. No obstante, hay que advertir que algunos autores contemporáneos al hablar de Adam Smith olvidan que fue eminentemente un filósofo moral, antes que economista, y que consideraba central el papel de los valores morales, y del Estado como referente moral, en la vida económica y social. Es decir, que en ningún caso, Smith apoyó una concepción del mercado libre donde todo vale, donde imperara la ley de la selva y no existieran restricciones morales a las actuaciones de los agentes. (Obras: Una Investigación sobre la Naturaleza y las Causas de la Riqueza de las Naciones; La Teoría de los Sentimientos Morales).

El desarrollo de la Escuela Clásica (siglo XIX), desde el punto de vista del papeldel Estado en la economía, se consolida con la llamada doctrina del “laissez-faire”,a la cual contribuyó de modo decisivo John Stuart Mill (Principios de EconomíaPolítica). Éste elabora los fundamentos de la concepción liberal del Estado: arranca de una concepción del Estado como asociación civil que persigue facilitar la vida a los individuos sin imponerles objetivos propios. Stuart Mill afianza de modo decisivo el principio clásico de gestión pública mínima, aunque amplía lasfunciones señaladas por Smith para incluir tareas vinculadas con la atención a losmás desfavorecidos, la regulación de las condiciones de trabajo y la investigacióncientífica. La idea de la gestión pública mínima se complementa en la EscuelaClásica con otros principios que atañen al modo de llevar a cabo esta gestión:

• El principio de equilibrio presupuestario: el gasto público debe financiarse con los ingresos ordinarios, la deuda pública constituye un ingreso de naturaleza extraordinaria al que debe recurrirse sólo en condiciones excepcionales y garantizando su liquidabilidad.

• El principio de neutralidad impositiva: los impuestos no deben afectar el crecimiento económico, deben evitarse, entonces, impuestos que penalicen la inversión limitando, por ejemplo, los beneficios empresariales

• El pensamiento social de tipo colectivista (siglo XIX), entre cuyos principales autores cabe citar a Carlos Marx, Frederic Engels y los llamados socialista utópicos (Owen, Fourier, ...). Partiendo desde distintos recursos teóricos (Marx, por ejemplo, fue en muchos sentidos un economista clásico) denuncian la crueldad del desarrollo capitalista y apoyan una intervención profunda del Estado, o de otras instituciones de carácter colectivo, con el objetivo último de eliminar las grandes disparidades en la distribución de la riqueza y del bienestar dentro de la sociedad. El Estado, sobre todo en la versión marxista, aparece como una asociación con sus propios objetivos relacionados con la sociedad como un todo, es decir, habrían necesidades colectivas distintas de las individuales, que no emanan de los mismos individuos tomados de forma aislada, que han de ser atendidas a través de la acción del Estado. Esta idea marca una significativa diferencia respecto a la concepción liberal de la política pública.

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• El Marginalismo y la Escuela Neoclásica en general (finales del siglo XIX y principios del XX) mantienen las ideas básicas del laissez-faire, aunque desde otros presupuestos teóricos que vienen influidos por la filosofía del utilitarismo y por el empleo de herramientas de análisis formal derivadas del cálculo diferencial. A pesar de que algunos autores de estas corrientes desatienden el estudio de los problemas de distribución de la riqueza, otros, en cambio, desde las mismas premisas utilitaristas, consideran que las desigualdades en la utilidad o bienestar que disfrutan los individuos podrían constituir un motivo justificado de intervención por parte del Estado. En estas corrientes se encuadran autores como Walras, Pareto, Jevons, Edgeworth, Wicksell, Marshall, Menger, etc.

• La Economía del Bienestar (principios del siglo XX), le debe las principales aportaciones a autores como Pigou y Lindhal que estudiaron los fallos de eficiencia que pueden tener los mercados, sobre todo, desde el punto de vista de la generación de externalidades (costes y beneficios producto de la actividad de los agentes económicos y que el mercado no valora, esto es, no le pone precio). Otros economistas, caso de Chamberlain y Robinson, se centraron en los fallos de eficiencia del mercado derivados de defectos en el mecanismo competitivo, las situaciones de monopolio y competencia imperfecta. Estos análisis condujeron a la propuesta de intervenciones públicas correctoras de carácter parcial que permitieran resolver estos fallos de mercado. Sería el caso de las regulaciones de mercado, los impuestos con finalidad correctora, la producción pública de ciertos bienes, etc.

• El Keynesianismo (segundo tercio siglo XX) a partir de la obra del economista John Maynard Keynes (La Teoría General de la Ocupación, el Interés y el Dinero) planteó una crítica frontal a la forma en que la economía clásica y neoclásica entendían las crisis económicas. Keynes demostró que en determinadas circunstancias el mecanismo clásico de recuperación de una crisis económica no funcionaba como predecía la teoría, y que la crisis tendía a profundizarse debido a una debilidad básica en la demanda agregada de la economía, la cual era alimentada por un fenómeno de carácter monetario que denominó trampa de la liquidez. En una crisis deflacionaria, donde los precios tienden a bajar, el dinero debido a ello se atesora a la espera de mejores expectativas (la trampa de la liquidez: la demanda de liquidez tiene elasticidad infinita), lo cual impide que la inversión se recupere aprovechando los bajos precios como decían los clásicos, retro-alimentando así la crisis, haciéndola más severa. Frente a ello, Keynes propuso que el Estado debe intervenir en la economía aumentando la demanda agregada de forma que induzca una subida de los precios y con ello favorecer la recuperación en el ciclo económico mejorando las expectativas de beneficio de los agentes económicos. Keynes puso, pues, en evidencia que además de los fallos que afectan a los mercados concretos, hay fallos que afectan al conjunto del sistema económico, los fallos macroeconómicos. La respuesta del Sector Público frente a estos fallos ha de ser “la Hacienda Compensatoria”, es decir, la política fiscal de gastos e ingresos públicos como herramienta para suavizar el carácter cíclico del crecimiento económico.

El Keynesianismo ha hecho también hincapié en los fallos de distribución que suele acompañar al desarrollo capitalista y la necesidad de una intervención pública de carácter redistributivo para paliarla (el Estado del Bienestar). El activismo público asociado a la Hacienda Compensatoria ha

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sido objeto de numerosas críticas que están vinculadas a los desequilibrios e ineficiencias económicas (inflación, déficit y endeudamiento públicos crónicos, crecimiento exponencial del gasto público, etc.) en que desembocó, sobre todo, en los años setenta del siglo XX (críticas lideradas por la escuela Monetarista – Friedman- y por la Nueva Economía Clásica –Lucas-).

La Nueva Economía Institucional (Coase, North, Willianson, etc.) supone recuperar la mirada económica sobre el papel central que cumplen las instituciones en la dinámica económica. En este sentido, la N.E.I. insiste en que la función pública de protección de los derechos de propiedad ha sido esencial en la aparición y desarrollo de los mercados de las economías avanzadas. Asimismo, y vinculado a ello, ha remarcado el lugar central de los costes de transacción como factor que condiciona los intercambios económicos y las formas de organización económica. De este manera, sus propuestas para el Sector Público tienen el carácter de intervenciones correctoras en el funcionamiento de los mercados que disminuyan los costes de transacción, a través, por ejemplo, de una mejor definición y defensa de los derechos de propiedad y, en general, mejorando las instituciones en que se apoya el mercado.

El Nuevo Liberalismo y, en particular, la Escuela de la Elección Pública (Public Choice), fundada ésta por Buchanan y Tullock, ha hecho del estudio de los fallos del estado, desde el punto de vista microeconómico, el objeto principal de estudio.

Estos fallos están asociados al comportamiento de los políticos, de los grupos presión, de los empleados del sector público o de los votantes. Sus propuestas de políticas públicas pueden sintetizarse en el impulso de programas de desintervención pública, concretados, por ejemplo, en privatizaciones (ventas de activos públicos) y desregulaciones (eliminación de normativas legales que dificultan la competencia en los mercados), así como a la introducción de restricciones legales, incluso a nivel constitucional, para limitar el crecimiento del gasto público y los déficit recurrentes en las cuentas públicas.

Actividad Financiera del

Estado

Recursos Públicos

Gastos Públicos

Para Satisfacer las Necesidades Colectivas.

Servicios Públicos

Sistema Tributario

Presupuesto

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Actividad financiera del estado:

Para que el estado pueda satisfacer las necesidades públicas requiere medios (recursos). Para obtenerlo puede utilizar dos procedimientos:

Directo:

Se apropia directamente de bienes económicos o factores productivos. Ej. Servicio militar obligatorio para la Defensa. Explotación de Recursos Naturales

Indirecto:

Es el más utilizado y consiste en la obtención de medidas financieras para financiar gastos y obtener medios reales (humanos y materiales) para desarrollar su actividad.

El conjunto de fenómenos financieros originados en el procedimiento indirecto para satisfacer necesidades públicas, constituye la actividad financiera del estado que es el objeto de estudio de las finanzas públicas.

La actividad financiera del estado está constituida por aquel proceso de obtención de ingresos y realización de gastos cuyo objetivo es cumplir con los fines del mismo.

Se encuentra realizada por el estado, que opera sobre la base de un poder especial llamado “ fiscal” o “ financiero” que le permite obtener en forma coactiva los ingresos necesarios para financiar sus gastos, los que realizará de conformidad al presupuesto legalmente aprobado.

Política Fiscal:

Los programas del gobierno con respecto a la compra de bienes y servicios, el gasto de transferencia y la cantidad y tipo de impuestos, integran la política fiscal. Entonces podemos decir que “las decisiones del gobierno referente al gasto público y a los impuestos constituyen la política fiscal “.

Un enfoque clásico de la política fiscal, distingue tres tipos de fines:

• Fiscales:

Se encuentran relacionados con la obtención de recursos para la realización de gastos destinados a las prestación de servicios públicos.

• Extra fiscales:

Son aquellos seguidos por la actividad financiera cuando intentan modificar alguna conducta de los operadores económicos. Ej.: Gravámenes sobre cigarrillos y bebidas alcohólicas. Se busca un fin distinto al fiscal (recaudar para financiar gastos).

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• Mixtos:

Surgen de la comunicación de los fiscales y extra fiscales. El gravamen sobre consumo de cigarrillos puede desalentar dicho consumo y financiar a su vez los gastos públicos.

CATEDRA: SISTEMA TRIBUTARIOS

Tema 1: Definiciones y conceptos

1.1. Sistema Tributario.

1.2 .Régimen Tributario.

1.3. Sistemas Tributarios Racionales.

1.4. Sistemas Tributarios Históricos

Sistema Tributario:

Cada sistema tributario es distinto a otro, ya que cada uno de ellos está integrado y formado por los variados impuestos que cada país adopte según sea su producción, formas políticas, tradiciones, y naturaleza geográfica de los mismos.

El estudio de un sistema tributario debe limitarse a una época establecida y circunscripta debido a la eminente y muy rápida educación social y económica por lo que gracias a esto se aprecia la necesidad de una educación de las normas legales, esto tiene su base en que “el derecho debe seguir a la vida, ya que de lo contrario se convierte en algo hueco y carente de significado humano.

Visión Ontológica y axiológica del Sistema Tributario

La Ontología responde a la pregunta ¿Cuál es la naturaleza del ser?

La epistemología se refiere a ¿Cual es la verdad?

Y la Axiología se refiere a ¿Cuáles son nuestros valores fundamentales?

Si sabemos cuál es la naturaleza de la existencia es (ontología) entonces podemos determinar cuando algo es verdadero, falso, desconocido o incognoscible (epistemología). entonces se puede determinar si la ciencia de los valores (axiología) es posible y lo que es.

La ontología es la ciencia del ser," el estudio de lo que es.

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La epistemología es la ciencia de la verdad, sino que es "la rama de conocimiento relacionadas con cómo el conocimiento se deriva".

'Axiología' se deriva del griego, Axios que significa" digna "y el significado logos" ciencia ". Como una general. teoría filosófica, se trata de un estudio de "la bondad y valor, en el sentido más amplio de estos términos

Ontología podría ser descrita como "la ciencia del ser" el objeto de la ontología es determinar lo que es.

Axiología es la ciencia de la elección moral, de los valores fundamentales.

Siendo así debemos entender que el Estudios del Sistema Tributario desde el punto de vista Ontológico debe corresponder el analizar lo que es un sistema tributario, en el contexto de nuestras realidades en el tiempo y en el espacio y desde el aspecto axiológico a entender y comprender los valores morales y fundamentales de un Sistema Tributario

SISTEMA TRIBUTARIO

Concepto y estructura.

“Conjunto de tributos coordinados entre sí y vigentes en el ordenamiento jurídico de un país en un determinado momento histórico, que atienden a una serie de principios generales y al logro de finalidades fiscales y extrafiscales”

La estructura del sistema tributario combina:A. Distintas figuras tributarias:

1. Impuestos.2. Tasas.3. Contribuciones.

B. Distintos entes impositores:1. Unión Europea.2. Estado.3. Comunidades Autónomas.4. Corporaciones Locales.

C. Distintos sujetos pasivos:1. Personas físicas: residentes y no residentes.2. Personas jurídicas: residentes y no residentes.3. Entes carentes de personalidad.

D. Distintas manifestaciones de capacidad contributiva:1. Renta.2. Patrimonio.3. Consumo.

La coordinación de las figuras que componen el sistema tributario está dirigida a evitar la existencia de:

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A. Lagunas técnicas: Manifestaciones de capacidad contributiva que no resultan gravadas por

imprevisión del legislador.B. Doble imposición no deseada:

Superposición de figuras que no responde a una razón sistemática. A los anteriores efectos los sistemas tributarios incluyen figuras impositivas que cumplen

distintas funciones:A. Estructurales:

Cuando constituyen el eje a partir del cual se arma la imposición sobre una determinada manifestación de capacidad contributiva (v.g.: IRPF e IVA).

B. Complementarias: Facilitan el control de otras figuras impositivas y gravan espacios no

cubiertos por figuras estructurales (v.g. Impuesto sobre el Patrimonio).C. De ordenación económica:

Antes que recaudar, persiguen propósitos extrafiscales (v.g. Impuestos sobre el comercio exterior y sobre consumos no deseables).

SISTEMA DE INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO DEL ESTADO:

ESTADO

Ingresos procedentesde la Deuda

Pública

Tributos

Impuestos(vid.

Transparencias 8 a 11)

TasasContribuciones

especiales

Ingresos procedentes

del Patrimonio

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Régimen Tributario o Sistema Tributario

Todo Estado debe tener una forma para la satisfacción de las necesidades colectivas de sus ciudadanos. Venezuela no escapa de ello.

Por esta razón se ha ideado un esquema tributario que permita disponer de una suma de medios capaces para lograr la esencia de un Estado sin importar su forma o sistema de gobierno, pues hasta los mas dictatoriales o autoritarios disponen de alguno; mas bien, en estos es donde mas se profundiza en su implementación, ya que puede ser usado como herramienta represiva hacia aquellos que le adversan.

1.2 Régimen Tributario / Sistema Tributario

Un sistema tributario está constituido por el conjunto de tributos vigentes en un país en determinada época, por ello para establecer cual es el sistema fiscal de un país determinado, debemos ubicarnos en un momento también determinado, puesto que, como se ha afirmado, los sistemas tributarios no son estáticos, sino que por el contrario son altamente dinámicos.- Por ello el estudio de los sistemas fiscales tiene dos limitaciones principales:

ESPACIAL: el ámbito territorial de un estado soberano

TEMPORAL: en un período de tiempo determinado dentro de la historia de ese Estado soberano.-

S e ha dejado sentado que los sistemas tributarios están integrados con los variados impuestos que cada país adopta según su género de producción, su naturaleza geográfica, su forma política, sus necesidades, sus tradiciones, y se ha afirmado que no es posible, por ello, establecer un sistema tributario ideal o “modelo” para todos los países ni para un país determinado.-

Cada estado se encuentran vigentes una multiplicidad de tributos, que pueden obedecer a cualquiera de las calificaciones que hemos detallado, a varias de ellas o a todas juntas.-

Esa multiplicidad de imposiciones tributarias, tienen su principio de legalidad, al menos en los Estados de Derecho, en que el tributo solo surge de la ley, es decir que conforma un ordenamiento legal positivo, vigente.- Ese ordenamiento tributario conforma un sistema?

Para responder esa pregunta debemos tratar de establecer es, que es lo que entendemos por sistema, y luego ver si esa multiplicidad tributaria que aparece delante nuestro, encaja dentro de lo que habremos de definir como sistema.-

Sabemos que para lograr un sistema, debemos tener distintos Elementos:

Enlaces entre los mismos

Un orden o forma específico

Un objetivo preestablecido y común.-

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Así, partiendo de estos presupuestos podemos decir que un sistema es “un conjunto de elementos y sus enlaces ordenados de una forma específica para el cumplimiento de un objetivo preestablecido y común”.-

Esto nos da una cierta idea de orden, de interconexión, de armonía, que es precisamente lo que nos dice Schmölder “el concepto de sistema tributario indica mas bien cierta armonía de los diversos impuestos entre sí y con los objetivos de la imposición fiscal o extra fiscal”

Cuando observamos los distintos Modelos de Sistemas Tributarios, no todos encajan perfectamente en nuestra definición de sistema:

- obviamente tenemos un objetivo preestablecido y común: sufragar los gastos del Estado, también tenemos un conjunto de elementos: los tributos o impuestos, ¿pero podemos llegar a decir que todos tienen un orden específico y enlaces entre los mismos?, en el sentido de que se nos presentan claros, nítidos, sin superposiciones ni doble imposiciones.

Régimen Tributario o Sistema Tributario

Existen en muchos unas marañas de impuestos, tasas, contribuciones, directas e indirectas, generales, especiales, de emergencia, etc. que bien ha podido decir Wagner, que hablar de sistema tributario era inadecuado para el “caos de tributos” que pueden verse todos los días en muchos sistemas.

Este pandemónium tributario, ha llevado a decir a “Tarantino”, que más que sistema, debemos hablar de régimen tributario, toda vez que estos se imponen en forma inorgánica, sin orden ni investigación de causas, con el solo objeto de lograr mas fondos.

Por ello el concepto de “sistema tributario”, mas que una meta o aspiración, debe entenderse como una explicación, ideal, de algo existente.-

TIPOS DE SISTEMAS TRIBUTARIOS:

Se distinguen dos tipos de Sistema Tributarios:

El Racional y el Histórico.

1.3. El Sistema Racional es cuando el legislador es quien crea de manera libre la armonía entre los objetivos que se persiguen y los medios empleados.

1.4 El Sistema Histórico a diferencia que el Racional dicha armonía se produce sólo de manera espontánea de la Evolución Histórica. “No obstante la distancia que existe entre lo ideal en materia tributaria y la realidad legislativa, siempre existe cierta armonía entre los diversos impuestos, por muy rudimentaria que sea la hacienda de un país.

Existe, en todos los gobiernos y por razones de recaudación, una tendencia hacia el perfeccionamiento de los instrumentos tributarios, como fenómeno constante y universal, por lo que, ambos elementos

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mencionados, el racional y el histórico, van a estar actuando en todas las estructuras fiscales, debiendo dejar establecido en que medida cada uno de ellos realiza su respectivo aporte.-

Se observa si en determinada estructura tributaria predomina la realidad buscada mediante la combinación de la reclamación de impuestos o tributos, con arreglo a un plan que permita el logro de los objetivos de la política financiera (Esto se podría considerar un Sistema Tributario Racional), o si al contrario; se consiguen una variedad de tributos que han ido surgiendo a raíz de las necesidades monetarias estatales, esto se puede considerar como Racional ya que no existe armonía entre los tributos ni con los objetivos fiscales del Estado (Por consiguiente se podría considerar un Sistema Tributario Histórico).

SISTEMAS TRIBUTARIOS RACIONALES E HISTORICOS :

• Se observa si en determinada estructura tributaria predomina la realidad buscada mediante la combinación de la reclamación de impuestos o tributos, con arreglo a un plan que permita el logro de los objetivos de la política financiera (Esto se podría considerar un Sistema Tributario Racional), o si al contrario; se consiguen una variedad de tributos que han ido surgiendo a raíz de las necesidades monetarias estatales, esto No se puede considerar como Racional ya que no existe armonía entre los tributos ni con los objetivos fiscales del Estado (Por consiguiente se podría considerar un Sistema Tributario Histórico).

• Requisitos de un Sistema Tributario Racional

Los problemas que pueden resolver los sistemas tributarios pueden ser de diferentes aspectos. Del aspecto fiscal, es necesario que los tributos que forman el sistema sean productivos, en todas las etapas. Del aspecto económico, es necesario que el sistema tenga flexibilidad funcional suficiente para convertir la fiscalidad en instrumento de promoción económico y no de manera contraria como un trabajo para la producción nacional y es por esto que se debe tener en cuenta que la acción tributaria debe evitar distorsiones en la economía.

Sistemas Tributarios Racionales

En el aspecto Social, “los tributos deben ocasionar un mínimo sacrificios a los contribuyente y distribuirse equitativamente entre los ciudadanos según su aptitud de prestación patrimonial. Del aspecto Administrativo, el sistema debe ser lo mas sencillo posible, para que produzca convicción a los contribuyentes con respecto al modo de pago, lugar y fecha, etc. Todo esto debe provenir de normas claras y presidas, además el pago debe resultar cómodo en cuanto al tiempo en el que el contribuyente se encuentre en mejores condiciones económicas.

En conclusión los Sistemas Tributarios deben ser productivos, elásticos, compatibles con la renta nacional y con las ideas de cada época.

Tema 2

Tipos de Sistemas Tributarios:

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2.1 Sistemas Tributarios de Impuestos únicos.

2.2 Sistemas Tributarios de Impuestos múltiples.

TIPOS DE SISTEMAS TRIBUTARIOS:DE IMPUESTOS UNICOS Y MULTIPLES

Teoría del impuesto único: Esta teoría basa su estructura en la capacidad contributiva del individuo, sobre un nivel de ingreso, renta, gasto o consumo; esto quiere decir que al contribuyente se le aplicara solo un tipo de impuesto excluyendo a todo otro tributo adicional.

Teoría del impuesto múltiple: Se basa en el grado de desarrollo económico alcanzado y el tipo de desarrollo que se desea para el país estableciendo impuestos de distinta naturalezas.

Este ultimo tipo de impuesto es el que rige en la mayoría de los países produciendo malestar en la mayoría de los ciudadanos ya sean de bajos o altos recursos económicos y por lo tanto produce distintas opiniones y disputas entre los representantes del gobierno y de la oposición al momento de reformular las distintas normas tributarias ya sea eliminándolas, subir los impuestos (IVA, impuesto sobre la renta, etc.)

¿cual crees que es mejor, impuesto único o múltiple?

TIPOS DE SISTEMAS TRIBUTARIOS: DE IMPUESTOS UNICOS Y MULTIPLES

Un sistema de impuesto único, idea que sedujo desde muy antiguo a numerosos teóricos, que han propuesto diversos tipos de impuesto único:

SOBRE LA TIERRA: Bandini, Vaubam, Law, los fisiocratas;

SOBRE LOS CONSUMOS INDIVIDUALES: Revans;

SOBRE LOS CAPITALES FIJOS: Menier;

SOBRE LOS PRODUCTOS EN GENERAL: Tellier;

SOBRE LAS PROFESIONES: Pastor;

SOBRE LA TIERRA LIBRES DE MEJORAS: Henry George, y también hubo propuestas sobre las Herencias, las rentas y el consumo de energía.

El impuesto único también tuvo sus detractores, los que con diversas argumentaciones lo descalificaron, así Proudhon por su iniquidad, Wagner por la incompatibilidad con la movilización de personas y capitales, León Walras porque de aplicarse sobre la tierra podía llegar a ser confiscatorio, Passy, por resultar insuficiente para obtener todos los recursos que requieren los Estados. Lo cierto es que más allá de las discusiones teóricas el sistema de impuesto único nunca se implantó en país alguno.