silencio administrativo positivo

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SUMILLA: Solicito Aplicación del Silencio Administrativo Positivo - Art.3 de la Ley N°29060 SEÑORES ELECTRONORTE S.A –Chiclayo ANA JULIA PANDO HERRERA, identificada con DNI N°16630838, Electronorte S.A, con domicilio en………………………….Chiclayo DECLARO BAJO JURAMENTO Que, con fecha 27 de Febrero del 2015 presente ante su entidad mi solicitud requiriendo lo siguiente: “Reubicación de postes de media tensión que se encuentran dentro de mi propiedad signado con el número 114318 y accesoria a lo siguiente una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados”. El siguiente fundamento del reclamo se basa en que soy titular del predio signado con el numero 114318 debidamente inscrito con partida registral N° 11143564 en SUNARP lo cuales comprenden 7.20 metros por 341.03 de largo y el área que corresponde a mi propiedad de 7.80 metros aproximadamente. Asimismo de fecha 18 de Febrero realice acciones de Defensa Posesoria (Colación de Cerco Perimétrico) con la finalidad de proteger mi propiedad. Que, habiendo cumplido con los requisitos y/o documentos establecidos para la tramitación del procedimiento citado y según la calificación que le corresponda: De calificación previa con Silencio Administrativa, la considero aprobada (2). _________________________ [1] Ley 27444.- Artículo 31.- Régimen del procedimiento de aprobación automática 31.1 En el procedimiento de aprobación automática, la solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla, siempre que cumpla con los requisitos

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escrito para aplicar el silencio administrativo positivo

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SUMILLA: Solicito Aplicacin del Silencio Administrativo Positivo - Art.3 de la Ley N29060SEORESELECTRONORTE S.A Chiclayo ANA JULIA PANDO HERRERA, identificada con DNI N16630838, Electronorte S.A, con domicilio en.ChiclayoDECLARO BAJO JURAMENTOQue, con fecha 27 de Febrero del 2015 presente ante su entidad mi solicitud requiriendo lo siguiente: Reubicacin de postes de media tensin que se encuentran dentro de mi propiedad signado con el nmero 114318 y accesoria a lo siguiente una indemnizacin por los daos y perjuicios ocasionados.El siguiente fundamento del reclamo se basa en que soy titular del predio signado con el numero 114318 debidamente inscrito con partida registral N 11143564 en SUNARP lo cuales comprenden 7.20 metros por 341.03 de largo y el rea que corresponde a mi propiedad de 7.80 metros aproximadamente. Asimismo de fecha 18 de Febrero realice acciones de Defensa Posesoria (Colacin de Cerco Perimtrico) con la finalidad de proteger mi propiedad.Que, habiendo cumplido con los requisitos y/o documentos establecidos para la tramitacin del procedimiento citado y segn la calificacin que le corresponda: De calificacin previa con Silencio Administrativa, la considero aprobada (2)._________________________[1] Ley N 27444.- Artculo 31.- Rgimen del procedimiento de aprobacin automtica31.1 En el procedimiento de aprobacin automtica, la solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su presentacin ante la entidad competente para conocerla, siempre que cumpla con los requisitos y entregue la documentacin completa, exigidos en el TUPA de la entidad.31.2 En este procedimiento, las entidades no emiten ningn pronunciamiento expreso confirmatorio de la aprobacin automtica, debiendo slo realizar la fiscalizacin posterior. Sin embargo, cuando en los procedimientos de aprobacin automtica se requiera necesariamente de la expedicin de un documento sin el cual el usuario no puede hacer efectivo su derecho, el plazo mximo para su expedicin es de cinco das hbiles, sin perjuicio de aquellos plazos mayores fijados por leyes especiales anteriores a la vigencia de la presente Ley.

[2] Ley N 29060.- Ley del Silencio Administrativo () Artculo 3.- Aprobacin del procedimiento.- No obstante lo sealado en el artculo 2, vencido el plazo para que opere el silencio administrativo positivo en los procedimientos de evaluacin previa, regulados en el artculo 1, sin que la entidad hubiera emitido pronunciamiento sobre lo solicitado, los administrados podrn presentar una Declaracin Jurada ante la propia entidad que configur dicha aprobacin ficta, con la finalidad de hacer valer el derecho conferido ante la misma o terceras entidades de la administracin, constituyendo el cargo de recepcin de dicho documento, prueba suficiente de la resolucin aprobatoria ficta de la solicitud o trmite iniciado. Lo dispuesto en el primer prrafo ser aplicable tambin al procedimiento de aprobacin automtica, reemplazando la resolucin de aprobacin ficta, contenida en la Declaracin Jurada, al documento a que hace referencia el artculo 31 prrafo 31.2 de la Ley N 27444. En el caso que la administracin se niega recibir la Declaracin Jurada a que se refiere el prrafo anterior, el administrado podr remitirla por conducto notarial, surtiendo los mismos efectos.Ley N 29060-Ley del Silencio Administrativo, Art. 4 Responsabilidad del Funcionario Publicoque los funcionarios y servidores pblicos que no acaten o se nieguen a reconocer la eficacia del Derecho contenido al administrado al haber operado a su favor el Silencio Administrativo positivo, incurrir en falta administrativa segn el artculo 239 de la Ley N 27444 sin perjuicio de los responsables civiles y penales que hubiera lugar.

En tal sentido presento mi Declaracin Jurada con la finalidad de hacer valer mi derecho ante vuestra entidad de la Administracin Publica constituyendola el cargo de recepcin prueba suficiente de la aprobacin ficta de mi solicitud o tramite iniciado.Finalmente segn el Artculo 4 de la Ley del Silencio Administrativo que los funcionarios y servidores pblicos que no acaten o se nieguen a reconocer la eficacia del Derecho contenido al administrado al haber operado a su favor el Silencio Administrativo positivo, incurrir en falta administrativa segn el artculo 239 de la Ley N 27444 sin perjuicio de los responsables civiles y penales que hubiera lugar.