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Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial San José, Costa Rica 1 Expediente: 04-6835-647-PE Contra: Miguel Ángel Rodríguez Echeverría y otros Delitos: Cohecho y otros Ofendido: ICE y Otro Sentencia Nº167-2011 Tribunal Penal de la Hacienda y la Función Pública del Segundo Circuito Judicial de San José. Goicoechea, a las quince horas del veintisiete de abril de dos mil once.- Proceso penal seguido contra Guido Sibaja Fonseca, quien nació en San José, el 8 de octubre de 1961, de cuarenta y nueve años de edad, divorciado, padre de tres hijas, una de ellas menor de edad, productor agrícola, hijo de Ginete Fonseca Herrera y Guido Sibaja Rodríguez, con cédula de identidad número 1-566-634, formación universitaria con estudios en filosofía, historia, sociología y antropología; Joaquín Alberto Fernández Alfaro, costarricense, quien nació el 11 de marzo 1949, de sesenta y un años, hijo de Joaquín Alberto Fernández Castro y Margarita Alfaro Robles, con cédula de identidad número 1-377-667, soltero, sin hijos, vecino de Mata Redonda, en La Sabana, costado norte del Edificio del ICE, labora en estudios de genealogía e historia, con un ingreso de cuatrocientos mil colones mensuales, ha cursado estudios de Ciencias Políticas, cursos libres de historia y último año de la carrera de Derecho en la Universidad de Costa Rica; Eduardo Enrique Fonseca García, quien nació el 30 de noviembre de 1961 en San José, de cuarenta y ocho años de edad, con cédula de identidad número 1-569-259, hijo de Emilce Fonseca García, casado con Ruth Wilson Palmer, padre de tres hijos, Ingeniero eléctrico, labora en electricidad, con un ingreso de trescientos mil colones mensuales, vecino de Turrialba; Luis Adrián Quirós Carmona, quien nació el 19 de noviembre de 1947 en San Ramón, sesenta y tres años de edad, hijo de Miriam Carmona Benavides y Adrián Quirós Barquero, con cédula de identidad número 2-319-051, vecino de San Ramón trescientos metros al sur y cincuenta al oeste de la iglesia El Tremedal, abogado y notario, con un ingreso mensual de un millón de colones, casado con Carmen Rojas Carranza, padre de tres hijos mayores de edad; Miguel Ángel Rodríguez Echeverría, quien nació el 9 de

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  • Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial

    San Jos, Costa Rica

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    Expediente: 04-6835-647-PE Contra: Miguel ngel Rodrguez Echeverra y otros Delitos: Cohecho y otros Ofendido: ICE y Otro

    Sentencia N167-2011 Tribunal Penal de la Hacienda y la Funcin Pblica del Segundo Circuito

    Judicial de San Jos. Goicoechea, a las quince horas del veintisiete de abril de dos mil

    once.-

    Proceso penal seguido contra Guido Sibaja Fonseca, quien naci en San Jos, el 8

    de octubre de 1961, de cuarenta y nueve aos de edad, divorciado, padre de tres hijas, una

    de ellas menor de edad, productor agrcola, hijo de Ginete Fonseca Herrera y Guido Sibaja

    Rodrguez, con cdula de identidad nmero 1-566-634, formacin universitaria con

    estudios en filosofa, historia, sociologa y antropologa; Joaqun Alberto Fernndez

    Alfaro, costarricense, quien naci el 11 de marzo 1949, de sesenta y un aos, hijo de

    Joaqun Alberto Fernndez Castro y Margarita Alfaro Robles, con cdula de identidad

    nmero 1-377-667, soltero, sin hijos, vecino de Mata Redonda, en La Sabana, costado norte

    del Edificio del ICE, labora en estudios de genealoga e historia, con un ingreso de

    cuatrocientos mil colones mensuales, ha cursado estudios de Ciencias Polticas, cursos

    libres de historia y ltimo ao de la carrera de Derecho en la Universidad de Costa Rica;

    Eduardo Enrique Fonseca Garca, quien naci el 30 de noviembre de 1961 en San Jos,

    de cuarenta y ocho aos de edad, con cdula de identidad nmero 1-569-259, hijo de

    Emilce Fonseca Garca, casado con Ruth Wilson Palmer, padre de tres hijos, Ingeniero

    elctrico, labora en electricidad, con un ingreso de trescientos mil colones mensuales,

    vecino de Turrialba; Luis Adrin Quirs Carmona, quien naci el 19 de noviembre de

    1947 en San Ramn, sesenta y tres aos de edad, hijo de Miriam Carmona Benavides y

    Adrin Quirs Barquero, con cdula de identidad nmero 2-319-051, vecino de San Ramn

    trescientos metros al sur y cincuenta al oeste de la iglesia El Tremedal, abogado y notario,

    con un ingreso mensual de un milln de colones, casado con Carmen Rojas Carranza, padre

    de tres hijos mayores de edad; Miguel ngel Rodrguez Echeverra, quien naci el 9 de

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    enero 1940 en San Jos, con setenta aos de edad, hijo de Manuel Enrique Rodrguez

    Tamara y Blanca Echeverra Velsquez, con cdula de identidad nmero 1-272-364,

    abogado y economista, maestra y doctorado en Economa, profesor universitario en la

    Universidad de Costa Rica, escritor, pensionado, con un ingreso de tres millones doscientos

    mil colones mensuales, casado con Lorena Clare Facio, quien depende econmicamente de

    l, vecino de San Rafael de Escaz, doscientos metros norte y trescientos metros oeste de

    los tanques del AyA; Edgar Valverde Acosta, quien naci el 4 de setiembre de 1948 en

    San Ramn de Alajuela, de sesenta y dos aos de edad, con cdula de identidad nmero 9-

    014-658, vecino de Beln de Heredia, Residencial Los Arcos en Ciudad Cariari, casa

    ubicada en la rotonda nmero catorce, hijo de Aleida Acosta Salazar y Rodrigo Valverde

    Vega, casado con Elizabeth Quirs Carmona, padre de tres hijos mayores de edad,

    Ingeniero elctrico, estudios en administracin de empresas y cursos en comunicaciones;

    Rodrigo Mndez Soto, quien naci en San Jos el 24 de noviembre de 1950, de cincuenta

    y nueve aos de edad, con cdula de identidad nmero 1-437-959, hijo de Oscar Julio

    Mndez Corrales y Marta Soto Estrada, casado con Kattia Navarro Madrigal, padre de seis

    hijos, uno de ellos menor de edad, vecino de Guayabos de Curridabat, de la entrada de la

    casa de los Figueres cuatrocientos metros norte y cuatrocientos metros este, Ingeniero

    elctrico, desempleado por lo que depende de los ingresos de su compaera e hijos, tambin

    imparte lecciones privadas a estudiantes de secundaria, padece de un trastorno afectivo

    bipolar mixto; Alfonso Guardia Mora, quien naci en San Jos el 5 de mayo de 1941, con

    sesenta y nueve aos de edad, hijo de Francisco Guardia Sanz y Elena Mora Villegas, con

    cdula de identidad nmero 1-399-1328, casado con Nuria Mara Bolaos Ortiz, padre de

    cinco hijos mayores de edad, empresario, representante de casas extranjeras y desarrollo de

    proyectos inmobiliarios, actualmente sin ninguna actividad laboral, ni ingresos y subsiste

    por la venta de una propiedad familiar, sin ttulo acadmico aunque en el pas y en el

    exterior ha cursado estudios universitarios de comercio exterior, finanzas y ciencias

    polticas, vecino de Curridabat, quinientos metros sur y setenta y cinco metros este de la

    Pops; y Eliseo Vargas Garca, quien naci en Alajuela el 11 de marzo de 1954, de

    cincuenta y seis aos de edad, con cdula de identidad nmero 2-291-730, hijo de Osman

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    Vargas Bolaos y Mara de Los Angeles Garca de Benedittis, casado con Virginia

    Barboza, padre de cuatro hijos mayores de edad, mdico pediatra neonatlogo, con un

    ingreso de un milln de colones mensuales del cual depende su esposa, vecino de Escaz,

    un kilmetro al sur del Centro Comercial Paco S.A.; por los delitos de Cohecho propio e

    impropio y otros en dao de Los Deberes de la Funcin Pblica.

    Intervinieron en el debate oral y pblico las Licenciadas Cris Gonzlez Ugalde,

    Greysa Barrientos Nez y Maribel Bustillo Piedra en su condicin de representantes del

    Ministerio Pblico, as como los Licenciados Miguel Corts Chves y Gilberth Caldern

    Alvarado como representantes legales de la actora civil, Procuradura General de la

    Repblica; los Licenciados Germn Caldern Lobo y Hugo Rodrguez Salazar como

    representantes legales de la actora civil Instituto Costarricense de Electricidad; la

    Licenciada Yamura Valenciano Jimnez como defensora pblica de los imputados Joaqun

    Alberto Fernndez Alfaro y Guido Sibaja Fonseca; el Licenciado Wilson Flores Fallas,

    defensor pblico, en representacin de Eduardo Enrique Fonseca Garca; los Licenciados

    Horacio Mejas Gonzlez y Mario Navarro Arias como co-defensores particulares de Luis

    Adrin Quiros Carmona; los Licenciados Rafael Gairaud Salazar, Eduardo Araya Vega y

    Cristian Arguedas Arguedas como codefensores particulares penales y civiles de Miguel

    ngel Rodrguez Echeverra; los Licenciados Erick Ramos Fallas y Federico Morales como

    codefensores particulares de Edgar Valverde Acosta y Rodrigo Mndez Soto; el Licenciado

    Hugo Santamra Lamicq, defensor pblico, en representacin de Alfonso Guardia Mora; el

    Licenciado Jos Miguel Villalobos Umaa y la Licenciada Giannina Jimnez Ugalde como

    codefensores particulares de Eliseo Vargas Garca; las demandadas civiles Servicios

    Notariales QC S.A., Finca Salitral de Esparza S.A., Gambusinos S.A., Punto de Negocios

    LQC S.A., La Selva de La Marina S.A. y Quntica de Servicios S.A., representada por

    Adrin Quirs Carmona y sus abogados Horacio Mejas Gonzlez y Mario Navarro Arias;

    y la empresa Alcatel-Lucent France representada por Alejandro Batalla Bonilla y sus

    abogados Jos Luis Campos Vargas y Rger Guevara Vega. Asimismo, el juez Jorge

    Camacho Morales y las juezas Ileana Mndez Sand y Rosaura Garca Aguilar, quien

    preside.

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    RESULTANDO I. El Ministerio Pblico formul acusacin (folios 422 a 434), basndose en los

    siguientes hechos: Antecedentes: 1) El Instituto Costarricense de Electricidad (en adelante

    I.C.E.) es una institucin autnoma que por disposicin legal le corresponde, entre otros, brindar

    en forma oportuna y eficiente los servicios de telecomunicaciones que el pas requiere, incluidas

    las comunicaciones mviles. Tiene personera jurdica, completa autonoma y debe ejercer su

    gestin con absoluta independencia del Poder Ejecutivo. 2) Este instituto ejerce su gestin

    administrativa y tcnica exclusivamente por las direcciones de su Consejo Directivo, que est

    integrado por siete miembros propietarios, uno de ellos como Presidente Ejecutivo, todos deben

    tener amplios conocimientos y reconocida experiencia en el campo de la actividad de la institucin,

    ttulo profesional reconocido por el Estado y deben actuar conforme a su criterio y en estricto

    apego a la ley. Su nombramiento es por perodos de ocho aos, a partir del 1 de junio del ao en

    que se inicie el perodo presidencial, son designados por el Consejo de Gobierno y su renovacin

    es por mitades, de modo que despus de cada cambio de gobierno se procede a nombrar tres de los

    directivos de la Junta Directiva. 3) Para el perodo comprendido entre el 1 de junio de 1998 y el

    1 de junio de 2002 el Consejo Directivo estaba integrado por el Presidente Ejecutivo Rafael

    Sequeira Ramrez del Partido Unidad Social Cristiana, (en lo sucesivo PUSC) sustituido por Pablo

    Cob a partir del 20 de agosto de 2000, Vicepresidente Hernn Bravo Trejos, del PUSC, Jos

    Joaqun Fernndez del Partido Liberacin Nacional (en lo sucesivo PLN), Danilo Chaverr del

    PUSC, sustituido por Jos Antonio Lobo Solera a partir del 1 de agosto de 1999, Alejandro

    Esquivel Gerli del PLN, Evita Arguedas Maklouf del PUSC y Alejandro Soto Ziga del PLN. 4)

    Por otra parte, para su funcionamiento administrativo, el I.C.E est seccionado en Unidades

    Encargadas de Negocios, en lo sucesivo UEN, responsables de especficas reas de trabajo, entre

    ellas la UEN de Servicios Mviles encargada de lo relativo a telefona mvil y UEN de Desarrollo

    y Ejecucin de Proyectos. 5) El I.C.E. decidi incursionar desde el ao 1994 en la telefona celular

    utilizando la tecnologa "AMPS", que es primera generacin de telefona celular, requiriendo para

    ello la tcnica de "acceso mltiple por divisin de frecuencia", optando luego por migrar a la

    tecnologa de segunda generacin "DAMPS" que ocupa la tcnica TDMA, es decir, "acceso

    mltiple por divisin de tiempo". 6) De tal modo, el 6 de diciembre de 1994, dio inicio el sistema

    celular en Costa Rica con la adjudicacin de la licitacin privada N 152-94 a Lucent Tecnologas

    de Costa Rica para la adquisicin de 18.000 lneas, acordado mediante sesin N 4613 del Consejo

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    Directivo del I.C.E. Fue a partir de esta fecha que se realizaron ampliaciones al sistema celular,

    las que se dieron mediante la modalidad de compra directa a este proveedor. 7) Por otra parte, el

    20 de diciembre de 1994, la empresa Ericsson de Costa Rica realiz una donacin de 15.000 lneas

    segn se dispuso en el artculo 10 de la sesin N 4617 del Consejo Directivo. De esta manera la

    empresa Ericsson logr que el I.C.E. instalara y adoptara su plataforma tecnolgica. 8) Es por lo

    anterior, que en fecha 11 de julio de 1995, mediante sesin N 4673 artculo 10 del Consejo

    Directivo del I.C.E., se ampli en 15.000 las lneas celulares que por medio del proceso de compra

    directa se adquirieron del proveedor Ericsson. 9) El da 14 de noviembre de 1995 el Consejo

    Directivo del I.C.E. mediante sesin N 4708, adquiri 10.000 lneas celulares ms a la empresa

    Lucent Tecnologas de Costa Rica nuevamente por medio de compra directa. 10) En fecha 14 de

    octubre de 1997, el Consejo Directivo del I.C.E. mediante sesin N 4910, adjudic a la empresa

    Lucent Tecnologas de Costa Rica en arrendamiento una ampliacin de 40.000 nuevos servicios

    celulares en el rea metropolitana. 11) El da 11 de noviembre de 1997, en sesin del Consejo

    Directivo N 4918, en su artculo 7 se realiz la aprobacin de alquiler con opcin de compra de

    35.000 lneas celulares ms, as como de radio bases rurales, ampliacin que se adjudic por

    medio de compra directa a la empresa Ericsson. 12) Ahora bien, con respecto a la empresa Alcatel

    de Costa Rica, durante la dcada de los aos noventa, era una de las compaas en

    telecomunicaciones que operaba en nuestro pas, enfrentando en consecuencia el inconveniente

    para sus intereses comerciales, que las compaas Lucent Tecnologas y Ericsson se encontraban

    acaparando el mercado de lneas celulares en Costa Rica por medio de la ya adoptada tecnologa

    del sistema TDMA por parte del I.C.E., por lo que realizaron una serie de gestiones para entrar al

    mercado con uno de sus fuertes, cual era la tecnologa GSM, alegando frente al I.C.E. que no se

    daban los presupuestos para continuar con compras directas, puesto que no se poda determinar

    que existiera un oferente nico, y por el contrario, que haba proveedores como en su caso, que

    ofrecan tecnologa ms avanzada a un precio mejor. 13) El 26 de enero de 1998, mediante oficio

    suscrito por el imputado Edgar Valverde en su carcter de Presidente de Alcatel, dirigido al seor

    Roberto Dobles, en su carcter de Presidente Ejecutivo del I.C.E. le comunic la decisin de dicha

    empresa de donar un equipo GSM-PCS para 2000 terminales, lo que inclua el hardware y

    software necesarios para la operacin en el rea Metropolitana de San Jos, lo anterior con el

    objetivo -segn lo indicado en la nota- de generar experiencias en relacin con los servicios PCS

    ("Personal Communications Systems") que representan la siguiente generacin en comunicaciones

    inalmbricas mviles diversificadas y de forma simultnea le ayudara al pas a superar de manera

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    efectiva el dficit de lneas que exista. 14) El I.C.E., en sesin del Consejo Directivo N 4953 del

    10 de marzo de 1998 en el inciso e) del artculo 2, acord aceptar la donacin ofrecida por

    Alcatel, con la salvedad de que los equipos donados no podran ser utilizados por la

    administracin para dar solucin a la demanda pendiente. Sin embargo, en la sesin de ese

    Consejo N 4964 del 28 de abril de ese mismo ao, resolvi modificar el acuerdo tomado en la

    sesin de cita, en el sentido de dejar abierta la posibilidad de que los equipos donados pudieran ser

    utilizados por la Administracin para dichos fines. En igual forma, mediante sesin ordinaria N

    5104 del 24 de agosto de 1999, ese Consejo ratific la donacin dicha, aclarando que la misma no

    estara sujeta a futuras ampliaciones, ni se utilizara para comercializarla. 15) Pese a lo

    anterior, en fecha 2 de febrero de 1999 en sesin del Consejo Directivo N 5042, la Subgerencia de

    Telecomunicaciones recibi instrucciones por parte de ese Consejo para eliminar de los planes de

    desarrollo la incursin del I.C.E. en Sistemas PCS (GSM), ello hasta tanto no se aprobara lo

    establecido sobre ese particular en la Ley General de Telecomunicaciones. 16) En fecha 13 de

    julio de 1999, en sesin N 5091 el Consejo Directivo del I.C.E. ampli la telefona celular en

    40.000 lneas por medio de la compra directa a cada uno de los proveedores Lucent Tecnologas y

    Ericsson. 17) En fecha 24 de agosto de 1999, el Consejo Directivo del I.C.E. mediante sesin N

    5104, adjudic a la empresa Lucent Tecnologas de Costa Rica en arrendamiento una ampliacin

    de 40.000 nuevos servicios celulares en el rea metropolitana. 18) La dinmica de las

    comunicaciones y las necesidades de la sociedad costarricense, hicieron que para el ao 2000

    existiera una demanda creciente de servicios mviles totalmente insatisfecha, lo cual requera con

    urgencia una solucin a corto plazo que garantizara una comunicacin eficiente y a bajo costo en

    ese campo. 19) Atendiendo a esta razn, en la sesin N 5182 del 9 de mayo de 2000 del Consejo

    Directivo del I.C.E., la Subgerencia de ICETEL en coordinacin con la Unidad Estratgica de

    Negocios (UEN), sometieron a consideracin del rgano directivo, la necesidad de ampliar la red

    celular en 100.000 nuevos servicios telefnicos como nica forma de satisfacer la demanda

    pendiente, por cuanto para ese momento existan ms de 106.000 solicitudes en lista de espera y

    solo se contaba con una capacidad de 80.000 lneas, las cuales se estaran agotando en los meses

    siguientes. Se propuso en esa oportunidad, que se diera el procedimiento de contratacin directa

    con las empresas Lucent Tecnologas y Ericsson, como los nicos dos proveedores posibles al

    amparo del artculo 79.1 del Reglamento General de Contratacin Administrativa. 20) El Consejo

    Directivo, luego de verificar la rentabilidad de la inversin, autoriz a la Subgerencia de ICETEL

    la prosecucin de los trmites para la ampliacin de las 100.000 nuevas lneas telefnicas para el

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    sistema celular y a la vez acept el ofrecimiento de la empresa Alcatel de exponer sus posibilidades

    en esa ampliacin con costos menores pero utilizando la tecnologa GSM. 21) Para este momento

    Alcatel alegaba que no exista una libre concurrencia a la hora de participar en las compras

    directas de servicios celulares en el I.C.E., y que los artculos que pretenda adquirir no eran

    exclusivos por lo que no se justificaba otra compra directa. 22) Frente a estos hechos, el imputado

    Edgar Valverde Acosta, Gerente General de la empresa Alcatel de Costa Rica y el encargado para

    Amrica Latina, el indiciado Christian Sapsizian, decidieron enfrentar esa circunstancia desde

    varios ngulos, incluyendo acercamientos formales e informales con algunos miembros del Consejo

    Directivo del I.C.E., y altos funcionarios dentro de la institucin, as como del quehacer poltico

    nacional; que a la postre desencaden una serie de ofrecimientos y pagos ilcitos con el fin de que

    se favoreciera a la empresa que representaban, y la apertura de la tecnologa celular GSM. 23) En

    fecha 23 de mayo de 2000, en sesin N 5186, Alcatel Cit hizo una presentacin formal al Consejo

    Directivo del I.C.E. sobre las bondades que representara para el pas incursionar en la tecnologa

    GSM y el beneficio e impacto socioeconmico del mismo en el mercado costarricense. En esta

    misma sesin, el Consejo acord instruir a la subgerencia ICETEL, para que en un plazo mximo

    de tres meses calendario, les elaboraran y presentaran un estudio de factibilidad, incluyendo un

    plan de negocios que le permitiera a este rgano tomar una decisin en relacin con el uso de la

    tecnologa GSM-PCS. 24) El 30 de mayo de 2000, en la sesin del Consejo Directivo, N 5187,

    luego de que varios miembros del rgano realizaran una serie de consideraciones, se concluy que

    en ese momento no era posible la realizacin de una contratacin directa con proveedores distintos

    a los ya establecidos y migrar a otra tecnologa, denegando la posibilidad de que la empresa

    Alcatel fuese oferente en la contratacin directa; y se requiri un estudio de factibilidad, plan de

    negocios y borrador de cartel de licitacin sobre tecnologa GSM-PCS, que deba concluirse en 60

    das naturales, con el objeto de poder determinar la viabilidad del cambio y la ampliacin de los

    proveedores en la telefona para prximas contrataciones. 25) El da 2 de junio de 2000 (sin

    contar con el informe solicitado), el condenado Hernn Bravo Trejos, en su condicin de

    Presidente Ejecutivo a.i. del I.C.E. le inform oficialmente a Alcatel que s habra por parte de

    este ente la compra de servicios celulares en tecnologa GSM y que la misma se adquirira por

    medio de una licitacin pblica, agregando que por el momento la empresa Alcatel no podra

    participar en la compra directa que de servicios celulares hara el I.C.E por problemas tcnicos.

    26) En fecha 9 de junio de 2000, el sentenciado Hernn Bravo en la condicin antes dicha, anunci

    que el I.C.E trabajara con dos procesos de adquisicin, tanto la compra directa, como se vena

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    haciendo con los proveedores Lucent Tecnologas y Ericsson, as como el proceso de licitacin. 27)

    El da 13 de junio de 2000, en sesin del Consejo Directivo N 5191, se acord otorgar un plazo de

    45 das naturales a la Subgerencia de ICETEL para presentar el estudio comparativo, continuar

    conociendo de la contratacin de lneas celulares en tecnologa GSM y tomar las decisiones

    correspondientes dejando en suspenso el acuerdo tomado en la sesin N 5182 del 9 de mayo. Se

    dispuso adems que el informe solicitado se entregara el da 30 de julio de 2000. 28) El encartado

    Edgar Valverde y el indiciado Christian Sapsizian, consideraron que los altos funcionarios del

    I.C.E. por iniciativa propia no estaban realizando acciones serias tendientes a ofrecer a los

    proveedores de lneas celulares en el sistema de tecnologa GSM, ni una clara participacin en el

    mercado a travs de una licitacin que les permitiera una real opcin de venta de estos servicios

    para el Estado, esto por cuanto los informes solicitados por el Consejo Directivo para tomar una

    decisin, no tenan ni siquiera un plazo determinado sino que se cambiaba constantemente. 29) El

    26 de junio de 2000, mediante nota UENSM 327-06-00, se present por parte de la Subgerencia de

    ICETEL el informe requerido, por lo que el Consejo Directivo se comprometi a la bsqueda de

    soluciones para la demanda insatisfecha de servicios mviles con calidad y precios bajos, sin que

    se tomara una decisin al respecto en ese momento. 30) Es a partir de estas fechas en que el

    encartado Edgar Valverde Acosta y Christian Sapsizian, decidieron que para que se iniciara el

    proceso de licitacin por parte del I.C.E en lneas celulares utilizando la tecnologa GSM, deban

    ofrecer ddivas a los funcionarios pblicos que estaban involucrados de una forma u otra en la

    decisin de abrir la licitacin para la adquisicin de lneas celulares utilizando la tecnologa GSM,

    en beneficio de su representada la empresa Alcatel. 31) En fecha 11 de julio de 2000, en sesin del

    Consejo Directivo del I.C.E. N 5199, en el considerando 2 se indic: "...- Que el inters de este

    cuerpo director es buscar la mejor tecnologa a los precios ms bajos, para atender la creciente

    demanda de servicios mviles, buscando para ello el medio de contratacin ms adecuado y sujeto

    jurdico vigente....Por tanto: a) Integrar una comisin especial compuesta por los directores

    William Muoz Cspedes y Joaqun Fernndez Alfaro, para que con el apoyo de un consultor

    externo, analicen la viabilidad jurdica de utilizar un procedimiento especial abreviado de

    contratacin de las empresas proveedoras, que permita la adquisicin de los equipos de tecnologa

    mvil, en el menor tiempo". 32) El da 5 de diciembre de 2000, en sesin del Consejo Directivo del

    I.C.E. N 5249, de conformidad con las recomendaciones dadas por el rea Tcnica en cuanto a

    implementar la tecnologa GSM en la banda de 1800 MHZ, y la UEN de telefona mvil que haba

    justificado la factibilidad tcnica para implementar 400.000 soluciones de telefona mvil

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    partiendo de las centrales fijas existentes de Alcatel, Siemens, Nortel, Ericsson, y Lucent; se

    acogi esta opcin y se reforz la idea de la implementacin rpida de esta solucin. 33)

    Igualmente, segn el dictamen jurdico emitido por la Asesora Legal T-15547 ALCO 1187 del 5

    de diciembre de 2000; tomando en cuenta la eficiencia, continuidad, adaptabilidad, convergencia

    tecnolgica e inters pblico; era procedente la adaptacin, ampliacin y actualizacin

    tecnolgica de las centrales telefnicas en operacin mediante la modalidad de Contratacin

    Directa. Es con base en todas las consideraciones mencionadas que el Consejo Directivo del I.C.E.

    en la sesin supra indicada, determin la conveniencia de introducir la tecnologa GSM -tambin

    de segunda generacin- teniendo en cuenta que al ser de estndar abierto, le permitira contar a la

    Institucin con una cantidad amplia de oferentes, haciendo que los costos de infraestructura

    disminuyeran y permitiendo que las terminales fueran ms accesibles para el usuario final. 34)

    Bajo dichos supuestos, en el punto X de la sesin del Consejo Directivo citada N 5249, se acord

    solicitar la respectiva autorizacin a la Contralora General de la Repblica para la ampliacin de

    las centrales mediante el procedimiento de contratacin directa, al amparo de los artculos 79.1 y

    83 del Reglamento de Contratacin Administrativa. 35) En lnea con lo anterior, se procedi a la

    emisin de las notas T-17034 y T-0365 del 21 de diciembre de 2000 y 15 de enero de 2001

    respectivamente, por medio de las cuales el entonces Presidente Ejecutivo de la entidad Ing. Pablo

    Cob Saboro, solicit la autorizacin respectiva. 36) En la nota T-17034, se haca ver al ente

    contralor, que lo mejor para el pas y los usuarios era incursionar en la tecnologa GSM, lo cual

    podra cumplirse mediante dos vas. La primera, de forma directa por la institucin, que era la

    ampliacin de las centrales telefnicas existentes de las marcas: Alcatel, Siemens, Ericsson, Lucent

    y Nortel; y la segunda, la contratacin de equipo terminal de forma directa, con los mismos

    proveedores de las centrales que se pretenda ampliar, correspondindole a la Contralora aprobar

    la segunda va en cuestin. 37) El 25 de enero de 2001, mediante Sesin N 5260 del Consejo

    Directivo del I.C.E., se conoci el oficio N 813 de fecha 23 de ese mes y ao, que fue suscrito por

    el Lic. Manuel Martnez Sequeira, Gerente de la Divisin de Asesora y Gestin Jurdica de la

    Contralora General de la Repblica, en el cual se seal que la contratacin directa no se

    consideraba viable, no obstante por los motivos de inters pblico esbozados en su oportunidad, se

    autoriz al I.C.E. para implementar la figura jurdica de un "Procedimiento Concursal Abreviado".

    38) En esta sesin N 5260, el Consejo Directivo acord instruir a la Subgerencia de

    Telecomunicaciones para que de inmediato efectuara una publicacin en todos los diarios de

    circulacin nacional, con el objeto de invitar a los potenciales oferentes de estos equipos, no solo

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    10

    de las empresas que eran en ese momento proveedoras de centrales telefnicas, sino tambin

    cualesquiera otras que se ajustaran fielmente a los protocolos de la tecnologa GSM. 39) En fecha

    20 de febrero de 2001, no obstante todo lo ya acontecido y siguiendo la lnea de planeacin que el

    I.C.E. haba programado, en la sesin N 5268 del Consejo Directivo, la Subgerencia de

    Telecomunicaciones present la propuesta para una compra directa -diversa del requerimiento de

    las 400.000 lneas- para ampliar el equipo inalmbrico que se requera para brindar servicios

    GSM marca Alcatel, con el propsito de atender, "la urgente necesidad de abastecer la creciente

    demanda de servicios mviles". 40) El da 27 de febrero de 2001, en sesin extraordinaria N 5271

    el Consejo Directivo consider los siguientes aspectos: "...la capacidad de ese entonces de 220.000

    servicios se encontraba agotada, y la ampliacin y digitalizacin que haba sido aprobada

    solamente podra satisfacer la demanda acumulada para el ao 2000, en tanto que la contratacin

    abreviada aprobada por la Contralora General de la Repblica estara aportando nuevos

    servicios para los primeros meses del ao 2002, requirindose de esta otra contratacin para la

    satisfaccin de la demanda respecto del ao 2001. La demanda total del servicio celular al

    momento de la discusin era de 304.150 clientes aproximadamente, existiendo un total de 87.500

    servicios asignados, generndose un dficit de 216.650 solicitudes pendientes, de modo que con la

    ampliacin se cubriran 214.000 servicios quedando an as pendientes alrededor de 2.650

    solicitudes..."; y tomando en cuenta las ventajas tcnicas y econmicas de la contratacin, el

    Consejo Directivo motiv: 1. Que la Institucin el 5 de mayo de 1998 haba recibido por parte de

    Alcatel, un equipo para brindar servicios inalmbricos en la tecnologa GSM, la cual se

    encontraba operando en ese momento, 2. Que el equipo solo poda ser ampliado con equipo de la

    misma marca, pudiendo tener lneas disponibles a muy corto plazo para satisfacer la demanda

    existente; 3. Haciendo un anlisis de costos internacionales de esta tecnologa era beneficiosa; 4.

    Que se dara una maximizacin de los equipos de la red GSM existente, mejorando la calidad del

    servicio; y 5. Que los precios cotizados presentaban condiciones favorables y razonables para la

    Institucin. Por todo lo anterior, consider la contratacin como una solucin idnea para mitigar

    en forma eficiente la necesidad de lneas, y acordaron por unanimidad aceptar la propuesta

    realizada por la UEN de Servicios Mviles para la ampliacin del sistema celular GSM en 160.000

    lneas mediante la aprobacin de la contratacin directa nmero 108792 con la empresa Alcatel

    Cit como fabricante de los equipos y a la Arrendadora Interfin S.A. como empresa arrendadora de

    los mismos. 41) El 20 de marzo de 2001, mediante sesin ordinaria del Consejo Directivo del

    I.C.E. N 5277, se someti a voto la aprobacin del acta de la sesin N 5271. No obstante, a

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    instancia del condenado Hernn Bravo Trejos, se di la mocin de revisar el acta en discusin,

    proponiendo la derogatoria de la misma en lo que respecta a la ampliacin de las 160.000 lneas

    celulares por compra a la empresa Alcatel. Luego de una discusin que se provoc en el seno del

    Consejo se someti a votacin la propuesta; siendo finalmente rechazada la mocin de Bravo

    Trejos con votacin en contra por parte de los directores de ese momento: Cob Saboro, Lobo

    Solera, Pantigoso de la Pea y Fernndez Alfaro, mientras que los directores Bravo Trejos, Soto

    Ziga y Esquivel Gerli votaron a favor, por lo que qued aprobada en firme el acta de la sesin

    extraordinaria N 5271. 42) El viernes 20 de julio de 2001, como parte del procedimiento

    concursal abreviado, instaurado bajo el N 001-2001 para la adquisicin de las 400.000 lneas

    celulares, se llev a cabo la recepcin de las ofertas, presentndose dos empresas oferentes:

    Consorcio Ericsson II y la oferta conjunta de la empresa francesa Alcatel Cit con el respaldo

    financiero del Banco Centroamericano de Integracin Econmica (B.C.I.E.); este ltimo sera

    concretamente el arrendador del sistema requerido por el I.C.E., con los derechos y obligaciones

    inherentes a su condicin de propietario de los equipos, mientras que Alcatel sera el oferente

    tcnico y como tal, responsable exclusivo por la disponibilidad, calidad, cobertura, trfico y grado

    de servicio de los equipos, entre otros. 43) En fecha 28 de agosto de 2001, mediante sesin de

    Junta Directiva del I.C.E. N 5326, tomndose en consideracin que la primera oferta,

    correspondiente al Consorcio Ericsson II, presentaba defectos en los aspectos tcnicos, los cuales

    impedan conocer la apertura del sobre econmico, y que la oferta presentada en forma conjunta

    entre Alcatel Cit y el B.C.I.E., cumpla todos los requerimientos del cartel, por unanimidad se

    acord adjudicar el procedimiento concursal abreviado 01-2001 para el arrendamiento con opcin

    de compra de los equipos necesarios para que el I.C.E. brindara 400.000 soluciones integrales

    telefnicas inalmbricas con tecnologa GSM en la banda de 1800 Mhz, ms los servicios y

    componentes asociados, a la oferta conjunta supra citada (Alcatel-B.C.I.E.). 44) En fecha 14 de

    octubre de 2001, la empresa Ericsson apel ante la Contralora General de la Repblica la

    adjudicacin que hizo el ICE del contrato de las 400.000 lneas a la empresa Alcatel. 45) El 19 de

    diciembre de 2001, la Contralora General de la Repblica rechaz la apelacin presentada por la

    compaa Ericsson por la adjudicacin de la licitacin a la empresa Alcatel, con lo cual la entidad

    confirm el acto de adjudicacin. 46) En fecha 18 de enero del ao 2002, se suscribi el contrato

    para formalizar la adjudicacin del Proceso Abreviado N 01- 2001, entre lvaro Retana Castro,

    Subgerente para Telecomunicaciones del I.C.E., Edgar Valverde Acosta, en su calidad de

    apoderado Especial del Alcatel Cit y Carlos Alberto Zamora Guardia en su calidad de Gerente

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    Regional del Banco Centroamericano de Integracin Econmica, el cual tuvo como objeto el

    arrendamiento con opcin de compra de los equipos necesarios ms los servicios y componentes

    asociados para que el I.C.E. brindara 400 mil soluciones integrales telefnicas inalmbricas

    tecnologa GSM en la banda 1800 MHZ, por la suma de $149.454.363.24. Moneda de los Estados

    Unidos de Amrica, al igual que las restantes referencias que en dicha moneda se realicen en esta

    resolucin. 47) El da 7 de marzo de 2002, mediante oficio N 2543 DI-AA-698, la Unidad de

    Autorizaciones y Aprobaciones de la Contralora General de la Repblica, luego de haberse

    efectuado el estudio correspondiente, dio el refrendo al contrato de arrendamiento del equipo con

    opcin de compra, ms los servicios y componentes asociados, para que el I.C.E. brindara 400.000

    soluciones integrales telefnicas inalmbricas tecnologa GSM en la banda 1800 MHZ, suscrito

    por el Instituto Costarricense de Electricidad (I.C.E.), el Banco Centroamericano de Integracin

    Econmica (B.C.I.E.) en su calidad de arrendante de los equipos, y Alcatel Cit en su calidad de

    fabricante de los equipos y del software necesarios. Los corruptores 48) El indiciado Christian

    Sapsizian Auvignon de nacionalidad francesa, ocup para el momento de los hechos el cargo de

    adjunto al vicepresidente para Latinoamrica (excepto Brasil y Mxico) y de director comercial

    para Latinoamrica, en la rama de redes fijas de Alcatel Cit. 49) El imputado Edgar Valverde

    Acosta desde 1996 ocup el puesto de presidente de la empresa Alcatel de Costa Rica S.A. y

    Country Senior Office (CSO) para Centroamrica, es decir el ejecutivo de ms alto rango de

    Alcatel en la regin. 50) Sin precisar fecha, pero aproximadamente en mayo de 2000, el imputado

    Edgar Valverde Acosta y Christian Sapsizian planearon buscar, ofrecer y entregar ddivas

    consistentes en dinero a funcionarios pblicos que tuvieran injerencia o poder de decisin con

    respecto a las contrataciones del I.C.E y dentro del mbito poltico, en aras de favorecer a la

    empresa Alcatel y lograr la apertura a las licitaciones pblicas en materia de telefona celular

    GSM y la adjudicacin de las futuras licitaciones en esta materia, as como recibir una cuantiosa

    suma de dinero a su favor. Como parte de su estrategia, acordaron que la efectiva entrega del

    dinero que prometieran a los funcionarios lo haran en forma indirecta a travs de una tercera

    persona, el acusado Luis Adrin Quirs Carmona. Para lograr el mismo cometido tambin tuvo

    injerencia el acusado Leonel Barrios Arce. 51) El imputado Luis Adrian Quirs Carmona, es

    abogado y notario con oficina abierta al pblico en la ciudad de San Ramn de Alajuela, como

    parte de su ejercicio profesional instruy para que se creara la sociedad denominada Servicios

    Notariales Q.C. S.A, la que fue constituida en fecha 14 de febrero de 1990 por Arnulfo Carmona

    Martnez y Oki Emilio Rojas Chacn, abogado y asistente jurdico, respectivamente, de su oficina.

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    Desde el 18 de setiembre de 2001, Carmen Lidia Rojas Carranza, cnyuge del imputado Luis

    Adrin Quirs Carmona, fue la duea de la totalidad del capital social de la empresa y se le

    nombr presidente de la junta directiva, situacin que se modific en fecha 7 de setiembre de 2004,

    cuando Quirs Carmona pas a ser el dueo de la totalidad del capital social y fue nombrado

    presidente. 52) Entre los encartados Luis Adrin Quirs Carmona y Edgar Valverde Acosta existe

    una relacin de parentesco por afinidad, puesto que la esposa de Edgar Valverde es hermana de

    Quirs Carmona. Los lazos de afinidad y la relacin de confianza motivaron que se incluyera la

    participacin activa de Quirs Carmona en la realizacin del plan antes dicho; y adems, los tres

    recibieron parte del dinero proveniente de Alcatel Cit. 53) Con el anterior propsito, el

    imputado Valverde Acosta junto con el indiciado Christian Sapsizian, de comn acuerdo con el

    imputado Luis Adrin Quirs Carmona, decidieron utilizar la cuenta bancaria de Servicios

    Notariales Q.C. con el Banco Cuscatln, como la receptora de los dineros entregados por Alcatel

    Cit, para posteriormente distribuirlos entre los funcionarios y polticos mprobos que se indicar.

    54) Como parte del plan previamente trazado, el indiciado Christian Sapsizian y los acusados

    Valverde y Quirs Carmona, a efecto de encubrir el pago de las ddivas ilcitas y justificar las

    transferencias millonarias de dinero a favor de los funcionarios pblicos, aprovecharon la relacin

    comercial que se haba mantenido entre Servicios Notariales Q.C. con Alcatel Cit - representada

    para esos actos por Alcatel Standard S.A - y promovieron la suscripcin de nuevos contratos de

    consultora entre ambas empresas, para dar apariencia de licitud al envo del dinero necesario

    para el pago de las ddivas prometidas. Segn estos contratos a la empresa Servicios Notariales

    Q.C. se le reconoca formalmente el pago por supuestos servicios que ya haban sido otorgados y

    as contablemente, Alcatel justificaba esos pagos ilcitos. 55) As, el encartado Quirs Carmona,

    para hacer el pago de las ddivas prometidas, utiliz el dinero proveniente de Alcatel Cit, que se

    justific como el pago de cuatro contratos por consultoras supuestamente otorgadas, que fueron:

    a) Acuerdo de Consultora N 424 H 39552 Costa Rica ICE- Swiching Program 2000-2001, de

    fecha 22 de febrero del ao 2001, suscrito el 1 y 14 marzo de ese mismo ao, respectivamente

    en la ciudad de San Jos por el representante de Servicios Notariales Q.C. y en la ciudad de

    Basel Suiza por el representante de Alcatel Standard S.A. en representacin de Alcatel CIT. En el

    que se estableci, en lo esencial, que el objeto del mismo era promover la oferta de la compaa,

    informar de las actividades de los competidores y asistir a la compaa en lo que razonablemente

    requiriera por el proyecto "ICE-Switching program 2000-2001" y que la comisin a recibir sera

    de 1% del monto total del contrato. b) Acuerdo de Consultora N 424 H 39562 Costa Rica

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    ICE- 509PRI Expansion, de fecha 22 de febrero de 2001, suscrito el da 1 de marzo y el da 14

    de marzo de ese mismo ao, respectivamente en la ciudad de San Jos por el representante de

    Servicios Notariales Q.C. y en la ciudad de Basel Suiza por el representante de Alcatel Standard

    S.A. en representacin de Alcatel CIT. En el que se estableci, en lo esencial, que el objeto del

    mismo era promover la oferta de la compaa, informar de las actividades de los competidores y

    asistir a la compaa en lo que razonablemente requiriera por el proyecto "ICE-Switching

    program 2000-2001" y que la comisin a recibir sera un monto fijo de $100.000 y un 8.25%

    proporcional al monto total del contrato. c) Acuerdo de Consultora N 424 J 44032 Costa Rica

    ICE Swiching program 2002 2003 de fecha 8 noviembre de 2002, suscrito el 20 de noviembre y

    el 27 de noviembre ambos del mismo ao, respectivamente por el representante de Servicios

    Notariales Q.C. en la ciudad de San Jos, y en la ciudad de Basel por el representante de Alcatel

    Standard S.A. en representacin de Alcatel CIT. En el que se estableci, en lo esencial, que el

    objeto del mismo era promover la oferta de la compaa, informar de las actividades de los

    competidores y asistir a la compaa en lo que razonablemente requiriera por el contrato en Costa

    Rica del proyecto Programa de interruptores 2002 - 2003, y que la comisin a recibir sera de un

    7.5% proporcional al monto total del contrato. d) Acuerdo de Consultora N 424 J 42782

    Costa Rica ICE /CABEI 400 KL Turnkey GSM, de fecha 17 de mayo de 2002, suscrito en la

    ciudad de San Jos el 25 de mayo y 25 de junio del mismo ao, respectivamente por los

    representantes de Servicios Notariales Q.C. en la ciudad de San Jos y de Alcatel Standard S.A. en

    representacin de Alcatel CIT, en la ciudad de Basel. En el que se estableci, en lo esencial, que el

    objeto del mismo era promover la oferta de la compaa, informar de las actividades de los

    competidores y asistir a la compaa en lo que razonablemente requiriera por el contrato en Costa

    Rica del proyecto de las 400.000 lneas, y que la comisin a recibir sera de un 5.5% proporcional

    del monto total del contrato. 56) Formalmente, era funcin del imputado Valverde Acosta y del

    indiciado Christian Sapsizian, supervisar por parte de la empresa Alcatel CIT, la ejecucin de los

    contratos firmados con Servicios Notariales Q.C., as como promover la oferta de la compaa

    mediante la informacin de las actividades de los competidores, promocionar, suministrar y asistir

    a la compaa en lo requerido. En realidad, como se dijo, estos contratos eran un pretexto (una

    mampara) para recibir los dineros que posteriormente constituiran los pagos ilcitos que se

    entregaran a los diversos funcionarios pblicos. Es decir, Servicios Notariales Q.C. era el

    intermediario para trasladar los dineros a los corruptos. Dinero enviado por Alcatel y recibido en

    la cuenta bancaria de Servicios Notariales Q.C. con el Banco Cuscatln . 57) El acusado Luis

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    Adrin Quirs Carmona, para el 11 de noviembre de 1998, haba gestionado la apertura de la

    cuenta en dlares nmero 101-001-004351-3 en el Cuscatln International Bank "off shore" del

    Banco Cuscatln de Costa Rica y segn el registro de firmas, las personas autorizadas eran su

    esposa, Carmen Lidia Rojas Carranza y l. 58) As las cosas, en virtud de su cercana con el

    imputado Edgar Valverde Acosta y conforme con el plan que ste haba ideado con Sapsizian para

    corromper a funcionarios pblicos, el encartado Luis Adrin Quirs se hara responsable de la

    recepcin del dinero proveniente de la empresa Alcatel, y realizar los pagos ilcitos a los

    funcionarios mprobos. Para ello, este ltimo utiliz la cuenta bancaria de Servicios Notariales

    Q.C. S.A., tanto durante la poca en que su esposa fungi como presidenta, como cuando l

    personalmente asumi la presidencia y representacin de la sociedad. 59) De acuerdo con lo

    anterior, el 25 de junio de 2003, Carmen Lidia Rojas Carranza, siendo apoderada generalsima sin

    lmite de suma de la sociedad Servicios Notariales Q.C. S.A, mediante nota dirigida al Banco

    Cuscatln, aval y ratific todas las operaciones financieras que se haban efectuado por dicha

    sociedad, indicando que las mismas se realizaron siguiendo instrucciones que le gir el encartado

    Luis Adrin Quirs Carmona. 60) Basados en los contratos de consultora de comentario, el

    indiciado Christian Sapsizian y los acusados Edgar Valverde y Luis Adrin Quirs gestionaron el

    cobro por los servicios aparentemente brindados mediante el envo de las respectivas facturas a

    Alcatel Cit, la que transfiri los dineros desde el ABN AMRO Bank ubicado en msterdam,

    Holanda, a la cuenta corriente N 101-001-004351-3 de la sociedad Servicios Notariales Q.C. en el

    Banco Cuscatln International Bank & Trust Co. Ltd., domiciliado en Bahamas. Lo anterior con el

    fin de que una parte de tales dineros fuera utilizada para los pagos ilegtimos ofrecidos a los

    funcionarios pblicos, en relacin con el suministro de telefona mvil en tecnologa GSM, por

    parte de Alcatel al I.C.E.; mientras el resto del dinero sera repartido entre Sapsizian, Valverde y

    Quirs. La distribucin exacta de estas sumas se detallar posteriormente. 61) La empresa Alcatel

    Cit cancel cada uno de los montos correspondientes a los contratos referidos y el indiciado

    Christian Sapsizian junto a los acusados Edgar Valverde y Luis Adrin Quirs, obtuvieron el

    dinero que utilizaron para el pago de las ddivas a los funcionarios pblicos. Alcatel Cit transfiri

    de su cuenta con el ABN AMRO Bank en Amsterdam, Holanda, a la cuenta de Servicios Notariales

    Q.C. S.A. con el Cuscatln International Bank & Trust, un total de catorce millones quinientos

    veintisiete mil ochocientos cincuenta y ocho dlares ($14.527.858), detallado de la siguiente

    manera: a) El da 7 de diciembre de 2001, se transfirieron ochocientos mil dlares ($800.000); b)

    El da 28 de diciembre de 2001, se trasladaron setecientos mil dlares ($700.000); c) El 25 de

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    enero de 2002, la suma de setecientos cuarenta y nueve mil doscientos setenta y un dlares con

    cincuenta centavos ($749.271.50); d) El 9 de agosto de 2002, la suma de un milln trescientos

    ochenta mil ochenta y cinco dlares ($1.380.085); e) El 25 de octubre de 2002, el monto de ochenta

    y un mil quinientos sesenta y seis dlares ($81.566); f) El 02 de diciembre de 2002, se traslad la

    suma de un milln cuarenta y nueve mil seiscientos treinta y seis dlares ($1.049.636); g) El 28 de

    marzo de 2003, la suma de tres millones novecientos treinta y nueve mil trescientos treinta y

    cuatro dlares ($3.939.334); h) El 19 de julio de 2003, las sumas de diecisiete mil ochocientos

    veintin dlares ($17.821) y un milln noventa y nueve mil seiscientos treinta y cinco dlares con

    cincuenta centavos ($1.099.635.50); y i) El 24 de octubre de 2003 se transfiri un monto de cuatro

    millones setecientos diez mil quinientos nueve dlares ($4.710.509). 62) El imputado Luis Adrin

    Quirs Carmona, conforme a la parte del plan que le corresponda realizar, procedi a hacer las

    entregas de dinero a cada uno de los funcionarios que le indicaron el encartado Edgar Valverde y

    Christian Sapsizian conforme se expondr. Los corruptos: promesa y entrega de ddivas: Miguel

    ngel Rodrguez Echeverra, Alfonso Guardia Mora y Jos Antonio Lobo Solera : 63) El

    imputado Miguel ngel Rodrguez Echeverra ejerci la Presidencia de la Repblica de Costa

    Rica, a partir del 08 de mayo de 1998 y hasta el 08 de mayo de 2002. Como tal, entre sus deberes

    constitucionales se encontraba vigilar el buen funcionamiento de los servicios y dependencias

    administrativas del pas. 64) Como parte de su gabinete nombr al coimputado Jos Antonio Lobo

    Solera Ministro de Vivienda, cargo que desempe desde el 8 de mayo 1998 y hasta el mes de julio

    de 1999, momento en el cual el encartado Rodrguez Echeverra requiri su traslado como su

    asesor, a la Casa Presidencial. 65) Por su parte, el coimputado Lobo Solera ingres a laborar

    para la Presidencia de la Repblica el 1 de agosto de 1999 como consultor, y posteriormente, a

    partir del 2 de setiembre del mismo ao, fue reclasificado el puesto que ocupaba (nmero 111379)

    a Director General, cargo que desempe de forma efectiva hasta el 09 de mayo de 2002. 66)

    Mediante sesin del Consejo de Gobierno de las ocho horas con treinta minutos del da 3 de agosto

    de 1999, N 63, artculo III, se nombr al imputado Jos Antonio Lobo Solera -de forma paralela

    al cargo que desempeaba de director en la Presidencia de la Repblica-, como director del

    Consejo Directivo del I.C.E., a partir del 1 de agosto de 1999 y hasta completar el perodo legal el

    31 de mayo de 2006, sustituyendo al Lic. Danilo Chaverri Soto; no obstante, dado que el Ing.

    Rolando Aguilar Gonzlez renunci el 2 de setiembre de 2003, a Lobo Solera se le nombr en ese

    ltimo puesto a partir de esa fecha y hasta el 31 de mayo de 2010. Pese a lo anterior ces en el

    cargo de Directivo del I.C.E. desde el 19 de octubre de 2004 segn sesin N 122 de esa misma

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    fecha del Consejo de Gobierno. De esta forma, si bien el imputado Lobo Solera fue nombrado en el

    Consejo Directivo del I.C.E., sigui dependiendo jerrquicamente del imputado Rodrguez

    Echeverra ejerciendo un cargo de confianza, lo que implicaba continuar en sus labores de

    asesora al servicio del Presidente de la Repblica. 67) Dentro del marco de su labor como

    directivo del I.C.E., el imputado Lobo Solera conoci al indiciado Christian Sapsizian como el

    mximo representante de la multinacional Alcatel en el rea de telecomunicaciones para Amrica

    Latina, as como al coimputado Edgar Valverde Acosta, Gerente General de Alcatel Cit en Costa

    Rica, con quienes coincidi en algunas reuniones. Antecedentes a la contratacin de lneas

    celulares GSM. 68) Sin precisar fecha, pero con anterioridad y en forma independiente a

    los hechos relacionados con la pretensin de la empresa Alcatel para lograr la

    apertura del I.C.E hacia las compras de telefona celular GSM, el acusado Alfonso

    Guardia Mora mantuvo un vnculo comercial con la empresa Alcatel. 69) El

    encartado Alfonso Guardia Mora, se dedicaba a la labor de lobby, cabildeo o promocin

    de proyectos ante funcionarios pblicos y polticos de alto nivel que tuvieran injerencia

    en la toma de decisiones relativas a las contrataciones pblicas, funcin que se le

    facilitaba por los puestos que l haba ejercido a lo largo de su carrera profesional.

    Como parte de su accionar, a cambio del apoyo que se diera a los intereses que

    representaba, ofreca una gratificacin al funcionario, en nombre propio o de la

    empresa o persona contratante. 70) Derivado de lo anterior, aproximadamente entre los meses

    de febrero y marzo del ao 2000, el imputado Alfonso Guardia Mora contact al co-encartado

    Jos Antonio Lobo Solera (con accin penal suspendida), en su carcter de miembro del consejo

    directivo del I.C.E, a quien le manifest que l desarrollaba una actividad lcita en Costa Rica,

    cual era representar intereses comerciales de diferentes empresas, algunas de las cuales le

    suministraban equipo o servicios al I.C.E. Agreg que como parte de su poltica de relaciones

    pblicas, de los montos que l ganaba por ese concepto, haca obsequios a directores o personeros

    de las instituciones, en este caso del I.C.E., cuando haban favorecido una adquisicin de alguna de

    las empresas por l representada, y le ofreci que en su oportunidad iba a tener una "atencin"

    para con l. Esto ltimo refirindose a un pago ilegal que Lobo Solera acept. 71) Con posteridad,

    entre los meses de marzo y abril del ao 2000, el encartado Guardia Mora le solicit al

    coimputado Lobo Solera que le ayudara con gestiones de cobro ante Alcatel, indicndole que le

    agradecera que le hiciera saber a dicha empresa que en caso de que no cumplieran tendran

    problemas. 72) En diversas ocasiones el imputado Alfonso Guardia Mora le haba manifestado al

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    co encartado Lobo Solera que estaba teniendo dificultades muy serias para que la empresa Alcatel

    honrara compromisos pecuniarios suscritos con l y, que lo ms grave de todo era que parte de

    esos dineros le correspondan al Presidente de la Repblica, el imputado Miguel ngel Rodrguez

    Echeverra, quien haba participado de manera sustantiva en una negociacin con Alcatel. 73)

    En esa misma lnea, sin precisar fecha, pero aproximadamente en los meses de abril y

    mayo del ao 2000, el entonces Presidente de la Repblica, imputado Miguel ngel Rodrguez

    Echeverra, de una manera informal le solicit al co encartado Jos Antonio Lobo Solera su

    intervencin, por cuanto segn indic en esa oportunidad Rodrguez Echeverra, la empresa

    Alcatel estaba quedando mal con unas personas en Costa Rica que la representaban o le brindaban

    asesoras, requirindole a Lobo Solera que les hiciera saber a los personeros de Alcatel que si

    tenan un compromiso que lo honraran. 74) Ante el requerimiento anterior, el imputado Jos

    Antonio Lobo Solera le comunic al co encartado Edgar Valverde Acosta, Gerente General de

    Alcatel en Costa Rica, la preocupacin que le haban transmitido los imputados Rodrguez

    Echeverra y Guardia Mora. 75) Por su parte, el imputado Valverde Acosta le expres al acusado

    Lobo Solera que Guardia Mora no haba cumplido con su parte y que por el contrario el trato que

    haba recibido Alcatel haba sido injusto, lo que generaba dentro de la empresa una gran

    molestia; pese a lo anterior, le indic que le trasladara la preocupacin al indiciado Sapsizian.

    76) A finales de mayo o principios de junio del ao 2000, el imputado Jos Antonio Lobo Solera le

    inform al co encartado Miguel ngel Rodrguez Echeverra que deba viajar a Europa como parte

    de sus labores de directivo del I.C.E, momento en que Rodrguez le orden que aprovechara el

    viaje para pasar por Pars y que hiciera una gestin de cobro con la empresa Alcatel. Esto por

    cuanto no normalizaban la situacin en Costa Rica y estaban quedando muy mal con relacin a las

    ddivas de negocios anteriores no determinados. 77) Efectivamente, el imputado Lobo Solera

    estuvo en Europa del 28 de junio al 7 de julio de 2000 y encontrndose en Pars contact

    telefnicamente al indiciado Christian Sapsizian, a quien le hizo ver la preocupacin que tena el

    imputado Alfonso Guardia Mora respecto del incumplimiento de compromisos por parte de Alcatel,

    as como que dicha preocupacin ya haba llegado a la Casa Presidencial. 78) Ante lo expresado

    por el imputado Lobo Solera, el indiciado Sapsizian respondi que el encartado Guardia Mora no

    haba demostrado suficiente eficiencia en atenderlos a ellos y consideraban que estaba bien

    pagado, no obstante l iba a transmitir la inquietud a "ms arriba". Esto es, a la jerarqua de

    Alcatel. 79) Durante los meses de julio y agosto del ao 2000, el imputado Guardia Mora le

    insisti al co encartado Lobo Solera para que ste presionara a Alcatel a efecto de que cumplieran

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    19

    con los pagos pendientes, ante lo cual Lobo Solera le manifest que ya haba hablado con el

    indiciado Sapsizian. 80) Aproximadamente entre setiembre y octubre del ao 2000, el

    imputado Alfonso Guardia Mora nuevamente entabl conversaciones con el co encartado Lobo

    Solera y le manifest que Alcatel estaba pagando con "pagos de polaco" y que haba una regala

    para l (Lobo Solera) proveniente de la parte del dinero que le corresponda a su persona, y le

    entreg como pago por las gestiones de cobro que Lobo Solera haba realizado ante Alcatel, el

    certificado de depsito a plazo de BICSA N 16206, emitido el 02 de mayo de 2000, por un monto

    de nueve mil sesenta y dos dlares con cincuenta centavos ($9.062.50) y el respectivo cupn de

    intereses N 16206-01 por un monto de $521,09. El encartado Lobo Solera, el da 04 de octubre de

    2000, endos el ttulo para ser administrado en la Central de Valores. 81) De igual modo,

    como pago de las gestiones realizadas por Lobo Solera en beneficio del encartado Guardia Mora,

    recibi de manos de ste, el 26 de marzo de 2003 el cheque N 49-1 del Banco Nacional de Costa

    Rica, de la cuenta Holding de Valores y Capitales S.A., por la suma de cuarenta y seis mil dlares

    ($46.000), el ttulo se gir a favor de la seora Jean Philp Gallup, esposa de Lobo Solera, a su

    solicitud. Guardia Mora solicit al encartado Jos Antonio Lobo que pasara a su oficina ubicada

    en Los Yoses para recogerlos y una vez en la oficina, la secretaria de Guardia Mora le entreg al

    encartado Lobo Solera un sobre cerrado, mismo que contena el citado cheque y que se hizo

    efectivo el 29 de marzo de ese ao en la Agencia del Banco Cuscatln en Alajuela. 82) El 29 de

    marzo de 2003, el imputado Jos Antonio Lobo invirti los cuarenta y seis mil dlares ($46.000) en

    la compra del certificado de depsito N. 2231420000129 en el Cuscatln International Bank con

    fecha de vencimiento el 30 de junio de 2003. 83) El 2 de julio de 2003, el acusado Lobo Solera

    cancel la inversin por los $46.000.00 ms el cupn de intereses por cuatrocientos cuatro dlares

    con ochenta centavos ($404.80) y con estos recursos adquiri el cheque de gerencia N 19277-8

    por la suma de cuarenta y seis mil cuatrocientos cuatro dlares con ochenta centavos ($46.404.80)

    del Banco Cuscatln de Costa Rica a nombre de Jean Philp Gallup, y ese mismo da lo deposit en

    la cuenta N 85266-CH de Philp Gallup en BCT Bank International S.A. 84)El da 5 de junio de

    2003, el imputado Alfonso Guardia Mora libr el cheque N 11 de la cuenta N 01-19316-002 con

    el Banco Continental de Panam a nombre de la sociedad panamea UTS Holding a favor del

    coencartado Jos Antonio Lobo por la suma de cinco mil dlares ($5.000), a quien se lo entreg en

    su oficina en los Yoses, e inmediatamente despus Lobo Solera lo deposit en la cuenta N 81810

    con el Banco Promerica S.A. perteneciente a su esposa Jean Philp Gallup. 85) Asimismo, el 11 de

    noviembre de 2003, el encartado Alfonso Guardia Mora gir el cheque N 043 de la cuenta N 01-

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    19316-002 con el Banco Continental de Panam a nombre de la sociedad UTS Holding, a la orden

    del coencartado Jos Antonio Lobo por la suma de dos mil quinientos dlares ($2.500), a quien se

    lo entreg en su oficina en Los Yoses. Inmediatamente despus, Lobo Solera lo deposit en la

    cuenta 81810 de Banca Promerica, a nombre de su cnyuge Jean Philp Gallup. El acusado

    Guardia Mora di los dos cheques descritos tambin como pago por las gestiones de cobro

    realizadas por Lobo Solera ante Alcatel Cit en Francia, una vez que l haba recibido el dinero

    proveniente de esta empresa. Contratacin de lneas celulares GSM: 86) Aprovechando la

    relacin que se haba establecido entre el imputado Lobo Solera y el indiciado Christian Sapsizian,

    segn se indic supra, en diversas oportunidades este ltimo manifest al imputado Lobo Solera la

    preocupacin por el trato discriminatorio al que estaba sometido Alcatel por parte del I.C.E., en

    tanto no se queran generar nuevas opciones en tecnologa celular y dar paso a procesos

    licitatorios. 87) Sin precisar fecha, entre finales del ao 2000 o principios de 2001, un da viernes,

    el imputado Lobo Solera recibi una llamada en su telfono celular por parte del indiciado

    Christian Sapsizian, quien le indic que era muy urgente sostener una reunin, por lo que

    acordaron una cita al siguiente da en horas tempranas de la maana, especficamente en el

    restaurante "La Casona" ubicado en Alajuela, en las inmediaciones del Aeropuerto Internacional

    Juan Santamara, en la entrada de la carretera del Inv. Las Caas. 88) De esta forma, el sbado

    siguiente, el imputado Lobo Solera -tal y como haba sido previamente acordado- se present al

    lugar dicho y se reuni con Sapsizian y Edgar Valverde. All Sapsizian le traslad al imputado

    Lobo Solera la preocupacin de Alcatel, en tanto consideraba que el I.C.E., impedira dentro del

    proceso de contratacin de 400.000 soluciones telefnicas mviles, un proceso licitatorio y en

    general la apertura al sistema GSM, perjudicando con ello los intereses de Alcatel. 89) El

    indiciado Sapsizian y el coimputado Valverde le solicitaron al imputado Lobo Solera realizar las

    acciones necesarias como directivo del I.C.E., para impulsar la migracin de tecnologa TDMA

    hacia tecnologa GSM, por cuanto Alcatel nicamente podra tener xito en la licitacin de las

    400.000 lneas si se realizaba esa migracin; evitar adems que el proceso de licitacin de las

    400.000 lneas fuera abortado y finalmente votar a favor de la adjudicacin de dicha licitacin a la

    empresa Alcatel. A cambio de lo anterior Sapsizian y Valverde le prometieron al imputado Lobo

    Solera, la entrega de una ddiva, consistente entre el uno punto cinco al dos por ciento del monto

    neto de la licitacin, la cual sera pagada en dinero y que en definitiva ascendi a dos millones

    quinientos sesenta mil doscientos cincuenta y tres dlares con treinta y dos centavos ($2.560.

    253.32). 90) En ese mismo encuentro, el indiciado Sapsizian le hizo saber al imputado Lobo Solera

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    sobre la necesidad de una respuesta urgente, por cuanto segn l, saldra prximamente del pas, a

    lo cual el imputado Lobo Solera le indic que en principio aceptaba la promesa y el compromiso de

    realizar las labores solicitadas, pero no obstante, les indic que deba meditarlo, obligndose a

    darles una respuesta final a travs del coimputado Valverde, y apercibindoles de que en caso de

    llegar a un acuerdo slo mantendra contacto con alguno de ellos dos. 91) Acto seguido, el

    imputado Lobo Solera regres a su casa y analiz la propuesta ilegal que se le haba realizado,

    llegando al convencimiento de que era un asunto complejo, con muchos intereses de por medio y

    decidi que para poder proceder, era imprescindible ser autorizado por el encartado Miguel ngel

    Rodrguez Echeverra, en atencin a que ste previamente le haba indicado realizar gestiones de

    cobro a Alcatel. Adems exista una dependencia jerrquica derivada de un vnculo poltico de

    muchos aos, y la relacin de autoridad que, en su condicin de Presidente de la Repblica

    ostentaba el imputado Rodrguez sobre el encartado Lobo Solera. 92) Al lograrse comunicar va

    telefnica con el encartado Rodrguez Echeverra, el imputado Lobo Solera le dijo que necesitaba

    hablar personalmente con l, en torno a adquisiciones del I.C.E, procediendo el acusado Rodrguez

    Echeverra a citarlo a su casa de habitacin al da siguiente en horas de la maana. 93) Al ser

    aproximadamente las ocho de la maana del da domingo, el acusado Lobo Solera se present en

    el domicilio del encartado Rodrguez Echeverra, ubicado en Escaz y, en una conversacin breve,

    el imputado Lobo Solera le transmiti la propuesta de ddiva que el acusado Valverde Acosta y el

    indiciado Sapsizian le haban hecho a cambio de realizar las acciones descritas. Asimismo explic

    que la ddiva consistira en una suma de entre un uno punto cinco y dos por ciento (1.5% y 2%) del

    monto neto de la licitacin que adjudicara 400.000 lneas GSM. El acusado Rodrguez Echeverra

    con el propsito de evaluar la conveniencia econmica de la propuesta, le pregunt cunto dinero

    significaba la regala ofrecida, a lo que el imputado Lobo Solera respondi que alrededor de un

    milln y medio de dlares. 94) Acto seguido, el encartado Rodrguez Echeverra aprob que Lobo

    aceptara la propuesta de los funcionarios de Alcatel, y dispuso que la ddiva sera distribuida entre

    ambos de la siguiente forma: 60% Miguel ngel Rodrguez y 40% Jos Antonio Lobo. De esta

    forma, Lobo Solera se sinti autorizado para continuar la negociacin con Edgar Valverde y

    Christian Sapsizian. 95) Pocos das despus, con la aprobacin de Rodrguez Echeverra, el

    imputado Jos Antonio Lobo Solera en su calidad de funcionario pblico, contact al coencartado

    Edgar Valverde Acosta, a quien le indic que le transmitiera al indiciado Sapsizian que s le iba a

    ayudar en los trminos que haban acordado. Esta accin implic la aceptacin directa de la

    promesa de ddiva consistente entre el uno punto cinco y dos por ciento del monto neto de la

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    licitacin que adjudicara 400.000 lneas GSM. Tal adjudicacin deriv en una contratacin

    pblica cuyas partes intervinientes fueron Alcatel, el Banco Centroamericano de Integracin

    Econmica y el I.C.E., institucin esta ltima que estaba interesada en la contratacin y a la cual

    perteneca el imputado Lobo Solera en su condicin de directivo. 96) Sin precisar fecha, pero con

    anterioridad al 10 de diciembre de 2001, el encartado Lobo Solera, le dio a Valverde Acosta,

    quien a su vez lo transmiti a Quirs Carmona, el nmero de cuenta en dlares 84500-81810 con

    el Saint Georges Bank, a nombre de su esposa Jean Sue Philp Gallup, pero de la cual l tena el

    control, para all recibir los dineros ilcitos, de forma tal que no lo involucrasen directamente.

    Los fondos all depositados eran manejados nicamente por Lobo Solera, para lo cual le peda la

    firma a su cnyuge cuando as se requera. 97) El da 10 de diciembre de 2001, con los recursos

    de la cuenta N 101-001-004351-3 de Servicios Notariales Q.C. del Banco Cuscatln, abastecida

    con el dinero previamente depositado por Alcatel, el encartado Luis Adrin Quirs, conforme a la

    labor que le corresponda dentro de la distribucin de funciones de los corruptores, entreg al

    encartado Lobo Solera la suma de $225.000, primer pago ilcito de lo prometido, al ordenar al

    Departamento de Banca Privada del Cuscatln International Bank que se aplicara un dbito por

    un total de trescientos ochenta y cinco mil dlares ($385.000), ms $123 de comisiones y proceder

    a realizar tres transferencias, entre ellas el pago indicado de doscientos veinticinco mil dlares

    ($225.000) para que fuera remitido a la cuenta N 81081 a favor de Jean Sue Philp Gallup,

    operacin que fue canalizada a travs del Terrabank N.A. Miami cuenta N 8450000001 del Saint

    George Bank & Trust Co. Ltd. 98) Sin precisarse fecha, pero si con posterioridad al 6 de enero de

    2002 y antes del 18 de febrero de ese mismo ao, de conformidad con los porcentajes de

    reparticin ilcitos establecidos por el imputado Rodrguez Echeverra, el encartado Lobo Solera le

    entreg a Rodrguez Echeverra en el Despacho Presidencial la suma de ciento treinta mil dlares

    ($130.000), mediante 7 certificados de depsito al portador del Banco Internacional de Costa Rica

    S.A., a saber el N 19692 por un monto de cien mil dlares ($100.000), N 19693 por un monto de

    cinco mil dlares ($5.000), N 19694 por un monto de cinco mil dlares ($5.000), N 19695 por un

    monto de cinco mil dlares ($5.000), N 19696 por un monto de ($5.000), N 19698 por un monto

    de cinco mil dlares ($5.000), y N 19699 por un monto de cinco mil dlares ($5.000). Los

    anteriores ttulos fueron generados de la cuenta de Rosario Solera Araya madre de Lobo Solera-

    y emitidos el 14 de diciembre de 2001 con vencimiento el 14 de febrero de 2002. 99) Con los

    certificados en su poder, el imputado Rodrguez Echeverra dispuso de ellos al entregrselos a la

    empleada de su casa, Lilliam Morales Guier, girndole instrucciones precisas para que depositara

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    los certificados en la cuenta del puesto de bolsa Agente Corredores de Bolsa S.A. (en adelante

    ACOBO) a nombre de su esposa Lorena Clare Facio. Acatando las instrucciones de su patrono, la

    seora Morales Guier los deposit en la cuenta indicada. 100) El da 20 de mayo de 2002, con

    los recursos de la cuenta N 101-001-004351-3 de Servicios Notariales Q.C. del Banco Cuscatln,

    abastecida con el dinero previamente depositado por Alcatel, el encartado Luis Adrin Quirs,

    conforme a la labor que le corresponda dentro de la distribucin de funciones de los corruptores,

    cancel parcialmente la inversin a la vista N 21200289108 por la suma de cien mil dlares

    ($100.000) y constituy cuatro certificados de inversin por veinticinco mil dlares ($25.000) cada

    uno, todos al portador y emitidos el 20 de mayo de 2002, nmeros 2240020043928,

    2240020043936, 2240020043901, 2240020043944 y los cupones de intereses respectivos por

    $64.58 cada uno. Estos certificados el imputado Quirs Carmona se los entreg al coencartado

    Valverde Acosta para que a su vez se los entregara a Lobo Solera tambin como parte del pago

    ilcito prometido. 101) Para lograr tal fin, sin precisar fecha, pero despus del 20 de mayo de

    2002, el imputado Jos Antonio Lobo Solera se dirigi a la casa del endilgado Edgar Valverde, en

    Residencial Los Arcos y recibi de ste un sobre de manila amarillo que contena los certificados

    en mencin, y con ellos realiz los siguientes movimientos financieros: a. Con el producto de los

    certificados N 2240020043901 y 2240020043944, incluyendo los intereses acumulados de los

    certificados N 2240020043928 y 2240020043936, se adquiri el cheque de gerencia del Banco

    Cuscatlan N 12847-3 del 26 de junio de 2002 por cincuenta mil doscientos cincuenta y tres dlares

    con treinta y dos centavos ($50.253.32), mismo que fue depositado en la cuenta de Philp Gallup del

    Banco BCT S.A. el 27 de ese mes y ao. b. El producto de los certificados nmeros 2240020043928

    y 2240020043936, se reinvirti por rdenes de Philp Gallup, segn los planes de Lobo Solera, en

    el certificado de inversin del Banco Cuscatln N 2241420000191 emitido el 26 de junio de 2002

    al portador, por la suma de cincuenta mil dlares ($50.000). 102) Sin precisarse fecha, pero

    con posterioridad al 26 de junio de 2002, conforme a la distribucin del dinero pactado entre ellos,

    Lobo Solera entreg el certificado N 2241420000191 por cincuenta mil dlares ($50.000) al

    acusado Miguel ngel Rodrguez Echeverra quien lo recibi en su casa de habitacin. Antes del

    30 de julio de ese ao, Rodrguez Echeverra, a su vez entreg el certificado de referencia al seor

    Rafael Sequeira Garza (quien desde el ao 1994 labor como administrador de las empresas del

    encartado Rodrguez Echeverra), y le orden que realizara algunos pagos. Con tal finalidad, lo

    endos en fecha 30 de julio de 2002 y realiz las siguientes transacciones: a) Cancel el certificado

    N 2241420000191 y solicit al Banco Cuscatlan de Costa Rica S.A., la emisin de tres cheques de

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    gerencia que se confeccionaron con fecha 30 de julio de 2002, nmeros 14589-1 por catorce mil

    setecientos cincuenta dlares ($14.750), 14590-1 por cinco mil doscientos dlares ($5.200) y

    14591-6 por siete mil dlares ($7.000), a nombre de Marcos Flores Ortega; y retir en efectivo la

    suma de veintitrs mil treinta y cinco dlares ($23.035). b) El 31 de julio de 2002, con el cheque de

    gerencia N 14589-1 cancel la deuda pendiente para ese momento de la tarjeta de crdito a

    nombre del imputado Rodrguez Echeverra N 4732981669923003 del Banco Interfin, por un

    monto de cinco mil ciento cuarenta dlares con ocho centavos ($5.140.08). c) El 31 de julio de

    2002, con el cheque de gerencia N 14590-1, Sequiera Garza cancel el saldo en colones de

    trescientos veinticinco mil ochocientos cuatro colones con quince cntimos (325.804.15) y en

    dlares de cuatro mil trescientos dlares con cincuenta y seis centavos ($4.300.56), ambos de la

    tarjeta de crdito del imputado Rodrguez Echeverra N 4655640101003658 del Banco

    Internacional de Costa Rica. d) Con el cheque de gerencia N 14591-6 por siete mil dlares

    ($7.000) a nombre de Marcos Flores Ortega, quien es el chofer del imputado Rodrguez Echeverra

    desde marzo de 1992, en acato de las instrucciones de Rodrguez Echeverra, se cancelaron

    planillas, luz, agua, telfono, impuestos, entre otras obligaciones de la familia de Rodrguez

    Echeverra. 103) Sin precisarse fecha, pero en el mes de agosto de 2002, el imputado Valverde

    Acosta le anunci a Lobo Solera un tercer pago de la ddiva prometida. Con el propsito de no

    levantar sospechas en el sistema financiero nacional, Lobo Solera le solicit que efectuase el

    depsito en dos cuentas, la N 84500-81810 en el Terrabank y la N 85266 del BCT International

    Bank (off shore del Banco BCT), a nombre de Jean Philp Gallup. 104) El da 14 de agosto de

    2002, con los recursos de la cuenta N 101-001-004351-3 de Servicios Notariales Q.C. del Banco

    Cuscatln, abastecida con el dinero previamente depositado por Alcatel, el encartado Luis Adrin

    Quirs, conforme a la labor que le corresponda dentro de la distribucin de funciones de los

    corruptores, solicit al Departamento de Banca Personal del Banco Cuscatln, transferir la suma

    de cien mil dlares ($100.000) a la cuenta N 84500-81810 de Terrabank, y la suma de quinientos

    noventa mil dlares ($590.000) en la cuenta 19013-08820 de BCT Bank International para luego

    transferirla a la cuenta N 85266 de Jean Philp Gallup. Estos fondos quedaron formalmente

    acreditados el 16 de agosto de 2002, luego de aplicadas las respectivas comisiones bancarias.

    105) El 19 de agosto de 2002, el imputado Lobo Solera con los quinientos noventa mil dlares

    ($590.000) mencionados en el hecho anterior, dispuso que se emitiera el certificado de inversin N

    25694 a 92 das plazo en el BCT Bank International por la suma de trescientos mil dlares

    ($300.000), mismo que se liquid anticipadamente el 28 de octubre de los corrientes y tanto el

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    principal como los intereses se acreditaron de nuevo a la cuenta N 85266. Esa misma fecha,

    Lobo Solera solicit la emisin de tres certificados de inversin todos al portador, dos por cien mil

    dlares ($100.000) y uno por setenta mil dlares ($70.000), nmeros 4523, 4522 y 4521

    respectivamente y con fecha de vencimiento el 28 de enero de 2003. 106) Sin precisarse fecha,

    pero luego del 28 de octubre y antes del 27 de noviembre de 2002, de acuerdo con el plan y la

    distribucin de la ddiva, establecida por el imputado Rodrguez Echeverra, ste recibi

    personalmente del encartado Lobo Solera los certificados de inversin 4521, 4522 y 4523 del

    Banco BCT S.A., y cien mil dlares ($100.000) en efectivo. El encartado Rodrguez Echeverra

    dispuso de este dinero como de seguido se expone: a) El ttulo 4521 lo entreg para su venta a

    ACOBO S.A. junto con el respectivo cupn de inters el 04 de noviembre de 2002. Al da

    siguiente, ACOBO registr la venta de dicho ttulo valor por un total de setenta mil cuarenta y

    cinco dlares con treinta y cinco centavos ($70.045.35), monto que acredit en la cuenta N 144-0

    de la esposa del imputado Rodrguez, Lorena Clare Facio. Ese mismo da se adquiri 20

    participaciones del Fondo Inmobiliario Siglo XXI por el monto de ciento un mil setenta y ocho

    dlares con setenta y ocho centavos ($101.078.78) que fueron cubiertas parcialmente con los

    fondos indicados. Posteriormente, el 12 de noviembre de 2002 se realiz la gestin de venta de las

    20 participaciones citadas a la empresa Arte y Comercio Siglo XXII S.A., en cuya cuenta figuran

    como autorizados los seores Donald Murillo Pizarro y Rafael Sequeira Garza, colaboradores del

    imputado Rodrguez Echeverra y cuyo representante judicial y extrajudicial es el seor Andrs

    Rodrguez Clare, hijo de Rodrguez Echeverra. b) Entre mediados y finales de noviembre de 2002,

    el imputado Rodrguez Echeverra entreg los ttulos 4522 y 4523 a Donald Murillo Pizarro,

    hombre de su confianza y le dio instrucciones para que los depositara en ACOBO junto con los

    respectivos cupones de intereses, con el propsito de que el puesto de bolsa los negociara para

    hacerlos efectivos. Posteriormente el monto de la venta se acredit en la cuenta N 2038-0 de

    Merqrius S.A., sociedad representada por Murillo Pizarro y Rafael Sequeira Garza y cuyo

    propietario para ese momento era el imputado Rodrguez Echeverra. c) Finalmente, como

    producto de la liquidacin de los certificados mencionados en el punto anterior, el 02 de diciembre

    de 2002 se gir el cheque N 5118-1 contra la cuenta corriente 201-0003085-2 de ACOBO con el

    Banco Interfin, por ciento noventa y nueve mil setecientos noventa dlares ($199.790), a favor de

    Donald Murillo Pizarro, quien en esa misma fecha lo deposit en su cuenta corriente N

    903045136 en el Banco San Jos, que en ese momento mostraba un saldo de $248.75. d) En

    noviembre del ao 2002, Murillo Pizarro le plante a Rodrguez Echeverra la posibilidad de

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    participar como socio capitalista del seor Carlos Sequeira Lpiz en un proyecto de vivienda para

    clase media alta que constaba de dieciocho casas y de seis apartamentos, ya que este ltimo no

    contaba con suficiente dinero. Rodrguez Echeverra accedi a invertir en el proyecto,

    encargndole a Murillo Pizarro que con el producto del cheque N 5118-1 del Banco Interfin antes

    mencionado, hiciera efectiva la inversin. De tal forma, Murillo Pizarro gir dineros a partir de

    diciembre de 2002 y hasta julio de 2003 a favor de Carlos Sequeira Lepiz o bien a favor de la

    empresa Nuevo Despertar, sociedad que representaba Sequeira Lpiz. Para ocultar la

    participacin de Rodrguez Echeverra, la inversin se hizo por medio de una empresa propiedad

    de Murillo Pizarro denominada Cocoros S.A., representada por Margarita Ulate Ulate, quien era

    la secretaria de Rafael Sequeira Garza y persona de confianza de Murillo Pizarro, a su vez este

    ltimo hizo un aporte personal al proyecto por quince mil dlares ($15.000). Para formalizar el

    negocio, se celebraron los siguientes contratos: i) Opcin de compra entre Marcela Snchez Solera

    en representacin de la empresa Servicios Casablanca S.A., propietaria del bien inmueble inscrito

    en el Partido de Heredia, matrcula de folio real N 4-54543-000 y Carlos Sequeira Lpiz siendo el

    valor total de la compraventa la suma de ciento cincuenta y dos mil ochocientos veinticinco dlares

    con sesenta y ocho centavos ($152.825.68). ii) Contrato del da 4 de diciembre de 2002, entre la

    sociedad Nuevo Despertar S.A. representada por Carlos Sequeira Lpiz y Cocoros S.A.

    representada por Margarita Ulate Ulate, por el cual se expres que Cocoros S.A. se encontraba

    interesada en participar en el proyecto habitacional de la sociedad Nuevo Despertar S.A., aporta

    la suma de ciento cincuenta mil dlares ($150.000) y en razn del riesgo inicial de la inversin por

    Cocoros S.A., los lotes adquiridos se inscribiran a su nombre. Asimismo se estipul que Cocoros

    S.A. recibira setenta y cinco mil dlares ($75.000) en ganancias y el resto la empresa Nuevo

    Despertar S.A. Con posterioridad, aproximadamente tres meses despus fue incrementado en

    cincuenta mil dlares ($50.000), quedando en total el aporte de Cocoros S.A., en doscientos mil

    dlares ($200.000). iii) Posteriormente se realiz otro contrato entre Carlos Sequeira Lpiz y

    Margarita Ulate Ulate en su condicin de representante legal de Cocoros S.A., por medio del cual

    el primero cedi a la segunda la opcin de compraventa inicial con la empresa Servicios

    Casablanca, la cual oper de forma automtica. iv) Asimismo, el 4 de diciembre de 2002 mediante

    escritura pblica ante el notario pblico Alex Thompson Chacn, la seora Marcela Snchez

    Solera como presidente con facultades de apoderada generalsima de Servicios Casablanca S. A

    traspas a la sociedad Cocoros S.A., representada en ese acto por la seora Margarita Ulate

    Ulate, los siguientes inmuebles todos inscritos en el partido de Heredia: folio real N 146393-000

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    con un rea de 160.4 metros cuadrados; folio real N 143394-000 con un rea de 160.4 metros

    cuadrados; folio real N 146395-000 con un rea de 160.4 metros cuadrados; folio real N

    146396-000 con un rea de 277.13 metros cuadrados; folio real N 146.397-000, con un rea de

    166.50 metros cuadrados; folio real N 146398-000 con un rea de 180.77 metros cuadrados; folio

    real N 174497-000 con un rea de 160 metros cuadrados; folio real N 174498-000 con un rea

    de 160 metros cuadrados; folio real N 174499-000 rea de 160 metros cuadrados. El precio total

    de los inmuebles se fij en la suma de ochenta y seis mil setecientos sesenta y dos dlares con

    cuarenta y dos centavos ($86.762.42), constituyndose asimismo hipoteca de primer grado por el

    valor de cita y sobre las fincas referidas. v) La recuperacin proveniente de la venta de los

    inmuebles comenz en marzo de 2003 e ingres en las cuentas N 903642312 a nombre de Cocoros

    S.A., N 1802025676, N 103288 y N 903045136 todas a nombre de Murillo Pizarro en el Bac

    San Jos. Luego de varios movimientos financieros, del dinero que ingres a la cuenta de Cocoros

    S.A, finalmente parte de este dinero fue recibido por el imputado Rodrguez Echeverra, al

    registrarse entre el 08 de setiembre de 2003 y el 04 de junio de 2004, crditos a su favor por un

    total de cincuenta y dos mil doscientos veinte dlares ($52.220). Asimismo en la cuenta corriente

    N 903642312 de Cocoros S.A. al seor Murillo Pizarro se le acredit en total la suma de ochenta y

    un mil doscientos cincuenta ($81.250), y al seor Rafael Sequeira Garza se le acredit la suma de

    setenta y nueve mil trescientos cincuenta dlares ($79.350). 107) El da 10 de diciembre de

    2002, con los recursos de la cuenta N 101-001-004351-3 de Servicios Notariales Q.C. del Banco

    Cuscatln, abastecida con el dinero previamente depositado por Alcatel, el encartado Luis Adrin

    Quirs, conforme a la labor que le corresponda dentro de la distribucin de funciones de los

    corruptores, le entreg al encartado Jos Antonio Lobo Solera la suma de ciento ochenta mil

    dlares ($180.000), por medio de transferencia a la cuenta N 85266 de Jean Philp Gallup en el

    BCT Bank International, menos el rebajo de la comisin bancaria por $9.50. 108) Con los recursos

    recin indicados el imputado Lobo Solera efectu una inversin a 31 das plazo con vencimiento al

    10 de enero de 2003 por la suma de doscientos mil dlares ($200.000). Al trmino del plazo, el

    dinero reingres a su cuenta y el encartado Lobo Solera, de conformidad con las rdenes previas

    dadas por el coimputado Rodrguez Echeverra, gir la directriz de emitir el cheque de gerencia N

    012342 del BCT Bank International por la suma de ochenta y un mil cuatrocientos ochenta

    dlares ($81.480) a favor de la empresa A y Z S.A. 109) Sin precisar fecha, pero posterior al 23 de

    enero de 2003, el imputado Lobo Solera, le entreg al acusado Rodrguez Echeverra el cheque en

    la casa de los suegros de ste ltimo. Luego el 3 de febrero de 2003, Rodrguez deposit ese

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    cheque de gerencia N 012342 en el Riggs Bank N.A de Washington D. C., siendo aplicado a la

    cuenta N 25-329-558 de la Empresa A y Z S.A. propiedad del imputado Rodrguez Echeverra.

    110) El da 2 de abril de 2003, del dinero proveniente de Alcatel Cit recibido en la cuenta de

    Servicios Notariales Q.C., de conformidad con el plan pactado en conjunto con Valverde Acosta y

    Sapsizian, el imputado Luis Adrin Quirs Carmona entreg al endilgado Lobo Solera la suma de

    quinientos setenta y seis mil dlares ($576.000), mediante la autorizacin al Departamento de

    Banca Privada de Cuscatln International Bank para acreditar a la cuenta 85266 a nombre de

    Jean Philp Gallup en el BCT Bank International la suma indicada ms $46 de cargos, monto que

    qued depositado al da siguiente. 111) Continuando con la entrega fraccionada de la ddiva, el

    da 4 de julio de 2003, del dinero proveniente de Alcatel Cit recibido en la cuenta de Servicios

    Notariales Q.C., de conformidad con el plan pactado en conjunto con Valverde Acosta y Sapsizian,

    el imputado Luis Adrin Quirs Carmona entreg al endilgado Lobo Solera la suma de trescientos

    treinta y nueve mil dlares ($339.000), al autorizar mediante nota al Departamento de Banca

    Privada del Cuscatln International Bank debitar de la cuenta corriente de Servicios Notariales

    Q.C., la suma indicada ms los cargos y transferirla a la cuenta de Jean Philp Gallup en el BCT

    Bank International, monto que se acredit menos la comisin bancaria por $15 tres das despus.

    112) Mas adelante, el da 27 de octubre de 2003 del dinero proveniente de Alcatel Cit recibido en

    la cuenta de Servicios Notariales Q.C., de conformidad con el plan pactado en conjunto con

    Valverde Acosta y Sapsizian, el imputado Luis Adrin Quirs Carmona entreg al endilgado Lobo

    Solera la suma de cuatrocientos cincuenta mil dlares ($450.000), al solicitar al Departamento de

    Banca Privada de Cuscatln International Bank remitir ese monto a la orden de Jean Philp Gallup

    en su cuenta en el BCT Bank International. Suma que se acredit dos das despus una vez

    rebajada la comisin bancaria respectiva que ascendi a $31. 113) Aproximadamente en el mes de

    setiembre de 2003, en cumplimiento del plan y la distribucin acordada, el imputado Lobo Solera

    le entreg ciento treinta y un mil dlares ($131.000) en efectivo al acusado Rodrguez Echeverra

    en la casa de su suegra. Asimismo siguiendo las instrucciones dadas por Rodrguez Echeverra,

    elabor dos cheques a favor de Lorena Clare Facio, los cuales se giraron en el mismo momento

    pero se consignaron diferentes fechas, diversas secuencias y por dos montos distintos, con el

    propsito de evitar sospe