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    ESCUELA DE SUBOFICIALES DE LA

    POLICA NACIONAL DEL PER

    SLABO DESARROLLADO DE LAASIGNATURA:

    MANUAL DE RGIMEN DE EDUCACINDE LAS ESCUELAS DE FORMACIN DELA POLICA NACIONAL DEL PER.

    DIRIGIDO A LOS CADETES DEL

    SEGUNDO AO DE LA EO PNP

    COORDINADOR: MY. PNP (r) LUIS SIGIFREDOUCEDA HUALLANCA

    NOV 2012

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    MANUAL DE RGIMEN DE EDUCACIN DE LASESCUELAS DE FORMACIN DE LA POLICA

    NACIONAL DEL PERI UNIDAD

    (Captulo I)

    GENERALIDADES

    PRIMERA SEMANA

    Primera Sesin: Finalidad, contenido, Alcance y Marco legal del Manual.

    A. FINALIDAD

    Establecer normas y procedimientos de gestin acadmica yadministrativa, que aseguren el logro eficiente de los objetivoseducativos de las Escuelas de Formacin de la Polica Nacional delPer, en concordancia con la legislacin vigente y la poltica educativainstitucional.

    B. CONTENIDO

    Contiene disposiciones especficas que regulan los RegmenesAcadmico, Disciplinario y Administrativo de las Escuelas de Formacinde la Polica Nacional del Per.

    C. ALCANCE

    Es aplicable a los rganos y personal que integran las Escuelas deFormacin de la PNP.

    D. MARCO LEGAL

    1. Constitucin Poltica del Per.2. Ley General de Educacin, Ley N 28044 de 29JUL2003.

    3. Ley de la Polica Nacional del Per, Ley N 27238 de 21DIC99,modificatorias y, su Reglamento (DS N 008-2000-IN de 4OCT2000).

    4. Ley Universitaria, Ley N. 23733 de 09DIC83 y modificatorias.

    5. Ley de Rgimen Disciplinario de la PNP, Ley N 29356.

    6. Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444 de10ABR2001 y modificatorias.

    7. Reglamento de las Escuelas e Institutos de Educacin Superior,Decreto Supremo N. 007-83-ED de 12ENE83.

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    12. Cdigo de tica Profesional PNP, Resolucin Suprema N 0140-89-IN / DM de 30JUN89.

    16. Resolucin que autoriza la procedencia de la inscripcin del GradoAcadmico de Bachiller y el Ttulo Acadmico Profesional otorgadopor la Escuela de la PNP, Resolucin N 326-2004-ANR del02JUN2004.

    II UNIDAD(Captulo II)

    PRINCIPIOS DOCTRINARIOS

    Segunda Sesin: Principios Doctrinarios y Normas Educativas del Rgimende Educacin.

    El Rgimen de Educacin de la PNP se basa en los siguientes principios:

    A. El Sistema Educativo de la Polica Nacional del Per es el conjunto deelementos interdependientes: institucionales, humanos, cientficos,tecnolgicos y administrativos que participan en los procesos deformacin, capacitacin, especializacin, perfeccionamiento einvestigacin cientfica del personal policial, orientados hacia laoptimizacin de la carrera Policial en todos los grados y jerarquas, para

    responder eficazmente a los requerimientos de la sociedad y del Estado.El Sistema Educativo de la Polica Nacional del Per es de niveluniversitario y tcnico. Se rige por la Ley de la PNP as como por la LeyGeneral de Educacin y Ley Universitaria en concordancia con normasespecficas del Sector Educacin e Institucional PNP.

    B. Contribuir al desarrollo cientfico tecnolgico del pas y de la PNP, alafianzamiento de los valores ticos, al fortalecimiento de la IdentidadNacional y a la consolidacin de la Cultura Organizacional de la PNP.

    C. Bsqueda de la verdad, afirmacin de los valores y principios ticos al

    servicio de la comunidad.

    D. Primaca de la capacidad analtica, innovadora y creativa que propendaal aprendizaje interactuante, vivencial y multidisciplinario.

    E. Promocin de estilos de vida, patrones de creencias, valores ycomportamientos orientados a la cultura de paz.

    F. Consolidacin de la excelencia y calidad institucional basada en lainformacin y capacitacin permanente de sus integrantes.

    G. Formacin tica y deontolgica en armona con la preparacin cientfico-humanstica.

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    H. Educacin intercultural, desde una perspectiva global basada en lacultura participativa, el trabajo en equipo, el respeto y la solidaridad.

    I. Participacin activa en el desarrollo de la cultura organizacional de laPNP para fortalecer la identidad nacional.

    (Captulo III)

    NORMAS EDUCATIVAS

    A. La actividad de las Escuelas de Formacin est orientada y normada porla Constitucin, las Leyes, los Reglamentos, Manuales, Directivas y otrasdisposiciones de Comando, que son de conocimiento obligatorio de

    quienes prestan servicios en estas Unidades.

    B. La moral y disciplina del personal de las Escuelas de Formacin paralograr servicio ptimo, se basa en la correcta observacin de lasresponsabilidades y atribuciones que tiene cada miembro PNP, deacuerdo a su categora, jerarqua y grado.

    C. La comunicacin fluida y el dilogo permanente con todo el personal ensus diferentes escalones y reas, es va de perfeccionamientoprofesional.

    D. La instruccin privilegia los aspectos de dignidad y derechos humanosde las personas, en observancia del Cdigo de Conducta paraFuncionarios encargados de hacer cumplir la Ley, el Cdigo de ticaProfesional y disposiciones del Comando Institucional.

    E. El proceso educativo desarrolla permanentemente la investigacincientfica y tecnolgica, segn la realidad educativa policial y losadelantos de la educacin contempornea.

    F. Las Escuelas de Formacin de Polica deben:

    1. Propender que el futuro Polica se enmarque en los criterios decalidad, competitividad, proactividad y asertividad.

    2. Potenciar la educacin en valores para garantizar la consolidacin dela conciencia tico-moral.

    3. Promover la enseanza basada en el respeto de los DerechosHumanos, a la Constitucin Poltica, a las leyes y al sistemademocrtico.

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    III UNIDADSEGUNDA SEMANA

    (Captulo IV)

    RGIMEN ACADMICOPrimera sesin: Rgimen acadmico, concepto y finalidad.- Plancurricular, concepto, competencia y procedimiento.

    A. Rgimen Acadmico

    1. Concepto: Conjunto de normas y procedimientos acadmicos quecaracterizan el quehacer educacional de las Escuelas de Formacin

    PNP.

    2. Finalidad: Optimizar los procesos de planificacin, organizacin,direccin, supervisin, evaluacin y control de la gestin acadmicade las Escuelas de Formacin de la PNP.

    B. Plan Curricular

    1. Concepto: Instrumento tcnico pedaggico que contiene la visin,misin, objetivos estratgicos, estructura curricular, mallascurriculares, plan de estudio y slabo de los procesos acadmicos

    que gerencia las Escuelas de Formacin de la PNP, enmarcados enlos principios de la teora curricular.

    2. Competencia: Son formulados en las Escuelas de Formacin,teniendo como base el Plan Curricular General elaborado por laSubdireccin Acadmica de la DIREDUD-PNP.

    3. Procedimiento: Contiene los siguientes siete (07) aspectos:

    a. FILOSOFIA INSTITUCIONALDonde se incluye el Perfil Profesional del Oficial o Suboficial PNP

    b. EL PLAN CURRICULAR

    c. PROCESO EDUCATIVO DE LAS EE FF PNP

    Se debe considerar las siguientes Metas Educativas:

    1) Proceso de Formacin Profesional.2) Acreditacin Acadmica.3) AcadmicoProfesional.4) Formacin General.5) Formacin Profesional Policial.

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    d. ORGANIZACIN DEL PROCESO EDUCATIVOe. ASPECTO ACADMICO

    1) Estructura Curricular

    2) El Plan de Estudios3) Slabos4) Rgimen de Estudios5) Rgimen del Personal Docente6) Sistema de Evaluacin7) Proceso de Supervisin

    f. ASPECTO ADMINISTRATIVO1) Infraestructura2) Recursos Humanos3) Medios y Materiales Educativos

    g. RESPONSABILIDAD1) El Plan curricular ser aprobado para cada proceso educativo

    por la DIREDUD, mediante Resolucin Directoral. Sonevaluados al final de cada semestre acadmico.

    2) El currculo de Estudios es organizado en Ejes Curriculares,reas Cognoscitivas, reas Educativas y Asignaturasenmarcndose en el Sistema de Crdito que se emplea en laEducacin Universitaria, cuya equivalencia es: 1 hora terica(semanal)=1 crdito. 2 horas prcticas(semanal) = 1 crdito.

    3) El Currculo de Estudio de la EO PNP ser calendarizado enAos, Semestres y/o Periodos Acadmicos, segn Programasy Modalidades de ingreso:

    a) Modalidad regular, reciben educacin durante CINCO (5)aos o DIEZ (10) Semestres Acadmicos, divididos en lasetapas de Formacin General (I al IV Semestre) y deFormacin Profesional (V al X Semestre), otorgndosele elDespacho de Alfrez PNP y el grado acadmico deBachiller en Administracin y Ciencias Policiales.

    b) Modalidad Egresados Universitarios, reciben EducacinComplementaria durante CUATRO (4) Semestres o DOS(2) aos, otorgndosele el Despacho de Alfrez PNP.

    c) Modalidad de Estudiantes Universitarios del VI Ciclo oTercer Ao aprobado, reciben educacin durante unperodo de SEIS (6) semestres acadmicos o TRES (3)aos, otorgndosele el Despacho de Alfrez PNP.

    4) Los cadetes o alumnos que se reincorporen por resolucin

    judicial o resolucin administrativa lo harn en el semestre enel cual hayan interrumpido su periodo de formacin policial,

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    siendo requisito indispensable que sean sometidos a unexamen fsico y mdico para determinar su aptitud mdica yfsica.

    5) Estos tendrn la oportunidad de reincorporarse al semestreque les corresponde en caso de no haber acabadosatisfactoriamente el mismo, para lo cual se le otorgara 30das desde la fecha de incorporacin para la rendicin deexmenes extraordinarios previa entrega de slabos ycronograma respectivo formulndose el acta respectiva ocaso contrario previa solicitud escrita con firma legalizadanotarialmente pedir su reincorporacin al ao siguiente alsemestre en que se suspendi su periodo de formacin.

    6) En caso de resultar desaprobado hasta en dos asignaturassern sometidos a un examen sustitutorio en el plazo de 7das, de resultar desaprobados en una asignatura luego derendir el examen sustitutorio, sern separados de la EO-PNPo ETS-PNP por DEFICIENCIA ACADEMICA.

    7) Aquellos cadetes o alumnos que al rendir los Exmenesparciales hayan resultado desaprobados en UNA asignatura,sern sometidos a un Ciclo de Reforzamiento Acadmicodirigido a que estos se dediquen a estudiar y afianzar susconocimientos en la asignatura cuyo rendimiento es BAJO,

    (BRAC) a realizarse los das sbados de 14:00 a 18:00 bajo lasupervisin y control del Servicio de Da.

    8) Aquellos cadetes o alumnos que al rendir los Exmenesparciales hayan resultado desaprobados en DOS o msasignaturas, sern sometidos a un Ciclo de ReforzamientoAcadmico dirigido a que estos se dediquen a estudiar yafianzar sus conocimientos en las asignaturas cuyorendimiento es DEFICIENTE, (DRAC) a realizarse los dassbados de 14:00 a 18:00 y los Domingos de 08:00 a 12:00bajo la supervisin y control del Servicio de Da.

    9) Es obligacin de la cadete y alumna que resultaseembarazada durante el proceso de formacin, informar de suestado de gestacin a la Escuela respectiva, quedando sujetaal procedimiento especial de suspensin de actividadesacadmicas.

    10) Verificado el estado de gestacin mediante Informe Mdicode la Sanidad PNP, la Escuela expedir la respectiva Ordende Suspensin de Actividades Acadmicas en formainmediata.

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    11) La Orden de Suspensin de Actividades Acadmicas tendrvigencia no mayor de 2 aos, la que se emitir por periodos:1er. periodo 1 ao, 2do. periodo 6 meses y 3er. Periodo 6

    meses, debiendo la Direccin de la Escuela respectiva emitirResolucin Directoral regularizando su situacinadministrativa.

    12) Expedida la Orden de Suspensin de ActividadesAcadmicas, la Cadete o Alumna ser entregada a su padre oapoderado, formulndose con carcter regular las Actassiguientes: Recepcin de prendas policiales, armamento,municin, enseres, documentacin, entrega de la Cadete oAlumna y otras que fueran necesarias.

    13) Encontrndose en proceso de suspensin de actividadesacadmicas, la cadete o alumna continua sujeta a lasdisposiciones del rgimen administrativo y disciplinario de laEscuela de Formacin, teniendo la obligacin de pasar Listade Revista Mensual los primeros das de cada mes, requisitonecesario para el abono de su propina, sin perjuicio deefectuar la investigacin necesaria al respecto.

    14) Verificado el cumplimiento del periodo de suspensin deactividades acadmicas, la cadete o alumna podr solicitarpor escrito su reincorporacin a la respectiva Escuela de

    Formacin, sometindose previamente a las siguientesevaluaciones en forma satisfactoria: aptitud mdica,psicolgica, aptitud fsica y aptitud acadmica.

    15) El plazo mximo para solicitar la reincorporacin a larespectiva Escuela de Formacin es de siete (07) dasnaturales improrrogables. Si dentro del referido plazo lacadete o alumna no solicita su reincorporacin, se le renovarautomticamente un nuevo periodo de suspensin deactividades acadmicas; salvo que se tratare del ltimoperiodo, en cuyo supuesto ser separada definitivamente de

    la respectiva Escuela de Formacin, entendindose dichaseparacin a su solicitud.

    16) Cumplido el plazo y aprobadas las evaluaciones antesindicadas, la cadete o alumna podr ser reincorporada a larespectiva Escuela de Formacin, asumiendo los gastos queirrogue su proceso de formacin, suscribindose eldocumento contractual correspondiente. Ser reincorporada alSemestre Acadmico en el que interrumpi su proceso deformacin, incluyndola en la nueva promocin que cursadicho semestre acadmico.

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    C. PERIODO DE ADAPTACIN

    Segunda sesin: Periodo de adaptacin. Concepto, competencia y

    procedimiento.1. Concepto

    Periodo en el que se proporciona al Cadete o Alumno de recienteingreso, informacin y conocimientos bsicos sobre los RegmenesAcadmico, Disciplinario y Administrativo de la respectiva Escuela,inherentes al inicio de su Proceso de Formacin Policial, mediante eldesarrollo de un conjunto de actividades de instruccin, psicolgicas,axiolgicas y deportivas, que permitan facilitarles la adecuacin a sunuevo Status, a travs del desarrollo de sentimientos de pertenenciae identificacin institucional. Tiene una duracin de (30) das paraCadetes y Alumnos.

    2. CompetenciaLas subdirecciones Acadmicas de cada Escuela, son lasencargadas de dar cumplimiento al Plan de adaptacin que elaborela Subdireccin Acadmica de la DIREDUD-PNP el cual deberestar concordado con las diferentes tareas y aspectos precisados enel numeral 3 literal b del siguiente tem.

    3. Procedimientoa. Las Subdireccin Acadmica de la EO PNP y las ETS PNP a nivel

    nacional ejecutaran el Plan de Adaptacin considerando losaspectos necesarios sobre el funcionamiento de la Escuela y laadaptacin psicolgica al Rgimen Interno de las Escuelas deFormacin PNP.

    b. Para el desarrollo de los diferentes aspectos de instruccin, losCadetes o Alumnos PNP cumplirn diferentes tareas:

    1) Instruccin Policial.- A cargo del Jefe de Regimiento deCadetes o Alumnos PNP, el jefe de compaa y monitoresde las diferentes secciones, los que debern realizar las

    labores de enseanza referente a los aspectos demovimientos a pie firme, marcha, presentacin y otros.

    2) Adaptacin Psicolgica.- A cargo del Jefe delDepartamento Psicopedaggico y/o Hospital SPNP y/o laPosta Mdica de Salud del lugar de las ETS-PNP, encoordinacin con personal profesional policial de laespecialidad, los mismos que debern ofrecer charlas deorientacin psicolgica, moralidad, comportamiento y otros.

    3) Motivacin Institucional.-A cargo del Jefe de Regimiento

    de Cadetes o Alumnos PNP, quien brindar charlas de

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    voluntad, entusiasmo, mstica institucional conforme anuestro lema DIOS - PATRIA - LEY.

    4) Historia de la PNP.- A cargo de la SubdireccinAcadmica de la EO-PNP o ETS-PNP, que permitir a losCadetes o Alumnos PNP internalizar y conocer el pasado,presente y futuro de nuestra institucin; conllevndoles aconsolidar su vocacin profesional policial.

    5) Manual de Rgimen de Educacin.- A cargo de la SubDireccin Acadmica de la EO-PNP o ETS-PNP, el mismoque orientara a los Cadetes o Alumnos PNP sobre tpicosrelacionados al rgimen acadmico, disciplinario yadministrativo.

    6) Formacin Moral y Espiritual.- A cargo del Jefe deAdministracin EO o ETS, quien coordinara con el capellnde la PNP y/o con el Prroco del distrito donde estubicado las ETS PNP, a fin de que impartan charlas yorganicen reuniones espirituales (misas) con los Cadetes oAlumnos del Centro de Formacin.

    7) Charlas Referentes a Sexualidad, enfermedades infectocontagiosas, higiene y salud.- A cargo del personal delpoliclnico o Posta Mdica de Salud PNP, quien coordinara

    con personal especializado, mdicos del Hospital CentralPNP o Centros de Salud segn ubicacin de los Centros deFormacin PNP.

    8) Mtodos y Tcnicas de Estudio.- A cargo de losDepartamentos Psicopedaggicos de los Centros deFormacin PNP, quien deber orientar sobre los aspectosy/o lineamientos que rigen el buen rendimiento acadmicodel Alumno Polica.

    9) Actividades Deportivas y Recreativas.- A cargo del Jefe

    de los Departamentos de Educacin Fsica, Deportes yRecreacin de los Centros de Formacin PNP, quiendeber orientar al Cadete o Alumno, sobre aspectos deejercitacin psicofsico, conocimientos de las estructuracorporal, participacin en actividades recreativas,deportivas y de esparcimiento.

    c. Durante este periodo los Cadetes o Alumnos que incurran eninfracciones disciplinarias establecidas en el presenteManual, no sern objeto de descuento para el cmputo de suconducta.

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    TERCERA SEMANA(ENTREGA TEMAS ELABOR.TRAB.APLIC.PORGRUPOS (TAG)

    D. SISTEMA DE EVALUACIN

    Primera sesin: Sistema de Evaluacin; Concepto, Competencia,Procedimiento y Evaluacin del aprendizaje.

    1. ConceptoProceso sistemtico que realizan las EEFF PNP, es de carcterintegral y se orienta a garantizar la calidad de la enseanza ascomo el logro de los objetivos educativos.

    2. Competencia

    La sub. Direccin Acadmica de cada Escuela, a travs delDepartamento de Supervisin y Evaluacin Acadmica adoptar lasacciones necesarias para organizar y ejecutar la evaluacin de losprocesos.

    3. Procedimiento

    a. La Evaluacin del rendimiento acadmico de los Cadetes yAlumnos ser permanente e integral, conforme a laprogramacin del desarrollo de los slabos, los lineamientosmetodolgicos establecidos en ellos y a las normas acadmico

    administrativas expresadas en el presente Manual, adoptndoselas decisiones competentes para los casos de falencias tcnico -pedaggicas. Comprende los siguientes aspectos:

    1) Evaluacin del aprendizaje.2) Evaluacin de competencias.3) Evaluacin de actitudes, habilidades y destrezas.4) Evaluacin de asistencia y puntualidad.

    4. Evaluacin del aprendizajea. En caso que en algunos exmenes parciales o finales de

    cualquier asignatura resulten desaprobados el 50% o ms deCadetes o Alumnos de una Seccin, la SDIACA dispondr setome otra prueba, quedando anulada la anterior.

    b. Para la obtencin del Promedio Final de Asignatura, se multiplicael promedio parcial de cada factor evaluado por su coeficiente ysu sumatoria se divide entre DIEZ (10). La Intervencin Oral tiene coeficiente UNO (1) Trabajo Aplicativo DOS (2) Examen Parcial TRES (3) Examen Final semestre (SDIACA), coeficiente CUATRO (4).

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    c. El Cadete o Alumno desaprobado hasta en DOS (2) asignaturasen un semestre acadmico, deber rendir Examen Sustitutorio enun plazo no mayor de SIETE (7) das, de haber sido notificado. El

    que resulte desaprobado en TRES (3) o ms asignaturas serseparado de la Escuela de Formacin por DEFICIENCIAACADEMICA.

    d. En caso que el Cadete o Alumno resultara desaprobado en una(1) asignatura, luego de rendir el examen sustitutorio, sersometido al Consejo Acadmico y separado de la Escuela deFormacin por DEFICIENCIA ACADEMICA. No se consideranlas asignaturas desaprobadas que se dictan a travs deconvenios con otras instituciones educativas.

    e. El resultado de los exmenes sustitutorios se consignar en actaaparte. La nota del examen sustitutorio slo reemplazar a laNota del EXAMEN FINAL de la Asignatura desaprobada. Sidespus de realizado el procedimiento para obtener el promediofinal que resulta de la sumatoria de los calificaciones obtenidasen el Examen Sustitutorio, promedio de los exmenes parciales,trabajo aplicativo y Paso Oral, este resulte desaprobatorio, seelevar el Informe respectivo de la SDIACA, debiendo el Directorde Escuela someter a dicho cadete o alumno a ConsejoAcadmico como paso previo para su Separacin de la Escuelade Formacin por DEFICIENCIA ACADEMICA. Queda

    terminantemente prohibido la realizacin de cualquier tipo deexamen extraordinario de evaluacin luego del Examensustitutorio ya que se afecta la calidad y excelencia acadmicaque debe caracterizar el proceso de formacin del futuro Polica.En caso el cadete o alumno aprobase la asignatura luego derendir el examen sustitutorio, se le consignar comoPromedio Final la Nota ONCE (11).

    f. El resultado de los exmenes sustitutorios de la Asignatura deEducacin Fsica se consignar en acta aparte. La nota delexamen sustitutorio slo reemplazar a la Nota del EXAMEN

    FINAL de la Asignatura desaprobada. Si despus de realizado elprocedimiento para obtener el promedio final que resulta de lasumatoria de los calificaciones obtenidas en el ExamenSustitutorio, promedio de los exmenes parciales, este resultedesaprobatorio, se elevar el Informe respectivo de la SDIACA,debiendo el Director de Escuela someter a dicho cadete oalumno a Consejo Acadmico como paso previo para suSeparacin de la Escuela de Formacin por DEFICIENCIAACADEMICA.

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    g. El Promedio General se calcular en concordancia con lasdisposiciones establecidas en el presente Manual, conforme seprecisa :PEP (3) + PO (1) + TA (2) +EF (4) ,

    10Debiendo entenderse a: PEP (Promedio de Exmenes Parciales),PO (Paso Oral), TA (Trabajo de Investigacin Monogrfica), EF(Examen Final)

    h. Los Cadetes o Alumnos que se encuentren en comisin delservicio o de permiso debidamente justificado y no rindan algnexamen, al reincorporarse se les notificar y podrn rendirexmenes de rezagados en un plazo no mayor de SIETE (7)das. Si el examen de rezagados corresponde al Examen Finalde Semestre, tienen la opcin de rendir un examen sustitutorio,

    en caso de resultar desaprobados, sujetndose a las mismasprescripciones antes detalladas.

    i. Los Cadetes o Alumnos que por enfermedad o lesin,debidamente justificado con Informe Mdico de la Junta deSanidad PNP se encuentren impedidos de rendir exmenes, altrmino del semestre, tendrn un plazo mximo de treinta (30)das, para rendir dichos exmenes y en caso de no rendirlos oresultar desaprobados, sern sometidos al Consejo Acadmico,aplicndoseles lo prescrito en el presente manual.

    j. Aquellos cadetes o alumnos que transcurridos los (30) das definalizado el semestre y no puedan rendir los exmenes porprescripcin mdica debern ser sometidos a Junta Mdica deSanidad para determinarse su APTITUD y su inclusin en la LeyNo. 12633 de ser pertinente.

    k. Los Cadetes o Alumnos deben estar informados sobre surendimiento en las distintas asignaturas con sus respectivaspruebas de evaluacin, las cuales firmarn y devolvern a losDocentes correspondientes, pudiendo formular reclamo dentro delas 24 horas siguientes, pasado ese tiempo devendr enEXTEMPORANEO.

    l. Los Cadetes o Alumnos que registren ms del 10% deinasistencia a clases tericas y/o prcticas en cada semestreen tres o ms asignaturas, por causas injustificadas, notendrn derecho a ningn tipo de evaluacin, siendoconsiderados como desaprobados en la asignaturacorrespondiente y sern separados de la Escuela porDEFICIENCIA ACADMICA.

    m. El Cadete o Alumno que resulte desaprobado en programaseducativos que administran entidades de nivel superior con las

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    que la PNP registran convenios sern separadosautomticamente de dicho programa correspondiendo revertir lainversin recibida.

    E. DISPOSICIONES ESPECFICAS

    Segunda sesin: Del Factor Rendimiento Acadmico; aplicacin de losCriterios de Evaluacin, TAI, TAG y Nota final de la asignatura.-Educacin Fsica.- Factor comportamiento y asistencia.

    1. Del Factor Rendimiento Acadmico: Aplicacin de los Criteriosde Evaluacin

    a. Trabajo Aplicativo Individual (TAI)

    1) Es la asignacin de tareas de naturaleza analtica, crtica,reflexiva y de investigacin, relacionadas con temas delSlabo de la asignatura correspondiente y que por suimportancia y trascendencia se hace necesario que losCadetes o alumnos amplen sus conocimientos medianteuna investigacin bibliogrfica que permita un adecuadoanlisis crtico, o aplicacin de la Teora a la prctica deacuerdo a la naturaleza de la asignatura y trascendencia eimportancia en la profesin policial.

    2) El TAI ser de aplicacin obligatoria para todos los cadetes o

    alumnos, ser desarrollado en forma personal y lo asignarel docente los primeros das de clases a travs de laInstruccin Acadmica.

    3) La entrega y presentacin ser de acuerdo a lasformalidades propuestas por la SDIACA quien determinarlos criterios estructurales y tcnicos que el caso requiera.

    4) Ser evaluado por el Docente y devuelto al SDIACA, para elregistro correspondiente, el plazo para su entrega ser antesde los Exmenes Parciales y se har por duplicado (original

    para la SDIACA y la copia para su devolucin al cadete y/oalumno) cada participante debe tener obligatoriamente estanota durante el semestre acadmico. Su calificacin ser deCERO (00.00) a VEINTE (20.00).

    b. Trabajo Aplicativo Grupal (TAG)1) El TAG por la amplitud y profundidad del tema a desarrollar

    deber estar orientado a apreciar la capacidad deinvestigacin analtico-crtica y la habilidad que tiene elcadete o alumno para aplicar sus conocimientos, planteandoalternativas de solucin a la problemtica policial, desde la

    perspectiva misma de la asignatura, el cual ser expuestopor los integrantes del grupo en el aula.

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    2) El tema ser asignado por cada docente, los primeros dasde clases a travs de la respectiva Instruccin Acadmica,

    considerando que los contenidos de los trabajos grupales,deber reunir los requisitos de originalidad, objetividad,profundidad y trascendencia institucional.

    3) Los trabajos se desarrollarn en grupo, debiendopreviamente los cadetes o alumnos se organizaran enEquipos de Trabajo integrados por cinco o seis participantesen forma proporcional.

    4) La evaluacin de estos trabajos aplicativos se efectuar conla elaboracin del trabajo en forma grupal y la sustentacin

    del estudiante en forma individual.5) Para la nota de elaboracin del trabajo en forma grupal, se

    aplicar el aspecto formal de la presentacin y el contenidoindicado por el docente.

    6) El cadete y/o alumno que no cumpla con entregar en elplazo fijado se le aplicar la nota CERO (00.00) para lo cuallos docentes informarn por escrito al departamento deEvaluacin y Supervisin Acadmica-SDIACA sobre loscadetes o alumnos que no cumplan con entregar dichos

    trabajos para adopcin de dicha medida, previa formulacindel acta respectiva.

    c. A los cadetes o alumnos que incurran en irregularidades duranteel desarrollo de los exmenes parciales o de fin de semestre(Ejemplo: copiando, conversando o dejando que copien de suprueba etc.) se les impondr la nota CERO (00.00) sin perjuiciode adoptarse las medidas disciplinarias, previa formulacin delas Actas respetivas.

    d. Nota final de la asignatura

    La nota final de cada asignatura, estar dada por el promedioaritmtico de las intervenciones orales, exmenes escritos yTrabajos Aplicativos; sujetos al coeficiente, que a continuacinse detalla:1) Intervencin oral : 012) Examen Parcial : 033) Trabajos Aplicativos : 024) Examen Final de Semestre: 04Salvo en la Asignatura de Educacin Fsica en que debido a sunaturaleza eminentemente prctica no se considera ni existencomo criterios ni factores de evaluacin el PASO ORAL ni los

    TRABAJOS APLICATIVOS INDIVIDUALES NI GRUPALES, en

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    concordancia con las sumillas y objetivos previstos por alcanzaren los slabos de dicha asignatura.

    2. Educacin Fsicaa. La Divisin Acadmica, determinar que el cadete y/o alumno que

    por prescripcin mdica se encuentre impedido fsicamente derealizar la prueba de esfuerzo fsico, ser notificado al final delsemestre otorgndole 30 das hbiles al trmino del semestrepara que rinda sus exmenes en caso de no rendir la pruebaestando APTO FISICAMENTE previo Informe Mdico de SanidadPNP se le aplicara la NOTA DE CERO 00.00 mediante actarespectiva sin perjuicio de ser sometido a Consejo Acadmico. Encaso de no poder rendir dicho examen pese habrsele concedido

    los 30 das hbiles al trmino del semestre el cadete o alumnoser sometido a la Junta Mdica de Sanidad para determinarseen forma indubitable su APTITUD o NO y de ser el caso incluirloen la Ley Nro. 12633 o aplicar el procedimiento que corresponda.

    b. En caso que por razones debidamente justificadas el cadete oalumno no asista a rendir prueba de esfuerzo fsico, la SDIACAprogramar una nueva fecha y nombrar la comisin desupervisin y control de la prueba, en caso que el cadete oalumno no se presentase a rendir su prueba en forma injustificadasegn Informe del Regimiento de Cadetes o Alumnos, se har

    merecedor a la NOTA DE CERO (00.00), formulndose el actarespectiva.

    3. Factor comportamiento y asistenciaa.Al iniciar el ao Acadmico, al cadete o alumno se le asigna

    VEINTE (20) puntos, descontndose cada vez que infrinja lasnormas que establece la Tabla Valorativa consignada en elpresente Manual en concordancia con la Ley de RgimenDisciplinario de la PNP Nro. 29356.

    b. En caso que un cadete o alumno registre una nota deComportamiento y asistencia (conducta) por debajo deTRECE (13) ser sometido al Consejo Disciplinario yseparado definitivamente por infraccin disciplinaria,conforme lo establece el art. 80 numeral 28 de la Ley Nro.29356- Rgimen disciplinario de la PNP.

    c. Cuando el cadete o alumno haya cometido una infraccin grave omuy grave, la Seccin de Moral y disciplina del Regimiento deCadetes o Alumnos instruir la investigacin administrativadisciplinaria y con el IAD correspondiente se someter aconsideracin del Consejo Disciplinario en el plazo de ley y emitirsu pronunciamiento respecto a las medidas a adoptarse.

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    CUARTA SEMANA

    F. DISPOSICIONES DE COORDINACIN

    Primera sesin: Disposiciones de coordinacin, resultado de exmenes yreclamos.- Inasistencia a exmenes.- cuadro de mritos.

    1. Resultado de exmenes y reclamosa. El cadete y/o alumno que no estuviese conforme con su nota

    obtenida, presentar al Dpto. de Evaluacin y SupervisinAcadmicaSDIACA, la Hoja de Reclamo dentro de las 24 horasde haber tenido conocimiento, la misma que ser presentada,debidamente sustentada y/o fundamentada, especificando lapregunta o preguntas motivo del reclamo que justifique surevisin para una nueva calificacin, las Hojas de Reclamopresentadas despus del tiempo antes sealado serndeclaradas improcedentes por extemporneas.

    b. El SDIACA, tramitar dicho reclamo entregndolo al docente ensobre cerrado, a fin que dentro de las 24 hrs. como mximoproceda a absolverla. En caso sea absuelto favorablemente odesfavorablemente, se proceder a la rectificacin o no de lanota, para cuyo efecto en la Hoja de Reclamo de puo y letra deldocente, se especificar la nota final en forma numrica y enletras; adicionalmente, en la prueba motivo de reclamo, secolocar la nueva nota numricamente y en letras, firmando alcostado el docente en seal de conformidad de dicho acto.

    c. El resultado de los reclamos se har conocer a los Cadetes y/oAlumnos quienes firmarn el enterado correspondiente de su notaconsignando su firma, post firma, impresin digital y fecha denotificacin, la decisin del docente quedar firme, respetndosesu autonoma, idoneidad, criterio y libertad de ctedra.

    d. A los Cadetes y/o Alumnos que incurran en irregularidadesdurante el desarrollo de los exmenes (Ejemplo: copiando,conversando o dejando que copien de su prueba) se les impondrla nota de CERO (00.00) sin perjuicio de adoptarse las medidasdisciplinarias correspondientes.

    2. Inasistencia a los exmenesa. El Cadete y/o Alumno que por algn motivo justificado

    (enfermedad u otra causa de fuerza mayor) deje de rendir alguna

    prueba (Examen Parcial o Examen Final) mediante solicitudformulada dentro de las 24 hrs. y dirigida al SDIACA, tramitada

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    por la Jefatura de Regimiento, solicitar ser evaluado por losmotivos de su inasistencia y/o adjuntando los documentosprobatorios sobre el particular.

    b. El Jefe de Regimiento determinar la veracidad de los hechos yhar conocer a la SDIACA, para que en coordinacin con eldocente de la asignatura se formule y establezca fecha y hora delexamen.

    c. Cuando la causal es injustificada y/o la solicitud de evaluacin sepresenta fuera del plazo fijado, previa opinin del SDIACA, nohabr reprogramacin de evaluacin, imponiendo la SDIACA eneste caso la nota CERO (00.00), previa formulacin del Actarespectiva.

    3. Cuadro de mritoa. En la formulacin del Cuadro de Meritos se tendr en cuenta el

    promedio aritmtico de las notas obtenidas en cada uno de losfactores de evaluacin, cuya resultante tendr los coeficientessiguientes:1) Factor Rendimiento Acadmico : (5)2) Factor Comportamiento y Asistencia : (2)

    b. El promedio general estar constituido por la sumatoria delpuntaje final de los factores de evaluacin dividido entre siete.

    G. PRCTICAS PRE PROFESIONALES. DESPACHOS, GRADOS YTTULOS. EL CONSEJO ACADMICO

    Segunda sesin: Prcticas pre profesionales, concepto y procedimiento.-Despachos, grados y Ttulos.- Consejo Acadmico, concepto yprocedimiento.

    1. Prcticas pre profesionales

    a. ConceptoEtapa del proceso de formacin del Cadete o Alumno, que se

    realiza con el objetivo de afianzar los conocimientos tericosimpartidos durante su proceso de formacin sobre los diferentesservicios que presta la institucin, conociendo en la prctica losprocedimientos operativos y administrativos, consolidando suformacin profesional como futuros Oficiales y Suboficiales PNP.

    b. ProcedimientosEl proceso de evaluacin de las prcticas se considerar:

    1) Evaluacin de la Unidad de Prcticas, que deber evaluar enel discente lo siguiente:

    a) Aspecto actitudinalb) Creatividad e iniciativa

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    c) Organizacin e inters para el trabajod) Capacidad de desempeo

    2) La Nota Final de la Practica Pre Profesional, es el promedio

    aritmtico de las Notas de: la Hoja de Evaluacin Quincenal yCalificacin formulada por el Oficial Instructor, Fichas deevaluacin calificada por el Oficial Instructor de la Escuelarespectiva y el Informe de Prcticas presentado por el cadeteo alumno sea en forma individual o en equipos, dividido entreTRES (3).

    3) Las Prcticas Pre Profesionales son irrecuperables eirreemplazables. Los discentes que desaprueban en elpromedio final de stas, sern separados definitivamentepor Deficiencia Acadmica.

    2. Despachos, grados y ttulosa. Despachos

    1) El Cadete, al concluir satisfactoriamente los estudios en laEO-PNP, se le otorgar a nombre de la Nacin, el Despachode Alfrez de la Polica Nacional, firmado por el Presidente dela Repblica y refrendado por el Ministro del Interior, medianteResolucin Suprema.

    2) El Alumno, al concluir satisfactoriamente los estudios en las

    Escuelas Tcnico Superiores PNP, se le otorgar a nombrede la Nacin, el Despacho de Suboficial de Tercera de laPNP, firmado por el Director General y refrendado por elDirector de Recursos Humanos, mediante ResolucinDirectoral.

    b. GradosLa EO PNP otorga a sus egresados, en nombre de la Nacin, elGrado Acadmico de Bachiller en Administracin y CienciasPoliciales al concluir los estudios del Programa Educativo,respectivo.

    Para el caso de Oficiales por Acceso Directo contemplado en elReglamento de la Ley de la PNP, el Grado Acadmico deBachiller en Administracin y Ciencias Policiales podr serobtenido previa convalidacin o complementacin de los crditosacadmicos requeridos.

    c. Ttulos1) EO PNP

    Otorga en nombre de la Nacin, Ttulo de Licenciado enAdministracin y Ciencias Policiales, con las formalidadesprevistas en la Ley de la PNP y su Reglamento, as como en

    el Reglamento de Grados y Ttulos de la EO PNP.

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    2) Escuela Tcnico Superior PNP

    Otorgan en nombre de la Nacin, Ttulo de Tcnico enCiencias Administrativas y Policiales, con las formalidadesprevistas en la Ley de la PNP y su Reglamento.

    3. Consejo Acadmicoa. Concepto

    ltima instancia en el aspecto acadmico de las Escuelas deFormacin, est constituido por:PRESIDENTE: Director de la EscuelaVOCAL : Jefe Divisin Acadmica

    VOCAL : Jefe del Regimiento correspondienteSECRETARIO : Secretario de la Direccin de la Escuela.

    b. Procedimiento1) Se renen por convocatoria de su Presidente cuando

    considere necesario adoptar alguna decisin en ltimainstancia relacionada con el aspecto acadmico de Cadetes oAlumnos segn corresponda.

    2) El Jefe de la Divisin Acadmica har una exposicindetallada sobre el caso motivo de la convocatoria y sealar

    los aspectos de ndole normativo existentes al respecto.

    3) Para el efecto de las decisiones slo el Presidente y losVocales tienen voz y voto.

    4) Los fallos que determine el Consejo Acadmico son apelables,ante el Director de la EO PNP.

    5) Cuando el Presidente lo estime conveniente podr disponer laparticipacin de algn otro integrante como Asesor Acadmicoquien tan slo podr opinar sobre aspectos de su competencia

    absolver las preguntas que formulasen los integrantes delConsejo; para las decisiones, carece de voz y voto.

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    IV UNIDAD

    RGIMEN DISCIPLINARIO(Captulo V)

    (SUPERVISIN ACADMICA)QUINTA SEMANA

    Primera Sesin: Rgimen Disciplinario, Concepto, Finalidad, PrincipiosDoctrinarios, Fundamentos Bsicos (bienes jurdicos protegidos).

    A. ConceptoConjunto de normas y procedimientos de carcter disciplinario a los que

    se sujetarn Cadetes y Alumnos de los Centros de Formacin de la PNP.

    FinalidadMantener una elevada moral y disciplina en el comportamiento deCadetes y Alumnos de las Escuelas de Formacin PNP.

    B. Principios Doctrinarios

    1. La Polica Nacional es una institucin que impone a sus miembros sindistincin de grados ni empleos, la ms absoluta sujecin a lospostulados de honor, de bien y del cumplimiento del deber.

    2. El ejercicio de la profesin policial exige el cumplimiento de losdeberes bajo el imperio de la ley y las buenas costumbres, con honor,sacrificio, acendrada vocacin de servicio a la sociedad y el respetoirrestricto a los Derechos Humanos.

    3. La carrera policial requiere vocacin de servicio, patriotismo,abnegacin, honradez, firmeza de carcter, veracidad, valor,obediencia, coraje y compaerismo.

    4. En el ejercicio de sus funciones, el Polica debe ejercer autoridad conel convencimiento de que encarna la majestad de la ley, para ello haruso de la reflexin, el buen juicio y la persuasin.

    5. Un elevado espritu de justicia y probidad sustentados en la verdad yprudencia, deben inspirar el accionar policial.

    6. El mantenimiento y fortalecimiento de la disciplina se logra mediante laeducacin, el mando justo, el buen ejemplo, la permanentedisposicin, y la oportuna administracin de estmulos y sanciones.

    C. Fundamentos BsicosBienes Jurdicos protegidos

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    Los Bienes Jurdicos protegidos del presente manual en concordancia conel art.3 de la Ley N 29356 son: la Disciplina policial, el Servicio policial, laImagen Institucional y la tica policial.

    1. La Disciplina PolicialEs la condicin esencial en la PNP. Se la concibe como elacatamiento consciente de las rdenes de comando y de la normativavigente. Permite al superior exigir y obtener del subordinado laejecucin de las rdenes impartidas y el cumplimiento de los objetivosy deberes policiales.

    2. El Servicio PolicialConjunto de actividades ejecutadas de manera sistmica por los

    diferentes escalones jerrquicos de la PNP, a fin de dar cumplimientoa su objetivo constitucional.

    3. La Imagen InstitucionalEs la representacin, ante la opinin pblica, del accionar de loscomponentes de la PNP. Constituye la base principal de la relacin deconfianza y legitimidad que debe imperar entre la PNP, su personal yla sociedad en general. La imagen institucional se construye sobreuna slida disciplina y un servicio eficiente y oportuno.

    4. La tica Policial.

    Constituye el conjunto de principios y preceptos de carcter moral,orientado por virtudes como la lealtad, dignidad, solidaridad yacendrado patriotismo, cuya observancia permanente garantiza unaconducta honorable a los miembros de la Polica Nacional. Suejercicio genera confianza y respeto en las personas la sociedad, lapatria y la Institucin.

    LA DISCIPLINA POLICIAL

    Segunda Sesin: La Disciplina Policial, Normas que guan su ejecucin,jerarqua, subordinacin, mando.

    1. La Disciplina Policial

    a. Normas que guan su ejecucin1) Es el acatamiento consciente a las normas y disposiciones

    que consagran los deberes profesionales del Polica.2) Constituye un principio fundamental dentro de la PNP, en

    virtud de ella, todo Superior debe obtener respeto yobediencia de sus Subordinados, de conformidad a las

    disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

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    3) Debe ser norma de la PNP y una fuerza que impulsa alcomportamiento y a la actividad correcta y positiva, porque suesencia es el orden, la buena conducta, la obediencia

    consciente, oportuna y eficaz; el respeto, la rectitud y laaceptacin de la responsabilidad de los actos y omisionespropias o de los subordinados.

    4) Se obtiene ms fcilmente, cuando mayor sea el ascendientedel Superior sobre sus Subordinados, por la confianza queinspire su carcter, el buen ejemplo, sus conocimientosprofesionales, su espritu de honestidad, justicia y observanciadel Principio de Autoridad.

    5) Contribuye a mantener la disciplina, la aplicacin desanciones adecuadas y proporcionales a las faltas cometidas,as como el reconocimiento oportuno a todo acto meritorio.

    6) La buena presentacin, el porte y sobre todo la eficiencia y eltino en las intervenciones del Servicio, la buena conductadentro y fuera del Instituto y de manera muy especial ladeferencia recproca entre Superiores y Subordinados,testimonian la formacin profesional, el espritu de cuerpo quecaracterizan la disciplina de la PNP.

    7) La disciplina de los Subordinados es el reflejo de la autoridadde sus Superiores, por consiguiente, disimular las faltas, esincurrir en ellas.

    8) El Polica, cualquiera que sea su jerarqua, tratar a susSubordinados con justicia y equidad, demostrndole todo elinters y consideracin que se merecen. Todo acto, gesto opropsito susceptible de abuso al Subordinado est prohibido.

    9) La carencia de celo en el Superior para corregir lasinfracciones de sus Subordinados, particularmente cuandostos, pertenecen a Unidades diferentes a la de aquel,genera un alto porcentaje de deterioro progresivo de ladisciplina. Por tanto, todo Superior que constata la comisinde una infraccin, est obligado a su correccin, deconformidad a las disposiciones contenidas en este Manual.La omisin de esta obligacin constituye infraccin grave del

    Superior.10) La disciplina se refleja en la forma como el Polica,individualmente o en conjunto, se comporta en su vidapersonal, familiar, profesional y social.

    11) En el medio policial, la prctica constante de la subordinacin,son los signos exteriores de respeto, las normas de cortesa,el tino en la emisin de juicios y ejecucin de acciones, vestiradecuadamente y las prcticas de camaradera, permitenmodelar el espritu de disciplina del polica, proporcionndoleun constante anhelo de perfeccin y un sentido de rectitud.

    12) El Polica no debe olvidar que la disciplina de todos facilita el

    desarrollo y progreso institucional y contribuye a su prestigio,subsistencia, respetabilidad y gran arraigo social. La

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    SEXTA SEMANA

    Primera sesin: Antigedad en el grado, potestad sancionadora del personal

    PNP, responsabilidad en el ejercicio del mando, ordenes, obediencia, Conductoregular, Normas de comportamiento policial.

    e. Antigedad en el gradoLa antigedad se determinar por la ubicacin en el cuadro demrito anual de cada promocin de la EO o ETS, y en caso depersonal de reciente ingreso de conformidad a la respectivaResolucin de alta.

    f. Potestad sancionadora del personal PNPLa potestad sancionadora disciplinaria es inherente al personal de

    Brigadieres y en caso de cadetes o alumnos de mayor antigedadsta se har en base a solicitudes de imposicin de sanciones porinfracciones leves que sern autorizadas por los OficialesInstructores en concordancia con el presente Manual y Ley No.29356.

    g. Responsabilidad en el ejercicio del mandoEl ejercicio del mando implica responsabilidad personal ineludiblepor los actos u omisiones que constituyan infraccin, conforme lodetermina el presente Manual y la Ley No. 29356.

    h. Ordenes1) La funcin de dirigir y mandar se ejercita mediante rdenes.2) Es un mandato externo de la autoridad, que se debe

    obedecer, observar y ejecutar.3) El Superior en grado investido de mando y autoridad tiene la

    facultad para impartir rdenes, dentro de los lmites de sucompetencia establecida por Ley y Reglamentos PNP.

    4) Toda orden que se imparta debe ser lgica, oportuna, clara yprecisa y estar enmarcada dentro de la Constitucin y la Ley;antes de impartirse se reflexionar sobre su contenido paraevitar distorsiones y contra rdenes.

    5) Los subordinados no estn obligados a obedecerrdenes que conduzcan manifiestamente a la comisin deun delito, falta o infraccin administrativa disciplinaria.

    6) Se debe ordenar con seriedad y serenidad. Ordenar lo que nose debe o no puede ser obedecido, es provocar ladesobediencia.

    7) Por regla general se presume la legitimidad y conveniencia detodas las rdenes; sin embargo, el subordinado no estobligado a cumplir aquellas que atenten contra laConstitucin, Leyes y Reglamentos.

    8) Es ilegtima la orden cuando excede los lmites de la

    competencia de quien la da, o quien la recibe no escompetente para cumplirla.

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    9) Las rdenes deben cumplirse en el tiempo, modo y lugarindicado por el Superior.

    10) Cuando al ejecutarla aparecieren circunstancias de fuerza

    mayor que puedan modificar el tiempo, modo y lugar previstopara su ejecucin, su cumplimiento debe ser dilatado omodificado, siempre que no pudiera consultarse al Superior, aquien se le comunicar la decisin tomada tan pronto comosea posible.

    i. Obediencia1) Virtud moral que hace pronta la voluntad para acatar

    conscientemente las leyes, reglamentos y rdenes delSuperior, teniendo presente que para obedecer se necesitaatender, comprender y ejecutar.

    2) Cuando el subordinado recibe una orden, debe comenzar porexaminar cul es el fin que persigue el Superior y cul ser suresultado, a fin de poner en juego la cooperacin que estobligado a prestar en cumplimiento a ella.

    3) Si el subordinado hallase una orden dudosa o imprecisa, debesolicitar su aclaracin.

    4) Ejecutar una orden es cumplirla inmediata y fielmente,utilizando todos los medios razonables a su alcance.

    5) No es vlido en el polica el concepto de que las rdenes secumplen sin duda ni murmuraciones, porque responsables delresultado de su cumplimiento son tanto el superior que las

    emite como el que las cumple; no pudiendo pretextar eldesconocimiento de la Ley.

    6) El que haya ejecutado una orden no debe conformarse conhaberla cumplido, sino que adems debe poner enconocimiento de aquel de quien la recibi. El superior est enla obligacin de verificar su cumplimiento.

    j. Conducto regular1) Es el sistema empleado para transmitir tanto las ordenes,

    como las solicitudes, partes y reclamaciones escritas overbales, a travs de las lneas de mando ascendentes ydescendentes, de conformidad con la organizacin.

    2) Deber observarse tanto del Subordinado al Superior, comodel Superior al Subordinado. Sin embargo, cuando unSubordinado reciba una orden directa, est obligado acumplirla dando aviso a su Superior inmediato, con lo cual seconsidera cumplido el requisito reglamentario del conductoregular.

    3) El conducto regular no podr ser negado al Subordinado porel Superior jerrquico, caso contrario, podr obviarse, pararecurrir al Superior directo de quien lo neg y cuando, deobservarlo, en razn del tiempo o exigencia del caso, seconviertan en perjudiciales.

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    k. Normas de comportamiento policial1) El Polica tiene el deber imperioso de poner toda su voluntad,

    inteligencia y decidido esfuerzo al servicio del pas y de la

    comunidad.2) El Superior tiene la obligacin de estimular en sussubordinados las virtudes individuales y sociales con suconducta ejemplar.

    3) En la relacin institucional y de instruccin, las relacionesinterpersonales del Personal Policial se desenvuelven dentrodel marco de la disciplina, camaradera y respeto mutuo.

    4) La camaradera es el concepto fundamental tradicionalutilizado en el medio policial para identificar las relacionesinterpersonales entre Superiores y Subalternos, enmarcadasdentro de los valores y virtudes morales y mstica institucional.

    En este contexto no se admite que entre el personal dediferente grado se produzca el exceso de confianza yfamiliaridad, toda vez que resulta perjudicial al orden y/odisciplina, as como al logro de los objetivos institucionales.

    5) El trato recproco del Personal Policial, debe estar regido porsentimientos de hidalgua, franqueza, seriedad,compaerismo e integracin.

    6) Todo Polica tiene la obligacin profesional y moral de darcuenta a sus superiores cualquier incidente de conductaimpropia o dudosa de ndole sexual y/o amorosa queobservara dentro o fuera de las EEFF Policial.

    7) El Polica tiene la obligacin ineludible de prestar su ayuda atodos y a cada uno de los miembros de la Institucin, cuandoestos se encuentren en alguna situacin difcil, aunque no losconozca personalmente. Este precepto no significa que dichaayuda se extiende al caso en que se trate de encubrir algunafalta grave o delito.

    8) Los miembros de la PNP deben tener siempre presente la altamisin social que les corresponde, debiendo recordar en todomomento su doble rol como orientadores de la ciudadana yexponentes de las virtudes cvicas.

    9) La poltica partidista y las discusiones de tal carcter sonprohibidas en la Institucin.10) El personal policial al encontrarse uniformado

    reglamentariamente deber observar una buena presentacinpersonal, postura y porte, transmitiendo una buena imagen.

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    DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES E INCENTIVOS DE LOSCADETES Y/O ALUMNOS

    Segunda sesin: Derechos, Deberes, Obligaciones e Incentivos de loscadetes y/o alumnos.

    D. Derechos, Deberes y Obligaciones

    1. Derechosa. El respeto a su dignidad humana.

    b. La instruccin y superacin personal.

    c. La autoridad sobre el Subordinado.

    d. El uso del carn de identidad otorgado por la Escuela respectiva.

    e. El uso de uniformes y distintivos institucionales.

    f. La utilizacin de las instalaciones y servicios de la Escuela,sujetndose a las disposiciones vigentes.

    g. Alimentacin, servicio mdico, recreacin y descanso.

    h. El asesoramiento y defensa por su Oficial Instructor, ante lasinstancias disciplinarias correspondientes.

    i. El reconocimiento de su jerarqua y sus honores.

    j. Las recompensas y estmulos por su buen comportamiento.

    k. El reclamo por la sancin que considera injusta.

    l. La libertad de culto.

    m. La privacidad de su correspondencia.

    2. Deberes y Obligacionesa. El respeto a las normas y reglamentos de carcter acadmico,

    disciplinario y administrativo de las EEFF.

    b. La puntualidad en el cumplimiento de las rdenes y disposiciones.

    c. Colaborar con las actividades que realice la EF respectiva.

    d. El respeto a la jerarqua y a la antigedad.

    e. Solicitar la sancin de las faltas observadas, a travs del conductoregular.

    f. El porte policial y cuidado personal.

    g. Evitar quebrantar las normas de tica y moral con respecto a lasrelaciones entre el personal masculino y femenino de la PNP.

    h. Mantener relaciones sociales decorosas y que sus actos noafecten su dignidad ni el prestigio de la Institucin.

    i. El uso correcto de los uniformes y distintivos PNP.

    j. El uso, mantenimiento y cuidado del armamento afectado.

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    k. El uso adecuado y cuidado del CIP.

    l. El uso correcto de las instalaciones y servicios internos de laEscuela, velando por su conservacin, limpieza y buena

    presentacin.m. Auxiliar y apoyar al compaero cuando lo necesite.

    n. Mantener reserva sobre las diversas actividades internas de laEscuela evitando cometer delito de infidencia.

    o. Suscribir un acta de compromiso que obliga al cumplimiento delas normas del presente Manual y de las disposiciones internas dela Escuela, al culminar su periodo de adaptacin.

    E. Incentivos

    1. ConceptoConstituye toda accin que tiende a exaltar ante los dems laconducta ejemplar o a perfeccionar y dignificar las mejores virtudes ycualidades de la personalidad.

    2. ClasificacinLos Cadetes y/o Alumnos de las EEFF, sern estimulados por sueficiencia, espritu de disciplina, abnegacin y acciones ointervenciones que sobrepasen el normal cumplimiento del deber,mediante:

    a. CondecoracionesOtorgadas por el Director General de la PNP a los Cadetes y/oAlumnos de las EEFF, por hechos relevantes que prestigien a laInstitucin. Son impuestas en Ceremonia Pblica durante elaniversario Institucional, y sern equivalentes a dos (2.00) puntosa favor en la nota de conducta o disciplina.

    b. Felicitaciones escritasSe concede al personal que destaque por su esfuerzo,abnegacin, sacrificio, honradez y otras virtudes dignas de serimitadas. Sern ledas durante tres listas y se ceirn al

    ceremonial establecido, y sern equivalentes a un (1.00) punto afavor en la nota de conducta o disciplina

    c. Menciones honrosasSe harn pblicamente ante los Cadetes o Alumnos de las EEFFrespectivamente, por actos que demuestren eficiencia, espritu dedisciplina, abnegacin o actividades distinguidas. Se ceirn alceremonial establecido, y sern equivalentes a cero punto cinco(0.5) puntos a favor en la nota de conducta o disciplina

    d. Diplomas de Honor

    Entregadas en ceremonia especial en la EF respectiva, a Cadeteso Alumnos que hayan destacado en el cumplimiento de sus

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    actividades acadmicas, conducta, deportes y otras quemerezcan reconocimiento y sern equivalentes a cero punto cinco(0.5) puntos a favor en la nota de conducta o disciplina.

    e. Salidas GeneralesOtorgadas excepcionalmente por el Director General o el Directorde Educacin y Doctrina, al Regimiento, un Batalln, unaCompaa o una Seccin, por situaciones especiales quemerezcan reconocimiento.

    f. Incentivos MaterialesSon objetos materiales simblicos que se otorgan a los que handestacado en el cumplimiento del deber, con actos dignos de seremulados, que den prestigio a la institucin, de conformidad a

    disposiciones de Comando.

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    V UNIDAD

    SANCIONES, INFRACCIONES Y ATRIBUCIONES DISCIPLINARIAS.

    ESTRUCTRA DE LA ETAPA DE INVESTIGACIN.STIMA SEMANA

    Primera sesin: Sanciones; generalidades, clasificacin-Amonestacin verbal,Arresto simple y Arresto de rigor.

    F. SANCIONES

    1. Generalidadesa. La sancin es una medida de carcter disciplinario que se aplica a

    Cadetes o Alumnos por infracciones previamente tipificadas en la

    Ley No. 29356 Ley del Rgimen Disciplinario PNP(Ttulo VIart. 79 al 83) y las prescritas en el presente Manual, que seandebidamente comprobadas, luego del ProcedimientoAdministrativo Disciplinario correspondiente.

    b. Tiene la finalidad de corregir las acciones negativas y serejemplarizadoras, para conseguir un mejor desempeo ycomportamiento del personal.

    c. Para su aplicacin se tendr en cuenta el hecho que lo motiva, lascircunstancias, las implicancias, los antecedentes del infractor y

    su personalidad, las causas de su comportamiento y lascircunstancias que motivaron su conducta.

    d. Debe ser impuesta despus de haber agotado las medidasorientadoras y persuasivas.

    e. Son nulas todas las que no se enmarquen dentro de lasprescripciones de este Manual.

    2. Clasificacin:

    a. Amonestacin verbal

    ` Recomendacin verbal que se hace para que se enmiende, corrijao abstenga de hacer algo ilcito o contrario a las normasestablecidas. Ser aplicado por todo superior jerrquico eimpuesta en toda circunstancia, cuando las omisiones oinfracciones han sido de poca importancia. No implica puntos dedescuento en la nota de conducta semestral.

    b. Arresto simpleAplicadas por infracciones leves; afecta la nota de conducta de losCadetes y/o Alumnos. Las infracciones leves se sancionan atravs de das simples. Un Da Simple equivale a 0.10 puntos de

    descuento en la nota de conducta semestral. El arresto simple secumplir en la EF.Hasta 10 das de arresto simple se cumple

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    el da sbado. De 11 a ms das de arresto simple los cumplesbado y Domingo.

    c. Arresto de RigorSer aplicada por infracciones graves y necesariamentecomo resultado del Informe Administrativo Disciplinario(IAD)que se formule. Afecta la nota de conducta de Cadetes oAlumnos. Se cumple entregando al Cadete y/o Alumno a su padreo apoderado, en traje de civil, para que lo conduzca a sudomicilio, donde deber permanecer a disposicin de la Direccinde la Escuela respectiva. Cada da de rigor equivale a un punto(1.00) de descuento en la nota de conducta semestral. Tendruna duracin mxima de TRES (03) das y como medidaaccesoria o adicional, el permanecer en observacin por espacio

    de 30 das, a cargo del Departamento Psicopedaggico de larespectiva Escuela. Esta sancin es aplicada por el Director de laEscuela despus de pronunciarse el Consejo de Disciplina, dandocuenta a la Direccin de Educacin y Doctrina. El Cadete y/oAlumno sancionado con rigor, deber observar las siguientesnormas de conducta:1) Permanecer en su domicilio durante el tiempo que dure la

    Sancin de rigor, salvo motivo de salud acreditado coninforme mdico.

    2) Estar prohibido de concurrir a lugares de dudosa reputaciny participar en actividades sociales, abstenindose de

    consumir bebidas alcohlicas.3) Mantendr comunicacin diaria con la EF respectiva, en los

    horarios de 08:00 y 20:00.4) Recibir cuantas veces sea necesario, la visita del Oficial de

    Control nombrado por el Director de la Escuela.5) El incumplimiento de las normas antes mencionadas dar

    lugar a la formulacin del IAD y separacin definitiva de laEscuela de formacin.

    Segunda sesin: Sanciones; clasificacin - Separacin definitiva de la

    Escuela.- Reclamos.- Efecto.- Equivalencia y cmputo.

    d. Separacin definitiva de la EscuelaLa DIREDUD, es el rgano facultado para expedir la ResolucinDirectoral de Separacin de Cadetes o Alumnos por las causalessiguientes (Ley N. 29356 Ttulo XI Art. 80):1) Insuficiencia acadmica contemplada en el Rgimen

    Educativo.(a) Resultando desaprobado en TRES (3) o ms asignaturas

    en el semestre acadmico, sin derecho a rendir exmenessustitutorios, previa opinin y pronunciamiento del

    Consejo Acadmico.

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    (b) Haber sido desaprobado en UNO (01) o ms asignatura yluego de rendir los exmenes sustitutorios del semestreacadmico haber resultado con promedio desaprobatorio.

    (c) En los casos antes mencionados, la SDIACA, formular elcorrespondiente Informe, remitindolo a la Direccin de laEscuela respectiva, quien convocar al ConsejoAcadmico para su estudio y pronunciamiento deSeparacin del Cadete o Alumno; posteriormente elexpediente administrativo ser remitido a la DIREDUD.

    2) Incapacidad fsica o psquica.Por enfermedad fsica o psquica, previa opinin de la Juntade Sanidad PNP. La Escuela formular el informecorrespondiente, remitindolo a la Direccin de Educacin y

    Doctrina de la PNP, quien expedir la Resolucin Directoralcorrespondiente.

    3) Incumplimiento de las obligaciones contractuales con laPNP, de conformidad con lo dispuesto en la ConstitucinPoltica del Per.Cuando se incumplen obligaciones contractuales con larespectiva EF. La Escuela formular el informecorrespondiente, remitindolo a la Direccin de Educacin yDoctrina de la PNP, quien expedir la Resolucin Directoralcorrespondiente

    4) Infraccin disciplinaria.(a) Los Cadetes y/o Alumnos de las EEFF sern sancionados

    con Separacin Definitiva por Medida Disciplinaria de lasEscuelas de Formacin, en caso de acumular DOS (02)sanciones de rigor en su perodo de formacin unainfraccin muy grave (Ley 29356 - Art. 81).

    (b) Los cadetes y alumnos separados definitivamente pormedida disciplinaria de las EEFF deben reintegrar losgastos ocasionados al Estado durante su permanencia enla EF, caso contrario se les entablar una demanda por

    Obligacin de Pago de Soles e Indemnizacin por Daosy Perjuicios.

    (c) Los Cadetes o Alumnos que incurran en infraccionesgraves o muy graves, sern objeto de la formulacin deun IAD, el cual ser visto por el Consejo Disciplinario, queactuar de acuerdo a lo establecido en el presenteManual.

    5) A su solicitudA solicitud del Cadete o Alumno, debiendo reintegrar losgastos ocasionados al Estado durante su permanencia en la

    EF, hasta la fecha en que causa Separacin Definitiva. La

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    Escuela formular el informe correspondiente, remitindolo ala Direccin de Educacin y Doctrina de la PNP, quienexpedir la Resolucin Directoral correspondiente, caso

    contrario se les entablar una demanda por Obligacin dePago de Soles e Indemnizacin por Daos y Perjuicios.

    3. ReclamosEl derecho a reclamo es permitido a todo Cadete o Alumno cuandoconsidera:a. Que le ha sido impuesta una sancin injusta.

    b. Que sus derechos han sido vulnerados

    Todo reclamo deber observar las siguientes prescripciones:a. Ser individual.

    b. Ser expresado en forma respetuosa, por escrito y por conductoregular.

    c. Debe aportar los elementos o pruebas que sustente su reclamo.

    d. Ser formulado dentro de los (03) das de haber tomadoconocimiento de la sancin.

    e. No sern retenidos por los Comandos intermedios, quienes tienenla obligacin de tramitarlo al escaln respectivo.

    4. Efecto

    Las sanciones impuestas a Cadetes o Alumnos tendrn comoconsecuencia el descuento de puntos en la nota de conductasemestral de conformidad a lo prescrito en el presente Manual, ascomo el cumplimiento de las mismas en el interior de las EEFF o ensu domicilio segn sea el caso. Para el efecto del promediocuantitativo, la conducta semestral ser computada a partir del dasiguiente de concluido el Semestre Acadmico anterior, hasta eltrmino del Semestre Acadmico siguiente.

    5. Equivalencia y cmputoSlo para fines disciplinarios y de cmputo semestral, las sancionestienen la siguiente equivalencia:a. UNO (01) da de Arresto simple, por infraccin leve, equivale a

    0,10 puntos para el descuento semestral de conducta.

    b. UNO (01) da de Arresto de rigor, equivale a 1.00 punto para eldescuento semestral de conducta.

    Slo queda como antecedente para los semestres siguientes, lassanciones de Arresto de Rigor. `

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    OCTAVA SEMANA

    (I EXAMEN PARCIAL)NOVENA SEMANA

    Primera sesin: Infracciones; concepto, clasificacin y sanciones -Infracciones leves (cdigos y sanciones de arresto simpleL1 a L58).

    G. INFRACCIONES

    1. ConceptoSon las acciones u omisiones contrarias a la Disciplina policial,Servicio policial, Imagen Institucional y tica policial, que sinconstituir delitos o faltas infringen expresamente las disposiciones del

    presente Manual y dems disposiciones.2. Clasificacin de las Infracciones y Sanciones

    a) Infracciones LevesLas que se refieren al incumplimiento de las normas que rigen lavida del Cadete o Alumno, lo que da lugar a la aplicacin desanciones leves, segn la intensidad de las infracciones.

    CDIGO INFRACCIONES LEVES

    SANCIN(DIAS

    ARRESTO

    SIMPLE)

    L1No pedir permiso para ingresar o salir de un recinto o mesadonde se encuentra un Superior. 2

    L2No ponerse de pie a la voz de atencin al ingresar un Superioral recinto.

    2

    L3 No recibir a un Superior, estando obligado a hacerlo. 3L4 Hacer uso de la palabra sin autorizacin durante un evento. 2L5 Hacer entrega de un documento mal presentado o formulado. 4

    L6Omitir el saludo al Superior, no contestarlo al subordinado oinfringir las normas que lo regulan.

    4

    L7 Demostrar falta de cortesa en el trato con un Superior. 4

    L8Sancionar a un Cadete o Alumno de ao inferior, en presenciade un Superior, sin autorizacin.

    2

    L9Permanecer con la prenda de cabeza puesta en un recinto

    cerrado.2

    L10 No contestar en forma adecuada 2L11 Adoptar posturas incorrectas 2L12 Malos modales en la mesa 2L13 Mascar chicle en formaciones o academias 4L14 Poner sobrenombres a sus compaeros 4

    L15Ejecutar cualquier acto que tienda a disociar o afectar laarmona que debe existir entre sus compaeros.

    4

    L16 Presentarse desaliado ante el llamado de un Superior 3L17 Proferir palabras soeces entre sus compaeros. 6L18 Arrojar basura en lugares no sealados 4L19 Esputar en lugares inadecuados 4L20 Sentarse en la mesa, ventana, pupitre, etc. 2

    L21Hacer inscripciones en los bienes muebles o inmueblesde las Escuelas de Formacin.

    6

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    L22Descuidar el aseo y presentacin personal y/o incumplirlas normas establecidas para el uso del uniforme.

    4

    L23 Acostarse sin prendas de vestir o prendas incompletas 4L24 No usar pauelo. 2

    L25Que personal femenino use maquillaje durante susactividades en el interior de la Escuela y/o excederse enel mismo en el exterior estando uniformada.

    4

    L26 Mala revista de Polica. 2L27 Falta de pudor 4L28 Familiarizarse con Cadetes o Alumnos de ao inferior 3

    L29Hacer bromas obscenas de ndole sexual entre Cadetes oAlumnos de ambos sexos.

    6

    L30Mostrar posturas de ndole sexual a Cadetes o Alumnosde sexo opuesto.

    6

    L31 Desconocer los nombres de los Hroes y Mrtires PNP 3

    L32Desconocer los nombres del Comando Institucional y/o de

    la Escuela.

    3

    L33 Desconocer los nombres del Personal del Servicio de Da. 3L34 Desconocer los nombres de sus inmediatos superiores. 3L35 Desconocer el Lema e Himno Institucional. 3

    L36Utilizar en forma inadecuada las computadoras porttilesdurante las academias y/u horas de estudio

    5

    L37 No respetar la antigedad en el grado. 3L38 Retraso injustificado en el cumplimiento de una orden. 4

    L39Incumplir las directivas, planes, instrucciones, rdenes yotras disposiciones vigentes en la P.N.P.

    4

    L40No presentarse a la llamada de un Superior para evitarser sancionado.

    4

    L41

    No portar su Carn de Identidad Personal (CIP) para

    rendir exmenes. 4L42 No portar su CIP para salir o retornar de paseo. 5L43 Fumar en la Escuela de Formacin. 8L44 Ingerir alimentos en lugares inadecuados. 4L45 Pisar el csped o transitar por reas restringidas 3L46 Llegar tarde a una formacin de rutina. 3

    L47Llegar tarde a una formacin para una ceremonia,evaluacin o actividad programada.

    6

    L48 Llegar tarde a un entrenamiento o evento deportivo. 5L49 No usar el marbete reglamentario en el uniforme. 2L50 Falta de voluntad para ejecutar una orden. 3

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    Segunda Sesin: Infracciones leves; cdigos y sanciones dearresto simple (L51 a L100).

    L51 Falta de iniciativa en el cumplimiento de una orden. 3L52 Negligencia en el cumplimiento de una orden. 4

    L53No llevar los Registros con las formalidades exigidas porel Comando.

    4

    L54Ocultar irregularidades a un Superior, respecto almobiliario de la Escuela.

    5

    L55Elevar la voz al llamar la atencin a un Cadete o Alumnode un ao inferior.

    3

    L56Retener a un Cadete o Alumno o un grupo de ellosmenos antiguos, injustificadamente, motivando su retraso.

    4

    L57Demostrar parcialidad o injusticia en el cumplimiento de lafuncin al mando del Personal.

    2

    L58 Reclamar un castigo sin causa justificada. 4

    L59Reclamar una sancin sin seguir los procedimientosestablecidos.

    4

    L60 Adoptar actitudes incorrectas al reclamar una sancin. 6L61 No dar parte correctamente estando de Servicio. 3

    L62Desconocer o descuidar sus funciones estando deServicio.

    6

    L63 Distraerse durante el Servicio. 5

    L64No dar cumplimiento a las disposiciones del Servicio deDa

    10

    L65 Relevarse deficientemente. 6L66 No dar cuenta de las novedades del servicio. 6

    L67 Retrasar maliciosamente el Parte. 4L68 Impartir una orden en forma incorrecta. 3L69 Desconocer las novedades del personal a su cargo. 3L70 Falta de comando. 5

    L71Demostrar exceso de confianza a un Cadete o Alumno deao inferior.

    4

    L72 Abandonar o perder sus prendas. 5L73 Deformar sus prendas. 4

    L74No dar parte de las prdidas habidas dentro de su sectorde responsabilidad.

    5

    L75Adoptar actitudes sospechosas durante un examen ocontrol.

    4

    L76 Moverse, rerse o hablar en formacin. 2

    L77 Formar haciendo desorden o fomentar desorden enformacin.

    2

    L78 Salir o ingresar a una formacin sin autorizacin. 2

    L79Falta de porte Policial, al no adoptar correctamente lasposiciones fundamentales.

    4

    L80 No alinear ni cubrir en formacin. 4L81 No recibir y dar cuenta a la presencia de un superior. 3L82 Saludar en forma incorrecta. 3L83 Omitir el saludo al paso de la Bandera de Guerra. 4

    L84No pedir permiso a la presencia de un superior estando almando del personal.

    4

    L85Jugarse de manos pblicamente o en presencia de un

    superior.

    5

    L86 Tratar de evadirse de la instruccin o distribucin. 3

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    L87Hacer bulla durante las horas de estudio o de clases en elaula, en el comedor, o conversar indebidamente durantelas clases.

    3

    L88 Levantarse despus del Toque de Diana. 3

    L89 Ingresar al aula con retraso. 3

    L90No llevar los tiles necesarios para la instruccin o nopresentar los trabajos solicitados.

    3

    L91 Realizar tareas diferentes a las de la clase. 2L92 Falta de inters en la instruccin. 2L93 Dormir en horas de clase, estudios o conferencias. 5L94 Mal comportamiento fuera de la Escuela. 15L95 Asistir a una reunin social sin ser invitado. 10L96 Contraer deudas y no pagarlas. 15

    L97

    Mentir o engaar a un superior

    10L98 Tomar el nombre de un superior para justificar una falta 10

    L99Evidenciar excesiva confianza, a travs de besos yabrazos, entre Cadetes o Alumnos de sexo opuesto.

    15

    L100Ocultar o disimular la identidad propia o la de otrosmiembros de la PNP que hayan cometido infraccin levea la presente Ley.

    15

    DCIMO SEMANA

    Primera Sesin: Infracciones leves; cdigos y sanciones dearresto simple (L101 a L150).______________________________

    L101Caminar unidos de la mano entre Cadetes o Alumnos desexo opuesto.

    15

    L102 Hacer exhibiciones reidas contra la moral. 20L103 No llevar correctamente el uniforme estando de paseo. 10

    L104Embriagarse excesivamente en lugares pblicos estandode civil.

    15

    L105 Practicar juegos de azar en la Escuela. 15L106 Proferir palabras soeces delante de un superior. 15

    L107 Emplear terminologa en forma irrespetuosa en el tratocon un superior o docente. 20

    L108Mantener correspondencia entre Cadetes y Alumnos queevidencie relaciones amorosas.

    20

    L109 No reconocer una falta siendo esta evidente. 15L110 Valerse de influencias para obtener beneficio. 10

    L111Pretextar enfermedad para evadir responsabilidadesdiarias.

    15

    L112Pretextar enfermedad de un ser querido para obtenerbeneficio.

    20

    L113 Falta de criterio para solicitar una sancin. 10

    L114No afrontar una responsabilidad para evitar sersancionado.

    15

    L115 No asistir a un evento deportivo sin causa justificada. 15L116 Llegar tarde a la Escuela al trmino de la salida de paseo. 15

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    L117 Dirigirse a la enfermera sin autorizacin. 10L118 Burlar la vigilancia del servicio para recibir visitas. 15L119 No asistir a una Comisin. 20

    L120Tomarse atribuciones que no le corresponden oexcederse en el ejercicio de sus facultades y/oatribuciones.

    15

    L121 Salvar el conducto regular. 15

    L122

    Concurrir a actos sociales, espectculos oestablecimientos frecuentados por personas que realicenactividades contrarias a las normas vigentes afectando laImagen Institucional. Concurrir uniformado a lugares noautorizados y de dudosa reputacin.

    20

    L123 Divulgar en el exterior la vida interna de la Escuela. 15

    L124Deficiente conservacin de su CIP, prendas, y equipo,ocasionando su deterioro.

    15

    L125Ser infractor al RNT por conducir vehculos sin tener

    licencia.

    15

    L126 Abandonar su armamento. 20

    L127Gritar al llamar la atencin a un Cadete o Alumno de aoinferior.

    10

    L128Emplear trminos soeces e inadecuados al llamar laatencin a un Cadete o Alumno menos antiguo.

    15

    L129 Proceder con parcialidad al aplicar sanciones. 15

    L130Desautorizar a un Cadete o Alumno menos antiguo enpresencia de pblico o de personal de menor grado, salvorazones justificadas.

    15

    L131Mostrar desprecio a la llamada de atencin de unsuperior.

    20

    L132

    Hacer objeciones inadecuadas a la orden impartida por un

    superior o ms antiguo.

    15

    L133 Murmurar la orden de un superior. 15L134 No cumplir u omitir hacer cumplir las consignas del servicio. 15L135 Dormir durante el servicio (servicios internos). 15L136 Efectuar cambios de servicio sin autorizacin. 20L137 Hacer gestos de desagrado cuando es sancionado. 15L138 Incurrir en negligencia durante su servicio. 15L139 Llegar tarde al servicio estando de paseo. 20L140 Relevarse en su servicio despus de la hora indicada. 15

    L141Falta de control al permitir fomentar escndalo o faltascolectivas de Cadetes o Alumnos a su mando, segncorresponda.

    15

    L142 Proceder con desinters en la conduccin del personal bajosus rdenes. 15

    L143No controlar al personal bajo su mando, en el cumplimientode una orden.

    15

    L144Llegar tarde para asistir a una comisin sin causajustificada.

    10

    L145No rendir cuentas oportunamente y sin causa justificada delos dineros, valores o efectos recibidos para suadministracin.

    20

    L146 Perder su C.I.P. 20L147 Evadirse de la instruccin 15

    L148Mal comportamiento durante la instruccin en otro centro deenseanza.

    20

    L149 Portar, tener, utilizar telfono mvil (celular), en el interiorde las Escuelas de Formacin y al encontrarse de comisin,

    1 5

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    Segunda sesin: Infracciones Graves; cdigos y sanciones de arresto derigor.- Infracciones Muy Graves; causales 01 al 10.

    b) Infracciones GravesLas que afectan la moral, disciplina y prestigio de la Escuela; danlugar a la aplicacin de sanciones graves, de acuerdo a lamagnitud de la infraccin, como resultado del IAD.

    teniendo para su comunicacin de los telfonos pblicos

    L150 Utilizar el telfono pblico por ms de 03 minutos 2

    CDIGO INFRACCIONES GRAVES

    SANCION(DIASARRESTO DERIGOR)

    G1 Contestar al Superior en forma airada. 2

    G2Maltratar u ofender de palabra u obra a uncompaero (mismo grado)

    2

    G3No auxiliar al compaero cuando se encuentreen peligro.

    2

    G4Realizar tocamientos obscenos a uncompaero(a).

    2

    G6Presentarse a la Escuela con alientoalcohlico, siempre que la cantidad de alcoholen la sangre no sea mayor de 0.5 gramos/litro.

    3

    G7 Ingresar a la Escuela por lugares noautorizados. 3

    G8Negarse a cumplir una orden sin causajustificada.

    2

    G9Deficiente conservacin del armamentoafectado para la instruccin y servicio,ocasionando su deterioro.

    2

    G10Conducir vehculos sin tener licencia,ocasionando accidentes de trnsito.

    2

    G11 Expresarse mal de un Superior. 3

    G12Burlarse de un Superior cuando este essancionado.

    3

    G13No presentarse a cumplir su Servicio (de

    seguridad o internos)3

    G14Abandonar el Servicio (seguridad o internos)justificadamente sin dar cuenta al Superiorjerrquico.

    2

    G15Llevar copias u otro medio no autorizado a unexamen o control acadmico.

    3

    G16Practicar actos inmorales o reidos contra lasbuenas costumbres.

    3

    G17Producir o provocar rumores que pudieran darorigen a desorden entre los Subordinados.

    3

    G19Modificar o alterar las rdenes sinautorizacin, causando trastornos graves en elServicio de Da.

    2

    G20 Ocasionar daos deliberadamente en susprendas, armamento, equipo, mobiliario,

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    c) Infracciones Muy GravesLas que afectan profundamente el prestigio de la Escuela eInstitucin, minan la moral y disciplina o afectan el honor. Sesancionan con Separacin Definitiva de la Escuela de Formacin;como resultado del IAD; sin perjuicio de la denuncia penal

    correspondiente.

    Son causales de Separacin Definitiva de las Escuelas deFormacin (Ley N. 29356. - Ttulo XI Art. 81)

    (1) Incurrir en negligencia, ocasionando muerte o lesiones gravesa cualquier persona.

    (2) Ofender, denigrar, calumniar, difamar o deshonrar al superioren grado, subordinado o del mismo grado, mediante escritos,palabras o cualquier otro medio.

    (3) Replicar en forma desafiante al superior las rdenes,

    correcciones u observaciones.(4) Incitar (o hacer resistencia pasiva) al incumplimiento de una

    orden impartida por un superior.(5) Incurrir en actos tipificados como acoso sexual, en perjuicio de

    una persona de sexo opuesto o del mismo sexo.(6) Consumir o poseer drogas prohibidas.(7) Participar directa o indirectamente, en forma dolosa, en la

    sustraccin o dao al patrimonio pblico o privado.(8) Omitir auxiliar a un compaero sin causa justificada y, como

    consecuencia de ello, ocasionar muerte o lesiones graves.(9) Coaccionar o amenazar implcita o explcitamente a cualquier

    persona, intimidando, presionando o sometindola a tratohostil para condicionar o recibir favores o beneficios decualquier ndole.

    (10) Infligir, instigar o tolerar actos de tortura, inhumanos odegradantes.

    locales, etc.

    G21Divulgacin, prdida o inutilizacin de lainformacin, documentacin "Clasificada".

    3

    G23 Ser reincidente en perder su CIP 2

    G24Perder, daar o no adoptar las medidas parala conservacin del armamento, sin causajustificada.

    3

    G25Efectuar vejmenes, actos de violencia contraun superior o subordinado.

    3

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    DCIMO PRIMERA SEMANA

    (SUPERVISION ACADEMICA)

    Primera sesin: Infracciones Muy Graves; causales 11 al 32.

    (11) Pertenecer a partidos polticos, desarrollar actividades opromover acciones de proselitismo de contenido poltico.

    (12) Utilizar o disponer indebidamente del Carn de IdentidadPersonal, del armamento, los vehculos, los bienes o losrecursos proporcionados por el Estado.

    (13) Sustraer o apropiarse de armamento, municin, explosivosu otros bienes de propiedad del Estado, del personal de laPolica Nacional del Per o de otros.

    (14) Promover o participar en protestas colectivas con cadetes oalumnos, o incitar en cualquier forma a cometer actos deinsubordinacin.

    (15) Faltar a la Escuela de Formacin por un (1) da o ms sincausa justificada.

    (16) Haber logrado el ingreso a la Escuela de Formacinpresentando documentos adulterados o informacin falsa,respecto a su estado civil, edad, antecedentes judiciales,penales, policiales u otros.

    (17) Suplantar o ser suplantado por otro cadete o alumnodurante el desarrollo de exmenes.

    (18) Tener relaciones sexuales dentro de las instalaciones delas Escuelas de Formacin o de las unidades policiales.(19) Ingresar sin causa justificada a los dormitorios o ambientes

    designados exclusivamente para los cadetes o alumnos desexo opuesto.

    (20) Presentarse a las Escuelas de Formacin o a lasinstalaciones policiales, militares o a instalaciones pblicas oprivadas, en comisin de servicio, con signos de ebriedad, dehaber consumido drogas ilcitas; o haber ingerido bebidasalcohlicas al interior de alguna de ellas.

    (21) Embriagarse estando uniformado en lugares pblicos o

    fomentar escndalo en la va pblica.(22) Ofender o ultrajar los smbolos, himnos y emblemasnacionales o institucionales.

    (23) Participar en desrdenes callejeros.(24) Salir de las Escuelas de Formacin sin autorizacin.(25) Ocasionar deliberadamente daos en las prendas,

    armamento, equipo, mobiliario, locales y otros de propiedaddel Estado.

    (26) Agredir fsicamente a un superior, un subordinado o uncompaero del mismo grado.

    (27) Abandonar el servicio sin causa justificada.(28) Haber sido desaprobado en disciplina en un semestre

    acadmico, con nota menor a trece (13) puntos.

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    (29) Conducir vehculos sin licencia y ser responsable deaccidente de trnsito.

    (30) Autolesionarse, mutilarse intencionalmente o intentar

    suicidarse.(31) Acumular dos (2) sanciones de rigor en su perodo deformacin.

    (32) Evadirse de un hospital o centro mdico, encontrndose encalidad de internado o en concurrencia mdica.

    Segunda sesin: InfraccionesEximentes, Atenuantes, Agravantes.

    3. Eximentes

    Est exento de responsabilidad administrativo disciplinaria:a. Obrar en salvaguarda de la vida de las personas, actuando con la

    diligencia debida.

    b. Obrar por disposicin de una norma legal, en cumplimiento de undeber o en virtud de un mandato judicial, siempre que se actecon la diligencia debida.

    c. Proceder en virtud de obediencia al superior, siempre que laorden de este no sea manifiestamente ilcita.

    d. Obrar bajo el estado de enfermedad psictica, que haya impedidototalmente al actor apreciar el carcter ilcito del acto y suprimido

    su capacidad para obrar libremente.e. Causar un mal por evitar otro mayor, siempre que este ltimo

    sea efectivo y no se pueda razonablemente exigir al autor elsacrificio del bien amenazado y no haya podido emplear otromedio menos perjudicial.

    f. Obrar por una fuerza fsica irresistible proveniente de untercero o de la naturaleza.

    4. Atenuantes

    Las infracciones graves o muy graves se atenan por las siguientescircunstancias:a. Que se haya cometido sin intencin.

    b. Por ignorancia comprobada. Los buenos antecedentes enconducta, rendimiento acadmico, etc.

    c. Tener menos de 03 meses como Cadete o Alumno o porencontrarse en periodo de adaptacin.

    d. Mediar actos o palabras que hayan vulnerado la integridad fsica uofendido la dignidad personal.

    e. Haber cometido la falta por exceso de celo en el cumplimiento desus funciones.

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    f. Haber incurrido en infraccin como consecuencia de la influenciaprobada de un Superior.

    g. Cualquier otra circunstancia que atene la responsabilidad.

    h. Colaborar con el Comando dur